Cuadro 2010 - AIP

8
AlP BOLIVIA GEN 4. DERECHOS POR EL usa DE AERODROMOS Y SERVICIOS DE NAVEGACION AEREA GEN 4.1 DERECHOS POR EL usa DE AERODROMOS GEN 4.1-1 23 SEP2010 REGIMEN TARIFARIO DE LA ADMINISTRACION DE AEROPUERTOS Y SERVICIOS AUXILlARES A LA NAVEGACION AEREA (AASANA) Para fines de aplicaci6n de tarifas, 105 aeropuertos y aer6dremos administrados per A.A.SAN.A. , se ciasifican en : AEROPUERTOS CATEGORIA 11 TRINIDAD PUERTO SUAREZ SUCRE TARIJA POTOSI SANTACRUZ YACUIBA COBIJA VILLAMONTES ORURO BERMEJO SANTA. ANA DEL YACUMA RIBERALTA ... GUAYARAMERIN - Tte. Av. Jorge Henrich - Tte. Av. Salvador Ogaya G. - Juana Azurduy de Pad ilia - Cap. Av. Oriel Lea Plaza - Cap. Nicolas Rojas - El Trompillo - Yacuiba - Cap. Av. Civ. Anfbal Arab Fadul - Tcnl. Rafael Pab6n - Juan Mendoza - Bermejo - Santa .Ana del Yacuma - Cap. Av. Selin Zeitun L6pez - Guayaramerin ...- AERODROMOS CATEGORIA III .... RURRENABAQUE - Rurrenabaque SAN BORJA - Cap. Av. German Quiroga SAN JOAQUIN - San Joaqufn MONTEAGUDO - Monteagudo AERODROMOS CATEGORIA IV APOLO ROBORE CAMiRI "'CONCEPCION COPACABANA MAGDALENA REYES SAN IGNACIO DE MOXOS ASCENSION DE GUARA SAN IGNACIO DE VELASCO SAN JAVIER SAN JOSE DE CHIQUITOS SAN MATIAS SAN RAMON VALLEGRANDE SANTA ROSA DEL YACUMA AASANA - AIS BOLIVIA -Apolo - Robore - Camiri - Concepcion - Copacabana - Magdalena - Reyes - San Ignacio de Moxos - Ascension de Guarayos - Cap. Av. Juan Cochamanidis - San Javier - San Jose de Chiquitos - San Matfas - San Ramon - Cap. Av. Vidal Villagomez - Santa Rosa del Yacuma AMDT-02S

description

AIP Bolivia 2010

Transcript of Cuadro 2010 - AIP

  • AlP BOLIVIA

    GEN 4. DERECHOS POR EL usa DE AERODROMOS Y SERVICIOS DE NAVEGACION AEREA

    GEN 4.1 DERECHOS POR EL usa DE AERODROMOS

    GEN 4.1-1 23 SEP2010

    REGIMEN TARIFARIO DE LA ADMINISTRACION DE AEROPUERTOS Y SERVICIOS AUXILlARES A LA NAVEGACION AEREA (AASANA) Para fines de aplicaci6n de tarifas, 105 aeropuertos y aer6dremos administrados per A.A.SAN.A. , se ciasifican en:

    AEROPUERTOS CATEGORIA 11

    TRINIDAD PUERTO SUAREZ SUCRE TARIJA POTOSI SANTACRUZ YACUIBA COBIJA VILLAMONTES ORURO BERMEJO SANTA. ANA DEL Y ACUMA RIBERALTA

    ... GUAYARAMERIN

    - Tte. Av. Jorge Henrich - Tte. Av. Salvador Ogaya G. - Juana Azurduy de Pad ilia - Cap. Av. Oriel Lea Plaza - Cap. Nicolas Rojas - El Trompillo - Yacuiba - Cap. Av. Civ. Anfbal Arab Fadul - Tcnl. Rafael Pab6n - Juan Mendoza - Bermejo - Santa .Ana del Yacuma - Cap. Av. Selin Zeitun L6pez - Guayaramerin ...-

    AERODROMOS CATEGORIA III

    .... RURRENABAQUE - Rurrenabaque SAN BORJA - Cap. Av. German Quiroga SAN JOAQUIN - San Joaqufn MONTEAGUDO - Monteagudo

    AERODROMOS CATEGORIA IV

    APOLO ROBORE CAMiRI

    "'CONCEPCION COPACABANA MAGDALENA REYES SAN IGNACIO DE MOXOS ASCENSION DE GUARA Y~S SAN IGNACIO DE VELASCO SAN JAVIER SAN JOSE DE CHIQUITOS SAN MATIAS SAN RAMON VALLEGRANDE SANTA ROSA DEL YACUMA

    AASANA - AIS BOLIVIA

    -Apolo - Robore - Camiri - Concepcion - Copacabana - Magdalena - Reyes - San Ignacio de Moxos - Ascension de Guarayos - Cap. Av. Juan Cochamanidis - San Javier - San Jose de Chiquitos - San Matfas - San Ramon - Cap. Av. Vidal Villagomez - Santa Rosa del Yacuma

    AMDT-02S

  • GEN 4.1 -2 22SEP200B

    1. ATERRIZAJE DE AERONAVES

    a) Vuelos Internacionales

    AlP BOLIVIA

    El servicio de aterrizaje de vueios internacionales sera ccbrado en D61ares Americanos 0 su equiva!ente, en moneda nacional, al tipc de cambio oficial de la fecha de pago, de acuerdo a los siguientes criterios:

    i) Aeronaves cuyo Peso Bruto Maximo de Despegue (PBMD) sea MENOR a 10.00 toneladas: El cobro sera fijo , p~r aterrizaje, e incluira el servicio de protecci6n en ruta ; de acuerdo a la siguiente tabla:

    Tarifa en $usrron CLASIFICACION DE AEROPUERTOS

    PBMD Jl J III 1 iV ,-__ l::Iasta 10.00 ______ ~~~_L __ i~_L_. __ }~ __

    ii) Aeronaves cuyo Peso Bruto Maximo de Despegue (PBMD) sea MAYOR a 10.00 toneladas: El cobra sera en funci6n al PBMD expresado en toneladas, por tonelada y por cada aterrizaje, y no incluira el servicio de protecci6n en ruta; de acuerdo a la siguiente tabla:

    T arifa en $usIT on CLASIFICACION DE AEROPUERTOS

    PBMD 11 III IV

    10.01 a 20.00 6,93 6,00 5,39 20.01 a 80.00 6,84 5,93 5,32 80.01 a 150.00 6,75 5,85 5,25 150.01 a mas 5,76 4,99 4,84

    b) Vuelos Nacionales El servicio de aterrizaje de vuelos nacionales (domesticos) sera cobrado en moneda nacional de acuerdo a los siguientes criterios:

    i) Aeronaves cuyo Peso Bruto Maximo de Despegue (PBMD) sea MENOR a 10.00 toneladas: El cobro sera fijo, p~r aterrizaje, e incluira el servicio de protecci6n en ruta; de acuerdo a la siguiente tabla:

    Tarifa en BsITon CLASIFICACION DE AEROPUERTOS

    PBMD II III IV

    0.00 a 3.50 56 48 41 3.51 a 10.00 64 56 47

    ii) Aeronaves cuyo Peso Bruto Maximo de Despegue (PBMD) sea MAYOR a 10.00 toneladas: El cobro sera en funci6n al PBMD expresado en toneladas, por tonelada y por cada aterrizaje, y no incluira el servicio de protecci6n en ruta; de acuerdo a la siguiente tabla:

    AMDT-019 AASANA - AIS BOLIVIA

  • AlP BOLIVIA

    I

    Tarifa en ssrron

    PBMD

    ;1.00 a 20.00 21 .00 a 40.00 41 .00 a 60.00 61:00 a 80.00 81.00 a 100.00 101.00 a mas

    CLASIFICACION DE AEROPUERTOS

    11 III 3,66 3,17 4,83 4,18 4,83 4,18 4,83 4,18 4,83 4,18 6,12 4,18

    IV 2,84 3,75 3,75 3,75 3,75 3,75

    GEN4.1-3 22SEP200B

    c) Escuelas de pilotaje las escuelas de pilotaje pagaran una tarifa mensual de Ss. 415.00 por cada aeronave en operacion registrada en la categorfa de instruccion.

    2. SERVICIOS NOCTURNOS Y ESTACIONAMIENTO DE AERONAVES

    a) Recargos por concepto de aterrizajes nocturnes y dras doming os y feriados: Las tarifas fijadas para el servicio de aterrizaje rigen de lunes a sabado, en dias laborales, y en si horario de 6:00 a 19:00, hora iocal (HOS). Fuera de estos, apliean los siguientes recargas par concepto de aterrizajes nocturnos y dfas domingos y feriados:

    Horariode Dras lunes Dra Dias prestacion del a sabado domingo feriados

    servicio 19:01 a 20:00 88 114 114 20:01 a 05:59 350 465 350

    En dfas domingos y feriados nacionales y departamentales, se recarga un 30% adicional sebre las tarifas de aterrizaje. Pasadas las 19:00 y hasta antes de las 06:00, se aplicara un recargo por servicio de aterrizaje nocturno del 30%, un carg,O-ftjo 0 la que resulte mayor.

    b) Recargos par estacionamiento de aeronaves: Toda aeronave que uti lice areas de movimiento, sera eximida de la cancelacion por las primeras tres horas de estacionamiento. Pasado dicho termino y por cada 24 horas 0 fraccion, computables desde el momento del aterrizaje, cancelaran el 20% adicional de la tarifa que por derecho de aterrizaje le corresponde.

    3. SERVICIO A LOS PASAJEROS

    la atencion a los pasajeros por las facilidades y servicios aeroportuarios, genera las siguientes tasas:

    a) Pasajeros embarcados en vuelos nacionales: ii) Aeropuertos Categorfa 11 Ss. 11 .00 iii) Aeropuertos Categorfa III y IV Ss. 7.00

    b) Pasajeros embarcados en vuelos intemacionales $us. 20.00

    AASANA - AIS BOLlVIA AMDT - 019

  • GEN4.J-4 22 SJP200S

    4. SERVICIO DE ASISTENCIA EN TIERRA

    AlP BOLIVIA

    Las tasas por Servicio de Asistencia en Tierra (Rampa), se sujetarim a ias siguientes normas procedimentales:

    Tarifas Aplicables por Derechos No Ejercidos por AASANA: Las empresas que piestan temporalmente servicios de rarnpa a sus propias aeronaves y/o a otras ajenas por derechos no ejercidos por AASANA, estaran sujetos a cobras par Derechos No Ejercidos de acuerdo a los siguientes criterios:

    a) Servicios a vuelos internacionales: $us. 100.- por cada aterrizaje

    b) Servicios Nacionales: Bs. 80.- por cada aterrizaje

    5. EXENCIONES

    a) Aeronaves i) Aeronaves extranjeras: De acuerdo a reciprocidad que se hallen al servicio oficial 0

    diplomatico, contando en su caso con la debida autorizaci6n de ingreso al pars. ii) Aeronaves de Aeroclubes nacionales y extranjeros: reconocidos por sus autoridades

    aeronauticas y siempre que no realicen vuelos comerciales. iii) Aeronaves dec!aradas en operaciones de Busqueda y Saivamento (SAR): siempre que

    se hallen autorizadas por Autoridades competentes iv) Aeronaves que cumplan labores de asistencia social, sin fines comerciales debidamente

    autorizadas por la Autoridad competente. La correspondiente autorizacion debe ser renovada 0 ratificada, como maximo, cada dos afios.

    b) Pasajeros i) Presidente y Vicepresidente de la Republica. ii) Cuerpo Diplomatico y Consular acreditado en el pars, previa presentaci6n del carnet

    diplomatico otorgado por la Cancilleria de la Republica. iii) Benemeritos de la Patria. iv) Pasajeros reembarcados en caso de retorno de la aeronave, por motivo de orden tecnico

    o meteorol6gico. v) Pasajeros menores de dos arios de edad. VI) Pasajeros en transito internacional con permanencia no mayor a ocho horas y treinta

    minutos.

    c) Otras exenciones dispuestas por el Supremo Gobierno.

    6. METODOS DE PAGO

    Los derechos de aterrizaje que se cobran con tarifas cotidianas deben abonarse en el momento de utilizar el aerodromo 0, en el caso de los usuarios habituales, en la modalidad bajo ala, quincenal 0 mensual, con respecto a los derechos acumulados por la prestacion de servicios.

    AMDT-OJ9 AASANA - AIS BOLIVIA

  • (

    AlP BOLIVIA

    GEN4.L : 08AG020t

    REGIMEN TARIFARIO PARA SERVICIOS DE AEROPUERTOS BOLIVIAN OS S.A. (SABSA) Para fines de aplicacion tarifaria, 105 aeropuertos administrados por S.A.B.S.A. son:

    LAPAZ SANTACRUZ COCHABAMBA

    1. SERVICIO DE ATE RRIZAJE

    a) Trafico Intemacional en $us.lTon.

    o El Alto Intl. o Viru Viru Intl. - Jorge Wilsterman Intl.

    PESO BRUTO MAXIMO DE DESPEGUE AEROPUERTOS AUTORIZADO POR FABRICANTE EN Viru Viru y Jorge TONELADAS El Alto Wilsterman

    Hasta 10.00 (Tarifa unica) (*) 47.92 42.20 10.01 a 20.00 6.86 6.04

    20.01 a 80.00 6.77 5.96

    80.01 a 150.00 6.68 5.88

    150.01 a mas 5.70 5.02

    (*): Representa la tarifa por aterrizaje, incluyendo el servicio de proteccion en ruta.

    b) Trafico Nacional en Bs.fTon.

    PESO BRUTO MAXIMO DE DESPEGUE AEROPUERTOS - , AUTORIZADO POR FABRICANTE EN

    TONELADAS Viru Viru y Jorge EIA!to Wilsterman

    Hasta 10.00 (Tarifa unica) (*) 119.90 105.80 11.00 Cl 20.00 7.60 6.70 I 21.00 a mas 10.00 8.80

    (*): Representa la tarifa par aterrizaje, incluyendo el servicio de proteccion en ruta. c) Recargos

    Las Tarifas fijadas en los cuadros anteriores, rigen en el horario de 6:00 a 19:00 (HOB), Pasadas las 19:00 horas, se aplica un recargo del 30% por servicio nocturno. En dia~ domingo y feriados nacionaies y departamentales, se recarga un 30% adicional sobre las tarifas especificadas en 105 cuadros anotados precedentemente, 10 que representa un recargo del 60% por servicio noctumo en dias domingo, feriados nacionales y departamentales.

    AASANA -AIS BOLIVIA 3ra ediciol,

  • " .' .:~~;.:-:.:::-:.:<

    GEN 4.1-6 08AGO 2002

    2. ESTACIONAMIENTO DE AERONAVES

    AlP BOLIVIA

    Toda aeronave que utilice aereas de movimiento, sera eximida de la cancelaci6n por las primeros tres horas de estacionamiento. Pasado dicho termino y por cada 24 horas 0 fraccion, computables desde el momento del aterrizaje, cancelaran el 20% adicional de la tarifa que por derecho de aterrizaje le corresponde.

    3. SERVICIO A LOS PASAJEROS

    La atenci6n a los pasajeros por las facilidades y servicios aeroportuarios , genera las siguientes tasas:

    a) b)

    Pasajeros embarcados en vuelos nacionales Pasajeros embarcados en vuelos intemacionales

    Ss. Sus.

    15.00 25 .00

    4. SEGURIDAD

    Los derechos en concepto de seguridad aeronautica estan en funci6n de la responsabilidad que en materia de seguridad pudiera tener que afrontar la Administraci6n Aeroportuaria . En la actualidad no se cobra el derecho a seguridad, se encuentra en estudio y se publicara en su oportunidad mediante AIC .

    5. CUESTIONES RELACIONADAS CON EL RUIDO

    Se estan aplicando medidas de atenuaci6n 0 prevenci6n por parte del aeropuerto y en caso de que tales medidas hagan incurrir en gastos adicionales, los derechos se orientaran a la recuperaci6n de dichos gastos.

    6. OTROS DERECHOS

    SERViCIO DE ASISTENCIA EN TIERRA

    Las tasas par Ser./icio de Asistencia en Tierra (Rampa), se sujetan a las siguientes normas procedimentales:

    a) Las empresas que prestan temporalmente servicios de rampa a sus propias aeronaves y/o a otras ajenas por derechos no ejercidos por SABSA, cancelaran los mentes siguientes:

    o ii)

    Servicios Internacionales Servicios Nacionales

    Sus. 120.00 Sus. 24.00

    b) Pasarelas de embarque - desembarque

    3ra edicioll

    Para uso de pasarelas en embarque y desembarque en !os aeropuertos con este . servicio, las aeronaves , nacionales y/o extranjeras, cancelaran 105 montos siguientes per eperacicn:

    Q Hj

    ............ . -... .. -;..

    Nacionales Intemacionales

    $us. 40.00 $us. 60.00

    AASANA - AlS BOLIVIA

    _ ........ . ./._-

    (

    (, (.

  • (

    ~ 8- '; AlP GEN4., BOLIVIA 08AG020

    7. EXENCIONES

    a) Aeronaves

    b)

    o Aeronaves extranjeras: De acuerdo a reciprocidad que se hallen al servicio oficial 0 diplomatico, contando en su caso con la debida autorizaci6n de ingreso al pais.

    iO Aeronaves de Aeroclubes nacionales y extranjeros reconocidos por sus autoridades aeronauticas y siempre que no realicen vuelos comerciales.

    iii) Aeronaves declaradas en operaciones de Busqueda y Salvamento (SAR), siempre que se hallen autorizadas por Autoridad competentes

    iv) Aeronaves que cumplan labores de asistencia social, sin fines comerciales debidamente autorizadas por la Autoridad competente.

    Pasajeros i) Presidente y Vice-presidente de la Republica . ii) Cuerpo Diplomatico y Consular acreditado en el pais, previa presentaci6n del

    camet diplomatico otorgado por la Cancilleria de la Republica. iii) Benemeritos de la Patria. iv) Pasajeros en transito intemacional con permanencia no mayor a ocho horas. v) Pasajeros reembarcados en caso de retorno de la aeronave, por motivo de

    orden tecnico 0 meteorol6gico. vi) Pasajeros menores de dos alios de edad.

    c) Otras exenciones dispuestas por el Supremo Gobiemo.

    8. METODOS DE PAGO

    Los derechos por servicios prestados a vuelos intemacionales, seran facturados en D61ares Estadounidense 0 su equivalente en moneda nacional boliviana al tipo de cambio oficial vigente a! dla anterior a la fecha efectiva de pago. Los vuelas de cabotaje seran facturados y abonados en d61ares 0 en moneda nacional al tipo de cambio oficial.

    En el casa de los lIsuarios habituales del aeropuerto se abonaran de acuerdo a los terminos pactados con SABSA mediante lA apertura de una Cuenta coniente.

    La cancelaci6n de estos servicios sera efectuada el dia de la operacion y previo al despegue de la aeronave.

    AASANA - AlS BOLIViA 3ra edicioi

  • . .. ' ,

    . ,: ,' . -

    GEN4.I-B OBAGO 2002

    3ra edicion

    . .

    . . ' .

    . . .

    . . .... ' , '

    AlP BOLIVIA

    .4AS.4.NA - AlS BOL/VIA

    .. ..

    ( (