Currículo básico de PRIMARIA_LOMCE
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BOLETN OFICIAL DEL ESTADONm. 52 Sbado 1 de marzo de 2014 Sec. I. Pg. 19349
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE EDUCACIN, CULTURA Y DEPORTE
2222 Real Decreto 126/2014, de 28 de febrero, por el que se establece el currculobsico de la Educacin Primaria.
La Ley Orgnica 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa,
ha modificado el artculo 6 de la Ley Orgnica 2/2006, de 3 de mayo, de Educacin, para
definir el currculo como la regulacin de los elementos que determinan los procesos de
enseanza y aprendizaje para cada una de las enseanzas. El currculo estar integrado
por los objetivos de cada enseanza y etapa educativa; las competencias, o capacidades
para activar y aplicar de forma integrada los contenidos propios de cada enseanza y
etapa educativa, para lograr la realizacin adecuada de actividades y la resolucin eficazde problemas complejos, los contenidos, o conjuntos de conocimientos, habilidades,
destrezas y actitudes que contribuyen al logro de los objetivos de cada enseanza y
etapa educativa y a la adquisicin de competencias; la metodologa didctica, que
comprende tanto la descripcin de las prcticas docentes como la organizacin del
trabajo de los docentes; los estndares y resultados de aprendizaje evaluables; y los
criterios de evaluacin del grado de adquisicin de las competencias y del logro de
los objetivos de cada enseanza y etapa educativa. Los contenidos se ordenan en
asignaturas, que se clasifican en materias, mbitos, reas y mdulos en funcin de las
enseanzas, las etapas educativas o los programas en que participe el alumnado.
Segn el nuevo artculo 6 bis de la Ley Orgnica 2/2006, de 3 de mayo, corresponde
al Gobierno, entre otros, el diseo del currculo bsico, en relacin con los objetivos,
competencias, contenidos, estndares y resultados de aprendizaje evaluables y criteriosde evaluacin, que garantice el carcter oficial y la validez en todo el territorio nacional de
las titulaciones a que se refiere esta Ley Orgnica.
Uno de los pilares centrales de la reforma educativa operada por la Ley
Orgnica 8/2013, de 9 de diciembre, descansa sobre una nueva configuracin del
currculo de Educacin Primaria, Educacin Secundaria Obligatoria y Bachillerato. En el
bloque de asignaturas troncales se garantizan los conocimientos y competencias que
permitan adquirir una formacin slida y continuar con aprovechamiento las etapas
posteriores en aquellas asignaturas que deben ser comunes a todo el alumnado, y que en
todo caso deben ser evaluadas en las evaluaciones finales de etapa. El bloque de
asignaturas especficas permite una mayor autonoma a la hora de fijar horarios y
contenidos de las asignaturas, as como para conformar su oferta. El bloque de
asignaturas de libre configuracin autonmica supone el mayor nivel de autonoma, en el
que las Administraciones educativas y en su caso los centros pueden ofrecer asignaturasde diseo propio, entre las que se encuentran las ampliaciones de las materias troncales
o especficas. Esta distribucin no obedece a la importancia o carcter instrumental o
fundamental de las asignaturas sino a la distribucin de competencias entre el Estado y
las Comunidades Autnomas, acorde con la Constitucin espaola.
Esta nueva configuracin curricular supone un importante incremento en la autonoma
de las Administraciones educativas y de los centros, que pueden decidir las opciones y
vas en las que se especializan y fijar la oferta de asignaturas de los bloques de
asignaturas especficas y de libre configuracin autonmica, en el marco de la
programacin de las enseanzas que establezca cada Administracin educativa.
El sistema es ms flexible porque permite ajustar la oferta formativa y sus itinerarios a la
demanda de las familias y a la proximidad de facultades o escuelas universitarias y otros
centros docentes, y favorece la especializacin de los centros en funcin de los itinerariosofrecidos.
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La nueva organizacin de la Educacin Primaria se desarrolla en los artculos 16 a 21
de la Ley Orgnica 2/2006, de 3 de mayo, tras su modificacin realizada por la Ley
Orgnica 8/2013, de 9 de diciembre. El currculo bsico de las asignaturas
correspondientes a la Educacin Primaria se ha diseado de acuerdo con lo indicado en
dichos artculos, en un intento de simplificar su regulacin, que se ha centrado en los
elementos curriculares indispensables.
En lnea con la Recomendacin 2006/962/EC, del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 18 de diciembre de 2006, sobre las competencias clave para el aprendizaje
permanente, este real decreto se basa en la potenciacin del aprendizaje por
competencias, integradas en los elementos curriculares para propiciar una renovacin en
la prctica docente y en el proceso de enseanza y aprendizaje. Se proponen nuevos
enfoques en el aprendizaje y evaluacin, que han de suponer un importante cambio en
las tareas que han de resolver los alumnos y planteamientos metodolgicos innovadores.
La competencia supone una combinacin de habilidades prcticas, conocimientos,
motivacin, valores ticos, actitudes, emociones, y otros componentes sociales y de
comportamiento que se movilizan conjuntamente para lograr una accin eficaz. Secontemplan, pues, como conocimiento en la prctica, un conocimiento adquirido a travs
de la participacin activa en prcticas sociales que, como tales, se pueden desarrollar
tanto en el contexto educativo formal, a travs del currculo, como en los contextos
educativos no formales e informales.
Las competencias, por tanto, se conceptualizan como un saber hacer que se aplica
a una diversidad de contextos acadmicos, sociales y profesionales. Para que la
transferencia a distintos contextos sea posible resulta indispensable una comprensin del
conocimiento presente en las competencias, y la vinculacin de ste con las habilidades
prcticas o destrezas que las integran.
El aprendizaje por competencias favorece los propios procesos de aprendizaje y la
motivacin por aprender, debido a la fuerte interrelacin entre sus componentes: el
concepto se aprende de forma conjunta al procedimiento de aprender dicho concepto.Se adopta la denominacin de las competencias clave definidas por la Unin Europea.
Se considera que las competencias clave son aquellas que todas las personas precisan
para su realizacin y desarrollo personal, as como para la ciudadana activa, la inclusin
social y el empleo. Se identifican siete competencias clave esenciales para el bienestar
de las sociedades europeas, el crecimiento econmico y la innovacin, y se describen los
conocimientos, las capacidades y las actitudes esenciales vinculadas a cada una de ellas.
El rol del docente es fundamental, pues debe ser capaz de disear tareas o
situaciones de aprendizaje que posibiliten la resolucin de problemas, la aplicacin de los
conocimientos aprendidos y la promocin de la actividad de los estudiantes.
La revisin curricular tiene muy en cuenta las nuevas necesidades de aprendizaje. El
aprendizaje basado en competencias se caracteriza por su transversalidad, su dinamismo
y su carcter integral. El proceso de enseanza-aprendizaje competencial debe abordarse
desde todas las reas de conocimiento, y por parte de las diversas instancias queconforman la comunidad educativa, tanto en los mbitos formales como en los no
formales e informales; su dinamismo se refleja en que las competencias no se adquieren
en un determinado momento y permanecen inalterables, sino que implican un proceso de
desarrollo mediante el cual los individuos van adquiriendo mayores niveles de desempeo
en el uso de las mismas.
Para lograr este proceso de cambio curricular es preciso favorecer una visin
interdisciplinar y, de manera especial, posibilitar una mayor autonoma a la funcin
docente, de forma que permita satisfacer las exigencias de una mayor personalizacin de
la educacin, teniendo en cuenta el principio de especializacin del profesorado.
El currculo bsico de las diferentes reas se ha organizado partiendo de los objetivos
propios de la etapa y de las competencias que se van a desarrollar a lo largo de la
educacin bsica, mediante el establecimiento de bloques de contenidos en las reastroncales, y criterios de evaluacin y estndares de aprendizaje evaluables en todas las
reas, que sern referentes en la planificacin de la concrecin curricular y en lacve:BOE-A-2014-2222
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programacin docente. En algunas reas estos elementos se han agrupado en torno a
bloques que permiten identificar los principales mbitos que comprende el rea; esta
agrupacin no implica una organizacin cerrada, por el contrario, permitir organizar de
diferentes maneras los elementos curriculares y adoptar la metodologa ms adecuada a
las caractersticas de los mismos y del grupo de alumnos.
El contenido de esta norma ser completado con la integracin de las competencias
en el currculo que debe promover el Ministerio de Educacin, Cultura y Deporte, segn la
disposicin adicional trigsimo quinta de la Ley 2/2006, de 3 de mayo, introducida por la
Ley 8/2013, de 9 de diciembre, a travs de la adecuada descripcin de las relaciones
entre las competencias y los contenidos y criterios de evaluacin de las diferentes
enseanzas, con atencin prioritaria al currculo de la enseanza bsica.
Este real decreto tiene el carcter de norma bsica y se dicta al amparo del artculo
149.1.30. de la Constitucin, que atribuye al Estado las competencias para la regulacin
de las condiciones de obtencin, expedicin y homologacin de los ttulos acadmicos y
profesionales y normas bsicas para el desarrollo del artculo 27 de la Constitucin, a fin
de garantizar el cumplimiento de las obligaciones de los poderes pblicos en estamateria. De acuerdo con la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, es posible la
intervencin excepcional del reglamento en la delimitacin de lo bsico, entre otros
supuestos, cuando la utilizacin del reglamento resulte justificada por el carcter
marcadamente tcnico de la materia.
En la tramitacin de este real decreto ha emitido dictamen el Consejo Escolar del
Estado, se ha solicitado el informe del Consejo Superior de Enseanzas Artsticas y del
Ministerio de Hacienda y Administraciones Pblicas, y se ha consultado a las
Comunidades Autnomas en el seno de la Conferencia de Educacin, as como a los
organismos y organizaciones ms representativas y en general a toda la comunidad
educativa a travs de un trmite de informacin pblica.
En su virtud, a propuesta del Ministro de Educacin, Cultura y Deporte, de acuerdo
con el Consejo de Estado, y previa deliberacin del Consejo de Ministros en su reunindel da 28 de febrero de 2014,
DISPONGO:
Artculo 1. Objeto.
El presente real decreto tiene por objeto establecer el currculo bsico de la Educacin
Primaria.
Artculo 2. Definiciones.
1. A efectos de este real decreto, se entender por:
a) Currculo: regulacin de los elementos que determinan los procesos de
enseanza y aprendizaje para cada una de las enseanzas y etapas educativas.
b) Objetivos: referentes relativos a los logros que el alumno debe alcanzar al finalizar
el proceso educativo, como resultado de las experiencias de enseanza-aprendizaje
intencionalmente planificadas a tal fin.
c) Competencias: capacidades para aplicar de forma integrada los contenidos
propios de cada enseanza y etapa educativa, con el fin de lograr la realizacin adecuada
de actividades y la resolucin eficaz de problemas complejos.
d) Contenidos: conjunto de conocimientos, habilidades, destrezas y actitudes que
contribuyen al logro de los objetivos de cada enseanza y etapa educativa y a la
adquisicin de competencias. Los contenidos se ordenan en asignaturas, que se clasifican
en materias, mbitos, reas y mdulos en funcin de las enseanzas, las etapas
educativas o los programas en que participe el alumnado.e) Estndares de aprendizaje evaluables: especificaciones de los criterios de
evaluacin que permiten definir los resultados de aprendizaje, y que concretan lo que elcve:BOE-A-2014-2222
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alumno debe saber, comprender y saber hacer en cada asignatura; deben ser
observables, medibles y evaluables y permitir graduar el rendimiento o logro alcanzado.
Su diseo debe contribuir y facilitar el diseo de pruebas estandarizadas y comparables.
f) Criterios de evaluacin: son el referente especfico para evaluar el aprendizaje del
alumnado. Describen aquello que se quiere valorar y que el alumnado debe lograr, tanto
en conocimientos como en competencias; responden a lo que se pretende conseguir en
cada asignatura.
g) Metodologa didctica: conjunto de estrategias, procedimientos y acciones
organizadas y planificadas por el profesorado, de manera consciente y reflexiva, con la
finalidad de posibilitar el aprendizaje del alumnado y el logro de los objetivos planteados.
2. A efectos del presente real decreto, las competencias del currculo sern las
siguientes:
1. Comunicacin lingstica.
2. Competencia matemtica y competencias bsicas en ciencia y tecnologa.
3. Competencia digital.
4. Aprender a aprender.
5. Competencias sociales y cvicas.
6. Sentido de iniciativa y espritu emprendedor.
7. Conciencia y expresiones culturales.
Para una adquisicin eficaz de las competencias y su integracin efectiva en el currculo,
debern disearse actividades de aprendizaje integradas que permitan al alumnado
avanzar hacia los resultados de aprendizaje de ms de una competencia al mismo tiempo.
Se potenciar el desarrollo de las competencias Comunicacin lingstica,
Competencia matemtica y competencias bsicas en ciencia y tecnologa.
Artculo 3. Distribucin de competencias.
1. En Educacin Primaria, las asignaturas se agruparn en tres bloques, de
asignaturas troncales, de asignaturas especficas, y de asignaturas de libre configuracin
autonmica, sobre los que el Gobierno, el Ministerio de Educacin, Cultura y Deporte, el
resto de Administraciones educativas y los centros docentes realizarn sus funciones de
la siguiente forma:
a) Corresponder al Gobierno:
1. Determinar los contenidos comunes, los estndares de aprendizaje evaluables y
el horario lectivo mnimo del bloque de asignaturas troncales.
2. Determinar los estndares de aprendizaje evaluables relativos a los contenidos
del bloque de asignaturas especficas.
3. Determinar los criterios de evaluacin del logro de los objetivos de las
enseanzas y etapas educativas y del grado de adquisicin de las competencias
correspondientes, as como las caractersticas generales de las pruebas en relacin con
la evaluacin final de Educacin Primaria.
b) Dentro de la regulacin y lmites establecidos por el Gobierno, a travs del
Ministerio de Educacin, Cultura y Deporte, de acuerdo con los apartados anteriores, las
Administraciones educativas podrn:
1. Complementar los contenidos del bloque de asignaturas troncales.
2. Establecer los contenidos de los bloques de asignaturas especficas y de libre
configuracin autonmica.
3. Realizar recomendaciones de metodologa didctica para los centros docentes
de su competencia.
4. Fijar el horario lectivo mximo correspondiente a los contenidos de las
asignaturas del bloque de asignaturas troncales.cve:BOE-A-2014-2222
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5. Fijar el horario correspondiente a los contenidos de las asignaturas de los
bloques de asignaturas especficas y de libre configuracin autonmica.
6. En relacin con la evaluacin durante la etapa, complementar los criterios de
evaluacin relativos a los bloques de asignaturas troncales y especficas, y establecer los
criterios de evaluacin del bloque de asignaturas de libre configuracin autonmica.
7. Establecer los estndares de aprendizaje evaluables relativos a los contenidos
del bloque de asignaturas de libre configuracin autonmica.
c) Dentro de la regulacin y lmites establecidos por las Administraciones educativas
de acuerdo con los apartados anteriores, y en funcin de la programacin de la oferta
educativa que establezca cada Administracin educativa, los centros docentes podrn:
1. Complementar los contenidos de los bloques de asignaturas troncales,
especficas y de libre configuracin autonmica y configurar su oferta formativa.
2. Disear e implantar mtodos pedaggicos y didcticos propios.
3. Determinar la carga horaria correspondiente a las diferentes asignaturas.
2. Las Administraciones educativas fomentarn y potenciarn la autonoma de los
centros, evaluarn sus resultados y aplicarn los oportunos planes de actuacin.
Los centros docentes desarrollarn y complementarn, en su caso, el currculo de las
diferentes etapas y ciclos en uso de su autonoma.
Artculo 4. Asignaturas troncales.
Los contenidos comunes, los criterios de evaluacin y los estndares de aprendizaje
evaluables de las reas troncales de la Educacin Primaria se recogen en el anexo I.
Artculo 5. Asignaturas especficas.
Los criterios de evaluacin y los estndares de aprendizaje evaluables de las reasespecficas de la Educacin Primaria se recogen en el anexo II.
Artculo 6. Principios generales.
La finalidad de la Educacin Primaria es facilitar a los alumnos y alumnas los aprendizajes
de la expresin y comprensin oral, la lectura, la escritura, el clculo, la adquisicin de
nociones bsicas de la cultura, y el hbito de convivencia as como los de estudio y trabajo,
el sentido artstico, la creatividad y la afectividad, con el fin de garantizar una formacin
integral que contribuya al pleno desarrollo de la personalidad de los alumnos y alumnas y de
prepararlos para cursar con aprovechamiento la Educacin Secundaria Obligatoria.
La accin educativa en esta etapa procurar la integracin de las distintas experiencias
y aprendizajes del alumnado y se adaptar a sus ritmos de trabajo.
Artculo 7. Objetivos de la Educacin Primaria.
La Educacin Primaria contribuir a desarrollar en los nios y nias las capacidades
que les permitan:
a) Conocer y apreciar los valores y las normas de convivencia, aprender a obrar de
acuerdo con ellas, prepararse para el ejercicio activo de la ciudadana y respetar los
derechos humanos, as como el pluralismo propio de una sociedad democrtica.
b) Desarrollar hbitos de trabajo individual y de equipo, de esfuerzo y de
responsabilidad en el estudio, as como actitudes de confianza en s mismo, sentido
crtico, iniciativa personal, curiosidad, inters y creatividad en el aprendizaje, y espritu
emprendedor.
c) Adquirir habilidades para la prevencin y para la resolucin pacfica de conflictos,que les permitan desenvolverse con autonoma en el mbito familiar y domstico, as
como en los grupos sociales con los que se relacionan.cve:BOE-A-2014-2222
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d) Conocer, comprender y respetar las diferentes culturas y las diferencias entre las
personas, la igualdad de derechos y oportunidades de hombres y mujeres y la no
discriminacin de personas con discapacidad.
e) Conocer y utilizar de manera apropiada la lengua castellana y, si la hubiere, la
lengua cooficial de la Comunidad Autnoma y desarrollar hbitos de lectura.
f) Adquirir en, al menos, una lengua extranjera la competencia comunicativa bsica
que les permita expresar y comprender mensajes sencillos y desenvolverse en situaciones
cotidianas.
g) Desarrollar las competencias matemticas bsicas e iniciarse en la resolucin de
problemas que requieran la realizacin de operaciones elementales de clculo,
conocimientos geomtricos y estimaciones, as como ser capaces de aplicarlos a las
situaciones de su vida cotidiana.
h) Conocer los aspectos fundamentales de las Ciencias de la Naturaleza, las
Ciencias Sociales, la Geografa, la Historia y la Cultura.
i) Iniciarse en la utilizacin, para el aprendizaje, de las Tecnologas de la Informacin
y la Comunicacin desarrollando un espritu crtico ante los mensajes que reciben yelaboran.
j) Util izar diferentes representaciones y expresiones artsticas e iniciarse en la
construccin de propuestas visuales y audiovisuales.
k) Valorar la higiene y la salud, aceptar el propio cuerpo y el de los otros, respetar
las diferencias y utilizar la educacin fsica y el deporte como medios para favorecer el
desarrollo personal y social.
l) Conocer y valorar los animales ms prximos al ser humano y adoptar modos de
comportamiento que favorezcan su cuidado.
m) Desarrollar sus capacidades afectivas en todos los mbitos de la personalidad y
en sus relaciones con los dems, as como una actitud contraria a la violencia, a los
prejuicios de cualquier tipo y a los estereotipos sexistas.
n) Fomentar la educacin vial y actitudes de respeto que incidan en la prevencinde los accidentes de trfico.
Artculo 8. Organizacin.
1. La etapa de Educacin Primaria comprende seis cursos acadmicos, que se
cursarn ordinariamente entre los seis y los doce aos de edad, y se organiza en reas,
que tendrn un carcter global e integrador.
2. Los alumnos y alumnas deben cursar las siguientes reas del bloque de
asignaturas troncales en cada uno de los cursos:
a) Ciencias de la Naturaleza.
b) Ciencias Sociales.
c) Lengua Castellana y Literatura.d) Matemticas.
e) Primera Lengua Extranjera.
3. Los alumnos y alumnas deben cursar las siguientes reas del bloque de
asignaturas especficas en cada uno de los cursos:
a) Educacin Fsica.
b) Religin, o Valores Sociales y Cvicos, a eleccin de los padres, madres o tutores
legales.
c) En funcin de la regulacin y de la programacin de la oferta educativa que
establezca cada Administracin educativa y, en su caso, de la oferta de los centros
docentes, al menos una de las siguientes reas del bloque de asignaturas especficas:
1. Educacin Artstica.
2. Segunda Lengua Extranjera.
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3. Religin, slo si los padres, madres o tutores legales no la han escogido en la
eleccin indicada en el apartado 3.b).
4. Valores Sociales y Cvicos, slo si los padres, madres o tutores legales no la han
escogido en la eleccin indicada en el apartado 3.b).
4. Los alumnos y alumnas deben cursar el rea Lengua Cooficial y Literatura en el
bloque de asignaturas de libre configuracin autonmica en aquellas Comunidades
Autnomas que posean dicha lengua cooficial, si bien podrn estar exentos de cursar o
de ser evaluados de dicha rea en las condiciones establecidas en la normativa
autonmica correspondiente. El rea Lengua Cooficial y Literatura recibir un tratamiento
anlogo al del rea Lengua Castellana y Literatura.
Adems, los alumnos y alumnas podrn cursar una o varias reas ms en el bloque
de asignaturas de libre configuracin autonmica, en funcin de la regulacin y de la
programacin de la oferta educativa que establezca cada Administracin educativa y, en
su caso, de la oferta de los centros docentes, que podrn ser reas del bloque de
asignaturas especficas no cursadas, reas de profundizacin o refuerzo de las reastroncales, u otras reas a determinar.
Entre las reas a determinar, las Administraciones educativas y en su caso los centros
podrn ofrecer, entre otras, asignaturas relacionadas con el aprendizaje del sistema
braille, la tiflotecnologa, la autonoma personal y las lenguas de signos.
5. El horario lectivo mnimo correspondiente a las asignaturas del bloque de
asignaturas troncales, computado de forma global para toda la Educacin Primaria, no
ser inferior al 50% del total del horario lectivo fijado por cada Administracin educativa
como general para dicha etapa. En este cmputo no se tendrn en cuenta posibles
ampliaciones del horario que se puedan establecer sobre el horario general.
6. Con el fin de facilitar la transicin desde la Educacin Primaria a la Educacin
Secundaria Obligatoria, se prestar una especial atencin a la coordinacin entre ambas
etapas para salvar las diferencias pedaggicas y organizativas y los desajustes que se
puedan producir en el progreso acadmico del alumnado, para lo que se tendr en
cuenta, entre otros mecanismos, el informe indicativo del nivel obtenido en la evaluacin
final de etapa.
Artculo 9. Proceso de aprendizaje y atencin individualizada.
1. En esta etapa se pondr especial nfasis en la atencin a la diversidad del
alumnado, en la atencin individualizada, en la prevencin de las dificultades de
aprendizaje y en la puesta en prctica de mecanismos de refuerzo tan pronto como se
detecten estas dificultades.
2. A fin de fomentar el hbito de la lectura se dedicar un tiempo diario a la misma.
3. Se prestar especial atencin durante la etapa a la atencin personalizada de los
alumnos y alumnas, a la realizacin de diagnsticos precoces y al establecimiento demecanismos de refuerzo para lograr el xito escolar.
4. La accin tutorial orientar el proceso educativo individual y colectivo del
alumnado. El profesor tutor coordinar la intervencin educativa del conjunto del
profesorado del alumnado al que tutoriza de acuerdo con lo que establezca la
Administracin educativa correspondiente, y mantendr una relacin permanente con la
familia, a fin de facilitar el ejercicio de los derechos reconocidos en el artculo 4.1.d) y g)
de la Ley Orgnica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educacin.
5. La intervencin educativa debe contemplar como principio la diversidad del
alumnado, entendiendo que de este modo se garantiza el desarrollo de todos ellos a la
vez que una atencin personalizada en funcin de las necesidades de cada uno.
6. Los mecanismos de refuerzo que debern ponerse en prctica tan pronto como
se detecten dificultades de aprendizaje podrn ser tanto organizativos como curriculares.
Entre estas medidas podrn considerarse el apoyo en el grupo ordinario, losagrupamientos flexibles o las adaptaciones del currculo.
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Artculo 10. Elementos transversales.
1. Sin perjuicio de su tratamiento especfico en algunas de las asignaturas de cada
etapa, la comprensin lectora, la expresin oral y escrita, la comunicacin audiovisual, lasTecnologas de la Informacin y la Comunicacin, el emprendimiento y la educacin cvica
y constitucional se trabajarn en todas las asignaturas.
2. Las Administraciones educativas fomentarn la calidad, equidad e inclusin
educativa de las personas con discapacidad, la igualdad de oportunidades y no
discriminacin por razn de discapacidad, medidas de flexibilizacin y alternativas
metodolgicas, adaptaciones curriculares, accesibilidad universal, diseo para todos,
atencin a la diversidad y todas aquellas medidas que sean necesarias para conseguir
que el alumnado con discapacidad pueda acceder a una educacin educativa de calidad
en igualdad de oportunidades.
3. Las Administraciones educativas fomentarn el desarrollo de los valores que
fomenten la igualdad efectiva entre hombres y mujeres y la prevencin de la violencia de
gnero, y de los valores inherentes al principio de igualdad de trato y no discriminacinpor cualquier condicin o circunstancia personal o social.
Las Administraciones educativas fomentarn el aprendizaje de la prevencin y
resolucin pacfica de conflictos en todos los mbitos de la vida personal, familiar y social,
as como de los valores que sustentan la libertad, la justicia, la igualdad, el pluralismo
poltico, la paz, la democracia, el respeto a los derechos humanos y el rechazo a la
violencia terrorista, la pluralidad, el respeto al Estado de derecho, el respeto y
consideracin a las vctimas del terrorismo y la prevencin del terrorismo y de cualquier
tipo de violencia.
La programacin docente debe comprender en todo caso la prevencin de la violencia
de gnero, de la violencia terrorista y de cualquier forma de violencia, racismo o xenofobia,
incluido el estudio del Holocausto judo como hecho histrico.
Se evitarn los comportamientos y contenidos sexistas y estereotipos que supongan
discriminacin.
Los currculos de Educacin Primaria incorporarn elementos curriculares
relacionados con el desarrollo sostenible y el medio ambiente, los riesgos de explotacin
y abuso sexual, las situaciones de riesgo derivadas de la utilizacin de las Tecnologas de
la Informacin y la Comunicacin, as como la proteccin ante emergencias y catstrofes.
4. Los currculos de Educacin Primaria incorporarn elementos curriculares
orientados al desarrollo y afianzamiento del espritu emprendedor. Las Administraciones
educativas fomentarn las medidas para que el alumnado participe en actividades que le
permita afianzar el espritu emprendedor y la iniciativa empresarial a partir de aptitudes
como la creatividad, la autonoma, la iniciativa, el trabajo en equipo, la confianza en uno
mismo y el sentido crtico.
5. Las Administraciones educativas adoptarn medidas para que la actividad fsica
y la dieta equilibrada formen parte del comportamiento infantil. A estos efectos, dichasAdministraciones promovern la prctica diaria de deporte y ejercicio fsico por parte de
los alumnos y alumnas durante la jornada escolar, en los trminos y condiciones que,
siguiendo las recomendaciones de los organismos competentes, garanticen un desarrollo
adecuado para favorecer una vida activa, saludable y autnoma. El diseo, coordinacin
y supervisin de las medidas que a estos efectos se adopten en el centro educativo,
sern asumidos por el profesorado con cualificacin o especializacin adecuada en
estos mbitos.
6. En el mbito de la educacin y la seguridad vial, las Administraciones educativas
incorporarn elementos curriculares y promovern acciones para la mejora de la
convivencia y la prevencin de los accidentes de trfico, con el fin de que el alumnado
conozca sus derechos y deberes como usuario de las vas, en calidad de peatn, viajero
y conductor de bicicletas, respete las normas y seales, y se favorezca la convivencia, latolerancia, la prudencia, el autocontrol, el dilogo y la empata con actuaciones adecuadas
tendentes a evitar los accidentes de trfico y sus secuelas.
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Artculo 11. Promocin.
1. El alumno o alumna acceder al curso o etapa siguiente siempre que se considere
que ha logrado los objetivos de la etapa o los que correspondan al curso realizado, y queha alcanzado el grado de adquisicin de las competencias correspondientes. De no ser
as, podr repetir una sola vez durante la etapa, con un plan especfico de refuerzo o
recuperacin y apoyo, que ser organizado por los centros docentes de acuerdo con lo
que establezcan las Administraciones educativas.
La repeticin se considerar una medida de carcter excepcional y se tomar tras
haber agotado el resto de medidas ordinarias de refuerzo y apoyo para solventar las
dificultades de aprendizaje del alumno.
2. El equipo docente adoptar las decisiones correspondientes sobre la promocin
del alumnado tomando especialmente en consideracin la informacin y el criterio del
profesor tutor.
Se atender especialmente a los resultados de las evaluaciones individualizadas de
tercer curso de Educacin Primaria y final de Educacin Primaria.
Artculo 12. Evaluaciones.
1. Los referentes para la comprobacin del grado de adquisicin de las competencias
y el logro de los objetivos de la etapa en las evaluaciones continua y final de las
asignaturas de los bloques de asignaturas troncales y especficas, sern los criterios de
evaluacin y estndares de aprendizaje evaluables que figuran en los anexos I y II a este
real decreto.
La evaluacin de los procesos de aprendizaje del alumnado ser continua y global y
tendr en cuenta su progreso en el conjunto de las reas.
Se establecern las medidas ms adecuadas para que las condiciones de realizacin
de las evaluaciones, incluida la evaluacin de tercer curso y la evaluacin final de etapa,
se adapten a las necesidades del alumnado con necesidades especficas de apoyoeducativo.
En el contexto del proceso de evaluacin continua, cuando el progreso de un alumno
o alumna no sea el adecuado, se establecern medidas de refuerzo educativo. Estas
medidas se adoptarn en cualquier momento del curso, tan pronto como se detecten las
dificultades y estarn dirigidas a garantizar la adquisicin de las competencias
imprescindibles para continuar el proceso educativo.
Los maestros evaluarn tanto los aprendizajes del alumnado como los procesos de
enseanza y su propia prctica docente, para lo que establecern indicadores de logro en
las programaciones docentes.
Las Administraciones educativas garantizarn el derecho de los alumnos a una
evaluacin objetiva y a que su dedicacin, esfuerzo y rendimiento sean valorados y
reconocidos con objetividad, para lo que establecern los oportunos procedimientos.2. En aquellas Comunidades Autnomas que posean, junto al castellano, otra
lengua oficial de acuerdo con sus Estatutos, los alumnos y alumnas podrn estar exentos
de realizar la evaluacin del rea Lengua Cooficial y Literatura segn la normativa
autonmica correspondiente.
3. Los centros docentes realizarn una evaluacin individualizada a todos los
alumnos y alumnas al finalizar el tercer curso de Educacin Primaria, segn dispongan
las Administraciones educativas, en la que se comprobar el grado de dominio de las
destrezas, capacidades y habilidades en expresin y comprensin oral y escrita, clculo y
resolucin de problemas en relacin con el grado de adquisicin de la competencia en
comunicacin lingstica y de la competencia matemtica.
De resultar desfavorable esta evaluacin, el equipo docente deber adoptar las
medidas ordinarias o extraordinarias ms adecuadas. Estas medidas se fijarn en planes
de mejora de resultados colectivos o individuales que permitan solventar las dificultades,en colaboracin con las familias y mediante recursos de apoyo educativo.
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4. Al finalizar el sexto curso de Educacin Primaria se realizar una evaluacin final
individualizada a todos los alumnos y alumnas, en la que se comprobar el grado de
adquisicin de la competencia en Comunicacin lingstica, de la Competencia
matemtica y de las Competencias bsicas en ciencia y tecnologa, as como el logro de
los objetivos de la etapa. Dicha evaluacin se realizar de acuerdo con las caractersticas
generales de las pruebas que establezca el Gobierno, previa consulta a las Comunidades
Autnomas.
Para la evaluacin se utilizarn como referentes los criterios de evaluacin y
estndares de aprendizaje evaluables que figuran en los anexos I y II a este real decreto.
El resultado de la evaluacin se expresar en los siguientes niveles: Insuficiente (IN)
para las calificaciones negativas, Suficiente (SU), Bien (BI), Notable (NT), o Sobresaliente (SB)
para las calificaciones positivas.
El nivel obtenido por cada alumno o alumna se har constar en un informe, que ser
entregado a los padres, madres o tutores legales y que tendr carcter informativo y
orientador para los centros en los que los alumnos y alumnas hayan cursado sexto curso
de Educacin Primaria y para aquellos en los que cursen el siguiente curso escolar, ascomo para los equipos docentes, los padres, madres o tutores legales y los alumnos y
alumnas. El nivel obtenido ser indicativo de una progresin y aprendizaje adecuados, o
de la conveniencia de la aplicacin de programas dirigidos al alumnado con necesidades
especficas de apoyo educativo o de otras medidas.
Las Administraciones educativas podrn establecer planes especficos de mejora en
aquellos centros pblicos cuyos resultados sean inferiores a los valores que, a tal objeto,
hayan establecido. En relacin con los centros concertados se estar a la normativa
reguladora del concierto correspondiente.
Artculo 13. Aprendizaje de lenguas extranjeras.
1. Las Administraciones educativas podrn establecer que una parte de las
asignaturas del currculo se impartan en lenguas extranjeras sin que ello supongamodificacin de los aspectos bsicos del currculo regulados en el presente real decreto.
En este caso, procurarn que a lo largo de la etapa el alumnado adquiera la terminologa
propia de las asignaturas en ambas lenguas.
2. Los centros que impartan una parte de las asignaturas del currculo en lenguas
extranjeras aplicarn, en todo caso, los criterios para la admisin del alumnado
establecidos en la Ley Orgnica 2/2006, de 3 de mayo. Entre tales criterios no se incluirn
requisitos lingsticos.
3. La lengua castellana o la lengua cooficial slo se utilizarn como apoyo en el
proceso de aprendizaje de la lengua extranjera. Se priorizarn la comprensin y la
expresin oral.
Se establecern medidas de flexibilizacin y alternativas metodolgicas en la
enseanza y evaluacin de la lengua extranjera para el alumnado con discapacidad, enespecial para aqul que presenta dificultades en su expresin oral. Estas adaptaciones
en ningn caso se tendrn en cuenta para minorar las calificaciones obtenidas.
Artculo 14. Alumnado con necesidades especficas de apoyo educativo.
1. Ser de aplicacin lo indicado en el captulo II del ttulo I de la Ley 2/2006, de 3 de
mayo, en los artculos 71 a 79 bis, al alumnadoque requiera una atencin educativa
diferente a la ordinaria, por presentar necesidades educativas especiales, por dificultades
especficas de aprendizaje, Trastorno por Dficit de Atencin e Hiperactividad (TDAH),
por sus altas capacidades intelectuales, por haberse incorporado tarde al sistema
educativo, o por condiciones personales o de historia escolar, para que pueda alcanzar el
mximo desarrollo posible de sus capacidades personales y, en todo caso, los objetivos
establecidos con carcter general para todo el alumnado.Para que el alumnado con necesidad especfica de apoyo educativo al que se refiere
el artculo 71 de la Ley Orgnica 2/2006, de 3 de mayo, pueda alcanzar el mximocve:BOE-A-2014-2222
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desarrollo de sus capacidades personales y los objetivos y competencias de la etapa, se
establecern las medidas curriculares y organizativas oportunas que aseguren su
adecuado progreso.
Se establecern las medidas ms adecuadas para que las condiciones de realizacin
de las evaluaciones se adapten a las necesidades del alumnado con necesidades
especficas de apoyo educativo.
2. Corresponde a las Administraciones educativas adoptar las medidas necesarias
para identificar al alumnado con dificultades especficas de aprendizaje y valorar de forma
temprana sus necesidades.
La escolarizacin del alumnado que presenta dificultades de aprendizaje se regir por
los principios de normalizacin e inclusin y asegurar su no discriminacin y la igualdad
efectiva en el acceso y permanencia en el sistema educativo.
La identificacin, valoracin e intervencin de las necesidades educativas de este
alumnado se realizar de la forma ms temprana posible, en los trminos que determinen
las Administraciones educativas.
3. Las Administraciones educativas establecern las condiciones de accesibilidad yrecursos de apoyo que favorezcan el acceso al currculo del alumnado con necesidades
educativas especiales y adaptarn los instrumentos, y en su caso, los tiempos y apoyos
que aseguren una correcta evaluacin de este alumnado.
Las Administraciones educativas, con el fin de facilitar la accesibilidad al currculo,
establecern los procedimientos oportunos cuando sea necesario realizar adaptaciones
significativas de los elementos del currculo, a fin de atender al alumnado con necesidades
educativas especiales que las precise. Dichas adaptaciones se realizarn buscando el
mximo desarrollo posible de las competencias bsicas; la evaluacin continua y la
promocin tomarn como referente los elementos fijados en dichas adaptaciones.
Sin perjuicio de la permanencia durante un curso ms en la etapa, prevista en el
artculo 20.2 de la Ley Orgnica 2/2006, de 3 de mayo, la escolarizacin de este alumnado
en la etapa de Educacin Primaria en centros ordinarios podr prolongarse un ao ms,siempre que ello favorezca su integracin socioeducativa.
4. Corresponde a las Administraciones educativas adoptar las medidas necesarias
para identificar al alumnado con altas capacidades intelectuales y valorar de forma
temprana sus necesidades.
Asimismo, les corresponde adoptar planes de actuacin, as como programas de
enriquecimiento curricular adecuados a dichas necesidades, que permitan al alumnado
desarrollar al mximo sus capacidades.
La escolarizacin del alumnado con altas capacidades intelectuales, identificado
como tal segn el procedimiento y en los trminos que determinen las Administraciones
educativas, se flexibilizar en los trminos que determine la normativa vigente; dicha
flexibilizacin podr incluir tanto la imparticin de contenidos y adquisicin de
competencias propios de cursos superiores como la ampliacin de contenidos y
competencias del curso corriente, as como otras medidas.Se tendr en consideracin el ritmo y estilo de aprendizaje del alumnado que presenta
altas capacidades intelectuales y del alumnado especialmente motivado por el
aprendizaje.
5. La escolarizacin del alumnado que se incorpora de forma tarda al sistema
educativo a los que se refiere el artculo 78 de la Ley Orgnica 2/2006, de 3 de mayo, se
realizar atendiendo a sus circunstancias, conocimientos, edad e historial acadmico.
Quienes presenten un desfase en su nivel de competencia curricular de ms de dos
aos podrn ser escolarizados en el curso inferior al que les correspondera por edad.
Para este alumnado se adoptarn las medidas de refuerzo necesarias que faciliten su
integracin escolar y la recuperacin de su desfase y le permitan continuar con
aprovechamiento sus estudios. En el caso de superar dicho desfase, se incorporarn al
curso correspondiente a su edad.
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Artculo 15. Autonoma de los centros docentes.
1. Las Administraciones educativas fomentarn la autonoma pedaggica y
organizativa de los centros, favorecern el trabajo en equipo del profesorado y estimularnla actividad investigadora a partir de su prctica docente.
2. Los centros docentes desarrollarn y completarn el currculo y las medidas de
atencin a la diversidad establecidas por las Administraciones educativas, adaptndolas
a las caractersticas del alumnado y a su realidad educativa con el fin de atender a todo el
alumnado. Asimismo, arbitrarn mtodos que tengan en cuenta los diferentes ritmos de
aprendizaje del alumnado, favorezcan la capacidad de aprender por s mismos y
promuevan el trabajo en equipo.
3. Los centros promovern, asimismo, compromisos con las familias y con los
propios alumnos y alumnas en los que se especifiquen las actividades que unos y otros
se comprometen a desarrollar para facilitar el progreso educativo.
Artculo 16. Participacin de padres, madres y tutores legales en el proceso educativo.
De conformidad con lo establecido en el artculo 4.2.e) de la Ley Orgnica 8/1985,
de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educacin, los padres, madres o tutores legales
debern participar y apoyar la evolucin del proceso educativo de sus hijos o tutelados,
as como conocer las decisiones relativas a la evaluacin y promocin, y colaborar en las
medidas de apoyo o refuerzo que adopten los centros para facilitar su progreso educativo,
y tendrn acceso a los documentos oficiales de evaluacin y a los exmenes y
documentos de las evaluaciones que se realicen a sus hijos o tutelados.
Disposicin adicional primera. Adaptacin de referencias.
Las referencias realizadas por la normativa vigente a las asignaturas de Educacin
Primaria se entendern realizadas a las asignaturas correspondientes recogidas en estereal decreto.
Disposicin adicional segunda. Enseanzas de religin.
1. Las enseanzas de religin se incluirn en la Educacin Primaria de acuerdo con
lo establecido en este real decreto.
2. Las Administraciones educativas garantizarn que, al inicio del curso, los padres,
madres o tutores legales y en su caso el alumnado puedan manifestar su voluntad de que
stos reciban o no reciban enseanzas de religin.
3. La determinacin del currculo de la enseanza de religin catlica y de las
diferentes confesiones religiosas con las que el Estado espaol ha suscrito Acuerdos de
Cooperacin en materia educativa ser competencia, respectivamente, de la jerarqua
eclesistica y de las correspondientes autoridades religiosas.4. La evaluacin de la enseanza de la religin se realizar de acuerdo con lo
indicado en el artculo 12 de este real decreto.
Disposicin adicional tercera. Sistema de prstamos de libros de texto.
El Ministerio de Educacin, Cultura y Deporte promover el prstamo gratuito de
libros de texto y otros materiales curriculares para la educacin bsica en los centros
sostenidos con fondos pblicos, en el seno de la Conferencia Sectorial de Educacin.
Disposicin adicional cuarta. Documentos oficiales de evaluacin.
1. Los documentos oficiales de evaluacin son el expediente acadmico, las actas
de evaluacin, los documentos de evaluacin final de etapa y de tercer curso deEducacin Primaria, el informe indicativo del nivel obtenido en la evaluacin final de
etapa, el historial acadmico, y en su caso el informe personal por traslado.cve:BOE-A-2014-2222
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Las Administraciones educativas establecern los procedimientos oportunos para
garantizar la autenticidad de los documentos oficiales de evaluacin, la integridad de los
datos recogidos en los mismos y su supervisin y custodia.
Los documentos oficiales de evaluacin sern visados por el director del centro y
llevarn las firmas autgrafas de las personas que corresponda en cada caso. Junto a las
mismas constar el nombre y los apellidos del firmante, as como la referencia al cargo o
a la atribucin docente.
El historial acadmico, y en su caso el informe personal por traslado, se consideran
documentos bsicos para garantizar la movilidad del alumnado por todo el territorio
nacional.
Los documentos oficiales de evaluacin debern recoger siempre la norma de la
Administracin educativa que establece el currculo correspondiente y, cuando hayan de
surtir efectos fuera del mbito de una Comunidad Autnoma cuya lengua tenga
estatutariamente atribuido carcter oficial, se estar a lo dispuesto en el artculo 36.3 de
la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de rgimen Jurdico de las Administraciones Pblicas
y del Procedimiento administrativo Comn.2. Los resultados de la evaluacin se expresarn en la Educacin bsica en los
trminos Insuficiente (IN) para las calificaciones negativas, Suficiente (SU), Bien (BI),
Notable (NT), o Sobresaliente (SB) para las calificaciones positivas.
Dichos trminos irn acompaados de una calificacin numrica, sin emplear
decimales, en una escala de uno a diez, con las siguientes correspondencias:
Insuficiente: 1, 2, 3 4.
Suficiente: 5.
Bien: 6.
Notable: 7 u 8.
Sobresaliente: 9 10.
La nota media de las calificaciones numricas obtenidas en cada una de las reasser la media aritmtica de las calificaciones de todas ellas, redondeada a la centsima
ms prxima y en caso de equidistancia a la superior.
Las Administraciones educativas podrn otorgar una Mencin Honorfica o Matrcula
de Honor a los alumnos y alumnas que hayan obtenido un Sobresaliente al finalizar
Educacin Primaria en el rea para la que se otorga, y que hayan demostrado un
rendimiento acadmico excelente.
3. Las actas de evaluacin se extendern para cada uno de los cursos y se cerrarn
al trmino del perodo lectivo ordinario y en la convocatoria de las pruebas extraordinarias,
en su caso. Comprendern la relacin nominal del alumnado que compone el grupo junto
con los resultados de la evaluacin de las materias y las decisiones sobre promocin y
permanencia.
Las actas de evaluacin sern firmadas por el tutor del grupo en la EducacinPrimaria, y llevarn el visto bueno del director del centro.
4. El historial acadmico ser extendido en impreso oficial, llevar el visto bueno del
director y tendr valor acreditativo de los estudios realizados. Como mnimo recoger los
datos identificativos del estudiante, las asignaturas cursadas en cada uno de los aos de
escolarizacin, los resultados de la evaluacin en cada convocatoria (ordinaria o
extraordinaria), las decisiones sobre promocin y permanencia, la media de las
calificaciones obtenidas en cada una de las reas, el nivel obtenido en la evaluacin final de
Educacin Primaria, la informacin relativa a los cambios de centro, las medidas curriculares
y organizativas aplicadas, y las fechas en que se han producido los diferentes hitos.
5. Cuando el alumno se traslade a otro centro para proseguir sus estudios, el centro
de origen remitir al de destino, y a peticin de ste, copia del historial acadmico de
Educacin Primaria y el informe personal por traslado. El centro receptor abrir el
correspondiente expediente acadmico. La matriculacin adquirir carcter definitivo unavez recibida la copia del historial acadmico.
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El informe personal por traslado contendr los resultados de las evaluaciones que se
hubieran realizado, la aplicacin, en su caso, de medidas curriculares y organizativas, y
todas aquellas observaciones que se consideren oportunas acerca del progreso general
del alumno.
6. Tras finalizar la etapa, el historial acadmico de Educacin Primaria se entregar
a los padres, madres o tutores del alumno o alumna, y se enviar una copia del historial
acadmico y del informe indicativo del nivel obtenido en la evaluacin final de etapa al
centro de educacin secundaria en el que prosiga sus estudios el alumno o alumna, a
peticin de dicho centro de educacin secundaria.
7. En lo referente a la obtencin de los datos personales del alumnado, a la cesin
de los mismos de unos centros a otros y a la seguridad y confidencialidad de stos, se
estar a lo dispuesto en la legislacin vigente en materia de proteccin de datos de
carcter personal y, en todo caso, a lo establecido en la disposicin adicional vigsima
tercera de la Ley Orgnica 2/2006, de 3 de mayo.
8. La custodia y archivo de los expedientes acadmicos corresponde a los centros
escolares. La cumplimentacin y custodia del expediente acadmico ser supervisadapor la Inspeccin educativa.
Las Administraciones educativas establecern los procedimientos oportunos para
garantizar la autenticidad de los datos reflejados en el expediente acadmico y su
custodia.
9. Los documentos oficiales de evaluacin y sus procedimientos de validacin
descritos en los apartados anteriores podrn ser sustituidos por sus equivalentes
realizados por medios electrnicos, informticos o telemticos, siempre que quede
garantizada su autenticidad, integridad, conservacin, y se cumplan las garantas y los
requisitos establecidos por la Ley Orgnica 15/1999, de 13 de diciembre, de Proteccin
de Datos de Carcter Personal, por la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrnico
de los ciudadanos a los servicios pblicos, y por la normativa que las desarrolla.
El expediente electrnico del alumno estar constituido, al menos, por los datoscontenidos en los documentos oficiales de evaluacin, y cumplir con lo establecido en el
Real Decreto 4/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de
Interoperabilidad en el mbito de la Administracin Electrnica.
El Ministerio de Educacin, Cultura y Deporte, previa consulta a las Comunidades
Autnomas, establecer la estructura y formato de, al menos, los datos contenidos en los
documentos oficiales de evaluacin del expediente electrnico del alumno descritos en la
presente disposicin, de acuerdo con lo previsto en el artculo 111.bis y en el apartado 4
de la disposicin adicional vigesimotercera de la Ley Orgnica 2/2006, de 3 de mayo,que
junto con otros garanticen la interoperabilidad entre los distintos sistemas de informacin
utilizados en el Sistema Educativo Espaol.
Disposicin adicional quinta. Evaluacin final de la asignatura Lengua Cooficial y
Literatura.
1. La asignatura Lengua Cooficial y Literatura deber ser evaluada en la
evaluacin final de la etapa, y se tendr en cuenta para el clculo de la nota obtenida
en dicha evaluacin final en la misma proporcin que la asignatura Lengua Castellana y
Literatura.
2. Corresponde a las Administraciones educativas competentes concretar los
criterios de evaluacin, los estndares de aprendizaje evaluables y el diseo de las
pruebas que se apliquen a esta asignatura, que se realizarn de forma simultnea al
resto de las pruebas que componen las evaluaciones finales.
3. Estarn exentos de la realizacin de estas pruebas los alumnos y alumnas que
estn exentos de cursar o de ser evaluados de la asignatura Lengua Cooficial y Literatura,
segn la normativa autonmica correspondiente.
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Disposicin adicional sexta. Calendario escolar.
1. El calendario escolar, que fijarn anualmente las Administraciones educativas,
comprender un mnimo de 175 das lectivos para las enseanzas obligatorias.2. En cualquier caso, en el cmputo del calendario escolar se incluirn los das
dedicados a las evaluaciones de tercer curso y final de Educacin Primaria.
Disposicin adicional sptima. Acciones informativas y de sensibilizacin.
1. Los Ministerios de Educacin, Cultura y Deporte y del Interior, en colaboracin
con las Administraciones educativas y con la Fundacin de Vctimas del Terrorismo,
promovern la divulgacin entre el alumnado del testimonio de las vctimas y de su relato
de los hechos.
2. Los Ministerios de Educacin, Cultura y Deporte y de Justicia, en colaboracin
con las Administraciones educativas y con organizaciones y entidades interesadas,
promovern la divulgacin entre el alumnado de informacin sobre los riesgos de
explotacin y abuso sexual, as como sobre los medios para protegerse, en cumplimiento
de los dispuesto en el artculo 6 del Convenio del Consejo de Europa para la proteccin
de los nios contra la explotacin y el abuso sexual.
3. Los Ministerios de Educacin, Cultura y Deporte y de Sanidad, Servicios Sociales
e Igualdad, en colaboracin con las Administraciones educativas y con organizaciones y
entidades interesadas, promovern entre el alumnado actividades de informacin,
campaas de sensibilizacin, acciones formativas y cuantas otras sean necesarias para
la promocin de la igualdad de oportunidades y la no discriminacin, en especial entre
mujeres y hombres y personas con algn tipo de discapacidad, as como para la
prevencin de la violencia de gnero.
4. Estas actuaciones informativas y de sensibilizacin se desarrollarn mediante la
organizacin en los centros docentes, fuera del horario escolar, de conferencias,
seminarios, talleres y todo tipo de actividades, adaptadas a la etapa evolutiva de losalumnos.
Disposicin derogatoria nica. Derogacin normativa.
A partir de la total implantacin de las modificaciones indicadas en la disposicin final
primera, quedar derogado el Real Decreto 1513/2006, de 7 de diciembre, por el que se
establecen las enseanzas mnimas de la Educacin Primaria.
Disposicin final primera. Calendario de implantacin.
Las modificaciones introducidas en el currculo, la organizacin, objetivos, promocin
y evaluaciones de Educacin Primaria se implantarn para los cursos primero, tercero y
quinto en el curso escolar 2014-2015, y para los cursos segundo, cuarto y sexto en elcurso escolar 2015-2016.
Disposicin final segunda. Ttulo competencial y carcter bsico.
Este real decreto tiene el carcter de norma bsica y se dicta al amparo del artculo
149.1.30 de la Constitucin, que atribuye al Estado las competencias para la regulacin
de las condiciones de obtencin, expedicin y homologacin de los ttulos acadmicos y
profesionales y normas bsicas para el desarrollo del artculo 27 de la Constitucin, a fin
de garantizar el cumplimiento de las obligaciones de los poderes pblicos en esta materia.
Disposicin final tercera. Desarrollo.
Se faculta a la persona titular del Ministerio de Educacin, Cultura y Deporte paradictar cuantas disposiciones requiera la aplicacin de lo dispuesto en este real decreto,
sin perjuicio de las competencias que corresponden a las Comunidades Autnomas.cve:BOE-A-2014-2222
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Disposicin final cuarta. Entrada en vigor.
El presente real decreto entrar en vigor el da siguiente al de su publicacin en el
Boletn Oficial del Estado.
Dado en Madrid, el 28 de febrero de 2014.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Educacin, Cultura y Deporte,
JOS IGNACIO WERT ORTEGA
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ANEXO I
Asignaturas troncales
a) Ciencias de la Naturaleza.
Las Ciencias de la Naturaleza nos ayudan a conocer el mundo en que vivimos, acomprender nuestro entorno y las aportaciones de los avances cientficos y tecnolgicos anuestra vida diaria. A travs de las ciencias de la naturaleza nos acercamos al trabajo cientfico ya su contribucin al desarrollo, por lo que es necesario proporcionar a todos los alumnos yalumnas las bases de una formacin cientfica que les ayude a desarrollar las competenciasnecesarias para desenvolverse en una realidad cambiante cada vez ms cientfica y tecnolgica.
El desarrollo de la ciencia y la actividad cientfica es una de las claves esenciales paraentender la evolucin de la Humanidad. En la actualidad, la ciencia es un instrumento
indispensable para comprender el mundo que nos rodea y sus cambios, as como para desarrollaractitudes responsables sobre aspectos relacionados con los seres vivos, los recursos y elmedioambiente. Por todo ello los conocimientos cientficos se integran en el currculo bsico de laEducacin Primaria y deben formar parte de la educacin de todos los alumnos y alumnas.
A travs del rea de Ciencias de la Naturaleza los alumnos y alumnas se inician en eldesarrollo de las principales estrategias de la metodologa cientfica, tales como la capacidad deformular preguntas, identificar el problema, formular hiptesis, planificar y realizar actividades,observar, recoger y organizar la informacin relevante, sistematizar y analizar los resultados,sacar conclusiones y comunicarlas, trabajando de forma cooperativa y haciendo uso de formaadecuada de los materiales y herramientas.
El rea incluye conceptos, procedimientos y actitudes que ayuden a los alumnos y alumnasa interpretar la realidad para poder abordar la solucin a los diferentes problemas que en ella seplantean, as como a explicar y predecir fenmenos naturales y a afrontar la necesidad dedesarrollar actitudes crticas ante las consecuencias que resultan de los avances cientficos. Eltrabajo en el rea de las Ciencias de la Naturaleza pretende desarrollar una actitud de toma deconciencia, participacin y toma de decisiones argumentadas ante los grandes problemas a losque nos enfrentamos en la actualidad, ayudndonos a valorar las consecuencias.
Por otra parte, los contenidos de las Ciencias de la Naturaleza estn conectados con lospropuestos en otras reas, por lo que es preciso trabajar las relaciones existentes entre ellas.
El currculo bsico se ha formulado partiendo del desarrollo cognitivo y emocional en el quese encuentra el alumnado de esta etapa, de la concrecin de su pensamiento, de sus
posibilidades cognitivas, de su inters por aprender y relacionarse con sus iguales y con elentorno y de su paso hacia un pensamiento abstracto hacia el final de la etapa.
En el rea de Ciencias de la Naturaleza, los contenidos se han organizado alrededor dealgunos conceptos fundamentales; iniciacin a la actividad cientfica, los seres vivos, el serhumano y la salud, la materia y la energa, la tecnologa, los objetos y las mquinas, conceptosque facilitan el establecimiento de relaciones entre los diferentes contenidos seleccionados. Sutratamiento debe permitir que los alumnos y alumnas avancen en la adquisicin de las ideas delconocimiento cientfico, en su organizacin y estructuracin, como un todo articulado y coherente.En lo que se refiere a los contenidos procedimentales, los relacionados con el saber hacerterico y prctico, los alumnos y alumnas han de iniciarse en conocer y utilizar algunas de lasestrategias y tcnicas habituales en la actividad cientfica, tal como la observacin, la
identificacin y anlisis de problemas, la recogida, organizacin y tratamiento de datos, la emisinde hiptesis, el diseo y desarrollo de la experimentacin, la bsqueda de soluciones, y la
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utilizacin de fuentes de informacin, incluyendo en lo posible las proporcionadas por mediostecnolgicos y la comunicacin de los resultados obtenidos.
Por ltimo, para el desarrollo de actitudes y valores, los contenidos seleccionados han depromover la curiosidad, el inters y el respeto hacia s mismo y hacia los dems, hacia lanaturaleza, hacia el trabajo propio de las ciencias experimentales y su carcter social, y laadopcin de una actitud de colaboracin en el trabajo en grupo.
Se presenta un bloque de contenidos comunes, Iniciacin a la actividad cientfica, en el quese incluyen los procedimientos, actitudes y valores relacionados con el resto de los bloques que,dado su carcter transversal, deben desarrollarse de una manera integrada.
Debido al carcter del rea, los contenidos conceptuales, procedimentales y actitudinalesformulados, y teniendo en cuenta los diferentes estilos de aprendizaje, la actividad del aula giraren torno a la realizacin de actividades en las que el alumnado debe tener participacin.
De igual forma, dada su creciente importancia, se debe iniciar a los alumnos y alumnas en eluso de las Tecnologas de la Informacin y la Comunicacin, para buscar informacin y paratratarla y presentarla, as como para realizar simulaciones interactivas y representar fenmenosde difcil realizacin experimental.
Los criterios y estndares de evaluacin que se establecen en el currculo bsico suponenuna formulacin evaluable de las capacidades expresadas en los objetivos generales de laEducacin Primaria, asociadas a los contenidos fundamentales de esta rea, y muestran lascompetencias que el alumnado debe adquirir.
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b) Ciencias Sociales.
En las Ciencias Sociales se integran diversas disciplinas que estudian a las personas comoseres sociales y su realidad en sus aspectos geogrficos, sociolgicos, econmicos e histricos.El objeto de las Ciencias Sociales en esta etapa es aprender a vivir en sociedad, conociendo losmecanismos fundamentales de la democracia y respetando las reglas de la vida colectiva.
El currculo bsico del rea de Ciencias Sociales de Educacin Primaria contiene loselementos que determinan los procesos de enseanza y aprendizaje de esta rea, que tendr uncarcter global e integrador.
Los contenidos se han agrupado en bloques que permiten una identificacin de losprincipales mbitos que componen las Ciencias Sociales.
En primer lugar, el Bloque 1 establece las caractersticas del currculo bsico comn a toda
el rea y las tcnicas de trabajo con las que afrontar el rea.
En el Bloque 2, El mundo en que vivimos, se realiza el estudio de la geografa tanto en elentorno, que acerca al alumno a su realidad, como en medios ms lejanos para que tenga unavisin ms global.
En este bloque se utilizarn diferentes tipos de textos, cuadros y grficos, esquemas,representaciones cartogrficas, fotografas e imgenes sintticas para identificar y localizarobjetos y hechos geogrficos y explicar su distribucin a distintas escalas, en especial en elterritorio espaol. Se utilizarn, asimismo, fuentes geogrficas de informacin: textos escritos,series estadsticas, grficos e imgenes, para elaborar croquis y grficos apropiados. Seidentificarn los elementos del paisaje (relieve, clima, hidrografa) y se describirn ycaracterizaran los principales medios naturales y su localizacin. Por ltimo, se analizarn la
influencia humana en el medio y sus consecuencias ambientales.
El Bloque 2 incluye, as, contenidos que van desde el Universo, la representacin de laTierra y la orientacin en el espacio, al agua y el consumo responsable, el clima y el cambioclimtico, el paisaje y la intervencin humana en el medio.
A travs de los contenidos del Bloque 3, Vivir en sociedad, ser posible iniciar un procesode comprensin acerca de las formas de reconocer las caractersticas de los distintos grupossociales, respetando y valorando sus diferencias, quines son sus integrantes, cmo sedistribuyen en el espacio fsico, de qu manera se distribuye el trabajo entre sus miembros, cmose producen y reparten los bienes de consumo, la vida econmica de los ciudadanos, lacapacidad emprendedora de los miembros de la sociedad y el estudio de la empresa, quecomprender la funcin dinamizadora de la actividad empresarial en la sociedad, la organizacinsocial, poltica y territorial y el conocimiento de las instituciones europeas, la poblacin, lossectores de produccin, y educacin financiera elemental.
En el Bloque 4, Las huellas del tiempo, se trabajar la comprensin de conceptos como eltiempo histrico y su medida, la capacidad de ordenar temporalmente algunos hechos histricos yotros hechos relevantes utilizando para ello las nociones bsicas de sucesin, duracin ysimultaneidad. Se estudiarn las grandes etapas histricas de la Humanidad para adquirir la ideade edad de la Historia y datar las cinco edades de la Historia, asociadas a los hechos que marcansus inicios y sus finales, para lo que es preciso conocer las condiciones histricas, eventos yfiguras en diferentes periodos de tiempo.
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Es importante para los alumnos adquirir las referencias histricas que les permitan elaboraruna interpretacin personal del mundo, a travs de unos conocimientos bsicos de Historia deEspaa y de la Comunidad Autnoma, con respeto y valoracin de los aspectos comunes y los decarcter diverso.
En este bloque se utilizarn mapas y cualquier otra representacin grfica adecuada parala identificacin y anlisis de procesos histricos, para dar a conocer los procedimientos bsicospara el comentario de dichas fuentes.
Es importante que el alumnado desarrolle la curiosidad por conocer las formas de vidahumana en el pasado y que valore la importancia que tienen los restos para el conocimiento yestudio de la historia y como patrimonio cultural que hay que cuidar y legar.
En este bloque tambin se desarrolla la capacidad para valorar y respetar el patrimonionatural, histrico, cultural y artstico, y asumir las responsabilidades que supone su conservacin
y mejora.
La secuenciacin de los contenidos est relacionada con la evolucin del alumno, ya queste construye su propio aprendizaje y su concepto de tiempo histrico en relacin a sudesarrollo, tanto cognitivo como madurativo, para poder identificar y localizar en el tiempo y en elespacio los procesos y los acontecimientos relevantes y distinguir, dentro de la evolucinhistrica, las nociones de cambio y permanencia, y as interpretar la Historia como medio quefacilita la comprensin del presente que estudia la causalidad y las consecuencias de los hechoshistricos.
El rea fomenta el desarrollo de hbitos de trabajo individual y de equipo, adems delesfuerzo como elemento esencial del proceso de aprendizaje y de responsabilidad en el estudio,
as como actitudes de confianza en s mismo, sentido crtico, iniciativa personal, curiosidad,inters y creatividad en el aprendizaje y espritu emprendedor.
Resulta asimismo imprescindible para el alumnado adquirir y emplear con precisin y rigorel vocabulario especfico del rea, y seleccionar informacin, con los mtodos y las tcnicaspropios de la Geografa y de la Historia, para explicar las causas y consecuencias de losproblemas y para comprender el pasado histrico y el espacio geogrfico.
Las Tecnologas de la Informacin y la Comunicacin deben utilizarse como recursos parael aprendizaje de las materias curriculares, para obtener informacin y como instrumento paraaprender, conocer y utilizar las palabras claves y conceptos necesarios para ser capaz de leer,escribir y hablar sobre Ciencias Sociales.
Ensear y aprender Ciencias Sociales es mostrar pleno respeto de los derechos humanos,incluida la igualdad como base de la democracia y la comprensin de las diferencias existentesentre los sistemas de valores de las distintas religiones o grupos tnicos y valorar los derechoshumanos bsicos. Esta actitud tambin incluye manifestar el sentido de la responsabilidad ymostrar comprensin y respeto de los valores compartidos que son necesarios para garantizar lacohesin de la comunidad, como el respeto de los principios democrticos.
La finalidad ltima del rea es conseguir la transmisin y puesta en prctica de valores quefavorezcan la libertad personal, la responsabilidad, la ciudadana democrtica, la solidaridad, latolerancia, la igualdad, el respeto y la justicia, as como que ayuden a superar cualquier tipo dediscriminacin. Se contempla tambin como fin, a cuya consecucin se orienta el sistemaeducativo espaol, la preparacin para el ejercicio de la ciudadana y para la participacin activaen la vida econmica, social y cultural, con actitud crtica y responsable y con capacidad de
adaptacin a las situaciones cambiantes de la sociedad del conocimiento.
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c) Lengua Castellana y Literatura.
La enseanza del rea de Lengua Castellana y Literatura a lo largo de la etapa de laEducacin Primaria tiene como objetivo el desarrollo de la competencia comunicativa delalumnado, entendida en todas sus vertientes: pragmtica, lingstica, sociolingstica y literaria.Debe tambin aportarle las herramientas y los conocimientos necesarios para desenvolversesatisfactoriamente en cualquier situacin comunicativa de la vida familiar, social y profesional.Esos conocimientos son los que articulan los procesos de comprensin y expresin oral, por unlado, y de comprensin y expresin escrita, por otro. La estructuracin del pensamiento del serhumano se realiza a travs del lenguaje, de ah que esa capacidad de comprender y deexpresarse sea el mejor y el ms eficaz instrumento de aprendizaje.
La finalidad de la reflexin lingstica es el conocimiento progresivo de la propia lengua, quese produce cuando el alumno percibe el uso de diferentes formas lingsticas para diversas
funciones, y cuando analiza sus propias producciones y las de los que le rodean paracomprenderlas, evaluarlas y, en su caso, corregirlas. La reflexin literaria a travs de la lectura,comprensin e interpretacin de textos significativos favorece el conocimiento de las posibilidadesexpresivas de la lengua, desarrolla la capacidad crtica y creativa del alumnado, le da acceso alconocimiento de otras pocas y culturas y le enfrenta a situaciones que enriquecen suexperiencia del mundo y favorecen el conocimiento de uno mismo.
Los elementos curriculares de Lengua Castellana y Literatura se vinculan de forma crecienteen las distintas etapas y suponen una progresin respecto a los saberes y habilidades adquiridosdesde el inicio de la vida escolar. El enfoque comunicativo centrado en el uso funcional de lalengua se articula en los currculos de las distintas etapas alrededor de un eje, que es el usosocial de la lengua en diferentes mbitos: privados y pblicos, familiares y escolares.
El rea de Lengua Castellana y Literatura en la Educacin Primaria tiene como finalidad eldesarrollo de las destrezas bsicas en el uso de la lengua: escuchar, hablar, leer y escribir, deforma integrada. La adquisicin de estas destrezas comunicativas solo puede conseguirse atravs de la lectura de distintas clases de textos, de su comprensin y de la reflexin sobre ellos,teniendo presente que esta no debe organizarse en torno a saberes disciplinares estancos ydescontextualizados que prolongan la separacin entre la reflexin lingstica y el uso de lalengua, o entre la reflexin literaria y el placer de leer, sino que deben ajustarse a la realidadcambiante de un individuo que vive inmerso en una sociedad digital y que es capaz de buscarinformacin de manera inmediata a travs de las Tecnologas de la Informacin y laComunicacin.
La organizacin en bloques de contenido no pretende jerarquizar los aprendizajes dentro del
aula, sino que responde a las destrezas bsicas que debe manejar un alumno para ampliarprogresivamente su capacidad de comprensin y expresin oral y escrita, as como su educacinliteraria.
La forma de hablar y de escuchar de una persona determina la percepcin que los demstienen de ella. Es por lo tanto imprescindible dotar al alumnado de estrategias que favorezcan uncorrecto aprendizaje de esta dimensin oral de la competencia comunicativa y que le asegure unmanejo efectivo de las situaciones de comunicacin en los mbitos personal, social, acadmico yprofesional a lo largo de su vida. Con el Bloque 1, Comunicacin oral: escuchar y hablar, sebusca que el alumnado vaya adquiriendo las habilidades necesarias para comunicar con precisinsus propias ideas, realizar discursos cada vez ms elaborados de acuerdo a una situacincomunicativa, escuchar de forma activa e interpretar de manera correcta las ideas de los dems.Las propuestas metodolgicas de este bloque van dirigidas a mejorar la gestin de las relacionessociales a travs del dilogo y a perfeccionar la planificacin, exposicin y argumentacin de lospropios discursos orales. Se ha integrado la autoevaluacin en este proceso de enseanza y
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aprendizaje, as como la evaluacin de las prcticas orales de los dems, con el objetivo de hacer
explcitas las carencias y el progreso del alumnado y de que este, a su vez, sea capaz dereconocer sus dificultades para mejorarlas; la integracin de las tecnologas en el aula debefavorecer el planteamiento integral de estas estrategias, que van desde el anlisis de discursos ydebates audiovisuales hasta la evaluacin de discursos propios y ajenos grabados y proyectados.Las prcticas orales, como exposiciones o debates, deben formar parte de la actividad cotidianadel aula en todas las reas del currculo.
La lectura y la escritura son los instrumentos a travs de los cuales se ponen en marcha losprocesos cognitivos que elaboran el conocimiento del mundo, de los dems y de uno mismo y,por tanto, desempean un papel fundamental como herramientas de adquisicin de nuevosaprendizajes a lo largo de la vida. Con los Bloques 2 y 3, Comunicacin escrita: leer y escribir, sepersigue que el alumnado sea capaz de entender textos de distinto grado de complejidad y de
gneros diversos, y que reconstruya las ideas explcitas e implcitas en el texto con el fin deelaborar su propio pensamiento crtico y creativo. Comprender un texto implica poner en marchauna serie de estrategias de lectura que deben practicarse en el aula y proyectarse en todas lasesferas de la vida y en todo tipo de lectura: leer para obtener informacin, leer para aprender lapropia lengua y leer por placer. Asimismo, la enseanza de los procesos de escritura pretendeconseguir que el alumno tome conciencia de la misma como un procedimiento estructurado entres partes: planificacin del escrito, redaccin a partir de borradores de escritura y revisin deborradores antes de redactar el texto definitivo. La evaluacin se aplica no solo al producto final,elaborado de forma individual o en grupo, sino sobre todo al proceso: se evala y se ensea aevaluar todo el desarrollo del texto escrito a partir de las producciones de los propios alumnos yalumnas. La revisin en grupo debe admitirse como prctica habitual en estos casos parafavorecer el aprendizaje autnomo. Del mismo modo, para progresar en el dominio de las
tcnicas de escritura, es necesario adquirir los mecanismos que permitan al alumno diferenciar yutilizar los diferentes gneros discursivos apropiados a cada contexto (familiar, personal,acadmico, social) en todas las reas del currculo.
Todos los seres humanos poseemos una capacidad innata para comunicarnos a travs deelementos verbales o extra verbales que nos permiten interactuar con el mundo que nos rodea,con formas cada vez ms complejas. El Bloque 4, Conocimiento de la lengua, responde a lanecesidad de reflexin sobre los mecanismos lingsticos que regulan la comunicacin, y se alejade la pretensin de utilizar los conocimientos lingsticos como un fin en s mismos paradevolverles su funcionalidad original: servir de base para el uso correcto de la lengua. ElConocimiento de la Lengua dentro del aula de Educacin Primaria se plantea como el aprendizajeprogresivo de las habilidades lingsticas, as como la construccin de competencias en los usosdiscursivos del lenguaje a partir del conocimiento y la reflexin necesarios para apropiarse de lasreglas gramaticales y ortogrficas, imprescindibles, para hablar, leer y escribir correctamente entodas las esferas de la vida. Los contenidos se estructuran en torno a cuatro ejes fundamentales:el primero es la observacin reflexiva de la palabra, su uso y sus valores significativos yexpresivos dentro de un discurso, de un texto y de una oracin; el segundo se centra en lasrelaciones gramaticales que se establecen entre las palabras y los grupos de palabras dentro deltexto; el tercero profundiza en las relaciones textuales que fundamentan el discurso; y el cuarto secentra en las variedades lingsticas de la lengua. La reflexin metalingstica est integrada en laactividad verbal y en todos los niveles (discursivo, textual y oracional), e interviene en losprocesos de aprendizaje de la lengua oral y la lengua escrita a travs de las diferentes fases deproduccin (planificacin, textualizacin y revisin), lo que aportar al alumnado los mecanismosnecesarios para el conocimiento activo y autnomo de su propia lengua a lo largo de la vida.
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El Bloque 5, Educacin Literaria, asume el objetivo de hacer de los alumnos y alumnas
lectores cultos y competentes, implicados en un proceso de formacin lectora que contine a lolargo de toda la vida. Para eso es necesario alternar la lectura, comprensin e interpretacin deobras literarias cercanas a sus gustos personales y a su madurez cognitiva con la de textosliterarios y obras completas que aporten el conocimiento bsico sobre algunas obrasrepresentativas de nuestra literatura.
La informacin y la interpretacin de textos u obras no es unidireccional de profesor aalumno, sino que es este ltimo el que debe ir adquiriendo, con la gua del docente, los recursospersonales propios de un lector activo, capaz de ver en la obra literaria una ventana abierta a larealidad y a la fantasa y un espejo en que el que tomar conciencia de s mismo y del mundo quele rodea. Del mismo modo, esa toma de conciencia del mundo y de uno mismo se ve favorecidapor la actividad ldica y creativa del alumnado en la produccin de textos personales de intencin
literaria.En resumen, el eje del currculo bsico de esta rea o materia persigue el objetivo ltimo de
crear ciudadanos conscientes e interesados en el desarrollo y la mejora de su competenciacomunicativa, capaces de interactuar satisfactoriamente en todos los mbitos que forman y van aformar parte de su vida. Esto exige una reflexin sobre los mecanismos de usos orales y escritosde su propia lengua, y la capacidad de interpretar y valorar el mundo y de formar sus propiasopiniones a travs de la lectura crtica de las obras literarias ms importantes de todos lostiempos.
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d) Matemticas.
Las matemticas permiten conocer y estructurar la realidad, analizarla y obtener informacinpara valorarla y tomar decisiones; son necesarias en la vida cotidiana, para aprender a aprender,y tambin por lo que su aprendizaje aporta a la formacin intelectual general, y su contribucin aldesarrollo cognitivo. El uso de las herramientas matemticas permite abordar una gran variedadde situaciones.
Las matemticas son un conjunto de saberes asociados a los nmeros y a las formas, yconstituyen una forma de analizar diversas situaciones, se identifican con la deduccin, lainduccin, la estimacin, la aproximacin, la probabilidad, la precisin, el rigor, la seguridad, etc.,nos ayudan a enfrentarnos a situaciones abiertas, sin solucin nica y cerrada; son un conjuntode ideas y formas que nos permiten analizar los fenmenos y situaciones que se presentan en larealidad, para obtener informaciones y conclusiones que no estaban explcitas y actuar,preguntarnos, obtener modelos e identificar relaciones y estructuras, de modo que conllevan noslo utilizar cantidades y formas geomtricas sino, y sobre todo, encontrar patrones,regularidades y leyes matemticas.
En la Educacin Primaria se busca alcanzar una eficaz alfabetizacin numrica, entendidacomo la capacidad para enfrentarse con xito a situaciones en las que intervengan los nmeros ysus relaciones, permitiendo obtener informacin efectiva, directamente o a travs de lacomparacin, la estimacin y el clculo mental o escrito. Para lograr una verdadera alfabetizacinnumrica no basta con dominar los algoritmos de clculo escrito, es necesario actuar conseguridad ante los nmeros y las cantidades, utilizarlos siempre que sea necesario e identificarlas relaciones bsicas que se dan entre ellos.
El trabajo en esta rea en la Educacin Primaria estar basado en la experiencia; loscontenidos de aprendizaje parten de lo cercano, y se debern abordar en contextos deidentificacin y resolucin de problemas. Las matemticas se aprenden utilizndolas en contextosfuncionales relacionados con situaciones de la vida diaria, para ir adquiriendo progresivamenteconocimientos ms complejos a partir de las experiencias y los conocimientos previos.
Los procesos de resolucin de problemas constituyen uno de los ejes principales de laactividad matemtica y deben ser fuente y soporte principal del aprendizaje a lo largo de la etapa,puesto que constituyen la piedra angular de la educacin matemtica. En la resolucin de unproblema se requieren y se utilizan muchas de las capacidades bsicas: leer, reflexionar,planificar el proceso de resolucin, establecer estrategias y procedimientos y revisarlos, modificarel plan si es necesario, comprobar la solucin si se ha encontrado, hasta la comunicacin de losresultados.
El currculo bsico se ha formulado partiendo del desarrollo cognitivo y emocional en el quese encuentra el alumnado de esta etapa, de la concrecin de su pensamiento, de susposibilidades cognitivas, de su inters por aprender y relacionarse con sus igua