Datos mundiales de la educación en chile (unesco)
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Facultad de Educación
Pedagogía en Educación Básica con Mención
Datos mundiales de la educación en Chile (UNESCO)
Estudiante:Nadia Pérez P.
Docente: María Elena Mellado
Ayudante: Consuelo Aravena M.
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Los principios fundamentales del sistema educativo chileno se han consagrado
básicamente en la Constitución Política de la República, aprobada en 1980 y modificada en
2003 mediante la Ley n° 19.876, y en la nueva Ley General de Educación n° 20370,
promulgada el 17 de agosto 2009. La nueva Ley de Educación ha derogado la anterior Ley
Orgánica Constitucional de Enseñanza dictada en 1990 y sus modificaciones posteriores, y
representa el marco para una nueva institucionalidad de la educación en el país en lo
referente a la educación básica y media, manteniéndose la normativa anterior respecto a
la educación superior.
La Ley General de Educación de 2009 define la educación como el proceso de
aprendizaje permanente que abarca las distintas etapas de la vida de las personas y que
tiene como finalidad alcanzar su desarrollo espiritual, ético, moral, afectivo, intelectual,
artístico y físico, mediante la transmisión y el cultivo de valores, conocimientos y
destrezas.
El sistema educativo, se inspira en los siguientes principios:
Participación; tienen derecho a ser informados y a participar en el proceso
educativo en conformidad a la normativa vigente.
Flexibilidad; el sistema debe permitir la adecuación del proceso a la diversidad
de realidades y proyectos educativos institucionales.
Transparencia; de los ingresos y gastos y los resultados académicos debe estar a
disposición de los ciudadanos, a nivel de establecimiento, comuna, provincia,
región y país.
Integración; el sistema propiciará la incorporación de alumnos de diversas
condiciones sociales, étnicas, religiosas, económicas y culturales.
Sustentabilidad; el sistema fomentará el respeto al medio ambiente y el uso
racional de los recursos naturales, como expresión concreta de la solidaridad
con las futuras generaciones.
Interculturalidad; el sistema debe reconocer y valorar al individuo en su
especificidad cultural y de origen, considerando su lengua, cosmovisión e
historia.