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Año de 1865, Viernes 15 de Diciembre. Mí] 90 .ínófl i\\t de la provincia de ^1 álaga. COMISION PRINCIPAL DE VENTAS PROPIEDADES V D E R E C H O S DEL ESTA1 DE DE LA JProYiueia de Malaga. La capitalización de la finca núm. 677 del inventario de rústicas procedente del Clero que está anunciada á la subasta para el dia 18 de Enero procsimo venidero en este Periódico oficial núm. 46 de 6 del actual, es de 1257 escudos, 500 milési- mas tipo de la licitación, en vez de los 1012 con 500 milésimas que por un error se es- tampó en aquel.^—Málaga 15 de Diciem- bre de 1865. E. Adolfo Morales. Por disposición del señor Gobernador de esta provincia, y en virtud de las le- yes de 1.° de mayo de 1855 y 11 de ju- lio de 1856 é instrucciones para su cum- plimiento, se saca á pública subasta en el dia y hora que se dirá las fincas siguientes: REMATE para el dia 24 de Enero de 1866, ante el Sr. Juez del distrito de la Victoria y escribano D. Juan Bautista Becerra Fernandez, el cual tendrá efecto en el mismo dia á las doce de la mañana en la interina casa capitular de esta ciu- dad, y en los Juzgados de primera instan- cia que se espresarán: BIENFS DEL ESTADO. CLERO. Urbanas. —Menor cuantía. REMATE EN MÁLAGA Y RONDA. Núm. del invent.0 617. Una casa situada en la ciudad de Ronda en la calle de S. Francisco, bar- rio del mismo nombre, señalada con e núm. 50 de gobierno, procedente del caudal de las fábricas de aquella, linda por la derecha con pira de Cristóbal Delgado, núm. 52, izquierda otra de igual procedencia núm. 48 y por la es- palda con casa calle de los Torrejones: tiene de superficie 256 varas cuadradas equivalentes á 178,875 metros, con co- cina, sala, cuadra y corral: se ba tasado en venta en 411 escudos y 200 milési- mas y en renta en 41 con 100, habién- dose capitalizado por 22 escudos'que

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Año de 1865, Viernes 15 de Diciembre. Mí]

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de la provincia de ^ 1 álaga.

COMISION PRINCIPAL DE V E N T A S

P R O P I E D A D E S V D E R E C H O S D E L ESTA1 D E DE LA

JProYiueia de Malaga.

La capitalización de la finca núm. 677 del inventario de rústicas procedente del Clero que está anunciada á la subasta para el dia 18 de Enero procsimo venidero en este Periódico oficial núm. 46 de 6 del actual, es de 1257 escudos, 500 milési­mas tipo de la licitación, en vez de los 1012 con 500 milésimas que por un error se es­tampó en aquel.^—Málaga 15 de Diciem­bre de 1865.—E. Adolfo Morales.

Por disposición del señor Gobernador de esta provincia, y en virtud de las le­yes de 1.° de mayo de 1855 y 11 de j u ­lio de 1856 é instrucciones para su cum­plimiento, se saca á pública subasta en el dia y hora que se dirá las fincas siguientes:

REMATE para el dia 24 de Enero de 1866, ante el Sr. Juez del distrito de la Victoria y escribano D. Juan Bautista Becerra Fernandez, el cual tendrá efecto en el mismo dia á las doce de la mañana en la interina casa capitular de esta ciu­

dad, y en los Juzgados de primera instan­cia que se espresarán:

BIENFS DEL ESTADO.

CLERO.

Urbanas. —Menor cuantía.

REMATE EN MÁLAGA Y RONDA.

Núm. del invent.0

617. Una casa situada en la ciudad de Ronda en la calle de S. Francisco, bar­rio del mismo nombre, señalada con e núm. 50 de gobierno, procedente del caudal de las fábricas de aquella, linda por la derecha con pira de Cristóbal Delgado, núm. 52, izquierda otra de igual procedencia núm. 48 y por la es­palda con casa calle de los Torrejones: tiene de superficie 256 varas cuadradas equivalentes á 178,875 metros, con co­cina, sala, cuadra y corral: se ba tasado en venta en 411 escudos y 200 milési­mas y en renta en 41 con 100, habién­dose capitalizado por 22 escudos'que

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aparece gana al año en 396 escudos: el tipo porque se saca á la subasta será la tasación,

No tiene gravamen. 941. ün solar en dicha ciudad en la ca­

lle de la Naranja, bario del Mercadillo, sin núm. de gobierno, procedente de las monjas del patrocinio de ella que linda por la derecha con casa núm. 33 de D . Francisco Morales, izquierda otra de D.a Catalina Salvago núm. 35 y por la espalda con corrales de casas de la calle de Jitanos: consta de 260 varas cuadradas ó sean 191,701 metros; está tasado en venta en 156 escudos y en renta en 8, habiéndose capitalizado por ésta por no ganar nada, en 144 escu­dos: el tipo será la tasación.

No tiene ^ravámen. 930. Otro solar en la citada ciudad de

Ronda, calle del Polvillero, sin núm. procedente de la hermandad del Ssmo. de la misma, que linda por Norte con el muro de! Espíritu Santo, Levante con solares deD. Alonso Durán y por Sur y S^oniente con dicha calle: tiene de superficie 400 varas, igual á 279,495 metros cuadrados: se ha tasado en 112 escudos en venta y en 4 con 480 milé­simas en renta, habiéndose capitalizado por ésta por no ganar ninguno en 80 escudos, 640 milésimas: el tipo será la la tasación.

No tiene gravámen.

BIENES DEL ESTADO.

CLERO

Rústicas.—Menor cuantía.

REMATE EN MÁLAGA Y GAUCIN.

743. Un huerto llamado de la Huerte-suela partido del mismo nombre, tér­mino del lugar de Benarrabá, proce­dente de su beneficio parroquial, que linda al Norte con tierras de D. Alonso Fernandez, Poniente y Levante otra de D. Bartolomé Peña y al Sur otra de Bernardo Collado: consta de dos fane­gas, 3 celemines ó sean 136 áreas, 86 centiáreas y 5281 centímetros cuadra­dos parte de regadío con 2 castaños de 1.a 1 de 3.a, 1 naranjo de 2.a, 4 queji­gos de 2.a, 5 de 3.a, 4 alcornoques de 3.a y 1 higuera de la misma clase: todo

se ha tasado en venta en 339 escudos y en renta en 20 con 300 milésimas y se ha capitalizado por 13 con 100 milési­mas que aparece gana por el inventario en 294 escudos, 750 milésimas: el tipo s@rá la tasación.

Np tiene gravámen. 987.1 Una suerte de tierra de secano si­

tuada en el partido de Benahubrique, término del dicho Benarrabá, proce­dente de la Sacristía, que linda al Norte tierras de D. Andrés Fernandez, Este las de Miguel Calvez, Sur las de Fran­cisco Carrillo y Oeste con vias públicas: consta de una cabida de 6 celemines, igual á 30 áreas, 19 centiáreas y 2306 centímetros cuadrados con 1 olivo de i.a, 2 naranjos de 2.a, 1 moral y 1 du­razno; todo se ha tasado en 86 escudos en venta y 5 con 10Í) milésimas en ren­ta, habiéndose capitalizado por ésta en 114 escudos, 750 milésimas, tipo d é l a subasta.

No tiene gravámen. 988. Un bancal de tierra, sita partido de

Benahubrique, término del citado lugar de Benarrabá procedente de su Sacris­tía, lindando Norte con tierras de D. Juan Pérez Marin, Este con vias públicas y al Sur heredades de Gerónimo Fer­nandez y Pedro Perea: mide una cabida de 6 celemines ó sean 30 áreas, 19 cen­tiáreas y 2306 centímetros cuadrados, con 1 nogal de 2.a, i de 3.a, 1 higuera de 1.a, 1 de 2.a y 2 naranjos de 3.a, todo se ha tasado en 140 escudos en venta y 8 con 400 milésimas en renta, y capitalizado por ésta por no aparecer la que gana en 189 escudos, tipo de la subasta.

No tiene gravámen. 989. Un apeado de monte situado en la

cuesta de Guzman junto al monte Coto, término del espresado lugar de Benar­rabá, de igual procedencia que el ante­rior y linda al Norte con tierras de D . Francisco Morales, Este otras de Miguel Bermudez, Sur el monte Coto y Oeste tierras de D. Juan Daniel Montero: tiene una cabida de 1 y 1[2 fanegas igual á 90 áreas, 52 centiáreas y 6920 centíme­tros cuadrados con 25 alcornoques y otros tantos quejigos de 3.a clase de se­cano; todo se ha tasado en 777escudos, 500 milésimas en venta y 46 con 600 en renta, dando ésta una capitalización de

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4.a Según resulta de los antecedentes y demás datos que existen en la Adminis­tración principal de propiedades y derechos del Estado de esta provincia, las fincas de que se trata no se hallan gravadas con car­ga alguna; pero si apareciese poslerior-ments, se indemnizará al comprador en los términos que en la referida ley se determina.

5 ° Los derechos de espediente hasta la to­ma de posesión serán de cuenta del remalante.

6. a A la vezque en esta capital se verifi­cará otro remate en los juzgados de primera instancia ya espresados.

7. a Los compradores de bienes compren­didos en las leyes de desamortización, solo podrán reclamar por los desperfectos que con posterioridad á la tasación sufran las fin­cas por falta de sus cabidas señaladas, ó por cualquiera olra causa justa, en el término improrogable de quince dias desde el de la posesión —La toma de posesión podrá ser gubernativa ó judicial, según convenga á ios compradores. El que, verificado el pago del primer plazo del importe del remate, de­jare de lomarla en el término de un mes, se considerará como poseedor para los efectos :de este artículo.

8. a El Estado no anulará las ventas por faltas ó perjuicios causados por los agentes de la Administración é independientes de la voluntad délos compradores; pero quedarán á salvo las acciones civiles ó criminales que procedan contra los culpables.

10.a Las reclamaciones que con arreglo al artículo 173 de la Instrucción de 31 de Mayo de 1855, deben dirigirse á la Adminis­tración antes de entablar en los Juzgados de primera instancia demandas contra las fincas enagenadas por el Estado, deberán incoarse en el termino preciso de los seis meses inme­diatamente posteriores á la adjudicación.— Pasado este término, solo se admitirán en los Juzgados ordinarios las acciones de propie­dad ó de otros derechos reales sobre las fio-cas. Estas cuestiones se sustanciarán con los poseedores citándose de evlccion á la Ad­ministración.

Lo que se anuncia al público para cono-

-5— cimiento de los que quieran interesarse en la adquisición de las fincas insertas en el precedente anuncio.

NOTAS.

1. a Se considera como bienes de corpo­raciones civiles los propios, beneficencia y instrucción pública, cuyos productos no in­gresen en las Cajas del Estado, y los demás bienes que bajo diferentes denominaciones corresponden á las provincias y á los pueblos.

2. a Son bienes del Estado los que llevan este nombre, los de instrucción pública su­perior cuyos productos ingresen en las Cajas del Estado los del secuestro del exiufante don Cárlos, los de las órdenes militares de San Juan de Jerusalem, los de cofradías, obras pias, santuarios y todos los - pertenecientes ó que se hallen disfrutando los individuos ó corporaciones eclesiásticas, cualquiera que sea su nombre, origen ó cláusulas de la fun­dación, áescepcion de las capeilanias cola íivas de -sangre.

Málaga 15 de Diciembre de 1865.—El Co­misionado principal de Ventas, E. Adolfo Morales y Cosso.

Secretaría de la junta principal de ventas de bienes na­cionales de la provincia de Málaga.

Por el presente, y teniendo dicha Junta que evacuar cierto informe, se hace saber á todas las autoridades, corporaciones muni­cipales y particulares que prestarán un im­portante servicio al Estado presentando en esta secretaría comisión principal de Ventas, el Boletín oficial de esta provincia número 1151 del dia 1.° de Agosto de 1837, y se le dará el correspondiente resguardo para que lo pueda recoger luego que surtasus de­bidos efectos.

Málaga 7 de Diciembre de 1865.—E. Adolfo Morales.

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—3— 1048 escudos, 500 nailésimas, tipo de la subasta.

No tiene gravamen. 991. Un huerto llamado de la Fábrica,

que sitúa en el partido de Benahnbrique término del espresado,. Benarrabá, que perteneció á las fábricas de él, ' y • linda ai Norte con tierras de Juan Gómez, Este las de Pedro de Calvez, Sur las de Andrés Fernandez y Oeste las de D. Juan Romero Gallardo: tiene una cabida de 1 fanega 1 y 1{2 celemines ó sean 67 áreas, 47 centiáreas y 7690 centímetros cuadrados, parte de regadío con 4 na­ranjos de 1.a, 14 de 2.a, 18 de 3.a y 2 nogales de 2.a; todo se ha tasado en 886 escudos en venta y 53 con 100 mi­lésimas en renta, habiéndose capitaliza­do por ésta por no constar la que gana en 1194 escudos, 750 milésimas, tipo por que se saca á la subasta.

No tiene gravamen. 745. Una suerte de tierra situada en el

partido rural de la Mora, término de la villa de Gaucin, que perteneció a la Sa­cristía de Benarrabá, de cabida de 14 fanegas ó sean 845 áreas, 38 centiáreas y 4596 centímetros cuadrados, destina­das al cultivo de cereales, con 23 árbo­les de varias clases de escasa importan­cia, clasificados de monte bajo. Linda al Norte tierras de Bartolomé Rame, Este con otras de Antonio Gómez Tier­no, Sur valdíos del común y Oeste pro­piedad de D. Francisco Cálvente: todo se ha tasado en 336 escudos en venta y 13 con 400 milésimas en renta y se ha capitalizado por 4 escudos, 800 milési­mas, valor de 1 fanega de trigo que re­sulta en el inventario gana al año en 108 escudos: el tipo será la tasación.

No tiene gravámen. 758. Una suerte de tierra llamada de la

Merced de la Almoraima, en el partido de los Poetas en el monte Coto, término de dicha villa de Gaucin que perteneció al convento de que lleva el nombre; linda Norte y Este tierras de D. Miguel Tinao, Sur otras de D. Pedro Llinás y al Oeste otras de D. Bartolomé Bame: consta de una cabida de 25 fanegas, igu-d á 1509 áreas, 61 centiáreas y 5350 centímetros cuadrados en parte inculta con algunas plantas de monte bajo llamado Menu­das; todo se ha tasado en 212 escudos, 500 milésimas en venta y 8 con 400 en

renta, habiéndose capitalizado por 8 es­cudos que gana según el inventario en 180 escudos: el tipo de la subasta será la tasación.

No tiene gravámen. 759. Otra suerte de tierra situada en el

^pamje que llaman Loma de los valdíos "partido de los Poetas, término y proce­dencia de la anterior que linda al Norte tierras de D. Juan Reyes, Este las de D. José Moya, Sur las de D. Silvestre Pé­rez y Oeste las de la capellanía que ad­ministra D. Antonio Hidalgo: se compo­ne de 10 fanegas, 6 celemines ó sean 634 áreas, 53 centiáreas y 8446 centí­metros cuadrados, incultas, poblada de monte bajo de 2.a y 3.a clase que son ahulagas, cantuezo, palmas y demás plantas menudas con 14 piés cíe acebu-ches de insigniíicantesdimensiones: todo se ha tasado en 89 escudos, 200 milési­mas en venta y 3 con 500 milésimas en renta y capitalizada por 8 escudos que gana al año en 180 escudos, tipo de la subasta. 81 no

No tiene gravámen.

REMATE EN MALAGA Y RONDA.

984. Suerte de tierra y olivar llamado de Bujaiza situada en el partido rural de Sijuela, término de la ciudad deRon-da, procedente de las monjas de Santa Isabel de ella; linda Norte tierras de D . Rafael Nuñez, Poniente las de D. Fran­cisco Guillen, Levante las de D. José Ventura y Sur las de D. Manuel Ventu­ra: consta de una cabida de 4 celemines igual á 20 áreas, 12 centiáreas y 8204 centímetros cuadrados con 29 olivos de varias clases; todo se ha tasado en 116 escudos, 500 milésimas en venta y 4 con 260 en renta, habiéndose capitali­zado por ésta por no aparecer la que gana en 95 escudos, 850 milésimas: el tipo de la subasta será la tasación.

No tiene gravámen. 730. Una suerte de tierra de secano lla­

mada Cruz chiquita, situada en el parti­do de Basias, término de la villa de A l -pandeire, procedente de su parroquial, que linda por Norte con el camino del Chaparral, Poniente con viñas de Tomás Bullón y Pedro Aguilar, Levante las de Cristóbal Bullón y Sur otra de Tomás Bullón: se compone de 2 fanegas ó sean

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120 áreas, 76 centiáreas y 9228 centí­metros cuadrados: se ha tasado en ven-la en 40 escudos y en 2 en renta, pro­duciendo ésta una capitalización por no aparecer la que gana en el inventario de*Al) escudos, tipo de la subasta»

Tiene esta finca una servidunifevr^ de dos varas de ancho que vá desde el pueblo al Chaparral.

No tiene gravámen. 609. Una suerte de tierra de secano, lla­

mada de Almendrillo, partido del mis­mo nombre término de [a villa de Fa-rajan procedente de su iglesia parro­quial, que linda Norte tierras de Ana Delgado, Poniente las de Juan Delgado Albarran, Levante las de D. José de Sierra y Sur las de, D. Diego Marques:

-su cabida es de 2 celemines ó sean 10 áreas, 6 centiáreas y 4102 centímetros cuadrados, con 10 encinas y 1 olivo: todo se ha tasado en 18 escudos, 600 milésimas en venta y 1 escudo en renta, y capitalizada por 800 milésimas que gana según el inventario en 18 escudos: el tipo será la tasación.

No tiene gravámen. De los citados olivos y encinas hay

uno de cada clase en tierras de D . Die­go Márques.

REMATE EN MÁLAGA Y ARCHIOONA. ItlOi 31) bfit)JJIS& B l OÍ) O . ;:f h

259. Una suerte de tierra situada en el partido de la Moheda término de la vi­lla de Archidona, que perteneció al con­vento de Jesús y Maria de ella, que se compone de 1 fanega de cabida igual á 60 áreas, 58 centiáreas y 4614centíme­tros cuadrados con 1 cerezo y tres que­jigos, lindando por Sur con olivar de D. José Caro Beato, Levante olivar de D. Antonio Jiménez y Poniente y Norte con otros de D. Juan Jiménez: todo se ha tasado en 60 escudos en venta y 5 en renta, pero capitalizada por 20 que aparece gana según el inventario en 450 escudos, esta cantidad es el tipo de la subasta.

No tiene gravámen. 273.' Una suerte de tierra conocida por

Corralón, en el callejón de Sto. Domin­go, término de la dicha villa de Archi­dona, procedeníe de su cofradía de Ani­mas, lindante por Norte con otro corral de D. José-Cano Cií, Levante otro de D . José ¡Jeeras, Poniente huerta de D .

—4. Francisco Alcántara y por Sur con dicho callejón: tiene la cabida de medio cele­mín, ó sea 2 áreas, 6 centiáreas y 1025 centímetros cuadrados de 2.a calidad: se ha tasado en 25 escudos en venta y 1 con 200 milésimas en renta, habiéndose

ixapataiizJdo por 3 escudos que gana en el inventario en 67 escudos, 500 milé­simas, tipo de la subasta.

No tiene gravámen. 281. Una haza de tierra llamada de la

LuZj sita partido rural de la Vega, • tér­mino de la espresada villa de Archido­na, procedente del convento de Jesús y Maria de ella, que se compone de 10 fa­negas, o celemines de 5.a calidad osean 619 áreas, 94 centiáreas y 2193 centí­metros cuadrados; linda por Poniente Levante y Sur con tierras de D. Fran­cisco Arjona Gaiec te y por Norte con la vereda que conduce ai cortijo grande y otros; se ha tasado en 200 escudos en venta y 10 en renta y capitalizada por 6 que gana al año según el inventarío en 135 escudos: el tipo será la ta­sación.

No tiene gravámen.

ADVERTENCIAS *

1. a No se admitirán posturas que dejen de cubrir el tipo de la subasta

2. a El precio en que fueren rematadas dichas fincas que se adjudicarán al mejor pos­tor, se pagará en 10" plazos iguales de 10 por 100 cada uno. El primero á los quince dias siguientes al de notificarse la adjudi­cación, y los restantes con el inlérvalo de un año cada uno, para que en nueve quede cu­bierto todo su valor, según se previene en la ley de 11 de Julio de 1856. ; 3.a Las fincas de mayor cuantía del Es­

tado continuarán pagándose en los 15 plazos y 14 años que previene el art. 6.° de la ley de 1.° de Mayo de 1855, y con la bonifica­ción de 5 por 100 que el mismo otorga á los compradores que anticipen uno ó mas plazos, pudiendo hacer el pago del 50 por 100 en papel de la Deuda pública, consolidada ó di­ferida conforme lo dispuesto en el artículo 20 de la mencionada ley. Las de menor cuan­tía se pagaran en 20 plazos ¡gules, ó lo que es lo mismo durante 19 años A los com­pradores que anticipen uno ó mas plazos no se Ies hará masabono que el 3 por lOOanual, en el concepto de que el pago hade ejecutar­se al tenor de lo que se dispone en las instruc­ciones de 31 de mayo y 30 de junio 1855,