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Consejería de Salud y Política Social Servicios sociales. Ayudas. Decreto 281/2011, de 18 de noviembre, por el que se estable- cen las bases reguladoras de las Ayudas para la Integración en Situaciones de Emergencia Social (AISES) en la Comunidad Autónoma de Extremadura, y se aprueba la convocatoria de dichas ayudas para 2011-2012 ........................................................................... 27097 1.— NOMBRAMIENTOS, SITUACIONES E INCIDENCIAS Consejería de Administración Pública Nombramientos. Orden de 14 de noviembre de 2011 por la que se nombran funcionarios de carrera a los aspirantes que han superado las pruebas selectivas, convocadas por Orden de 21 de diciembre de 2009, para el acceso a puestos vacantes de personal funcionario del Cuerpo Auxiliar de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura ..... 27119 MIÉRCOLES, 23 de noviembre de 2011 NÚMERO 225 DIARIO OFICIAL DE EXTREMADURA SUMARIO I DISPOSICIONES GENERALES II AUTORIDADES Y PERSONAL

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Page 1: de noviembre de 2011 EXTREMADURA - Diario Oficial de ...doe.juntaex.es/Pdfs/Doe/2011/2250O/2250O.pdf27135 Comercio. Resolución de 8 de noviembre de 2011, de la Consejera, por la que

Consejería de Salud y Política Social

Servicios sociales. Ayudas. Decreto 281/2011, de 18 de noviembre, por el que se estable-cen las bases reguladoras de las Ayudas para la Integración en Situaciones de EmergenciaSocial (AISES) en la Comunidad Autónoma de Extremadura, y se aprueba la convocatoria dedichas ayudas para 2011-2012 ........................................................................... 27097

1.— NOMBRAMIENTOS, SITUACIONES E INCIDENCIAS

Consejería de Administración Pública

Nombramientos. Orden de 14 de noviembre de 2011 por la que se nombran funcionariosde carrera a los aspirantes que han superado las pruebas selectivas, convocadas por Ordende 21 de diciembre de 2009, para el acceso a puestos vacantes de personal funcionario delCuerpo Auxiliar de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura ..... 27119

MIÉRCOLES, 23de noviembre de 2011

NÚMERO 225DIARIO OFICIAL DE

EXTREMADURA

S U M A R I O

I DISPOSICIONES GENERALES

II AUTORIDADES Y PERSONAL

Page 2: de noviembre de 2011 EXTREMADURA - Diario Oficial de ...doe.juntaex.es/Pdfs/Doe/2011/2250O/2250O.pdf27135 Comercio. Resolución de 8 de noviembre de 2011, de la Consejera, por la que

Universidad de Extremadura

Nombramientos. Resolución de 10 de noviembre de 2011, del Rector, por la que se nombraCatedrático de Universidad a D. Manuel Vizuete Carrizosa ...................................... 27121

Nombramientos. Resolución de 12 de noviembre de 2011, del Rector, por la que se nombraCatedrático de Universidad a D. Florencio Javier García Mogollón ............................. 27122

Nombramientos. Resolución de 12 de noviembre de 2011, del Rector, por la que se nombraCatedrático de Universidad a D. José Miguel Morán Penco ....................................... 27123

Nombramientos. Resolución de 14 de noviembre de 2011, del Rector, por la que se nombraCatedrático de Universidad a D. Narcis Gusi Fuertes .............................................. 27124

Delegación de competencias. Resolución de 14 de noviembre de 2011, del Rector, por laque se procede a revocar y delegar competencias en diversos órganos unipersonales de estaUniversidad ...................................................................................................... 27125

2.— OPOSICIONES Y CONCURSOS

Consejería de Administración Pública

Lista de espera. Orden de 16 de noviembre de 2011 por la que se constituye lista de espe-ra en la Categoría de ATE - Cuidador de la Administración de la Comunidad Autónoma deExtremadura .................................................................................................... 27129

Servicio Extremeño de Salud

Concurso de traslados. Corrección de errores de la Resolución de 27 de mayo de 2011, dela Dirección Gerencia, por la que se convoca concurso de traslado para la provisión de plazasbásicas vacantes en la Categoría de Enfermero de Urgencias de Atención Primaria, en lasInstituciones Sanitarias del Servicio Extremeño de Salud ........................................ 27131

Presidencia de la Junta

Radiodifusión. Resolución de 11 de noviembre de 2011, de la Vicepresidenta y Portavoz,por la que se dispone la publicación del Acuerdo del Consejo de Gobierno por el que seconcede definitivamente una emisora de radiodifusión sonora en ondas métricas con modula-ción de frecuencia, de carácter comercial, en la localidad de Herrera del Duque, con lafrecuencia 104.7 Mhz, a “Uniprex, SAU” ............................................................... 27132

Miércoles, 23 de noviembre de 201127093NÚMERO 225

III OTRAS RESOLUCIONES

Page 3: de noviembre de 2011 EXTREMADURA - Diario Oficial de ...doe.juntaex.es/Pdfs/Doe/2011/2250O/2250O.pdf27135 Comercio. Resolución de 8 de noviembre de 2011, de la Consejera, por la que

Consejería de Empleo, Empresa e Innovación

Sentencias. Ejecución. Resolución de 3 de noviembre de 2011, de la Dirección General deEmpresa y Actividad Emprendedora, por la que se dispone la ejecución de la sentencia n.º840/2011, dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior deJusticia de Extremadura en el recurso contencioso-administrativo n.º 1116/2009 ...... 27134

Comercio. Resolución de 8 de noviembre de 2011, de la Consejera, por la que se determi-nan los domingos y festivos en los que los establecimientos comerciales podrán permanecerabiertos al público en el año 2012 en la Comunidad Autónoma de Extremadura ......... 27135

Comercio. Resolución de 8 de noviembre de 2011, de la Consejera, por la que se fija latemporada de rebajas para los establecimientos comerciales en la Comunidad Autónoma deExtremadura durante el año 2012 ....................................................................... 27136

Servicio Extremeño de Salud

Sentencias. Ejecución. Resolución de 4 de noviembre de 2011, de la Dirección Gerencia,por la que se dispone la ejecución de la sentencia n.º 63/2011, dictada por la Sala de loContencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura en el recurso deapelación n.º 362/2010 ..................................................................................... 27137

Recursos. Emplazamientos. Resolución de 8 de noviembre de 2011, de la SecretaríaGeneral, por la que se acuerda la remisión del expediente administrativo correspondiente alrecurso contencioso-administrativo tramitado por el procedimiento abreviado n.º 292/2011 einterpuesto ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º 1 de Badajoz, y se emplazaa los posibles interesados en el mismo ................................................................. 27138

Recursos. Emplazamientos. Resolución de 8 de noviembre de 2011, de la SecretaríaGeneral, por la que se acuerda la remisión del expediente administrativo correspondiente alrecurso contencioso-administrativo tramitado por el procedimiento abreviado n.º 269/2011 einterpuesto ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º 2 de Cáceres, y se emplazaa los posibles interesados en el mismo ................................................................. 27139

Relaciones de puestos de trabajo. Resolución de 10 de noviembre de 2011, de la DirecciónGerencia, por la que se modifica la relación de puestos de trabajo de personal directivo de losServicios Centrales del Organismo Autónomo ......................................................... 27140

Tribunal Superior de Justicia de Extremadura

Notificaciones. Edicto de 9 de noviembre de 2011 sobre notificación de sentencia dictadaen el recurso de suplicación n.º 277/2011 ............................................................ 27141

Notificaciones. Edicto de 9 de noviembre de 2011 sobre notificación de sentencia dictadaen el recurso de suplicación n.º 387/2011 ............................................................ 27143

Miércoles, 23 de noviembre de 201127094NÚMERO 225

IV ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Page 4: de noviembre de 2011 EXTREMADURA - Diario Oficial de ...doe.juntaex.es/Pdfs/Doe/2011/2250O/2250O.pdf27135 Comercio. Resolución de 8 de noviembre de 2011, de la Consejera, por la que

Notificaciones. Edicto de 10 de noviembre de 2011 sobre notificación de sentencia dictadaen el recurso de suplicación n.º 453/2011 ............................................................ 27145

Juzgado de 1.ª Instancia N.º 1 de Plasencia

Notificaciones. Edicto de 4 de octubre de 2011 sobre notificación de sentencia dictada en elprocedimiento ordinario n.º 183/2010 ................................................................. 27147

Consejería de Empleo, Empresa e Innovación

Minas. Anuncio de 6 de octubre de 2011 sobre admisión de solicitud de reducción parcial desuperficie de recursos de la Sección C) del permiso de investigación denominado “Hinchona”,n.º 12.593-00, en los términos municipales de Calera de León, Fuente de Cantos, Segura deLeón y Valencia del Ventoso ............................................................................... 27148

Consejería de Fomento, Vivienda, Ordenación del Territorio y Turismo

Información pública. Anuncio de 30 de noviembre de 2010 sobre construcción de explota-ción porcina. Situación: parcelas 1 y 15 del polígono 512 y parcelas 5 y 6 del polígono 533.Promotor: Agroganadería Los Bardales, en Badajoz ............................................... 27148

Información pública. Anuncio de 7 de octubre de 2011 sobre legalización de nave paraalmacenamiento de maquinaria. Situación: parcela 239 del polígono 549. Promotor: D. Agus-tín Torrado Gallego, en Valdelacalzada ................................................................. 27149

Información pública. Anuncio de 26 de octubre de 2011 sobre ampliación de estación deservicio. Situación: parcela 303 del polígono 3. Promotor: Estación de Servicio HermanosSegura, SL, en Bienvenida ................................................................................. 27149

Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía

Impacto ambiental. Anuncio de 22 de agosto de 2011 por el que se somete a informaciónpública la solicitud de autorización ambiental unificada del proyecto de explotación avícola decebo, promovido por D. Antonio Manuel Gómez González, en el término municipal de Cabezadel Buey .......................................................................................................... 27150

Servicio Extremeño Público de Empleo

Notificaciones. Anuncio de 25 de octubre de 2011 sobre notificación de requerimiento dedocumentación en el expediente n.º MV-0282-11, relativo a subvención para el manteni-miento de puestos de trabajo de personas con discapacidad ................................... 27152

Miércoles, 23 de noviembre de 201127095NÚMERO 225

V ANUNCIOS

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Notificaciones. Anuncio de 25 de octubre de 2011 sobre notificación de requerimientode documentación en el expediente n.º EI-2011-1233, relativo a subvención para elempleo indefinido ............................................................................................ 27153

Notificaciones. Anuncio de 25 de octubre de 2011 sobre notificación de requerimientode documentación en el expediente n.º EI-2011-1354, relativo a subvención para elempleo indefinido ............................................................................................ 27154

Notificaciones. Anuncio de 25 de octubre de 2011 sobre notificación de requerimientode documentación en el expediente n.º EI-2011-1574, relativo a subvención para elempleo indefinido ............................................................................................ 27155

Notificaciones. Anuncio de 25 de octubre de 2011 sobre notificación de requerimientode documentación en el expediente n.º EI-2011-1576, relativo a subvención para elempleo indefinido ............................................................................................ 27156

Notificaciones. Anuncio de 25 de octubre de 2011 sobre notificación de requerimientode documentación en el expediente n.º EI-2011-1769, relativo a subvención para elempleo indefinido ............................................................................................ 27157

Ayuntamiento de El Gordo

Planeamiento. Anuncio de 2 de noviembre de 2011 sobre puesta a disposición de los inte-resados del Plan General Municipal ...................................................................... 27159

Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra

Personal laboral. Anuncio de 8 de noviembre de 2011 sobre contratación de Operario deLimpieza y Peón de Servicios Múltiples ................................................................. 27159

Ayuntamiento de Santibáñez el Alto

Normas subsidiarias. Edicto de 10 de noviembre de 2011 por el que se somete a informa-ción pública la aprobación inicial de la modificación n.º 7 de las Normas Subsidiarias ... 27160

Miércoles, 23 de noviembre de 201127096NÚMERO 225

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CONSEJERÍA DE SALUD Y POLÍTICA SOCIAL

DECRETO 281/2011, de 18 de noviembre, por el que se establecen lasbases reguladoras de las Ayudas para la Integración en Situaciones deEmergencia Social (AISES) en la Comunidad Autónoma de Extremadura, yse aprueba la convocatoria de dichas ayudas para 2011-2012. (2011040310)

La Constitución Española atribuye a los poderes públicos la responsabilidad de promover lascondiciones para que la igualdad entre los ciudadanos sea más real y efectiva intentandoalcanzar una sociedad más justa, objetivo recogido en el marco competencial de nuestroEstatuto de Autonomía, que en su artículo 9.1.27 atribuye a la Comunidad Autónoma deExtremadura competencia exclusiva en materia de Acción Social, en particular la atención einserción social de los colectivos afectados por cualquier circunstancia determinante deexclusión social y de prestaciones económicas de asistencia social diferentes de las de segu-ridad social.

La Constitución Española engloba dentro del concepto de asistencia social toda una serie deaspectos y actuaciones que indican una superación del concepto paternalista y de beneficien-cia, integrando la acción social en una dimensión global del quehacer colectivo, que permiteconsiderar los servicios sociales como instrumentos necesarios en orden a conseguir mayorescotas de bienestar social de todos los ciudadanos, muy especialmente en aquellos margina-dos socialmente.

Así, la Ley 5/1987, de 23 de abril, de Servicios Sociales de Extremadura, inspirada en losprincipios de igualdad y solidaridad, establece un sistema público de servicios sociales quepretende que los ciudadanos no sean discriminados por situaciones que les vengan impues-tas por la desigualdad, la marginación y la pobreza y trata de facilitar las condiciones objeti-vas y los medios que mejoren su calidad de vida.

Desde esta perspectiva y a fin de dar una respuesta más precisa a las necesidades plantea-das por la sociedad extremeña, por la extinta Consejería de Bienestar Social se establecieronmediante Decreto 28/1999, de 23 de febrero, un conjunto de prestaciones, denominadasAyudas para la Integración en Situaciones de Emergencia Social (AISES), que posibilitaran lacobertura de necesidades básicas de las personas que carezcan de recursos económicos, conla finalidad de propiciar su integración social.

Tras la experiencia acumulada y buscando la mayor eficacia en el logro de los objetivos delas ayudas reguladas en dicha norma, es aconsejable la introducción de determinadoscambios en la misma.

Se aborda, pues, mediante el presente decreto la adaptación a la Ley 6/2011, de 23 demarzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que articula un régi-men jurídico propio de acuerdo a nuestras peculiaridades organizativas y mecanismos definanciación, con respeto a la regulación básica contenida en la Ley 38/2003, de 17 de

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I DISPOSICIONES GENERALES

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noviembre, General de Subvenciones, dando así cumplimiento a lo dispuesto en el apartadosegundo de su disposición transitoria.

De otro lado, razones de urgencia en su tramitación, determinan la necesidad de incluir en elmismo texto la convocatoria de las subvenciones que en él se regulan para el año 2011-2012de conformidad con lo establecido en el artículo 29.2 de la citada Ley 6/2011.

Asimismo, las modificaciones en el marco competencial operadas por el Decreto del Presiden-te 15/2011, de 8 de julio, por el que corresponde a la Consejería de Salud y Política Socialejercer las competencias que en materia de prestaciones sociales tenía atribuidas la anteriorConsejería de Igualdad y Empleo determinan la necesidad de acometer una nueva regulaciónde las bases reguladoras con el fin de incorporar las líneas de subvención correspondientes alas nuevas competencias asumidas por esta Consejería.

En cuanto al régimen de su otorgamiento, en las subvenciones a que se refiere este decre-to concurren singulares circunstancias y razones de interés público, económico y social quedificultan su concurrencia competitiva y justifican su otorgamiento en régimen de conce-sión directa.

En virtud de lo expuesto, de conformidad con el artículo 23.h) y 90.2 de la Ley 1/2002, de28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extrema-dura, a propuesta de la Consejera de Salud y Política Social, y previa deliberación del Conse-jo de Gobierno en sesión celebrada el 18 de noviembre de 2011,

D I S P O N G O :

TÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1. Objeto.

El objeto del presente decreto es establecer las bases reguladoras de la concesión de Ayudaspara la Integración en Situaciones de Emergencia Social (AISES), que posibiliten la coberturade las necesidades básicas de las personas que carezcan de recursos económicos, con lafinalidad de propiciar su integración social.

Artículo 2. Naturaleza y ámbito de actuación.

1. Las Ayudas para la Integración en Situaciones de Emergencia Social (AISES) son presta-ciones económicas destinadas a aquellas personas cuyos recursos resulten insuficientespara hacer frente a gastos específicos necesarios para prevenir, evitar o paliar situacionesde marginalidad y exclusión social.

2. Estas ayudas, de modalidad extraordinaria y ordinaria, tienen naturaleza subvencional,quedando su concesión sujeta a la existencia de crédito consignado para esa finalidad enlos Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura, sin perjuicio delas ampliaciones de crédito que se reconozcan.

3. Las ayudas recogidas en el presente decreto en su modalidad ordinaria son prestacioneseconómicas de pago periódico y devengo mensual a que tiene derecho aquellas personasque cumplan los requisitos establecidos en este decreto.

Miércoles, 23 de noviembre de 201127098NÚMERO 225

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4. Las ayudas recogidas en el presente decreto en su modalidad extraordinaria son presta-ciones económicas destinadas a resolver situaciones de emergencia social transitorias,puntuales y previsiblemente irrepetibles, imprescindibles para atender las necesidades dela vida diaria.

Artículo 3. Características.

1. Las AISES tienen carácter finalista, debiendo destinarse únicamente al objeto para el quehan sido concedidas. La percepción de las AISES se vincula a la realización de actividadesde inserción social y/o laboral por parte de los perceptores de las mismas.

2. Estas prestaciones, de carácter personal e intransferible, no podrán ser objeto de cesión,embargo o retención.

Artículo 4. Incompatibilidades.

1. Las subvenciones reguladas en el presente decreto serán compatibles con la percepción deotras ayudas o servicios a cargo de instituciones públicas o privadas, cuando tengandistinta naturaleza y atiendan a diferentes necesidades.

2. La comunicación del reconocimiento de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursospara la misma finalidad deberá formularse inmediatamente, de conformidad con lodispuesto en el artículo 8.

3. Las Ayudas Ordinarias y Extraordinarias son incompatibles entre sí dentro de la mismaconvocatoria.

4. Las ayudas en su modalidad extraordinaria tienen carácter subsidiario y, en su caso,complementario, siempre y cuando no tengan la misma finalidad, de todo tipo de recursosy prestaciones sociales de contenido económico que pudieran corresponder a la personabeneficiaria o a cualquiera de los miembros de su unidad familiar y/o de convivencia.

5. Se declaran expresamente incompatibles las Ayudas Ordinarias con la percepción tanto delsolicitante como de cualquier miembro de la unidad familiar y/o de convivencia, de canti-dades derivadas del Sistema de Protección de los Trabajadores Agrarios, así como concualquier otra prestación económica derivada de los sistemas de seguridad y previsiónsocial, o con las expectativas de derecho de estas percepciones.

Artículo 5. Beneficiarios.

1. Podrán ser beneficiarios de las ayudas reguladas en la presente norma:

a) Los mayores de 18 años.

b) Los mayores de 16 años emancipados.

c) Los mayores de 16 años y menores de 18 años no emancipados que se encuentren ensituación de riesgo de desprotección y/o desamparo, correspondiendo su acreditación alórgano competente en materia de protección de menores, de la Comunidad Autónomade Extremadura.

Miércoles, 23 de noviembre de 201127099NÚMERO 225

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2. Estas prestaciones sólo podrán ser reconocidas a favor de uno de los miembros de launidad familiar y/o de convivencia.

A los efectos del presente decreto, se entiende por unidad familiar y/o de convivencia lacompuesta por una sola persona o por personas unidas por matrimonio u otra forma derelación permanente análoga a la conyugal, debidamente inscrita en el Registro de Parejasde Hecho, así como la compuesta por personas vinculadas por relaciones de adopción,tutela, acogimiento familiar o parentesco de consanguinidad hasta el cuarto grado o deafinidad hasta el segundo grado, siempre y cuando convivan en el mismo domicilio.

Artículo 6. Requisitos de los beneficiarios.

1. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 4 del presente artículo, los beneficiarios deestas ayudas deberán reunir los siguientes requisitos con carácter general, sin perjuicio delo dispuesto en los Títulos II y III del presente decreto para cada modalidad:

A) Estar empadronados y tener residencia efectiva en cualquier municipio de la Comuni-dad Autónoma de Extremadura, con, al menos, un año de antelación a la fecha depresentación de su solicitud.

En el caso de refugiados, inmigrantes, sin techo y personas maltratadas acogidas encentros, mediante acreditación documental del mismo centro, ayuntamiento u otroorganismo competente.

Se exime de este periodo previo de empadronamiento a los emigrantes retornados,debiendo acreditarse esta circunstancia mediante certificación de emigrante retornadoexpedida por el órgano competente. Asimismo, éstos deberán acreditar que no perci-ben ayudas similares en el país o comunidad autónoma de procedencia.

A los efectos de esta norma, se entiende por extremeño retornado, aquellos extreme-ños en el exterior que regresen a Extremadura para residir de manera estable, deconformidad con lo dispuesto en el apartado 4 del artículo 2 de la Ley 6/2009, de 17 dediciembre, del Estatuto de los Extremeños en el exterior.

B) Encontrarse en situación de emergencia social conforme a lo dispuesto en el artículosiguiente de esta norma.

C) Para las ayudas en su modalidad ordinaria el beneficiario deberá, además, encontrarseen situación legal de desempleo.

2. En atención a la especial naturaleza de las ayudas previstas en este decreto, se eximirá asus beneficiarios del cumplimiento de los requisitos regulados en los apartados a), e), g) yh) del punto 2 del artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de laComunidad Autónoma de Extremadura, lo que se acreditará mediante la presentación dela declaración responsable que figura en el Anexo III del presente decreto.

3. Serán circunstancias que impedirán a los interesados ser beneficiarios de las ayudas lassiguientes:

— Para la modalidad extraordinaria, haber recibido esta misma ayuda en la misma convo-catoria para la misma unidad familiar y/o de convivencia.

Miércoles, 23 de noviembre de 201127100NÚMERO 225

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— Haber hecho, en los dos años anteriores a la presentación de la solicitud, donación debienes muebles o inmuebles.

— No haber justificado una ayuda concedida en los dos años anteriores a la fecha denueva petición, computados desde el momento en que se debió justificar.

— Haber incumplido las obligaciones adquiridas en la anterior ayuda percibida.

— No haber comunicado la obtención de otras ayudas, ingresos o recursos.

— No haber reintegrado las cantidades indebidamente percibidas.

Artículo 7. Situación de emergencia social.

1. A los efectos de esta norma y para ambas modalidades, se encuentran en situación deemergencia social aquellas personas, o unidad familiar y/o de convivencia de la queformen parte, que se encuentren en situación de extrema gravedad económica, entendidaésta como disponer de unos ingresos mensuales no superiores al 75% del Indicador Públi-co de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), incrementado dicho porcentaje en un 8% porcada miembro más de la unidad familiar y/o de convivencia.

En el caso de que varias unidades familiares y/o de convivencia convivan en el mismodomicilio por carecer de ingresos suficientes para desarrollar una vida autónoma, el límiteeconómico establecido en el párrafo anterior se computará de forma independiente porcada una de las unidades familiares convivientes.

2. Se considera que no existe situación de emergencia social cuando el/la interesado/a ocualquiera de los miembros de su unidad familiar y/o de convivencia sean propietarios debienes muebles o inmuebles o usufructuarios de bienes muebles o inmuebles, cuyascaracterísticas, valoración, posibilidad de venta, o cualquier otra forma de explotaciónindique, de manera notoria y ostentosa, la existencia de medios materiales suficientespara atender a los gastos objeto de la presente norma.

Quedan exceptuados como bienes la vivienda familiar habitual y bienes que sean necesa-rios para ejercer actividad profesional, siempre que sea constatable.

Por vivienda habitual se entenderá exclusivamente la que constituye el domicilio de resi-dencia efectiva, continuada y permanente de la unidad familiar o de convivencia.

Artículo 8. Obligaciones de los perceptores.

1. Los beneficiarios de estas ayudas vienen obligados a:

a) Destinar la subvención a la finalidad para la que ha sido concedida.

b) Cumplir el objetivo, realizar la actividad o adoptar el comportamiento que fundamentala concesión de la subvención.

c) Comunicar por escrito a la Secretaría General de Servicios a la Ciudadanía, Atención Sani-taria y Social y Familias, tan pronto como se produzca, cualquier eventualidad que pudie-ra dar lugar al incumplimiento de la finalidad para la que fue concedida la subvención, así

Miércoles, 23 de noviembre de 201127101NÚMERO 225

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como toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de lasubvención que pudieran ocasionar la revocación, modificación, suspensión o extinción dela ayuda.

d) Para la modalidad extraordinaria, justificar ante el órgano concedente el cumplimientode los requisitos, condiciones y finalidad que determinan la concesión de la subvención.A estos efectos, se deberá acreditar y justificar los gastos y pagos realizados por el cienpor cien del importe de la subvención percibida.

e) Permitir y facilitar la actuación de los Servicios Sociales para evaluar su situación ycomprobar la aplicación de la ayuda a la finalidad para la que se concedió.

f) Someterse a las actividades de comprobación que pueda efectuar el órgano concedenteo los órganos de control competentes, aportando cuanta información le sea requerida.

En este sentido la Consejería competente en materia de servicios sociales, en ejerciciode las facultades conferidas por el Decreto 136/1991, de 17 de diciembre, por el que seregula la función asesora-supervisora de la Junta de Extremadura en materia de Servi-cios Sociales, podrá llevar a cabo las actuaciones de comprobación e inspección nece-sarias para constatar el cumplimiento de las condiciones y la finalidad que determina-ron la concesión de la subvención.

g) Comunicar al órgano concedente la obtención de otras ayudas, ingresos o recursos quefinancien la actividad subvencionada, tan pronto como se conozca.

h) Cumplir las obligaciones particulares que se impongan en la concesión.

i) Reintegrar las cantidades indebidamente percibidas.

j) Respecto de las ayudas de modalidad ordinaria, prestar por escrito su compromiso pararealizar las contraprestaciones que se establezcan para cada supuesto en función de lasnecesidades, características y aptitudes de los preceptores, así como realizar efectiva-mente la/s actividad/es asumida/s.

k) Cuantas obligaciones se deriven del objeto y finalidad de las AISES, y específicamentedel compromiso suscrito.

2. Dada la naturaleza de estas subvenciones, los beneficiarios estarán exentos de adoptar lasmedidas de difusión previstas en la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de laComunidad Autónoma de Extremadura.

Artículo 9. Procedimiento de concesión y de convocatoria.

1. El procedimiento de concesión de las subvenciones reguladas en el presente decreto seráel de concesión directa, mediante convocatoria abierta, en base al artículo 22.2 de la Ley6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura,dado que la justificación social y la finalidad de la ayuda impiden la concurrencia pública.

2. Las ayudas quedarán convocadas de forma abierta mediante Orden de la Consejeríacompetente en materia de servicios sociales e inclusión social y se financiarán con cargo alos Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura; entendiendo que

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el crédito consignado en cada ejercicio presupuestario para financiar estas ayudas supon-drá la cobertura máxima de las mismas.

No obstante lo anterior, la primera convocatoria se efectúa con el presente decreto, deconformidad con lo dispuesto en el artículo 29.2 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, deSubvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

3. La cuantía estimada inicialmente podrá aumentarse con el límite de los créditos consig-nados en el presupuesto de gasto del ejercicio correspondiente al de la convocatoria delas ayudas.

4. En los supuestos en que no se efectúen las ampliaciones de crédito correspondientes y seproduzca el agotamiento del crédito consignado en la correspondiente convocatoria, sedeclarará terminado el plazo de vigencia de la misma por resolución del titular de laConsejería competente en materia de servicios sociales. A estos efectos, se publicará elcorrespondiente anuncio en el Diario Oficial de Extremadura.

5. Por el equipo técnico correspondiente se procederá al estudio de las solicitudes y de ladocumentación aportada, emitiendo informe sobre la concurrencia en el beneficiario de losrequisitos exigidos y, en su caso, estimación de la cuantía a percibir.

Artículo 10. Forma, plazos de presentación y subsanación de solicitudes.

1. El procedimiento para la concesión de estas ayudas se iniciará mediante solicitud del inte-resado, dirigida al titular del órgano con competencias en materia de servicios sociales einclusión social, a la que se acompañarán los documentos que acrediten la necesidad de laayuda, y en todo caso los exigidos específicamente para cada modalidad.

2. Las solicitudes, que se formalizarán en el modelo normalizado que figura en el Anexo I deeste decreto, podrán presentarse durante todo el plazo de vigencia de la convocatoria.

Para la modalidad extraordinaria se presentará una única solicitud por convocatoria yunidad de familiar y/o de convivencia.

Para la modalidad ordinaria, no se podrá solicitar una nueva ayuda de esta modalidad sise está percibiendo otra de la convocatoria anterior.

3. La solicitudes podrán ser presentadas en todos los lugares contemplados en el artículo 7.1del Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de RegistroÚnico y se regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Administra-ción de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

A) En las oficinas que realicen las funciones de registro de:

1) Cualesquiera órgano o unidad administrativa de la Administración de la ComunidadAutónoma de Extremadura, incluidas las Oficinas de Respuesta Personalizada y losCentros de Atención Administrativa, considerándose todas estas oficinas como ofici-nas de registro de cada Departamento de la Administración de la Comunidad Autó-noma de Extremadura.

2) Los órganos de la Administración General del Estado.

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3) Los órganos de cualquier otra Administración Autonómica.

4) Las Entidades que integran la Administración local que hayan suscrito el correspon-diente Convenio con la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadurapara actuar como registro concertado.

B) En las oficinas de Correos, de acuerdo con su normativa específica. Las solicitudes quese presenten a través de una oficina de Correos deberán ir en sobre abierto para que elimpreso de solicitud sea fechado y sellado antes de ser certificado, de conformidad conlo dispuesto en el artículo 31 del Real Decreto 1829/1999, de 3 de diciembre, por elque se aprueba el Reglamento que regula la prestación de servicios postales endesarrollo de la Ley 24/1998, de 13 de julio, del Servicio Postal Universal y de Liberali-zación de los Servicios Postales.

C) En las representaciones diplomáticas y oficinas consulares de España en el extranjero.

D) En cualquier otro órgano que indique una norma específica.

4. Una vez recibida la solicitud, si ésta presenta defectos o resultara incompleta, se requeriráal interesado para que en el plazo de diez días, subsane la falta o acompañe la documen-tación que se determine, con indicación de que, si así no lo hiciere, se le tendrá por desis-tido de su solicitud, previa resolución expresa dictada por el órgano competente.

Artículo 11. Ordenación, instrucción y resolución del procedimiento de concesión desubvenciones y plazo para la notificación de la resolución.

1. La ordenación e instrucción del procedimiento de concesión de las ayudas previstas en elpresente decreto corresponderá al Servicio o unidad administrativa competente en mate-ria de inclusión social.

2. La propuesta de concesión de la ayuda corresponderá al titular del Servicio o unidad admi-nistrativa competente en materia de inclusión social, previo informe del equipo técnicocorrespondiente, en el que quedará constancia de que en el solicitante concurren todos losrequisitos establecidos en el presente decreto para poder ser beneficiario de la ayuda.

3. La competencia para dictar la resolución corresponde al titular del órgano con compe-tencias en materia de servicios sociales e inclusión social. El plazo máximo para resol-ver de forma expresa y notificar la resolución será de seis meses, a contar desde lafecha de presentación de la solicitud en el registro de conformidad con lo dispuesto enel artículo 10.3.

4. La resolución del procedimiento se notificará individualmente a los interesados de acuerdocon lo previsto en los artículos 58 y 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régi-men Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

La falta de notificación de resolución expresa de la concesión dentro del plazo máximopara resolver, legitima a los interesados para entender desestimada su solicitud por silen-cio administrativo, conforme a lo dispuesto en apartado 5 del artículo 22 de la Ley6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

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5. Recaída resolución favorable se procederá al abono de la ayuda en la cuantía concedida.

6. Las resoluciones de los expedientes instruidos al amparo de este decreto no agotan la víaadministrativa, según lo previsto en el artículo 103 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, delGobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y contraellas podrá interponerse recurso de alzada ante el titular de la Consejería con competenciaen materia de servicios sociales e inclusión social, en los términos previstos en el artículo101 de la citada ley.

7. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, deSubvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, no se procederá a la publicaciónde las subvenciones concedidas, por entender que debido a su objeto, la misma pudiera sercontraria al respeto y salvaguarda del honor e intimidad personal de los interesados.

Artículo 12. Cuantía.

1. La cuantía de la ayuda ordinaria será el 75% del IPREM mensual, incrementándose lamisma en un 8% por cada miembro más de la unidad familiar y/o de convivencia, sin queen ningún caso el total de esta ayuda pueda superar el cien por cien del IPREM mensual.

2. El importe de la ayuda extraordinaria será el que corresponda en función de lo dispuestoen el Anexo IV del presente decreto, sin que en ningún caso pueda superar el importe de1.400 euros y sin perjuicio de la obligación de reintegro en virtud del gasto efectivamenterealizado y justificado.

Artículo 13. Financiación.

1. La financiación de las subvenciones reguladas en el presente decreto se hará con cargo alas aplicaciones de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma que correspon-den para cada ejercicio presupuestario, con el límite que se fije en cada convocatoria ysiempre dentro del crédito disponible, sin perjuicio de las ampliaciones de crédito quepudieran realizarse a lo largo de los ejercicios presupuestarios.

2. En las respectivas órdenes de convocatoria se indicará la correspondiente aplicaciónpresupuestaria con cargo a la cual se harán efectivas las ayudas.

Artículo 14. Gastos subvencionables.

A los efectos del presente decreto, se consideran gastos subvencionables, aquellos que sedeterminan específicamente para cada modalidad.

Artículo 15. Pagos y justificación de la ayuda.

1. Las subvenciones reguladas en el presente decreto se abonarán conforme a las disposicio-nes específicas aplicables a cada una de las modalidades de ayudas, con carácter previo ala justificación del cumplimiento de la finalidad para la que fueron concedidas, sin necesi-dad de garantía alguna.

Miércoles, 23 de noviembre de 201127105NÚMERO 225

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2. Las ayudas extraordinarias serán abonadas íntegramente, una vez recaída resoluciónfavorable.

3. Las ayudas ordinarias serán abonadas fraccionadamente, en seis mensualidades, a partirde la resolución de concesión y con fecha de efectos del mes siguiente a la resolución.

4. Los beneficiarios de las ayudas extraordinarias deberán justificar en el plazo máximo detres meses, a partir del día siguiente a aquél en que se efectúe el pago total de lasubvención, el cumplimiento de la finalidad para la que se concede y la aplicación de losfondos percibidos.

A estos efectos, los beneficiarios deberán presentar una declaración responsable compren-siva de las actividades realizadas o bienes adquiridos que hayan sido financiados con lasubvención, a la que acompañarán los originales o copias compulsadas de las facturas odocumentos contables de valor equivalente acreditativos de los gastos y pagos realizados.

5. Los beneficiarios de ayudas ordinarias, de conformidad con el artículo 35.7 de la Ley6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura,no requerirán otra justificación que la acreditación por cualquier medio admisible en dere-cho de dicha situación previamente a la concesión, sin perjuicio de los controles quepudieran establecerse para verificar su existencia.

Artículo 16. Circunstancias que pueden dar lugar a la modificación de la resolucióno extinción de la subvención.

Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención y, entodo caso, la obtención concurrente de otras aportaciones fuera de los supuestos de compati-bilidad previstos para cada una de las modalidades, podrá dar lugar a la modificación de laresolución o extinción de la subvención, procediéndose al reintegro de las cantidades percibi-das indebidamente.

Artículo 17. Reintegro de las subvenciones.

1. Procederá el reintegro de las cantidades percibidas y la exigencia del interés de demoracorrespondiente desde el momento del pago hasta la fecha en que se acuerde la proce-dencia del reintegro, en los siguientes casos:

a) Obtención de la subvención falseando las condiciones requeridas para ello u ocultandoaquéllas que lo hubieran impedido.

b) Alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención.

c) Concurrencia con otras ayudas, ingresos, subvenciones o recursos incompatibles conlas reguladas en esta norma.

d) Incumplimiento total o parcial del objetivo o de la actividad o la no adopción delcomportamiento que fundamenta la concesión de la subvención

e) Incumplimiento de la obligación de justificación o justificación insuficiente.

Miércoles, 23 de noviembre de 201127106NÚMERO 225

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f) Resistencia, excusa, obstrucción o negativa a las actuaciones de comprobación ycontrol.

g) Incumplimiento de los compromisos asumidos por los beneficiarios con motivo de laconcesión de la subvención

2. El órgano concedente de las subvenciones será el competente para revocar la subvencióny exigir el reintegro en periodo voluntario, correspondiendo efectuar la recaudación ejecu-tiva a la Consejería competente en materia de Hacienda.

3. El órgano que resuelva el reintegro tendrá en cuenta el principio de proporcionalidad paramodular la obligación de devolución de la ayuda percibida atendiendo al grado y caracte-rísticas del incumplimiento en que haya incurrido el beneficiario en relación con la finali-dad de la subvención.

4. El procedimiento de reintegro se iniciará de oficio desde el momento en que se aprecie laexistencia de alguno de los supuestos de reintegro previstos apartado primero. El órganocompetente para resolver dictará resolución que pondrá fin a la vía administrativa en elplazo máximo de doce meses desde la fecha del acuerdo de iniciación. Contra la citada reso-lución cabrá interponer los recursos que correspondan de acuerdo con la normativa vigente.

5. Las cantidades a reintegrar tendrán la consideración de ingresos de Derecho Público,resultando de aplicación para su cobranza lo previsto en el artículo 22 de la Ley 5/2007,de 19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura.

Artículo 18. Criterios de graduación de los incumplimientos de las condicionesimpuestas con motivo de la concesión.

1. En el caso de incumplimientos parciales, el órgano competente determinará la cantidad areintegrar por el beneficiario respondiendo al principio de proporcionalidad en función delos costes justificados y las actuaciones acreditadas, siempre que su cumplimiento seaproxime de modo significativo al cumplimiento total y quede acreditada una actuacióninequívocamente tendente a la satisfacción de sus compromisos.

2. A estos efectos, para la modalidad ordinaria se valorará mensualmente el cumplimientode la prestación, produciéndose el reintegro de aquellas mensualidades no justificadasni acreditadas.

Para el caso de la modalidad extraordinaria debe acreditarse el cumplimiento total de lafinalidad para la que fue concedida, debiendo justificarse el 100% del coste de la misma.

TÍTULO II

AYUDAS EXTRAORDINARIAS

Artículo 19. Definición.

1. Las ayudas extraordinarias son aquéllas destinadas a resolver situaciones de emergenciasocial, de carácter transitorio, puntuales y previsiblemente irrepetibles, imprescindiblespara atender a las necesidades de la vida diaria.

Miércoles, 23 de noviembre de 201127107NÚMERO 225

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2. A estos efectos, se consideran gastos susceptibles de ayuda extraordinaria:

a) Gastos necesarios para el uso y mantenimiento de la vivienda habitual que posibilite suhabitabilidad.

b) Gastos relativos a las necesidades primarias del perceptor o de los miembros de launidad familiar y/o de convivencia.

c) Los gastos de endeudamiento previo, originados por alguno de los conceptos de losapartados anteriores.

d) Los gastos por asistencia sanitaria no cubiertos por el Sistema Sanitario Público, previoinforme del especialista y valoración de técnicos de la Consejería de Salud y Política Social.

Artículo 20. Documentación.

1. El interesado acompañará a su correspondiente solicitud los documentos que acrediten lanecesidad de la ayuda, y en todo caso los siguientes:

1. Informe Social, emitido por los correspondientes Servicios Sociales.

2. En su caso, fotocopia compulsada del Libro de Familia correspondiente a la unidad fami-liar y/o de convivencia del solicitante. En los supuestos de nulidad, separación o divor-cio, se adjuntará copia del convenio regulador o, en su caso, de la sentencia que hubie-re recaído en el procedimiento judicial correspondiente.

3. Certificados, nóminas y documentos acreditativos de los recursos e ingresos del benefi-ciario y, en su caso, de todos los miembros de la unidad familiar y/o de convivencia.

4. En su caso, Certificado de emigrante retornado.

5. Certificado de convivencia del solicitante, expedido por el Ayuntamiento, en el que sehaga constar todas las personas que figuren empadronadas en el domicilio del solicitante.

6. Declaración jurada de medios de vida de la unidad familiar y/o de convivencia.

7. Dos facturas pro forma o presupuestos de los gastos específicos para los que solicita laayuda o, en su caso, justificante de la deuda previamente contraída.

8. Alta a Terceros del solicitante debidamente cumplimentada y firmada por el interesadoy la entidad financiera o copia del Alta de Terceros si ya estuviera dado de alta en elSistema de Terceros de la Junta de Extremadura.

9. Certificado de Pensiones o Prestaciones de la Seguridad Social de todos los beneficiariosde la unidad familiar y/o de convivencia.

10. Otros datos o documentos que sean requeridos por la Consejería competente enmateria de servicios sociales, que sean necesarios para completar el expediente ojustificar la necesidad de cualquier tipo de ayuda.

2. De conformidad con lo establecido en el Decreto 184/2008, de 12 de septiembre, no seexigirá a los beneficiarios de estas ayudas la aportación de fotocopia del Documento

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Nacional de Identidad o del documento acreditativo de la identidad o tarjeta de identidadde la persona extranjera residente en territorio español, expedido por las autoridadesespañolas, ni certificado de empadronamiento cuya comprobación se realizará de oficiopor la Administración autonómica, previa autorización otorgada por el interesado cumpli-mentando el Anexo II del presente decreto.

Asimismo, siempre que conste la correspondiente autorización por el interesado para sucomprobación de oficio por la Administración, no será exigible la aportación de los siguien-tes documentos:

a) Copia compulsada de la última declaración del Impuesto sobre la Renta de las PersonasFísicas o certificado de exención.

b) Certificado municipal de bienes rústicos y urbanos y vehículos. En los casos en que seposean bienes en otros municipios, se adjuntará Certificación expedida por la GerenciaTerritorial del Catastro. Estos certificados se expedirán para cada uno de los miembrosque posean bienes y formen parte de la unidad familiar y/o de convivencia.

c) En su caso, Certificado/s de demandas de empleo actualizados, expedidos por el SEXPE,de todos los miembros de la unidad familiar y/o de convivencia que sean mayores de 16años, donde consten las fechas de altas y bajas como demandante de empleo y, en sucaso, las causas de dichas bajas, la fecha de la demanda y la antigüedad en el paro.

d) Certificado actualizado del SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal) de subsidios oprestaciones reconocidas donde consten periodos y cuantía de todos los miembros dela unidad familiar y/o de convivencia en edad laboral.

e) Informe de la vida laboral de todos los miembros mayores de 16 años de la unidadfamiliar y/o de convivencia.

No obstante lo anterior, si el interesado no presta su consentimiento o existen dificultadestécnicas que impidan a la Administración obtener el acceso a esa información, aquélquedará obligado a aportar la citada documentación.

TÍTULO III

AYUDAS ORDINARIAS

Artículo 21. Definición.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 del presente decreto, las ayudas ordinariasson prestaciones económicas de pago periódico y devengo mensual a que tienen derecho queaquellas personas que, cumpliendo los requisitos establecidos en los artículos 5, 6 y 7 deesta norma, se encuentren en situación legal de desempleo.

Artículo 22. Duración.

1. Las AISES, se otorgarán mientras subsistan las causas que motivaron su concesión.

2. Sin perjuicio de lo anterior, la concesión de la prestación tendrá, inicialmente una duraciónde seis meses consecutivos, pudiendo renovarse una sola vez, por un periodo de igual

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duración y, en todo caso, en función de la evaluación de los resultados alcanzados, previasolicitud del interesado, dentro de la misma convocatoria.

La evaluación de los resultados se realizará sobre la verificación del cumplimiento delcompromiso de contraprestación suscrito por el beneficiario.

Artículo 23. Contraprestación.

1. El beneficiario de esta ayuda ordinaria está obligado a la realizar actividades de insercióny formación con el fin de incentivar su integración social.

2. La concreta actividad a realizar por el perceptor se determinará en un acuerdo, formaliza-do por escrito, entre éste, la unidad familiar y/o de convivencia, los responsables de losservicios sociales de base y la Entidad donde realizaría la prestación comunitaria, enfunción de las necesidades, características y aptitudes de los preceptores.

En los supuestos de imposibilidad efectiva de realizar dichas contraprestaciones por limita-ciones de carácter social, físico o psíquico, los servicios sociales de base evaluarán talescircunstancias y el órgano competente para resolver, determinará un compromiso mínimoque, en todo caso, habrá de ser asumido por los beneficiarios en las condiciones y térmi-nos que se determinen.

3. Estas actividades se ceñirán a los ámbitos formativos —formación profesional, ocupacional,alfabetización...— y de adquisición de hábitos culturales, sanitarios y cualesquiera otros detipo social, quedando, en todo caso, excluidas aquellas actividades de naturaleza laboral.

4. La percepción de la ayuda no generará ningún vínculo de carácter laboral entre el benefi-ciario y la Administración autonómica.

Artículo 24. Documentación.

1. El interesado acompañará su correspondiente solicitud de los documentos que acrediten lanecesidad de la ayuda, y en todo caso los siguientes:

1. Informe Social, emitido por los correspondientes Servicios Sociales.

2. En su caso, fotocopia compulsada del Libro de Familia correspondiente a la unidad fami-liar y/o de convivencia del solicitante. En los supuestos de nulidad, separación o divor-cio, se adjuntará copia del convenio regulador o, en su caso, de la sentencia que hubie-re recaído en el procedimiento judicial correspondiente.

3. Certificados y documentos acreditativos de los recursos e ingresos del beneficiario y, ensu caso, de todos los miembros de la unidad familiar y/o de convivencia.

4. En su caso, Certificado de emigrante retornado.

5. Certificado de convivencia del solicitante, expedido por el Ayuntamiento, en el que sehaga constar todas las personas que figuren empadronadas en el domicilio del solicitante.

6. Alta a terceros del solicitante, debidamente cumplimentada y firmada por el interesadoy la entidad financiera.

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7. Declaración jurada de medios de vida de la unidad familiar y/o de convivencia.

8. Compromiso de contraprestación debidamente firmado por el solicitante.

9. Certificado de Pensiones o Prestaciones de la Seguridad Social de todos los beneficiariosde la unidad familiar y/o de convivencia.

10. Justificante de haber realizado las contraprestaciones establecidas en las AISES ordi-narias que hubieran recibido con anterioridad.

11. Otros datos o documentos que sean requeridos por la Consejería competente enmateria de servicios sociales y/o el Ayuntamiento, y que sean necesarios paracompletar el expediente o justificar la necesidad de cualquier tipo de ayuda.

2. De conformidad con lo establecido en el Decreto 184/2008, de 12 de septiembre, no seexigirá a los beneficiarios de estas ayudas la aportación de fotocopia del DocumentoNacional de Identidad o del documento acreditativo de la identidad o tarjeta de identidadde la persona extranjera residente en territorio español, expedido por las autoridadesespañolas, ni certificado de empadronamiento cuya comprobación se realizará de oficiopor la Administración autonómica, previa autorización otorgada por el interesado cumpli-mentando el Anexo II del presente decreto.

Asimismo, siempre que conste la correspondiente autorización por el interesado para sucomprobación de oficio por la Administración, no será exigible la aportación de los siguien-tes documentos:

a) Copia compulsada de la última declaración del Impuesto sobre la Renta de las PersonasFísicas o certificado de exención.

b) Certificado municipal de bienes rústicos y urbanos y vehículos. En los casos en que seposean bienes en otros municipios, se adjuntará Certificación expedida por la GerenciaTerritorial del Catastro. Estos certificados se expedirán para cada uno de los miembrosque posean bienes y formen parte de la unidad familiar y/o de convivencia.

c) En su caso, Certificado/s de demandas de empleo actualizados, expedidos por elSEXPE, de todos los miembros de la unidad familiar y/o de convivencia que seanmayores de 16 años, donde consten las fechas de altas y bajas como demandante deempleo y, en su caso, las causas de dichas bajas, la fecha de la demanda y la anti-güedad en el paro.

d) Certificado actualizado del SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal) de subsidios oprestaciones solicitadas o reconocidas donde consten periodos y cuantía de todos losmiembros de la unidad familiar y/o de convivencia en edad laboral.

e) Informe de la vida laboral de todos los miembros mayores de 16 años de la unidadfamiliar y/o de convivencia.

Si el interesado no presta su consentimiento o existen dificultades técnicas que impidan ala Administración obtener el acceso a esa información, quedará obligado a aportar la cita-da documentación.

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3. En el caso de solicitarse la renovación de la ayuda ordinaria concedida, no será necesariala aportación de la documentación que obre en poder de la Administración en virtud de lasolicitud anterior salvo aquella que acredite las modificaciones o variaciones con respectoa la situación inicial. Y todo ello sin perjuicio de aquella otra documentación que por eltiempo transcurrido o por la modificación de las situaciones a las que hacía referencia, laAdministración considere oportuna su presentación.

Artículo 25. Modificaciones.

Las modificaciones sobrevenidas del número de miembros de la unidad familiar y/o de conviven-cia o de los recursos económicos que hayan servicio de base para el cálculo de las Ayudas Ordi-narias, podrá dar lugar a la minoración o aumento del mismo, de oficio o a instancia de parte.

Artículo 26. Extinción.

Las Ayudas Ordinarias se extinguirán por:

1. Pérdida de alguno de los requisitos exigidos para su reconocimiento.

2. Fallecimiento del perceptor/a.

3. Incumplimiento de alguna de las obligaciones previstas por causas imputables al percep-tor, así como de los compromisos asumidos por éste.

4. Falseamiento de cualquier declaración o requisito de la ayuda.

5. Trasladar su residencia a un municipio fuera de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Disposición adicional primera. Convocatoria para el año 2011-2012.

1. Por medio del presente decreto se efectúa la convocatoria abierta de estas ayudas en sumodalidad ordinaria y extraordinaria, en régimen de concesión directa, para la coberturade las necesidades básicas de las personas que, cumpliendo los requisitos generales yespecíficos establecidos en el presente decreto de bases reguladoras, carezcan de recur-sos económicos, con la finalidad de propiciar su integración social.

2. Las ayudas objeto de esta convocatoria abierta se financiarán con cargo a la siguienteAplicación Presupuestaria 14.02.252B.480.00 y Código de Proyecto 2000.14.004.0003.00denominado “Ayudas para situaciones de Emergencia Social” de los Presupuestos Genera-les de la Comunidad Autónoma de Extremadura, con un importe de 1.798,76 € para 2011,1.541.388,22 € para 2012 y 500.000 € para 2013.

3. El plazo de presentación de solicitudes será de un año contado a partir del día siguiente alde la publicación del presente decreto en el Diario Oficial de Extremadura.

4. Las solicitudes de estas ayudas en su modalidad ordinaria y extraordinaria, se ajustaránen cuanto a la documentación que debe aportarse y procedimiento de concesión, a lodispuesto en el presente decreto de bases reguladoras.

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5. El plazo máximo de resolución y notificación para ambas modalidades será de 6 meses deconformidad con lo dispuesto en el artículo 11 del presente decreto.

6. La notificación de la resolución del procedimiento, se ajustará a lo dispuesto en el artículo11 del presente decreto.

7. Las resoluciones de los expedientes objeto de la presente convocatoria no agotan la víaadministrativa, según lo previsto en el artículo 103 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, delGobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y contraellas podrá interponerse recurso de alzada ante el titular de la Consejería competente enmateria de servicios sociales e inclusión social, en los términos previstos en el artículo 101de la citada Ley.

Disposición adicional segunda. Habilitación normativa.

Se faculta al titular de la Consejería competente en materia de servicios sociales paradictar cuantos actos y disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución delpresente decreto.

Disposición transitoria única. Régimen transitorio.

Las solicitudes presentadas conforme al Decreto 28/1999, de 23 de febrero, por el que seregulan las ayudas para la integración en situación de emergencia social (AISES) y pendien-tes de resolución a la fecha de entrada en vigor del presente decreto, continuarán rigiéndosepor aquél, y se abonarán con cargo a los créditos previstos para su financiación.

Disposición derogatoria única. Derogación normativa.

Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo estableci-do en el presente decreto, y en especial el Decreto 28/1999, de 23 de febrero, por el que seregulan las ayudas para la integración en situación de emergencia social (AISES), salvo lodispuesto en la disposición transitoria anterior.

Disposición final única. Entrada en vigor.

El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficialde Extremadura.

Mérida, a 18 de noviembre de 2011.

El Presidente de la Junta de Extremadura,

JOSÉ ANTONIO MONAGO TERRAZA

La Consejera de Salud y Política Social,

JERÓNIMA SAYAGUÉS PRIETO

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Miércoles, 23 de noviembre de 201127114NÚMERO 225

A N E X O I

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Miércoles, 23 de noviembre de 201127115NÚMERO 225

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Miércoles, 23 de noviembre de 201127116NÚMERO 225

A N E X O I I

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Miércoles, 23 de noviembre de 201127117NÚMERO 225

A N E X O I I I

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A N E X O I V

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1.— NOMBRAMIENTOS, SITUACIONES E INCIDENCIAS

CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

ORDEN de 14 de noviembre de 2011 por la que se nombran funcionarios decarrera a los aspirantes que han superado las pruebas selectivas,convocadas por Orden de 21 de diciembre de 2009, para el acceso apuestos vacantes de personal funcionario del Cuerpo Auxiliar de laAdministración de la Comunidad Autónoma de Extremadura. (2011050300)

Por Orden de 8 de junio de 2011 (DOE n.º 111, de 10 de junio), fueron nombrados funciona-rios en prácticas los aspirantes que superaron las pruebas selectivas convocadas por Ordende 21 de diciembre de 2009, para el acceso a puestos vacantes de personal funcionario delCuerpo Auxiliar de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

En la misma orden se hizo público el destino adjudicado a los aspirantes aprobados a losefectos de su desempeño una vez fueran nombrados funcionarios de carrera.

Tras el aplazamiento del curso de selección teórico-práctico previsto en la base décima de lacitada convocatoria, por motivos debidamente justificados, una vez realizado el mismo y a lavista de los informes emitidos por los tutores-ponentes del referido curso, procede elnombramiento como funcionarios de carrera del Cuerpo Auxiliar, a los funcionarios en prácti-cas que han superado el mismo con calificación de apto.

Visto que en el expediente instruido al efecto queda acreditado el cumplimiento de lasnormas reglamentarias y de las Bases de la Convocatoria y que por parte de los aspirantesse cumplen los requisitos y especificaciones exigidos por la orden de convocatoria, estaConsejería de Administración Pública, de conformidad con lo dispuesto en la Base Undécimade la orden de convocatoria, en el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio dela Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y en el artículo 3 del Decreto4/1990, de 23 de enero, de atribución de competencias en materia de personal,

D I S P O N E :

Primero. Nombrar funcionarios de carrera del Cuerpo Auxiliar de la Administración de laComunidad Autónoma de Extremadura a los funcionarios en prácticas que, por haber supera-do el correspondiente curso de selección teórico-práctico, se relacionan en el Anexo a lapresente orden, con expresión de los destinos adjudicados.

Segundo. Para adquirir la condición de funcionario de carrera deberán prestar juramento opromesa previsto en el artículo 34 c) del Texto Refundido de la Ley de la Función Pública deExtremadura, aprobado por Decreto Legislativo 1/1990, de 26 de julio, modificado por la Ley5/1995, de 20 de abril, y en el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril, así como tomar pose-sión de su destino el día 1 de diciembre de 2011.

Miércoles, 23 de noviembre de 201127119NÚMERO 225

II AUTORIDADES Y PERSONAL

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Tercero. Los aspirantes nombrados deberán aportar en el momento de la toma de posesión ladeclaración a que se refiere el artículo 13 del Real Decreto 598/1985, de 30 de abril, o laopción o solicitud de compatibilidad previstos en el artículo 10 de la Ley 53/1984, de 26 dediciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.

Cuarto. Contra la presente orden que agota la vía administrativa, los interesados podráninterponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Consejería de Administra-ción Pública en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación enel Diario Oficial de Extremadura, conforme a lo establecido en los artículos 116 y 117 de laLey 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas ydel Procedimiento Administrativo Común o bien, interponer directamente recurso contencio-so-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior deJusticia de Extremadura, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de supublicación en el Diario Oficial de Extremadura, conforme lo dispuesto en el artículo 46.1 dela Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, asícomo cualquier otro recurso que estimen procedente.

Mérida, a 14 de noviembre de 2011.

La Directora General de Función Pública,Recursos Humanos e Inspección

(PD Resolución de 9 de agosto de 2011,DOE n.º 154, de 10 de agosto),

VERÓNICA PUENTE ALCUBILLA

A N E X O

CUERPO AUXILIAR

Especialidad Administración General.

Turno libre y discapacidad.

Miércoles, 23 de noviembre de 201127120NÚMERO 225

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UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA

RESOLUCIÓN de 10 de noviembre de 2011, del Rector, por la que se nombraCatedrático de Universidad a D. Manuel Vizuete Carrizosa. (2011062125)

Vista la propuesta de nombramiento, efectuada por la Comisión nombrada para juzgar elconcurso para la provisión de plazas docentes convocado por Resolución de la Universidad deExtremadura, de 27 de mayo de 2011 (BOE n.º 136, de 8 de junio) y acreditados por el inte-resado propuesto los requisitos a que alude el art. 4.º de la Normativa vigente, referidos enla resolución de la convocatoria:

Este rectorado, en virtud de las atribuciones que le confiere el art. 65 de la Ley Orgánica6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (BOE n.º 307, de 24 de diciembre), modificadapor la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril (BOE n.º 89, de 13 de abril) y demás disposicionesconcordantes,

Ha resuelto nombrar a D. Manuel Vizuete Carrizosa, con DNI número 51051474-F, Catedráti-co de Universidad de esta Universidad, del área de conocimiento de Didáctica de la ExpresiónCorporal (código de la plaza DF2912), del Departamento de Didáctica de la Expresión Musi-cal, Plástica y Corporal.

Este nombramiento surtirá plenos efectos a partir de la correspondiente toma de posesiónpor el interesado, que deberá efectuarse en el plazo máximo de veinte días, a contar desdeel día siguiente de la publicación de la presente resolución en el BOE.

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse, recursocontencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente, enel plazo de dos meses, desde su notificación o publicación, de conformidad con lo previsto,entre otros, en los arts. 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurí-dico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificadaparcialmente, por la Ley 4/1999, de 13 de enero y los arts. 8.3 y 46.1 de la Ley 29/1998, de13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Previamente y concarácter potestativo, podrá interponerse recurso de reposición, ante este mismo órgano en elplazo de un mes a contar desde el día siguiente al de notificación o publicación de la presen-te resolución. En este caso, no podrá interponerse el recurso contencioso-administrativo,antes mencionado, hasta que sea resuelto expresamente, o se haya producido la desestima-ción presunta del de reposición.

Badajoz, a 10 de noviembre de 2011.

El Rector,

SEGUNDO PÍRIZ DURÁN

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RESOLUCIÓN de 12 de noviembre de 2011, del Rector, por la que se nombraCatedrático de Universidad a D. Florencio Javier García Mogollón. (2011062126)

Vista la propuesta de nombramiento, efectuada por la Comisión nombrada para juzgar elconcurso para la provisión de plazas docentes convocado por Resolución de la Universidad deExtremadura, de 27 de mayo de 2011 (BOE n.º 136, de 8 de junio) y acreditados por el inte-resado propuesto los requisitos a que alude el art. 4.º de la Normativa vigente, referidos enla Resolución de la convocatoria:

Este rectorado, en virtud de las atribuciones que le confiere el art. 65 de la Ley Orgánica6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (BOE n.º 307, de 24 de diciembre) modificadapor la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril (BOE n.º 89, de 13 de abril) y demás disposicionesconcordantes,

Ha resuelto nombrar a D. Florencio Javier García Mogollón, con DNI número 06948776-Q,Catedrático de Universidad de esta Universidad, del área de conocimiento de Historia del Arte(código de la plaza DF2917), del Departamento de Arte y Ciencias del Territorio.

Este nombramiento surtirá plenos efectos a partir de la correspondiente toma de posesiónpor el interesado, que deberá efectuarse en el plazo máximo de veinte días, a contar desdeel día siguiente de la publicación de la presente resolución en el BOE.

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse, recursocontencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente, enel plazo de dos meses, desde su notificación o publicación, de conformidad con lo previsto,entre otros, en los arts. 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurí-dico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificadaparcialmente, por la Ley 4/1999, de 13 de enero y los arts. 8.3 y 46.1 de la Ley 29/1998 de13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Previamente y concarácter potestativo, podrá interponerse recurso de reposición, ante este mismo órgano en elplazo de un mes a contar desde el día siguiente al de notificación o publicación de la presen-te resolución. En este caso, no podrá interponerse el recurso contencioso-administrativo,antes mencionado, hasta que sea resuelto expresamente, o se haya producido la desestima-ción presunta del de reposición.

Badajoz, a 12 de noviembre de 2011.

El Rector,

SEGUNDO PÍRIZ DURÁN

• • •

Miércoles, 23 de noviembre de 201127122NÚMERO 225

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RESOLUCIÓN de 12 de noviembre de 2011, del Rector, por la que se nombraCatedrático de Universidad a D. José Miguel Morán Penco. (2011062127)

Vista la propuesta de nombramiento, efectuada por la Comisión nombrada para juzgar elconcurso para la provisión de plazas docentes convocado por Resolución de la Universidad deExtremadura, de 27 de mayo de 2011 (BOE n.º 136 de 8 de junio) y acreditados por el inte-resado propuesto los requisitos a que alude el art. 4.º de la Normativa vigente, referidos enla Resolución de la convocatoria:

Este rectorado, en virtud de las atribuciones que le confiere el art. 65 de la Ley Orgánica 6/2001,de 21 de diciembre, de Universidades (BOE n.º 307, de 24 de diciembre) modificada por la LeyOrgánica 4/2007, de 12 de abril (BOE n.º 89, de 13 de abril) y demás disposiciones concordan-tes,

Ha resuelto nombrar a D. José Miguel Morán Penco, con DNI número 50406344-G, Catedráti-co de Universidad de esta Universidad, del área de conocimiento de Cirugía (código de laplaza DF2925), del Departamento de Terapéutica Médico - Quirúrgica.

Este nombramiento surtirá plenos efectos a partir de la correspondiente toma de posesiónpor el interesado, que deberá efectuarse en el plazo máximo de veinte días, a contar desdeel día siguiente de la publicación de la presente resolución en el BOE.

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse, recursocontencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente, enel plazo de dos meses, desde su notificación o publicación, de conformidad con lo previsto,entre otros, en los arts. 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurí-dico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificadaparcialmente, por la Ley 4/1999, de 13 de enero y los arts. 8.3 y 46.1 de la Ley 29/1998, de13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Previamente y concarácter potestativo, podrá interponerse recurso de reposición, ante este mismo órgano en elplazo de un mes a contar desde el día siguiente al de notificación o publicación de la presen-te resolución. En este caso, no podrá interponerse el recurso contencioso-administrativo,antes mencionado, hasta que sea resuelto expresamente, o se haya producido la desestima-ción presunta del de reposición.

Badajoz, a 12 de noviembre de 2011.

El Rector,

SEGUNDO PÍRIZ DURÁN

• • •

Miércoles, 23 de noviembre de 201127123NÚMERO 225

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RESOLUCIÓN de 14 de noviembre de 2011, del Rector, por la que senombra Catedrático de Universidad a D. Narcis Gusi Fuertes. (2011062128)

Vista la propuesta de nombramiento, efectuada por la Comisión nombrada para juzgar elconcurso para la provisión de plazas docentes convocado por Resolución de la Universidad deExtremadura, de 27 de mayo de 2011 (BOE n.º 136, de 8 de junio) y acreditados por el inte-resado propuesto los requisitos a que alude el art. 4.º de la Normativa vigente, referidos enla Resolución de la convocatoria:

Este rectorado, en virtud de las atribuciones que le confiere el art. 65 de la Ley Orgánica6/2001, de 21 de diciembre de Universidades (BOE n.º 307, de 24 de diciembre) de Universi-dades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril (BOE n.º 89, de 13 de abril) ydemás disposiciones concordantes,

Ha resuelto nombrar a D. Narcis Gusi Fuertes, con DNI número 38430275N, Catedrático deUniversidad de esta Universidad, del área de conocimiento de Educación Física y Deportiva(código de la plaza DF2916), del Departamento de Didáctica de la Expresión Musical, Plásticay Corporal.

Este nombramiento surtirá plenos efectos a partir de la correspondiente toma de posesiónpor el interesado, que deberá efectuarse en el plazo máximo de veinte días, a contar desdeel día siguiente de la publicación de la presente resolución en el BOE.

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse, recursocontencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente, enel plazo de dos meses, desde su notificación o publicación, de conformidad con lo previsto,entre otros, en los arts. 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurí-dico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificadaparcialmente, por la Ley 4/1999, de 13 de enero y los arts. 8.3 y 46.1 de la Ley 29/1998, de13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Previamente y concarácter potestativo, podrá interponerse recurso de reposición, ante este mismo órgano en elplazo de un mes a contar desde el día siguiente al de notificación o publicación de la presen-te resolución. En este caso, no podrá interponerse el recurso contencioso-administrativo,antes mencionado, hasta que sea resuelto expresamente, o se haya producido la desestima-ción presunta del de reposición.

Badajoz, a 14 de noviembre de 2011.

El Rector,

SEGUNDO PÍRIZ DURÁN

• • •

Miércoles, 23 de noviembre de 201127124NÚMERO 225

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RESOLUCIÓN de 14 de noviembre de 2011, del Rector, por la que seprocede a revocar y delegar competencias en diversos órganosunipersonales de esta Universidad. (2011062118)

Mediante resoluciones de 20 de enero y 25 de julio de 2011 (DOE de 26 de enero y 16 deagosto de 2011), se delegaron competencias del Rector en diversos órganos unipersonales delgobierno universitario, y que ahora procede revisarlas parcialmente a fin de adecuarlas a lanueva ordenación producida tras la extinción del cargo de Vicerrector/a de Docencia y Calidad.

Con este fin, y en virtud de las atribuciones que se confieren al Rector de la Universidad porel artículo 20 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, así como delas competencias que le vienen atribuidas por el artículo 93 de los Estatutos de la Universi-dad de Extremadura (aprobados por Decreto 65/2003, de 8 de mayo, de la Consejería deEducación, Ciencia y Tecnología de la Junta de Extremadura, modificados por Decreto190/2010, de 1 de octubre), atendiendo a los principios de eficacia y coordinación de lagestión universitaria y con el objeto de propiciar un mayor acercamiento e inmediatez entrelos órganos de decisión y los que conocen de los diversos temas por razón de la materia, sinmerma todo ello de las garantías jurídicas de los particulares, he resuelto, de conformidadcon lo establecido en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurí-dico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, proceder ala delegación de las competencias que a continuación se indican en los órganos unipersona-les de esta Universidad que igualmente se especifican:

Primera. Revocación de la delegación de competencias atribuidas al Vicerrector/a de Docen-cia y Calidad.

Producida la extinción del cargo de Vicerrector/a de Docencia y Calidad de la Universidad deExtremadura, queda revocada la delegación de competencias que le fueron atribuidas porResolución de 20 de enero de 2011.

Segunda. Vicerrector/a de Docencia y Relaciones Institucionales:

Se delegan en este cargo las siguientes competencias:

1. En materia de coordinación de Centros, Departamentos y entre la Universidad y los Centrosadscritos, así como las relativas a la comunicación interna y externa de la Universidad.

2. Las relaciones institucionales y el seguimiento y control de los convenios de colaboraciónque la Universidad establezca con otras instituciones o entidades.

3. La promoción y coordinación de los Proyectos de Innovación de la Docencia Universitaria ylos relativos a la promoción del Plan de Acción Tutorial.

4. La planificación, la organización, el seguimiento y la difusión de las actividades relativas ala formación continua y de postgrado no oficial, en especial el programa UEx-Abierta.

5. La emisión de títulos propios y la emisión de certificados de aprovechamiento o de asis-tencia a las actividades conducentes a su obtención, sin perjuicio de las atribuciones queen materia de certificación atribuyen los Estatutos al Secretario General.

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6. Las acciones relativas a las titulaciones y los planes de estudio, tales como la elaboraciónde los criterios generales que garanticen su uniformidad en la propuesta emanada de losdistintos Centros de esta Universidad y la tramitación al Consejo de Gobierno y al Consejode Universidades para su aprobación o modificación.

7. Los programas de doctorado impartidos con arreglo a lo dispuesto en la normativa quemantenga su vigencia.

8. Las acciones relativas a la promoción, implantación y supervisión de los programas oficia-les de postgrado, y a la creación de las Escuelas de Doctorado y de Postgrado.

9. La elaboración y supervisión de la Oferta de Curso Académico, así como el reconocimientode créditos de libre elección por la realización de otras actividades.

10. La tramitación de la venia docendi.

11. La dependencia funcional de los siguientes servicios y/o unidades: Dirección de Forma-ción Continua y Títulos Propios, Oficina para la Igualdad, y las que afecten a la actividadde Planificación Académica.

Tercera. Vicerrector/a de Estudiantes y Empleo:

Además de las atribuidas en las Resoluciones de 20 de enero y 25 de julio de 2011, se dele-gan en este cargo las siguientes competencias:

1. La planificación, organización, seguimiento y difusión de la actividad física y deportiva diri-gida a los miembros de la comunidad universitaria.

2. La dependencia funcional de los siguientes servicios y/o unidades: Dirección de relacionescon Empresas y Empleo, Unidad de Atención al Estudiante, Sección de Información yAtención Administrativa, Servicio de Actividades Físicas y Deportivas, Oficina de Universi-dad Saludable, Oficina de Responsabilidad Social Universitaria, y las que afecten a la acti-vidad de estudiantes (unidades funcionales de acceso, becas, etc.).

Cuarta. Vicerrector/a de Extensión Universitaria:

Además de las atribuidas por Resolución de 20 de enero de 2011, se vincula a este cargo ladependencia funcional de los siguientes servicios y/o unidades: Servicio de Biblioteca, Archi-vo y Documentación, Servicio de Publicaciones, Gabinete de Comunicación, Servicio deProducciones Audiovisuales, Secretariado de Actividades Culturales, Servicio de Acción Socialy Asistencial, Servicio de Asistencia Religiosa, Residencia V Centenario de Jarandilla de laVera, Instituto de Lenguas Modernas y Unidad de Mayores.

Quinta. Vicerrector/a de Relaciones Internacionales.

Además de las atribuidas por Resolución de 20 de enero de 2011, se vincula a este cargo ladependencia funcional del Secretariado de Relaciones Internacionales y la Oficina de Coope-ración al Desarrollo.

Sexta. Vicerrector/a de Investigación, Transferencia e Innovación:

Además de las atribuidas por Resolución de 20 de enero de 2011, se vincula a este cargo ladependencia funcional de los siguientes servicios y/o unidades: Servicio de Gestión y Transferencia

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de Resultados de la Investigación, Servicios de Apoyo a la Investigación, Institutos Universitarios,Oficina Universitaria de Medioambiente, Clínica Podológica y Hospital Clínico Veterinario.

Séptima. Vicerrector/a de Universidad Digital:

Se mantiene, en su integridad, la delegación de competencias producida por Resolución de 20 deenero de 2011, y la dependencia funcional del Servicio de Informática, Dirección del CampusVirtual de la Universidad de Extremadura, y Dirección del Campus Virtual Latinoamericano.

Octava. Vicerrector/a de Profesorado:

Se mantiene, en su integridad, la delegación de competencias producida por Resolución de20 de enero de 2011, y la dependencia funcional del Secretariado de Profesorado.

Novena. Vicerrector/a de Calidad e Infraestructura.

Además de las atribuidas por Resolución de 20 de enero de 2011 al Vicerrector/a de Infraes-tructuras, se delegan en este cargo las siguientes competencias:

1. Las acciones derivadas de la participación de la Universidad de Extremadura en programasde evaluación institucional, acreditación y certificación, que incluye la ayuda técnica nece-saria para el desarrollo de la evaluación institucional y a la labor de los Comités de Evalua-ción Interna, los informes sobre las evaluaciones institucionales y el proceso estadístico delas encuestas de Evaluación de la Docencia.

2. La promoción y coordinación de actuaciones en relación con los procesos de evaluación decalidad institucional.

3. La dependencia funcional de la Unidad Técnica de Obras y Mantenimiento, la Unidad Técni-ca de Evaluación y Calidad, y el Servicio de Orientación y Formación para la Docencia.

Décima. Secretario/a General.

Se mantiene, en su integridad, la delegación de competencias producida por Resoluciónde 20 de enero de 2011, y la dependencia funcional del Gabinete Jurídico de la Universi-dad de Extremadura.

Undécima. Gerente.

Se mantiene, en su integridad, la delegación de competencias producida por Resolución de20 de enero de 2011, y la dependencia funcional del Servicio de Prevención de Riesgos Labo-rales de la Universidad de Extremadura.

Duodécima. Directores de Departamento.

Se mantiene, en su integridad, la delegación de competencias producida por Resolución de20 de enero de 2011.

Decimotercera.

En su respectivo ámbito funcional los Vicerrectores, el Secretario General y el Gerentedesempeñarán los cargos, puestos o vocalías en los órganos colegiados o entidades cuyas

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normas de funcionamiento determinen la presidencia o presencia del Rector, siempre queestas disposiciones no prohíban la delegación para ello.

En todo caso, el Rector se reserva la facultad de personarse por sí y preferentemente en losórganos o entidades que considere oportuno, bien con carácter permanente u ocasional, opara las sesiones que así lo exijan.

Decimocuarta.

La presente delegación de competencias no impedirá la posibilidad del Rector de avocar parasí el ejercicio de las mismas (salvo las que tienen su origen en mandato legal o estatutario) yla resolución de los asuntos y expedientes que traigan causa de dichas competencias, deconformidad con lo establecido en el artículo 14 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, deRégimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún.

Decimoquinta.

De conformidad con lo establecido en el artículo 13.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviem-bre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún, las resoluciones administrativas que se adopten en virtud de la delegación decompetencias contenida en la presente resolución, indicarán expresamente esta circunstan-cia y se considerarán dictadas por el órgano delegante.

Decimosexta.

En ningún caso podrán delegarse las competencias que se posean, a su vez, por delegacióncontenida en la presente resolución o en las de 20 de enero y 25 de julio de 2011, de confor-midad con lo establecido en el artículo 13.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régi-men Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Decimoséptima.

La presente resolución producirá efectos el día siguiente al de su publicación en el DiarioOficial de Extremadura.

Badajoz, a 14 de noviembre de 2011.

El Rector,

SEGUNDO PÍRIZ DURÁN

Miércoles, 23 de noviembre de 201127128NÚMERO 225

Page 38: de noviembre de 2011 EXTREMADURA - Diario Oficial de ...doe.juntaex.es/Pdfs/Doe/2011/2250O/2250O.pdf27135 Comercio. Resolución de 8 de noviembre de 2011, de la Consejera, por la que

2.— OPOSICIONES Y CONCURSOS

CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

ORDEN de 16 de noviembre de 2011 por la que se constituye lista deespera en la Categoría de ATE - Cuidador de la Administración de laComunidad Autónoma de Extremadura. (2011050301)

Por Orden de la Consejería de Administración Pública y Hacienda de 3 de mayo de 2011(DOE n.º 87, de 9 de mayo) se convocaron pruebas selectivas para la constitución de lista deespera en la Categoría de ATE - Cuidador, de la Administración de la Comunidad Autónomade Extremadura, con el objeto de atender las necesidades de personal no permanentemediante la provisión temporal de puestos vacantes de personal laboral.

Finalizada la prueba selectiva, el tribunal de selección elevó a esta Consejería la relación deaspirantes aprobados por orden de puntuación total obtenida, publicándose la misma en lostablones de anuncios de la Consejería de Administración Pública, en las Oficinas de Respues-ta Personalizada y en los Centros de Atención Administrativa de la Junta de Extremadura,correspondiendo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 30 del Reglamento General deIngreso de Personal al Servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extrema-dura, constituir lista de espera con los aspirantes seleccionados.

Visto lo dispuesto en el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Admi-nistración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, aprobado por Decreto 201/1995, de26 de diciembre, así como en el Decreto 4/1990, de 23 de enero, de atribución de competen-cias en materia de personal, esta Consejería de Administración Pública, en uso de las atribu-ciones que tiene conferidas,

D I S P O N E :

Primero. Constituir lista de espera por el orden de puntuación obtenida en las pruebas selec-tivas convocadas por Orden de 3 de mayo de 2011, con el objeto de atender las necesidadesde personal no permanente mediante la provisión temporal de vacantes de personal laboralen la Categoría de ATE - Cuidador.

La referida lista se expondrá al público en el tablón de anuncios de la Consejería deAdministración Pública, en las Oficinas de Respuesta Personalizada y en los Centros deAtención Administrativa de la Junta de Extremadura, así como en la página webhttp://sede.juntaex.es, produciendo efectos el mismo día de su publicación en el DiarioOficial de Extremadura.

Segundo.

1. La ordenación de la referida lista de espera resulta de aplicar los siguientes criterios:

1.º. Mayor puntuación obtenida en la prueba selectiva.

2.º. En los supuestos de empate el orden de prelación comenzará por la letra “T”, comoasí se establece en la Base Octava de la convocatoria.

Miércoles, 23 de noviembre de 201127129NÚMERO 225

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2. La lista de espera constituida se instrumentará de acuerdo con los criterios de zonificaciónque se hallen vigentes, de tal manera que dará lugar a listas específicas en cada una delas zonas existentes en función de la petición formulada por cada aspirante en la instanciade participación en las pruebas selectivas.

Tercero. Contra la presente orden, que agota la vía administrativa, los interesados podráninterponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Consejero de Administra-ción Pública en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en elDiario Oficial de Extremadura, conforme a lo establecido en el art. 116 de la Ley 30/1992, de26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común, o bien, interponer directamente recurso contencioso-administrativoante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses a contar desde eldía siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, conforme a lo dispues-to en el art. 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencio-so-Administrativa. En caso de interponer recurso de reposición, no se podrá impugnar en víacontencioso-administrativa la presente orden hasta que se haya resuelto expresamente o sehaya producido la desestimación presunta de aquél. Todo ello sin perjuicio de ejercitar, en sucaso, cualquier otro recurso que estimen procedente.

Mérida, a 16 de noviembre de 2011.

La Directora General de Función Pública,Recursos Humanos e Inspección

(PD Resolución de 9 de agosto de 2011,DOE n.º 154, de 10 de agosto),

VERÓNICA PUENTE ALCUBILLA

Miércoles, 23 de noviembre de 201127130NÚMERO 225

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SERVICIO EXTREMEÑO DE SALUD

CORRECCIÓN de errores de la Resolución de 27 de mayo de 2011, de laDirección Gerencia, por la que se convoca concurso de traslado para laprovisión de plazas básicas vacantes en la Categoría de Enfermero deUrgencias de Atención Primaria, en las Instituciones Sanitarias del ServicioExtremeño de Salud. (2011062124)

Apreciados errores en la publicación de la Resolución de 27 de mayo de 2011, de la DirecciónGerencia, por la que se convoca concurso de traslado para la provisión de plazas básicasvacantes en la Categoría de Enfermero de Urgencias de Atención Primaria, en las Institucio-nes Sanitarias del Servicio Extremeño de Salud, publicada en el Diario Oficial de Extremadu-ra número 110, de 9 de junio de 2011, se procede a su oportuna rectificación:

En la página 14842, Anexo II de Plazas Resueltas.

— Área de Salud de Mérida.

Donde dice:

«CÓDIGO Centro de trabajo/Ubicación

2BP1400084 UME Mérida

2BP1400084 UME Mérida

2BP1400085 UME Mérida

2BP1400086 UME Mérida

2BP1400087 UME Mérida »

Debe decir:

«CÓDIGO Centro de trabajo/Ubicación

2BP1400083 UME Mérida

2BP1400084 UME Mérida

2BP1400085 UME Mérida

2BP1400086 UME Mérida

2BP1400087 UME Mérida »

Asimismo, se procede a dar un plazo de 10 días hábiles a contar desde el siguiente a la publica-ción de esta corrección en el Diario Oficial de Extremadura, para que los participantes que hansido admitidos definitivamente en el concurso de traslados de la categoría Enfermero de Urgen-cias de Atención Primaria mediante Resolución de 24 de octubre de 2011, manifiesten por escritoa la Secretaría General del Servicio Extremeño de Salud, su interés en solicitar la plaza a Resultascon código 2BP1400083, para que la misma le sea incluida en la relación de destinos solicitados.

Mérida, a 14 de noviembre de 2011.

El Director Gerente del Servicio Extremeño de Salud,

ALBINO NAVARRO IZQUIERDO

Miércoles, 23 de noviembre de 201127131NÚMERO 225

Page 41: de noviembre de 2011 EXTREMADURA - Diario Oficial de ...doe.juntaex.es/Pdfs/Doe/2011/2250O/2250O.pdf27135 Comercio. Resolución de 8 de noviembre de 2011, de la Consejera, por la que

PRESIDENCIA DE LA JUNTA

RESOLUCIÓN de 11 de noviembre de 2011, de la Vicepresidenta yPortavoz, por la que se dispone la publicación del Acuerdo del Consejo deGobierno por el que se concede definitivamente una emisora deradiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia, decarácter comercial, en la localidad de Herrera del Duque, con la frecuencia104.7 Mhz, a “Uniprex, SAU”. (2011062120)

El Decreto 131/1994, de 14 de noviembre, por el que se establece el régimen de concesiónde emisoras de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia einscripción en el Registro de las Empresas concesionarias —modificado por el Decreto121/2004, de 13 de julio—, dispone en su artículo 15 que la propuesta de adjudicación defi-nitiva de la concesión será elevada al Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura parasu resolución, la cual será publicada en el Diario Oficial de Extremadura.

El Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, en su sesión de 4 de noviembre de2011, adoptó acuerdo por el que se adjudica definitivamente a Uniprex, SAU la concesiónadministrativa para la explotación, en régimen de gestión indirecta, del servicio público deradiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia, de carácter comercial,en la localidad de Herrera del Duque (Badajoz), con la frecuencia 104.7 Mhz, y demás condi-ciones técnicas autorizadas, por un periodo de diez años. Dicho acuerdo, además, ordena supublicación en el Diario Oficial de Extremadura.

Por consiguiente, en virtud de las atribuciones que me confiere la legislación vigente y, enconcreto, el Decreto 204/2011, de 5 de agosto, por el que se establece la estructura orgáni-ca de la Presidencia de la Junta de Extremadura,

R E S U E L V O :

Disponer la publicación en el Diario Oficial de Extremadura del acuerdo adoptado por elConsejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, de 4 de noviembre de 2011, por el que seadjudica definitivamente a Uniprex, SAU la concesión administrativa para la explotación, enrégimen de gestión indirecta, del servicio público de radiodifusión sonora en ondas métricascon modulación de frecuencia, de carácter comercial, en la localidad de Herrera del Duque(Badajoz), con la frecuencia 104.7 Mhz, cuya parte dispositiva se recoge en el Anexo de lapresente resolución.

El Acuerdo pone fin a la vía administrativa y contra el mismo se podrá interponer, concarácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que lo dicta, en el plazode un mes contado a partir del día siguiente a su notificación, de acuerdo con lo dispuestoen los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico delas Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o bien entablar

Miércoles, 23 de noviembre de 201127132NÚMERO 225

III OTRAS RESOLUCIONES

Page 42: de noviembre de 2011 EXTREMADURA - Diario Oficial de ...doe.juntaex.es/Pdfs/Doe/2011/2250O/2250O.pdf27135 Comercio. Resolución de 8 de noviembre de 2011, de la Consejera, por la que

directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administra-tivo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo de dos meses contadosdesde el día siguiente a su notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos10.1, 14.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Conten-cioso-Administrativa, así como cualquier otro recurso que se estime procedente.

Mérida, a 11 de noviembre de 2011.

La Vicepresidenta y Portavoz,

CRISTINA ELENA TENIENTE SÁNCHEZ

A N E X O

ACUERDO DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE LA JUNTA DE EXTREMADURA,DE 4 DE NOVIEMBRE DE 2011, POR EL QUE SE CONCEDE DEFINITIVAMENTE UNA EMISORADE RADIODIFUSIÓN SONORA EN ONDAS MÉTRICAS CON MODULACIÓN DE FRECUENCIA,

DE CARÁCTER COMERCIAL, EN LA LOCALIDAD DE HERRERA DEL DUQUE (BADAJOZ),CON LA FRECUENCIA 104.7 MHZ, A “UNIPREX, SAU”

El Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, en sesión celebrada el día 4 de noviem-bre de 2011, adoptó el acuerdo cuya parte dispositiva se transcribe a continuación:

Primero. Adjudicar definitivamente a Unipre, SAU la concesión administrativa para la explota-ción, en régimen de gestión indirecta, del servicio público de radiodifusión sonora en ondasmétricas con modulación de frecuencia, de carácter comercial, en la localidad de Herrera delDuque (Badajoz), con la frecuencia 104.7 Mhz y demás condiciones técnicas autorizadas, porun periodo de diez años.

Segundo. Designar a la Secretaría General de la Presidencia, en virtud de lo establecido en elartículo 8.3 del Decreto 204/2011, de 5 de agosto, por el que se establece la estructuraorgánica de la Presidencia de la Junta de Extremadura, como la autoridad administrativa queha de formalizar el correspondiente documento administrativo en el que se plasme la conce-sión otorgada.

Tercero. Notificar el presente acuerdo al adjudicatario, con la indicación de que, a partir delmomento en que, formalizada la inscripción de la emisora en el Registro de Empresas deRadiodifusión Sonora de la Comunidad de Extremadura, le sea notificada la realización deeste trámite, deberá iniciar las emisiones regulares con arreglo a las condiciones estipuladasen la concesión.

Cuarto. Ordenar la publicación de este acuerdo en el Diario Oficial de Extremadura.

Miércoles, 23 de noviembre de 201127133NÚMERO 225

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CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA E INNOVACIÓN

RESOLUCIÓN de 3 de noviembre de 2011, de la Dirección General deEmpresa y Actividad Emprendedora, por la que se dispone la ejecución de lasentencia n.º 840/2011, dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativodel Tribunal Superior de Justicia de Extremadura en el recursocontencioso-administrativo n.º 1116/2009. (2011062109)

Ha recaído sentencia firme n.º 840, de 11 de octubre de 2011, de la Sala de lo Contencio-so-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, por la que se resuelveel recurso contencioso-administrativo n.º 1116 de 2009, promovido por la representaciónprocesal de D. José Gerardo Llorente Garrido, siendo demandada la Junta de Extremadura.El recurso versa sobre Resolución de la Consejera de Economía, Comercio e Innovación dela Junta de Extremadura de 13 de mayo de 2009, que confirma la dictada con fecha 27 demarzo de 2009 que declaraba a la empresa decaída en su derecho a la percepción de lasubvención concedida en el expediente P-04-26570-6 y se dejaba sin efecto la resoluciónde concesión, por incumplimiento de las condiciones establecidas en la misma.

El artículo 9.1 del Decreto 59/1991, de 23 de julio, por el que se regula la tramitación admi-nistrativa en la ejecución de resoluciones judiciales, establece que el titular del órganocompetente dictará la correspondiente resolución en orden al cumplimiento de la sentencia.

Por tanto, y en uso de las atribuciones conferidas por la legislación vigente,

R E S U E L V O :

Proceder a la ejecución del fallo de la sentencia número 840, de 11 de octubre de 2011, dela Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura,llevando a puro y debido efecto el fallo, que es del siguiente tenor literal:

“Que atención a lo expuesto debemos estimar y estimamos el recurso contencioso-adminis-trativo interpuesto por D. José Gerardo Llorente Garrido, contra la Resolución de la Conseje-ría de Economía, Comercio e Innovación de 13/05/2009 a que se refieren los presentesAutos, y en su virtud la debemos anular y anulamos por no ser conformes a Derecho, y todoello sin expresa condena en cuanto a costas”.

Mérida, a 3 de noviembre de 2011.

La Directora General de Empresay Actividad Emprendedora,

CANDELARIA CARRERA ASTURIANO

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Miércoles, 23 de noviembre de 201127134NÚMERO 225

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RESOLUCIÓN de 8 de noviembre de 2011, de la Consejera, por la que sedeterminan los domingos y festivos en los que los establecimientoscomerciales podrán permanecer abiertos al público en el año 2012 en laComunidad Autónoma de Extremadura. (2011062104)

La reforma del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Extremadura, aproba-da por Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero, establece en su artículo 9.1.16. que le corres-ponde a la Comunidad Autónoma de Extremadura la competencia exclusiva en “Comerciointerior, dentro de la unidad de mercado y conforme a la legislación mercantil. Regulación yrégimen de control administrativo de las actividades y equipamientos comerciales, en espe-cial de las grandes superficies”.

En su virtud, la Asamblea de Extremadura aprobó la Ley 3/2002, de 9 de mayo, de Comerciode la Comunidad Autónoma de Extremadura, modificada por la Ley 7/2010, de 19 de julio,que regula en su artículo 30 la actividad comercial en domingos y festivos. Del régimen auto-nómico debe subrayarse que la regla general continúa siendo la no apertura de estableci-mientos en domingos y festivos, permitiendo la apertura únicamente ocho días al año, aten-diendo a que la citada normativa básica en ningún caso permite limitar por debajo de ocho elnúmero mínimo de domingos y festivos de apertura autorizada.

Por todo lo expuesto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 30.2 de la Ley 3/2002,de 9 de mayo, de Comercio de la Comunidad Autónoma de Extremadura, oído el Consejo deComercio en sesión de 8 de noviembre de 2011,

R E S U E L V O :

Único. Días festivos de apertura autorizada para establecimientos comerciales.

1. En el año 2012 los establecimientos comerciales radicados en Extremadura podrán perma-necer abiertos al público ocho (8) domingos y festivos. Estos días corresponderán a lassiguientes fechas:

— 8 de enero, 5 de abril, 1 de julio, 12 de octubre, 8 de diciembre, y 23 de diciembre.

— Otros dos a determinar por las Corporaciones Locales, a su criterio y conveniencia.

2. Las dos fechas a determinar por las Corporaciones Locales deberán ser notificadas a laDirección General de Ordenación Industrial y Comercio de la Consejería de Empleo, Empre-sa e Innovación antes del 15 diciembre de 2011. A falta de notificación serán consideradascomo tales las dos fiestas locales determinadas para cada Municipio y que figuren en elCalendario Laboral Oficial de Fiestas para la Comunidad Autónoma durante el año 2012.

La presente resolución surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficialde Extremadura.

Mérida, a 8 de noviembre de 2011.

La Consejera de Empleo, Empresa e Innovación,

CRISTINA ELENA TENIENTE SÁNCHEZ

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Miércoles, 23 de noviembre de 201127135NÚMERO 225

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RESOLUCIÓN de 8 de noviembre de 2011, de la Consejera, por la que sefija la temporada de rebajas para los establecimientos comerciales en laComunidad Autónoma de Extremadura durante el año 2012. (2011062105)

La Ley 3/2002, de 9 de mayo, de Comercio de la Comunidad Autónoma de Extremadura,modificada por la Ley 7/2010, de 19 de julio, establece en su artículo 20 el concepto derebajas, determinando que dicha modalidad de venta promocional sólo podrá realizarse en elterritorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura en dos temporadas anuales, unainiciada a principios de año y la otra coincidiendo con el periodo estival de vacaciones. Losperiodos concretos que abarcarán dichas temporadas se determinarán, anualmente, por laConsejería competente en materia de Comercio, oído el Consejo de Comercio, y dentro deéstos cada comerciante podrá fijar libremente la extensión de las mismas.

Asimismo, el artículo 18 del mismo texto legal establece en su apartado sexto, que, concarácter anual, la Consejería competente en materia de comercio, conjugando los intere-ses de los comerciantes y de los consumidores y oído el Consejo de Comercio, podrá esta-blecer otras condiciones particulares para el ejercicio de las ventas promocionales, enespecial en relación al periodo de tiempo que debe transcurrir entre la realización de una yotra actividad promocional.

En su virtud y oído el Consejo de Comercio en sesión de 8 de noviembre de 2011,

R E S U E L V O :

Único. Temporadas de rebajas durante el año 2012.

1. Los establecimientos comerciales ubicados en la Comunidad Autónoma de Extremadurafijarán, durante el año 2012, sus periodos de rebajas dentro de las siguientes fechas:

— Del 7 de enero al 6 de marzo (ambos inclusive), para la temporada de invierno.

— Del 1 de julio al 31 de agosto (ambos inclusive), para la temporada de verano.

2. Dentro de cada uno de estos periodos, el comerciante determinará la duración de latemporada de rebajas en su establecimiento, la cual no podrá ser inferior a una semana.

3. En todo caso, las fechas de rebajas elegidas deberán exponerse al público, incluso cuandopermanezcan cerrados.

La presente resolución surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficialde Extremadura.

Mérida, a 8 de noviembre de 2011.

La Consejera de Empleo, Empresa e Innovación,

CRISTINA ELENA TENIENTE SÁNCHEZ

Miércoles, 23 de noviembre de 201127136NÚMERO 225

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SERVICIO EXTREMEÑO DE SALUD

RESOLUCIÓN de 4 de noviembre de 2011, de la Dirección Gerencia, por laque se dispone la ejecución de la sentencia n.º 63/2011, dictada por la Salade lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia deExtremadura en el recurso de apelación n.º 362/2010. (2011062106)

Vista la sentencia firme núm. 63, de 28 de febrero de 2011, dictada por la Sala de lo Conten-cioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, desestimando el recursode apelación interpuesto por el Letrado de la Junta de Extremadura, en nombre y representa-ción del Servicio Extremeño de Salud, siendo parte apelada D. José Montero Alcántara, contrala sentencia núm. 148, de 21 de abril de 2010, del Juzgado de lo Contencioso-Administrativonúm. 1 de Mérida, recaída en el procedimiento abreviado núm. 550/2009, y por la que se esti-ma el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el interesado citado, contra la Resolu-ción de 22 de septiembre de 2009, de la Dirección Gerencia del Servicio Extremeño de Salud,por la que se hacen públicas las adjudicaciones definitivas en el concurso de traslado para laprovisión de plazas básicas vacantes, categoría de Veterinario de Equipo de Atención Primaria,en las Instituciones Sanitarias del Servicio Extremeño de Salud.

De conformidad con lo establecido en los artículos 8 y siguientes del Decreto 59/1991, de 23de julio, que regula la tramitación administrativa en la ejecución de resoluciones judiciales yen uso de las atribuciones conferidas por la legislación vigente, esta Dirección Gerencia,

R E S U E L V E :

Ejecutar el fallo de la sentencia núm. 63, de 28 de febrero de 2011, dictada por la Sala de loContencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, que confirma lasentencia núm. 148, de 21 de abril de 2010, del Juzgado de lo Contencioso-Administrativonúm. 1 de Mérida, recaída en el procedimiento abreviado núm. 550/2009. El tenor literal dela sentencia de instancia es el siguiente:

“Que estimando parcialmente el recurso contencioso-administrativo interpuesto por D. JoséMontero Alcántara contra la Resolución del Director Gerente del Servicio Extremeño de Saludde fecha 22/09/2009 por la que se hacen públicas las adjudicaciones definitivas en el concursode traslado para la provisión de plazas básicas vacantes, Categoría de Veterinario de Equipo deAtención Primaria, en las Instituciones Sanitarias del Servicio Extremeño de Salud, debo anularla resolución recurrida por ser contraria a Derecho, y en consecuencia, procede retrotraer elreferido concurso para que por parte de la Administración se valoren a los participantes D. JoséMontero Alcántara y D. Juan Antonio Cano Masa con arreglo a los criterios de puntuación conte-nidos en esta sentencia, con todos los efectos inherentes a dicha declaración.”

Mérida, a 4 de noviembre de 2011.

El Director Gerente del Servicio Extremeño de Salud,

ALBINO NAVARRO IZQUIERDO

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Miércoles, 23 de noviembre de 201127137NÚMERO 225

Page 47: de noviembre de 2011 EXTREMADURA - Diario Oficial de ...doe.juntaex.es/Pdfs/Doe/2011/2250O/2250O.pdf27135 Comercio. Resolución de 8 de noviembre de 2011, de la Consejera, por la que

RESOLUCIÓN de 8 de noviembre de 2011, de la Secretaría General, por laque se acuerda la remisión del expediente administrativo correspondiente alrecurso contencioso-administrativo tramitado por el procedimientoabreviado n.º 292/2011 e interpuesto ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º 1 de Badajoz, y se emplaza a los posibles interesados enel mismo. (2011062107)

Ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º 1 de Badajoz se ha interpuesto elrecurso contencioso-administrativo con número de procedimiento abreviado 292/2011,promovido por D.ª Ana Acedo Rico contra la Resolución de 9 de junio de 2011, del SecretarioGeneral del Servicio Extremeño de Salud, por la que se resuelve el recurso de reposición n.º2011/02/0056 interpuesto contra la Resolución de 10 de marzo de 2011, de la SecretaríaGeneral, por la que se constituye bolsa de trabajo en la categoría de Enfermero, en las Insti-tuciones Sanitarias del Servicio Extremeño de Salud, convocada por Resolución de 29 deenero de 2010.

En consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 48 y 49 de la Ley29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y dandocumplimiento al requerimiento efectuado por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º1 de Badajoz, se acuerda la remisión del expediente administrativo y se emplaza a los posi-bles interesados en el mismo, para que puedan personarse ante dicho Juzgado, si a su dere-cho conviniera, en el plazo de nueve días, a contar desde el día siguiente a la publicación dela presente resolución.

De personarse fuera del plazo indicado, se les tendrá por parte para los trámites no preclui-dos, continuando el procedimiento por sus trámites y sin que haya lugar a practicarles enestrados o en cualquier otra forma, notificaciones de clase alguna.

Mérida, a 8 de noviembre de 2011.

El Secretario General del Servicio Extremeño de Salud,

FRANCISCO JAVIER CHACÓN SÁNCHEZ-MOLINA

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Miércoles, 23 de noviembre de 201127138NÚMERO 225

Page 48: de noviembre de 2011 EXTREMADURA - Diario Oficial de ...doe.juntaex.es/Pdfs/Doe/2011/2250O/2250O.pdf27135 Comercio. Resolución de 8 de noviembre de 2011, de la Consejera, por la que

RESOLUCIÓN de 8 de noviembre de 2011, de la Secretaría General, porla que se acuerda la remisión del expediente administrativocorrespondiente al recurso contencioso-administrativo tramitado por elprocedimiento abreviado n.º 269/2011 e interpuesto ante el Juzgado delo Contencioso-Administrativo n.º 2 de Cáceres, y se emplaza a losposibles interesados en el mismo. (2011062108)

Ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º 2 de Cáceres se ha interpuesto elrecurso contencioso-administrativo con número de procedimiento abreviado 269/2011,promovido por D.ª Dolores Sánchez Luque contra la Resolución de 8 de junio de 2011, delSecretario General del Servicio Extremeño de Salud, por la que se resuelve el recurso dereposición n.º 2011/02/0099 interpuesto contra la Resolución de 10 de marzo de 2011, de laSecretaría General, por la que se constituye bolsa de trabajo en la categoría de Enfermero,en las Instituciones Sanitarias del Servicio Extremeño de Salud, convocada por Resolución de29 de enero de 2010.

En consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 48 y 49 de la Ley29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y dandocumplimiento al requerimiento efectuado por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º2 de Cáceres, se acuerda la remisión del expediente administrativo y se emplaza a los posi-bles interesados en el mismo, para que puedan personarse ante dicho Juzgado, si a su dere-cho conviniera, en el plazo de nueve días, a contar desde el día siguiente a la publicación dela presente resolución.

De personarse fuera del plazo indicado, se les tendrá por parte para los trámites no preclui-dos, continuando el procedimiento por sus trámites y sin que haya lugar a practicarles enestrados o en cualquier otra forma, notificaciones de clase alguna.

Mérida, a 8 de noviembre de 2011.

El Secretario General del Servicio Extremeño de Salud,

FRANCISCO JAVIER CHACÓN SÁNCHEZ-MOLINA

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Miércoles, 23 de noviembre de 201127139NÚMERO 225

Page 49: de noviembre de 2011 EXTREMADURA - Diario Oficial de ...doe.juntaex.es/Pdfs/Doe/2011/2250O/2250O.pdf27135 Comercio. Resolución de 8 de noviembre de 2011, de la Consejera, por la que

RESOLUCIÓN de 10 de noviembre de 2011, de la Dirección Gerencia, por laque se modifica la relación de puestos de trabajo de personal directivo delos Servicios Centrales del Organismo Autónomo. (2011062122)

Por Resolución de 28 de junio de 2004, publicada en el Diario Oficial de Extremadura n.º 77de 6 de julio, de la Dirección Gerencia, se desarrolló la estructura de los órganos de losServicios Centrales del Organismo Autónomo Servicio Extremeño de Salud y se aprobó larelación de puestos de trabajo de personal directivo de los mismos.

Dichos instrumentos de organización y de ordenación del personal han sido objeto de modifi-cación mediante Resoluciones de la Dirección Gerencia de fechas 25 de enero de 2006(Diario Oficial de Extremadura de 4 de febrero) y de 20 de enero de 2009 (Diario Oficial deExtremadura de 5 de febrero).

Vista la necesidad de reestructuración de órganos directivos en los servicios centrales delOrganismo Autónomo, procede modificar puntualmente la relación de puestos de trabajo decarácter directivo en el sentido de adscribir el puesto de “Subdirector/a de Selección y Provi-sión de Personal Estatutario” a los Grupos A-A1/B-A2.

En su virtud, esta Dirección Gerencia, en uso de las atribuciones que le confieren los aparta-dos l) y u) del artículo 4 de los Estatutos del Organismo Autónomo, aprobados por Decreto221/2008, de 24 de octubre,

R E S U E L V E :

Primero. Se modifica la relación de puestos de trabajo de personal directivo de los ServiciosCentrales del Organismo Autónomo, Servicio Extremeño de Salud, aprobada mediante Resolu-ción de la Dirección Gerencia de 28 de junio de 2004, según se expresa a continuación:

El puesto de trabajo con n.º de control D119, denominado “Subdirector/a de Selección yProvisión de personal estatutario”, quedará adscrito a los grupos A-A1/B-A2, manteniendo elresto de características.

Segundo. La presente resolución producirá efectos el día siguiente al de su publicación en elDiario Oficial de Extremadura.

Mérida, a 10 de noviembre de 2011.

El Director General del Servicio Extremeño de Salud,

ALBINO NAVARRO IZQUIERDO

Miércoles, 23 de noviembre de 201127140NÚMERO 225

Page 50: de noviembre de 2011 EXTREMADURA - Diario Oficial de ...doe.juntaex.es/Pdfs/Doe/2011/2250O/2250O.pdf27135 Comercio. Resolución de 8 de noviembre de 2011, de la Consejera, por la que

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE EXTREMADURA

EDICTO de 9 de noviembre de 2011 sobre notificación de sentencia dictadaen el recurso de suplicación n.º 277/2011. (2011ED0396)

D.ª María Jesús del Cuvillo Silos, Secretario/a Judicial de la Sala de lo Social del TribunalSuperior de Justicia de Cáceres, hago saber:

Que en el procedimiento de recurso de suplicación 0000277/2011 de esta Sala, seguidos ainstancia de la Delegación del Gobierno en Extremadura, Subdelegación en Badajoz, ÁreaFuncional contra la empresa Chamy 80, SA y otros, sobre salarios de tramitación, se hadictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

LA SALA ACUERDA:

Rectificar los errores cometidos en la redacción de la sentencia de esta Sala n.º414/2011, de 20 de septiembre de 2011, añadiendo en ella que los Magistrados que ladictaron fueron D. Pedro Bravo Gutiérrez, D.ª Alicia Cano Murillo, D.ª Pilar Martín Abella yD.ª Manuela Eslava Rodríguez y sustituyendo la cantidad que figura en el Fallo por la de2.347,94 euros.

Notifíquese a las partes advirtiéndoles que contra esta resolución no cabe recurso alguno. Noobstante lo dicho en el párrafo anterior, en tanto ha de entenderse que este auto se integraen la resolución a la que aclara, corrige, subsana o complementa, el plazo para interponer elrecurso que cupiera contra dicha resolución se reinicia a partir del momento en el que laspartes sean notificadas de este auto. Si alguna de las partes interesadas en estas actuacio-nes hubiere ya presentado, preparado o anunciado el pertinente recurso contra la resoluciónaclarada, corregida, subsanada o complementada, su actuación se reputa válida a todos losefectos, sin perjuicio de que, a la vista de este auto, pueda completarla en el plazo que conél se abre.

Así, por este nuestro auto, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

Ante mí, El/La Secretario Judicial.

Diligencia. En Cáceres, a ocho de noviembre de 2011.

Seguidamente se cumple lo ordenado y se notifica el anterior auto mediante correo certifica-do con acuse de recibo. Doy fe.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Chamy 80, SA, en ignorado paradero, expi-do la presente para su inserción en el Diario Oficial de Extremadura.

Miércoles, 23 de noviembre de 201127141NÚMERO 225

IV ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Page 51: de noviembre de 2011 EXTREMADURA - Diario Oficial de ...doe.juntaex.es/Pdfs/Doe/2011/2250O/2250O.pdf27135 Comercio. Resolución de 8 de noviembre de 2011, de la Consejera, por la que

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de laresolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto dela comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuandose trate de emplazamiento.

En Cáceres, a nueve de noviembre de 2011.

El/La Secretario/a Judicial

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Miércoles, 23 de noviembre de 201127142NÚMERO 225

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EDICTO de 9 de noviembre de 2011 sobre notificación de sentencia dictadaen el recurso de suplicación n.º 387/2011. (2011ED0397)

D.ª María Jesús del Cuvillo Silos, Secretario/a Judicial de esta Sala de lo Social del TribunalSuperior de Justicia de Cáceres, hago saber:

Que en el procedimiento de recurso de suplicación 0000387/2011 de esta Sección, seguidosa instancia de D.ª Carmen Fuentes Piñero, D.ª M.ª Luisa Naveira Martín y D.ª Patricia RamaGarrido contra la empresa Ayuntamiento de Villanueva de la Sierra, Asociación DYA ServiciosSociales, Red de Servicios Sociales de Extremadura Badajoz, SL, Asociación para la Gestiónde Servicios Sociales de Extremadura, sobre despido disciplinario, se ha dictado resolución,cuya parte dispositiva es la siguiente:

DILIGENCIA DE ORDENACIÓN DEL/DE LA SECRETARIO/A JUDICIAL.

D.ª María Jesús del Cuvillo Silos.

En Cáceres, a 9 de noviembre de 2011.

El Letrado de la Excma. Diputación Provincial en nombre y representación del Excmo. Ayun-tamiento de Villanueva de la Sierra, ha manifestado en tiempo y forma su voluntad de inter-poner y ha presentado escrito interponiendo en tiempo y forma recurso de casación para launificación de doctrina contra la sentencia de fecha 13/10/11 dictada por el Tribunal Superiorde Justicia, Sala de lo Social resolviendo el recurso de suplicación 387/2011.

Acuerdo tener por preparado el recurso de casación para la unificación de doctrina. Empláce-se a las partes para que comparezcan personalmente o mediante abogado o representanteante la Sala de lo social cuarta del Tribunal Supremo en el plazo de quince días hábiles (vein-te si residen fuera de la península) a contar a partir de la notificación de esta providencia,debiendo la parte recurrente presentar ante dicha Sala, dentro de los veinte días siguientes ala fecha en que se efectúe el emplazamiento, el escrito de interposición de conformidad de loque ordenan los artículos 219, 220 y 221 de la Ley de Procedimiento Laboral. Emplácese poredicto que se publicará en el DOE a la parte en ignorado paradero.

Una vez efectuados los emplazamientos, elevense los originales de las mismas a la SalaCuarta de lo Social del Tribunal Supremo dentro de los cinco días siguientes.

Notifíquese la presente resolución.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición que deberá expresar la infracción quea juicio del recurrente se haya cometido en la resolución impugnada debiendo interponer elrecurso en el plazo de cinco días siguientes a su notificación ante el/la Secretario/a Judicialque dicta la resolución, sin que se suspenda la ejecutividad de la misma.

El/La Secretario/a Judicial.

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Y EMPLAZAMIENTO

En el recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por el Ltdo. de la Excma.Diputación Provincial de Cáceres, en nombre y representación del Ayuntamiento de Villanueva

Miércoles, 23 de noviembre de 201127143NÚMERO 225

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de la Sierra, siendo parte recurrida D.ª Carmen Fuentes Piñero, D.ª M.ª Luisa Naveira Martín yD.ª Patricia Rama Garrido, Asociación DYA Servicios Sociales, Red de Servicios Sociales deExtremadura Badajoz, SL, Asociación para la Gestión de Servicios Sociales de Extremadura, seha dictado la resolución que por copia se acompaña.

Y para que sirva de notificación y emplazamiento a la parte a quien por medio de la presentecédula emplazo, para que en el término de quince días comparezca ante la Sala de lo Socialcuarta del Tribunal Supremo a hacer uso de su derecho en mérito al recurso interpuesto,expido la presente en Cáceres, a nueve de noviembre de 2011.

El/La Secretario/a Judicial.

Y para que sirva emplazar en legal forma a Asociación DYA Servicios Sociales, Red de Servi-cios Sociales de Extremadura Badajoz, SL, Asociación para la Gestión de Servicios Socialesde Extremadura, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el DiarioOficial de Extremadura.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de laresolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto dela comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuandose trate de emplazamiento.

En Cáceres, a nueve de noviembre de 2011.

El/La Secretario/a Judicial

• • •

Miércoles, 23 de noviembre de 201127144NÚMERO 225

Page 54: de noviembre de 2011 EXTREMADURA - Diario Oficial de ...doe.juntaex.es/Pdfs/Doe/2011/2250O/2250O.pdf27135 Comercio. Resolución de 8 de noviembre de 2011, de la Consejera, por la que

EDICTO de 10 de noviembre de 2011 sobre notificación de sentenciadictada en el recurso de suplicación n.º 453/2011. (2011ED0398)

D.ª María Jesús del Cuvillo Silos, Secretario/a Judicial de la Sección de esta Sala de lo Socialdel Tribunal Superior de Justicia de Cáceres, hago saber:

Que en el procedimiento de recurso de suplicación 453/2011 de esta Sección, seguidos ainstancia de D. Vicente Amarillo Caballero contra la empresa Tesorería General SeguridadSocial, Instituto Nacional de la Seguridad Social, Room Decoración de Interiores, FraternidadMuprespa, sobre incapacidad permanente, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva esla siguiente:

FALLAMOS

Con desestimación del recurso de suplicación interpuesto por el letrado de D. Vicente Amari-llo Caballero contra la sentencia dictada el 16 de mayo de 2011 por el Juzgado de lo Socialnúm. 1 de Badajoz, en autos seguidos a instancia del recurrente frente al Instituto Nacionalde la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social, confirmamos la senten-cia recurrida.

Incorpórese el original de esta sentencia, por su orden, al Libro de Sentencias de esta sala.

Modo de impugnación: se hace saber a las partes que contra esta sentencia cabe interponerrecurso de casación para la unificación de doctrina que ha de prepararse mediante escritopresentado ante esta Sala de lo Social dentro del improrrogable plazo de diez días hábilesinmediatos siguientes a la fecha de notificación de esta sentencia. Si el recurrente no tuvierela condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social o benefi-cio de asistencia jurídica gratuita, deberá consignar la cantidad de 300 euros, en concepto dedepósito para recurrir, en la cuenta expediente de este Tribunal en Banesto n.º 1131 0000 6645311. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuentagenérica proporcionada para este fin por la entidad 0030 1846 42 0005001274, en el campo“observaciones o concepto” en bloque los 16 dígitos de la cuenta expediente. La Consigna-ción en metálico del importe de la condena eventualmente impuesta deberá ingresarse en lamisma cuenta. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingresopor cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indican-do en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formatodd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, lasComunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientesde ellos.

Expídanse certificaciones de esta sentencia para su unión a la pieza separada o rollo de supli-cación, que se archivará en este Tribunal, y a los autos principales.

Notifíquese la presente sentencia a las partes y a la Fiscalía de este Tribunal Superior deJusticia.

Una vez adquiera firmeza la presente sentencia, devuélvanse los autos originales, para sudebida ejecución, al Juzgado de lo Social de su procedencia, dejando de ello debida nota enlos Libros de esta Sala.

Miércoles, 23 de noviembre de 201127145NÚMERO 225

Page 55: de noviembre de 2011 EXTREMADURA - Diario Oficial de ...doe.juntaex.es/Pdfs/Doe/2011/2250O/2250O.pdf27135 Comercio. Resolución de 8 de noviembre de 2011, de la Consejera, por la que

Así, por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Room Decoración de Interiores, en ignoradoparadero, expido la presente para su inserción en el Diario Oficial de Extremadura.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de laresolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto dela comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuandose trate de emplazamiento.

En Cáceres, a diez de noviembre de 2011.

El/La Secretario/a Judicial

Miércoles, 23 de noviembre de 201127146NÚMERO 225

Page 56: de noviembre de 2011 EXTREMADURA - Diario Oficial de ...doe.juntaex.es/Pdfs/Doe/2011/2250O/2250O.pdf27135 Comercio. Resolución de 8 de noviembre de 2011, de la Consejera, por la que

JUZGADO DE 1.ª INSTANCIA N.º 1 DE PLASENCIA

EDICTO de 4 de octubre de 2011 sobre notificación de sentencia dictada enel procedimiento ordinario n.º 183/2010. (2011ED0374)

Juzgado de Primera Instancia núm. 1 de Plasencia.

Juicio: procedimiento ordinario núm. 183/2010.

Parte demandante: Industrial Extremeña, SA.

Parte demandada: Emilio García Martín.

En el juicio referenciado, se ha dictado la resolución en la que aparece el extracto siguiente:

Sentencia núm. 82/11.

Demandante: Industrial Extremeña, SA.

Abogado: D. Diego Sánchez Cuadrado.

Procurador: D.ª Pilar Anaya Gómez.

Demandado: D. Emilio García Martín.

Abogado: No designado.

Procurador: No designado.

Juez: D. Jesús María Villoria Pérez.

Objeto del juicio: Reclamación de cantidad.

Plasencia, a 16 de mayo de 2011.

FALLO

Estimo totalmente la demanda interpuesta por Industrial Extremeña, SA frente a D. EmilioGarcía Martín, y condeno a éste a abonar a la primera la cantidad de 3.893,02 euros.

Las costas procesales se imponen a la parte demandada.

Llévese testimonio de esta resolución a los autos principales, dejando el original en el libro.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial, que debe-rá prepararse ante este Juzgado en el término de cinco días, previo depósito de la cantidadde 50 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones de este juzgado.

Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

En virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en elartículo 497.2 de la LEC, por el presente se notifica a Emilio García Martín, en paraderodesconocido, la anterior sentencia.

En Plasencia, a cuatro de octubre de 2011.

El Secretario Judicial

Miércoles, 23 de noviembre de 201127147NÚMERO 225

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CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA E INNOVACIÓN

ANUNCIO de 6 de octubre de 2011 sobre admisión de solicitud de reducciónparcial de superficie de recursos de la Sección C) del permiso deinvestigación denominado “Hinchona”, n.º 12.593-00, en los términosmunicipales de Calera de León, Fuente de Cantos, Segura de León yValencia del Ventoso. (2011083459)

El Servicio de Ordenación Industrial de Badajoz de la Dirección General de Ordenación Indus-trial y Comercio de la Consejería de Empleo, Empresa e Innovación, comunica: Que confecha 19 de mayo de 2011, ha sido aceptada la solicitud de reducción parcial de superficierealizada por Río Narcea Nickel, SA, con NIF. A83618991, y domicilio en c/ Bovedo, n.º 13,1.º, de Monesterio (Badajoz) del permiso de investigación que a continuación se relaciona,con expresión de número, nombre, recursos, cuadrículas mineras y términos municipales:

“Hinchona”, n.º 12.593-00, recursos de la Sección C), 230 cuadrículas mineras, Calera deLeón, Fuente de Cantos, Segura de León y Valencia del Ventoso (Badajoz).

Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 102.5 del ReglamentoGeneral para el Régimen de la Minería de 25 de agosto de 1978.

Badajoz, a 6 de octubre de 2011. El Jefe del Servicio de Ordenación Industrial de Badajoz,DIEGO CLEMENTE MORALES.

CONSEJERÍA DE FOMENTO, VIVIENDA, ORDENACIÓN DELTERRITORIO Y TURISMO

ANUNCIO de 30 de noviembre de 2010 sobre construcción de explotaciónporcina. Situación: parcelas 1 y 15 del polígono 512 y parcelas 5 y 6 delpolígono 533. Promotor: Agroganadería Los Bardales, en Badajoz. (2010084487)

El Director General de Urbanismo y Ordenación del Territorio, de acuerdo con lo dispuesto enel apartado 2.º del artículo 27 de la Ley 15/2001, de 14 de diciembre, del Suelo y Ordena-ción Territorial de Extremadura (DOE n.º 1, de 3 de enero de 2002) y de lo previsto en elartículo 6.2 apartado l, del Decreto 314/2007, de 26 de octubre (DOE n.º 127, de 3 denoviembre), somete a información pública durante el plazo de 20 días el siguiente asunto:

Miércoles, 23 de noviembre de 201127148NÚMERO 225

V ANUNCIOS

Page 58: de noviembre de 2011 EXTREMADURA - Diario Oficial de ...doe.juntaex.es/Pdfs/Doe/2011/2250O/2250O.pdf27135 Comercio. Resolución de 8 de noviembre de 2011, de la Consejera, por la que

Construcción de explotación porcina. Situación: parcelas 1 y 15 del polígono 512 y parcelas 5y 6 del polígono 533. Promotor: Agroganadería Los Bardales, en Badajoz.

El expediente estará expuesto durante el plazo citado en la Dirección General de Urbanismoy Ordenación del Territorio de la Consejería de Fomento, sita en avda. de las Comunidades,s/n., en Mérida.

Mérida, a 30 de noviembre de 2010. El Director General de Urbanismo y Ordenación delTerritorio, MIGUEL ÁNGEL CAMPOS RODAS.

• • •

ANUNCIO de 7 de octubre de 2011 sobre legalización de nave paraalmacenamiento de maquinaria. Situación: parcela 239 del polígono 549.Promotor: D. Agustín Torrado Gallego, en Valdelacalzada. (2011083441)

El Director General de Ordenación del Territorio y Urbanismo, de acuerdo con lo dispuesto enel apartado 2.º del artículo 27 de la Ley 15/2001, de 14 de diciembre, del Suelo y Ordena-ción Territorial de Extremadura (DOE n.º 1, de 3 de enero de 2002) y de lo previsto en elartículo 6.2 apartado l, del Decreto 314/2007, de 26 de octubre (DOE n.º 127, de 3 denoviembre), somete a información pública durante el plazo de 20 días el siguiente asunto:

Legalización de nave para almacenamiento de maquinaria. Situación: parcela 239 del polígo-no 549. Promotor: D. Agustín Torrado Gallego, en Valdelacalzada.

El expediente estará expuesto durante el plazo citado en la Dirección General de Ordenacióndel Territorio y Urbanismo de la Consejería de Fomento, Vivienda, Ordenación del Territorio yTurismo, sita en avda. de las Comunidades, s/n., en Mérida.

Mérida, a 7 de octubre de 2011. El Jefe de Servicio de Urbanismo, JUAN A. PEROMINGOGAMINO.

• • •

ANUNCIO de 26 de octubre de 2011 sobre ampliación de estación deservicio. Situación: parcela 303 del polígono 3. Promotor: Estación deServicio Hermanos Segura, SL, en Bienvenida. (2011083611)

El Director General de Ordenación del Territorio y Urbanismo, de acuerdo con lo dispuesto enel apartado 2.º del artículo 27 de la Ley 15/2001, de 14 de diciembre, del Suelo y Ordena-ción Territorial de Extremadura (DOE n.º 1, de 3 de enero de 2002) y de lo previsto en elartículo 6.2 apartado l, del Decreto 314/2007, de 26 de octubre (DOE n.º 127, de 3 denoviembre), somete a información pública durante el plazo de 20 días el siguiente asunto:

Ampliación de estación de servicio. Situación: parcela 303 del polígono 3. Promotor: Estaciónde Servicio Hermanos Segura, SL, en Bienvenida.

Miércoles, 23 de noviembre de 201127149NÚMERO 225

Page 59: de noviembre de 2011 EXTREMADURA - Diario Oficial de ...doe.juntaex.es/Pdfs/Doe/2011/2250O/2250O.pdf27135 Comercio. Resolución de 8 de noviembre de 2011, de la Consejera, por la que

El expediente estará expuesto durante el plazo citado en la Dirección General de Ordenacióndel Territorio y Urbanismo de la Consejería de Fomento, Vivienda, Ordenación del Territorio yTurismo, sita en avda. de las Comunidades, s/n., en Mérida.

Mérida, a 26 de octubre de 2011. El Jefe de Servicio de Urbanismo, JUAN A. PEROMINGOGAMINO.

CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL, MEDIOAMBIENTE Y ENERGÍA

ANUNCIO de 22 de agosto de 2011 por el que se somete a informaciónpública la solicitud de autorización ambiental unificada del proyecto deexplotación avícola de cebo, promovido por D. Antonio Manuel GómezGonzález, en el término municipal de Cabeza del Buey. (2011083150)

Para dar cumplimiento al artículo 23 del Decreto 81/2011, de 20 de mayo, por el que seaprueba el reglamento de autorizaciones y comunicación ambiental de la Comunidad Autóno-ma de Extremadura, que desarrolla la Ley 5/2010, de 23 de junio, de prevención y calidadambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se comunica al público en generalque la solicitud de autorización ambiental unificada (AAU) de la explotación avícola de cebo,promovida por D. Antonio Manuel Gómez González en el término municipal de Cabeza delBuey (Badajoz), podrá ser examinada, durante 20 días hábiles, a contar desde el día siguien-te al de la publicación del presente anuncio en el Diario Oficial de Extremadura, en lasdependencias de la Dirección General de Medio Ambiente (DGMA) de la Consejería de Agri-cultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía, Paseo de Roma, s/n., de Mérida.

Por otra parte, la solicitud de AAU ha sido remitida por esta DGMA al correspondiente Ayun-tamiento, al cual se le ha solicitado que promueva la participación de los interesados en esteprocedimiento.

De acuerdo con lo dispuesto en el punto 31 del artículo 5 de la Ley 5/2010, de 23 de junio,de prevención y calidad ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el órganocompetente para la resolución de la presente solicitud es la Consejería de Agricultura,Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía de la Junta de Extremadura.

Esta figura administrativa autoriza y condiciona la ejecución y puesta en funcionamiento dela actividad desde el punto de vista ambiental. Conforme al artículo 54.3 de la Ley 5/2010, laAAU es anterior a las demás autorizaciones sectoriales o licencias que sean obligatorias,entre otras, a la licencia urbanística.

Los datos generales del proyecto son:

— Decreto 81/2011: La actividad proyectada se encuentra dentro del ámbito de aplicación delDecreto 81/2011, concretamente en la categoría 1.1 de su Anexo II, relativa a “Instalaciones

Miércoles, 23 de noviembre de 201127150NÚMERO 225

Page 60: de noviembre de 2011 EXTREMADURA - Diario Oficial de ...doe.juntaex.es/Pdfs/Doe/2011/2250O/2250O.pdf27135 Comercio. Resolución de 8 de noviembre de 2011, de la Consejera, por la que

ganaderas, no incluidas en el Anexo I, destinadas a la cría de aves, incluyendo las granjascinegéticas, que dispongan de un número de emplazamientos o animales superior a 9.500pollos de engorde”, por lo tanto debe contar con AAU para ejercer la actividad.

— Actividad: El proyecto consiste en la ampliación de una explotación avícola de cebo inten-sivo con capacidad para realizar cinco ciclos de 39.200 pollos/ ciclo.

— Ubicación: La actividad se llevará a cabo en el paraje “Majada Hermosa”, en el términomunicipal de Cabeza del Buey (Badajoz), y mas concretamente en el polígono 41, parcela134 con una superficie total de 2,5129 hectáreas.

— Infraestructuras, instalaciones y equipos principales:

• Naves de cebo: La explotación contará con dos naves de cebo de 1.400 m2 y 1.050 m2

de superficie.

• Lazareto: La explotación contará con un lazareto para la observación y secuestro deanimales enfermos o sospechosos.

• Fosa de lixiviado: La explotación contará con una capacidad de almacenamiento de lixi-viados y aguas de limpieza de la nave de cebo, lazareto y estercolero de 50 m3.

• Vestuarios con fosa séptica.

• Almacén.

• Zona de almacenamiento de cadáveres.

• Pediluvios.

• Vado.

• Estercolero de 37,5 m3.

• Depósitos de agua y silos de alimentos.

— Impacto ambiental: La actividad cuenta con evaluación de impacto ambiental en trámite.

Las personas interesadas en este proyecto, podrán presentar sus sugerencias y alegaciones ala Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía, durante el plazoindicado en el párrafo primero de este anuncio, en el Registro Único de la Junta de Extrema-dura; o por cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26de noviembre, por la que se aprueban las Bases de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Finalizado el trámite de información pública, recabadas las alegaciones y recibido informe delAyuntamiento o, en su defecto, transcurridos los plazos establecidos, conforme al artículo 57de la Ley 5/2010, se dará trámite de audiencia a los interesados. La Consejería de Agricultu-ra, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía dictará resolución en el plazo máximo de seismeses desde la solicitud de AAU.

Lo que se comunica a los efectos oportunos y para el general conocimiento.

Mérida, a 22 de agosto de 2011. El Director General de Medio Ambiente, ENRIQUE JULIÁNFUENTES.

Miércoles, 23 de noviembre de 201127151NÚMERO 225

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SERVICIO EXTREMEÑO PÚBLICO DE EMPLEO

ANUNCIO de 25 de octubre de 2011 sobre notificación de requerimientode documentación en el expediente n.º MV-0282-11, relativo asubvención para el mantenimiento de puestos de trabajo de personascon discapacidad. (2011083594)

Habiéndose intentado, sin resultado, la notificación ordinaria al interesado CEE S. Coop.Lavamba Cáceres, relativo al expediente MV-0282-11, se comunica, a los efectos previstosen el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Admi-nistraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley4/1999, de 13 de enero, lo siguiente:

“En relación con su solicitud de subvención para mantenimiento de puestos de trabajo depersonas con discapacidad (Costes Salariales) en CEE, formulada en base al Decreto138/2005, de 7 de junio, y correspondiente al periodo: enero-2011, se le comunica que noviene acompañada de los documentos siguientes:

— Nóminas y/o recibo de salarios debidamente firmados y acompañados de resguardobancario de transferencia o ingreso de los trabajadores con discapacidad por los que sesolicita subvención del mes que corresponda, en las que se determine con claridad losconceptos recogidos.

La nóminas de los trabajadores: Muñoz López y Peñasco Málaga, no han sido enviadas.Los justificantes bancarios del ingreso de la nómina de los trabajadores: Mendo García.

(El justificante bancario enviado —fecha de cargo 07/01/2011— no corresponde con lanómina de enero) y los justificantes bancarios de las nóminas de Muñoz López y PeñascoMálaga, no han sido enviados.

Según establece el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídicode las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se le requierepara que en el plazo de diez días hábiles presente la documentación solicitada, y se le advierteque si así no lo hace, se le tendrá por desistido de su petición, haciéndole constar asimismo,que queda suspendido el plazo máximo para la resolución del procedimiento y su notificación,por el tiempo que medie entre el presente requerimiento y su efectivo cumplimiento, segúnestablece el artículo 42 de la Ley referida.

Mérida, a 27 de junio de 2011. El Servicio de Fomento del Empleo, Fdo.: Soledad GallegoDonoso”.

El texto íntegro de esta carta se encuentra archivado en el Servicio de Fomento del Empleodel SEXPE, sito en Paseo de Roma, s/n., Módulo D, de Mérida, donde podrá dirigirse parasu constancia.

Mérida, a 25 de octubre de 2011. La Jefa del Servicio de Fomento del Empleo, GEMA BUCETAPLANET.

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Miércoles, 23 de noviembre de 201127152NÚMERO 225

Page 62: de noviembre de 2011 EXTREMADURA - Diario Oficial de ...doe.juntaex.es/Pdfs/Doe/2011/2250O/2250O.pdf27135 Comercio. Resolución de 8 de noviembre de 2011, de la Consejera, por la que

ANUNCIO de 25 de octubre de 2011 sobre notificación de requerimiento dedocumentación en el expediente n.º EI-2011-1233, relativo a subvenciónpara el empleo indefinido. (2011083595)

Habiéndose intentado, sin resultado, la notificación ordinaria al interesado Garal Químicos,SL, relativo al expediente EI-2011-1233, se comunica, a los efectos previstos en el artículo59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 deenero, lo siguiente:

“Para completar y poder resolver su solicitud de subvención presentada al amparo del Decre-to 177/2010, de 30 de julio, para el fomento de la contratación indefinida en la ComunidadAutónoma, deberá(n) remitirnos los documentos que se señalan a continuación:

1. Certificado original de hallarse al corriente de las obligaciones fiscales y tributarias con elEstado, ya que tras recabar de oficio dicha información por autorización presentada por laentidad solicitante a favor de la Administración Autonómica, se comprueba que con fechade expedición 17/05/2011 la entidad tiene reclamaciones de deuda frente a la AEAT.

2. Anexo I, “Modelo de Solicitud”, del modelo de solicitud normalizado, de la subvenciónacogida al Decreto 177/2010, de 30 de julio. Subsanar la firma del representante legal, yaque al aportar el resto de la documentación se comprueba que ésta no es la original.

3. Anexo III, “Declaración expresa y responsable de la entidad solicitante”, del modelo desolicitud normalizado de la subvención acogida al Decreto 177/2010, de 30 de julio.Subsanar la firma del representante legal, ya que al aportar el resto de la documentación,se comprueba que ésta no es la original.

4. Anexo IV, “Declaración de subvenciones u otras ayudas públicas acogidas al Régimen deMínimis”, del modelo de solicitud normalizado de la subvención acogida al Decreto177/2010, de 30 de julio. Subsanar la firma del representante legal, ya que al aportar elresto de la documentación, se comprueba que ésta no es la original.

5. Anexo V, “Datos de los trabajadores objeto de subvención”, del modelo de solicitud norma-lizado de la subvención acogida al Decreto 177/2010, de 30 de julio. Subsanar la firma delrepresentante legal, ya que al aportar el resto de la documentación, se comprueba queésta no es la original.

6. Anexo VI, “Declaración responsable sobre los requisitos exigidos para obtener la condiciónde beneficiario”, del modelo de solicitud normalizado de la subvención acogida al Decreto177/2010, de 30 de julio. Subsanar la firma del representante legal, ya que al aportar elresto de la documentación, se comprueba que ésta no es la original.

7. Anexo VIII, “Declaración expresa y responsable de requisitos artículo 7”, del modelo desolicitud normalizado de la subvención acogida al Decreto 177/2010, de 30 de julio.Subsanar la firma del representante legal, ya que al aportar el resto de la documentación,se comprueba que ésta no es la original.

Miércoles, 23 de noviembre de 201127153NÚMERO 225

Page 63: de noviembre de 2011 EXTREMADURA - Diario Oficial de ...doe.juntaex.es/Pdfs/Doe/2011/2250O/2250O.pdf27135 Comercio. Resolución de 8 de noviembre de 2011, de la Consejera, por la que

Con la citada documentación se deberá acompañar un escrito de remisión debidamentefirmado, en el que hagan constar los documentos aportados y el número de expediente quecorresponde a su solicitud.

Lo que se le comunica para que en el plazo de diez días, a contar desde el siguiente a larecepción de este escrito, presente(n) la documentación solicitada; indicándosele(s) que siasí no lo hiciera(n), se le(s) tendrá(n) por desistido(s) de su petición, archivándose su solici-tud sin más trámite, todo ello de conformidad con el artículo 71.1 de la Ley 30/1992, de 26de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del PocedimientoAdministrativo Común y con los efectos previstos en el artículo 42.1 de la misma.

Haciéndose constar asimismo, que queda suspendido el plazo máximo para resolver el proce-dimiento y notificar la resolución, por el tiempo que medie entre la notificación del presenterequerimiento y su efectivo cumplimiento por el destinatario, según faculta el artículo 42.5 a)del mismo texto legal anterior, y todo ello sin perjuicio de lo previsto en el citado artículo 71.

Mérida, a 25 de julio de 2011. El Técnico del Servicio de Fomento del Empleo, Fdo.: M.ª JoséGrados Rebollo”.

El texto íntegro de esta carta se encuentra archivado en el Servicio de Fomento del Empleodel SEXPE, sito en Paseo de Roma, s/n., Módulo D, de Mérida, donde podrá dirigirse parasu constancia.

Mérida, a 25 de octubre de 2011. La Jefa del Servicio de Fomento del Empleo, GEMA BUCETAPLANET.

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ANUNCIO de 25 de octubre de 2011 sobre notificación de requerimiento dedocumentación en el expediente n.º EI-2011-1354, relativo a subvenciónpara el empleo indefinido. (2011083596)

Habiéndose intentado, sin resultado, la notificación ordinaria la interesada Olalla BecerraAcedo, relativo al expediente EI-2011-1354, se comunica, a los efectos previstos en elartículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Adminis-traciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley4/1999, de 13 de enero, lo siguiente:

“Para completar y poder resolver su solicitud de subvención presentada al amparo del Decre-to 177/2010, de 30 de julio, para el fomento de la contratación indefinida en la ComunidadAutónoma, deberá remitirnos los documentos que se señalan a continuación:

1. Se ruega que vuelva a remitir el escrito de renuncia a la subvención, debidamente firmadopor el representante legal de la entidad, adjuntando también fotocopia compulsada del DNI.

Con la citada documentación se deberá acompañar un escrito de remisión debidamentefirmado, en el que haga constar los documentos aportados y el número de expediente quecorresponde a su solicitud.

Miércoles, 23 de noviembre de 201127154NÚMERO 225

Page 64: de noviembre de 2011 EXTREMADURA - Diario Oficial de ...doe.juntaex.es/Pdfs/Doe/2011/2250O/2250O.pdf27135 Comercio. Resolución de 8 de noviembre de 2011, de la Consejera, por la que

Lo que se le comunica para que en el plazo de diez días, a contar desde el siguiente a larecepción de este escrito, presente la documentación solicitada; indicándosele que si así nolo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, archivándose su solicitud sin más trámi-te, todo ello de conformidad con el artículo 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, deRégimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Pocedimiento Administrativo Comúny con los efectos previstos en el artículo 42.1 de la misma.

Haciéndose constar asimismo, que queda suspendido el plazo máximo para resolver elprocedimiento y notificar la resolución, por el tiempo que medie entre la notificación delpresente requerimiento y su efectivo cumplimiento por la destinataria, según faculta elartículo 42.5 a) del mismo texto legal anterior, y todo ello sin perjuicio de lo previsto enel citado artículo 71.

Mérida, a 4 de agosto de 2011. El Técnico del Servicio de Fomento del Empleo, Fdo.: M.ªJosé Grados Rebollo”.

El texto íntegro de esta carta se encuentra archivado en el Servicio de Fomento del Empleodel SEXPE, sito en Paseo de Roma, s/n., Módulo D, de Mérida, donde podrá dirigirse parasu constancia.

Mérida, a 25 de octubre de 2011. La Jefa del Servicio de Fomento del Empleo, GEMA BUCETAPLANET.

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ANUNCIO de 25 de octubre de 2011 sobre notificación de requerimiento dedocumentación en el expediente n.º EI-2011-1574, relativo a subvenciónpara el empleo indefinido. (2011083597)

Habiéndose intentado, sin resultado, la notificación ordinaria la interesada Julia EscaviasCarvajal Iglesias, relativo al expediente EI-2011-1574, se comunica, a los efectos previstosen el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Admi-nistraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley4/1999, de 13 de enero, lo siguiente:

“Para completar y poder resolver su solicitud de subvención presentada al amparo del Decre-to 177/2010, de 30 de julio, para el fomento de la contratación indefinida en la ComunidadAutónoma, deberá remitirnos los documentos que se señalan a continuación:

1. Informe original expedido por la Tesorería de la Seguridad Social, relativo a la vida laboralde la entidad solicitante de la ayuda desde los doce meses anteriores a la contrataciónpara la que se solicita subvención, de todos los códigos de cuenta de cotización de la enti-dad en Extremadura.

Con la citada documentación se deberá acompañar un escrito de remisión debidamentefirmado, en el que haga constar los documentos aportados y el número de expediente quecorresponde a su solicitud.

Miércoles, 23 de noviembre de 201127155NÚMERO 225

Page 65: de noviembre de 2011 EXTREMADURA - Diario Oficial de ...doe.juntaex.es/Pdfs/Doe/2011/2250O/2250O.pdf27135 Comercio. Resolución de 8 de noviembre de 2011, de la Consejera, por la que

Lo que se le comunica para que en el plazo de diez días, a contar desde el siguiente a larecepción de este escrito, presente la documentación solicitada; indicándosele que si así nolo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, archivándose su solicitud sin más trámi-te, todo ello de conformidad con el artículo 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, deRégimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Pocedimiento Administrativo Comúny con los efectos previstos en el artículo 42.1 de la misma.

Haciéndose constar asimismo, que queda suspendido el plazo máximo para resolver el proce-dimiento y notificar la resolución, por el tiempo que medie entre la notificación del presenterequerimiento y su efectivo cumplimiento por la destinataria, según faculta el artículo 42.5 a)del mismo texto legal anterior, y todo ello sin perjuicio de lo previsto en el citado artículo 71.

Mérida, a 9 de mayo de 2011. El Técnico del Servicio de Fomento del Empleo, Fdo.: CristinaVadillo Cortés”.

El texto íntegro de esta carta se encuentra archivado en el Servicio de Fomento del Empleodel SEXPE, sito en Paseo de Roma, s/n., Módulo D, de Mérida, donde podrá dirigirse parasu constancia.

Mérida, a 25 de octubre de 2011. La Jefa del Servicio de Fomento del Empleo, GEMA BUCETAPLANET.

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ANUNCIO de 25 de octubre de 2011 sobre notificación de requerimiento dedocumentación en el expediente n.º EI-2011-1576, relativo a subvenciónpara el empleo indefinido. (2011083598)

Habiéndose intentado, sin resultado, la notificación ordinaria al interesado restauraciones LosCaños, SL, relativo al expediente EI-2011-1576, se comunica, a los efectos previstos en elartículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administra-ciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de13 de enero, lo siguiente:

“Para completar y poder resolver su solicitud de subvención presentada al amparo del Decre-to 177/2010, de 30 de julio, para el fomento de la contratación indefinida en la ComunidadAutónoma, deberá(n) remitirnos los documentos que se señalan a continuación:

1. Documento de alta en el subsistema de terceros de la Junta de Extremadura. Debensubsanar la firma, puesto que no es la misma que la del DNI del representante legal D.Gregorio Carretero Lozano.

2. Informe original, expedido por la Tesorería de la Seguridad Social, relativo a la vidalaboral de la entidad solicitante de la ayuda desde los doce meses anteriores a lacontratación para la que se solicita subvención, en los códigos de cuenta cotización dela entidad en Extremadura.

Miércoles, 23 de noviembre de 201127156NÚMERO 225

Page 66: de noviembre de 2011 EXTREMADURA - Diario Oficial de ...doe.juntaex.es/Pdfs/Doe/2011/2250O/2250O.pdf27135 Comercio. Resolución de 8 de noviembre de 2011, de la Consejera, por la que

3. Copia compulsada del contrato indefinido y su comunicación al SEXPE del trabajador:Fernando Collado Castro.

Con la citada documentación se deberá acompañar un escrito de remisión debidamentefirmado, en el que hagan constar los documentos aportados y el número de expediente quecorresponde a su solicitud.

Lo que se le comunica para que en el plazo de diez días, a contar desde el siguiente a larecepción de este escrito, presente(n) la documentación solicitada; indicándosele(s) que siasí no lo hiciera(n), se le(s) tendrá(n) por desistido(s) de su petición, archivándose su solici-tud sin más trámite, todo ello de conformidad con el artículo 71.1 de la Ley 30/1992, de 26de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común y con los efectos previstos en el artículo 42.1 de la misma.

Haciéndose constar asimismo, que queda suspendido el plazo máximo para resolver el proce-dimiento y notificar la resolución, por el tiempo que medie entre la notificación del presenterequerimiento y su efectivo cumplimiento por el destinatario, según faculta el artículo 42.5 a)del mismo texto legal anterior, y todo ello sin perjuicio de lo previsto en el citado artículo 71.

Mérida, a 9 de mayo de 2011. El Técnico del Servicio de Fomento del Empleo, Fdo.: CristinaVadillo Cortés”.

El texto íntegro de esta carta se encuentra archivado en el Servicio de Fomento del Empleodel SEXPE, sito en Paseo de Roma, s/n., Módulo D, de Mérida, donde podrá dirigirse parasu constancia.

Mérida, a 25 de octubre de 2011. La Jefa del Servicio de Fomento del Empleo, GEMA BUCETAPLANET.

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ANUNCIO de 25 de octubre de 2011 sobre notificación de requerimiento dedocumentación en el expediente n.º EI-2011-1769, relativo a subvenciónpara el empleo indefinido. (2011083599)

Habiéndose intentado, sin resultado, la notificación ordinaria al interesado Antonio JoséLaureiro Damiao, relativo al expediente EI-2011-1769, se comunica, a los efectos previstosen el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Admi-nistraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley4/1999, de 13 de enero, lo siguiente:

“Para completar y poder resolver su solicitud de subvención presentada al amparo del Decre-to 177/2010, de 30 de julio, para el fomento de la contratación indefinida en la ComunidadAutónoma, deberá remitirnos los documentos que se señalan a continuación:

Miércoles, 23 de noviembre de 201127157NÚMERO 225

Page 67: de noviembre de 2011 EXTREMADURA - Diario Oficial de ...doe.juntaex.es/Pdfs/Doe/2011/2250O/2250O.pdf27135 Comercio. Resolución de 8 de noviembre de 2011, de la Consejera, por la que

1. Copia compulsada del documento de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autóno-mos de la Seguridad Social y/o en su caso, certificación de la Mutualidad del ColegioProfesional del titular de la actividad.

2. Documento de alta en el subsistema de terceros de la Junta de Extremadura.

3. Informe expedido por la Tesorería de la Seguridad Social relativo a la vida laboral de laempresa, en todos los códigos de cuenta de cotización que posea en el Régimen General,desde el alta en el RETA o en la Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente, hastala fecha de contratación objeto de subvención, debidamente autorizado de modo queaparezca el trabajador por cuya contratación se solicita subvención.

4. Copia compulsada del DNI/CIF del/de los trabajador/es que se indican a continuación, oen su defecto, Anexo V debidamente cumplimentado y firmado prestando autorización.

— Carlos Jorge Barralho Espadanal, con DNI X2948620C.

Con la citada documentación se deberá acompañar un escrito de remisión debidamentefirmado, en el que haga constar los documentos aportados y el número de expediente quecorresponde a su solicitud.

Lo que se le comunica para que en el plazo de diez días, a contar desde el siguiente a larecepción de este escrito, presente la documentación solicitada; indicándosele que si así nolo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, archivándose su solicitud sin más trámi-te, todo ello de conformidad con el artículo 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, deRégimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Comúny con los efectos previstos en el artículo 42.1 de la misma.

Haciéndose constar asimismo, que queda suspendido el plazo máximo para resolver el proce-dimiento y notificar la resolución, por el tiempo que medie entre la notificación del presenterequerimiento y su efectivo cumplimiento por el destinatario, según faculta el artículo 42.5 a)del mismo texto legal anterior, y todo ello sin perjuicio de lo previsto en el citado artículo 71.

Mérida, a 22 de junio de 2011. El Técnico del Servicio de Fomento del Empleo, Fdo.: LuisEnrique Sánchez Terrón”.

El texto íntegro de esta carta se encuentra archivado en el Servicio de Fomento del Empleodel SEXPE, sito en Paseo de Roma, s/n., Módulo D, de Mérida, donde podrá dirigirse parasu constancia.

Mérida, a 25 de octubre de 2011. La Jefa del Servicio de Fomento del Empleo, GEMA BUCETAPLANET.

Miércoles, 23 de noviembre de 201127158NÚMERO 225

Page 68: de noviembre de 2011 EXTREMADURA - Diario Oficial de ...doe.juntaex.es/Pdfs/Doe/2011/2250O/2250O.pdf27135 Comercio. Resolución de 8 de noviembre de 2011, de la Consejera, por la que

AYUNTAMIENTO DE EL GORDO

ANUNCIO de 2 de noviembre de 2011 sobre puesta a disposición de losinteresados del Plan General Municipal. (2011083770)

Aprobado definitivamente el Plan General Municipal por acuerdo de la Comisión de Urbanis-mo y Ordenación del Territorio de Extremadura de 15 de marzo de 2010 (DOE número 98, de25 de mayo de 2010) y tal como disponen los artículos 14 de la Ley 9/2006, de 28 de abril,sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente y15 del Decreto 54/2011, de 29 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de EvaluaciónAmbiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura se pone a disposición, de los intere-sados relacionados en los artículos citados, el Plan General Municipal de El Gordo y la docu-mentación expresada en los preceptos mencionados.

El Gordo, a 2 de noviembre de 2011. El Alcalde-Presidente, ELÍAS CORREAS BRAVO.

AYUNTAMIENTO DE FREGENAL DE LA SIERRA

ANUNCIO de 8 de noviembre de 2011 sobre contratación de Operario deLimpieza y Peón de Servicios Múltiples. (2011083773)

Por resoluciones de mi Presidencia, números 133 y 134, de 19 de octubre de 2011, y unavez concluidos los correspondientes procesos selectivos, se ha procedido a la contratacióncomo “Operario de Limpieza” y “Peón de Servicios Múltiples” de este Excelentísimo Ayunta-miento, de D. Antonio Cerrada González, provisto del NIF núm. 80.068.246-W y de D. JoséAntonio Santillán Barranca, provisto del NIF núm. 80.038.985-C, respectivamente.

Lo que se hace público para general conocimiento y en aplicación de la normativa vigente yde aplicación.

Fregenal de la Sierra, a 8 de noviembre de 2011. El Alcalde, JUAN FRANCISCO CEBALLOSFABIÁN.

Miércoles, 23 de noviembre de 201127159NÚMERO 225

Page 69: de noviembre de 2011 EXTREMADURA - Diario Oficial de ...doe.juntaex.es/Pdfs/Doe/2011/2250O/2250O.pdf27135 Comercio. Resolución de 8 de noviembre de 2011, de la Consejera, por la que

AYUNTAMIENTO DE SANTIBÁÑEZ EL ALTO

EDICTO de 10 de noviembre de 2011 por el que se somete a informaciónpública la aprobación inicial de la modificación n.º 7 de las NormasSubsidiarias. (2011ED0400)

Se hace saber que el Pleno en fecha 13/10/11, ha adoptado el siguiente,

“ACUERDO:

Primero. Someter la aprobación inicial de la modificación n.º 7 de las Normas Subsidiarias,redactada por el arquitecto de la Oficina Urbanística de la Mancomunidad de Municipios D.Carlos Martín Roncero, promovida por el Ayuntamiento de Santibáñez el Alto, a informaciónpública por el plazo de un mes mediante anuncio en el Boletín Oficial de la Comunidad, BOPy en uno de los periódicos de mayor circulación de la comunidad a fin de que cualquiera quelo desee pueda examinarlo y deducir, durante el citado plazo, cuantas alegaciones u observa-ciones considere oportunas”.

Santibáñez el Alto, a 10 de noviembre de 2011. El Alcalde, VALENTÍN PORRAS GARCÍA.

Miércoles, 23 de noviembre de 201127160NÚMERO 225

Page 70: de noviembre de 2011 EXTREMADURA - Diario Oficial de ...doe.juntaex.es/Pdfs/Doe/2011/2250O/2250O.pdf27135 Comercio. Resolución de 8 de noviembre de 2011, de la Consejera, por la que

JUNTA DE EXTREMADURAConsejería de Administración PúblicaSecretaría General

Paseo de Roma, s/n. 06800 MéridaTeléfono: 924 005012e-mail: [email protected]