Decisión Administrativa 77072014- Ampliacion Presupuesto.pdf

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  • Viernes19deseptiembrede2014 Primera Seccin BOLETIN OFICIAL N 32.972 14de la JEFATURA DE GABINETE DE MINIS-TROS N48 de fecha 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias las pautas para la aplicacin del mismo.

    Que el Seor Alfredo Eduardo GRECO (M.l. N 10.460.817) ser afectado exclu-sivamente a la realizacin de actividades de carcter transitorio, de acuerdo con los trminos del artculo 9 del Anexo I del De-creto N1.421/02.

    Que el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el De-creto N 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008, establece los requisitos mnimos para el acceso a los niveles escalafonarios.

    Que los antecedentes curriculares del agente propuesto resultan atinentes al ob-jetivo de las funciones a asignar y acredi-tan acabadamente la idoneidad necesaria para la realizacin de las mismas, por lo que se procede a autorizar la contratacin de la mencionada persona con carcter de excepcin a lo establecido en el Inciso c), punto II del artculo 9 del Anexo I del De-creto N1.421/02.

    Que el Seor Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social solicita exceptuar de las precitadas previsiones normativas al Seor Alfredo Eduardo GRECO (M.l. N10.460.817).

    Que la Direccin General de Asuntos Jurdi-cos del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL y la Oficina Nacional de Empleo Pblico de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINA-CION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS han tomado la intervencin que les compete.

    Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artculo 100, inciso 2, de la CONSTITUCION NACIONAL, y por el ltimo prrafo del artculo 9 del Anexo I del Decreto N1.421/02.

    Por ello,

    EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROSDECIDE:

    Artculo 1 Autorzase al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL a contratar con carcter de excepcin al punto II del inciso c) del artculo 9 del Anexo I del Decre-to N1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, regla-mentario de la Ley Marco de Regulacin de Em-pleo Pblico Nacional N25.164, en el mbito de la Direccin de Infraestructura y Servicios Gene-rales dependiente de la Direccin General de Ad-ministracin de la SUBSECRETARIA DE COORDI-NACION, al Seor Alfredo Eduardo GRECO (M.l. N10.460.817), por no reunir los requisitos mnimos establecidos para el acceso al Nivel D, Grado 0, del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLI-CO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008, a partir de la fecha de notificacin del acto que apruebe el contrato hasta el 31 de diciembre de 2014.

    Art. 2 Comunquese, publquese, dse a la Direccin Nacional del Registro Oficial y archve-se. Jorge M. Capitanich. Carlos A. Tomada.

    #F4666814F#

    #I4668716I#PRESUPUESTO

    Decisin Administrativa 770/2014

    Presupuesto General de la Administra-cin Nacional para el Ejercicio 2014. Modificacin.

    Bs. As., 12/9/2014

    VISTO el Expediente NS01:0149330/2014 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, la Ley N26.895 de Presupuesto General de la Adminis-tracin Nacional para el Ejercicio 2014, la Decisin Administrativa N1 de fecha 3 de enero de 2014, y

    CONSIDERANDO:

    Que resulta necesario incrementar el Presupuesto vigente a fin de atender las erogaciones resultantes de las mejoras en las remuneraciones, que compren-den al PODER EJECUTIVO NACIONAL, al PODER LEGISLATIVO NACIONAL y al MINISTERIO PUBLICO, dispuestas por normas legales durante el presente ao.

    Que por el Decreto N2.140 de fecha 16 de diciembre de 2013, se establecen su-plementos de carcter remunerativo y no bonificable para el personal de la GEN-DARMERIA NACIONAL, de la PREFEC-TURA NAVAL ARGENTINA y de la POLI-CIA FEDERAL ARGENTINA, organismos actuantes en el mbito del MINISTERIO DE SEGURIDAD.

    Que por el Decreto N 614 de fecha 28 de abril de 2014, se establece un incre-mento del Haber Mensual del Personal Militar de las Fuerzas Armadas.

    Que por el Decreto N 970 de fecha 17 de junio de 2014, se dispuso una Asig-nacin Complementaria Transitoria con carcter remunerativo y no bonificable, para el personal del SERVICIO PENI-TENCIARIO FEDERAL actuante en el mbito del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.

    Que por el Decreto N813 de fecha 30 de mayo de 2014 se dispuso un incremento sobre los haberes mensuales del perso-nal de la GENDARMERIA NACIONAL, de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA y de la POLICIA FEDERAL ARGENTINA, organismos actuantes en el mbito del MINISTERIO DE SEGURIDAD.

    Que por el Decreto N 812 de fecha 30 de mayo de 2014 se dispuso un incre-mento sobre los haberes mensuales del Personal Militar de la Fuerzas Armadas.

    Que por efecto de los decretos citados precedentemente se recomponen en for-ma directa los haberes de los jubilados, retirados y pensionados de las Fuerzas Armadas y de Seguridad.

    Que resulta necesario reforzar el Pre-supuesto destinado a la atencin de las jubilaciones, retiros y pensiones de la CAJA DE RETIROS, JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA POLICIA FEDERAL, de la GENDARMERIA NACIONAL y de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA, organismos actuantes en el mbito del MINISTERIO DE SEGURIDAD, del SER-VICIO PENITENCIARIO FEDERAL y del INSTITUTO DE AYUDA FINANCIERA PARA PAGO DE RETIROS Y PENSIONES MILITARES, organismo actuante en el mbito del MINISTERIO DE DEFENSA.

    Que dicho refuerzo se financia con una mayor recaudacin por aportes y contri-buciones a la prevista en el presupuesto vigente.

    Que resulta necesario reforzar el Presu-puesto de la GENDARMERIA NACIONAL organismo actuante en el mbito del MI-NISTERIO DE SEGURIDAD a fin de aten-der gastos de funcionamiento.

    Que resulta oportuno adecuar los crdi-tos presupuestarios incluidos en la r-bita de la Jurisdiccin 91 - OBLIGACIO-NES A CARGO DEL TESORO destinados a la empresa RADIO Y TELEVISION AR-GENTINA SOCIEDAD DEL ESTADO, a TALLERES NAVALES DARSENA NORTE S.A.C.I. y N. (TANDANOR) y a la EMPRE-SA NEUQUINA DE SERVICIOS DE INGE-NIERIA SOCIEDAD DEL ESTADO (ENSI).

    Que las modificaciones propiciadas estn amparadas en lo dispuesto por el Artculo 37 de la Ley de Administra-cin Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Pblico Nacional N24.156, sustituido por el Artculo 1 de la Ley N26.124 y el Artculo 9 de la Ley N26.895.

    Por ello,

    EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROSDECIDE:

    Artculo 1 Modifcase la distribucin del Presupuesto General de la Administracin Na-cional para el Ejercicio 2014, de acuerdo con el detalle obrante en las Planillas Anexas al pre-sente artculo que forman parte integrante del mismo.

    Art. 2 Comunquese, publquese, dse a la Direccin Nacional del Registro Oficial y ar-chvese. Jorge M. Capitanich. Axel Kicillof.

    NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisin Administrativa se publican en la edicin web del BORA www.boletinoficial.gov.ar y tambin podrn ser consultados en la Sede Central de esta Direccin Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autnoma de Buenos Aires).

    #F4668716F#

    RESOLUCIONES

    ACORDADAS

    #I4671517I#Secretara de Comercio

    METROLOGIA LEGAL

    Resolucin 166/2014

    Resolucin N90/2012. Modificacin.

    Bs. As., 12/9/2014

    VISTO el Expediente NS01:0126352/2014 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, y

    CONSIDERANDO:

    Que mediante la Resolucin N 90 de fecha 10 de setiembre de 2012 de la ex-SECRETARIA DE COMERCIO INTE-RIOR del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS se aprob el Re-glamento Tcnico y Metrolgico para los Medidores de Energa Elctrica Activa en Corriente Alterna.

    Que mediante la Resolucin N 144 de fecha 22 de noviembre de 2012 de la ex-SECRETARIA DE COMERCIO INTE-RIOR del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS se sustituyeron distintos artculos y puntos del Anexo de la resolucin citada en el considerando precedente.

    Que mediante el expediente citado en el Visto, la ASOCIACION DE DISTRIBUIDO-RES DE ENERGIA ELECTRICA DE LA RE-PUBLICA ARGENTINA solicit la prrroga de la obligacin de cumplir lo dispuesto en el Reglamento Tcnico y Metrolgico para los Medidores de Energa Elctrica Activa en Corriente Alterna a partir del da 12 de setiembre de 2014, fundado en el hecho que a la fecha no se encuentran aprobados ninguno de los modelos de di-chos instrumentos actualmente en fabri-cacin o en importacin.

    Que a fojas 12/14 obra un informe tcnico que se realiza en base a la informacin aportada por el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (INTI), or-ganismo descentralizado en la rbita del MINISTERIO DE INDUSTRIA respecto al grado de avance de los ensayos de los instrumentos presentados en el marco del Reglamento Tcnico y Metrolgico para los Medidores de Energa Elctrica Activa en Corriente Alterna.

    Que en dicho informe consta que el INS-TITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (INTI), manifest que tiene TREINTA Y SIETE (37) presentaciones en trmite, sin haber concluido ninguna con resultado positivo a la fecha de remisin del informe.

    Que la Direccin de Lealtad Comercial de-pendiente de la Direccin Nacional de Co-mercio Interior de la SUBSECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR de la SECRETARIA DE COMERCIO del MINISTERIO DE ECO-NOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, expre-samente manifiesta que la exigencia de la aprobacin de modelos de medidores de energa elctrica activa en corriente alterna y la verificacin primitiva, segn lo determi-nan las Resoluciones Nros. 90/12 y 144/12, ambas de la ex SECRETARIA DE COMER-CIO INTERIOR, comenzara a operar con anterioridad a la aprobacin de tales mo-delos por parte del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (INTI), por lo que recomienda disponer una prrroga de las normas citadas por un plazo de SEIS (6) meses.

    Que la Direccin de Legales de Comer-cio dependiente de la Direccin General de Asuntos Jurdicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha to-mado la intervencin que le compete.

    Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades otorgadas por el Artculo 2, incisos a), h) e i) del Decreto N788 de fecha 18 de septiembre de 2003.

    Por ello,

    EL SECRETARIODE COMERCIORESUELVE:

    Artculo 1 Sustityese el texto del Artcu-lo 2 de la Resolucin N90 de fecha 10 de se-tiembre de 2012 de la ex-SECRETARIA DE CO-MERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE ECO-NOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, sustituido por el Artculo 1 de la Resolucin N144 de fecha 22 de noviembre de 2012 de la ex-SECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, por el si-guiente:

    ARTICULO 2.- Los medidores de energa elctrica activa en corriente alterna, que se fa-briquen, comercialicen e importen en el pas debern cumplir con el Reglamento Tcnico y Metrolgico para los Medidores de Energa Elctrica Activa en Corriente Alterna aprobado por el Artculo 1 de la presente resolucin, a partir del da 31 de marzo de 2015.

    Art. 2 La presente resolucin comenzar a regir a partir de su publicacin en el Boletn Oficial.

    Art. 3 Comunquese, publquese, dse a la Direccin Nacional del Registro Oficial y ar-chvese. Augusto Costa.

    #F4671517F#

    #I4669669I#CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION

    Acordada 27/2014

    Expediente 3326/2014

    Recursos. Monto de depsito. Adecuacin.

    En Buenos Aires, a los diecisis das del mes de septiembre del ao dos mil catorce, re-unidos en la Sala de Acuerdos del Tribunal los seores Ministros que suscriben la pre-sente,

    CONSIDERARON:

    Que con el fin de resguardar los objetivos sealados en los considerandos de la acor-dada n28/91, que modific la n77/90, el Tribunal estableci en la suma fija de diez millones de australes convertidos en mil pesos segn el decreto 2128/91 el impor-te del depsito previsto por el art. 286 del Cdigo Procesal en lo Civil y Comercial de