Decreto 006 de 2013

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DECRETO No. 006 Marzo 30 de 2013 POR MEDIO DEL CUAL SE AUTORIZA LA EXTENCIÓN DE HORARIO PARA LOS ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES CUYO OBJETO SOCIAL ESTE RELACIONADO CON LA VENTA Y CONSUMO DE BEBIDAS ALCOHOLICAS EN EL MUNICIPIO DE CAÑASGORDAS ANTIOQUIA EL ALCALDE MUNICIPAL DE CAÑASGORDAS ANTIOQUIA, en ejercicio de sus facultades Constitucionales, en su Artículo 315 de la Constitución Nacional y en las Normas Legales, en especial las conferidas por la Ley 136 de 1994, la Ley 1551 de 2012 y demás Normas Concordantes, Y, CONSIDERANDO Que es evidente el buen comportamiento de los establecimientos comerciales cuyo objeto social esté relacionado con la venta y consumo de bebidas alcohólicas en el Municipio de Cañasgordas. Que dichos establecimientos comerciales han sido garantes en la conservación del orden público y han cumplido con las normas establecidas por los entes de control para su respectiva operatividad. Que a razón de brindarle oportunidad de sano esparcimiento y diversión nocturna a los visitantes del Municipio de Cañasgordas y que por las festividades religiosas nos visitan. DECRETA ARTICULO PRIMERO: Que el día treinta (30) de Marzo del corriente año se dará extensión de horario para los establecimientos comerciales cuyo objeto social sea la venta y consumo de bebidas alcohólicas en horarios nocturnos

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DECRETO No. 006

Marzo 30 de 2013

POR MEDIO DEL CUAL SE AUTORIZA LA EXTENCIÓN DE HORARIO

PARA LOS ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES CUYO OBJETO

SOCIAL ESTE RELACIONADO CON LA VENTA Y CONSUMO DE

BEBIDAS ALCOHOLICAS EN EL MUNICIPIO DE CAÑASGORDAS

ANTIOQUIA

EL ALCALDE MUNICIPAL DE CAÑASGORDAS ANTIOQUIA, en ejercicio de sus

facultades Constitucionales, en su Artículo 315 de la Constitución Nacional y en

las Normas Legales, en especial las conferidas por la Ley 136 de 1994, la Ley

1551 de 2012 y demás Normas Concordantes, Y,

CONSIDERANDO

Que es evidente el buen comportamiento de los establecimientos

comerciales cuyo objeto social esté relacionado con la venta y consumo de

bebidas alcohólicas en el Municipio de Cañasgordas.

Que dichos establecimientos comerciales han sido garantes en la

conservación del orden público y han cumplido con las normas establecidas

por los entes de control para su respectiva operatividad.

Que a razón de brindarle oportunidad de sano esparcimiento y diversión

nocturna a los visitantes del Municipio de Cañasgordas y que por las

festividades religiosas nos visitan.

DECRETA

ARTICULO PRIMERO: Que el día treinta (30) de Marzo del corriente año se

dará extensión de horario para los establecimientos comerciales cuyo objeto

social sea la venta y consumo de bebidas alcohólicas en horarios nocturnos

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a razón del buen comportamiento durante la temporada de Cuaresma y las

festividades religiosas.

ARTICULO SEGUNDO: Reglaméntese el horario de atención al público de

dichos establecimientos para el día 30 de Marzo del corriente desde las

10:00pm hasta las 4:00am con música y cierre del establecimiento hasta las

4:30am del día 31 de Marzo del Corriente año.

ARTICULO TERCERO: Es deber de los administradores, dueños o

empleados de los diferentes establecimientos comerciales garantizar el

orden público dentro de sus negocios y no expender bebidas alcohólicas a

menores de edad, como también de manejar un volumen moderado para

garantizar la seguridad y convivencia ciudadana.

ARTÍCULO CUARTO: La Policía Nacional del Municipio de Cañasgordas,

como ente de control, tiene la autonomía y autoridad para cerrar cualquier

tipo de establecimiento comercial antes del horario previsto, si ellos lo

consideran, a razón de garantizar la seguridad y convivencia ciudadana.

ARTICULO QUINTO: El presente Decreto rige a partir de la fecha de su

expedición legal.

COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE.

Dado en la Alcaldía de Cañasgordas Antioquia a los treinta (30) días del

mes de Marzo de dos mil trece (2013).