DEFINIRLOS SIGUIENTES TERMINOS

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Asignatura: Introducción al Estudio del Derecho Catedrática: Argentina Maria Valle De Castro Alumna: Angelica Deras No. Cuenta: 21311245 Fecha: 14 de Agosto de 2015

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Asignatura: Introducción al Estudio del Derecho

Catedrática: Argentina Maria Valle De Castro

Alumna: Angelica Deras

No. Cuenta: 21311245

Fecha: 14 de Agosto de 2015

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TEORIA JURIDICA: La teoría jurídica crítica se refiere a un movimiento en el pensamiento jurídico que aplica métodos propios de la teoría crítica (la Escuela de Frankfurt) al derecho. En términos generales, este pensamiento postula nociones tales como: El Derecho es simplemente política. El lenguaje jurídico es un falso discurso que ayuda a perpetuar las jerarquías: hombres sobre mujeres, ricos sobre pobres, mayorías sobre minorías.

CAPACIDAD: Circunstancia o conjunto de condiciones, cualidades o aptitudes, especialmente intelectuales, que permiten el desarrollo de algo, el cumplimiento de una función, el desempeño de un cargo, etc.

VIGENCIA: Estado de lo que tiene validez o está en uso en un tiempo determinado.

VALIDEZ: La validez abarca el concepto experimental entero y establece si los resultados obtenidos cumplen todos los requisitos del método de la investigación científica o no.

DEBER: Tener [una persona] una deuda u obligación de pagar o devolver una cantidad de dinero u otra cosa material.

ANTIJURIDICIDAD: (del alemán Rechtswidrigkeit, que significa "contrario al Derecho") es, en Derecho penal, uno de los elementos considerados por la teoría del delito para la configuración de un delito o falta.

AUTORIDAD POLITICA: La autoridad política o soberanía es la autoridad que corresponde a la sociedad política o Estado. Se define como acabamos de hacer, diciendo que es el derecho o facultad moral de dirigir eficazmente la acción social de los ciudadanos al bien común de la sociedad política. Le corresponde, como veremos, la potestad de jurisdicción.

DERECHO EFICAZ: dependiendo de si la norma jurídica está cumpliendo el objetivo para el cual fue creada, el derecho puede considerarse Derecho Eficaz

RESPONSABILIDAD JURIDICA: Se utiliza en muchos y diversos sentidos, las más de las veces como deber, obligación o pena. La responsabilidad jurídica guarda relación indisoluble con el Estado. Para quien tenga responsabilidad jurídica, los órganos estatales le exigen dar cuenta de sus actos.

PERSONALIDAD JURIDICA: Se entiende por personalidad jurídica o personería jurídica aquella por la que se reconoce a una persona, entidad, asociación o empresa, con

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capacidad suficiente para contraer obligaciones y realizar actividades que generan plena responsabilidad jurídica, frente a sí mismos y frente a terceros.

JERARQUIA: es la forma de organización que se le asignará a diversos elementos de un mismo sistema, que pueden ser indistintamente personas, animales o cosas, ascendente o descendente, por criterios de clase, poder, oficio, autoridad, categoría o cualquier otro de tipo que se nos ocurra, aún siendo el más arbitrario, pero que tienda y cumpla con un criterio de clasificación.

NORMAS ADJETIVAS: Son aquellas que atienden a la regulación del proceso para poder llegar a la resolución del conflicto, es decir, ordenan el procedimiento y regulan la conducta de las partes y del juez dentro del proceso.

NORMAS SUSTANTIVAS: Son las que se aplican al momento de resolver el conflicto, es decir, en la sentencia.

SANCION: Pena establecida para el que infringe una ley o una norma legal. / Acción de aprobar o dar validez a una ley o disposición quien tiene autoridad para ello.

SOLEMNIDADES: Solemnidades son los requisitos, condiciones, términos y expresiones y ritos que señalan, ordenan y determinan las leyes para que un acto sea valido y tenga existencia jurídica.

DEMAGOGIA: es una estrategia política que utilizan muchos dirigentes políticos, la cual, principalmente, se caracteriza por la utilización desmedida de halagos, falsas promesas, promoción de ideas radicales, entre otras, para conseguir de esta manera la atención y el voto del pueblo.