Delgado 03 07-2008
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1
NO DOMICILIADOS
Cecilia Delgado
Julio 2008
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TEMARIO1. El Impuesto a la Renta y los no
domiciliados.
2. Las nuevas reglas para la determinación del domicilio.
3. Problemas que plantean la asistencia técnica y los servicios digitales.
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1. El Impuesto a la Renta y los no domiciliados.
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Calidad Fuente!Domiciliados Renta de fuente mundial.
!No domiciliados Renta de fuente peruana.
Excepción:Sucursales, agencias u otros establecimientos permanentes de sujetos no domiciliados.
Domiciliado Renta de fuente peruana.
El IR y los no domiciliados
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1. Persona Natural de nacionalidad peruana condomicilio en el Perú.
2. Persona Natural extranjera con residencia en el Perú. (más de 183 días en un período cualquiera de 12 meses)
Calidad de “domiciliado”
El IR y los no domiciliados
Criterios:
Nacionalidad
•Residencia
•Domicilio
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3. Sucursales, agencias o establecimientos permanentes de personas no domiciliadas.
4. Personas Jurídicas.
Calidad de “domiciliado”
El IR y los no domiciliados
!Lugar de constitución
!Lugar fijo de negocio!Poderes!Bienes (existencias)
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“Domiciliado” vs. No “domiciliado”
1. Adquisición o pérdida de la calidad de domiciliado
2. Renta de Fuente Peruana
El IR y los no domiciliados
Residencia
Ubicación de la renta
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2. Las nuevas reglas para la determinación del
domicilio.
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1. Persona Natural peruana domiciliada
2. Persona Natural extranjera domiciliada
Adquisición y Pérdida de la calidad de “domiciliado”
El IR y los no domiciliados
Pérdida:!Adquiere la condición de residente en otro país y haya salido del Perú. Pérdida automática.
!Ausencia durante más de 183 días en forma continuada en un período cualquiera de 12 meses. Pérdida de la condición en el siguiente ejercicio.
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1. Persona Natural peruana domiciliada
2. Persona Natural extranjera domiciliada
Adquisición y Pérdida de la calidad de “domiciliado”
El IR y los no domiciliados
Recuperación:
!Peruanos: se recobrará en cuanto retornen al país, salvo que permanezcan en el Perú183 días o menos dentro de un período de 12 meses.
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1. Adquisición: Desde el 1 de enero de cada año la adquisición o recuperación de la condición de domiciliado se hará efectiva siempre que en los últimos 12 meses (año anterior) se hubiera permanecido en el Perú más de 183 días.
2. Pérdida: No hay regla, pero si en el ejercicio 2008 se permanece fuera del país 184 días, o más, no se habrácumplido con el requisito de permanecer 183 días en el Perú.
Momento en que se adquiere o pierde la calidad de “domiciliado”
El IR y los no domiciliados
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Ejemplo:
Si en el transcurso del año 2006, un no domiciliado hubiese permanecido 6 meses (183 días) en el Perú, y hubiere optado por adquirir la calidad de domiciliado, adquiriría la calidad de domiciliado a partir del 1 de enero de 2007.
Esta situación no variaría con el cambio de la nueva regla de residencia pues al 1 de enero de 2007, habría cumplido con los 183 días de residencia en los últimos 12 meses.
Momento en que se adquiere o pierde la calidad de “domiciliado”
El IR y los no domiciliados
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!Se examina al 1 de enero de cada año los 12 meses previos a fin de verificar si la ausencia se dio por 184 días o más.
!La calidad de domiciliado o no en el Perú, se analiza al principio de cada ejercicio gravable.
!Los cambios en el curso del ejercicio solo producen efectos a partir del ejercicio siguiente, salvo que se adquiera la condición de residente en otro país.
“En un período cualquiera de 12 meses”
El IR y los no domiciliados
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No domiciliados y Renta de fuente peruana
!Calidad de no domiciliado: Residencia!Renta de fuente peruana: Ubicación de la fuente.
El IR y los no domiciliados
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Criterio y Renta de Fuente Peruana
El IR y los no domiciliados
Son renta de fuente peruana, independientemente de la nacionalidad o domicilio de las partes y del lugar de celebración o cumplimiento de los contratos:
Producto de bienes y derechos y bienes o derechos por los que se pagan regalías.
Situados / utilizados económic.
en el PerúPagados por sujeto domiciliado
Producto y enajenación de predios y derechos.
Ubicados en el Perú.
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Criterio – Renta de Fuente Peruana
El IR y los no domiciliados
Utilizados económicamente
en el Perú
Colocados en el Perú.
Pagados por sujeto domiciliado.
! Producto de capitales.! Producto de
intereses, primas y toda suma adicional al interés pactado por operaciones financieras (préstamos, créditos, etc.)
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Criterio – Renta de Fuente Peruana
El IR y los no domiciliados
Rendimientos de ADRs y GDRs.Subyacente: acciones emitidas por sujeto domiciliado
! Dividendos! Otras formas de distribución de
utilidades.
Pagados o acreditados por sujeto domiciliado
Deudor domiciliado(constitución)
Los intereses de obligaciones.(Sin importar el lugar de emisión o ubicación de los bienes afectados en garantía)
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Criterio – Renta de Fuente Peruana
El IR y los no domiciliados
Rentas vitalicias y pensiones originadas en el trabajo personal.
Pagadas por domiciliados
Trabajo PersonalLlevadas a cabo en Perú
Realizadas en Perú Actividades civiles, comerciales, empresariales.
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Criterio – Renta de Fuente Peruana
El IR y los no domiciliados
Honorarios o remuneraciones por desempeño en el exterior de funciones de representación o cargos oficiales.
Otorgadas por el Sector Público Nacional
Pagadas por domiciliados
Remuneraciones tales como dietas o sueldos de órganos administrativos (directores, miembros del consejo, etc.) que actúen en el exterior de una empresa domiciliada.
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Criterios – Renta de Fuente Peruana
El IR y los no domiciliados
Servicios digitales prestados a través de Internet o cualquier red a través de la cual se presten servicios equivalentes.
Usados/Consumidos/Utilizados económic.
en el Perú
Emitidas por domiciliados
!Enajenación y redención de acciones, participaciones y valores mobiliarios.
!Rescate de valores mobiliarios.
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Criterio – Renta de Fuente Peruana
El IR y los no domiciliados
Exportación de bienes.(Incluye la remisión al exterior por intermediarios del extranjero.)
Producidos/Manufacturados/Comprados
en el Perú
Contratación de Instrumentos Financieros Derivados.
Contratante domiciliado
Utilizados económicamente en el Perú.
Asistencia técnica.
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Recuperación de capital invertido
El IR y los no domiciliados
!Rentas de 3era ó 2da categoría:Enajenación de bienes y derechos.
(costo computable)Explotación de bienes que sufren desgaste.
(20% de importes pagados o acreditados)
Deducción de la renta bruta el capital invertido en su obtención.
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Lugar de realización de las actividades
El IR y los no domiciliados
1. Actividades desarrolladas íntegramente en el Perú
Afecta la totalidad de la renta de fuente peruana.Procedimiento de acreditación del costo
2. Actividades Internacionales
Afecta con renta de fuente peruana según presunción del art. 48 de la LIR.
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Actividades Internacionales
El IR y los no domiciliados
20% I. BrutosDerechos de retransmisión80% I. BrutosSobreestadía de contenedores15% I. BrutosSuministro de contenedores20% I. BrutosDistrib. películas cinematográficas10% Rem. BrutaAgencias internac. noticias5% I.BrutosTelecomunicaciones1% y 2% I.BrutosTransporte aéreo y marítimo60% y 80% I.BrutosAlquiler de aeronaves y naves7% de primasSeguros
Fuente PeruanaActividad
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Tipos de actividades
El IR y los no domiciliados
3. Actividades desarrolladas íntegramente en el exterior
Rentas afectas dependiendo de diversos criteriosque la pueden calificar como renta de fuente peruana (uso o aprovechamiento, criterio del pagador).
Servicios digitales y asistencia técnica
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3. Problemas que plantean la asistencia técnica y los
servicios digitales.
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DefiniciónServicios Digitales
Servicio a través de internet, adaptación, aplicación y análogos
Mediante accesos en línea
Esencialmente automático
No ser viable en ausencia de la tecnología de la información
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Utilización EconómicaServicios Digitales
Servicio utilizado, usado o consumido económicamente en el país sirve para generar
actividades de tercera categoría.
Presunción:Si un contribuyente perceptor de rentas de 3era. categoría considera como gasto o costo la contraprestación por el servicio digital, que cumple con el principio de causalidad, se presume que utiliza económicamente el servicio en el país.
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RTF 222-5-2000Servicios Digitales
Vinculación:
utilización económica
beneficio inmediato(primer acto de disposición del servicio)
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Algunos servicios (fórmula abierta)…Servicios Digitales
! Mantenimiento de software: actualiz.& asistencia! Soporte técnico al cliente en red: acceso data! Almacenamiento de información (Data warehousing) en
el servidor remotamente! Aplicación de hospedaje (Application Hosting)! Provisión de servicios de aplicación (Application Service
Provider - ASP)! Almacenamiento de páginas de internet (Website
Hosting)! Acceso electrónico a servicios de consultoría! Publicidad (Banners ads)
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Algunos servicios (fórmula abierta)…Servicios Digitales
! Subastas en línea! Reparto de información! Acceso a una página de Internet interactiva! Capacitación interactiva! Portales en línea para compraventa
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DefiniciónAsistencia Técnica
Servicio Independiente del exterior o país
Habilidades del Prestador(experiencia: procedimiento, arte o técnica)
Conocimientos Especializados(no patentables)
Necesarios para la actividad realizada por el usuario(indispensable, esencial)
Proporcionar
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DefiniciónAsistencia Técnica
También comprende:!Adiestramiento de personas para la aplicación de los conocimientos especializados.
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Servicios altamente especializadosAsistencia Técnica
1. Servicios de ingeniería- Ejecución y supervisión de montaje.- Instalación y puesta en marcha de máquinas y equipos.- Calibración, inspección, reparación y mantenimiento de máquinas.- Realización de pruebas y ensayos.- Control de calidad.- Estudios de factibilidad.- Proyectos definitivos de ingeniería y arquitectura.
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Servicios altamente especializadosAsistencia Técnica
2. Investigación y desarrollo de proyectos- Elaboración y ejecución de programas pilotos.- Investigación y experimentos de laboratorio.- Servicios de explotación y planificación.- Programación técnicas de unidades productoras.
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Servicios altamente especializadosAsistencia Técnica
3. Asesoría y consultoría financiera- Valoración de entidades financieras y entidades bancarias.- Elaboración de planes, programas y promoción a nivel internacional. Así como su venta.- Asistencia para la distribución, colocación y venta de valores.
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Actividades excluidasAsistencia Técnica
! Contraprestaciones pagadas a trabajadores del usuario por los servicios que presten al amparo de su contrato de trabajo.
! Servicios de marketing y publicidad.! Informaciones sobre mejoras, perfeccionamientos y otras
novedades relacionadas con patentes de invención, procedimientos patentables y similares.
! Actividades que se desarrollen a fin de suministrar las informaciones relativas a la experiencia industrial, comercial y científica
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Actividades excluidasAsistencia Técnica
!Actividades que se desarrollen a fin de suministrar las informaciones relativas a la experiencia industrial, comercial y científica.
Regalías(art. 26 LIR y art. 16 Rgto. LIR)
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Tasa del ImpuestoAsistencia Técnica
!15%
Usuario local deberá obtener y presentar:"DJ expedida por empresa no domiciliada (declaración de prestación de Asistencia Técnica y que registrará los ingresos que ella genere)."Informe de firma de auditores de prestigio internacional en el que certifique la efectiva prestación del servicio.
Se deberá contar con…
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Utilización EconómicaAsistencia Técnica
1. Desarrollo de actividades o cumplimiento de fines, de personas domiciliadas en el país, con prescindencia que se generen ingresos gravados o no en el país.
Presunción:Si un contribuyente perceptor de rentas de 3era. categoría considera como gasto o costo la contraprestación de la asistencia técnica, que cumple con el principio de causalidad, se presume que utiliza económicamente el servicio en el país.
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Utilización EconómicaAsistencia Técnica
2. Desarrollo de las funciones de cualquier entidad del Sector Público Nacional.
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Informe Nº 014-2005-SUNATAsistencia Técnica
!Las comisiones pagadas a sujetos no domiciliados por la colocación en el exterior de productos de empresas domiciliadas no califican como un servicio de asistencia técnica debido a que dicha prestación NO conlleva a proporcionar o transmitir conocimientos especializados no patentables al usuario. En este sentido, dichas comisiones NO constituyen renta de fuente peruana.
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Informe Nº 021-2005-SUNAT Asistencia Técnica
!El servicio de valoración de mercancías prestado en el exterior por un no domiciliado, NO constituye un servicio de asistencia técnica toda vez que tiene como propósito fundamental la entrega de un documento (en el que se señala el precio, calidad, etc.), sin que exista la obligación de transmitir al usuario los métodos o mecanismos utilizados a través de los cuales realiza la valoración o se determina la cantidad y/o calidad de los bienes.
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Informe Nº 021-2005-SUNAT Asistencia Técnica
!La realización de pruebas y ensayos de laboratorio para determinar la pureza de los minerales, efectuada íntegramente en el exterior, constituye un servicio de asistencia técnica toda vez que el prestador utilizó sus habilidades con el objeto de proporcionar conocimientos especializados (no patentables), al efectuar pruebas y ensayos, incluyendo el control de calidad (servicio de ingeniería) a favor del usuario siempre que dicho servicio sea utilizado económicamente en Perú.
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Tratamiento Tributario AplicablePrestaciones Recíprocas
Servicio Digital vs. Asistencia Técnica(art. 4-A Rgto. LIR)
1. Discriminar prestaciones que componen el contrato.
2. En defecto tratamiento de parte sustancial y preponderante del contrato.
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Efectos
Reglas del Domicilio
No Domiciliado Domiciliado!Tributación por rentas de fuente mundial vs renta de fuente peruana.!De la alícuota del 30% al régimen de tasas progresivas.!Determinación de la renta neta. Procedimiento de recuperación del capital invertido.!Situaciones, en menos tiempo, de doble imposición internacional.