DEPARTAMENTO DE MEDIO AMBIENTE Y URBANISMO · alteraciones que repercutan en las especies que hayan...
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I - JUNTAS GENERALES DE ÁLAVA Y ADMINISTRACIÓN FORAL DEL TERRITORIO HISTÓRICO DE ÁLAVA
Diputación Foral de Álava
DEPARTAMENTO DE MEDIO AMBIENTE Y URBANISMO
Acuerdo 583/2015, del Consejo de Diputados de 13 de octubre, que incorpora el documento de “Directrices y Medidas de Gestión” para la conservación favorable y para evitar el deterioro de hábitats y alteraciones sobre las especies de la Zona Especial de Conservación (ZEC) y Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA) de Salburua, y aprueba su publicación como anexo al Decreto 121/2015, del Departamento de Medio Ambiente y Política Territorial del Gobierno Vasco
Durante el proceso de designación previa del Lugar de Importancia comunitaria (LIC) ES2110014 Salburua, como Zona Especial de Conservación (ZEC) y Zona de Especial Protección para la Aves (ZEPA), mediante Acuerdo de Consejo de Diputados 611/2014, de 11 de noviembre, se aprobaron inicialmente las “Directrices y Medidas de Gestión”, que en el marco de los ob-jetivos de conservación aprobados previamente por el Gobierno Vasco, incluyen las medidas apropiadas para mantener los espacios en un estado de conservación favorable, las medidas adecuadas para evitar el deterioro de los hábitats naturales y de los hábitats de las especies, así como las alteraciones que repercutan en las especies que han motivado la designación del espacio.
El documento se aprobó definitivamente tras someterlo al trámite de audiencia e informa-ción pública correspondiente mediante Acuerdo de Consejo de Diputados 171/2015 de 31 de marzo.
Posteriormente, en fecha de 30 de junio de 2015, el Departamento de Medio Ambiente y Política Territorial del Gobierno Vasco, mediante Decreto 121/2015, designa Zona Especial de Conservación y Zona de Especial Protección para la Aves el lugar de Salburua, con sus obje-tivos de conservación.
En el artículo 3 del citado Decreto 121/2015, se establece que las directrices y medidas de gestión para este lugar, aprobadas por la Diputación Foral de Álava, se publicarán como anexo al citado Decreto, de conformidad con lo establecido en el artículo 22.5 del Texto Refundido de la Ley de Conservación de la Naturaleza del País Vasco, aprobado mediante Decreto Legislativo 1/2014, de 15 de abril.
Procede por tanto incorporar y publicar el texto definitivo del documento “Directrices y Me-didas de Gestión” de la ZEC/ZEPA de Salburua, como Anexo al mencionado Decreto 121/2015.
En su virtud, a propuesta del Diputado Foral titular del Departamento de Medio Ambiente y Urbanismo, y previa deliberación del Consejo de Diputados en sesión celebrada por el mismo en el día de hoy,
ACUERDO
PRIMERO. Aprobar la incorporación del documento de “Directrices y Medidas de Gestión” para la conservación favorable y para evitar el deterioro de los hábitats y alteraciones sobre las especies de la Zona Especial de Conservación (ZEC) y Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA) de Salburua y su publicación como anexo al Decreto 121/2015 del Departamento de Medio Ambiente y Política Territorial del Gobierno Vasco, por el que se designa Zona Espe-cial de Conservación y Zona de Especial Protección para la Aves el lugar de Salburua, con sus objetivos de conservación.
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SEGUNDO. Las dotaciones económicas para la ejecución de las medidas de gestión con-templadas en el documento de “Directrices y Medidas de Gestión” están condicionadas a la disponibilidad presupuestaria que se aprobará con los respectivos presupuestos, y en todo caso la estimación económica contenida en dicho documento se realiza a los efectos de lo que se considera necesario en relación con la cofinanciación comunitaria referida en el artículo 8 de la Directiva 92/43/CE.
TERCERO. Comunicar el presente Acuerdo al Departamento de Medio Ambiente y Política Territorial del Gobierno Vasco para su conocimiento, en cumplimiento del artículo 22.5 del Texto Refundido de la Ley 16/1994, de 30 de junio, de Conservación de la Naturaleza del País Vasco.
CUARTO. Publicar el presente Acuerdo junto con el documento de “Directrices y Medidas de Gestión de la ZEC/ZEPA ES2110014 de Salburua” en el BOTHA.
Vitoria-Gasteiz, a 13 de octubre de 2015
Diputado GeneralRAMIRO GONZÁLEZ VICENTE
Diputado de Medio Ambiente y UrbanismoJOSEAN GALERA CARRILLO
Directora de Medio Ambiente y UrbanismoAMAIA BARREDO MARTÍN
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ÍNDICE
1. DIRECTRICES Y MEDIDAS DE GESTIÓN
DESIGNACIÓN DE LA ZONA ESPECIAL DE CONSERVACIÓN (ZEC) Y ZONA DE ESPECIAL PROTECCIÓN PARA LAS AVES (ZEPA) “ES2110014 – SALBURUA” Documento de Directrices y Medidas de Gestión
Septiembre 2015
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ÍNDICE
1. DIRECTRICES Y MEDIDAS DE GESTIÓN ................................................................... 1
2. PROGRAMA DE DIRECTRICES Y MEDIDAS DE GESTIÓN Y ESTIMACIONES ECONÓMICAS ....................................................................................................... 29
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DIRECTRICES Y MEDIDAS DE GESTIÓN
El Texto Refundido de la Ley de Conservación de la Naturaleza del País Vasco, aprobado por Decreto Legislativo 1/2014, de 15 de abril, establece un mecanismo preciso para abordar las figuras de protección de los espacios surgidas al amparo de la normativa comunitaria, en concreto, en relación con los Espacios Naturales Protegidos incluidos en la Red Natura 2000. Así, en el artículo 22 apartado 5, la Ley establece lo siguiente: "Los órganos forales de los territorios históricos aprobarán las directrices de gestión que incluyan, con base en los objetivos de conservación, las medidas apropiadas para mantener los espacios en un estado de conservación favorable, las medidas adecuadas para evitar el deterioro de los hábitats naturales y de los hábitats de las especies, así como las alteraciones que repercutan en las especies que hayan motivado la designación de estas áreas" Mediante el DECRETO 121/2015, de 30 de junio, del Departamento de Medio Ambiente y Política Territorial del Gobierno Vasco, (BOPV 170, de fecha 8 de septiembre de 2015) se designó Zona Especial de Conservación ZEC y Zona de Especial Protección para las Aves ZEPA el lugar Salburua, junto con sus medidas de conservación En el presente Documento se establecen las Directrices y Medidas de Gestión de la ZEC/ZEPA ES2110014 Salburua, sobre la base de los objetivos de conservación establecidos en el citado Decreto 121/2015. La relación de actuaciones dirigidas a alcanzar los objetivos de conservación de Salburua corresponden: 1.AC. Actuaciones Comunes en Ríos (Anexo I del Decreto 215/2012, de 16 de octubre, por el que se designan Zonas Especiales de Conservación catorce ríos y estuarios de la región biogeográfica atlántica y se aprueban sus medidas de conservación” AP. Actuaciones Particulares de la ZEC/ZEPA de Salburúa
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1. HUMEDAL
Objetivos y medidas
2. Objetivo final
El objetivo principal para este elemento clave es el mantenimiento, la conservación y la recuperación de la plena funcionalidad del sistema como ámbito que alberga numerosas especies y hábitats de interés. Se considera más adecuado que la gestión de los hábitats acuáticos presentes en la ZEC/ZEPA se aborde de un modo conjunto, definiendo objetivos, regulaciones y medidas para el sistema que conforman, pese a que también se proponen medidas específicas para cada hábitat concreto.
Las actuaciones que se deberán plantear irán, por tanto, encaminadas a:
- Garantizar la funcionalidad ecológica del humedal manteniendo su dinámica natural
- Conservar activamente los hábitats y las poblaciones de fauna y flora dentro del sistema y proteger los más amenazados y los mejor representados.
- Aumentar su superficie y mejorar su funcionalidad.
- Favorecer su madurez, complejidad estructural y biodiversidad.
- Propiciar y regular el uso recreativo y de ocio ligado al medio natural de forma compatible con el buen estado de conservación de los hábitats y especies de interés comunitario.
Objetivo operativo 1
Garantizar la funcionalidad ecológica del humedal manteniendo su dinámica natural
Directrices, Actuaciones y
Medidas de Gestión
1.AC.3. Se promoverá ante el organismo competente de cuenca la determinación del dominio público hidráulico de las lagunas y cursos fluviales que conforman la ZEC/ZEPA a partir de los estudios técnicos realizados o validados por el citado organismo atendiendo a las características morfológicas, los estudios hidrológicos e hidráulicos y las referencias históricas disponibles. AP.1. Se impulsará ante el organismo competente de cuenca la aprobación del Perímetro de Protección de los humedales de Salburua y su área de recarga1. Esta actuación tiene por objeto la protección estricta de la lámina de agua y la regulación de actividades en orden a proteger las áreas del acuífero cuaternario cuyo drenaje alimenta los humedales. 1.AC.5. Se continuará con los muestreos periódicos de seguimiento del estado ecológico del humedal. Con periodicidad anual se elaborará un informe específico (actuación 1.AC.6) que recoja los resultados de todos los muestreos realizados, y a partir de esa información, establezca la evolución del estado, las posibles fuentes de contaminación y otras presiones y, en su caso, proponga las medidas preventivas y correctoras necesarias para garantizar un buen estado ecológico.
1.AC.10. Actuar para mejorar la calidad del agua influente superficial en el humedal, analizando la viabilidad de la posible instalación de un filtro verde para tratar dichas aguas y estudiando la posible conexión a la red de saneamiento de Vitoria de las fosas sépticas de Arkaute y Elorriaga, de la depuradora del complejo de Arkaute, de la granja ganadera existente en la zona y de la gasolinera de Arkaute.
1 Art. 56.3 del Texto Refundido de la Ley de Aguas y Art. 173 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, y Real Decreto 606/2003, de 23 de mayo, que modifica el anterior.
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AP.2. Proseguir con las labores periódicas de decapado periódicas de los vasos lagunares.
AP.3 Asegurar la inocuidad sobre los humedales del proyecto del TAV y otras infraestructuras proyectadas en su entorno (desdoblamiento de la N-104 en su salida de la ciudad, etc.). Para ello será necesario realizar un estudio en profundidad sobre los previsibles efectos que pudieran derivarse de las obras citadas así como la propuesta de medidas correctoras y protectoras necesarias para garantizar el estado de conservación de la ZEC/ZEPA. Habrá que atender especialmente al efecto barrera de estas infraestructuras viarias y ferroviarias sobre la ZEC/ZEPA y sobre los arroyos del entorno catalogados Área de Interés Especial de especies calificadas “En Peligro de Extinción AP.4. Establecer medidas preventivas frente a posibles vertidos accidentales de las instalaciones existentes en la cuenca vertiente superficial de la ZEC/ZEPA.
AP.5. Establecer un sistema de control hidráulico de las aguas de cabecera del Santo Tomás en su entrada a la Balsa de Betoño, para evitar desbordamientos indeseados.
AP.6. Analizar la viabilidad de recircular al sistema de humedales las aguas recogidas por la red de pluviales del nuevo barrio de Salburua, incluyendo el análisis de la posible necesidad de su tratamiento previo. AP.7. Realizar un estudio sobre la incidencia del Canal del Alegría sobre las características hidrológicas y ambientales de Salburua, proponiendo en su caso medidas correctoras.
Objetivo operativo 2
2.1.1.1 Mantener las condiciones adecuadas para el desarrollo de hábitats de agua dulce. Favorecer su madurez, complejidad estructural y biodiversidad.
Directrices, Actuaciones y
Medidas de Gestión
Son de aplicación las medidas para el mantenimiento del buen estado y de calidad de las aguas para favorecer las condiciones para su desarrollo.
1.AC.18. Se llevarán a cabo actuaciones continuadas de seguimiento y control periódico de especies de fauna y flora exótica invasora, priorizando aquéllas con un mayor potencial de afección sobre las especies consideradas elementos clave, como Azolla filiculoides y peces y cangrejos alóctonos.
AP.8. Mantener el actual manejo con ciervos de los pastizales, preferentemente con animales de origen ibérico, e impulsar la extensión del manejo ganadero extensivo a otros pastizales de la ZEC/ZEPA.
AP.9 Continuar las labores periódicas de desbroce mecánico de pastizales
Objetivo operativo 3
2.1.1.2 Seguimiento de la evolución de los hábitats
Directrices, Actuaciones y
Medidas de Gestión
1.AC.11. Se establecerá un protocolo de seguimiento (cada 6 años) de los hábitats presentes en la ZEC/ZEPA, en especial los de agua dulce (3140, 3150, 6410, 6420, 6430 y 7230), para valorar los cambios en la superficie ocupada y su evolución, la interconexión entre ellos y su evolución estructural. Para ello se establecerán estaciones permanentes para el estudio de la evolución de su estado de conservación.
1.AC.12. Inventario y cartografía de detalle de los hábitats de agua dulce que ocupan superficies muy pequeñas, presentan su óptimo en determinadas épocas del año o requieren técnicas especiales para su determinación, tales como hábitat 3140 y hábitat 3150.
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Objetivo operativo 4
2.1.1.3 Ordenación del uso recreativo
Directrices, Actuaciones y
Medidas de Gestión
1.AC.21 Desarrollo de actividades de educación ambiental y de sensibilización con respecto a la importancia de la conservación de los hábitats de interés comunitario ligados al agua. En este sentido se propone la continuación de las labores de gestión del uso público, de educación ambiental e interpretación de la naturaleza que ya se llevan a cabo por parte del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, incluyendo las labores de mantenimiento, limpieza de residuos, vigilancia y atención al público.
El plan de actuaciones de educación y sensibilización ambiental al que se refiere el párrafo anterior incluirá un programa específico respecto a la problemática de las especies exóticas invasoras, teniendo en cuenta que es una de las presiones más graves para la conservación de diferentes elementos clave de la ZEC/ZEPA.
1.AC.24. En aquellos lugares singulares o de especial uso público del espacio se instalará una señalética, adaptada a cada entorno, que identifique el espacio ZEC/ZEPA y sus valores ambientales.
2. SAUCEDAS (COD. UE 92A0)
Objetivos y medidas
Objetivo final Mejorar el estado de conservación de los hábitats fluviales y de la heterogeneidad del mosaico fluvial
Objetivo operativo 1
Favorecer el aumento de la superficie global ocupada por hábitats naturales
Directrices, Actuaciones y Medidas de Gestión
1.AC.1 Restauración de los hábitats propios de la ribera fluvial, promoviendo en los casos en los que así sea necesario acuerdos voluntarios con los propietarios de los terrenos, en aquellos tramos donde se ha perdido la continuidad del bosque de ribera por presencia de cultivos u otros usos que impliquen su discontinuidad. El objetivo será conseguir la restauración y el mantenimiento de una banda continua de vegetación natural de ribera, en aquellos ámbitos preferentes que determine el Órgano Gestor y de acuerdo con la priorización que establezca dicho Órgano y con la participación de las diferentes administraciones competentes en la planificación y gestión de la ZEC/ZEPA.
Objetivo operativo 2
Disminuir la presencia de especies exóticas presentes
Directrices, Actuaciones y Medidas de Gestión
1.AC.17 Se desarrollarán actuaciones de control y seguimiento periódico de especies de flora y fauna exótica invasora que contribuyan a la depreciación de los hábitats naturales de la ZEC/ZEPA, mediante métodos no agresivos para la estructura y funciones de los hábitats naturales.
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3. ROBLEDAL Y FRESNEDA
Objetivos y medidas
Objetivo final Aumentar las superficie ocupada por hábitats naturales Mantener en su estado actual los enclaves mejor conservados.
Objetivo operativo 1
Favorecer el aumento de la superficie global ocupada por hábitats naturales
Directrices, Actuaciones y Medidas de Gestión
AP.10. Recuperación ecológica de superficies susceptibles de albergar masas de robledal dentro de la ZEC/ZEPA y continuar con las labores de repoblación con especies autóctonas, asegurando el origen genético de los ejemplares a utilizar, especialmente en el caso de los robles.
1.AC.11. Se establecerá un protocolo de seguimiento (cada 6 años) de la evolución de los hábitats considerados clave en la ZEC/ZEPA. Asimismo se realizarán muestreos específicos para detectar y en su caso cartografiar las poblaciones de especies de flora de interés comunitario y/o regional presentes en la ZEC/ZEPA 1.AC.14. Se analizara la viabilidad de llevar a cabo reintroducciones de las especies de flora amenazada que se considere que se han extinguido de la ZEC/ZEPA. Es de aplicación la actuación 1.AC.17 para el control y seguimiento periódico de especies de flora y fauna exótica invasora.
4. VISÓN EUROPEO (Mustela lutreola)
Objetivos y medidas
Objetivo final Garantizar la presencia de poblaciones de visón europeo, viables y acordes con la capacidad de acogida de la ZEC/ZEPA, sin intervenciones externas o con la mínima intervención posible, y que permitan una adecuada conservación de la especie.
Objetivo operativo 1
Corregir los impactos sobre la especie en la ZEC/ZEPA
Directrices, Actuaciones y Medidas de Gestión
Son de aplicación todas las medidas propuestas para el elemento clave Humedal, en particular las relativas al mantenimiento de las funciones y procesos del ecosistema y el seguimiento de la eficacia de las medidas adoptadas. También son de aplicación las medidas propuestas para el elemento clave saucedas, relativas a mejorar el estado de conservación y la heterogeneidad del mosaico fluvial y garantizar la conservación de los enclaves con mayor valor ecológico actualmente existentes. 1.AC.22 Redacción y difusión de directrices técnicas para la conservación de los hábitats del visón europeo
Objetivo operativo 2
Controlar la población asilvestrada de visón americano incluida en el área de distribución del visón europeo en la ZEC/ZEPA
Directrices, Actuaciones y Medidas de Gestión
1.AC.18. Se llevarán a cabo actuaciones continuadas de seguimiento y control periódico de especies de fauna exótica invasora, priorizando aquéllas con un mayor potencial de afección (visón americano) sobre las especies consideradas elementos clave.
Objetivo operativo 3
Favorecer la conexión de las especies de la ZEC/ZEPA
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Directrices, Actuaciones y Medidas de Gestión
AP.11. Asegurar al menos un corredor funcional hacia Montes de Vitoria en el arroyo Errekabarri, que implica su desembocinamiento en la academia de la Ertzaintza, permeabilización de cruces con infraestructuras lineales y revegetación de márgenes. Se promoverá la aplicación de las estrategias aprobadas en materia de conectividad ecológica para propiciar la conexión entre hábitats catalogados de interés comunitario y/o prioritario del espacio ZEC/ZEPA, así como con hábitats catalogados en otros espacios próximos de la Red Natura 2000 y en general con ámbitos de interés medioambiental colindantes. Identificación de áreas de interés conector e implementación de actuaciones de conservación y mejora en su caso.
Objetivo operativo 4
Evaluar la eficacia de las actuaciones.
Directrices, Actuaciones y Medidas de Gestión
Es de aplicación la medida 1.AC.16 en relación al seguimiento anual de la población de visón europeo en la ZEC/ZEPA, incluyendo, en su caso, un diagnóstico de su estado de conservación, evolución demográfica y perturbaciones que afecten a sus hábitats, con el objetivo de mantener y/o mejorar la situación de dichas poblaciones.
Objetivo operativo 5
Asegurar la suficiente variabil idad genética de la población de la ZEC/ZEPA para asegurar su supervivencia a largo plazo
Directrices, Actuaciones y Medidas de Gestión
AP.12. Impulsar un posible proyecto de reforzamiento poblacional con ejemplares procedentes de cría en cautividad
5. QUIRÓPTEROS
Objetivos y medidas
Objetivo final Garantizar la presencia de poblaciones de quirópteros acordes con la capacidad de acogida de la ZEC/ZEPA.
Objetivo operativo 1
Garantizar la existencia de hábitat adecuado para las especies de quirópteros en la ZEC/ZEPA y evaluar la eficacia de las actuaciones.
Directrices, Actuaciones y Medidas de Gestión
Es de aplicación la medida 1.AC.16 en relación al seguimiento periódico de las poblaciones de quirópteros en la ZEC/ZEPA. Estos estudios contribuirán a determinar la abundancia de las distintas especies de quirópteros presentes en la ZEC/ZEPA, identificar refugios y evaluar la ocupación de las cajas refugio ya instaladas, evaluar la necesidad de aumentar dichos refugios y caracterizar el uso del hábitat por especies y cartografiar su distribución.
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6. AVIFAUNA ACUÁTICA Y CARRICERÍN CEJUDO (Acrocephalus paludicola)
Objetivos y medidas
Objetivo final Proteger y recuperar las poblaciones de aves, tanto migrantes como nidificantes, que habitan este espacio, mejorando la capacidad de acogida de la ZEC/ZEPA para los distintos grupos de aves.
Objetivo operativo 1
Proteger las poblaciones de aves, tanto migrantes como nidificantes, que habitan este espacio.
Directrices, Actuaciones y Medidas de Gestión
En la aplicación de la actuación 1.AC.21 referente al desarrollo de actividades de educación ambiental y gestión del uso público, se tendrá en cuenta la limitación del acceso a las áreas especialmente sensibles para la avifauna, a fin de evitar molestias directas originadas por la presencia humana en un momento clave del ciclo anual como es la época de reproducción. AP.13. Creación de una banda arbolada, densa y lo más ancha posible en los límites de la ZEC/ZEPA, especialmente en la zona de Betoño, de manera que aísle el humedal de las zonas urbanizadas, valorando la posibilidad de conectar dicha banda con otras existentes, a los efectos de promover la conectividad dentro de la ZEC/ZEPA.
Objetivo operativo 2
Mejorar las condiciones del hábitat para las especies en la ZEC/ZEPA
Directrices, Actuaciones y Medidas de Gestión
Son de aplicación las actuaciones comunes propuestas para los elementos clave “humedal”, “saucedas” y “robledal”. Es de aplicación la actuación AP.8. Impulsar la extensión del manejo ganadero extensivo a otros pastizales de la ZEC/ZEPA. 1.AC.25. Se efectuará un análisis de la problemática de las líneas eléctricas existentes en el entorno del ámbito de la ZEC/ZEPA que identificará los riesgos de colisión y electrocución de aves. Se elaborará en colaboración con las entidades titulares, un plan de actuaciones en las líneas de riesgo a fin de dotarlas de dispositivos anticolisión y de medidas antielectrocución. AP.14.. Elaboración de un diagnóstico pormenorizado y un plan de acciones tendente a la reducción de la contaminación acústica y lumínica en el ámbito de la ZEC/ZEPA y su entorno inmediato.
AP.15. Establecer un sistema de alerta temprana de posibles episodios de mortandad masiva de aves así como un protocolo de actuación ante esta problemática.
Objetivo operativo 3
Evaluar la eficacia de las actuaciones realizadas
Directrices, Actuaciones y Medidas de Gestión
Es de aplicación la actuación 1.AC.16. Se llevará a cabo un seguimiento periódico de las poblaciones de especies de fauna que constituyen elementos clave en la ZEC/ZEPA, incluyendo, en su caso, un diagnóstico de su estado de conservación, evolución demográfica y perturbaciones que afecten a sus hábitats, con el objetivo de mantener y/o mejorar la situación de dichas poblaciones.
La evaluación del estado de conservación de las especies a que hace referencia el párrafo anterior se efectuará al menos cada seis años. Para las especies incluidas bien en el Catálogo Español o bien en el Catálogo Vasco de Especies Amenazadas
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y a no ser que la estrategia de la especie o su Plan de Gestión señale una periodicidad distinta, las evaluaciones se efectuarán como máximo cada seis años para las especies consideradas como «vulnerables» y cada tres años para las especies consideradas como «en peligro de extinción», a excepción del visón europeo, para el cual el seguimiento se realizará anualmente, evaluando su estado de conservación cada 3 años.
7. GALÁPAGO LEPROSO (Mauremys leprosa)
Objetivos y medidas
Objetivo final Recuperar y proteger la población de esta especie
Objetivo operativo 1
Conservar y recuperar la población de galápago leproso en la ZEC/ZEPA y evaluar la eficacia de las actuaciones realizadas.
Directrices, Actuaciones y Medidas de Gestión
Resultan de aplicación la actuación 1.AC.18 relativa a las actuaciones de seguimiento y control periódico de especies de fauna exótica invasora, en concreto de galápagos exóticos, en la ZEC/ZEPA, la actuación 1.AC.16 en relación con el seguimiento periódico de la población de galápagos en la ZEC/ZEPA , la actuación 1.AC.19 en relación a la aprobación del plan de gestión del galápago leproso y la actuación 1.AC.21 referente al desarrollo de actividades de educación ambiental y de sensibilización, que en este caso incluirá el reforzamiento de campañas de sensibilización al público para prevenir la suelta de ejemplares exóticos.
8. RANA ÁGIL (Rana dalmatina)
Objetivos y medidas
Objetivo final Recuperar y proteger la población de esta especie preservando los hábitats en los que se desarrolla y sus enclaves de reproducción.
Objetivo operativo 1
Mejorar las condiciones del hábitat para la especie en la ZEC/ZEPA y evaluar la eficacia de las actuaciones realizadas.
Directrices, Actuaciones y Medidas de Gestión
Serán de aplicación las actuaciones en relación con el objetivo de Favorecer el aumento de la superficie global ocupada por hábitats naturales (Robledal y fresneda). Serán de aplicación todas las medidas tendentes al control de especies exóticas invasoras que afectan a la especie. Es de aplicación la actuación 1.AC.16. Se llevarán a cabo prospecciones específicas para determinar la presencia de sapillo pintojo y rana ágil en el ámbito de la ZEC/ZEPA, incluyendo, en su caso, un diagnóstico del estado de conservación de sus poblaciones, evolución demográfica y perturbaciones que afecten a sus hábitats, con el objetivo de mantener y/o mejorar la situación de dichas poblaciones.
También resulta de aplicación la actuación AP.10. Recuperación ecológica de superficies susceptibles de albergar masas de robledal dentro de la ZEC/ZEPA y continuar con las labores de repoblación con especies autóctonas, asegurando el origen genético de los ejemplares a utilizar, especialmente en el caso de los
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robles. Asimismo resulta de aplicación la actuación AP.11, consistente en la potenciación del corredor ecológico del arroyo Errekabarri hacia Montes de Vitoria.
AP.16. Continuar las labores de cría controlada de la especie para aumentar las tasas de emergencia de la misma de manera que se refuerce la población
Asimismo resultan de aplicación las medidas 1.AC.19 para promover la redacción y aprobación del plan de gestión de la rana ágil y 1.AC.22 en relación a la redacción y difusión de directrices técnicas para la conservación de los hábitats de la especie.
9. COMUNIDAD ÍCTICA: LOINA (Parachondrostoma miegii), BERMEJUELA (Achondrostoma arcasii).
Objetivos y medidas
Objetivo final Garantizar la presencia de poblaciones ícticas autóctonas viables y acordes con la capacidad de acogida de la ZEC/ZEPA, con la mínima intervención posible y permitiendo una adecuada conservación de las especies.
Objetivo operativo 1
Corregir los impactos sobre las especies de peces presentes en la ZEC/ZEPA
Directrices, Actuaciones y Medidas de Gestión
1.AC.18 Seguimiento y control periódicos de especies piscícolas exóticas con mayor potencial de afección sobre las especies clave definidas. En algunos cuerpos de agua de la ZEC/ZEPA de mediano-pequeño tamaño y cuyo nivel de agua es manejable, se planteará la posibilidad de erradicar y/o controlar las especies de peces invasores por desecación en el estiaje
En relación con las especies exóticas invasoras son de aplicación asimismo las actuaciones comunes 1.AC.21 y 1.AC.22, en relación con la educación ambiental, la sensibilización y la difusión de directrices técnicas para la conservación de los hábitats de estas especies.
Objetivo operativo 2
Evaluar la eficacia de las actuaciones realizadas
Directrices, Actuaciones y Medidas de Gestión
1.AC.16 Se llevará a cabo un seguimiento periódico de las poblaciones de especies de fauna piscícola que constituyen elementos clave en la ZEC/ZEPA, incluyendo, en su caso, un diagnóstico de su estado de conservación, determinación de la existencia de frezaderos, evolución demográfica y perturbaciones que afecten a sus hábitats, con el objetivo de mantener y/o mejorar la situación de dichas poblaciones, incluyendo la posibilidad de la reintroducción de las especies autóctonas desde otras poblaciones de la cuenca del Zadorra en los casos en los que así se estime oportuno.
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BOLETÍN OFICIAL DEL TERRITORIO HISTÓRICO DE ÁLAVA
10. ARTRÓPODOS DE INTERÉS DE CONSERVACIÓN
Objetivos y medidas
Objetivo final Mantener poblaciones estables de los insectos amenazados.
Objetivo operativo 1
Garantizar la existencia de hábitat adecuado
Directrices, Actuaciones y Medidas de Gestión
AP.17. Continuar con la realización de acumulaciones permanentes de troncos y ramas de madera muerta Para los odonatos son de aplicación las medidas tendentes a la conservación de los humedales.
Objetivo operativo 2
Conocer la situación de las poblaciones en la ZEC/ZEPA
Directrices, Actuaciones y Medidas de Gestión
Es de aplicación también la actuación 1.AC.13: Se realizarán muestreos específicos para mejorar el conocimiento sobre la presencia de invertebrados de interés comunitario y/o regional en el ámbito de la ZEC/ZEPA. El esfuerzo de muestreo debe centrarse en un principio en las especies de interés comunitario como Coenagrion mercuriale, Lucanus cervus, Rosalía alpina y Euphydryas aurinia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL TERRITORIO HISTÓRICO DE ÁLAVA
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