Derecho de Alimentos-materia-FAMILIA
-
Upload
marco-antonio-castellanos-gonzalez -
Category
Documents
-
view
221 -
download
0
Transcript of Derecho de Alimentos-materia-FAMILIA
-
7/23/2019 Derecho de Alimentos-materia-FAMILIA
1/3
EL DERECHO DE ALIMENTOS
Por: Marco Antonio Castellanos Gonzlez.
Failia.
M!"ico# $%&'.
()* SON LOS ALIMENTOS?
Los alimentos constituyen una prestacin econmica que debe serproporcional a las posibilidades econmicas de quien est obligado adarlos y las necesidades de quien o quienes los requieran. Losmismos consisten en:
El suministro de sustancias nutritivas o comestibles, de atencinmdica y medicamentos.
1. Las necesidades de vestido y abitacin.!. La obligacin de proporcionar los recursos necesarios con la
"inalidad de procurar la instruccin elemental o superior, as#como el aprendi$a%e de un arte u o"icio, aun despus de lamayor#a de edad asta un m&imo de !' a(os, si los estudiosse reali$an con proveco tanto en tiempo como en elrendimiento acadmico, salvo si se trata de una persona condiscapacidad pro"unda, en cuyo caso asta que ste lo requiera.
). *ratndose de menores, todo lo necesario para lograr sudesarrollo integral desde la concepcin. +rt. )-- del digo dela /amilia y del 0enor:
2ico de otra manera, los alimentos son los medios indispensablespara satis"acer todas las necesidades bsicas de una persona,tomando en cuenta el nivel social de la "amilia.
()I*NES EST+N O,LIGADOS A DAR ALIMENTOS-
Estn obligados a darse alimentos los cnyuges entre s# y losascendientes y descendientes rec#procamente +padres, i%os, abuelos,nietos. 3especto de los ermanos, 4nicamente deben
proporcionarse los medios requeridos para vivir, cuando los necesitenpor cualquier causa que no sea motivada por el bene"iciario y se
-
7/23/2019 Derecho de Alimentos-materia-FAMILIA
2/3
e&tender en su caso a lo que necesiten para su educacin. +rt. )-5del digo de la /amilia y del 0enor
()I*NES TIENEN PRIORIDAD PARA RECI,IR ALIMENTOS-
6i dos o ms personas que tengan dereco a reclamar los alimentosde un mismo obligado, lo icieren simultneamente y ste no contarecon los recursos econmicos para responder a todos, se darprioridad a la i%a o i%o su%eto a la patria potestad y al progenitoranciano. rt. )57 del digo de la /amilia y del 0enor.
C/MO SE HACE E0IGI,LE EL DERECHO DE ALIMENTOS-
Este dereco se ace e&igible, mediante la solicitud de pensinalimenticia en los 8u$gados 0unicipales de /amilia y en las
corregidur#as del rea. 9ara dicos trmites no se requiere laasistencia de un abogado.
C)+LES SON LAS CA)SAS DE S)SPENSI/N DEL DERECHO DEALIMENTOS-
La obligacin de alimentos se suspender previa evaluacin de laautoridad competente en los siguientes casos
1. uando la "ortuna del obligado a darlos se ubiera reducidoasta el punto de no poder satis"acerlos sin desatender suspropias necesidades y las de su "amilia.
!. uando el bene"iciario de alimentos pueda e%ercer un o"icio,pro"esin o industria, que aya me%orado su condicineconmica y que no le sea necesaria la pensin alimenticiapara su subsistencia.
La suspensin durar el tiempo que subsista la causal que la origina.+rt. )5- del digo de la /amilia y del 0enor.
C)+LES SON LAS CA)SAS DE TERMINACI/N DEL DERECHODE ALIMENTOS?
La obligacin de alimentos cesar:
9or llegar el bene"iciario a la mayor#a de edad, e&cepto en el supuestode la educacin, establecidos en el art#culo )-- del digo de la/amilia y del 0enor, o en el caso de la prrroga de la patria potestadre"erida en el rt#culo );5 del mismo digo.
1. 9or aber contra#do matrimonio el bene"iciario menor de edad.
-
7/23/2019 Derecho de Alimentos-materia-FAMILIA
3/3
!. 9or muerte del bene"iciario. +rt. )55 del digo de la /amilia ydel 0enor