Derecho de Familia Es El Conjunto de Normas e Instituciones Jurídicas Que Regulan Las Relaciones...

download Derecho de Familia Es El Conjunto de Normas e Instituciones Jurídicas Que Regulan Las Relaciones Personales y Patrimoniales de Los Miembros Que Integran La Familia

If you can't read please download the document

description

Derecho de Familia Es El Conjunto de Normas e Instituciones Jurídicas Que Regulan Las Relaciones Personales y Patrimoniales

Transcript of Derecho de Familia Es El Conjunto de Normas e Instituciones Jurídicas Que Regulan Las Relaciones...

Derecho de familiaes el conjunto de normas e instituciones jurdicas que regulan las relaciones personales y patrimoniales de los miembros que integran la familia, entre s y respecto deterceros. El Estado regula los diversos aspectos de trascendencia pblica de la familia en base a las normas del llamado Derecho de familia.podemos definir el Derecho de familia como el complejo de normas jurdicas que regulan las relaciones personales y patrimoniales de los pertenecientes a la familia entre s y respecto a los terceros. Por tanto, ser objeto del Derecho de familia todo lo relativo a relaciones familiares, alimentos, matrimonio, rgimen econmico matrimonial, filiacin, relaciones paternofiliales, e instituciones tutelares.es importante destacar que las normas de Derecho de familia son imperativas, indisponibles (de manera que no se puede renunciar a los derechos y deberes que imponen), intransmisibles y tienen un acentuado carcter de funcin.

La familia: es la union de un hombre con una mujer, bajo las condiciones del amor, respeto, fidelidad, comprensin, y no precisamente el matrimonio y si se diesen todos estos factores no habra necesidad de matrimonio, sera una unin libre de amor. Y ese algo ms que son los hijos, La combinacin de todos estos elementos hacen que nazca una familia conformando por padre, madre, hijos, hermanos, abuelos, tos, es la base de la sociedad, es uno de los elementos mas importantes de nuestaras vida dondenos inculcan respeto, honestidad, amor, responsabilidad, alegria, justicia, lealtad.

Evolucion de la familia:Caracteres de la familia: La familia venezolana se caracteriza en relacin con sus aspectos morales, sociales y legales

EN LO MORAL:

La base de la familia es el matrimonio, existente en su forma religiosa y civil. Aunque el matrimonio civil tiene efectos legales, la familia venezolana, generalmente aspiran que sus miembros contraigan igualmente el matrimonio religioso ya que la religin mayoritaria de este pas es la catlica, por lo tanto, hay una base moral fundamentada en la religin en el seno de nuestra familia.

Los padres orientan y hacen sentir su autoridad en el hogar, cuya conducta significa un ejemplo a seguir para sus hijos.

Se presentan igualmente casos de descomposicin familiar, aunque aislados. Entre estos casos estn la falta de autoridad en el seno familiar, los conflictos entre padres e hijos, las rencillas entre hermanos, el alcoholismo entre los progenitores e inclusive el incesto

EN LO SOCIAL:

Hay abundancias de familias incompletas, donde falta uno de los cnyuges, comnmente el padre, debido al abandono del hogar al divorcio. Muchos hogares se caracterizan por la poca atencin prestada a los hijos debido a que suspadres trabajan fuera.

Las familias, tanto rurales como urbanas tiene hijos menores de edad que trabajan porque sus padres estn desempleados, o bien no son profesionales ni obreros calificados, o que el salario que gana no es suficiente para el mantenimiento del hogar

Las grandes ciudades especficamente en caracas tienen numerosas familias que viven en ranchos , lo que trae como resultado el hacinamiento, la insalubridad, la incomodidad para el desplazamiento al plantel o al sitio de trabajo3) EN LO LEGAL :

La familia venezolana se basa en los estatutos expuestos en nuestra constitucin, el cdigo civil, en la ley orgnica de proteccin del nio y del adolescente, en la ley de adopcin y otras.

La constitucin nacional establece que el estadoproteger la familia como clula fundamental de la sociedad, proteger el matrimonio, favorecer la organizacin del patrimonio familiar, facilitando a cada familia la adquisicin de su vivienda cmoda e higinica

El cdigo civil desarrolla la legislacinsobre las diferentes instituciones familiares, matrimonios, filiacin, etc.

La Lopna contiene las normas referentes a los menores de edad la patria potestad, la proteccin que el estado da al menor, los menores en situacin irregular, la administracin de justicia en caso de minoridad.

La ley de adopcin se refiere a los requisitos, tramites, efectos y extincin de la adopcin.

Estructura de la familia: Conocer la estructura de la familia ayuda a tener una idea de los tipos de familia existentes, en elsentido de cmo se conforma una familia y cules son sus principales caractersticas.

Laestructura de la familiaseala cmo se conforma este grupo social y en este sentido, es que vers las caractersticas de esta estructura.

Es el elemento naturaly fundamental de la sociedad y tiene derecho a la proteccin de la sociedad y del EstadoLos lazos principales que definen una familia son de dos tipos: vnculos de afinidad derivados del establecimiento de un vnculo reconocido socialmente, como el matrimonio

que, en algunassociedades, slo permite la unin entre dos personas mientras que en otras es posible la poligamia, y vnculos de consanguinidad, como la filiacin entre padres e hijos o los lazos que se establecen entre los hermanos que descienden de un mismo padre.

Tambin puede diferenciarse la familia segn el grado de parentesco entre sus miembros.

Las familias pueden ser clasificadas en los siguientes tipos:Familia nuclear, formada por la madre, el padre y su descendencia.

Familia extensa, formada por parientes cuyas relaciones no son nicamente entre padres e hijos. Una familia extensa puede incluir abuelos, tos, primos y otros parientes consanguneos o afines.

Familia monoparental, en la que el hijo o hijos vive(n) slo con uno de los padres.

Familia homoparental, en la que el hijo o hijos vive(n) con una pareja homosexual.

Familia ensamblada, en la que est compuesta poragregadosde dos o ms familias (ejemplo: madre sola con sus hijos se junta con padre viudo con sus hijos), y otros tipos de familias, aquellas conformadas nicamente por hermanos, por amigos (donde el sentido de la palabra "familia" no tiene que ver con un parentesco de consanguinidad, sino sobre todo con sentimientos como la convivencia, lasolidaridadyotros), etctera, quienes viven juntos en el mismo espacio por untiempoconsiderable.

La Consanguinidad y la Afinidad:Es la relacin entre personas que descienden la una de la otra y que preceden de un ascendiente o trinco comn.En lnearecta, padres e hijos, abuelos y nietos, bisabuelos y bisnietos, tatarabuelos tataranietos, retatarabuelos y choznos.En lnea colateral aparecen los hermanos, los primos, los sobrinos y los tos.Consanguinidades la relacin de sangre entre dos personas:los parientes consanguneos son aquellos que comparten sangre por tener algn pariente comn;

Afinidadson los parientes no consanguneos son aquellos que no presentan un vnculo de sangre, pero que son parientes por un vnculo legal (matrimonio).

A estaotra relacin de parentesco se le denomina La consanguinidad y la afinidad son trminos muy utilizados en derecho. El parentesco es muy importante para todos lossistemasjurdicos,y sobre ese concepto se basa el Derecho de familia o el Derecho desucesiones.En muchos sistemas jurdicos la consanguinidad se equipara a la relacin de adopcin, de forma que no existe diferencia entre un pariente de sangre y uno adoptado. De esta forma, el hijo adoptivo tiene los mismos derechos que el hijo natural e, incluso, un nieto adoptivo tiene los mismos derechos que uno natural (casos deherencia,alimentos, etc.), a pesar de que esos parientes ms lejanos en la lnea sucesoria no hubiesen prestado su consentimiento en el momentode la adopcin.

Ttulo III C.C. Venezolano, Establece:Artculo 40:La afinidad es el vnculo entre conyugue y los parientes consanguneos del otro.En la misma lnea y en el mismo grado en que unapersonaes pariente consanguneo del otro.En la misma lnea y en el mismo grado en que una persona es pariente consanguneo de uno de los conyugues, es a fin del otro.La afinidad no se acaba por la disolucin del matrimonio, aunqueno existan hijos, excepto para ciertos efectos y en los casos especialmente determinados por la Ley.Generacin:Se conoce comogeneracinen genealoga al total de seres, que forman parte de la lnea de sucesin anterior o posterior de un ser de referencia y se encuentran a la misma diferencia. Art. 37 CC. Cada Generacin forma un grado La proximidad del parentesco se determina por el nmero de generacionesGrados:Elgradoes la cantidad de generaciones que distancian a un pariente de otro, as los hermanos carnales son parientes consanguneos colaterales en segundo grado.El parentesco por afinidad es aquel que se tiene con la familia del cnyuge.Los hermanos tambin admiten una clasificacin entre carnales (doble conjuncin) y paternos o maternos (simple conjuncin)La consanguinidad tiene grados enfuncindel nmero de generaciones interpuestas en el rbol genealgico. As, la relacin padre-hijo es de primer grado, mientras que la de abuelo-nieto es de segundo grado.Tambin se diferencia entre:

Lnea directa: se llama as a la constituida por la serie de grados entre personas que descienden una de otra.ascendente (progenitores, abuelos, etc.).

descendente (hijos, nietos, etc.).

Lnea colateral: es la constituida por la serie de grados entre personas que no descienden unas de otras, pero que proceden de un tronco comn (hermanos, tos, primos, etc.).

Para medir los grados de la lnea colateral se sube hasta el tronco comn y despus se baja hasta la persona con quien se hace lacomputacin. Por esto, el hermano dista dos grados del hermano, tres del to, hermano de su padre o madre, cuatro del primo hermano, y as en adelante.

Ttulo III C.C. Venezolano, Establece:Artculo 38:La serie de grados forma la lnea.Es lnea recta la serie de grados entre personas que descienden una de otra.Es lnea colateral la serie de grados entre personas que tiene un autor comn, sin descender una de otraEs lnea recta es descendiente o ascendiente.La descendiente liga al autor con lo que descienden de l.La ascendiente liga a una persona con aquellas de quienes descienden.Artculo 39:En ambas lneas hay tantos grados cuantas son las personas menos una.En la recta se sube hasta el autor.En la colateral se sube desde una de las personas de que se trata hasta el autor comn, y despus se baja hasta la otra persona con quien se va hacer la computacin.

Efectos del Parentesco:Del vnculo parental existente entre las personas, surgen relaciones jurdicas que vienen a surtir efecto en tres sentidos:Confiriendo Derecho:Se confieren Derechos al padre y a la madre cuando se le otorga el ejercicio de la patria potestad sobre sus hijos menores no emancipados Igualmente se confiere a los hijos el Derecho de recibir alimentoseducacine instruccin de sus padres Y el de suceder a estos y a sus otros ascendentesEjemplo. Es cuando se le confiere derecho al padre y a la madre cuando se les otorga el ejercicio de lapatria potestadsobre sus hijos menores no emancipados (Art 261 c.c.) o la facultad de designarles tutor o protutor para el caso en que quedaren sujetos atutela(art. 305 c.c.). y el derecho de recabar alimentos de estos como lo establece en el art 284 c.c. asimismo confiere a los hijos el derecho de recibir alimentos, educacin e instruccin de sus padres ART. 282C.C. y el de suceder a estos y a sus otros ascendientes art 822.Imponiendoobligaciones:Como cuando se impone al menor sometido a tutela y en el mismo sentido la obligacin de formar parte del consejo de tutela.Ejemplo: surgen las obligaciones con motivo de la existencia del vnculo parental. Pero adems la ley establece obligaciones, que sin serderivadasde derechos correlativos, nacen igualmente de la relacin de parentesco, como cuando se impone al pariente del menor sometido a tutela la obligacin de ejercer esta tutela art. 309 in fine, en concordancia con el artculo 304 del c.c., y en el mismo sentido en concordancia con el 325 c.c.Creando incapacidades:las prohibiciones para el matrimonio de determinados parientes o la incapacidad para ser testigo en juicio entre determinados parientes.Ejemplo: Las prohibiciones para el matrimonio entre determinados parientes (art. 51 al 54 del c.c.) o la incapacidad para ser testigo presencial del matrimonio celebrado fuera del despacho del funcionario (art. 87 c.c.). y, aparte del mbito delDerechoCivil, Incide la relacin parental en otros campos del Derecho, como por ejemplo enderecho procesalcuando, por disposicin del art 479 delcdigodeprocedimientocivil se inhabilita a los conyugues, ascendientes y descendientes para ser testigos a favor de las partes que lo presenten, a los parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad, Y as mismo en elderecho penal, en ciertosdelitoscontra lapropiedad, se prohbe todaaccincontra el delincuente en los casos del art.483 del cdigo penal.En efecto, por disposicin de la ley y como derivacin de la existencia del parentesco, se establecen determinados derechos de unas personas sobre otras; otras veces se imponen obligaciones y finalmente se crean incapacidades que vienen a limitar el libre ejercicio de ciertos derechos.DISOLUCIN DEL PARENTESCOEl parentesco es indisoluble. El parentesco por consanguinidad no se extingue ni conla muerte, todo lo contrario, si hubiera extincin se perdera el Derecho hereditario que de l deriva. El parentesco por afinidad tampoco se extingue (Art. 40 CC.La afinidad no se acaba por la disolucin del matrimonio, aunque no existan hijos, excepto para ciertos efectos y en los casos especialmente determinados por la Ley) T tampoco se extingue el parentesco por adopcin

ConclusinLuego de revisar elmarco tericoreferido a que es la familia, as como la normativa que compete para ello (constitucinycdigo civil).La familia constituye el fundamento de toda sociedad humana y es en su seno sonde se crean los lazos afectivosimprescindibles para transmitir laculturaylos valoresideolgicos y morales de unas generaciones a otras. Por ello el derecho como instrumento protector de las relaciones personales tiene laresponsabilidadde brindarle todo el resguardo que ella requiera, sin importar el modo en el cual se origine
Estructura de la familiaLo bsico y fundamental en la familia es la consaguinidad (vnculo de sangre), la unin espiritual que se profesan sus miembros y los deberes y obligaciones que tienen quienes la integran. Por ello, la estructura familiar est dada por los tipos o composicin de la familia. As:

a. Familia nuclear: Es la que est formada, nicamente, por padres e hijos.

b. Familia extensa: La que adems de padres e hijos, habitan conjuntamente los abuelos, tos, primos, etc.

c. Familia incompleta: Cuando dentro del grupo familiar faltauno de los progenitores, padre o madre.

d. Familia reconstruida: Podra denominarse, tambin, recompuesta. Es la que est formada por esposos e hijos de anteriores matrimonios.

e. Familia adoptiva: Cuando los padres han adoptado, libremente, a un hijo.

1.-Poderes Familiares"Son las facultades atribuidas por la legislacin venezolana, a los miembros de la familia, a extraos y a los rganos del Estado, que tienen comofuncin: mantener, consolidar y ayudar en todo lo concerniente a los intereses delgrupofamiliar".Es decir, dentro del campus del derecho de familia, nace una nueva concepcin ms detallada; la potestad, que constituye de manera subordinada, el lado activo de la relacin familiar.La Potestad, es representada por un predominio sobre lapersona, a favorde determinados miembros u rganos de la familia, siempre buscando el beneficio y la estabilidad del grupo familiar.La familia no solamente es el agente reproductor de nuevas generaciones en el marco del derecho yla educacin, sino tambin es el centromotorde formacin de individuos para determinar las caractersticas del organismo social, mayor que la sociedad lafamilia tambin se convierte en el grupo de referencia ms duradera e influyente para la comunidad de donde todo lo social se hace relacin con la familia.En relacin a esto, los poderes familiares, siempre sern los pilares fundamentales basados en las facultades y potestades, para crear, modificar, exigir, extinguir, proteger y fiscalizar situaciones jurdicas dentro del contexto, atribuido a la familia, a extraos a la misma, y a los rganos del Estado, con el nico objeto de consolidar, mantener, solidificar y unificar la organizacin familiar.La finalidad de todo Poder Familiar, es consagrar los intereses superiores de la familia.*Clasificacin de los Poderes FamiliaresAntonio Cicu clasifica los Poderes Familiares en dos partes:a)Poderes enSentido Propio.Consiste en aquellos poderes que son plenamente ejercidos de manera directa por el rgano investido.- Poder de Constituir, modificar o extinguir relaciones jurdicas familiares.-Poderde Decisin y Ejecucin en orden al cuidado de lapersonaybienesdel incapaz.- Poder de Fiscalizacin.- Poder de Vigilancia.- Poder Consultivo.b)Poder de Promover elDesempeode laFuncinde la Aplicacin del Derecho.- Poder Conferido por Motivos Individuales.- Poder No Conferido por motivos individuales.Por otraparte, Federico Puig, clasifica a los Poderes Familiares de la siguiente manera.a)Poderes Relativos a laBiologadel Vnculo Familiar.Sencillamente es la facultad que tienen los padres depoder reconocer al hijo, porque mediante su pleno ejercicio, nace el vinculo jurdico familiar de filiacin.b)Poderes Relativos a la Efectividad del Vnculo.A su vez, se subdivide:-Poderes de Decisin y Ejecucin en Sentido Estricto.Comprende la potestad tradicional; entre ellas se tiene, latutelay la patria potestad.-Poderes deControlEfectivo.Facultad de otorgar o autorizar elmatrimoniode sus descendientes, ordenados por los padres o abuelos.-Poderes de Vigilancia.Facultad que tiene el protutor, donde se encarga de vigilar la actuacin del tutor, el derecho del cnyuge donde legalmente se encuentre separado del ex cnyuge, de vigilarla educacinde los hijos.2.-rganos FamiliaresSon todas aquellas personas o entes a los cuales la legislacin facultad e inviste de poder, para de esta forma lograr as la consolidacin delgrupofamiliar; es decir, toda persona, funcionario pblico, todo ente privado o pblico, al cual se le atribuye un poder en relacin al derecho defamilia, es un rgano familiar.*Clasificacin de los rganos Familiares..a)Por suConstitucin.-Individuales:Decarcterparticularo funcionarios pblicos, a quienes meramente el Derecho les reconoce un poder familiar.-Colectivos:Entes pblicos o privados, a los que el Derecho les ha encomendado el cumplimiento de un poder familiar.b)Por su Carcter.-Pblicos:rganos que desarrollan una funcin estatal en relacin conla familia. A su vez se clasifica en:Judiciales:Administranjusticiaen lo que a la familia se refiere.Administrativos:Aquellos a los que el Derecho otorga poderes familiares que no impliquenadministracinde justicia, pues no tienen potestad jurisdiccional.-Privados:Cuerpos formados por particulares a quienes el Derecho le otorga la facultad orientada a consagrar los intereses superiores de la familia.*Principales rganosFamiliares.1.-rganos Familiares Privados.Interesados en proteger los beneficios familiares, y delgica, que a ellos les atribuya los poderes necesariospara la obtencin de tal fin.a)rganos Privados Individuales.-Padres:Se les otorga laPatria Potestad, la ms amplia potestad familiar, con todos sus atributos.-Abuelos:Son los tutores legtimos. Pues tienen la facultad plena de autorizar el matrimonio de sus nietos mayores de 16 aos pero menores de 18, y de sus nietas, mayores de 14, y menores de 18.-Otros Consanguneos:Los parientes dentro del 3er grado de consaguinidad, pueden ejercer laaccinde privacin de la patria potestad.-Afines:A ellos se les da pocas facultades familiares.-Cnyuges:Tienen el derecho de demandar la nulidad del matrimonio, la separacin de los cuerpos y eldivorcio.-Tutor:Concede amplios poderes para proteger la persona y los bienes delpupilo.-Protutor:Representa al menor, en aquellos casos en que susintersestn en oposicin con los del tutor.-Curador:General:Asiste al curado en todas las relaciones patrimoniales en que intervenga.Especial:Limita su actuacin a determinados actos.b)rgano Privado Colegiado.-Consejo de Tutela:rgano de la tutela; laleylo ha creado con el fin de moderar laautoridaddel tutor, ilustrar al juez y proteger al tutelado.2.-rganos Familiares Pblicos.El Estadoprimeramente, se reserva para si mismo, una serie de poderes familiares que actualiza mediante autorizacin, ratificaciones o sustituciones en ciertas niveles de facultad.a)rganos Judiciales.b)rganos Administrativos.3.-Diferenciasentre Poder Familiar y rgano Familiar1.- Los poderes familiares son atribucionesnormaso potestades que van dirigidas hacia la familia, es decir, que su mbito de aplicacin se vaa localizar en el grupo familiar como tal.Los rganos familiares son los canales que se van a utilizar para llevar a cabo estas atribuciones o normas dentro del mbito familiar, vale decir, estos son los titulares de los poderes familiares, los ejecutoresde estas normas.2.- Las personas sobre la cual recae estas normas, atribuciones o potestades, pueden o no tener capacidad de respuesta, es decir, pueden ser incapaces como capaces, gozar de pleno entendimiento o no.Los que ejercen esta funcin (rganosfamiliares) deben ser personas plenamente capaces y aptas desde todo punto de vista civil, con plenoconocimientode discernir.3.- Deben ejercerse, si no tienden a desaparecer, ya que si se tienen unas normas especificas, como por ejemplo, si esta establecida una hora especifica de llegada al hogar (09:00pm), si esta norma no se practica, tiende a desaparecer.Los rganos familiares siempre permanecen, y en virtud quealguien deje de ejercer estasfunciones, es asumida por otro, es decir siempre van estar presente de una u otra forma.4.- Los poderes familiares son aplicable a personas perteneciente agruposde familias en particular, es decir cada grupo familiar tiene establecida sus normas internas especficas, que pueden ser diferentes a las normas que tiene establecida otra familia.En los rganos de familia pueden actuar tanto personas pertenecientes a ese grupo de familia en especfico, como pueden actuar personas en particular, como por ejemplo los funcionarios pblicos que tienen funciones relacionadas con el ncleo familiar (un Juez enmateriadeniosy adolescente).5.- Los poderes familiares son potestades, facultades capaces de constituir, crear, modificar, extinguir, proteger o fiscalizar, situaciones jurdicas familiares.Los rganos familiares son personas, ya sean miembros de las familias, particulares o extraas a ella, a los que la ley atribuye estas facultades o potestades.4.-Explique si el Poder Familiar es RestringidoSi es restringido, simplemente porque es un derecho individualizado plenamente de orden privado, sirviendo de filial para la proteccin del nio.5.-rganos Administrativos en el Municipio Carona)Sindico Procurador:Est facultado para oponerse al matrimonio de cualquier persona Art. 76 C.C.V. Solicita la nulidad del matrimonio celebrado en contra.b)Jueces de Primera Instancia en lo Civil.Tienen facultades para nombrar tutor (Art. 309 y 313 C.C). Resuelven las oposiciones al matrimonio (Art. 75).c)Juez de Proteccin al Nio, Nia y Adolescente.Se ocupa de imponer medidas de proteccin cuando losderechosde un nio, adolescente o varios de ellos, hayan sido violados de forma individual.d)Jefes Civiles (Prefecto).Presencian el Matrimonio (Art. 82). Llevan losregistrosdelEstadoCivil (Art. 446 C.C.V)e)Fiscal del Ministerio Pblico. Objetan la conversin en divorcio de la separacin de hecho por ms de cinco aos. (Art. 185-A C.C.V), y las que expresamente seala la L.O.P.N.A en su articulo 170.

ConclusinEl Poder y lasOrganizacionesFamiliares se establecen entre los miembros de la familia y tienen pormisinconservar solidariamente laorganizacinfamiliar, modificarla, protegerla y fiscalizarla, en beneficio de ella y lasociedad.El Poder Familiar es una institucin jurdica que establece normas de control o modificacin de las relaciones entre sus miembros. Para ello, se cuentan los rganos Familiares, que son losmediosde ejercicio de dicho poder (Padres, Parientes, Tutores, Procurador, Fiscales del Ministerio Publico, entre otros). Por lo tanto a los que se les exige el cumplimiento del ordenamientojurdico vigente.Existen muchos nios que no cuentan con la proteccin y vigilancia de los rganos familiares privados y pblicos o del Estado. Mantenindose al margen de la ley, son los "nios de la calle" o los " nios de la esperanza". Si todos los miembros de nuestra sociedad tomaranconcienciade su papel y por lo tanto, de susobligacionesy funciones en atender, cuidar, modelar y proteccin de la organizacin familiar, como base fundamental de la sociedad. Las familias aportaran ciudadanos y ciudadanas que brinden beneficios en las medidas y capacidades que pueden a los Pases, y por enderedunda en eldesarrolloyevolucindel mismo. La familia no solamente es el agente reproductor de nuevas generaciones en el marco del derecho y laeducacin, si no tambin es el centromotorde formacin de individuos para determinar las caractersticas del organismo social, mayor que la sociedad, la familia tambin se convierte en el grupo de referencia ms duradera e influyente para lacomunidadde donde todo lo social se hace en relacin con la familia.Los poderes familiares siempre sern los pilares fundamentales basados en las facultades y potestades para crear, modificar, exigir, extinguir, proteger y fiscalizar situaciones jurdicas dentro del contexto, atribuido a la familia, extraos a la misma y a los rganos del Estado, con el nico objeto de consolidar, mantener, solidificar y unir ala organizacinfamiliar.