Derecho Eléctrico (2)

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Universidad de Chile Facultad de Derecho Derecho Eléctrico E. Rodríguez y H. Rosende Sofía Salvo Méndez 1 DERECH E!"C#R$C Ra%o &ue consiste en dar las 'autas funda%entales de c(%o est) estructurado el sector eléctrico en Chile tanto en su as'ecto econ(%ico co%o *urídico. Es un siste%a econ(%ico a'licado 'ara satisfacer la necesidad de dis'oner de energía eléctrica 'ara la vida diaria. Es un %odelo +astante e,itoso hasta ahora- instituido en el ao /012 so+re la +ase de distinguir tres sectores funda%ental%ente3 i. Generación: !ugar donde se 'roduce la energía eléctrica4 ii. Transporte o transmisión: Sector encargado de trasladar la energía eléctrica desde los lugares de 'roducci(n a los lugares o centros de consu%o y4 iii. Distribución: #iene 'or finalidad llegar con esta energía eléctrica al consu%idor final 5ha+itacional- de vías '6+licas- e%'resarial- centros de 'roducci(n- %inería- etc.7.  #radicional%ente en Chile- hasta /012- se esti%a+a &ue el %e*or asignador de recursos era el Estado y- 'or tanto- a él le co%'etía &ué y cu)nto 'roducir en %ateria de energía eléctrica 5lo cual ha+ía llevado a ca+o a través de CRF7. Definía y actua+a directa%ente. Este siste%a- lenta%ente fue cayendo en crisis- ya &ue se hacía insosteni+le 'ara el Estado hacer grandes inversiones en esta %ateria y fi*ar 'recios en +ase a criterios no estricta%ente econ(%icos 5razones 'olíticas7- no garantiz)ndose un a+asteci%iento- sosteni+le con el creci%iento de la de%anda y con un financia%iento adecuado. El Estado se ve con una de%anda en creci%iento y ya nadie est) dis'uesto a invertir. 8ara esto- se dis'uso un nuevo estatuto *urídico eléctrico. Se cre( la C9E- se dot( al Ministerio de Energía de atri+uciones- se 'rofesionaliz( la estructura del siste%a eléctrico chileno. :)sica%ente- se dis'uso &ue res'ecto del sector generación- donde hay &ue invertir %ucho dinero- se go+ernara e,clusiva%ente 'or la ley del %ercado y se incentivara al sector 'rivado a colocar dinero en esta )rea +a*o el le%a &ue tienen &ue co%'etir 'ara ser la e%'resa con %enores costos de 'roducci(n &ue %arcar) los 'recios de transferencia y va a reci+ir los +eneficios econ(%icos corres'ondientes. Esta energía se des'acha a la central- &ue los va a reci+ir de'endiendo de &ué generadoras tienen los costos %)s +a*os de 'roducci(n. !a e%'resa generadora no es li+re 'ara decidir si 'roducir o no- sino s(lo 'ara ingresar al ru+ro4 aun&ue 'ueden ta%+ién suscri+ir contratos a 'recios li+res- 'ero no le da ning6n derecho al cliente 'rivado3 se satisface sie%'re la necesidad '6+lica. En el sector transporte- evidente%ente &ue la co%'etencia y el li+re %ercado tiene una restricci(n natural enor%e de+ido a la geografía de nuestro 'aís3 no es f)cil esta+lecer

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DERECH E!"C#R$C

Ra%o &ue consiste en dar las 'autas funda%entales de c(%o est) estructurado el sectoreléctrico en Chile tanto en su as'ecto econ(%ico co%o *urídico. Es un siste%a econ(%icoa'licado 'ara satisfacer la necesidad de dis'oner de energía eléctrica 'ara la vida diaria.

Es un %odelo +astante e,itoso hasta ahora- instituido en el ao /012 so+re la +ase dedistinguir tres sectores funda%ental%ente3

i.  Generación: !ugar donde se 'roduce la energía eléctrica4

ii.  Transporte o transmisión: Sector encargado de trasladar la energía eléctrica desde loslugares de 'roducci(n a los lugares o centros de consu%o y4

iii.  Distribución: #iene 'or finalidad llegar con esta energía eléctrica al consu%idor final5ha+itacional- de vías '6+licas- e%'resarial- centros de 'roducci(n- %inería- etc.7.

 #radicional%ente en Chile- hasta /012- se esti%a+a &ue el %e*or asignador de recursosera el Estado y- 'or tanto- a él le co%'etía &ué y cu)nto 'roducir en %ateria de energíaeléctrica 5lo cual ha+ía llevado a ca+o a través de CRF7. Definía y actua+a directa%ente.

Este siste%a- lenta%ente fue cayendo en crisis- ya &ue se hacía insosteni+le 'ara elEstado hacer grandes inversiones en esta %ateria y fi*ar 'recios en +ase a criterios noestricta%ente econ(%icos 5razones 'olíticas7- no garantiz)ndose un a+asteci%iento- sosteni+lecon el creci%iento de la de%anda y con un financia%iento adecuado. El Estado se ve con unade%anda en creci%iento y ya nadie est) dis'uesto a invertir. 8ara esto- se dis'uso un nuevoestatuto *urídico eléctrico. Se cre( la C9E- se dot( al Ministerio de Energía de atri+uciones- se'rofesionaliz( la estructura del siste%a eléctrico chileno.

:)sica%ente- se dis'uso &ue res'ecto del sector generación- donde hay &ue invertir%ucho dinero- se go+ernara e,clusiva%ente 'or la ley del %ercado y se incentivara al sector'rivado a colocar dinero en esta )rea +a*o el le%a &ue tienen &ue co%'etir 'ara ser la e%'resa

con %enores costos de 'roducci(n &ue %arcar) los 'recios de transferencia y va a reci+ir los+eneficios econ(%icos corres'ondientes. Esta energía se des'acha a la central- &ue los va areci+ir de'endiendo de &ué generadoras tienen los costos %)s +a*os de 'roducci(n. !ae%'resa generadora no es li+re 'ara decidir si 'roducir o no- sino s(lo 'ara ingresar al ru+ro4aun&ue 'ueden ta%+ién suscri+ir contratos a 'recios li+res- 'ero no le da ning6n derecho alcliente 'rivado3 se satisface sie%'re la necesidad '6+lica.

En el sector transporte- evidente%ente &ue la co%'etencia y el li+re %ercado tieneuna restricci(n natural enor%e de+ido a la geografía de nuestro 'aís3 no es f)cil esta+lecer

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líneas de trans'orte. El legislador tuvo el 'ro+le%a de &ue no 'odía declarar li+re %ercado enel sector trans'orte- ya &ue era 'ro'ietaria del trans'orte Endesa 5creaci(n del Estado7- &ue erata%+ién generadora y duea de e%'resas distri+uidoras 5integraci(n vertical en todas las )reas7.Hu+o &ue convivir %uchos aos con esta dualidad de Endesa- &ue afecta+a ta%+ién laco%'etencia en el sector generaci(n. ;sí- se fue interviniendo el sector trans'orte-declar)ndose un servicio público 'or la ley- y se esta+lece una o+ligaci(n de acceso a+ierto.Cada cierto tie%'o se van licitando las a%'liaciones del siste%a de trans'orte- donde 'uede'artici'ar &uien esti%e conveniente y se les garantiza un nivel de renta+ilidad. Es un sectordeter%inante4 funda%ental 'ara &ue haya co%'etencia a nivel de generadoras. Es un

monopolio natural.En el sector distribución- decidida y declarada%ente e,iste un monopolio natural4 es

un servicio '6+lico de %anera declarada 5con algunas e,ce'ciones &ue ya se ver)n7. Es %uydifícil &ue llegue una oferta de %)s de una distri+uidora a cada lugar. Son instalacionesesenciales &ue no se 'ueden du'licar ni re'licar. !os 'recios 'ara 'e&ueos consu%idoresfinales est)n total%ente regulados. Hay una clara intervenci(n y no hay co%'etencia- sinoconcesi(n. 9o se 'uede e*ercer la distri+uci(n si no se tiene una concesi(n &ue otorga elEstado a través del Ministerio de Energía &ue ha+ilita al su*eto 'ara ingresar al sector y 'ara'oder e*ercer la actividad.

Consumidores

!os hay pequeños deno%inados clientes regulados  5tanto en 'recio co%o en condicionesdel servicio7 y grandes- deno%inados clientes libres  o no regulados &ue est)n e,ce'tuados de lafi*aci(n tarifaria y de la fi*aci(n de calidad de servicio- 'udiendo negociar directa%ente con lae%'resa generadora y distri+uidora los 'recios del su%inistro eléctrico. #ienen es'alda 'ara'oder negociar de igual a igual con las e%'resas.

Cuando se ha+la de consu%idores- no se ha+la de los 'e&ueos. !a de%anda eléctricade los 'e&ueos est) re'resentada 'or las e%'resas distri+uidoras &ue negocian el

a+asteci%iento eléctrico 'ara sus clientes y &uien contrata con las e%'resas a+astecedoras o'roductoras. El 'recio final- se fi*a cada < aos 'or decreto del Ministerio de Energía.

=8uede una e%'resa generadora convenir directa%ente con el consu%idor final>8odría- 'ero es i%'ractica+le. ?9ada lo i%'ide. 9o o+stante- la negociaci(n directa se da en la'r)ctica con clientes de gran ta%ao- tales co%o %ineras.

8rinci'io3 se 'aga 'or la energía eléctrica lo &ue cuesta. !as e%'resas generadoras van a serdes'achadas 'or el orden inverso de sus costos3 la &ue tiene costos %)s altos saldr) al final.

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=; &ué 'recio se va a 'agar> El costo de la energía eléctrica ca%+ia 'or día y hora. !os'recios van su+iendo a %edida &ue la de%anda va creciendo.

Ese sector de distri+uci(n &ue distri+uye a los clientes finales- la ley le fi*a 'recios 'eroson los costos de una distri+uidora ideal 'ara llevar la energía &ue reci+e. !a distri+uidoraco%'ra ta%+ién a un 'recio regulado 5'recio de nudo- &ue se fi*a+a cada @ %eses7 &ue es el'recio al &ue las generadoras les venden a las e%'resas distri+uidoras. El 'recio de nudo es el&ue incluye costos de generaci(n y trans'orte %)s el A;D3 valor agregado de distri+uci(n.

!as e%'resas tienen &ue reunirse en una instituci(n 'ara 'oder ordenar el te%a. 8ara este

efecto se ha esta+lecido un (rgano3 CDEC- Centro Des'acho Econ(%ico de Carga y8roducci(n. Est)n todos los integrantes del %ercado virtual%ente re'resentados. E&uivale 'orasí decirlo a lo &ue es al centro de o'eraciones de un aero'uerto. Si se 'roduce unainterferencia- se 'roduce un black out - y &ueda%os a oscuras. 8or tanto- de+e ser %ane*ado atie%'o real- segundo a segundo. Ellos van deter%inando el costo de 'roducci(n- los &uesatisfacen la de%anda- etc.

En Chile- dada nuestra situaci(n geogr)fica y la diversidad cli%)tica- hay3

•  Siste%a $nterconectado del 9orte Brande3 S$9B. De #al #al al norte. En él est) later%oelectricidad 'or razones o+vias.

•  Siste%a $nterconectado Central3 S$C. De #altal al sur. En este siste%a est) el 12 delconsu%o nacional- siendo un 2 hidroeléctrica.

Problema actual3 deter%inar con &ué %edio de 'roducci(n se va a satisfacer la de%anda enlos 'r(,i%os 2 aos. Es un te%a %uy co%'le*o.

Estrategia nacional de consumo

He%os llegado a un %o%ento en donde se ha hecho %)s difícil desde el 'unto de vistaestratégico de 'aís el diseo de un siste%a eléctrico seguro- econ(%ico- esta+le-a%+iental%ente sosteni+le y esto ha llevado a ela+orar una 'olítica nacional &ue co%'renderíadesde el ao 2/ al 22 y en ella se ha definido los 'ilares +)sicos de esta 'olítica ynatural%ente- la discusi(n de esta estrategia va a 'asar 'or %odificaciones de car)cter legal=Cu)les son los 'rinci'ales 'ilares de esta estrategia energética>

/7  Eficiencia energética  Una 'olítica de Estado '6+lica &ue +us&ue la reducci(n delconsu%o y se 'ro'one de acuerdo a esta estrategia se 'uede alcanzar a una dis%inuci(n deun / de la 'royecci(n del consu%o final. 8ara llegar esto se esta+lecen diversos %edios3

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interés el Estado en &ue se %antengan los co%+usti+les f(siles 5car+(n- gas7. ;sí- tene%osla seguridad de su%inistro. #a%+ién se &uiere co%'ati+ilizar este rol de las energíastradicionales con una adecuada 'olítica de 'rotecci(n a%+iental en donde se va a declararalgunas zonas de interés %edioa%+iental donde no 'odr)n ha+er instalaciones energéticas-'ero el resto de+e%os intervenirlo.

<7  %uevo enfoque del sector transmisión.  Se +usca el esta+leci%iento de una carreteraeléctrica '6+lica. Co%o ya se seal( anterior%ente- uno de los 'untos sensi+les del%ercado eléctrico es &ue hay &ue vincular la 'roducci(n con la zona de consu%o. Esnecesario trasladar la energía. De+e estar e,'edito este canal de co%unicaci(n- &ue todos

'uedan acceder sin una +arrera de entrada. !a trans%isi(n es un ele%ento deter%inante'ara fo%entar el desarrollo del sector eléctrico. Se va a construir- se va a declarar una fran*adel 'aís &ue ser) deno%inada carretera de trans%isi(n de energía eléctricaI. 9adie sa+ed(nde va la carretera- se de+e definir. Evidente%ente es &ue i%'licar) un ca%+io radical en%ateria de energía eléctrica. Hoy los 'royectos se de%oran en e*ecutar 'or&ue- en 'ri%erlugar- es difícil tener los 'er%isos 'ara instalar y luego- hay %uchas tra+as 'ara trasladar laenergía. Se de+en 'erfeccionar la otorgaci(n de concesiones- crear fran*as fiscales- ca%+iosnor%ativos- etc. Se de+e esta+lecer alg6n siste%a &ue 'er%ita &ue uno 'ueda auto 'roducirenergía eléctrica. Esto da una %e*or 'osici(n 'ara o+tener o la co%ercializaci(n de energía&ue no se consu%e o un 're%io 'or dis%inuir el costo de 'roducci(n de energía.

7  Encaminarse (acia un mercado eléctrico m)s competitivo !o &ue se +usca a&uí es&ue efectiva%ente se incre%enten los grados de co%'etitividad en el sector eléctrico. Se&uiere fo%entar la incor'oraci(n de nuevos agentes generadores. !as grandes e%'resaseléctricas no %iran con +uenos o*os esto- 'ero al 'aís le conviene &ue au%ente laco%'etencia. Se &uiere crear unos Centros de o'eraci(n inde'endiente &ue ver)n el cargo-seguridad y acceso a la energía eléctrica y &ue ree%'lazar)n a los Centros de Des'achosecon(%icos de carga.

@7   *van'ar sostenidamente en la intercone+ión de energ"a eléctrica regional $%itar el

caso de Euro'a. De+e%os %irar nuestra regi(n 'ara integrarse eléctrica%ente. Hoy enChile se consu%en entre /2 y / %il %egas. Se 'royecta &ue en aos %)s consu%ire%os2 %il %egas.

Hoy se de+ate la licitaci(n de los siste%as de intercone,i(n regional. ;de%)s delfortaleci%iento de la co%'etencia en el sector eléctrico. Se &uiere unir el S$C con el S$9B. Enel S$C +)sica%ente el <2 es hidroeléctrico- entonces tiene una necesidad de ser res'aldado'or energía tér%ica- la cual es %uy criticada 'or la conta%inaci(n. En el S$9B todo estér%ico. ;l interconectar estos dos siste%as se trae una %ayor oferta eléctrica- lo &ue i%'lica

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au%ento de co%'etitividad y dis%inuci(n de 'recios- se asegura el su%inistro. Ha+r) unarestructuraci(n del %ercado eléctrico. !a 'olítica recién vista ha co%enzado a instaurarse.

,egislación eléctrica

!a ley eléctrica regula la actividad íntegra%ente. Una 'ri%era afir%aci(n &ue de+e%ostener 'resente es &ue toda esta legislaci(n eléctrica se %anifiesta el interés generalco%'ro%etido en la necesidad de satisfacer las necesidades de energía eléctrica.

El Estado a través de la ley eléctrica interviene de alguna %anera y la regula total%ente.Esta %anera de regularla es un %edio de intervenci(n del Estado.

Esta actividad se regula en el DF! 9J <K2.2/1 'u+licada el de fe+rero del ao 22L.8ro%ulgada el / de %ayo del 22@- &ue es el te,to refundido- coordinado y siste%atizado delDF! 9J / de %inería- ley general de servicios eléctricos en %ateria de energía eléctrica. Esta leytiene un regla%ento &ue se encuentra contenido en el decreto 9J L 'u+licado el /2 dese'tie%+re de /001. ;%+os te,tos han sufrido varias %odificaciones.

!a ley eléctrica en su art. / regula la actividad diciendo si%'le%ente &ue la 'roducci(n-

el trans'orte- la distri+uci(n- el régi%en de concesiones y tarifas de la energía eléctrica y lasfunciones del Estado relacionadas con estas %aterias se regir)n con la 'resente ley. !a CorteSu're%a ha sealado en una sentencia/ &ue la e,istencia de este artículo i%'lica esta+lecer unordena%iento es'ecial regulador de todo lo concerniente a dicha actividad- sin restricci(n-'or&ue su conte,to no las conte%'la ni 'er%ite introducir li%itaciones derivadas de otroste,tos legales. El desarrollo de esta actividad eléctrica donde hay co%'etidores 5generadoras7 yconsu%idores 5li+res y no7. #oda la actividad eléctrica es regulada 'or el Estado- de %anera&ue todo lo &ue se e*erza en esta actividad se a'lica el DF! indicado. 9o se 'uede invocar- 'ore*e%'lo- la autono%ía de la voluntad &ue se encuentra en el C(digo Civil. Salvo res'ecto al'recio y a las condiciones se 'ueden recurrir a otras nor%as. !a actividad de generaci(n no es

servicio '6+lico- 'ero es el ciclo co%'leto el &ue est) afectado 'or la ley. Hay vacíos &ue sesu'len de for%a natural 'ero &ue son %uy es'ecíficos y 'articulares.

/ Revista Fallos del %es 9J <L- ')g. L1.

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=Cu)les son las técnicas es'ecíficas de intervenci(n del Estado>

/7  Calificación del servicio público a las actividades que presentan barreras de

entradas 5arts. L y 1- se declaran servicios '6+licos al trans'orte y a la distri+uci(n deenergía eléctrica7. El art. L seala3 “Es servicio público eléctrico, el suministro que efectúe una empresaconcesionaria de distribución a usuarios finales ubicados en sus zonas de concesión 2  , o bien a usuariosubicados fuera de dichas zonas, que se conecten a las instalaciones de la concesionaria mediante líneas propias o de terceros!  Es decir- nuestras casas nos llega la energía de las distri+uidoras. Elsu%inistro &ue reci+i%os est) dentro de la zona de concesi(n. Este su%inistro es servicio'6+lico- esta%os garantizados. Si una e%'resa %inera cele+ra un contrato con una

generadora 'ara tener electricidad- no esta%os frente a un servicio '6+lico. El art. Lde+e%os vincularlo con el art. /@. Sin concesi(n no se 'uede realizar la actividad dedistri+uci(n. Se re&uiere de un decreto- salvo e,ce'ciones. En el caso del trans'orte- esdiferente- no se le e,ige al trans'ortista 'ara ingresar a la actividad y e*ercerla un decreto&ue le otorgue la concesi(n. =C(%o sé yo &ue es servicio '6+lico> De+e%os recurrir al art.L inciso 3 “"simismo, es servicio público eléctrico el transporte de electricidad por sistemas de transmisióntroncal # subtransmisión . 9o re&uiere de concesi(n- es un tanto hí+rido- 'ero lo &ue ocurrees &ue esta declaraci(n de servicio '6+lico es una técnica de intervenci(n del Estado 'araregular íntegra%ente co%o se van a construir estas líneas- co%o se van a e,'lotar- &uee,igencias de+en cu%'lir &uienes van a invertir en las líneas y 'restar servicios- enconsecuencia- regula la actividad co%'leta. Hay tres siste%as de trans'orte3 El troncal5gran línea- la nortesur7- la su+trans%isi(n 5son las líneas &ue salen del troncal- &ue van alos focos donde van a e,traerse la energía 'ara llevarse a los lugares de consu%o7 y elsiste%a de líneas adicionales 5líneas 'rivadas- no son servicios '6+licos- yo hago %i línea-no rige la nor%ativa de tarifas7. =Cu)l es el %atiz> 8ara ser e,'lotador o 'ro'ietario de unalínea adicional- uno 'uede ser una e%'resa &ue no esté su*eta a todas las condiciones &uee,ige la ley 'ara ser concesionario. El art. L inciso < nos dice3 “$as empresas operadoras o propietarias de los sistemas de transmisión troncal deber%n estar constituidas como sociedades anónimasabiertas . Se facilita la trans'arencia. Estas sociedades no 'odr)n dedicarse- 'or sí- ni a

través de 'ersonas naturales o *urídicas relacionadas- a actividades &ue co%'rendan encual&uier for%a- el giro de generaci(n o distri+uci(n de electricidad 5art. L inciso 7. #a%+ién se regula la 'ro'iedad 5art. L inciso L73 $a participación individual de empresas queoperan en cualquier otro segmento del sistema eléctrico, o de los usuarios no sometidos a fi&ación de preciosen el sistema de transmisión troncal, no podr% e'ceder, directa o indirectamente, del ocho por ciento del valorde inversión total del sistema de transmisión troncal! $a participación con&unta de empresas generadoras,distribuidoras # del con&unto de los usuarios no sometidos a fi&ación de precios, en el sistema de transmisión

 Caso 'aradig%)tico de concesiones '6+licas o+ligatorias.

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troncal, no podr% e'ceder del cuarenta por ciento del valor de inversión total del sistema troncal! Estaslimitaciones a la propiedad se e'tienden a grupos empresariales o personas &urídicas o naturales que formen parte de empresas de transmisión o que tengan acuerdos de actuación con&unta con las empresastransmisoras, generadoras # distribuidoras .

7  Concesión eléctrica for'osa  ;c) de+e%os 'reguntarnos =&ué ti'os de concesioneseléctricas hay> E,isten concesiones o+ligatorias y facultativas. El concesionario- 'or elhecho de ser tal- tiene el derecho a i%'oner servidu%+res- a utilizar +ienes '6+licos y'rivados- etc. !a concesi(n de distri+uci(n es o+ligatoria- 'or&ue sin ella no se 'uedee*ercer la actividad. 8or otro lado- el generador de electricidad o un trans'ortista- no se

re&uiere de concesi(n- 'ero tiene &ue hacer o+ras eléctricas- instalaciones eléctricas. Seotorgan una serie de derechos al titular de estas concesiones. Estas concesiones sonfacultativas. Se reco%ienda 'edir la concesi(n 'ara a%'ararse en la ley. Si +ien no eso+ligatoria- es su%a%ente conveniente.

El regla%ento de la ley general de servicios eléctricos en su art. L dice &ue las concesionesde servicios '6+licos de distri+uci(n son a&uellas &ue ha+ilitan a su titular 'ara esta+lecero'erar y e,'lotar instalaciones de distri+uci(n de electricidad dentro de una zonadeter%inada y efectuar su%inistros a los usuarios finales &ue se encuentren u+icados en lazona de concesi(n y a los &ue u+icados fuera de ésta &ue se conecten a sus instalaciones

%ediantes líneas 'ro'ias o a través de terceros. Es i%'ortante considerar &ue en el servicio'6+lico eléctrico co%'rende todos los su%inistros usuarios finales. Hay casos &ue noconstituyen servicios '6+licos- a sa+er3

a7  !os su%inistros efectuados desde las instalaciones de generaci(n y trans'orte. Elservicio '6+lico de distri+uci(n es el &ue se 'ro'orciona 'or un concesionario desdesus instalaciones a un 'unto de consu%o de usuarios  finales. 8ueden ha+era+asteci%ientos &ue no sean desde la instalaci(n de distri+uci(n. Si los su%inistros'rovienen desde las instalaciones de generadoras o desde las instalaciones de trans'orteno son servicio '6+lico. Son 'r)ctica%ente ine,istentes.

+7  !a distri+uci(n de energía &ue realicen las coo'erativas no concesionarias. Consisten enun gru'o de gente con un interés co%6n &ue se organizan 'ara distri+uir energía.

c7  !a distri+uci(n de energía &ue se realice sin concesi(n eléctrica de distri+uci(n seg6n elart. /@ de la ley y art. L del regla%ento. El 'rinci'io general consiste &ue 'ara tenerinstalaciones de distri+uci(n y 'ara su%inistrar energía a usuarios finales dentro de lazona de concesi(n solo 'uede lograrse en virtud de una concesi(n.

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i7  !os su%inistros a usuarios no so%etidos a regulaci(n de 'recios 5clientes li+res7-indicados en los artículos /<L y /<0 de la ley.

ii7  !os su%inistros &ue se efect6an sin utilizar +ienes nacionales de uso '6+lico.E*e%'lo3 Mar+ella.

iii7  !os su%inistros &ue se efect6an utilizando +ienes nacionales de uso '6+lico%ediante 'er%isos otorgados 'revia%ente al esta+leci%iento de una concesi(n.8er%iso lo 'uede otorgar el M8- Munici'alidad- etc. !os 'er%isos son otro ti'ode técnica de intervenci(n del Estado.

iv7  #odo otro su%inistro &ue se efect6e %ediante un contrato &ue acuerdendirecta%ente las 'artes- incluidos los concesionarios. ;&uí encontra%os %uchoscontratos entre distri+uidoras y condo%inios- en donde se 'actan condicioneses'eciales.

Hay una concesi(n eléctrica facultativa. Sea o+ligatoria o facultativa concede el derechouniversal a i%'oner servidu%+res- a ocu'ar suelo '6+lico yKo 'rivado. !a concesi(nfacultativa es 'ara tener este derecho universal- 'ero no es necesaria 'ara ingresar a laactividad. E*e%'lo3 ;rt. <3 “$as concesiones enumeradas en los números ( )concesiones para establecercentrales hidroeléctricas, subestaciones eléctricas, líneas de transporte de energía eléctrica, ac% tenemos la generación # el transporte* # 2 )distribución* artículo 2+ de esta le#, ser%n provisionales o definitivas! $a

concesión provisional tiene por ob&eto permitir el estudio de los pro#ectos de las obras de aprovechamiento dela concesión definitiva!$as concesiones provisionales no constitu#en un requisito previo para obtener la concesión definitiva #tampoco obligan a solicitar esta última! o obstante lo anterior, las instalaciones que se mencionan en el + ( del artículo 2+ podr%n, asimismo,instalarse sin solicitar concesión, cuando el interesado así lo desee!

El art. / le dice a los titulares de las concesiones3 “$as concesiones se otorgar%n sin per&uicio delderecho de tercero legalmente establecido con permiso o concesión, # en lo que ellas no prevean, estar%nsometidas a las le#es, reglamentos # ordenanzas vigentes o que se dicten en el futuro sobre la materia . Enconsecuencia- no significa &ue la 'osesi(n de 'rivilegio de los concesionarios 'uedan

'asar a llevar el derecho de los de%)s. Esta%os en %ateria de derecho '6+lico y esas sonlas reglas del *uego. Este artículo est) recogido en el regla%ento en su art. 1.

=Gué consecuencias traen las técnicas de intervenci(n del Estado>

•  Es una %anifestaci(n del 'oder del Estado 'ara controlar el e*ercicio de la actividadE*e%'lo3 ;rt. /- facultad &ue tiene la SEC 5!ey 9J /1.</2- art. 9J <- a'licar einter'retar ad%inistrativa%ente las dis'osiciones legales y regla%entarias e i%'artirinstrucciones de car)cter general7- art. 2 5'ara e,'ortar electricidad7- art. /L 5los

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concesionarios de cual&uier naturaleza est)n o+ligados a llevar la intercone,i(n de susinstalaciones cuando con infor%e de la Co%isi(n se deter%ine 'or decreto delMinisterio de energía7

•  Facultad del Estado 'ara intervenir en la fi*aci(n de los 'recios y en la calidad de'restaci(n de servicio. E*e%'lo3 ;rt. /<L 5su%inistros &ue revisten un car)cter deservicio '6+lico- de interés '6+lico7. El contrato e,iste- 'ero est) todo en la ley.

•  El Estado 'uede caducar las concesiones cuando lo e,i*a el interés '6+lico o +ien-sustituir al concesionario 5art. <7.

Derec(os de los concesionarios

8or so%eterse a las técnicas de intervenci(n del Estado- los concesionarios tienenciertos derechos =cu)les son estos derechos>

/7  !acultad de poder imponer la servidumbre legal eléctrica Se encuentra esta+lecido enel art. /<3 “$as concesiones eléctricas otorgan el derecho a imponer las servidumbres a que se refiere elnúmero - del artículo 2 del presente cuerpo legal!

$a constitución # e&ercicio de las servidumbres, se regir%n por las normas contenidas en el .apítulo / 01elas ervidumbres0, del 3ítulo 44, de este cuerpo legal!

7  -sar bienes nacionales de uso público para tender l"neas )reas o subterr)neas

destinadas a la distribución en la 'ona de concesión Este derecho se consagra en elart. /@ de la ley en relaci(n con el art. L del regla%ento.

7  Derec(o a obtener una rentabilidad económica asegurada 8ara este efecto de+econsiderarse lo dis'uesto en los artículos /1- /1 inciso final 5distri+uci(n7- /@5trans'orte7. El trans'orte y la distri+uci(n son servicios '6+licos y la ley eléctrica regula

íntegra%ente el e*ercicio de a%+as actividades. El derecho 'or esencia &ue tiene eldistri+uidor o el trans'ortista- es o+tener una renta+ilidad econ(%ica &ue se le asegura altitular de la concesi(n. !a for%a de c(%o se deter%ina la renta+ilidad est) sealada en laley y es un 'rocedi%iento &ue- en el caso de la distri+uidora- se inicia a 'artir de laconstrucci(n de una e%'resa distri+uidora %odelo- a la cual- se la trata i%aginaria%ente yse le valoriza i%aginaria%ente 'ara deter%inar sus costos- inversi(n- 'restaci(n deservicios y cu)l sería la renta+ilidad legíti%a &ue de+e 'erci+ir &ue de+e 'erseguir eseconcesionario en confor%idad a la ley. En el caso de la tras%isi(n o trans'orte ta%+ién se

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seala un 'rocedi%iento &ue no es en +ase de la e%'resa %odelo- si no &ue la autoridadconvoca 'rocesos de licitaci(n 'ara &ue se deter%ine las a%'liaciones al siste%a troncal osu+troncal y se ofrezcan los costos corres'ondiente y a esa inversi(n total se le deter%inauna renta+ilidad total &ue o+tiene el titular %ediante +)sica%ente el 'ago de un 'ea*e &uetiene o+ligaci(n de enterar toda e%'resa generadora &ue usa estos siste%as troncales o desu+trans%isi(n 'ara evacuar la energía eléctrica hacia las zonas de consu%o. E*e%'lo3Dentro de los 'recios del sector eléctrico tene%os el 'recio nudo 5'recio de generaci(n ytrans'orte7- regulado 'or la autoridad- y es el 'recio &ue se esta+lece en las licitaciones delas distri+uidoras hacia las generadoras. !a distri+uci(n trae un 'recio regulado desde la

central generadora hasta &ue ter%ina el siste%a de su+trans%isi(n y desde ahí en adelantee%'ieza la distri+uci(n. Entonces- el 'recio &ue 'aga%os nosotros- en general- es ese'recio de nudo %)s el valor agregado de distri+uci(n 5A;D7 es el &ue la ley calcula &uede+e tener una e%'resa de distri+uci(n en +ase a la e%'resa %odelo. Si así no fuera- nadieinvertiría. 9o todos los sectores de distri+uci(n son iguales- 'or lo %is%o e,isten lase%'resas %odelos. Dice el art. /13 “El valor agregado por concepto de costos de distribución sebasar% en empresas modelo # considerar%5(!6 .ostos fi&os por concepto de gastos de administración, facturación # atención del usuario, independientesde su consumo72!6 8érdidas medias de distribución en potencia # energía, #

9!6 .ostos est%ndares de inversión, mantención # operación asociados a la distribución, por unidad de potencia suministrada! $os costos anuales de inversión se calcular%n considerando el /alor uevo de:eemplazo, en adelante /:, de instalaciones adaptadas a la demanda, su vida útil, # una tasa deactualización igual al (;< real anual!

!a 'ro'ia ley dice en el art. /1 inciso 3 “i las tarifas b%sicas preliminares así determinadas, permiten al con&unto agregado de las instalaciones de distribución de las empresas concesionarias obteneruna tasa de rentabilidad económica antes de impuestos a las utilidades, que no difiera en m%s de cuatro puntos de la tasa de actualización definida en el artículo (=2>, los valores agregados ponderados que lesdan origen ser%n aceptados! En caso contrario, los valores deber%n ser a&ustados proporcionalmente de modo

de alcanzar el límite m%s pró'imo superior o inferior . Fi*a los 'recios la autoridad %ediante undecreto y deter%ina cu)les son los 'recios de distri+uci(n. En ca%+io- el desarrollo del'recio del sector trans'orte es en +ase a licitaciones. #a%+ién tiene una renta+ilidadecon(%ica asegurada. 9o 'ode%os 'edirles a los inversionistas &ue asu%an ellos el costodel servicio '6+lico- 'ues no ha+ría inversi(n. 8or eso se de+e asegurar la renta+ilidad. Eslo &ue 'asa con ;rgentina- &ue no hay inversi(n y tienen %ucho gas.

9os ha costado %ucho inde'endizar la generaci(n- el trans'orte y la distri+uci(n.!a%enta+le%ente en el sector trans'orte &ued( una situaci(n &ue no se defini(

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o'ortuna%ente. Hu+o desarrollo en la generaci(n y la distri+uci(n- no en el trans'orte5década de los 027. Chile vio &ue tenía%os este 'ro+le%a y trato de resolverlo acercando alas generadoras a los centros de consu%o. ;c) se lleg( a un acuerdo con ;rgentina 'ara&ue su%inistrara gas natural. !as caídas &ue tene%os hoy en día es 6nica%ente 'or el te%ade trans%isi(n &ue no da a+asto. El siste%a eléctrico tiene una de+ilidad técnica &ueconsiste en &ue la oferta y la de%anda tiene &ue estar calzada en tér%inos reales. Cual&uierdesa*uste 'roduce una caída del siste%a. El trans'orte no 'uede con la de%anda de energíay no han inversi(n en esta %ateria. 9osotros nos &ueda%os con las centrales de gas 'orlargo tie%'o sin 'oder funcionar adecuada%ente y hoy se hace %)s crítica la situaci(n.

Hay una inversi(n 'endiente &ue es en el sector de trans'orte &ue es co%'le*o.

!os usuarios de la línea de trans%isi(n son +)sica%ente son las e%'resas generadoras. Eltrans'ortista co+ra en el 'ea*e. Esta re%uneraci(n 'er%ite recu'erar la inversi(n y ganaruna cantidad de dinero.

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Deberes de los concesionarios de distribución . transporte

/7  Permitir que terceros usen las l"neas #acceso abierto& Se de+e dar li+re acceso 'aratrans'ortar energía eléctrica.

a7  En relaci(n al trans'orte. 8rescri+e el art. LL3 “$as instalaciones de los sistemas de transmisióntroncal # de los sistemas de subtransmisión de cada sistema eléctrico est%n sometidas a un régimen deacceso abierto, pudiendo ser utilizadas por terceros ba&o condiciones técnicas # económicas nodiscriminatorias entre todos los usuarios, a través del pago de la remuneración del sistema detransmisión que corresponda de acuerdo con las normas de este 3ítulo . Esto se a'lica a todo

nivel- no solo en %ateria eléctrica. Cuando un 'articular toca un +ien nacional de uso'6+lico- sea 'or vía de concesi(n o 'or un 'er%iso otorgado 'or las autoridades-in%ediata%ente este derecho de uso &ue nos da la ley- i%'one una contra'restaci(n&ue es el de+er &ue 'er%itir &ue otros ta%+ién usen nuestras instalaciones a%'aradas+a*os esos siste%as. 9o es 'ro'io de la actividad eléctrica- es en general. ;c) se tuvo&ue regular 'or&ue hu+o a+usos 5los trans'ortistas s(lo da+an acceso a &uienes le'aga+an %e*or7.

+7  Distri+uci(n. El art. // dice3 “$os concesionarios de servicio público de distribución deelectricidad estar%n obligados a prestar el servicio de transporte, permitiendo el acceso a susinstalaciones de distribución, tales como líneas aéreas o subterr%neas, subestaciones # obras ane'as, para que terceros den suministro a usuarios no sometidos a regulación de precios ubicados dentro de suzona de concesión . E*e%'lo3 E%'resa distri+uidora &ue est) dentro de un %ono'olionatural se ro%'e %ediante el art. //. 8ar&ue ;rauco es un cliente li+re &ue 'uede'actar sus tarifas con cual&uier generador. Si la distri+uidora le ofrece /22 y lageneradora 2 y se &ueda con ésta- la distri+uidora no 'uede negar el acceso. Si noalcanzan las líneas- se 'uede invertir en %)s 'ero las 'aga &uien las va a utilizar. Eltransfondo de esto es &ue en el %ercado eléctrico la co%'le*idad est) en la línea. 9o'ueden ha+er restricciones al acceso- de+e ser li+re- directo.

c7  El art. @L del regla%ento ta%+ién regula este de+er.

7  /bligación de prestar el servicio a quienes lo soliciten dentro de su 'ona de

concesión o bien0 se conecte a las instalaciones de la empresa mediante l"neas

 propias o de terceros #art 123 de la le. . art 143 del reglamento& !a o+ligaci(n dedar servicio se e,tiende a /22 %etros del 'erí%etro de donde est)n las instalaciones.Cual&uier 'ersona &ue esté en esa zona o se conecte a las instalaciones 'uede e,igirle a ladistri+uidora &ue le otorgue su%inistro eléctrico. El financia%iento de esto- te(rica%ente-

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'odría co+rarlo la e%'resa. !a e%'resa 'odría entregar acciones de su 'ro'ia e%isi(n5actividad en desuso7 o %ediante el a'orte financiero ree%+olsa+le 5art. /@7. !a o+ligaci(nno es e,igi+le a todo evento. El usuario de+e hacer un a'orte econ(%ico si se le 'ide.8uede hacer un 'resu'uesto la e%'resa y &ue el usuario lo haga a través de un tercero.Esto es una o+ligaci(n del servicio '6+lico de distri+uci(n. Seala el art. /3 “En su zona deconcesión, las empresas distribuidoras de servicio público estar)n obligadas a dar

servicio a quien lo solicite  , sea que el usuario esté ubicado en la zona de concesión, o bien se conectea las instalaciones de la empresa mediante líneas propias o de terceros, ba&o las condiciones estipuladas en elartículo (2?! $a obligación de dar suministro se entiende en la misma tensión de la línea su&eta a concesión

a la cual se conecte el usuario . =Cu)les son las condiciones &ue esta+lece el art. /@> !ae%'resa eléctrica 'odr) e,igir a los usuarios de cual&uier naturaleza &ue soliciten servicio- oa a&uéllos &ue a%'líen su 'otencia conectada- a'ortes de financia%iento ree%+olsa+les'ara la e*ecuci(n de las a%'liaciones de ca'acidad re&ueridas en generaci(n- trans'orte ydistri+uci(n de energía eléctrica. ;dicional%ente- la e%'resa 'odr) e,igir a los usuarios &uesoliciten o a%'líen su servicio en 'otencias conectadas su'eriores a /2 NiloOatts- unagarantía suficiente 'ara caucionar &ue la 'otencia solicitada 'or éstos ser) usada 'or eltie%'o adecuado. !os %ontos %),i%os 'or conce'to de financia%iento ser)ndeter%inados 'or las e%'resas y 'odr)n ser a'licados 'revia 'u+licaci(n en un diario decirculaci(n nacional. !o clave a&uí es &ue el ree%+olso de+e ser real 5art. /17. ;c) est)n el

litigio =&ué se entiende 'or real> 8uede ser en efectivo- acciones- etc. Si es dinero- la leydice &ue de+e rea*ustarse el valor inicial ade%)s de los intereses &ue se encuentra la tasa enel art. /1. El art. /@ de+e%os relacionarlo con el art. /@ del regla%ento. En el art. /L sedice adicional%ente &ue “las empresas concesionarias de servicio público de distribución podr%n e'igir alos usuarios que soliciten servicio, un aporte de financiamiento reembolsable para la e'tensión de lasinstalaciones e'istentes hasta el punto de empalme del peticionario! 1icho aporte podr% efectuarse de dos formas5(!6 El peticionario podr% construir las obras de e'tensión sobre la base de un pro#ecto aprobado por laempresa eléctrica 9! El valor de estas instalaciones, que corresponde al financiamiento reembolsable aportado por el peticionario, ser% determinado por la empresa en el momento de aprobar el pro#ecto7

2!6 El peticionario podr% financiar las obras por el valor determinado por la empresa, oblig%ndose ésta aconstruirla, una vez asegurado el financiamiento! P

 Aa la e%'resa eléctrica y 'regunta cu)nto cuesta esta o+raI la e%'resa hace el 'resu'uesto y lo 'u+lica en losdiarios. El usuario to%a el 'resu'uesto y hace él la o+ra.

 Aer noticia3 htt'3KKOOO.sec.clK'ortalK'age>Q'ageid-<L/L@LQdad'ortalQsche%a8R#;!

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=Gué se entiende 'or usuario o cliente> Es la 'ersona natural o *urídica &ue acreditedo%inio so+re un in%ue+le o instalaciones &ue reci+en servicio eléctrico. En este in%ue+leo instalaci(n &uedar)n radicadas todas las o+ligaciones derivadas del servicio 'ara con lae%'resa su%inistradora 5art. letra &7.

7  /bligación de interconectar sus instalaciones al sistema eléctrico al que

 pertenecen0 oblig)ndose a coordinar la operación de sus instalaciones para el logro

de tres finalidades espec"ficamente determinadas en el art 1567  #obligación para

todos los participantes de la actividad eléctrica& 9o se 'uede o'erar aislada%ente. 9o

se 'uede tener una generadora y tener clientes 'ro'ios. Este es un siste%a estructurado'ara &ue o'ere en sincronis%o- en un %is%o nivel de tensi(n- de frecuencia- de+e ha+erun e&uili+ro 'er%anente entre oferta y de%anda- carga y consu%o- 'or&ue si no- se cortala luz- entonces- 'ara darle seguridad a este servicio se i%'one %ediante el art. /L lao+ligaci(n de &ue todos se interconecten a un siste%a 'ara &ue sea seguro y así cu%'lircon los o+*etivos 'revistos 'or la ley =cu)les son estos o+*etivos> !os concesionarios decual&uier naturaleza est)n o+ligados a llevar a ca+o la intercone,i(n de sus instalacionescuando con infor%e de la Co%isi(n se deter%ine %ediante decreto su're%o del Ministeriode Energía. !a o'eraci(n de las instalaciones eléctricas &ue o'eren interconectadas entresí- de+er) coordinarse con el fin de3 

a7  8reservar la seguridad del servicio en el siste%a eléctrico. ;&uí hay un conce'to +)sico&ue es la confia+ilidad en el siste%a- la suficiencia del siste%a eléctrico- &ue dis'ongade instalaciones adecuadas 'ara res'onder a la de%anda de energía eléctrica. 

+7  Barantizar la o'eraci(n %)s econ(%ica 'ara el con*unto de las instalaciones delsiste%a eléctrico. El costo real de la energía considera el costo de trans'orte y dedistri+uci(n. En consecuencia- la 'roducci(n de energía eléctrica se va a deter%inar'or &uien tenga- al %o%ento en &ue se le re&uiere 'or el %ercado de su%inistro- loscostos varia+les %)s +a*os 'ara 'roducir. Hay 'lena y total li+ertad 'ara ingresar a la

actividad de generaci(n de energía- 'ero no hay li+ertad 'ara deter%inar la 'roducci(nde energía- esto de'ender) de si al %o%ento de 'roducir tiene los costos varia+les %)s+a*os- en ese caso- estar) o+ligado a 'roducir. E*e%'lo/3 2 de *unio nev( en Santiago.Se des'echan a todas las generadoras. En este %o%ento- se au%enta la de%anda y unoir) re&uiriendo %)s centrales a 'roducir. Ha+r) &ue recurrir incluso a las generadoras

< ;rtículo funda%ental. Hay &ue leérselo. Es el n6cleo de la actividad eléctrica.

 Usted entra- 'revio decreto otorgado 'or el Ministerio de Energía.

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con costos varia+les altos 5'etr(leo7. 9o hay li+ertad 'ara decir yo 'roduzcoI.E*e%'lo3 2 de fe+rero. Santiago vacío. !a electricidad es %)s +arata 'or&ue el costo varia+le es %)s +a*o. Hay 'oca de%anda. ;c) estar)n o+ligados a 'roducir &uienestengan el costo varia+le %)s +a*o. El 'recio de %ercado de la energía eléctrica lo fi*a elcosto varia+le %)s alto de la central des'achada en ese %inuto.

El 'ro+le%a es &ue uno re&uiere tener un siste%a eléctrico confia+le &ue a+astezca lade%anda y &ue sea adecuada a la oferta. 8ara esto- hay &ue disear si o si alg6n ti'o decentral &ue garantice &ue se tendr) sie%'re la seguridad de a+asteci%iento. En

'rinci'io- las centrales hidroeléctricas asegura+an a'ro,i%ada%ente el 02 de lade%anda. Hoy va%os en un <2- el resto ha sido asegurado 'or las centrales tér%icas5car+(n- gas 'etr(leo7. !os consu%idores tene%os el derecho a 'agar la energía %)s+arata- 'ero =esta%os dis'uestos a su+vencionar la 'rotecci(n al %edio a%+iente> Elte%a de las energías renova+les no convencionales. Es +ueno tener este ti'o deenergías- 'ero el te%a est) es c(%o ir construyendo una %atriz energética &ue tenga enlo 'osi+le creciente%ente una 'roducci(n lo %enos conta%inante 'osi+le- 'ero denuestro S$C- el <2 es hídrico y nuestro 'aís es de se&uia. !a generaci(n sustitutivala%enta+le%ente es la %)s conta%inante. Hoy día se hace todo tér%ico 5car+(n7. 

Si &uere%os tener %ayor seguridad- es %)s alto el costo. !a autoridad disea unsiste%a a un 'recio deter%inado y nadie 'ude e,igir 5clientes regulados7 una calidadsu'erior. Un cliente li+re sí 'uede 'actar 'or&ue ellos tienen tarifas li+res.

c7  Barantizar el acceso a+ierto a los siste%as de trans%isi(n troncal y de su+trans%isi(n-en confor%idad a esta ley. Se les garantiza a las generadoras de &ue van a 'oder to%arla carretera del siste%a troncal y van a 'oder evacuar su energía a sus centros deconsu%o. !a intercone,i(n garantiza a los inversionistas el acceso a los siste%as detrans%isi(n.

=Guién hace esta coordinaci(n> =C(%o va%os a o'erar> El art. en su letra +7 consagrael Centro de Des'acho Econ(%ico de Carga@  5CDEC7- es el organis%o encargado de

@  rganis%o encargado de deter%inar la o'eraci(n del con*unto de instalaciones de un siste%a eléctrico-incluyendo las centrales eléctricas generadoras4 líneas de trans%isi(n a nivel troncal- su+trans%isi(n y adicionales4su+estaciones eléctricas- incluidas las su+estaciones 'ri%arias de distri+uci(n y +arras de consu%o de usuarios noso%etidos a regulaci(n de 'recios a+astecidos directa%ente desde instalaciones de un siste%a de trans%isi(n4interconectadas entre sí- &ue 'er%ite generar- trans'ortar y distri+uir energía eléctrica de un siste%a eléctrico- de%odo &ue el costo del a+asteci%iento eléctrico del siste%a sea el %íni%o 'osi+le- co%'ati+le con unaconfia+ilidad 'refi*ada. Cada CDEC contar) con un Directorio &ue estar) co%'uesto 'or las e%'resas

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deter%inar la o'eraci(n del con*unto de instalaciones de un siste%a eléctrico 5S$C yS$9B7- cada siste%a tiene su CDEC. Entonces- esta coordinaci(n de+er) efectuarse através de un CDEC- de acuerdo a las nor%as técnicas &ue deter%ine la Co%isi(n y laregla%entaci(n 'ertinente. Dis'uesta la intercone,i(n seg6n lo esta+lecido en el inciso /del art. /L y en caso de falta de acuerdo entre los concesionarios so+re la for%a de realizarla intercone,i(n y de efectuar el trans'orte o transferencia de la energía- la Co%isi(n oir) alos concesionarios y entregar) una reco%endaci(n al Ministerio de Energía &uien resolver)al res'ecto.

!a o'eraci(n de a&uellas centrales y siste%as de trans%isi(n &ue no ha+iéndose esta+lecido%ediante concesi(n- o'eren en sincronis%o con un siste%a eléctrico- de+er) ceirse a lasnor%as y regla%entos de coordinaci(n de la o'eraci(n &ue se %encionan en el art. /L.

Uno de los 'ri%eros %andatos es la seguridad del siste%a &ue tiene &ue o'erar a %íni%ocosto y asegurar el acceso a las instalaciones 'ara &ue 'ase la energía eléctrica. !acoordinaci(n tiene 'or finalidad +)sica &ue el siste%a sea seguro confia+le- &ue 'uedasatisfacer la de%anda y &ue sea de +a*os 'recios si es 'osi+le- &ue o'ere a %íni%o costo.!o &ue se +usca es la confia+ilidad del siste%a 5art. letra r7- &ue se entiende 'orcualidad de un siste%a eléctrico deter%inada con*unta%ente 'or la suficiencia- la seguridad

y la calidad de servicio. Ser) confia+le si en el siste%a eléctrico confluye una suficiencia5tiene instalaciones adecuadas 'ara satisfacer la de%anda7 relacionada con la seguridad delservicio cio 5ca'acidad de res'uesta de un siste%a eléctrico o 'arte de él 'ara so'ortarcontingencias- i%'revistos- fallas y %ini%izar o reducir la 'erdida de consu%o a través deres'aldos y de servicios co%'le%entarios7 co%'ati+le con el rango e,igido 'or la ley. !osservicios co%'le%entarios est)n definidos en el art. letra z73 “:ecursos técnicos presentes en

generadoras y trans%isoras troncales y de su+trans%isi(n y 'or un re'resentante de los clientes li+res delres'ectivo siste%a- confor%e se deter%ine en el regla%ento. Contar) ta%+ién con los organis%os técnicosnecesarios 'ara el cu%'li%iento de su funci(n. E,istir)n- al %enos- una Direcci(n de 'eraci(n y una Direcci(n

de 8ea*es. El Director y el 'ersonal de cada Direcci(n- de+er)n reunir condiciones de idoneidad e inde'endencia&ue garanticen su adecuado dese%'eo. Estos organis%os- e%inente%ente técnicos y e*ecutivos- desarrollar)n sufunci(n confor%e a la ley y su regla%ento.

El CDEC estar) co%'uesto 'or las e%'resas 'ro'ietarias de las instalaciones &ue seala el inciso 'ri%ero de laletra +7 del art. - en la for%a &ue deter%ine el regla%ento. !os Directores de cada Direcci(n ser)n no%+radosy 'odr)n ser re%ovidos antes del tér%ino de su 'eríodo- 'or los dos tercios del Directorio y durar)n en su cargocuatro aos- 'udiendo ser reelegidos 'or dos tercios- s(lo 'or un 'eríodo %)s. El financia%iento de cada CDECser) de cargo de sus integrantes- confor%e lo deter%ine el regla%ento. El 'resu'uesto anual de cada CDEC ser)infor%ado favora+le%ente 'or la Co%isi(n- en for%a 'revia a su e*ecuci(n.

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las instalaciones de generación, transmisión, distribución # de clientes no sometidos a regulación de precioscon que deber% contar cada sistema eléctrico para la coordinación de la operación de sistema en los términosdispuestos en el artículo (9@! on servicios complementarios aquellas prestaciones que permiten efectuar, alo menos, un adecuado control de frecuencia, control de tensión # plan de recuperación de servicio, tanto encondiciones normales de operación como ante contingencias! 8restan estos servicios a los clientesli+res y co+ran 'or esto. Son a'aratos eléctricos &ue se incor'oran y &ue +uscan evitar &ueel siste%a cola'se- &ue se caiga. !os grandes consu%os est)n siendo %)s sofisticados- enconsecuencia- se necesitan los servicios co%'le%entarios. Si lo hiciera la e%'resadistri+uidora- la e%'resa %odelo de+e considerarlo y 'onerlo en la tarifa.

=Gué es la calidad del servicio> Esto lo encontra%os en el art. letra u73 “"tributo de unsistema eléctrico determinado con&untamente por la calidad del producto, la calidad de suministro # lacalidad de servicio comercial, entregado a sus distintos usuarios # clientes! =Gué es la calidad del su%inistro> El art. letra O7 seala &ue es un “componente de lacalidad de servicio que permite calificar el suministro entregado por los distintos agentes del sistema eléctrico # que se caracteriza, entre otros, por la frecuencia, la profundidad # la duración de las interrupciones desuministro!  #odas las e%'resas o'eran con una frecuencia sintonizada. Se define 'orcu)nto tie%'o 5horas- %inutos7 'uede ha+er fallas sin &ue vulnera la calidad del su%inistro.

,os permisos #técnica de intervención espec"fica del Estado&

El art. 9J nos dice &ue la ley regula los 'er%isos 'ara &ue las líneas de trans'orte ydistri+uci(n de energía eléctrica no su*etas a concesi(n 'uedan usar yKo cruzar calles- otraslíneas eléctricas y otros +ienes nacionales de uso '6+lico. Es decir- cuando no hay concesi(n-hay 'er%iso. !os hay +)sica%ente de dos clases3

i.  /torgados por la 8unicipalidad . la Dirección de 9iabilidad #art 12 de la le. en

relación con el art 7 del reglamento 7. !os 'er%isos &ue otorgan la Munici'alidad no'ueden e,ceder de 2 aos. !a !C de Munici'alidades en su art. letra e7 dice &ue lasMunici'alidades 'ueden co+rar derechos 'or otorgar estos 'er%isos. El art. / dice3 “$os

 permisos enumerados en el + 9 del artículo 2 ser%n otorgados por las Aunicipalidades con e'cepción deaquellos que deban otorgarse de conformidad con el decreto con fuerza de le# + 2;? de (B?; del Ainisterio de Cbras 8úblicas! 

ii.  /torgados por la ;EC #art 54& 9o 'uede e,ceder de un ao y son solo 'ara e,tensiones'rovisorias 'ara líneas de e%'resas distri+uidoras. El art. 2 dice3 “.uando se trate de servicios públicos de distribución de energía eléctrica, el decreto de concesión definitiva fi&ar% los límites de la zona deconcesión )ac% es donde est% obligado a prestar el servicio*!

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$a zona mínima de concesión comprender% una fran&a de cien metros circundantes a todas las línease'istentes de la empresa, sean aéreas o subterr%neas!$os concesionarios podr%n solicitar a la uperintendencia permisos para efectuar e'tensiones provisorias desus líneas de acuerdo a los procedimientos establecidos en el .apítulo 444 01e los permisos municipales0!$a uperintendencia podr% otorgar dichos permisos por un plazo m%'imo de un aDo7 debiendo, en elintertanto, el interesado solicitar la respectiva concesión . 9o o+stante &ue se le haya dado el'er%iso- est) o+ligado a o+tener la concesi(n definitiva dentro del 'lazo de vigencia del'er%iso. Ha ha+ido situaciones en &ue no se ha ter%inado este 'roceso. El art. 2de+e%os relacionarlos con el art. L2 del regla%ento &ue dice &ue si se otorgare el 'er%iso

el solicitante est) o+ligado a solicitar la concesi(n definitiva dentro del 'lazo res'ectivo. Sino lo hace- de+e retirar sus instalaciones. !a Munici'alidad no de+ería co+rar en estainstancia.

Servidu%+res legales eléctricas 5técnica de intervenci(n es'ecífica del Estado7

•   ;&uellas &ue se esta+lecen a favor de un concesionario 'ara la construcci(n-esta+leci%iento y e,'lotaci(n de sus instalaciones eléctricas 5art. 9J <7.

•   ;&uellas &ue de+en so'ortar un concesionario o el 'ro'ietario de una instalaci(n eléctrica

a favor de terceros.

!a regulaci(n de las servidu%+res legales eléctricas se encuentra en el art. 9T< de laley. #ene%os3

i.  Servidu%+res 'rediales.ii.  Servidu%+res de 'osesi(n. 

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Caracter"sticas del servicio público eléctrico manifestadas en la regulación legal

eléctrica6 

He%os dicho &ue toda la regulaci(n eléctrica est) tocada 'or este interés '6+lico &uesatisface la necesidad de dis'oner de electricidad 'ara la 'o+laci(n y el funciona%iento de laindustria. El conce'to de servicio '6+licoI est) vinculado al su%inistro de electricidad &ue seencuentra inserto en un siste%a eléctrico glo+al al &ue concurren generadores- trans%isores-clientes- etc.

!a regulaci(n eléctrica 'resenta un %arcado %atiz de derecho '6+lico. He%os dichota%+ién &ue los sectores +)sicos tienen distintos %atices3-  Se ha calificado de servicio '6+lico a la distri+uci(n de clientes regulados en zonas de

concesi(n.-  Se ha calificado de servicio '6+lico el de trans'orte. Es el de troncal y su+trans%isi(n.-  !a generaci(n no es servicio '6+lico. 9o est) declarada ni regulada co%o servicio

'6+lico y es de li+ertad a+soluta la decisi(n de ingresar a este sector- sin 'reciosregulados. De todos %odos- la ley est) regulando este )%+ito y es de %arcado interés'6+lico. 8or tanto- no est) declarado co%o servicio '6+lico- 'ero no i%'lica ello &ueno esté regulada 'or la ley de for%a detallada3 Est) tan regulada co%o el trans'orte y la

distri+uci(n4 y dicho %arco regulatorio tiene &ue cu%'lirse.

/7  Continuidad. El servicio '6+lico de+e ser continuo- ya &ue la necesidad &ue satisface esde dicho car)cter. !a idea es &ue se 'reste sin interru'ciones y se 'ueda dis'onercontinua%ente del servicio '6+lico y sea 'er%anente%ente la necesidad &ue a+arca.

a7   ;rt. /L 9T/ y 9T.

+7   ;rt. //. !os concesionarios de servicio '6+lico de distri+uci(n tienen una o+ligaci(nlegal de dar servicio- 'ero 'ara garantizar &ue éste sea continuo- “deber%n disponer

 permanentemente del suministro de energía que, sumado a la capacidad propia de la generación les permita satisfacer la totalidad del consumo pro#ectado por los pró'imos 9 aDos . De+en ha+ercontratos suscritos &ue garanticen el consu%o de los aos siguientes- 'ara d)rselas asus consu%idores. “8ara dichos efectos, con la antelación que fi&a el reglamento, deber%n licitar elsuministro necesario para satisfacer los consumos de los clientes regulados, de modo que el con&unto delos contratos garantice el cumplimiento de la obligación establecida en el inciso anterior .

L Clase a'ortada 'or Ca%ilo Aergara.

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c7  Est) vinculada a la seguridad del servicio y a la calidad del servicio.i7   "rt! 22 letra d*. Seguridad3 Ca'acidad de res'uesta del servicio ante eventuales

interru'ciones o caídas.ii7  .alidad de servicio! Es un atri+uto del siste%a eléctrico deter%inado 'or as'ectos-

cuyos 'ar)%etros los fi*a la ley y el regla%ento35/7 Calidad 'roducto. Magnitud- frecuencia- conta%inaci(n- etc.57 Calidad su%inistro. Frecuencia- 'rofundidad y duraci(n de las interru'ciones de

su%inistro. Hay ciertas interru'ciones autorizadas- co%o 'or e*e%'lo- elraciona%iento eléctrico o fallas ini%'uta+les a la e%'resa 5la calidad de servicio

se entiende sus'endida7. ;rt. /@ en relaci(n al art /<2.=Gué sucede en caso de una interru'ci(n no autorizada> ;rt. /@- letra +7 de la!ey SEC 5/1.</27. Sin 'er*uicio de las sanciones &ue corres'ondan- lainterru'ci(n o sus'ensi(n no autorizada en confor%idad a la ley y elregla%ento &ue afecten 'arcial o total%ente una o %)s )reas de distri+uci(n-dar) lugar a una co%'ensaci(n a los usuarios su*etos a regulaci(n de 'reciosafectados 'or el corte- de cargo del concesionario e&uivalente al do+le del valorde la energía no su%inistrada- valorizada a costo de raciona%iento. Estaco%'ensaci(n se efectuar) descontando las cantidades corres'ondientes en lafacturaci(n %)s 'r(,i%a o en a&uella &ue deter%ine la SEC a re&ueri%iento del

concesionario. Se a+onar)n al usuario de in%ediato- sin 'er*uicio del derecho are'etir ante terceros res'onsa+les.57 Calidad del servicio co%ercial. Referido a la atenci(n co%ercial 'restada 'or los

distintos agentes del siste%a eléctrico.

7  $egularidad. Su%isi(n del servicio '6+lico eléctrico a un con*unto de reglas &ue lo rigen. #al es así- &ue toda la actividad eléctrica est) regulada. De hecho- el trans'orte y ladistri+uci(n se regulan íntegra%ente en la ley- siendo so%etidos a ésta- lo &ue lo denota elart. /3 “$a producción, el transporte, la distribución, el régimen de concesiones, tarifas # funciones del Estado se regir%n por la presente le# . Esto ta%+ién lo encontra%os en el art. 0.

7  -niformidad. Siendo el servicio '6+lico eléctrico en +eneficio de la co%unidad toda- sus'restaciones de+en ser iguales 'ara todos los clientes regulados 'or el DF! <. !adiscri%inaci(n se 'roscri+e en esta ley.

a7   ;rt. LL3 “no discriminatorias entre todos los usuarios! 

+7   ;rt. /@3 “el déficit debe distribuirse proporcionalmente # sin discriminación de ninguna especie entretodas las empresas generadoras .

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<7  /bligatoriedad. !a 'restaci(n de+e necesaria%ente cu%'lirse- sin &ue 'ueda la autoridad verificarla a unos y negarla a otros. Es 'are*o 'ara todos- el su%inistro eléctrico. En virtuddel art. / de+e dar servicio a &uien lo solicite.

Menci(n de las entidades &ue 'artici'an en la institucionalidad del sector eléctrico

/7  Presidente de la $epública

a7   ;rt. 3 “El 8residente de la :epública, a través del Ainisterio de Fienes acionales, # cumpliendo

las normas establecidas en el decreto le# (!B9B de (B@@, podr% administrar # disponer de terrenos fiscales con la finalidad de que en ellos se efectúen instalaciones de obras eléctricas! 8ara estos efectos noregir%n las limitaciones de plazos que seDala ese cuerpo legal para arrendar o conceder en uso estosinmuebles . En el fondo- es tan i%'ortante el su%inistro eléctrico &ue el 8residente'uede ordenar &ue se le 'asen terrenos fiscales 'ara esta+lecer instalaciones eléctricasde urgente necesidad. Es una facultad %uy a%'lia.

+7  Caducidad de las concesiones de servicio '6+lico de distri+uci(n &ue se encuentren ene,'lotaci(n 5arts. </- < y <7.

7  8inisterio de Energ"a  Se crea 'or la ley 2.<2. Hasta antes de la creaci(n de este

%inisterio 52207- el Ministerio &ue esta+a a cargo del sector eléctrico era el Ministerio deEcono%ía 5regulatorio7 y el de Minería- ade%)s de la Co%isi(n 9acional de Energía. Estedecreto le sac( todas esas facultades y las radic( en este %inisterio es'ecial 5art. /7. En la!ey Eléctrica- el Ministerio a'arece %encionado en el art. 0 y- de allí 'r)ctica%ente en todala ley. !a a'licaci(n de la ley corres'onde a la SEC- C9E- a las %unici'alidades y alMinisterio de Energía. Hay una 'er%anente intervenci(n del Ministerio de Energía en%aterias de a'licaci(n de la ley.

7  Comisión %acional de Energ"a #D, 2227 de 1<6=& Se esta+leci( con la finalidad en&ue 'artici'a+an 'rinci'al%ente dos 'ersonas y- desde allí- se co%and( todo lo &ue deriv(

en la ley eléctrica y su estructuraci(n. !uego de ello no ha tenido un 'a'el 'rotag(nico. Esuna 'ersona *urídica de derecho '6+lico encargado de analizar 'recios- tarifas y nor%astécnicas a las &ue de+en ceirse las e%'resas con el o+*eto de dis'oner de un serviciosuficiente- seguro y de calidad co%'ati+le con la o'eraci(n %)s econ(%ica. Su funci(n es+)sica%ente de an)lisis- estudio- a'oyo técnico- no e*ecutiva.

<7  ;uperintendencia de Electricidad . Combustibles #;EC& Creada 'or la ley /1.</2- suo+*eto 'rinci'al es fiscalizar y su'ervigilar el cu%'li%iento de las dis'osiciones legales yregla%entarias y nor%as técnicas so+re generaci(n- 'roducci(n- al%acena%iento-

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trans'orte de co%+usti+les 'ara verificar &ue la calidad de los servicios &ue se 'resten a losusuarios sea la sealada en dichas dis'osiciones y nor%as técnicas y &ue las antecitadaso'eraciones y el uso de los recursos energéticos no constituyan 'eligro 'ara las 'ersonas ocosas.a7  Facultades. Se encuentran en el art. . Aa desde otorgar concesiones 'rovisionales a

e%itir infor%es- fiscalizar instalaciones- otorgar licencias- co%'ro+ar recla%os- a'licar%ultas 5art. 9T y 9J < &ue dice &ue la SEC tiene la facultad de a'licar einter'retar ad%inistrativa%ente las nor%as legales y regla%entarias7.

+7  Sanciones 5art. /7. Se esta+lecen las sanciones &ue 'uede a'licar y se lo dota de las

facultades 'ara calificar las infracciones en distintos grados.c7  El 0 DF! < lo conte%'la co%o un e*ecutor de la !ey Eléctrica.

7  Centro de Despac(o Económico . de Carga #CDEC& Su regulaci(n se encuentra en elart. letras +7 de la ley y en el Regla%ento del Ministerio de Econo%ía- 'u+licado enagosto de 221 1.

@7  Panel de E+pertos El art. /L fi*a los o+*etivos. De+e%os relacionarlo con el art. /2 dela ley. Surgen discre'ancias entre los actores- se evac6a infor%e al Ministerio de Energía. #odos &uedan so%etidos a las nor%as vigentes- incluidos los consu%idores. Este siste%a

se ha %antenido 'r)ctica%ente igual desde la dictaci(n de la ley eléctrica. Surgi( lanecesidad de esta+lecer un 'anel de e,'ertos 'ara &ue resolviera todas las discre'anciasentre los actores y no *udicializar todos los conflictos- &ue tenían deferencia técnica 'or laC9E y la SEC. El 'anel de e,'ertos est) fi*ado en el art. 21 y ss. 9o s(lo se le dot( al'anel de e,'ertos de facultad resolutiva de discre'ancias- sino de intervenci(n técnicacuando la ley lo seale- 'rinci'al%ente en 'rocedi%ientos tarifarios.

L7  Tribunales. Est)n lla%ados a intervenir 'er se- aun&ue la ley eléctrica los conte%'la de%anera es'ecial3 Discusiones de contratos4 servidu%+res legales eléctricas 5artículos L/ yL7.

1 DS 9T 0/ del de octu+re de 22L. Este decreto es lectura o+ligatoria. Se 'regunta en las evaluaciones.

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%aturale'a >ur"dica de la electricidad< 

=Gué es la electricidad> #iene dos co%'onentes- &ue unida%ente se 'ueden deno%inarelectricidad o energía eléctrica3 Energía. 8otencia.

!a electricidad- del 'unto de vista *urídico- tiene dos co%'onentes &ue son- endefinitiva- o+*eto de interés del derecho3 la energía y la 'otencia. ;l cele+rar un contrato de

su%inistro- el o+*eto %ateria del contrato es la energía. V se contrata la energía y la 'otencia.De acuerdo al art. WQQX de la ley- las concesionarias son dueas de la energía y la 'otencia- 'uesellas son las &ue lo ingresa al %ercado. 8ero co%o no se es li+re de 'roducir 5s(lo entran&uienes tengan los costos varia+les %)s +a*os7 'uede ocurrir &ue esa e%'resa eléctrica no esté'roduciendo- de+iendo ir a co%'rar energía a costo %arginal al %ercado. V la 'arte &ue falta-la 'otencia- se 'aga en confor%idad a los valores deter%inados en el 'recio tarifario de 'reciode nudo. 8ara ello- suelen cele+rar contratos 'revios de co%'ra de energía en caso &ue estoacontezca 5'or&ue o+via%ente no hay nada 'eor &ue co%'rar caro- en cu%'li%iento delcontrato- y vender +arato7. El valor de la energía- no de la 'otencia- se fi*a diaria%ente y entodo horario en el %ercado. !a 'otencia- en ca%+io- co%o se relaciona con el %ecanis%o

instalado 5el %otorI7- se deter%ina de otra %anera 5de'endiendo del valor de contri+uci(n alsiste%a en tér%inos de seguridad- continuidad- etc.7.

El art. /<0 deter%ina c(%o se fi*a el costo %arginal3 es el costo varia+le de la 6lti%aunidad des'achada en ese %o%ento 'ara satisfacer ese re&ueri%iento de energía. El art. /<Lletra f7 seala el costo de su%inistro.

8ara entender el conce'to de 'otencia3 Cuando se tienen %)s 'lantas &ue lasnecesarias- se les 'aga no 'or&ue sean necesarias- sino 'or&ue a'ortan %ayor seguridad alsiste%a 5e*e%'lo +urdo del avi(n7.

El art. / de la ley de+e%os co%'le%entarlo con el Decreto @ de 22@- &ue a'rue+ael regla%ento de transferencias de 'otencias 5creado 'ara efectos del art. /<0 inc. 7. El art. /resulta relevante a esos efectos. En el resto del decreto se ha+la de diferentes categorías de'otencia- d)ndose las reglas de c(%o se deter%ina el valor de la 'otencia de cada central 5enatenci(n a sus características7. Es i%'ortante entender &ue la de%anda deter%ina &uiénes

0 Clase a'ortada 'or Horacio Mendoza

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ingresan energía al siste%a4 'ero las 'lantas ociosasI son reco%'ensadas 'or 'otencia. !aautoridad +usca otorgarle un valor a la 'otencia 'ara atraer a los inversionistas.

?@ué es la potenciaA Se vincula a la ca'acidad de 'roducci(n de electrones en unaunidad de tie%'o deter%inada- %idiéndose en OattsI. !a ca'acidad %),i%a del siste%aeléctrico se deter%ina 'or la ca'acidad %),i%a instalada de generaci(n- vale decir- de laca'acidad %),i%a &ue se 'uede a'ortar a todo el siste%a. !a 'otencia se re%uneradeter%in)ndose a 'artir de la ca'acidad de generaci(n en los tér%inos &ue descri+e el art. / delDecreto recién sealado. !a 'regunta es si se 'uede res'onder a la de%anda 'eaNI y &ué

atri+utos tiene la central 'ara garantizar &ue estar) 'resente en ese %o%ento. Se relacionar) alos costos fi*os de la 'lanta 5hacer 'roducir la 'lanta- los tra+a*adores- etc.- siendofunda%ental%ente deter%inada 'or el 'recio del co%+usti+le necesario 'ara 'roducir7. Seasocia con la %a&uinaria.

?@ué es la energ"aA Es el flu*o total de electrones &ue 'asa en un 'eríodo de tie%'odeter%inado y se %ide en OattsKhoraI. Ese flu*o deter%inado en un 'eríodo deter%inadoest) condicionada 'or la dis'oni+ilidad de los recursos &ue se destinada a su 'roceso'roductivo- tales co%o reservas de agua- gas 'etr(leo y sus derivados. !a energía se asocia arecursos y la dis'oni+ilidad de esos recursos. Se regula en el art. /<0 5costo %arginal7. !a

energía es la utilizaci(n de la 'otencia en el tie%'o. Sie%'re se re&uiere la %is%a 'otencia-'ero la energía &ue se re&uiere 'ara sostenerlo %)s tie%'o es %ayor.

!a energía es un +ien %ue+le- co%ercia+le- fungi+le y consu%i+le4 'uede ser futuro. !aenergía eléctrica- del 'unto de vista de las o+ligaciones- &ue se 'las%a nor%al%ente en uncontrato de co%'raventa- se traduce en una o+ligaci(n de dar. Es un género- 'or lo &ue no'erece. El contrato de co%'raventa o de su%inistro es oneroso- con%utativo- de tractosucesivo. Este contrato no se so%ete a ninguna sole%nidad4 recorde%os &ue hay dos clases deconsu%idores- 'resu%iendo la ley &ue los regulados son tan 'e&ueos &ue resultan inca'acesde negociar con una co%'aía eléctrica. En ese caso los 'recios se regulan. 8ero en el caso del

contrato de co%'raventa- &ue a'lica a los consu%idores %)s grandes- los contratos 'uedennegociarse- 'ero nunca entor'eciendo la satisfacci(n de los otros contratos. ;&uí co+ra interésconsultar el art. /<0 inciso /.

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Concesión eléctrica

Res'ecto a su naturaleza *urídica- es un acto ad%inistrativo &ue otorga al titular underecho su+*etivo '6+lico unido a la asunci(n de o+ligaciones.

!a concesi(n crea dos situaciones *urídicas3 i7 Una legal o regla%entaria &ue es dederecho '6+lico4 y ii7 Una contractual- &ue atri+uye derechos e i%'one o+ligaciones alconcesionario.

!a concesi(n contiene una declaraci(n de voluntad e%anada de la autoridad. Unadeclaraci(n &ue se recoge en un decreto &ue va a dar lo &ue se deno%ina un contratoad%inistrativo- el cual se 'las%aI 'or la reducci(n a escritura '6+lica del decreto &ue otorgala concesi(n.

En su sentido natural y o+vio- concesi(nI i%'lica &ue la ad%inistraci(n otorga algunafacultad- derecho o 'oder al +eneficiario de ella. El concesionario o titular de ella ad&uiere 'or'ri%era vez un derecho &ue antes no tenía ni for%a+a 'arte de su 'atri%onio. 9uestra*uris'rudencia ha 'recisado/2 &ue la concesi(n crea a favor de un 'articular una ca'acidad oderecho nuevo- 'or una 'arte- y 'or otra- transfiere al 'articular un derecho &ue es 'ro'io de la

ad%inistraci(n y del cual el 'articular carecía total%ente.

!a *ustificaci(n de la técnica concesional est) vinculada con el siste%a deintervenciones ad%inistrativas so+re situaciones *urídicas 'rivadas- &ue se *ustifica en aras de'roteger el interés general.

El Estado es el titular de los +ienes nacionales de uso '6+lico. Es el 6nico ente *urídico&ue 'uede afectarlos 'ara servir a un fin '6+lico. Se vale de la concesi(n 'ara ha+ilitar a un'articular 'ara &ue desarrolle una actividad tendiente a o+tener ese fin co%6n- cre)ndole elderecho a usar estos +ienes4 y a ese derecho le otorga ta%+ién la facultad de 'erci+ir una renta.

$%'one- de la %is%a for%a- una serie de o+ligaciones %ediante este contrato ad%inistrativo-reducido a escritura '6+lica. #al instru%ento es- a su vez- el título &ue 'er%ite al 'articulardesarrollar la actividad

Co%o dice el art. /3 “$as concesiones se otorgar%n sin per&uicio del derecho de tercero legalmenteestablecido con permiso o concesión, # en lo que ellas no prevean, estar%n sometidas a las le#es, reglamentos #

/2 Revista de derecho y *uris'rudencia- to%o @- secci(n 'ri%era- ')gina L.

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ordenanzas vigentes o que se dicten en el futuro sobre la materia! . El concesionario tiene con res'ecto ala concesi(n un derecho. Este derecho- es un derecho su+*etivo '6+lico &ue una vez nacido-configurado y reconocido co%o tal en virtud del acto ad%inistrativo de ese título de concesi(ne,'edido de confor%idad a la ley- 'asa a tener un estatus 'atri%onial el &ue de+e ser%antenido y organizado de acuerdo al régi%en *urídico vigente a la é'oca de su naci%ientoco%o tal- en consecuencia- cual&uiera alteraci(n 'osterior de los efectos de ese derecho- vulnera su esencia. Ello no significa &ue el Estado se encuentre i%'edido de afectar esederecho su+*etivo '6+lico- 'ero res'etando las nor%as vigentes &ue regulan la concesi(n. Si laafectaci(n llega a ser %)s grave- natural%ente de+e 'rocederse- en confor%idad con nuestra

Constituci(n- a las inde%nizaciones 'ertinentes. Res'ecto de ese derecho- rigen todas lasnor%as eléctricas vigentes. Cuando se ha+la de nor%as vigentes- se refiere a toda la nor%ativaeléctrica actual- %)s las 'osteriores nor%ativas- sie%'re &ue ellas no afecten el derechosu+*etivo '6+lico otorgado 'or la concesi(n. En caso de afectaci(n de este derecho su+*etivo'6+lico- la ley consagra deter%inadas acciones 5art. / en relaci(n con el art. /7.

Modalidades de otorga%iento de las concesiones eléctricas

!as concesiones &ue regula la ley son3  .oncesiones en relación al transporte # la generación de la energía eléctrica )art! 2 + (*!  Estas 'ueden

ser definitivas o 'rovisionales o si%'le%ente no tener la concesi(n 5art. <7.  Centrales hidr)ulicas 'roductoras de energía eléctrica4  Su+estaciones eléctricas4  !íneas de trans'orte de la energía eléctrica.En virtud del art. no est)n so%etidas a las concesiones3 a7 !as centrales 'roductoras deenergía eléctrica distintas de las sealadas en la letra a7 del 9J / del artículo 4 +7 !as líneasde distri+uci(n &ue no sean de servicio '6+lico4 c7 !as líneas de distri+uci(n destinadas alalu%+rado '6+lico de calles- ca%inos- 'lazas- 'ar&ues y avenidas en adelante alu%+rado'6+lico4 sean éstas esta+lecidas 'or la Munici'alidad- o 'or cual&uier otra entidad-incluyéndose las e%'resas distri+uidoras de servicio '6+lico &ue tengan a su cargo el

alu%+rado '6+lico en virtud de un contrato con las res'ectivas Munici'alidades.

  .oncesiones para establecer, operar # e'plotar las instalaciones de servicio público de distribución )art! 2 +2*!

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De acuerdo al art. // hay dos ti'os de concesiones3

/7  Concesiones provisionales. El o+*eto de la concesi(n 'rovisional es 'er%itir el estudiode los 'royectos de las o+ras de a'rovecha%iento de la concesi(n definitiva y noconstituyen un re&uisito 'revio 'ara o+tener la concesi(n definitiva ni o+ligar a solicitaresta 6lti%a 5artículos < inciso /- //- /1 a 7.a7  Solicitud. Ser)n otorgadas %ediante resoluci(n de la Su'erintendencia. De+e res'onder

dentro del 'lazo de 02 días 5art. / del regla%ento7. Res'ecto a la tra%itaci(n de+e%osre%itirnos a los artículos 2 a de la ley y al art. del regla%ento. De+e contener la

resoluci(n- reducirse a escritura '6+lica- etc. Si no lo hace- caduca la concesi(n'rovisional.+7   #itulares. S(lo ciudadanos chilenos y sociedades constituidas en confor%idad a las

leyes del 'aís 5art. / DF! <7. 9o 'odr)n otorgarse a sociedades en co%andita 'oracciones.

c7  8lazo. Dos aos 5art. / del regla%ento7.d7  Derechos.

i7  8er%iso 'ara 'racticar los tra+a*os y estudios en terrenos fiscales- %unici'ales o'articulares 5arts. / y del regla%ento7.

ii7  El art. seala &ue la concesi(n 'revisional otorga al concesionario 'ara o+tener

del *uez de letras res'ectivo el 'er%iso 'ara realizar las %ediciones y estudiosnecesarios 'ara la 're'araci(n del 'royecto co%'rendido en su concesi(n. El%is%o *uez deter%inar) cuando se solicite la inde%nizaci(n &ue los 'er%isos'rovo&uen en los 'redios.

e7  +ligaciones.i7  Cu%'lir con los tér%inos y condiciones 'revistos en el decreto de concesi(n.ii7  $nde%nizar.

7  Concesiones definitivas.a7  +*eto. 9o est) recogida su conce'to en la ley eléctrica- 'ero se dice &ue tiene 'or

o+*eto ha+ilitar a los concesionarios 'ara a%'arar y esta+lecer las instalacioneseléctricas indicadas en el art. 9J / y . Mira al servicio %aterial y real de la concesi(neléctrica res'ectiva- vale decir ella 'or su naturaleza %is%a i%'orta o conlleva lae*ecuci(n de la o+ra 5'or&ue es definitiva7. Si +ien la ley eléctrica no %enciona suo+*eto- el art. /@ del regla%ento sí3 “$as concesiones definitivas tienen por ob&eto elestablecimiento, operación # e'plotación de centrales hidr%ulicas productoras de energía eléctrica,subestaciones eléctricas, líneas de transporte de energía eléctrica o instalaciones de servicio público dedistribución! 

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+7  Solicitud. Ser)n otorgadas %ediante decreto su're%o del Ministerio de Energía 5conco'ia a la SEC7- 'or orden del 8residente de la Re'6+lica- de acuerdo al art. ysiguientes.

c7   #itular de la concesi(n. S(lo ciudadanos chilenos y sociedades constituidas enconfor%idad a las leyes del 'aís 5art. /7. 9o 'odr)n otorgarse a sociedades enco%andita 'or acciones.

d7  8lazo. $ndefinido 5art. /7. Si se ca%+ia el 'lazo se vulnera el derecho su+*etivoad%inistrativo y 'rocedería la inde%nizaci(n res'ectiva.

e7  Derechos.

i7 

1erecho a interponer servidumbres )arts! -=, -B # ;* . :)sica%ente tienen el derecho aocu'ar el suelo '6+lico y 'rivado Cuando se ha+la de concesiones eléctricas-sie%'re hay &ue re%itirse al art. . !uego al art. / y luego a las dis'osiciones so+reconcesiones &ue no sean forzosas seg6n la ley. El art. / ta%+ién resulta relevante'ara estos efectos.=Cu)ndo &ueda constituida una servidu%+re eléctrica> Guedan constituidas 'or els(lo hecho de cursarse- 'u+licarse y reducirse a escritura '6+lica el decreto deconcesi(n y la a'ro+aci(n de los 'lanos de servidu%+re 5art. 07.5/7  #ra%itaci(n concesiones definitivas3 ;rt. 2.57 Menciones esenciales &ue de+e contener el decreto de concesi(n definitiva3

 ;rts. 1 y 0.57 8u+licaci(n- notificaci(n y reducci(n a escritura '6+lica3 ;rt. 2.ii7  Ccupar el suelo público # privado!  El título concesional crea y constituye 'or el solo

%inisterio de la ley eléctrica un grava%en es'ecífico3 servidu%+re legal eléctrica&ue 'esa so+re terrenos fiscales- 'articulares o %unici'ales. !as servidu%+res&uedan constituidas 'or el solo hecho de cursarse- 'u+licarse y reducirse a escritura'6+lica el decreto de concesi(n//  y la a'ro+aci(n de los 'lanos de servidu%+re5arts. 0 y 27.

f7  +ligaciones.i7  .umplir con los términos # condiciones establecidos en el decreto de concesión respectivo.

ii7   E&ecutar las obras con su&eción a los planos presentados en la tramitación del decreto )arts! 9- dela le# # ( del reglamento*! Es i%'ortante tener 'resente &ue el 'lano &ue da cuentadel trazado de las líneas eléctricas- a'ro+ado en el decreto- ser) el &ue afecte al'redio su*eto a la servidu%+re. Ser) ese 'lano- el &ue se 'resenta 'ara elotorga%iento del decreto- y no otro. Si se &uiere %odificar 'osterior%ente- la 6nica%anera de hacerlo es inde%nizando el %onto corres'ondiente al afectado.

// Menciones esenciales del decreto &ue otorga la concesi(n eléctrica se encuentran en los artículos 1 y 0.

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iii7  4ntercone'ión de las instalaciones a un sistema eléctrico )arts! (9@ de la le# # (;9 del reglamento92@*. Esto 'ara la o'eraci(n coordinada de sus instalaciones con el siste%a y elcu%'li%iento de las finalidades consignadas en el art. /L 5este artículo consagralos fines o 'ilares funda%entales del siste%a eléctrico3 'erar a %íni%o costocon la %ayor seguridad 'osi+le- garantizando el li+re acceso a los servicioseléctricos7.

iv7  oportar servidumbres a favor de terceros )art! @( letra b del reglamento*! v7  .umplir con las obligaciones impuestas por la le# # el reglamento! Esto es res'ecto de cada

una de las clases de concesiones a las &ue se refiere el art. 9J / y 9J . En el caso

del servicio de distri+uci(n se i%'one una o+ligaci(n de destino consagrada en elart. L inciso .  vi7  4ndemnizar a las personas afectadas por imponer la servidumbre legal eléctrica!

En la actualidad se encuentra en tra%itaci(n un 'royecto &ue fue 'resentado el / dea+ril de 2/ &ue %odifica las concesiones. Se &uiere 'erfeccionar el siste%a 'or&ue nadie harecurrido a solicitar la concesi(n 'rovisoria. Se 'asa in%ediata%ente a 'resentar los 'royectosfinales. El 'ro+le%a es &ue se co%'ro%eten a un 'lazo- ya &ue al 'resentar directa%ente el'royecto definitivo no hay evaluaciones 'revias lo suficiente%ente acertadas a este res'ecto.Res'ecto a las concesiones definitivas ta%+ién se les har) ca%+ios.

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;ervidumbres12 

Beneralidades de la servidu%+re

En 'ri%er lugar- de+e%os decir &ue la escritura '6+lica es el título y %odo de ad&uirir5art. @01 CC- la tradici(n del derecho real de servidu%+re se realiza 'or escritura '6+lica- sin'er*uicio &ue este es uno de los títulos &ue 'ueden inscri+irse- lo cual es s(lo un resguardo7.

!a servidu%+re discontinua a'arente no se 'uede ad&uirir 'or 'rescri'ci(n.

Hay tres características funda%entales en %ateria de servidu%+re3•  El &ue tiene derecho real a una servidu%+re- tiene derecho a los %edios necesarios 'ara

e*ercerla.

•  8uede realizar las o+ras necesarias 'ara 'oder e*ercer estas servidu%+res- 'ero estas o+rasson de cargo del +eneficiado. El &ue goza una servidu%+re tiene &ue so'ortar el costo delos gastos indis'ensa+les 'ara 'oder e*ercer esas servidu%+res.

•  El 'ro'ietario del 'redio sirviente no 'uede alterar- dis%inuir- ni hacer %)s inc(%odo ele*ercicio de la servidu%+re del 'ro'ietario del 'redio do%inante 5o+ligaci(n de no hacer7.

Servidu%+re eléctrica

=8or &ué esta legislaci(n es'ecial tiene &ue regular esta instituci(n %)s all) del C(digoCivil> !a e,'licaci(n 'r)ctica o+edece a &ue esta ley nace en los 12Y cuando se &uiere 'rivatizarel %ercado eléctrico y &uieren dar herra%ientas 'ara incentivar a los 'rivados inversionistas ainvolucrarse en este ru+ro con un servicio seguro y constante. Se ha regulado de for%a tal &uehoy en día 'ode%os distinguir diversas clases de servidu%+res seg6n el 'royecto o la o+ra &uese &uiera realizar. De %odo general- las servidu%+res &ue se otorgan en virtud de la legislaci(neléctrica3

-  Est)n destinadas a generar 'royectos enfocados al desarrollo de una 'lanta o centralhidroeléctrica 5de e%+alse- no de 'asada7.

-  !íneas de trans%isi(n y su+estaci(n eléctrica-  !íneas de distri+uci(n.

Guedan fuera las centrales ter%oeléctricas- hidr)ulicas de 'asada y a&uellas &ue nore&uieren un es'acio de terreno relevante 'ara e*ecutarla.

/ Clase a'ortada 'or Ca%ilo Aergara.

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Clasificaci(n de las servidu%+res

8ode%os clasificarlas en3/7  ;ervidumbres prediales ;&uellas &ue gravan al in%ue+le. M)s cercada al conce'to &ue

da el C(digo Civil- con una salvedad =cu)l es el 'redio do%inante> 9o hay. !a doctrina y la*uris'rudencia han hecho un acto de o%isi(n y ha sostenido &ue la instalaci(n eléctrica'ro'ia%ente tal es el 'redio do%inante. El 'rofesor lo encuentra a+errante- 'ues la verdades &ue no hay.

;ervidumbres eléctricas propiamente tal Si ya se di*o &ue la instalaci(n eléctrica es el'redio do%inante- ta%+ién 'uede ser el 'redio sirviente =en &ué sentido> Si- 'or e*e%'lo-soy dueo de una línea de trans%isi(n tengo un grava%en &ue consiste en dos cosas3 Estoyo+ligado a 'er%itir &ue un tercero 'ueda tener líneas o colocar 'ostes 'ara crear una nuevalínea de trans%isi(n 5fo%entar el %ercado eléctrico7- 'ero- ade%)s- estoy o+ligado co%otrans'ortista- co%o 'ro'ietario de una línea de 'er%itir el uso 'ara el tr)nsito de energía y'otencia 5electricidad7 'roveniente de terceros. Este es el origen del %ercado de latrans%isi(n3 el &ue es 'ro'ietario de+e 'er%itir a terceros &ue trans%itan electricidad através de sus líneas.

9o +asta tener una concesi(n 'ara 'oder construir. 8or un lado tene%os la !ey 9J /0.22&ue seala &ue se de+e so%eter al siste%a de evaluaci(n de i%'acto a%+iental todo'royecto &ue tenga 'or o+*eto el desarrollo y e*ecuci(n de una central %ayor a %egas.8r)ctica%ente todas son de %)s de ello- 'or tanto sie%'re se so%eten a este 'royecto.8or otro lado- tene%os el Convenio /@0 de la $# &ue genera la o+ligaci(n de consultar alas co%unidades indígenas cuando un 'royecto de esta índole 'ueda afectar no solo sustierras- sino &ue ta%+ién su desarrollo cultural- econ(%ico- social- etc. 9o se vincula s(lo ali%'acto a%+iental. Si no se les consulta- se detiene el 'royecto. 

a7  !as servidu%+res eléctricas se constituyen3

i7   "dministrativamente . ; través de una solicitud de una concesi(n definitiva 5&ue sesolicita al 8residente a través del Ministerio de Energía7. Seg6n los antecedentes-de+e ad*untarse un 'lano donde se descri+a las servidu%+res &ue va a otorgar y&ue lo va a ha+ilitar a esta+lecer 6nica y e,clusiva%ente en lo fi*ado en ese 'lano.

ii7   " través de un contrato o convención . 9ada i%'ide &ue el 'ro'ietario suscri+a uncontrato de servidu%+re eléctrica con la e%'resa &ue ela+ora el 'royecto. 9o va atener efecto cuando se trate de concesi(n de servicio '6+lico de distri+uci(n-'or&ue si no tengo el decreto no 'uedo negociar una servidu%+re. Si tengo eldecreto- sí 'uede ha+er una servidu%+re voluntaria.

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iii7  8or prescripción adquisitiva . De+e%os re%itirnos a los artículos 1- <01 y / delC(digo Civil.

iv7  8or la destinación del padre de familia . E*e%'lo3 Soy 'ro'ietario de un in%ue+le4 instaléuna central ter%oeléctrica y construí una línea &ue lo une con la red de trans%isi(n.En la %itad de la vida 6til- loteo y ena*eno una fracci(n 'or donde 'asa la línea detrans%isi(n. 8or el hecho de ha+er tendido esta línea de trans%isi(n so+re %iin%ue+le- el hecho de ena*enar 'arte de él a un tercero- hace entender constituidauna servidu%+re en virtud del art. 11/ CC.

+7 

Derechos. 8ara ver los derechos &ue otorgan las servidu%+res de+e%os revisar losartículos 2 5centrales hidr)ulica/ 7 y / 5líneas de trans%isi(n7. Hay &ue considerar &uela legislaci(n reconoce servidu%+res co%unes 'ara a%+os ti'os de 'royectos- tanto'ara la central hidr)ulica co%o 'ara la línea de trans%isi(n. ;de%)s de estasservidu%+res 'articulares- hay &ue considerar &ue la legislaci(n reconoce ciertasservidu%+res co%unes 'ara a%+os ti'os de 'royecto- y &ue +)sica%ente nacen de los'rinci'ios del C(digo Civil3 El 'ro'ietario de un 'redio sirviente tiene &ue 'er%itir elingreso 'ersonal- de %ateriales- dar servidu%+re de tr)nsito y le est) vedado 'ertur+aro i%'edir el e*ercicio de esta servidu%+re. 

Derechos del 'ro'ietario del 'redio sirviente

El 'ro'ietario del 'redio sirviente ta%+ién tiene derechos3/7  Bndemni'ación de per>uicios Co%'rende- o+via%ente- los 'er*uicios ocasionados 'or la

ocu'aci(n %aterial de su 'redio y- ade%)s- los 'er*uicios &ue ocasiona la e*ecuci(n ydesarrollo del 'royecto4 sus efectos y consecuencias.

7  Bndemni'aciones de tr)nsito  En virtud de la o+ligaci(n de 'er%itir el tr)nsito detra+a*adores y 'ro'ietarios del 'royecto- surge este derecho adicional.

Res'ecto a la deter%inaci(n del %onto 'ode%os decir &ue es f)cil si es convencional. =V sino 'roviene de un contrato- sino s(lo de un decreto de concesi(n> El legislador esta+leci( un'rocedi%iento3 Si no logran convenir el %onto de la inde%nizaci(n- se va a constituir unaco%isi(n de ho%+res +uenosI &ue est)n en el Ministerio de Econo%ía- cuya %isi(n esdeter%inar en caso de discre'ancia el %onto de la inde%nizaci(n &ue de+e 'agar el

/ !os 'redios &ue se inundan se consideran co%o terrenos donde se 'ueden i%'oner servidu%+res. El 'rofesorcree &ue se de+e 'or la 'rivatizaci(n de la energía eléctrica. Es un dato freaN. Soy titular del terreno &ue est) +a*oel agua.

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'ro'ietario. Esa deter%inaci(n se la entregan a la SEC &ue la 'one en conoci%iento de losinteresados- &ue en virtud de lo dis'uesto en el art. L2 lo incre%enta en un 2- y si no haydiscre'ancia entre las 'artes en el valor- ser) el %onto de inde%nizaci(n. Si el 'ro'ietario noest) de acuerdo- 'uede recurrir a los tri+unales ordinarios de acuerdo al 'rocedi%ientosu%ario.

7  Cuando se refiere a l"neas de transmisión0 tiene derec(o a modificar el tra'ado de la

l"nea de transmisión que quiere cru'ar su predio. =Cu)ndo>a7  Si durante la tra%itaci(n de la concesi(n definitiva- se le notifica de la solicitud del

dueo del 'royecto indic)ndole &ue ese 'royecto tiene considerado construir unainstalaci(n eléctrica en su 'redio y le aco%'aan el 'lano. Hay un 'lazo de o'osici(nante la SEC o re&uerir su %odificaci(n- de %odo tal &ue no grave en e,ceso suin%ue+le 5art. L7.

+7   ;rt. L. 8uede 'edir &ue se utilicen instalaciones e,istentes ya en su 'redio.c7   ;rt. < inciso . !e 'er%ite solicitar la %odificaci(n del trazado sin raz(n4 'ero en tal

caso el costo de esa %odificaci(n es del 'ro'ietario.

<7  a. inmuebles e+entos de servidumbre eléctrica !os edificios- huertos- 'atios-*ardines. E,ce'to3

a7  8ara el tendido de líneas de distri+uci(n. De+e ser de +a*a tensi(n. Esto no 'uedealterar la estética del in%ue+le.+7  Cuando se trate de centrales hidr)ulicas de una 'otencia su'erior a Megas. En este

caso- si afecta a una 'arte del 'redio- 'uede e,igirse co%'ensaci(n 'or el total y de*arsin uso el 'redio.

7  $ecurrir al >ue' de letras Sie%'re el 'ro'ietario de un 'redio sirviente tiene derecho arecurrir al *uez de letras de la co%una cuando se le afecten los derechos esta+lecidos ennuestra legislaci(n 5su%ario7. Hay una nor%a e,'resa3 la inter'osici(n de un recurso noentra+a la e*ecuci(n del 'royecto. Una cosa es discutir el %onto y otra es &ue el 'royecto

se haga.

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 ;s'ectos &ue de+e%os tener 'resentes al %o%ento de esta+lecer una servidu%+re

Se negocia un contrato entre Beneradora y 'ro'ietario de un fundo &ue va a hacerafectado 'or una línea de trans%isi(n- antes de &ue se dicte la concesi(n.

/7  ?;e puedeA Sí- el contrato 'uede ser sin concesi(n.

7  ?@ué tipo de contratoA 8or escritura '6+lica.

7  Cl)usula de antecedentes !os antecedentes nor%al%ente e,'resan la causa &ue %otiva

a las 'artes a suscri+ir el contrato 5causa7. Gué es lo &ue %otiva 'ara cele+rar el acto ocontrato.

<7  Bndividuali'ación del predio ob>eto de la servidumbre0 su propietario .

limitaciones. Es aconse*a+le 'oner la finalidad 'ara la cual se ocu'a el 'redio. Ser)relevante 'ara deter%inar las inde%nizaciones. El 'ro'ietario tiene derecho a decir lascosas.

7   *ntecedente del pro.ecto eléctrico Gué %otiva a la e%'resa a i%'oner la servidu%+reeléctrica. Suele de*arse lista la torre 'ara varias líneas3 =Gué hacer co%o e%'resa> Decir&ue hoy construire%os una sola línea 'ero 'ueden ser %)s. =V co%o a+ogado del'ro'ietario> #ratar de acotar estos antecedentes &ue %otivan la inde%nizaci(n lo %)s'osi+le.

@7  Plano De+e identificar el 'redio y el trazado de la línea. Fi*a los derechos y grav)%enes.!o &ue %anda al final- es el 'lano.

L7  /bligación del propietario de declarar que no tiene reparos a su respecto  Evita &ueel 'ro'ietario se o'onga y entra+e el 'roceso de negociaci(n y fi*aci(n de la concesi(n.

17  Cl)usula que señala conocer los planos 

07  /b>eto de la concesión #art 31&

a7   #ender líneas.

+7  cu'ar terrenos necesarios 'ara el trans'orte de energía eléctrica. =Gué le conviene aldueo> =Gué se 'odr) negociar> Si el o+*eto es solo el tendido 5&ue 'ase el ca+le7 es%)s conveniente. Es negocia+le.

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c7  8ueden constituirse servidu%+res de3i7  Ccupación # paso. Aoluntaria- 'er'etua- a'arente- continua- a título oneroso. Se 'uede

ad&uirir 'or 'rescri'ci(n. Es'ecificar el %odo de e*ercicio 5%etros de uso y fran*ade seguridad7

ii7  ervidumbre de tr%nsito. El art. @ ley faculta al 'ro'ietario del 'royecto a i%'onerestas servidu%+res 'ara &ue se ingrese al 'redio y hagan las la+ores res'ectivas.=C(%o se e*ercen estar servidu%+res> Si es un terreno con un costo alternativo alto5e*. Aia de uva 're%iu%7- 'odr) el 'ro'ietario i%'oner en el 'lano un ca%ino deuso de estas facultades de un %odo &ue no afecte lo &ue ya tienen en dicho terreno.

iii7 

Gsar caminos )art! =*.iv7  Gsar postes para telecomunicaciones . Seg6n lo dis'uesto en la !ey Beneral de #eleco%unicaciones.

/27 Garant"a anticipada de que cualquier per>uicio adicional !o e*erceré a través de esa+oleta de garantía.

//7 /bligación principal #art 36& +ligaci(n de no hacer- consistente en &ue el 'ro'ietariono 'ertur+e la servidu%+re de la e%'resa de trans%isi(n.

/7 Bndemni'ación del propietario. 9egociaci(n.

/7 Estipulaciones generales que escapan a la regulación estrictamente eléctrica

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8ercado eléctrico

8or %ercado se entiende a los clientes &ue se 'uede vender la electricidad. ;sí tene%ostres %ercados3

/7  8ercado de generación ;&uí tene%os3 

a7  Mercado de clientes regulados.  El es'íritu de la legislaci(n es 'roteger a los clientesregulados 5a&uellos &ue est)n definidos en el art. /<L de la ley- 'otencia conectada

%enor a MZ y &ue est)n dentro de un )rea de concesi(n7. Se le a'lica el  precio de nudo &ue se deter%ina de dos for%as3 Hay un 'recio nudo de corto 'lazo calculadose%estral%ente 'or el Ministerio de Energía y el 'recio nudo de largo 'lazo &ue se fi*ael 'recio en las licitaciones 5!ey Corta $$7. 

+7  Mercado de clientes li+res 5conectados a una 'otencia de %)s de MZ7. #ienen totalli+ertad3 la ley eléctrica no los 'rotege- resguardando eso sí sie%'re la nor%a técnica5'ero no las condiciones co%erciales de ese contrato7.

c7  Mercado s'ot.  !a e%'resa generadora tiene el car)cter de e%'resa deficitaria en

relaci(n con sus co%'ro%isos contractuales- de+iendo co%'rar a otra e%'resageneradora &ue es e,cedentaria- la energía suficiente 'ara cu%'lir sus contratos. El'recio de esta transacci(n es el costo %arginal de acuerdo a lo esta+lecido en el art./<0 inciso . #iene su origen en el rol &ue tiene la generadora co%o 'roductor de lacentral &ue de+e generar energía de acuerdo a lo %andatado 'or el CDEC- 'or lo%is%o- las instrucciones de este (rgano est)n en +ase a los costos varia+les de cada unade la centrales de generaci(n y no si tiene o no co%'ro%isos contractuales 'araa+astecer a terceros. El rol de o'erador se desvincula con la co%ercializaci(n deenergía &ue 'uede 'roducir una central. El des'acho co%ienza 'ri%ero con a&uellascentrales &ue tienen %enor costo de 'roducci(n- nor%al%ente las hidr)ulicas de

'asada- la e(lica- la solar. ;sí sucesiva%ente hasta e&uili+rar la oferta y la de%anda del%ercado. Ese rol de o'erador de una central- se desvincula con la co%ercializaci(n deuna energía &ue 'uede 'roducir una central. !as decisiones co%erciales de lasgeneradoras- son inde'endientes de la o'eraci(n o no de su central.

Caso/3 Una de%anda de energía de 2 MZ. Una oferta 'roveniente de tres centrales delas siguientes características3 

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•  Central ;I- hidr)ulica de 'asada- de /2 MZ de 'otencia- &ue tiene un costo de'roducci(n de /2 %illsKNOh y &ue no tiene contrato con clientes. 

•  Central :I hidr)ulica de e%+alse- de /2 MZ de 'otencia- &ue tiene un costo de'roducci(n de %illsKNOh y &ue ha suscrito contrato con clientes li+res 'or 2 MZ aun 'recio de 2 %illsKNOh y con clientes regulados 'or 2 MZ a un 'recio de %illsKNOh. 

•  Central CI- ter%oelétrica a 'etr(leo diesel- de /2 MZ de 'otencia- &ue tiene uncosto de 'roducci(n de @2 %illsKNOh y &ue ha suscrito contrato con clientes li+re 'or/2 MZ a un 'recio de @ %illsKNOh. 

=8or &ué la diferencia de 'recios> !a hidr)ulica de 'asada no tiene costo de o'ortunidad encaso &ue no se use. En e%+alse- en ca%+io- sí hay un relevante gasto en caso de &ue no se'ueda usar. 8etr(leo3 es evidente &ue su 'recio est) en las nu+es. Se deter%ina 'or loscostos varia+les de o'eraci(n de cada una de las co%'aías.

  Si las est)n dis'oni+les- =Cu)l o cu)les est) siendo des'achada al CDEC y 'orcu)ntos %egas>  E%'resa ; 'or /2.  E%'resa : 'or los otros /22. Es la &ue %arca 'recio en este instante. !a 6lti%a

des'achada genera el costo %arginal. Da lo %is%o &ue el contrato tenga un valor

su'erior3 da lo %is%o lo &ue en ellos se e,'rese. de+er de coordinaci(n- seguridady 'recioI.

  =Cu)l central est) reci+iendo utilidades> !as centrales 'ueden ser e,cedentarias odeficitarias seg6n si ingresan o no electricidad seg6n sus contratos 'actados conclientes li+res.   ; gana3 su costo era /2 'ero el costo %arginal era . de ganancia.  : sí 'rodu*o y es el &ue gana %enos.  C no tuvo costo. 9i si&uiera o'er(. 8ero reci+i( @ del cliente li+re y tuvo &ue

'agar .

El CDEC de+e %antener el e&uili+rio entre la oferta y la de%anda- se fi*a en los costos varia+les 5co%enzando 'or la %)s +arata7- sin i%'ortar &ue tengan contratos. !a Central;I 'one en el %ercado energía &ue no co%'ro%eti( con terceros- en consecuencia- esuna central e,cedentaria en el %ercado s'ot- 'rodu*o %)s energía. ;l final de %es cuandola CDEC haga el +alance- ha+r) un e,cedente de la Central ;I =a &uién le co+ra y a &ué'recio> ; la Central deficitaria- &ue sería la Central CI. El costo &ue de+e 'agar es elcosto %arginal el siste%a 5costo de la 6lti%a central des'achada7. !a 6lti%a centraldes'achada fue la :I- 'or lo tanto- la Central CI de+er) 'agar %illsKNOh. 

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Caso3 =Gué 'asa si la Central ;I no 'uede o'erar y 'ersiste la de%anda de 2 MZ>Des'acha todo :I y luego CI. Costo %arginal3 el de CI. Si no 'roduce- ;I no est)reci+iendo nada. !a Central CI est) ganando %enos. !a decisi(n de contratar o no conclientes li+res o regulados o &uedarse /22 en el %ercado s'ot no es f)cil- va a de'enderde cosas &ue no est)n en las %anos de la co%'aía co%o la cantidad de agua- los de%)soferentes del %ercado- etc.

7  8ercado de transmisión 9o es indiferente la central &ue se des'acha. $%'orta en%ateria de trans%isi(n =c(%o le i%'acta> 

/2 MZC.! 2 MZ : C.R. 2 MZ

5línea de su+tran%isi(n/< 75línea adicional7

5siste%a troncal/ [9; CM\9 7

5línea adicional/@ 7 ; C.!. 2 MZ C

En la zona de uso co%6n 'aga un 12 las distri+uidoras y un 2 los usuarios finales.Fuera de la zona- 'aga &uien ocu'a la línea.

a7   #roncal. ;hí se concentra el ma.or volumen de in.ección . retiro de sistema.=Guién 'aga> !a ley dice &ue la causa del 'ago de una línea de trans%isi(n es el uso

&ue de ellas se haga. Guien usa- de+e 'agar al 'ro'ietario de ellas un 'ea*e. !a leyesta+lece &ue se 'resu%e &ue usa &uien inyecta y retira electricidad.

+7  Su+trans%isi(n. Cuando hay involucrado un cliente regulado- una línea &ue 'er%iteconectar a un cliente con el siste%a troncal. El cliente regulado ta%+ién 'aga el uso de

su tra%o. Hacia d(nde va el flu*o deter%ina &uién es el usuario de la línea.

/< !ínea &ue va a una zona concesionada. De'ende de si la línea de inyecci(n o de retiro- &uien es el usuario.

/ Se concentra el %ayor volu%en de retiro de energía. El uso deter%ina la cantidad del 'ago. Usa la trans%isi(n&uien inyecta y retira electricidad.

/@ 9o hay un consu%idor ac). Se conecta la línea directa%ente al siste%a. !a generadora se conecta directa%enteal siste%a.

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i7  1e in#ección!ii7  1e retiro!

c7   ;dicional. !ínea entre ; y la #roncal. 9o es de su+strans%isi(n 'or&ue no es servicio'6+lico. !a central tiene el 'oder de negociaci(n. 8er%ite conectar s(lo una central alsiste%a eléctrico. En ninguna 'arte a'arece un consu%idor 'rotegido 'or la ley. Estetrayecto lo usa ; y natural%ente lo 'aga él. Ellos se arreglen li+re%ente. 9atural%ente-lo 'agar) él. "l est) usando.

7  8ercado de distribución

Energ"as $enovables %o Convencionales #E$%C&16 

/7  $egulación legal 9o es nuevo. Desde la década de los 02 &ue e,isten las ER9C. a7  !eyes relacionadas con el ER9C.

i7  $e# .orta 4 )2;;-*! :usca+a fo%entar la generaci(n de los 'e&ueos 'roductores. Se'uede e,igir a los distri+uidores conectarse a la zona e,clusiva en caso de &ue no'uedan acceder a las trans%isoras. !i+era de los costos de trans%isi(n a losgeneradores con ca'acidad %enor a 0 MZ.

ii7  $e# .orta 44 )2;;*. Distri+uidoras de+er)n licitar su su%inistro en condicionesco%'etitivas y &ue un de éste de+er) ser 'rovisto 'or ER9C al 'recio &ueresulte de la licitaci(n res'ectiva.

iii7  $e# E:. )2;;=*. Es la !ey 9J 2.L. $ntroduce %odificaciones a la ley eléctrica.

+7  Conce'to. Seg6n el art. letra a+7 es a&uella energía eléctrica generada 'or %ediosde generaci(n renova+les no convencionales. =Cu)les son los %edios de generaci(n noconvencionales 5art. letra aa7>i7  Fiomasa .ii7  Hidr%ulicas menores a 2;AI . Hay varias. =8or &ué 2MZ> De acuerdo a la discusi(n

del 'royecto- hasta 2 MZ se 'roduce un +a*o i%'acto a%+iental y- 'or otro lado-es un %odelo de negocios diferente &ue 'er%ite el acceso a nuevos actores a laindustria 5&ue efectiva%ente ha sucedido- 'or los altos 'recios de la energía7. Sine%+argo- el lí%ite de 2 MZ es relativa%ente ar+itrario- y ha sido o+*eto denu%erosas críticas. Este lí%ite est) actual%ente en revisi(n en el 'royecto 2K2del go+ierno actual 5&ue tiene una tra%'itaI ya &ue 'uede au%entar el lí%ite7.

/L Clase realizada 'or el ayudante. Co%'le%entada con a'untes de Ca%ilo Aergara.

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iii7  Jeotermia! #iene un facto de 'lanta %)s alto- 'ero re&uiere de costos de e,'loraci(nes %uy alto. S(lo una se est) construyendo.

iv7  olar! v7   Eólica! vi7  Aareomotriz! vii7 Ctros medios de generación determinados fundadamente por la .omisión, que utilicen energías

renovables para la generación de electricidad, contribu#an a diversificar las fuentes deabastecimiento de energía en los sistemas eléctricos # causen un ba&o impacto ambiental . Seg6n ele, Ministerio de Energía 5#oN%a7- se entiende 'or energía renova+leI a un +a*o

i%'acto a%+iental y no convencionalI en relaci(n a tecnologías &ue no se handesarrollado suficiente%ente en nuestro %ercado. En definitiva el conce'to no esta,ativo- 'ero su e,tensi(n a otros %edios de generaci(n de'ende de la C9E.

c7   ;rt. /2 +is inciso / 5%odificado 'or la !ey de ER9C73 “.ada empresa eléctrica que efectúeretiros de energía desde los sistemas eléctricos con capacidad instalada superior a 244 megaatts   para comercializarla con distribuidoras o con clientes finales, estén o no su>etos a regulación

de precios  , deber% acreditar ante la Dirección de Pea>es del CDEC   respectivo, que unacantidad de energía equivalente al 14  de sus retiros en cada aDo calendario ha#a sido in#ectada acualquiera de dichos sistemas, por medios de generación renovables no convencionales,  propios o

contratados  .i7  $ímite 3 22 MZ 5no a'lica a ;ysén y Magallanes7ii7  3odo tipo de retiros 3 Regulado o no.iii7  "dministrado por la 1irección de 8ea&e del .1E. .iv7  (;<  5inicial%ente el 'royecto de ley esta+lecía un - nuevo 'royecto su+e a

27. Contra'artida3 Se le i%'one al siste%a eléctrica un re&ueri%iento de variaciones %uy alto en 'oco tie%'o.

 v7  8ropios o contratados5   Benera un %ercado de créditos ER9C. Soy una e%'resagrande &ue no tengo c(%o generar ER9C y va a co%'rarle a &uienes les so+raER9C en su %atriz.

 vi7  $oopholes o implementación gradual! Es f)cil no cu%'lir con el %andato del art. /25co%'araci(n con la !$R7.5/7 Se 'ueden acreditar con retiros del ao in%ediata%ente anterior 5art. /2 +is

inciso 7.57 !a e%'resa &ue tenga e,cedentes- 'uede tras'asar a otra e%'resa- incluso si

est) en un siste%a eléctrico diferente 5inciso 7.57 Una e%'resa deficitaria 'uede 'ostergar hasta en un ao la acreditaci(n de

ER9C 5inciso 7.

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5<7 Se 'er%ite acreditar con centrales %ini hidr)ulicas con ca'acidad de hasta <2MZ. 8ueden a'rovecharse 'arte de los %egas de estas e%'resas co%o ER9C.

57 8rinci'al3 $%'le%entaci(n gradual en la vigencia con varias eta'as- &ue hahecho &ue tenga una efectividad no tan certera35a7  8u+licada el ao 221.5+7 Rige desde enero de 2/2. Da+a cierto es'acio 'ara &ue la gente se 'usiera

a hacer 'royectos nuevos de ER9C.5c7  9o se a'lica a contratos de su%inistro anteriores al / de agosto de 22L.

Esos contratos fir%ados antes- no est)n su*etos a esta o+ligaci(n. Hay

%ucha energía &ue est) 'roducida en el siste%a &ue a6n no entra en este%ecanis%o 5el 6lti%o de los contratos vence el 2<7.5d7  +ligaci(n de acreditar ER9C rige hasta el ao 2. Des'ués de esto- se

aca+a. El funda%ento es &ue la industria se desarrollar) y- luego de eso- seaca+ase 5con costos de 'roducci(n %enores7. 9o sería necesario esteincentivo en ese ao.

5e7  Aigencia escalonada35i7  2/22/<3 5ii7 2/3 -5iii7 2/3 @

5iv7 2<3 /2

Si no se cu%'le con este artículo se 'ueden %ultar a las e%'resas. 2-< U#M 'or cadaMZKhora. Reincidencia dentro de aos de incu%'li%iento3 %ulta su+e a 2-MZKhora ; la fecha- es %)s +arato 'agar la %ulta &ue generar la ER9C. 9o es a+eneficio fiscal. Se 'asa a los consu%idores finales de las distri+uidoras &ue sí hayancu%'lido la %eta- a 'rorrata de la energía consu%ida. =$ncentivo> 9o tiene %ayorrelevancia- ya &ue uno no 'uede elegir la e%'resa distri+uidora a la &ue est) adscrito.

7  Pol"tica energética Desde el ao 22@- en todos y cada uno de los %ensa*es

'residenciales del / de %ayo se ha utilizado la e,'resi(n energías renova+lesI. !areciente Estrategia 9acional de Energía 2/22I- destaca co%o su segundo 5el'ri%ero es la eficiencia energética7 'ilar funda%ental “la necesidad de incorporar crecientementelas energías renovables no convencionales en la matriz energética chilena . 8or su 'arte- la Co%isi(n ;sesora 'ara el Desarrollo Eléctrico 5C;DE7 identific( distintos o+st)culos 'ara eldesarrollo de las ER9C- entre ellos3 a7  Dificultad 'ara financiar 'royectos. Son caros. Re&uiere %uchos recursos y renta+ilidad

%ucho %enor. De+ieran a+rirse- seg6n C;DE- líneas CRF- &ue ésta 'reste elca'ital.

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+7  Falta de contratos 88; 5contratos de venta de energía7 'ara 'royectos de este ta%ao.c7  Costo de líneas de trans%isi(n %uy alto 'ara 'royectos ale*ados. ;lgunos ti'os de

energía 5e(lica 'or e*e%'lo7 de'enden %ucho del lugar y- 'or tanto- de+en hacersee,tensas líneas de trans%isi(n.

 ;si%is%o- la C;DE reco%ienda su+ir el lí%ite esta+lecido en la ley ER9C a no %)s de/.

7  Pro.ecto de ,e. 24F24. :usca i%'le%entar las siguientes %odificaciones al escenario

actual3a7  Su+ir la cuota de ER9C a un 2 el ao 22.+7  !os retiros acreditados de+en res'onder a lo %enos un 2 a inyecciones realizadas en

el siste%a eléctrico res'ectivo 5incentiva el uso de ER9C en todo Chile7.c7  !a o+ligaci(n no se entender) e,tinguida 'or el 'ago del cargo 5evita incu%'li%iento

eficiente7 y de+er) cu%'lirse en el 'r(,i%o ao calendario en con*unto con lao+ligaci(n y res'ectiva de dicho 'eriodo.

d7  Se efectuar)n licitaciones '6+licas +ianuales 'ara la inyecci(n de +lo&ues de energíaER9C.

e7  !os contratos- renovaciones- e,tensiones u otras convenciones de si%ilar naturaleza

suscritos antes de la fecha sealada- &uedar)n afectos al cu%'li%iento de la totalidad dela o+ligaci(n a 'artir del / de enero del ao 22.f7  !a o+ligaci(n ser) de 'ara los aos 2/2 a 2/- au%ent)ndose en anual a

'artir del ao 2/< hasta el ao 2/04 y au%ent)ndose en un en el ao 22- hastaalcanzar 22 el 2.

Radicaliza el fo%ento a las ER9C- &ue a la fecha no tiene una via+ilidad 'r)ctica y llevaríaa encarecer el costo de la energía.

<7  ;ituación actual

/peración Construcción *probado sin

construir

En

calificación

8ini

(idr)ulica

<@ @< @1 0

Eólica 2 @ @0 /2</

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a7   Aarios fueron- co%o se ve- 'uestos en funciona%iento antes de estas leyes.+7  El a'ro+ado sin construir es %uy alto- 'or&ue hay %ucha es'eculaci(n.c7   ; la fecha- la 'enetraci(n de la energía su*eta a la o+ligaci(n de la ley ER9C

corres'onde al -.d7  !a %atriz ha 'asado de ser 'rinci'al%ente hidr)ulica a ser tér%ica.

7  Problemas de las E$%C a7  Mayores costos. 8or cierto- &uien asu%e los gastos son los consu%idores finales y-

ade%)s- afecta el funciona%iento de la industria 5e%'resas7. El creci%iento del 8$:- enteoría es directa%ente 'ro'orcional con el creci%iento del consu%o de energíaeléctrica.

+7  :a*os factores de 'lanta 5relaci(n entre 'otencia y energía7. MZ vs MZKhora. !a

tér%ica 'roduce 'er%anente%ente4 la hidr)ulica ta%+ién en la %edida &ue uno tengaagua. !as solares y fotovoltaicas tienen un factor de 'lanta 'e&ueo 5cercana al 27.

c7  Mayor costo de línea de trans%isi(n en funci(n de la energía. Uno tiene la línea detrans%isi(n 'ara /22 'ero la %ayoría del tie%'o no la uso. 8uedo- ade%)s- estar con'roducci(n en horas &ue el consu%o es %enor 5de día7

d7  Falta de funciona%iento.e7  Mercado es'eculador.

=Cu)les son las razones 'ara no 'rivilegiar la energía hidr)ulica convencional> =Dao

a%+iental> =9uevos actores a la industria>

Ser) reco%enda+le ca%+iar la definici(n de ER9C 'ara incluir centrales hidr)ulicas de%ayor ta%ao.

iomasa @ /L2 <2

;olar 2 / <@L 2

Geotermia 2 2 2 2

T/T*, L2 < /0 /

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Consideraciones que se debe tener a la (ora de desarrollar un pro.ecto eléctrico

Un con*unto de inversionistas tienen un interés en desarrollar un 'royecto eléctrico enChile =&ué se de+e considerar>

/7  Clase de instalación eléctrica De+e%os 'reguntarle en &ué )rea del %ercado &uiereinvertir.

a7  Beneraci(n. Es el %ercado hit.

i7 

.onvencional . Una ter%oeléctrica es %)s +arata &ue una hidr)ulica de e%+alse. Seest) discutiendo actual%ente la 'osi+ilidad de co+rar un i%'uesto adicional a lascentrales ter%oeléctricas &ue 'roducen e%isiones y conta%inan el %edio a%+iente5es i%'ortante considerarlo al %o%ento de aconse*ar7.

ii7   o .onvencional . Son %)s caras y su factor de 'lanta es +a*a.

Si +ien los costos de inversi(n son elevados en todo ti'o de energía- la 'roducci(nes'era+le 5retorno7 es diverso. E*e%'lo3 E(lica- 24 Mini hidroeléctrica- 15'orcenta*e de tie%'o en &ue 'roducen energía7. #a%+ién son distintas 'or los +eneficios &ue tiene la ley. E*e%'lo3 ;rts. L0- /2 +is

5%ercado 'ara ER9C7- de acuerdo al regla%ento tiene la 'osi+ilidad de autodes'acho-'uede generar sin orden del CDEC.

+7   #rans%isi(n. Es i%'ortante los re&uisitos 'ara ingresar al %ercado. 9o se necesita laconcesi(n- 'ero es aconse*a+le &ue se haga. De+e su*etarse al 'rocedi%iento &ue e,igela ley. Es difícil entrar a co%'etir con trans'ortistas ya instalados. Cada < aos elMinisterio de Energía hace una 'royecci(n de la de%anda de energía y así 'oder verd(nde es necesario construir líneas de trans%isi(n. Se licitar) este 'royecto.i7  3roncal  ii7  ubtransmisión  

iii7  "dicional! =; &ué cliente se 'odría a+astecer> ;'arente%ente- no es un +uennegocio.

c7  Distri+uci(n. Es i%'ortante los re&uisitos 'ara ingresar al %ercado. Se necesita unaconcesi(n ha+ilitante.

7  -bicación En el caso de la generaci(n de energía- va a de'ender del ti'o de central &ue se&uiere tener. Hidroeléctrica %uy acotada4 gas natural es %)s fle,i+le4 tér%ica- necesita tenerun 'uerto cerca 'ara reci+ir car+(n. 

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a7   ;s'ectos o'eracionales. ;+asteci%iento de co%+usti+les. 

+7  El siste%a a &ue se entrar). #a%+ién es i%'ortante 'ara conocer los %ercados &ue'odr) acceder- las 'royecciones de de%anda- y las o+ligaciones &ue le gravar)n en cadauno 5a %odo de e*e%'lo- ser) distinto &ue o'ere en el S$9B- S$C o Magallanes7. En elS$9B y el S$C se de+e so%eter a la coordinaci(n de la CDEC res'ectiva. 

c7  Costo de trans%isi(n 'ara acceder a los %ercados y o'eraci(n segura del siste%a5siste%a troncal- su+trans%isi(n o adicional7. 

d7  [ona a%+iental adecuada. E*e%'lo3 Central Ca%'iche 58uchuncaví- Guintero7 yCentral Castilla.  Res'ecto a este 6lti%o- es un 'royecto 'ara construir unidades degeneraci(n en la $$$ Regi(n de alta 'roducci(n. $nici( el estudio de i%'acto a%+ientaly se calific( de 'eligroso. De acuerdo al 'lan regulador s(lo se 'odían desarrollaractividades %olestas. Se acoge recurso de 'rotecci(n y deter%in( &ue el estudio erailegal. !a Corte Su're%a- luego de los alegatos- lla%( a conciliaci(n 5algo i%'ensa+leen un recurso de 'rotecci(n7. =Guiénes son las 'artes> Recurre contra la Co%isi(n &uea'ro+( la RC;. 

7   *spectos inmobiliarios 

a7  Co%'ati+le con el 'lan regulador de todas las instalaciones del 'royecto. ;c) esi%'ortante el estudio de títulos. 9o de+en li%itarse en ning6n caso a un estudio for%alde los títulos- sino &ue ade%)s es %)s relevante hoy sa+erse el 'lan regulador de laco%una donde se instalar) el 'royecto- si en virtud de este 'lan regulador 'uede ha+eractividad industrial. E*e%'lo3 Central Castilla. Hace un 'ar de aos atr)s- un +rasilerodesarroll( un 'royecto de unidades de generaci(n 5cada una con %)s de 22 MZ- un%onstruo de generaci(n7. Hu+o 'ro+le%as con el 'lano regulador de la co%una. !acalificaci(n &ue se hizo de esta actividad industrial fue de 'eligroso. Se rechaz( el

estudio de i%'acto a%+iental. E,traa%ente- la Corte de ;'elaciones de ;ntofagastalla%( a conciliaci(n en un recurso de 'rotecci(n. Fueron los 'o+ladores &uerecurrieron contra la Co%isi(n &ue a'ro+( el 'royecto.

+7  E,istencia de co%unidades indígenas.

c7  Considerar la e,istencia de eventuales hi'otecas- servidu%+res- concesiones %ineras-etc. Materias &ue ser)n funda%entales 'ara lo &ue se dir) res'ecto del 'roceso definancia%iento. 

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d7  Concesiones %aríti%as. Ca+e recordar &ue si nuestro 'royecto est) 'r(,i%o al %ar-e,isten concesiones %aríti%as de 'laya y terreno de 'laya &ue no se ad&uiere 'er se'or la co%'raventa del in%ue+le.

<7  Permisos . autori'aciones 

a7  Medioa%+ientales. En 'ri%er lugar diga%os &ue confor%e al artículo /2 de la !ey 9T/0.22 dis'one &ue “$os pro#ectos o actividades susceptibles de causar impacto ambiental, en

cualquiera de sus fases, que deber%n someterse al sistema de evaluación de impacto ambiental, son )K*b* $íneas de transmisión eléctrica de alto volta&e # sus subestaciones7 c* .entrales generadoras deenergía ma#ores a 9 AI . Se o'tar) 'or declaraci(n de i%'acto a%+iental 5D$;7 oestudio de i%'acto a%+iental 5E$;7 de'endiendo si el 'royecto genera o 'resentaalguna de las características indicadas en el artículo // de la !ey 9T /0.22. i7   E4". Cuando e,isten dudas- hay una instituci(n lla%ada carta de 'ertinenciaI- en

 virtud de la cual se 'regunta a la autoridad si de+e so%eterse al estudio de i%'actoa%+iental. El E$; se 'resenta a la Co%isi(n de Evaluaci(n ;%+iental res'ectiva-&ue tiene un 'lazo de /2 días 'ara 'ronunciarse so+re el Estudio de $%'acto

 ;%+iental. Dentro del %is%o 'lazo la Co%isi(n 'odr) solicitar las aclaraciones-

rectificaciones o a%'liaciones al contenido del E$; &ue esti%e necesarias-otorgando un 'lazo 'ara tal efecto al interesado- sus'endiéndose de 'leno derecho-en el intertanto- el tér%ino &ue restare 'ara finalizar el 'rocedi%iento de evaluaci(ndel res'ectivo Estudio. El 'ro'onente 'odr) solicitar la e,tensi(n del 'lazootorgado 'ara cada sus'ensi(n hasta 'or veces. !a calificaci(n favora+le so+re unEstudio de $%'acto ;%+iental ser) aco%'aada de los 'er%isos o'ronuncia%ientos a%+ientales &ue 'uedan ser otorgados en dicha o'ortunidad 'orlos organis%os del Estado. 

ii7  14". Constituye una declaraci(n *urada en la cual e,'resar)n &ue éstos cu%'len

con la legislaci(n a%+iental vigente. 9o o+stante esto- la D$; 'odr)conte%'lar co%'ro%isos a%+ientales voluntarios- no e,igidos 'or la ley. En talcaso- el titular estar) o+ligado a cu%'lirlos. !a Co%isi(n tendr) un 'lazo de @2días 'ara 'ronunciarse so+re la D$;. Si la D$; carece de infor%aci(n relevante oesencial 'ara su evaluaci(n &ue no 'udiese ser su+sanada %ediante aclaraciones-rectificaciones o a%'liaciones- o si el res'ectivo 'royecto o actividad re&uiere deun E$;- seg6n corres'onda- así lo declarar) %ediante resoluci(n fundada-ordenando devolver los antecedentes al titular y 'oniendo tér%ino al'rocedi%iento. 

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 #ranscurridos los 'lazos sealados 'ara la conclusi(n de la evaluaci(n 'or la Co%isi(n-sea 'ara un E$; o D$;- sin &ue ésta se hu+ieren 'ronunciado so+re un Estudio oDeclaraci(n de $%'acto ;%+iental- y cu%'lidos los re&uisitos del artículo @< de la ley9J /0.112 5silencio 'ositivo7 dicho Estudio o Declaraci(n- con sus aclaraciones-rectificaciones o a%'liaciones- si las hu+iere- se entender) a'ro+ado.

El 'roceso de evaluaci(n concluir) con una resoluci(n &ue califica a%+iental%ente el'royecto o actividad 5RC;7. !a RC; favora+le de un 'royecto o actividad caducar)cuando hu+ieren transcurrido %)s de cinco aos sin &ue se haya iniciado la e*ecuci(n

del 'royecto o actividad autorizada- contado desde su notificaci(n.

+7   ;guas #errestres y Maríti%as. Funda%ental 'ara un 'royecto de generaci(n hidr)ulico.!as aguas se dividen en3 i7   Aarítimas . Son concesiones %aríti%as las &ue se otorgan so+re los +ienes

nacionales de uso '6+lico o +ienes fiscales cuyo control- fiscalizaci(n ysu'ervigilancia- corres'onde al Ministerio de Defensa 9acional- Su+secretaría deMarina- cual&uiera &ue sea el uso a &ue se destine la concesi(n y el lugar en &ue seencuentren u+icados los +ienes. #ienen una ley y regla%ento es'ecial. Se distinguen+)sica%ente cuatro ti'os3 

5/7 De fondo de %ar. Corres'onde a una e,tensi(n de suelo %aríti%o. 8er%itearticular y utilizar el fondo %arino 'ara esta+lecer 'ilotes- etc. !as centralester%oeléctricas ta%+ién lo necesitan. 

57 De 'orci(n de agua. Es'acio de %ar destinado a %antener cual&uier ele%entoflotante. Se 'uede e,traer del %ar un volu%en deter%inado de agua 'ara el'roceso de enfria%iento de la central. 

57 De 'laya. E,tensi(n de tierra &ue las olas +aan y desocu'an alternativa%entehasta donde legan las %)s altas %areas. !a 'laya es el terreno &ue co%'rendela diferencia entre las %)s altas y %)s +a*as %areas. 

5<7 De terreno de 'laya. !a fa*a de terreno de 'ro'iedad del Fisco de hasta 12

%etros de ancho- %edida desde la línea de 'laya de la costa del litoral 5línea delas %)s altas %areas hacia adentro del %ar7. 

!as concesiones %aríti%as se solicitan al 'residente de la Re'6+lica- 'or inter%edio delMinisterio de Defensa- Su+secretaria de Marina- 'ara cuya tra%itaci(n se de+e'resentar los antecedentes dis'uestos en el regla%ento a la ca'itanía de 'uertores'ectiva 'ara el tr)%ite de ad%isi+ilidad.Es i%'ortante tener en cuenta &ue el otorga%iento de estas concesiones est) gravadocon el 'ago de una 'atente &ue su incu%'li%iento 'ueda hacer caducar la concesi(n

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ii7  3errestres )códigos de aguas*. 5/7 Su'erficiales 57 Su+terr)neas. 

!as aguas son +ienes nacionales de uso '6+lico 5art. 0@ CC y C;7 y se otorga a los'articulares un derecho de a'rovecha%iento 'ara 'oder usar y gozar de ellas. Elderecho de a'rovecha%iento de agua es un derecho real &ue recae so+re aguas yconsiste en el uso y goce de ellas con los re&uisitos y en confor%idad a las reglas delC;. El &ue tiene derecho de a'rovecha%iento tiene derecho a los %edios necesarios

'ara e*ercerlo. E,isten dos ti'os de derecho de a'rovecha%iento de aguas3i7  .onsuntivo. Faculta a consu%ir el agua en cual&uier actividadii7   o consuntivo. E%'lear el agua sin consu%irla y o+liga a restituirla en la for%a &ue

lo deter%ine el acto de ad&uisici(n o constituci(n de derecho.

9o son inco%'ati+les. Un central de hidr)ulica de 'asada es f)cil- 'ero si hago unacentral de e%+alse =&ué derecho de a'rovecha%iento de agua de+o solicitar> Sediscute. !os tri+unales esta+lecieron &ue la distinci(n entre este derecho es en relaci(nal consu%o. Si el agua est) en el e%+alse- no se est) consu%iendo- 'ero se har) en elfuturo. ;sí &ue +asta con tener un derecho de a'rovecha%iento no consuntivo. Fue

%)s +ien una res'uesta 'olítica- 'ues se ha+ría generado el caos si se esta+lecía &ue eraconsuntivo.

El derecho de a'rovecha%iento de aguas ta%+ién 'uede seri7  1e e&ercicio permanente )todo el aDo*!  Facultan 'ara usar el agua en la dotaci(n &ue

corres'onde- salvo &ue la fuente de a+asteci%iento no contenga cantidad suficiente'ara satisfacerlos en su integridad- en cuyo caso el caudal se distri+uir) en 'artesalícuotas.

ii7  1e e&ercicio eventual!  S(lo faculta 'ara usar el agua en las é'ocas en &ue el caudal%atriz tenga un so+rante des'ués de a+astecidos los derechos 'er%anentes.

tra clasificaci(n del derecho de a'rovecha%iento de aguas3i7  .ontinuo! 8er%ite usar el agua ininterru%'ida%ente durante las < horas del día.ii7  1iscontinuo! S(lo 'er%ite usar el agua durante deter%inados 'eríodosiii7  "lternado!  El uso del agua se distri+uye entre dos o %)s 'ersonas &ue se turnan

sucesiva%ente

El derecho de a'rovecha%iento de las aguas- se constituye originaria%ente 'or acto deautoridad- &ue nuestra legislaci(n nor%al%ente la hace consistir en una resoluci(n de

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la Direcci(n Beneral de ;guas y e,ce'cional%ente %ediante decreto su're%o del8residente de la Re'6+lica.

En cuanto a la 'osesi(n de los derechos de a'rovecha%ientos de agua- se ad&uiere 'orla inscri'ci(n en el Registro de 8ro'iedad de ;guas del Conservador de :ienes Raícesco%'etente. En tanto &ue la transferencia- trans%isi(n y la ad&uisici(n o 'érdida 'or'rescri'ci(n de los derechos de a'rovecha%iento- se rige 'or las dis'osiciones delC(digo Civil- salvo &ue no estén %odificadas 'or el C(digo de ;guas

c7 

Munici'ales. 8er%iso de construcci(n y 'atentes %unici'ales.

d7  CDECS$C. Hay &ue nutrirlo de infor%aci(n res'ecto de lo &ue se va a construir y eli%'acto &ue se va a 'roducir en el %ercado. En la eta'a de 'rue+a- 'uesta en %archa yservicio de+e coordinarse con el CDEC- confor%e a las nor%as de regla%ento internoy nor%as técnicas de seguridad de servicio.

7  Tipo de sociedad1= Recordar &ue el art./ esta+lece &uienes 'ueden ser o+*eto deconcesi(n eléctrica. Con todo- dado el e*e%'lo &ue esta%os desarrollando de+e%osreco%endar &ue ti'o de sociedad se o'tar).

a7  8ersonas chilenas o sociedades confor%e a la legislaci(n chilena. #a%+ién est) lali%itante en la !ey de Fronteras y !í%ites. Hay nor%as relativas a &uién 'uede ser'ro'ietario de ciertos territorios li%ítrofes. 9o 'uede ser una sociedad en co%andita'or acciones.

+7  En generaci(n no hay li%itaciones adicionales. 8ero- una sociedad ter%oeléctrica-'uede ser en co%andita 'or acciones> Sí- no tiene concesi(n y no cae en la 'rohi+ici(ndel art. /.

c7  En trans'orte troncal. #ienen &ue ser sociedad an(ni%a a+ierta. =Cu)les son> 9o +asta

declarar si%'le%ente en los estatutos &ue es una sociedad an(ni%a a+ierta 'ara &uead&uiera este car)cter.

5/7 22 o %)s accionistas57 /22 accionistas &ue sean el /2 del ca'ital.

9o es un re&uisito f)cil de cu%'lir. Una sociedad an(ni%a a+ierta tengo &ue inscri+irlay hacer 8A. 8arece raro. Si no so%os Endesa o Col+6n =no 'ode%os entrar> Se cre(

/1 Clase a'ortada 'or Ca%ilo Aergara.

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el Registro de Entidades $nfor%antes. Son sociedades a las &ue la ley les o+liga ainfor%ar lo &ue suceda res'ecto de sus valores y la sociedad. Con esto- se cu%'le el%andato legal. 9o necesito transar en la :olsa de Co%ercio.

=]ustificaci(n> Hay interés 'ara &ue se 'ueda cu%'lir la necesidad '6+lica deltrans'orte eléctrico troncal. El Estado &uiere sa+er hechos esenciales- infor%aci(n'eri(dica- etc. !a sociedad an(ni%a a+ierta- en esencia- entrega infor%aci(n 'eri(dicaal %ercado 5fiscalizaci(n SAS- ade%)s de la SEC7. Cu%'len el %andato- 'or tanto éstay las sociedades inscritas co%o Entidades $nfor%antes

d7  =Gué considerar> #res as'ectos esenciales3i7  Cb&etivo del inversionista! 8or e*e%'lo- si &uiere ser una ER9C de 'ocos %egas- ='ara

&ué va a ser una sociedad an(ni%a a+ierta> ii7  Linanciamiento # e'igencias de los acreedores! Si se trae financia%iento- =valdr) la 'ena ser

sociedad an(ni%a> Si necesito nuevos accionistas- clara%ente tendr) &ue o'tarse'or sociedades de ca'ital. 

iii7  "spectos tributarios!

@7  !inanciamiento Garant"as =C(%o se financiar) el 'royecto- &ue nos costar) %)s deUS^<2.222.222> 8uede &ue alguien tenga s(lo un activo &ue sea 'otencial%ente relevante

'ara hacer un 'royecto 5e*e%'lo- se hereda un derecho de aguas7. ;lternativas3 

a7  Ca'ital.

+7  Deuda.i7  indicato de Fancos . Crédito sindicado. Cuando voy al :anco y 'ido un crédito 'ara

financiar este ti'o de 'royectos- el riesgo del :anco es %ayor. !os :ancos sere6nen y en con*unto van a fir%ar un contrato de crédito donde cada uno seco%'ro%ete a financiar una 'arte 

ii7   Emisión de bonos local )(;9 # siguientes de la $A/ # .J 9;*. 

iii7  .rédito en el e'tran&ero. ;c) tene%os %6lti'les o'ciones.iv7  .rédito proveedor! Muchas veces el &ue 'one la tur+ina ofrece &ue el 'ago se haga a

'lazo. 

=Gue considerar en estos créditos>5/7  #asa de interés.57 8eríodos de 'agos de ca'ital y a%ortizaciones. E,istencia de 'eríodo de gracias.

Es %uy i%'ortante- los flu*os no son in%ediatos

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57 Condiciones de 're'agos.5<7 Barantías e,igidas 'or el +anco. D(nde se constituyen esas garantías y &ué clase

de garantías 5'rendas co%erciales- industriales- sin des'laza%iento etc.-hi'otecas- 'rohi+iciones- etc.7 !a garantía real del 'royecto- =es el in%ue+le>=!a 'renda y la hi'oteca son suficientes 'ara garantizar ese crédito> =C(%ogarantizo> =!os accionistas de+en asu%ir solidaridad> !a garantía &ue +usca un:anco es viendo los contratos &ue estén cele+rados. Se 'rendan los flu*os.De+e fir%ar un 88; 5contrato de su%inistro eléctrico7 y lo 'renda. Esa es lagarantía. Es %uy co%'le*a esta negociaci(n 'aralela con un cliente y un :anco.

57 Covenants tanto de hacer co%o de no hacer 'ara los inversionistas.Financieros3 #ener un 'atri%onio %íni%o de tanto- una relaci(n de deuda'atri%onio- no distri+uir %)s all) de _ de dividendo. =Se 'uede re'artir%enos de 2> Cuando todos los accionistas lo 'acten. Res'ecto a lasconsecuencias de incu%'li%ientos a covenants =hay aceleraci(n> 8or ning6n%otivo. Figura del  per"odo remedio  Se da un 'lazo desde el eventoincu%'li%iento antes de &ue %e e*ecuten. Si no 'uedo re%ediar- 'asa%os alestado de incu%'li%iento 'ro'ia%ente tal

5@7 Gu(ru% y 'rocedi%ientos de %odificaci(n de esti'ulaciones. 8uede ha+er%uchos su*etos involucrados. Es %uy i%'ortante tener en cuenta los costos de

transacci(n del lugar de litigaci(n &ue corres'onda5L7 !ey a'lica+le y *urisdicci(n.

=8ero el :anco nos considerar) +uenos clientes> =Gué nos falta en nuestro 'royecto 'ara&ue nos financien> 8ara res'onder se re&uiere E8C 5Engineering- 'rocure%ent andconstruction contract7 y clientes. #a%+ién de+e negociarse en 'aralelo.

L7  Contrato de construcción  #radicional%ente estos 'royectos se desarrollan +a*o la%odalidad llave en %ano- 'ero nada i%'ide &ue el titular del 'royecto contrate en for%ainde'endiente el su%inistro de e&ui'os y al constructor. =8or &ué es reco%enda+le llave

en %ano 5lu%' su%- turnNey7> !a envergadura del 'royecto re&uiere necesaria%ente lafortaleza de una gran co%'aía &ue se haga res'onsa+le ante inconvenientes. ;cotar elriesgo. Enfrentarse uno a uno con alguien esta+leciendo li%itaciones y reglas con él. !assu+contrataciones y riesgos hacia a+a*o- es reco%enda+le &ue &ueden en los inversionistas.!a e,istencia de dos contratistas- el 'roveedor y el constructor local- necesaria%ente har)difícil esta+lecer y e*ecutar 'resuntas res'onsa+ilidades.

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El contrato de construcci(n de+e contener es'ecial%ente3

a7  El o+*eto y es'ecificaci(n del encargo.

+7  8recio 6nico y total &ue no se %odifica- salvo e,ce'cionalísi%as circunstanciasdescritas en el contrato. $ncluye todos los costos de construcci(n- 'uesta en servicio-'rue+a y 'eríodo de garantía.

c7  8lazo de e*ecuci(n y entrega. =8or &ué i%'ortante> Efectos en contratos de a+a*o3

su%inistro- con el :anco- etc.

d7  !as res'onsa+ilidades del contratista. Barantías +ancarias- de su%inistro- o'eraci(n-re'uestos- etc.- #ener 'resente &ue entre %)s e,igencias el 'recio es %)s caro.

e7  $%'uestos.

f7  !ey a'lica+le y *urisdicci(n.

17  Clientes Sin 'er*uicio de las 'olíticas co%erciales de la co%'aía &ue se for%ar)- lo cierto

es &ue una 'lanta sin contrato difícil%ente o+tendr) financia%iento. S(lo los contratosgarantizan a los acreedores flu*os futuros. Cuanto y cuando contratar ser) decisi(nco%ercial. E*e%'lo3 !ey Corta $$.

07  $elación con terceros que participan en el mercado *utoridades . responsabilidad

a7  $ntercone,i(n y coordinaci(n.

+7  $ntegraci(n al CDEC. S(lo si 'rocede.

c7  Contratos de cone,i(n y 'ea*es. =8uede el trans%isor o'onerse> #roncal ysu+trans%isi(n no 'ueden. Si es adicional- de'ende si tiene o no servidu%+res en+ienes nacionales de uso '6+lico o no.

d7  Fiscalizaci(n de la SEC. Res'onsa+ilidad. #iene facultades sancionatorias de hasta/2222 U#;.

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@uiebra Campanario #H Iu'gado Civil $ol 7416=&

 #iene cuatro centrales 'or <2 MZ 5/-1 S$C7. En enero del ao 220 'artici'a enuna licitaci(n '6+lica con e%'resa las e%'resas distri+uidoras S;ES; y CBE 'or una'otencia a'ro,i%ada de 22MZ 5tenía una unidad no lista7. 8resenta 'recios +astantesagresivos. Se ad*udic( 'arte de esos su%inistros. !a estructura de sus ingresos esta+adeter%inada 'or la 'otencia 5y no 'or la energía directa%ente7 &ue ta%+ién se re%unera5'recio de nudo de la 'otencia7. #enía riesgo de o'erar con gas natural- 'or lo tanto-Ca%'anario o'era+a a diesel. El costo de o'eraci(n era la co%'ra de co%+usti+le- &ue al ser

diesel- i%'lica &ue es %uy alta. !as unidades de Ca%'anario son catalogadas co%o centrales de'unta- es decir- se caracterizan 'or tener altos costos varia+les de o'eraci(n y- 'orconsiguiente- escasa o'eraci(n.

Ca%'anario esta+a o+ligado a licitar- 'or&ue si no- el orden de des'acho no lo i+a are&uerir y no i+a a tener ingresos. S(lo 'odría ha+er o'erado dentro del %ercado s'ot.Ca%'anario +usc( %e*orar sus %)rgenes o'eracionales- a'ost( &ue los costos %arginales i+ana ser %)s +a*os &ue sus costos varia+les. !a re+a*a &ue Ca%'anario creía &ue i+a a tener loscostos %arginales no se 'rodu*o. !a falta de oferta 5las centrales cuyo ingres( se 'royecta+a- seretrasaron en /1 %eses- co%o la de Col+6n7 y la falta de agua en el ao 2/2 5la hidrología fue

%uy seca- en consecuencia- las centrales hidr)ulicas- &ue son %)s +aratas- no esta+an encondiciones de dar su %),i%o rendi%iento7 hicieron &ue el 'recio ofertado era inferior al &uele costa+a a ella en el %ercado s'ot

Durante todo el 2//- Ca%'anario no de*( de 'agar a las centrales generadoras el'recio de la energía retiradas 'or sus clientes- de*( de 'agar a las e%'resas e,cedentarias- elcosto %arginal del siste%a- lo &ue lleva a tener un déficit de %)s de <2 %illones de d(lares. !o&ue hizo Ca%'anario es a'ostar &ue el 'recio de la energía en el futuro sería %)s +arato. 8oreso es i%'ortante el an)lisis del %ercado- con &uién contratar y a &ué 'recio. Final%ente enoctu+re de ese ao se declar( la &uie+ra de Ca%'anario.

Ca%'anario a'osta+a &ue la oferta del S$C se i+a a incre%entar con la entrada denuevas ter%oeléctricas 5Col+6n y de Endesa7. Con la se&uía &ue ya venía del ao 2/2- elCDEC 'refiri( des'achar energías %)s caras &ue ocu'ar la 'oca agua &ue ha+ía caído.

=Gué 'asa al interior del %ercado s'ot res'ecto a la &uie+ra de Ca%'anario> =C(%oi%'acta> En el %ercado s'ot e,iste transacci(n entre clientes deficitarios y e,cedentarios.Co%o Ca%'anario tenía una central a diesel durante los %eses de %ayo a agosto de 2// nofue des'achada 'or el CDEC regular%ente- siendo así sus inyecciones %enores a los retiros.

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Era deudora res'ecto de las de%)s centrales e,cedentarias &ue esta+an en el %ercado. !o &uesucedi( fue &ue Ca%'anario co%enz( a de*ar de 'agar los co%'ro%isos &ue tenía res'ecto delas centrales e,cedentarias del siste%a. Es decir las e%'resas &ue inyectaron %)s energías &uelo &ue le e,igía sus contratos- tenían un crédito con Ca%'anario. Esto i%'acta so+re todo a lascentrales con 'otencias 'e&ueas o a&uellas &ue recién 'arten en el siste%a. !a ru'tura de lacadena de 'ago no es solo un incu%'li%iento contractual- sino &ue ta%+ién una infracci(nlegal 5art. /L7- 'or&ue ro%'er la cadena de 'ago en consecuencia genera un riesgo en laseguridad del siste%a. Si las de%)s co%'aías no reci+ían las re%uneracionescorres'ondientes- 'odían &ue+rar otras co%'aías de %enor ta%ao.

En un 'rinci'io- las autoridades no se 'ronuncia+an al res'ecto. !os generadores &ueconta+an con el crédito contra Ca%'anario entendían &ue el crédito iría au%entando- 'ues enla %edida &ue uno sea e,cedentario esta+a o+ligado a su%inistrar energía a los clientes deCa%'anario. 9o 'ueden su+ir los 'recios- au%entar la 'roducci(n o negociar directa%entecon las distri+uidoras. Decidieron contratar con terceros deficitarios 'ara a+astecer el déficit deun generador &ue 'ague. Dado el riesgo &ue tenían algunos generadores de seguir asociando susu%inistro a Ca%'anario- lo &ue hacen es salir de la condici(n de e,cedentario 'ara noau%entar el crédito contra Ca%'anario. :uscaron nuevos clientes y otras generadorasdeficitarias. Hu+o un gru'o de co%'aías generadoras &ue no lo hicieron 5'uede ser 'or&ue

no se les ocurri( o 'or&ue hay una si%ulaci(n en 'er*uicio de terceros- 'ues 'ersigue no&uedarse con un crédito %ayor en contra de una sociedad insolvente- las co%'aías &ue&uedan co%o e,cedentarias se ve au%entado su riesgo al retirarse las otras co%'aías7.

Co%enz( un recla%o en el CDEC. !a SEC dicta una 'ri%era resoluci(n inédita en el%ercado eléctrico 5Resoluci(n 9J 11- @ de agosto de 2//7. El CDEC 'ide a la SEC &ue se&ue se retire a Ca%'anario del +alance y- en consecuencia- del %ercado- &ue no co%ercialice%)s electricidad 5no olvidar &ue Ca%'anario tenía contratos con clientes regulados7. Co%oantecedente- el CDEC seala &ue Ca%'anario 'resent( un convenio 're*udicial. De acuerdo ala ley- los distri+uidores est)n o+ligados a dis'oner de su%inistro eléctrico 'or lo %enos 'or

un 'eriodo de aos 5art. //7. !os contratos de Ca%'anario son relevantes. Cada uno de losintegrantes del CDEC tiene la o+ligaci(n de velar 'or los 'rinci'ios del siste%a eléctrico 5arts./L y /17. Ca%'anario incu%'le la ley y los 'rinci'ios- 'er*udicando la seguridad delsu%inistro. Si una e%'resa 'or cual&uier causa se encuentra i%'osi+ilitada de cu%'lir con lacadena de 'ago- no 'uede considerarse co%o diligente cu%'lidora de las o+ligaciones decoordinaci(n dis'uesta 'or el CDECS$C. Se afecta la via+ilidad de otras e%'resas'artici'antes del siste%a y la esta+ilidad financiera glo+al de los coordinados. Final%ente- laSEC dis'one &ue el CDECS$C tiene las facultades 'ara sus'ender a la e%'resa Ca%'anariodel +alance de inyecci(n y retiro. 9o 'uede ni vender ni co%'rar electricidad en el siste%a. Se

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'one freno al incre%ento de los créditos &ue se tienen en contra de Ca%'anario. =8ero &ué'asa con los contratos> En virtud del 'rinci'io de seguridad y el hecho de &ue Ca%'anariosalía del %ercado- no se 'uede interru%'ir- entor'ecer o desconocer el su%inistro de losclientes regulados tenía el Ca%'anario 'or ninguno de los o'eradores del siste%a- incluyendoel CDEC- 'ues se vulneraría las o+ligaciones &ue i%'one la ley eléctrica. !os su%inistros a losclientes regulados no 'ueden verse afectados. !a res'onsa+ilidad radica colectiva%ente en elcon*unto del siste%a eléctrico- es decir- todos son res'onsa+les de a+astecer los clientesregulados de Ca%'anario- todos los generadores. =; &ué 'recio se a+astece> Esta%os frente aun contrato %ercantil. Va &ue se o+lig( a los generadoras a contratar =a &ué 'recio> De

acuerdo a las reglas de la co%'raventa %ercantil- de+e regir el 'recio de la 'lazaI. El 'reciodel %ercado es el costo %arginal- 'ero la SEC di*o &ue se de+ía res'etar el 'recio &ue fi*(Ca%'anario en los contratos. Se distri+uye el riesgo entre todos. Cada generadora res'onde'or los contrarios de Ca%'anario a 'rorrata de su energía fir%e 5lo &ue cada uno de ellos esca'az de 'roducir7/0.

El %es de fe+rero de este ao- la SEC dicta otra resoluci(n 5Resoluci(n 9J 0- 0 defe+rero de 2/7. Reconoce &ue la resoluci(n anterior 'er*udica al siste%a. ; 'artir de enero de2/- los 'recios de los contratos de Ca%'anario ahora incluían un descuento adicional. Elriesgo de los %ini generadores ahora era %)s alto. En consecuencia- se de+e +uscar un nuevo

siste%a de res'onsa+ilidad &ue refle*e de %anera %)s adecuada la 'artici'aci(n de generaci(n%)s efectiva. Se hizo necesaria una nueva %etodología de retiros. !a res'onsa+ilidad ya no es a'rorrata de energía fir%e- sino &ue a 'rorrata de energía física. Guien inyecta %)s- res'onde%)s. !os grandes- &uienes tienen %ayor 'roducci(n- de+en 'agar %)s o de+en so'ortar de una%ayor for%a- los retiros de las e%'resas distri+uidoras. Se de*a de reci+ir una re%uneraci(n yse altera la li+ertad contractual y se au%enta la cantidad de energía &ue de+e inyectar. Con estose confir%a la contradicci(n de la SEC. 8or otro lado- no o+lig( a las distri+uidoras a iniciarnueva%ente un 'roceso de licitaci(n '6+lica de un contrato de su%inistro eléctrico.

=Gué hu+iese sucedido si los clientes no eran regulados sino &ue li+res> Ca%'anario

tenía una sociedad asociada lla%ada #ierra ;%arillaI &ue tenía contratos con clientes li+res5%ineras7. #ierra ;%arilla cay( en insolvencia 5no &uie+ra7 y a 'esar de esto 5igual interru%'i(la cadena de 'ago7- la SEC no orden( su salida del +alance ='or &ué> 8or&ue si las saca+a del+alance =&uién a+astecería a los clientes li+res> 9adie. #ierra ;%arilla contin6a en el +alance yde+er) +uscar inversionistas &ue le inyecten nuevos flu*os a esa co%'aía.

/0 ;lgo contradictorio3 Cuando e%'ieza el 'rocedi%iento de &uie+ra de Ca%'anario- antes de declarar la &uie+rase de+e infor%ar a la SEC y a la C9E y e%itir un infor%e so+re si es riesgoso o no dicha &uie+ra. !a SEC y laC9E res'ecto de Ca%'anario di*eron &ue no era riesgosa su &uie+ra.

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En %arzo se inici( una recla%aci(n 'or la segunda resoluci(n de la SEC ante la Cortede ;'elaciones &ue a6n no se resuelve.

Precios24 

!os 'recios de electricidad de+en refle*ar sus costos reales de 'roducci(n- atendido a&ue esta%os ha+lando de un +ien de necesidad 'u+lica- el legislador &uiere &ue se vincule al'recio real. Se distingui( entre 'rinci'ios de li+re co%'etencia a'licados al %ercado de

generaci(n- *unto con 'rinci'io de eficiencia regulatoria en los %ono'olios naturales. Estode+e%os relacionarlo con el art. /L 9J 5o'eraci(n %)s econ(%ica del siste%a7. 8ara elcu%'li%iento de esta finalidad se esta+lece &ue el CDEC organizar) el des'acho de lascentrales- inde'endiente de los contratos &ue ellas hayan suscrito con terceros.

/7  Precios de generación.

a7  Mercado de clientes li+res. El art. /<L esta+lece la regulaci(n de 'recios 'ara una ciertacondici(n o características de clientes y en el 9J / seala &ue son clientes regulados los&ue tienen una 'otencia regulada inferior a 222 `Z. En el inciso siguiente esta+lece

&ue a&uellos & tienen una cone,i(n entre 22 `Z y 222`Z 'ueden o'tar entre serregulados o li+res. #odo a&uel cliente &ue tiene una cone,i(n su'erior a 222 `Z oe,ce'cional%ente su'erior a 22`Z 'uede suscri+ir contratos de energía eléctricaco%o cliente li+re. !os su%inistros no incluidos 5clientes li+res7 en el art. /<0 no ser)na'lica+les a las dis'osiciones de este título 5tarifas7. S(lo es res'ecto a las tarifas- nada%)s- el de+er de coordinaci(n y seguridad se de+e %antener en el cu%'li%iento deesos contratos- ya &ue 'uede re'ercutir en la glo+alidad del siste%a.

=Gué dis'osiciones se les a'lica entonces>i7  $o que establezcan las partes en su contrato.

ii7  1isposiciones del .ódigo .ivil # del .ódigo de .omercio a propósito de la compraventa . El'recio de+e ser deter%inado 'or las 'artes o deter%ina+le. #a%+ién 'uede serdeter%inado 'or un tercero- 'ero nunca 'uede &uedar al ar+itrio de una de ellas5art. /121 CC y art. /0 CCo7. !a electricidad es un +ien fungi+le- =&ué 'asa si nose fi*a el 'recio> Hay co%'raventa. ;6n en el evento &ue no e,ista 'recio en la

2 Clase a'ortada 'or Ca%ilo Aergara.

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co%'raventa- 'roducir) efectos de acuerdo al art. /0 inciso CCo 5'recio de'laza7. Ser) el costo %arginal.

+7  Mercado de clientes regulados. El legislador los 'rotege atendida las diferencias &uee,isten 'ara 'oder negociar una tarifa con el generador. Se esta+lece un 'recio regulado'or la autoridad ad%inistrativa &ue es el 'recio %),i%o. 8uede ser %enos- 'ero es el'recio %),i%o a'lica+le al seg%ento de generación. !as cuentas &ue llegan a nuestracasa no s(lo incluyen el 'recio nudo- falta el 'recio del trans'orte y de la distri+uci(n.

=Cu)l 'recio nudo> En virtud de la !ey Corta $$ 59J 2.2/17 tene%os dos 'reciosnudos3

i7  8recio nudo de corto plazo. Es el &ue rige el su%inistros a clientes regulados de lase%'resas distri+uidoras en virtud de contratos &ue ésta e%'resa 5la distri+uidora/ 7haya suscrito con anterioridad a la a'licaci(n de la !ey Corta $$. E*e%'lo3Distri+uidora en el ao 22< cele+ra contrato con una generadora 'or /2 aos. Sea'lica las nor%as vigentes al %o%ento de la cele+raci(n del contrato. !a !ey Corta$$ es del ao 22@. !a tarifa &ue el generador le 'uede co+rar a la distri+uidora es el'recio nudo de a&uella é'oca- hoy conocido co%o 'recio nudo de corto 'lazo. !o

deter%ina se%estral%ente el Ministerio de Energía 'revio infor%e de la C9E 5lohace en a+ril y octu+re de cada ao7. Esto est) regulado en los artículos /0 ysiguientes. De+e refle*ar un 'ro%edio en el tie%'o de los costos %arginales desu%inistro. E,isten dos ti'os de 'recios nudos de corto 'lazo3

5/7 8recio nudo de corto 'lazo de la 'otencia. !a C9E de+e deter%inar la unidadgeneradora %)s econ(%ica 'ara su%inistrar una 'otencia adicional durante lashoras de %),i%a de%anda anual de siste%a3 =cu)l unidad es la &ue necesito'ara satisfacer la de%anda %),i%a &ue 'royecto> Se deter%ina con la reservade 'otencia te(rica y so+re ella- se deter%ina el 'recio +)sico de la 'otencia.

57 8recio nudo de corto 'lazo de la energía. !a C9E tiene &ue hacer una'revisi(n de la de%anda del siste%a en los 'r(,i%os /2 aos 5cu)nta energía sere&uerir) los 'r(,i%os /2 aos7. En segundo lugar- de+e confeccionar un 'lande o+ra considerando centrales e,istentes y en construcci(n 'ara 'royectarc(%o se va a a+astecer y cu%'lir con la de%anda de los 'r(,i%os /2 aos.

/ Recordar art. //.

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Con estos dos ele%entos- calcula cu)l va a hacer el costo %arginal del siste%a-en este %odelo- en este su'uesto- en el largo 'lazo. El 'recio &ue resulte ser) el'recio +)sico de la energía. Se deter%ina 'ara cada nudo o su+estaci(n delsiste%a donde se retira electricidad- considerando en cada caso los factores de'enalizaci(n.

Hecho este %odelo- la C9E le entrega el %odelo a las generadoras en %arzo yse'tie%+re 'ara &ue le hagan o+servaciones 'ara &ue vean si real%ente est)n loscostos reales de 'roducci(n. ]unto con esto- le o+liga a las generadoras infor%ar la

energía de%andada 'or su cliente y sealar los 'recios 'ro%edios a &ue vende a susclientes. Esto 'ara o+tener un 'ro%edio de costos de 'roducci(n de la electricidady co%'ararlo con los 'recios te(ricos de %ercado creados 'or la C9E- 'ara efectode deter%inar si se encuentra dentro de la +andaI de 'recios &ue se encuentra enel art. /1. Si est) dentro de la +anda- es el 'recio de nudo. Si no- de+e regirse 'orlas reglas del art. /@/.

ii7  8recio nudo de largo plazo! Es el &ue rige el 'recio de su%inistro a nivel de generaci(nen los contratos de su%inistros suscritos con e%'resas distri+uidoras con'osterioridad a !ey Corta $$. Ha+ía un desincentivo de invertir en generaci(n- 'ues

cada @ %eses se veían enfrentados a un 'roceso de fi*aci(n tarifaria &ue generaincertidu%+re en el %ercado. ;hora los contratos no 'ueden ser 'or %)s de /aos. El 'recio viene dado 'or los 'rocesos de licitaci(n &ue son dirigidos 'or laC9E. Es un 'roceso de licitaci(n a+ierto- no 'uede ser discri%inatorio- es '6+licoy su resultado va a de'ender 6nica y e,clusiva%ente de la varia+le 'esoI. S(lo'uede ad*udicarse al oferente &ue 'resente %enor 'recio de su%inistro deelectricidad. El 'recio ofertado de+e estar dentro de una +anda esta+lecido 'or laC9E. 9o &ueda total%ente li+re al %ercado. !a C9E fi*a la +anda de 'reciores'ecto de la cual un oferente 'uede confeccionar su oferta y en el evento &ue lalicitaci(n se declare desierta- la C9E- fundada%ente- 'uede resolver su+ir el techo

de la +anda hasta un / y lla%ar nueva%ente a licitaci(n. Si co%o resultado de lalicitaci(n resultan ad*udicadas varias ofertas con diferente 'recio- 'or e*e%'lo-Chilectra convoca a licitaci(n 'ara a+astecer los clientes de Santiago. e%'resas sead*udican en +lo&ues distintos de su%inistros. El 'recio &ue la distri+uidora

 Si uno inyecta electricidad 5/227 el tr)nsito de la energía a otro 'unto &ue est) a /22 N%s hace &ue en el trayectose 'ierdan electrones. 9o llega /22 si no &ue 0. Esa 'érdida de+e verse refle*ada en el 'recio de la electricidad.8ara 'oder entregar /22 de+o inyectar /2. Esto de+e 'royectarse en el 'recio. En el segundo 'unto ser) %ayor'or&ue tuve &ue inyectar %)s 'ara cu%'lir.

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tras'asa a sus clientes es el 'ro%edio de los 'recios de a%+as e%'resas %ientras se%antengan dentro de la +anda de 'recio. ;de%)s la ley esta+lece &ue estos 'reciostienen una f(r%ula de rea*uste seg6n el co%+usti+le &ue la e%'resa ad*udicadautilice 'ara el a+asteci%iento de electricidad.

c7  Mercado s'ot. El contrato s'ot tiene su origen en la orden de des'acho del CDEC en+ase al 'rocedi%iento de costos %arginales a'lica+les a la o'eraci(n del siste%a &ue'uede deter%inar &ue una central haya suscrito contratos con terceros sea e,cedentariao deficitaria res'ecto al a+asteci%iento de electricidad y cu%'li%iento de sus contratos

y &ue la o+liga a ad&uirir o vender energía a otra e%'resa del %ercado &ue se encuentraen la condici(n o'uesta. En alg6n %o%ento la deter%inaci(n del 'recio se lla%a+agolI. !as transacciones en el %ercado s'ot se rigen 'or el costo %arginal 5costo 'oruna unidad adicional de energía7. En el inciso del art. /<0 de la ley e,'resa%enteseala &ue las transferencias entre e%'resas eléctricas &ue o'eran en un siste%a y &ueresulten de la o'eraci(n del CDEC ser)n valorizadas a costo %arginal instant)neo. Esun derecho 'ara la central e,cedentaria 'erci+ir la tarifa esta+lecida en el art. /<0 inciso.

d7  8recio de raciona%iento. El art. /@ esta+lece un estado de e,ce'ci(n a la regulaci(n

eléctrica. Faculta a la C9E a dictar un decreto de raciona%iento eléctrico en caso de producirse   o de  pro#ectarse fundadamente   un déficit de generaci(n en el siste%a eléctrico.Hay un verdadero estado de e,ce'ci(n a la ley eléctrica. Se faculta al Ministerio deEnergía 'revio infor%e de la C9E a dictar un raciona%iento eléctrico en caso de'roducirse o de 'royectarse fundada%ente un déficit de generaci(n en el siste%aeléctrico. !as causas del déficit 'ueden 'rovenir 'or fallas 'rolongadas de centralesgeneradoras o 'or se&uías &ue i%'actan o se 'royectan &ue i%'actan en el siste%a deenergía. De+e contener un 'lazo y las %edidas &ue se van a ado'tar 'ara reducir eldéficit de energía *unto con los %odos o alternativas 'ara fo%entar el ahorro deelectricidad y el ingreso de nuevas centrales generadoras del siste%a. ; %odo de

e*e%'lo- si alguien tiene una central generadora &ue tenía 'royectado sacar la%antenci(n 'or / o /2 días no lo 'uede hacer durante el raciona%iento 'or&ue'eligra %)s el siste%a. tro e*e%'lo- si una e%'resa &uiere entrar al siste%a- se facilitalos %edios 'ara &ue entre y así so+re'asar la eta'a de déficit &ue e,iste en el siste%a.

 Clase a'ortada 'or Ca%ilo Aergara.

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Se +usca &ue la entrega de electricidad sea eficiente. 8er%ite a las e%'resas con susclientes 'actar reducciones voluntarias de consu%o las &ue son re%uneradas deacuerdo al 'rocedi%iento esta+lecido en el art. /<1 de la ley.

Deci%os &ue es una suerte de estado de e,ce'ci(n a la ley eléctrica- 'or&ue a 'ro'(sitode este decreto 'ueden alterarse las reglas generales de o'eraci(n del siste%a. #odo lodicho en relaci(n a los costos %arginales- etc.- 'uede alterarse en esta sede. ]unta%entecon ello- en el art. /<2 hay una e,ce'ci(n en cuanto a calidad de su%inistro. 9o regir)nlos 'rinci'ios de calidad de su%inistro y servicio cuando e,ista un decreto de

raciona%iento eléctrico dictado confor%e al art. /@

Se faculta a la autoridad a to%ar %edidas tendientes a 'revenir un déficit o de tratar de%ini%izar los efectos de un déficit actual%ente e,istente. 8ara ello- 'uede ordenarse-'or e*e%'lo- %edidas co%o &ue las centrales hidr)ulicas- no o+stante tener un 'recio%enor- reserven agua 5lo &ue o+via%ente altera el régi%en de costos %arginales y dedes'acho7. #a%+ién 'ueden sus'ender %anteni%ientos 'rogra%ados de centrales.

!o i%'ortante es &ue el raciona%iento eléctrico de+e distri+uirse en for%a'ro'orcional y sin discri%inaci(n de ninguna es'ecie entre todas las e%'resas

generadoras del siste%a eléctrico en relaci(n a sus co%'ro%isos glo+ales. Esto &uieredecir &ue si la causa es- 'or e*e%'lo- la se&uia y las e%'resas ter%oeléctricas y de gas'ueden 'roducir energía- no se reducir) s(lo a las hidr)ulicas- si no &ue a todas. Sede+e atender a sus +eneficios glo+ales. Esto es- no 'uede favorecerse a los clientes deuna generadora en 'er*uicio de los de otra. Se de*a de distinguir entre clientes li+res yregulados. 9o tiene &ue ver con &ué ti'o de generadora se contrate si uno ser) o no'er*udicado 'or un decreto de raciona%iento. Sí distingue en algo la ley. El &ue cortenla energía tiene una consecuencia econ(%ica. Eso de+e tener una es'ecie de sanci(n'or&ue hay un incu%'li%iento 5=Es caso fortuito una se&uía en Chile> 8areciera &ueno lo es7. Hoy no es caso fortuito la se&uía aun&ue Endesa en su %o%ento gan( *uicios

sealando lo contrario. Entonces- hay un 'unto donde en este estado de e,ce'ci(n síse realiza una distinci(n entre clientes li+res y regulados !os clientes regulados tienenderecho a 'erci+ir a lo %enos una co%'ensaci(n 'or tener &ue +a*ar su consu%o o'or&ue de frent(n hayan cortes 'rogra%ados en el siste%a. Esta co%'ensaci(n la de+e'agar el generador a la distri+uidora y la distri+uidora entreg)rsela al consu%idor final-descont)ndole en las 'r(,i%as cuentas el valor de la energía &ue de*( de 'erci+ir. El'recio de esa co%'ensaci(n es la diferencia entre el 'recio +)sico de la energía y elcosto de raciona%iento esta+lecido en el 'ro'io decreto. 8ara ver cu)nto es el volu%ende electricidad &ue se de*( de reci+ir 'or el cliente- se de+e estar al consu%o 'ro%edio

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E,iste un segundo caso de co%'ensaci(n en la ley- 'ero no en el DF! 9J <- sino en laley &ue regula la SEC 5art. /@ + de la ley 9J /1.</27. Se esta+lece una segunda facultadde co%'ensaci(n a los clientes- ya no 'or conce'to de raciona%iento eléctrico- sino'or cual&uier %otivo &ue conlleve el raciona%iento del su%inistro. Se 'uede utilizarcontra el res'onsa+le- sie%'re. =Guién es el res'onsa+le de la sus'ensi(n desu%inistro> 9o sie%'re ser) la generadora. E*e%'lo3 8uede ser &uien accidental%entecorte una línea. Hay casos grises. E*e%'lo3 Cho&ue 'or estado de e+riedad deconductor.

Precios de transmisión Con la !ey Corta $ 5ley 9J /0.0<27 se esta+leci( un nuevorégi%en regulatorio del seg%ento trans%isi(n- declar)ndose servicio '6+lico al siste%atroncal y de su+trans%isi(n- garantiz)ndose su acceso a+ierto. 8ara deter%inar los 'recios-distingui%os 'or línea de trans%isi(n3

a7  !ínea troncal. !o i%'ortante- es &ue en la trans%isi(n troncal hay un criterioecon(%ico y %arginalista. De+en ser el con*unto %íni%o de instalaciones. Este siste%ade+e refle*ar la necesidad econ(%ica %íni%a. E,iste a&uí un criterio econ(%ico%ini%alistaI- en cuanto el con*unto de líneas de+en ser las %íni%as necesarias 'araa+astecer el siste%a.

i7  En virtud del art. L1- el obligado al pago del pea&e de transmisión troncal es el usuario de unainstalación de transmisión . El uso es el ele%ento &ue identifica al res'onsa+le de 'agar'ea*e. Se esta+lece una 'resunci(n- la e%'resa &ue inyecta o retira energía alsiste%a- hace uso de la línea- 'or lo &ue de+e 'agar 'ea*e. Dice e%'resa eléctricaIy no consu%idor. E,ce'ci(n de 'ago de trans%isi(n son las ER9C.

ii7   M.ómo se configura el pea&e de un sistema de transmisión troncalO  Dos varia+les3

5/7  Aalor de inversi(n de las instalaciones &ue co%'renden el siste%a detrans%isi(n troncal.

57 Costo de o'eraci(n- %anteni%iento y ad%inistraci(n de esas instalaciones.

8ea*e A;##<  A$  CM;@ 

< Aalor ;gregado de #rans%isi(n #roncal.

 Aalor de $nversi(n de las instalaciones. 9o es el valor real &ue en definitiva 'uede ha+er costado construir lalínea. Es el valor co%ercial o econ(%ico de dicha inversi(n.

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iii7  M.ómo se demuestraO  Hay un 'rocedi%iento de fi*aci(n tarifaria &ue tiene lugar cada <aos enca+ezado 'or la C9E y &ue tiene varias eta'as 'ara garantizar elcu%'li%iento de los 'rinci'ios ya sealados.

5/7 !a C9E esta+lece las +ases so+re la cual se de+e desarrollar un estudio deingeniería &ue identifi&ue cu)les son las instalaciones del siste%a e,istentes hoyy las necesarias 'ara a+astecer el %ercado en los 'r(,i%os /2 aos. Cu)lesde+en a%'liarse y cu)les de+en construirse 5nuevas7. "ste es el 6nico 'untodonde el Estado tiene la 'osi+ilidad de 'lanificar el siste%a 'ara satisfacer lade%anda- c(%o &uiere &ue se desarrolle el siste%a eléctrico. !la%a a concurso

'6+lico internacional a+ierto y trans'arente 'ara &ue e%'resas de ingeniería dereconocido reno%+re y sin vinculaci(n relevante con agentes del %ercado 5ingresos de agentes del %ercado7 'ara &ue ellas ela+oren un estudio dee,'ansi(n del siste%a de trans%isi(n. En cada eta'a tiene derecho a 'artici'ary dar su o'ini(n todas las e%'resas- clientes li+res- etc. #anto 'ara ver si losestudios o sus +ases est)n +ien hechos- 'udiendo acudirse sie%'re al 8anel deE,'ertos 'ara resolver las discre'ancias &ue sur*an.

57 Se confecciona un infor%e final y se lleva al Ministerio de Energía una'ro'uesta de decreto &ue identifi&ue la instalaci(n de siste%as de trans%isi(n

troncal- el A;## a cada uno de los tra%os de ese siste%a de trans%isi(n L-&uién es el o+ligado a a%'liar una o+ra de trans%isi(n troncal y en &ué 'lazode+e hacerlo- así co%o cu)ndo se re&uerir) construir una nueva línea 5seesta+lece una 'referencia de cu)nto es el A$ &ue 'uede tener esa instalaci(n7. Sino lo hace- 'ierde el derecho a hacerlo y se 'uede licitar co%o o+ra nueva. #a%+ién fi*a las nuevas o+ras &ue se re&uieren a futuro. Se licitan de %odo'6+lico y a+ierto y se esta+lece una referencia de cu)nto es el 'recio &ue 'uedetener esa secci(n 5A$ se esta+lece en el decreto7. Si nadie se 'resenta- la C9E'uede a%'liar el techo de A$ +a*o razones fundadas.

iv7  El transmisor también tiene derecho a percibir 43 )4ngresos 3arifarios*- &ue son un 'agoantici'ado de los 'ea*es &ue de+en 'erci+ir anual%ente 'or 'restar servicios de

@ Costo de 'eraci(n- Manteni%iento y ;d%inistraci(n de esas instalaciones. Es el costo de una e%'resa &uetenga eficiencia. $ncluye los costos de ad%inistraci(n de una e%'resa- sie%'re &ue sean eficientes. 8or e*e%'lo39o se considera la utilizaci(n de 22 e%'leados- siendo &ue en la realidad s(lo 2 son necesarios.

L ;&uí ve%os la relevancia de este 'roceso- 'ues en él se deter%inan todas las ganancias futuras del inversionistade la línea.

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trans%isi(n. sea- la f(r%ula &ue vi%os antes est) inco%'leta- de+e verse de lasiguiente %anera3

 A;## A$ CM; $#1 

!as diferencias de costos %arginales entre una su+estaci(n y otra se refle*an en los$#- de tal %odo &ue 'er%ite &ue %)s tarde se realice un a*uste- 'ag)ndose el saldode 'recio restante o faltante. ;dicional%ente- en esta f(r%ula se considera sie%'reun /2 de retorno. Aale decir- la trans%isi(n es un negocio +astante seguro.

 v7  Prea de 4nfluencia .omún )"4.*! brea definida 'or la ley- donde se 'roduce el L delas inyecciones y retiros del siste%a. Son las líneas %)s i%'ortantes del siste%a. Esecon*unto de instalaciones se identifican en un decreto tarifario a efectos dedeter%inar el 'ago a 'rorrata de los usuarios de esta )rea de trans%isi(n troncal.

 ;c) el A;## se 'agar) en un 12 'or inyecciones y en el 2 restante 'orretiros. Ese 2 se 'uede tras'asar 'or el distri+uidor a los usuarios finales. ;sí-'or e*e%'lo- si esta%os en Santiago- nuestra +oleta de consu%o conte%'lar) tantoel 'recio de nudo co%o 'arte del A;##.

 vi7  4nstalaciones fuera del "4. . Se rigen +a*o un criterio distinto. !as líneas &ue est)n enlos e,tre%os del siste%a troncal no de+en ser 'agadas 'or todos- de+iendoidentificar a sus usuarios deter%inando cu)l es el sentido del flu*o de la electricidad.Si va de ;$C hacia afuera- significa &ue ha+r)n grandes consu%idores siendo los defuera &uienes usan el siste%a y de+en 'agar el 'ea*e. En caso contrario- con sentidohacia el ;$C- significa &ue se est) inyectando energía al siste%a- y el /22 del A;## lo 'agar)n res'ecto de esas instalaciones &uienes inyectan.

El cliente regulado ver) refle*ado co%o costo unitario de trans%isi(n a todos los valores involucrados en &ue le llegue la energía. 8ara clientes regulados el A;## sedeno%inar) CU# 5Costo Unitario de #rans%isi(n7.

Guienes tienen consu%o su'erior a /.222 `Z de+en 'agar un cargo 6nico- dedeter%inaci(n si%ilar a la &ue se deter%ina el CU# 58ea*e unitarioI7.

+7  !ínea de su+trans%isi(n. ;l ser ta%+ién un servicio '6+lico- se fi*a la tarifa &ue lleva laC9E y la desarrolla cada < aos. Este 'roceso- al igual co%o sucedía con el siste%atroncal- es un siste%a regulado- '6+lico- a+ierto- +asado en instalacionesecon(%ica%ente ada'tadas a una 'royecci(n de de%anda de un 'eriodo de < a /2

1 En CM; se considera un /2 de retorno de la inversi(n.

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aos &ue sean eficiente%ente o'eradas. ;c) tene%os el 'ea*e de su+trans%isi(nI &uees 'agado 'or los usuarios de esas instalaciones. De+er)n 'agar este 'ea*e-de'endiendo de la direcci(n del flu*o de la electricidad de ese tra%o. 8agar)n losclientes u+icados en el e,tre%o del siste%a cuando el flu*o sea desde el siste%a troncalhacia el cliente li+re o regulado &ue esté en el e,tre%o. En ca%+io- si la direcci(n delflu*o va hacia el siste%a troncal- se entiende &ue son las generadoras las &ue ocu'an lasinstalaciones- 'or tanto- ellas de+en 'agar.

Hay audiencias '6+licas 'ara hacer o+servaciones dentro del 'roceso de fi*aci(ntarifaria.

c7  !ínea adicional. Gueda en %anos de las 'artes interesadas. 9o tienen acceso a+ierto- a%enos &ue su trazado ocu'e +ienes nacionales de uso '6+lico. En tal caso- el'ro'ietario no 'uede negar la cone,i(n de terceros a su línea. Se rige todo 'or elres'ectivo contrato.

d7   ;rt. //. +ligaci(n &ue tienen las e%'resas distri+uidoras de 'er%itir el uso de susredes 'ara &ue generadores 'uedan a+astecer a clientes li+res &ue se u+ican en zonas deconcesiones de las distri+uidoras. Co%o retri+uci(n- reci+en una es'ecie de 'ea*e &uees 'arecido al A;##.

7  Precios de distribución El 'recio de distri+uci(n es el 'recio de nudo 5generaci(n ytrans'orte7 A;D 5costos de distri+uir %)s valor agregado7. Co%o no hay co%'etencia-la ley hace una si%ulaci(n creando una e%'resa %odelo &ue va a o'erar en el %ercado conlas restricciones del %ercado de distri+uci(n y se re'lica los costos &ue tienen esta e%'resa%odelo en la e%'resa real. El 'recio &ue 'aga%os nosotros es el 'recio de nudo A;D.El 'recio de trans'orte lo 'agan los generadores a las e%'resas trans%isoras res'ectivas. #a%+ién 'aga%os nosotros. !a tarifa &ue nos llega a fin de %es dice cargo 'or uso desiste%a troncalI. Est)n distri+uidos los costos. Un 12 'agan las generadoras y un 2los consu%idores. !as distri+uidoras- al igual &ue en el %ercado de trans'orte- lla%an a

licitaci(n.Si se analizan desde un 'unto de vista econ(%ico evidente%ente 'resentan diferencias

nota+les co%o es el caso de la generaci(n vs la distri+uci(n o el trans'orte. En el %ercado degeneraci(n la estructura de 'recio- en la +ase- es co%'leta%ente li+re. Concurre el %ercado sin'ro+le%a- hay un acceso a la actividad de %anera li+re. !os recursos est)s dis'oni+les. Enconsecuencia- es %uy f)cil &ue los 'recios se confor%en de acuerdo a la oferta y la de%anda.9o sucede lo %is%o en el %ercado de trans'orte y distri+uci(n. En el %ercado de trans'ortehay econo%ía de %ercado i%'ortante y- en consecuencia- en la for%aci(n de 'recio no es tan

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co%'etitiva- hay un e%'laza%iento de las líneas eléctricas yKo servidu%+res &ue haceni%'osi+le &ue se hagan diversos trazados de línea. !a autoridad frente a esta intervenci(nnatural tiene &ue intervenir =C(%o lo hace> Regulando los 'recios. En el sector distri+uci(n- setiene un sector deter%inado con un gru'o de consu%idores deter%inado y unas instalaciones&ue no se 'ueden %ulti'licar. Esto dificulta la co%'etencia entre los distri+uidores.

8or otro lado- los 'e&ueos consu%idores no 'ueden negociar el 'recio de la energía.8or lo %is%o- es necesario regular sus tarifas.

El 'recio de distri+uci(n va a estar sie%'re en una 'arte co%'uesto en los 'recios de

generaci(n y de trans'orte. Es un agregado a esto &ue el consu%idor tiene &ue forzosa%ente'agar el 'recio de generaci(n- el 'recio de trans'orte y el valor agregado de distri+uci(n. #antoen el trans'orte co%o en la distri+uci(n se regulan los 'recios. Hay &ue esti%ular y- 'or lo%is%o- con dichos 'recios se asegura renta+ilidad econ(%ica. El art. /L se refle*a en los'recios.

=Gué saco con generar energía si no 'uede trans'ortarse> !a trans%isi(n co+ra su'recio. Se licita cada < aos. Entonces- el dueo co+ra a las generadoras la renta fi*ada en lalicitaci(n.

8ara llegar a las fuentes de consu%o se de+e 'asar 'or las líneas de su+trans%isi(n yllegar a las líneas de distri+uci(n. Desde &ue se inyecta la energía hasta & se retira hace uso delsiste%a troncal y el de su+trans%isi(n.

Hay un 'royecto de ley &ue envi( 8iera &ue %odifica el 'rocedi%iento 'ara lasconcesiones eléctricas 5// de a+ril de 2/7. Es i%'ortante revisarlo- 'ues es 'arte del 'lan deestrategia nacional. Consiste +)sica%ente en un %e*ora%iento de todos los tr)%itesad%inistrativos relacionados con la constituci(n de servidu%+res y concesiones eléctricas.Muchas de las fallas eléctricas &ue tene%os hoy se de+en a las dificultades &ue se 'resentan 'orno 'oder hacer %as solido el trans'orte de energía. Este 'royecto ta%+ién +usca encargarse deeso. 9o sa+e%os &uién asu%ir) los costos. Este 'royecto no trae la carretera eléctrica.

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es &ue sus'ende tanto la %ulta co%o el 'lazo 'ara inter'oner un recurso de recla%aci(n antela Corte de ;'elaciones res'ectiva. El recurso de recla%aci(n se de+e 'resentar dentro del'lazo de /2 días. Se inter'one directa%ente ante la Corte. #iene 'referencia. !o &ue hace laCorte al reci+ir el recurso- verifica la ad%isi+ilidad 5se e,ige &ue se consigne el de la%ulta7 y recurrir dentro de 'lazo en contra de la sanci(n de la SEC. ;d%itida la tra%itaci(n- laSEC de+e e%itir un infor%e. $nde'endiente si envía el infor%e o no- se ordena la vista de lacausa. !a Corte 'odr) ordenar %edidas 'ro+atorias cuando fueren re&ueridas de 'arte. Se'uede a'elar en la Corte Su're%a &ue conoce 'revia vista de la causa.

Si no se inter'one el recurso de recla%aci(n- e,iste un 'lazo de /2 días 'ara acreditar el

'ago de la %ulta.

Caso3 Multa 'or :lacNout de L de novie%+re de 22. !a sanci(n se esta+leci( el 22. !a6lti%a gesti(n fue la 'resentaci(n de descargos de fecha %ayo de 22< 5=&ué 'asa con el'rinci'io de celeridad en el 'rocedi%iento ad%inistrativo>7. Se cae Col+6n 5Central9ehuenco7. Hay una falla en su siste%a de 'rotecci(n de incendios &ue activa un %ecanis%o yse 'araliza la central. !uego falla #ranselec. Hay +lacNout. #ranselec seala &ue la falla se de+ea Col+6n. !a SEC seala &ue ocurrida esta situaci(n el CDEC co%ienza a a'licar un 'rocesode recu'eraci(n de servicio. Se e%'ieza a a'licar un 'lan 'ara esta+ilizar el su%inistro eléctricoen el siste%a 5a'licaci(n &ue no estuvo e,enta de 'ro+le%as7. ; *uicio de la SEC esti%a &ue se

ha infringido la res'onsa+ilidad. V &ue la cul'a+le era Buacolda. !a SEC dice &ue le for%ul(cargos a Buacolda. El n6cleo de la sanci(n est) la ley. Bualcoda dentro de sus descargos-seal( &ue los actos &ue 'rovocaron la falta de su%inistro del siste%a no son atri+ui+les a ella-'or lo &ue a su res'ecto no 'uede for%ularse un re'roche 5no 'uede res'onder 'or&ue suco%'etidor funciona %al7. Gue la res'onsa+ilidad es sie%'re individual y &ue no es ad%isi+le&ue se for%ulen estos cargos +a*o el a%'aro de una su'uesta de res'onsa+ilidad colectiva. !aSEC seala &ue el CDEC es una instituci(n sui generis. !a SEC dice &ue res'onde 'or noha+er actuado dentro del CDEC 'ara evitar este ti'o de situaciones- ya sea 'ro%oviendoacuerdos- etc. Ha+ría- a *uicio de la SEC- dos res'onsa+ilidades3 El %al funciona%iento de lasinstalaciones y una res'onsa+ilidad 'or no actuar diligente%ente anterior del CDEC.