Derecho internacional privado
-
Upload
wilmary-rodriguez -
Category
Law
-
view
54 -
download
1
Transcript of Derecho internacional privado
ALUMNA:WILMARY RODRIGUEZ
C.I V-24.354.658SAIA: B
UNIVERSIDAD FERMÍN TOROVICE RECTORADO ACADEMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICASESCUELA DE DERECHO
Las necesidades del hombre por comercializar con otros países, el traslado de bienes y de personas entre diferentes Estados, ha creado conflictos jurídicos ( conflictos de Ley- conflictos de jurisdicción). El primero se cumple si se aplica la legislación, bajo la cual se realizó el acto y la segunda, donde se reclaman los efectos. Es por ello que nace el Derecho Internacional Privado para indicar cual de las dos, es la competente , por ser este un derecho especial.
Concepto de Derecho Internacional Privado.
Es una rama del Derecho que tiene como objeto los conflictos de competencias
internacionales, existentes entre dos o más Estados, estos conflictos pueden ser: determinar la condición jurídica de los extranjeros, referentes a la nacionalidad de las personas, los derechos que tienen los extranjeros, la norma jurídica aplicable . En otras palabras, el Derecho Internacional Privado debe decidir que norma jurídica deberá prevalecer y remitir a la norma interna aplicable a la situación particular.
Es importante, recalcar que el Derecho internacional privado no soluciona los conflictos, simplemente determina la norma o ley de qué país se debe utilizar en la solución de conflictos internacionales.
Principales diferencias del Derecho Internacional Privado y Público.
Derecho Internacional Privado: El sujeto es el hombre Relaciones que no son propiamente Estados.
El sujeto es el Estado Relación Estado-Estado.
Derecho Internacional Privado:
Características del Derecho Internacional Privado
Es un Derecho positivo: Sus normas se encuentran en diversos textos legales. También se hallan en los tratados en los que los países determinan la mejor forma de resolver conflictos de leyes.
Contiene un elemento particularizante: el término "extranjero" dentro de la relación.
Es un Derecho nacional: Cada país dicta normas propias de derecho internacional privado, lo que puede llevar a conflictos entre ellos.
FUENTES DIRECTAS: Ley Nacional, Tratados Internacionales, la Convención Particular.
FUENTES INDIRECTAS: La Costumbre, la Jurisprudencia Nacional e Internacional, la doctrina, Principios Generales del Derecho Internacional Privado.
Venezuela ha ratificado un número importante de tratados que regulan la jurisdicción. Entre ellos: Código Bustamante; Convención Interamericana sobre Conflictos de Leyes en materia de Letras de Cambio, Pagarés y Factura; Convención Interamericana sobre Conflictos de Leyes en materia de Sociedades Mercantiles; Convención Interamericana sobre el Derecho Aplicable a los Contratos Internacionales; Convención de La Haya sobre la Protección de Menores y la Cooperación en materia de Adopción Internacional y Convención de La Haya sobre los aspectos Civiles de la sustracción Internacional de Menores.