derecho laboral

2
Respuesta 2 Establezca una breve comparación entre la Ley de Talleres y Establecimientos Públicos con la Ley del Trabajo del 23 de julio de 1928. La Ley de Talleres y Establecimientos Públicos de 1917 en esta ley se establecen las obligaciones al patrono de garantizar la seguridad de sus trabajadores , asi como sus condiciones de aseo , ventilacion y salubridad de los talleres. Cabe destacar que esta ley no tuvo aplicación. Esta ley no tuvo aplicación en vista de que el pais era fundamentalmente agricola y apenas se iniciaba la explotacion petrolera teniendo en cuenta que el pais se encontraba en dictadura. Por otra parte la ley del trabajo promulgada en 1928 se trataba de un instrumento muy general dedicado al trabajo subordinado, fue igualmente letra muerta desde su promulgación , la misma fue aprobada por la dictadura de juan vicente Gomez para cumplir con el compromiso del pais como miembro de la OIT , no tuvo mucha vigencia ni practica puesto a que no existia una oficina o dependencia encargada de velar por su cumplimiento ni fueron creados los órganos jurisdiccionales para impartir justicia. Respuesta 4 ¿En qué consiste la audiencia preliminar y cuál puede ser su duración? "En términos de la doctrina ortodoxa, la Audiencia Preliminar es un acto procesal concentrado, que se desarrolla en forma oral y que tiene lugar una vez que se ha instruido la causa, con la finalidad de depurar el proceso a los efectos del juicio oral o del logro de una decisión compositiva anticipada" La audiencia preliminar establecida en la LOPT en su artículo 129 deberá ser en forma oral, privada y presidida personalmente por el Juez de Sustanciación, Mediación y Ejecución, con la asistencia obligatoria de las partes o sus apoderados ya que la inasistencia del demandante a esta audiencia se considerará desistido el procedimiento, terminando el proceso mediante sentencia oral que se reducirá en un acta según lo expresa el art. 130 de la LOPT (esta decisión es apelable en ambos efectos según este mismo artículo); pero si es la parte demandada quien no comparece se presumirá entonces la admisión de todos los hechos alegados por el demandante y el juez sentenciará en forma oral conforme a dicha confesión, siempre que la petición del demandante no sea contraria a derecho, reduciendo la sentencia a un acta que elaborará el mismo día, según lo ordenado por el art. 131 de la misma ley (en

description

derecho

Transcript of derecho laboral

Page 1: derecho laboral

Respuesta 2

Establezca una breve comparación entre la Ley de Talleres y Establecimientos Públicos con la Ley del Trabajo del 23 de julio de 1928.

La Ley de Talleres y Establecimientos Públicos de 1917 en esta ley se establecen las obligaciones al patrono de garantizar la seguridad de sus trabajadores , asi como sus condiciones de aseo , ventilacion y salubridad de los talleres. Cabe destacar que esta ley no tuvo aplicación. Esta ley no tuvo aplicación en vista de que el pais era fundamentalmente agricola y apenas se iniciaba la explotacion petrolera teniendo en cuenta que el pais se encontraba en dictadura.

Por otra parte la ley del trabajo promulgada en 1928 se trataba de un instrumento muy general dedicado al trabajo subordinado, fue igualmente letra muerta desde su promulgación , la misma fue aprobada por la dictadura de juan vicente Gomez para cumplir con el compromiso del pais como miembro de la OIT , no tuvo mucha vigencia ni practica puesto a que no existia una oficina o dependencia encargada de velar por su cumplimiento ni fueron creados los órganos jurisdiccionales para impartir justicia.

Respuesta 4

¿En qué consiste la audiencia preliminar y cuál puede ser su duración?

"En términos de la doctrina ortodoxa, la Audiencia Preliminar es un acto procesal concentrado, que se desarrolla en forma oral y que tiene lugar una vez que se ha instruido la causa, con la finalidad de depurar el proceso a los efectos del juicio oral o del logro de una decisión compositiva anticipada"

La audiencia preliminar establecida en la LOPT en su artículo 129 deberá ser en forma oral, privada y presidida personalmente por el Juez de Sustanciación, Mediación y Ejecución, con la asistencia obligatoria de las partes o sus apoderados ya que la inasistencia del demandante a esta audiencia se considerará desistido el procedimiento, terminando el proceso mediante sentencia oral que se reducirá en un acta según lo expresa el art. 130 de la LOPT (esta decisión es apelable en ambos efectos según este mismo artículo); pero si es la parte demandada quien no comparece se presumirá entonces la admisión de todos los hechos alegados por el demandante y el juez sentenciará en forma oral conforme a dicha confesión, siempre que la petición del demandante no sea contraria a derecho, reduciendo la sentencia a un acta que elaborará el mismo día, según lo ordenado por el art. 131 de la misma ley (en este caso el demandado podrá apelar esta decisión en ambos efectos).

el fin principal de la Audiencia Preliminar Laboral es lograr que las partes negocien y logren a través de la mediación del Juez llegar a un acuerdo para poner fin al proceso; por lo que de esta Audiencia Preliminar pueden derivarse dos hipótesis; una de ellas es que si se lograse arribar a una solución producto de la mediación, el Juez dará por concluido el proceso mediante sentencia oral dictada de inmediato, homologando el acuerdo de las partes, la cual reducirá en acta y tendrá efecto de cosa juzgada. (Art. 133 LOPT).

No se permite la sustanciación de la incidencia de cuestiones previas como se realiza en el proceso civil, aunque si se puede denunciar la existencia de alguno de estos vicios en el proceso, tales como falta de jurisdicción, defecto

Page 2: derecho laboral

de forma, no se tramitan como cuestiones previas, por ello la ley en su artículo 129 expresa que no se admite la oposición de cuestiones previas.

La Audiencia Preliminar en ningún caso podrá exceder de cuatro (04) meses