Derecho Laboral - Trabajador agrícola

download Derecho Laboral - Trabajador agrícola

of 4

Transcript of Derecho Laboral - Trabajador agrícola

  • 7/26/2019 Derecho Laboral - Trabajador agrcola

    1/4

    Los trabajadores agrcolas

    I. Concepto de trabajo agrcola en el Cdigo del Trabajo

    El artculo 87 del Cdigo del Trabajo defnequines son trabajadores

    agrcolasen los siguientes trminos los trabajadores que laboren en el cultivo de

    la tierra y todos los que desempeen actividades agrcolas bajo las rdenes de un

    empleador!" Este concepto es en e#tremo genrico$ ya que lo %nico relevante para

    que un trabajo sea agrcola$ es que se trate del cultivo de la tierra" En e&ecto$

    decir que un trabajador agrcola es aqul que desarrolla actividades agrcolas es

    una tautologa y lo mismo se puede indicar del requisito de subordinacin a un

    empleador$ ya que sin subordinacin$ no puede e#istir una relacin que

    califquemos de propiamente laboral"

    II. Normas aplicables a los trabajadores agrcolas permanentes

    a) Limitacin de la jornada de trabajo

    En esta materia$ a los trabajadores agrcolas se les aplican las normas generales

    sobre jornada laboral$ pero con las modalidades que seale el reglamento$ de

    acuerdo a las caractersticas de la 'ona o regin$ condiciones clim(ticas y dem(s

    circunstancias propias de la agricultura!$ seg%n dispone el artculo 88 del Cdigo del

    Trabajo"

    El inciso segundo del artculo 88 dispone sobre el particular)

    El reglamento deber( considerar las modalidades que$ dentro de un promedio

    anual que no e#ceda de oc*o *oras diarias permitan la variacin diaria o semanal$

    seg%n alguna de las causas a que se *ace re&erencia en el inciso precedente"

    +simismo$ sealar( la &orma y procedencia del pago de las horas

    extraordinariascon el respectivo recargo legal"

    El trabajo agrcola es una de las situaciones de e#cepcin que permite al empleadordistribuir la jornada de trabajo de manera que incluya los domingos y &estivos" En

    tal sentido$ el artculo ,- del Cdigo del Trabajo dispone .as labores agrcolas de

    riego y aquellas que se reali'an en pocas de siembra o cosec*a$ se entender(n

    incluidas dentro del n%mero / del artculo 08!$ es decir$ se las considera como

    e#plotaciones$ labores o servicios que e#ijan continuidad por la naturale'a de sus

    procesos$ por ra'ones de car(cter tcnico$ por las necesidades que satis&acen o

    para evitar notables perjuicios al inters 123 de la industria!"

    http://dudalegal.cl/trabajadores-agricolas-permanentes.htmlhttp://dudalegal.cl/trabajadores-agricolas-permanentes.htmlhttp://dudalegal.cl/trabajadores-agricolas-permanentes.htmlhttp://dudalegal.cl/trabajadores-agricolas-permanentes.htmlhttp://dudalegal.cl/jornada-extraordinaria-trabajo.htmlhttp://dudalegal.cl/jornada-extraordinaria-trabajo.htmlhttp://dudalegal.cl/jornada-extraordinaria-trabajo.htmlhttp://dudalegal.cl/jornada-extraordinaria-trabajo.htmlhttp://dudalegal.cl/trabajadores-agricolas-permanentes.htmlhttp://dudalegal.cl/trabajadores-agricolas-permanentes.html
  • 7/26/2019 Derecho Laboral - Trabajador agrcola

    2/4

    b) ago de las remuneraciones

    El concepto legal de remuneraciones est( otorgado por el artculo 45 del Cdigo del

    Trabajo$ que dispone 6e entiende por remuneracin las contraprestaciones en

    dinero y las adicionales en especie avaluables en dinero que debe percibir el

    trabajador del empleador por causa del contrato de trabajo!" +*ora bien$ trat(ndose

    de los trabajadores agrcolas$ la remuneracin podr( pagarse en dinero o bien en

    regalas$ pero sin que estas %ltimas e#cedan del - del total por este concepto"

    Constituyen regalas el cerco$ la racin de tierra$ los talajes$ la casa *abitacin

    *iginica y adecuada y otras retribuciones en especie a que el empleador se obligue

    para con el trabajador"

    c) Imposibilidad de prestar ser!icios por ra"ones clim#ticas

    El artculo 8, del Cdigo del Trabajo dispone .os trabajadores agrcolas que por las

    condiciones clim(ticas no pudieren reali'ar su labor$ tendr(n derec*o al total de la

    remuneracin en dinero y en regalas$ siempre que no *ayan &altado

    injustifcadamente al trabajo el da anterior!"

    6in embargo$ esta norma tiene su contrapartida en lo dispuesto por su inciso

    segundo$ ya que all se prescribe los trabajadores deber(n e&ectuar las labores

    agrcolas compatibles con las condiciones clim(ticas que les encomiende el

    empleador$ aun cuando no sean las determinadas en los respectivos contratos de

    trabajo!"

    d) roporcionar habitacin$ %na obligacin del empleador

    En el contrato de los trabajadores agrcolas permanentes$ siempre va incluida la

    obligacin del empleador de proporcionar al trabajador y su &amilia *abitacin

    *iginica y adecuada$ salvo que ste ocupe o puede ocupar una casa *abitacin en

    un lugar que$ atendida la distancia y medios de comunicacin$ le permita

    desempear sus labores"

    Contrato de trabajadores agrcolas de temporada o temporeros

    9" Contrato especial de trabajo de los trabajadores agrcolas

    El contrato especial de trabajo de aquellos trabajadores agrcolas detemporada& o temporeros$ como se les denomina en trminos comunes" Este es

  • 7/26/2019 Derecho Laboral - Trabajador agrcola

    3/4

    un tema de relevancia en atencin a que$ especialmente en sectores rurales$

    numerosas personas se desempe'an como trabajadores agrcolas o

    temporeros$ a fn de obtener el dinero sufciente que$ muc*as veces$ se utili'ar(

    para en&rentar las necesidades econmicas de todo un ao"

    99" .os trabajadores agrcolas de temporada o temporeros

    El Cdigo del Trabajo regula dos clases de trabajadores agrcolas$ los trabajadores

    agrcolas permanentes y los trabajadores agrcolas de temporada o

    temporeros" .a primera clase de trabajadores ser( eventualmente objeto de un

    an(lisis posterior"

    Entre los trabajadores agrcolas de temporada o temporeros se incluyen (todos

    aquellos que desempe'en aenas transitorias o de temporada en

    acti!idades de culti!o de la tierra& comerciales o industriales deri!adas de

    la agricultura * en aserraderos * plantas de explotacin de madera * otras

    a+nes,&seg%n dispone el artculo ,0 del Cdigo del Trabajo"

    .a particularidad de los contratos especiales de trabajo radica en que e#iste una

    normativa especial que se aplica de manera pre&erente a las reglas generales que

    regulan la materia en general" Estas normas especiales son las que siguen)

    a: ;ormalidades del contrato de trabajo

    El contrato de trabajo de los trabajadores agrcolas de temporada o

    temporeros deber( escriturarse en cuatro ejemplares$ dentro de los cinco das

    siguientes a la incorporacin del trabajador"

    Cuando la duracin de las &aenas para las que se contrata sea superior a veintioc*o

    das$ los empleadores deber(n remitir una copia del contrato a la respectiva

    9nspeccin del Trabajo$ dentro de los cinco das siguientes a su escrituracin"

    b:

  • 7/26/2019 Derecho Laboral - Trabajador agrcola

    4/4

    El empleador est( siempre obligado a otorgar a los trabajadores agrcolas de

    temporada o temporeros)

    .as condiciones adecuadas e *iginicas de alojamiento$ de acuerdo a las

    caractersticas de la 'ona$ condiciones clim(ticas y dem(s propias de la&aena de temporada de que se trate$ salvo que ste acceda o pueda

    acceder a su residencia o a un lugar de alojamiento adecuado e *iginico

    que$ atendida la distancia y medios de comunicacin$ le permita

    desempear sus labores"

    .as condiciones *iginicas y adecuadas que les permitan mantener$

    preparar y consumir sus alimentos"

    6i por la distancia o las difcultades de transporte no es posible a lostrabajadores adquirir sus alimentos$ el empleador deber(

    proporcion(rselos"

    6i el trabajador reali'a labores en las que tenga contacto con pesticidas$

    plaguicidas o productos ftosanitarios t#icos$ la in&ormacin sufciente

    sobre su correcto uso y manipulacin$ eliminacin de residuos y envases

    vacos$ riesgos derivados de su e#posicin y acerca de los sntomas que

    pudiere presentar y que revelen su inadecuada utili'acin"

    .os implementos y medidas de seguridad necesarios para protegerse de

    pesticidas$ plaguicidas o productos ftosanitarios t#icos$ junto a

    los productos de aseo indispensables para su completa remocin y que no

    &ueren los de uso corriente"

    6i entre la ubicacin de las &aenas y el lugar donde el trabajador aloje o

    pueda alojar$ medie una distancia igual o superior a tres =ilmetros y no

    e#istiesen medios de transporte p%blico$ los medios de movili'acin

    necesarios entre ambos puntos$ que re%nan los requisitos de seguridad que

    determine el reglamento"

    Estas obligaciones especiales son todas de costo del empleador y no pueden

    compensarse en dinero$ ni constituyen$ en caso alguno$ remuneracin"