Derecho romano - Historia

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DERECHO ROMANO

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DERECHOROMANO

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PERÍODOS

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ÉPOCA PRECLÁSICA (753-130 a.C.)

ÉPOCA CLÁSICA(130 a.C.-230 d.C.)

BAJO IMPERIO (230 -450

d.C.)

IMPERIO BIZANTINO

(450-565 d.C.)

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1. ÉPOCA PRECLÁSICA

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1. ÉPOCA PRECLÁSICA (753-130 a.C.)

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Período conocido como Ius Quiritium

Es un sistema legal regido por los quirites, los ciudadanos más privilegiados de roma.

La autoridad de las familias era el paterfamilias, quien tenía un poder absoluto en su domus.

La fuente inicial fueron los Mores Maiorum.

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1. ÉPOCA PRECLÁSICA (753-130 a.C.)

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En el año 451 a.C. una comisión legislativa de diez miembros (Decemviri) crearon 10 leyes donde se recogían normas igualitarias para todos. Luego se añadieron dos más.

A esta doce leyes, se las conocen como LAS DOCE TABLAS.

Contenido* La salvaguarda del patrimonio.* La autoridad del “paterfamilias” como único titular de derecho.* La fijación de castigos para las infracciones.

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1. ÉPOCA PRECLÁSICA (753-130 a.C.)

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A las doce tablas se le suman las leges. Las leges eran un pacto entre particulares (Lex Privata) o del pueblo (Lex Publica)

No eran fruto de un ordenamiento jurídico a priori

Bases del derecho romano

MORES MAIORUMXII TABLASLEGES

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2. ÉPOCA CLÁSICA

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2. ÉPOCA CLÁSICA (130 a.C.- 230 d.C.)

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Roma extiende su poder por el Mediterráneo

Nuevas influencias culturales: la cultura helenística, la filosofía griega.

El Ius Quiritium continuará y se le sumará el Ius Gentium y el Ius Honorarium

Ius Quiritium

Ius Gentium

Ius honorariu

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2. ÉPOCA CLÁSICA (130 a.C.- 230 d.C.)

IUS GENTIUM

Regula las relaciones en que intervienen personas que no son ciudadanosromanos

«Todos los pueblos se rigen por leyes y costumbres y usan en parte su propio derecho y en parte el derecho común de

todos los hombres; pues el derecho que cada pueblo establece para sí, ese es suyo propio, y se llama derecho

civil (...); en cambio, el que la razón natural establece entre todos los hombres, ése observa uniformemente entre todos los pueblos y se llama derecho de gentes, como si dijéramos

que es el derecho que usan todas las naciones».

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2. ÉPOCA CLÁSICA (130 a.C.- 230 d.C.)

IUS HONORARIUM

Surge para reforzar el Ius Quiritium pues éste ya se había quedado anticuado. Se apoyaba en los edictos de los magistrados y al derecho que éstos tenían de hacer reglamentos y comunicaciones.

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El derecho honorario es “el que por utilidad pública introdujeron los Pretores con el

propósito de corroborar, suplir o corregir el Derecho civil”

Tito Anio Papiano

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2. ÉPOCA CLÁSICA (130 a.C.- 230 d.C.) ÉPOCA IMPERIAL (a partir del 30 a.C.)

Cesa la actividad de la Asamblea Popular

Senatus consulta: decretos del Senado

Leyes dictadas por los emperadores

• Edictos: disposiciones generales para todo el Imperio• Mandatos: instrucciones para los mandatarios• Rescriptos: disposiciones para problemas aislados• Decretos: decisiones sobre problemas en discusión, especialmente judiciales.

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2. ÉPOCA CLÁSICA (130 a.C.- 230 d.C.) ÉPOCA IMPERIAL (a partir del 30 a.C.)

Toda complejidad de las realidades culturales, políticas y sociales en el Imperio, junto a la enorme cantidad de jurisprudencia acumulada, motivaron la importancia de los intérpretes del Derecho, los juristas.

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3. BAJO IMPERIO

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3. BAJO IMPERIO(230 - 450 d.C.)

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Tras los siglos dorados del Imperio Romano (Pax Romana I-II d.C.) comienza un deterioro en las instituciones, particularmente en la del emperador.

Dinastía de los Severos: las malas administraciones sumado al asesinato de Heliogábalo tuvo como consecuencia una gran crisis llamada Anarquía del Siglo III

Los emperadores comenzaron a mostrarse como dominus en vez de princeps.

El cristianismo aporta un fundamento sagrado y religioso.Los juristas son reemplazados por compiladores, a fin de que buscaran una unidad en las fuentes jurídicas que provenían de diferentes provincias.

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3. BAJO IMPERIO(230 - 450 d.C.)

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• El código Teodosiano era una compilación de leyes vigentes en la Roma Imperial

• Fue introducida tanto en el Oriente como Occidente• Se incluyen normas referentes a la imposición de la religión cristiana.

DOBLE FINALIDAD1) Se utilizaban delante y detrás de los tribunales. Luego del

recitatio legis, se debía comprobar su autenticidad.2) Se utilizaba como material didáctico

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4. IMPERIOBIZANTINO

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4. IMPERIO BIZANTINO(450 - 565 d.C.)

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En 527 d.C. llega al trono de Bizancio el emperador Justiniano

Su objetivo era restaurar la grandeza de Roma RENOVATIO IMPERIIS

Si bien expresaba un deseo de restaurar el período imperial, demuestra una voluntad cristiana que lo diferenciará notablemente de dicho período.

“Pues gobernamos un imperio que nos ha sido dado por la voluntad divina, por la celeste

Majestad (…) y toda la esperanza la tenemos puesta en la providencia de la Altísima

Trinidad.”

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4. IMPERIO BIZANTINO(450 - 565 d.C.)

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A partir de 528 d.C. se estableció un nuevo corpus jurídico llamado Corpus Iuris Civilis que contenía:

Intituciones: son cuatro libros inspirados en la obra de Gayo. Su finalidad principal era servir como manual a los estudiantes de derecho.

Digesto: Antología de jurisprudencia clásica con modificaciones realizadas por el propio Justiniano.

Código o Novellae Leges: Constituciones Imperiales promulgadas después de 534.

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FIN