Derecho Tributario

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Diplomado Derecho Tributario Módulo III Ilícitos Aduaneros Especies Gravadas: aquellos bienes establecidos por la normativa jurídica, cuya producción o importación dan origen al nacimiento de la obligación tributaria; dichos bienes están conformados por cigarrillos, tabaco, picaduras, alcohol etílico, licores y fósforos; su producción, importación circulación y expendio, están bajo el control del Estado mediante leyes especiales. Obligación tributaria: obligación que surge entre el Estado en las distintas expresiones del Poder Público y los sujetos pasivos en cuanto ocurra el presupuesto de hecho previsto en la ley. Constituye un vínculo de carácter personal aunque su cumplimiento se asegure mediante Enterar: pagar o abonar dinero. Acción de pagar los tributos ante las oficinas receptoras de fondos nacionales. En el sistema tributario venezolano, se asimila a la obligación de los agentes de retención y percepción, de pagar al sujeto activo las cantidades de gravamen retenidas o percibidas en el curso de sus operaciones. Fiscalización El proceso de Fiscalización comprende un conjunto de tareas que tienen por finalidad instar a los contribuyentes a cumplir su obligación tributaria; cautelando el correcto, íntegro y oportuno pago de los impuestos. Para esto, el SII sistema de impuestos internos está autorizado por ley para examinar las declaraciones presentadas por los contribuyentes dentro de los plazos de prescripción que tiene, y revisar cualquier deficiencia en su declaración, para liquidar un impuesto y girar los tributos a que hubiere lugar. Ángel E Zambrano J V- 20.257.419 Página 1

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algunos conceptos besicos de los iliciitos tributarios

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Diplomado Derecho Tributario Mdulo III Ilcitos Aduaneros Especies Gravadas:aquellos bienes establecidos por la normativa jurdica, cuyaproduccinoimportacindanorigenal nacimientodelaobligacintributaria; dichosbienes estnconformados por cigarrillos, tabaco, picaduras, alcohol etlico, licores yfsforos; suproduccin, importacincirculacinyexpendio, estnbajoel control delEstado mediante leyes especiales.Obligacin tributaria: obligacin que surge entre el Estado en las distintas expresiones deloder !blico y los sujetos pasivos en cuanto ocurra el presupuesto de hecho previsto en laley. "onstituye un vnculo de carcter personal aunque su cumplimiento se aseguremedianteEnterar: pagar o abonar dinero. #ccin de pagar los tributos ante las oficinas receptoras defondos nacionales. En el sistema tributario vene$olano, se asimila a la obligacin de losagentes de retencin y percepcin, de pagar al sujeto activo las cantidades de gravamenretenidas o percibidas en el curso de sus operaciones. FiscalizacinEl proceso de %iscali$acin comprende un conjunto de tareas que tienen por finalidad instara los contribuyentes a cumplir su obligacin tributaria; cautelando el correcto,ntegro yoportuno pago de los impuestos.ara esto, el &'' sistema de impuestos internos est autori$ado por ley para examinar lasdeclaraciones presentadas por los contribuyentes dentro de los pla$os de prescripcin quetiene, y revisar cualquier deficiencia en su declaracin, para liquidar un impuesto y girar lostributos a que hubiere lugar.(a auditora tributaria constituye una actividad permanente de fiscali$acin. Esta consisteen verificar la exactitud de las declaraciones a trav)s de la revisin de los antecedentes ydocumentacin de los contribuyentes. *+s detalles en #uditora ,ributaria -Prescripcin: medio de extincin de la obligacin tributaria. Extincin o adquisicin de underechoprovocadopor el pasodel tiempoque la (eyfije a tal efecto. #dopta dosmodalidades. /- prescripcin adquisitiva, cuando por el transcurso del tiempo que marquela(eyseadquierealg!nderecho;y0-prescripcinextintiva, cuandoportranscurrireltiempo que fija la (ey sin ejercer un derecho )ste se pierde.Perencin: es la extincin del proceso en virtud del transcurso del tiempo establecido porla ley, sin que se hubiese ejecutado ning!n acto de procedimiento por la parte actuante.ngel E Zambrano J V- !"#$"%&' ()gina &Diplomado Derecho Tributario Mdulo III Ilcitos Aduaneros Defraudacin tributaria:relacionada con los ilcitos tributarios. 'ncurre en defraudacintributariael quemediantesimulacin, ocultacin, maniobraocualquier otraformadeenga1o indu$ca en error a la #dministracin ,ributaria y obtenga para s o un tercero unenriquecimiento indebido superior a dos mil unidades tributarias *0.222 3.,.- a expensasdel sujeto activo a la percepcin del tributo. MONTOESTIP!"DOP"#"!"DE$!"#"$ION %P"GODE IS!# ENPE#SON"S TE##ITO#I"!ES % E&T#"TE##ITO#I"!Tarifa N'( art )* !IS!# Pers+nas Territ+rialor la fraccin comprendida hasta /222ut 45or la fraccin que exceda /222 a/622 ut 75or la fraccin que exceda /622 a 0222 ut /05or la fraccin que exceda 0222 a 0622 ut /45or la fraccin que exceda 0622 a 8222 ut 025or la fraccin que exceda 8222 a 9222 ut 095or la fraccin que exceda 9222 a 4222 ut 075or la fraccin que exceda de 4222 ut 895Tarifa N', art )( !IS!# Pers+nas E-traterrit+rialor la fraccin comprendida hasta 0222ut /65or la fraccin que exceda 0222 a 8222 ut 005or la fraccin que exceda 8222 3, 895S"N$IONES T#I.T"#I"S(a &ancin ,ributaria es la pena que lleva aparejada la existencia de una infraccin. Es lareaccin del ordenamiento jurdico ante un ilcito tributario, con una finalidad punitiva yejemplari$ante, es decir, considerando la sancin como una pena o castigo al infractor. Esuna pena para un delito o falta.$!"SIFI$"$I/Na0 :'&';E( E&,#?(E"'+'EE ('"E E