Derechos del niño y la niña

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“El mejor medio para hacer buenos a los niños, es hacerlos felices”. Oscar Wilde.

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“El mejor medio para hacer

buenos a los niños, es

hacerlos felices”.

Oscar Wilde.

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UNIVERSIDAD DE PANAMÁCENTRO REGIONAL UNIVERSITARIO PANAMÁ OESTE

POSTGRADO EN DOCENCIA SUPERIOR

CONVENCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOSLOS DERECHOS DEL NIÑO/A

PARTICIPANTESCAMARGO, MILEYKA 8-285-243

CÉSAR, ASHLEY 8-863-1374ESPINOSA, GLADYS 4-213-640MARTÍNEZ, GISELA 8-729-888MENDIETA, DAYRA 8-416-544MIRANDA GEORGE 8-392-790

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INTRODUCCIÓNLos Derechos  Del  Niño  son  un  conjunto  de  normas  de  derecho 

internacional que protegen a las personas hasta determinada edad. Todos y cada uno  de  los  derechos  de  la  infancia  son  inalienables  e  irrenunciables,  por  lo  que ninguna persona puede vulnerarlos o desconocerlos bajo ninguna circunstancia. 

La  idea  de  crear  los  derechos  del  niño  circuló  en  algunos  medios intelectuales  durante  el  siglo  XIX.  en  las  dos  primeras  décadas  del  siglo  XX circularon varias declaraciones de los derechos del niño, a veces en forma literaria o bien como resoluciones de organizaciones científicas y pedagógicas. A consecuencias de años de debate, en 1989 se firmó en la ONU la  Convención de los  Derechos  del  Niño    y  dos  protocolos  facultativos  que  la  desarrollan, actualizados en  el año 2000.  

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La Declaración Universal de los Derechos Humanos

Fecha de proclamación

Antecedentes

Objetivo común

Principio universal

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Derechos de los Individuos  Protección contra la esclavitud.  Protección contra la tortura.  Igual protección ante la ley. Estar libre de detención arbitraria y el derecho a un juicio justo.  Libertad de pensamiento, de opinión, de religión y de expresión.  Derecho a la educación. Derecho a un nivel de vida adecuado, así como a la salud, 

vivienda y alimentación suficiente.  Derecho al trabajo y fundar y afiliarse a sindicatos. 

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ARTÍCULOS A CONSIDERAR

• ARTÍCULO 1: Para los efectos de la presente Convención, se entiende por niño todo ser humano menor de dieciocho años de edad, salvo, que, en virtud de la ley le sea aplicable, haya alcanzado antes la mayoría de edad.

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ARTÍCULO 2

• 1. Los Estados Partes respetarán los derechos enunciados en  la  presente Convención  y  asegurarán  su  aplicación a cada  niño  sujeto  a  su  jurisdicción,  sin  distinción  alguna, independientemente  de  la  raza,  el  color,  el  sexo,  el idioma, la religión, la opinión política o de otra índole, el origen  nacional,   étnico  o  social,  la  posición  económica, los  impedimentos  físicos,  el  nacimiento  o  cualquier  otra condición del niño, de sus padres o de sus representantes legales. 

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ARTÍCULO 2

2. Los Estados Partes tomarán todas las medidas apropiadas para garantizar que el niño se vea protegido contra toda forma de discriminación o castigo por causa de la condición, las actividades, las opiniones expresadas o las creencias de sus padres, o sus tutores o de sus familiares. 

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CUATRO PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DE LOS DERECHOS DEL NIÑO

La no discriminación

El interés superior del niño

El derecho a la vida, la supervivencia y el desarrollo

La participación

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Protocolos Facultativos de la CDN

Concerniente a la implicación de los niños en los conflictos armados

Entró en vigor el 12 de febrero de 2002

Ratificado por 107 Estados y firmado por 122

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UNICEF PANAMÁ Y LOS DERECHOS DEL NIÑO/A

Programa de País

Desde 1991 trabaja en Panamá.

Se renueva cada 5 años

Objetivo

Fomentar el cumplimiento

de los compromisos

establecidos en la Convención

sobre los Derechos del

Niño, ratificada por Panamá en

1990

Apoyo de otros sectores

Trabaja con los

gobiernos locales, la sociedad civil, y el

sector privado

UNICEF trabaja en Panamá para abordar los desafíos y principales tendencias que impactan la vida de los niños, niñas y adolescentes en el

país

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CONCLUSIONES1. La Convención de los Derechos del Niño, es una serie de

normas y obligaciones irrevocables, aceptadas universalmente, por las naciones firmantes.

2. Es importante tomar en cuenta los cuatro principios fundamentales considerados en la CDN, ya que su incumplimiento puede ser causal de sanción.

3. Los protocolos facultativos que acompañan la CDN hacen hincapié en la importancia de fomentar una mayor concienciación pública para combatir la participación de los niños y niñas en los conflictos armados y la explotación sexual.

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