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Álvaro Carvajal Villaplana Derechos humanos, desobediencia y rebelión en Spinoza En este ensayo' se pretende aplicar el enfoque de los derechos humanos al pensamiento de Spi- noza. Desde esta perspectiva se persigue un análi- sis de los conceptos de desobediencia y rebelión. Se parte de que tanto la rebelión como la desobe- diencia son posibles en Spinoza, pero de una for- ma que violentan el orden legal. Además, se trata de señalar que la rebelión es considerada como un derecho natural. Se aspira a mostrar la existencia de dos tipos de rebelión o rebeldes en la obra política de Spinoza. Interesa determinar las causas que conducen a la rebelión y la desobediencia. Otros aspectos a estu- diar consisten en realizar una caracterización ge- neral de los elementos conceptuales de los dere- chos humanos, tema que no tiene un apartado es- pecífico sino que se indicará en el momento que se requiera. Atañe al trabajo recalcar algunas fluc- tuaciones temáticas en la obra política de Spinoza. Summary: We defend in this paper that there are two kinds of rebellion in Spinoza: (a) one kind based on selfishness, (b) another one which pro- ceedsaccording to reason and is motivated by just causes.Only the second type of rebellion could be justiffied. Nevertheless, rebellion is not a civil rightaccording to Spinoza but a natural one. Resumen: Este ensayo muestra que en Spinoza se pueden distinguir dos tipos de rebeldes: (a) aquelque actúa por egoísmo; (b) y el que procede guiadopor los consejos de la razón y tiene causas justas. La rebelión sólo es posible a partir del se- gundo tipo. No obstante, la sublevación no es un derechocivil sino un derecho natural. 1. Introducción Los temas de la desobediencia y la rebelión son de gran actualidad, ya sea por las acciones prácti- cas de sublevación contra la injusticia, cuando los gobiernos son altamente violentos y sistemática- mente violadores de los derechos humanos o por lasjustificaciones teóricas a la revolución. Tam- bién,por los actos de desobediencia a las órdenes y leyes injustas que atentan contra la superviven- cia de grupos humanos o de la humanidad. Desde un punto de vista de los derechos humanos el de- batees importante para determinar si son o no de- rechos básicos; jugando un papel relevante la cuestiónde la fundamentación. EnSpinozalos dos conceptos citados son analiza- doscon detenimiento, a pesar de esto, los términos presentanambigüedades que dificultan su compren- sión,aspectoque se intenta esclarecer en este estudio. 2. Del estado de naturaleza al estado civil Spinoza considera que el ser humano es parte de la naturaleza; éste es una manifestación de Dios en los atributos de extensión y pensamiento. Es un individuo dentro del sistema modal, por ello es semejante a los demás individuos, en cuanto que se esfuerzan en lo que es posible en perseve- rar en su ser. El punto de partida de Spinoza es considerar al hombre en su estado de naturaleza, el cual consis- te en una situación en la que por el supremo po- der de la naturaleza cada cual juzga lo que es bue- no o malo, en función de su utilidad. En este esta- do no existe lo bueno y lo malo. En consecuencia, Rev. Filosofía Univ. Costa Rica, XXXV (85), 15-23, 1997

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Álvaro Carvajal Villaplana

Derechos humanos, desobedienciay rebelión en Spinoza

En este ensayo' se pretende aplicar el enfoquede los derechos humanos al pensamiento de Spi-noza. Desde esta perspectiva se persigue un análi-sis de los conceptos de desobediencia y rebelión.Se parte de que tanto la rebelión como la desobe-diencia son posibles en Spinoza, pero de una for-ma que violentan el orden legal. Además, se tratade señalar que la rebelión es considerada como underecho natural.

Se aspira a mostrar la existencia de dos tipos derebelión o rebeldes en la obra política de Spinoza.Interesa determinar las causas que conducen a larebelión y la desobediencia. Otros aspectos a estu-diar consisten en realizar una caracterización ge-neral de los elementos conceptuales de los dere-chos humanos, tema que no tiene un apartado es-pecífico sino que se indicará en el momento quese requiera. Atañe al trabajo recalcar algunas fluc-tuaciones temáticas en la obra política de Spinoza.

Summary: We defend in this paper that thereare two kinds of rebellion in Spinoza: (a) one kindbased on selfishness, (b) another one which pro-ceedsaccording to reason and is motivated by justcauses.Only the second type of rebellion could bejustiffied. Nevertheless, rebellion is not a civilrightaccording to Spinoza but a natural one.

Resumen: Este ensayo muestra que en Spinozase pueden distinguir dos tipos de rebeldes: (a)aquelque actúa por egoísmo; (b) y el que procedeguiadopor los consejos de la razón y tiene causasjustas. La rebelión sólo es posible a partir del se-gundo tipo. No obstante, la sublevación no es underechocivil sino un derecho natural.

1. Introducción

Los temas de la desobediencia y la rebelión sonde gran actualidad, ya sea por las acciones prácti-cas de sublevación contra la injusticia, cuando losgobiernos son altamente violentos y sistemática-mente violadores de los derechos humanos o porlas justificaciones teóricas a la revolución. Tam-bién,por los actos de desobediencia a las órdenesy leyes injustas que atentan contra la superviven-cia de grupos humanos o de la humanidad. Desdeun punto de vista de los derechos humanos el de-batees importante para determinar si son o no de-rechos básicos; jugando un papel relevante lacuestiónde la fundamentación.

EnSpinozalos dos conceptos citados son analiza-doscon detenimiento, a pesar de esto, los términospresentanambigüedades que dificultan su compren-sión,aspectoque se intenta esclarecer en este estudio.

2. Del estado de naturaleza al estado civil

Spinoza considera que el ser humano es partede la naturaleza; éste es una manifestación deDios en los atributos de extensión y pensamiento.Es un individuo dentro del sistema modal, por elloes semejante a los demás individuos, en cuantoque se esfuerzan en lo que es posible en perseve-rar en su ser.

El punto de partida de Spinoza es considerar alhombre en su estado de naturaleza, el cual consis-te en una situación en la que por el supremo po-der de la naturaleza cada cual juzga lo que es bue-no o malo, en función de su utilidad. En este esta-do no existe lo bueno y lo malo. En consecuencia,

Rev. Filosofía Univ. Costa Rica, XXXV (85), 15-23, 1997

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tampoco se puede hablar de pecado, ni de méritoni alabanza, así como de justo e injusto. Lo ante-rior es así porque dichos conceptos son extrínse-cos. En este sentido se puede decir que en el Esta-do de Naturaleza no se dan valores absolutos, todoes relativo. Por ende, tampoco se halla la obliga-ción, no hay mandato moral, ético o jurídico alcual obedecer.'

En el Estado de Naturaleza las pasiones y la ra-zón coexisten en el hombre. Pero las pasiones su-peran a la razón, por esto afirma Spinoza, los sereshumanos están dominados por los afectos, tal ycomo se desarrolla en su doctrina de los afectos; elbásico es el deseo, el cual mueve a la acción. Es-tos afectos son una propiedad intrínseca al hom-bre, le pertenecen y tienen sus causas). Por esto, elser humano se inclina más por el odio, el engaño yla violencia.

En Spinoza se iguala el derecho o instituciónnatural (el cual es propio del estado de naturaleza)a la potencia o la fuerza, i.e. el conatus'. El cualconsiste en " .. .las reglas de la naturaleza de cadaindividuo, según las cuales concebimos a cadauno determinado naturalmente a existir y obrar decierto modo" s.

Considerada la naturaleza en forma absoluta,ésta " ...tiene un derecho soberano sobre todo 10que está en su poder, es decir, que el derecho de lanaturaleza se extiende hasta donde alcanza su po-der. Ahora bien, el poder de la naturaleza es el po-der mismo de Dios, que posee un derecho sobera-no sobre todo'", Así, los individuos participan dela divinidad. El derecho natural es una manifesta-ción de la divinidad.

La potencia, como se apuntó, es equivalente alpoder, en relación al hombre, es equivalente a lavirtud, es la esencia misma o naturaleza del hom-bre. A este derecho natural en el Tratado político10 denomina derecho humano natural'. El hombreal actuar por virtud, 10 hace por la guía de la ra-zón, esto significa entender. El sumo bien es co-nocer a Dios, este bien es común a todos loshombres, y todos 10 pueden poseerlo igualmente.

Según el criterio de utilidad en la naturaleza"...no se da nada más útil al hombre que el hombreque vive bajo la guía de la razón, es decir 10 másútil es aquello que concuerda con su naturaleza, elhombre" 8. Se está más provisto de virtud o poten-cia para actuar por las leyes de la naturaleza, encuanto más busca cada hombre su utilidad y se es-fuerza por conservarse en su ser. En este sentidoen cuanto más concuerdan los hombres es porque

más viven bajo la guía de la razón. Según lo ante-rior en el hombre existe una disposición natural devivir en sociedad, por 10 que concuerda con los es-colásticos en que el hombre es un animal social.

El derecho natural soberanamente lo tiene cadaindividuo, es decir el derecho de cada uno en pre-servar en su ser, lo que es lo mismo el derecho a laexistencia. Por lo que, no hay diferencia entrehombres y los otros seres, por ejemplo los anima-les. Pero para Spinoza, la potencia del hombre esmayor que la de los animales, por eso los hombrestienen más poder o potencia sobre estos. Incluso,entre los hombres existen diferencias, a pesar deque todos tienen igualdad de derechos. Como elderecho se mide por la fuerza, el derecho de cadauno es equivalente a su fuerza, por esto se engen-dran los conflictos.

El problema que plantea Spinoza, " ...es que raravez el hombre vive bajo la guía de la razón, sinoque su disposición es de tal índole que resultan en-vidiosos y se perturban mutuamente" 9 y viven unavida solitaria. En con ecuencia el derecho naturalno está sujeto al mandato de la razón. Si todos vi-vieran bajo la guía de la razón cada uno estaría enposesión de este derecho sin daño alguno de otro.Pero los afectos superan a la potencia; a menudoson atraídos en diversas direcciones y contrariosentre sí, mientras que es menester el mutuo auxilio.Para que los hombres puedan vivir en concordia yapoyarse por el mutuo auxilio es necesario que re-nuncien a su derecho natural (en este tema existeuna una gran ambigüedad en Spinoza como se ana-lizará posteriormente) y se den la seguridad de queno harán nada en perjuicio de otro.

En definitiva en el estado de naturaleza cadaindividuo es autónomo, porque no se somete aotros, no depende de ellos jurídicamente, se guíabajo su propio criterio, y sigue su propia utilidad,por esto las promesas se rompen con mucha facili-dad. Esta autonomía es momentánea, es decir, semantiene mientras pueda evitar ser oprimido porotro. Prácticamente, el derecho humano natural,no existe; es una abstracción, un hecho ahistóricoque surge del estudio de la experiencia, en pala-bras de Spinoza " ...consiste en una opinión, másque una realidad" 10. Es algo que antecede a la his-toria y que define la naturaleza humana.

El derecho humano natural individual no espropiamente un derecho, en la medida en que sedetermina por su poder, y como es de uno solo,frente a otros múltiples hombres, la garantía deéxito (en términos spinocianos) o el disfrute del

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mismo (vocablo moderno) es nulo. En este sentidoel derecho natural no prohíbe nada, salvo lo queno es deseable o factible. Así la vida regida por elderecho natural no es de completa paz o seguri-dad, sino de miseria, es incierto y violento.

El goce de estos derechos sólo es posible cuan-do los hombres viven en sociedad; por lo tanto,existen derechos comunes, i.e., cuando se recono-cen los derechos de los otros. Y, es así porque encuanto más personas se unen (más poderes indivi-duales se unen), más derecho (o poder) tienen to-dos juntos. Sólo en este momento el individuopuede reclamar sus derechos, por ejemplo: las tie-rras para habitarlas y cultivarlas, asegurar y orga-nizar la seguridad y la convivencia común.

En este punto se llega a la formación de la so-ciedad, la cual debe cumplir algunas condicionespara su constitución, tal como se afirma en la Eti-ea. La sociedad establece por común acuerdo quees el bien y el mal; además, tiene la potestad deprescribir una regla común de vida, de hacer leyesy de mantenerlas, no con la razón, que es incapazde limitar los afectos, sino con amenazas ".

La sociedad no es una creación arbitraria, seorganiza en un Estado y tiene un fin útil, y se fun-da en hechos y necesidades naturales. Estas nece-sidades son inherentes a la naturaleza del hombre.La sociedad civil es un resultado inevitable del es-tado de naturaleza. La sociedad civil es una formamás perfecta de convivencia, un arbitrio propiciopara el desarrollo de las potencialidades humanas,en la sociedad civil el derecho de cada uno seráreemplazado por un derecho natural de contenidomás amplio, constituido por el total de las poten-cias de los individuos que integran la sociedad 12.

En la Ética. como ya se sabe, no se explica conclaridad como se da el paso del estado de naturale-za al civil, dicha aclaración se haya TTP y el TP,pero con una diferencia importante entre estos úl-timos. En la primera de las obras la sociedad sefunda por el acuerdo de todos los hombres (unospor convencimiento y otros a la fuerza), y con unatransferencia absoluta del derecho natural a la so-ciedad. Sin embargo, en esa misma obra, se reco-noce que tal transferencia no es absoluta, y cons-tantemente fluctúa entre estas dos ideas. En el TP,al parecer, ya no se trata de un acuerdo de todos,sino de una mayoría; es entonces que se puedecomprender por qué unos hombres hacen el pactopor la propia voluntad (ya sea por el miedo a ma-les mayores, con la esperanza de un bien mayor,entre otros), y otros pactan por la fuerza.

3. Motivos de la posibilidad dela desobediencia y la rebelión

Las razones por las que se podría llegar a unaposible desobediencia y en, el caso más extremo,a la rebelión son muy variadas, entre ellas se pue-den citar: a) la defensa de la libertad (de pensa-miento, de expresión, de juzgar, de enseñanza, elculto privado), b) el irrespeto a los fines del Esta-do, e) al derecho natural no se renuncia en formaabsoluta, d) el Estado puede dictar órdenes con-trarias a la razón; e) la obediencia, idealmente,debe ser una convicción, f) el irrespeto al derechoa la vida y, g) por los límites que se establecen alpoder estatal. En general, todos estos motivos tie-nen que ver con una actitud pasiva del Estado, deabstenerse de hacer, desde una definición negativade los derechos humanos, particularmente de losciviles y los políticos.

Por otra parte, se tiene la razonada impresión, deque la desobediencia y la rebelión son más factiblesque se den o se justifiquen en un tipo de Estadomás que en otro; por ejemplo, en las monarquíasabsolutas, o aquellos que son guiadas por una solapersona; y en cuanto no persigan la salvación delpueblo, el cual debe ser el imperante 11. Es menosposible que la rebelión se dé en la democracia, por-que de alguna forma todos gobiernan para todos.Así, una república es más libre en cuanto sus leyesestán fundadas en los consejos de la razón.

Al parecer, los derechos humanos naturales quese ceden o se transfieren absolutamente al Estado,son aquellos que se relacionan con la libertad deacción (los cuales no se definen); empero Spinozaplantea que tampoco a éstos se renuncia absoluta-mente 14. En cambio, los derechos que se ligan a lalibertad de pensamiento, expresión, juzgar y ense-ñanza son irrenunciables, intransferibles, no se ce-den, ni se puede obligar a renunciar a ellos 15.

Parte de la argumentación consiste en que unacondición para la formación del Estado es " ...quela potestad de disponer todas las cosas pertenezcaa todos, a algunos o a uno". Pero, como el juiciode los hombres es muy variado y cada uno piensadiferente y cree saber todo sobre algo, por lo tan-to, no puede conseguirse que todos piensen de unasola manera o hablen por una "sola boca"; no po-drían vivir juntos y pacíficamente si no cediesensu derecho de obrar, de acuerdo con sus pensa-mientes", En conclusión, todos pueden pensar deforma diferente y juzgar, pero no pueden actuarconforme piensan.

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Un Estado es violentísimo cuando " ...niegue acada uno la libertad de decir y de enseñar lo quese piensa, y será, por el contrario, un gobiernotemplado aquel en que se concede esta libertad acada uno" 17.

Al Estado violento, por la razón anotada arriba,lo considera como injurioso (injusto) contra lossúbditos. Esta aseveración es contraria a la expre-sada en el párrafo 41 del cap. 16, del TIP, en laque sólo los hombres pueden cometer injuria con-tra el Estado o contra los otros hombres 18. Estasentencia es más fuerte, ya que si se supone que lalibertad se puede suprimir, y

...sujetar de tal manera a los hombres que no se atrevanéstos ni a murmurar una palabra, sino por mandato delos poderes supremos; aun hecho esto no podrá conse-guirse nunca que piense sino aquello que quiera. De es-to se deduce necesariamente que los hombres pensaránde una manera y hablarán de otra, y por consiguienteque la fe, tan necesaria en el estado, se irá corrompien-do y alcanzando favor la adulación abominable y la per-fidia, de donde se seguirán los engaños y la corrupciónde todas las buenas costumbres" ,.

Concluye Spinoza que es muy difícil que loshombres hablen de manera prefijada; al contrario,entre más se trata de limitar la libertad de palabra,

" ...tanto más éstos se obstinan y resisten; no aquellosavaros, aduladores y demás impotentes de ánimo, cuyasuprema felicidad consiste en contemplar las monedasen sus arcas y tener llenos sus estómagos, sino aquellosa quienes hace superiores una buena educación y la vir-tud y la inteligencia de las costumbres" 20.

Se interpreta que los seres humanos que se em-peñan en mantener la libertad de expresión son dealguna forma los sabios, no el común de la pobla-ción ni los aduladores, los avaros o los impotentesde ánimo.

Otra razón que llevaría a la rebelión es la in-fracción al derecho a la vida, en cuanto que "...Iospoderes soberanos pueden reinar violentamente, ypor causas pequeñas conducir a los ciudadanos ala muerte" 21. El poder soberano tampoco puededesterrarlos, obligarlos a testificar contra sí mismo(un principio de debido proceso), torturarse, entreotros 22. A criterio de Spinoza dichas acciones nodeben hacerse pues no siguen los consejos de larazón. Realizar esto puede traer grandes peligrosal imperio. Se puede concluir, que los gobernantes

no tienen poder absoluto para efectuar esas cosas,a pesar de que en otros textos se encuentran aseve-raciones que indican que el Estado tiene el poderabsoluto para ejecutar lo que le plazca. La razónes que " ...el derecho de los poderes supremos pue-de determinarse por su poder" 23.

Agrega que cada uno "...puede fácilmente caeren este peligro de someterse absolutamente al po-der arbitrario de otro" 24. En vista que los poderessoberanos tienen el derecho de mandar a su anto-jo, en cuanto tienen la pote tad soberana. Sin em-bargo, los gobiernos arbitrarios, o altos podereabsurdos o muy violentos se dan rara vez, y si seaparecen duran poco tiempo .

Hasta el momento se han estudiado algunomotivos que impulsan a la desobediencia y la re-belión. Sin embargo, en esta misma orientación eimportante -antes de pasar a analizar cuáles sonlos fines del Estado, en cuanto limitación del po-der estatal- aclarar la existencia de dos tipos de re-beldía y en qué consiste la desobediencia.

4. El rebelde: dos enfoques

Spinoza distingue dos tipos de rebelde 2~: unosedicioso, el cual se interpreta como aquel que seguía por su propio interés más no por el del biencomún. Este sedicioso no sigue los consejos de larazón. El otro, es el sabio, quien no soporta la re-presión violenta contra la libertad de expresión,represión que puede conducir a la muerte; por lotanto, tiene causas justas para rebelarse. El prime-ro es completamente condenado, pero el segundo,al perecer, es visto en forma más positiva.

La rebeldía sediciosa se da cuando las ideas ola libertad de expresarlas se utilizan para: a) acu-sar al magistrado de iniquidad; b) promover losodios del vulgo hacia el magistrado; y e) cuandoel rebelde intenta sediciosamente derogar por símismo la ley, en vez del magistrado. Este tipo depersona Spinoza dice que es seguramente un per-turbador y un rebelde 26.

El sedicioso es quien arguye o repugna al pactocuando se piensa que: a) el poder soberano no se"apoya en derecho bastante"; b) "nadie está obli-gado a lo prometido" (buena fe); y e) "conviene acada uno vivir de esa manera" 27.

Las ideas sediciosas son aquellas que al expo-nerse destruyen el pacto, no mediando causa justa,sino que se dan por el engaño, el odio y la cólera".

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Son aquellos hombres, según se deduce, que ac-túan por superstición o ambición; i.e., por egoís-mo. Un ejemplo se ofrece en el TP: se señala a losmilitares como posibles usurpadores del poder,por tal motivo tienen que estar sometidos a ungran control por parte de los ciudadanos y las es-tructuras del Estado.

Las ideas no sediciosas son aquellas que noconducen a la ruptura del pacto, a la venganza, laira y no envuelven acto alguno. Pero este tipo deideas llegan a ser sediciosas cuando " ...en un esta-do corrompido, en que hombres supersticiosos yambiciosos que intentan engañar a los incautoslleguen a adquirir tanto prestigio que su autoridadvalga más para la plebe que la misma del sobera-no" 2'). También, hay opiniones que parecen refe-rirse sólo a lo verdadero y lo falso pero que sonpropagadas y divulgadas con intención inicua.

Por esto la libertad de expresión tiene límites,es decir no se puede conceder absolutamente 30.

El derecho de la libertad sólo puede mantenersesi no se toma la licencia para introducir algunanovedad a la república o para ejecutar algo con-tra las leyes recibidas.

El segundo tipo de rebeldía se relaciona máscon aquellas personas que actúan siguiendo losconsejos de la razón; por cuanto, obedecen a sunaturaleza:

"...de tal modo se hallan constituidos los hombres, quenadasoportancon mayor impaciencia que el ver tenidascomocrímenesaquellas opiniones que creen verdaderas,y muchomásque se juzgue aquello que los mueve a pie-dadconDiosy con los hombres; de donde nace que seanaborrecidaslas leyes y que se atreva contra los magistra-dos,juzgandolos hombres, no cosa criminal, sino honra-dísima,promover sediciones e intentar algunos hechosviolentosporesta causa de conciencia" ",

Considérese que no toda acción de concienciagenera la rebelión. Sólo aquellas que se basan enideas adecuadas que: (a) siguen los consejos de larazón, (b) responden a la utilidad colectiva, (e) re-chazan el asesinato de las personas por sus opinio-nes, y además, (d) son reprimidas o juzgadas co-mo criminales, cuando no lo son.

Spinoza no pretende ni hace un llamado a la re-belión. Recomienda otra forma de lograr el cam-bio de las leyes "injustas"; esta pretende incidir enlas decisiones del poder supremo, convencer aquienes gobiernan, esto es mediante el debate )2.

Cada uno entonces puede criticar a los poderes so-beranos sin herir su poder y autoridad, es decir,

manteniendo la paz del Estado. A los soberanosles corresponde arreglar por decreto las cosas querequieran ser ajustadas 33.

Lo expuesto en los párrafos anteriores implica:cada uno esta "obligado a obrar", incluso podríadecirse, en contra de su conciencia, lo cual puedehacerse sin ultrajar la piedad o la justicia, y el pro-pósito es para aparecer como ciudadano justo ypiadoso. Esto supone, a criterio del autor del ensa-yo, que no actuar conforme a la propia conciencia,supone que no todas las leyes absurdas son contra-rias a la razón, en cuanto no son complementeabominables; es más, Spinoza las considera sopor-tables o tolerables. Además, presupone, que el Es-tado no sea violentísimo y que no suprima la liber-tad de expresión y de juzgar para que se puede darel debate. En este sentido declara que la disposi-ción de la naturaleza humana es tal, que aquellasleyes que reprimen las opiniones de los hombreslibres e irritan a los "hombres buenos", mas noson orientadas a corregir a los "hombres malos",no pueden ser defendidas sin graves prejuicios pa-ra el Estado.

Por supuesto, Spinoza no proporciona ningúnmecanismo jurídico, mediante el cual se puedaejercitar esta discusión de las ideas, efectuar la crí-tica o reclamar; en otros términos, no queda clari-ficado como se tutelan los derechos de los ciuda-danos; aunque, del párrafo 30 del Capítulo 20 delTTP, se desprende la idea de que el gobernantepodría crear leyes que tutelen esos derechos.

5. El desobediente

Cabe comparar al rebelde que no conduce alodio, la violencia y la ruptura del pacto con el deso-bediente. Empero, muchas leyes mandan lo que sedebe creer, decir o escribir. Estas leyes instituciona-lizan, protegen o ceden a la cólera de " ...aquellosque quieren consentir los pensamientos libres yque por cierta autoridad suya maldita, pueden fá-cilmente cambiar en rabia la devoción de la plebey dirigirla a las cosas que se proponen" "'.

En este sentido asevera que las leyes de tal ín-dole no deben ser violadas. Esto se entiende encuanto que emanan de las suprema potestad, y enprincipio se deben respetar y obedecer, pues sondel común acuerdo. Empero, pueden ser violadaspor " ...aquellos que aman las virtudes y las artes yque reducen al estado a la situación angustiosa deno poder consentir hombres libres en su seno" 35.

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Se interpreta que los desobedientes no se reve-lan violentamente, sino que se someten a la repre-sión de los poderes supremos. Además, son perso-nas honradas que no temen a la muerte, como sí elcriminal.

Para concluir esta parte, manifiesta Spinozaque el mal mayor es desterrar a personas que pien-san diferente, lo más pernicioso es conducir a lamuerte a personas que no han cometido ningúncrimen ni delito, tan solo por sostener un pensa-miento libre.

Resta añadir otra razón por la cual se puede de-sobedecer, la cual radica en una distinción, quefue formulada por Kant, pero que se encuentra enSpinoza, entre derecho y moral, entre la obliga-ción interna y la obligación externa. La obedienciano puede ser forzada, la obediencia debe darse porfe (la obediencia es interna), para que sea así, elpoder soberano debe conservar la autoridad debuen modo, para no verse obligado a ceder antelos sediciosos; por lo tanto, debe conceder la liber-tad del pensamiento por necesidad. En donde a pe-sar de la diferencia de pensamientos y opinionesse pueda gobernar con armonía, esta es la mejorforma de gobierno pues es la más conveniente conla naturaleza humana.

6. Los fines del Estado: limitacióndel poder arbitrario

El propósito del Estado es una de las limitantesde sus acciones; este no consiste en:

"...dominar a los hombres ni acallarlo por el miedo osujetarlos al derecho de otro, sino por el contrario, liber-tar del miedo a cada uno para que, en tanto que sea po-sible, viva con seguridad, esto es, para que conserve elderecho natural que tiene a la existencia, sin daño pro-pio ni ajeno" ".

El objetivo del estado es convertir a los hom-bres en seres racionales, no en bestias o en autó-matas, que desenvuelvan en todas sus funciones, yque no rivalicen por el odio, la cólera o el engaño,ni hagan la guerra por causas injustas (al parecerexisten guerras que son justas). En resumen, el findel Estado es la libertad. La libertad no es sola-mente el disfrute de los derechos humanos, tam-bién es la liberación de las pasiones.

Por otra parte, el criterio o la condición paramantener el pacto es la utilidad, e igual se puede

considerar que anula el pacto de la multitud o de lamayoría. El pacto no se mantiene por la fe del otro,sino sólo cuando se le convence que de la rupturadel mismo se siguen más daños que ventajas parael que lo rompa, bajo el supuesto de que el Estadosigue los consejos de la razón, y es fiel a sus fines.Es posible, entonces, que quien tenga el poder so-berano pierda la potestad de mandar, " ...si pierdenésta pierden al mismo tiempo el derecho de impe-rar en todas las cosas, y cae en aquel o en aquellosque lo han adquirido y pueden guardarlo" ~7.

7. La rebelión por derecho natural

El Estado (o la sociedad) es autónoma, no exis-te nada por encima de él que lo juzgue o lo casti-gue, a no ser que sea otro Estado, pero aquí no seva a analizar con detalle el tema de las relacionesinternacionales, sino que interesa estudiar la causainterna por la que el pacto se rompe. Este motivoconsiste en que el Estado al no seguir los consejosde la razón y al no gobernar según sus fines, elmismo provoca su destrucción. En este sentido in-dica que:

"...Ios verdaderos cismáticos son los que condenan- losescritos de los demás e instigan al presuntuoso contralos escritores (...) que aquellos son realmente pertur-badores que en un estado libre pretenden destruir lalibertad de pensamiento, que jamás puede ser dismi-nuida" ",

Para mantenerse autónomo el Estado tiene quemantener los motivos del miedo y del respeto; poresto el gobernante tiene que mantener una conduc-ta honorable, no violar y despreciar las leyes porél dictadas, asesinar a los súbditos, violar a las vír-genes, así como otros cosas análogas que "...trans-formen el miedo en indignación y, por tanto, el es-tado político en estado de hostilidad" 39.

La suprema potestad no tiene un poder absolu-to, como ya se advirtió; por lo tanto, no es arbitra-rio. La suprema potestad, está sujeta a las leyes yen consecuencia puede pecar, este pecar es por ac-ción o por omisión, pues la sociedad es autónomaen cuanto obra por mandato de la razón 40.

Ratifica, con mucha precisión la tesis que se haestado exponiendo, que los contratos o las leyescuando no siguen la guía de la razón deben ser vio-ladas, pero esta no es un labor -según Spinoza- delos individuos, sino de quien detenta a la suprema

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potestad. Se llega a algo muy importante, legal yjurídicamente -según se define por el derecho ci-vil, es decir el derecho positivo, al que Spinozaconsidera como el verdadero derecho- no se puedecastigar a la suprema potestad o la sociedad 41.

Las leyes a las que se somete la sociedad son alas leyes del derecho natural, es decir por

"...el derecho de guerra; y la sociedad no está sujeta aella, sino por lo mismo que lo está el hombre en el esta-do natural, el cual para poder ser autónomo o para noser su propio enemigo, tiene que guardar o no darsemuerte asimismo. Y, evidente esta cautela no es obe-dienciasino libertad de la naturaleza humana" ".

Si las leyes son tan crueles y tan violentas, detal manera que el Estado es infiel asimismo son,consecuentemente, leyes que se deben violar. Enesta situación es cuando la rebelión tiene cabida.La rebelión, por lo tanto, es una consecuencia au-tomática, al darse un debilitamiento del Estado, siéste no sigue los consejos de la razón, sus leyes, ysus fines, tiende a la desaparición, a la disolucióndel contrato. Aquí se interpreta que la rebelión es-ta en el orden del derecho natural, no es un verda-dero derecho, pues no es derecho civil, es irracio-nal por que recurre a la violencia, pero es el últi-mo recurso para la defensa del bien común.

La versión de Antonio Hermosa Andújar sobreeste tema es análogo al expuesto en cuanto que larebelión de las masas, no tiene un asidero jurídico,.....constituye su último recurso frente a un sobera-no cuyo comportamiento se guía por la sinrazón.Suorigen por tanto no proviene de una fuente autó-noma, de algún derecho legalmente reconocido" 41.

o se repetirán los argumentos en torno a la ideacitada,pero si se quiere resaltar que en definitiva setratade una acción extrajurídica, este es un caso enque un derecho natural que no es reconocido comounderecho fundamental; i.e., no es positivizado.

Para Hermoso si bien la rebelión es una accióncolectiva

"...no por ello procede de una decisión consciente: sucausaprimeraes el miedo y su causa última y definitivalaconductairracional y ajena que la provoca. Su estalli-dopuedeproducirse en cualquier momento, ciertamen-te,todavez que el soberano se comporte como un tira-no:pero será siempre un acto apasionado de la masa.Nuncaun acto de libertad" 44.

Esta última apreciación presenta algunas dudas-las cuales sólo se dejan planteadas- en tanto que

Hermosa considera que todos los hombres que serebelan lo hacen por razones pasionales; sin em-bargo, como bien se apuntó en Spinoza cabe laposibilidad de que algunos rebeldes (los sabios) sesubleven porque siguen la guía de la razón y cono-cen cuando un Estado no cumple con sus fines.Además, no es un rebelde sedicioso que actúa porpuro egoísmo sino por una actitud altruista. Porúltimo, si bien el origen de la rebelión radica en lasinrazón del Estado, las causas de la rebelión pue-den ser calificadas de justas.

8. Conclusiones

La obra política de Spinoza muestra constantesfluctuaciones. Las cuales se prestan a diversas in-terpretaciones así como a confusiones. La primerareside en si los derechos humanos naturales setransfieren, ceden o se renuncian absolutamente ono. Se puede concluir que los derechos se cedenpero no absolutamente. De hecho no se ceden ca-tegóricamente a la libertad de conciencia, de pen-samiento, de expresión, de enseñanza y de juzgar.Los de acción o de actuar conforme a como sepiensa son a los que consideran que se ceden ab-solutamente, pero aún aSÍ, como es posible que elEstado falle, ni siguiera estos se ceden en formacontundente.

La segunda se da con relación a la defensa delos individuos frente al poder absoluto del Estado,por ende entre la seguridad del individuo y la se-guridad del Estado. Procura Spinoza buscar unpunto intermedio entre estos aspectos, la únicaforma es que tanto el Estado como los individuoscoincidan en la búsqueda del bien común y un re-quisito indispensable es no reprimir las libertades.

Otro aspecto interesante es la fluctuación entrela obediencia y la desobediencia. AqUÍ se distin-guen dos tipos de obediencia: una interna y otraexterna, la primera es moral la segunda es coerci-tiva. Idealmente, la obediencia debiera ser interna,pero como esto no es así se recurre a la externa afin de asegurar el bien común. La desobedienciano es bien vista por Spinoza especialmente cuandoquien la ejecuta actúa erróneamente.

Se determinó una diferencia en la forma deconcebir la realización del pacto social, en el TIPse considera que el pacto se da la decisión de latotalidad de los sujetos, en el TP por una decisiónde la mayoría, y aquellos que no lo hacen por pro-pia voluntad son obligados.

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22 ÁL VARO CARVAJAL

También, se detectó la presencia de dos tiposde rebeldes: el sedicioso y el sabio. El primero esinaceptable para Spinoza, el segundo es más tole-rable.

En Spinoza la desobediencia, de alguna forma,conduce a la rebelión, sea esta sediciosa o no. Larebelión es la máxima desobediencia. Por eso, tie-ne que asegurarse de fundamentar la obediencia,ante todo, si se considera que uno de los más rele-vantes puntos de su teoría política es preservar laseguridad del Estado. La rebelión sólo se producepor acciones y circunstancias especiales de abusodel poder por parte del Estado. Interprétese, que ladesobediencia y la rebelión son el caso más extre-mos de la defensa de los derechos humanos natu-rales en Spinoza.

La rebelión no se da de forma racional sino demanera irracional, puesto que se recurre a la vio-lencia, que en última instancia es movida por laspasiones. La rebelión no se fundamenta en el dere-cho civil, sino en el derecho natural o 10 que Spi-noza llama el derecho de guerra. Así consideradala rebelión no es un verdadero derecho, en cuantoderecho positivo, hay muchos motivos que justifi-can que los ciudadanos puedan llegar a desobede-cer las leyes o rebelarse. Si esto llega a suceder lasociedad misma desaparecería, por cuanto se des-vanece el pacto.

La desobediencia y la rebelión no son algo de-seado ni promovido por Spinoza. Son, como todosu realismo político, la confirmación de un hecho,y como tal, tiene que ser tratado. No obstante, sepuede decir que ambos temas están presentes ensu obra como una forma de previsión, de amenazapara los gobernantes, tal y como, 10 da en entenderen el TP.

Notas

1. Se designan las obras de Spinoza con las siguien-tes abreviaturas: E (Etica), TrP (Tratado teológico polí-tico) y TP (Tratado político). Para escolio (Esc.), corola-rio (CoL), capítulo (Cap.), proposición (Pro.), definición(Def.) La versión castellana del TP, tiene dos numeracio-nes: una crítica y otra por simple numeración de párrafos.Aquí se sigue la segunda.

2. En este sentido Spinoza no es completamente na-turalista en derechos humanos, puesto que no existe unorden jurídico que determine el derecho positivo. La ma-yoría de los autores indican la existencia de un compro-miso moral, por el cual los individuos se comprometen asometer las pasiones a la guía de la razón.

3. TP, Cap. 1, 1, p. 77. En este punto se sigue la in-terpretación de Domínguez, nota 5. Estas propiedades sepuede decir no son morales, simplemente constituyen lanaturaleza del ser humano.

4. E, I1I,Pro. VI, VII, VIII.5. TrP, Cap. 16,2, p. 275. También en TP, Cap. 2,

276.6. TrP, Cap. 16,3; TP, Cap. 2, p. 276.7. TP, Cap. 2, 15, p. 92.8. E, IV, Pro. XXXV, Col. 1, p. 280; Pro. XXXV.9. TP, Cap. 2,15, p.92.10.E, IV, Pro. XXXV, Esc., p. 26111.E, IV, Pro. XXXVII, Esc. 2.12. Venegas, Villegas, Egennery, "El derecho en el

pensamiento de Baruch Spinoza", en la Revista de Fi-losofía de la Universidad de Costa Rica, VolumenXVI, número 42, Diciembre, páginas 319-329, San Jo-sé,1977.

13.TrP,Cap. 16,34,p. 282.14.TrP, 17,4,p. 292.15.TrP, 20, 2, 3, p. 344-345.16.TrP,Cap.20,13.p.347.17.TrP, Cap. 20,9, p. 346. Antonio Hermoso afirma

esta misma posición (en La teoría del Estado de Spinoza,primera edición, Servicio de Publicaciones de la Univer-sidad de Sevilla, Sevilla, 1989,p. 39). Spinoza se aleja dela doctrina naturalista en cuanto que los derechos huma-nos no se conceden sino que se reconocen.

18.TrP,Cap. 20,3,p.344,345.19.TrP,Cap. 20,27,p. 350.20. TrP,C ap. 20, 28,p. 350.21. TrP, Cap. 20, 7, p. 345-346.22. TP, Cap. 3, 8, p. 105.23. Dujovne indica que el límite del Estado no

puede estar simplemente en el pacto "...pues la vi-gencia de éste depende del beneplácito del más fuer-te, es decir, el estado. Spinoza busca la razón del lí-mite del poder del estado en la noción misma de de-recho: el derecho es poder y no puede entenderse másallá del poder" (Dujovne, León; Spinoza, tomo I1I,Universidad de Buenos Aires, Buenos Aires, 1943, p.271). Domínguez interpreta que "...Ios límites del or-den estatal vienen del sujeto o potestad suprema y delobjeto a realizar por los súbditos" (op. cit. Nota 61,p. 104).

24. TrP, Cap. 16, 28, p. 281.25. Atilano Domínguez, considera que en el TP el

cisma o la sedición, es una justa amenaza contra el malgobernante. No se comparte su apreciación que conside-ra que en el TrP se rechaza todo cisma o sedición. (In-troducción y notas, en Spinoza, Tratado político, Alian-za Editorial, Nota 65, p. 106.)

26. TrP,Cap.20, 15,p. 347.27. TrP,Cap.20,21,p. 349.28. TrP, Cap 20, 14,20, p. 347-349.29. TrP,Cap. 20,21,p. 349.30. TrP,Cap.20, ¡O,p. 346.

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DERECHOS HUMANOS EN SPINOZA

31. TrP, Cap. 20, 29, p. 350-351.32. TrP,Cap. 20, 15,p. 347.33. Para Dujovne " ...Ias pasiones se dirigen a la utili-

dad del ser individua!, sin que este la conozca verdadera-mente, pues sólo la razón es capaz de conocer esta utili-dad. El Estado es un servidor de la utilidad de los indivi-duos que en su mayoría no la conocen. El sabio acepta elestado existente aunque vea sus deficiencias porque estápersuadido de que, con recursos diversos condena a losinsensatos a la misma utilidad que la razón reconoce porsí sola", op. cit. p. 279.

34. TI'P, Cap. 20, 33, p. 353.35.TI'P,Cap. 20,34,p. 253.36. TI'P, Cap. 20, 11, p. 346.37.TI'P, Cap. 16,28, p. 281.38. TP, Cap. 4, 5, p. 115.39. TP, Cap. 4, 4, p. 114.

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40. TP, Cap. 4, 6, p. 116. La última parte de esta citaresulta muy relevante ya que Spinoza afirma que los in-dividuos en forma aislada no pueden compeler a! Esta-do, este es autónomo. Además, pone en evidencia queindividualmente no se reclaman los derechos; por lotanto, obligar al Estado a su cumplimiento. La garantíade los derechos humanos se establece por la buena fedel Estado, en cuanto este conoce la verdadera utilidad,y persigue el bien común. Al Estado sólo se le obliga de

.manera colectiva, i.e., en la medida en que existe unaacumulación de fuerzas en su contra. En este sentido larebelión no es una acción individual sino colectiva, diri-gida por los sabios.

41. TP, Cap. 4, 5, p. 115.42. Loc. cit.43. Hermosa. op. cit., p. 69.44. Loc. cit.

Álvaro Carvajal VillaplanaEscuela de Estudios Generales y Escuela de Filosofía

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