Derechos Previsionales

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BENEFICIOS PREVISIONALES Y DE SEGURIDAD SOCIAL DIRIGIDOS A MUJERES INSTITUTO PREVISIÓN SOCIAL ATACAMA

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derechos previsionales de la mujer en chile

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BENEFICIOS PREVISIONALES Y DE SEGURIDAD SOCIAL

DIRIGIDOS A MUJERES

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¿CONOCES LOS BENEFICIOS SOCIALES Y PREVISIONALES QUE EL ESTADO ENTREGA A

LA MUJER?

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Compromiso del Estado

Promoción de derechos de equidad de

género.

IGUALDAD DE OPORTUNIDADES ENTRE HOMBRES Y MUJERES

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¿QUÉ BENEFICIOS PREVISIONALES CONTRIBUYEN A ESTA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES ENTRE

HOMBRES Y MUJERES?

PILAR SOLIDARIOPensión básica solidaria (PBS vejez)Pensión básica Solidaria de Invalidez (PBS invalidez)Aporte Previsional Solidario (APS)BONOSBono por hijo o hija nacido vivoSISTEMA DE PRESTACIONES FAMILIARESAsignación FamiliarSubsidio único familiar (SUF)APORTE FAMILIAR PERMANENTE

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PILAR SOLIDARIO

Tiene como finalidad apoyar a las personas de menores ingresos (60% de la población vulnerable) en la vejez e invalidez, a través de beneficios económicos, que permiten mejorar el monto de las pensiones o dar una pensión en el caso de aquellas que no tienen derecho a este beneficio. 

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Es un beneficio monetario mensual, de cargo fiscal, al que pueden acceder todas aquellas personas mayores de 65 años de edad, que no tengan derecho a una pensión en un régimen previsional y que cumplen con los requisitos establecidos en la Ley N° 20.255.

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Valor PBSV $89,764.-

PENSIÓN BÁSICA SOLIDARIA VEJEZ (PBSV)

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REQUISITOS1) Tener 65 años o más (hombres y mujeres).2) Tener a lo menos 20 años de residencia en Chile –

continuos o discontinuos- contados desde los 20 años de edad del solicitante. Además, haber vivido en el país al menos 4 de los últimos 5 años anteriores a la solicitud.

3) Contar con Ficha de Protección Social (no importa el puntaje).

4) Pertenecer al 60% de las familias más pobres, de acuerdo al Instrumento Técnico de Focalización, el cual es determinado por el IPS una vez ingresada la solicitud.

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PENSIÓN BÁSICA SOLIDARIA VEJEZ (PBSV)

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PENSIÓN BÁSICA SOLIDARIA INVALIDEZ (PBSI)

Pensión que entrega el Estado a las personas que han sido calificadas como inválidas y están dentro del 60% de las familias con menos ingresos.

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Valor PBSI $89,764.-

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REQUISITOS1) No estar recibiendo ningún tipo de pensión.2) Ser calificado como inválido o calificada como inválida

por las Comisiones Médicas de Invalidez de la Superintendencia de Pensiones.

3) Tener más de 18 y menos de 65 años (hombres y mujeres).

4) Tener  residencia en el país por un período mínimo de 5 años en los últimos 6 años anteriores a la solicitud.

5) Contar con su Ficha de Protección Social. Si no la tiene, solicítela en su Municipalidad.

6) Pertenecer al 60% de las familias más pobres, lo que se determinará una vez ingresada su solicitud.

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PENSIÓN BÁSICA SOLIDARIA INVALIDEZ (PBSI)

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APORTE PREVISIONAL SOLIDARIO (APS)

Es un aporte monetario mensual, cuyo objetivo es mejorar las pensiones más bajas de personas de 65 o más años.

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REQUISITOS:

Ser titular de pensión DE A.F.P., IPS (ex INP), Beneficiario de sobrevivencia de la ley 16744.

MONTO DE PENSIÓN:

APS Vejez: A partir del 01.07.15 en adelante PMAS: $291,778

APS Invalidez : pensión base inferior a la PBSI.

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APORTE PREVISIONAL SOLIDARIO (APS)

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BONOS POR HIJO O HIJA

Beneficio de cargo fiscal incluido entre las medidas de género que contempló la Ley Nº 20255, tiene por objeto incrementar el monto de las pensiones de las mujeres, a través del otorgamiento de un bono por cada hijo nacido vivo o adoptado.

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BONOS POR HIJO E HIJA

Beneficiarias:

1. Madres afiliadas a una AFP y que no tengan afiliación a otro régimen previsional.

2. Madres que sean beneficiarias de una Pensión Básica Solidaria de Vejez

3. Madres que sin estar afiliadas a un régimen previsional reciban Pensión de Sobrevivencia con derecho al Aporte Previsional Solidario de Vejez.

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SISTEMA DE PRESTACIONES FAMILIARES

¿ Cuál es la diferencia entre la Asignación Familiar y el Subsidio Único Familiar?

Las asignaciones son para quienes perciben ingresos, cotizan en el sistema previsional y pueden proveer a sus familias. En cambio, los subsidios son entregados a personas o grupos familiares que no perciben ingresos y, por lo tanto, no cuentan con cotizaciones ni pueden sustentarse económicamente.INSTITUTO PREVISIÓN SOCIAL ATACAMA

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ASIGNACIÓN FAMILIAR

También conocida como “Familiar” , da derecho a recibir, por cada carga familiar acreditada, una suma de dinero que varía de acuerdo al sueldo de la beneficiaria, con un tope de $576,080 pero sí puede acceder a otras prestaciones y beneficios.

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ASIGNACIÓN FAMILIAR

El pago de la Asignación Familiar se realiza mensualmente a:

1. Pensionadas y trabajadoras dependientes afiliados a un sistema previsional (AFP y ex cajas de previsión IPS)

2. Los trabajadoras independientes reciben el dinero una vez al año.

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ASIGNACIÓN FAMILIAR

Mujeres Beneficiarias Como se Paga la Asignación Familiar

Trabajadoras Dependientes

Es pagado por el empleador /empleadoray está incluido en el sueldo

Trabajadoras Independientes

que emiten boletas de honorarios

En la devolución de impuestos del año siguiente al que las cargas fueron declaradas

Trabajadoras Independientes que cotizan por cuenta

propia

cuando efectúen sus cotizaciones o aportes

Pensionadas Paga la entidad que entrega la pensión (AFP o IPS)

Subsidiadas por Cesantía

Se paga junto al subsidio

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SUBSIDIO UNICO FAMILIAR

El Subsidio Único Familiar (también conocido SUF) corresponde a una suma de dinero mensual de $9.899 por carga acreditada.

Éste se entrega a personas de escasos recursos que no pueden acceder a la Asignación Familiar o Maternal porque no son trabajadores afiliados a un sistema previsional

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SUBSIDIO UNICO FAMILIAR

El Subsidio Familiar es incompatible con:

1) Los demás beneficios del Sistema Único de Prestaciones Familiares (asignaciones familiares).

2) El goce de la Pensión Básica Solidaria (PBS).

3) El subsidio de discapacidad mental

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APORTE FAMILIAR PERMANENTE

Es parte del Sistema de Protección Social para las familias de menores ingresos establecido por el Gobierno de la Presidenta Michelle Bachelet. Consiste en un pago en dinero, en marzo de cada año, para las personas o familias que cumplan con los requisitos legales.

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Para tener derecho al beneficio, usted debe pertenecer a uno de los siguientes grupos

Grupo A

•Beneficiarios de Asignación Familiar o Maternal al 31/12

•Beneficiarios de Subsidio Familiar (SUF) al 31/12

Grupo B

• Familias pertenecientes a Chile Solidario al 31/12

• Familias pertenecientes al Subsistema de Seguridades y Oportunidades (Ingreso Ético

Familiar) al 31/12         

                                             

APORTE FAMILIAR PERMANENTE

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DÓNDE SE SOLICITAN ESTOS BENEFICIOS?

SUCURSAL DEL IPS (EX-INP)

EN LAS MUNICIPALIDADES MAS CERCANA A SU DOMICILIO (DEPTO. SOCIAL)

AFP Y COMPAÑIAS DE SEGUROS.

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CONSIDERACIONES GENERALES

PARA TODOS ESTOS BENEFICIOS LOS SOLICITANTES DEBEN TENER APLICADA LA FICHA DE PROTECCION SOCIAL.

A EXCEPCIÓN DEL BONO POR HIJO O HIJA.

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MUCHAS GRACIAS