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    REJIE: Revista Jurdica de Investigacin e Innovacin EducativaNm.9, enero 2014, pp. 115 -120[En lnea] http://www.eumed.net/rev/rejie

    CALVO GONZLEZ, Jos, Direito curvo, trad. de Andr Karam Trindade, LuisRosenfield y Dino del Pino, Posfcio de Lenio Luiz Streck, Livraria do AdvogadoEditora, Porto Alegre, 2013, 78 pp. ISBN: 978-85-7348-889-0

    Daniel J. Garca LpezUniversidad de Almera

    1.- La madre de Jess Lizano deca que le gustaban las personas rectas. El hijo, encambio, alejado siempre de la autoridad, desea a las personas curvas. Porque las ideasson curvas, como los caminos o el movimiento. En el otro extremo, la recta es propia decuchillos y de leyes, de metralla y de muerte1. Y si curvramos lo recto? Arquearlo detal forma que la recta pase a ser una curva. Al fin y al cabo estamos hablando de lneas.

    Esta es la labor que el profesor Jos Calvo Gonzlez ha ensayado en su nuevo libropublicado en Brasil, fruto de dos conferencias pronunciadas a fines de 2012 y de una

    trayectoria de varias dcadas de investigacin. Pero para que sea posible pensar underecho curvo es necesario plantear una teora narrativista del derecho. Estos son losdos ejes que conforman la publicacin. El camino que ha de emprender el lectortranscurre entre el Arte, la Literatura y el Derecho.

    2.- Comienzo por el final pero enlazando con el principio. El texto se inicia con una citade Nietzsche a travs del murmullo de un enano desenmascarador capaz de crispar alsuperhombre Zaratustra: Todas las cosas derechas mientenToda verdad es curva2.A ello podemos aadir otra consideracin nietzscheana: Qu es entonces la verdad?Una hueste en movimiento de metforas, metonimias, antropomorfismos, en resumidascuentas, una suma de relaciones humanas que han sido realzadas, extrapoladas yadornadas potica y retricamente y que, despus de un prolongado uso, un puebloconsidera firmes, cannicas y vinculantes; las verdades son ilusiones de las que se haolvidado que lo son; metforas que se han vuelto gastadas y sin fuerza sensible,monedas que han perdido su troquelado y no son ahora ya consideradas como monedassino como metal3.

    El Derecho, artefacto inventado y elaborado, produce su verdad a travs de formas,estrategias, smbolos y metforas. El Derecho, como invento que produce y sereproduce, se recubre de solemnidad para dar la apariencia de un origen natural. Poremplear los trminos de Michel Foucault en sus estudios sobre Nietzsche4, el Derecho

    1El poema Las personas curvas de Lizano apareci en su libro La palabra del hombre, Ed. Adonais,Madrid, 1989.2NIETZSCHE, F.,As habl Zaratustra, Ed. Alianza, Madrid, 1979, p. 226.3NIETZSCHE, F., Sobre verdad y mentira en sentido extramoral, Ed. Revista Teorema, Valencia, 1980,pp. 9 y 10.4 Quisiera atenerme entonces a esto, concentrndome primeramente en el trmino invencin.Nietzsche afirma que, en un determinado punto del tiempo y en un determinado lugar del universo, unosanimales inteligentes inventaron el conocimiento. La palabra que emplea, invencin, el trminoalemn es Erfindung reaparece con frecuencia en sus escritos, y siempre con intencin y sentidopolmicos. Cuando habla de invencin tiene in menteuna palabra que opone a invencin, la palabra

    origen. Cuando dice invencin es para no decir origen; cuando dice Erfindung, es para no decirUrsprung. FOUCAULT,M.,La verdad y las formas jurdicas, Ed. Gedisa, Barceloba, 2005, p. 19. Sobre

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    se encuadra en el conceptoErfindung, pero revestido de la magnificencia del conceptoUrsprung. Lo ya dado es ms efectivo que lo producido, pues la responsabilidad de loproducido recae sobre el productor, mientras que la responsabilidad del origen seencuentra fuera del ser humano, y, como lo natural, no es posible su cuestionamiento. El

    Derecho es ficticio.

    El Derecho, horrorizado por el vaco de s mismo, crea con pretensin de totalidad larealidad con y en la que opera. Al construir su realidad, el Derecho, al mismo tiempo,trata con ello de ocultar la base de su inmanente construccin ficcional. As, si elDerecho es ficticio y crea ficciones, stas se manifiestan en el lenguaje; un lenguaje quese configura como performativo.

    Los juristas tienden, con frecuencia, a utilizar conceptos, instituciones y ficcionesjurdicas que hunden sus races en estructuras narrativas. De ah la necesidad de unateora narrativista del derecho.

    Es esto lo abordado por Jos Calvo en el segundo captulo, Por uma teoria narrativistado direito (pp. 41-57), su particular guitarra azul, como confiesa el autor (p. 44). Elcarcter constructivista del Derecho hace que en el procedimiento judicial el veredictumcobre todo su sentido: decir la verdad consiste en mantener, siguiendo a NeilMacCormick, una coherencia narrativa entre los hechos y los enunciados. Calvo, noobstante, avanza un paso ms all, y sostiene que la verdad viene sustituida por elsentido en el relato. El problema de la verdad, por tanto, se reorienta en el otorgamientode sentido. No se trata de la vieja y aorada Verdad, fuerte e innegociable, sino de laverosimilitud, de una verdad ms dbil y a veces incluso condescendiente, y enconsecuencia la coherencia narrativa deja de ser un mero aunque til expedienteprobatorio ante los supuestos de dficits correspondencialistas para postularse con otradimensin hermenutica. An con todo, lo interesante para una teora narrativista delderecho como la que viene elaborando Calvo5no tanto reside en el resultado como en elproceso de creacin estructural de las narrativas jurdicas, y de este modo conocer yexplicar mejor de qu manera se construyen y articulan narraciones entre los hechos ylas normas. La ndole narratolgica de esta categorizacin de objetivos identifica elnarrativismo de Calvo tambin un pas ms all de la apelacin cada vez ms

    el concepto de Ursprung FOUCAULT, M., Nietzsche, la Genealoga, la Historia, en Microfsica del

    poder, Ed. La Piqueta, Madrid, 1979, pp. 7 a 29.5Pueden citarse, entre otros, El discurso de los hechos. Narrativismo en la interpretacin operativa, Ed.Tecnos, Madrid, 1993 y 1998;Derecho y narracin: materiales para una teora y crtica narrativista delderecho, Ed. Ariel, Barcelona, 1996;La justicia como relato. Ensayo sobre una semionarrativa sobre los

    jueces, Ed. gora, Mlaga, 1996 y 2002;Octroi de sens: exercices d interprtation juridique-narratif,Les Presses dUniversit Laval, Quebec, 2007; sus trabajos La controversia fctica Contribucin alestudio de la quaestio factidesde un enfoque narrativista del Derecho, y Sobre Hermenutica jurdica yRelato. Notas para una ilustracin narrativista acerca de di-versiones y extra-versiones interpretativas,ambos incluidos en el libro por l mismo coordinado bajo el ttulo de Implicacin Derecho Literatura,Ed. Comares, Granada, 2008, pp. 363-389 y 471-477 respec., o Hechos como argumentos: teoranarrativista y argumentacin jurdica, en OTERO PARGA,M. (ed.), Tpica, Retrica y Argumentacin enla Jurisprudencia, Universidade de Santiago de Compostela. Servizo de Publicacins e IntercambioCientfico, Santiago de Compostela, 2011, pp. 111-121, y el an recienteEl escudo de Perseo. La culturaliteraria del Derecho, Ed. Comares, Granada, 2012.

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    generalizada y transversal que la teora jurdica contempornea hace a la nocin denarracin.

    3.- Si en la segunda parte del libro se aborda el carcter narrativista del derecho, aspecto

    en el profesor Calvo lleva ya buen nmero de aos trabajando, el captulo que inicia laobra lleva por ttulo precisamente O Direito Curvo (pp. 13-40). La tesis que mantieneno solo es original y sugestiva, sino que me atrevera a decir necesaria.

    Con una gran erudicin en el planteamiento abriendo una lnea en la que encontramosa Le Corbusier, a Oscar Niemeyer, a Nietzsche, a Descartes, a Wolff, a Hobbes, aSpinoza, a Leibniz, a Ortega, a Kelsen, a Schmitt, a Picasso, a Kandinsky, aZagrebelsky, a Borges, etc. se hace un repaso a la historia del pensamiento jurdico dela modernidad a travs de la geometra. Y esto, que pudiera parecer ms propio de unmero juego acadmico, es una cuestin que se ha pasado por alto en el estudio delderecho. Las sinergias que se han construido entre ambas ciencias sin entrar aqu a

    discutir, pues no es el lugar, la naturaleza epistemolgica de la ciencia jurdica6 vanms all de lo estrictamente terico.Utilizando un texto de Joaquim Maria Machado de Assis a modo de presentacin, ASerenssima Repblica. Conferncia do Cnego Vargas, sobre el pacto electoralbrasileo (Ley Saraiva, de 9 de enero de 1881) durante el Segundo Imperio y en el quese describen los diferentes grupos polticos, el profesor Calvo clasifica a los tericos delderecho, en el marco de la fragilidad de sus teoras jurdicas, entre quienes defienden: 1)el derecho rectilneo, 2) el derecho curvilneo, 3) el derecho recto-curvilneo y 4) lanegacin del derecho.

    Frente a la imposible conciliacin de las diversas posiciones geomtrico-jurdicas seaboga por una curvatura. Pero antes de posicionarla sobre el plano, es preciso realizarun recorrido con tres pasos, a saber: la geometra demostrativa, el cubismo y laondulacin.

    La primera parada en este itinerario procede realizarla en los albores de la Modernidad.El racionalismo imperante de raz matemtica, cuyo punto lgido puede ubicarse en lasluces, hizo del Derecho un mtodo demostrativo geomtrico. De lo que sigui eldominio de un sistema lgico y cerrado. El siguiente paso transcurrira en el trnsito,por utilizar los trminos de Mario G. Losano, entre el sistema externo (propio del sigloXIX) y el sistema interno7. La pureza y la certeza geomtricas que necesita este sistema

    interno la llev a su clmax Hans Kelsen en el primer tercio del siglo XX. La geometrajurdica a la que aspir el que quizs fuera el gran jurista del siglo mantuvo estrechosvnculos con el cubismo. Ambos defendieron la forma geomtrica pura, incluso a pesarde que en lugar del cubo Kelsen escogiera a travs de su discpulo Adolf Merkl a lapirmide (escalonada y dinmica) como figura central. Finalmente, este modeloanaltico de orden jurdico cubista (p. 26) ha sido moldeado en su rigidez, rizado y

    6 Es de obligado cumplimiento citar la vieja polmica entre el fiscal Kirchmann y el profesor Jheringacerca de la cientificidad del derecho. KIRCHMANN, J., La jurisprudencia no es ciencia, trad. Truyol ySerra, Ed. Instituto de Estudios Polticos, Madrid, 1949. JHERING, R., Es el derecho una ciencia?,Edicin y traduccin de Federico Fernndez-Crehuet Lpez, Ed. Comares, Granada, 2002.

    7LOSANO, M.G., Sistema e struttura nel diritto, 3 volmenes, Ed. Giuffr, Miln, 2002 (reimpresin).

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    ondulado. Derecho flexible, dctil, frgil o soluble, de forma similar a lo que ocurri enla pintura: pasamos de Las seoritas de Avignon de Picasso a lneas radiales deKandinsky. Tanto en la pintura como en la ciencia jurdica se desintegra la forma y eseste precisamente su peligro: su ondulacin puede llevar a la desintegracin y a la

    inestabilidad (p. 30).

    La propuesta que hace Jos Calvo trata de soslayar estos riesgos a travs de unageometra jurdica variable: observo que o Direito se empena, se arqueia e se curva 8(p. 30). Es posible que lo recto y lo curvo coincidan sin llegar a contradecirse? Seimaginamos um crculo cujo raio de curvatura seja infinito, perceberamos uma linhareta; portanto, Direito retilneo no necessariamente impugna Direito curvo. Emsegundo lugar, porque Direito curvo um paradoxo; quer dizer, cubismo aplicado linguagem, eis que transcende a oposio entre conceitos antitticos e autoexcludentes,integrando-os em um mesmo plano, de maneira que, dinamicamente, ambos secompem e se descompem, no sendo mais possvel uma compreenso esttica e

    separada9(p. 31).

    No se trata de abandonar la forma, sino, por el contrario, de recuperar la geometrafigurativa cubista a travs de otro itinerario que lleve a otra figuracin, a otro resultado:o Direito curvo no pice, cpula; no vrtice, circularidade. Numa palavra: no frontalidade, mas revoluo10(p. 32).

    As pues, la forma plana de la geometra jurdica acoge en su seno, como hiciera elcubismo en su evolucin, el volumen y el movimiento. Los dos elementos definidoresde este derecho curvo sern la circularidad jurdica el ejemplo se puede hallar en larelacin entre las fuentes de derecho interno y el derecho internacional y eldescentramiento de los lugares clsicos de imputacin jurdica ah tenemos lamultiplicidad de centros de produccin jurdica y la mezcla entre el derecho pblico y elderecho privado (pp. 37-39).

    4.- El derecho curvo se nos presenta como un nuevo modelo hermenutico (p. 39).Hace unos aos se reivindic la necesidad de una nueva gramtica jurdico-poltica11. Elensayo de Jos Calvo se encamina precisamente en esa direccin: generar nuevosparadigmas para enfrentarnos a la realidad con la que operamos. Porque la rapidez y laagitacin, quizs incluso la locura, de estos tiempos no puede ser ubicada en las aristascortantes de lo recto, sino que necesita, en una medida progresivamente creciente, de la

    curvatura. Porque los abrazos que enloquecen, como el del caballo de Turn, son curvos

    8Observo que el derecho se abarquilla, se arquea, se curva.9 Si imaginamos un crculo cuyo radio de curvatura fuera infinito percibiramos una lnea recta; portanto, Derecho rectilneo no necesariamente impugna Derecho curvo. Y a lo segundo, porque derechocurvo es un oxmoron, es decir, cubismo aplicado al lenguaje, pues trasciende la oposicin entre dosconceptos antitticos y autoexcluyentes integrndolos en un mismo plano, de manera que dinmicamenteambos se componen y descomponen no siendo ya posible una comprensin esttica y por separado.10 El derecho curvo no es pinculo, es cpula; no es vrtice, es redondez. En una palabra: no esfrontalidad, sino revolucin.11

    NEGRI, T., Fabrique de porcelaine. Pour une nouvelle grammaire du politique, Ed. Stock, Pars, 2006

    (hay traduccin por la editorial Paids, 2008).

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    y en su curvatura muestran la verdad de Nietzsche, como lo diverso, la poesa, el dolor oel corazn que tambin son curvos. Y la palabra, venga esta de donde venga, decdigos, de sentencias o de cualquier otra narracin, es sin duda curva.

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