Diapositivas - Exposición (FINAL 2)
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GRUPO No. 11
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ExpositorJorge Estuardo CastellanosArtculos 244 al 247
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CAPTULO VEJRCITO
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Artculo No. 244Integracin, organizacin y fines del Ejrcito.
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Artculo No. 245Prohibicin de grupos armados ilegales.
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Artculo No. 246Cargos y atribuciones del Presidente en el Ejrcito.
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Artculo No. 247Requisitos para ser oficial del Ejrcito.
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ExpositorOsman Hernan ArredondoArtculos 248 al 250
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Artculo No. 248ProhibicionesEjercer el sufragioDerecho de peticin poltica y colectiva
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Artculo No. 249Cooperacin del EjrcitoEmergenciaCalamidad Publica ARTICULO 75
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Artculo No. 250Rgimen legal del EjrcitoConstitucin Poltica de la Repblica de Guatemala.
Ley Constitutiva del ejercito de Guatemala.
Acuerdo Gubernativo 90-96.
Ley Marco D018 2008.
Acuerdo Gubernativo 216-2011
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CODIGO MILITAR del Ejercito de Guatemala 214- 01/08/1878
Acuerdo Gubernativo 264-2001Decreto 40-2000
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ExpositorLuis Fernando AbacArtculos 251 al 252
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CAPTULO VIMINISTERIO PBLICO Y PROCURADURA GENERAL DE LA NACIN
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Artculo No. 251Ministerio Pblico
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Artculo No. 252Procuradura General de la Nacin.
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ExpositorGrman Antonio SubuyujArtculos 253 al 257
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CAPTULO VIIRGIMEN MUNICIPAL
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Artculo No. 253Autonoma Municipal.Art. 3 Cdigo Municipal Decreto 12-2002Funciones:Elegir a sus propias autoridadesObtener y disponer de sus recursosAtender Servicios pblicos locales
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Artculo No. 254Gobierno Municipal.Art. 9 Del Consejo y Gobierno Municipal Dto. 12-2002Art. 33 Gobierno del Municipio Dto. 12-2002GOBIERNO MUNICIPALAlcalde Municipal
Sndicos
Concejales
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Artculo No. 255Recursos econmicos de municipio.Las municipalidades debern procurar el fortalecimiento econmico de sus respectivos municipios.Arbitrios y Contribuciones
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Artculo No. 257Asignacin para las municipalidades.Asignacin anual para las municipalidadesDestinados a:
Educacin Salud preventiva Obras de Infraestructura Servicios Pblicos
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ExpositorEdwin Ral SantosArtculos 258 al 262
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Artculo No. 258Derecho de antejuicio de los alcaldes.Salas de la Corte de Apelaciones.Cobro indebido del IUSIPeculadoLavado de Dinero
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Ley de antejuicioDto. 85-2002
Art. 1. Objeto de la Ley.Art.4. Procedencia del antejuicio. Art. 10. Atribuciones de la Comisin pesquisidora y el Juez pesquisidor.
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Artculo No. 259Juzgado de asuntos municipales.
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FUNCIONES MS FRECUENTES Cobro de multas administrativas. Regulacin de taxis. Regulacin del ornato, limpieza y salud. Servicios pblicos municipales. Infracciones a la Ley y Reglamentos de Trnsito. Recaudacin y cobro del IUSI.Mediacin entre vecinos por disputas de diferente ndole.|Artculo 161. Creacin del Juzgado de Asuntos MunicipalesARTICULO 1. Objeto.DECRETO NUMERO 12-2002
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Artculo No. 260Privilegios y garantas de los bienes municipales.Cdigo Municipal.ARTICULO 100. Ingresos del municipio.ARTICULO 106. Privilegios y garantas de los bienes y valores delmunicipio.
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Artculo No. 261Prohibiciones de eximir tasas o arbitrios municipales.Artculo 105. Cdigo Municipal
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Artculo No. 262Ley de servicio municipal.Cdigo Municipal.ARTICULO 80. Relaciones laboralesARTICULO 92. Empleados municipales
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ExpositorSuselly Beatriz SurezArtculos 263 al 264
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Ttulo VIGarantas Constitucionales y Defensa del Orden Constitucional
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CAPITULO IEXHIBICIN PERSONAL
Artculo No. 263Derecho a la exhibicin personal
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MaltratoExhibicin ante Tribunales de Justicia
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Artculo No. 264Responsabilidad de los infractores
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ExpositorPedro Vinicio XalinArtculos 265 al 267
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CAPTULO IIAMPARO
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Artculo No. 265Procedencia del amparo.
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CAPTULO IIIINCONSTITUCIONALIDAD DE LAS LEYES
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Artculo No. 266Inconstitucionalidad de las leyes en casos concretos.
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Artculo No. 267Inconstitucionalidad de las leyes de carcter general.
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ExpositorFreddy Abner BmacaArtculos 268 al 272
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CAPTULO IVCORTE DE CONSTITUCIONALIDAD
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Artculo No. 268Funcin esencial de la Corte de Constitucionalidad.
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Independencia Econmica de la Corte de Constitucionalidad, = un % de ingresos que correspondan al OJ
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Artculo No. 269Integracin de la Corte de Constitucionalidad.
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Asuntos de inconstitucionalidad el numero de Integrantes se elevara a Siete.Los magistrados duran Cinco aos en sus Funciones.
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Un Magistrado por el Congreso de la Repblica. Un magistrado por el Presidente en Consejo de Ministros.
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Un Magistrado por el C.S. U. de la USAC.Un Magistrado por la Asamblea del Colegio de Abogados.
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Artculo No. 270Requisitos de los magistrados de la Corte de Constitucionalidad.
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Artculo No. 271Presidencia de la Corte de Constitucionalidad.
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Artculo No. 272Funciones de la Corte de Constitucionalidad.
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ExpositorEsly Neftali MendizabalArtculos 273 al 276
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CAPITULO VComisin y Procurador de los Derechos Humanos
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Artculo No. 273Comisin de Derechos Humanos y Procurador de la Comisin.
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Artculo No. 274Procurador de los Derechos Humanos.Jorge de Len Duque, electo como Procurador de los Derechos Humanos de Guatemala por cinco aos, desde 2012 hasta 2017.
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El Magistrado de Conciencia, durante el foro Educacin Bilinge y Calidad Educativa, en conmemoracin del Da Internacional de los Pueblos Indgenas.
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Artculo No. 275Atribuciones del Procurador de los Derechos Humanos.Personal de la institucin del Procurador de los Derechos Humanos visit las aldeas Lel Chanc y Tisipe, del municipio de Camotn, para verificar el cumplimiento de las resoluciones dictadas por el juzgado de la Niez y la Ado
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Procurador de los Derechos Humanos, durante su visita al Centro de Justicia de Delitos de Femicidio y Violencia contra la Mujer.
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CAPTULO VILEY DE AMPARO, EXHIBICIN PERSONAL Y DE CONSTITUCIONALIDAD
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Artculo No. 276Ley constitucional de la materia.
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ExpositorAlan Ixcayau AmbrocioArtculos 277 al 281
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TTULO VIIREFORMAS A LA CONSTITUCIN
CAPTULO NICOREFORMAS A LA CONSTITUCIN
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Artculo No. 277Iniciativa
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Artculo No. 278Asamblea Nacional Constituyente.
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Artculo No. 279Diputados a la Asamblea Nacional Constituyente.
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Artculo No. 280Reformas por el congreso y consulta popular.
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Artculo No. 281Artculos no reformables.ART. 140ESTADO DE GUATEMALA
ART. 141SOBERANIA
ART. 165 INCISO G
ART. 186 PROHIBICIONES PARA OPTAR AL CARGO DE PRESIDENTE Y VICEPRESIDENTE
ART. 187PROHIBICION DE REELECCION
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