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1DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Septiembre de 2005.
DIARIO OFI CIAL
Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur # 829 S.S. Tel.: 2233-7800 • Página Web: www.egobierno.gobernacion.gob.sv/egobierno/imprentanacional • Correo: diarioofi [email protected]
S U M A R I O
1REPUBLICA DE EL SALVADOR EN LA AMERICA CENTRAL
TOMO Nº 368 SAN SALVADOR, LUNES 12 DE SEPTIEMBRE DE 2005 NUMERO 169
DIRECTOR: Lic. René O. Santamaría C.
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"La Dirección de la Imprenta Nacional hace del conocimiento que toda publicación en el Diario Ofi cial será literalmente conforme al documento original, por consiguiente los errores impresos en la publicación son de exclusiva responsabilidad de la persona o institución que lo presentó". (Arts. 21, 22 y 23 Reglamento de la Imprenta Nacional).
ORGANO LEGISLATIVO Decreto No. 769.- Se exonera del pago de impuestos la introducción al país de un vehículo, a favor de la Asociación Lumen 2000 de El Salvador.......................................................
Acuerdos Nos. 1037 y 1038.- Se aprueban informes de labores del Ministerio de la Defensa Nacional, correspondiente a los períodos 2004-2005 y 2003-2004......................................
ORGANO EJECUTIVOPRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
Acuerdos Nos. 359, 364, 365, 369, 371 y 373.- Se encargan Despachos Ministeriales a funcionarios públicos. .....................
Acuerdo No. 370.- Se modifi ca el Acuerdo Ejecutivo No. 307, de fecha 7 de julio de 2005. ...............................................
Acuerdo No. 388.- Se encarga el Despacho de la Presidencia de la República, a la Licenciada Ana Vilma Albanez de Escobar.......................................................................................
Acuerdos Nos. 360, 361, 362 y 363.- Se conceden gastos por el desempeño de misiones ofi ciales. ....................................
MINISTERIO DE GOBERNACIONRAMO DE GOBERNACIÓN
Estatutos de las Asociaciones “Amigos del Ambiente de San Miguel”; “Comunal de Acueducto Fuente de Vida” y de la Iglesia Evangélica Profética “Senda de Bendición”, Acuerdos Ejecutivos Nos. 34, 93 y 96, aprobándolos y confi riéndoles el carácter de persona jurídica. ......................................................
MINISTERIO DE ECONOMIARAMO DE ECONOMÍA
Acuerdo No. 907.- Se modifi ca el Acuerdo Ejecutivo No. 846, de fecha 3 de noviembre de 1992. ..................................... Acuerdo No. 942.- Se conceden benefi cios a favor de la Asociación Cooperativa de Aprovisionamiento y Producción Agropecuaria El Jícaro de Responsabilidad Limitada. ..............
MINISTERIO DE EDUCACIONRAMO DE EDUCACIÓN
Acuerdos Nos. 15-0289 y 15-0826.- Creación, nominación y funcionamiento de dos centros educativos. ............................ Acuerdo No. 15-0984.- Se reconocen estudios académicos, realizados por Isiris Madel Beitia Gómez..................................
Acuerdos Nos. 15-0992 y 15-1005.- Se autorizan planes de estudios actualizados, a la Universidad Evangélica de El Salvador. ....................................................................................
ORGANO JUDICIALCORTE SUPREMA DE JUSTICIA
Acuerdos Nos. 1256-D, 1265-D, 1266-D, 1323-D, 1324-D, 1330-D, 1348-D, 1372-D, 1406-D, 1421-D y 1595-D.- Autorizaciones para el ejercicio de la abogacía en todas sus ramas. .........................................................................................
INSTITUCIONES AUTONOMASALCALDÍAS MUNICIPALES
Decreto No. 2.- Reforma a la Ordenanza Reguladora de Tasas por Servicios Municipales de Ciudad Arce. .................... Decreto No. 12.- Se reforma el Decreto No. 2, emitido por la Alcaldía Municipal de Usulután. ........................................... Estatutos de las Asociaciones de Desarrollo Comunal “El Tempisque”, Cantón Los Anizales y “Caserío María Auxiliadora”, Cantón La Labor, Acuerdos Tercero y No. 5, emitidos por las Alcaldías Municipales de Salcoatitán y San Sebastián, aprobándolos y confi riéndoles el carácter de persona jurídica. .
SECCION CARTELES OFICIALESDE PRIMERA PUBLICACIÓN
Declaratoria Defi nitiva Cartel No. 1273.- Tatiana Beatriz y otro (1 vez) .............. Cartel No. 1274.- Nicolás Israel Paz (1 vez)..................... Cartel No. 1275.- Mónica Beatriz Flores Vega y otro (1 vez) ...........................................................................................
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Cartel No. 1276.- Víctor Narváez Clara (1 vez) ............... Cartel No. 1277.- Juan Antonio Pérez y otro (1 vez)........ Cartel No. 1278.- Andrea Orbelina Rivera (1 vez) ........... Cartel No. 1279.- Isabel de Jesús Pérez y otro (1 vez) ..... Cartel No. 1280.- José Mauro Meléndez y otros (1 vez) .. Cartel No. 1281.- Manuel de Jesús Salazar Barrientos (1 vez) ...........................................................................................
Declaratoria Yacente Cartel No. 1282.- Carlos Francisco Jiménez Juárez c/ Xiomara Isaura Martínez de Salazar (3 alt.) .............................. Cartel No. 1283.- José Arístides Argueta Argueta c/ Raquel Pérez de Mayorga (3 alt.)........................................................... Cartel No. 1284.- Efraín Flores Méndez c/ Raquel Pérez de Mayorga (3 alt.)..................................................................... Cartel No. 1285.- Rafael Lue c/ Raquel Pérez de Mayorga (3 alt.) .........................................................................................
Aceptación de Herencia Cartel No. 1286.- Pablo Mauricio Hernández y otros (3 alt.) ........................................................................................... Cartel No. 1287.- Fidelina Flores (3 alt.) .......................... Cartel No. 1288.- María Luisa Menjívar y otros (3 alt.) ... Cartel No. 1289.- Lino Ruiz (3 alt.) .................................. Cartel No. 1290.- Luis Daniel Morales Villalta (3 alt.) .... Cartel No. 1291.- Teresa Cortez y otros (3 alt.)................ Cartel No. 1292.- Esperanza Ramos y otros (3 alt.) ......... Cartel No. 1293.- Héctor Domínguez Zepeda Sandoval (3 alt.) ........................................................................................... Cartel No. 1294.- Marcelina de Dolores Flores y otros (3 alt.) ...........................................................................................
Título Supletorio Cartel No. 1295.- Martín Gómez Juárez (3 alt.) ............... Cartel No. 1296.- Emelina Arriola Vda. de Escobar (3 alt.) ...........................................................................................
DE SEGUNDA PUBLICACIÓN
Aceptación de Herencia Cartel No. 1267.- María Elena Barahona Vda. de Alfaro y otros (3 alt.) ................................................................................ Cartel No. 1268.- Evelin Xiomara Serrano Hernández (3 alt.) ...........................................................................................
Declaratoria Yacente Cartel No. 1269.- María Herminia Méndez de Alvarado c/ Rocío Alejandra Rodríguez Agreda (3 alt.) ...............................
Título Supletorio Cartel No. 1270.- Concepción Alfaro (3 alt.) ................... Cartel No. 1271.- Alejandra Hernández Vda. de Bermúdez (3 alt.) ......................................................................................... Cartel No. 1272.- María Josefi na Cubías de Osorio (3 alt.) ...........................................................................................
DE TERCERA PUBLICACIÓN
Aceptación de Herencia Cartel No. 1260.- María Antonia Galdámez y otro (3 alt.). ...........................................................................................
Herencia Yacente Cartel No. 1261.- Agustín Ticas c/ Mauricio Ulises Campos Hernández (3 alt.)......................................................................
SECCION CARTELES PAGADOSDE PRIMERA PUBLICACIÓN
Declaratoria de Herencia Carteles Nos. F017490, F017491, F017493, F017494, F017504, F017507, F017508, F017511, F017514, F017516, F017519, F017520, F017524, F017525, F017536, F017541, F017550, F017551, F017555, F017560, F017565, F017574, F017580, F017582, F017585, F017587, F017601, F017603, F017606, F017608, F017609, F017610, F017613, F017616, F017620, F017623, F017634, F017636, F017637, F017638, R002975, R002979, R002980, R002981, R002982. .................
Aceptación de Herencia Carteles Nos. F017503, F017510, F017517, F017518, F017537, F017542, F017544, F017552, F017556, F017579, F017633, F017642, F017645, F017481, F017485, F017512, F017522, F017528, F017559, F017564, F017567, F017577, F017614, F017615, F017619, F017641, F017978, R002976, R002974.....................................................................................
Títulos Supletorios Carteles Nos. F017607, F017509, F017617. ....................
Títulos de Dominio Carteles Nos. F017534, F017618......................................
Juicio de Ausencia Carteles Nos. F017482, F017529, F017568, F017646. ....
Diseño Industrial Cartel No. F017625...........................................................
Marcas de Fábrica Carteles Nos. F017566, F017569, F017571, F017626, F017628, R002969, R002970, R002971. ..................................
Nombre Comercial Carteles Nos. F017515, F017570......................................
Matrícula de Comercio Carteles Nos. F017526, R002967, R002968, R002973, R002978.....................................................................................
Subastas Públicas Carteles Nos. F017538, F017546, F017557, F017563, F017599, F017632, F017643, R002972. ...................................
Reposición de Certifi cado Carteles Nos. F017630, F017992......................................
Aumento de Capital Cartel No. R002977. .........................................................
Modifi cación de Pacto Social Cartel No. F017596...........................................................
Reposición de Libros Cartel No. F017592...........................................................
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Escritura Social Cartel No. F017597...........................................................
Reposición de Póliza de Seguro Cartel No. F017576...........................................................
DE SEGUNDA PUBLICACIÓN
Aceptación de Herencia Carteles Nos. F017044, F017051, F017151, F017161, F017215, F017216, F017223, F017230, F017243, F017252, F017258, F017282, F017301, R002911, R002966 ...................
Títulos de Propiedad Carteles Nos. F017086, F017147, F017149, F017200, F017256. ....................................................................................
Títulos Supletorios Carteles Nos. F017228, F017235, F017461. ...................
Renovación de Marcas Carteles Nos. F017122, F017125, F017130, F017135, F017138, F017141, F017144, F017146, F017153, R002920....
Marcas de Fábrica Carteles Nos. F017049, F017050, F017052, F017055, F017057, F017058, F017059, F017061, F017062, F017063, F017064, F017065, F017066, F017068, F017069, F017070, F017071, F017075, F017076, F017078, F017079, F017082, F017083, F017085, F017087, F017091, F017092, F017094, F017095, F017096, F017097, F017098, F017100, F017102, F017103, F017104, F017105, F017107, F017108, F017110, F017111, F017112, F017113, F017114, F017117, F017118, F017119, F017121, F017124, F017127, F017132, F017133, F017136, F017137, F017139, F017143, F017145, F017155, F017157, F017159, F017162, F017177, F017179, F017180, F017189, F017190, F017192, F017206, F017226, F017232, F017233, F017242, F017270, F017283, F017285, R002897, R002898, R002899, R002925. ..................................................
Nombre Comercial Carteles Nos. F017292, R002905. ....................................
Señal de Publicidad Comercial Carteles Nos. F017074, F017077......................................
Matrícula de Comercio Carteles Nos. F017255, R002892, R002900, R002902, R002903, R002921, R002922. ..................................................
Convocatorias Carteles Nos. F017305, R002894. ....................................
Subastas Públicas Carteles Nos. F017264, F017265, F017268. .................... Reposición de Certifi cado Carteles Nos. F017046, F017048, F017053, F017197. ....
Aumento de Capital Carteles Nos. F017221, R002904, R002912, R002913....
Disolución de Sociedades
Cartel No. R002914. .........................................................
Aviso de Cobro
Cartel No. F016959...........................................................
DE TERCERA PUBLICACION
Aceptación de Herencia
Carteles Nos. F016695, F016698, F016712, F016714, F016716, F016731, F016738, F016778, F016828, R002839, R002846, F017214, F017277. ...................................................
Títulos de Propiedad
Carteles Nos. F016687, F016815......................................
Títulos Supletorios
Carteles Nos. F016750, F016781, F016806. ...................
Renovación de Marcas
Carteles Nos. F016732, F016734, F016737. ....................
Marcas de Fábrica
Carteles Nos. R002824, R002825, R002826, R002827, R002828.....................................................................................
Nombre Comercial
Carteles Nos. R002821, R002823, R002837, R002838. ..
Matrícula de Comercio
Carteles Nos. F016808, R002819, R002820, R002822, R002832, R002840, R002841, R002847...................................
Subastas Públicas
Carteles Nos. F016736, F016749, R002850. ....................
Reposición de Certifi cado
Cartel No. R002835. .........................................................
Aumento de Capital
Cartel No. R002848. .........................................................
Reposición de Póliza de Seguro
Cartel No. F017540...........................................................
SECCION DOCUMENTOS OFICIALESDIRECCIÓN GENERAL DE LA RENTA
DE ADUANAS
Resolución No. DREG- 693.- Prorrógase la autorización concedida a la Sociedad Calderón Inversiones, S.A. de C.V., mediante Resolución DREG-45, de fecha 23 de enero de 2002.
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ORGANO LEGISLATIVODECRETO No. 769.-
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,
CONSIDERANDO:
I. Que la Asociación Lumen 2000 de El Salvador, es una entidad religiosa, apolítica, no lucrativa; cuyos objetivos, entre otros, son difundir valores culturales, humanos, morales y éticos, a través de los diferentes medios de comunicación.
II. Que para el logro de sus objetivos introducirán al país un vehículo, el cual será rifado posteriormente.
III. Que de conformidad a las facultades que a esta Asamblea Legislativa le confi ere el Art. 131 de la Constitución de la República, es procedente exonerar del pago de impuestos, incluyendo bodegaje, que pueda causar la introducción al país del citado automotor, así como la rifa del mismo.
POR TANTO:
en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa del Diputado José Mauricio Quinteros Cubías.
DECRETA:
Art. 1.- Exonérase del pago de impuestos, incluyendo bodegaje, a excepción del Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios (IVA),que pueda causar la introducción al país de un vehículo, así como la rifa del mismo, a favor de la Asociación Lumen 2000 de El Salvador, el cual es de las características siguientes: Marca: Nissan; modelo: Murano SW SL + SAFE + CD CHANGER LUX CUERO 4X4; tipo: Rústico; color: Gris claro metálico; capacidad: 5 asientos; número de motor: VQ35-454854B; número de chasis: JN1TANZ50Z0003434; año: 2005; combustible: Gasolina.
La exención concedida es sin perjuicio de la vigilancia y control que deberán ejercer los organismos fi scales respectivos. Asimismo, los re-presentantes de la mencionada Asociación, deberán presentar a esta Asamblea una liquidación sobre los ingresos obtenidos y la distribución de los mismos.
Art. 2.- El presente Decreto entrará en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Ofi cial.
DADO EN PALACIO LEGISLATIVO. San Salvador, a los diez días del mes de agosto del año dos mil cinco.
CIRO CRUZ ZEPEDA PEÑA,
PRESIDENTE.
JOSÉ MANUEL MELGAR HENRÍQUEZ, JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ,
PRIMER VICEPRESIDENTE. TERCER VICEPRESIDENTE.
MARTA LILIAN COTO VDA. DE CUÉLLAR, JOSÉ ANTONIO ALMENDARIZ RIVAS,
PRIMERA SECRETARIA. TERCER SECRETARIO.
ELVIA VIOLETA MENJÍVAR,
CUARTA SECRETARIA.
CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los veintinueve días del mes de agosto del año dos mil cinco.
PUBLÍQUESE,
ELÍAS ANTONIO SACA GONZÁLEZ,
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA.
JOSÉ GUILLERMO BELARMINO LÓPEZ SUÁREZ,
MINISTRO DE HACIENDA.
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ACUERDO No. 1037
La Asamblea Legislativa de la República de El Salvador, ACUERDA: Dar por aprobado el informe de labores del Ministerio de la Defensa Nacional, correspondiente al período 2004-2005. COMUNÍQUESE.
DADO EN EL PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los diecinueve días del mes de agosto del año dos mil cinco.
CIRO CRUZ ZEPEDA PEÑA
PRESIDENTE
JOSÉ MANUEL MELGAR HENRÍQUEZ JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ
PRIMER VICEPRESIDENTE TERCER VICEPRESIDENTE
MARTA LILIAN COTO VDA. DE CUÉLLAR JOSÉ ANTONIO ALMENDÁRIZ RIVAS
PRIMERA SECRETARIA TERCER SECRETARIO
ELVIA VIOLETA MENJIVAR
CUARTA SECRETARIA
ACUERDO No. 1038
La Asamblea Legislativa de la República de El Salvador, ACUERDA: Dar por aprobado el informe de labores del Ministerio de la Defensa Nacional, correspondiente al período 2003-2004. COMUNÍQUESE.
DADO EN EL PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los diecinueve días del mes de agosto del año dos mil cinco.
CIRO CRUZ ZEPEDA PEÑA
PRESIDENTE
JOSÉ MANUEL MELGAR HENRÍQUEZ JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ
PRIMER VICEPRESIDENTE TERCER VICEPRESIDENTE
MARTA LILIAN COTO VDA. DE CUÉLLAR JOSÉ ANTONIO ALMENDÁRIZ RIVAS
PRIMERA SECRETARIA TERCER SECRETARIO
ELVIA VIOLETA MENJIVAR
CUARTA SECRETARIA
ACUERDO No. 359.
ELIAS ANTONIO SACA GONZALEZ
Presidente de la República,
en uso de sus facultades legales, ACUERDA: encargar el Despacho de la Defensa Nacional, con carácter ad-honorem, durante el período com-prendido del 12 al 16 de septiembre próximo, al señor Viceministro del Ramo, General Ricardo Benjamín Abrego Abrego, en ausencia del titular, General Otto Alejandro Romero Orellana, a quien se le ha encomendado el desempeño de una misión ofi cial en el exterior, concediéndosele por tal motivo licencia con goce de sueldo durante el período antes indicado.
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DADO EN CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los diecisiete días del mes de agosto del año dos mil cinco.
ELIAS ANTONIO SACA GONZALEZ,
Presidente de la República.
RENE MARIO FIGUEROA FIGUEROA,
Ministro de Gobernación.
ACUERDO No. 364.-
ELIAS ANTONIO SACA GONZALEZ,
Presidente de la República,
en uso de sus facultades legales, ACUERDA: encargar el Despacho de Economía, con carácter ad-honorem, durante los días 11 y 12 de agosto actual, al señor Viceministro de Economía, Licenciado Eduardo Arturo Ayala Grimaldi, en ausencia de la Titular, Licenciada Yolanda Eugenia Mayora de Gavidia, a quien se le encomendó el desempeño de una misión ofi cial en el exterior, concediéndosele por tal motivo licencia con goce de sueldo durante los días antes indicados.
DADO EN CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los veintidós días del mes de agosto del año dos mil cinco.
ELIAS ANTONIO SACA GONZALEZ,
Presidente de la República.
RENE MARIO FIGUEROA FIGUEROA,
Ministro de Gobernación.
ACUERDO No. 365.-
ELIAS ANTONIO SACA GONZALEZ,
Presidente de la República,
en uso de sus facultades legales, ACUERDA: encargar el Despacho de Agricultura y Ganadería, con carácter ad-honorem, durante el período comprendido del 29 de agosto al 2 de septiembre del presente año, al señor Viceministro del Ramo, Doctor José Emilio Suadi Hasbún, en ausencia del titular, licenciado Mario Ernesto Salaverría Nolasco, a quien se le ha encomendado el desempeño de una misión ofi cial en el exterior, concediéndosele por tal motivo licencia con goce de sueldo durante el período antes indicado.
DADO EN CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los veintidós días del mes de agosto del año dos mil cinco.
ELIAS ANTONIO SACA GONZALEZ,
Presidente de la República.
RENE MARIO FIGUEROA FIGUEROA,
Ministro de Gobernación.
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7DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Septiembre de 2005.
ACUERDO No. 369.-
ELIAS ANTONIO SACA GONZALEZ
Presidente de la República,
en uso de sus facultades legales, ACUERDA: encargar el Despacho de la Defensa Nacional, con carácter ad-honorem, durante el período com-prendido del 26 al 30 de septiembre próximo, al señor Viceministro del Ramo, General Ricardo Benjamín Abrego Abrego, en ausencia del titular, General Otto Alejandro Romero Orellana, a quien se le ha encomendado el desempeño de una misión ofi cial en el exterior, concediéndosele por tal motivo licencia con goce de sueldo durante el período antes indicado.
DADO EN CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los veinticinco días del mes de agosto del año dos mil cinco.
ELIAS ANTONIO SACA GONZALEZ,
Presidente de la República.
RENE MARIO FIGUEROA FIGUEROA,
Ministro de Gobernación.
ACUERDO No. 371.
ELIAS ANTONIO SACA GONZALEZ,
Presidente de la República,
en uso de sus facultades legales, ACUERDA: encargar el Despacho de Relaciones Exteriores, con carácter ad-honorem, durante el período comprendido del 15 al 20 de agosto actual, al señor Viceministro de Relaciones Exteriores, Integración y Promoción Económica, Licenciado Eduardo Cálix López, en ausencia del Titular, Licenciado Francisco Esteban Laínez Rivas, a quien se le encomendó el desempeño de una misión ofi cial en el exterior, concediéndosele por tal motivo licencia con goce de sueldo durante el período antes mencionado.
DADO EN CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los veinticinco días del mes de agosto del año dos mil cinco.
ELIAS ANTONIO SACA GONZALEZ,
Presidente de la República.
RENE MARIO FIGUEROA FIGUEROA,
Ministro de Gobernación.
ACUERDO No. 373.
ELIAS ANTONIO SACA GONZALEZ,
Presidente de la República,
en uso de sus facultades legales, ACUERDA: encargar el Despacho de Turismo, con carácter ad-honorem, durante el período comprendido del 29 de agosto al 1 de septiembre del presente año, a la señora Ministra de Economía, Licenciada Yolanda Eugenia Mayora de Gavidia, en ausencia del Titular, Licenciado José Rubén Alonso Rochi Párker, a quien se le ha encomendado el desempeño de una misión ofi cial en el exterior, concediéndosele por tal motivo licencia con goce de sueldo, durante el período antes mencionado.
DADO EN CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los veintiséis días del mes de agosto del año dos mil cinco.
ELIAS ANTONIO SACA GONZALEZ,
Presidente de la República.
RENE MARIO FIGUEROA FIGUEROA,
Ministro de Gobernación.
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ACUERDO No. 370.-
ELIAS ANTONIO SACA GONZALEZ,
Presidente de la República,
en uso de sus facultades legales, ACUERDA: Modifi car el Acuerdo Ejecutivo No. 307, emitido por la Presidencia de la República el 7 de julio recién pasado, en el sentido que el Despacho de Salud Pública y Asistencia Social, se encarga al señor Viceministro del Ramo, Doctor José Ernesto Navarro Marín, del 9 al 18 de septiembre próximo y no como se mencionó originalmente, en ausencia del Titular, Doctor José Guillermo Maza Brizuela.
DADO EN CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los veinticinco días del mes de agosto del año dos mil cinco.
ELIAS ANTONIO SACA GONZALEZ,
Presidente de la República.
RENE MARIO FIGUEROA FIGUEROA,
Ministro de Gobernación.
ACUERDO No. 388.
ELÍAS ANTONIO SACA GONZÁLEZ,
Presidente de la República
en uso de sus facultades legales y de conformidad a lo establecido en los artículos 155 de la Constitución y 3, inciso 2º del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, ACUERDA: Encargar el Despacho del Presidente de la República los días del 1 al 3 de septiembre del presente año, ambas fechas inclusive, a la Licenciada ANA VILMA ALBANEZ DE ESCOBAR, Vicepresidenta de la República, en razón que el suscrito Presidente de la República se encontrará fuera del país en las fechas antes expresadas cumpliendo misiones propias relativas al desempeño del cargo.
DADO EN CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los treinta y un días del mes de agosto del año dos mil cinco.
ELIAS ANTONIO SACA GONZALEZ,
Presidente de la República.
RENE MARIO FIGUEROA FIGUEROA,
Ministro de Gobernación.
ACUERDO No. 360
ELIAS ANTONIO SACA GONZALEZ,
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
Vista la autorización de la Presidencia de la República contenida en nota No. 00651 del 19 de agosto del 2005, por medio de la cual se le concede misión ofi cial al Licenciado EDUARDO ZABLAH-TOUCHE, Secretario Técnico de la Presidencia de la República, para que asista a la “Cena de Trabajo con los Gobernadores Titulares y Alternos del Banco Interamericano de Desarrollo y despedida al señor Presidente del Banco, Señor Enrique V. Iglesias”, a realizarse los días 1º y 2 de septiembre del presente año, en Tegucigalpa, Honduras, ACUERDA: conceder al Licenciado Zablah-Touché, el pago de Boleto Aéreo, Gastos de Viaje y Gastos Terminales, por un valor de SEISCIENTOS VEINTE 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US$620.00), gastos que le serán cubiertos por la Presidencia de la República, Unidad Presupuestaria 05; Secretaría Técnica; Línea de Trabajo: 01 Análisis y Seguimiento; Código Presupuestario: 2004-0500-1-0501-21-1-54402 y 2004-0500-1-0501-21-1-54404.
DADO EN CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los veintidós días del mes de agosto de dos mil cinco.
ELIAS ANTONIO SACA GONZALEZ,
Presidente de la República.
RENE MARIO FIGUEROA FIGUEROA,
Ministro de Gobernación.
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9DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Septiembre de 2005.
ACUERDO No. 361.-
ELIAS ANTONIO SACA GONZALEZ,
Presidente de la República,
vista la autorización de la Presidencia de la República contenida en nota No. 00646, del 19 de agosto actual, por medio de la cual se le concedió misión ofi cial a la Licenciada ANA VILMA ALBANEZ DE ESCOBAR, Vicepresidenta de la República, para que viajara a Tokio, Japón, del 15 al 20 de agosto actual, a fi n de asistir a la Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno Japón-Centroamérica, ACUERDA: reconocer a la Licenciada Albanez de Escobar, boletos aéreos, viáticos, gastos de viaje y gastos terminales, durante el período antes mencionado, gastos que le serán cubiertos por la Presidencia de la República, Unidad Presupuestaria 01 Dirección y Administración Institucional; Línea de Trabajo 02 Administración General; Cifras Presupuestarias: 2005-0500-1-01-02-21-1-54402 y 2005-0500-1-01-02-21-1-54404, del Presupuesto General vigente.
DADO EN CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los veintidós días del mes de agosto del año dos mil cinco.
ELIAS ANTONIO SACA GONZALEZ,
Presidente de la República.
RENE MARIO FIGUEROA FIGUEROA,
Ministro de Gobernación.
ACUERDO No. 362.-
ELIAS ANTONIO SACA GONZALEZ,
Presidente de la República,
vista la autorización de la Presidencia de la República contenida en nota No. 00647, del 19 de agosto actual, por medio de la cual se le concedió misión ofi cial al Licenciado RICARDO RODRIGO SUAREZ FISCHNALER, Secretario Privado de la Vicepresidencia de la República, quien viajó a Tokio, Japón, del 15 al 20 de agosto del presente año, a fi n de formar parte de la delegación que acompañó a la señora Vicepresidente de la República, Licenciada Ana Vilma Albanez de Escobar, a la Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno Japón-Centroamérica, ACUERDA: reconocer al Licenciado Suárez Fischnaler, boletos aéreos, viáticos, gastos de viaje y gastos terminales, durante el período antes mencionado, gastos que le serán cubiertos por la Presidencia de la República, Unidad Presupuestaria 01 Dirección y Administración Institucional; Línea de Trabajo 02 Administración General; Cifras Presupuestarias: 2005-0500-1-01-02-21-1-54402 y 2005-0500-1-01-02-21-1-54404, del Presupuesto General vigente.
DADO EN CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los veintidós días del mes de agosto del año dos mil cinco.
ELIAS ANTONIO SACA GONZALEZ,
Presidente de la República.
RENE MARIO FIGUEROA FIGUEROA,
Ministro de Gobernación.
ACUERDO No. 363.-
ELIAS ANTONIO SACA GONZALEZ
Presidente de la República,
vista la autorización de la Presidencia de la República contenida en nota No. 00645, del 19 de agosto actual, por medio de la cual se le concede misión ofi cial a la Doctora ANA EVELYN JACIR DE LOVO, Comisionada Presidencial para la Defensoría del Consumidor, para que viaje a Bogotá, Colombia, del 27 de septiembre al 1 de octubre del presente año, a fi n de asistir al III Encuentro del Grupo Biarritz con el tema: “Modelo de Desa-rrollo y Gobernabilidad”, ACUERDA: conceder a la Doctora Jacir de Lovo, complemento de viáticos, gastos de viaje y gastos terminales, durante el período antes mencionado, gastos que le serán cubiertos por la Presidencia de la República, Unidad Presupuestaria 01 Dirección y Administración Institucional; Línea de Trabajo 09 “Comisionados Presidenciales”, Cifras Presupuestarias: 2005-0500-1-01-09-21-1-54404, del Presupuesto General vigente.
DADO EN CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los veintidós días del mes de agosto del año dos mil cinco.
ELIAS ANTONIO SACA GONZALEZ,
Presidente de la República.
RENE MARIO FIGUEROA FIGUEROA,
Ministro de Gobernación.
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10 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 368
MINISTERIO DE GOBERNACIÓNRAMO DE GOBERNACION
NUMERO ONCE: En la ciudad de San Miguel, a las ocho horas del
día veintinueve abril del año dos mil cuatro.- Ante Mí, ELIO ISAI
PONCE AMAYA. Notario, del domicilio de San Francisco Go-
tera, Departamento de Morazán, comparecen los señores: DORIS
LIZZETTE FERNANDEZ VENTURA, de veinticinco años de edad,
Estudiante, del domicilio de San Miguel, GRISELDA GUADALUPE
ZELAYA DE HERNANDEZ, de treinta y cuatro años de edad, Arqui-
tecto, del domicilio de San Miguel, JOSE MARTIN HERNANDEZ
BATRES, de cuarenta y cuatro años de edad, Empleado, del domicilio
de San Miguel, LUIS GERARDO ARIAS GUEVARA, de veinticuatro
años de edad, Estudiante, del domicilio de San Miguel, LOURDES
MARINA CRUZ, de diecinueve años de edad, Estudiante, del domici-
lio de San Salvador, LORENA MERCEDES GONZALEZ ZURA, de
veintitrés años de edad, Estudiante, del domicilio de San Miguel, VIO-
LETA NATALIA CRUZ GARCIA, de veintidós años de edad, Estu-
diante, del domicilio de Mejicanos, departamento de San Salvador,
ADELSON EDER GONZALEZ BERRIOS, de diecinueve años de edad,
Estudiante, del domicilio de Intipucá, departamento de La Unión, RO-
SARIO DEL CARMEN CRUZ GARCIA, de veinticuatro años de edad,
del domicilio de San Salvador, y MARTA CONCEPCION GONZALEZ
SURA, de dieciocho años de edad, Estudiante, del domicilio de San
Miguel, todos personas de mi conocimiento, portadores de sus Docu-
mentos Únicos de Identidad Números: Cero cero trescientos treinta y
tres mil quinientos doce- nueve; Cero cero setecientos ochenta y seis
mil ochocientos sesenta- tres; Cero dos millones doscientos ochenta y
cinco mil doscientos- nueve; Cero cero cuatrocientos diecisiete mil
sesenta y cuatro- cinco; Cero un millón ochocientos sesenta y cuatro
mil setecientos noventa y cinco-cinco; Cero dos millones seiscientos
treinta y ocho mil setecientos sesenta- ocho; Cero un millón quinientos
trece mil trescientos nueve- seis; Cero un millón novecientos veintiún
mil ochocientos veintiocho- ocho; Cero cero quinientos cinco mil no-
vecientos veintinueve- cero; y Cero dos millones novecientos Cincuen-
ta mil seiscientos Veintitrés-cinco, respectivamente; y ME DICEN: Que
por medio de este instrumento vienen a Constituir una Asociación sin
Fines de Lucro, que se regirá por los siguientes cláusulas, que a su vez,
conforman sus Estatutos: “ESTATUTOS DE LA ASOCIACION AMI-
GOS DEL AMBIENTE DE SAN MIGUEL”.- CAPITULO I. NOMBRE
Y DOMICILIO.- Artículo Uno.- Créase en la Ciudad de San Miguel,
Departamento de San Miguel, la Asociación de nacionalidad Salvado-
reña, que se denominará “AMIGOS DEL AMBIENTE DE SAN MI-
GUEL”, como una entidad apolítica, no lucrativa ni religiosa, la que en
los presentes estatutos se denominará “La Asociación”.- Artículo Dos.-
El domicilio de la Asociación será la ciudad de San Miguel, Departa-
mento de San Miguel, pudiendo establecer fi liales en todo el territorio
de la República y fuera de él. Artículo Tres.- La Asociación se consti-
tuye por tiempo indefi nido.- CAPITULO II. FINES U OBJETIVOS.-
Artículo Cuatro.- Los fi nes de la Asociación serán: a) Luchar por la
conservación de la fauna, la Flora, los recursos naturales y la calidad del
medio ambiente, en el marco de las leyes nacionales e internacionales;
b) Trabajar por la restauración, el ordenamiento y la conservación de
los recursos, naturales, en la zona oriental; c) Contribuir a la reducción
del deterioro de los recursos naturales, en las zonas de recarga acuífera,
en la zona oriental; d) Promover la organización y participación de los
habitantes, para contribuir a un desarrollo ambientalmente sustentable
en la zona; e) Realizar actividades que fomenten la educación Ambien-
tal, como la herramienta más efi caz para el cambio de actitudes y apti-
tudes; f) Promover la Equidad de Género, en las Diferentes actividades
que vayan encaminadas a mejorar nuestro entorno natural; g) Colaborar
con otras entidades cuyos objetivos sean afi nes a los de la Asociación:
i) Divulgar por los diferentes medios los derechos económicos, sociales,
culturales y ambientales a efecto de que la sociedad conozca de los
mismos; j) Brindar la orientación adecuada por los técnicos de la Aso-
ciación en la RESOLUCION DE CONFLICTOS AMBIENTALES.
Dichos fi nes se llevarán a cabo previa autorización de la entidad guber-
namental correspondiente.- CAPITULO III. DEL PATRIMONIO.- Ar-
tículo Cinco.- El Patrimonio de la Asociación estará constituido por: a)
las cuotas de los miembros, b) donaciones, herencias, legados, contri-
buciones de personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras,
respectivamente. c) Todos los bienes muebles e inmuebles que adquiera
y las rentas provenientes de los mismos de conformidad con la ley.-
Artículo seis.- El Patrimonio será administrado por la Junta Directiva
conforme a las directrices que le manifi este la Asamblea General.- CA-
PITULO IV. DEL GOBIERNO DE LA ASOCIACION.- Artículo Siete.-
El Gobierno de la Asociación será ejercido por: a) La Asamblea General;
y b) La Junta Directiva.-CAPITULO V. DE LA ASAMBLEA GENE-
RAL.- Artículo Ocho.- La Asamblea General, debidamente convocada,
es la autoridad máxima de la Asociación y estará integrada por la tota-
lidad de los miembros Activos y Fundadores.- Artículo Nueve.- La
Asamblea General se reunirá ordinariamente una vez al año y extraor-
dinariamente cuando fuere convocada por la Junta Directiva. La Asam-
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blea General sesionará válidamente con la asistencia del cincuenta y uno
por ciento como mínimo de los miembros en primera Convocatoria y
en segunda convocatoria el día siguiente con los miembros que asistan,
excepto en los casos especiales en que se requiera mayor número de
asistentes.- Las resoluciones las tomará la Asamblea General por ma-
yoría absoluta de votos, excepto en los casos especiales en que se re-
quiera una mayoría diferente. Artículo Diez.- Todo miembro que no
pudiera asistir a cualquiera de las sesiones de la Asamblea General por
motivos justifi cados podrá hacerse representar por escrito por otro
miembro. El límite de representaciones es de un miembro, llevando la
voz y el voto de su representado.- Artículo Once.-son atribuciones de la
Asamblea General: a) Elegir, sustituir y destituir total o parcialmente a
los miembros de la Junta Directiva; b) Aprobar, reformar o derogar los
estatutos y el reglamento interno de la Asociación; c) Aprobar y/o mo-
difi car los planes, programas o presupuesto anual de la Asociación; d)
Aprobar o desaprobar la memoria anual de labores de la Asociación,
presentada por la Junta Directiva; e) Fijar las cuotas mensuales y con-
tribuciones eventuales de los miembros; f) Decidir sobre la compra,
venta o enajenación de bienes inmuebles pertenecientes a la Asociación;
g) Decidir todos aquellos asuntos de interés para la Asociación y que no
estén contemplados en los presentes Estatutos.- CAPITULO VI.- DE
LA JUNTA DIRECTIVA.- Artículo Doce.- La dirección y administración
de la Asociación estará confi ada a la Junta Directiva, la cual estará in-
tegrada de la siguiente forma: Un Presidente, Un Secretario, un Tesore-
ro y dos Vocales.- Artículo Trece.- Los miembros de la Junta Directiva
serán electos para un período de dos años pudiendo ser reelectos.- Ar-
tículo Catorce.- La Junta Directiva sesionará ordinariamente una vez al
mes y extraordinariamente cuantas veces sea necesario.- Artículo Quin-
ce.- El quórum necesario para que la Junta Directiva pueda sesionar será
la mitad más uno de sus miembros y sus acuerdos deberán ser tomados
por la mayoría de los asistentes.- Artículo Dieciséis.- La Junta Directiva
tendrá las siguientes atribuciones: a) Desarrollar las actividades necesa-
rias para el logro de los fi nes de la Asociación; b) Velar por la adminis-
tración efi ciente y efi caz del patrimonio de la Asociación; c) Elaborar
la memoria anual de labores de la Asociación. d) Promover la elaboración
de planes, programas, proyectos y presupuestos de la Asociación e in-
formar a la Asamblea General; e) Velar por el cumplimiento de los
estatutos, reglamento interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea
General y de la misma Junta Directiva. f) Nombrar de entre los miembros
de la Asociación los comités o comisiones que consideren necesarios
para el cumplimiento de los fi nes de la Asociación; g) Convocar a se-
siones ordinarias y extraordinarias de Asamblea General; h) Decidir
sobre las solicitudes de incorporación de nuevos miembros y proponer-
los a la Asamblea General; i) Resolver todos los asuntos que no sean
competencia de la Asamblea General.- Artículo Diecisiete.- Son atribu-
ciones del Presidente: a) Presidir las sesiones Ordinarias y Extraordina-
rias de Asamblea General; b) Velar por el cumplimiento de los acuerdos,
resoluciones de la Junta Directiva y de la Asamblea General, así como
de los estatutos y reglamento interno de la Asociación; c) Representar
judicial y extrajudicialmente a la Asociación, pudiendo otorgar poderes
previa autorización de la Junta Directiva; d) Convocar a sesiones ordi-
narias y extraordinarias de la Asamblea General y de la Junta Directiva;
e) Autorizar juntamente con el tesorero las erogaciones que tenga que
hacer la Asociación; f) Presentar la memoria de labores de la Asociación
y cualquier informe que le sea solicitado por la misma.- Artículo Die-
ciocho.- Son atribuciones del Secretario: a) Llevar los Libros de actas
de las sesiones de Asamblea General y de Junta Directiva; b) Llevar el
archivo de documentos y registros de los miembros de la Asociación; c)
Extender todas las certifi caciones que fueran solicitadas a la Asociación;
d) Hacer y enviar las convocatorias a los miembros para las sesiones; y
e) Ser el órgano de comunicación de la Asociación.- Artículo Diecinue-
ve.- Son atribuciones del Tesorero: a) Recibir y depositar los fondos que
la Asociación obtenga, en el Banco que la Junta Directiva seleccione;
b) Llevar o tener control directo de los libros de contabilidad de la
Asociación; c) Autorizar juntamente con el presidente las erogaciones
que la Asociación tenga que realizar.- Artículo Veinte.- Son Atribuciones
de los Vocales: a) Colaborar directamente con todos los miembros de la
Junta Directiva; b) Sustituir a cualquier miembro de la Junta Directiva
en caso de ausencia o impedimento, de conformidad al artículo once
literal a) de estos Estatutos. CAPITULO VII. DE LOS MIEMBROS.-
Artículo Veintiuno.- Podrán ser miembros todas las personas mayores
de dieciocho años sin distinción de raza, credo, religión e ideología
política que lo soliciten por escrito a la Junta Directiva.- Artículo Vein-
tidós.- La Asociación tendrá las siguientes clases de miembros: a)
Miembros Fundadores; b) Miembros Activos c) Miembros Honorarios.-
Serán MIEMBROS FUNDADORES: Todas las personas que suscriban
el acta de constitución de la Asociación. Serán MIEMBROS ACTIVOS:
Todas las personas que la Junta Directiva acepte como tales en la Aso-
ciación.- Serán MIEMBROS HONORARIOS: Todas las personas que
por su labor y méritos en favor de la Asociación AMIGOS DEL AM-
BIENTE DE SAN MIGUEL, sean así nombrados por la Asamblea
General.- Artículo Veintitrés.- Son derechos de los miembros Fundado-
res y Activos: a) Tener voz y voto en las deliberaciones de la Asamblea
General; b) Optar a cargos Directivos llenando los requisitos que seña-
len los Estatutos de la Asociación; c) Los demás que les señalen los
Estatutos y Reglamento Interno de la Asociación.- Artículo Veinticuatro.-
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12 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 368
Son deberes de los miembros Fundadores y Activos: a) Asistir a las
sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Asamblea General; b) Coope-
rar en el desarrollo de aquellas actividades propias de la Asociación; c)
Cancelar las cuotas acordadas en Asamblea General; d) Cumplir y hacer
cumplir los presentes estatutos, reglamento interno, acuerdos y resolu-
ciones de la Asamblea General; e) Los demás que señalen los estatutos
y reglamento interno de la Asociación.- Artículo Veinticinco.- La calidad
de miembros se perderá por las causas siguientes: a) Por violación a
estos estatutos, reglamento interno, acuerdos y resoluciones de la Asam-
blea General; b) Por otras faltas graves cometidas, que a juicio de la
Asamblea General merezcan tal sanción; c) Por renuncia presentada por
escrito a la Junta Directiva.- CAPITULO VIII. SANCIONES A LOS
MIEMBROS, MEDIDAS DISCIPLINARIAS, CAUSALES Y PROCE-
DIMIENTOS DE APLICACION.- Artículo Veintiséis.- Las sanciones,
medidas disciplinarias, las causales y procedimientos de Aplicación
estarán comprendidos en el reglamento interno de la Asociación, el cual
deberá ser elaborado por la Junta Directiva y Aprobado por la Asamblea
General.- CAPITULO IX DE LA DISOLUCION.- Artículo Veintisiete.-
No podrá disolverse la Asociación sino por disposición de la ley o por
resolución tomada en Asamblea General Extraordinaria, convocada a
ese efecto y con un número de votos que represente por lo menos tres
cuartas partes de sus miembros. Artículo Veintiocho.- En caso de acor-
darse la Disolución de la Asociación se nombrará una Junta de Liqui-
dación compuesta de cinco personas, electas por la Asamblea General
Extraordinaria que acordó la disolución. Los bienes que sobraren después
de cancelar todos sus compromisos se donarán a cualquier entidad
Benéfi ca o Cultural que la Asamblea General señale.- CAPITULO X
REFORMA DE ESTATUTOS.- Artículo Veintinueve.- Para reformar o
derogar los presentes Estatutos será necesario el voto favorable de no
menos del sesenta por ciento de los miembros en Asamblea General
convocada para tal efecto.- CAPITULO XI DISPOSICIONES GENE-
RALES.- Artículo Treinta.- La Junta Directiva tiene la obligación de
inscribir en el Registro de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de
Lucro del Ministerio de Gobernación, en los primeros días del mes de
enero de cada año, la Nómina de los Miembros y dentro de los cinco
días la nueva Junta Directiva y en todo caso inscribir en dicho Registro
todos los documentos que la LEY DE ASOCIACIONES Y FUNDA-
CIONES SIN FINES DE LUCRO señale inscribir, así como enviar al
Registro cualquier dato que se le pidiere relativo a la entidad- Artículo
Treinta y uno.- Todo lo relativo al orden interno de la Asociación no
comprendido en estos Estatutos, se establecerá en el Reglamento Inter-
no de la misma, el cual deberá ser elaborado por la Junta Directiva y
aprobado por la Asamblea General.-Artículo Treinta y Dos.- La Asocia-
ción Amigos del Ambiente de San Miguel se regirá por la LEY DE
ASOCIACIONES Y FUNDACIONES SIN FINES DE LUCRO por los
presentes Estatutos y demás disposiciones legales aplicables.- Artículo
Treinta y Tres.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia desde el
día de su publicación en el Diario Ofi cial.- TERCERO: De conformidad
con el artículo doce de los estatutos procedemos a elegir a la Junta Di-
rectiva, la cual por decisión unánime de los concurrentes queda integra-
da de la siguiente forma: Presidente: Doris Lizzette Fernández Ventura;
Secretario: Luis Gerardo Arias Guevara; Tesorero: Rosario del Carmen
Cruz García; Primer Vocal: José Martín Hernández Batres; Segundo
Vocal: Lorena Mercedes González Sura; todos de generales antes ex-
presadas. Los Estatutos entrarán en vigencia a partir su publicación en
el Diario Ofi cial. Así se expresaron los comparecientes y yo, el suscrito
Notario DOY FE: Que les advertí de la obligación en que se encuentran
de inscribir el testimonio de esta Escritura Pública, en el correspondien-
te Registro y las sanciones a que se refi ere el artículo noventa y uno de
la Ley pertinente. b) Hice saber a los comparecientes, que las Asocia-
ciones y Fundaciones, no podrán ser fi adoras, dar caución o ser avalistas
de obligaciones. Expliqué a los comparecientes los efectos legales de
este instrumento y leído que se los hube íntegramente, en un sólo acto,
lo ratifi can por estar redactado conforme sus voluntades y fi rmamos.-
DOY FE.- Saldado- días- Vale-Enmendado-San Miguel- Vale “D.L.F.V.”
“G.Z.H” “J.M. Hernández B.” “L.G.A.” “Ilegible” “Ilegible” “Ilegible”
“Ilegible” “Ilegible” “M. González” “E.I.P.” “RUBRICADAS”
ELIO ISAI PONCE AMAYA,
NOTARIO.
PASO ANTE MI DEL FOLIO TRECE VUELTO AL FOLIO DIE-
CIOCHO FRENTE DEL LIBRO QUINTO DE MI PROTOCOLO,
QUE LLEVO EN EL CORRIENTE AÑO, Y QUE VENCE EL DIA
VEINTITRES DE ABRIL DE DOS MIL CINCO. Y PARA SER EN-
TREGADO A LA ASOCIACION AMIGOS DEL AMBIENTE DE SAN
MIGUEL REPRESENTADA LEGALMENTE POR LA LICENCIADA
DORIS LIZZETTE FERNANDEZ VENTURA, EXTIENDO, FIRMO
Y SELLO EL PRESENTE TESTIMONIO EN LA CIUDAD DE SAN
FRANCISCO GOTERA, A LOS VEINTINUEVE DIAS DEL MES DE
ABRIL DE DOS MIL CUATRO.
ELIO ISAI PONCE AMAYA,
NOTARIO.
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13DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Septiembre de 2005.
ESTATUTOS DE LA ASOCIACION
“AMIGOS DEL AMBIENTE DE SAN MIGUEL”
CAPITULO I
NATURALEZA, DENOMINACION, DOMICILIO Y PLAZO.
Art. 1.- Créase en la Ciudad de San Miguel, Departamento de San Miguel, la Asociación de nacionalidad Salvadoreña, que se denominará “AMIGOS DEL AMBIENTE DE SAN MIGUEL”, como una entidad apolítica, no lucrativa ni religiosa, la que en los presentes estatutos se denominará “La Asociación”.
Art. 2.- El domicilio de la Asociación será la ciudad de San Miguel, Departamento de San Miguel, pudiendo establecer fi liales en todo el territorio de la República y fuera de él.
Art. 3.- La Asociación se constituye por tiempo indefi nido.
CAPITULO II
FINES U OBJETIVOS
Art. 4.- Los fi nes de la Asociación serán:
a) Luchar por la conservación de la fauna, la fl ora, los recursos naturales y la calidad del medio ambiente en el marco de las leyes nacionales e internacionales.
b) Trabajar por la restauración, el ordenamiento y la conservación de los recursos naturales, en la Zona Oriental.
c) Contribuir a la reducción del deterioro de los recursos naturales en las Zonas de recarga acuífera, en la Zona Oriental.
d) Promover la organización y participación de los habitantes, para contribuir a un Desarrollo Ambientalmente Sustentable en la Zona.
e) Realizar actividades que fomenten la Educación Ambiental, como la herramienta más efi caz para el cambio de actitudes y aptitudes.
f) Promover la Equidad de Género, en las diferentes actividades que vayan encaminadas a mejorar nuestro entorno natural.
g) Colaborar con otras entidades cuyos objetivos sean afi nes a los de la Asociación.
h) Divulgar por los diferentes medios los Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales a efecto de que la Sociedad conozca de los mismos.
i) Brindar la Orientación adecuada por los técnicos de la Aso-ciación en la RESOLUCION DE CONFLICTOS AMBIEN-TALES. Dichos fi nes se llevarán a cabo previa autorización de la entidad gubernamental correspondiente.
CAPITULO III
DEL PATRIMONIO.
Art. 5.- El Patrimonio de la Asociación estará constituido por:
a) Las cuotas de los miembros.
b) Donaciones, herencias, legados, contribuciones de personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, respectivamen-te.
c) Todos los bienes muebles e inmuebles que adquiera y las rentas provenientes de los mismos de conformidad con la ley.
Art. 6.- El Patrimonio será administrado por la Junta Directiva conforme a las directrices que le manifi este la Asamblea General.
CAPITULO IV
DEL GOBIERNO DE LA ASOCIACION
Art. 7.- El Gobierno de la Asociación será ejercido por:
a) La Asamblea General; y
b) La Junta Directiva.
CAPITULO V
DE LA ASAMBLEA GENERAL
Art. 8.- La Asamblea General, debidamente convocada, es la au-toridad máxima de la Asociación y estará integrada por la totalidad de los miembros Activos y Fundadores.
Art. 9.- La Asamblea General se reunirá ordinariamente una vez al año y extraordinariamente cuando fuere convocada por la Junta Direc-tiva. La Asamblea General sesionará válidamente con la asistencia del cincuenta y uno por ciento como mínimo de los Miembros en primera convocatoria y en segunda convocatoria el día siguiente con los miembros que asistan, excepto en los casos especiales en que se requiera mayor número de asistentes. Las resoluciones las tomará la Asamblea General por mayoría absoluta de votos, excepto en los casos especiales en que se requiera una mayoría diferente.
Art. 10.- Todo miembro que no pudiera asistir a cualquiera de las sesiones de la Asamblea General por motivos justifi cados podrá hacerse representar por escrito por otro miembro. El límite de representaciones es de un miembro, llevando la voz y el voto de su representado.
Art. 11.- Son atribuciones de la Asamblea General:
a) Elegir, Sustituir y destituir total o parcialmente a los miembros de la Junta Directiva.
b) Aprobar, reformar o derogar los Estatutos y el Reglamento Interno de la Asociación.
c) Aprobar y/o modifi car los planes, programas o presupuesto anual de la Asociación.
d) Aprobar o desaprobar la Memoria Anual de Labores de la Asociación, presentada por la Junta Directiva.
e) Fijar las cuotas mensuales y contribuciones eventuales de los miembros.
f) Decidir sobre la compra, venta o enajenación de bienes inmuebles pertenecientes a la Asociación.
g) Decidir todos aquellos asuntos de interés para la Asociación y que no estén contemplados en los presentes Estatutos
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CAPITULO VI
DE LA JUNTA DIRECTIVA
Art. 12.- La dirección y administración de la Asociación estará confi ada a la Junta Directiva, la cual estará integrada de la siguiente forma: Un Presidente, un Secretario, un Tesorero y dos Vocales.
Art. 13.- Los miembros de la Junta Directiva serán electos para un período de dos años pudiendo ser reelectos.
Art. 14.- La Junta Directiva sesionará ordinariamente una vez al mes y extraordinariamente cuantas veces sea necesario.
Art. 15.- El quórum necesario para que la Junta Directiva pueda sesionar será la mitad más uno de sus Miembros y sus acuerdos deberán ser tomados por la mayoría de los asistentes.
Art. 16.- La Junta Directiva tendrá las siguientes atribuciones:
a) Desarrollar las actividades necesarias para el logro de los fi nes de la Asociación.
b) Velar por la administración efi ciente y efi caz del patrimonio de la Asociación.
c) Elaborar la Memoria Anual de Labores de la Asociación.
d) Promover la elaboración de planes, programas, proyectos y presupuestos de la Asociación e informar a la Asamblea General.
e) Velar por el cumplimiento de los Estatutos, Reglamento Interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General y de la misma Junta Directiva.
f) Nombrar de entre los Miembros de la Asociación los Comités o Comisiones que consideren necesarios para el cumplimiento de los fi nes de la Asociación.
g) Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias de Asamblea General.
h) Decidir sobre las solicitudes de incorporación de nuevos miembros y proponerlos a la Asamblea General
i) Resolver todos los asuntos que no sean competencia de la Asamblea General.
Art. 17.- Son atribuciones del Presidente:
a) Presidir las sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Asamblea General.
b) Velar por el cumplimiento de los acuerdos, resoluciones de la Junta Directiva y de la Asamblea General, así como de los Estatutos y Reglamento Interno de la Asociación.
c) Representar judicial y extrajudicialmente a la Asociación, pudiendo otorgar poderes previa autorización de la Junta Directiva.
d) Convocar a Sesiones Ordinarias y Extraordinarias de la Asamblea General y de la Junta Directiva.
e) Autorizar juntamente con el Tesorero las erogaciones que tenga que hacer la Asociación.
f) Presentar la Memoria de Labores de la Asociación y cualquier informe que le sea solicitado por la misma.
Art. 18.- Son atribuciones del Secretario:
a) Llevar los libros de actas de las sesiones de Asamblea General y de Junta Directiva.
b) Llevar el archivo de documentos y registros de los miembros de la Asociación.
c) Extender todas las certifi caciones que fueran solicitadas a la Asociación.
d) Hacer y enviar las convocatorias a los miembros para las sesiones.
e) Ser el órgano de comunicación de la Asociación.
Art. 19.- Son atribuciones del Tesorero:
a) Recibir y depositar los fondos que la Asociación obtenga, en el Banco que la Junta Directiva seleccione.
b) Llevar o tener control directo de los libros de contabilidad de la Asociación.
c) Autorizar juntamente con el Presidente las erogaciones que la Asociación tenga que realizar.
Art. 20.- Son atribuciones de los Vocales:
a) Colaborar directamente con todos los miembros de la Junta Directiva.
b) Sustituir a cualquier Miembro de la Junta Directiva en caso de ausencia o impedimento, de conformidad al artículo once literal a) de estos Estatutos.
CAPITULO VII
DE LOS MIEMBROS
Art. 21.- Podrán ser miembros todas las personas mayores de die-ciocho años sin distinción de raza, credo, religión e ideología política, que lo soliciten por escrito a la Junta Directiva
Art. 22.- La Asociación tendrá las siguientes clases de miem-bros:
a) Miembros Fundadores.
b) Miembros Activos.
c) Miembros Honorarios.
Serán MIEMBROS FUNDADORES: Todas las personas que suscriban el acta de constitución de la Asociación.
Serán MIEMBROS ACTIVOS: Todas las personas que la Junta Directiva acepte como tales en la Asociación.
Serán MIEMBROS HONORARIOS: Todas las personas que por su labor y méritos en favor de la Asociación AMIGOS DEL AMBIENTE de San Miguel sean así nombrados por la Asamblea General.
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Art. 23.- Son derechos de los miembros Fundadores y Activos:
a) Tener voz y voto en las deliberaciones de la Asamblea Ge-neral
b) Optar a cargos Directivos llenando los requisitos que señalen los Estatutos de la Asociación.
c) Los demás que les señalen los Estatutos y Reglamento Interno de la Asociación.
Art. 24.- Son deberes de los miembros Fundadores y Activos:
a) Asistir a las sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Asamblea General.
b) Cooperar en el desarrollo de aquellas actividades propias de Asociación.
c) Cancelar las cuotas acordadas en la Asamblea General.
d) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos, Reglamento interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General.
e) Los demás que señalen los Estatutos y Reglamento Interno de la Asociación.
Art. 25. - La calidad de miembros se perderá por las causas si-guientes:
a) Por violación a estos Estatutos, Reglamento Interno, Acuerdos y Resoluciones de la Asamblea General.
b) Por otras faltas graves cometidas, que a juicio de la Asamblea General merezcan tal sanción.
c) Por renuncia presentada por escrito a la Junta Directiva.
CAPITULO VIII
SANCIONES A LOS MIEMBROS,
MEDIDAS DISCIPLINARIAS,
CAUSALES Y PROCEDIMIENTOS DE APLICACIÓN.
Art. 26.- Las sanciones, medidas disciplinarias, las causales y procedimientos de Aplicación estarán comprendidos en el Reglamento Interno de la Asociación, el cual deberá ser elaborado por la Junta Di-rectiva y Aprobado por la Asamblea General.
CAPITULO IX
DE LA DISOLUCION
Art. 27.- No podrá disolverse la Asociación sino por disposición de la ley o por resolución tomada en Asamblea General Extraordinaria, convocada a ese efecto y con un número de votos que represente por lo menos tres cuartas partes de sus miembros.
Art. 28.- En caso de acordarse la Disolución de la Asociación se nombrará una Junta de Liquidación compuesta de cinco personas, electas por la Asamblea General Extraordinaria que acordó la disolución. Los bienes que sobraren después de cancelar todos sus compromisos se do-narán a cualquier entidad Benéfi ca o Cultural que la Asamblea General señale.
CAPITULO X
REFORMA DE ESTATUTOS
Art. 29.- Para reformar o derogar los presentes Estatutos será necesario el voto favorable de no menos del sesenta por ciento de los miembros en Asamblea General convocada para tal efecto.
CAPITULO XI
DISPOSICIONES GENERALES
Art. 30.- La Junta Directiva tiene la obligación de inscribir en el Registro de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro del Ministerio de Gobernación, en los primeros días del mes de enero de cada año, la Nómina de los Miembros y dentro de los cinco días la nueva Junta Di-rectiva y en todo caso inscribir en dicho Registro todos los documentos que la LEY DE ASOCIACIONES Y FUNDACIONES SIN FINES DE LUCRO señale inscribir, así como enviar al Registro cualquier dato que se le pidiere relativo a la entidad.
Art. 31.- Todo lo relativo al orden interno de la Asociación no com-prendido en estos Estatutos, se establecerá en el Reglamento Interno de la misma, el cual deberá ser elaborado por la Junta Directiva y aprobado por la Asamblea General.
Art. 32.- La Asociación Amigos del Ambiente de San Miguel se regirá por la LEY DE ASOCIACIONES Y FUNDACIONES SIN FINES DE LUCRO, por los presentes Estatutos y demás disposiciones legales aplicables.
Art. 33.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Ofi cial.
ACUERDO No. 0034
San Salvador, 08 de abril de 2005.
Vistos los anteriores ESTATUTOS de la ASOCIACIÓN AMIGOS DEL AMBIENTE DE SAN MIGUEL, compuestos de TREINTA Y TRES Artículos, constituida en la ciudad de San Miguel, Departamen-to de San Miguel, a las ocho horas del día 29 de abril del 2004, por Escritura Pública, otorgada ante los ofi cios del Notario ELIO ISAI PONCE AMAYA, y no encontrando en ellos ninguna disposición contraria a las leyes del país, de conformidad con el Art. 65 de la Ley de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro, el Órgano Ejecutivo en el Ramo de Gobernación, ACUERDA: a) Aprobarlos en todas sus partes confi riendo a dicha Entidad el carácter de PERSONA JURIDICA; b) Publíquense en el Diario Ofi cial; y c) Inscríbase la referida entidad en el REGISTRO DE ASOCIACIONES Y FUNDACIONES SIN FINES DE LUCRO. COMUNIQUESE. (Rubricado por el señor Presidente de la República). LA VICE MINISTRA DE GOBERNACION. AGUILAR ZEPEDA.
(Registro No. F017575)
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NUMERO CUATRO.- En el cantón Sabana Grande, jurisdicción de la
ciudad de Nahuizalco, departamento de Sonsonate, a las quince horas
del día veintitrés de febrero de dos mil cinco. Ante mí, LUIS FELIPE
LEMUS MAGAÑA, Notario del domicilio de la ciudad de Juayúa;
comparecen los señores DAVID RAMOS, de cuarenta años de edad,
jornalero, del domicilio del cantón Sabana Grande, jurisdicción de
Nahuizalco, con número de identifi cación tributaria cero trescientos
ocho ciento noventa mil doscientos sesenta y cuatro ciento uno ocho, a
quien no conozco pero identifi co por medio de su Documento Único de
Identidad número cero dos millones quinientos treinta y tres mil ocho-
cientos sesenta y uno-cuatro; JULIAN CRESPIN RODRIGUEZ, de
sesenta y siete años de edad, jornalero, del domicilio de cantón Sabana
Grande, jurisdicción de Nahuizalco, con número de identifi cación
tributaria cero trescientos ocho ciento veinte mil ochocientos treinta y
siete ciento uno uno, a quien no conozco pero identifi co por medio de
su Documento Único de Identidad número cero un millón seiscientos
diecisiete mil doscientos ochenta y cinco-siete, PABLO REYES PEREZ,
de veintiséis años de edad, jornalero, del domicilio del cantón Sabana
Grande, jurisdicción de Nahuizalco, con número de identifi cación
tributaria cero trescientos ocho ciento noventa y un mil ciento setenta y
ocho cero uno nueve, a quien no conozco pero identifi co por medio de
su Documento Único de Identidad número cero dos millones cuatro-
cientos noventa y siete mil trescientos cincuenta y nueve- dos; JOSE
GILBERTO HERNANDEZ LIPE, de treinta y tres años de edad, jor-
nalero, del domicilio de cantón Sabana Grande, Jurisdicción de
Nahuizalco, con número de identifi cación tributaria cero trescientos
ocho cero veinte mil novecientos setenta y uno ciento tres cero, a quien
no conozco pero identifi co por medio de su Documento Único de Iden-
tidad número cero un millón ochocientos cincuenta y nueve mil sete-
cientos ochenta y dos- cinco; EMILIO PEREZ, de cuarenta y siete años
de edad, jornalero, del domicilio del cantón Sabana Grande, jurisdicción
de Nahuizalco, con número de identifi cación tributaria cero trescientos
ocho cero setenta mil seiscientos cincuenta y siete ciento dos uno, a
quien no conozco pero identifi co por medio de su Documento Único de
identidad número cero un millón ciento setenta y cuatro mil ciento
trece- cero; JULIO HERNANDEZ PEREZ, de cuarenta y dos años de
edad, jornalero, del domicilio del cantón Sabana Grande, jurisdicción
de Nahuizalco, con número de identifi cación tributaria cero trescientos
ocho ciento un mil doscientos sesenta y dos ciento uno cero, a quien no
conozco pero identifi co por medio de su Documento Único de Identidad
número cero dos millones cincuenta y cinco mil ciento ochenta y dos
–siete; PILAR HERNANDEZ PEREZ, de treinta y nueve años de edad,
jornalero, del domicilio del cantón Sabana Grande, jurisdicción de
Nahuizalco, con número de identifi cación tributaria cero trescientos ocho
ciento once mil sesenta y cinco ciento uno seis, a quien no conozco pero
identifi co por medio de Documento Único de Identidad número cero
dos millones sesenta y cuatro mil quinientos ochenta y nueve –seis;
ELEUTERIO LEONIDAS PEREZ, de cuarenta y un años de edad, ar-
tesano, del domicilio del cantón Sabana Grande, Jurisdicción de
Nahuizalco, con número de identifi cación tributaria cero trescientos ocho
doscientos veinte mil cuatrocientos sesenta y tres ciento tres uno, a quien
no conozco pero identifi co por medio de su Documento Único de Iden-
tidad número cero tres millones veintitrés mil setecientos treinta y
cuatro –cuatro; LUIS PEREZ, de cuarenta y ocho años de edad, jorna-
lero, del domicilio del cantón Sabana Grande, jurisdicción de Nahuizalco,
con número de identifi cación tributaria cero trescientos ocho doscientos
setenta mil novecientos cincuenta y seis ciento cuatro seis, a quien no
conozco pero identifi co por medio de su Documento Único de Identidad
número cero un millón novecientos cuarenta y un mil ciento sesenta y
tres-dos; CARLOS TESORERO SANCHEZ, de treinta años de edad,
jornalero, del domicilio del cantón Sabana Grande, Jurisdicción de
Nahuizalco, con número de identifi cación tributaria cero trescientos
ocho doscientos sesenta y un mil setenta y cuatro ciento tres cuatro, a
quien no conozco pero identifi co por medio de su Documento Único
de Identidad número cero tres millones doscientos cinco mil quinientos
cuarenta y cuatro- siete; FAUSTINO REYES, de treinta y cuatro años
de edad, albañil, de domicilio del cantón Sabana Grande, Jurisdicción
de Nahuizalco, con número de identifi cación tributaria cero trescientos
ocho ciento cincuenta mil trescientos setenta ciento cuatro cero, a quien
no conozco pero identifi co por medio de su Documento Único de
Identidad número cero dos millones trescientos sesenta y nueve mil
novecientos cuarenta y nueve –seis; ANASTACIO REYES PATRIZ, de
veintiséis años de edad, jornalero, del domicilio del cantón Sabana
Grande, jurisdicción de Nahuizalco, con número de identifi cación
tributaria cero trescientos ocho doscientos noventa mil trescientos se-
tenta y ocho ciento tres cero, a quien no conozco pero identifi co por
medio de su Documento Único de Identidad número cero cero setecien-
tos cincuenta y ocho mil cuatrocientos cuarenta y ocho- siete;
MARCELINO LIPE, de cuarenta y nueve años de edad, jornalero, del
domicilio del cantón Sabana Grande, jurisdicción de Nahuizalco, con
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número de identifi cación tributaria cero trescientos ocho doscientos diez
mil novecientos cincuenta y cinco ciento uno dos, a quien no conozco
pero identifi co por medio de su Documento Único de Identidad número
cero un millón setecientos cuarenta y cinco mil doscientos noventa y
seis – siete; CALIXTO AGUILAR FLORES, de cuarenta y siete años
de edad, agricultor en pequeño, del domicilio del cantón Sabana Gran-
de, jurisdicción de Nahuizalco, con número de identifi cación tributaria
cero trescientos ocho ciento cuarenta mil ochocientos cincuenta y siete
ciento uno cinco, a quien no conozco pero identifi co por medio de su
Documento Único de Identidad número cero un millón seiscientos
treinta y un mil doscientos seis –siete; y ADISLAO ROBERTO TADEO
CEREN, de cuarenta y ocho años de edad, motorista, del domicilio del
cantón Sabana Grande, jurisdicción de Nahuizalco, con número de
identifi cación tributaria cero trescientos uno doscientos setenta mil
seiscientos cincuenta y seis ciento uno dos, a quien no conozco pero
identifi co por medio de su Documento Único de Identidad número cero
un millón cuatrocientos un mil trescientos sesenta y cuatro - uno, y ME
DICEN: Que por medio del presente instrumento han convenido en
constituir una Asociación, la cual se regirá por los siguientes capítulos,
separados por artículos: ESTATUTOS DE LA ASOCIACION COMU-
NAL DE ACUEDUCTO FUENTE DE VIDA, QUE PODRÁ
ABREVIARSE ACAFV. CAPITULO PRIMERO. NATURALEZA,
DENOMINACION, DOMICILIO Y PLAZO. ARTICULO UNO.- Créa-
se en el Cantón Sabana Grande, municipio de Nahuizalco, departamen-
to de Sonsonate, la Asociación de nacionalidad salvadoreña que se de-
nominará “ASOCIACION COMUNAL DE ACUEDUCTO FUENTE
DE VIDA”, que podrá abreviarse “ACAFV”, como una entidad apo-
lítica, no lucrativa ni religiosa, la que en los presentes estatutos se de-
nominará “La Asociación”. ARTICULO DOS.- El domicilio de La
Asociación será el Cantón Sabana Grande, municipio de Nahuizalco,
Departamento de Sonsonate, pudiendo establecer fi liales en todo el te-
rritorio de la República y fuera de él. ARTICULO TRES.- La Asociación
se constituye por tiempo indefi nido. CAPITULO SEGUNDO. FINES
U OBJETIVOS. ARTICULO CUATRO.- Los fi nes de la Asociación
serán: a) El promover la introducción del servicio de agua potable para
todos los asociados de carácter residencial o con fi nalidad de cultivos;
b) El dar mantenimiento a las cañerías u otros sistemas de acueductos
que se establezcan para que el servicio de agua proporcionado sea efi -
ciente; c) Mantener la conservación de la fuente o fuentes de agua de
donde se provean de dicho líquido, promoviendo labores ecológicas de
conservación de suelos y todas aquellas que fueren necesarias para la
conservación de dichas fuentes de agua; d) Fomentar el espíritu de so-
lidaridad y cooperación entre sus asociados; e) Promover actividades
lícitas a fi n de poder obtener recursos para la realización de los fi nes
principales anteriormente señalados; f) Buscar cooperación con entida-
des públicas o privadas a fi n de poder impulsar obras de infraestructura
que conlleven un mejoramiento en los fi nes principales establecidos y
para lo cual se crea La Asociación. CAPITULO TERCERO. DEL PA-
TRIMONIO. ARTICULO CINCO.- El patrimonio de la Asociación
estará constituido por: a) Las cuotas de los miembros; b) Donaciones,
herencias, legados, contribuciones de personas naturales o jurídicas,
nacionales o extranjeras; c) Por todos los bienes muebles e inmuebles
que adquiera y las rentas provenientes de los mismos de conformidad
con la ley. ARTICULO SEIS.- El patrimonio será administrado por la
Junta Directiva conforme a las directrices que le manifi este la Asamblea
General. CAPITULO CUARTO. DEL GOBIERNO DE LA ASOCIA-
CION. ARTICULO SIETE.- El Gobierno de la Asociación será ejercido
por: a) La Asamblea General; y b) La Junta Directiva. CAPITULO
QUINTO. DE LA ASAMBLEA GENERAL. ARTICULO OCHO.- La
Asamblea General, debidamente convocada, es la autoridad máxima de
la Asociación, y estará integrada por la totalidad de los miembros ac-
tivos, y miembros fundadores. ARTICULO NUEVE.- La Asamblea
General se reunirá ordinariamente una vez al año y extraordinariamen-
te cuando fuere convocada por la Junta Directiva. La Asamblea General
sesionará válidamente con la asistencia del cincuenta y uno por ciento
como mínimo de los miembros en primera convocatoria, y en segunda
convocatoria el día siguiente con los miembros que asistan, excepto en
los casos especiales en que se requiera mayor número de asistentes. Las
resoluciones las tomará la Asamblea General por mayoría absoluta de
votos, excepto en los casos especiales en que se requiera una mayoría
diferente. ARTICULO DIEZ.- Todo miembro que no pudiera asistir a
cualquiera de las sesiones de Asamblea General por motivos justifi cados,
podrá hacerse representar por escrito por otro miembro. El límites de
representaciones es de un miembro, llevando la voz y el voto de su re-
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presentado. ARTICULO ONCE.- Son atribuciones de la Asamblea
General: a) Elegir, sustituir y destituir total o parcialmente a los miem-
bros de la Junta Directiva. b) Aprobar, reformar o derogar los estatutos
y el reglamento interno de la Asociación. c) Aprobar y/o modifi car los
planes, programas o presupuesto anual de la Asociación. d) Aprobar o
desaprobar la Memoria Anual de Labores de la Asociación, presentada
por la Junta Directiva. e) Fijar las cuotas mensuales y contribuciones
eventuales de los miembros. f) Decidir sobre la compra, venta o enaje-
nación de los bienes inmuebles pertenecientes a la Asociación. g) De-
cidir todos aquellos asuntos de interés para la Asociación y que no estén
contemplados en los presentes estatutos. CAPITULO SEXTO. DE LA
JUNTA DIRECTIVA. ARTICULO DOCE.- La dirección y administra-
ción de la Asociación estará confi ada a la Junta Directiva, la cual estará
integrada de la siguiente forma: Un Presidente, un Secretario, un Teso-
rero y dos Vocales. ARTICULO TRECE.- Los miembros de la Junta
Directiva serán electos para un período de dos años pudiendo ser reelectos.
ARTICULO CATORCE.- La Junta Directiva sesionará ordinariamente
una vez al mes y extraordinariamente cuantas veces sea necesario.
ARTICULO QUINCE.- El quórum necesario para que la Junta Directi-
va pueda sesionar será la mitad más uno de sus miembros y sus acuerdos
deberán ser tomados por la mayoría de los asistentes. ARTICULO
DIECISEIS.- La Junta Directiva tendrá las siguientes atribuciones: a)
Desarrollar las actividades necesarias para el logro de los fi nes de la
Asociación. b) Velar por la administración efi ciente y efi caz del patri-
monio de la Asociación. c) Elaborar la memoria anual de labores de la
Asociación. d) Promover la elaboración de planes, programas, proyectos
y presupuestos de la Asociación e informar a la Asamblea General. e)
Velar por el cumplimiento de los estatutos, reglamento interno, acuerdos
y resoluciones de la Asamblea General y de la misma Junta Directiva.
f) Nombrar de entre los miembros de la Asociación los comités o comi-
siones que consideren necesarios para el cumplimiento de los fi nes de
la Asociación. g) Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias de
Asamblea General. h) Decidir sobre las solicitudes de incorporación de
nuevos miembros y proponerlos a la Asamblea General. i) Resolver
todos los asuntos que no sean competencia de la Asamblea General.
ARTICULO DIECISIETE.- Son atribuciones del Presidente: a) Presidir
las sesiones ordinarias y extraordinarias de Asamblea General. b) Velar
por el cumplimiento de los acuerdos, resoluciones de la Junta Directiva
y de la Asamblea General, así como de los estatutos y reglamento inter-
no de la Asociación. c) Representar judicial y extrajudicialmente a la
Asociación, pudiendo otorgar poderes previa autorización de la Junta
Directiva. d) Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias de la
Asamblea General y de la Junta Directiva. e) Autorizar juntamente con
el Tesorero las erogaciones que tenga que hacer la Asociación. f) Pre-
sentar la memoria de labores de la Asociación y cualquier informe que
le sea solicitado por la misma. ARTICULO DIECIOCHO.- Son atribu-
ciones del Secretario: a) Llevar los libros de actas de las sesiones de
Asamblea General y de Junta Directiva. b) Llevar el archivo de docu-
mentos y registros de los miembros de la Asociación. c) Extender todas
las certifi caciones que fueran solicitadas a la Asociación. d) Hacer y
enviar las convocatorias a los miembros para las sesiones. e) Ser el ór-
gano de comunicación de la Asociación. ARTICULO DIECINUEVE.-
Son atribuciones del Tesorero: a) Recibir y depositar los fondos que la
Asociación obtenga, en el Banco que la Junta Directiva Seleccione. b)
Llevar o tener control directo de los libros de Contabilidad de la Aso-
ciación. c) Autorizar juntamente con el Presidente las erogaciones que
la Asociación tenga que realizar. ARTICULO VEINTE.- Son atribucio-
nes de los Vocales: a) Colaborar directamente con todos los miembros
de la Junta Directiva. b) Sustituir a cualquier miembro de la Junta Di-
rectiva en caso de ausencia o impedimento, de conformidad al artículo
once literal a) de estos estatutos. CAPITULO SEPTIMO. DE LOS
MIEMBROS. ARTICULO VEINTIUNO.- Podrán ser miembros todas
las personas mayores de dieciocho años sin distinción de raza, credo,
religión e ideología política que lo soliciten por escrito a la Junta Direc-
tiva. ARTICULO VEINTIDOS.- La Asociación tendrá las siguientes
clases de miembros: a) Miembros Fundadores. b) Miembros Activos. c)
Miembros Honorarios. Serán MIEMBROS FUNDADORES: Todas las
personas que suscriban el acta de constitución de la Asociación. Serán
MIEMBROS ACTIVOS: Todas las personas que la Junta Directiva
acepte como tales en la Asociación. Serán MIEMBROS HONORARIOS:
Todas las personas que por su labor y méritos en favor de la Asociación
sean así nombrados por la Asamblea General. ARTICULO VEINTI-
TRES.- Son derechos de los Miembros Fundadores y Activos: a) Tener
voz y voto en las deliberaciones de la Asamblea General. b) Optar a
cargos directivos llenando los requisitos que señalen los estatutos de la
Asociación. c) Los demás se les señalen los estatutos y reglamento in-
terno de la Asociación. ARTICULO VEINTICUATRO.- Son deberes de
los Miembros Fundadores y Activos: a) Asistir a las sesiones ordinarias
y extraordinarias de Asamblea General. b) Cooperar en el desarrollo de
aquellas actividades propias de la Asociación. c) Cancelar las cuotas
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acordadas en Asamblea General. d) Cumplir y hacer cumplir los presen-
tes estatutos, reglamento interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea
General. e) Los demás que les señalen los estatutos y reglamento inter-
no de la Asociación. ARTICULO VEINTICINCO.- La calidad de
Miembro se perderá por las causas siguientes: a) Por violación a estos
estatutos, reglamento interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea
General. b) Por otras faltas graves cometidas, que a juicio de la Asamblea
General merezcan tal sanción. c) Por renuncia presentada por escrito a
la Junta Directiva. CAPITULO OCTAVO. SANCIONES A LOS MIEM-
BROS, MEDIDAS DISCIPLINARIAS, CAUSALES Y PROCEDI-
MIENTOS DE APLICACION. ARTICULO VEINTISEIS.- Las medidas
disciplinarias, causales y procedimientos para su aplicación serán desa-
rrolladas en el reglamento interno de la Asociación. CAPITULO NO-
VENO. DE LA DISOLUCION. ARTICULO VEINTISIETE.- No podrá
disolverse la Asociación sino por disposición de la ley o por resolución
tomada en Asamblea General extraordinaria, convocada a ese efecto y
con un número de votos que represente por lo menos tres cuartas partes
de sus miembros. ARTICULO VEINTIOCHO.- En caso de acordarse
la disolución de la Asociación se nombrará una junta de liquidación
compuesta de cinco personas, electas por la Asamblea General Extraor-
dinaria que acordó la disolución. Los bienes que sobraren después de
cancelar todos sus compromisos se donarán a cualquier entidad benéfi -
ca o cultural que la Asamblea General señale. CAPITULO DECIMO.
REFORMA DE LOS ESTATUTOS. ARTICULO VEINTINUEVE.- Para
reformar o derogar los presentes estatutos será necesario el voto favo-
rable de no menos del sesenta por ciento de los miembros en Asamblea
General convocada para tal efecto. CAPITULO DECIMO PRIMERO.
DISPOSICIONES GENERALES. ARTICULO TREINTA.- La Junta
Directiva tiene la obligación de inscribir en el Registro de Asociaciones
y Fundaciones sin Fines de Lucro del Ministerio de Gobernación, en los
primeros días del mes de enero de cada año, la Nómina de los Miembros
y dentro de los cinco días después de electa la nueva Junta Directiva, y
en todo caso inscribir en dicho Registro todos los documentos que la
LEY DE ASOCIACIONES Y FUNDACIONES SIN FINES DE LUCRO
señale inscribir, así como enviar al Registro cualquier dato que se le
pidiere relativo a la entidad. ARTICULO TREINTA Y UNO.- Todo lo
relativo al orden interno de la Asociación no comprendido en estos
estatutos, se establecerá en el reglamento interno de la misma, el cual
deberá ser elaborado por la Junta Directiva y aprobado por la Asamblea
General. ARTICULO TREINTA Y DOS.- LA ASOCIACION COMU-
NAL DE ACUEDUCTO FUENTE DE VIDA, se regirá por la Ley de
Asociaciones y Fundaciones Sin Fines de Lucro, por los presentes
estatutos y demás disposiciones legales aplicables. ARTICULO TREIN-
TA Y TRES.- Los presentes estatutos entrarán en vigencia desde el día
de su publicación en el Diario Ofi cial. En este Estado eligen la Primera
Junta Directiva: Presidente David Ramos, Secretario Pablo Reyes Pérez,
Tesorero José Gilberto Hernández Lipe, Vocales Julio Hernández Pérez
y Anastacio Reyes Patriz. Así se expresaron los otorgantes, a quienes
expliqué los efectos legales de esta escritura. De todo quedaron enten-
didos y leídos que les fue por mí, íntegramente, todo lo escrito en un
solo acto y sin interrupción, ratifi caron su contenido y fi rman junta-
mente conmigo a excepción del octavo, décimo y décimo tercero, por
manifestarme no saber hacerlo, para constancia dejan las impresiones
digitales de los dedos pulgares de sus manos derechas, haciéndolo a su
ruego y en una sola fi rma la señorita Dolores de las Mercedes Canales
Martínez, mayor de edad, Secretaria, del domicilio de la ciudad de
Izalco, portadora de su Documento Único de Identidad número cero
cero cuatrocientos veintiún mil ciento ochenta y dos –tres a quien co-
nozco. DE TODO LO CUAL DOY FE. Enmendado: seis- Vale. Entre
líneas: En este estado eligen la Primera Junta Directiva: Presidente
David Ramos, Secretario Pablo Reyes Pérez, Tesorero José Gilberto
Hernández Lipe, Vocales Julio Hernández Pérez, y Anastacio Reyes
Patriz-Vale.
LUIS FELIPE LEMUS MAGAÑA,
NOTARIO.
PASO ANTE MI, del folio número SEIS VUELTO al folio número
TRECE FRENTE, del LIBRO SEXAGESIMO CUARTO DE MI PRO-
TOCOLO, que vence el día veintiuno de febrero del año dos mil seis,
para ser entregado a la ASOCIACION COMUNAL DE ACUEDUCTO
FUENTE DE VIDA, extiendo, fi rmo y sello este testimonio en la ciudad
de Sonsonate, a los veinticuatro días del mes de febrero del año dos mil
cinco. Enmendados: VIDA –días –Valen.
LUIS FELIPE LEMUS MAGAÑA,
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NUMERO CIENTO SESENTA Y NUEVE.- En el cantón Sabana
Grande, jurisdicción de la ciudad de Nahuizalco, departamento de
Sonsonate, a las dieciséis horas y cuarenta minutos del día ocho de julio
de dos mil cinco. Ante mí, LUIS FELIPE LEMUS MAGAÑA, Notario,
del domicilio de la ciudad de Juayúa; comparecen los señores DAVID
RAMOS, de cuarenta años de edad, jornalero, del domicilio del cantón
Sabana Grande, jurisdicción de Nahuizalco, con número de identifi cación
tributaria cero trescientos ocho ciento noventa mil doscientos sesenta y
cuatro ciento uno ocho, a quien no conozco pero identifi co por medio
de su Documento Unico de Identidad número cero dos millones qui-
nientos treinta y tres mil ochocientos sesenta y uno-cuatro; JULIAN
CRESPIN RODRIGUEZ, de sesenta y siete años de edad, jornalero, del
domicilio del cantón Sabana Grande, jurisdicción de Nahuizalco, con
número de identifi cación tributaria cero trescientos ocho ciento veinte
mil ochocientos treinta y siete ciento uno uno, a quien no conozco pero
identifi co por medio de su Documento Unico de Identidad número cero
un millón seiscientos diecisiete mil doscientos ochenta y cinco- siete;
PABLO REYES PEREZ, de veintiséis años de edad, jornalero, del
domicilio del Cantón Sabana Grande, jurisdicción de Nahuizalco, con
número de identifi cación tributaria cero trescientos ocho ciento noven-
ta y un mil ciento setenta y ocho cero uno nueve, a quien no conozco
pero identifi co por medio de su Documento Unico de Identidad núme-
ro cero dos millones cuatrocientos noventa y siete mil trescientos cin-
cuenta y nueve-dos; JOSE GILBERTO HERNANDEZ LIPE, de
treinta y tres años de edad, jornalero, del domicilio del Cantón Sabana
Grande, jurisdicción de Nahuizalco, con número de identifi cación
tributaria cero trescientos ocho cero veinte mil novecientos setenta y
uno ciento tres cero, a quien no conozco pero identifi co por medio de
su Documento Unico de Identidad número cero un millón ochocientos
cincuenta y nueve mil setecientos ochenta y dos- cinco; EMILIO PEREZ,
de cuarenta y siete años de edad, jornalero, del domicilio del Cantón
Sabana Grande, jurisdicción de Nahuizalco, con número de identifi cación
tributaria cero trescientos ocho cero setenta mil seiscientos cincuenta y
siete ciento dos uno, a quien no conozco pero identifi co por medio de
su Documento Unico de Identidad número cero un millón ciento seten-
ta y cuatro mil ciento trece-cero; JULIO HERNANDEZ PEREZ, de
cuarenta y dos años de edad, jornalero, del domicilio del Cantón Saba-
na Grande, jurisdicción de Nahuizalco, con número de identifi cación
tributaria cero trescientos ocho ciento un mil doscientos sesenta y dos
ciento uno cero, a quien no conozco pero identifi co por medio de su
Documento Unico de Identidad número cero dos millones cincuenta y
cinco mil ciento ochenta y dos-siete; PILAR HERNANDEZ PEREZ,
de treinta y nueve años de edad, jornalero, del domicilio del Cantón
Sabana Grande, jurisdicción de Nahuizalco, con número de identifi cación
tributaria cero trescientos ocho ciento once mil sesenta y cinco ciento
uno seis, a quien no conozco pero identifi co por medio de su Documen-
to Unico de Identidad número cero dos millones sesenta y cuatro mil
quinientos ochenta y nueve-seis; ELEUTERIO LEONIDAS PEREZ, de
cuarenta y un años de edad, artesano, del domicilio del Cantón Sabana
Grande, jurisdicción de Nahuizalco, con número de identifi cación
tributaria cero trescientos ocho doscientos veinte mil cuatrocientos se-
senta y tres ciento tres uno, a quien no conozco pero identifi co por
medio de su Documento Unico de Identidad número cero tres millones
veintitrés mil setecientos treinta y cuatro-cuatro; LUIS PEREZ, de
cuarenta y ocho años de edad, jornalero, del domicilio del Cantón Sa-
bana Grande, jurisdicción de Nahuizalco, con número de identifi cación
tributaria cero trescientos ocho doscientos setenta mil novecientos
cincuenta y seis ciento cuatro seis, a quien no conozco pero identifi co
por medio de su Documento Unico de Identidad número cero un millón
novecientos cuarenta y un mil ciento sesenta y tres-dos; CARLOS
TESORERO SANCHEZ, de treinta años de edad, jornalero, del domi-
cilio del Cantón Sabana Grande, jurisdicción de Nahuizalco, con núme-
ro de identifi cación tributaria cero trescientos ocho doscientos sesenta
y un mil setenta y cuatro ciento tres cuatro, a quien no conozco pero
identifi co por medio de su Documento Unico de Identidad número cero
tres millones doscientos cinco mil quinientos cuarenta y cuatro-siete;
FAUSTINO REYES, de treinta y cuatro años de edad, albañil, del do-
micilio del Cantón Sabana Grande, jurisdicción de Nahuizalco, con
número de identifi cación tributaria cero trescientos ocho ciento cincuen-
ta mil trescientos setenta ciento cuatro cero, a quien no conozco pero
identifi co por medio de su Documento Unico de Identidad número cero
dos millones trescientos sesenta y nueve mil novecientos cuarenta y
nueve-seis; ANASTACIO REYES PATRIZ, de veintiséis años de edad,
jornalero, del domicilio del Cantón Sabana Grande, jurisdicción de
Nahuizalco, con número de identifi cación tributaria cero trescientos ocho
doscientos noventa mil trescientos setenta y ocho ciento tres cero, a
quien no conozco pero identifi co por medio de su Documento Unico de
Identidad número cero cero setecientos cincuenta y ocho mil cuatrocien-
tos cuarenta y ocho-siete; MARCELINO LIPE, de cuarenta y nueve
años de edad, jornalero, del domicilio del Cantón Sabana Grande, juris-
dicción de Nahuizalco, con número de identifi cación tributaria cero
trescientos ocho doscientos diez mil novecientos cincuenta y cinco
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ciento uno dos, a quien no conozco pero identifi co por medio de su
Documento Unico de Identidad número cero un millón setecientos
cuarenta y cinco mil doscientos noventa y seis-siete; CALIXTO
AGUILAR FLORES, de cuarenta y siete años de edad, agricultor en
pequeño, del domicilio del Cantón Sabana Grande, jurisdicción de
Nahuizalco, con número de identifi cación tributaria cero trescientos ocho
ciento cuarenta mil ochocientos cincuenta y siete ciento uno cinco, a
quien no conozco pero identifi co por medio de su Documento Unico de
Identidad número cero un millón seiscientos treinta y un mil doscientos
seis-siete; y ADISLAO ROBERTO TADEO CEREN, de cuarenta y ocho
años de edad, motorista, del domicilio del Cantón Sabana Grande, ju-
risdicción de Nahuizalco, con número de identifi cación tributaria cero
trescientos uno doscientos setenta mil seiscientos cincuenta y dos cien-
to uno dos, a quien no conozco pero identifi co por medio de su Docu-
mento Unico de Identidad número cero un millón cuatrocientos un mil
trescientos sesenta y cuatro-uno; y ME DICEN: Que en este mismo
lugar, a las quince horas del día veintitrés de febrero del corriente año,
ante mis ofi cios notariales, celebraron escritura pública de Constitución
de la “ASOCIACION COMUNAL DE ACUEDUCTO FUENTE DE
VIDA”, que puede abreviarse “ACAFV”, en la cual quedaron incorpo-
rados los Estatutos que regirán la vida jurídica de la misma. Que por
medio de la presente escritura y por resolución del Director General de
Salud y Aseguramiento de la Calidad, dependencia del Ministerio de
Salud Pública y Asistencia Social, rectifi can la misma a fi n de agregar
en el capítulo segundo. FINES U OBJETIVOS. ARTICULO CUATRO,
se le agrega al literal a) que debe diferenciarse el agua potable para
consumo humano y el agua para fi nes de cultivos, ya que su calidad es
diferente, quedando dicho literal de la manera siguiente: EL PROMOVER
LA INTRODUCCION DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE PARA
TODOS LOS ASOCIADOS DE CARACTER RESIDENCIAL O CON
FINALIDAD DE CULTIVOS, DEBIENDO DIFERENCIARSE EL
AGUA POTABLE PARA CONSUMO HUMANO Y EL AGUA PARA
FINES DE CULTIVO, POR SER DE CALIDAD DIFERENTE. En el
literal b) se debe de especifi car que el mantenimiento del sistema de un
acueducto comprende varios componentes: fuente de agua, captación,
tuberías, tanques de almacenamiento y red de distribución, y todos
ameritan dar mantenimiento; en consecuencia dicho literal se rectifi ca
de la manera siguiente: EL DAR MANTENIMIENTO A LAS CAÑE-
RIAS U OTROS SISTEMAS DE ACUEDUCTO QUE SE ESTABLEZ-
CAN PARA QUE EL SERVICIO DE AGUA PROPORCIONADO SEA
EFICIENTE, YA QUE EL MANTENIMIENTO DEL SISTEMA DE
UN ACUEDUCTO COMPRENDE VARIOS COMPONENTES: FUEN-
TE DE AGUA, CAPTACION, TUBERIAS, TANQUES DE ALMACE-
NAMIENTO Y RED DE DISTRIBUCION, Y TODOS AMERITAN DE
MANTENIMIENTO. En el literal d) agregar: con el fi n de dar
sostenibilidad al proyecto, rectifi cando dicho literal de la manera si-
guiente: FOMENTAR EL ESPIRITU DE SOLIDARIDAD Y COOPE-
RACION ENTRE SUS ASOCIADOS CON EL FIN DE DAR
SOSTENIBILIDAD AL PROYECTO. Y se agrega a la escritura antes
citada el literal g). GARANTIZAR LA CALIDAD DEL AGUA PARA
EL CONSUMO HUMANO, LA CUAL DEBE CUMPLIR CON LAS
NORMAS ESTABLECIDAS PARA TAL FIN. En esta forma los com-
parecientes rectifi can la escritura de Constitución de dicha Asociación,
quedando en consecuencia rectifi cada en la forma en que se ha estipu-
lado en la presente escritura; ratifi cando por este acto la escritura de
Constitución a que se ha hecho referencia. Así se expresaron los otor-
gantes, a quienes expliqué los efectos legales de esta escritura. De todo
quedaron entendidos y leído que les fue por mí, íntegramente, todo lo
escrito en un sólo acto y sin interrupción, ratifi caron su contenido y
fi rman juntamente conmigo a excepción del octavo, décimo y décimo
tercero, por manifestarme no saber hacerlo, para constancia dejan las
impresiones digitales de los dedos pulgares de sus manos derechas,
haciéndolo a su ruego y en una sola fi rma la señorita Dolores de las
Mercedes Canales Martínez, mayor de edad, Secretaria, del domicilio
de la ciudad de Izalco, portadora de su Documento Unico de Identidad
número cero cero cuatrocientos veintiún mil ciento ochenta y dos-tres,
a quien conozco. DE TODO LO CUAL DOY FE.
LUIS FELIPE LEMUS MAGAÑA,
NOTARIO.
Pasó ante mí, del folio número TRESCIENTOS ONCE FRENTE al
folio número TRESCIENTOS CATORCE FRENTE, del LIBRO SEXA-
GESIMO CUARTO DE MI PROTOCOLO, que vence el día veintiuno
de febrero de dos mil seis; extiendo, fi rmo y sello este testimonio en la
ciudad de Sonsonate, a los once días del mes de julio del año dos mil
cinco.- Para ser entregado a la ASOCIACION COMUNAL DE ACUE-
DUCTO FUENTE DE VIDA.
LUIS FELIPE LEMUS MAGAÑA,
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ESTATUTOS DE LA ASOCIACION COMUNAL DE
ACUEDUCTO FUENTE DE VIDA,
QUE PODRÁ ABREVIARSE ACAFV.
CAPITULO I
NATURALEZA, DENOMINACION, DOMICILIO Y PLAZO.
Art. 1.- Créase en el Cantón Sabana Grande, municipio de Nahuizalco, departamento de Sonsonate, la Asociación de nacionali-dad salvadoreña que se denominará “ASOCIACION COMUNAL DE ACUEDUCTO FUENTE DE VIDA”, que podrá abreviarse “ACAFV”, como una entidad apolítica, no lucrativa, ni religiosa, la que en los presentes estatutos se denominará “La Asociación”.
Art. 2.- El domicilio de la Asociación será el Cantón Sabana Gran-de, municipio de Nahuizalco, Departamento de Sonsonate, pudiendo establecer fi liales en todo el territorio de la República y fuera de él.
Art. 3.- La Asociación se constituye por tiempo indefi nido.
CAPITULO II
FINES U OBJETIVOS.
Art. 4.- Los fi nes de la Asociación serán:
a) El promover la introducción del servicio de agua potable para todos los asociados de carácter residencial o con fi nalidad de cultivos, debiendo diferenciarse el agua potable para consumo humano y el agua para fi nes de cultivo, por ser de calidad diferente;
b) El dar mantenimiento a las cañerías u otros sistemas de acueductos que se establezcan para que el servicio de agua proporcionado sea efi ciente. ya que el mantenimiento de un sis-tema de un acueducto comprende varios componentes: fuente de agua, captación, tuberías, tanques de almacenamiento y red de distribución, y todos ameritan de mantenimiento;
c) Mantener la conservación de la fuente o fuentes de agua de donde se provean de dicho líquido, promoviendo labores ecológicas de conservación de suelos y todas aquellas que fueren necesarias para la conservación de dichas fuentes de agua:
d) Fomentar el espíritu de solidaridad y cooperación entre sus asociados con el fi n de dar sostenibilidad al proyecto;
e) Promover actividades lícitas a fi n de poder obtener recursos para la realización de los fi nes principales anteriormente señalados;
f) Buscar cooperación con entidades públicas o privadas a fi n de poder impulsar obras de infraestructura que conlleven un mejoramiento en los fi nes principales establecidos y para lo cual se crea la Asociación.
g) Garantizar la calidad del agua para consumo humano, la cual debe cumplir con las normas establecidas para al fi n.
CAPITULO III
DEL PATRIMONIO.
Art. 5.- El patrimonio de la Asociación estará constituido por:
a) Las cuotas de los miembros;
b) Donaciones, herencias, legados, contribuciones de personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras;
c) Por todos los bienes muebles e inmuebles que adquiera y las rentas provenientes de los mismos de conformidad con la ley.
Art. 6.- El patrimonio será administrado por la Junta Directiva conforme a las directrices que le manifi este la Asamblea General.
CAPITULO IV
DEL GOBIERNO DE LA ASOCIACION.-
Art. 7.- El Gobierno de la Asociación será ejercido por:
a) La Asamblea General;
b) La Junta Directiva.
CAPITULO V
DE LA ASAMBLEA GENERAL
Art. 8.- La Asamblea General debidamente convocada, es la au-toridad máxima de la Asociación, y estará integrada por la totalidad de los miembros activos y miembros fundadores.
Art. 9.- La Asamblea General se reunirá ordinariamente una vez al año y extraordinariamente cuando fuere convocada por la Junta Direc-tiva. La Asamblea General sesionará validamente con la asistencia del cincuenta y uno por ciento como mínimo de los miembros en primera convocatoria, y en segunda convocatoria el día siguiente con los miembros que asistan, excepto en los casos especiales en que se requiera mayor número de asistentes. Las resoluciones las tomará la Asamblea General por mayoría absoluta de votos, excepto en los casos especiales en que se requiera una mayoría diferente.
Art. 10.- Todo miembro que no pudiera asistir a cualquiera de las sesiones de Asamblea General por motivos justifi cados, podrá hacerse representar por escrito por otro miembro. El límites de representaciones es de un miembro, llevando la voz y el voto de su representado.
Art.11.- Son atribuciones de la Asamblea General:
a) Elegir, sustituir y destituir total o parcialmente a los miembros de la Junta Directiva.
b) Aprobar, reformar o derogar los estatutos y el reglamento interno de la Asociación.
c) Aprobar y/o modifi car los planes, programas o presupuesto anual de la Asociación.
d) Aprobar o desaprobar la Memoria Anual de Labores de la Asociación, presentada por la Junta Directiva.
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e) Fijar las cuotas mensuales y contribuciones eventuales de los miembros.
f) Decidir sobre la compra, venta o enajenación de los bienes inmuebles pertenecientes a la Asociación.
g) Decidir todos aquellos asuntos de interés para la Asociación y que no estén contemplados en los presentes estatutos.
CAPITULO VI
DE LA JUNTA DIRECTIVA
Art. 12.- La dirección y administración de la Asociación estará confi ada a la Junta Directiva, la cual estará integrada de la siguiente forma: Un Presidente, un Secretario, un Tesorero y dos Vocales.
Art. 13.- Los miembros de la Junta Directiva serán electos para un período de dos años pudiendo ser reelectos.
Art. 14.- La Junta Directiva sesionará ordinariamente una vez al mes y extraordinariamente cuantas veces sea necesario.
Art. l5.- El quórum necesario para que la Junta Directiva pueda sesionar será la mitad más uno de sus miembros y sus acuerdos deberán ser tomados por la mayoría de los asistentes.
Art. 16.- La Junta Directiva tendrá las siguientes atribuciones:
a) Desarrollar las actividades necesarias para el logro de los fi nes de la Asociación.
b) Velar por la administración efi ciente y efi caz del patrimonio de la Asociación.
c) Elaborar la memoria anual de labores de la Asociación.
d) Promover la elaboración de planes, programas, proyectos y presupuestos de la Asociación e informar a la Asamblea General.
e) Velar por el cumplimiento de los estatutos, reglamento in-terno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General y de la misma Junta Directiva.
f) Nombrar de entre los miembros de la Asociación los comités o comisiones que consideren necesarios para el cumplimiento de los fi nes de la Asociación.
g) Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias de Asamblea General.
h) Decidir sobre las solicitudes de incorporación de nuevos miembros y proponerlos a la Asamblea General.
i) Resolver todos los asuntos que no sean competencia de la Asamblea General.
Art. 17.- Son atribuciones del Presidente:
a) Presidir las sesiones ordinarias y extraordinarias de Asamblea General.
b) Velar por el cumplimiento de los acuerdos, resoluciones de la Junta Directiva y de la Asamblea General, así como de los estatutos y reglamento interno de la Asociación.
c) Representar judicial y extrajudicialmente a la Asociación, pudiendo otorgar poderes previa autorización de la Junta Directiva.
d) Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias de la Asam-blea General y de la Junta Directiva.
e) Autorizar juntamente con el Tesorero las erogaciones que tenga que hacer la Asociación.
f) Presentar la memoria de labores de la Asociación y cualquier informe que le sea solicitado por la misma.
Art. 18.- Son atribuciones del Secretario:
a) Llevar los libros de actas de las sesiones de Asamblea General y de Junta Directiva.
b) Llevar el archivo de documentos y registros de los miembros de la Asociación.
c) Extender todas las certifi caciones que fueran solicitadas a la Asociación.
d) Hacer y enviar las convocatorias a los miembros para las sesiones.
e) Ser el órgano de comunicación de la Asociación.
Art.19.- Son atribuciones del Tesorero:
a) Recibir y depositar los fondos que la Asociación obtenga, en el Banco que la Junta Directiva Seleccione.
b) Llevar o tener control directo de los libros de Contabilidad de la Asociación.
c) Autorizar juntamente con el Presidente las erogaciones que la Asociación tenga que realizar.
Art. 20.- Son atribuciones de los Vocales:
a) Colaborar directamente con todos los miembros de la Junta Directiva.
b) Sustituir a cualquier miembro de la Junta Directiva en caso de ausencia o impedimento, de conformidad al artículo once literal a) de estos estatutos.
CAPITULO VII
DE LOS MIEMBROS
Art. 21.- Podrán ser miembros todas las personas mayores de die-ciocho años sin distinción de raza, credo, religión e ideología política que lo soliciten por escrito a la Junta Directiva.
Art.22.- La Asociación tendrá las siguientes clases de miembros:
a) Miembros Fundadores.
b) Miembros Activos.
c) Miembros honorarios.
Serán MIEMBROS FUNDADORES: Todas las personas que suscriban el acta de constitución de la Asociación. Serán MIEMBROS ACTIVOS: Todas las personas que la Junta Directiva acepte como tales en la Asociación.
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Serán MIEMBROS HONORARIOS: Todas las personas que por su labor y méritos en favor de la Asociación sean así nombrados por la Asamblea General.
Art. 23.- Son derechos de los Miembros Fundadores y Activos:
a) Tener voz y voto en las deliberaciones de la Asamblea Ge-neral.
b) Optar a cargos directivos llenando los requisitos que señalen los estatutos de la Asociación.
c) Los demás se les señalen los estatutos y reglamento interno de la Asociación.
Art. 24.- Son deberes de los Miembros Fundadores y Activos:
a) Asistir a las sesiones ordinarias y extraordinarias de Asamblea General.
b) Cooperar en el desarrollo de aquellas actividades propias de la Asociación.
c) Cancelar las cuotas acordadas en Asamblea General.
d) Cumplir y hacer cumplir los presentes estatutos, reglamento interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General.
e) Los demás que les señalen los estatutos y reglamento interno de la Asociación.
Art. 25.- La calidad de Miembro se perderá por las causas siguien-tes:
a) Por violación a estos estatutos, reglamento interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General.
b) Por otras faltas graves cometidas, que a juicio de la Asamblea General merezcan tal sanción.
e) Por renuncia presentada por escrito a la Junta Directiva.
CAPITULO VIII
SANCIONES A LOS MIEMBROS,
MEDIDAS DISCIPLINARIAS,
CAUSALES Y PROCEDIMIENTOS DE APLICACION.
Art.26.- Las medidas disciplinarias, causales y procedimientos para su aplicación serán desarrolladas en el reglamento interno de la Asociación.
CAPITULO IX
DE LA DISOLUCION
Art.27.- No podrá disolverse la Asociación sino por disposición de la ley o por resolución tomada en Asamblea General extraordinaria, convocada a ese efecto y con un número de votos que represente por lo menos tres cuartas partes de sus miembros.
Art.28.- En caso de acordarse la disolución de la Asociación nom-brará una junta de liquidación compuesta de cinco personas, electas por la Asamblea General Extraordinaria que acordó la disolución. Los bienes que sobraren después de cancelar todos sus compromisos se donarán a cualquier entidad benéfi ca o cultural que la Asamblea General señale.
CAPITULO X
REFORMA DE LOS ESTATUTOS
Art.29.- Para reformar o derogar los presentes estatutos será necesario el voto favorable de no menos del sesenta por ciento de los miembros en Asamblea General convocada para tal efecto.
CAPITULO XI
DISPOSICIONES GENERALES
Art.30.- La Junta Directiva tiene la obligación de inscribir en el Registro de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro del Ministerio de Gobernación, en los primeros días del mes de enero de cada año, la Nómina de los Miembros y dentro de los cinco días después de electa la nueva Junta Directiva, y en todo caso inscribir en dicho Registro todos los documentos que la LEY DE ASOCIACIONES Y FUNDACIONES SIN FINES DE LUCRO señale inscribir, así como enviar al Registro cualquier dato que se le pidiere relativo a la entidad.
Art.31.- Todo lo relativo al orden interno de la Asociación no com-prendido en estos estatutos, se establecerá en el reglamento interno de la misma, el cual deberá ser elaborado por la Junta Directiva y aprobado por la Asamblea General.
Art.32.- LA ASOCIACION COMUNAL DE ACUEDUCTO FUEN-TE DE VIDA, se regirá por la Ley de Asociaciones y Fundaciones Sin Fines de Lucro, por los presentes estatutos y demás disposiciones legales aplicables.
Art.33.- Los presentes estatutos entrarán en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Ofi cial.
ACUERDO No. 0093
San Salvador, 09 de agosto de 2005.
Vistos los anteriores ESTATUTOS de la “ASOCIACIÓN COMU-NAL DE ACUEDUCTO FUENTE DE VIDA”, compuestos de TREINTA Y TRES Artículos, constituida en el Cantón Sabana Grande, jurisdicción de la ciudad de Nahuizalco, Departamento de Sonsonate, a las quince horas del día veintitrés de febrero del 2005, por Escritura Pública, otorgada ante los ofi cios del Notario LUIS FELIPE LEMUS MAGAÑA; y con posterior rectifi cación otorgada en el Cantón Sabana Grande, jurisdicción de la ciudad de Nahuizalco, Departamento de Sonsonate, a las dieciséis horas y cuarenta minutos del día ocho de julio de 2005 ante los ofi cios del mismo Notario, y no encontrando en ellos ninguna disposición con-traria a las Leyes del país, de conformidad con el Art. 65 de la Ley de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro, el Órgano Ejecutivo en el Ramo de Gobernación, ACUERDA: a) Aprobarlos en todas sus partes confi riendo a dicha Entidad el carácter de PERSONA JURIDICA; b) Publíquense en el Diario Ofi cial; y c) Inscríbase la referida entidad en el REGISTRO DE ASOCIACIONES Y FUNDACIONES SIN FINES DE LUCRO. COMUNIQUESE. (Rubricado por el Señor Presidente de la República). LA VICE MINISTRA DE GOBERNACION, AGUILAR ZEPEDA.
(Registro No. F017600)
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ESTATUTOS DE LA IGLESIA EVANGELICA
PROFETICA SENDA DE BENDICION.
CAPITULO I
NATURALEZA, DENOMINACION, DOMICILIO Y PLAZO
Art. 1.- Créase en la ciudad de Santa Ana, Departamento de Santa
Ana, la Iglesia de nacionalidad Salvadoreña, que se denominará IGLE-
SIA EVANGELICA PROFETICA SENDA DE BENDICION, como
una Entidad de interés particular y religiosa, la que en los presentes
Estatutos se denominará “La Iglesia”.
Art. 2.- El domicilio de la Iglesia será la ciudad de Santa Ana,
Departamento de Santa Ana, pudiendo establecer fi liales en todo el
territorio de la República y fuera de él.
Art. 3.- La Iglesia se constituye por tiempo indefi nido.
CAPITULO II
FINES
Art. 4.- Los fi nes de la Iglesia serán:
a) El evangelio en Jesucristo, conforme a lo estipulado en la
Santa Biblia.
b) Difundir a través de los diferentes medios EL CONOCIMIEN-
TO de los principios fundamentales de la Santa Biblia.
c) Elevar el estado espiritual, moral, social y emocional. A través
del mensaje de Dios en base a La Santa Biblia.
d) Planifi car y desarrollar eventos públicos, con el objetivo de
convivir con sus miembros y/o establecer fi liales de la Igle-
sia; Mantener relación con otras iglesias y organizaciones
nacionales y/o extranjeras que persiguen similares principios
y objetivos.
CAPITULO III
DE LOS MIEMBROS
Art. 5.- Podrán ser miembros todas las personas mayores de 18
años, sin distinción de raza, credo, religión e ideología política, que lo
soliciten por escrito a la Junta Directiva.
Art. 6.- La Iglesia tendrá las siguientes clases de miembros:
a) Miembros Fundadores.
b) Miembros Activos.
c) Miembros Honorarios.
Serán MIEMBROS FUNDADORES: Todas las personas que
suscriban el acta de Constitución de la Iglesia.
Serán MIEMBROS ACTIVOS: Todas las personas que la Junta
Directiva acepte como tales en la Iglesia.
Serán MIEMBROS HONORARIOS: Todas las personas que por su
labor y méritos en favor de la Iglesia sean así nombrados por la Asamblea
General.
Art. 7.- Son derechos de los miembros Fundadores y Activos:
a) Tener voz y voto en las deliberaciones de la Asamblea Ge-
neral.
b) Optar a cargos Directivos llenando los requisitos que señalen
los Estatutos de la Iglesia.
c) Los demás que les señalen los Estatutos y Reglamento Interno
de la Iglesia.
Art. 8.- Son deberes de los miembros Fundadores y Activos:
a) Asistir a las sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Asamblea
General.
b) Cooperar en el desarrollo de aquellas actividades propias de
la Iglesia.
c) Cancelar las cuotas acordadas en Asamblea General.
d) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos, Reglamento
Interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General.
e) Los demás que les señalen los Estatutos y Reglamento Interno
de la Iglesia.
Art. 9.- La calidad de miembro se perderá por las causas siguien-
tes:
a) Por violación a estos Estatutos, Reglamento Interno, acuerdos
y resoluciones de la Asamblea General.
b) Por otras faltas graves cometidas, que a juicio de la Asamblea
General merezcan tal sanción.
c) Por renuncia presentada por escrito a la Junta Directiva.
CAPITULO IV
DEL GOBIERNO DE LA IGLESIA
Art. 10.- El gobierno de la Iglesia será ejercido por:
a) La Asamblea General; y
b) La Junta Directiva.
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CAPITULO V
DE LA ASAMBLEA GENERAL
Art. 11.- La Asamblea General, debidamente convocada, es la autoridad máxima de la Iglesia y estará integrada por la totalidad de los miembros Activos y Fundadores.
Art. 12.- La Asamblea General se reunirá ordinariamente una vez al año y extraordinariamente cuando fuere convocada por la Junta Directiva.
Las resoluciones las tomará la Asamblea General por mayoría absoluta de votos, excepto en los casos especiales en que se requiera una mayoría diferente.
Art. 13.- Todo miembro que no pudiera asistir a cualquiera de las sesiones de Asamblea General por motivos justifi cados podrá hacerse representar por escrito por otro miembro. El límite de representaciones es de un miembro, llevando la voz y el voto de su representado.
Art. 14.- Son atribuciones de la Asamblea General:
a) Elegir, Sustituir y destituir total o parcialmente a los miembros de la Junta Directiva.
b) Aprobar, reformar o derogar los Estatutos y el Reglamento Interno de la Iglesia.
c) Aprobar y/o modifi car los planes, programas o presupuesto anual de la Iglesia.
d) Aprobar o desaprobar la Memoria Anual de Labores de la Iglesia, presentada por la Junta Directiva.
e) Fijar las cuotas mensuales y contribuciones eventuales de los miembros.
f) Decidir sobre la compra, venta o enajenación de los bienes inmuebles pertenecientes a la Iglesia.
g) Decidir todos aquellos asuntos de interés para la Iglesia y que no estén contemplados en los presentes Estatutos.
CAPITULO VI
DE LA JUNTA DIRECTIVA
Art. 15.- La dirección y administración de la Iglesia estará confi ada a la Junta Directiva, la cual estará integrada de la siguiente forma: Un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario, un Tesorero y dos Voca-les.
Art. 16.- Los miembros de la Junta Directiva serán electos para un período de dos años pudiendo ser reelectos.
Art. 17.- La Junta Directiva sesionará ordinariamente una vez al mes y extraordinariamente cuantas veces sea necesario.
Art. 18.- El quórum necesario para que la Junta Directiva pueda sesionar será la mitad más uno de sus Miembros y sus acuerdos deberán ser tomados por la mayoría de los asistentes.
Art. 19.- La Junta Directiva tendrá las siguientes atribuciones:
a) Desarrollar las actividades necesarias para el logro de los fi nes de la Iglesia.
b) Velar por la administración efi ciente y efi caz del patrimonio de la Iglesia.
c) Elaborar la Memoria Anual de Labores de la Iglesia.
d) Promover la elaboración de planes, programas, proyectos y presupuestos de la Iglesia e informar a la Asamblea Gene-ral.
e) Velar por el cumplimiento de los Estatutos, Reglamento Interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General y de la misma Junta Directiva.
f) Nombrar de entre los Miembros de la Iglesia los Comités o Comisiones que consideren necesarios para el cumplimiento de los fi nes de la Iglesia.
g) Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias de Asamblea General.
h) Decidir sobre las solicitudes de incorporación de nuevos miembros y proponerlos a la Asamblea General.
i) Resolver todos los asuntos que no sean competencia de la Asamblea General.
Art. 20.- Son atribuciones del Presidente:
a) Presidir las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Asamblea General.
b) Velar por el cumplimiento de los acuerdos, resoluciones de la Junta Directiva y de la Asamblea General, así como de los Estatutos y Reglamento Interno de la Iglesia.
c) Representar judicial y extrajudicialmente a la Iglesia, pudiendo otorgar poderes previa autorización de la Junta Directiva.
d) Convocar a Sesiones Ordinarias y Extraordinarias de la Asamblea General y de la Junta Directiva.
e) Autorizar juntamente con el Tesorero las erogaciones que tenga que hacer la Iglesia.
f) Presentar la Memoria de Labores de la Iglesia y cualquier informe que le sea solicitado por la misma.
El Vicepresidente tendrá las mismas atribuciones del Presidente en ausencia o impedimento de éste.
Art. 21.- Son atribuciones del Secretario:
a) Llevar los libros de actas de las sesiones de Asamblea General y de Junta Directiva.
b) Llevar el archivo de documentos y registros de los miembros de la Iglesia.
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c) Extender todas las certifi caciones que fueran solicitadas a la
Iglesia.
d) Hacer y enviar las convocatorias a los miembros para las
sesiones.
e) Ser el órgano de comunicación de la Iglesia.
Art. 22.- Son atribuciones del Tesorero:
a) Recibir y depositar los fondos que la Iglesia obtenga, en el
Banco que la Junta Directiva seleccione.
b) Llevar o tener control directo de los libros de contabilidad
de la Iglesia.
c) Autorizar juntamente con el Presidente las erogaciones que
la Iglesia tenga que realizar.
Art. 23.- Son atribuciones de los Vocales:
a) Colaborar directamente con todos los miembros de la Junta
Directiva.
b) Sustituir a cualquier Miembro de la Junta Directiva en caso de
ausencia o impedimento, de conformidad al artículo catorce
literal a) de estos Estatutos.
CAPITULO VII
DEL PATRIMONIO
Art. 24.- El Patrimonio de la Iglesia estará constituido por:
a) Las cuotas de los Miembros.
b) Donaciones, herencias, legados, contribuciones de personas
naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, respectiva-
mente.
c) Todos los bienes muebles e inmuebles que adquiera y las
rentas provenientes de los mismos de conformidad con la
ley.
Art. 25.- El Patrimonio será administrado por la Junta Directiva
conforme a las directrices que le manifi este la Asamblea General.
CAPITULO VIII
DE LA DISOLUCIÓN
Art. 26.- No podrá disolverse la Iglesia sino por disposición de
la ley o por resolución tomada en Asamblea General Extraordinaria,
convocada a ese efecto y con un número de votos que represente por lo
menos tres cuartas partes de sus miembros.
Art. 27.- En caso de acordarse la disolución de la Iglesia se nombrará
una Junta de Liquidación compuesta de cinco personas, electas por la
Asamblea General Extraordinaria que acordó la disolución. Los bienes
que sobraren después de cancelar todos sus compromisos se donarán a
cualquier entidad Benéfi ca o Cultural que la Asamblea General señale.
CAPITULO IX
DISPOSICIONES GENERALES
Art. 28.- Para reformar o derogar los presentes Estatutos será
necesario el voto favorable de no menos del sesenta por ciento de los
miembros en Asamblea General convocada para tal efecto.
Art. 29.- La Junta Directiva tiene la obligación de enviar al Ministerio
de Gobernación, en los primeros días del mes de enero de cada año, la
Nómina de los Miembros y dentro de los cinco días después de electa
la nueva Junta Directiva, una Certifi cación del Acta de elección de la
misma, y en todo caso proporcionar al expresado Ministerio cualquier
dato que se le pidiere relativo a la Entidad.
Art. 30.- Todo lo relativo al orden interno de la Iglesia no com-
prendido en estos Estatutos, se establecerá en el Reglamento Interno de
la misma, el cual deberá ser elaborado por la Junta Directiva y aprobado
por la Asamblea General.
Art. 31.- La Iglesia IGLESIA EVANGELICA PROFETICA SENDA
DE BENDICION se regirá por los presentes Estatutos y demás disposi-
ciones legales aplicables.
Art. 32.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia desde el día
de su publicación en el Diario Ofi cial.
ACUERDO No. 0096
San Salvador, 24 de agosto de 2005
Vistos los anteriores ESTATUTOS de la IGLESIA EVANGELICA
PROFETICA SENDA DE BENDICION, compuestos de TREINTA Y
DOS Artículos, fundada en la ciudad de Santa Ana, Departamento de
Santa Ana, y no encontrando en ellos ninguna disposición contraria a las
leyes del país, de conformidad con los Artículos 26 de la Constitución
de la República, Art.34 numeral 11 del Reglamento Interno del Órgano
Ejecutivo, y Art. 542 y 543 del Código Civil, el Órgano Ejecutivo en
el Ramo de Gobernación, ACUERDA: Aprobarlos en todas sus partes
confi riendo a dicha Entidad el carácter de PERSONA JURIDICA. CO-
MUNIQUESE. (Rubricado por el Señor Presidente de la República) LA
VICEMINISTRA DE GOBERNACION, AGUILAR ZEPEDA.
(Registro No. F017591)
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28 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 368
MINISTERIO DE ECONOMÍARAMO DE ECONOMIA
ACUERDO No. 907
San Salvador, 18 de agosto de 2005
EL ORGANO EJECUTIVO EN EL RAMO DE ECONOMIA
Vista la solicitud e información complementaria presentadas a este Ministerio en fechas 19 de julio y 16 de agosto de 2005, suscritas por la señora Elsa Leticia Rivera de Homlish, actuando en calidad de Representante Legal de la Sociedad Industrias Calidad a Tiempo, S.A. de C.V., que puede abreviarse ICAT, S.A. de C.V., Sociedad registrada con Número de Identifi cación Tributaria 0614-260891-101-5, la primera relativa a solicitar autorización de expansión de sus operaciones concernientes a ocupar un nuevo local con el objeto de centralizar su planta de producción y área de bodega, así como realizar una nueva actividad sumada a la ya desarrollada; y el segundo escrito con el objeto presentar información complementaria a su petición;
CONSIDERANDO:
I. Que la solicitud e información complementaria fueron admitidas en este Ministerio en fechas 19 de julio y 16 de agosto de 2005;
II. Que la peticionaria fue califi cada como Empresa que Exporta la Totalidad de su Producción, otorgándole los benefi cios de la Ley del Ré-gimen de Zonas Francas y Recintos Fiscales, según Acuerdo No. 846 de fecha 3 de noviembre de 1992, publicado en el Diario Ofi cial No. 6, Tomo No. 318, del 11 de enero de 1993, para aplicarlos a la actividad de corte, estampado y confección de ropa para hombres, mujeres y niños. Asimismo se le concedió Ampliación de Local según Acuerdo No. 112 de fecha 20 de enero de 2004, publicado en el Diario Ofi cial No. 63, Tomo No. 362, del 31 de marzo de 2004;
III. Que la sociedad ICAT, S.A. de C.V., actualmente opera en los domicilios Complejo Industrial Plan de La Laguna, Polígono “G”, Lote No. 2, jurisdicción de Antiguo Cuscatlán, Departamento de La Libertad; Km. 12 ½ de la Carretera Troncal del Norte, que de San Salvador conduce a la ciudad de Apopa, San Salvador; y Cantón Comecayo, Lotifi cación Méndez, Lotes 2, 3 y 4, jurisdicción y Departamento de Santa Ana, en donde desarrolla la actividad de corte, estampado y confección de ropa para hombres, mujeres y niños; pero debido a cam-bios en cuanto a expansión en sus operaciones, se ve en la necesidad de ocupar el resto del inmueble ubicado en Km. 12 ½ de la Carretera Troncal del Norte, que de San Salvador conduce a la ciudad de Apopa, San Salvador, que cuenta con un área total de 18,623.60 Mts2., en donde se instalará una planta de confección y bodega;
IV. Que el Departamento de Incentivos Fiscales de la Dirección de Comercio e Inversión ha emitido su respectivo dictamen en sentido favo-rable;
POR TANTO:
De conformidad a las razones expuestas y artículos 1, 18 y 52 de la Ley de Zonas Francas Industriales y de Comercialización, este Ministerio,
ACUERDA:
1. Modifi car el numeral 1° de la parte dispositiva del Acuerdo No. 846 de fecha 3 de noviembre de 1992, publicado en el Diario Ofi cial No. 6, Tomo No. 318, del 11 de enero de 1993, de la Sociedad Industrias Calidad a Tiempo, S.A. de C.V., que puede abreviarse ICAT, S.A. de C.V., el sentido de que además de dedicarse a la actividad de corte, estampado y confección de ropa para hombres, mujeres y niños, también pueda dedicarse a la actividad de comercialización de prendas de vestir en general, para ser destinadas tanto fuera como dentro del Area Centroamericana, excepto el mercado nacional;
2. Autorizar y declarar como Depósito para Perfeccionamiento Activo, las instalaciones que ocupará la Sociedad Industrias Calidad a Tiem-po, S.A. de C.V., que puede abreviarse ICAT, S.A. de C.V., ubicadas en Km. 12 ½ de la Carretera Troncal del Norte, que de San Salvador conduce a la ciudad de Apopa, San Salvador, que cuentan con un área de 18,623.60 Mts²;
3. Hágase saber este Acuerdo a la Dirección General de la Renta de Aduanas y a la Dirección General de Impuestos Internos del Ministerio de Hacienda;
4. El presente Acuerdo entrará en vigencia el día de su publicación en el Diario Ofi cial.- COMUNIQUESE.- BLANCA IMELDA DE MA-GAÑA, VICEMINISTRA DE COMERCIO E INDUSTRIA
(Registro No. F017640)
ACUERDO No. 942
San Salvador, 31 de agosto de 2005
EL ORGANO EJECUTIVO EN EL RAMO DE ECONOMIA
Vista la solicitud presentada el día 01 de julio del presente año, por el señor Víctor Manuel Rodríguez Mendoza, mayor de edad, Agricultor, del domicilio de Atiquizaya departamento de Ahuachapán, actuando en su calidad de Representante Legal de la ASOCIACIÓN COOPERATIVA DE
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29DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Septiembre de 2005.
APROVISIONAMIENTO Y PRODUCCION AGROPECUARIA EL JICARO DE RESPONSABILIDAD LIMITADA; que se abrevia “ACOPAEJ DE R.L. Del mismo domicilio, relativas a que se le concedan a su representada por primera vez y por un período de CINCO AÑOS, los benefi cios establecidos en los Literales a) y c) del Art. 72 de la Ley General de Asociaciones Cooperativas; y
CONSIDERANDO:
I- Que por medio de Resolución 372 de fecha ocho de agosto del presente año, se consideró procedente concederle a la ASOCIACION COO-PERATIVA DE APROVISIONAMIENTO Y PRODUCCION AGROPECUARIA EL JICARO DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, que se abrevia “ACOPAEJ DE R. L. por un período de CINCO AÑOS los benefi cios solicitados.
II- Que el Representante Legal de la Referida Asociación Cooperativa señor Víctor Manuel Rodríguez Mendoza, por medio de escrito presen-tado el 26 de agosto del mismo año, manifestó aceptar en nombre de su representada los términos vertidos en dicha Resolución.
POR TANTO:
De conformidad con lo expuesto y al Artículo 72 de la Ley General de Asociaciones Cooperativas y 151 de su Reglamento, este Ministerio,
ACUERDA:
1°) CONCEDER a la ASOCIACIÓN COOPERATIVA DE APROVISIONAMIENTO Y PRODUCCION AGROPECUARIA EL JICARO DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, que se abrevia “ACOPAEJ DE R.L.”, del domicilio de Atiquizaya departamento de Ahuachapán, por primera vez y por un período de CINCO AÑOS, contados a partir del 01 de julio del presente año, los benefi cios establecidos en el Artículo 72, de la Ley General de Asociaciones Cooperativas, siguientes:
a) Exención del pago del Impuesto sobre la Renta, cualquiera que sea su naturaleza, el capital con que se forme, intereses que se generen, a partir del ejercicio fi scal durante el cual se presentó la solicitud.
c) Exención de Impuestos Municipales.
2°) Las exenciones que se otorgan por medio del presente Acuerdo, no comprenden los Impuestos a que se refi eren la Ley de Impuesto Sobre Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios, y la Ley de Impuesto sobre Trasferencias de Bienes Raíces.
3°) La mencionada Asociación queda obligada a comprobar, cuando el Ministerio de Hacienda lo requiera, el buen uso de los privilegios otorgados.
4°) PUBLIQUESE el presente Acuerdo en el Diario Ofi cial. COMUNIQUESE. YOLANDA DE GAVIDIA, MINISTRA
(Registro No. R002965)
ACUERDO No. 15-0289.-
San Salvador, 02 de marzo de 2005
El Órgano Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación, CONSIDERANDO: I) Que se ha solicitado la Creación y Fun-cionamiento del Centro Educativo INSTITUTO CATÓLICO TÉCNICO VOCACIONAL “JESÚS OBRERO”, ubicado en Cantón Ateos, Km. 31 ½ Carretera a San Salvador, Municipio de Sacacoyo, Departamento de La Libertad, para que funcione en el Nivel de Educación de Educación Media en la modalidad del Bachillerato Técnico Vocacional Industrial opción Mecánica General, Electrónica y Electrotecnia, en la jornada DIURNA; II) Que según certifi cación de Acta No. 196, Punto II, de fecha 18 de febrero de 2005, la Comisión Nominadora de Centros Educativos aprobó la nominación del centro Educativo referido en el considerando anterior como INSTITUTO CATÓLICO TÉCNICO VOCACIONAL “JESÚS OBRERO”; IV) Que se reconoce como Director al Profesor José Antonio Ochotorena Barrena, NIP No. 1800513, PDN 2. Todo lo anterior de conformidad con la Ley General de Educación. POR TANTO, con base en las razones expuestas y a las facultades que la Ley le concede, ACUERDA: 1) Autorizar a partir del 1 de marzo de 2005, la Creación, Nominación y Funcionamiento del Centro Educativo INSTITUTO CATÓLICO TÉCNICO VOCACIONAL “JESÚS OBRERO”, en el Nivel de Educación de Educación Media en la modalidad del Bachillerato Técnico Vocacional Industrial opción Mecánica General, Electrónica y Electrotecnia, en la jornada DIURNA; 2) Reconocer como Director al Profesor José Antonio Ochotorena Barrena, NIP No. 1800513, PDN2; 3) Su infraestructura será identifi cada con el Código No. 88160. COMUNÍQUESE. DARLYN XIOMARA MEZA, MINISTRA DE EDUCACION.
(Registro No. F017561)
MINISTERIO DE EDUCACIÓNRAMO DE EDUCACION
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30 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 368
ACUERDO NO 15-0826.-San Salvador, 30 de junio de 2005
El Organo Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación, CONSIDERANDO: I) Que se ha solicitado la Creación y Fun-cionamiento del Centro Educativo Privado COLEGIO “OCTAVIO ORTIZ”, ubicado en Km. 37 ½ Carretera Panamericana Municipio de El Carmen, Departamento de Cuscatlán, para que funcione en los Niveles de Educación Parvularia, el Primero, Segundo y Tercer Ciclo de Educación Básica, jornada diurna; II) Que según certifi cación de Acta No. 204, Punto V, de fecha 24 de junio de 2005, la Comisión Nominadora de Centros Educativos aprobó la nominación del centro Educativo referido en el considerando anterior como COLEGIO “OCTAVIO ORTIZ”; III) Que con fecha 13 de enero de 2005, se practicó inspección en las instalaciones del citado centro educativo y se observó que las aulas están en construcción y en proceso de equipamiento, no se constató estudiantes en clases, por lo que es procedente autorizar únicamente por un período de dos años, a efecto de que las defi ciencias encontradas sean subsanadas; IV) Que se reconoce como Directora a la Profesora Marina del Carmen Ramírez Hernández, NIP No. 2106174, PDN 2. Todo lo anterior de conformidad con la Ley General de Educación. POR TANTO, con base en las razones expuestas y a las facul-tades que la Ley le concede, ACUERDA: 1) Autorizar para el período del 3 de enero de 2005 al 31 de diciembre de 2006, la creación, Nominación y Funcionamiento, del Centro Educativo Privado COLEGIO “OCTAVIO ORTIZ”, en los Niveles de Educación Parvularia, el Primero, Segundo y Tercer Ciclo de Educación Básica, jornada diurna; 2) Reconocer como Directora a la Profesora Marina del Carmen Ramírez Hernández, NIP No. 2106174, PDN 2; 3) Su infraestructura será identifi cada con el Código No. 21428; 4) Dar seguimiento en el transcurso del año a efecto de comprobar que las defi ciencias encontradas han sido subsanadas. COMUNÍQUESE. DARLYN XIOMARA MEZA, MINISTRA DE EDUCACION.
(Registro No. F017624)
ACUERDO No. 15-0984.San Salvador, 8 de Agosto de 2005
El Organo Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación, CONSIDERANDO: Que a la Dirección de Acreditación se ha presentado ISIRIS MADEL BEITIA GÓMEZ, solicitando INCORPORACION de su diploma de Bachiller en Ciencias y Letras, extendido por el Ministerio de Educación, de República de Panamá el año 1993. y luego de examinar la documentación presentada y satisfechos los requisitos legales, ACUERDA: De conformidad a lo establecido por el Art. 60 de la Ley General de Educación y Artículo 7 del Reglamento para Equivalencias, Pruebas de Sufi ciencia en Educación Básica y Media e Incorporación de Títulos de Educación Media. Reconocer los Estudios de Bachiller en Ciencias y Letras realizados por ISIRIS MADEL BEITIA GÓMEZ en República de Panamá, e Incorporarlo a nuestro Sistema Educativo con el grado de Bachillerato GENERAL. COMUNIQUESE. DARLYN XIOMARA MEZA, MINISTRA DE EDUCACION.
(Registro No. F017501)
ACUERDO No. 15-0992.San Salvador, 08 de agosto de 2005
El Organo Ejecutivo de la República de El Salvador, en el Ramo de Educación, CONSIDERANDO: I) Que por Acuerdo Ejecutivo No. 1898 de fecha 30 de junio de 1982, y con efectos a partir del 23 de marzo de 1981, el Organo Ejecutivo en el Ramo de Educación autorizó el funcionamiento a la UNIVERSIDAD EVANGELICA DE EL SALVADOR; II) Que por Acuerdo Ejecutivo No. 15-0867 de fecha 29 de julio de 2005, el Organo Ejecutivo en el Ramo de Educación aprobó los nuevos Estatutos a la referida Universidad; III) Que por Acuerdo Ejecutivo No. 15-0927 de fecha 29 de mayo del 2000, se autorizó de forma defi nitiva la carrera de LICENCIATURA EN CONTADURÍA PUBLICA, a la Universidad Evangélica de El Salvador; POR TANTO, con base en las consideraciones antes expuestas y a las facultades que la Ley confi ere, ACUERDA; 1°) Autorizar el Plan de Estudios actualizado de la carrera de LICENCIATURA EN CONTADURÍA PUBLICA, presentado por la UNIVERSIDAD EVANGELICA DE EL SALVADOR; 2°) Autorízase a la Universidad Evangélica de El Salvador, para que ofrezca la carrera aprobada en el numeral anterior, en su sede central, en la modalidad Presencial; a través, de la Facultad de Ciencias Empresariales y Económicas; 3°) El referido Plan de Estudios deberá encontrarse a disposición de los estudiantes en biblioteca u otro centro de consulta pública de la Institución; 4°) Dicho plan deberá ser revisado durante el plazo de duración de la carrera. El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial. COMUNIQUESE. DARLYN XIOMARA MEZA LARA, MINISTRA DE EDUCACION.
(Registro No. F017548)
ACUERDO No. 15-1005.San Salvador, 08 de agosto de 2005
El Organo Ejecutivo de la República de El Salvador, en el Ramo de Educación, CONSIDERANDO: I) Que por Acuerdo Ejecutivo No. 1898 de fecha 30 de junio de 1982, y con efectos a partir del 23 de marzo de 1981, el Organo Ejecutivo en el Ramo de Educación autorizó el funcionamiento a la UNIVERSIDAD EVANGELICA DE EL SALVADOR; II) Que por Acuerdo Ejecutivo No. 15-0867 de fecha 29 de julio de 2005, el Organo Ejecutivo en el Ramo de Educación aprobó los nuevos Estatutos a la referida Universidad; III) Que la UNIVERSIDAD EVANGELICA DE EL SAL-VADOR, ha solicitado a la Dirección Nacional de Educación Superior, la aprobación del Plan de Estudio actualizado de la carrera de DOCTORADO EN MEDICINA y habiendo incorporado las observaciones hechas por el Departamento de Estudios; POR TANTO, con base en las consideraciones antes expuestas y a las facultades que la Ley confi ere, ACUERDA; 1°) Autorizar el Plan de Estudios actualizado de la carrera de DOCTORADO EN MEDICINA, presentado por la UNIVERSIDAD EVANGELICA DE EL SALVADOR; 2°) Autorízase a la Universidad Evangélica de El Salvador, para que ofrezca la carrera aprobada en el numeral anterior, en su sede central en Plan regular; a través, de la Facultad de Medicina, a partir del ciclo 0I-2006; 3°) El referido Plan de Estudios deberá encontrarse a disposición de los estudiantes en biblioteca u otro centro de consulta pública de la Institución; 4°) Dicho plan deberá ser revisado durante el plazo de duración de la carrera. El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial. COMUNIQUESE. DARLYN XIOMARA MEZA LARA, MINISTRA DE EDUCACION.
(Registro No. F017547)
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31DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Septiembre de 2005.
ORGANO JUDICIALCORTE SUPREMA DE JUS TI CIA
ACUERDO No. 1256-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, ocho de julio del año dos mil cinco.- El Tribunal ACUERDA: Autorizar a la Licenciada MIRIAM ROSIBEL ESCOBAR ÁLVAREZ, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.- A. G. CALDERÓN.- J. E. TENORIO.- J. ENRIQUE ACOSTA.- VELASCO.- GUZMÁN U. D. C.- P. J.- M. A. CARDOZA A.- M. POSADA.- Pronunciado por los señores magistrados que lo suscriben.- E. DINORAH BONILLA DE AVELAR.
(Registro No. F017586)
ACUERDO No. 1265-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, ocho de julio del año dos mil cinco.- El Tribunal ACUERDA: Autorizar a la Licenciada SANDRA EULALIA CORADO PAREDES, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.- A. G. CALDERÓN.- J. E. TENORIO.- J. ENRIQUE ACOSTA.- VELASCO.- GUZMÁN U. D. C.- P. J.- M. A. CARDOZA A.- M. POSADA.- Pronunciado por los señores magistrados que lo suscriben.- E. DINORAH BONILLA DE AVELAR.
(Registro No. F017527)
ACUERDO No. 1266-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, ocho de julio del año dos mil cinco.- El Tribunal ACUERDA: Au-torizar a la Licenciada MARIANA AGUILAR HILARIO, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.- A. G. CALDERÓN.- J. E. TENORIO.- J. ENRIQUE ACOSTA.- VELASCO.- GUZMÁN U. D. C.- P. J.- M. A. CARDOZA A.- M. POSADA.- Pronunciado por los señores magistrados que lo suscriben.- E. DINORAH BONILLA DE AVELAR.
(Registro No. F017584)
ACUERDO No. 1323-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, ocho de julio del año dos mil cinco.- El Tribunal ACUERDA: Autorizar a la Licenciada EDITH DEL CARMEN FUENTES DE HUEZO, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.- A. G. CALDERÓN.- J. E. TENORIO.- J. ENRIQUE ACOSTA.- VELASCO.- GUZMÁN U. D. C.- P. J.- M. A. CARDOZA A.- M. POSADA.- Pronunciado por los señores magistrados que lo suscriben.- E. DINORAH BONILLA DE AVELAR.
(Registro No. F017489)
ACUERDO No. 1324-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, ocho de julio del año dos mil cinco.- El Tribunal ACUERDA: Autorizar a la Licenciada ANA RUTH RIVAS VÁSQUEZ, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.- A. G. CALDERÓN.- J. E. TENORIO.- J. ENRIQUE ACOSTA.- VELASCO.- GUZMÁN U. D. C.- P. J.- M. A. CARDOZA A.- M. POSADA.- Pronunciado por los señores magistrados que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F017532)
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32 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 368
ACUERDO No. 1330-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, ocho de julio del año dos mil cinco.- El Tribunal ACUERDA: Autorizar a la Licenciada NIDIA MARLENE GUARDADO RUIZ, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.- J. E. TE-NORIO.- J. ENRIQUE ACOSTA.- VELASCO.- GUZMÁN U. D. C.- P. J.- M. A. CARDOZA A.- M. POSADA.- E. CIERRA.- Pronunciado por los señores magistrados que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F017531)
ACUERDO No. 1348-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, ocho de julio del año dos mil cinco.- El Tribunal ACUERDA: Autorizar al Licenciado ELMER SAÚL SOLÓRZANO PÉREZ, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.- A. G. CALDERÓN.- J. E. TENORIO.- J. ENRIQUE ACOSTA.- VELASCO.- GUZMÁN U. D. C.- P. J.- M. A. CARDOZA A.- M. POSADA.- Pronunciado por los señores magistrados que lo suscriben.- E. DINORAH BONILLA DE AVELAR.
(Registro No. F017578)
ACUERDO No. 1372-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, ocho de julio de dos mil cinco.- El Tribunal ACUERDA: Autoriza al Licenciado CARLOS FRANCISCO GUERRERO CÁCERES, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.- A. G. CAL-DERÓN.- J. E. TENORIO.- J. ENRIQUE ACOSTA.- VELASCO.- P. J. GUZMÁN U. D. C.- M. A. CARDOZA A.- M. POSADA.- Pronunciado por los señores Magistrados que lo suscriben.- E. Dinorah Bonilla de Avelar.
(Registro No. F017506)
ACUERDO No. 1406-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, ocho de julio del año dos mil cinco.- El Tribunal ACUERDA: Autorizar al Licenciado MARVIN SALVADOR VELÁSQUEZ ESCOBAR, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.- A. G. CALDERÓN.- J. E. TENORIO.- J. ENRIQUE ACOSTA.- VELASCO.- GUZMÁN U. D. C.- P. J.- M. A. CARDOZA A.- M. POSADA.- Pronunciado por los señores magistrados que lo suscriben.- E. DINORAH BONILLA DE AVELAR.
(Registro No. F017497)
ACUERDO No. 1421-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, ocho de julio del año dos mil cinco.- El Tribunal ACUERDA: Autorizar al Licenciado HÉCTOR NAHUN MARTÍNEZ GARCÍA, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de ha-ber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.- J. E. TENORIO.- J. ENRIQUE ACOSTA.- VELASCO.- GUZMÁN U. D. C.- P. J.- E. CIERRA.- M. A. CARDOZA A.- M. POSADA.- Pronunciado por los señores Magistrados que lo suscriben.- S. Rivas Avendaño.
(Registro No. F017588)
ACUERDO No. 1595-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, nueve de septiembre de dos mil cinco.- El Tribunal ACUERDA: Autoriza al Licenciado SALVADOR ALBERTO ZELAYA, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.- A. G. CALDERÓN.- J. ENRIQUE ACOSTA.- VELASCO.- GUZMÁN U. D. C.- P. J.- LÓPEZ A.- GUSTAVO E. VEGA.- M. POSADA.- Pronunciado por los señores Magistrados que lo suscriben.- E. Dinorah Bonilla de Avelar.
(Registro No. F017893)
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33DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Septiembre de 2005.
INSTITUCIONES AUTONOMASALCALDÍAS MUNICIPALES
Decreto No. DOS.
El Concejo Municipal de Ciudad Arce, departamento de La Libertad.
CONSIDERANDO:
I.- Que conforme a lo establecido en el Art. 204 numeral 1 de la Constitución de la República, Art. 3 numeral 5 del Código Municipal y Art. 7 Inciso 2 de la Ley General Tributaria Municipal, es competencia de los Concejos Municipales; crear, modifi car o suprimir tasas y con-tribuciones especiales, mediante la emisión de ordenanzas.
II.- Que en la ordenanza publicada con fecha 22 de diciembre de 1992, en el Diario Ofi cial No. 236 - Bis Tomo 317 y que entró en vigencia a partir del 1 de enero del año 1993 no han sido considerados algunos tributos que han ido surgiendo en base a los cambios y que dan origen a otra realidad del municipio. Se hace la siguiente modifi cación y actualización de tributos.
POR TANTO:
Este concejo en uso de las facultades legales,
DECRETA, la siguiente:
REFORMA A LA ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR
SERVICIOS MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE CIUDAD ARCE
Art. 1.- TASAS POR SERVICIOS
A) MERCADO
No. 1) Se suprime en el Art. 8 numeral 6 literales a, b, c, d, e, y f; y el numeral 7 literales a, b, c, d, e, y f por el siguiente:
a) Ventas transitorias, tasa diaria por metro cuadrado. ..................................................................................................$ 0.1143
No. 2) Se suprime en el Art. 8 numeral 8 el literal c y se modifi can los literales a y b, de la forma siguiente:
Vehículos dedicados a la venta de mercadería, al día o fracción:
a) Automotores con parlantes $ 0.69
b) Automotores sin parlantes $ 0.46
B) SERVICIOS ADMINISTRATIVOS
No. 1) Derechos de Ofi cina
I. Asentamiento de Defunciones $ 3.00
II. Partida de defunción $ 3.00
III. Asentamiento de Boletos de nacidos vivos y muertos $ 0.57
IV. Subsanaciones $ 10.00
V. Carnet de minoridad $ 0.60
VI. Diligencias de bodega $ 5.00
VII. Inscripción de escrituras públicas y documentos privados $ 5.00
VIII. Constancia de no asentamiento de nacido y fallecido $ 2.00
C) CEMENTERIO
Se adiciona el numeral siguiente:
No.1) Formulario de título a perpetuidad $ 0.54
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D) ARRENDAMIENTOS DE BIENES INMUEBLES
Se adicionan los siguientes numerales:
No.1) Arrendamiento de Local de Usos Múltiples
a) Para eventos sociales con aparatos $ 60.00
b) Para eventos sociales con grupo o discoteca $ 115.00
c) Para eventos con fi nes de lucro $ 135.00
Por cualquier clase de arrendamiento de las anteriores, el interesado dejará en depósito el valor de $ 60.00 como garantía del buen uso de las instalaciones.
Si no hubieren daños, deberá reclamar la devolución del depósito en el transcurso del siguiente mes, previa presentación del recibo, si no fuera reclamado en ese tiempo se dará ingreso a la cuenta del fondo municipal y por ningún motivo se hará la devolución después de transcurrido el plazo indicado.
No.2) Arrendamiento de local para otros fi nes, será necesario elaboración de contrato para defi nir valor a pagar.
No. 3) Arrendamiento del Estadio Municipal
a) Para encuentros deportivos no ofi ciales, por partido $ 19.00
b) Para encuentros deportivos de Equipos Federados $ 28.00
E) ARRENDAMIENTO DE BIENES MUEBLES
Se adicionan los numerales:
No.1 Sillas, cada una $ 0.1425
No. 2 Mesas, cada una $ 0.6840
No. 3 Manteles, cada uno $ 0.3990
F) LICENCIAS
No.1 Para la instalación en la plaza cívica a empresas con fi nes comerciales, día o fracción $ 15.00
No. 2 Para carros remolques o similares, al día o fracción $ 1.20
CAPITULO III
DISPOSICIONES FINALES
Art. 2.- El numeral 3 de la presente ordenanza no se aplicará a los centros educativos locales, cuando necesiten hacer uso del estadio municipal, siendo necesario presentar solicitud escrita al Concejo Municipal, fi rmada y sellada por el director de la institución. Con mínimo de ocho días de anticipación. Y dicha autorización estará sujeta a calendarización previa.
REGULACION EN EL COBRO DE TASAS
Art. 3.- Se sustituye el Art. 16 en cuanto a que el servicio de aseo se aplicará al área construida del inmueble, y a las áreas de las plantas subte-rráneas y altas.
CONTRAVENCIONES
Art. 4.- Se sustituye el párrafo uno del Art. 12 de la manera siguiente:
Se entenderá que el sujeto pasivo cae en MORA en el pago de tasas cuando no realizare el mismo y dejare transcurrir un plazo de más de sesenta días sin verifi car dicho pago; estos tributos no pagados en las condiciones que se señalan en las disposiciones causarán un interés moratorio, hasta la fecha de su cancelación equivalente al interés de mercado, para las deudas contraídas por el sector comercial desde el día siguiente al de la conclusión del período ordinario de pago.
Art. 5.- Se sustituye el Art. 38 de la manera siguiente:
A la contravención o infracción de omitir el pago o pagar fuera de los plazos establecidos corresponde una multa del 5% del impuesto, si se pagare en los tres primeros meses de la mora; y si se pagare en los meses posteriores la multa será del 10%. En ambos casos la multa mínima será de $2.86.
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Art. 6.- El presente decreto entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial.
Dado en Alcaldía Municipal de Ciudad Arce, Departamento de La Libertad, a los dieciocho días del mes de agosto del año dos mil cinco
JOSE MARDOQUEO CORDOVA, Ing. JOSE FRANCISCO MONTEJO NUÑEZ,
ALCALDE MUNICIPAL. SINDICO MUNICIPAL.
Lic. ARGELIA OLIMPIA SOLIS DE ARTEAGA, Lic. JOSE FRANCISCO ARGUMEDO DERAS,
REGIDORA. REGIDOR.
CARLOS EDGARDO GUARDADO MONROY, JOSE ANTONIO MEJIA MEJIA,
REGIDOR. REGIDOR.
GERMAN ALBERTO RAUDA PAREDES, LUIS ARCADIO RODRIGUEZ BAIRES,
REGIDOR. REGIDOR.
JESUS SANCHEZ TEJADA, CONSUELO BAZAN DE MEJIA,
REGIDOR. REGIDORA.
ALFREDO LANDAVERDE MEJIA,
SECRETARIO MUNICIPAL.
(Registro No. F017581)
DECRETO No. 12.
El Concejo Municipal de Usulután, Departamento de Usulután, en uso de sus facultades legales, conferidas en los Artículos No. 30 numeral 4 del Código Municipal vigente.
DECRETA:
Art. 1.- Reformar el Artículo 1, Literal b) numeral 2, del Decreto Municipal No. 2 de fecha ocho de julio de dos mil cuatro, publicado D. O. 135 de fecha veinte de julio de dos mil cuatro. Uso del Suelo, donde DICE:
2) Uso del Suelo Cada Poste por Mes ............................................................................................................................$ 1.37
DEBERA DECIR:
2) Uso del Suelo Cada Poste por mes ............................................................................................................................ $ 0.80
Adiciónase los numerales 3 y 4
3) Uso del suelo, por poste por cada Operador Adicional, por mes.............................................................................. $ 0.69
4) Uso de Postes Municipales para el Tendido de Redes de Telecomunicaciones, Electricidad,
Televisión por Cable y Similares Operador por mes ................................................................................................ $ 0.80
Art. 2.- Modifícase para todos los efectos Tributarios Municipales en lo referente a Tasas, se considera como poste todo aquel objeto o pieza de cemento, madera, metal o cualquier otro material, así como los polines metálicos y que sean utilizados para el sostenimiento y/o tendido de redes de Telecomunicación, electricidad, televisión por cable y similares; que se encuentren sujetos en cualquier forma al suelo.
Art. 3.- El Presente decreto entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial.
Dado en la Alcaldía Municipal de Usulután, a los siete días del mes de septiembre de dos mil cinco.
Ing. FRANCISCO ANTONIO RIVAS ESCOBAR, DOLORES DEL CARMEN QUINTEROS VDA. DE HAAS,
ALCALDE MUNICIPAL. SECRETARIA MUNICIPAL INTO.
(Registro No. F017605)
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ESTATUTOS DE LA ASOCIACION DE DESARROLLO
COMUNAL EL TEMPISQUE
CAPITULO I
NATURALEZA, DENOMINACION, DURACION, DOMICILIO.
Art. 1- La Asociación que se constituye estará regulada por el Código Municipal, la Ordenanza Reguladora de las Asociaciones de Desarrollo Comunal de Salcoatitán, por estos estatutos, reglamento in-terno y demás disposiciones aplicables. La Asociación será una entidad apolítica y no lucrativa, podrá participar en el campo social, económico, cultural, religioso, cívico, educativo y en cualquier otro que fuere legal y provechoso a la comunidad. La Asociación se denominará “ASO-CIACION DE DESARROLLO COMUNAL El Tempisque” que podrá abreviarse ADESCOET, que en los presentes Estatutos se denominará la “ASOCIACION”.
Art. 2- La duración de la Asociación será por tiempo indefi nido, sin embargo podrá disolverse y liquidarse en cualquiera de los casos previstos en la Ordenanza Reguladora, estos Estatutos y demás dispo-siciones aplicables.
Art. 3- El domicilio de la Asociación, será en Lotifi cación El Tempisque, del Municipio de Salcoatitán, Departamento de Sonsonate.
CAPITULO II
FINES.
Art. 4- La Asociación tendrá como fi nes el desarrollo humano y la obra física que proyecte la Asociación para ello deberá:
a) Promover el progreso de la respectiva localidad, conjuntamente con instituciones públicas y organismos privados; naciona-les e internacionales que participen en los correspondientes programas.
b) Fomentar el espíritu de solidaridad y cooperación mutua entre los vecinos sus grupos y entidades representativas.
c) Coordinar y cooperar con otros grupos comunales organizados en la localidad, en la mayor integración de sus miembros y la mejor realización de sus actividades.
d) Impulsar y participar en los programas de capacitación promocional de los dirigentes y grupos comunales con el fi n de contribuir al mejoramiento de la organización de la comunidad, la administración de proyectos sociales y eco-nómicos y la elevación de los niveles educativos.
e) Trabajar en el establecimiento de los servicios de la co-munidad con el equipamiento y los medios indispensables para solucionar los distintos problemas que existieren en la comunidad.
f) Promover las organizaciones juveniles haciéndoles partíci-pes de la responsabilidad de los programas de Desarrollo Local.
g) Incrementar las actividades comunales a fi n de obtener re-cursos propios que sirven para impulsar el mejoramiento de la comunidad.
h) Participar en los planes de desarrollo locales, regionales y nacionales, y especialmente en la determinación de los pro-yectos contemplados en su plan de actividades y establecer los recursos que deban utilizarse.
CAPITULO III
CALIDAD, DERECHO Y DEBERES DE LOS ASOCIADOS.
Art. 5- Los Asociados podrán ser:
a) Activos
b) Honorarios
Todos deben ser personas de dieciocho años, sin embargo cuando las personas provengan de comités juveniles el requisito de edad antes mencionado será el de quince años. Son Asociados Activos todas las per-sonas que reúnen los requisitos señalados en el inciso anterior, residentes dentro de los límites de la unidad vecinal correspondiente o reuniones vecinales colindantes inmediatas.
Son Asociados Honorarios aquellas personas a quienes la Asamblea General, por su iniciativa o propuesta de la Junta Directiva le conceda tal calidad en atención a sus méritos personales y relevantes servicios prestados a la Asociación.
Art. 6- Son derechos y deberes de los asociados activos:
a) Participar con voz y voto en las Asambleas Generales
b) Retirarse voluntariamente de la Asociación cuando así lo solicitaren por escrito.
c) Elegir y ser electo para cargo de la Junta Directiva
d) Cooperar con todos los medios promocionales posibles al incremento del número de miembros de la Asociación.
e) Asistir con puntualidad a las sesiones de asambleas generales previa convocatoria escrita.
f) Cumplir estos estatutos y obedecer las disposiciones de la Asamblea General y Junta Directiva, siempre que estén relacionados con los fi nes de la Asociación.
Art. 7- Los Asociados Honorarios gozarán de los derechos que la Asamblea General les otorgue.
CAPITULO IV
DEL GOBIERNO DE LA ASOCIACION
Art. 8- El Gobierno de la Asociación estará constituido por:
a) La Asamblea General: que será la máxima autoridad de la Asociación.
b) La Junta Directiva: que será el órgano ejecutivo y estará integrado por el número de miembros que determinen los estatutos.
CAPITULO V
DE LA ASAMBLEA GENERAL.
Art. 9- La Asamblea General la componen todos los asociados y se instalarán con la mayoría simple de los asociados pudiendo haber representación por escrito de los asociados; pero cada asociado no podrá estar representado por más de una persona. Las resoluciones se acordarán por mayoría de votos de los presentes o representados.
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Art. 10- La Asamblea General, se reunirá ordinariamente cuatro veces al año con intervalo de tres meses, debiendo celebrarse la primera de éstas en el mes de Marzo y extraordinariamente cuando sea convo-cada por la Junta Directiva por iniciativa propia o a solicitud de quince miembros afi liados a la Asociación.
Art. 11- En las Asambleas Generales ordinarias, se tratarán los asuntos comprendidos en la agenda y los que propongan los Asociados; en las Asambleas Generales extraordinarias sólo se tratarán los asuntos comprendidos en la convocatoria y cualquier decisión sobre otros aspectos será nula.
Art. 12- La convocatoria para Asamblea General ordinaria o extraordinaria, se hará por medio de un aviso escrito, con ocho días de anticipación para la primera y con cuarenta y ocho horas de anticipación para la segunda, indicándose en los mismos, el lugar, el día y hora en que se ha de celebrar. Si a la hora señalada no pudiere celebrarse la sesión por falta de quórum, ésta se llevará a cabo el mismo día una hora después de la señalada con los asociados que concurran, en este último caso, las decisiones que se adopten serán obligatorias aún para aquellos que convocados en la forma prescrita en estos estatutos no concurrieren.
Art. 13- Son atribuciones de la Asamblea General:
a) Elegir y dar posesión a los miembros de la Junta Directiva.
b) Recibir los informes de trabajo y aprobar o denegar el estado fi nanciero de la Asociación.
c) Destituir total o parcialmente por causa justifi cada a los miembros de la Junta Directiva y elegir a sus sustitutos.
d) Retirar la calidad de miembros de la misma a los que hubieren renunciado, fallecido o perdido su calidad de asociados.
e) Pedir a la Junta Directiva los informes que crea convenien-tes.
f) Aprobar el Reglamento Interno de la Asociación y los que sean necesarios.
g) Cumplir y hacer cumplir los presentes estatutos y reglamentos que se dicten.
h) Aprobar el plan anual de trabajo y su respectivo presupues-to.
i) Otorgar la calidad de Asociados Honorarios.
j) Resolver a su prudente arbitrio las situaciones excepcionales no previstas en estos estatutos, y que demanden inmediata solución.
CAPITULO VI.
PROCEDIMIENTO ESPECIAL PARA LA REMOCION DE ASOCIADOS Y DIRECTIVOS.
Art. 14- Los miembros de la Asociación podrán ser retirados de ella por acuerdos de la Asamblea General, tomando por mayoría de votos previa audiencia del interesado, por infracciones a la ordenanza, reglamento y estatutos. Se considerarán además como causas de retiro o expulsión las siguientes:
a) Mala conducta del asociado que se traduzca en perjuicio grave para la Asociación.
b) Promover actividades políticas o de otra naturaleza que vayan en perjuicio de la Asociación.
c) Obtener por medio ilegal benefi cios de la Asociación para sí o para terceros.
d) Cometer algún delito o falta grave en perjuicio de la Asocia-ción.
Art. 15- Todos o parte de los miembros de la Junta Directiva, electos por la Asamblea General, podrán ser suspendidos temporalmente, sino ameritare su destitución según la gravedad del caso. Para proceder a la suspensión temporal, la Junta Directiva, nombrará una comisión de dos o más de sus miembros para que investiguen los hechos y oyendo el informe de éstos y las razones que el supuesto infractor exponga en su defensa resolverá tal destitución nombrando a continuación los sustitutos. En el caso de destitución de que habla el literal c) del Artículo 13 de la Junta Directiva se seguirá el procedimiento anterior, pero en este caso será la Asamblea General quién resolverá tal destitución nombrando a continuación los sustitutos.
Art. 16- En caso que la Junta Directiva dentro del plazo de diez días conocida la infracción, no procede de conformidad a los artículos anteriores, un número de diez asociados por lo menos, podrá convocar a Asamblea General, para que ésta nombre la comisión investigadora, para que en base a su informe, la Asamblea General proceda a la suspensión o destitución. El mismo procedimiento se seguirá cuando de acuerdo a las infracciones debe de conocerse sobre la suspensión temporal o destitución de toda la Junta Directiva, o cuando por tratarse de la mayoría de los miembros de la Junta Directiva los restantes no inician el procedimiento dentro del plazo que establece el inciso anterior. En todos los casos de este artículo será la Asamblea General la que resolverá sobre la suspensión temporal o destitución de los miembros y en la misma sesión elegirán y darán posesión a los sustitutos, por el tiempo de la suspensión o por el resto del período de los Directivos sustituidos. La Asamblea General o Junta Directiva notifi cará al interesado la suspensión temporal o defi ni-tiva a más tardar dentro de cuarenta y ocho horas después de haber sido acordada.
Art. 17- De la resolución que establezca la suspensión temporal decretada por la Junta Directiva, podrá interponerse únicamente el recurso de revisión para ante la misma, dentro del tercer día de la notifi cación. De las resoluciones de la Asamblea General no se admitirá ningún re-curso.
CAPITULO VIII.
DE LA JUNTA DIRECTIVA.
Art. 18- La Junta Directiva estará integrada por doce miembros propietarios y suplentes electos en Asamblea General por votación nominal y pública, la cual estará integrada por dos miembros de cada comunidad presente, ya sea para cargos separados o en planilla. En todo caso, la nominación de los cargos será la siguiente: PRESIDENTE, VICEPRE-SIDENTE, SECRETARIO, SECRETARIO DE ACTAS, TESORERO, PRO-TESORERO, SINDICO y CINCO VOCALES. Los cargos en la Junta Directiva serán voluntarios.
Art. 19- La Junta Directiva se reunirá ordinariamente por lo me-nos una vez al mes y extraordinariamente cuantas veces sea necesario, previa convocatoria que haga el Presidente. Para que la sesión sea válida deberá concurrir por lo menos seis de sus miembros propietarios y las resoluciones se tomarán por mayoría de votos. En caso de empate el Presidente o quien haga sus veces, tendrá voto de calidad.
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Art. 20- La Junta Directiva de la Asociación deberá, al momento de recibir su personería Jurídica de parte del Concejo Municipal respectivo, fi rmar una carta de compromiso en la cual aceptan y se comprometen a cumplir, al pie de la letra, con lo establecido tanto en la Constitución de la República, Código Municipal y especialmente el Proyecto de Estatutos de la Asociación.
Art. 21- Son atribuciones de la Junta Directiva:
a) Elaborar el proyecto de estatutos de la Asociación y propo-nerlos a la Asamblea General.
b) Determinar juntamente con las instituciones que colaboran con el desarrollo comunal, el plan de trabajo y el presupuesto correspondiente.
c) Integrar comisiones de trabajo de la Asociación y encauzar su mejor organización y desenvolvimiento.
d) Convocar a la Asamblea General a reuniones ordinarias y extraordinarias.
e) Coordinarse con los organismos del Estado, las municipali-dades y con las entidades privadas que tengan que trabajar en la región, en proyectos de desarrollo de la comunidad.
f) Participar en su caso en las investigaciones, planteamientos, ejecución y evaluación de los programas y proyectos de mejoramientos de la localidad.
g) Informar periódicamente a la Asamblea General y a los or-ganismos que cooperen con sus programas de las actividades que desarrolla.
h) Tomar las medidas necesarias para cumplir y aplicar las disposiciones emanadas de la Asamblea General.
i) Autorizar y controlar los gastos de los recursos económicos de la Asociación, hasta un máximo de mil colones.
j) Vigilar el cumplimiento de los deberes y obligaciones de los miembros de la Asociación.
k) Presentar a la consideración y aprobación de la Asamblea General en la sesión del mes de Diciembre la memoria anual de sus actividades.
l) Llamar al miembro correspondiente de la Junta Directiva, cuando el titular esté ausente o no concurriese a tres sesiones consecutivas por lo menos, sin causa justifi cada.
m) Presentar a la consideración de la Asamblea General con quince días de anticipación de cada ejercicio administrativo, el plan anual y el presupuesto de gastos de la Asociación.
Art. 22- El Presidente de la Junta Directiva presidirá las sesiones de Asamblea General y de Junta Directiva, y todo lo demás que le fuere encomendado por la Asociación.
Art. 23- El Vice-Presidente colaborará con el Presidente y lo sus-tituirá en los casos de ausencia o impedimento de éste y todo lo demás que le fuere encomendado por la Asociación.
Art. 24- El Secretario será el órgano de comunicación de la Aso-ciación y llevará el inventario de los bienes de la misma y todo lo demás que le fuere encomendado por la Asociación.
Art. 25- El Secretario de Actas, tendrá a su cargo los libros de actas de sesiones que celebre la Asamblea General, la Junta Directiva; extender las certifi caciones que se soliciten a la Asociación y todo lo demás que le fuere encomendado por la Asociación.
Art. 26- El Tesorero será el depositario de los fondos y bienes de la Asociación y llevará los libros de contabilidad o las cuentas de la misma. Se encargará además de que se hagan efectivos los créditos a favor de la Asociación y dará cuenta a la Junta Directiva en cada sesión del estado económico; hará los pagos de las obligaciones de la Asociación. En todo caso serán autorizados los pagos por el Secretario y con el VISTO BUENO del Presidente de la Asociación. Todos los fondos serán depositados en una Institución Bancaria o Crediticia, para la cual se abrirá una cuenta a nombre de la Asociación y se registrarán las fi rmas del Tesorero, el Presidente y Síndico de la Asociación; se requerirán para todo retiro de fondos de la concurrencia de las fi rmas de los expresados directivos, una vez sea aprobado por la misma directiva y todo lo demás que le fuere encomendado por la Asociación.
Art. 27- El Pro-Tesorero tendrá las mismas funciones del Tesorero, colaborará y lo sustituirá en caso de ausencia o impedimento de éste y todo lo demás que le fuere encomendado por la Asociación.
Art. 28- El Síndico tendrá la responsabilidad judicial y extrajudicial de la Asociación, puede otorgar y revocar poderes judiciales o adminis-trativos y necesitará de la autorización previa de la Junta Directiva para ejercerla en cada caso. A falta del Síndico, fungirán los vocales por su orden respectivamente autorizados en sesión de Junta Directiva. De entre los Vocales de la Asociación el Síndico elegirá un Comité de Vigilancia formado por tres miembros que tendrá acceso a todas las gestiones, operaciones, trabajos, libros y demás documentos de la Asociación, con el objeto de velar porque el patrimonio de la Asociación sea aplicado en la consecución de sus fi nes.
Art. 29- El Síndico velará por el estricto cumplimiento de los pre-sentes estatutos y demás acuerdos tomados por la Asamblea General y por la Junta Directiva y todo lo demás que se le fuere encomendado por la Asociación.
Art. 30- Los vocales colaborarán con la Junta Directiva en la medida que ésta lo considere necesario, en todo caso sustituirán a los miembros de la Junta Directiva que faltaren y todo lo demás que le fuere encomendado por la Asociación.
Art. 31- Los miembros de la Junta Directiva serán electos por un período de dos años pudiendo ser reelectos para otro período, si la Asamblea General así lo decidiere.
CAPITULO VIII.
DEL PATRIMONIO DE LA ASOCIACION
Art. 32.- El Patrimonio de la asociación estará constituido: Por la contribución que aporten los Asociados y que será de UN DOLAR ($1.00) mensuales; la cual podrá cambiarse en Asamblea General.
a) Los aportes extraordinarios que provengan de diferentes fuentes.
b) Los ingresos provenientes de cualquier actividad realizada para allegar fondos a la asociación.
c) Sus bienes muebles o inmuebles adquiridos a cualquier título y las rentas que se obtengan de la administración de los mismos. Los bienes de la Asociación son inalienables e imprescindibles, salvo que la Asociación con el voto de las tres cuartas de sus miembros acordase afectarlos.
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Art. 33- De las utilidades obtenidas por la Asociación se aportará el cinco por ciento para formar un fondo de reserva para incrementar el capital bancario a nombre de la misma. La Asociación llevará un libro especial de registros de capital en el que deberá expresarse todo aumento o disminución del mismo. La Asociación para poder desarrollar sus fi nes sociales y de obra física, siempre que conduzca a operaciones canalizadas a través de recursos económicos, deberá ser conocido y aprobado por la Junta Directiva siempre y cuando no exceda de un mil colones, caso contrario lo aprobará la Asamblea General, específi camente para el acta en que comparezcan el representante de la Asociación.
Art. 34- Si al fi nal de cada ejercicio administrativo se obtuviere ganancia, la Junta Directiva propondrá a la Asamblea General los proyectos a que puedan ser aplicados tales ganancias, como también el tiempo y forma de invertir el fondo de reserva.
Art. 35- De los fondos de la comunidad, la Asociación tendrá la responsabilidad de presentar informe fi nanciero a la alcaldía Municipal respectiva, debiendo hacerlo en el momento en que sea solicitado, es-pecifi cando entradas, salidas y demás movimientos de tipo económico en dicho mes.
CAPITULO IX
DISOLUCION DE LA ASOCIACION
Art. 36- En caso de disolución, si después de pagadas las obligaciones que tenga la Asociación hubiere un remante, la Junta Directiva deberá poner a disposición del Concejo Municipal el remanente que hubiere quedado después de treinta días pagadas las obligaciones que tuviere la Asociación, con la condición de ser destinados los fondos a programas de desarrollo comunal a realizarse preferentemente en la localidad del domicilio de la Asociación.
Art. 37- La disolución de la asociación será acordada en sesión extraordinaria de Asamblea General mediante acuerdo de las dos terceras partes de la Asociación, por los motivos que la Ordenanza Reguladora de las Asociaciones comunales y demás disposiciones aplicables esta-blezcan.
CAPITULO X
DISPOSICIONES GENERALES
Art. 38- La Junta Directiva tiene la obligación de enviar al Concejo Municipal en los primeros quince días posteriores a la elección la nómina de la Nueva Junta Directiva, en todo caso proporcionar al expresado Con-cejo, cualquier dato que se le pidiere relativo a la Asociación. También informará en la forma expresada en el inciso anterior, las sustituciones de los miembros de la Junta Directiva cuando sea en forma defi nitiva. Dentro de los treinta días posteriores a la elección de la Nueva Junta Directiva, deberá enviar al expresado Concejo su Plan de Actividades.
Art. 39- El Concejo Municipal podrá practicar auditoría en la tesorería de la Asociación Comunal por medio del personal idóneo, a solicitud de cualquier miembro de la Junta Directiva o de dos o más vecinos de la comunidad en caso de mala administración de los fondos propios o cuando una Junta Directiva se negare a entregar los fondos a una nueva Junta Directiva después de tomar posesión.
Art. 40- El Concejo Municipal respectivo tiene el poder de retirar la Personería Jurídica, de cualquier comunidad si ésta no cumple todo lo establecido anteriormente, sin tener ningún problema de tipo legal.
Art. 41- Los presentes ESTATUTOS entrarán en vigencia ocho días después de su publicación en el DIARIO OFICIAL.
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE SALCOATITAN, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, POR MEDIO DE LA PRE-SENTE,
HACE CONSTAR QUE: a folios setenta y siete y siguientes del Libro de Actas y Acuerdos Municipales que esta alcaldía Municipal lleva durante el presente año entre otros Acuerdos se encuentra el que dice: ACTA NUMERO DIECISIETE.- En la Alcaldía Municipal de Salcoatitán, Departamento de Sonsonate, a las nueve horas del día quince de Julio del dos mil cinco, SESION ORDINARIA, del Concejo Municipal correspondiente a la segunda quincena del mes convocada y presidida por el señor Alcalde Municipal don César Juventino Rivera, con la asistencia de la Síndico Municipal Sra. Aidé del Rosario García de Alfaro, de los regidores propietarios: Sra. Mirna Maritza Nájera de Mauricio, 1ª. Regidor y Sr. Vidal Alberto Vásquez, 2° Regidor Propietario, de los Regidores suplentes en su orden del primero al tercero: don Armando Orantes, Sr. Alfonso Tesorero, José Luis Santos Vásquez, asistidos del Secretario Municipal, Hugo Alfredo Santillana Rivas. El señor Alcalde Municipal después de comprobar el quórum da inicio a la sesión. ACUERDO TERCERO. La Municipalidad de esta población en uso de sus facultades que le confi ere los Art. 118,119,120 y 121 del Código Municipal y considerando I- Que la comunidad de la Lotifi cación El Tempisque del Cantón Los Anizales de esta jurisdicción se ha organizado y a través de su síndico Ubaldo Antonio Portillo García, presenta solicitud a este concejo Municipal para obtener la personería jurídica. II- que según Asamblea General de la Asociación de Desarrollo Comunal El Tempisque. De la comunidad Lotifi cación El Tempisque del Cantón Los Anizales de esta jurisdicción celebrada el día ocho de Julio del dos mil cinco con la asistencia del señor Alcalde Municipal don César Juventino Rivera Sánchez como delegado Municipal, fueron aprobados los estatutos de la misma los cuales constan de cuarenta y uno artículos y electa la primer junta directiva de la Asociación, que quedó integrada de la siguiente manera: Presidente: Mauricio de Jesús Menéndez, Vicepresidente Verónica Beatriz Retana García, Secretario Manuel Salvador Hernández Nolasco, Secretario de Actas Mirna Ivett Vanegas Pérez, Tesorero Isabel de Jesús Castaneda Elena, Pro Tesorero Carlos Humberto Mendoza Mata, Síndico Ubaldo Antonio Portillo García, vocales del uno al cuatro: Miguel Angel Castaneda Reyes, Juan Fran-cisco López Mendoza, Narciso Vásquez Martínez, Magdalena Sánchez López, Suplentes: Rosa Lidia Tadeo Alvarado, Juan Alberto Tadeo, Carlos Barrillas Álvarez y Marta Lidia Zamora. POR TANTO ESTA MUNICIPALIDAD Después de Analizar los cuarenta y uno artículos de los Estatutos de la Asociación de Desarrollo Comunal El Tempisque, de la comunidad Lotifi cación El Tempisque Cantón Los Anizales de esta jurisdicción y no encontrando en ellos ninguna objeción al derecho de asociación ni a ninguna ley de la república ACUERDA: En uso de sus facultades que le confi ere el artículo 21 del Código Municipal conferirles el carácter de persona jurídica a la Asociación de Desarrollo Comunal El Tempisque de la comunidad Lotifi cación El Tempisque Cantón Los Anizales jurisdicción de Salcoatitán Departamento de Sonsonate. Publíquese en el Diario Ofi cial. Y no habiendo más que hacer constar se da por terminada la presente acta que fi rmamos CJRiveraS, HRGarcía, MNajeraS, CCmmv, Armando Orantes Al Tesorero, JLVZ, OMillaS HASantillanaR Rubricadas.Es Conforme con su original con el cual se confrontó y para efectos legales se extiende la presente Certifi cación a Diez de Agosto de dos mil cinco.
CESAR JUVENTINO RIVERA SANCHEZ,ALCALDE MUNICIPAL.
HUGO ALFREDO SANTILLANA RIVAS,SECRETARIO MUNICIPAL.
(Registro No. F017598)
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ESTATUTOS DE LA ASOCIACION DE DESARROLLO
COMUNAL CASERIO MARIA AUXILIADORA, CANTON LA
LABOR, JURISDICCION DE SAN SEBASTIAN,
DEPARTAMENTO DE SAN VICENTE.
CAPITULO UNO.
DENOMINACIÓN, DURACIÓN, DOMICILIO,
FINES Y METAS.
Art. 1.- La Asociación que se constituye, estará regulada por el ordenamiento legal, municipal y todas las demás disposiciones legales aplicables, estará al servicio de la comunidad de su domicilio para el desarrollo de los planes, programas y proyectos de interés social, cul-tural, económico y se denominará Asociación de Desarrollo Comunal Caserío María Auxiliadora, Cantón San José La Labor, jurisdicción de San Sebastián, departamento de San Vicente, la cual podrá abreviarse “ADESCOLL” que en los presentes estatutos se llamará la Asocia-ción.
Art. 2.- La duración de la asociación será por tiempo indefi nido; sin embargo podrá disolverse y liquidarse en cualquiera de los casos previstos en ordenamiento y reglamento municipal, ley del desarrollo comunal y municipal.
Art. 3.- El domicilio de la asociación será: Caserío María Auxiliadora Cantón San José La Labor, jurisdicción de San Sebastián, departamento de San Vicente.
Art. 4.- Los fi nes de la asociación son de carácter general.
Son fi nes generales:
a) La formación del Hombre en lo que respecta a Educación, salud y economía, la obra física será considerada como un medio y proyección que la asociación aprovechará para el logro de lo primero en este literal.
b) Fomentar en la asociación democracia de sus miembros y todos los habitantes de la comunidad.
c) Impulsar y participar en los programas de capacitación promocional de los dirigentes y de los grupos comunales, con el fi n de contribuir al mejoramiento de la asociación comunal.
d) Promover el desarrollo de las respectivas localidad, con-juntamente con el Concejo Municipal, otros organismos gubernamentales e instituciones autónomas, privadas y/o personas jurídicas que participan en programas y proyectos de benefi cio comunal.
Art. 5.- La Asociación se propone a cubrir sus metas de acuerdo al Plan de Trabajo aprobado por la Alcaldía del Municipio de San Sebastián, el desarrollo del hombre es primero: Procurando su formación integral, espontáneo por medio de la educación, Cultura, Salud, y el Deporte
incentivando la Democratización factor indispensable para la buena armonía de la Ciudadanía. La obra física será producto del esfuerzo propio, la ayuda del Concejo Municipal y de las instituciones estatales, empresas privadas e instituciones Internacionales, la asociación se propone desarrollar en distintas etapas, es decir a corto, mediano y largo plazo, lo siguiente:
1.- Reforzamiento de energía eléctrica.
2.- Reparación de Calle Empedrado y Fraguado
3.- Introducción de Agua Potable.
4.- Construcción de Aulas Educativas.
5.- Construcción de muro perimetral de la Escuela.
6.- Compra de Terreno para ampliación de Escuela y Casa co-munal.
7.- Taller de Corte y confección.
8.- Curso de Capacitación para la ADESCOLL.
CAPITULO DOS
DE LOS SOCIOS
Art. 6. - La calidad de los socios será:
Activos y
Honorarios
Todos deben ser mayores de dieciocho años.
a) Son socios Activos: Todas las personas que reúnan los requi-sitos señalados en el inciso anterior, residentes dentro de los límites inmediatos que hayan residido en este lugar por un período no mayor de un año.
b) Son socios Honorarios: Aquellas personas a quienes la Asamblea General, por un iniciativo o/a propuesta de la junta directiva con calidad en atención a sus méritos personales y relevante servicios prestados a la asociación o comunidad.
Art. 7.- Los socios honorarios gozarán de los derechos que la Asamblea General les otorgue.
Art. 8.- El gobierno de la asociación será ejercido por la Asamblea General y la Junta Directiva.
Art. 9.- La Asamblea General será el máximo organismo de la asociación y se integrarán con todas o con la mayoría de socios activos, pudiendo haber representación de socios; pero cada socio no podrá llevar más de una representación, las resoluciones se tomarán por mayoría de votos de los presentes o representados.
Art. 10.- La Asamblea General se reunirá ordinariamente dos veces al año con intervalos de seis meses, y extraordinariamente cuando sea convocada por la Junta Directiva, a iniciativa propia o a solicitud de diez
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miembros afi liados a la asociación.
Art. 11.- En las Asambleas ordinarias, se tratarán los asuntos comprendidos en la agenda y los que propongan los socios, en las asambleas extraordinarias sólo se tratarán los asuntos comprendidos en la convocatoria cualquier decisión sobre otros aspectos no comprendidos en la agenda será nulo.
Art. 12.- La convocatoria para asamblea general ordinaria o extraordinaria, se hará por medio de circular dirigida a los socios con quince días de anticipación para la primera, y con cuarenta y ocho horas de anticipación para la segunda, indicando lugar, día y hora en que se celebrará la asamblea general; si a la hora señalada no pudiere celebrarse la sesión por falta de quórum, éste se llevará a cabo el día siguiente con los socios que concurran.
En este último caso las resoluciones que se toman serán obligatorias aún para aquellos que legalmente convocados no asistieron.
Art. 13.- Son atribuciones de la Asamblea General:
a) Elegir y dar posesión a los miembros de la Junta Directiva.
b) Distribuir por causas justifi cadas a los miembros de la Junta Directiva y elegir a sus sustitutos, asimismo retirar la cali-dad de miembros a los que hubieren renunciado, fallecido, o pierdan calidad de socios.
c) Pedir a la Junta Directiva los informes que crean convenien-tes.
d) Otorgar la calidad de socio honorario.
e) Acordar la destitución total o parcial de los miembros de la Junta Directiva.
f) Aprobar el reglamento interno de la asociación y los que sean necesarios.
g) Cumplir y hacer cumplir los presentes estatutos y reglamento que se dictaran.
CAPITULO CUATRO
DE LA JUNTA DIRECTIVA
Art. 14.- La Junta Directiva será integrada por once miembros electos en la Asamblea General por votación nominal y pública.
En todo caso la nominación de los cargos será la siguiente: un presidente, un vice-presidente, un secretario general, un secretario de actas, un tesorero, un síndico y cinco vocales.
Art. 15.- La Junta Directiva fungirá por un período de dos años.
Art. 16.- La Junta Directiva se reunirá ordinariamente cada quince días y extraordinariamente cuantas veces sea convocada por el presidente, para que la sesión sea válida deberán concurrir por lo menos seis de sus miembros y las resoluciones se tomarán por mayoría de votos. En caso de empate el presidente a quien haga sus veces tendrá votos de calidad.
CAPITULO CINCO
PATRIMONIO DE LA ASOCIACIÓN
Art. 17.- El patrimonio de la asociación estará constituido por:
a) El monto de las contribuciones que aporten los socios.
b) Las herencias, donativos y legados que reciban la asocia-
ción.
c) Los fondos recaudados en las actividades programadas y
realizadas.
d) Los bienes, muebles e inmuebles que adquieran a cualquier
título y las rentas que se obtengan por el alquiler de los mis-
mos.
Art. 18.- De las utilidades metas obtenidas por la asociación, ésta
aportará el cinco por ciento para formar el fondo de reserva, a fi n de
incrementar el capital bancario a nombre de la asociación.
La que llevará un libro especial de registro de capital, en el que
deberá expresarse todo incremento o disminución del mismo.
CAPITULO SEIS
DISOLUCIÓN DE LA ASOCIACION
Art. 19.- La asociación podrá disolverse, cuando las tres cuartas
partes de los socios así lo dispongan en asamblea general y en tal caso
los fondos o bienes que exista a la fecha de su disolución, al Concejo
Municipal lo destinará a programa de desarrollo comunal, preferente
a que se utilice su inversión, el reglamento estará bajo el control del
Concejo Municipal jurisdiccional.
CAPITULO SIETE
PROCEDIMIENTO ESPECIAL PARA LA REMOCIÓN DE ASOCIADOS Y DIRECTIVOS
Art. 20.- Los miembros de la asociación, podrán ser retirados de
ella por acuerdo de la junta directiva, tomado por mayoría de votos y
parlamentos municipales y estos estatutos.
Se considera como causales de retiro o expulsión las siguientes
anomalías:
a) Por mala conducta del socio que se traduzca en perjuicio
grave para la asociación.
b) Por negarse sin motivos justifi cados, a cumplir los cargos de
elección o condiciones que le sean delegados por la asamblea
general o junta directiva.
c) Por promover actividades políticas, religiosas o antidemo-
crática y de otra naturaleza que perjudique a la asociación.
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d) Por obtener benefi cios por medio de fraude, para sí o para terceros que afecten a la asociación.
e) Por cometer algún delito o falta grave en perjuicio de la misma.
Art. 21.- Los miembros de la junta directiva electos por la asamblea general, según la gravedad del caso. La suspensión defi nitiva únicamente podrá ser acordada por la asamblea general, y la suspensión temporal por la junta directiva y por la asamblea general.
Art. 22.- Para proceder a la suspensión temporal, la junta directiva dará una comisión de dos de sus miembros, ellos investigarán los hechos y al oír el informe de éstos y las razones que el supuesto infractor exponga en su defensa, resolverá
En caso de la suspensión defi nitiva, la junta directiva seguirá en el procedimiento a que se refi era el inciso anterior; acordada que fuera ésta se nombrará a los sustitutos.
Art. 23.- En caso de que la junta directiva no proceda a conformi-dad a los artículos anteriores dentro del plazo de diez días conocida la infracción, por lo menos un número de cinco asociados podrán pedir al Concejo Municipal, para que éste resuelva lo siguiente:
a) El nombramiento dentro de los mismos, la comisión inves-tigadora.
b) Convocar a la asamblea general que conocerá sobre la sus-pensión en base a los informes de la comisión investigadora, el procedimiento anterior se seguirá cuando de acuerdo a las infracciones deba conocerse sobre la suspensión temporal o defi nitiva de toda junta directiva, o cuando por tratarse de un número considerable de miembros cuando los restantes no inicien el procedimiento dentro del plazo establecido en el inciso anterior, en todos los casos de este artículo, será la asamblea general la que resolverá sobre la suspensión temporal o defi nitiva de los miembros.
Y en la misma sesión elegirá y dará posesión a los sustitutos por el tiempo de la suspensión o por el resto del período de los directivos.
Art. 24.- De la resolución establecida por la suspensión temporal decretada por la junta directiva, únicamente podrá interponerse el recurso de revisión para ante la misma, dentro del tercer día de la notifi cación, de las resoluciones de la asamblea general, no se admitirá ningún recur-so.
Art. 25.- La junta directiva tiene la obligación de enviar al Concejo Municipal de su domicilio en los primeros quince días posteriores a la elección la nómina de la nueva junta directiva, en todo caso proporcionará al Concejo Municipal de su domicilio cualquier dato que se le pidiere relativo a la asociación.
Art. 26.- Comunicará en la forma expresada en el inciso anterior, las sustituciones de los miembros de la junta directiva cuando sea en forma defi nitiva.
Art. 27.- Dentro de treinta días posteriores a la elección de nueva
junta directiva deberá enviar al Concejo Municipal de su domicilio el plan
de trabajo correspondiente y la nómina de la nueva junta directiva.
Art. 28. La junta directiva con el apoyo del plano y en asamblea
general podrá acordar la entrega de Certifi cados, Diplomas o medallas al
mérito a personas autorizadas o institucionales que demuestren espíritu
de servicio a favor de la asociación y de la comunidad.
Art. 29.- Un reglamento interno determinará la forma de dar cumpli-
miento a las disposiciones de los presentes estatutos, el cual será sometido
por la junta directiva a la asamblea general para su aprobación.
Art. 30.- Los presentes estatutos entrarán en vigencia ocho días
después de su publicación en el Diario Ofi cial.
ACTA NUMERO VEINTICINCO: Sesión ordinaria. En la sala de sesiones
de la Alcaldía Municipal de la ciudad de San Sebastián, Departamento
de San Vicente, a las Catorce horas con cuarenta minutos del día Cinco
de Julio del año dos mil cinco.
ACUERDO NUMERO CINCO: Vistos los estatutos de la Asociación
de Desarrollo Comunal Caserío María Auxiliadora, Cantón La Labor
de esta jurisdicción, relativa a que se les conceda la personería jurídica,
por lo que el Concejo Municipal en uso de las facultades legales que le
confi ere el artículo 119 del Código Municipal ACUERDA: Conceder la
Personería Jurídica a la Asociación de Desarrollo Comunal Caserío María
Auxiliadora, Cantón La Labor de esta jurisdicción; por no encontrándose
en ellos ninguna disposición contraria a las leyes de la República, ni a las
buenas costumbres.- Comuníquese.- No habiendo más que hacer constar
se da por terminada la presente acta que fi rmamos. R. Córdova/ I. Rivas
Alfaro/ M. González/ M. Mejía/ W. E. Rodríguez/ J. F. Aguilar/ M. Angel/
J. L. Portillo/ O. A. Alvarado/ S.A. Rosales/ R. E. Alfaro/ L. I. Rivas de
Meléndez/ C. E. Olmedo F. Srio ./////////////RUBRICADAS ////////
ES CONFORME CON SU ORIGINAL CON EL CUAL SE CON-
FRONTO. Alcaldía Municipal de San Sebastián, a Primero de Agosto
del año dos mil cinco.
ROQUE CORDOVA GARCIA,
ALCALDE MUNICIPAL.
Br. CARLOS ERNESTO OLMEDO FIGUEROA,
SECRETARIO MUNICIPAL.
(Registro No. F017627)
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43DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Septiembre de 2005.
SECCION CARTELES OFICIALESDE PRIMERA PUBLICACIÓN
DECLARATORIA DEFINITIVA
JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS-TRITO JUDICIAL DE METAPAN,
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a las nueve horas con treinta y cinco minutos del día veintidós de agosto del corriente año; se han declarado herederos abintestato con benefi cio de inventario a los menores TATIANA BEATRIZ y OSCAR DAVID ambos de apellidos LINARES MÉNDEZ, representados legalmente por su madre DORA ALICIA MÉNDEZ LEMUS, en concepto de hijos del causante OSCAR ARMANDO LINARES RAMIREZ, quien fue de treinta y cuatro años de edad, empleado, fallecido el día diecinueve de febrero del dos mil cinco, siendo Metapán su último domicilio.- En consecuen-cia, se les ha conferido a los herederos declarados la administración y representación DEFINITIVA de la sucesión, la que será ejercida por los referidos menores por medio de su representante legal, señora DORA ALICIA MÉNDEZ LEMUS.
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de Ley.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las diez horas con cuarenta minutos del día treinta de agosto del dos mil cinco. Lic. JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. MARIA LETICIA FIGUEROA FIGUROA, SECRETARIA.
Of. 1 v. No. 1273
LICENCIADO ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRI-MERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
AVISA: Que por resolución proveída a las quince horas de los corrientes, se han declarado herederos abintestato con benefi cio de inventario del causante señor MAURICIO ISRAEL VALENCIA PAZ, quien falleció el día doce de noviembre del año dos mil uno, a la edad de treinta y tres años, siendo en Caluco su último domicilio, a los seño-res NICOLAS ISRAEL PAZ, en calidad de padre y MARVIN SARAI MENJIVAR VIUDA DE VALENCIA en su concepto de cónyuge y las menores MARIA MAGDALENA y MAGDALENA ABIGAIL, ambas de apellido VALENCIA MENJIVAR, éstas en calidad de hijas del cau-sante, representadas legalmente por la señora MENJIVAR VIUDA DE VALENCIA.- Confi éresele a los herederos declarados y a las menores representadas legalmente por la señora MENJIVAR VIUDA DE VA-LENCIA, la administración y representación defi nitiva de la indicada sucesión.
Lo que se avisa al público para efectos de ley.-
Juzgado de Primera Instancia: Izalco, a los veintisiete días del mes de julio del año dos mil cinco. Lic. ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Licda. SARA ALBERTINA VILLEDA, SECRETARIA.
Of. 1 v. No. 1274
MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO.-
AVISA: Que por resolución de las nueve horas treinta minutos del día ocho de los corrientes, han sido declarados herederos abintestato con benefi cio de inventario de la herencia dejada por el señor Raúl Alfredo Vega Viana, fallecido el día ocho de Mayo del año dos mil cuatro, en la ciudad de San Salvador y con último domicilio en esta ciudad, a los menores Mónica Beatriz Flores Vega y Silvia Patricia Vega Flores, re-presentadas legalmente por su madre señora Mercedes Flores Mundo y también los señores Jorge Alberto Vega Alas, Alfredo Vega Eméstica y Dolores del Carmen Vega de Barahona, en concepto de hijos, todos del Causante.- Se ha conferido a los herederos declarados la administración y representación defi nitivas de la sucesión.-
Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las ocho horas veinte minutos del día diecinueve de Julio del dos mil cinco.- Dr. MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. CECILIA DEL CARMEN CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIA.
Of. 1 v. No. 1275
ROBERTO EDMUNDO ALEJANDRO JIMENEZ MOLINA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE ARMENIA.
HACE SABER: Que por resolución emitida en este Juzgado, a las nueve horas y treinta minutos de este día, se declaró herederos DEFINI-TIVOS abintestato con benefi cio de Inventario a los señores VICTOR, REINA GLORIA, JULIO BALMORIS, JOEL ANTONIO, todos de apellido NARVAEZ CLARA, en su calidad de hijos sobrevivientes del causante JULIAN NARVAEZ AQUINO o JULIAN NARVAEZ, quien falleció el día veinte de mayo de mil novecientos noventa y seis, en el Cantón San Lucas de la Jurisdicción de Cuisnahuat del Departamento de Sonsonate, siendo éste su último domicilio. Se les ha conferido a los he-rederos declarados en el concepto antes indicado la ADMINISTRACION Y REPRESENTACION DEFINITIVAS de la Sucesión.-
Lo que se avisa al público en general para los efectos de Ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Armenia, a las diez horas con treinta minutos del día veinticinco de julio del año dos mil cinco. Lic. ROBERTO EDMUNDO ALEJANDRO JIMENEZ MOLINA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Lic. RAFAEL ANTONIO CUELLAR ANGEL, SECRETARIO.
Of. 1 v. No. 1276
ROBERTO EDMUNDO ALEJANDRO JIMENEZ MOLINA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL CENTRO JUDICIAL DE ARMENIA:
HACE SABER: Que por resolución emitida en este Juzgado a las once horas y treinta minutos del día veintiséis de julio de dos mil cinco, se declaró HEREDEROS ABINTESTATO DEFINITIVOS Y CON BENEFICIO DE INVENTARIO de los bienes dejados por el causante SANTOS PASTOR PEREZ MOJICA, quien falleció a las once horas
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del día trece de Julio del año dos mil cuatro, en la Ciudad de Armenia, siendo éste su último domicilio, de parte de los señores: JUAN ANTONIO PEREZ, TEODOSA MOJICA DE PEREZ o TEODOSA MOJICA y MIRNA CRUZ QUITEÑO GARCIA, los dos primeros, en sus calidades de Padres Sobrevivientes y la tercera en su calidad de representante Legal de la menor LEYDI YAMILETH PEREZ QUITEÑO, ésta en su carácter de hija sobreviviente del referido causante. Y SE LES CONFIRIO en el concepto antes indicado, LA ADMINISTRACION Y REPRESENTA-CION DEFINITIVAS DE LA SUCESION.
Lo que se avisa al público para los efectos de Ley correspondien-te.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Armenia, a los veintiséis días del mes de julio de dos mil cinco. Lic. ROBERTO EDMUNDO ALEJANDRO JIMENEZ MOLINA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Lic. RAFAEL ANTONIO CUELLAR ANGEL, SECRETARIO.
Of. 1 v. No. 1277
LICENCIADO ROBERTO EDMUNDO ALEJANDRO JIMENEZ MOLINA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTA CIUDAD.-
HACE SABER: Que por resolución emitida por este Juzgado, a las diez horas con cuarenta minutos de este día, se declaró HEREDERA DEFINITIVA ABINTESTATO Y CON BENEFICIO DE INVENTARIO a la señora ANDREA ORBELINA RIVERA, en su calidad de madre sobreviviente de los bienes dejados por el Causante JOSE PORFIRIO RIVERA AVILA, quien falleció a las trece horas con treinta minutos del día treinta y uno de Octubre de dos mil tres, en la Cuarta Calle Oriente Número tres guión once, en el Municipio de Sacacoyo, Departamento de La Libertad, siendo ése su último lugar de domicilio.- Se le ha con-ferido a la Heredera declarada y en los conceptos antes indicados la ADMINISTRACION Y REPRESENTACION DEFINITIVAS DE LA SUCESION.-
Lo que se avisa al público para los efectos de ley.-
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Armenia, a las once horas con treinta minutos del día veinticinco de julio de dos mil cinco. Lic. ROBERTO EDMUNDO ALEJANDRO JIMENEZ MOLINA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Lic. RAFAEL ANTONIO CUELLAR ANGEL, SECRETARIO.
Of. 1 v. No. 1278
LICENCIADO ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRI-MERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
AVISA: Que por resolución proveída a las quince horas y cinco minutos de los corrientes, se han declarado herederos abintestato con benefi cio de inventario del causante señor SAMUEL DE JESUS PEREZ BARRIENTOS, quien falleció el día siete de febrero del año dos mil cuatro, a la edad de veinte años, siendo en esta ciudad su último do-micilio, de parte de los señores ISABEL DE JESUS PEREZ y JULIA DEL CARMEN BARRIENTOS DE PEREZ, en calidad de padres del causante.- Confi éresele a los herederos declarados la administración y representación defi nitiva de la indicada sucesión.-
Lo que se avisa al público para efectos de ley.-
Juzgado de Primera Instancia: Izalco, a los veintiséis días del mes de julio del año dos mil cinco. Lic. ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Licda. SARA ALBERTINA VILLEDA, SECRETARIA.
Of. 1 v. No. 1279
LICENCIADO ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRI-MERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
AVISA: Que por resolución proveída a las catorce horas y veinte minutos de los corrientes, se han declarado herederos abintestato con benefi cio de inventario del causante señor MARVIN WILFREDO CRUZ MELENDEZ, quien falleció el día veintinueve de enero del año dos mil cuatro, a la edad de treinta y dos años, siendo en esta ciudad su último domicilio, a los señores JOSE MAURO MELENDEZ, PACA GLORIA CRUZ y JOSE EMERSON CRUZ CAMPOS, en concepto de padres los dos primeros y el último de hijo sobreviviente del Causante.- Confi éresele a los aceptantes en el concepto antes indicado la administración y representación defi nitiva de la indicada sucesión.-
Lo que se avisa al público para efectos de ley.-
Juzgado de Primera Instancia: Izalco, a los veinticuatro días del mes de junio del año dos mil cinco. Lic. ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Licda. SARA ALBERTINA VILLEDA, SECRETARIA.
Of. 1 v. No. 1280
LICENCIADO ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.-
AVISA: Que por resolución proveída a las catorce horas de este día, se han declarado herederos abintestato con benefi cio de inventario del causante RAÚL ANTONIO SALAZAR MARTINEZ, quien falleció el día veinte de abril del año dos mil dos, a la edad de veintinueve años, siendo su último domicilio el de esta ciudad; a los menores MANUEL DE JESUS, WILBER ANTONIO y MARVIN ALEXANDER, todos de apellidos SALAZAR BARRIENTOS, representados legalmente por su madre señora MARIA JULIA BARRIENTOS, en sus conceptos de hijos sobrevivientes del causante y a la señora MARIA AGUSTINA MARTINEZ ORTIZ, conocida por MARIA MARTINEZ SOLIS, MA-RIA AGUSTINA MARTINEZ y por MARIA AGUSTINA MARTINEZ VIUDA DE SALAZAR, en su concepto de madre sobreviviente del Causante.- Confi riéndoseles a los aceptantes en los conceptos antes expresados los menores representados por su madre, la Administración y Representación Defi nitiva de la Sucesión.-
Lo que se hace saber al público para efectos de ley,-
Juzgado de Primera Instancia de Izalco, Departamento de Sonsonate, a los veinticuatro días del mes de junio del año dos mil cinco.- Lic. RO-BERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Licda. SARA ALBERTINA VILLEDA SANCHEZ, SECRETARIA.
Of. 1 v. No.1281
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45DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Septiembre de 2005. DECLARATORIA YACENTE
MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-TRITO.
HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado de las ocho horas quince minutos del día veinticinco de enero del corriente año, ha sido declarada yacente la herencia dejada por el señor CARLOS FRAN-CISCO JIMENEZ JUAREZ, fallecido el día dieciocho de abril del año dos mil cuatro, en la población de San Antonio del Monte, lugar de su último domicilio, y se ha nombrado Curador para que lo represente a la Licenciada XIOMARA ISAURA MARTINEZ DE SALAZAR, a quién se le hizo saber para su aceptación y demás efectos de ley.-
Estos edictos se hacen a solicitud de la Procuraduría General de la República.
Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las nueve horas veinticinco mi-nutos del día cuatro de febrero del dos mil cinco.- Dr. MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. CECILIA DEL CARMEN CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 1282-1
MARIO MOISA MARTINEZ JUEZ, DE LO CIVIL DE ESTE DIS-TRITO:
HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas del día veinte de junio del corriente año ha sido declarada YACENTE la herencia dejada por el señor JOSE ARISTIDES ARGUETA ARGUETA, falle-cido el día treinta de enero del corriente año, en esta ciudad, siendo la población de Sonzacate su último domicilio, y se nombró Curador para que lo representara a la Licenciada Raquel Pérez de Mayorga, a quien se le hizo saber para su aceptación y demás efectos de ley.-
Estos edictos se libran a solicitud del Licenciado Pedro Adalberto Ama Domínguez en carácter de Procurador Auxiliar en nombre y representación del señor Procurador General de la República.-
Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las once horas treinta minutos del día cinco de julio del año dos mil cinco.- Dr. MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. CECILIA DEL CARMEN CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIA.
Of. 3 v. alt. No. 1283-1
MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-TRITO,
HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado de las diez horas quince minutos del día veintinueve de marzo del corriente año, ha sido declarada yacente la herencia dejada por el señor EFRAIN FLORES MENDEZ, fallecido el día dieciocho de diciembre del año dos mil en el Cantón Los Naranjos jurisdicción de Juayúa, lugar de su último domicilio
y se ha nombrado curador para que la represente a la Licenciada Raquel Pérez de Mayorga, a quien se le hizo saber para su aceptación y demás efectos de ley.
Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las diez horas del día cuatro de abril del dos mil cinco. Dr. MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. CECILIA DEL CARMEN CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIA.
Of. 3 v. alt. No. 1284-1
MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-TRITO.
HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas treinta minutos del día veinte de junio del corriente año, ha sido declarada yacente la herencia dejada por el señor RAFAEL LUE, fallecido el día veintiséis de diciembre del año dos mil cuatro, en la ciudad de Santa Ana, siendo la población de Nahuizalco el lugar de su último domicilio y se nombró curador para que la represente a la Licenciada RAQUEL PEREZ DE MAYORGA, a quien se le hizo saber para su aceptación y demás efectos de ley.-
Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las nueve horas cinco minutos del día cinco de julio del dos mil cinco. Dr. MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. CECILIA DEL CARMEN CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 1285-1
ACEPTACION DE HERENCIA
MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-TRITO:
HACE SABER: Que por resolución de las diez horas treinta minutos del día veinticinco de mayo del corriente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada dejada por el señor PABLO ANTONIO RODRIGUEZ HERNANDEZ, fallecido el día veintiocho de mayo del año dos mil cuatro, en esta ciudad su último domicilio, de parte de los señores PABLO MAURICIO HERNANDEZ, JUANA RODRIGUEZ HERNANDEZ, menores YESENIA ESPERAN-ZA, SANDRA ELIZABETH, MARIA GUADALUPE, todos de apellido RODRIGUEZ ARUCHA, representados legalmente por la señora Ana Graciela Arucha Hernández y DINORA LIZZETTE RODRIGUEZ BONILLA representada legalmente por la señora Vilma Raquel Bonilla Espinoza, los primeros dos como padres y los demás como hijos, todos del causante.-
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Se ha conferido a los aceptantes la administración y representación interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de ley.-
Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las nueve horas quince minu-tos del día siete de junio del año dos mil cinco.- Dr. MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. CECILIA DEL CARMEN CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 1286-1
LICENCIADA MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.-
HACE SABER: Que por resolución dictada en este Tribunal a las doce horas y quince minutos del día diecisiete de agosto de dos mil cinco, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada dejada a su defunción por la señora BLANCA ESTELA FLORES, quien fue de treinta y tres años de edad, fallecida el día doce de octubre de dos mil dos, en esta ciudad, siendo Quezaltepeque su último domicilio, de parte de la señora FIDELINA FLORES, en el concepto de madre de la causante, a quien se le ha conferido la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Lo que se hace saber al público en general para los efectos de ley.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Quezaltepeque, a las doce horas y diez minutos del día diecinueve de agosto de dos mil cinco.- Enmendado-Civil-Vale.- Licda. MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. JOSE ELEAZAR CARDONA GUEVARA, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 1287-1
LICENCIADO ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRI-MERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución proveída a las catorce horas y diez minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó el causante señor JORGE ALBERTO MENJIVAR ESTRADA o JORGE ALBERTO ESTRADA, quien falleció el día diecinueve de octubre del año dos mil tres, a la edad de veintiocho años, siendo en esta ciudad su último domicilio, de parte de los señores MARIA LUISA MENJIVAR conocida por MARIA LUISA MENJIVAR DE ESTRADA y por MARIA LUCIA MENJIVAR, JORGE ALBERTO ESTRADA MONTANO o
JORGE ALBERTO ESTRADA y de las menores CECILIA ABIGAIL ESTRADA MUNGUIA y JOCELYN CAROLINA ESTRADA MUN-GUIA éstas representadas por la señora ANA CECILIA MUNGUIA MARTINEZ, en concepto de padres los dos primeros y las últimas en concepto de hijas del causante.- Confi riéndosele a los aceptantes en el concepto antes expresado, la Administración y Representación Interina de la Sucesión, las menores representadas por la señora ANA CECILIA MUNGUIA MARTINEZ, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.-
Lo que se hace saber al público, para efectos de ley.-
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Izalco, Departamento de Sonsonate, a los catorce días del mes de julio del año dos mil cinco.- Lic. ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRIMERA INS-TANCIA.- Licda. SARA ALBERTINA VILLEDA, SECRETARIA.
Of. 3 v. alt. No. 1288-1
LICENCIADO ROBERTO EDMUNDO ALEJANDRO JIMENEZ MOLINA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE CENTRO JUDICIAL.-
HACE SABER: Que por resolución emitida por este Tribunal a las diez horas con veinticinco minutos de este día, se tuvo por aceptada expresamente y con Benefi cio de Inventario la Herencia Intestada que ha su defunción dejó la causante DOMINGA RUIZ, quien falleció el día siete de noviembre de mil novecientos cuarenta y uno, en el Cantón “San Lucas”, de la Jurisdicción de Cuisnahuat, Departamento de Sonsonate, siendo ese lugar su último domicilio, de parte del señor LINO RUIZ, en su calidad de hijo sobreviviente de la expresada Causante.- Se le ha conferido al Heredero Declarado en el concepto antes indicado la Administración y Representación Interinas de la Sucesión con las Facultades y Restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.-
Lo que se avisa al público para los efectos de ley.-
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Armenia, a las once horas del día dos de junio de dos mil cinco. Lic. ROBERTO EDMUNDO ALEJANDRO JIMENEZ MOLINA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- Lic. RAFAEL ANTONIO CUELLAR ANGEL, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 1289-1
LICENCIADO ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRI-MERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución proveída a las doce horas y treinta minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó el causante señor LUIS EDGARDO MORALES VILLALTA, quien
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falleció el día dos de junio del año dos mil tres, a la edad de treinta y tres años, siendo en esta ciudad su último domicilio, de parte del menor LUIS DANIEL MORALES VILLALTA, en concepto de hijo del cau-sante, representado legalmente por la señora FRANCISCA ABELINA HERNANDEZ HERNANDEZ. Confi riéndosele al aceptante en el concepto antes expresado, la Administración y Representación Interina de la Sucesión, representado legalmente por medio de la señora FRAN-CISCA ABELINA HERNANDEZ HERNANDEZ, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.-
Lo que se hace saber al público, para efectos de ley.-
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Izalco, Departamento de Sonsonate, a los ocho días del mes de julio del año dos mil cinco.- Lic. ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRIMERA INSTAN-CIA.-Licda. SARA ALBERTINA VILLEDA, SECRETARIA.-
Of. 3 v. alt. No. 1290-1
MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-TRITO.
HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado de las nueve horas treinta minutos del día veinticuatro de los corrientes, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de la herencia intestada dejada por el señor CARLOS ANTONIO CORTEZ, fallecido el día quince de febrero del año dos mil tres, en la ciudad de Juayúa su último domicilio, de parte de los señores TERESA CORTEZ, NOEMI ARTERO DE CORTEZ, CARLOS GEOVANY, SONIA YANIRA, menores EVER VLADIMIR, NIDIA ELIZABETH y MARLON ALEXANDER todos de apellido CORTEZ ARTERO, la primera como madre, la segunda como cónyuge sobreviviente y los demás como hijos, todos del causante, dichos menores representados legalmente por la segunda.-
Y se ha conferido a los aceptantes la administración y representación interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de ley.
Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las diez horas diez minutos del día treinta y uno de mayo del dos mil cinco.- Dr. MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. CECILIA DEL CARMEN CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 1291-1
MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO.-
HACE SABER: Que por sentencia defi nitiva pronunciada por este Tribunal a las diez horas del día veinte de Julio del presente año, se ha tenido por aceptada expresamente con benefi cio de inventario la herencia intestada dejada por el señor José Alfredo Ramos, fallecido el día treinta y uno de Octubre del año dos mil uno, en esta ciudad y con último domi-
cilio la Villa de San Antonio del Monte, de este departamento, de parte de los señores Esperanza Ramos, Manuel Antonio López y Margarita Isabel Paiz Sánchez, los dos primeros padres sobreviviente y la tercera como representante legal de la menor Katherin Elizabeth Ramos Paiz, como hija, todos del Causante.- Se ha conferido a los Aceptantes la ad-ministración y representación interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de ley.-
Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las ocho horas veinte minutos del día veintinueve de julio del dos mil cinco.- Dr. MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. ELSA DEL MILAGRO PILIA DE CASTILLO, SRIO. INTO.
Of. 3 v. alt. No. 1292-1
MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal, a las once horas y diez minutos de este mismo día; se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de Inventario la herencia intestada de los bienes que a su defunción dejó el causante ABELARDO SANDOVAL, quien falleció el día dieciséis de abril del presente año; en el Cantón El Espino, del Municipio de San Pedro Perulapán, de esta Jurisdicción; siendo ese lugar su último domicilio; de parte de los señores HECTOR DOMINGO ZEPEDA SANDOVAL; y YENMIN ELIZABETH ZEPEDA SANDOVAL, ambos en su carácter de hijos del referido causante.- Habiéndoseles conferido a los aceptantes, la administración y representación Interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.-
Se citan a los que se crean con derecho a la herencia para que en el término legal se presenten a este Tribunal, a hacer uso de sus dere-chos.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Cojutepeque, a las quince horas y veinte minutos del día tres de agosto del año dos mil cinco. Lic. MA-NUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. JOSE ORLANDO BELTRAN MEJIA, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 1293-1
JOSÉ ORLANDO HERNÁNDEZ BUSTAMANTE, JUEZ DE PRIME-RA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado a las nue-ve horas de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de parte de la señora MARCELINA DE DO-LORES FLORES o MARCELINA FLORES, de la menor JENNIFER GUADALUPE FLORES MARTÍNEZ, representada legalmente por su madre ANA MERCEDES MARTINEZ, y de los menores OSCAR BAU-DILIO y KAREN STEFANY, ambos de apellidos FLORES MEDINA,
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representados legalmente por su madre CLAUDIA MARIA MEDINA CONTRERAS; de la herencia intestada dejada a su defunción por el señor MANUEL DE JESÚS FLORES SERRANO, quien falleció a las dos horas y cincuenta y ocho minutos del día diecisiete de marzo del año dos mil cuatro, en la Ofi cina de la Gerencia del Medio Ambiente de la Alcaldía Municipal de Santa Tecla, del Departamento de La Li-bertad, siendo Ciudad Arce su último domicilio, la primera en concepto de madre del causante, y los menores en calidad de hijos del referido causante. Confi érese a los aceptantes expresados en el concepto indicado la administración y representación interinas de la indicada sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Cítese a las personas que se crean con derecho.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: San Juan Opico, a las nueve horas treinta minutos del día veintiséis de agosto del año dos mil cinco. Lic. JOSE ORLANDO HERNANDEZ BUSTAMANTE, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- Licdo. CARLOS ARNULFO SOSA FLORES, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 1294-1
TITULO SUPLETORIO
JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS-TRITO JUDICIAL DE METAPAN,
HACE SABER: Que en este Juzgado el señor MARTIN GOMEZ JUAREZ, de cuarenta y cuatro años de edad, agricultor, de este domicilio, ha presentado solicitud para que se extienda a su favor Título Supletorio de cuatro terrenos situado en el Cantón Las Piedras de esta comprensión, los tres primeros en el Caserío La Conchagua y el Cuarto en el Caserío El Rodeo del mismo Cantón antes relacionado.- EL PRIMERO: de una superfi cie de una hectárea cincuenta y siete áreas de extensión superfi cial, que linda AL ORIENTE: antes con Asunción Flores, Regino Herrera, Martín Flores y Sucesión de Nicomedes Mejía, ahora de Juan Carpio, Sinecia Recinos Galdámez, Marta Isabel Sandoval, Custodio Castaneda, Fabián Mejía, Venancio Mejía y Elías Estrada; AL SUR: con el Abre-vadero de la sucesión de Anacleto Martínez, Río de La Canchagua de por medio y calle que se conduce al Balneario La Apuzunga, ahora con Luis Cabrera; AL PONIENTE: con Prudencio Gómez, cerco de piedra propio, ahora de Felícito Polanco y Lorenzo Gómez y al NORTE: con Martín Flores, cerco de piedra del colindante, ahora con Elías Estrada; EL SEGUNDO: de una extensión superfi cial de diez áreas, que linda AL ORIENTE: con Cecilio Ramírez ahora con Cecilio Herrera; AL SUR: con terrenos de la Sucesión de Eusebio Martínez, ahora de Pedro Mejía y Santos Mejía; AL PONIENTE: con corral de la Hacienda La Concepción, propiedad de Ramón Martínez, ahora con porción desmembrada y vendida a Fabián Mejía y al NORTE: con Timoteo Castaneda ahora de Roberto Hernández; EL TERCERO: de una extensión superfi cial de seiscientos cuarenta y cinco metros cuadrados con veinticinco decímetros cuadrados y linda ORIENTE: con Efraín Gómez y Juan Gámez; AL SUR: con José Antonio Gómez ahora de Custodio Castaneda y Gilberto Gómez, cerco de piedra propio; AL PONIENTE: con solar de Jesús Cardona ahora de
José Antonio Gómez y Adán Lemus y al Norte: con Salvador López,
callejón de por medio que se conduce al Caserío El Cobano y el CUARTO:
de una extensión superfi cial de ocho mil setecientos cincuenta metros
cuadrados, y linda AL ORIENTE: con Francisco Antonio Galdámez,
cerco de piedra alambre medianero; AL SUR: con Fermín Mejía, ahora de
Custodia Castaneda, AL PONIENTE con Elías Herrera, cerco de alambre
medianero y AL NORTE: con terreno de Nicomedes Mejía, ahora con
Salvador López, los referidos inmuebles no son predios dominantes, ni
sirvientes, ni se encuentran en proindivisión con persona alguna y los
valúa en CUATRO MIL QUINIENTES COLONES.-
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de
ley.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las once horas del
día once de junio del dos mil dos. Lic. JOSE HERNAN PALACIOS
LIMA, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. EDGAR GUILLERMO MOLINA,
SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 1295-1
JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS-
TRITO JUDICIAL DE METAPAN.
HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el Licenciado
REMBERTO ANTONO RAMIREZ AMAYA, como procurador de la
señora EMELINA ARRIOLA VIUDA DE ESCOBAR, de treinta y cuatro
años de edad, ofi cios domésticos, y de este domicilio; solicitando que
se extienda a favor de su representada Título Supletorio de un inmueble
de naturaleza rústica, situado en el Caserío El Ahogado, Cantón La
Isla de esta jurisdicción; de una extensión superfi cial de DOS MIL
NOVECIENTOS OCHENTA Y SEIS METROS CUADRADOS CON
CINCUENTA Y UN CENTIMETROS CUADRADOS, y que linda: AL
NORTE, un tramo recto de setenta y cuatro metros, con el señor RO-
BERTO ANTONIO MARTINEZ; AL ORIENTE, un tramo de treinta y
siete metros con veinte centímetros, con los señores ABEL ARRIOLA
ARRIOLA y OLIVIA RIVAS PACHECO; AL SUR, dos tramos el
primero de veinte metros y el segundo de ochenta y cinco metros con los
señores OLIVIA RIVAS PACHECO, GILBERTO RIVAS PACHECO y
JUAN MATUTE: AL PONIENTE dos tramos, el primero de diecisiete
metros y el segundo de tres metros sesenta centímetros con el señor GIL
ANTONIO AGUILAR RIVAS y calle de por medio.-
Dicho inmueble no es predio dominante ni sirviente ni se encuentra
en proindivisión con persona alguna y lo valúa en la cantidad de DOS
MIL DOLARES.
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de
Ley.-
Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las catorce horas con
veinticinco minutos del día treinta y uno de agosto del dos mil cinco.-
Lic. JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda.
MARIA LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIO.
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DE SEGUNDA PUBLICACIÓNACEPTACIÓN DE HERENCIA
ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial,
al público para los efectos de ley,
HACE SABER: Que por resolución de las doce horas quince minutos
del día dos de Septiembre del corriente año, se ha tenido por aceptada
expresamente y con benefi cio de inventario de parte de los señores: MARIA
ELENA BARAHONA VIUDA DE ALFARO, MARIA MARGARITA
REYES RODRIGUEZ, HÉCTOR JAVIER REYES ALFARO, JOSE
RUTILIO REYES ALFARO, ZULMA PATRICIA REYES ALFARO,
SANTOS ANÍBAL REYES ALFARO y ELMER ALEXANDER RE-
YES ALFARO, la herencia intestada que a su defunción dejó el señor
SANTOS FULGENCIO ALFARO, quien fue de cuarenta y ocho años
de edad, Jornalero, soltero del domicilio de San Vicente, fallecido el día
cinco de Octubre del año dos mil, siendo su último domicilio el de esta
ciudad, la primera en concepto de madre del causante; la segunda en
concepto de conviviente sobreviviente del causante, el tercero, cuarto,
quinto, sexto y séptimo en concepto de hijos del referido causante. Y
se ha conferido a los aceptantes en las calidades antes mencionadas, la
administración y representación interina de la sucesión con las facultades
y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los dos días
del mes de Septiembre del año dos mil cinco. Dra. ANA FELICITA
ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. LILIAN MABEL RUIZ DE
SALINAS, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 1267-2
ROMEO EDGARD PINO MARTINEZ, JUEZ DEL DISTRITO JUDI-
CIAL DE SOYAPANGO,
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal
a las diez horas del día nueve de agosto de dos mil cinco, se ha tenido
por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la sucesión
intestada que a su defunción dejó el causante señor VICTOR MANUEL
SERRANO HERNANDEZ, quien fue de cincuenta y uno años de edad,
mecánico de banco, soltero, de nacionalidad salvadoreña, originario de
Soyapango, hijo de Blanca Luz Hernández y José Ángel Serrano, quien
falleció el día catorce de septiembre de dos mil cuatro; de parte de: EVE-
LIN XIOMARA SERRANO HERNÁNDEZ, de veintidós años de edad,
soltera, estudiante, del domicilio de Soyapango, NANCY JACKELIN
SERRANO HERNANDEZ, de veintisiete años de edad, soltera, estu-
diante, del domicilio de Soyapango, JOSE FRANCISCO SERRANO
HERNANDEZ, de veintiocho años de edad, soltero, empleado, del
domicilio de Soyapango, y del menor VICTOR MANUEL SERRANO
HERNANDEZ, de dieciséis años de edad, soltero, estudiante, del do-
micilio de Soyapango, todos en su calidad de hijos del causante, este
último ejercerá a través de su representante legal la señora MERCEDES
HERNANDEZ CERRATO conocida por MERCEDES DEL CARMEN
HERNANDEZ, quien es madre de dicho menor.-
Confi érese a los aceptantes la administración y representación
INTERINA de la sucesión intestada, con las facultades y restricciones
de los curadores de la herencia yacente.-
Cítese a los que se crean con derecho a la sucesión para que dentro
del término de quince días posteriores al de la publicación del edicto
respectivo comparezcan a este Tribunal a deducir sus derechos.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de
ley.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las once horas
del día nueve de agosto de dos mil cinco. Dr. ROMEO EDGARD PINO
MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL INTO. Licda. MARIA ESTELA
SORIANO NAVARRETE, SECRETARIA.
Of. 3 v. alt. No. 1268-2
DECLARATORIA YACENTE
ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial,
al público para los efectos de ley,
HACE SABER: Que por resolución de las quince horas del día
treinta de Julio del año dos mil cuatro, se ha declarado yacente la herencia
que a su defunción dejó la señora MARIA HERMINIA MENDEZ DE
ALVARADO, quien falleció de sesenta y ocho años de edad, de ofi cios
domésticos, casada con Félix Napoleón Alvarado, fallecida el día trece de
febrero del año dos mil cuatro, siendo su último domicilio el Municipio
de Guadalupe, Departamento de San Vicente, y habiendo transcurrido
más de quince días sin que persona alguna se haya presentado aceptan-
do su herencia, se ha nombrado curador de la misma, a la Licenciada
Rocío Alejandra Rodríguez Agreda, mayor de edad, Abogado, de este
domicilio.
Juzgado de lo Civil: San Vicente, a las ocho horas cincuenta minutos
del día uno de Septiembre del año dos mil cinco. Dra. ANA FELICITA
ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. LILIAN MABEL RUIZ DE
SALINAS, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 1269-2
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TITULO SUPLETORIO
MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO
JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado el Licenciado
JOSÉ ALIRIO BELTRÁN GARCIA, en su carácter de Agente Auxiliar
del señor Procurador General de la República en nombre y representa-
ción de la señora CONCEPCIÓN ALFARO.- Solicitando se le extienda
Título Supletorio de un inmueble de naturaleza rústica, situado en Cantón
Huiziltepeque, del Municipio de Tenancingo de esta Jurisdicción; de la
extensión superfi cial de CUATRO MIL SETECIENTOS CINCUENTA
Y TRES METROS CUADRADOS, según solicitud presentada, pero
según fi cha catastral, es de CINCO MIL QUINIENTOS SEIS METROS
CUADRADOS; de las medidas y colindancias siguientes: AL NORTE:
Ciento cincuenta y nueve metros, y colinda con terreno del señor CE-
RAFÍN CORNEJO, segundo tiro, siempre con CERAFÍN CORNEJO,
tercer tiro, con terreno del señor MÁXIMO HENRÍQUEZ, calle real de
por medio, que conduce a Corral Viejo: AL ORIENTE: Setenta y seis
metros, colinda con terreno de DOLORES DÍAZ, cerco de piña y de
alambre de por medio, propio de la titulante; AL SUR; Cincuenta y cinco
metros, linda con terreno de la señora ESTELA DÍAZ, cerco de piña de
por medio, propio del terreno que se describe en parte, y en segundo tiro,
linda con propiedad de LUCAS PINEDA y calle real de por medio, que
conduce a San Pedro Perulapán.- Dicho inmueble lo adquirió por venta
que le hizo el señor MIGUEL PINEDA, el día diecinueve de marzo de
mil novecientos ochenta y seis; por lo que la posesión data más de diez
años; en forma quieta, pacífi ca e ininterrumpida, no está en proindivisión,
no tiene nombre especial alguno, no es dominante ni sirviente y lo valúa
por la cantidad de TREINTA MIL COLONES EXACTOS.-
Librado en el Juzgado de lo Civil: Cojutepeque, a las once horas
cincuenta minutos del día nueve de febrero del año dos mil cinco.- Lic.
MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. JOSÉ ORLANDO
BELTRÁN MEJÍA, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 1270-2
Doctora Ana Felícita Estrada, Juez de lo Civil del distrito judicial del
Departamento de San Vicente, al público para los efectos de ley,
HACE SABER: Que a este Tribunal, se ha presentado el Licenciado
PERFECTO EDUARDO ESCALANTE ECHEVERRIA, en su calidad
de Agente Auxiliar del señor Procurador General de la República y en
representación de la señora ALEJANDRA HERNANDEZ VIUDA DE
BERMÚDEZ, de cincuenta y nueve años de edad, viuda, de ofi cios del
hogar, residente en el Cantón San Felipe, jurisdicción de Apastepeque,
Departamento de San Vicente, solicitando título supletorio situado en
el Cantón San Felipe municipio de Apastepeque, Departamento de San
Vicente, de la extensión superfi cial de UN MIL CIENTO CINCUEN-
TA Y SIETE PUNTO TREINTA Y UN METROS CUADRADOS, de
las medidas y linderos siguientes: al NORTE, mide cuarenta metros,
linda con Antonia Montes de Merino, camino vecinal de por medio; al
ORIENTE, mide sesenta y dos metros, linda con Santos Tomás Alfaro,
camino vecinal de por medio; al SUR, mide treinta y cuatro punto cin-
cuenta metros, con sucesión de Albertina Meléndez viuda de Iraheta,
actualmente de los herederos Jesús Milagro, Napoleón, Miguel y Deisy
todos de apellido Iraheta; al PONIENTE, mide diecinueve metros, con
sucesión de Albertina Meléndez viuda de Iraheta, actualmente de los
herederos Jesús Milagro, Napoleón, Miguel, Deisy todos de apellido
Iraheta, camino vecinal de por medio. El inmueble antes descrito asegura
la señora Alejandra Hernández viuda de Bermúdez, poseerlo por compra
que de él hizo al señor Pablo Bermúdez, y que lo valúa en la cantidad
de UN MIL TRESCIENTOS DOCE DOLARES, DOCE CENTAVOS
DE DOLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.-
Juzgado de lo Civil: San Vicente, a las nueve horas del día veintidós
de julio del año dos mil cinco. Dra. ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ
DE LO CIVIL. Lic. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS, SECRE-
TARIO.
Of. 3 v. alt. No. 1271-2
EDGAR ORLANDO ZUNIGA RIVAS: Juez de Primera Instancia de
este Distrito Judicial; AL PUBLICO: Para los efectos de ley,
HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado el Licenciado
PERFECTO EDUARDO ESCALANTE ECHEVERRÍA, en su calidad
de Agente Auxiliar del Señor Procurador General de la República y en
nombre y representación de la señora MARIA JOSEFINA CUBÍAS
DE OSORIO; solicitando se le extienda TITULO SUPLETORIO de un
inmueble de naturaleza rústica, situado en el cantón Santa Lucia, Caserío
Los Palacios, jurisdicción de San Lorenzo, departamento de San Vicente,
de una extensión superfi cial de cero cero hectáreas punto setenta y nueve
áreas punto setenta y nueve centiáreas, medias y colindancias siguientes:
AL NORTE: mide ciento treinta y tres punto cincuenta y cinco metros, con
Apolinaria Cubías Viuda de Vega, Raymundo Mejía Palacios, quebrada
de por medio, AL ORIENTE mide sesenta y cinco metros, colindando
con Raymundo Mejía Palacios, Pedro Blanco Molina, Rosenda Molina
Viuda de Palacios, Miguel de los Santos Palacios Córdova; AL SUR
mide noventa y uno punto diez colindando con Miguel de los Santos
Palacios Córdova, Pedro Alfredo Palacios y Víctor Palacios Martínez;
AL PONIENTE mide sesenta y siete punto diez metros, colindando
con Pedro Juan Ponce, Santos Blas Cubías. Dicho terreno lo valúa en la
cantidad de DOS MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE
NORTEAMÉRICA.
Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de San Sebastián,
departamento de San Vicente, once horas y treinta minutos del día veinte
de Julio del año dos mil cinco.- Lic. EDGAR ORLANDO ZUNIGA
RIVAS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Br. BESSY CECILIA
FABIÁN FUENTES, SECRETARIA.
Of. 3 v. alt. No. 1272-2
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51DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Septiembre de 2005.
DE TERCERA PUBLICACIÓNACEPTACIÓN DE HERENCIA
LA INFRASCRITA JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DEL DIS-TRITO JUDICIAL DE LA LIBERTAD,
HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado, proveída a las doce horas y treinta minutos del día trece de julio del dos mil cinco, se ha aceptado expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó el Causante JOSE HECTOR VILLALTA el cual falleció el cinco de noviembre del dos mil cuatro, a la edad de cuarenta y seis años, casado, siendo el lugar de La Libertad, Departamento de La Libertad su último domicilio; de parte de María Antonia Gáldamez, María Antonia Galdámez de Villalta o María Antonia Galdámez Trejo, Juana Villalta, José Marvin, Ana Judith y José René de Apellidos Villalta Galdámez y de los menores Juana Guadalupe, Francisco Joel, Carlos Eduardo, Miriam Yaneth y José Omar, la primer en calidad de cónyuge sobreviviente, la segunda en calidad de madre del causante y los ocho últimos en calidad de hijos del causante; confi riéndose a los herederos declarados, la administración y representación interina de la Sucesión referida, con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente, de conformidad a lo establecido en el artículo 1163 inciso 1º del Código Civil; citándose a las personas que se crean con derecho a la herencia, para que se presenten a deducirlo en el término de quince días posteriores a la tercera publicación de este edicto.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de La Libertad, a las catorce horas del día doce de Julio del dos mil cinco. Licda. DIGNA GLADIS MEDRANO RIVERA DE GOMEZ, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Lic. EDUARDO ALFONSO GALDAMEZ MEBIUS, SECRETARIO DE PRIMERA INSTANCIA.
Of. 3 v. alt. No. 1260-3
HERENCIA YACENTE
El infrascrito Juez, al público para los efectos de ley,
HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado, de las nueve
horas y cinco minutos del día veinte de junio de este año, se ha declarado
yacente la herencia del causante AGUSTIN TICAS, quien falleció el día
diecisiete de agosto de mil novecientos cincuenta y siete, en el Cantón
La Herradura de esta jurisdicción, siendo éste su último domicilio,
sin que hasta la fecha se haya presentado persona alguna aceptando
su herencia o una cuota de ella; y se ha nombrado curador para que lo
represente al licenciado MAURICIO ULISES CAMPOS HERNANDEZ,
en consecuencia, se citan a todas las personas que se crean con derecho
a la herencia de que se trata, para que dentro del término de quince días
contados a partir de la última publicación de este aviso, se presenten a
deducirlo a este Juzgado.
JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, doce de agosto del año
dos mil cinco. Enmendado: persona: Vale. Dr. LUIS SALVADOR PEÑA,
JUEZ DE LO CIVIL. JORGE ALBERTO RODRÍGUEZ, SECRETA-
RIO.
Of. 3 v. alt. No. 1261-3
SECCION CARTELES PAGADOSDE PRIMERA PUBLICACIÓN
DECLARATORIA DE HERENCIA
HECTOR ROMILIO GUEVARA GUEVARA, Notario del domicilio de Soyapango, con ofi cina Notarial en Trece Calle Poniente Edifi cio ATE-NEO de El Salvador Local 1 Costado Norte del INDES San Salvador. Al Público en general,
HACE SABER: Que a las nueve horas del día veinte de Octubre del año dos mil cuatro, fue protocolizada la resolución emitida por el suscrito Notario, a las once horas del día diecinueve de Octubre del año dos mil cuatro, en la que ha sido declarado HEREDERO DEFINITIVO UNIVERSAL INTESTADO, con benefi cio de Inventario el señor JUAN FRANCISCO MARTINEZ HERNANDEZ; de la Herencia Intestada que a su defunción dejó el señor ALFEO MARTINEZ conocido por ALFREDO MARTINEZ MARTINEZ, quien falleció en la Colonia San Antonio Avenida la Reina, de la Ciudad de Cuscatancingo, a las catorce horas del día veinte de Febrero del dos mil tres, a consecuencia de Cáncer Gástrico más Desnutrición severa, a la edad de sesenta y tres años de dad, siendo su origen el de San Francisco Chinameca, y su último domicilio el de Cuscatancingo; hijo de Felícita Martínez, fallecida.-Confi érasele la Administración y Representación Defi nitiva de la Sucesión.
Ciudad de San Salvador, a los veintitrés días del mes de Octubre del año dos mil cuatro.
LICENCIADO HECTOR ROMILIO GUEVARA GUEVARA,
NOTARIO.
1 v. No. F017490
HECTOR ROMILIO GUEVARA GUEVARA, Notario del domicilio de Soyapango, con ofi cina Notarial en Trece Calle Poniente Edifi cio ATE-NEO de El Salvador Local 1 Costado Norte del INDES San Salvador. Al Público en general,
HACE SABER: Que a las nueve horas del día cinco de Julio del año dos mil cuatro, fue protocolizada la resolución emitida por el suscrito Notario, a las diez horas del día veintiuno de Junio del año dos mil cuatro, en la que ha sido declarada HEREDERA DEFINITIVA
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52 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 368
UNIVERSAL INTESTADA, con benefi cio de Inventario la señora: MYRNA ELIZABETH MOJICA ESCALANTE conocida por MIRNA ELIZABETH MOJICA ESCALANTE; de la Herencia Intestada que a su defunción dejó el señor ROBERTO MOJICA, quien falleció en el Hospital nacional Zacamil de la Ciudad de Mejicanos, a las dieciocho horas y cinco minutos del día seis de Marzo de dos mil cuatro, a consecuencia de Schok Cardiogénico, a la edad de cincuenta y siete años de dad, siendo su origen el de Santa Ana, y su último domicilio el de Cuscatancingo; hijo de Mercedes Mojica, fallecida.-Confi érasele la Administración y Representación Defi nitiva de la Sucesión.
Ciudad de San Salvador, a los veinticuatro días del mes de Junio del año dos mil cuatro.
LICENCIADO HECTOR ROMILIO GUEVARA GUEVARA,
NOTARIO.
1 v. No. F017491
JOAQUIN FRANCISCO MOLINA LINARES, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO.
AVISA: Que por resolución de este Juzgado de las nueve horas de esta fecha, se ha declarado al señor ALEJANDRO ANTONIO GENOVEZ, de cincuenta y cinco años de edad, empleado, de este domicilio, HE-REDERO DEFINITIVO abintestato con benefi cio de inventario de la señora TERESA GENOVES conocida por MARIA TERESA GENOVES y MARIA TERESA GENOVEZ, quien fue de ochenta años de edad, ofi cios domésticos, fallecida a las veintidós horas del día diez de julio del año dos mil tres, siendo esta ciudad, su último domicilio; en concepto de hijo de la causante; se le ha conferido al heredero declarado en el carácter dicho la ADMINISTRACION Y REPRESENTACION DEFINITIVAS de la sucesión con las facultades de ley.
Lo que se Avisa al público para los efectos consiguientes.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Atiquizaya, a las nueve horas y treinta minutos del día seis de septiembre del año dos mil cinco.-Lic. JOAQUIN FRANCISCO MOLINA LINARES, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- MANUEL IGNACIO CARCAMO RODRIGUEZ, SECRETARIO.-
1 v. No. F017493
MARIETTA SUÁREZ GUTIÉRREZ, con ofi cina profesional situada en Séptima Calle Poniente Bis, Pasaje nueve casa número dos, de la Colonia Escalón en San Salvador, al público para los efectos de ley,
HACE SABER Que por resolución de la suscrita Notario, proveída a las diez horas del día siete de septiembre del año dos mil cinco, he declarado HEREDEROS DEFINITIVOS ABINTESTATO, con benefi cio de inventario, de los bienes que a su defunción ocurrida el día diez de diciembre el año dos mil cuatro en la ciudad de Soyapango, su último domicilio, dejó el señor RENE MARAVILLA MORAGA, a los señores ELENA CISNEROS DE MARAVILLA, de cuarenta y nueve años de edad,
Costurera, ROCIO LICETT MARAVILLA DE ALVARADO, de vein-tinueve años de edad, estudiante, WILLIAM GEOVANI MARAVILLA CISNEROS, de veintiséis años de edad, empleado, y RENÉ FABRIZZIO MARAVILLA CISNEROS, de veinticuatro años de edad, estudiante, todos del domicilio de Soyapango, en sus calidades de esposa legítima, la primera e hijos legítimos los demás, a quienes se les ha conferido la representación y administración defi nitivas de la sucesión.
San Salvador, siete de septiembre del año dos mil cinco.
MARIETTA SUÁREZ GUTIÉRREZ,
NOTARIO.
1 v. No. F017494
RICARDO RODRIGO SUAREZ FISCHNALER, Notario, de este domi-cilio, con ofi cinas ubicadas en Calle Toluca, número tres mil veintinueve, Colonia Miramonte, de esta ciudad,
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario proveída en esta ciudad a las a las nueve horas del día cinco de septiembre de dos mil cinco, se ha declarado a los señores Tránsito Ascensión Vásquez Meléndez, Juana Bautista Vásquez Meléndez, Juan Francisco Vásquez Meléndez, Marcelina de Jesús Vásquez Meléndez y Antonia Vásquez Meléndez, herederos defi nitivos con benefi cio de inventario de la he-rencia intestada que a su defunción acaecida en la ciudad de Santa Ana, el día veintiséis de febrero de mil novecientos noventa y ocho, dejó el señor MARTIN ANTONIO VASQUEZ GRANADOS, en su calidad de hijos del expresado causante, y en consecuencia se les ha conferido la administración y representación defi nitiva de la sucesión dejada por el expresado causante.
Lo que se avisa al público para los efectos de ley.
Librado en la ofi cina del Notario Ricardo Rodrigo Suárez Fisch-naler, San Salvador, a los cinco días del mes de septiembre de dos mil cinco.
RICARDO RODRIGO SUAREZ FISCHNALER,
NOTARIO.
1 v. No. F017504
ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,
AVISA: Que por resolución de las catorce horas de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la heren-cia intestada que a su defunción dejó el señor MARCOS MELENDEZ, quien falleció el día trece de junio de mil novecientos noventa y dos, en el Barrio El Amatal, de la ciudad de Intipucá de este distrito y de-partamento, siendo ése su último domicilio de parte del señor ROSALI HERNANDEZ MELENDEZ, en calidad de hijo del causante.
Confi riéndose al aceptante antes mencionado, la administración y representación defi nitiva de la sucesión.
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53DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Septiembre de 2005.
Librado en el Juzgado de lo Civil, La Unión a los veintinueve días del mes de agosto de dos mil cinco.-Lic. ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL. Br. JORGE ALBERTO PEREZ, SECRETARIO.-
1 v. No. F017507
JORGE ALBERTO HERRERA, Notario, del domicilio y Departamento de San Salvador, con Ofi cinas en Alameda Juan Pablo II número seis-cientos ocho, Planta Alta,
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario proveída a las dieciséis horas del día veinte de Julio del año dos mil cinco, ha sido declarada heredera defi nitiva testamentaria con benefi cio de inventario, de la causante María Berta Herrera de Amaya Díaz, conocida por Berta Herrera Velasco de Amaya Díaz, por Berta de Amaya Díaz, por Berta Herrera Velasco, por María Berta Herrera y por Berta Herrera, quien falleció en Antiguo Cuscatlán, Departamento de La Libertad, siendo esta ciudad su último domicilio, a las veinte horas y treinta minutos del día tres de Mayo del año dos mil cinco, a los noventa y dos años de edad, a doña María Beatriz Amaya de Borja, de cincuenta y cinco años de edad, por sí además como cesionaria de los derechos hereditarios que correspondían a Roberto Joaquín de Jesús Amaya Herrera y Ronaldo Antonio Patricio Amaya Herrera, herederos instituidos de la referida causante, habiéndosele conferido la administración y representación defi nitivas de la sucesión.
Lo que se avisa al público para los efectos de ley.
San Salvador, veinte de Julio del año dos mil cinco.-Enmendado-María- Herrera-Vale.
Dr. JORGE ALBERTO HERRERA,
NOTARIO.
1 v. No. F017508
DAVID ACUÑA, Notario, de este domicilio y del de San Salvador, con ofi cina situada en Sexta Avenida Sur 1-6, Santa Tecla,
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario proveída en la ciudad de Santa Tecla, a las nueve horas del día tres de noviembre de dos mil cuatro, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la HERENCIA INTESTADA que a su defunción dejó el causante ANTONIO MONGE ACOSTA, el día veintiocho de agosto de dos mil uno, en la ciudad de Nueva San Salvador, hoy Santa Tecla, siendo su último domicilio la ciudad de San José Villanueva, Departamento de La Libertad, de parte de CLARA LUZ MONGE ACOSTA conocida por CLARA LUZ MONGE, en concepto de hermana del causante y como cesionaria del derecho hereditario en abstracto que les correspondía a las señoras Ernestina Acosta y Teresa Monge Acosta conocida por Teresa Monge de Cruz, en calidad de madre y hermana, respectivamente del causante mencionado, habiéndosele conferido la ADMINISTRACION y REPRESENTACION DEFINITIVA de la Sucesión.
Lo que se avisa al público para los efectos de ley.
Librado en la ciudad de Santa Tecla, a los cuatro días del mes de abril de dos mil cinco.
DAVID ACUÑA,
NOTARIO.
1 v. No. F017511
EDWIN ANTONIO PINEDA VELASQUEZ, Notario, de este domicilio, con despacho notarial ubicado en Primera Calle Oriente Número Treinta y Dos- A, de la ciudad de Santa Ana,
HACE SABER: Que por resolución proveída a las nueve horas del día veintiséis de agosto del corriente año, se ha declarado a la señora ISABEL NAVARRO, HEREDERA DEFINITIVA, con benefi cio de inventario de la herencia intestada y de los bienes que a su defunción ocurrida en Sonsonate, el día dos de abril del corriente año, dejara el señor GILBERTO ANTONIO NAVARRO, en su concepto de madre del causante; habiéndole concedido la representación y administración defi nitiva de la referida Sucesión.
Por lo que se avisa al público para los efectos de ley.
Librado en la ciudad de Santa Ana, a los siete días del mes de septiembre del año dos mil cinco.-
Lic. EDWIN ANTONIO PINEDA VELASQUEZ,
NOTARIO.
1 v. No. F017514
GUSTAVO ADOLFO LOPEZ RODRIGUEZ, Notario, de este domicilio, con Ofi cina de Notariado situada en la Segunda Avenida Sur Número Tres-siete, en la ciudad de Ahuachapán, al público para los efectos de ley,
HACE SABER: Que por resolución proveída por el Suscrito Notario, a las catorce horas y treinta minutos del día cinco de febrero del corriente año, se ha declarado heredera defi nitiva ab-intestato, con benefi cio de inventario a la señora MARIA PUQUIR DE MARTINEZ, de los bienes de la causante señora RICARDA PUQUIR ARÉVALO, conocida por RICARDA ARÉVALO, en su calidad de hija de la De Cujus; habiéndosele conferido la Administración y Representación defi nitiva de la sucesión.
Librado en la Ofi cina de Notariado del Licenciado Gustavo Adolfo López Rodríguez. Ahuachapán, a los veintinueve días del mes agosto de dos mil cinco.-
GUSTAVO ADOLFO LOPEZ RODRIGUEZ,
NOTARIO.
1 v. No. F017516
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54 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 368
GUSTAVO ADOLFO LOPEZ RODRIGUEZ, Notario, de este domicilio, con Ofi cina de Notariado situada en la Segunda Avenida Sur Número Tres-siete, en la ciudad de Ahuachapán, al público para los efectos de ley,
HACE SABER: Que por resolución proveída por el Suscrito No-tario, a las diez horas día veintinueve de agosto del corriente año, se han declarado herederos defi nitivos ab-intestato, con benefi cio de inventario al señor DONALD ENRIQUE ESCALANTE PERDOMO, de los bienes del causante señor ROGELIO ESCALENTE, en su calidad de HIJO del De Cujus; habiéndosele conferido la Administración y Representación defi nitiva de la sucesión.
Librado en la Ofi cina de Notariado del Licenciado Gustavo Adolfo López Rodríguez, Ahuachapán, a los veintinueve del mes agosto de dos mil cinco.-
GUSTAVO ADOLFO LOPEZ RODRIGUEZ,
NOTARIO.
1 v. No. F017519
ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial, al público para los efectos de ley.
HACE SABER Que por resolución de las nueve horas de este día, se ha declarado a la señora CRUZ MARIA ALDANA DE MERCADO, mayor de edad, de ofi cios domésticos, del domicilio de San Ildefonso de este Departamento, heredera abintestato con benefi cio de inventario de los bienes que a su defunción dejó la señora MARIANA DE JESUS RIVERA VIUDA DE ROMERO conocida por MARIANA DE JESUS RIVERA y por MARIANA RIVERA, quien fue de setenta y un años de edad, Viuda, ofi cios doméstico, Salvadoreña, originaria de Apastepeque y del domicilio de San Ildefonso ambos municipios de este Departamento de San Vicente, habiendo fallecido accidentalmente en la ciudad de San Salvador el día diecinueve de enero de dos mil dos, siendo San Ildefonso de ese Departamento, el lugar de su último domicilio, en concepto de cesionaria de los derechos hereditarios en abstracto que en esta sucesión les correspondía a los señores Adela Romero Rivera, Petrona Rivera, y Fredis Romero Rivera, éstos en concepto de hijos de la referida causante. Y se ha conferido a la heredera declarada la administración y represen-tación defi nitivas de la sucesión.
Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, el día uno de septiembre del año dos mil cinco. Dra. ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS, SECRETARIO.
1 v. No. F017520
ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial al público para los efectos de ley,
HACE SABER: Que por resolución de las quince horas treinta minutos del día seis de Septiembre del corriente año, se ha declarado heredero abintestato con benefi cio de inventario de los bienes que a su defunción dejó la señora MARIA ISABEL RAMIREZ DE VIDES o MARIA ISABEL RAMIREZ, quien fue de cincuenta y seis años de edad, ofi cios domésticos, casada, salvadoreña, fallecida el día cuatro de Marzo de mil novecientos noventa y nueve, en el Hospital Santa Gertrudis de esta ciudad, lugar de su último domicilio, al señor CARLOS ALEXANDER VIDES RAMIREZ, en concepto de hijo de la causante y como cesionario del derecho hereditario que en la sucesión le correspondía
a Doroteo Antonio Vides Landaverde, como cónyuge sobreviviente de la causante y se le ha conferido al heredero declarado la administración y representación defi nitivas de la sucesión.
Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los seis días del mes de Septiembre del año dos mil cinco. Dra. ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS, SECRETARIO.
1 v. No. F017524
El Infrascrito Juez de lo Civil de Usulután. Al público para los efectos de ley,
HACE SABER: Que por resolución de las once horas y treinta minutos de este día, se ha de clarados heredera defi nitiva con benefi cio de inventario a la señora JUANA ALBERTINA DIAZ VIUDA DE AMAYA, en calidad de cónyuge sobreviviente del causante señor SERGIO DAVID AMAYA DEL CID, en la sucesión intestada que éste dejó al fallecer el día seis de marzo del dos mil dos, en Carretera El Litoral Kilómetro Ochenta y Dos, Tecoluca, Departamento de La Paz, siendo la ciudad de Concepción Batres, su último domicilio.-Confi riéndole a la HEREDERA DECLARADA la administración y representación defi nitiva de dicha sucesión con las facultades de ley.-
Librado en el Juzgado de lo Civil: Usulután, a los veintitrés días del mes de agosto del dos mil cinco.- Lic. JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. MIRNA MARISOL SIGARAN HERNANDEZ, SECRETARIA.
1 v. No. F017525
OSCAR NEFTALI ESCOLERO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE JUCUAPA.-
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las ocho horas diez minutos del día siete de Septiembre del presente año, se ha declarado defi nitivamente heredero con benefi cio de inventario, de la herencia Intestada que a su defunción dejó el señor JOSE SANTANA CERRITOS o SANTANA CERRITOS, quien fue de veintinueve años de edad, soltero, comerciante en pequeño, originario y del domicilio de Estanzuelas, Departamento de Usulután, de nacionalidad salvadoreña, hijo de María Luisa Cerritos; quien falleció a las veinte horas del día nueve de Enero de mil novecientos ochenta y uno, en el Cantón El Escarvadero, Estanzuelas, Departamento de Usulután, siendo éste su último domicilio; de parte del señor JORGE MENDEZ ARRIETA, como cesionario del derecho hereditario que le correspondía a la señora María Luisa Cerritos, en concepto de madre del causante.-
Confi érese al heredero declarado en el carácter en indicado la Administración y Representación Defi nitiva de la Sucesión.-
Publíquese el edicto de Ley y oportunamente extiéndase la certifi cación solicitada.-
Lo que se avisa al público para lo efectos de Ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Jucuapa, a las ocho horas treinta minutos del día siete de Septiembre de dos mil cinco.- Lic. OSCAR NEFTALI ESCOLERO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Lic. RODOLFO ANTONIO CASTRO, SECRETARIO.
1 v. No. F017536
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55DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Septiembre de 2005.
MARIA ESTHER FERRUFINO V. DE PARADA JUEZ DE LO CIVIL: SAN MIGUEL.-
AVISA: Que por resolución de las nueve horas cuarenta y dos mi-nutos del día once de agosto del dos mil cinco.- Se ha declarado heredera expresamente y con benefi cio de inventario de la herencia intestada que a su defunción dejó el señor MIGUEL HERNANDEZ CALDERON, quien falleció a las dieciocho horas treinta minutos del día treinta de junio del dos mil cuatro, siendo esta ciudad su último domicilio, a la señora DORIS HERNANDEZ COREAS, de cuarenta y dos años de edad Modista, de este domicilio, con DUI número cero dos millones ciento ochenta y dos mil ciento treinta y dos-dos; por sí y como cesionaria de los derechos hereditarios que les corresponden a los señores JAIME FER-NANDO COREAS HERNANDEZ, GILMAR WILFREDO COREAS HERNANDEZ, ROXANA ARACELY HERNANDEZ COREAS, FRANCISCO AUGUSTO HERNANDEZ COREAS, y JOSE FAUSTO HERNANDEZ COREAS, todos en calidad de hijos del causante.-
Confi érese a la aceptante en el carácter antes indicado la adminis-tración y representación defi nitiva de la sucesión.-
Lo que se pone del conocimiento del público para los efectos de ley.-
Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las nueve horas cuarenta y nueve minutos del día once de agosto del dos mil cinco.- Dra. MARIA ESTHER FERRUFINO v. DE PARADA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL. Licda. MARTA DOLORES COREAS, SECRETARIA.
1 v. No. F017541
WALTER ELIAZAR BARILLAS RODRÍGUEZ, Notario, de este do-micilio, con ofi cina en Diez Avenida Norte y Avenida Carmen Di Prieto, contiguo a farmacia San Roque, Barrio El Ángel, Sonsonate.
HACE SABER: que por resolución del suscrito notario, proveída a las ocho horas del día treinta de agosto del presente año, se ha decla-rado a los señores RUTH ELIZABETH DEL VALLE RODRÍGUEZ y ROBERTO FERNANDO MARROQUIN RODRÍGUEZ, Herederos defi nitivos con benefi cio de inventario de los bienes que a su defunción ocurrida a las once horas del día uno de octubre del año dos mil, en paseo quince de septiembre Colonia Angélica de este departamento, siendo su último domicilio la ciudad de Sonsonate, dejara la señara VERGELIA NATIVIDAD RODRÍGUEZ DOMINGUEZ conocida por VERGELIA NATIVIDAD RODRÍGUEZ, VERGELIA NATIVIDAD RODRÍGUEZ DE DEL VALLE, BERGELIA RODRÍGUEZ, ARGELIA RODRÍGUEZ y por VERGELIA NATIVIDAD DE DEL VALLE, en sus calidades de Hijos Sobrevivientes de la de Cujus y en sus calidades de Cesionarios de los derechos hereditarios que les correspondían a los señores Rosa Lydia Ester Pinto o Ester Rodríguez o Rosa Ester Rodríguez, quien era madre del de Cujus; y Roberto Felipe Del Valle Guirola conocido por Roberto Felipe Del Valle, Alberto Marroquín, Roberto Marroquín Valle, Roberto Felipe Valle, Roberto Felipe Valle Guirola, Roberto Marroquín y Rigoberto Felipe Del Valle, quien era cónyuge de la causante, habiéndoseles conce-dido la administración y representación defi nitiva de la sucesión intestada referida.
Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley.-
Librado en Sonsonate, el día uno de septiembre del año dos mil cinco.
WALTER ELIAZAR BARILLAS RODRIGUEZ,
NOTARIO.
1 v. No. F017550
ERNESTO VINICIO BELLOSO ESCOTO; Notario, de este domicilio, con despacho Notarial ubicado en Segunda Calle Oriente, número tres guión cuatro, Sonsonate,
HACE SABER: Que por resolución del suscrito, proveída a las once horas y veinte minutos del día seis de Septiembre de dos mil cinco, se ha declarado heredero, con benefi cio de inventario de la herencia que a su defunción dejó la señorita KARINA BEATRIZ DUBON MURILLO, fallecida el día diecinueve de Marzo de dos mil cinco, en el Cantón Sabana San Juan Arriba, Jurisdicción de Nahuizalco, lugar de su último domicilio, al señor REINALDO ANTONIO MURILLO, en su concepto de hermano de la causante; habiéndosele conferido al heredero la Ad-ministración y representación defi nitivas de la citada sucesión.
Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley.
Librado en Sonsonate, el día ocho de Septiembre de dos mil cinco.-
Lic. ERNESTO VINICIO BELLOSO ESCOTO,
NOTARIO.
1 v. No. F017551
El infrascrito Notario MANUEL ANTONIO ROMERO, mayor de edad, Abogado y Notario, de este domicilio, con despacho en Avenida Napoleón Viera Altamirano, Condominio Centro Escalón II, Local dos-tres, Colonia Escalón, de esta ciudad, al público
HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas del día cinco de septiembre de dos mil cinco, se ha declarado Heredera Defi nitiva con Benefi cio de Inventario, de la herencia intestada del causante señor VI-TAL OSCAR RIVAS LAGUARDIA conocido socialmente por OSCAR RIVAS LAGUARDIA, a la señora MARIA NIDIA LOPEZ DE RIVAS LAGUARDIA, en su calidad de cónyuge sobreviviente. Habiéndosele conferido la administración y representación defi nitiva de la referida Sucesión.
Lo que hace del conocimiento público para los efectos de ley.
San Salvador, a los cinco días de septiembre de dos mil cinco.
Dr. MANUEL ANTONIO ROMERO,
NOTARIO.
1 v. No. F017555
JOSÉ ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE USULUTAN. AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY
AVISA: Que por resolución de las diez horas y quince minutos de este día se ha DECLARADO HEREDERO DEFINITIVO Y CON BENE-FICIO DE INVENTARIO, al señor RENE OSMIN NIETO LOZANO, en calidad de cesionario del derecho hereditario que le correspondía a la señora PETRONILA VASQUEZ, en calidad de madre del causante señor JOSÉ MIGUEL VASQUEZ BERMUDEZ, conocido por JOSÉ MIGUEL VASQUEZ, en la sucesión Intestada que éste dejó al fallecer el día diez de octubre de mil novecientos noventa y nueve, en el Barrio La Parroquia de esta ciudad de Usulután, el lugar que tuvo como último domicilio.
Confi riéndosele al Heredero Declarado la Administración y Re-presentación Defi nitiva de la Sucesión, con las Facultades de Ley.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Usulután, a los diez días del mes de agosto del año dos mil cinco. Lic. JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. MIRNA MARISOL SIGARAN HERNANDEZ, SECRETARIA.
1 v. No. F017560
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56 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 368
EL INFRASCRITO JUEZ DE LO CIVIL: Al público para los efectos
de ley,
HACE SABER: Que por resolución de las diez horas y quince
minutos de este día, se ha declarado heredera defi nitiva con benefi cio de
inventario a la señora JUANA FRANCISCA MELARA, en calidad de hija
de la causante señora ROSA MELARA conocida por ROSA MELARA
CHAVARRÍA y por ROSA MARÍA MELARA, en la sucesión intestada
que ésta dejó al fallecer el día nueve de marzo de mil novecientos noventa
y nueve, en el cantón Piedra Ancha de la Jurisdicción de Ereguayquín,
siendo esa misma ciudad su último domicilio.-Confi riéndole a la heredera
declarada la administración y representación defi nitiva de dicha sucesión
con las facultades de ley.-
Librado en el Juzgado de lo Civil: Usulután, veinticuatro de mayo del
dos mil cinco.- Enmendados: Ereguayquín-Vale.- Lic. JOSÉ ANTONIO
GÁMEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda. MIRNA MARISOL SIGARÁN
HERNÁNDEZ, SECRETARIA.
1 v. No. F017565
YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE SANTA
TECLA, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a
las doce horas y diez minutos del día veintitrés de agosto del corriente
año, se han declarado herederos, con benefi cio de inventario, de la he-
rencia intestada, dejada a su defunción por el causante, señor AQUILIO
TORRES GÓMEZ, conocido por AQUILIO TORRES, ocurrida el día
siete de enero del presente año, en esta ciudad, siendo Huizúcar el lugar
de su último domicilio, a los señores ROSAURA TICAS DE TORRES,
hoy VIUDA DE TORRES, conocida por ROSA TICAS y por ROSAURA
TICAS, y JUAN CARLOS TORRES TICAS, en calidad de cónyuge
sobreviviente e hijo del causante, respectivamente; y se ha conferido a
los herederos declarados, la administración y la representación defi nitivas
de la sucesión.-
Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las diez horas
cincuenta minutos del día treinta y uno de agosto de dos mil cinco.- Lic.
YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- Br. KARINA
VANESSA SILVA DE SOMOZA, SECRETARIO.
1 v. No. F017574
JORGE ALBERTO GUZMÁN URQUILLA, JUEZ SEGUNDO DE
PRIMERA INSTANCIA, de este distrito Judicial.- Al público para
efectos de ley,
HACE SABER: Que por resolución pronunciada por este Juz-
gado, a las doce horas del día nueve de agosto del dos mil cinco, SE
HA DECLARADO HEREDERA EN FORMA DEFINITIVA Y CON
BENEFICIO DE INVENTARIO DE LA HERENCIA INTESTADA
que a su defunción dejó la señora TOMASA ARGUETA, a la señorita
NORMA ARACELY PÉREZ ARGUETA, de veintisiete años de edad, de
ofi cios domésticos, del domicilio de Yoloaiquín, de este departamento;
por derecho propio que le corresponde como hija de la causante.- La
señora MARÍA TOMASA, a la fecha de su fallecimiento era de cincuenta
y cuatro años de edad, de Ofi cios domésticos, originaria y del domicilio
de Yoloaiquín, hija de Serapio Argueta, y Estanislaa Blanco, de nacio-
nalidad salvadoreña, FALLECIÓ el día a las nueve horas del día catorce
de enero de mil novecientos noventa y cinco, en el Cantón El Volcán de
Yoloaiquín, siendo éste su último domicilio.- Así mismo se le ha confe-
rido al heredero declarado antes mencionado y en la forma establecida
la administración y representación defi nitiva de la sucesión.-
Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francisco
Gotera, a las once horas del día doce de agosto del dos mil cinco.- Lic.
JORGE ALBERTO GUZMÁN URQUILLA, JUEZ 2o. DE 1ª. INSTAN-
CIA.- Licda. ROSA ERMELINDA GUTIÉRREZ SÁNCHEZ, SRIA.
1 v. No. F017580
Licenciado JORGE ALBERTO GUZMÁN URQUILLA, Juez Segundo
de Primera Instancia de este Distrito Judicial, al público para efectos
de Ley,
HACE SABER: Que por resolución dictada por este Tribunal de las
catorce horas y cinco minutos del día ocho de agosto del corriente año,
SE HA DECLARADO HEREDERO EN FORMA DEFINITIVA CON
BENEFICIO DE INVENTARIO, DE LA HERENCIA INTESTADA
que a su defunción dejó la señora MARÍA REYNELDA ARRIAZA,
conocida por MARÍA REYNALDA ARRIAZA ARGUETA y por
MARÍA REYNELDA ARGUETA, al señor ALCIDES ALEXANDER
ARGUETA ARRIAZA, como Cesionario de los derechos hereditarios
que le correspondían a la señora ESTEBANA ARGUETA VIUDA DE
ARRIAZA, conocida por ESTEBANA ARGUETA DE ARRIAZA, ésta
como madre de la mencionada causante.- La causante MARÍA REY-
NELDA ARRIAZA ARGUETA, conocida por MARÍA REYNALDA
ARRIAZA ARGUETA y por MARÍA REYNELDA ARGUETA a la
fecha de su fallecimiento fue de diecinueve años de edad, de ofi cios
domésticos, originaria y del domicilio de Delicias de Concepción, hija
de José de La Paz Arriaza y Estebana Argueta; falleció el día treinta
de octubre de mil novecientos ochenta y tres, en el Barrio El Centro
de Delicias de Concepción; siendo esta misma población de lugar de
su último domicilio.- Se le confi rió al heredero antes mencionado y en
la forma establecida la ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACIÓN
DEFINITIVA DE LA SUCESIÓN.-
Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francisco
Gotera, a las once horas y veinte minutos del día doce de agosto de dos
mil cinco.- Lic. JORGE ALBERTO GUZMÁN URQUILLA, JUEZ
2º. De 1ª. INSTANCIA.- Licda. ROSA ERMELINDA GUTIÉRREZ
SÁNCHEZ, SRIA.
1 v. No. F017582
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57DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Septiembre de 2005.
JORGE ALBERTO AGUILAR, Notario de este domicilio, con Ofi cina
Profesional situada en: Avenida Bernal y Calle La Divina Providencia,
Colonia Carmita II, casa número siete de esta ciudad,
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída
a las ocho horas del día dos de septiembre del año dos mil cinco, se ha
declarado a la señora BERTA ERMELINDA UMAÑA, en su calidad de
cónyuge sobreviviente HEREDERA DEFINITIVA INTESTADA, con
Benefi cio de Inventario, de los bienes que a su defunción dejó el señor
CARLOS NAPOLEÓN PINEDA, y se le confi rió a la HEREDERA
DECLARADA, la administración y representación DEFINITIVA de la
sucesión.-
Y para ser publicado en un Diario de mayor circulación nacional,
por UNA sola vez, libro el presente aviso, en la ciudad de San Salvador,
a los dos días del mes de septiembre del año dos mil cinco.-
JORGE ALBERTO AGUILAR,
NOTARIO.
1 v. No. F017585
JORGE ALBERTO AGUILAR, Notario de este domicilio, con Ofi cina
Profesional situada en: Avenida Bernal y Calle La Divina Providencia,
Colonia Carmita II, casa número siete de esta ciudad,
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída
a las once horas del día dos de septiembre del año dos mil cinco, se ha
declarado a los señores MARÍA DORA ROJAS DE ORTIZ y ÁNGEL
GREGORIO ORTIZ PLEITEZ, en su calidad de padres legítimos, HE-
REDEROS DEFINITIVOS INTESTADOS, con Benefi cio de Inventario,
de los bienes que a su defunción dejó la señora MARÍA DORA ORTIZ
DE PORTILLO, y se les confi rió a los HEREDEROS DECLARADOS,
la administración y representación DEFINITIVA de la sucesión.-
Y para ser publicado en un Diario de mayor circulación nacional,
por UNA sola vez, libro el presente aviso, en la ciudad de San Salvador,
a los dos días del mes de septiembre del año dos mil cinco.-
JORGE ALBERTO AGUILAR,
NOTARIO.
1 v. No. F017587
MARIO MOISA MARTÍNEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-
TRITO:
AVISA: Que por resolución de las diez horas del día veintidós de
los corrientes, ha sido declarada heredera abintestato con benefi cio de
inventario de la herencia dejada por el señor ISABEL CERÉN, fallecido
el día once de agosto del año dos mil dos, en la población de Santo Do-
mingo de Guzmán su último domicilio, a la señora ELIDA RODRÍGUEZ
CERÉN, en concepto de hija y además como Cesionaria de los Derechos
Hereditarios que le correspondían a la señora María Santos Rodríguez
Viuda de Cerén como cónyuge del Causante.-
Se ha conferido a la heredera declarada la administración y
representación defi nitivas de la sucesión.-
Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las diez horas quince minutos del
día treinta y uno de agosto del año dos mil cinco.- Dr. MARIO MOISA
MARTÍNEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. CECILIA DEL CARMEN
CERÉN DE ESCOBAR, SECRETARIA.
1 v. No. F017601
ROBERTO EDMUNDO ALEJANDRO JIMÉNEZ MOLINA, JUEZ DE
PRIMERA INSTANCIA DE LA CIUDAD DE ARMENIA.
HACE SABER: Que a las catorce horas con diecisiete minutos de
este día, se pronunció resolución por medio de la cual se tuvo por aceptada
expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada dejada
a su defunción por ROGELIO PACHECO GUIROLA conocido por
ROGELIO PACHECO, quien falleció el día veinticuatro de febrero de mil
novecientos ochenta y uno, en el Cantón “Paso de Canoas”, jurisdicción
de Santa Isabel Ishuatán, Departamento de Sonsonate, siendo ese lugar
su último domicilio, de parte de WILFREDO PANIAGUA PACHECO,
en calidad de hijo sobreviviente del causante en mención.-
Se le ha conferido al heredero declarado en el concepto antes indi-
cado LA ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACIÓN DEFINITIVAS
DE LA SUCESIÓN.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la ciudad de Armenia,
a los diecisiete días del mes de agosto del año dos mil cinco.- Lic.
ROBERTO EDMUNDO ALEJANDRO JIMÉNEZ MOLINA, JUEZ
DE PRIMERA INSTANCIA.- Lic. RAFAEL ANTONIO CUELLAR
ÁNGEL, SECRETARIO.
1 v. No. F017603
JOAQUÍN FRANCISCO MOLINA LINARES, JUEZ DE PRIMERA
INSTANCIA DE ESTE DISTRITO.
AVISA: Que por resolución de este juzgado de las doce horas de
esta fecha, se ha declarado a la señora MIRNA IDALIA CRISTALES
DE MARTÍNEZ, HEREDERA DEFINITIVA abintestato con benefi cio
de inventario de la señora MERCEDES YOLANDA MARTÍNEZ CRIS-
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TALES, quien fue de veintisiete años de edad, Tecnóloga en enfermería,
fallecida a las veintitrés horas y cincuenta y cinco minutos del día vein-
tidós de febrero del año dos mil cinco, en el Barrio Chalchuapita de esta
ciudad, su último domicilio, en concepto de madre de la causante; se le ha
conferido a la heredera declarada en el carácter dicho la administración
y representación defi nitivas de la sucesión con las facultades de ley.-
Lo que se avisa al público para los efectos de ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Atiquizaya, a las
doce horas y veinte minutos del día siete de septiembre del año dos
mil cinco.- Lic. JOAQUÍN FRANCISCO MOLINA LINARES, JUEZ
DE PRIMERA INSTANCIA.- MANUEL IGNACIO CÁRCAMO
RODRÍGUEZ, SECRETARIO.
1 v. No. F017606
JOAQUÍN FRANCISCO MOLINA LINARES, JUEZ DE PRIMERA
INSTANCIA DE ESTE DISTRITO.
AVISA: Que por resolución de este juzgado de las once horas y
diez minutos de esta fecha, se ha declarado a la señora LILIAN ARELY
MAGAÑA DE REGALADO conocida por LILIAN ARELY NOYO-
LA, LILIAN ARACELY MAGAÑA y LILIAN ARACELY NOYOLA,
HEREDERDA DEFINITIVA abintestato con benefi cio de inventario
del señor JOSÉ ALEJANDRO REGALADO, quien fue de sesenta
años de edad, jornalero, fallecido en el Hospital Nacional Francisco
Menéndez de Ahuachapán, a las dieciocho horas y cincuenta y cinco
minutos, del día seis de mayo del año dos mil cinco, siendo esta ciudad
de Atiquizaya, su último domicilio, en concepto de cónyuge sobreviviente
del causante y además como cesionaria de los derechos hereditarios que
correspondían a los señores MARÍA ANGÉLICA REGALADO DE
RINCAN, ROSALBA PATRICIA REGALADO DE ARTERO, NOHE
OSMIN REGALADO, BERTA ALICIA REGALADO DE RECINOS
y GEOVANNI ARNOLDO REGALADO NOYOLA, éstos como hijos
del causante; se le ha conferido a la heredera declarada en el carácter
dicho la administración y representación defi nitivas de la sucesión con
las facultades de ley.-
Lo que se avisa al público para los efectos de ley.-
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Atiquizaya, a las
once horas y treinta minutos del día siete de septiembre del año dos
mil cinco.- Lic. JOAQUÍN FRANCISCO MOLINA LINARES, JUEZ
DE PRIMERA INSTANCIA.- MANUEL IGNACIO CÁRCAMO
RODRÍGUEZ, SECRETARIO.
1 v. No. F017608
JOAQUÍN FRANCISCO MOLINA LINARES, JUEZ DE PRIMERA
INSTANCIA DE ESTE DISTRITO.
AVISA: Que por resolución de este Juzgado de las quince horas de
esta fecha, se ha declarado al señor LUIS ÁNGEL VELASCO conocido por
LUIS ÁNGEL VELASCO IBARRA, y LUIS A VELASCO, de cuarenta
y dos años de edad, empleado, de este domicilio, HEREDERO DEFI-
NITIVO testamentario del señor LUIS ÁNGEL VELASCO HERRERA
conocido por LUIS ÁNGEL VELASCO, quien fue de setenta y un años
de edad, Agricultor, fallecido a las cero horas quince minutos del día
veintiséis de octubre del año dos mil tres, siendo esta ciudad su último
domicilio; se le ha conferido al heredero declarado en el carácter dicho
la ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACIÓN DEFINITIVAS de la
sucesión con las facultades de ley.-
Lo que se avisa al público para los efectos consiguientes.-
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Atiquizaya, a las
quince horas y veinte minutos del día siete de septiembre del año dos
mil cinco.- Lic. JOAQUÍN FRANCISCO MOLINA LINARES, JUEZ
DE PRIMERA INSTANCIA.- MANUEL IGNACIO CÁRCAMO
RODRÍGUEZ, SECRETARIO.
1 v. No. F017609
RENE ARNOLDO GIL QUEZADA, Notario, de este domicilio, con
despacho notarial ubicado en la colonia San Mateo Avenida Montevideo,
número Nueve- F, de esta ciudad,
HACE SABER: Que por resolución del suscrito notario, proveída a
las diecisiete horas del día ocho de septiembre del año dos mil cinco, se
ha declarado a la señora MARTA ALICIA ZEPEDA DE MENÉNDEZ,
heredera defi nitiva, con benefi cio de inventario de los bienes que a su
defunción ocurrida en Columbia, Maryland, de los Estados Unidos de
Norte América, a las catorce horas y veinticinco minutos del día veinti-
cuatro de enero del año dos mil cinco, dejara el señor MIGUEL FABIO
MENÉNDEZ ESCALANTE, en carácter de cónyuge sobreviviente del
causante, habiéndole concedido la administración y representación
defi nitiva de la referida sucesión.-
Por lo que se avisa al público para los efectos de ley.-
Librado en San Salvador, a las ocho horas del día nueve de sep-
tiembre del año dos mil cinco.
RENE ARNOLDO GIL QUEZADA,
NOTARIO.
1 v. No. F017610
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59DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Septiembre de 2005.
ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL
AVISA: Que por resolución proveída a las ocho horas y cua-renta y cinco minutos de este día, los señores ANAGIL VASQUEZ BENITEZ y JOSE DIMAS VASQUEZ HERNANDEZ, conocido por JOSE DIMAS VASQUEZ, han sido declarados herederos defi nitivos con benefi cio de inventario en la herencia intestada que dejó la señora MARIA BERNARDA BENITEZ DE VASQUEZ conocida por MARIA BERNANDA BENITEZ, quien falleció el día veintiséis de enero del dos mil cuatro, en el Caserío Los Corteces, del Cantón El Gavilán, juris-dicción de El Carmen, Departamento de La Unión, siendo ese lugar su último domicilio, la primera en calidad de hija, y el segundo en calidad de cónyuge sobreviviente de la causante y en representación de sus menores hijos FRANCISCA ISABEL VASQUEZ BENITEZ, SARA ESPERANZA VASQUEZ BENITEZ, MARIA ARACELY VASQUEZ BENITEZ, JOSE INES VASQUEZ BENITEZ y VERÓNICA LISSETH VASQUEZ BENITEZ. Y se les ha conferido a los herederos declarados, en la calidad indicada la administración y representación defi nitiva de la sucesión.
Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los siete días del mes de febrero del dos mil cinco. Lic. ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL. Br. JORGE ALBERTO PEREZ, SECRETARIO.
1 v. No. F017613
CRUZ VASQUEZ RAMIREZ, JUEZ PRIMERO DE PRIMERA INS-TANCIA, SUPLENTE DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPARTA-MENTO DE MORAZAN,
AVISA: Que por resolución pronunciada en este Juzgado a las diez horas de este día se han DECLARADO HEREDEROS DEFINITIVOS y con benefi cio de inventario a los señores VICTORINA FUENTES VIUDA DE RODRÍGUEZ, conocida por VICTORINA FUENTES, MANUEL DE JESUS RODRIGUEZ FUENTES, CRISTOBAL RODRIGUEZ FUEN-TES, MARIA LUISA RODRIGUEZ FUENTES y JOSE RAUL LAZO FLORES, la herencia que en forma intestada dejó el señor MARGARITO DE JESUS RODRIGUEZ, conocido por JESUS RODRIGUEZ, quien fue de sesenta y nueve años de edad, casado, agricultor en pequeño, originario de San Carlos, Departamento de Morazán, hijo de JUANA RODRIGUEZ y de padre ignorado; quien falleció a las diez horas del día diez de marzo de mil novecientos ochenta y dos, en el Cantón San Diego de la jurisdicción de San Carlos, departamento de Morazán, sien-do ese lugar su último domicilio; la primera en concepto de cónyuge del causante; el segundo como cesionario de los derechos hereditarios que le correspondían a los señores FERMINA FLORA RODRIGUEZ DE ALVARENGA, conocida por FERMINA FLORA RODRIGUEZ FUENTES; y ANGEL RODRIGUEZ FUENTES, en concepto de hijos del causante; el tercero como hijo del causante y como cesionario de los derechos hereditarios que les correspondían a los señores SANTIAGO RODRIGUEZ FUENTES, JUANA PAULA RODRIGUEZ FUENTES, MARIO RODRIGUEZ FUENTES Y JUAN FRANCISCO RODRIGUEZ FUENTES, en concepto de hijos del causante; la cuarta en concepto de hija del causante; y el quinto en calidad de cesionario de los derechos hereditarios que les correspondían a los señores MANUEL DE JESUS RODRIGUEZ FUENTES, y DELMIRA RODRIGUEZ DE LAZO, conocida por DELMIRA RODRIGUEZ, como hijos del referido cau-sante; se ha conferido a los referidos herederos en la calidad expresada la administración y representación DEFINITIVA de dicha sucesión con las facultades y restricciones de ley.-
Juzgado Primero de Primera Instancia: San Francisco Gotera, a las doce horas y veinte minutos del día diez de marzo de dos mil cin-co.- Lic. CRUZ VASQUEZ RAMIREZ, JUEZ 1º. DE 1ª. INSTANCIA SUPLENTE. Br. YESENIA ROSIBEL VILLATORO DE ZUNIGA, SECRETARIA.
1 v. No. F017616
EVELIO DE JESUS RIOS ALFARO, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL,
AVISA: Que por resolución de las diez horas y treinta minutos del día veintiséis de agosto del presente año, se ha declarado Heredero con Benefi cio de Inventario de la Herencia Intestada, que a su defunción dejó el señor JOSE ESTRADA FUNES o JOSE ESTRADA, quien falleció a las cuatro horas del día dieciocho de febrero de dos mil cinco, en el Hospital Médico Quirúrgico ISSS, San Salvador; siendo éste el lugar de su último Domicilio; de parte del señor JOSE ESTRADA BERMUDEZ, en calidad de hijo sobreviviente del causante.
Confi érese al aceptante en el carácter indicado la administración y Representación DEFINITIVA de la sucesión.-
Dése el aviso de ley correspondiente, y en su oportunidad extiéndase la certifi cación solicitada.
Lo que se pone a conocimiento del público para los efectos de ley.
Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: San Miguel, a las once horas del día veintiséis de agosto de dos mil cinco.- Lic. EVELIO DE JESUS RIOS ALFARO, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL. Lic. GUSTAVO ADOLFO BENITEZ ORELLANA, SECRETARIO INTO.
1 v. No. F017620
MARDOQUEO CARRANZA MONTERROSA, Notario, de este domi-cilio, con Ofi cina situada en Quince Calle Poniente, Edifi cio Santa Fe, Local Veintidós, Segundo Nivel, Centro de Gobierno, San Salvador,
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a las once horas del día uno de septiembre de dos mil cinco, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que a su defunción dejara la señora ELENA EMPERATRIZ MORAN DE ACEVEDO conocida por ELENA MORAN DE ACEVEDO, quien fue de sesenta y seis años de edad, Jubilada, de domicilio Panchimalco, ocurrida en la ciudad de San Salvador, su último domicilio, el día dos de diciembre de mil novecientos noventa y ocho; de parte de las seño-ras ALMA PATRICIA ACEVEDO DE CRUZ, LARISSA DESIREE ACEVEDO DE HERRERA, DEVORA VERÓNICA ACEVEDO DE MENÉNDEZ y CLAUDIA VINICIA ACEVEDO DE FARAFAN, en concepto de herederas abintestato de la causante y en consecuencia, confi érasele a las aceptantes la administración y representación defi nitiva de la referida sucesión.
Por lo que se avisa al público para los efectos de ley.
Librado en San Salvador, el día ocho de septiembre de dos mil cinco.-
MARDOQUEO CARRANZA MONTERROSA,
NOTARIO.
1 v. No. F017623
RAUL EDUARDO BENITEZ DENIS, Notario, de este domicilio, con Ofi cina establecida en Avenida San Lorenzo, Número ciento trece, local cuatro, Segunda Planta, Colonia El Refugio, de esta ciudad,
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída en esta ciudad, a las diez horas del día ocho de Septiembre del año en curso; ha sido declarado heredero defi nitivo con benefi cio de inventario, el señor RICARDO ALFREDO LEMUS, de la herencia intestada que
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a su defunción dejó el señor TOMAS GILBERTO LOPEZ MAGAÑA, quien fuera de setenta y seis años de edad, Mecánico Soldador, del do-micilio del Cantón La Laguna, jurisdicción de El Congo, Departamento de Santa Ana, lugar de su último domicilio, y quien falleció el día quince de noviembre del año dos mil dos, en el Hospital del Seguro Social de Santa Ana; en su calidad de cesionario de los derechos hereditarios que le correspondían a la señora MARIA EMMA LEMUS, en su calidad de cónyuge sobreviviente del referido causante; habiéndosele conferido en tal carácter, la administración y representación defi nitiva de la sucesión.-
Lo que se avisa al público para los efectos de ley.
Librado en las Ofi cinas del Notario Raúl Eduardo Benítez Denis, San Salvador, a las catorce horas del día ocho de Septiembre del año dos mil cinco.
Lic. RAUL EDUARDO BENITEZ DENIS,
NOTARIO.
1 v. No. F017634
RICARDO ALVARADO VAQUERO, Notario, del domicilio de Colón, del departamento de La Libertad, con ofi cina notarial ubicada en: Trece Calle Poniente, condominio El Carmen, local número treinta y dos, tercera planta, Centro de Gobierno, de esta ciudad,
HACE SABER: Que por resolución del suscrito notario, proveída a las ocho horas del día treinta de junio del corriente año, se ha declarado a los señores: ANDRES ALBERTO, ROSA LILIAN, JOSE WALTER y OSMIN ORLANDO, todos de apellidos SOLA SALGUERO, HE-REDEROS DEFINITIVOS, con benefi cio de inventario de los bienes que a su defunción ocurrida el día VEINTINUEVE DE DICIEMBRE DE DOS MIL CUATRO, en la ciudad de La Palma, del departamento de Chalatenango, lugar de su último domicilio, dejara SILVIA ZULE-MA SALGUERO DE SOLA, en su concepto de hijos de la causante: habiéndoseles conferido la administración y representación DEFINITI-VAS de la citada sucesión.
Por lo que avisa al público para los efectos de Ley.
Librado en la ciudad de San Salvador, a los dieciocho días del mes de agosto de dos mil cinco.
Lic. RICARDO ALVARADO VAQUERO,
NOTARIO.
1 v. No. F017636
YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE SANTA TECLA, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las once horas y diez minutos del día dieciséis de agosto del corriente año, se han declarado herederos, con benefi cio de inventario, de la he-rencia intestada dejada a su defunción, por la causante, señora BERTA MARITSA RECINOS conocida por BERTA MARITSA RECINOS DE GUILLEN y por BERTA MARITZA RECINOS DE GUILLEN, ocurrida el día veintiséis de agosto del año dos mil uno, en la Ciudad de San Salvador, siendo esta ciudad, el lugar de su último domicilio, a la menor CESIA EUNICE GUILLEN RECINOS y a la señora ZENIA
ENOE RECINOS RAMIREZ, la primera como hija de la causante, y además como cesionaria de los derechos hereditarios que correspondían al cónyuge sobreviviente de la misma causante, señor Salvador Guillén Ramírez Cerritos, y la segunda como cesionaria de los derechos he-reditarios que correspondían a los señores Felipe Recinos Ramírez y Berta Cañas Lima, como padres de la causante; y se ha conferido a los herederos declarados, la administración y la representación defi nitivas de la sucesión, debiendo ejercerlas la expresada menor, a través de su representante legal, señor Salvador Guillén Ramírez Cerritos.-
Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las doce ho-ras quince minutos del día veintidós de agosto de dos mil cinco.- Lic. YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL. Br. KARINA VANESSA SILVA DE SOMOZA, SECRETARIO.
1 v. No. F017637
HUGO ROMEO LOPEZ ALMENDARES, Notario, de este domicilio con ofi cina profesional ubicada en fi nal Universitaria Norte Colonia San Antonio, Calle Principal número Once E Bis, Mejicanos, de esta Ciudad, AL PUBLICO,
HACE SABER: Que por resolución proveída a las once horas del día dos de mayo del año dos mil cinco, ha sido declarada heredera defi nitiva, con benefi cio de inventario de la herencia intestada que a su defunción dejara el señor DANIEL RAFAILAN JOVEL, quien falleció el día doce de mayo de dos mil cuatro, en Zacatecoluca, siendo San Sebastián, departamento de San Vicente su último domicilio de parte de la señora MARINA CARRANZA DE RAFAILAN, en su carácter de cónyuge del causante, confi érase a la heredera declarada la Admi-nistración, Representación Defi nitiva de la Sucesión, con las facultades y restricciones de Ley.
San Salvador, a los cinco de mayo de dos mil cinco.
HUGO ROMEO LOPEZ ALMENDARES,
NOTARIO.
1 v. No. F017638
LICENCIADO SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, Juez Terce-ro de lo Civil de este distrito judicial al Público para los efectos de ley,
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado este mismo día, han sido declarados herederos abintestato y con benefi cio de inventario de la herencia intestada que a su defunción ocurrida el día veintiocho de septiembre del año dos mil cuatro, en el Hospital San Juan de Dios, de esta ciudad, lugar de su último domicilio dejó, GERMAN MENDEZ a OSCAR MAURICIO MENDEZ POCASANGRE, GLADYS ELIZABETH POCASANGRE MENDEZ y de ROXANA GUADALUPE POCASANGRE DE MARTÍNEZ, en su calidad de hijos del causante. Confi riéndoseles defi nitivamente la Administración y Representación de la mortual expresada.
Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: Santa Ana, a las doce horas cuarenta y cinco minutos del día veintitrés de agosto del año dos mil cinco.- Lic. SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL. Licda. MARISOL DEL CARMEN LEMUS DE GARCIA, SECRETARIO.
1 v. No. R002975
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61DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Septiembre de 2005.
GRACIELA CLAUDINET GALDÁMEZ MÉNDEZ, Notario, de este domicilio, y de Armenia, departamento de Sonsonate, con Ofi cina en 5° Av. Norte, Edifi cio Moreno, número 1136, local 8 “B”, San Salvador, al público,
HAGO SABER: Que por resolución proveída a las 8 horas del día 26 de Agosto del 2005 en las diligencias de jurisdicción voluntaria de Acep-tación de Herencia seguidas ante mis ofi cios notariales, se ha declarado a los señores ROSA MELIDA GARCIA DE LEMUS, conocida por ROSA MELIDA GARCIA, ROSA MELIDA GARCIA VIUDA DE LEMUS, y por MELIDA GARCIA; ANA LIDIA GARCÍA DE ALVAREZ, cono-cida por ANA LIDIA GARCÍA, y por ANA LIDIA LEMUS GARCÍA; OSCAR LEMUS GARCIA, conocido por OSCAR GARCÍA LEMUS; PEDRO ANTONIO LEMUS GARCIA, conocido por PEDRO ANTONIO LEMUS; BLANCA ELENA LEMUS DE PALACIOS, conocida por BLANCA ELENA LEMUS; ARSENIO GARCÍA LEMUS, conocido por ARSENIO LEMUS GARCIA; ANDREA YESENIA LEMUS GARCÍA; y SOFIA BEATRIZ LEMUS GARCÍA o SOFIA BEATRIZ GARCÍA LEMUS hoy DE RECINOS, conocida también por SOFIA BEATRIZ GARCÍA, HEREDEROS AB-INTESTATOS con benefi cio de inventario de los bienes dejados a su defunción por el causante RODOLFO NICOLAS LEMUS AGUIÑADA, conocido por RODOLFO NICOLAS LEMUS, y por RODOLFO LEMUS, quien falleció a las 6:30 horas del día 4 de Octubre de 2004, en el Barrio Santa Teresa de la ciudad de Armenia, departamento de Sonsonate, lugar de su último domicilio; la primera como cónyuge sobreviviente del causante y los segundos como hijos sobrevivientes del mismo; habiéndoseles conferido a los aceptantes la administración y representación defi nitiva de la referida sucesión.
Por lo que avisa al público para los efectos de ley.-
San Salvador, 27 de Agosto del año 2005.-
Lic. GRACIELA CLAUDINET GALDÁMEZ MÉNDEZ,
NOTARIO.
1 v. No. R002979
VERONICA FIDELICIA RODRIGUEZ, Notario, del domicilio de Santa Tecla, con ofi cina situada en Cuarta Calle Oriente y Avenida Melvin Jones, Número Tres-Once, Segunda Planta, al PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que por resolución de la Suscrita Notario proveída a las diez horas del día veintiocho de Julio del presente año, se ha declarado HEREDERA ABINTESTADO con benefi cio de inventario, en forma DEFINITIVA a la señora CANDIDA FUNES DE BORJA conocida por CANDIDA FUNES SÁNCHEZ, en concepto de cónyuge sobreviviente de la sucesión intestada que a su defunción dejó el Señor MANUEL ANGEL BORJA ALAIZOLA, quien falleció a las diecinueve horas y diez minutos del día ocho de Enero del año dos mil cinco, en el Hospital San Rafael de la ciudad de San Salvador, siendo su último domicilio la ciudad de Soyapango, Departamento de San Salvador. Habiéndosele conferido a la heredera declarada la representación y administración defi nitiva de la sucesión. Lo que hace del conocimiento del público para los efectos de Ley.
Librado en las ofi cinas de la Notario, Santa Tecla, a los treinta días del mes de Agosto del año dos mil cinco.
Lic. VERONICA FIDELICIA RODRÍGUEZ,
NOTARIO.
1 v. No. R002980
VERONICA FIDELICIA RODRIGUEZ, Notario, del domicilio de Santa
Tecla, con ofi cina situada en Cuarta Calle Oriente y Avenida Melvin
Jones, Número Tres-Once, Segunda Planta, al PUBLICO PARA LOS
EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que por resolución de la Suscrita Notario proveída
a las ocho horas del día ocho de Agosto del presente año, se ha declarado
HEREDERA ABINTESTADO con benefi cio de inventario, en forma
DEFINITIVA a las señoritas KARLA EUGENIA DIAZ CASTRO y
SONIA BEATRIZ DIAZ CASTRO, en concepto de hijas de la sucesión
intestada que a su defunción dejó la Señora SONIA CASTRO DE DÍAZ
conocida por SONIA CASTRO QUEZADA DE DÍAZ, quien falleció
a las veintidós horas del día veinticuatro de Abril de mil novecientos
noventa, en la ciudad y departamento de San Salvador, siendo su último
domicilio la ciudad de Santa Ana, habiéndoseles conferido a las herederas
declaradas la representación y administración defi nitiva de la sucesión,
lo que hace del conocimiento del público para los efectos de Ley.
Librado en las ofi cinas de la Notario, Santa Tecla, a los treinta días
del mes de Agosto del año dos mil cinco.
Lic. VERONICA FIDELICIA RODRÍGUEZ,
NOTARIO.
1 v. No. R002981
VERONICA FIDELICIA RODRIGUEZ, Notario del domicilio de Santa
Tecla, con ofi cina situada en Cuarta Calle Oriente y Avenida Melvin
Jones, Número Tres-Once, Segunda Planta, al PUBLICO PARA LOS
EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que por resolución de la Suscrita Notario proveída
a las diecisiete horas del día ocho de Agosto del presente año, se ha decla-
rado HEREDERA ABINTESTADO con benefi cio de inventario, en forma
DEFINITIVA a la señora ANA MARIA FLORES DE DOMINGUEZ,
en concepto de cónyuge sobreviviente de la sucesión intestada que a su
defunción dejó el Señor LUIS EMILIANO DOMINGUEZ, quien falleció
a las once horas del día veintisiete de Noviembre del año dos mil dos,
en el Cantón Santa Teresa, Municipio de San Sebastián, Departamento
de San Vicente, siendo éste su último domicilio, habiéndosele conferido
a la heredera declarada la representación y administración defi nitiva de
la sucesión, lo que hace del conocimiento del público para los efectos
de Ley.
Librado en las ofi cinas de la Notario, Santa Tecla, a los treinta días
del mes de Agosto del año dos mil cinco.
Lic. VERONICA FIDELICIA RODRÍGUEZ,
NOTARIO.
1 v. No. R002982
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62 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 368
ACEPTACION DE HERENCIA
RICARDO RODRIGO SUAREZ FISCHNALER, Notario, de este domicilio, con ofi cinas ubicadas en Calle Toluca, Número Tres Mil Veintinueve, Colonia Miramonte de esta ciudad,
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario proveída en esta ciudad a las once horas de esta misma fecha, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia tes-tamentaria que a su defunción acaecida en San Salvador, lugar de su último domicilio, el día treinta de diciembre de dos mil cuatro, dejó el causante EDMUNDO ROEDER BARRIENTOS, de parte de la señora SONIA CEA MAGAÑA DE ROEDER, conocida por SONIA MAGAÑA DE ROEDER, en su calidad de heredera testamentaria del expresado causante, habiéndosele conferido la administración y representación interina de la expresada sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. En consecuencia, se cita a todos los que se crean con derecho a la referida herencia, para que se presenten a la ofi cina antes detallada en el término de quince días contados desde el siguiente a la última publicación de este edicto.
Librado en la ofi cina del Notario Ricardo Rodrigo Suárez Fischnaler, San Salvador, a los cinco días del mes de septiembre de dos mil cinco.
RICARDO RODRIGO SUAREZ FISCHNALER,
NOTARIO.
1 v. No. F017503
CARLOS ALFREDO ZELAYA, Notario, de este domicilio, con Ofi cina situada en edifi cio DEMSA, Local Número Treinta y Uno, Urbanización La Florida, Pasaje Las Palmeras, de esta ciudad. Al público para los efectos de ley,
HACE SABER: Que por resolución pronunciada por el suscrito Notario, a las quince horas del día siete de Septiembre de dos mil cinco, se ha tenido por aceptada expresamente con benefi cio de inventario, la HERENCIA INTESTADA que a su defunción dejó el señor ROBERTO ALIRIO SILVA, quien fue de cuarenta y un años de edad, Técnico en Ingeniería, Salvadoreño por nacimiento, fallecido en esta ciudad, a las veintiuna horas treinta minutos del día siete de Septiembre de mil novecientos noventa y tres, siendo su último domicilio la ciudad de Mejicanos, de parte de los señores ROBERTO ALIRIO SILVA LINARES y JENNY LISSET SILVA LINARES, en concepto de hijos legítimos del causante, habiéndosele conferido a éstos la ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACION INTERINAS, de la mencionada Sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.-
Librado en el ciudad de San Salvador, a los ocho días del mes de Septiembre de dos mil cinco.
CARLOS ALFREDO ZELAYA,
ABOGADO Y NOTARIO.
1 v. No. F017510
HERNAN ALBERTO LOPEZ SILVA, Notario, de este domicilio, con Ofi cina de Notariado situada en la Segunda Avenida Sur, Tres- Siete, en esta ciudad, al público para los efectos de ley,
HACE SABER: Que por resolución proveída por el Suscrito Nota-rio, a las doce horas de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción ocurrida a las diez horas del día veintiocho de mayo de dos mil cinco, en el Cantón La Coyotera Municipio y Departamento de Ahuachapán, habiendo sido su último domicilio el Cantón Ashapuco, también del Mu-nicipio y Departamento de Ahuachapán, dejó el señor RUDY ANTONIO CALDERON SILVA, de parte de la señora CELIA ORBELINA SILVA VIUDA DE CALDERON, como MADRE del causante; habiéndosele nombrado administradora y representante interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Librado en la Ofi cina de Notariado del Doctor Hernán Alberto López Silva, Ahuachapán, a los siete días del mes de septiembre de dos mil cinco.-
HERNAN ALBERTO LOPEZ SILVA,
NOTARIO.
1 v. No. F017517
HERNAN ALBERTO LOPEZ SILVA, Notario, de este domicilio, con Ofi cina de Notariado situada en la Segunda Avenida Sur, Tres- Siete, en esta ciudad, al público para los efectos de ley,
HACE SABER: Que por resolución proveída por el Suscrito Nota-rio, a las once horas de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la Herencia intestada que a su defunción ocurrida a las diecinueve horas cuarenta minutos del día cinco de sep-tiembre de dos mil cuatro, en el Barrio San Andrés, del Municipio de Guaymango, Departamento de Ahuachapán, su último domicilio, dejó el señor ELIASAR MARTINEZ, conocido por ELIAZAR MARTINEZ y por ELEAZAR MARTINEZ, de parte del señor PEDRO MARTINEZ RECINOS, como HIJO del causante; habiéndosele nombrado admi-nistrador y representante interino de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente,
Librado en la Ofi cina de Notariado del Doctor Hernán Alberto López Silva, Ahuachapán, a los siete días del mes de septiembre de dos mil cinco.-
HERNAN ALBERTO LOPEZ SILVA,
NOTARIO.
1 v. No. F017518
CARMEN EDUVIGES VEGA, Notario, del domicilio de San Salvador, con ofi cina situada en Primera Calle Poniente, Número Uno, Barrio Concepción, Panchimalco, Departamento de San Salvador.
HACE SABER: Que por resolución de la Suscrita Notario, proveída a las ocho horas del día siete de Septiembre del dos mil cinco. Se ha tenido por Aceptada expresamente y con benefi cio de Inventario la
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Herencia Intestada que a su defunción, ocurrida en el Hospital Bautista de San Salvador, a las diez horas del día veintiuno de diciembre de mil novecientos noventa y cuatro, dejó el señor SAUL SALVADOR CARPIO UMAÑA, quien fue de veintisiete años de edad, soltero, originario y del domicilio de San Salvador, hijo de Salvador Carpio Burgos y María Florencia Umaña Orellana, siendo esta Ciudad su último domicilio, de parte de la señora CATALINA FLORENCIA UMAÑA DE CARPIO, conocida por MARIA FLORENCIA UMAÑA ORELLANA y MARIA UMAÑA, en su concepto de madre sobreviviente del causante, habiéndole conferido la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. En consecuencia y por este medio se solicita a los que se crean con derecho a la expresada herencia, para que se presenten a la referida ofi cina en el término de quince días, contados a partir de la última publicación del presente edicto.
Librado en la Ofi cina Notarial de la Licenciada CARMEN EDUVIGES VEGA. En la ciudad de Panchimalco, a los siete días del mes de septiembre del año dos mil cinco.-
Licda. CARMEN EDUVIGES VEGA,
NOTARIO.
1 v. No. F017537
TERESA DE JESUS LEON DE MELENDEZ, Notario, de este domicilio, con ofi cina jurídica ubicada en Trece Calle Oriente y Avenida España, Pasaje Sagrera, Centro Comercial Metro España Local Doscientos Tres, San Salvador,
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a las ocho horas del día veinte de Junio del año dos mil cinco, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que a su defunción dejara la señora ROSA MINERO, ocurrida en la Lotifi cación Los Alpes número uno polígono dos casa número uno, ciudad de San Marcos, a las tres horas y treinta minutos del día veintisiete de enero de mil novecientos noventa y ocho, por parte del licenciado RAMON MUÑOZ, actuando como apoderado General Judicial Especial de la señora ROSA IMELDA MOLINA DE PALACIOS en su concepto de hija sobreviviente de la causante, habiéndole conferido la adminis-tración y representación Interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean con derecho a la refe-rida herencia, para que se presenten a la referida ofi cina en el término de quince días contados desde el siguiente a la última publicación del presente edicto.
Librado en la ofi cina del Notario, TERESA DE JESUS LEON DE MELENDEZ, En la ciudad de San Salvador, a las ocho horas del día uno de Septiembre del año dos mil cinco. Entrelíneas- Interina-Vale.
TERESA DE JESUS LEON DE MELENDEZ,
NOTARIO.
1 v. No. F017542
HUMBERTO LARA GAVIDIA, Notario, de este domicilio, con ofi cina situada en Centro Comercial Loma Linda, Local 6-B, Alameda Manuel Enrique Araujo y Calle Loma Linda de esta ciudad, al público para los efectos de ley,
HACE SABER: Que en Diligencias de Aceptación de Herencia, promovidas en mis ofi cios Notariales, se ha tenido por aceptada expre-samente y con benefi cio de inventario, de parte de las señoras MARTA ALICIA VEGA DE SERRANO, y OLIVIA DEL CARMEN VEGA DE CABALLERO, en concepto de hijas sobrevivientes de la causante, la Herencia Intestada que a su defunción ocurrida en esta ciudad, su último domicilio, el día nueve de abril de mil novecientos ochenta y cinco, dejó la señora AMELIA CORTEZ C/P ROSA AMELIA CORTEZ DE VEGA y por ROSA AMELIA GUZMAN, habiéndosele conferido a las aceptantes la ADMINISTRACION Y REPRESENTACION INTERINAS DE LA SUCESION, con las facultades y restricciones de ley.
Librado en San Salvador, a los ocho días del mes de septiembre del año dos mil cinco.
HUMBERTO LARA GAVIDIA,
NOTARIO.
1 v. No. F017544
JOSE MARIO VALDIVIESO BERDUGO, Notario de este domicilio, con ofi cina situada en Avenida La Revolución Número Ciento Sesenta y Siete, Colonia San Benito, San Salvador,
HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas del día siete de septiembre de dos mil cinco, se ha tenido por aceptada y expresa-mente con benefi cio de inventario de parte de los señores LEOPOLDO BICARD BLOCH, de sesenta y cuatro años de edad, Ingeniero Industrial, del domicilio de esta ciudad, y MARIO BICARD BLOCH, de sesenta y seis años de edad, Economista, del domicilio de esta ciudad, la herencia testada que a su fallecimiento acaecido en esta ciudad el día veintidós de julio de dos mil cinco, dejara la señora IRMA CLARA BLOCH DE BICARD, quien fuera de noventa y un años de edad, Agricultora, y del último domicilio de la ciudad de San Salvador, y por lo tanto se les ha conferido la representación y administración interina de la sucesión, la que ejercerán con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.
Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a deducirlo en el término de quince días contados a partir de la última publicación de este edicto, a la dirección antes mencionada.
San Salvador siete de septiembre de dos mil cinco.-
Lic. JOSE MARIO VALDIVIESO BERDUGO,
NOTARIO.
1 v. No. F017552
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64 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 368
MANUEL ANTONIO ROMERO, Notario, de este domicilio, con des-pacho profesional en Avenida Napoleón Viera Altamirano, Condominio Centro Escalón II, Local Dos-Tres, Colonia Escalón de esta ciudad, al público
HACE SABER: Que por resolución proveída por el suscrito No-tario, en su despacho profesional, a las catorce horas del día cinco de septiembre del corriente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia testamentaria que a su defunción dejara la señora MARIA DOLORES COCA DE GARCIA conocida por MARIA DOLORES COCA, quien falleció en Arleta, California, Estados Unidos de Norte América, su último domicilio, el día trece de agosto de dos mil cuatro, de parte de sus hijos VILMA ESTELA GARCIA COCA antes VILMA ESTELA GARCIA, hoy ESTELA RUDY, MARINA DEL CARMEN GARCIA COCA conocida por MARINA DEL CARMEN GARCIA y HERMEN ANTONIO GARCIA COCA, en concepto de herederos testamentarios de dicha causante; y se ha conferido a los aceptantes, la administración y representación interina de la Sucesión, con las facultades y restricciones que da la ley a los curadores de la herencia yacente.
Lo que se avisa al público para los efectos de ley.
Librado en el despacho profesional del suscrito Notario, a las quince horas del día cinco de septiembre de dos mil cinco.
Dr. MANUEL ANTONIO ROMERO,
NOTARIO.
1 v. No. F017556
LICENCIADO JUAN BAUTISTA DIAZ AMAYA, NOTARIO, de este domicilio, con ofi cina en Pasaje Diez de Mayo, Barrio El Calvario, de esta ciudad.-
HACE SABER: Que por resolución del suscrito notario, proveída a las once horas del día cinco de septiembre del presente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción ocurrida en el Barrio La Paz, de la Villa de San Carlos, Departamento de Morazán, su último domicilio el día vein-tisiete de junio del año dos mil, dejó el señor REYNALDO ANTONIO ALVAREZ DIAZ, de parte de la señora ANAGIL ALVAREZ DIAZ, en calidad de cesionaria del derecho de sus madre y madre del fallecido señora Ana Rogelia Díaz viuda de Alvarez, habiéndosele conferido la Administración y representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.-
Lo que se le avisa al público para los efectos de ley.-
Librado en las ofi cinas del Notario, Licenciado Juan Bautista Díaz Amaya.- San Francisco Gotera, Departamento de Morazán, ocho de septiembre del año dos mil cinco.-
Lic. JUAN BAUTISTA DIAZ AMAYA,
ABOGADO Y NOTARIO.
1 v. No. F017579
ANA GLORIA PINEDA DE MOLINA, Notario, del domicilio de la ciudad de Sonsonate, con Ofi cina Jurídica establecida en Calle Obispo Marroquín Edifi cio Plaza Jardín Segundo Nivel Número dieciséis de la ciudad de Sonsonate,
HACE SABER: Que por resolución proveída por la Suscrito No-tario, a las quince horas y treinta minutos del día siete de Septiembre de dos mil cinco. Se ha tenido por aceptada expresamente y con Benefi cio de Inventario la herencia intestada que dejó la señora FRANCISCA MARGARITA FLORES DE JUAREZ, quien falleció en el Barrio El Centro de Tejutepeque, departamento de Cabañas, el día treinta y uno de marzo del año dos mil cinco, de parte del señor SANTOS ISMAEL JUAREZ FLORES, en su calidad de hijo y como cesionario de los derechos hereditarios que le correspondían a MARIA CONCEPCION JUAREZ FLORES, MARGARITA ELIZABETH JUAREZ FLORES o MARGARITA ELIZABETH JUAREZ DE ECHEVERRIA, DEYSI LORENA JUAREZ FLORES, ANA MILADYS JUAREZ FLORES, BARTOLOME EDGARDO JUAREZ FLORES y ARNULFO JUAREZ FLORES. Por lo tanto al señor SANTOS ISMAEL JUAREZ FLORES, se le CONFIERE LA ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACION IN-TERINA DE LA SUCESIÓN.
Librado en la Ofi cina de la Notario ANA GLORIA PINEDA DE MOLINA, en la ciudad de Sonsonate, a los siete días del mes de Sep-tiembre del año dos mil cinco.
ANA GLORIA PINEDA DE MOLINA,
NOTARIO.
1 v. No. F017633
OSCAR ALFREDO AMADOR ORELLANA, Notario, de los domicilios de Santa Ana y San Salvador, con ofi cina ubicada en Quince Calle Po-niente Edifi cio Santa Fe, Número Veinticuatro, frente a INPEP, Centro de Gobierno de la ciudad de San Salvador,
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a las ocho horas del día veintinueve de julio de dos mil cinco, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que a su defunción, ocurrida en el cantón Cujucuyo, Texistepeque departamento de Santa Ana, el día veintiséis de septiembre de dos mil cuatro, dejó la señora MARIA LETICIA SANDOVAL ACEVEDO, de parte de la señorita LETICIA YAQUELIN SANDOVAL, en su concepto de hija sobreviviente de la causante, habiéndosele conferido interinamente la administración y representación de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean con derecho a la referida herencia, para que se presenten a la referida ofi cina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la última publicación del presente edicto.
Librado en la ofi cina del Notario OSCAR ALFREDO AMADOR ORELLANA. En la ciudad de San Salvador, a las dieciséis horas del día dos de Septiembre de dos mil cinco.
OSCAR ALFREDO AMADOR ORELLANA,
NOTARIO.
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65DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Septiembre de 2005.
JOAQUIN ENRIQUE RIVERA LARIOS, Notario del domicilio de
San Salvador,
HACE SABER: Que por resolución del suscrito proveída a las
nueve horas del día cinco de septiembre del presente año se ha tenido
por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia
intestada que a su defunción, ocurrida en Sensuntepeque, Departamento de
Cabañas, el día seis de julio del año dos mil cinco, dejó el señor PEDRO
JUVENTINO HERNÁNDEZ DÍAZ, de parte de la señora LORENA
YANETH MORALES DE HERNÁNDEZ, en su calidad de cónyuge
sobreviviente del causante y habiéndole conferido a la aceptante la ad-
ministración y representación interina de la sucesión con las facultades
y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Por lo que por este medio se cita a todos los que se crean con de-
rechos a la referida herencia para que se presenten a mi ofi cina en Calle
Francisco Menéndez No. 192, Barrio Candelaria, San Salvador, dentro
del término de quince días contados desde el día siguiente a la última
publicación del presente edicto.
Librado en la ciudad de San Salvador, a los dos días del mes de
septiembre de dos mil cinco.
Lic. JOAQUIN ENRIQUE RIVERA LARIOS,
ABOGADO Y NOTARIO.
1 v. No. F017645
JOSÉ ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE USULUTAN, AL
PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,
AVISA: Que por resolución de las diez horas de este día se ha
tenido por Aceptada Expresamente y con Benefi cio de Inventario la He-
rencia Intestada, que a su defunción dejó el señor RAFAEL ANTONIO
MARIONA MELARA, al fallecer el día catorce de mayo de dos mil
cinco, en el Cantón Santa Cruz Porrillo, de la jurisdicción de Tecoluca,
Departamento de San Vicente, siendo esta ciudad de Usulután, el lugar que
tuvo como último domicilio, de parte de la señora NOELIA ELIZABETH
MELARA, en calidad de madre del causante, y como cesionaria de los
Derechos hereditarios; que le correspondían al señor RAFAEL ELIAS
MARIONA GARCIA, como Padre del causante.
Confi riéndosele a la aceptante dicha, la Administración y
Representación Interina de la Sucesión, con las restricciones y facultades
de los Curadores de la Herencia Yacente.
Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se
presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días después
de la tercera publicación de este edicto.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Usulután, a los seis días del mes de
septiembre del año dos mil cinco. Lic. JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ
DE LO CIVIL. Lic. MIRNA MARISOL SIGARAN HERNANDEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F017481-1
LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil de este distrito judicial,
AVISA: que este día ha tenido por aceptada expresamente con bene-fi cio de inventario la herencia intestada del señor OTILIO RODRIGUEZ, conocido por ATILIO RODRIGUEZ, que falleció el día veintiocho de octubre de mil novecientos ochenta, en el barrio El Calvario de la Villa de San Juan Talpa, su último domicilio, por parte del señor MANUEL DE JESUS HERNANDEZ RODRIGUEZ, en concepto de cesionario del derecho hereditario que en tal sucesión le correspondía al señor NELSON AMILCAR RODRIGUEZ GRANADOS, hijo del causante; y se le ha conferido la administración y representación interinas de la sucesión.
Se cita a quienes se consideren con derecho a tal herencia, para que dentro del término de quince días contados a partir del siguiente de la tercera publicación de este aviso, se presenten a deducirlo.
Juzgado de lo Civil: Zacatecoluca, a los veintiséis días del mes de agosto de dos mil cinco. Dr. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL. JORGE ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F017485-1
JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,
HACE SABER: al público para efectos de ley, que por resolución de este Juzgado de las nueve horas del día ocho de agosto de dos mil cinco. Se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de parte de el señor MARIO ALBERTO PASCACIO RODRIGUEZ, la herencia intestada que a su defunción dejó el causante señor ENCAR-NACION PASCACIO, quien falleció en esta ciudad el día veintitrés de julio de mil novecientos sesenta y cuatro, siendo esta ciudad el lugar de su último domicilio, aceptación que hace el señor antes mencionado en su calidad de nieto del referido causante y por derecho de representación que le correspondía a su padre señor MARIO PASCACIO LARA, quien falleció en esta ciudad el día veinte de noviembre de mil novecientos setenta y dos, siendo esta ciudad lugar de su último domicilio, como hijo del causante. Y se ha conferido al aceptante la administración y representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.
Por lo anterior se cita a los que se crean con derecho a la Herencia, para que se presenten a este Tribunal a deducirlo en el término de quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación del presente edicto.
Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil. San Salvador, a las once horas del día dieciséis de agosto de dos mil cinco. Lic. JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL. Lic. TATIANA VILMA MERCEDES CACERES DE ALAS, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F017512-1
EL INFRASCRITO JUEZ, al público para los efectos de ley,
HACE SABER: que por resolución de las diez horas y cuarenta y cinco minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada que dejó al fallecer el señor ARISTER ANTONIO MEDRANO MURILLO, el día veintitrés de
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66 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 368
diciembre del año dos mil, en el Barrio El Calvario de la jurisdicción de Concepción Batres, lugar que tuvo como último domicilio, de parte del señor JUAN MURILLO, conocido por JUAN MURILLO BERRIOS, en calidad de cesionario del derecho hereditario que le correspondía a la señora Berta Celis Medrano o Berta Aracely Medrano, en calidad de madre del causante. Confi riéndosele la administración y representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los Curadores de la herencia yacente.
Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a este Juzgado, a deducirlo en el término de quince días después de la tercera publicación de este edicto.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Usulután, a los veinticuatro días del mes de agosto del dos mil cinco. Lic. JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. MIRNA MARISOL SIGARAN HERNANDEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F017522-1
LIC. MORENA CONCEPCION LAINEZ RAMIREZ, JUEZ DE PRI-MERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución de las diez horas y veinticinco minutos del día veintinueve de este mes, dictada por este Juzgado, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que a su defunción dejó el señor FRANCISCO LOPEZ, quien falleció a las dieciocho horas del día veintitrés de septiembre de mil novecientos cincuenta y seis, en el Cantón Teocinte, de la población de Arcatao, municipio de este Departamento, siendo dicha población, su último domicilio; de parte de la señora ANTONIA CRESPIN VIU-DA DE LOPEZ, en virtud de estar declarada heredera como cónyuge sobreviviente del causante JOSE JESUS LOPEZ, conocido por JESUS LOPEZ, hijo del causante FRANCISCO LOPEZ.
Se confi ere a la heredera declarada la administración y represen-tación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la herencia yacente.
Lo que se pone al conocimiento del público para los efectos de ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Chalatenango, a las once horas y treinta minutos del día veintinueve de agosto del dos mil cinco. Lic. MORENA CONCEPCION LAINEZ RAMIREZ, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Lic. SANTIAGO HERNANDEZ GARCIA, SECRETARIO INT.
3 v. alt. No. F017528-1
ROMEO EDGARD PINO MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL INTERINO DEL DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO,
HACE SABER: que por resolución proveída por este Tribunal a las ocho horas cuarenta minutos del día diez de agosto de dos mil cinco, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de parte de la señora MARIA TERESA RODRIGUEZ GUZMAN, en calidad de Heredera Testamentaria y Cesionaria de los derechos Here-ditarios que en calidad de herederas testamentarias les corresponden a
las señoras SONIA IRENE RODRIGUEZ conocida por SONIA IRENE RODRIGUEZ GUZMAN y MARIA DEL CARMEN RODRIGUEZ GUZMAN hoy DE SCHWEITZ o SWAIT, de la Sucesión Testamen-taria que a su defunción dejó la señora MERCEDES GUZMAN DE RODRIGUEZ o MERCEDES GUZMAN VIUDA DE RODRIGUEZ, quien fue de setenta y seis años de edad, viuda, ama de casa, hija de VALENTIN GUZMAN y MARGARITA VIDAURRE, originaria de Tonacatepeque, Departamento de San Salvador, quien falleció el día uno de enero de dos mil cinco, y cuyo último domicilio en El Salvador fue Soyapango.
Confi érese a la aceptante declarada la representación y adminis-tración INTERINA de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las diez horas del día diez de agosto de dos mil cinco. Testados-Valen.- Dr. ROMEO EDGARD PINO MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL INTERINO. Br. VLADIMIR ALEXANDER PARRILLA PEREZ, SECRETARIO INTO.
3 v. alt. No. F017559-1
EVELIO DE JESUS RIOS ALFARO, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL,
HACE SABER: Que por resolución de las once horas y diez minutos del día dieciséis de agosto de dos mil cinco, se ha tenido por aceptada la herencia intestada que a su defunción dejó la señora AMANDA MAJANO conocida por AMANDA JUAREZ y por AMANDA MAJANO JUAREZ, fallecida a las diez horas del día doce de abril de dos mil cinco, en la Residencial California Avenida San Francisco número dos guión veinti-cuatro de esta ciudad, siendo esta ciudad el lugar de su último domicilio, de parte de la señora OLGA ESPERANZA MAJANO DE BOLAÑOS conocida por OLGA ESPERANZA MAJANO ORELLANA, como hija de la causante; y se conferido a la aceptante declarada en el carácter indicado, la administración y representación interinas de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.
Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: San Miguel, a las once horas y treinta minutos del día dieciséis de agosto de dos mil cinco. Lic. EVELIO DE JESUS RIOS ALFARO, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL. Lic. GUSTAVO ADOLFO BENITEZ ORELLANA, SECRETARIO INTO.
3 v. alt. No. F017564-1
DOCTOR JULIO CESAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO,
HACE SABER: Que por resolución de las catorce horas con diez minutos del día veinticinco de julio de dos mil cinco, se ha tenido por aceptada con benefi cio de inventario la herencia intestada que dejó a su defunción ocurrida el día quince de enero de mil novecientos noventa,
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67DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Septiembre de 2005.
en el Cantón Cara Sucia, jurisdicción de San Francisco Menéndez de este Departamento, su último domicilio, el señor ANTONIO AGUSTIN LARA; de parte de la señora JOSEFINA AREVALO DE LARA, en su calidad de cónyuge sobreviviente del causante. Y se ha nombrado interinamente a la aceptante representante y administradora de la Suce-sión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de Ley.
Juzgado de lo Civil: Ahuachapán, a las doce horas cuarenta y cinco minutos del día uno de agosto del dos mil cinco. Dr. JULIO CESAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL. INOCENTE GRANILLO CASTELLON, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F017567-1
LICENCIADO EVELIO DE JESÚS RIOS ALFARO, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL.
HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas y quince minutos del día dieciocho de agosto de dos mil cinco, se ha tenido por Aceptada con benefi cio de Inventario de la Herencia Intestada que a su defunción dejó la señora DORA ALICIA QUEZADA conocida por ALICIA MORENO y por DORA ALICIA QUEZADA VIUDA DE BENITEZ, quien falleció a las veinte horas y cuarenta y siete minutos del día veinticuatro de septiembre de dos mil cuatro, en el Instituto Salvadoreño del Seguro Social, de esta ciudad de San Miguel; siendo esta ciudad el lugar de su último domicilio; de parte de la señora ANA ALICIA SANCHEZ, conocida socialmente por ANA ALICIA VIERA y por ANA ALICIA VIERA MORENO, en su calidad de hija de la Causante. Y se le ha conferido a la Aceptante declarada en el carácter indicado la Administración y Representación INTERINA de la sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.
Publíquense los Edictos de ley correspondientes.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.
Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: San Miguel, a las nueve horas del día dieciocho de agosto de dos mil cinco. Lic. EVELIO DE JESUS RIOS ALFARO, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL. Lic. GUS-TAVO ADOLFO BENITEZ ORELLANA, SECRETARO INTO.
3 v. alt. No. F017577-1
ANA LETICIA ORELLANA DE VARGAS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,
HACE SABER: Que por resolución de las catorce horas del día veinticuatro de enero del presente año, se ha tenido por aceptada la herencia intestada que a su defunción dejó el señor SIXTO BENJAMIN FUNES CHICAS, quien falleció el día quince de junio del año dos mil cuatro, en Cantón San Luisito de esta Jurisdicción Ciudad Barrios, Departamento de
San Miguel, siendo su último domicilio el de su fallecimiento; de parte del señor FRANCISCO ANTONIO FUNES CHICAS, en concepto de hermano del causante; confi riéndole al aceptante declarado en el carácter indicado, la Administración y Representación INTERINA de la Suce-sión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente, y CITA, a los que se crean con Derecho a la Herencia referida para que se presenten a deducirlo dentro del término de quince días, contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de Ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Ciudad Barrios, Departamento de San Miguel, a las quince horas del día veintiséis de enero del año dos mil cinco. Lic. ANA LETICIA ORELLANA DE VARGAS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Br. JOSE FRANCISCO VELASQUEZ DIAZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F017614-1
EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA; del Distrito Judicial de San Francisco Gotera; al Público para los efectos de ley,
HACE SABER: Que en las Diligencias de Aceptación de Herencia promovidas por el Doctor Angel Alfonso Espinal Juárez, en la sucesión del causante HERMENEGILDO CHICA, por resolución de las nueve horas del día once de Agosto del corriente año; se HA TENIDO POR ACEPTADA EXPRESAMENTE Y CON BENEFICIO DE INVENTA-RIO, la Herencia que en forma Intestada a su defunción dejó el causante HERMENEGILDO CHICA, de parte de los señores CIRILO CHICA ORELLANA, de sesenta y siete años de edad, agricultor, del domicilio de Arambala; MARIA RUFINA CHICA DE VIGIL, de sesenta y ocho años de edad, de ofi cios domésticos, del domicilio de esta Ciudad; y FRANCISCA CHICA DE MARQUEZ, de setenta y tres años de edad, de ofi cios domésticos, del domicilio de esta Ciudad; por derecho pro-pio que les corresponde como hijos del causante HERMENEGILDO CHICA, quien a la fecha de su fallecimiento fue de ochenta y un años de edad, soltero, jornalero, originario de Meanguera, y del domicilio de esta Ciudad, de nacionalidad Salvadoreña, hijo de Domingo Chica y de Reyes Vigil; FALLECIO el día veintitrés de Octubre de mil novecientos ochenta y nueve, en esta Ciudad, siendo éste su último domicilio.
Se les confi rió a los aceptantes mencionados y en la forma esta-blecida, LA ADMINISTRACION Y REPRESENTACION INTERINAS DE LA SUCESION, con las facultades y restricciones para los curadores de la Herencia Yacente.
Se cita por medio del presente edicto a los que se crean con derecho a la herencia, para que se presenten a deducirlo en el término de quince días contados desde el siguiente a la última publicación.
Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Fran-cisco Gotera, a las once horas del día once de agosto del dos mil cinco. Licdo. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ 2o. DE 1a. INSTANCIA. Br. KARINA ELIZABETH IGLESIAS DE NAVARRO, SECRETARIA INTERINA.
3 v. alt. No. F017615-1
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68 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 368LICDA. ANA LETICIA ORELLANA DE VARGAS, JUEZ DE PRI-
MERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución dictada por este Tribunal a las
nueve horas y cuarenta y cinco minutos del día siete de Junio del año dos
mil cinco.- Se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de
inventario, la herencia intestada que a su defunción dejó el Señor JESUS
DIAZ PORTILLO, conocido por JESUS DIAZ, fallecido el día veintidós
de Marzo del año dos mil uno, en el Cantón La Ceibita, Jurisdicción
de Carolina, siendo éste su último domicilio; de parte del Señor JOSE
BARTOLOME DIAZ RIVAS, conocido por JOSE BARTOLO DIAZ
RIVAS, en calidad de hijo del causante.- Confi riéndole al aceptante en
el carácter indicado la administración y representación INTERINA de la
sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia
yacente. Y CITA a los que se crean con Derecho a la Herencia referida
para que se presenten a deducirlo dentro del término de quince días,
contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de
Ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Ciudad Barrios, a las
doce horas del día ocho de Junio del año dos mil cinco. Licda. ANA
LETICIA ORELLANA DE VARGAS, JUEZ DE PRIMERA INSTAN-
CIA. Br. JOSE FRANCISCO VELASQUEZ DIAZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F017619-1
LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil de este distrito judicial,
AVISA: que este día ha tenido por aceptada expresamente con
benefi cio de inventario la herencia intestada que dejó el señor RA-
MON ALFONSO VALENCIA VELASQUEZ o RAMON ALFONSO
VALENCIA, que falleció el día catorce de junio de dos mil tres, en el
Hospital Nacional Rosales de la ciudad de San Salvador, habiendo tenido
en Santiago Nonualco su último domicilio, por parte de los menores
KARLA LISSETH, RONALD VLADIMIR, MARLON YOVANY y
AMERICO ALEXIS, todos de apellido VALENCIA MERINO, en
concepto de hijos del causante, y representados por su madre señora
Sonia Elizabeth Merino Murcia o Sonia Elizabeth Merino; y se les ha
conferido la administración y representación interinas de la sucesión, con
las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Se cita a quienes se consideren con derecho a tal herencia, para
que dentro del término de quince días contados a partir del siguiente de
la tercera publicación de este aviso, se presenten a deducirlo.
JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, a los cuatro días del mes
de abril de dos mil cinco. Dr. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO
CIVIL. JORGE ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F017641-1
MERCEDES CONCEPCION SERPAS DE GUEVARA; JUEZ DE
PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL; al público
para los efectos de ley.
HACE SABER: Que por resolución de las once horas del día seis
de Junio del presente año, se ha tenido por aceptada expresamente y
con benefi cio de inventario la herencia intestada de los bienes que a su
defunción dejara la causante PETRONILA AMANDA ALVARADO
MARTINEZ; quien falleció el día veinticinco de Marzo de dos mil cin-
co en el Cantón Jocotillo de la jurisdicción de Mercedes Umaña siendo
éste su último domicilio; de parte de José Manuel Cisneros Alvarado,
Sulma Amanda Cisneros de Rivera, Lilian Beraliz Cisneros Alvarado,
Dumas Roguel Cisneros Alvarado, Melvin Balmore Cisneros Alvarado,
Candelaria Marisol Cisneros Alvarado, Beatriz Adriana Cisneros de
Cortez, Jonis de Jesús Cisneros Alvarado y Verónica Roxana Cisneros
de Solano, a quienes se les confi ere la administración y representación
interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores
de la herencia yacente.
Cítense a los que se crean con derecho a la herencia, para que
dentro del término de ley se presenten a este Tribunal a hacer uso de sus
derechos, lo que se pone en conocimiento del público para los efectos
legales consiguientes.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial
de Berlín, a las catorce horas del día seis de Junio de dos mil cinco.
Licda. MERCEDES CONCEPCION SERPAS DE GUEVARA, JUEZ
DE PRIMERA INSTANCIA. Br. ANA MARGARITA BERMUDEZ
DE HENRIQUEZ, SRIO.
3 v. alt. No. F017978-1
EL INFRASCRITO JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE
DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado de
las ocho horas cincuenta y cinco minutos de este día, se ha tenido por
aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de parte del señor
MANUEL ANTONIO ESPINOZA RODRIGUEZ cesionario de los
derechos hereditarios que les correspondían a las señoras DOMITILA
NAVARRO VIUDA DE HERNANDEZ, JUANA DOLORES NAVARRO
DE CHAVEZ, ROSA DEL CARMEN HERNANDEZ DE ORELLANA
Y MARTA DEL CARMEN HERNANDEZ NAVARRO, por medio de
su Apoderado General Judicial Licenciado FRANCISCO ALONSO
MENA MORAN, de la Herencia Intestada dejada a su defunción por el
señor NICOMEDES HERNANDEZ, fallecido a las diez horas del día
cinco de Junio de mil novecientos noventa y tres, en la Hacienda Santa
Mónica, Jurisdicción de San Pablo Tacachico, siendo éste su último
domicilio, en calidad de cónyuge e hijos sobrevivientes del causante;
confi riéndosele al aceptante en el concepto indicado, la administración
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69DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Septiembre de 2005.
y representación interinas de la indicada sucesión, con las facultades y
restricciones de los curadores de la Herencia Yacente; ordenándose a la
vez se citen a las personas que se crean con derecho a la sucesión para
que se presenten a deducirla dentro de los quince días subsiguientes a
este edicto.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de
ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia, San Juan Opico, a
las nueve horas del día treinta de Agosto de dos mil cinco. Licdo. JOSE
ORLANDO HERNANDEZ BUSTAMANTE, JUEZ DE PRIMERA
INSTANCIA. Licdo. CARLOS ARNULFO SOSA FLORES, SECRE-
TARIO.
3 v. alt. No. R002976-1
EL INFRASCRITO NOTARIO, DOCTOR CESAR ALFONSO
GRANADOS VIANA, de este domicilio, con ofi cina ubicada en Con-
dominio Medicentro La Esperanza, local doscientos catorce, Módulo
“l”, sobre la Veintisiete Avenida Norte y Veintitrés Calle Poniente, de
esta ciudad, de esta ciudad, Al público para efectos de ley,
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída
a las diez horas del día veinticinco de Mayo del año dos mil cinco, se
ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la
herencia intestada que a su defunción ocurrida en la Ciudad de San
Salvador, el día diecisiete de Octubre del año dos mil cuatro, dejó la
Señora IRMA ELENA FUENTES, de parte del Señor JOSE RICARDO
ALVARADO, en su concepto de HERMANO SOBREVIVIENTE de la
causante; habiéndose conferido la administración y representación interina
de la sucesión, como las facultades y restricciones de los curadores de
la herencia yacente.
En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se creen
con derechos a la referida herencia, para que se presenten a la referida
ofi cina en el término de quince días contados desde el siguiente a la
última publicación del presente edicto.
Librado en la Ofi cina del Notario, CESAR ALFONSO GRANADOS
VIANA, en la ciudad de San Salvador, a las quince horas del día vein-
tisiete de Mayo del año dos mil cinco.
Dr. CESAR ALFONSO GRANADOS VIANA,
NOTARIO.
3 v. c. No. R002974-1
TITULOS SUPLETORIOS
JOSE ROBERTO LOPEZ, Notario, del domicilio de San Salvador, con
ofi cina situada en Condominio y Boulevard Tutunichapa, Primera Dia-
gonal Local Veinticuatro Segundo Nivel Colonia Médica, San Salvador,
para los efectos de Ley,
HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado el Ingeniero
Juan Antonio Fuentes Rosales, solicitando TITULO SUPLETORIO de
un terreno de naturaleza rústica de su propiedad situado en el Cantón
Cabañas de la jurisdicción de Ciudad Delgado, Departamento de San
Salvador, de TRES MIL SEISCIENTOS DOS METROS CUADRADOS
equivalente a CINCO MIL CIENTO CINCUENTA Y CUATRO VARAS
CUADRADAS de extensión superfi cial en su totalidad y tiene las medidas
y linderos siguientes: AL NORTE, del punto M1 al punto M2, se mide
una distancia de ciento dos punto quince metros cuadrados y linda con
terreno de pedro Chacón, Ernesto Chacón y Jacinta Chacón; ahora de
Guillermo Chacón, cerco de alambre de por medio. AL ORIENTE, tiene
cuatro tiros, el primero del punto M2 al punto M3, se mide una distancia
de uno punto setenta y cinco metros cuadrados, el segundo del M3 al
punto M4, una distancia de nueve punto noventa y tres metros cuadrados,
el tercero del M4 al punto M5, una distancia de nueve punto noventa y
nueve metros cuadrados y el cuarto tiro, del punto M5 al punto M6, se
mide una distancia de dos punto treinta y dos metros cuadrados y linda
con terreno propiedad del Estado y Gobierno de El Salvador, en el Ramo
de Obras Públicas. AL SUR, tiene tres tiros, el primero del M6 al punto
M7, se mide una distancia de treinta y siete punto sesenta y cinco metros
cuadrados, el segundo del M7 al punto M8, una distancia de dos punto
cero cuatro metros cuadrados y el tercer tiro, del M8 al punto M9, se
mide una distancia de setenta y siete punto diecisiete metros cuadrados,
linda por este rumbo con terreno de Juliana Chacón de Mejía y Juan
Rivera Mejía, hoy de Julia Chacón y Teodoro Aguiluz Hernández, cerco
de alambre de por medio. Y AL PONIENTE, del punto M9 al punto M1,
una distancia de treinta y nueve punto ochenta y siete metros cuadrados,
se llega al punto donde se inició la presente descripción, linda con terre-
no de Pedro Chacón, Ernesto Chacón y Jacinto Chacón, hoy de Carlos
Alberto Chacón, cerco de alambre de por medio. Todos los colindantes
son del domicilio de Ciudad Delgado. El terreno antes descrito no es
dominante ni sirviente, ni está en proindivisión con nadie y no tiene
cargas ni derechos que pertenezcan a terceras personas. Que tiene más
de diez años de estar en quieta, pacífi ca y no interrumpida posesión de
éste, y lo adquirió por compra privada efectuada al señor Raúl Chacón en
el año de mil novecientos noventa y nueve, por lo que unida su posesión
a la de su antecesor sobrepasa más de diez años consecutivo y lo valúa
en Cinco mil dólares Americanos.
Librado en la ofi cina del suscrito Notario. San Salvador, a los treinta
días del mes de julio del dos mil cinco.- Enmendado-setenta-Alberto-
Vale.
JOSE ROBERTO LOPEZ,
NOTARIO.
1 v. No. F017607
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70 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 368
Ángel Albino Alvarenga; Juez de lo Civil de este Distrito Judicial, al
público para los efectos de ley,
HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el señor
PEDRO BLANCO REYES, de cincuenta y nueve años de edad, agri-
cultor, y del domicilio de El Sauce, solicitando título supletorio sobre
un terreno de naturaleza rústica situado en el Caserío Agua Caliente, del
Cantón Santa Rosita, jurisdicción de El Sauce de este distrito, departa-
mento de La Unión, de la capacidad superfi cial de VEINTICINCO MIL
TRESCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS,
que mide y linda: Al ORIENTE, cuarenta y nueve metros, con Arcadio
Reyes, cerco de alambre de púas propio y quebrada grande de por medio
al NORTE, trescientos dieciséis metros setenta centímetros, con Digna
Arévalo, cerco de alambre de púas de por medio de la colindante, al
PONIENTE, noventa y nueve metros setenta centímetros, con Mario
Villatoro y Jesús Sorto, cerco de alambre de púas propio y calle que
conduce hacia Concepción de Oriente de por medio; y al SUR trescientos
noventa metros cuarenta y nueve centímetros, con Santos Balbino Blanco
y Mauro Blanco Reyes, cerco de alambre de púas de por medio de los
colindantes, en dicho terreno en encuentra construida dos casas una de
techo de teja, paredes de ladrillo, de diez metros de largo por cuatro
metros de ancho, con dos corredores, uno hacia el rumbo oriente y otro
hacia el rumbo poniente. Y la otra de paredes de adobes, techo de tejas
de seis metros de largo por cuatro metros de ancho.- El inmueble antes
relacionado se valúa en la cantidad de DIECIOCHO MIL DOLARES
DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMERICA, y lo adquirió
por donación informal que le hizo su difunto padre el señor JACINTO
REYES LAZO, en el año de mil novecientos sesenta y nueve.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima, depar-
tamento de La Unión, a las once horas y diez minutos del día siete de
septiembre de dos mil cinco. Lic. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ
DE LO CIVIL. Licda. MARIA FILOMENA REYES, SECRETARIO
INTO.
3 v. alt. No. F017509-1
LA INFRASCRITA JUEZ DE PRMERA INSTANCIA DE ESTE
DISTRITO JUDICIAL,
HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el Lic. AUGUS-
TO ANTONIO ROMERO BARRIOS, en carácter de Apoderado General
Judicial de la señora MARIA COLOMBA OCHOA CARRANZA, de
cuarenta y cuatro años de edad, ofi cios domésticos, del domicilio de San
Luis de la Reina, departamento de San Miguel; solicitando TITULO
SUPLETORIO, de un inmueble de naturaleza rústica; situado en el
Cantón Ostucal, jurisdicción de San Luis de la Reina, departamento de
San Miguel, de la capacidad superfi cial de NUEVE MIL TRESCIENTOS
SESENTA Y SEIS METROS CUADRADOS Y CINCO DECIMETROS
CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE:
noventa y ocho metros, colinda con FLORINDA ARGUETA, cerco de
alambre de la colindante, piña y quebrada seca de por medio; AL NOR-
TE: ciento treinta y tres metros con ADAN VENTURA, antes, hoy con
ROSA MARIA ARGUETA, cerco de alambre propio; AL PONIENTE:
ochenta y tres metros, con HERIBERTA OCHOA, calle de por medio; y al
SUR: setenta y cuatro metros, con FLORINDA ARGUETA CASTILLO,
quebrada seca de por medio.- Tiene construida una casa, techo de tejas,
paredes de bloque.- Lo adquirió por compra venta que hizo al señor JOSE
MARIA EUGENIO VENTURA, y al señor CELEDONIO MEDINA,
ante los ofi cios notariales del Lic. AUGUSTO ANTONIO ROMERO
BARRIOS y lo valúa en la cantidad de VEINTE MIL COLONES.
Librado en EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE CIU-
DAD BARRIOS, DEPARTAMENTO DE SAN MIGUEL, a las catorce
horas del día dieciocho de marzo del año dos mil cinco. Licda. ANA
LETICIA ORELLANA DE VARGAS, JUEZ DE PRIMERA INSTAN-
CIA. Br. JOSE FRANCISCO VELASQUEZ DIAZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F017617-1
TITULOS DE DOMINIO
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE ESTA CIUDAD:
HACE SABER: Que a esta ofi cina se presentó el licenciado JUAN
ANTONIO LOPEZ, Apoderado general judicial de la señora MERCEDES
DE LOS ANGELES CASTELLON LOPEZ, de generales conocidas,
solicitando a favor de su representada Título de Dominio, de un solar
de Naturaleza Urbana situado en la Colonia Milagro de la Paz de esta
ciudad, Distrito y Departamento de San Miguel, de la capacidad super-
fi cial de: CUATROCIENTOS OCHENTA METROS CUADRADOS,
de las medidas y colindancias siguientes: AL ORIENTE, mide dieciséis
metros, linda con Rafael Rubio, calle de por medio y tiene cerco de piedra
propio; AL PONIENTE, dieciséis metros, cerco de piedra propio, linda
hoy con comunidad Villa Satélite, destinado para casa comunal y agua
potable; AL NORTE, treinta metros, cerco de alambre propio, linda con
Rosa Iris Campos Quintanilla; y AL SUR: mide treinta metros, linda
con Rafael Rubio. En el inmueble antes descrito existen construcciones
de sistema mixto, y demás servicios necesarios, no es dominante ni
sirviente, no tiene cargas ni derechos reales de ajena pertenencia ni está
en proindivisión con nadie, y lo adquirió por Compra de la Posesión
Material en forma verbal que hizo a la señora Mercedes López de
Castellón, mayor de edad, de ofi cios domésticos, de este domicilio, el
día ocho de mayo de mil novecientos noventa y tres, posesión que ha
ejercido por más de diez años continuos, siendo ésta de forma quieta,
pacífi ca, pública e ininterrumpida; el inmueble anterior lo estima en la
cantidad de OCHO MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE
AMERICA; los colindantes son de este domicilio.
Lo que se avisa al público para los efectos de ley. ALCALDIA
MUNICIPAL: San Miguel, a los doce días del mes de Agosto del año
dos mil cinco. JOSE WILFREDO SALGADO GARCIA, ALCALDE
MUNICIPAL. Lic. JOSE ANGEL FERMAN ZETINO, SECRETARIO
MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F017534-1
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71DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Septiembre de 2005.
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.-
HACE SABER: Que en esta Alcaldía se ha presentado el Doctor ANGEL ALFONSO ESPINAL JUAREZ, como apoderado General Judicial con Cláusula Especial de los señores VALENTIN SARAVIA FERNANDEZ, de treinta y ocho años de edad, Agricultor, del domicilio de Yoloaiquín, portador de su Documento Unico de Identidad Número cero tres cuatro nueve cuatro cuatro dos siete- ocho; y ANA DE JESUS SORTO DE SARAVIA, de veintinueve años de edad, Ama de casa, del domicilio de Pasaquina, Departamento de La Unión, portadora de su Documento Unico de Identidad Número cero tres seis siete cinco siete cuatro dos - tres, a solicitar a favor de éstos TITULO DE DOMINIO O MUNICIPAL, de un lote de terreno de naturaleza urbana, ubicado en el Barrio El Calvario, calle salida al Cantón La Laguna, Número CUARENTA Y TRES, de esta jurisdicción, Departamento de Morazán, de la Capacidad de TRES MIL TRESCIENTOS SESENTA Y SIETE METROS CUARENTA CENTIMETROS CUADRADOS de las medidas y colindancias siguientes: AL ORIENTE, mide cincuenta y cinco metros, con propiedad de Alexander Munguía, que antes fue de Daniel Munguía, quebrada seca de por medio; AL NORTE, mide setenta y cuatro metros setenta centímetros, con terreno de Olinda Arely Romero, José Rivas, Marcos Antonio Romero y sucesión de Daniel Munguía, representada por Elba Olivia González Viuda de Munguía, cerco de alambre de por medio; AL PONIENTE, mide cincuenta y ocho metros, con propiedad de César Jerónimo Nolasco Aguirre, calle de por medio; y AL SUR, mide cuarenta y cuatro metros, cincuenta centímetros, con la sucesión de Daniel Munguía, representada por Elba Olivia González Viuda de Munguía y con Macaria Saenz, cerco de alambre de por medio, hasta llegar donde se comenzó.- En dicho inmueble existe una casa cons-truida, techo de tejas, paredes de ladrillo, piso de ladrillo, de dieciocho metros de largo por nueve metros de ancho.- El mencionado terreno lo estiman mis mandantes en el precio de DIEZ MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA y lo adquirió por Escritura pública de Compra Venta de posesión Material, otorgada en la ciudad de San Francisco Gotera, el día diecisiete de mayo de mil novecientos noventa y nueve, ante los ofi cios del Notario Mauricio Ramón Suárez Rosales, por el señor Marco Antonio Fernández, no tienen cargas ni derechos reales, ni están en proindivisión.-
Los colindantes son de este domicilio.
Lo que se hace saber al público para los efectos de Ley.
Alcaldía Municipal de Yoloaiquín, a los veinticuatro días del mes de junio del año dos mil cinco.- SILVINA PÉREZ SÁNCHEZ, ALCAL-DESA MUNICIPAL.- FLOR DE AZUCENA ROMERO, SECRETARÍA MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F017618-1
JUICIO DE AUSENCIA
CESAR AUGUSTO MERINO, Notario del domicilio de San Salvador: Al público en general,
HACE SABER: Que a mi ofi cina Profesional, situada en Primera Avenida Norte y Diecinueve Calle Poniente, local doscientos dieciocho, Edifi cio NIZA, en esta ciudad, se ha presentado la Licenciada ROSA MARIA GUZMÁN, actuando en su calidad de Apoderada General Judicial con Cláusula Especial del señor HERBERT OSWALDO ZEPEDA GUTIERREZ, manifestando que con instrucciones expresas
de su mandante promueve Juicio Civil en contra de la señora ELBA CORADO VIUDA DE CRUZ conocida por ELBA CORADO su último domicilio fue Ciudad Delgado, Departamento de San Salvador, pero que actualmente se ignora el paradero de la señora ELBA CORADO VIUDA DE CRUZ conocida por ELBA CORADO; así como, se ignora si ha dejado Procurador u otro representante Legal, razón por la cual, de conformidad con el Art. 141 Pr. C., PIDE: Que la señora ELBA CORADO VIUDA DE CRUZ conocida por ELBA CORADO sea declarada ausente y se le nombre un Curador Especial para que la represente en el referido Juicio Ejecutivo Civil.-
En consecuencia: Se previene que si la señora ELBA CORADO VIUDA DE CRUZ, conocida por ELBA CORADO tiene Procurador u otro representante Legal en el país, se presente a mi ofi cina a compro-bar dicha circunstancia dentro de los quince días siguientes a la tercera publicación de este aviso. Ccc
Librado en mi ofi cina profesional: San Salvador, a las nueve horas del día diecinueve de Julio del dos mil cinco.-
LIC. CESAR AUGUSTO MERINO,
NOTARIO.
1 v. No. F017482
ANGEL ANTONIO CORNEJO CAÑENGUEZ, Notario del domicilio de San Vicente y de San Salvador, con ofi cinas en la casa número 18-E, situada sobre Avenida Montecristo, de Residencial Montebello, Meji-canos, AL PUBLICO,
HACE SABER: El Licenciado RICARDO ANTONIO PADILLA MEJIA, mayor de edad, Abogado, del domicilio de Apopa, actuando en su calidad de Apoderado General judicial de la señora MARIA LUISA MEJIA RECINOS, quien es de aproximadamente sesenta y ocho años de edad, de ofi cios del Hogar, del domicilio de Ayutuxtepeque, con instrucciones de su mandante desea promover acción Civil Ordinaria de Establecimiento de Obligaciones y Singular Ejecutivo Civil contra la señora ELSA VICENTA RODRIGUEZ DE MARTINEZ conocida por ELSY DE MARTINEZ, quien es de aproximadamente cincuenta y nueve años de edad, de ofi cios del Hogar, Cédula de Identidad Personal Número cuatro-siete-cero cero cuatro mil seiscientos sesenta, como último domicilio conocido Antiguo Cuscatlán, ignorándose su actual paradero en la República o fuera de ella, y si ha dejado apoderado, procurador o persona que la represente; por lo que compareció ante el suscrito Notario, a fi n de que previos los trámites legales, se declare ausente a la expresada señora ELSA VICENTA RODRIGUEZ DE MARTINEZ conocida por ELSY DE MARTINEZ, y como consecuencia se le nombre un Curador Especial que la represente, en las acciones que le promoverá; lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
Dado en la Ciudad de Mejicanos, a los nueve días del mes de febrero del año dos mil cinco.
ANGEL ANTONIO CORNEJO CAÑENGUEZ,
NOTARIO.
1 v. No. F017529
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72 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 368
OSCAR NEFTALI ESCOLERO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA
DEL DISTRITO JUDICIAL DE JUCUAPA, AL PUBLICO PARA LOS
EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el Doctor
JOSE GUILLERMO ARAUJO ARAUJO, como Apoderado General
Judicial de la Sociedad ACHE SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
VARIABLE, que se puede abreviar ACHE S.A. de C.V., del domicilio de
San Salvador, con número de Identifi cación Tributaria: cero seiscientos
catorce-trece cero dos noventa y dos-uno cero cinco-tres; manifestando
que ha promovido JUICIO CIVIL ORDINARIO DE RESOLUCION
DE CONTRATO, CONTRA: El señor JOSE FIDEL PINEDA, habiendo
tenido como último domicilio en esta Ciudad, actualmente del domicilio
ignorado.- Se desconoce si el señor JOSE FIDEL PINEDA, se encuen-
tra en el Territorio o fuera de él, ignorado si ha dejado Procurador o
Representante Legal y de conformidad con el Art. 141 Pr., C., PIDE:
Se le declare AUSENTE y se nombre un Curador Especial, para que lo
represente en dicho Juicio.-
Se previene que si alguna persona es Procurador o Representante
Legal del señor JOSE FIDEL PINEDA, se presente a este Juzgado a
comprobar tal circunstancia dentro de los quince días siguientes al de
la tercera publicación del presente edicto.-
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Jucuapa, a las diez horas
del día uno de agosto del año dos mil cinco.- LIC. OSCAR NEFTALI
ESCOLERO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. RODOLFO
ANTONIO CASTRO, SECRETARIO.
1 v. No. F017568
MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-
TRITO.
HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado el Licencia-
do Ricardo Antonio Castro Ramos en concepto de Apoderado General
Judicial del señor ELIAS ABDALA ZACARIAS TORRES, manifes-
tando que en este Tribunal su Poderdante pretende promover Juicio
Civil Ejecutivo en contra de los señores ROSA ODILIA ESCOBAR
DE AQUINO y MARIO DE JESUS AQUINO TOLEDO, mayores de
edad, Modista y Comerciante en Pequeño respectivamente, ambos de
este domicilio y actualmente de domicilio ignorado, y sin saberse que
haya dejado Procurador o Representante legal en el país, viene a solicitar
un Curador para que lo represente en el referido Juicio Ejecutivo.
Previénese que si los señores Escobar de Aquino y Aquino Toledo,
tuvieren Procurador o Representante legal en el país se presenten éste y
dentro de los quince días siguientes a la tercera publicación compruebe
dichas circunstancias.
JUZGADO DE LO CIVIL: Sonsonate, a las ocho horas veinte
minutos del día dieciocho de Agosto del dos mil cinco.- DR. MARIO
MOISA MARTÍNEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. CECILIA DEL
CARMEN CERÉN DE ESCOBAR, SECRETARIO.
1 v. No. F017646
DISEÑO INDUSTRIAL
No. de Expediente: 2005002207
No. de Presentación: 20050003799
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta Ofi cina se ha presentado TANIA
MARGARITA VARGAS LEONOR, mayor de edad, ABOGADO, del
domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,
actuando como APODERADO GENERAL JUDICIAL Y ESPECIAL
de RICARDO BERNABE SOLIS PORTILLO, del domicilio de
GUATEMALA, GUATEMALA, de nacionalidad GUATEMALTECA;
CRISTIAN ALEJANDRO RODRIGUEZ GARCIA, del domicilio de
GUATEMALA, GUATEMALA, de nacionalidad GUATEMALTECA,
solicitando se conceda Registro del DISEÑO INDUSTRIAL, por el
término improrrogable de DIEZ AÑOS, de acuerdo a lo establecido en
el Artículo 26 numeral 3° del Anexo lC de los Acuerdos de los Derechos
de Propiedad Intelectual, relacionados con el Comercio (ADPIC), para
un DISEÑO INDUSTRIAL denominado EMPAQUES Y BOLSAS
FLEXIBLES PARA COMBUSTIBLE Y AGUA, con Clasifi cación In-
ternacional CL09 05, y con prioridad de la solicitud GUATEMALTECA
No. 200520050028, de fecha dieciséis de mayo del año dos mil cinco.
La solicitud fue presentada a las catorce horas y treinta y ocho
minutos del día veintiséis de agosto del año dos mil cinco.
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE PROPIEDAD INTELECTUAL: DEPARTAMEN-
TO DE PATENTES. San Salvador, a los dos días del mes de septiembre
del año dos mil cinco.
ALEXANDER RAFAEL MORALES MÉNDEZ,
REGISTRADOR.
1 v. No. F017625
MARCAS DE FABRICA
No. de Expediente: 2005050151
No. de Presentación: 20050066022
CLASE: 30:
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE HUVER
LAZO VELASQUEZ, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad
DIARIO
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73DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Septiembre de 2005.
de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA
Y DE COMERCIO,
Consistente en: la palabra SALIMAR y diseño.
La solicitud fue presentada el día primero de julio del año dos mil
cinco.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintiséis de julio del año dos mil cinco.
JOSE RAUL ROSALES PEREZ,
REGISTRADOR.
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F017566-1
No. de Expediente: 2005049214
No. de Presentación: 20050064820
CLASE: 16.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MONICA
GUADALUPE PINEDA MACHUCA, en su calidad de APODERADO
ESPECIAL de COMPAÑIA DE TELECOMUNICACIONES DE EL
SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que
se abrevia: CTE, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, so-
licitando el registro de la MARCA DE FABRICA,
Consistente en: la palabra TELECOM y diseño.
La solicitud fue presentada el día tres de junio del año dos mil cinco.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintidós de junio del año dos mil cinco.
ALICIA ESTHER GARCÍA COREAS,
REGISTRADOR.
MARÍA ISABEL JACO LINARES,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F017569-1
No. de Expediente: 2005048098
No. de Presentación: 20050063134
CLASE: 14.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ELSA ADELA
RIVAS DE CALDERON, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL
de CALDERON INVERSIONES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPI-
TAL VARIABLE que se abrevia: CALDERON INVERSIONES, S. A.
DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de
la MARCA DE FABRICA,
CASAZUL
Consistente en: la palabra CASAZUL.
La solicitud fue presentada el día diecinueve de abril del año dos
mil cinco.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, doce de agosto del año dos mil cinco.
JOSÉ ANGEL ARRIAZA POLANCO,
REGISTRADOR.
MARÍA ISABEL JACO LINARES,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F017571-1
DIARIO
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74 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 368
No. de Expediente: 2005051518
No. de Presentación: 20050068167
CLASE: 01.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado OSCAR HENRIQUEZ PORTILLO, en su calidad de REPRESENTANTE LE-GAL de FERTILIZANTES DE CENTRO AMERICA (EL SALVADOR), SOCIEDAD ANONIMA que se abrevia: FERTICA (EL SALVADOR), S.A., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: la expresión Ferti-K y diseño.
La solicitud fue presentada el día primero de septiembre del año dos mil cinco.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, cinco de septiembre del año dos mil cinco.
JOSÉ ANGEL ARRIAZA POLANCO,
REGISTRADOR.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F017626-1
No. de Expediente: 2005051516
No. de Presentación: 20050068165
CLASE: 01.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado OSCAR HENRIQUEZ PORTILLO, en su calidad de REPRESENTANTE LE-GAL de FERTILIZANTES DE CENTRO AMERICA (EL SALVADOR), SOCIEDAD ANONIMA que se abrevia: FERTICA (EL SALVADOR), S.A., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: las palabras Ferti-Mag y diseño.
La solicitud fue presentada el día primero de septiembre del año
dos mil cinco.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, cinco de septiembre del año dos mil cinco.
JOSÉ ANGEL ARRIAZA POLANCO,
REGISTRADOR.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F017628-1
No. de Expediente: 2005050746
No. de Presentación: 20050066869
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado DANIEL
ARNAVAT CARBALLIDO, en su calidad de REPRESENTANTE LE-
GAL de LABORATORIO HISPANOAMERICANO, S. A. DE C.V., de
nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA
INDUSTRIAL O DE FABRICA,
OXITOLAC
Consistente en: la palabra OXITOLAC.
La solicitud fue presentada el día veintiséis de julio del año dos
mil cinco.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintisiete de julio del año dos mil cinco.
LUIS ALONSO CÁCERES AMAYA,
REGISTRADOR.
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. R002969-1
DIARIO
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75DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Septiembre de 2005.
No. de Expediente: 2005050745
No. de Presentación: 20050066868
CLASE: 05
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado DANIEL
ARNAVAT CARBALLIDO, en su calidad de REPRESENTANTE LE-
GAL de LABORATORIO HISPANOAMERICANO, S. A. DE C.V., de
nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA
INDUSTRIAL O DE FABRICA,
DOLFEN
Consistente en: la palabra DOLFEN.
La solicitud fue presentada el día veintiséis de julio del año dos
mil cinco.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintisiete de julio del año dos mil cinco.
LUIS ALONSO CÁCERES AMAYA,
REGISTRADOR.
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. R002970-1
No. de Expediente: 2005050744
No. de Presentación: 20050066867
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado DANIEL
ARNAVAT CARBALLIDO, en su calidad de REPRESENTANTE LE-
GAL de LABORATORIO HISPANOAMERICANO, S.A. DE C.V., de
nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA
INDUSTRIAL O DE FABRICA,
BOLDEFORT 50
Consistente en: la expresión BOLDEFORT 50.
La solicitud fue presentada el día veintiséis de julio del año dos
mil cinco.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintisiete de julio del año dos mil cinco.
LUIS ALONSO CÁCERES AMAYA,
REGISTRADOR.
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. R002971-1
NOMBRE COMERCIAL
No. de Expediente: 2005050537
No. de Presentación: 20050066563
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado NORMA LORENA AREVALO AZUCENA, en su calidad de APODERADO GENERAL JUDICIAL de PAN AMERICAN LIFE INSURANCE COMPANY, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,
Consistente en: las palabras PAN AMERICAN LIFE y diseño, que traducido al castellano signifi ca vida panamericana, que servirá para: IDENTIFICAR LA EMPRESA DEDICADA A LA COLOCACION, VENTA Y SERVICIOS SOBRE SEGUROS DE PERSONA, UBICADO EN ALAMEDA DOCTOR MANUEL ENRIQUE ARAUJO Y CALLE NUEVA NUMERO UNO, COLONIA ESCALON, SAN SALVA-DOR.
La solicitud fue presentada el día dieciocho de julio del año dos mil cinco.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintinueve de agosto del año dos mil cinco.
JOSÉ ANGEL ARRIAZA POLANCO,
REGISTRADOR.
GUILLERMO ALFONSO LÓPEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F017515-1
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76 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 368
No. de Expediente: 2005048097
No. de Presentación: 20050063133
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ELSA ADELA RIVAS DE CALDERON, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de CALDERON INVERSIONES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPI-TAL VARIABLE que se abrevia: CALDERON INVERSIONES, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,
CASAZUL
Consistente en: la palabra CASAZUL, que servirá para: IDEN-TIFICAR: UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL DEDICADO A LA VENTA DE METALES PRECIOSOS Y SUS ALEACIONES Y ARTICULOS DE ESTAS MATERIAS O DE CHAPADO NO COM-PRENDIDOS EN OTRAS CLASES; JOYERIA, BISUTERIA, PIEDRAS PRECIOSAS; RELOJERIA E INSTRUMENTOS CRONOMETRICOS, UBICADO EN AEROPUERTO INTERNACIONAL EL SALVADOR, LOCAL NUMERO 2-82- B, SAN LUIS TALPA, DEPARTAMENTO DE LA PAZ.
La solicitud fue presentada el día diecinueve de abril del año dos mil cinco.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, doce de agosto del año dos mil cinco.
JOSE ANGEL ARRIAZA POLANCO,
REGISTRADOR.
MARIA ISABEL JACO LINARES,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F017570-1
MATRICULA DE COMERCIO
ASIENTO DE EMPRESA 2002015997
ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2002015997-001
LA INFRASCRITA REGISTRADORA DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLE-CIMIENTOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MARCELO AQUILES GONZALEZ LOPEZ, en su calidad de Representante legal de la sociedad OFFIMET, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse OFFIMET, S.A. DE C.V.; de nacionalidad SALVA-DOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 10 del libro 731 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria: 0614-010890-101-0; el cual ha presentado solicitud a las once horas y veinte
minutos del día quince de mayo de dos mil uno, con la cual se otorgó el asiento de Empresa No. 2002015997 inscripción 06 y el asiento de Establecimiento No. 2002015997- 001 inscripción 07, ambos del libro 09 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa denominada OFFIMET, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIA-BLE, la cual se dedica a FABRICACION Y VENTA DE MOBILIARIO Y EQUIPO PARA OFICINA Y ESCOLAR, con dirección en CALLE 5 DE NOVIEMBRE N° 528, COLONIA GUATEMALA del domicilio de SAN SALVADOR, cuyo activo asciende a DOSCIENTOS CINCUENTA MIL TRESCIENTOS VEINTE Y SEIS 12/100 DOLARES CON 12/100 $ 250,326.12 y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado OFFIMET, S. A. DE C. V., ubicado en CALLE 5 DE NOVIEMBRE N° 528, COLONIA GUATEMALA, SAN SALVADOR y que se dedica a FABRICACION Y VENTA DE MOBILIARIO Y EQUIPO PARA OFICINA Y ESCOLAR.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.
San Salvador, treinta y uno de agosto de dos mil cinco.
Lic. MORENA GUADALUPE FLORES AGUIRRE,
REGISTRADORA.
3 v. alt. No. F017526-1
ASIENTO DE EMPRESA 2001036078
ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2001036078-001
LA INFRASCRITA REGISTRADORA DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN-TOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado el señor FIDEL HUMBERTO MEDRANO DURAN en su calidad de Representante legal de la sociedad PANIFICADORA CENTROAMERICANA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE; de nacionalidad SALVADO-REÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 13 del libro 1616 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria: 0614-070501-103-4; el cual ha presentado solicitud a las quince horas y veintiséis minutos del día veintisiete de mayo de dos mil cinco, con la cual se otorgó el asiento de Empresa No. 2001036078 inscripción 12 y el asiento de Establecimiento No. 2001036078- 001 inscripción 13, ambos del libro 86 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa denominada PANIFICADORA CENTROAMERICANA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a DISTRIBUIDORA DE PAN, con dirección en 4ª AVENIDA SUR N° 302 del domicilio de SAN MIGUEL, SAN MIGUEL cuyo activo asciende a SESENTA Y NUEVE MIL CIENTO SETENTA Y OCHO DOLARES CON 93/100 $ 69,178.93 y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado PANIFICADORA CENTROAMERICANA, S.A. DE C.V., ubicado en 4ª AVENIDA SUR N° 302 del domicilio de SAN MIGUEL, SAN MIGUEL y que se dedica a DISTRIBUIDORA DE PAN.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.
San Salvador, veintinueve de junio de dos mil cinco.
Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,
REGISTRADORA.
3 v. alt. No. R002967-1
DIARIO
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77DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Septiembre de 2005.
ASIENTO DE EMPRESA 2002007958
ESTABLECIMIENTO 2002007958-001
LA INFRASCRITA REGISTRADORA DEL DEPARTAMENTO
DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLE-
CIMIENTOS:
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ORLANDO
MAURICIO RECINOS ARGUELLO, en su calidad de Representante
legal de la sociedad AUTOCONSA, SOCIEDAD ANONlMA DE
CAPITAL VARIABLE, que puede abreviarse AUTOCONSA, S.A. DE
C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVA-
DOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 2 del libro 252
del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de
Identifi cación Tributaria: 0614-280579-002-0, ha presentado solicitud a
las nueve horas y cincuenta y ocho minutos del día diecinueve de mayo
de dos mil cuatro. Con la cual se otorgaron los asientos de Empresa No.
2002007958 y Establecimiento No. 2002007958- 001; a favor de la Empre-
sa denominada AUTOCONSA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
VARIABLE, la cual se dedica a COMPRA VENTA, REPRESENTACION
Y DISTRIBUCION DE APARATOS DE RADIOCOMUNICACION E
INSTALACIONES DE ALTA TENSION, con dirección en 37ª AVENI-
DA SUR N° 543, COLONIA FLOR BLANCA, del domicilio de SAN
SALVADOR, cuyo activo asciende a NOVECIENTOS TREINTA Y
SEIS MIL NOVECIENTOS SESENTA Y SEIS DOLARES CON 66/100
$936,966.66 y que tiene el (los) establecimiento (s) siguiente (s): 001-)
AUTOCONSA, S.A. DE C.V., ubicado en 37ª AVENIDA SUR N° 543,
COLONIA FLOR BLANCA, del domicilio de SAN SALVADOR.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.
San Salvador, veintiuno de octubre de dos mil cuatro.
Lic. HERMINIA ELIZABETH LOZANO Z.,
REGISTRADORA.
3 v. alt. No. R002968-1
ASIENTO DE EMPRESA 2005054289
ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2005054289-001
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-
GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS
DEL REGISTRO DE COMERCIO.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado la señora
SANDRA DEL SOCORRO CUADRA DE VILLEGAS, de nacionali-
dad SALVADOREÑA, con número de Documento Unico de Identidad
01023954-6 del domicilio de SANTA ANA, con Número de Identifi -
cación Tributaria: 1217-170645-001-7, el cual ha presentado solicitud
a las catorce horas y veintitrés minutos del día once de mayo de dos
mil cinco con la cual se otorgó el asiento de Empresa No. 2005054289
inscripción 110 y el asiento de Establecimiento No. 2005054289-001,
inscripción 111, ambos del Libro 83 de Asientos de Matrícula de Empresa
y Establecimiento. La Empresa se dedica a LA COMPRA Y VENTA
DE CALZADO, con dirección en 6ª AVENIDA SUR Y 33ª CALLE
PONIENTE, N° 5, del domicilio de SANTA ANA, cuyo activo asciende
a CUARENTA Y TRES MIL SETECIENTOS CUARENTA Y CUATRO
DOLARES CON 21/100 ($ 43,744.21) y que tiene el establecimiento
siguiente: 001-) denominado SHOE DEPOT ubicado en 6ª AVENIDA
SUR y 33ª CALLE PONIENTE, N° 5, SANTA ANA y que se dedica a
LA COMPRA Y VENTA DE CALZADO.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.
San Salvador, dieciséis de mayo de dos mil cinco.
Lic. JULIO RUBEN TRUJILLO VENTURA,
REGISTRADOR.
3 v. alt. No. R002973-1
ASIENTO DE EMPRESA 2001035458
ESTABLECIMIENTO 2001035458-001
LA INFRASCRITA REGISTRADORA DEL DEPARTAMENTO
DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLE-
CIMIENTOS:
HACE SABER. Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RICARDO
MARTINEZ JAIME, de nacionalidad SALVADOREÑA, con dirección
en URBANIZACION LOMAS DE SAN FRANCISCO ESQUINA,
CALLE Nº 1 Y 2, CASA Nº F-7 del domicilio de SAN SALVADOR,
con Número de Identifi cación Tributaria: 0104-311047-001-0, ha pre-
sentado solicitud a las quince horas y doce minutos del día veintidós
de octubre de dos mil cuatro. Con la cual se otorgaron los asientos de
Empresa No. 2001035458 y Establecimiento No. 2001035458-001; a
favor de la Empresa denominada SERVICIOS ELECTROMECANICOS
Y ELECTRONICOS PROFESIONALES, la cual se dedica a SERVI-
CIOS DE INGENIERIA ELECTRICA Y DISEÑOS, con dirección
en URBANIZACION LOMAS DE SAN FRANCISCO, ESQUINA,
CALLE Nº 1 Y 2, CASA Nº F-7, del domicilio de SAN SALVADOR,
cuyo activo asciende a SETENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS SE-
TENTA Y SIETE DOLARES CON 75/100 $78,777.75 y que tiene el
establecimiento siguiente 001-) SERVICIOS ELECTROMECANICOS
Y ELECTRONICOS PROFESIONALES ubicado en URBANIZACION
LOMAS DE SAN FRANCISCO, ESQUINA, CALLE Nº 1 Y 2, CASA
Nº F-7, del domicilio de SAN SALVADOR.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.
San Salvador, veinticinco de enero de dos mil cinco.
Lic. ROSA MAURA CABRERA MARTINEZ,
REGISTRADORA.
3 v. alt. No. R002978-1
DIARIO
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GAL
78 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 368
SUBASTAS PUBLICAS
HENRY EDMUNDO MACALL ZOMETA, JUEZ DE LO CIVIL
DEL DISTRITO JUDICIAL DE CHALCHUAPA.- Al público para
los efectos de ley,
HACE SABER: Que en los Juicios Ejecutivos Mercantiles Acumu-
lados, promovidos por el Licenciado EDWIN GILBERTO ORELLANA
NUÑEZ, como apoderado general judicial, del BANCO PROMERICA
SOCIEDAD ANONIMA, contra el ejecutado señor ABEL MENDOZA
MARTINEZ, se venderán en pública SUBASTA, en fecha que oportu-
namente se señalará, los inmuebles siguientes: “ I) Dos inmuebles de
naturaleza urbana: EL PRIMERO: situado en el Barrio San Sebastián
de la ciudad de Chalchuapa, Departamento de Santa Ana, que mide
treinta y tres metros cuatrocientos cuarenta milímetros por los lados
Oriente y Poniente y veinticinco metros ochenta milímetros por los lados
Norte y Sur y linda: AL ORIENTE: con propiedad de Rafael Martínez
Rodríguez, Pioquinto Mazariego y Teresa Escalante y AL PONIENTE:
calle de por medio con propiedad de Cándida Durán, AL NORTE:
calle de por medio con solar de Antonio Durán y AL SUR: con solar
de la señora Rafaela de los Ángeles Rivas de Vidales Domingo. EL
SEGUNDO: otro predio situado en el punto denominado El Llano Barrio
Apaneca de la misma ciudad de Chalchuapa con los siguientes linderos
y dimensiones: Al Oriente y Poniente, de Norte a Sur, dieciséis metros
setenta centímetros; AL ORIENTE: con solares de Antonio Menéndez
Mazariego y Francisco Amaya, AL PONIENTE: calle de por medio solar
de Eliseo Durán, AL NORTE y SUR; veinticinco metros treinta y cinco
centímetros por el Norte con solares de Juan Urrutia Romero y por el
Sur, con el de Mario de Jesús Pérez que en los dos solares de referencia
que actualmente forman un solo cuerpo, hay un mesón poco más o menos
de las dimensiones de los predios habiéndosele agregado otra parte
a ese mesón y existe en los mismos una paja de agua.- Inmuebles que
aunque su antecedente no lo menciona tienen una extensión superfi cial,
el primero: de ochocientos sesenta y dos punto setenta y cinco metros
cuadrados y el segundo: de cuatrocientos veintitrés punto treinta y cuatro
metros cuadrados y se encuentran inscritos a nombre del señor ABEL
MENDOZA MARTINEZ, EL PRIMERO: a la Matrícula del Sistema
de Folio Real Computarizado número DOS CERO CERO SIETE SEIS
SEIS CERO CERO GUION CERO CERO CERO CERO CERO y el
segundo DOS CERO CERO SIETE SEIS SEIS UNO OCHO GUION
CERO CERO CERO CERO CERO, del Registro de la Propiedad de este
Departamento.- II) Un predio urbano situado en el Barrio San Sebastián
de la ciudad de Chalchuapa, Departamento de Santa Ana, consistente en
una mediagua de tejas, paredes de adobe y su correspondiente solar de
una extensión superfi cial de Trescientos quince punto cinco mil cuarenta
y siete metros cuadrados que mide y linda: AL PONIENTE: doce
metros cincuenta y dos y medio centímetros con solares que fueron
de Ignacio Pinzón y Gertrudis Mancía hoy de José Escudero y Rosa
Sandoval, calle en medio, AL NORTE veinticinco metros con predio
que fue de Isabel Guevara hoy Julio Valle, AL ORIENTE: igual medida
que al Poniente, con el de Arturo Siliézar y AL SUR: veinticinco metros
treinta y ocho centímetros con el que fue de José Esteban Ramírez y
que hoy pertenece a Abraham Lima. Inmueble que se encuentra inscrito
a nombre del señor ABEL MENDOZA MARTINEZ, a la Matrícula
del Sistema de Folio Real Computarizado número DOS CERO CERO
SIETE SEIS SEIS CUATRO UNO GUION CERO CERO CERO CERO
CERO, en el Registro de la Propiedad de este Departamento.-
Se admitirán posturas siendo legales.-
Librado en el Juzgado de lo Civil: Chalchuapa, a las quince horas siete minutos del día veintitrés de agosto de dos mil cinco.-Lic. HENRY EDMUNDO MACALL ZOMETA, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. HENRY OVIDIO GARCIA RODRIGUEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F017538-1
EL INFRASCRITO JUEZ. Al público para los efectos de ley,
HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas y quince minutos de este día, se ha ordenado la venta en pública subasta, en el Juicio Civil Ejecutivo, promovido por el Licenciado José Alejandro Martínez Gómez, de veintisiete años de edad, Abogado, de este domicilio y del San Rafael Oriente, departamento de San Miguel, apoderado general judicial del señor Neftali Panameño Villegas, de sesenta años de edad, comerciante, Industrial, del domicilio de Usulután, sobre el siguiente inmueble: “Un solar de naturaleza urbana, situado en el Barrio La Parro-quia de la ciudad de Santa Elena, Distrito y Departamento de Usulután, de una extensión superfi cial de CIENTO OCHENTA Y DOS METROS TREINTA Y DOS CENTIMETROS Y CINCUENTA MILIMETROS CUADRADOS, con las medidas y colindancias siguientes: ORIENTE: mide ocho metros cincuenta centímetros, y linda con casa de Mariana Carmelina Parada viuda de Aparicio, calle de por medio, al Poniente: mide ocho metros cincuenta centímetros y linda con solar de Adriana Ramos, camino de por medio, AL NORTE: mide veintitrés metros, no-venta centímetros, linda con solares de Deysi Ramírez y Gladis Arévalo Leiva, cerco de alambre propio, AL SUR: mide diecinueve metros, linda con solar de Diamantina Nolasco, cerco de alambre propio.- El predio descrito tiene en su interior construida una casa techo de tejas paredes de adobe, carece de cultivos permanentes, no siendo predio dominante ni sirviente, no tiene cargas o derechos reales de ajena pertenencia con quien hubiere proindivisión.- Inscrito en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Segunda Sección de Oriente, bajo el NÚMERO: NOVENTA Y TRES DEL TOMO NOVECIENTOS de Propiedad del Departamento de Usulután.-
Quien quiera hacer posturas que ocurra que se le admitirán siendo legal.-
Librado en el Juzgado de lo Civil: Usulután, a los veintitrés días del mes de agosto del dos mil cinco.-Lic. JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda. MIRNA MARISOL SIGARAN HERNANDEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F017546-1
MARIA ESTHER FERRUFINO v. de PARADA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL.-
HACE SABER: Que en el Juicio Civil Ejecutivo, promovido por el demandante señor RICARDO ANTONIO ROSA CASTILLO, en contra del señor MANUEL CALLEJAS, en el que se les reclama cantidad de dinero que adeudada en concepto de capital, más los intereses pactados
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y las costas procesales de esta instancia, se venderá en pública subasta en este Juzgado los siguiente inmuebles: “Dos Inmuebles de naturaleza rústica, situados en el Cantón El Jicaro, Jurisdicción de Jucuarán, depar-tamento de Usulután, EN EL DENOMINADO PUERTO CABALLO,
y se describen así: A) “LOTE NUMERO TREINTA Y SEIS, con una
superfi cie de CERO HECTAREAS ONCE AREAS NOVENTA Y UNO
PUNTO SETENTA Y CUATRO CENTIAREAS o sea UN MIL CIENTO
NOVENTA Y UN PUNTO SETENTA Y CUATRO METROS CUA-
DRADOS, equivalentes a CERO MANZANA UN MIL SETECIENTOS
CINCO PUNTO DIECISIETE VARAS CUADRADAS, compuesto de
cinco tramos así: AL NORTE: Un tramo de veintitrés punto setenta y
nueve metros, AL ORIENTE: Un tramo de cincuenta punto cero dos
metros, AL SUR, dos tramos de catorce punto noventa y ocho metros,
nueve punto catorce metros; AL PONIENTE, un tramo de cincuenta y
uno punto ochenta y un metros.- y B) LOTE NÚMERO SESENTA Y
OCHO, con una superfi cie de CERO HECTÁREAS SETENTA AREAS
CINCUENTA Y UNO PUNTO SETENTA Y DOS CENTIAREAS o
sea SIETE MIL CINCUENTA Y UN PUNTO SETENTA Y DOS ME-
TROS CUADRADOS, equivalentes a UNA MANZANAS OCHENTA
Y NUEVE PUNTO SETENTA Y NUEVE VARAS CUADRAS, com-
puesto por cuatro tramos así: AL NORTE, un tramo de cincuenta y
cuatro punto sesenta y cuatro metros, AL ORIENTE, un tramo de ciento
treinta punto catorce metros; AL SUR, un tramo de cuarenta y nueve
punto cincuenta y siete metros, AL PONIENTE: Un tramo de ciento
setenta y nueve punto cuarenta y dos Metros- Inscrito en el Registro
de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Segunda Sección de Oriente,
a favor del deudor bajo los números en el orden descrito: A) M cero
seis millones cincuenta y siete mil novecientos doce, ASIENTO cero
cero cero uno, TRASLADADA a la matrícula número SIETE CINCO
CERO CERO SEIS SEIS CUATRO CERO-CERO CERO CERO CERO
CERO, en el asiento UNO; y B) Matrícula número cero seis millones
cincuenta y siete mil novecientos catorce, ASIENTO cero cero cero uno,
TRASLADADA a la matrícula número SIETE CINCO CERO CERO
SEIS SEIS CUATRO UNO-CERO CERO CERO CERO CERO, Asiento
UNO.-
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de
ley.
Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las ca-
torce horas y cincuenta y seis minutos del día trece de mayo del año dos
mil cinco. Dr. MARIA ESTHER FERRUFINO v. de PARADA, JUEZ
SEGUNDO DE LO CIVIL. Licda. MARTA DOLORES COREAS,
SRIA.
3 v. alt. No. F017557-1
EVELIO DE JESÚS RIOS ALFARO, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL-
HACE SABER: Que por Ejecución Promovida por LA CAJA DE
CREDITO DE SAN MIGUEL, SOCIEDAD COOPERATIVA DE
RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE, Repre-
sentante Legal por el señor MARIO LOPEZ AYALA; en contra de los
señores MERCEDES ARTURO ESCOBAR, conocido por MERCEDES
ARTURO ESCOBAR VILLATORO y GLORIA ISOLINA VILLATORO
DE ESCOBAR ahora VIUDA DE ESCOBAR; a quienes se les reclaman
cantidad de dinero, intereses y costas procesales; se venderá en Pública
Subasta en este Juzgado, el siguiente inmueble:””Una porción de terre-
no de naturaleza rústica, inculto, y sin construcciones, situado en el
Cantón Hato Nuevo, de la Jurisdicción, distrito y departamento de San
Miguel, de la capacidad superfi cial de CINCUENTA Y OCHO MIL
QUINIENTOS NUEVE METROS CUADRADOS SETENTA Y NUE-
VE DECIMETROS CUADRADOS CINCUENTA Y UNO CENTIME-
TROS CUADRADOS CINCUENTA MILIMETROS CUADRADOS,
equivalentes a OCHENTA Y TRES MIL SETECIENTOS QUINCE
PUNTO OCHENTA Y UN VARAS CUADRADAS, y su descripción
técnica es la siguiente: AL ORIENTE, compuesto por diecinueve tramos,
EL PRIMERO del mojón uno al mojón dos, línea de sesenta y seis
metros treinta y un centímetros, con rumbo sur catorce grados veinte
punto tres minutos, Oeste; EL SEGUNDO del mojón dos al mojón tres,
línea de ochenta metros catorce centímetros, con rumbo Sur once grados
cincuenta punto siete minutos Oeste, EL TERCERO, del mojón tres al
mojón cuatro, línea de veinte metros quince centímetros, con rumbo Sur
cero un grado dieciocho punto cinco minutos Oeste; EL CUARTO, del
mojón cuatro al mojón cinco, línea de cincuenta y nueve metros noven-
ta y nueve centímetros, con rumbo Sur cero un grados veintiuno punto
cuatro minutos Este; EL QUINTO del mojón cinco al mojón seis, línea
de veinte metros quince centímetros, con rumbo Sur, cero un grados
dieciocho punto cinco minutos Este, EL SEXTO, del mojón seis al
mojón siete con una distancia de cincuenta y nueve metros noventa y
nueve centímetros, cero un grado veintiuno punto cuatro minutos Este,
EL SEPTIMO, del mojón siete al mojón ocho, línea de treinta y cuatro
metros catorce centímetros, rumbo Sur doce grados cuarenta y ocho
punto siete minutos Este, EL OCTAVO, del mojón ocho al mojón nueve,
línea de once metros veintinueve centímetros, con rumbo Sur, cincuen-
ta y tres grados cincuenta y seis punto seis minutos Oeste, EL NOVENO,
del mojón nueve al mojón diez, línea de veintiocho metros cero cero
centímetros, con rumbo sur diecinueve grados cero ocho punto cuatro
minutos Oeste, EL DÉCIMO, del mojón diez al mojón once, línea de
doce metros sesenta y un centímetros, con rumbo sur quince grados
cuarenta y uno punto cuatro minutos Oeste; EL DECIMO PRIMERO,
del mojón once al mojón doce, línea de dieciocho metros treinta y un
centímetros con rumbo Sur cero dos grados treinta y dos punto un mi-
nuto Oeste; EL DECIMO SEGUNDO, del mojón doce al mojón trece,
línea de veinte metros cero centímetros, con rumbo sur cero seis grados
cuarenta y siete punto nueve minutos Este; EL DECIMO TERCERO,
del mojón trece al mojón catorce, línea de veinte metros veintiséis
centímetros, con rumbo Sur cero cinco grados cuarenta y uno punto seis
minutos Oeste; EL DECIMO CUARTO, del mojón catorce al mojón
quince, línea de diecisiete metros noventa y seis centímetros, con rum-
bo sur veinte grados cincuenta punto ocho minutos Este; EL DECIMO
QUINTO; del mojón quince al mojón dieciséis, línea de diecisiete
metros sesenta y nueve centímetros con rumbo sur veinticuatro grados
cincuenta y cuatro punto cero minutos Este; EL DECIMO SEXTO, del
mojón dieciséis al mojón diecisiete, línea de veintiún metros diecinueve
centímetros, con rumbo Sur, cuarenta y nueve grados cuarenta y siete
punto dos minutos este; EL DECIMO SEPTIMO, del mojón diecisiete
al mojón dieciocho, línea de veinte metros, con rumbo Sur treinta y dos
grados treinta punto cuatro minutos Este; EL DECIMO OCTAVO, del
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mojón dieciocho al mojón diecinueve, línea de veinte metros dieciséis
centímetros con rumbo sur veintitrés grados veintitrés punto un minuto
este; y EL DECIMO NOVENO, del mojón diecinueve al mojón veinte,
línea de dieciocho metros treinta y un centímetros, con rumbo Sur
veintidós grados dieciocho punto cuatro minutos Este, lindando en todos
los tramos con terreno de propiedad de la señora Evangelina Salgado
viuda de Ayala, en los Últimos doce tramos con río Taicihuat de por
medio; AL SUR, línea compuesta de cuatro tramos restos: el primero
del mojón veinte al mojón veintiuno, línea de quince metros cincuenta
y ocho centímetros con rumbo Sur sesenta y nueve grados treinta punto
cero minutos Oeste; el segundo, del mojón veintiuno al mojón veintidós,
línea de quince metros cincuenta y ocho centímetros, con rumbo Norte
setenta grados cincuenta y tres punto cuatro minutos Oeste; el tercero,
del mojón veintitrés, línea de veinte metros cero un centímetros, con
rumbo Norte setenta y siete grados veintiocho punto tres minutos Oes-
te; y el cuarto, del mojón veintitrés al mojón veinticuatro, línea de
veinte metros treinta centímetros con rumbo Norte ochenta y dos grados
cuarenta punto un minuto Oeste, linda con propiedad del señor Carlos
Mata; AL PONIENTE; línea compuesta de diecinueve tramos rectos,
EL PRIMERO, del Mojón veinticuatro al mojón veinticinco, línea de
cuatro metros treinta y ocho centímetros, con rumbo Norte cuarenta y
cuatro grados quince punto seis minutos Oeste; EL SEGUNDO del
mojón veinticinco al mojón veintiséis, línea de veintidós metros ochen-
ta y cinco centímetros, con rumbo Norte cero cuatro grados cuarenta
punto cuatro minutos Oeste; EL TERCERO del mojón veintiséis al
mojón veintisiete, línea de cuarenta y nueve metros cero cuatro centí-
metros, con rumbo Norte once grados diez punto dos minutos Oeste;
EL CUARTO, del mojón veintisiete al mojón veintiocho, línea de doce
metros noventa y siete centímetros, con rumbo Norte treinta y un grados
cuarenta y tres punto siete minutos Oeste; EL QUINTO del mojón
veintiocho al mojón veintinueve, línea de quince metros cuarenta y seis
centímetros, con rumbo Norte cincuenta y un grados cincuenta y seis
punto dos minutos Oeste, EL SEXTO del mojón veintinueve al mojón
treinta, línea de quince metros sesenta centímetros, con rumbo Norte
cincuenta y ocho grados veintisiete punto cero minutos Oeste; EL SEP-
TIMO, del mojón treinta al mojón treinta y uno, línea de diecisiete
metros treinta y cuatro centímetros, con rumbo Norte sesenta y seis
grados cero cuatro punto nueve minutos Oeste; EL OCTAVO, del mojón
treinta y uno al mojón treinta y dos, línea de veinte metros doce centí-
metros, con rumbo Norte cincuenta y nueve grados dieciocho punto tres
minutos Oeste; EL NOVENO, del mojón treinta y dos al mojón treinta
y tres, línea de veinte metros cero un centímetros, con rumbo Norte
cincuenta y un grados veintisiete punto un minutos Oeste; EL DECIMO,
del mojón treinta y tres, al mojón treinta y cuatro, línea de veinte metros
quince centímetros, con rumbo Norte cuarenta y cinco grados cincuen-
ta y cuatro punto tres minutos Oeste, EL DECIMO PRIMERO, del
mojón treinta y cuatro al mojón treinta y cinco, línea de veinticinco
metros noventa centímetros, con rumbo Norte veintidós grados doce
punto cinco minutos Oeste; EL DECIMO SEGUNDO, de mojón trein-
ta y cinco al mojón treinta y seis, línea de cuarenta y un metros noven-
ta centímetros, con rumbo Norte dieciocho grados veintiuno punto
siete minutos Oeste; EL DECIMO TERCERO, del mojón treinta y seis
al mojón treinta y siete, línea de cuarenta metros treinta y tres centíme-
tros, con rumbo Norte quince grados cero tres punto ocho minutos
Oeste; EL DECIMO CUARTO, DEL MOJÓN TREINTA Y SIETE AL
MOJÓN TREINTA Y OCHO, LINEA DE CUARENTA METROS CERO
DOS CENTIMETROS, CON RUMBO Norte cero ocho grados veinti-
cinco punto dos minutos Oeste; EL DECIMO QUINTO, del mojón
treinta y ocho al mojón treinta y nueve, línea de cuarenta metros noven-
ta y un centímetros con rumbo Norte tres grados cincuenta y cuatro
punto siete minutos Este; EL DECIMO SEXTO, del mojón treinta y
nueve al mojón cuarenta, línea de veinte metros treinta y siete centíme-
tros, con rumbo Norte cero dos grados cuarenta y siete punto un minu-
to Este; EL DECIMO SEPTIMO, del mojón cuarenta al mojón cuaren-
ta y uno, línea de veinte metros cero un centímetros, con rumbo Norte
cero nueve grados cero cinco punto un minuto Oeste; EL DECIMO
OCTAVO, del mojón cuarenta y uno al mojón cuarenta y dos, línea de
veinte metros treinta y cinco centímetros con rumbo Norte dieciocho
grados dieciocho punto un minutos Oeste; y EL DECIMO NOVENO,
del mojón cuarenta y dos al mojón cuarenta y tres, línea de veintiocho
metros cincuenta y nueve centímetros con rumbo Norte veinte grados
cincuenta y cuatro punto cero minutos Oeste, lindando en todos estos
tramos, con terrenos de la LOTIFICACION LA CARMENZA, de Pro-
piedad de la sociedad Miguel Angel Carrillo e hijos y Compañía, Re-
presentada por el señor Miguel Angel Carrillo Pereira y AL NORTE, un
solo tramo recto, del mojón cuarenta y tres al mojón cuarenta y cuatro,
línea de doscientos noventa y cinco metros noventa y cinco centímetros,
con rumbo Sur, sesenta y cuatro grados diecinueve punto treinta y cua-
tro minutos Oeste, lindando con porción del inmueble general vendido
a los señores Neemías Márquez, Omar Alexander y José Naldys, ambos
de Apellidos Márquez López; llegando así al punto de partida de la
presente descripción. Dicho Inmueble se segrega del resto de otro terre-
no mayor, de la misma naturaleza y situación que el anterior, original-
mente de la capacidad superfi cial de DOSCIENTOS ONCE MIL
QUINIENTOS QUINCE METROS CUADRADOS DIECISEIS DECI-
METROS CUADRADOS, o sean TREINTA MANZANAS DOS MIL
SEISCIENTAS TREINTA Y CINCO VARAS CUADRADAS OCHEN-
TA Y NUEVE CENTESIMAS DE VARA CUADRADAS, hoy de la
capacidad superfi cial de SETENTA Y DOS MIL QUINIENTOS OCHO
METROS CUADRADOS VEINTITRES DECIMETROS CUADRADOS
VEINTISIETE CENTIMETROS CUADRADOS, y se encuentra inscri-
to a favor de la deudora señora GLORIA ISOLINA VILLATORO DE
ESCOBAR ahora VIUDA DE ESCOBAR, en el Registro de la Propie-
dad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección de Oriente, bajo el número
TREINTA Y SIETE, del Libro UN MIL QUINIENTOS NOVENTA Y
UNO de Propiedad del departamento de San Miguel, y trasladado al
Sistema de Folio Real Computarizado en la Matrícula Número: OCHO
CERO CERO UNO CERO OCHO SEIS DOS- CERO CERO CERO
CERO CERO, Asiento UNO.-
Lo que se pone en conocimiento del Público para los efectos de
Ley.
Librado en el Juzgado Primero de lo Civil. San Miguel, a las quince
horas y quince minutos del día catorce de Julio de dos mil cinco.- Lic.
EVELIO DE JESUS RIOS ALFARO, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.-
Lic. GUSTAVO ADOLFO BENITEZ ORELLANA, SECRETARIO
INTERINO.
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81DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Septiembre de 2005. MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-
TRITO:
HACE SABER: Que por ejecución seguida en este Tribunal por el
doctor Luis Felipe Lemus Magaña; como Apoderado General Judicial del
señor José Orlando Pérez Carranza, contra los señores Santiago Guevara
Ramos y Alicia Ramos Vda. de Guevara, se venderá en Pública Subasta y
en fecha oportuna los siguientes inmuebles: EL PRIMERO: Una porción
de Terreno rústico, situado en el Cantón La Ceiba, jurisdicción de San
Antonio del Monte, de este Departamento, de la capacidad superfi cial
de SETECIENTOS METROS CUADRADOS, que linda al PONIENTE:
con terrenos de Salvador Olivo; AL NORTE, con propiedad de Antonio
Ramos; al ORIENTE, con propiedad de Eusebio Guevara; al SUR, con
propiedad de Jorge Alberto Herrera; contiene una casa paredes de ladrillo,
techo de lámina y una champa de lámina, goza de los servicios de agua
y luz eléctrica; inmueble que aún no se encuentra inscrito a favor del
primero de los demandados, pero es perfectamente inscribible por estarlo
su antecedente en la Matrícula número diez millones treinta mil setecientos
cincuenta y seis cero cero cero cero cero asiento siete del Registro de
la Propiedad Raíz de este Departamento.- EL SEGUNDO; una porción
de inmueble de naturaleza rústica, situado en el lugar llamado La Ceiba,
jurisdicción de San Antonio del Monte, de este Departamento, de la ca-
pacidad superfi cial de DOSCIENTOS DIECISEIS METROS, SESENTA
DECIMETROS, CINCUENTA Y UN CENTIMETRO, CINCUENTA
MILIMETROS CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes:
al NORTE diez punto veintiún metros, con propiedad de Maira Idalia
Guevara Ramos; al SUR, diez punto veintiún metros, callejón de un metro
setenta y cinco centímetros de por medio, con propiedad de Marco Tulio
Clemente Peraza; al ORIENTE, veinte punto ochenta y seis metros, con
resto de inmueble que le quedó a la señora Alicia Ramos de Guevara; y
al PONIENTE, veintiuno punto cincuenta y siete metros, con Santiago
Tadeo Lipe, goza de servidumbre de tránsito por el callejón del rumbo
sur que se le prolonga hacia el oriente, para salir a la calle nacional, que
conduce de Sonsonate a Santo Domingo; contiene una casa paredes
de ladrillo techo de lámina; goza de los servicios de agua potable, luz
eléctrica y teléfono; inmueble que aún no se encuentra inscrito a favor
del señor SANTIAGO GUEVARA RAMOS, pero es inscribible por
estarlo su antecedente en la Matrícula número diez millones veintinueve
mil ochocientos uno cero cero cero cero cero asiento tres del Registro
de la Propiedad Raíz de este Departamento.- Y el TERCERO: el resto
que le ha quedado de un inmueble de la misma naturaleza y situación
que el anterior, originalmente de la capacidad superfi cial de setecientos
dos punto noventa y dos metros cuadrados; inmueble del cual se ha
desmembrado una porción, por lo que el resto que le ha quedado es
de la capacidad superfi cial de CUATROCIENTOS OCHENTA Y SEIS
METROS, TREINTA Y UN DECIMETROS, CUARENTA Y OCHO
CENTIMETROS, CINCUENTA MILIMETROS CUADRADOS, y de
los linderos siguientes: al NORTE, con Antonio Ramos; al SUR, callejón
de un metro setenta y cinco centímetros de por medio, con propiedad
de Jorge Herrera Ramos, antes hoy Marco Tulio Clemente Peraza; al
ORIENTE, con propiedades de Deisi Yanira Guevara Ramos, Luis Ernesto
Lira y Rosa Alicia Ramos Salazar; y al PONIENTE: con propiedad de
Maira Idalia Guevara Ramos y con porción vendida a Santiago Guevara
Ramos; en este resto existen dos casas paredes de adobes, techos de lá-
mina, goza de los servicios de agua potable y luz eléctrica; este inmueble
goza de servidumbre de tránsito por el callejón del rumbo sur, que se
prolonga hacia el oriente, para salir a la calle nacional que conduce de
Sonsonate a Santo Domingo; inscrito a favor de la señora Alicia Ramos
Vda. de Guevara, con Matrícula número diez millones veintinueve mil
ochocientos uno cero cero cero cero cero asiento tres del Registro de la
Propiedad Raíz de este Departamento.-
Lo que se hace saber al público para los efectos de ley.-
JUZGADO DE LO CIVIL: Sonsonate, a las doce horas del día veinte
de Julio del año dos mil cinco.- Dr. MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ
DE LO CIVIL. Lic. CECILIA DEL CARMEN CEREN DE ESCOBAR,
SRIO.
3 v. alt. No. F017599-1
DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL
DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN SALVADOR.
HACE SABER: Que por resolución pronunciada en el Juicio
Civil Ejecutivo promovido por el abogado ALEJANDRO ORELLANA
NAJARRO, como apoderado del señor CARLOS ANTONIO LIZANO,
conocido por CARLOS ANTONIO LIZANO SANTAMARIA contra la
señora MARGOTH CIVALLEROS DE BATRES reclamándole cantidad
de colones, se venderá en pública subasta el inmuebles siguientes: PRI-
MERO: “Un lote de naturaleza rústica, situado al Norte de la calle que
de esta ciudad conduce a la Sub-Estación de CEL, en el Volcán de San
Salvador o Calle Motocross, en Jurisdicción de San Antonio Abad en
este Departamento, de una extensión superfi cial de DOS MIL OCHO-
CIENTOS TREINTA Y UN METROS CUADRADOS, CINCUENTA
Y SIETE DECIMETROS CUADRADOS equivalentes a CUATRO MIL
CINCUENTA Y UN VARAS CUADRADAS CUARENTA Y UN CEN-
TESIMOS DE VARA CUADRADA; dicho inmueble tiene la descripción
siguiente: AL PONIENTE; lindando con Julia Viuda de Méndez, se
forman cuatro tramos que se describen a continuación: tramo formado
por los puntos uno y dos, una distancia de diecisiete metros sesenta y
un centímetros, con rumbo Norte cero cero grados cero cinco punto tres
minutos Este; tramo formado por los puntos tres y cuatro, una distancia
de catorce metros, rumbo Norte, cero cuatro grados treinta y cinco punto
dos minutos Este; tramo formado por los puntos cuatro y cinco, distancia
veintitrés metros setenta y cinco centímetros, rumbo Norte cero cinco
grados treinta y cuatro punto nueve minutos Oeste; AL NORTE: lindando
con el Ingeniero Guillermo Borja Nathan, formado por cinco tramos que
se describen así; tramo cinco y seis, con una distancia de cuatro metros
veinticinco centímetros, rumbo Norte setenta y ocho grados treinta y
seis punto seis minutos Este; tramo formado por los puntos seis y siete,
distancia seis metros cuarenta y cuatro centímetros, rumbo Sur cuarenta y
dos grados cuarenta y siete punto nueve minutos Este; tramo formado por
los puntos siete y ocho, distancia diez metros noventa y nueve centímetros
rumbo Norte setenta y dos grados cincuenta y un punto nueve minutos
Este; tramo formado por los puntos ocho y nueve; distancia doce metros
veintiocho centímetros, rumbo Norte cincuenta y cinco grados veinticinco
punto cero minutos Este; tramo formado por los puntos nueve y diez,
distancia nueve metros sesenta y siete centímetros rumbo Sur ochenta
y cuatro grados treinta y siete punto un minutos Este; se llega al lindero
ORIENTE; lindando con terreno propio formado por un tramo entre
los puntos diez y once; distancia ochenta metros ochenta centímetros;
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82 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 368
rumbo Sur cero un grados once punto un minutos Oeste; llegando al
lindero SUR; que linda con Inés Mónico de Cerón, formado por un tramo
entre los puntos once y uno, distancia treinta y seis metros sesenta y dos
centímetros rumbo Sur ochenta y nueve grados cincuenta y ocho punto
ocho minutos Oeste. Inscrita a favor de la deudora en el Registro de la
Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro, de este
Departamento, bajo el Sistema de Folio Real con la Matrícula Número;
CERO UNO - CERO DOS DOS CERO NUEVE CERO-CERO CERO
CERO, Inscripción DOS; ““SEGUNDO: Un inmueble de naturaleza
rústica, situado en jurisdicción de San Antonio Abad, al Norte de la calle
que de esta ciudad conduce a la Sub-Estación de CEL, en el Volcán de
San Salvador o Calle Motocross, de una extensión superfi cial de CIEN-
TO CUARENTA Y SEIS METROS CUADRADOS OCHENTA DECÍ-
METROS CUADRADOS equivalentes a DOSCIENTAS DIEZ VARAS
CUADRADAS; que mide y linda AL PONIENTE: cuatro metros, con
terreno de Julia Viuda de Méndez, AL NORTE treinta y seis metros con
setenta centímetros con terreno propiedad de Joaquín Espinoza y María
Josefa Civallero de Espinoza; AL ORIENTE: cuatro metros con resto del
terreno del cual se desmembró, propiedad de Dolores Ruiz de Cisneros;
AL SUR; treinta y seis metros setenta centímetros con resto del terreno
del cual se desmembró propiedad de Dolores Ruiz de Cisneros. Inscrita
a favor de la deudora en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de
la Primera Sección del Centro, de este Departamento, bajo el Sistema de
Folio Real con la Matrícula Número: CERO UNO-UNO CERO OCHO
NUEVE UNO OCHO-CERO CERO CERO, Inscripción DOS.”
Librado en el Juzgado Cuarto de lo Civil: San Salvador, a las once
horas del día diecinueve de agosto de dos mil cinco. Enmendados: MIL-
Vale.- Dr. DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO
CIVIL. Lic. VICTORINO ALEXANDER PERAZA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F017632-1
EDUARDO JAIME ESCALANTE DIAZ, JUEZ CUARTO DE LO
MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO EN
GENERAL,
HACE SABER: Que en el Proceso Mercantil Ejecutivo promo-
vido por el BANCO DE CREDITO INMOBILIARIO, SOCIEDAD
ANONIMA EN LIQUIDACION, a través de su Apoderado General
Judicial Doctor MAURICIO ROBERTO CALDERON, ahora FONDO
DE SANEAMIENTO Y FORTALECIMIENTO FINANCIERO, a través
de su Apoderado General Judicial Licenciado ALFREDO HERNANDEZ
ORELLANA, contra la FUNDACION KNAPP y el señor SANTIAGO
ANTONIO ORELLANA AMADOR, se venderá en Pública Subasta en
este Tribunal, un lote de terreno de naturaleza rústica, denominado POR-
CION “B”, segregado de uno de mayor extensión, situado en jurisdicción
de Quezaltepeque, Departamento de La Libertad, que se describe así:
Lote de terreno rústico, segregado de una porción de la misma naturaleza
y ubicación, conocida con el nombre de “Las Cuevas”, jurisdicción de
Quezaltepeque, Departamento de La Libertad, conocida como Tablón
“Belvedere Arriba”, de una extensión superfi cial de DIEZ HECTAREAS
MIL CIENTO SETENTA Y DOS METROS CUADRADOS TREINTA
Y UN DECIMETROS CUADRADOS, equivalentes a CATORCE MAN-
ZANAS CUATRO MIL SETECIENTAS CINCUENTA Y SIETE VARAS
CUADRADAS TREINTA Y CUATRO CENTESIMOS DE VARA CUA-
DRADA. Tiene un área de SIETE HECTAREAS CINCO MIL OCHENTA
Y DOS PUNTO TREINTA Y UNA CENTIAREAS, sembrado de árboles
de café y el resto de caminos y calles; un lote con construcción mixta,
que se localiza así: Partiendo del esquinero Suroeste del terreno que se
describe, el cual es asimismo el mojón número nueve del plano respectivo,
sus rumbos y distancias son: AL PONIENTE, línea quebrada compuesta
de cuatro tramos rectos: Primero: Norte, veinticinco grados treinta y un
minutos seis décimos de minuto Este en ciento cincuenta y seis metros
treinta y nueve centímetros; Segundo: Norte, treinta grados veintiséis
minutos dos décimos de minuto Este, en treinta y ocho metros cuarenta
centímetros; Tercero: Norte, veintidós grados diez minutos un décimo
de minuto Este en treinta y ocho metros dieciséis centímetros; y Cuarto:
Norte, treinta y tres grados ocho minutos nueve décimos de minuto Este,
en noventa y seis metros cuarenta y cuatro centímetros lindando en los
cuatro tramos con terrenos antes de Leocadia Melara e Ildefonso Muñoz,
ahora de los señores Demecia Melara, Miguel Chiliceo e Isabel López.
Estos colindantes por la irregularidad del terreno aparecen por el rumbo
Sur del inmueble general; AL NORTE, línea quebrada compuesta de doce
tramos rectos: Primero: Sur, sesenta y ocho grados treinta y seis minutos
Este en treinta y nueve metros treinta y seis centímetros; Segundo: Sur,
sesenta y un grados cuarenta y cuatro minutos cuatro décimos de minuto
Este en cuarenta y dos metros sesenta y siete centímetros; Tercero: Sur,
setenta y seis grados veintiséis minutos dos décimos de minuto Este en
treinta y un metros noventa y siete centímetros; Cuarto: Sur, sesenta y
un grados dieciocho minutos dos décimos de minuto Este en treinta y
nueve metros noventa y seis centímetros; Quinto: Norte, doce grados
cuarenta y cinco minutos ocho décimos de minuto Este, en ciento dieciocho
metros; Sexto: Norte, cincuenta y siete grados dieciocho minutos Este
en cincuenta y ocho metros; Séptimo; Sur, setenta y un grados cuarenta
y un minutos Este en treinta y seis metros setenta y ocho centímetros;
Octavo: Sur, setenta y ocho grados treinta y seis minutos Este en treinta
metros sesenta y un centímetros; Noveno: Sur, quince grados diez minutos
Oeste, en treinta metros cuarenta y cuatro centímetros; Décimo: Sur, dos
grados diez minutos Oeste en treinta y cuatro metros siete centímetros;
Onceavo: Sur, ochenta y cinco grados cuarenta y ocho minutos Este en
dieciséis metros cincuenta y cuatro centímetros; Doceavo: Sur, setenta
y un grados treinta y ocho minutos Este en diecinueve metros setenta y
un centímetros, lindando con terrenos propiedad de la Sociedad El Ma-
torral, Sociedad Anónima de Capital Variable, del señor Genaro Melara
y de la Sociedad El Paso, Sociedad Anónima de Capital Variable, antes
de la Fundación KNAPP; AL ORIENTE, línea quebrada compuesta
de cinco tramos rectos: Primero: Sur, treinta y tres grados treinta y
siete minutos ocho décimos de minuto Oeste en cuarenta y dos metros
cuatro centímetros; Segundo: Sur, veintinueve grados cuarenta y cinco
minutos cuatro décimos de minuto Oeste en treinta y nueve metros doce
centímetros; Tercero: Sur, treinta y cuatro grados trece minutos seis
décimos de minuto Oeste en ciento noventa y un metros setenta y seis
centímetros; Cuarto: Sur, treinta y siete grados cuarenta y siete minutos
nueve décimos de minuto Oeste, en cincuenta y seis metros ochenta y
cinco centímetros; y Quinto: Sur, treinta y cuatro grados cincuenta y un
minutos un décimo de minuto Oeste, en ciento treinta y nueve metros
ochenta y dos centímetros, lindando con terrenos antes de los señores
Pablo Lobato y Leocadia Melara, ahora de los señores Miguel Cordero,
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83DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Septiembre de 2005.
Efraín Hernández, Arcadio Méndez y Rodolfo Méndez; y AL SUR, línea
quebrada compuesta de cuatro tramos rectos: Primero: Norte, cincuenta
y ocho grados cuarenta y ocho minutos ocho décimos de minuto Oeste
en cuarenta y seis metros cuatro centímetros; Segundo: Norte, sesenta
y dos grados cuarenta y cinco minutos siete décimos de minuto Oeste
en cuarenta y cinco metros diez centímetros; Tercero: Norte, cincuenta
y cuatro grados veintiséis minutos un décimo Oeste en setenta metros
cincuenta centímetros; y Cuarto: Norte, setenta y un grados veintitrés
minutos siete décimos de minuto Oeste, en cincuenta y siete metros
veintisiete centímetros, lindando con terrenos antes de Nazario Lobato
y Estebana Quintanilla, ahora propiedad de los señores Nazario Lobato,
Martín Munguía y Esteban García, llegando así al punto de inicio de la
presente descripción. Dicho inmueble es propiedad de la FUNDACION
KNAPP, según inscripción Número VEINTIUNO del Libro MIL DOS-
CIENTOS CINCO, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas del
Departamento de La Libertad.
Lo que se avisa al público para los efectos legales consiguientes.
Librado en el Juzgado Cuarto de lo Mercantil: San Salvador, a
las nueve horas y veinticinco minutos del día veintinueve de agosto de
dos mil cinco. Lic. EDUARDO JAIME ESCALANTE DIAZ, JUEZ
CUARTO DE LO MERCANTIL. Licda. JACQUELINE JOHANNA
ORTIZ DURAN, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F017643-1
LIC. MORENA CONCEPCION LAINEZ RAMIREZ, JUEZ DE PRI-
MERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,
HACE SABER: que por ejecución promovida por el Licenciado
JULIO VIDAL ALAS RIVAS, en su carácter de Apoderado General
Judicial, de la Caja de Crédito Rural de Chalatenango, Sociedad Coo-
perativa de Responsabilidad Limitada de este domicilio, contra los se-
ñores ANA MIRIAN MENJIVAR RAMIREZ, ESPERANZA SALINAS
MARTINEZ y MAURICIO SIBRIAN ALVARENGA, reclamándoles el
pago de TRES MIL DOSCIENTOS TREINTA Y SEIS DOLARES CON
SESENTA CENTAVOS DE DOLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS
DE AMERICA, más intereses pactados del dieciocho por ciento anual
sobre saldos deudores y el cinco por ciento anual adicional por mora,
ambos pendientes de pago desde el día nueve de Julio del año dos mil
cuatro y costas procesales; se venderá por este Juzgado en PUBLICA
SUBASTA, un inmueble de naturaleza urbana, situado en Residencial
San Luis, jurisdicción de San Salvador, Identifi cado como Apartamento
Número dos-dieciséis, Edicfi cio A-dos, Condominio Parque San Luis,
Número Uno, de una extensión superfi cial de OCHENTA METROS
CUADRADOS CON CINCUENTA DECIMETROS CUADRADOS,
equivalentes a CIENTO QUINCE VARAS CUADRADAS CON DIE-
CIOCHO CENTIMETROS DE VARAS CUADRADAS, la medida cúbica
en la construcción del apartamento es de CIENTO DIECISEIS METROS
CUBICOS, entre el nivel de piso terminado de la losa y cielo falso, para
la descripción nos apoyaremos en vértice sur oeste, ya conocido en la
descripción del edifi cio A-dos, desde el cual se mide una distancia de
cuarenta y tres metros con rumbo Norte catorce grados, dieciocho punto
dos minutos Oeste, para localizar el vértice Sur Este del apartamento que
a continuación de describe: Al Sur Línea quebrada compuesta de seis
tramos, estando los tres primeros en el nivel cero más cero cero cero y
miden el primero de cinco metros cincuenta y nueve centímetros, con
rumbo Norte setenta y cinco grados cuarenta y uno punto ocho minutos
Este; el segundo de noventa y cinco centímetros con rumbo norte ca-
torce grados dieciocho punto dos minutos Oeste; el tercero de ochenta
y cinco centímetros con rumbo Norte, setenta y cinco grados cuarenta y
uno punto ocho minutos Este, lindando con estos tres tramos con Jardín
externo del apartamento número dos-quince del mismo edifi cio A-dos,
acera peatonal de entrada para dichos apartamentos de por medio; al
fi nal del tercer tramo descrito subimos perpendicularmente con una
distancia de dos metros sesenta y cinco centímetros y se llega al nivel
cero más dos punto sesenta y cinco donde se continua con los tres tramos
restantes que miden, el cuarto de un metro quince centímetros con rumbo
norte setenta y cinco grados cuarenta y uno punto ocho minutos Este,
el quinto de dos metros con rumbo Sur catorce grados dieciocho punto
dos minutos Este; el sexto de siete metros cincuenta centímetros con
rumbo Norte setenta y cinco grados cuarenta y uno punto ocho minutos
Este, lindando con apartamento número dos-quince del mismo edifi cio
A-dos, espacio aéreo y pared medianera de por medio; AL ORIENTE:
distancia de seis metros con rumbo norte catorce grados, dieciocho
punto dos minutos Oeste, lindando con apartamento número cero uno
del Edifi cio A-uno, espacio Aéreo de por medio; Al Norte: línea recta de
dos tramos en diferentes niveles, el primero cero más dos punto sesenta y
cinco con una distancia de ocho metros sesenta centímetros, con rumbo
Sur setenta y cinco grados cuarenta y uno punto ocho minutos Oeste,
lindando con apartamento número dos-cero, cuatro y dos-cero, cinco
del Edifi cio “F-Uno”, espacio aéreo de por medio; al fi nal de esta línea
bajamos perpendicularmente con una distancia de dos metros sesenta y
cinco centímetros y se llega al Segundo Nivel cero más cero cero cero,
teniendo este tramo una distancia de seis metros cuarenta centímetros,
con rumbo Sur setenta y cinco grados cuarenta y uno punto ocho minutos
Oeste, lindando con jardín externo del apartamento número dos-cero cinco
del Edifi cio “F-Uno”, acera peatonal y zona verde del condominio en
General de por medio; AL PONIENTE, distancia de cinco metros, con
rumbo Sur, catorce grados dieciocho punto dos minutos este, lindando
con zona verde destinada para el condominio en general, por la parte
baja o piso, linda con apartamento número Uno-Dieciséis del mismo
Edifi cio “A-Dos”, obra gruesa de por medio, por la parte alta cielo falso,
linda con espacio aéreo, techo de por medio.
El inmueble está inscrito en el Registro de la Propiedad Raíz e
Hipotecas de la Primera Sección del Centro de la ciudad de San Salvador,
a la Matrícula número SEIS CERO CERO TRES DOS OCHO TRES
SIETE-A CERO CERO TRES DOS, Asiento TRES de Propiedad.-
Lo que se hace del conocimiento del público, para que todo aquel
que tuviere interés en la venta en PUBLICA SUBASTA del inmueble
descrito, comparezca a este Tribunal, a hacer posturas en la fecha y hora
que oportunamente se señalará.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Chalatenango, a las diez
horas del día treinta de Agosto del dos mil cinco. Lic. MORENA CON-
CEPCION LAINEZ RAMIREZ, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.
Lic. SANTIAGO HERNANDEZ GARCIA, SECRETARIO. INTO.
3 v. alt. No. R002972-1
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84 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 368REPOSICION DE CERTIFICADO
AVISO
EL BANCO HIPOTECARIO DE EL SALVADOR S.A. Comunica que a sus ofi cinas se ha presentado el propietario del Certifi cado de Depósito a Plazo Fijo # 20260026553 en Suc. Aeropuerto emitido el día 16/04/2002 a un plazo de 90 días el cual devenga el 2.00% de interés anual, solicitando la reposición de dicho certifi cado, por habérsele extraviado.
En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público para los efectos legales del caso.
Transcurridos treinta días después de la tercera publicación de este AVISO y si no hubiere ninguna oposición, se procederá a reponer el Certifi cado en referencia.
San Salvador, 08 de Septiembre del dos mil cinco.
LEVI SOTO HERRERA,
JEFE DE DEPOSITOS.
3 v. alt. No. F017630-1
AVISO
El Banco Cuscatlán S.A.,
COMUNICA: Que a sus ofi cinas ubicadas en Km 10 Carretera a Santa Tecla, se ha presentado el propietario de CERTIFICADO DE DEPÓSITO A PLAZO FIJO DOLARES Número 015PLA000000316, solicitando la reposición de dicho CERTIFICADO por TRESCIENTOS CUARENTA Y DOS 86/100 DOLARES (US$342.86) TRESCIENTOS CUARENTA Y DOS 86/100 DOLARES.
En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento al público en general, para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta días después de la tercera publicación de este aviso y si no hubiere ninguna oposición, se procederá a reponer el certifi cado en referencia.
SOYAPANGO, 13 de septiembre de 2005
GLORIA LUZ BARAHONA,
BANCO CUSCATLAN S.A.
AGENCIA UNICENTRO.
3 v. alt. No. F017992-1
AUMENTO DE CAPITAL
AVISO DE AUMENTO DE CAPITAL
En Junta General extraordinaria de la sociedad Constru-Ambientes So-ciedad Anónima de Capital Variable, en esta ciudad a las nueve horas del día diez de agosto del corriente año por unanimidad se acordó aumentar el capital social suscrito de la sociedad de $ 18,653.76 a $ 200,000.00. Designando ejecutor especial del acuerdo al Sr. Carlos Francisco Pereira Urbina, Administrador Único.
Lo que se hace saber al público para los efectos legales consiguien-tes.
San Salvador, a los ocho días del mes de septiembre del dos mil cinco.
CARLOS FRANCISCO PEREIRA,
EJECUTOR ESPECIAL.
3 v. alt. No. R002977-1
MODIFICACION DE PACTO SOCIAL
Yo, Raúl Alfredo Saca López en mi calidad de Administrador único propietario, certifi co que en el libro de actas de Junta General Extraor-dinaria de Accionistas de la sociedad Importaciones Pecuarias R. Saca, S.A de C.V se encuentra el acta número dos, en la cual se trató como punto único la Modifi cación de la Razón Social, el cual literalmente dice de la siguiente manera: II. Se sometió a discusión de los accionistas la conveniencia de modifi car la Razón Social de la Sociedad, proponiéndose y aprobándose unánimemente que se pueda abreviar IMPERSACA, S.A de C.V, al mismo tiempo se autoriza a Raúl Alfredo Saca López para que formalice ante notario dicho acuerdo.
Se extiende la presente certifi cación en la ciudad de San Salvador, el día seis de julio del año dos mil cinco.
RAUL ALFREDO SACA LOPEZ,
3 v. alt. No. F017596-1
REPOSICION DE LIBROS
El Infrascrito Director General del Registro de Asociaciones y Funda-ciones sin Fines de Lucro, del Ministerio de Gobernación,
HACE CONSTAR: Que a esta Dirección se ha presentado el Señor Francisco Batarse, en concepto de Presidente de la Asociación al Rescate de los Animales (ARANI), a manifestar se han extraviado los Libros de Ingresos y Egresos; Libro de Sesiones de Junta Directiva; Libro de Actas de Asamblea General y Libro de Registro de Miembros, y que en tal sentido viene a dejar constancia de dicha pérdida. Lo que se hace saber al público en general para los efectos de ley, y se emplaza a toda persona interesada a oponerse a lo manifestado por el Presidente de dicha entidad, para que en el término de quince días contados desde el siguiente de la última publicación en el Diario Ofi cial, se presente a esta Dirección a justifi car la oposición, en su caso, con la prueba pertinente.
San Salvador, veintidós de agosto del año dos mil cinco.
Lic. ROBERTO ANTONIO URRUTIA CACERES,
DIRECTOR GENERAL.
1 v. No. F017592
ESCRITURA SOCIAL
El infrascrito Notario, para efectos del Art. 111 del Código de Comer-cio, hace del conocimiento del público que ante sus ofi cios y otorgada a las dieciséis horas y quince minutos del día tres de diciembre de dos mil cuatro, se constituyó la sociedad de Responsabilidad Limitada, de
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85DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Septiembre de 2005.
nacionalidad Salvadoreña que girará bajo la denominación de MDK, LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE, que podrá abreviarse MDK LTDA. DE C.V.; que su domicilio y el principal asiento de su negocios será la ciudad de San Salvador, Departamento de San Salvador y que el capital social de fundación de la misma es de CIENTO VEINTE MIL COLONES; corresponden al capital mínimo CIENTO VEINTE MIL COLONES, representado y dividido en DOS participaciones sociales una con valor de CIENTO DIECINUEVE MIL CUATROCIENTOS COLONES y la otra con un valor de SEISCIENTOS COLONES, de una misma categoría que confi eren a sus tenedores derechos según sus proporciones. Dicha Sociedad se encuentra inscrita en el Registro de Comercio al número TREINTA Y CUATRO del Libro MIL NOVE-CIENTOS OCHENTA Y UNO de Registro de Sociedades, con fecha siete de diciembre del dos mil cuatro.
Para los usos de ley extiendo la presente en San Salvador, el día nueve de septiembre del año dos mil cinco.
LUIS ALONSO MEDINA LOPEZ,
NOTARIO.
3 v. alt. No. F017597-1
REPOSICION DE POLIZA DE SEGURO
AVISO
“AIG, S.A., SEGUROS DE PERSONAS”, Compañía de Seguros, hace del conocimiento del público en general que a sus ofi cinas se ha presentado ISIS JANETT AYALA RUBALLO, Ingeniero Electricista, del domicilio de San Salvador, solicitando la Reposición de la Póliza No. VO-31.510, emitida por esta Compañía a su favor, con fecha 25 de octubre de 1995. Si dentro de treinta días, contados a partir de la fecha de la última publicación de este aviso, no se presentare oposición, la Compañía procederá a reponer la mencionada Póliza.
San Salvador, ocho de septiembre del dos mil cinco.
GLADYS L. AGUILAR DE GRANADOS,
SUSCRIPCION SEGUROS DE PERSONAS.
3 v. alt. No. F017576-1
DE SEGUNDA PUBLICACIÓN
ACEPTACION DE HERENCIA
DOCTOR JULIO CESAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO,
HACE SABER: Que por resolución de las catorce horas veinticinco minutos del día veintidós de abril del año dos mil cinco, se ha tenido por aceptada expresamente con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción ocurrida a las doce horas con treinta minutos del día dos de junio del año dos mil uno en el Cantón El Junquillo, Colonia Las Viñas, jurisdicción de esta ciudad, su último domicilio dejó el señor CARLOS HUMBERTO CHICAS; de parte de la señora ANA MARIA CRUZ VIUDA DE CHICAS, en su calidad de cónyuge sobreviviente del causante y además en su carácter de cesionaria de los derechos hereditarios que en la sucesión les correspondía a los señores MARIA CANDELARIA CHICAS o MARIA CANDELARIA CHICAS MARTINEZ o CANDE-LARIA CHICAS o MARIA CANDELARIA CHICAS DE RIVAS, y CARLOS HUMBERTO CHICAS CRUZ, la primera como madre y el segundo como hijo del causante; y se ha nombrado interinamente a la aceptante representante y administradora de la sucesión con las facultades y restricciones de los curados de la herencia yacente.
Lo que se pone en conocimiento del público, para los efectos de Ley.-
JUZGADO DE LO CIVIL: AHUACHAPAN, a las CATORCE horas cincuenta minutos del día diez de junio del año dos mil cinco.- Dr. JULIO CESAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL. INOCENTE GRANILLO CASTELLON, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F017044-2
EL INFRASCRITO JUEZ, Al público para los efectos de ley,
HACE SABER: Que por resolución de las quince horas de este día, se ha tenido por aceptada, expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que dejó el señor DANIEL DE JESUS GONZALEZ, al fallecer el día treinta de abril del corriente año, en Cantón La Anchila, Caserío El Congo, jurisdicción de Concepción Batres, Departamento de Usulután, lugar que tuvo como último domicilio, de parte de la señora MARIA DE LOS ANGELES CRUZ PLATERO, conocida por MARIA DE LOS ANGELES CRUZ y por MARIA DE LOS ANGELES CRUZ DE GONZALEZ, en calidad de cónyuge sobreviviente del causante; confi riéndosele la administración y representación interina de la suce-sión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.-
Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a deducirlo en el término de quince días después de la tercera publicación de este edicto.-
Librado en el Juzgado de lo Civil: Usulután, a los veintitrés días del mes de agosto del dos mil cinco.- Lic. JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. MIRNA MARISOL SIGARAN HERNANDEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F017051-2
JOAQUIN FRANCISCO MOLINA LINARES, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO,
HACE SABER: Que por resolución de este juzgado de las doce horas de esta fecha, se ha tenido por aceptada expresamente y con Benefi cio de Inventario de parte de los señores ALICIA VELASQUEZ VIUDA DE JIMENEZ, JOSE ARTURO VELASQUEZ JIMENEZ, EDITH VELASQUEZ DE AREVALO, SARA VELASQUEZ JIMENEZ, HAYDEE JIMENEZ VELASQUEZ Y BERSABE JIMENEZ VELASQUEZ, la herencia intestada que a su defunción dejó el señor SANTOS JIMENEZ GOMEZ conocido por SANTOS JIMENEZ, quien fue de sesenta años de edad, Agricultor en pequeño, fallecido a las veinte horas del día veinte de marzo del año dos mil, en el Progreso República de Guatemala, siendo la Población de El Refugio de este distrito su último domicilio, en concepto la primera de cónyuge del causante y los demás como hijos del mismo de cujus; se les ha conferido a los aceptantes en el carácter dicho la administración y representación interinas de la su-cesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Lo que se hace saber al público para los efectos de ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Atiquizaya, a las doce horas y treinta minutos del día dos de septiembre del año dos mil cinco. Lic. JOAQUÍN FRANCISCO MOLINA LINARES, JUEZ DE PRIME-RA INSTANCIA. MANUEL IGNACIO CÁRCAMO RODRIGUEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F017151-2
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86 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 368JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY
HACE SABER: Que por la resolución de las catorce horas y treinta y cinco minutos del día veintisiete de julio de dos mil cinco, se tuvo por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la HERENCIA INTESTADA de los bienes que a su defunción dejó el causante ALFREDO MALAQUIAS FUENTES conocido por ALFREDO MALAQUIAS FUENTES HERNANDEZ, ALFREDO FUENTES HERNANDEZ y por ALFREDO FUENTES, quien falleció en el Hospital Divina Provi-dencia, San Salvador, a las veintiún horas del día dieciséis de febrero de dos mil cinco, siendo su último domicilio esta Ciudad; por parte de la señora ISABEL RIVAS AVALOS DE FUENTES conocida por ISABEL RIVAS, REYNA ISABEL RIVAS, REYNA ISABEL RIVAS AVALOS y por ISABEL RIVAS AVALOS, en su concepto de cónyuge sobreviviente del Causante.
Habiéndose conferido además a la aceptante en el carácter antes indicado la ADMINISTRACION Y REPRESENTACION INTERINAS de la Sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Y CITA: A todas las personas que se crean con derecho a la referida herencia, para que se presenten a este Juzgado a deducirlo dentro del término de quince días contados a partir de la última publicación del presente Edicto.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Mejicanos, a las catorce horas y cincuenta minutos del día veintisiete de julio de dos mil cinco. Lic. JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. LILIAN ESTELA HERNANDEZ AGUIRRE, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F017161-2
EL INFRASCRITO JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE SUCHITOTO. Al público para los efectos de ley,
HACE SABER: Que según resolución pronunciada por este tribunal a las diez horas y treinta y cinco minutos de esta misma fecha, del pre-sente mes y año, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejara el señor MELITON MOZO conocido por MELITON MOZ y por MELITON MOZO RUANO, quien falleció el día dieciséis de febrero del dos mil cuatro, en Oratorio de Concepción, siendo éste su último domicilio; de parte de la señora ENRIQUETA MOZO DE ESCOBAR, quien actúa en su concepto de hija sobreviviente de dicho causante.
Se le ha conferido a la aceptante la administración y representación interina de los bienes sucesorales con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente, se citan a todas las personas que se crean con derecho a la herencia antes mencionada para que se presenten a este tribunal a deducirlo en el término de quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación del presente edicto.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Suchitoto, a las diez horas y cuarenta minutos del día uno de septiembre del dos mil cinco. Lic. OSWALDO DAGOBERTO ARGUETA FUNES, JUEZ DE PRI-MERA INSTANCIA. Licda. JUANA DE JESUS FIGUEROA COCA, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F017215-2
EL INFRASCRITO JUEZ, AL PUBLICO, para los efectos de Ley,
HACE SABER: Que por resolución de las catorce horas de este día, se ha tenido por ACEPTADA EXPRESAMENTE Y CON BENEFICIO DE INVENTARIO EN LA HERENCIA INTESTADA, dejada al fallecer por el señor ARTURO DE JESUS AREVALO RAMOS, el día veintiséis de noviembre de de dos mil, en Jiquilisco, siendo San Francisco Javier el lugar de su último domicilio; por parte de la señora JESUS DIAZ VIUDA DE AREVALO, en su calidad de esposa sobreviviente del causante.
Confi éresele a la heredera declarada la administración y represen-tación interina de la sucesión intestada con las facultades y restricciones de Ley.
Fíjese y Publíquese los edictos respectivos citando a los que se crean con derecho a la herencia para que se presente a deducirlo en el término de Ley.
Posteriormente extiéndase la certifi cación solicitada.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Jiquilisco, a los veintiséis días del mes de mayo de dos mil cinco. Lic. MANUEL DE JESUS SANTOS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Licda. SILVIA YANETH MEJIA HERNANDEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F017216-2
RODOLFO ERNESTO CHACON, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA ANA, AL PUBLICO,
HACE SABER: Que por resolución proveída en este Tribunal a las diez horas y quince minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de parte de la señora MIRNA DEL ROSARIO AYALA MORAN la sucesión intestada del causante señor ERNESTO ANTONIO AYALA ZAVALETA o ERNESTO AYALA, quien fue de sesenta y cinco años de edad, empleado, fallecido el día diecinueve de diciembre de dos mil, en el Hospital Médico Quirúrgico del Seguro Social de la ciudad de San Salvador, habiendo sido esta ciudad el lugar de su último domicilio.- La aceptante antes nombrada es hija del referido causante, y en ese carácter se le confi ere la administración y representación INTERINA de esta sucesión, con las facultades y restricciones de ley.-
Lo anterior se hace del conocimiento del público para que todo aquel que se considere con derecho a esta sucesión, se apersone a este Tribunal a deducirlo dentro de los quince días subsiguientes a la tercera publicación de este edicto.-
Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: Santa Ana, a las diez horas y treinta minutos del día nueve de agosto de dos mil cinco.- Dr. RODOLFO ERNESTO CHACON, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL. Br. ELBA LUZ LEMUS DE CHAVEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F017223-2
CARLOS WILFREDO GARCIA AMAYA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO.
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal a las nueve horas y diez minutos del día veinticinco de folio de dos mil cinco, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la sucesión testada que a su defunción dejó el causante JOSE RICARDO LOPEZ, conocido por RICARDO LOPEZ y por RICARDO LOPEZ
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87DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Septiembre de 2005.
CARRANZA, quien fue de sesenta y ocho años de edad, motorista, soltero, de nacionalidad salvadoreña, originario de Soyapango, hijo de ELVIRA LOPEZ, quien falleció el día diecinueve de septiembre de mil novecientos noventa y ocho, siendo su último domicilio Soyapango; de parte de: MAURA GLORIA MEZA ALVARADO conocida por GLORIA MEZA ALVARADO, de cincuenta y cinco años de edad, de Ofi cios Domésticos, del domicilio de Soyapango; RICARDO ALFREDO LOPEZ MEZA, de treinta y siete años de edad, motorista, del domicilio de Soyapango; MARCOS DAVID LOPEZ MEZA, de treinta y un años de edad, empleado, del domicilio de Soyapango; y CARLOS ANDRES LOPEZ MEZA, de veinticinco años de edad, comerciante, del domicilio de Soyapango, la primera en su calidad de Heredera Universal Testamen-taria y los últimos tres en su calidad de legatarios. Confi riéndose a los aceptantes la administración y representación INTERINA de la sucesión testamentaria con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Cítese a los interesados para que dentro del término de quince días posteriores al de la publicación respectiva comparezcan a este Tribunal a deducir sus derechos.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las once horas del día veinticinco de julio de dos mil cinco. Lic. CARLOS WILFREDO GARCIA AMAYA, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. MARIA ESTELA SORIANO NAVARRETE, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F017230-2
DANIEL ORTIZ MARTINEZ, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL:
HACE SABER: Que por resolución dictada en este juzgado a las once horas y cuarenta y cinco minutos del día treinta de Agosto del presente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada dejada a su defunción por el señor VITAL MARTINEZ, quien falleció el día doce de Junio de mil nove-cientos cuarenta y ocho en esta ciudad, siendo su último domicilio esta misma ciudad de parte del señor HECTOR ARMANDO RAMOS o HECTOR ARMANDO RAMOS VALENCIA, en concepto de cesionario de los derechos hereditarios que le correspondían a la señora CARMEN ALICIA RAMOS MARTINEZ ahora DE RENDEROS y por derecho de transmisión que como hija del causante le correspondían a su madre la señora MARIA MARTINEZ VIUDA DE RAMOS. Confi érese al aceptante, la administración y representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Lo que se hace saber al público para los efectos de Ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de San Pedro Masahuat, a los seis días del mes de Septiembre del dos mil cinco. Lic. DANIEL ORTIZ MARTINEZ, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Licda. MARIA ELENA ARIAS LOPEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F017243-2
JOSE ANGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INS-TANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SENSUNTEPEQUE, DE-PARTAMENTO DE CABAÑAS, AL PUBLICO PARA LOS DEMAS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las diez horas de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada, de los bienes que a su defun-ción acaecida el día trece de enero de dos mil cinco, en Sensuntepeque, Departamento de Cabañas, siendo el mismo lugar su último domicilio: dejó el señor SALVADOR BONILLA MENDOZA, conocido por SAL-VADOR BONILLA, quien fue de sesenta y seis años de edad, casado, comerciante, hijo de Cruz Bonilla y Raymunda Mendoza, originario de esta ciudad: de parte de MARIA DOROTEA RAMOS VIUDA DE BONILLA, conocida por MARIA DOROTEA RAMOS DE BONILLA, MARIA DOROTEA RAMOS y por DOROTEA RAMOS, en calidad de cónyuge del causante. Habiéndosele conferido a la aceptante la ad-ministración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
SE CITA a quienes se consideren con derecho en la referida suce-sión, a fi n de que comparezcan a este Tribunal a deducir tal circunstancia, dentro del plazo de quince días contados a partir del siguiente al de la última publicación de este edicto.
Juzgado de Primera Instancia: Sensuntepeque, a los dos días del mes de septiembre de dos mil cinco. Lic. JOSE ANGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Br. GLADIS ELIZABETH FLORES DE ALFARO, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F017252-2
JOSE ANGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INS-TANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SENSUNTEPEQUE, DE-PARTAMENTO DE CABAÑAS, AL PUBLICO PARA LOS DEMAS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las doce horas de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada de los bienes que a su defun-ción, acaecida el día veintinueve de octubre de mil novecientos noventa y ocho, en Los Baños, condado de La Merced, Estado de California, Estados Unidos de Norte América, siendo Sensuntepeque, Departamento de Cabañas su último domicilio; dejó el señor JOSE ALFREDO DIAZ, quien fue de cuarenta y ocho años de edad, casado, agricultor, hijo de Evangelina Díaz, originario de Ciudad Dolores, Departamento de Ca-bañas; de parte de la señora SANTOS GARCIA VIUDA DE DIAZ, en calidad de cónyuge del causante. Habiéndosele conferido a la aceptante la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
SE CITA a quienes se consideren con derecho en la referida suce-sión, a fi n de que comparezcan a este Tribunal a deducir tal circunstancia, dentro del plazo de quince días contados, a partir del siguiente al de la última publicación de este edicto.
Juzgado de Primera Instancia: Sensuntepeque, a los cinco días del mes de septiembre de dos mil cinco. Lic. JOSE ANGEL POSA-DA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Br. GLADIS ELIZABETH FLORES DE ALFARO, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F017258-2
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OSCAR NEFTALI ESCOLERO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución proveída con fecha nueve de los corrientes, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó la señora MARIA MARGARITA GONZALEZ, conocida por MARGARITA GONZALEZ, quien fue de ochenta y tres años de edad, de ofi cios domésticos, origi-naria de esta ciudad, lugar de su último domicilio, soltera, hija de María Candelaria González y de padre ignorado, Salvadoreña; falleció aquélla a las dos horas del día veintiséis de Diciembre de mil novecientos noventa y cuatro; de parte del señor JOSE SERGIO GONZALEZ, en concepto de hijo de la causante.-
Confi éresele al aceptante declarado en el carácter aludido la ad-ministración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la herencia yacente; y, CITA, a los que se crean con derecho a la herencia referida, para que se presenten a deducirlo dentro del término de quince días, a partir del siguiente al de la tercera publicación del presente edicto.-
Lo que se pone en conocimiento del público, para los efectos de Ley.-
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Jucuapa, a las once horas del día diez de Agosto de dos mil cinco. Lic. OSCAR NEFTALI ESCOLERO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Lic. RODOLFO ANTONIO CASTRO, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F017282-2
JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Al público para efectos de ley que por resolución de este Juzgado de las catorce horas y cincuenta minutos del día veinti-nueve de abril de dos mil cuatro; Se ha tenido por aceptada expresamente y con Benefi cio de Inventario de parte de la señora MARIA JULIA HERNANDEZ DE MARROQUIN la herencia testamentaria que a su defunción dejó el causante señor GILBERTO MARROQUIN DE LEON quien falleció en esta ciudad, su último domicilio, el día uno de agosto de mil novecientos noventa y nueve. Y se ha conferido a los aceptantes la administración y representación interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.
Por lo anterior se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a este Tribunal a deducirlo en el término de quince días contados a partir desde el siguiente a la tercera publicación del presente edicto.
Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Salvador, a las diez horas con treinta minutos del día cinco de mayo de dos mil cuatro. Lic. JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL. Lic. TATIANA VILMA MERCEDES CACERES DE ALAS, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F017301-2
ROBERTO EDMUNDO ALEJANDRO JIMENEZ MOLINA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE LA CIUDAD DE ARMENIA.
HACE SABER: Que a las catorce horas con diez minutos de este día se emitió resolución en la cual se tuvo por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada dejada por la causante
BERTILA DE PAZ PEREZ conocida por BERTILA PEREZ y BERTI-LA DE PAZ, quien falleció a las diecisiete horas y treinta minutos del día diecisiete de noviembre del año de mil novecientos noventa y uno; en el Caserío Curazao de la Jurisdicción de Jayaque, siendo este lugar su último domicilio y residencia; de parte de la señora MARIA MAG-DALENA CRESPIN DE DE PAZ, en su calidad de CESIONARIA de los derechos que en concepto de hijos de la causante, les correspondían a los señores JOSE ANTONIO PEREZ y JOSE ALBERTO DE PAZ MOLINA. SE LE HA CONFERIDO A LA HEREDERA DECLARADA EN EL CONCEPTO ANTES INDICADO LA ADMINISTRACION Y REPRESENTACION INTERINAS DE LA SUCESION CON LAS FACULTADES Y RESTRICCIONES DE LOS CURADORES DE LA HERENCIA YACENTE.
Lo que se avisa al público en general para los efectos de ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la Ciudad de Armenia, a los veinticuatro días del mes de agosto del año dos mil cinco. Lic. ROBERTO EDMUNDO ALEJANDRO JIMENEZ MOLINA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Lic. RAFAEL ANTONIO CUELLAR ANGEL, SECRETARIO.
3 v. alt. No. R002911-2
JOSE ANGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INS-TANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SENSUNTEPEQUE, DE-PARTAMENTO DE CABAÑAS, AL PUBLICO PARA LOS DEMAS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a las doce horas de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada de los bienes que a su defunción, acaecida el día nueve de marzo de dos mil cinco, en Sensuntepeque, Departamento de Cabañas, siendo el mismo lugar su último domicilio; dejó el señor RAUL DIAZ CASTRO, conocido por RAUL DIAZ, quien fue de sesenta y dos años de edad, casado, agricultor, hijo de Raymundo Díaz y María Evangelina Castro de Díaz, conocida por Evangelina Castro, originario de Ciudad Dolores, Departamento de Cabañas; de parte de MARIA FRANCISCA LARREYNAGA DE DIAZ, hoy VIUDA DE DIAZ, en calidad de cónyuge del causante y como ce-sionaria de los derechos hereditarios que en calidad de hijos del mismo les corresponden a los señores RIGOBERTO DIAZ LARREYNAGA, ANA VILMA DIAZ DE AMAYA, RAYMUNDO SALVADOR DIAZ LARREYNAGA, DORA ARGENTINA DIAZ DE GALDAMEZ, ROSA HAYDEE DIAZ LARREYNAGA y ELMER NEFTALI DIAZ LARREYNAGA, representada por la Licenciada ROSA HAYDEE DIAZ LARREYNAGA, como Apoderada General Judicial con Cláu-sula Especial. Habiéndosele conferido a la aceptante la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
SE CITA a quienes se consideren con derecho en la referida suce-sión, a fi n de que comparezcan a este Tribunal a deducir tal circunstancia dentro del plazo de quince días, contados a partir del siguiente al de la última publicación de este edicto.
Juzgado de Primera Instancia: Sensuntepeque, a los un días del mes de septiembre de dos mil cinco. Lic. JOSE ANGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Br. GLADIS ELIZABETH FLORES DE ALFARO, SECRETARIA.
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TITULOS DE PROPIEDAD
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,
HACE CONSTAR: Que en esta fecha se ha presentado el Licenciado
SALVADOR DE JESUS TOBAR RUIZ, de treinta y seis años de edad,
Abogado y Notario, del domicilio de la ciudad de Santa Ana y el de San-
tiago de la Frontera, ambos de este Departamento, con Documento Unico
de Identidad número cero cero ciento cincuenta y un mil ochocientos
ochenta y ocho- seis, expedido en Texistepeque el día diez de Enero del
año dos mil dos, con vencimiento el día diez de Enero del año dos mil
siete, con Número de Identifi cación Tributaria cero doscientos doce- cero
cuarenta mil ciento sesenta y seis- cero cero uno- seis, actuando en nom-
bre y representación en su concepto de Apoderado General Judicial, con
Claúsula Especial, del señor RAUL ARCIDES LINARES CALIDONIO,
de setenta y tres años de edad, Mecánico Automotriz, del domicilio de
Santiago de la Frontera de este Departamento, con Documento Unico
de Identidad número: cero tres siete tres cuatro siete ocho cinco-siete,
expedido en Santa Ana, el día veintitrés de Mayo del presente año, con
vencimiento del día veintitrés de Mayo del año dos mil diez, con Nú-
mero de Identifi cación Tributaria: cero dos uno dos-uno cero uno uno
tres uno-uno cero uno-cinco; solicitando en nombre de su representado
Título de Propiedad de un terreno urbano, situado en el Barrio El Centro,
Calle a la Cancha de Fútbol, de la población de Santiago de la Frontera,
de este Departamento, de una Extensión Superfi cial de DOSCIENTOS
SETENTA Y TRES METROS CUADRADOS, OCHENTA Y DOS
DECIMETROS CUADRADOS, SESENTA Y UN CENTIMETROS
CUADRADOS, con las medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE:
en dos tramos rectos: el Primero de diez punto cuarenta y dos metros;
el Segundo de cinco punto diez metros, linda por este lado con Calle
Nacional y urbana de por medio con Antonio de Jesús Linares Portillo;
AL SUR: dieciocho punto sesenta y tres metros, linda por este lado con
callejón de entrada de por medio con Hortensia Linares Calidonio; AL
PONIENTE: catorce punto noventa y seis metros, linda por este lado
con Julia Salguero; y AL NORTE: dieciséis punto ochenta y un metros,
linda por este lado con Benedicta Martínez. No es predio dominante
ni sirviente, no tiene cargas de derechos reales que pertenezcan a otras
personas, ni está en proindivisión con nadie.- Lo hubo por compra que
le hiciera a los señores Domingo de Jesús Trujillo Martínez, Petrona
Martínez, y Eustaquio Martínez Linares, en el año de mil novecientos
sesenta y seis. Que lo estima en la cantidad de MIL DOLARES, de los
Estados Unidos de América. Todos los colindantes son del domicilio de
Santiago de la Frontera de este Departamento. Se avisa al público para
efectos de Ley.
Alcaldía Municipal de Santiago de la Frontera, Santa Ana, diez
de Agosto del año dos mil cinco.- ROBINS GRANILLO PAYES, AL-
CALDE MUNICIPAL DEPOSITARIO.- JOEL ESTRADA VALIENTE,
SECRETARIO MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F017086-2
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado el señor JUAN HERNANDEZ MÁRMOL, de sesenta y cinco años de edad, Jornalero, de este domicilio, con Documento Único de Identidad cero trescientos ochenta y siete mil trescientos treinta - cinco. Solicitando a su favor TITULO DE PROPIEDAD de un Inmueble de NATURALE-ZA RUSTICA, situado en el Cantón Candelaria, jurisdicción de San Francisco Chinameca, Depto. La Paz, de una extensión superfi cial de UN MIL DOSCIENTOS SESENTA Y NUEVE PUNTO CERO UN METROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias siguientes: AL NORTE: linda con Mauricio Cruz Rojas, carretera Panorámica de por medio en veintiséis metros veintidós centímetros. AL ORIENTE: linda con Ezequiel Martínez Cardona, en cincuenta y un metros treinta y nueve centímetros. AL SUR: Linda con LUPARIA PEREZ, en cuarenta y un metros veinte centímetros y AL PONIENTE: con Miguel Angel García, en treinta metros ochenta y ocho centímetros. Todos los colindantes son de este domicilio. Lo valúa en UN MIL CIENTO CUARENTA Y DOS PUNTO OCHENTA Y SEIS DOLARES. Lo adquirió por compra que hizo a Pablo Mármol Pérez, según Documento ante Testigos Miguel Pérez Martínez y Salvador García, que unida a la posesión de su antecesor data más de treinta años consecutivos, el predio no es dominante, no tiene cargas, ni derechos reales de ajena pertenencia, ni está en proindivisión con nadie. Se avisa al Público para efectos de Ley.
Alcaldía Municipal: San Francisco Chinameca, Depto. La Paz, a veinte de mayo de dos mil cinco.- ELIEZER MARTINEZ CORTEZ, ALCALDE MUNICIPAL.- MARTA EVELINA RIVAS, SECRETARIO MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F017147-2
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado la señora ROSA MELIDA ROJAS DE MELGAR, de veintinueve años de edad, cos-turera, del domicilio de Apopa, Depto. De San Salvador, de nacionalidad Salvadoreña, con Documento Único de Identidad Número cero cero treinta y cinco- treinta y seis, cero nueve- dos. Solicitando a su favor TITULO DE PROPIEDAD de Un Inmueble de naturaleza URBANA, situado en el Barrio San Francisco de San Francisco Chinameca, Departamento de La Paz, de una extensión superfi cial de DOS MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y UNO. Con sus medidas y colindancias siguientes: AL NORTE: con terreno de Magdaleno Peña y Damiana Rojas Rojas, mide veinticinco metros cincuenta centímetros. AL ORIENTE: con terreno de Elisa Martínez Blanco, mide ochenta y siete metros noventa centíme-tros. AL SUR: Con terreno de Agustín Letona, en treinta y ocho metros, sesenta centímetros y AL PONIENTE, con terreno de José Hermógenes González Cruz, con ambos camino vecinal de por medio. Mide noventa y seis metros sesenta y seis centímetros. Todos los colindantes son de este domicilio. Lo valúa en UN MIL CIENTO CUARENTA Y DOS PUNTO OCHENTA Y SEIS DOLARES. Lo adquirió por compra que hizo a Benedicto Rojas, el día diecinueve de junio de mil novecientos noventa y ocho. Según Escritura Pública número doscientos veinte, ante
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el Notario: Ricardo Mejía Angulo, que unida a la posesión de su ante-cesor data más de quince años consecutivos El predio no es dominante, no es sirviente, no tiene cargas, ni derechos reales de ajena pertenencia, ni está en proindivisión con nadie.
Se avisa al público para efectos de Ley.
Alcaldía Municipal: San Francisco Chinameca, Depto. La Paz, a veinte de mayo de dos mil cinco.- ELIEZER MARTINEZ CORTEZ, AL-CALDE MUNICIPAL.- MARTA EVELINA RIVAS, SRIO. MPAL.
3 v. alt. No. F017149-2
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado el señor Orlando Ardón Vanegas, mayor de edad, Agricultor de este domicilio, solicitando Título de Propiedad de un terreno rústico, situado en el Cantón Llano Grande de esta jurisdicción, constante: de VEINTISEIS MIL CIENTO SESENTA METROS CUADRADOS, de colindancias siguientes: AL NORTE: lindando con propiedad de Paz Escamilla Escobar y Matilde Escamilla Escobar; AL ORIENTE: colindando con Melitón Mozo, AL SUR: colindando con Manuel Marroquín Rivas y AL PONIENTE: colindando con propiedad del solicitante. El terreno descrito no es dominante si sirviente, no tiene cargas ni derechos reales que pertenezcan a otra persona; el inmueble lo estima en CINCUENTA Y SIETE MIL CIENTO CUARENTA Y DOS DOLARES OCHENTA Y SEIS CENTAVOS, todos los colindantes son de este domicilio, y el inmueble lo hubo por compra que le efectuó al señor José Ariel Sánchez Jovel, según escritura privada en el mes de octubre del año dos mil, que no la presentó por haberla extraviado.
ALCALDIA MUNICIPAL DE SAN JOSE GUAYABAL, a los veintisiete días del mes de julio del dos mil cinco.- Ing. MAURICIO ARTURO VILANOVA VAQUERO, ALCALDE MUNICIPAL.- MIRIAN ESTELA MELARA DE BENÍTEZ, SECRETARIA MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F017200-2
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,
HACE SABER: Que la señora REINA DE LOS ANGELES CARDOZA VIUDA DE SALINAS, mayor de edad, de ofi cios domésticos, viuda, de este domicilio, con Documento Único de Identidad Número cero cero seis cinco siete cinco cinco cero guión ocho, solicita a su favor Título de Propiedad Municipal de un inmueble de naturaleza urbana, que posee en forma quieta, pacífi ca e ininterrumpida, en los suburbios del Barrio La Cruz, 8ª Avenida Sur, Calle a las Pilas de San Juan, de esta ciudad de una extensión superfi cial de: DOSCIENTOS SESENTA Y UNO PUNTO SESENTA Y TRES METROS CUADRADOS, de los
linderos siguientes: AL NORTE, con propiedad de Fermín Antonio Cas-tillo Orellana; AL ORIENTE, María Elena Gutiérrez Ramos y Tomás Alberto López; AL SUR, Ambrosio de Jesús De Paz Lovo, calle de por medio; y AL PONIENTE, con propiedad de Francisca Hernández Can-tarero. Lo hubo por posesión material de parte de su esposo señor Tomás Alberto Salinas Valencia, los colindantes son todos de este domicilio.
Alcaldía Municipal: San Juan Opico, a once días del mes de julio de dos mil cinco.- Ing. ROMEO JOSÉ BARILLAS, ALCALDE MUNICIPAL. SALVADORA PALACIOS MOLINA, SECRETARIA MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F017256-2
TITULOS SUPLETORIOS
ULISES MENJIVAR ESCALANTE, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL AL PUBLICO:
HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado la Licenciada NORY DEL ROSARIO AVELAR GUTIERREZ, en su carácter de Apo-derada General Judicial de la señora MARIA ALBERTINA SALGUERO GUERRA promoviendo DILIGENCIAS DE TITULO SUPLETORIO, de un inmueble de naturaleza rústica, ubicado sobre la Calle a San Fernando, suburbios del Barrio San José de este municipio, de una de extensión superfi cial de DE UNA HECTAREA CINCUENTA Y CINCO AREAS SETENTA Y CINCO PUNTO CUARENTA Y CINCO CENTIAREAS, equivalente a QUINCE MIL QUINIENTOS SETENTA Y CINCO PUN-TO CUARENTA Y CINCO METROS CUADRADOS que se describe así: AL SUR: compuesto de diez tramos, el primero del mojón uno al mojón dos mide sesenta y cuatro punto sesenta y un metros; rumbo sur: cuarenta y ocho grados treinta punta ocho minutos oeste, el segundo del mojón dos al mojón tres mide once punto cuarenta y seis metros; rumbo norte setenta y tres grados cuarenta y seis punto ocho minutos Oeste; el tercero del mojón tres al mojón cuatro mide doce punto veintiséis metros; rumbo norte sesenta y ocho grados veintisiete punto cinco minutos oeste, el cuarto del mojón cuatro al mojón cinco mide veintisiete punto sesenta y siete metros; rumbo norte sesenta y siete grados cuarenta y uno punto nueve minutos oeste, colindando en estos tramos con terreno del señor Carlos Fuente, el quinto del mojón cinco al mojón seis mide once punto ochenta y ocho metros; rumbo norte setenta y cinco grados veintidós punto siete minutos oeste, el sexto del mojón seis al mojón siete mide once punto veintiocho metros; rumbo norte setenta y siete grados once punto siete minutos oeste, el séptimo del mojón siete al mojón ocho mide catorce punto setenta y nueve metros, rumbo norte setenta y ocho grados cuarenta y uno punto cuatro minutos Oeste, el octavo del mojón ocho al mojón nueve mide dieciséis punto treinta y ocho metros, rumbo sur sesenta y cinco grados cuarenta punto tres minutos oeste, el noveno del mojón nueve al mojón diez mide cuarenta y tres punto cuarenta y nueve metros, rumbo Sur treinta y seis grados veinticuatro punto cuatro minutos oeste y el décimo, del mojón diez al mojón once mide dieciséis punto cero ocho metros, rumbo sur cincuenta y cinco grados catorce punto cero minutos oeste colindando en estos tramos con terreno de Carlos Fuentes, quebrada de invierno de por medio; AL PONIENTE: un solo tramo línea recta del mojón once al mojón doce mide sesenta y tres punto cuarenta y ocho metros, rumbo norte cuarenta y cinco grados veinte punto tres minutos Oeste; AL NORTE: compuesto de diez tramos el primero del mojón doce al mojón trece mide cuarenta punto cero uno metros, rumbo norte sesenta y seis grados cero nueve punto ocho minu-
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tos este, el segundo, del mojón trece al mojón catorce mide diecinueve punto veintitrés metros, rumbo norte cero nueve grados, cincuenta y seis punto cinco minutos este, el tercero, del mojón catorce al mojón quince mide sesenta y tres punto cero nueve metros, rumbo norte sesenta y siete grados cincuenta y nueve punto uno minutos este, el cuarto, del mojón quince al mojón dieciséis mide trece punto veintiuno metros, rumbo norte treinta y ocho grados dieciséis punto cero minutos este, el quinto, del mojón dieciséis al mojón diecisiete mide quince punto veintidós metros, rumbo norte sesenta y siete grados cuarenta punto nueve minutos este, el sexto del mojón diecisiete al mojón dieciocho mide diez punto cero tres metros, rumbo norte cuarenta y siete grados veintisiete punto nueve minutos este, el séptimo, del mojón dieciocho al mojón diecinueve mide ocho punto ochenta y seis metros, rumbo norte setenta y nueve grados veinticuatro punto cero minutos este, el Octavo, del mojón diecinueve al mojón veinte mide treinta punto noventa y uno metros, rumbo norte cincuenta y tres grados cincuenta y cuatro punto cinco minutos este, el noveno del mojón veinte al mojón veintiuno mide sesenta y cinco punto cincuenta y cinco metros, rumbo Sur ochenta y nueve grados cincuenta y ocho punto cuatro minutos este, y el décimo, del mojón veintiuno al mojón veintidós mide cuarenta y dos punto treinta y ocho metros, rumbo Norte ochenta y cuatro grados cuarenta y tres punto dos minutos oeste, en todos estos tramos linda con terreno propiedad de JOSEFINA VALLE y BENJAMIN GUTIERREZ, quebrada de invierno de por medio; Y AL ORIENTE: compuesto de cuatro tramos, el primero del mojón veintidós al mojón veintitrés mide nueve punto setenta y uno metros, rumbo Sur once grados cincuenta y tres punto tres minutos este, el segundo del mojón veintitrés al mojón veinticuatro mide ocho punto diecisiete metros, rumbo sur veintiuno grados treinta y dos punto cuatro minutos este, el tercero del mojón veinticuatro al mojón veinticinco, mide cuarenta y cuatro punto sesenta y tres metros, rumbo sur veintiséis grados treinta y siete punto tres minutos este, y el cuarto, del mojón veinticinco al mojón uno, mide treinta y cuatro punto veinticuatro metros, rumbo Sur cuarenta grados cincuenta y uno punto tres minutos este, llegando así al mojón uno donde se inició esta descripción, estos tramos colindan con terreno propiedad de ASCENCION SALGUERO FLAMENCO.- Valúan el inmueble en la cantidad de SEIS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMERICA, el inmueble antes descrito no es dominante, ni sirviente, ni está en proindivisión con otras personas, ni tiene cargas o derechos que pertenezcan a terceras personas; Y lo posee la interesada en forma quieta, pacífi ca e ininterrumpida y de buena fe; por posesión material, el cual no es inscribible por carecer de antecedentes inscrito.-
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Dulce Nombre de María, a los dieciocho días del mes de agosto del año dos mil cin-co.- LIC. ULISES MENJIVAR ESCALANTE, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. OSCAR IMERY HERNANDEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F017228-2
ÁNGEL ALBINO ALVARENGA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial, al público para los efectos de ley,
HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el Licencia-do Juan Antonio López, mayor de edad, Abogado, del domicilio de la ciudad de San Miguel, en su calidad de Apoderado General Judicial de la señora Martha Turcios de Mejía, quien es de setenta y cuatro años de edad, de ofi cios domésticos y del domicilio de Concepción de Oriente,
departamento de La Unión; solicitando título supletorio sobre un inmue-ble ubicado en el lugar denominado “Guajiniquil” del Cantón Guayabo, de la comprensión de Concepción de Oriente, de este Distrito Judicial, departamento de La Unión, el cual tiene una capacidad superfi cial de diecisiete mil seiscientos metros cuadrados, de las medidas y colindancias siguientes: al Norte; ciento setenta y cinco metros, colinda con terreno de José Santos Mejía; al Poniente, ciento cuarenta y cinco metros colinda con terreno de José Santos Mejía, cerco de por medio; al Sur, cuarenta y cinco metros, colinda con propiedad de José Santos Mejía; y al Oriente, ciento setenta y cinco metros, colinda con el río Goascorán en una parte, y en otra con terreno de José Arnoldo Mejía y calle de por medio. Dicho inmueble el titulante lo valúa en la cantidad de veinte mil colones, o su equivalente en dólares de los Estados Unidos de América; el cual ha sido adquirido por compra de la posesión material realizada al señor Rondolfo Mejía Contreras, quien es mayor de edad, comerciante en pequeño y del domicilio de Concepción de Oriente, departamento de La Unión.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima, depar-tamento de La Unión, a los dieciséis días del mes de agosto del año dos mil cinco. Lic. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda. MARINA CONCEPCION MARTINEZ DE MARTINEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F017235-2
JUAN FRANCISCO CRUZ MAYORGA, Abogado y Notario, del do-micilio de Usulután, con Ofi cina situada en Avenida Guandique frente Al Banco Agrícola de la ciudad de Usulután.- Al PUBLICO
HACE SABER: Que ante mis ofi cios de Notario, se ha presentado JESUS ALEXANDER PINEDA, de veinticuatro años de edad, Agri-cultor en Pequeño, del domicilio de Alegría, con Documento Unico de Identidad Número: cero tres cuatro seis cero uno siete cero-siete; solicitando TITULO SUPLETORIO, de un terreno de naturaleza rústica, Ubicado en el Cantón Montañita, Municipio de Alegría, Departamento de Usulután, de la extensión superfi cial de UN MIL OCHOCIENTOS OCHO METROS CUADRADOS, de las colindancias siguientes: NORTE, cuarenta y dos punto cincuenta y dos metros, linda con María Ildefonsa Serrano, camino vecinal de por medio; ORIENTE, cuarenta y dos punto cincuenta y dos metros, linda con José Hilario Díaz, camino vecinal de por medio; SUR, cuarenta y dos punto cincuenta y dos metros, linda con Francisco Serrano; PONIENTE, cuarenta y dos punto cincuenta y dos metros, linda con Fernando Ingles.- Dicho terreno lo hubo por compra que le hizo al señor Julio Saravia.-
Lo que se pone al conocimiento del público para los efectos de Ley.
Usulután, veintinueve de agosto del año dos mil cinco.
Lic. JUAN FRANCISCO CRUZ MAYORGA,
NOTARIO.
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92 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 368
RENOVACION DE MARCAS
No. de Expediente: 1958006304, 1958006305
No. de Presentación: 19990003088,19990003089
CLASE: 22, 23 y 24.
LA INFRASCRITA REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MI-GUEL ESPINO ARRIETA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de HOECHST AKTIENGESELLS-CHAFT, del domicilio de FRANKFURT AM MAIN, REPUBLICA DE ALEMANIA, de nacionalidad ALEMANA, solicitando RENOVA-CION, para las inscripciones Números 06304 y 06305, del Libro 00024 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la palabra “TREVIRA”; que ampara productos comprendidos en las Clases 22, 23 y 24, de las inscripciones respectivas de la Clasifi cación Internacional de Productos y Servicios Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los trece días del mes de julio del año dos mil cinco.
Lic. MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
LUIS FERNANDO AREVALO VAQUERANO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F017122-2
No. de Expediente: 1991000632
No. de Presentación: 20020028407
CLASE: 10
LA INFRASCRITA REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL VADOREÑA, actuando como APODERADO de ROCHE DIAGNOSTICS GmbH, del domicilio de Sandhofer Str. 116, D-68305 Mannheim, República Federal de Alemania, de nacionalidad ALEMANA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00012 del Libro 00016 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra “MIDITRON”; que ampara productos comprendidos en la Clase 10 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, a los catorce días del mes de julio del año dos mil cinco.-
Lic. MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
LUIS FERNANDO AREVALO VAQUERANO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F017125-2
No. de Expediente: 1983000548
No. de Presentación: 20040053171
CLASE: 01, 04
LA INFRASCRITA REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de PETROLON EUROPE LIMITED, del domicilio de 27 Athol Street, Douglas, Isla del Hombre, de nacionalidad de Isla del Hombre, solicitando RENOVACION, para la inscripción Nú-mero 00034 del Libro 00105 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la expresión “SLICK-50”; que ampara productos comprendidos en la Clase 01 y 04 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los seis días del mes de julio del año dos mil cinco.
Lic. MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
LUIS FERNANDO AREVALO VAQUERANO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F017130-2
No. de Expediente: 1991002250
No. de Presentación: 2003A039211
CLASE: 05
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de LABORATORIOS PISA, S.A. DE C.V.,
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93DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Septiembre de 2005.
del domicilio de AVENIDA ESPAÑA 1840, COLONIA MODERNA, CP 44190 GUADALAJARA, JALISCO, de nacionalidad MEXICANA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00080 del Libro 00015 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en LA EXPRESION “DRIOQUILEN”; que ampara productos comprendidos en la Clase 05 de de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, a los catorce días del mes de agosto del año dos mil tres.
Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA,REGISTRADOR.
KARLA GRACIALE ORTEGA,SECRETARIO.
3 v. alt. No. F017135-2
No. de Expediente: 1968021226
No. de Presentación: 20020032600
CLASE: 32.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de PEPSICO, INC, del domicilio de 700 Anderson Hill Road, Purchase, New York, 10577, Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVA-CION, para la inscripción Número 21226 del Libro 00047 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en las palabras PEPSI-COLA; que ampara productos comprendidos en la (s) Clase 32 de la Clasifi cación Interna-cional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los veintinueve días del mes de julio del año dos mil cinco.
Lic. MARIA DAFNE RUIZ,REGISTRADOR.
RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,SECRETARIO.
3 v. alt. No. F017138-2
No. de Expediente: 1984000316
No. de Presentación: 20050065805
CLASE: 05.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA
HACE CONSTAR: Que a esa ofi cina se ha presentado LUIS MI-GUEL ESPINO ARRIETA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de SMITHKLINE BEECHAM p.l.c., del domicilio de NEW HORIZONS COURT, BRENTFORD, MIDDLE-
SEX TW8 9EP, INGLATERRA, de nacionalidad INGLESA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00012 del Libro 00108 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la palabra “MEJORALITO”; que ampara productos comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los veinte días del mes de julio del año dos mil cinco.
Lic. MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
IRMA CAROLINA AGUILAR,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F017141-2
No. de Expediente: 1971019841
No. de Presentación: 2001018482
CLASE: 03, 04, 05.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MI-GUEL ESPINO ARRIETA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, ac-tuando como APODERADO de COLGATE-PALMOLIVE COMPANY, del domicilio de 300 PARK AVENUE, NUEVA YORK, NUEVA YORK, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNI-DENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 19841 del Libro 00045 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en las palabras PINE POWER; que ampara productos comprendidos en la (s) Clase 03, 04, 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los ocho días del mes de agosto del año dos mil cinco.
Lic. MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F017144-2
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94 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 368
No. de Expediente: 1989001603
No. de Presentación: 20030034790
CLASE: 05.
LA INFRASCRITA REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MI-GUEL ESPINO ARRIETA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de WYETH, del domicilio de FIVE GIRALDA FARMS, MADISON, NEW JERSEY 07940, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, so-licitando RENOVACION, para la inscripción Número 00057 del Libro 00015 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la expresión PREVENAR; que ampara productos comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los doce días del mes de agosto del año dos mil cinco.
Lic. MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
LUIS FERNANDO AREVALO VAQUERANO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F017146-2
No. de Expediente: 1983001396
No. Presentación: 20050066131
CLASE: 05.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de HANNA BARBERA PRODUCTIO-NS, INC., del domicilio de 15301 Ventura Boulevard, Unit “E”, Ciudad de Sherman Oaks, Estado de California 91403, Estados Unidos de Amé-rica, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION para la inscripción Número 00164 del Libro 00112 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la expresión “LOS PICAPIEDRA”; que ampara productos comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-
tivos. San Salvador, a los veintiuno días del mes de julio del año dos
mil cinco.
Lic. MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F017153-2
No. de Expediente: 1957005890
No. de Presentación: 19980003280
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado ROBERTO
JOSE ANTONIO RODRIGUEZ MONTALVO, mayor de edad, ABOGA-
DO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad
SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de LABORATORIOS
ARSAL, S.A. DE C.V., del domicilio de SAN SALVADOR, de naciona-
lidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción
Número 05890 del Libro 00024 de REGISTRO DE MARCAS, consistente
en la palabra “SEDATUSIL”; que ampara productos comprendidos en
la(s) Clase 05 del Convenio Centroamericano para la Protección de la
Protección de la Propiedad Industrial.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-
vos. San Salvador, a los treinta días del mes de agosto del año dos mil
cinco.
Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
KATYA MARGARITA MARTINEZ GUTIERREZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. R002920-2
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95DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Septiembre de 2005.
MARCAS DE FABRICA
No. de Expediente: 2005047174
No. de Presentación: 20050061740
CLASE: 07.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de SAN-BORN HERMANOS, S.A., de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
ALL TOOLS
Consistente en: las palabras ALL TOOLS, en donde la palabra ALL, se traduce al castellano como “TODO”, y la palabra TOOLS, se traduce al castellano como “HERRAMIENTAS”.
La solicitud fue presentada el día diez de marzo del año dos mil cinco.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veinte de julio del año dos mil cinco.
Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
KATYA MARGARITA MARTINEZ GUTIERREZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F017049-2
No. de Expediente: 2005048522
No. de Presentación: 20050063738
CLASE: 29.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MIGUEL ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de PEPSICO, INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: la palabra Sun Snacks y diseño, sobre la palabra Snacks no se concede exclusividad.
La solicitud fue presentada el día seis de mayo del año dos mil cinco.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, ocho de agosto del año dos mil cinco.
Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
JOSE FIDEL MELARA MORAN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F017050-2
No. de Expediente: 2005050504
No. de Presentación: 20050066521
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RAFAEL ALBERTO MENDOZA CALDERON, en su calidad de APODERADO de INFRA, S.A. DE C.V., de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
INFRA MEDICA
Consistente en: las palabras INFRA MEDICA.
La solicitud fue presentada el día quince de julio del año dos mil cinco.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, dieciocho de julio del año dos mil cinco.
LUIS ALONSO CACERES AMAYA,
REGISTRADOR.
NANCY KATYA NAVARRETE QUINTANILLA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F017052-2
No. de Expediente: 2005048649
No. de Presentación: 20050063938
CLASE: 32.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de JUGOS
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96 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 368
DEL VALLE, S.A. DE C.V., de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: la palabra FRUTSI y diseño.
La solicitud fue presentada el día trece de mayo del año dos mil cinco.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, trece de julio del año dos mil cinco.
JOSE ANGEL ARRIAZA POLANCO,
REGISTRADOR.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F017055-2
No. de Expediente: 2005048523
No. de Presentación: 20050063739
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MIGUEL ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de PEPSICO, INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: la palabra Sun Snacks y diseño traducida al caste-llano como BOTANAS DEL SOL.
La solicitud fue presentada el día seis de mayo del año dos mil cinco.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, ocho de agosto del año dos mil cinco.
JOSE ANGEL ARRIAZA POLANCO,
REGISTRADOR.
GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F017057-2
No. de Expediente: 2005050401
No. de Presentación: 20050066392
CLASE: 01.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RAFAEL ALBERTO MENDOZA CALDERON, en su calidad de APODERADO de INFRA, S.A. DE C.V., de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: las palabras INFRA SAL y diseño.
La solicitud fue presentada el día trece de julio del año dos mil cinco.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, trece de julio del año dos mil cinco.
LUIS ALONSO CACERES AMAYA,
REGISTRADOR.
CARLOS ARTURO SOTO GARCIA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F017058-2
No. de Expediente: 2004044142
No. de Presentación: 20040056941
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MIGUEL ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de PEPSICO, INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: la palabra Doritos y diseño.
La solicitud fue presentada el día veinticinco de octubre del año dos mil cuatro.
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97DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Septiembre de 2005.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, dieciocho de julio del año dos mil cinco.
ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,
REGISTRADOR.
SANDRA ELIZABETH HENRIQUEZ LARA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F017059-2
No. de Expediente: 2005050294
No. de Presentación: 20050066236
CLASE: 29.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MIGUEL ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de PEPSICO, INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
STAX
Consistente en: la palabra STAX.
La solicitud fue presentada el día siete de julio del año dos mil cinco.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, ocho de julio del año dos mil cinco.
JOSE RAUL ROSALES PEREZ,
REGISTRADOR.
CARLOS ARTURO SOTO GARCIA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F017061-2
No. de Expediente: 2005050632
No. de Presentación: 20050066724
CLASE: 16.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de PUBLI-
CAR DE COLOMBIA S.A., de nacionalidad COLOMBIANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: la expresión V.I.P. La Guía Hotelera PUBLICAR y diseño.
La solicitud fue presentada el día veintidós de julio del año dos mil cinco.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veinticinco de julio del año dos mil cinco.
LUIS ALONSO CACERES AMAYA,
REGISTRADOR.
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F017062-2
No. de Expediente: 2002028291
No. de Presentación: 20020030296
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RAFAEL ALBERTO MENDOZA CALDERON, en su calidad de APODERA-DO de KAO KABUSHIKI KAISHA también comerciando como KAO CORPORATION, de nacionalidad JAPONESA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
SATIN BREEZE
Consistente en: las palabras SATIN BREEZE.
La solicitud fue presentada el día catorce de octubre del año dos mil dos.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veinte de julio del año dos mil cinco.
ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,
REGISTRADOR.
SANDRA ELIZABETH HENRIQUEZ LARA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F017063-2
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98 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 368
No. de Expediente: 2005049994
No. de Presentación: 20050065844
CLASE: 07.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de NUEVOS ALMACENES, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: la expresión AFK y diseño.
La solicitud fue presentada el día veintisiete de junio del año dos mil cinco.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintinueve de julio del año dos mil cinco.
Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
KARLA GRACIELA ORTEGA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F017064-2
No. de Expediente: 2005048252
No. de Presentación: 20050063320
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de SANOFI-AVENTIS, de nacionalidad FRANCESA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: la letra W y diseño.
La solicitud fue presentada el día veinticinco de abril del año dos mil cinco.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintinueve de julio del año dos mil cinco.
JOSE RAUL ROSALES PEREZ,REGISTRADOR.
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,SECRETARIA.
3 v. alt. No. F017065-2
No. de Expediente: 2005049077
No. de Presentación: 20050064557
CLASE: 09.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de NUEVOS ALMACENES, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: las letras AFK y diseño.
La solicitud fue presentada el día treinta y uno de mayo del año dos mil cinco.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintinueve de julio del año dos mil cinco.
JOSE ANGEL ARRIAZA POLANCO,
REGISTRADOR.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F017066-2
No. de Expediente: 2005049074
No. de Presentación: 20050064554
CLASE: 10.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de
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99DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Septiembre de 2005.
NUEVOS ALMACENES, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: las letras AFK y diseño.
La solicitud fue presentada el día treinta y uno de mayo del año dos mil cinco.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintinueve de julio del año dos mil cinco.
JOSE ANGEL ARRIAZA POLANCO,
REGISTRADOR.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F017068-2
No. de Expediente: 2005049076
No. de Presentación: 20050064556
CLASE: 21.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de NUEVOS ALMACENES, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: las letras AFK y diseño.
La solicitud fue presentada el día treinta y uno de mayo del año dos mil cinco.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintinueve de julio del año dos mil cinco.
JOSE ANGEL ARRIAZA POLANCO,
REGISTRADOR.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F017069-2
No. de Expediente: 2005050643
No. de Presentación: 20050066735
CLASE: 09.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RAFAEL ALBERTO MENDOZA CALDERON, en su calidad de APODERADO de ADMINISTRADORA DE MARCAS RD, S. DE R.L. DE C.V., de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
AMIGO TV
Consistente en: la palabra AMIGO TV.
La solicitud fue presentada el día veintidós de julio del año dos mil cinco.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintiséis de julio del año dos mil cinco.
LUIS ALONSO CACERES AMAYA,
REGISTRADOR.
CARLOS ARTURO SOTO GARCIA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F017070-2
No. de Expediente: 2005050646
No. de Presentación: 20050066739
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de COLGA-TE-PALMOLIVE COMPANY, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMER-CIO,
LADY SPEED STICK DOUBLE DEFENSE
Consistente en: las palabras LADY SPEED STICK DOUBLE DEFENSE traducidas al castellano como BARRA RAPIDA PARA DAMA DOBLE DEFENSA.
La solicitud fue presentada el día veintidós de julio del año dos mil cinco.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veinticinco de julio del año dos mil cinco.
ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,REGISTRADOR.
MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,SECRETARIO.
3 v. alt. No. F017071-2
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100 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 368
No. de Expediente: 2005050638
No. de Presentación: 20050066730
CLASE: 41.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RAFAEL ALBERTO MENDOZA CALDERON, en su calidad de APODERADO de ADMINISTRADORA DE MARCAS RD, S. DE R.L. DE C.V., de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
AMIGO TV
Consistente en: las palabras AMIGO TV.
La solicitud fue presentada el día veintidós de julio del año dos mil cinco.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintiséis de julio del año dos mil cinco.
LUIS ALONSO CACERES AMAYA,
REGISTRADOR.
SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F017075-2
No. de Expediente: 2005050649
No. de Presentación: 20050066742
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de COLGA-TE-PALMOLIVE COMPANY, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMER-CIO,
Consistente en: las palabras Lady Speed Stick Double Defense y diseño traducidas al castellano como BARRA RAPIDA PARA DAMA DOBLE DEFENSA.
La solicitud fue presentada el día veintidós de julio del año dos mil cinco.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veinticinco de julio del año dos mil cinco.
ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,
REGISTRADOR.
MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F017076-2
No. de Expediente: 2005048251
No. de Presentación: 20050063319
CLASE: 10.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de SANOFI-AVENTIS, de nacionalidad FRANCESA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: la letra W y diseño.
La solicitud fue presentada el día veinticinco de abril del año dos mil cinco.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, ocho de agosto del año dos mil cinco.
Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
KARLA GRACIELA ORTEGA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F017078-2
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101DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Septiembre de 2005.
No. de Expediente: 2005050650
No. de Presentación: 20050066743
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de COLGA-TE-PALMOLIVE COMPANY, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMER-CIO,
Consistente en: las palabras Lady Speed Stick Double Defense y diseño traducidas al castellano como BARRA RAPIDA PARA DAMA DOBLE DEFENSA.
La solicitud fue presentada el día veintidós de julio del año dos mil cinco.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veinticinco de julio del año dos mil cinco.
ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,
REGISTRADOR.
MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F017079-2
No. de Expediente: 2005048059
No. de Presentación: 20050063093
CLASE: 09.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de FLO-WIL INTERNATIONAL LIGHTING (HOLDING) B.V., de nacionalidad HOLANDESA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: las letras SLI y diseño.
La solicitud fue presentada el día diecinueve de abril del año dos mil cinco.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, diez de agosto del año dos mil cinco.
Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
KATYA MARGARITA MARTINEZ GUTIERREZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F017082-2
No. de Expediente: 2005050789
No. de Presentación: 20050066937
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MIGUEL ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de Cadbury Adams USA LLC, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
FROST BITES
Consistente en: las palabras FROST BITES, traducidas al castellano como MORDEDURAS DE HELADO.
La solicitud fue presentada el día veintisiete de julio del año dos mil cinco.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintiocho de julio del año dos mil cinco.
JOSE RAUL ROSALES PEREZ,
REGISTRADOR.
SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F017083-2
No. de Expediente: 2005049078
No. de Presentación: 20050064558
CLASE: 08.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de
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102 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 368
NUEVOS ALMACENES, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: las palabras AFK y diseño.
La solicitud fue presentada el día treinta y uno de mayo del año dos mil cinco.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintinueve de julio del año dos mil cinco.
Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
KATYA MARGARITA MARTINEZ GUTIERREZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F017085-2
No. de Expediente: 2005048841
No. de Presentación: 20050064191
CLASE: 28.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de 20Q.NET INC., de nacionalidad CANADIENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: la expresión 20Q y diseño.
La solicitud fue presentada el día veinticuatro de mayo del año dos mil cinco.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, dieciséis de agosto del año dos mil cinco.
Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F017087-2
No. de Expediente: 2005050629
No. de Presentación: 20050066720
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MIGUEL ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de Société des Produits Nestlé S.A., de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
NESCAFE DECAF
Consistente en: las palabras NESCAFE DECAF.
La solicitud fue presentada el día veintidós de julio del año dos mil cinco.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veinticinco de julio del año dos mil cinco.
LUIS ALONSO CACERES AMAYA,
REGISTRADOR.
SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F017091-2
No. de Expediente: 2005050637
No. de Presentación: 20050066729
CLASE: 16.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de PUBLI-CAR DE COLOMBIA S.A., de nacionalidad COLOMBIANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
GUIA HOTELERA NACIONAL E INTERNACIONAL PUBLICAR
Consistente en: las palabras GUIA HOTELERA NACIONAL E INTERNACIONAL PUBLICAR.
La solicitud fue presentada el día veintidós de julio del año dos mil cinco.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veinticinco de julio del año dos mil cinco.
JOSE RAUL ROSALES PEREZ,
REGISTRADOR.
SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F017092-2
DIARIO
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103DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Septiembre de 2005.
No. de Expediente: 2005049993
No. de Presentación: 20050065843
CLASE: 12.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de JAS D. EASTON, INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: la letra E y diseño.
La solicitud fue presentada el día veintisiete de junio del año dos mil cinco.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, dieciséis de agosto del año dos mil cinco.
JOSE ANGEL ARRIAZA POLANCO,
REGISTRADOR.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F017094-2
No. de Expediente: 2004040029
No. de Presentación: 20040050597
CLASE: 35.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ANTONIO TONA GIOLITTI, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de TOTO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacio-nalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
TOTO
Consistente en: la expresión TOTO.
La solicitud fue presentada el día veintinueve de abril del año dos mil cuatro.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, trece de mayo del año dos mil cuatro.
JOSE RAUL ROSALES PEREZ,
REGISTRADOR.
ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F017095-2
No. de Expediente: 2005050639
No. de Presentación: 20050066731
CLASE: 38.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RAFAEL ALBERTO MENDOZA CALDERON, en su calidad de APODERADO de ADMINISTRADORA DE MARCAS RD, S. DE R.L. DE C.V., de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
AMIGO TV
Consistente en: las palabras AMIGO TV.
La solicitud fue presentada el día veintidós de julio del año dos mil cinco.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veinticinco de julio del año dos mil cinco.
ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,
REGISTRADOR.
MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F017096-2
No. de Expediente: 2005050635
No. de Presentación: 20050066727
CLASE: 35.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de PU-
DIARIO
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104 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 368
BLICAR DE COLOMBIA S.A., de nacionalidad COLOMBIANA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
GUIA HOTELERA NACIONAL E INTERNACIONAL PUBLICAR
Consistente en: las palabras GUIA HOTELERA NACIONAL E INTERNACIONAL PUBLICAR.
La solicitud fue presentada el día veintidós de julio del año dos mil cinco.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veinticinco de julio del año dos mil cinco.
LUIS ALONSO CACERES AMAYA,
REGISTRADOR.
SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F017097-2
No. de Expediente: 2005050640
No. de Presentación: 20050066732
CLASE: 35.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RAFAEL ALBERTO MENDOZA CALDERON, en su calidad de APODERADO de ADMINISTRADORA DE MARCAS RD, S. DE R.L. DE C.V., de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
AMIGO TV
Consistente en: las palabras AMIGO TV.
La solicitud fue presentada el día veintidós de julio del año dos mil cinco.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veinticinco de julio del año dos mil cinco.
ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,
REGISTRADOR.
MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F017098-2
No. de Expediente: 2005050641
No. de Presentación: 20050066733
CLASE: 25.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RAFAEL ALBERTO MENDOZA CALDERON, en su calidad de APODERADO de ADMINISTRADORA DE MARCAS RD, S. DE R.L. DE C.V., de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
AMIGO TV
Consistente en: las palabras AMIGO TV.
La solicitud fue presentada el día veintidós de julio del año dos mil cinco.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veinticinco de julio del año dos mil cinco.
ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,
REGISTRADOR.
MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F017100-2
No. de Expediente: 2005047177
No. de Presentación: 20050061743
CLASE: 32.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de ROMO HERMANAS, S.A. DE C.V., de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: las palabras b:oost _ light active energy, en donde las palabras light active energy se traducen al castellano como energía activa liviano.
La solicitud fue presentada el día diez de marzo del año dos mil cinco.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, dieciséis de agosto del año dos mil cinco.
Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F017102-2
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105DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Septiembre de 2005.
No. de Expediente: 2005050642
No. de Presentación: 20050066734
CLASE: 16.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RAFAEL ALBERTO MENDOZA CALDERON, en su calidad de APODERADO de ADMINISTRADORA DE MARCAS RD, S. DE R.L. DE C.V., de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
AMIGO TV
Consistente en: la expresión AMIGO TV.
La solicitud fue presentada el día veintidós de julio del año dos mil cinco.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veinticinco de julio del año dos mil cinco.
JOSE RAUL ROSALES PEREZ,
REGISTRADOR.
SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F017103-2
No. de Expediente: 2005048120
No. de Presentación: 20050063156
CLASE: 21.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ANTONIO TONA GIOLITTI, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de TOTO, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: la palabra TOTOFOAM y diseño.
La solicitud fue presentada el día diecinueve de abril del año dos mil cinco.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintidós de abril del año dos mil cinco.
ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,
REGISTRADOR.
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F017104-2
No. de Expediente: 2005050651
No. de Presentación: 20050066744
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de COLGA-TE-PALMOLIVE COMPANY, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMER-CIO,
Consistente en: las palabras Lady Speed Stick Double Defense y diseño, que se traducen al castellano como “Barra Rápida Para Dama Doble Defensa”.
La solicitud fue presentada el día veintidós de julio del año dos mil cinco.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintisiete de julio del año dos mil cinco.
JOSE RAUL ROSALES PEREZ,
REGISTRADOR.
NANCY KATYA NAVARRETE QUINTANILLA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F017105-2
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106 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 368
No. de Expediente: 2002029315
No. de Presentación: 20020031994
CLASE: 32.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MIGUEL ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de Société des Produits Nestlé S.A., de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: Un diseño.
La solicitud fue presentada el día dos de diciembre del año dos mil dos.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, siete de noviembre del año dos mil tres.
Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F017107-2
No. de Expediente: 2003030126
No. de Presentación: 20030033559
CLASE: 29.
El. INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MIGUEL ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de Société des Produits Nestlé S.A., de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: El diseño de una fi gura cuadrada con ondas y parte de un vaso el cual cae un chorro de leche. Los colores son grises claros y oscuros.
La solicitud fue presentada el día treinta de enero del año dos mil
tres.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, dieciocho de septiembre del año dos mil tres.
Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F017108-2
No. de Expediente: 1991003516
No. de Presentación: 19910003516
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MIGUEL
ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de COLGATE-
PALMOLIVE COMPANY, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, so-
licitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: LA PALABRA PINO PODEROSO.
La solicitud fue presentada el día diecisiete de diciembre del año
mil novecientos noventa y uno.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, nueve de agosto del año dos mil cinco.
Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
KARLA GRACIELA ORTEGA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F017110-2
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107DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Septiembre de 2005.
No. de Expediente: 2004041084
No. de Presentación: 20040052278
CLASE: 35.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ANTONIO
TONA GIOLITTI, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de
TOTO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacio-
nalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE
SERVICIOS,
Consistente en: la expresión Auto Works y diseño la palabra Works
se traduce como Trabajos.
La solicitud fue presentada el día quince de junio del año dos mil
cuatro.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, dieciocho de junio del año dos mil cuatro.
JOSE RAUL ROSALES PEREZ,
REGISTRADOR.
ERIKA SUSANA MOLINA,
SECRETARIA
3 v. alt. No. F017111-2
No. de Expediente: 2005048122
No. de Presentación: 20050063158
CLASE: 21.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ANTONIO
TONA GIOLITTI, en su calidad de REPRESENTANTE UNICO PRO-
PIETARIO de TOTO, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA,
solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMER-
CIO,
Consistente en: la palabra DURAFOAM y diseño.
La solicitud fue presentada el día diecinueve de abril del año dos
mil cinco.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintidós de abril del año dos mil cinco.
JOSE RAUL ROSALES PEREZ,
REGISTRADOR.
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F017112-2
No. de Expediente: 2005048121
No. de Presentación: 20050063157
CLASE: 21.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ANTONIO
TONA GIOLITTI, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de
TOTO, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando
el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: la palabra TOTOFLEX y diseño.
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108 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 368
La solicitud fue presentada el día diecinueve de abril del año dos
mil cinco.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintidós de abril del año dos mil cinco.
ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,
REGISTRADOR,
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F017113-2
No. de Expediente: 2005050755
No. de Presentación: 20050066878
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RAFAEL
ALBERTO MENDOZA CALDERON, en su calidad de APODERADO
de WARNER-LAMBERT COMPANY LLC, de nacionalidad ESTADO-
UNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE
COMERCIO,
SINUCARE
Consistente en: la palabra SINUCARE.
La solicitud fue presentada el día veintiséis de julio del año dos
mil cinco.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintisiete de julio del año dos mil cinco.
ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,
REGISTRADOR.
MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F017114-2
No. de Expediente: 2005050754
No. de Presentación: 20050066877
CLASE: 07.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RAFAEL
ALBERTO MENDOZA CALDERON, en su calidad de APODERADO
de WARNER-LAMBERT COMPANY LLC, de nacionalidad ESTADO-
UNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE
COMERCIO,
SINUCARE
Consistente en: la palabra SINUCARE
La solicitud fue presentada el día veintiséis de julio del año dos
mil cinco.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintisiete de julio del año dos mil cinco.
ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,
REGISTRADOR.
MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F017117-2
No. de Expediente: 2005049670
No. de Presentación: 20050065384
CLASE: 16.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de ERA
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109DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Septiembre de 2005.
FRANCHISE SYSTEMS, INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,
solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMER-
CIO,
Consistente en: la palabra ERA y diseño.
La solicitud fue presentada el día catorce de junio del año dos mil
cinco.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, dieciséis de agosto del año dos mil cinco.
Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
KARLA GRACIELA ORTEGA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F017118-2
No. de Expediente: 2005050757
No. de Presentación: 20050066881
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RAFAEL
ALBERTO MENDOZA CALDERON, en su calidad de APODERADO
de WARNER-LAMBERT COMPANY LLC, de nacionalidad ESTADO-
UNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE
COMERCIO,
SINUVAP
Consistente en: la palabra SINUVAP.
La solicitud fue presentada el día veintiséis de julio del año dos
mil cinco.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintisiete de julio del año dos mil cinco.
JOSE RAUL ROSALES PEREZ,
REGISTRADOR.
NANCY KATYA NAVARRETE QUINTANILLA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F017119-2
No. de Expediente: 2005050766
No. de Presentación: 20050066891
CLASE: 07.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RAFAEL
ALBERTO MENDOZA CALDERON, en su calidad de APODERADO
de WARNER-LAMBERT COMPANY LLC, de nacionalidad ESTADO-
UNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE
COMERCIO,
SINUVAP
Consistente en: la palabra SINUVAP.
La solicitud fue presentada el día veintisiete de julio del año dos
mil cinco.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintiocho de julio del año dos mil cinco.
LUIS ALONSO CACERES AMAYA,
REGISTRADOR.
NANCY KATYA NAVARRETE QUINTANILLA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F017121-2
DIARIO
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110 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 368
No. de Expediente: 2005047405
No. de Presentación: 20050062121
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de COLGA-
TE-PALMOLIVE COMPANY, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,
solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMER-
CIO,
COLOR EXPERIENCE
Consistente en: la palabra COLOR EXPERIENCE, la palabra
experience traducida al castellano signifi ca experiencia.
La solicitud fue presentada el día veintinueve de marzo del año
dos mil cinco.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, diez de agosto del año dos mil cinco.
JOSE ANGEL ARRIAZA POLANCO,
REGISTRADOR,
GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F017124-2
No. de Expediente: 2005047176
No. de Presentación: 20050061742
CLASE: 32.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO DE ROMO
HERMANAS, S.A. DE C.V., de nacionalidad MEXICANA, solicitando
el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: la expresión b: oost-active energy, en donde las
palabras active energy se traduce al castellano como “energia activa”.
La solicitud fue presentada el día diez de marzo del año dos mil
cinco.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, dieciséis de agosto del año dos mil cinco.
Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F017127-2
No. de Expediente: 2005050330
No. de Presentación: 20050066288
CLASE: 32.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MIGUEL
ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de Stokely-Van
Camp, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro
de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
GATORADE RAIN
Consistente en: las palabras GATORADE RAIN, la palabra RAIN
se traduce al castellano como “lluvia”.
La solicitud fue presentada el día once de julio del año dos mil
cinco.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, doce de julio del año dos mil cinco.
LUIS ALONSO CACERES AMAYA,
REGISTRADOR.
CARLOS ARTURO SOTO GARCIA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F017132-2
DIARIO
OFI
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NO TIE
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GAL
111DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Septiembre de 2005.
No. de Expediente: 2005048058
No. de Presentación: 20050063092
CLASE: 10.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de FLO-
WIL INTERNATIONAL LIGHTING (HOLDING) BV, de nacionalidad
HOLANDESA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y
DE COMERCIO,
Consistente en: las letras SLI y diseño.
La solicitud fue presentada el día diecinueve de abril del año dos
mil cinco.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veinticinco de julio del año dos mil cinco.
Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F017133-2
No. de Expediente: 2005050503
No. de Presentación: 20050066520
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a su ofi cina se ha presentado RAFAEL AL-
BERTO MENDOZA CALDERON, en su calidad de APODERADO
de INFRA, S.A. DE C.V., de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: las palabras INFRA MEDICA y diseño.
La solicitud fue presentada el día quince de julio del año dos mil cinco.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, dieciocho de julio del año dos mil cinco.
LUIS ALONSO CACERES AMAYA,
REGISTRADOR.
NANCY KATYA NAVARRETE QUINTANILLA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F017136-2
No. de Expediente: 2005050822
No. de Presentación: 20050066980
CLASE: 09.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MIGUEL ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de MICROSOFT CORPORATION, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
WINDOWS VISTA
Consistente en: las palabras WINDOWS VISTA la palabra Windows se traduce al castellano como Ventanas.
La solicitud fue presentada el día veintiocho de julio del año dos mil cinco.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, ocho de agosto del año dos mil cinco.
LUIS ALONSO CACERES AMAYA,
REGISTRADOR.
CARLOS ARTURO SOTO GARCIA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F017137-2
DIARIO
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112 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 368
No. de Expediente: 2005050505
No. de Presentación: 20050066522
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esa ofi cina se ha presentado RAFAEL AL-
BERTO MENDOZA CALDERON, en su calidad de APODERADO
de INFRA, S.A. DE C.V., de nacionalidad MEXICANA, solicitando el
registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: las palabras INFRA SAL y diseño.
La solicitud fue presentada el día quince de julio del año dos mil
cinco.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, dieciocho de julio del año dos mil cinco.
LUIS ALONSO CACERES AMAYA,
REGISTRADOR.
NANCY KATYA NAVARRETE QUINTANILLA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F017139-2
No. de Expediente: 2005050329
No. de Presentación: 20050066287
CLASE: 32.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MIGUEL
ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de Stokely-Van
Camp, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro
de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
GATORADE X-FACTOR
Consistente en: las palabras GATORADE X-FACTOR.
La solicitud fue presentada el día once de julio del año dos mil
cinco.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, doce de julio del año dos mil cinco.
LUIS ALONSO CACERES AMAYA,
REGISTRADOR.
CARLOS ARTURO SOTO GARCIA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F017143-2
No. de Expediente: 2005050878
No. de Presentación: 20050067067
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RAFAEL
ALBERTO MENDOZA CALDERON, en su calidad de APODERADO
de CADBURY LIMITED, de nacionalidad INGLESA, solicitando el
registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
CADY’S
Consistente en: la palabra CADY’S.
La solicitud fue presentada el día veintinueve de julio del año dos
mil cinco.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, nueve de agosto del año dos mil cinco.
JOSE RAUL ROSALES PEREZ,
REGISTRADOR.
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F017145-2
DIARIO
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113DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Septiembre de 2005.
No. de Expediente: 2005050397
No. de Presentación: 20050066387
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de COLGA-
TE-PALMOLIVE COMPANY, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,
solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMER-
CIO,
XTREME LIMIT
Consistente en: las palabras XTREME LIMIT que se traducen al
castellano como LIMITE EXTREMO.
La solicitud fue presentada el día doce de julio del año dos mil
cinco.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, catorce de julio del año dos mil cinco.
JOSE RAUL ROSALES PEREZ,
REGISTRADOR.
CARLOS ARTURO SOTO GARCIA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F017155-2
No. de Expediente: 2004044467
No. de Presentación: 20040057384
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de WYETH
HOLDINGS CORPORATION, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,
solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMER-
CIO,
FORT BOLIVAN
Consistente en: las palabras FORT BOVILAN, la palabra FORT
se traduce al castellano como “fuerte”.
La solicitud fue presentada el día cinco de noviembre del año dos
mil cuatro.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, catorce de julio del año dos mil cinco.
JOSE RAUL ROSALES PEREZ,
REGISTRADOR.
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F017157-2
No. de Expediente: 2005050897
No. de Presentación: 20050067115
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MI-
GUEL ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de MO-
LINOS RIO DE LA PLATA SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad
ARGENTINA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y
DE COMERCIO,
VITINA
Consistente en: la palabra VITINA.
La solicitud fue presentada el día ocho de agosto del año dos mil
cinco.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, diez de agosto del año dos mil cinco.
LUIS ALONSO CACERES AMAYA,
REGISTRADOR.
CARLOS ARTURO SOTO GARCIA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F017159-2
DIARIO
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114 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 368
No. de Expediente: 2005050272
No. de Presentación: 20050066194
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MANUEL ENRIQUE FLAMENCO INTERIANO, de nacionalidad SALVADO-REÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: las palabras DON JAIME y diseño.
La solicitud fue presentada el día siete de julio del año dos mil cinco.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, nueve de agosto del año dos mil cinco.
JOSE ANGEL ARRIAZA POLANCO,
REGISTRADOR.
ANA LAURA RIVERA CASTELLANOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F017162-2
No. de Expediente: 2005048405
No. de Presentación: 20050063544
CLASE: 36.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JUAN JOSE FRANCISCO GUERRERO CHACON, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de BANCO HIPOTECARIO DE EL SALVADOR, SOCIE-DAD ANONIMA, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
www.bancohipotecario.com.sv
Consistente en: la palabra www.bancohipotecario.com.sv, sobre la expresión www.com.sv no se le concede exclusividad.
La solicitud fue presentada el día dos de mayo del año dos mil
cinco.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, cuatro de mayo del año dos mil cinco.
ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,
REGISTRADOR.
CARLOS ARTURO SOTO GARCIA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F017177-2
No. de Expediente: 2005050085
No. de Presentación: 20050065947
CLASE: 09.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JUAN JOSE
FRANCISCO GUERRERO CHACON, en su calidad de APODERADO
ESPECIAL de BANCO HIPOTECARIO DE EL SALVADOR, SOCIE-
DAD ANONIMA, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el
registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
BH CARD
Consistente en: la palabra BH CARD.
La solicitud fue presentada el día veintinueve de junio del año dos
mil cinco.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, catorce de julio del año dos mil cinco.
Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F017179-2
DIARIO
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115DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Septiembre de 2005.
No. de Expediente: 2005050084
No. de Presentación: 20050065946
CLASE: 36.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JUAN JOSE FRANCISCO GUERRERO CHACON, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de BANCO HIPOTECARIO DE EL SALVADOR, SOCIE-DAD ANONIMA, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
BH CARD
Consistente en: la palabra BH CARD.
La solicitud fue presentada el día veintinueve de junio del año dos mil cinco.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, cuatro de julio del año dos mil cinco.
LUIS ALONSO CACERES AMAYA,
REGISTRADOR.
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F017180-2
No. de Expediente: 2005049339
No. de Presentación: 20050065009
CLASE: 25.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RAFAEL AL-BERTO MENDOZA CALDERON, en su calidad de APODERADO de CORPORACION ZIESSE, S.A. DE C.V., de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMER-CIO,
GENERRA
Consistente en: la palabra GENERRA.
La solicitud fue presentada el día ocho de junio del año dos mil cinco.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, dieciséis de agosto del año dos mil cinco.
ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,
REGISTRADOR.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F017189-2
No. de Expediente: 2005049676
No. de Presentación: 20050065390
CLASE: 36.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RAFAEL ALBERTO MENDOZA CALDERON, en su calidad de APODERADO de ERA FRANCHISE SYSTEMS, INC., de nacionalidad ESTADOUNI-DENSE, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
ERA
Consistente en: la palabra ERA.
La solicitud fue presentada el día catorce de junio del año dos mil cinco.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, dieciséis de agosto del año dos mil cinco.
JOSE ANGEL ARRIAZA POLANCO,
REGISTRADOR.
GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F017190-2
No. de Expediente: 2005048644
No. de Presentación: 20050063929
CLASE: 36.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de SPTC DELAWARE, LLC, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
SOTHEBY’ S INTERNATIONAL REALTY
Consistente en: las palabras SOTHEBY’ S INTERNATIONAL REALTY, en donde la palabra INTERNATIONAL se traduce al caste-llano como internacional y la palabra REALTY se traduce como bienes raíces.
La solicitud fue presentada el día doce de mayo del año dos mil cinco.
DIARIO
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116 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 368
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, dieciséis de agosto del año dos mil cinco.
JOSE ANGEL ARRIAZA POLANCO,
REGISTRADOR.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F017192-2
No. de Expediente: 2005049183
No. de Presentación: 20050064770
CLASE: 38.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de CO-
MAREX S.A. DE C.V., de nacionalidad MEXICANA, solicitando el
registro de la MARCA DE SERVICIOS,
Consistente en: las palabras XLUSIVE TELEVISION NETWORK
y diseño, la palabra NETWORK se traduce al castellano como red.
La solicitud fue presentada el día dos de junio del año dos mil
cinco.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, dieciséis de agosto del año dos mil cinco.
Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
JOSE FIDEL MELARA MORAN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F017206-2
No. de Expediente: 2005048253
No. de Presentación: 20050063321
CLASE: 42.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de SANOFI-AVENTIS, de nacionalidad FRANCESA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
Consistente en: la letra W y diseño.
La solicitud fue presentada el día veinticinco de abril del año dos mil cinco.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, ocho de agosto del año dos mil cinco.
Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
KARLA GRACIELA ORTEGA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F017226-2
No. de Expediente: 2005050633
No. de Presentación: 20050066725
CLASE: 35.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de PU-BLICAR DE COLOMBIA S.A., de nacionalidad COLOMBIANA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
Consistente en: las palabras V.I.P. La Guía Hotelera PUBLICAR y diseño.
DIARIO
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117DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Septiembre de 2005.
La solicitud fue presentada el día veintidós de julio del año dos mil cinco.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintisiete de julio del año dos mil cinco.
JOSE RAUL ROSALES PEREZ,
REGISTRADOR.
NANCY KATYA NAVARRETE QUINTANILLA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F017232-2
No. de Expediente: 2005050791
No. de Presentación: 20050066939
CLASE: 36.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MIGUEL ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de VISA INTER-NATIONAL SERVICE ASSOCIATION, de nacionalidad ESTADOUNI-DENSE, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
Consistente en: un diseño que se identifi cará como diseño de V.
La solicitud fue presentada el día veintisiete de julio del año dos mil cinco.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintiocho de julio del año dos mil cinco.
LUIS ALONSO CACERES AMAYA,
REGISTRADOR.
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F017233-2
No. de Expediente: 2005051150
No. de Presensación: 20050067528
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MERCEDES GUADALUPE ZALDIVAR MURILLO, de nacionalidad SALVADO-REÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: la expresión La Criolla y diseño.
La solicitud fue presentada el día dieciocho de agosto del año dos mil cinco.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, diecinueve de agosto del año dos mil cinco.
JOSE RAUL ROSALES PEREZ,
REGISTRADOR.
SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F017242-2
No. de Expediente: 2005049905
No. de Presentación: 20050065696
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado CARLOS IRVING MELARA RIVAS, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
KLASS
Consistente en: la palabra KLASS.
La solicitud fue presentada el día veintidós de junio del año dos mil cinco.
DIARIO
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118 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 368
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintiocho de julio del año dos mil cinco.
JOSE RAUL ROSALES PEREZ,
REGISTRADOR.
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F017270-2
No. de Expediente: 2005050619
No. de Presentación: 20050066710
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ESTER
AMINTA LOPEZ PADILLA, de nacionalidad SALVADOREÑA, en
su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE
FABRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: la palabra COSMETRIX y diseño.
La solicitud fue presentada el día veintiuno de julio del año dos
mil cinco.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veinticinco de julio del año dos mil cinco.
JOSE RAUL ROSALES PEREZ,
REGISTRADOR.
NANCY KATYA NAVARRETE QUINTANILLA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F017283-2
No. de Expediente: 2005050295
No. de Presentación: 20050066239
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MIGUEL ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de CORPORATIVO INTERNACIONAL MEXICANO, S. DE R.L. DE C.V., de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
NEO
Consistente en: la palabra NEO.
La solicitud fue presentada el día siete de julio del año dos mil cinco.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, ocho de julio del año dos mil cinco.
JOSE RAUL ROSALES PEREZ,
REGISTRADOR.
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F017285-2
No. de Expediente: 2005050724
No. de Presentación: 20050066846
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JORGE JOSE ZABLAH TOUCHE HASBUN, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de LAS BRUMAS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: LAS BRUMAS S.A. DE C.V., de nacio-nalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,
LAS BRUMAS
Consistente en: las palabras LAS BRUMAS.
La solicitud fue presentada el día veintiséis de julio del año dos mil cinco.
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119DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Septiembre de 2005.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintisiete de julio del año dos mil cinco.
JOSE RAUL ROSALES PEREZ,
REGISTRADOR.
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. R002897-2
No. de Expediente: 2005050725
No. de Presentación: 20050066847
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JORGE JOSE ZABLAH TOUCHE HASBUN, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de AGRICOLA DOBLE – J, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: AGRICOLA DOBLE-J, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,
TECOLOTE
Consistente en: la palabra TECOLOTE.
La solicitud fue presentada el día veintiséis de julio del año dos mil cinco.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintisiete de julio del año dos mil cinco.
JOSE RAUL ROSALES PEREZ,
REGISTRADOR.
CARLOS ARTURO SOTO GARCIA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. R002898-2
No. de Expediente: 2005050723
No. de Presentación: 20050066845
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JORGE JOSE ZABLAH TOUCHE HASBUN, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de EL BARBARO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
VARIABLE que se abrevia: EL BARBARO, S.A. DE C.V., de nacio-nalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,
EL BARBARO
Consistente en: la palabra EL BARBARO.
La solicitud fue presentada el día veintiséis de julio del año dos mil cinco.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintiocho de julio del año dos mil cinco.
ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,
REGISTRADOR.
MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. R002899-2
No. de Expediente: 2005050022
No. de Presentación: 20050065881
CLASE: 04.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado HUMBERTO SAENZ MARINERO, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de CERTIFICACIONES INDUSTRIALES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: CERTIFICACIONES INDUS-TRIALES, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
AUTOGAS
Consistente en: la palabra AUTOGAS.
La solicitud fue presentada el día veintiocho de junio del año dos mil cinco.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veinte de julio del año dos mil cinco.
JOSE ANGEL ARRIAZA POLANCO,
REGISTRADOR.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. R002925-2
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120 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 368
NOMBRE COMERCIAL
No. de Expediente: 2005047946
No. de Presentación: 20050062962
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado GUILLERMO CORDON CEA HIJO, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de INVERSIONES GALEANO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,
BAHIA DORADA
Consistente en: las palabras BAHIA DORADA, que servirá para: IDENTIFICAR LA EMPRESA DEDICADA AL COMERCIO DE PRO-DUCTOS DE VESTIR TALES COMO TRAJES DE BAÑO Y ACCE-SORIOS DE ESTOS INCLUYENDO SANDALIAS Y ZAPATILLAS PARA PLAYA, UBICADO EN CALLE EL PEDREGAL. CARRETERA PANAMERICANA, AVENIDA JERUSALEN, CENTRO COMERCIAL MULTIPLAZA, LOCAL “B-VEINTICUATRO” SEGUNDO NIVEL, JURISDICCION DE ANTIGUO CUSCATLAN, LA LIBERTAD.
La solicitud fue presentada el día quince de abril del año dos mil cinco.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintinueve de julio del año dos mil cinco.
Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
KARLA GRACIELA ORTEGA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F017292-2
No. de Expediente: 2005050300
No. de Presentación: 20050066251
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado HECTOR JOAQUIN GALDAMEZ NAJARRO, en su calidad de REPRESEN-TANTE LEGAL de GALDAMEZ MARTINEZ, CONSTRUCTORES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: GALMACO, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solici-tando el registro del NOMBRE COMERCIAL,
Consistente en: las palabras TRES TORRES CONSTRUCTORA y diseño, que servirá para: IDENTIFICAR UNA EMPRESA INDUS-TRIAL DEDICADA AL DISEÑO Y CONSTRUCCION DE OBRAS
DE INGENIERIA CIVIL, UBICADA EN AV. RIO AMAZONAS NO 11. COL. JARDINES DE GUADALUPE, ANTIGUO CUSCATLAN, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD.
La solicitud fue presentada el día ocho de julio del año dos mil cinco.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, diez de agosto del año dos mil cinco.
ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,
REGISTRADOR.
MARIA ISABEL JACO LINARES,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. R002905-2
SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL
No. de Expediente: 2005048722
No. de Presentación: 20050064041
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RAFAEL ALBERTO MENDOZA CALDERON, en su calidad de APODERA-DO de CRATO PROPERTIES S.A., de nacionalidad BAHAMENSE, solicitando el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL,
Consistente en: la expresión Nuevo Look Hiper Paiz y diseño, la palabra Look se traduce al castellano como Estilo, que servirá para: ATRAER LA ATENCION DEL PUBLICO CONSUMIDOR A LOS SERVICIOS QUE OFRECE TALES COMO: ANUNCIAR, DIS-TINGUIR Y GARANTIZAR ACTIVIDADES Y PROMOCIONES COMERCIALES RELACIONADAS CON ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES, ALMACENES, TIENDAS, SUPERTIENDAS, CENTROS COMERCIALES, ACTIVIDADES DE EXPORTACION E IMPORTACION, EMPRESAS AGRICOLAS, AGRO INDUSTRIALES, PISCICOLAS, AVICOLAS, FORESTALES, HORTICOLAS, GANA-DERAS, PESQUERAS, CUNICOLAS, RESTAURANTES, EDUCA-CION, DISTRIBUCION Y VENTA DE MERCADERIAS TALES COMO: QUIMICOS, AGRICOLAS, HORTICOLAS, FORESTALES, INDUSTRIALES, PINTURAS, BARNICES Y LACAS, COSMETICOS Y DE PERFUMERIA, ACEITES Y LUBRICANTES INDUSTRIA-LES, FARMACEUTICOS, VETERINARIOS E INSECTICIDAS, HIGIENICOS Y DE LIMPIEZA, METALURGICOS, METALICOS Y MINERALES, PARA LA CONSTRUCCION, COMBUSTIBLES, MAQUINAS HERRAMIENTAS, INSTRUMENTOS MUSICALES, INSTRUMENTOS MANUALES, UTENSILIOS DOMESTICOS, CRISTALERIA, APARATOS E INSTRUMENTOS ELECTRICOS, FOTOGRAFICOS Y AUTOMATICOS, CALCULADORAS, VEHI-
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121DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Septiembre de 2005.
CULOS, JOYERIA, MATERIALES Y EQUIPO DE OFICINA, AR-TISTICOS, UTENSILIOS Y RECIPIENTES PARA LA CASA Y LA COCINA MOBILIARIO, TEXTILES, VESTUARIO INCLUYENDO BOTAS, ZAPATOS Y ZAPATILLAS, PLASTICOS, ALFOMBRAS, JUGUETERIA, ORNAMENTALES, TAPICERIA, DEPORTIVOS, ANIMALES VIVOS, PRODUCTOS ALIMENTICIOS, LICORES, TABACO EN BRUTO O MANUFACTURADO, SERVICIOS DE PU-BLICIDAD Y NEGOCIOS CONSTRUCCIONES Y REPARACIONES, TRANSPORTE Y ALMACENAJE, TRATAMIENTO DE MATERIA-LES, EDUCACION Y ESPARCIMIENTO.
La solicitud fue presentada el día diecisiete de mayo del año dos mil cinco.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veinte de julio del año dos mil cinco.
Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F017074-2
No. de Expediente: 2005050759
No. de Presentación: 20050066883
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RAFAEL AL-BERTO MENDOZA CALDERON, en su calidad de APODERADO de S.C. JOHNSON & SON, INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL,
CUANDO MAX ATACA, TU GANAS
Consistente en: la expresión CUANDO MAX ATACA, TU GANAS, que servirá para: ATRAER LA ATENCION DEL PUBLICO CONSUMI-DOR A LOS PRODUCTOS QUE MI MANDANTE OFRECE TALES COMO PREPARACIONES PARA MATAR HIERBA Y DESTRUIR BICHOS; INSECTICIDAS; PREVENTIVOS DE POLILLA; REPE-LENTES DE INSECTOS; FUNGUICIDAS, RODENTICIDAS.
La solicitud fue presentada el día veintiséis de julio del año dos mil cinco.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintisiete de julio del año dos mil cinco.
LUIS ALONSO CACERES AMAYA,
REGISTRADOR.
NANCY KATYA NAVARRETE QUINTANILLA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F017077-2
MATRICULA DE COMERCIO
ASIENTO DE EMPRESA 2001026555
ESTABLECIMIENTO 2001026555-1.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-MIENTOS:
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SAGET, SALVADOR de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de QUEZALTEPEQUE, LA LIBERTAD con Número de Identifi cación Tributaria: 0512-010847-001-5, ha presentado solicitud a las once horas y cincuenta minutos del día treinta de Mayo del año dos mil uno. Con la cual se otorgaron los asientos de matrícula de Empresa No 2001026555 y Establecimiento No 2001026555- 1; a favor de la Empresa denomina-da TRANSPORTES ACROPOLIS, la cual se dedica a TRANSPORTE COLECTIVO, con dirección en AVENIDA INDEPENDENCIA Y 10ª CALLE ORIENTE # 2, QUEZALTEPEQUE, LA LIBERTAD cuyo activo es de SESENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS SIETE 76/100 Dólares ($63,607.76); y que tiene un Establecimiento Comercial denominado 1-) “TRANSPORTES ACROPOLIS” ubicado en AVENIDA INDEPEN-DENCIA Y 10 CALLE ORIENTE No.2, QUEZALTEPEQUE.
Lo que se hace saber al público para los efectos de Ley.
San Salvador, diecinueve de Junio del año dos mil uno.
Lic. ANGEL FERNANDO GARCIA GUARDADO,
REGISTRADOR.
3 v. alt. No. F017255-2
ASIENTO DE EMPRESA 2000034365
ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2000034365- 001, 002, 003, 004, 005
LA INFRASCRITA REGISTRADORA DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN-TOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE MAURICIO RIVERA MARTINEZ, en su calidad de Representante legal de la sociedad, CERRAJERIA INDUSTRIAL SAN MARTIN, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse CERRAJERIA SAN MARTIN, S.A. DE C.V.; de nacionalidad SALVA-DOREÑA, del domicilio de SANTA TECLA, cuya escritura social está inscrita bajo el número 61 del libro 1467 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria: 0511-090799-101-4; quien ha presentado solicitud a las diez horas y cuatro minutos del día veintiséis de julio de dos mil cinco, con la cual se otorgó el asiento de Empresa No 2000034365 inscripción 236 y el asiento de Establecimiento No 2000034365- 001, 002, 003, 004, 005 inscripciones 237, 238, 239, 240 y 241 todos del libro 88 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa denominada CERRAJERIA INDUSTRIAL SAN MARTIN, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a COMERCIALIZACION Y DUPLICACION DE TODO TIPO DE LLAVES, con dirección en 3º AVENIDA NORTE N° 1-2, CENTRO COMERCIAL PLAZA CAME-LOT, LOCAL N° 4 del domicilio de SANTA TECLA, cuyo activo asciende a CINCUENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS NUEVE DOLARES CON 52/100 $59,509.52 y que tiene los establecimientos siguientes: 001-) denominado CERRAJERIA INDUSTRIAL SAN MARTIN, S.A. DE. C.V. CASA MATRIZ, ubicado en 3a AVENIDA NORTE N° 1-2, CENTRO COMERCIAL PLAZA CAMELOT, LOCAL N° 4, 002-) de-nominado SUCURSAL MERLIOT ubicado en BOULEVARD MERLIOT Y CALLE N° L-7 CIUDAD MERLIOT, 003-) denominado SUCURSAL ESCALON ubicado en PASEO GENERAL ESCALON, CONDOMINIO ALTOS DEL PASEO, LOCAL Nº 28, 004-) denominado SUCURSAL AUTOPISTA SUR ubicado en REPARTO Y CALLE LOS HEROES, LOCAL Nº 12-A, AUTOPISTA SUR, 005-) denominado SUCURSAL
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122 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 368
EL NARANJITO ubicado en 3ª AVENIDA NORTE, N° 1-3, CENTRO COMERCIAL EL NARANJITO, LOCAL N° 1, todos los estableci-mientos se dedican a COMERCIALIZACION Y DUPLICACION DE TODO TIPO DE LLAVES.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.
San Salvador, quince de agosto de dos mil cinco.
MORENA GUADALUPE FLORES AGUIRRE,
REGISTRADORA.
3 v. alt. No. R002892-2
ASIENTO DE EMPRESA 2004053353
ESTABLECIMIENTO 2004053353- 001
LA INFRASCRITA REGISTRADORA DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLE-CIMIENTOS:
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LOWE CLAY SCHLESINGER CASTAÑEDA, en su calidad de Representante legal de la sociedad OFICINA TECNICA DE SERVICIOS Y AJUSTES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse OFICINA TECNICA DE SERVICIOS Y AJUSTES, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de ANTIGUO CUSCATLAN, cuya escritura social está inscrita bajo el número 32 del libro 1729 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria: 0614-220602-105-6, ha presenta-do solicitud a las quince horas y veintiún minutos del día primero de diciembre de dos mil cuatro. Con la cual se otorgaron los asientos de Empresa No 2004053353 y Establecimiento No 2004053353- 001; a favor de la Empresa denominada OFICINA TECNICA DE SERVICIOS Y AJUSTES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a PRESTACION DE SERVICIOS DE ATENCION A RECLAMACIONES EN EL RAMO DE SEGUROS EN GENERAL, AJUSTES DIVERSOS, EN EL RAMO DE SEGUROS DE RIESGOS, AVALUOS EN GENERAL, PERITAJE, INSPECCION Y ASESO-RIAS, con dirección en CONDOMINIO GALERIA 2º NIVEL, Nº 205, AVENIDA OLIMPICA Y 65ª AVENIDA SUR, del domicilio de SAN SALVADOR, cuyo activo asciende a ONCE MIL QUINIENTOS DOLARES CON 00/100 $11,500.00 y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) OFICINA TECNICA DE SERVICIOS Y AJUSTES, S.A. DE C.V., ubicado en CONDOMINIO GALERIA 2º NIVEL, Nº 205, AVENIDA OLIMPICA Y 65ª AVENIDA SUR, del domicilio de SAN SALVADOR.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.
San Salvador, catorce de enero de dos mil cinco.
Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,
REGISTRADORA.
3 v. alt. No. R002900-2
ASIENTO DE EMPRESA 2002042719
ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2002042719- 001
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado el señor JOSE ENRIQUE GUTIERREZ ROSALES en su calidad de Representante legal de la sociedad AGRICOLA EL CORONEL, SOCIEDAD ANONIMA DE
CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse AGRICOR, S.A. DE C. V.; de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 43 del libro 1644 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identi-fi cación Tributaria: 0614-200801-102-9; el cual ha presentado solicitud a las diez horas y treinta y un minutos del día treinta de septiembre de dos mil cuatro, con la cual se otorgó el asiento de Empresa No 2002042719 inscripción 153 y el asiento de Establecimiento No 2002042719- 001 inscripción, ambos del libro 83 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa denominada AGRICOLA EL CORONEL, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a CULTIVO Y VENTA DE CAÑA DE AZUCAR, con dirección en RESIDENCIAL MORIAH, LOMAS DE SAN FRANCISCO, SENDA “A” N° 23, jurisdicción de SAN SALVADOR, cuyo activo asciende a DOSCIENTOS DIECINUEVE MIL CIENTO DIECISIETE DOLARES CON 97/100 $219,117.97 y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado AGRICOLA EL CORONEL, S.A. DE C.V., ubicado en RESIDENCIAL MORIAH, LOMAS DE SAN FRANCISCO, SENDA “A” Nº 23, SAN SALVADOR y que se dedica a CULTIVO Y VENTA DE CAÑA DE AZUCAR.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.
San Salvador, diecisiete de mayo de dos mil cinco.
Lic. RUBEN ALBERTO NAVARRO CRUZ,
REGISTRADOR.
3 v. alt. No. R002902-2
ASIENTO DE EMPRESA 2003022498
ESTABLECIMIENTO 2003022498- 001
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-MIENTOS:
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado NEFTALI ARMANDO PORTILLO HERRERA, en su calidad de Representante legal de la sociedad OMOMA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse OMOMA, S.A. DE C.V., de nacio-nalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 32 del libro 1067 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria: 0614-060494-103-0, ha presentado solicitud a las diez horas y cincuenta y cuatro minutos del día treinta de abril de dos mil tres. Con la cual se otorgaron los asientos de Empresa No 2003022498 y Esta-blecimiento No 2003022498- 001; a favor de la Empresa denominada OMOMA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a LA SIEMBRA CULTIVO Y RECOLECCION, BENEFICIO DE CAFE Y EXPORTACION DE CAFE, con dirección en COLONIA SAN FRANCISCO, AVENIDA LAS CAMELIAS # 20, del domicilio de SAN SALVADOR, cuyo activo asciende a CIEN MIL COLONES CON 00/100 ¢100,000.00 y que tiene el (los) establecimiento (s) si-guiente (s): 001-) OMOMA, S.A. DE C.V. ubicado en COLONIA SAN FRANCISCO, AVENIDA LAS CAMELIAS # 20, del domicilio de SAN SALVADOR.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.
San Salvador, veintiséis de agosto de dos mil tres.
LEONOR JIMENEZ BARRIOS,
REGISTRADOR.
3 v. alt. No. R002903-2
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123DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Septiembre de 2005.
ASIENTO DE EMPRESA 2002018276
ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2002018276-001
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRI-CULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE AN-TONIO ARMANDO LEMUS ZELAYA en su calidad de Representante legal de la sociedad NEGOCIOS DE BIENES RAICES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse NEGO-BIERA, S.A. DE C.V.; de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de ANTIGUO CUSCATLAN, cuya escritura social está inscrita bajo el número 42 del libro 861 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria: 0614-100492-103-2; el cual ha presentado solicitud a las diez horas y trece minutos del día veintisiete de junio de dos mil cinco; con la cual se otorgó el asiento de Empresa No. 2005018276 inscripción 66 y el asiento de Establecimiento No. 2005018276-001 inscripción 67, ambos del libro 88 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa denominada NE-GOCIOS DE BIENES RAICES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a INMOBILIARIAS REALIZADAS CON BIENES PROPIOS Y ARRENDADOS, con dirección en BOULEVARD ORDEN DE MALTA No. 5, URBANIZACION SANTA ELENA del domicilio de ANTIGUO CUSCATLAN, cuyo activo asciende a OCHO-CIENTOS TREINTA Y UN MIL SETECIENTOS TREINTA Y SEIS DOLARES CON 05/100 ($ 831,736.05) y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado NEGOCIOS DE BIENES RAICES, S.A. DE C.V., ubicado en BOULEVARD ORDEN DE MALTA No. 5, UR-BANIZACION SANTA ELENA, ANTIGUO CUSCATLAN y que se dedica a INMOBILIARIAS REALIZADAS CON BIENES PROPIOS Y ARRENDADOS.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.
San Salvador, veintinueve de julio de dos mil cinco.
LIC. JULIO RUBEN TRUJILLO VENTURA,
REGISTRADOR.
3 v. alt. No. R002921-2
ASIENTO DE EMPRESA 2003008111
ESTABLECIMIENTO 2003008111- 001
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-MIENTOS:
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ANTO-NIO LEMUS ZALDIVAR, en su calidad de Representante legal de la sociedad ANLE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse ANLE, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVA-
DOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 74 del libro 245 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria: 0614-080379-001-8, ha presentado solicitud a las nueve horas y treinta y un minutos del día veinticinco de junio de dos mil dos. Con la cual se otorgaron los asientos de Empresa No. 2003008111 y Establecimiento No 2003008111-001; a favor de la Empresa denominada ANLE, SO-CIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a SERVICIOS DE PUBLICIDAD, con dirección en URBANIZACION ARCOS DE SANTA ELENA, CALLE APANECA # 4-C, del domicilio de ANTIGUO CUSCATLAN, cuyo activo asciende a SETECIENTOS CUARENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS SIETE DOLARES CON 98/100 $ 743,607.98 y que tiene el (los) establecimiento(s) siguiente(s): 001-) ANLE, S.A. DE C.V. ubicado en URBANIZACION ARCOS DE SANTA ELENA, CALLE APANECA # 4-C,, del domicilio de ANTIGUO CUSCATLAN.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.
San Salvador, catorce de marzo de dos mil tres.
LEONOR JIMENEZ BARRIOS,
REGISTRADOR.
3 v. alt. No. R002922-2
CONVOCATORIAS
CONVOCATORIA
La Junta Directiva de AMERICAN SOCIETY OF EL SALVADOR con-voca a sus miembros a junta general extraordinaria el día 4 de Octubre del 2005 a las 6:30 p.m. a celebrarse en las instalaciones de la Iglesia Unión Church de El Salvador ubicada en Colonia La Mascota, fi nal 4a Calle, de esta ciudad. La agenda a tratar será:
Establecimiento del quórum y la elección de miembros de junta di-rectiva.
Por la Junta Directiva de American Society of El Salvador convoca el secretario Rosario Arévalo.
San Salvador, 31 de Agosto del 2005.
CARMEN SLONE,
PRESIDENTE.
3 v. alt. No. F017305-2
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124 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 368
EL CONSEJO DE ADMINISTRACION DE LA SOCIEDAD COOPERA-TIVA DE TRABAJADORES SOLIDARISTAS ATCESSA DE R.L.
POR ESTE MEDIO CONVOCA A SUS SOCIOS A CELEBRAR
ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA
DIA: SABADO 8 DE OCTUBRE DE 2,005
HORA: 1°. CONVOCATORIA 11:30 A.M.
2°. CONVOCATORIA 12:00 M.
LUGAR: RESTAURANTE LA COCINA DE METAPAN
PARA TRATAR LA SIGUIENTE AGENDA:
1. Verifi cación del quórum.
2. Himno Nacional.
3. Apertura de Asamblea Extraordinaria.
4. Lectura del Acta anterior.
5. Propuesta de cambio sobre denominación de la Sociedad Cooperativa ATCESSA de R.L.
6. Solicitud de aprobación para Invertir en una Sociedad Anó-nima.
Metapán, a los seis días del mes de Septiembre del dos mil cinco.
AMILCAR FLORES CAMPOS,
PRESIDENTE DEL CONSEJO DE ADMINISTRACION.
CLAUDIA MARÍA LINARES CANANA,
SECRETARIA DE CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN.
3 v. alt. No. R002894-2
SUBASTAS PUBLICAS
JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,
HACE SABER: Al público para efectos de ley que por ejecución promovida en este juzgado por el Licenciado JOSE MARIO DENIS MOLINA Apoderado del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, contra el señor EDUARDO ANTONIO QUINTANILLA conocido por EDUARDO ANTONIO ASCENCIO QUINTANILLA se venderá en pú-blica subasta en este mismo Juzgado el día y la hora que oportunamente se indicara el bien inmueble embargado siguiente: “ Un lote urbano y construcciones que contiene marcado con el número SETENTA Y SEIS
polígono TRES del block I, de una extensión superfi cial de CINCUEN-
TA METROS CUADRADOS con un área construída de VEINTISEIS
METROS CUADRADOS del proyecto habitacional VALLE DEL SOL
San Leonardo, situado en Cantón San Nicolás en Jurisdicción de Apopa,
en este Departamento, cuya descripción es la siguiente: partiendo de
la intersección de los ejes de la Avenida San Leonardo y del Pasaje C
Poniente abiertos en dicha Urbanización, se miden sobre el eje de este
último con rumbo norte ochenta y nueve grados veinticinco punto tres
minutos Oeste una distancia de setenta y seis, punto cincuenta metros
haciendo una defl exión izquierda de noventa grados con rumbo Sur cero
grados treinta y cuatro punto siete minutos Oeste, se mide dos punto
cincuenta metros y se llega al mojón número uno esquinero noreste del
lote que se describe que mide y linda: AL ESTE: recta de diez metros
con rumbo Sur cero grados treinta y cuatro punto siete minutos Oeste,
linda con lote setenta y cinco del polígono tres Block I AL SUR: recta de
cinco metros con rumbo Norte ochenta y nueve grados veinticinco punto
tres minutos Oeste, linda con lote número noventa y tres del polígono tres
block I AL OESTE: recta de diez metros con rumbo Norte cero grados
treinta y cuatro punto siete minutos Este linda con lote setenta y siete del
polígono tres Block I y AL NORTE: recta de cinco metros con rumbo
Sur ochenta y nueve grados veinticinco punto tres minutos Este, linda
con lote cincuenta y cuatro del polígono dos block I pasaje C poniente
de por medio de cinco metros de ancho. Los lotes que se mencionan en
las colindancias son han sido propiedad de C. G. ingenieros arquitectos
S.A. de C.V. el inmueble anteriormente descrito está inscrito a favor
del demandado bajo la matrícula número M01035759 asiento 003, del
Registro de la Propiedad Social de inmuebles.
Se admitirán posturas que se hagan siendo legales.
Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Salvador, a las
diez horas del día veinticinco de julio de dos mil cinco.- LIC. JOSE
MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL.- LIC.
TATIANA VILMA MERCEDES CÁCERES DE ALAS, SECRETA-
RIA.
3 v. alt. No. F017264-2
JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Al público para efectos de ley, que por ejecución
seguida en este Tribunal por el Doctor RENE MAURICIO CASTILLO
PANAMEÑO y continuado por el Licenciado JOSE MARIO DENIS
MOLINA, apoderado del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA,
Institución Autónoma de este domicilio que se abrevia “EL FONDO”,
contra el señor JORGE RICARDO SALVADOR HENRIQUEZ LOZA,
mayor de edad, Motorista, actualmente de domicilio ignorado, repre-
sentado legalmente por su Curador Ad - Litem, Licenciada ANA LUZ
PANAMA CERON, reclamándole cantidad de colones y demás acce-
sorios legales, se venderá en Pública Subasta en este Juzgado, el bien
inmueble embargado siguiente: “Un Lote Urbano y construcciones que
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125DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Septiembre de 2005.
contiene marcado en el plano respectivo con el número VEINTINUEVE,
DEL BLOCK CUARENTA Y TRES, PASAJE “V”, DEL REPARTO
LA CAMPANERA TERCERA ETAPA, identifi cado como lote o por-
ción B, situado en el lugar llamado “Cruz de Piedra” o “El Limón”,
en jurisdicción de Soyapango, Departamento de San Salvador; cuyas
medidas perimetrales son: AL NORTE, nueve punto cero cero metros;
AL ORIENTE, cinco punto cero cero metros; AL SUR, nueve punto
cero cero metros; AL PONIENTE, cinco punto cero cero metros; de una
extensión superfi cial de CUARENTA Y CINCO PUNTO CERO CERO
METROS CUADRADOS. En él hay construida una casa de sistema
mixto con todos sus servicios.- El inmueble anteriormente descrito está
inscrito a favor del demandado señor JORGE RICARDO SALVADOR
HENRIQUEZ LOZA, bajo la Matrícula Número M CERO UNO UNO
TRES UNO OCHO DOS TRES, del Registro Social de Inmuebles de
este Departamento””.-
Se admitirán posturas que se hagan siendo legales.
Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: San Salvador, a las
catorce horas y cincuenta y seis minutos, del día veintinueve de Julio
de dos mil cinco.- DR. JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ
TERCERO DE LO CIVIL. BR. ALEX ALBERTO SORTO MELARA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F017265-2
LA INFRASCRITA JUEZ TERCERO DE LO MERCANTIL DE ESTE
DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO EN GENERAL:
HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil que promueve
en este Tribunal inicialmente el Licenciado NELSON ARMANDO
RODRIGUEZ RAMIREZ y actualmente continuado por la Licenciada
NELLY MARLENE MORENO REYES, en calidad de Apoderados
Generales Judiciales del BANCO SALVADOREÑO SOCIEDAD
ANONIMA, Sociedad absorbente del BANCO DE CONSTRUCCION
Y AHORRO SOCIEDAD ANONIMA, contra la señora SILVIA ES-
MERALDA MARQUEZ ABREGO, se venderá en Pública Subasta, en
fecha que más adelante se señalará, el bien inmueble que a continuación
se localiza y describe, ASI: “Un inmueble Inscrito a favor de la señora
SILVIA ESMERALDA MARQUEZ ABREGO, que según matrícula de
Folio Real número CERO UNO - CERO OCHENTA Y CINCO MIL
CIENTO SESENTA Y NUEVE - CERO CERO CERO DOS, del Registro
de La Propiedad Raíz e Hipotecas de este Departamento.- Un inmueble
urbano y construcciones que contiene, denominado como Apartamento
número A-UNO, del Condominio Marta María, número Catorce, situado
en Jurisdicción de Soyapango, Calle El Matazano, de este Departamen-
to, de la descripción siguiente: Partiendo del esquinero Sur-Oriente,
de la primera Planta del Edifi cio “A”, el cual es el mismo esquinero
del Apartamento que se describe y a partir de este punto mide y linda
así: AL SUR: Lindero recto con rumbo Norte ochenta y cinco grados
cuarenta y siete minutos cero seis segundos Oeste y distancia de cuatro
punto cincuenta y tres metros, linda con Apartamento número B-UNO,
porción número Dos de la zona verde en condominio, pasillos de uno
punto veinte metros de ancho de acceso a los edifi cios A, B, y C, y pared
de cero punto veinte metros de espesor de por medio respectivamente:
AL PONIENTE: Lindero recto, con rumbo Norte, cero cuatro grados
doce minutos cincuenta y cuatro segundos Este y distancia de siete punto
cero cero metros.- Linda con apartamento A-DOS, pared medianera de
cero punto veinte metros de espesor de por medio; AL NORTE: Lindero
recto con rumbo Sur, ochenta y cinco grados cuarenta y siete minutos
cero punto seis segundos Este, y distancia de cuatro punto cincuenta y
tres metros, de la cual los primeros dos punto cuarenta y tres metros
forman parte del área construida del Apartamento y el resto, forma
parte del área no construida del mismo, linda con propiedad de Erlinda
Vaquerano, pared de cero punto veinte metros de espesor de por medio
en la parte construida y pared propiedad de dicha señora, en el resto;
AL ORIENTE: Lindero recto con rumbo Sur cero cuatro grados doce
minutos cincuenta y cuatro segundos Oeste y distancia de siete punto
cero cero metros, de la cual los primeros dos punto cero cero metros,
forman parte del área no construida del Apartamento y el resto, forma
parte de la construcción del mismo y linda con la Calle El Matazano de
nueve punto treinta metros de derecho de vía, porción número uno de la
zona verde en condominio y pared de cero punto diez metros y cero punto
veinte metros de espesor de por medio respectivamente.- El Apartamento
descrito tiene un área construida privativa de VEINTISIETE PUNTO
CERO CERO METROS CUADRADOS equivalentes a TREINTA Y
OCHO PUNTO SESENTA Y TRES VARAS CUADRADAS y un área
proporcional de CUATRO PUNTO CUARENTA Y TRES METROS
CUADRADAS equivalentes a SEIS PUNTO TREINTA Y CUATRO VA-
RAS CUADRADAS, que le corresponde de pasillo y escaleras, haciendo
esto, un área total construida de TREINTA Y UNO PUNTO CUAREN-
TA Y TRES METROS CUADRADOS equivalentes a CUARENTA Y
CUATRO PUNTO NOVENTA Y SIETE VARAS CUADRADAS Y un
área de terreno en condominio de SEIS PUNTO OCHENTA Y OCHO
METROS CUADRADOS, equivalentes a NUEVE PUNTO OCHENTA
Y CUATRO VARAS CUADRADAS Y un área de terreno de Privativo de
TRECE PUNTO CERO CERO METROS CUADRADOS equivalentes
a DIECIOCHO PUNTO SESENTA VARAS CUADRADAS, haciendo
esto un área total de terreno de DIECINUEVE PUNTO OCHENTA
Y CUATRO METROS CUADRADOS, equivalentes a VEINTIOCHO
PUNTO CUARENTA Y CUATRO VARAS CUADRADAS, el conjunto
volumétrico del Apartamento, tiene una altura de dos punto cuarenta y
cinco metros, limitado en la parte inferior por el bien raíz del inmueble
y en la parte superior por el Apartamento número A-Veintiuno, loza de
entrepiso de bloque ligero de cero punto veintitrés metros de espesor
de por medio en la zona construida y por el espacio aéreo del mismo en
la zona no construida, por lo que el apartamento tiene un volumen de
sesenta y seis punto quince metros cúbicos.
Se admitirán posturas siendo legales.
Librado en el Juzgado Tercero de lo Mercantil, San Salvador, a
las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del día veinte de Junio del
año dos mil cinco.- LIC. ANA MARIA CORDON ESCOBAR, JUEZ
TERCERO DE LO MERCANTIL.- LIC. ANA CECILIA FIGUEROA
DE BARAHONA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F017268-2
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126 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 368REPOSICIÓN DE CERTIFICADO
AVISO
EL BANCO SALVADOREÑO, S.A.
COMUNICA: que a sus ofi cinas se ha presentado el propietario del certifi cado de depósitos a plazo No. 24601042130 (019871) emitido en Suc. Apopa el 13 de octubre de 2004, por valor original de $1,057.00 a un plazo de 1 mes, el cual devenga el 2.% de interés solicitando la reposición de dicho certifi cado por habérsele extraviado.
En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público para los efectos legales del caso, transcurridos treinta días después de la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer el certifi cado en referencia.
San Salvador, a los cinco días del mes de septiembre de dos mil cinco.
Lic. EDWIN OSWALDO ESCOBAR ZALDAÑA,
SUBGERENTE DE PROCESOS CENTRALIZADOS.
3 v. alt. No. F017046-2
AVISO
EL BANCO SALVADOREÑO, S.A.
COMUNICA: que a sus ofi cinas se ha presentado el propietario del certifi cado de depósitos a plazo No. 1601107170 (018179) emitido en Suc. Centro el 19 de octubre de 2004, por valor original de $1,142.85 a un plazo de 1 mes, el cual devenga el 2% de interés solicitando la reposición de dicho certifi cado por habérsele extraviado.
En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público para los efectos legales del caso, transcurridos treinta días después de la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer el certifi cado en referencia.
San Salvador, a los cinco días del mes de septiembre de dos mil cinco.
Lic. EDWIN OSWALDO ESCOBAR ZALDAÑA,
SUBGERENTE DE PROCESOS CENTRALIZADOS.
3 v. alt. No. F017048-2
AVISO
EL BANCO SALVADOREÑO, S.A.
COMUNICA: que a sus ofi cinas se ha presentado el propietario del certifi cado de depósitos a plazo No. 142227021601 (206547) emitido en Suc. Centro (Bancasa) el 03 de noviembre de 1999, por valor original de ¢4,400.00 a un plazo de 90 días, el cual devenga el 8.25% de interés solicitando la reposición de dicho certifi cado por habérsele extraviado.
En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público para los efectos legales del caso, transcurridos treinta días después de la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer el certifi cado en referencia.
San Salvador, a los cinco días del mes de septiembre de dos mil cinco.
Lic. EDWIN OSWALDO ESCOBAR ZALDAÑA,
SUBGERENTE DE PROCESOS CENTRALIZADOS.
3 v. alt. No. F017053-2
AVISO
El Banco Cuscatlán S.A.,
COMUNICA: Que a sus ofi cinas ubicadas en Calle a Tonacatepeque, Centro Comercial Unicentro, Soyapango, se ha presentado el propietario de CERTIFICADO DE DEPÓSITO A PLAZO FIJO DOLARES Número 007PLA000408914, solicitando la reposición de dicho CERTIFICADO por CINCO MIL CIENTO CUARENTA Y DOS 85/100 DOLARES (US$5,142.85).
En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento al público en general, para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta días después de la tercera publicación de este aviso y si no hubiere ninguna oposición, se procederá a reponer el certifi cado en referencia.
Soyapango, 6 de septiembre de 2005.
CELINA ESTELA DE RODAS,
BANCO CUSCATLÁN S.A.
AGENCIA UNICENTRO.
3 v. alt. No. F017197-2
AUMENTO DE CAPITAL
El Infrascrito Administrador Único de SERVICIOS Y SISTEMAS DE MANTENIMIENTO RUGE, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE; para los efectos de ley hace del conocimiento del público que en Junta General Extraordinaria de Accionistas número once, cele-brada en esta ciudad a las diez horas del día martes nueve de agosto del año dos mil cinco, con la presencia y representación del cien por ciento de las acciones que forman el Capital Social, por unanimidad se acordó aumentar el Capital Social mínimo de la Sociedad que actualmente asciende a veinte mil colones, en la suma de ochenta mil colones, a fi n de dar cumplimiento a lo ordenado en el artículo número ciento tres del Código de Comercio vigente y pueda girar con un Capital Mínimo de cien mil colones, representado y dividido en mil acciones comunes y nominativas de un valor de cien colones cada una. El aumento de Capital se efectúa trasladando la cantidad de ochenta mil colones del Capital Variable al Capital fi jo, con lo cual el Capital de la Sociedad queda Distribuido de la siguiente manera: a) Capital Social Mínimo cien mil colones; y b) Capital Social Variable veinte mil colones.
San Salvador, treinta y uno de agosto del año dos mil cinco.
EUGENIO ANTONIO AGUILAR CALDERON,
ADMINISTRADOR UNICO.
3 v. alt. No. F017221-2
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127DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Septiembre de 2005.
El Infrascrito Director Presidente de la Sociedad INVERSAC, S.A. de C.V.; inscrita en el Registro de Comercio con el número cuatro, del libro un mil ochocientos treinta y dos, folios del treinta y seis al cincuenta y siete,
HACE SABER: Que en el Libro de Actas de la Sociedad, se en-cuentra asentada el Acta número tres, de fecha veinticuatro de mayo de dos mil cinco, de la Junta General Extraordinaria de Accionistas, en la cual por Unanimidad Acordaron, AUMENTAR el Capital Social Mínimo de la Sociedad, en su parte fi ja, que es de Cien mil 00/100 Colones o su equivalente en Dólares de Estados Unidos de Norteamérica. A Setecientos mil 00/100 Colones o su equivalente en Dólares de Estados Unidos de Norteamérica, mediante la Elevación del Valor Nominal de las Acciones ya existentes, el cual se cubrirá con aportaciones de los accionistas, en efectivo y de contado.
Y para dar cumplimiento a lo establecido en los artículos 176 y 486 del Código de Comercio, publíca este acuerdo.
JOSE ALFREDO AVELAR.
3 v. alt. No. R002904-2
Yo, Raúl Alfredo Saca López en mi calidad de Administrador único pro-pietario, certifi co que en el libro de actas de Junta General Extraordinaria de Accionistas de la sociedad Importaciones Pecuarias R. Saca, S.A. de C.V. se encuentra el acta número uno, en la cual se trató como punto único la Modifi cación al pacto social por incremento del capital, el cual literalmente dice de la siguiente manera: II. Se sometió a discusión de los accionistas incrementar el capital social en US$76,500, de tal forma que el nuevo capital social será de US$88,000, para dar cumplimiento a lo establecido el Banco Cuscatlán en la aprobación de la Línea Rotativa. El incremento de capital será suscrito únicamente por Raúl Alfredo Saca López. Se nombra a Raúl Alfredo Saca López para que formalice ante notario dicho acuerdo. Se sometió a votación aprobándose por unanimi-dad. Se extiende la presente certifi cación en la ciudad de San Salvador, el día seis de julio del año dos mil cinco.
RAUL ALFREDO SACA LOPEZ,
IMPORTACIONES PECUARIAS,
R.SACA, S.A. DE C.V.
3 v. alt. No. R002912-2
AVISO
La infrascrita Director Propietario Presidente de la Junta Directiva de la Sociedad, REDEX, S.A. DE C.V., de este domicilio, por este medio hace del conocimiento público para los efectos legales consiguientes, que en sesión de Junta General Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad, celebrada en esta ciudad, a las dieciséis horas del día veintinueve de agosto de dos mil cinco, se acordó por unanimidad aumentar el capital social mínimo de la sociedad en OCHENTA MIL COLONES, equivalentes a NUEVE MIL CIENTO CUARENTA Y DOS PUNTO OCHENTA Y SIETE DOLARES de los Estados Unidos de América, mediante la emisión
de ochocientas nuevas acciones del valor nominal de cien colones cada una. En consecuencia, con el aumento al capital social mínimo acordado y juntamente con el capital social mínimo de fundación que asciende a la cantidad de VEINTE MIL COLONES, la sociedad girará con un capital social mínimo de CIEN MIL COLONES, equivalentes a ONCE MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO PUNTO CINCUENTA Y NUEVE DOLARES, representado y dividido en mil acciones del valor nominal de cien colones cada una. Asimismo se acordó en dicha sesión nombrar como ejecutor especial de los acuerdos de la junta, para que comparezca ante Notario a otorgar la escritura de aumento de capital social mínimo, a la Licenciada Isabel Deyanira Reyes Castro de Altamirano.
San Salvador, a las nueve horas del día seis de septiembre de dos mil cinco.
Lic. ISABEL DEYANIRA REYES CASTRO DE ALTAMIRANO,
DIRECTOR PROPIETARIO PRESIDENTE.
3 v. alt. No. R002913-2
DISOLUCIÓN DE SOCIEDADES
CERTIFICACIÓN
La suscrita Secretaria de la Junta General Extraordinaria de Accionistas de la sociedad BELLSOUTH VOLCAN-BSC DE EL SALVADOR Y COMPAÑIA SOCIEDAD EN COMANDITA DE CAPITAL VARIABLE, que puede abreviarse BELLSOUTH VOLCAN-BSC DE EL SALVADOR Y CIA. S. EN C. DE C.V., Lic. Roxana María Romero Mena,
CERTIFICA: Que en el libro de Actas de Junta General de Accio-nistas que lleva la sociedad, se encuentra asentada el acta número uno, de sesión de Junta General Extraordinaria de Accionistas, celebrada a las nueve horas del día diecisiete de Agosto de dos mil cinco, la cual contiene los Acuerdos que literalmente dicen:
1. Los representantes de los accionistas presentes acuerdan por unanimidad proceder a la disolución y liquidación de la sociedad de conformidad al artículo 187 numeral IV del Código de Comercio, y en consecuencia a partir de la inscripción del presente acuerdo a la denomi-nación de la sociedad se agregará la frase “en liquidación”. Los asistentes acuerdan nombrar al Licenciado Antonio Rafael Méndez Llort como representante de la masa de accionistas para otorgar la Escritura Pública de disolución correspondiente. 2. Los representantes de las acciones de la sociedad, de conformidad a la cláusula XXXV del Pacto Social, por unanimidad eligen como liquidadores de la sociedad al Licenciado Antonio Rafael Méndez Llort, mayor de edad, Licenciado en Ciencias Jurídicas, de este domicilio y al Licenciado José Roberto Romero Mena, mayor de edad, Abogado y Notario, de este domicilio, quienes podrán actuar conjunta o separadamente, fi jando como plazo máximo para la liquidación cinco año a partir de la inscripción de su nombramiento en el Registro de Comercio.
Es conforme con su original con el cual se confrontó y para los efectos legales consiguientes se extiende la presente, en San Salvador, a los dos días del mes de Septiembre de dos mil cinco.
Lic. ROXANA MARIA ROMERO MENA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. R002914-2
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128 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 368AVISO DE COBRO
La Infrascrita Sub Jefe del Departamento Jurídico del Ministerio de Hacienda, a quien interese para los efectos de ley
HACE SABER: Que a este departamento se ha presentado el señor NELSON JOVANI TRUJILLO VELÁSQUEZ, mayor de edad, Estudiante, del domicilio de la ciudad de Apopa en este departamento; solicitando en calidad de hijo sobreviviente se le permita cobrar la cantidad de U.S.$ 262.00, dejados pendientes de cobro en concepto de devolución del excedente del Impuesto sobre la Renta del ejercicio fi scal 2004 por su extinto padre, señor José Benjamín Trujillo Clará, quien al momento de su fallecimiento era de cuarenta y siete años de edad, Soltero, Alba-ñil, originario de Colón, Departamento de La Libertad y de su último domicilio de la ciudad de Apopa en este Departamento de San Salvador, quien falleció el día 9 de junio de los corrientes en el Hospital Nacional de la ciudad y Departamento de San Vicente.
Lo anterior se hace del conocimiento del público, para que la per-
sona que se crea con igual o mejor derecho se presente a este Ministerio
a hacer uso de éste, a más tardar dentro de los 15 días siguientes a la
publicación del tercer y último aviso.
Ministerio de Hacienda. San Salvador, a los dieciocho días del mes
de agosto del año dos mil cinco.
NORA LIZETH PÉREZ DE LÓPEZ,
SUBJEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO
MINISTERIO DE HACIENDA.
3 v. 1 v. c/3 días No. F016959-2
DE TERCERA PUBLICACIÓN
ACEPTACION DE HERENCIA
MARIA ESTHER FERRUFINO viuda de PARADA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL: SAN MIGUEL,
HACE SABER: Que por resolución de las once horas y doce mi-nutos del día veintinueve de Agosto del dos mil cinco, se ha tenido por aceptada expresamente con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó el señor JESÚS GUEVARA GUZMAN o JESÚS GUEVARA, quien falleció a las veintitrés horas del día veinticinco de Julio de mil novecientos noventa y uno, en el Cantón Cercas de Piedra, Jurisdicción de Chapeltique, departamento de San Miguel, de parte del señor JOSE MANUEL NAVARRETE GUEVARA, en calidad de hijo del causante y se le ha conferido al aceptante en el carácter antes indicado la administración y representación interinas de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.-
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.
Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las once horas y catorce minutos del día veintinueve de Agosto del dos mil cinco.- Dra. MARIA ESTHER FERRUFINO viuda de PARADA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL. Licda. MARTA DOLORES COREAS, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F016695-3
MARIA ESTHER FERRUFINO Viuda de PARADA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL DE SAN MIGUEL,
HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas y trece mi-nutos del día diez de Agosto del dos mil cinco, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó el señor JOSE ANSELMO LOZA CACERES, quien falleció a las tres horas del día veintidós de Septiembre de mil novecientos noventa y ocho, en el cantón Los Ejidos de Moncagua, departamento de San Miguel, siendo este lugar su último domicilio, de parte de la señora MARINA ELIZABETH URRUTIA DE LOZA, en calidad de cónyuge sobreviviente del causante y como cesionaria de los derechos hereditarios que les correspondían a los señores JOSE ESTAFOR URRUTIA LOZA y MARIA FLORINDA LOZA DE CACERES, el primero como hijo y
la segunda como madre del causante, y se le ha conferido a la aceptante en el carácter antes indicado la administración y representación interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.-
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.-
Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las ocho horas y catorce minutos del día diez de Agosto del dos mil cinco.- Dra. MARIA ESTHER FERRUFINO viuda de PARADA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL. Lic. MARTA DOLORES COREAS, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F016698-3
HENRY EDMUNDO MACALL ZOMETA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE CHALCHUAPA,
HACE SABER: al público para los efectos de ley, que por reso-lución proveída por este tribunal, a las catorce horas veinte minutos del día dieciocho de agosto de dos mil cinco, se ha tenido por aceptada expresamente, con benefi cio de inventario la herencia intestada, que a su defunción ocurrida a las cinco horas treinta minutos del día quince de diciembre de mil novecientos noventa y nueve, en el Cantón Santa Rosa, de esta jurisdicción, siendo dicho cantón el lugar de su último domicilio; dejó el señor REYES SOLIS, quien fue de sesenta y cinco años de edad, casado, empleado, de parte de los señores ROSA ELVIRA, CARLOS ANTONIO y JULIO CESAR los tres de apellidos SOLÍS RIVERA, en su calidad de hijos del expresado causante, a quienes se les nombra INTERINAMENTE administradores y representantes de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.-
Se cita a todas las personas que se crean con derecho a la heren-cia, para que se presenten a este juzgado, a deducirlo en el término de quince días, contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.-
Juzgado de lo Civil: Chalchuapa, a las ocho horas treinta y tres minutos del día veintidós de agosto de dos mil cinco.-Enmendados:suce-sión-cura-dores-valen.- Lic. HENRY EDMUNDO MACALL ZOMETA, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. HENRY OVIDIO GARCIA RODRIGUEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F016712-3
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129DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Septiembre de 2005.
JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS-TRITO JUDICIAL DE METAPAN,
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a las catorce horas con treinta minutos del día veintidós de agosto del dos mil cinco; se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada dejada por el causante ALONSO TORRES PLACIDON conocido por ALONSO TORRES, FLORENCIO ALONZO TORRES y por FLORENCIO ALONSO TORRES, quien fue de sesenta y siete años de edad, empleado, fallecido el día diez de noviembre del dos mil cuatro, siendo esta ciudad su último domicilio; por parte de los señores DELFINA FLORES SANABRIA ahora DELFINA FLORES DE TORRES conocida por DELFINA FLORES y por DELFINA FLORES SANABRIA DE TORRES, ELISA MARIBEL TORRES DE ZAMBRA-NO, CESAR ALONSO TORRES FLORES, y GLENDA JEANNETTE TORRES FLORES, en concepto de cónyuge sobreviviente e hijos res-pectivamente del referido causante; en consecuencia se les ha conferido a dichos aceptantes la administración y representación INTERINA de la sucesión, con las facultades y restricciones que la Ley confi ere a los curadores de la herencia yacente.
Se cita a las personas que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.-
Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las catorce horas con veinte minutos del día veintinueve de agosto del dos mil cinco.- Lic. JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. MARIA LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F016714-3
HENRY EDMUNDO MACALL ZOMETA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE CHALCHUAPA,
HACE SABER: Al público para los efectos de ley, que por resolución proveída por este tribunal, a las nueve horas veintiséis minutos del día trece de julio de dos mil cinco. Se ha tenido por aceptada expresamente con benefi cio de inventario, la herencia intestada que a su defunción ocurrida a las veinte horas treinta minutos del día diecisiete de marzo de mil novecientos noventa y cuatro, en el barrio Santa Cruz de esta ciudad, siendo el lugar de su último domicilio la ciudad de Chalchuapa; dejó la señora MARIA DE LA CRUZ RIVERA conocida por CRUZ RIVERA y por MARIA CRUZ RIVERA, quien fue de sesenta años de edad, ofi cios domésticos, soltera; de parte del señor ANTONIO GOMEZ GOMEZ, como Cesionario de los derechos hereditarios que le correspondían a las señoras ELENA HERMELINDA RIVERA y ALICIA DEL TRANSITO RIVERA LOPEZ, en su calidad de hijas de la referida causante; a quien se le nombra INTERINAMENTE administrador y representante de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.-
Se cita a todas las personas que se crean con derecho a la heren-cia, para que se presenten a este Juzgado, a deducirlo en el término de quince días, contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.-
Juzgado de lo Civil: Chalchuapa, a las ocho horas trece minutos del día dieciocho de julio de dos mil cinco.- Lic. HENRY EDMUNDO MACALL ZOMETA, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. HENRY OVIDIO GARCIA RODRIGUEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F016716-3
MELIDA DEL TRANSITO GONZALEZ ORELLANA, JUEZ DE
PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,
HACE SABER: Al público para los efectos de ley, que por resolución
proveída por este Tribunal, a las ocho horas cuarenta y cinco minutos
del día treinta de mayo del corriente año, se ha tenido por aceptada
expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada que a
su defunción ocurrida a las dieciséis horas, del día quince de agosto del
año dos mil cuatro, en el Barrio El Campamento de esta ciudad, siendo
la ciudad de Acajutla su último domicilio, dejó el señor PEDRO ANGEL
VALLADARES, de parte de las señoras JOSEFINA VALLADARES
VENTURA y MARIA ELENA VALLADARES DE MARROQUÍN,
en el concepto de hijas del expresado causante; por lo que se les ha
conferido a dichas aceptantes la administración y representación interina
de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la
herencia yacente.
Se cita a todas las personas que se crean con derecho a la herencia, a
que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días,
contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Acajutla, a las nueve
horas quince minutos del día treinta de mayo del dos mil cinco. Lic.
MELIDA DEL TRANSITO GONZALEZ ORELLANA, JUEZ DE
PRIMERA INSTANCIA. Lic. ELSA CORALIA RAMIREZ LEIVA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F016731-3
EL INFRASCRITO JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO
JUDICIAL DE ARMENIA,
HACE SABER: Que por resolución emitida por este Juzgado, a
las nueve horas y cuarenta minutos de este día, se tuvo por aceptada
expresamente y con benefi cio de Inventario la Herencia Intestada que
a su defunción dejara la causante ROSA EMILIA MOLINA o ROSA
MOLINA, de setenta y nueve años de edad, de ofi cios del hogar, soltera,
Salvadoreña, originaria de la Ciudad de San Sebastián, Departamento
de San Vicente y de este domicilio, quien falleció a las quince horas con
cuarenta y siete minutos del día nueve de septiembre del año dos mil
cuatro; de parte de la señora GLORIA MOLINA MORAN, en su calidad
de hija sobreviviente de la causante en mención.- Se le ha conferido a la
aceptante antes indicada en el concepto antes expresado, la ADMINIS-
TRACION Y REPRESENTACION INTERINA de la Sucesión con las
facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.-
Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.-
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Armenia, a las diez
horas y quince minutos del día siete de junio del año dos mil cinco.- Lic.
ROBERTO EDMUNDO ALEJANDRO JIMENEZ MOLINA, JUEZ DE
PRIMERA INSTANCIA. Lic. RAFAEL ANTONIO CUELLAR ANGEL,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F016738-3
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130 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 368
LICENCIADO DANIEL ORTIZ MARTINEZ, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,
HACE SABER: Que por resolución emitida por este Tribunal, a las diez horas y cuarenta minutos del día veinticinco de Agosto de dos mil cinco; se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada dejada a su defunción por la señora MA-RIA LUISA FLOREZ conocida por MARIA LUISA FLORES, quien falleció el día quince de Mayo del año de mil novecientos ochenta y nueve, en el cantón El Porvenir de esta jurisdicción, siendo éste su último domicilio, a consecuencia de DERRAME CEREBRAL; de parte de los señores MARIA ENECILIA FLORES DE PERAZA y JOSE BRUNICIO FLORES o JOSE BRUNIXCIO FLORES, en el concepto de HIJOS DE LA CAUSANTE, y como CESIONARIOS DE LOS DERECHOS, que le correspondían al señor RODOLFO FLORES, HIJO TAMBIÉN DE LA CAUSANTE. Confi riéndose a los aceptantes, la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Lo que se hace saber al público, para los efectos de Ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de San Pedro Masahuat, a las catorce horas y veinte minutos del día treinta de Agosto de dos mil cinco. Lic. DANIEL ORTIZ MARTINEZ, JUEZ DE PRIMERA INS-TANCIA. Licda. MARIA ELENA ARIAS LOPEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F016778-3
EL INFRASCRITO JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO,
HACE SABER: que por resolución de este Juzgado, de las once horas de este día se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de parte de la señora JUANA MARIBEL COCA VIUDA DE ABREGO por sí y de los menores YANCY YAMILETH, EMERSON OSWALDO y DAVID ERNESTO los tres de apellido Abrego Coca repre-sentados legalmente por su madre señora Juana Maribel Coca viuda de Abrego la herencia intestada dejada a su defunción por el señor DAVID ABREGO CANTON, conocido por DAVID ABREGO, fallecido el día dieciséis de abril de mil novecientos noventa y ocho, en el Hospital San Rafael de la ciudad de Santa Tecla, siendo esta Ciudad el lugar de su último domicilio, la primera en calidad de cónyuge sobreviviente y los restantes como hijos del causante; confi riéndoseles a los aceptantes en el concepto indicado la administración y representación interinas de la indicada sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente, debiendo ser ejercida ésta con relación a los menores YANCY YAMILETH, EMERSON OSWALDO y DAVID ERNESTO los tres de apellido Abrego Coca por medio de su madre señora Juana Maribel Coca viuda de Abrego como Representante legal de dichos menores; cítense a las personas que se crean con derecho en la sucesión para que se presenten a deducirla a este Juzgado dentro de los quince días subsiguientes a la publicación del edicto respectivo.
Lo que se pone en conocimiento del público pura los efectos de Ley.-
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: San Juan Opico, a las once horas treinta minutos del día diez de noviembre de dos mil cuatro. Enmendado-restricciones-Vale.- Lic. JOSE ORLANDO HERNANDEZ BUSTAMANTE, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Lic. CARLOS ARNULFO SOSA FLORES, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F016828-3
FRANCISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO
DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO,
HACE SABER: Que por resolución de este Tribunal de las nueve
horas y cuarenta minutos del día ocho de Agosto del corriente año,
se ha tenido por aceptada expresamente con benefi cio de inventario la
herencia intestada del causante EDUARDO ANTONIO AVILA LARA,
conocido por EDUARDO LARA, fallecido el día cuatro de marzo del
año de mil novecientos ochenta y uno, en el Barrio San Rafael de esta
ciudad, siendo éste el lugar de su último domicilio; de parte del señor
EDUARDO ANTONIO HERNANDEZ AVILA, en su carácter de hijo del
referido causante, a quien se ha nombrado interinamente Administrador
y representante de la sucesión con las facultades y restricciones de los
curadores de la herencia yacente.-
Lo que se pone en conocimiento del público para los fi nes de
ley.-
Juzgado Primero de lo Civil: Santa Ana, a las once horas y treinta
minutos del día ocho de Agosto del año dos mil cinco. Lic. FRANCISCO
ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL. Lic.
CARMEN GUADALUPE NUÑEZ MONTERROSA, SECRETARIA.
3 v. alt. No. R002839-3
RODOLFO ERNESTO CHACON, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL
DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA ANA, AL PUBLICO PARA
LOS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado, de fecha las
quince horas siete minutos de este día, se ha tenido por aceptada, con
benefi cio de inventario, de parte de la señora LUISA GUADALUPE
ARRIOLA MARTINEZ la herencia intestada que a su defunción dejó
el causante señor JOSE ROBERTO ARRIOLA MARTINEZ quien fue
de cuarenta años de edad, Jornalero y falleció el día veintiuno de julio
de dos mil cuatro, en el Hospital San Juan de Dios de esta ciudad; siendo
el Cantón Cutumay Camones de esta jurisdicción, el lugar de su último
domicilio.-
La señora LUISA GUADALUPE ARRIOLA MARTINEZ es
hermana del susodicho causante y en ese carácter se le confi ere la ad-
ministración y representación interina de la sucesión, con las facultades
y restricciones de los curadores de la herencia yacente.-
Lo que hace del conocimiento del público, para que todo aquel que
se crea con derecho a la sucesión, se presente a este Tribunal a deducirlo
dentro de los quince días subsiguientes a la tercera publicación de este
edicto.-
LIBRADO en el Juzgado Segundo de lo Civil: Santa Ana, a
las quince horas treinta y siete minutos del día diez de junio de dos
mil cinco.- Enmendados: herencia-Vale.- Dr. RODOLFO ERNESTO
CHACON, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL. Br. ELBA LUZ LEMUS
DE CHAVEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. R002846-3
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131DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Septiembre de 2005. MARLENI ARACELI BENAVIDES, Notario de este domicilio, con
ofi cina ubicada en: Colonia Flor Blanca, Antigua Calle El Progreso
Número Dos mil doscientos treinta y uno, Condominio Puerta D’Orleans,
Apartamento B-Uno de esta ciudad,
HACE SABER: Que por resolución de la Suscrita Notario, proveída
a las ocho horas del día dos de septiembre de dos mil cinco, se ha tenido
por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia testa-
mentaria que a su defunción ocurrida el día dos de agosto de dos mil cinco,
en el Barrio El Calvario Número Veintidós, de la ciudad y departamento
de San Vicente, dejó la señora PAULA ANTONIA GARCÍA; por parte
del señor LUIS EDMUNDO GARCÍA, en concepto de sobrino materno
sobreviviente de la causante, habiéndose conferido la administración y
representación de la sucesión, con las facultades y restricciones de los
curadores de la herencia yacente. En consecuencia, por este medio se
cita a todos los que se crean con derecho a la referida herencia, para
que se presenten a la mencionada ofi cina en el término de quince días,
contados a partir del día siguiente a la última publicación del presente
edicto.
Librado en la ofi cina de la Notario MARLENI ARACELI
BENAVIDES. En la ciudad de San Salvador, a las nueve horas y treinta
minutos del día cinco de septiembre dos mil cinco.
MARLENI ARACELI BENAVIDES,
NOTARIO.
3 v. c. No. F017214-3
SANDRA MORENA BALCACERES MERLOS, Notario de este do-
micilio, con Ofi cina ubicada en Trece Calle Poniente, Condominio El
Carmen, Tercera Planta, Local Treinta y Dos, Centro de Gobierno, al
Público para los efectos de Ley,
HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas del día
veinticinco de agosto del dos mil cinco, se ha tenido por aceptada y con
Benefi cio de Inventario, la Herencia Intestada que a su defunción ocurrida
en Santiago Nonualco, departamento de La Paz, su último domicilio,
el día catorce de enero de dos mil cuatro, dejó el señor ARMANDO
MARADIAGA GONZALEZ, de parte de la señora DOLORES MA-
RADIAGA DURAN, conocida por DOLORES MARADIAGA, en su
carácter de madre del causante, a quien se le ha conferido la Adminis-
tración y Representación Interina de la Sucesión con las Facultades y
Restricciones de los curadores de la Herencia Yacente. En consecuencia,
por este medio se cita a todos los que se crean con derecho a la referida
herencia, para que se presenten a la mencionada Ofi cina a deducirlo en
el término de quince días, contados desde el día siguiente a la última
publicación del presente edicto.
Librado en la Ofi cina de la Notario SANDRA MORENA BALCA-
CERES MERLOS, en la ciudad de San Salvador, a las nueve horas del
día veintinueve de agosto del año dos mi cinco.
LIC. SANDRA MORENA BALCACERES MERLOS,
NOTARIO.
3 v. c. No. F017277-3
TITULOS DE PROPIEDAD
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,
HACE SABER: Que la señora María Del Carmen Hernández
Henríquez, de veintiséis años de edad, Ama de Casa, de este domicilio,
portadora del Documento Único de Identidad Número cero uno tres
siete tres uno seis siete- ocho, solicita a su favor Título de Propiedad de
naturaleza rústica, situado en el Cantón Tehuiste Arriba, Municipio de
San Juan Nonualco, con una extensión superfi cial de TRES MIL CUA-
TROCIENTOS CUARENTA Y DOS METROS CUADRADOS CUA-
TRO CENTIMETROS CUADRADOS, de las colindancias siguientes:
AL NORTE linda con propiedad de Ciriaco Campos; AL ORIENTE:
linda con propiedad de FINATA, calle de por medio; AL SUR linda con
propiedad de Alfonso López; y AL PONIENTE linda con propiedad de
Amalia Grande y Sucesión de Abraham Rivas. Todos los colindantes de
domicilio desconocido. El inmueble no es sirviente, ni dominante, no
tiene cargas ni derechos reales que lo afecten y lo valúa en la cantidad de
QUINIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE
AMERICA. La posesión material que ejerce en el inmueble, es de más de
diez años consecutivos, continuos e interrumpidos, unidos a la posesión
de su antecesora, señor Vicente Saravia, de quien adquirió el inmueble
descrito, por compra en escritura pública ante el Notario José Augusto
Contreras Minero.
Alcaldía Municipal: San Juan Nonualco, a un día del mes de sep-
tiembre del año dos mil cinco.-FABIAN YANES RAMIREZ, ALCALDE
MUNICIPAL.- JOSE ANGEL VASQUEZ BURGOS, SECRETARIO
MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F016687-3
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL:
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado el señor Víctor
Alberto Hernández Mejía, de treinta y cuatro años de edad, Profesor de
Educación Física, de este domicilio, portador de su Documento Único
de Identidad Personal Número cero un millón cuatrocientos setenta y
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132 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 368
ocho mil setecientos veinticuatro-cero; solicitando se le extienda Título
de Propiedad a su favor de un inmueble de naturaleza urbana, situado
entre Octava Avenida Norte y la Segunda Calle Poniente número treinta
y uno, del Barrio San José, jurisdicción de Suchitoto, del Departamento
de Cuscatlán, de una extensión aproximada de DOSCIENTOS TRES
PUNTO CUARENTA Y CINCO METROS CUADRADOS, de las me-
didas y linderos siguientes: AL ORIENTE: veinticuatro metros cincuenta
y seis centímetros con predio de Adrián Henríquez, pared de adobe
propia de este inmueble y de ladrillo del colindante de por medio; AL
NORTE: ocho metros de calle pública de por medio con predio propiedad
de Corporación Anunciata, donde funcionaba la Escuela Urbana Mixta
Unifi cada “Buenaventura Santamaría”; AL PONIENTE: veinticuatro
metros setenta y siete centímetros, Octava Avenida Norte de por medio
con casa de Rafael Antonio Leiva; y AL SUR: ocho metros cincuenta
centímetros con predio de Pantaleón Hernández, pared propia de por
medio. En el predio descrito existen construcciones de adobe, techo de
tejas. Lo valúa en la cantidad de OCHO MIL DOLARES DE LOS ES-
TADOS UNIDOS DE AMERICA. El inmueble descrito no es dominante,
ni sirviente, no tiene cargas ni derechos reales de ajena pertenencia, ni
está en proindivisión con terceras personas. Lo adquirió por compra que
le hizo al señor José Luis Hernández Mejía. Todos los colindantes son
de este domicilio y se avisa al público para efectos de ley.
Alcaldía Municipal de Suchitoto, a veintidós días del mes de
Agosto del año dos mil cinco.-ISAIAS SANDOVAL ALAS, ALCALDE
MUNICIPAL.- REYNALDO ANTONIO PINEDA POCASANGRE,
SECRETARIO MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F016815-3
TITULOS SUPLETORIOS
OSCAR NEFTALI ESCOLERO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL DE JUCUAPA.
HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el licencia-
do LEONEL LAINEZ DURAN, de veinticuatro años de edad, soltero,
Estudiante, del domicilio de Chinameca, Departamento de San Miguel,
con Documento Unico de Identidad número cero dos cuatro cero dos
seis cero tres- seis, Apoderado General Administrativo y Judicial de la
señora BLANCA AGUILA DE SERPAS, de ochenta y dos años de edad,
de ofi cios domésticos, del domicilio del Cantón La Tronconada, Muni-
cipio de San Buenaventura, Departamento de Usulután; con Documento
Unico cero cero nueve ocho seis siete uno cinco-ocho; solicitando se le
extienda TITULO SUPLETORIO de un inmueble de naturaleza rústica,
ubicado en el Cantón La Tronconada, Municipio de San Buenaventura,
Distrito de Jucuapa, Departamento de Usulután; de una área catastral de
DIECISIETE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO PUNTO
SETENTA Y SIETE METROS CUADRADOS, con una servidumbre de
electroducto, de Poniente a Oriente, el cual es de treinta y ocho metros
de ancho a favor de la Comisión Ejecutiva Hidroeléctrica del Río Lempa,
de una área superfi cial de OCHO MIL DOSCIENTOS DOS PUNTO
NOVENTA METROS CUADRADOS; haciendo un total de VEINTISEIS
MIL CINCUENTA Y SIETE PUNTO SESENTA Y SIETE METROS
CUADRADOS, cuya descripción técnica es la siguiente: LINDERO
NORTE: Partiendo del vértice Nor-Poniente está formado por dos tramos
de los siguientes rumbos y distancias: Tramo uno, Sur Este; setenta y
nueve grados cero tres minutos dieciséis segundos con una distancia de
CIENTO DIECISEIS PUNTO SESENTA Y TRES METROS, Tramo
dos; Sur-Este sesenta y tres grados diecisiete minutos cuarenta y dos
segundos, con una distancia de CIENTO CUARENTA Y SIETE PUNTO
OCHENTA Y TRES METROS, colindando antes con Sebastián Sosa,
hoy terreno de JOSE ADAN SERPAS, del mismo domicilio donde se
ubica el inmueble, cerco de alambre de púas propio de la solicitante:
LINDERO ORIENTE: Partiendo del vértice Nor-Oriente, está formado
por diez tramos de los siguientes rumbos y distancias: Tramo uno, Sur-
Oeste cincuenta y siete grados veintidós minutos veinte segundos con
una distancia de VEINTIDOS PUNTO SESENTA Y SEIS METROS:
Tramo dos, Sur-Oeste cincuenta y dos grados veinte minutos treinta y seis
segundos con una distancia de TREINTA Y TRES PUNTO SESENTA
Y CINCO METROS. Tramo tres, Sur-Oeste setenta y un grados treinta
y tres minutos treinta y cuatro segundos con una distancia de SIETE
PUNTO VEINTICUATRO METROS. Tramo cuatro Sur-Oeste, sesenta
y seis grados veintiséis minutos veintisiete segundos con una distancia
de TREINTA Y DOS PUNTO CUARENTA Y OCHO METROS. Tra-
mo cinco, Sur-Oeste, sesenta y tres grados veinticinco minutos, treinta
y nueve segundos con una distancia de ONCE PUNTO NOVENTA Y
CINCO METROS. Tramo seis Sur-Oeste, setenta y un grados, treinta y
tres minutos treinta y cuatro segundos; con una distancia de CUATRO
PUNTO OCHENTA Y TRES METROS. Tramo siete, Sur-Oeste, veinti-
siete grados cuarenta y cinco minutos cero tres segundos con una distancia
de DIECISEIS PUNTO TREINTA Y NUEVE METROS; Tramo ocho,
Sur-Oeste veintiocho grados treinta y seis minutos cero nueve segundos
con una distancia de NUEVE PUNTO CINCUENTA Y SIETE METROS,
Tramo nueve, Sur-Oeste diecinueve grados CINCUENTA Y OCHO mi-
nutos TREINTA Y SIETE segundos con una distancia de OCHO PUNTO
NOVENTA Y CUATRO METROS, Tramo diez, Sur-Oeste, veinticuatro
grados veintiséis minutos trece segundos con una distancia de NUEVE
PUNTO VEINTITRES METROS, colindando antes con Abigail Serpas,
hoy con terreno de JOSEFA CUPERTINA AVALOS, del mismo domicilio
donde se ubica el inmueble; quebrada de por medio y cerco de alambre
de púas propio de la solicitante. LINDERO SUR: Partiendo del vértice
Sur-Oriente, está formado por seis tramos con los siguientes rumbos
y distancias, Tramo uno, Sur-Oeste, setenta y un grados treinta y tres
minutos treinta y cuatro segundos, con una distancia de DOS PUNTO
CUARENTA Y UN METROS, Tramo dos, Nor-Oeste, cincuenta y tres
grados, cincuenta y dos minutos dieciocho segundos con una distancia de
SESENTA Y NUEVE PUNTO NOVENTA Y CUATRO METROS, Tramo
tres, Nor-Oeste cincuenta y seis grados cuarenta minutos cincuenta y un
segundos con una distancia de TREINTA Y UNO PUNTO NOVENTA Y
SIETE METROS; Tramo cuatro, Nor-Oeste sesenta y siete grados, treinta
y seis minutos cuarenta y ocho segundos con una distancia de CATORCE
PUNTO CERO TRES METROS. Tramo cinco Nor-Oeste, sesenta y cuatro
grados dieciséis minutos cincuenta y ocho segundos con una distancia
de VEINTIDOS PUNTO OCHENTA Y OCHO METROS, Tramo seis;
Nor-Oeste sesenta y cuatro grados quince minutos cero siete segundos
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133DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Septiembre de 2005.
con una distancia de CUARENTA Y SIETE PUNTO CUARENTA Y
SEIS METROS Colindando con Sucesión de Manuel Sosa Gómez, del
mismo domicilio donde se ubica el inmueble; cerco de alambre de púas
propio de la solicitante. LINDERO PONIENTE: Partiendo del vértice
Sur-Poniente está formado por tres tramos con los siguientes rumbos y
distancias: Tramo uno, Nor-Este, veintitrés grados once minutos treinta
segundos con una distancia de VEINTINUEVE PUNTO CERO OCHO
METROS, Tramo dos, Nor-Este, veinte grados trece minutos cero ocho
segundos, con una distancia de TREINTA PUNTO NOVENTA Y DOS
METROS, Tramo tres, Nor-Este, dieciséis grados veintisiete minutos
dieciocho segundos con una distancia de TREINTA Y CINCO PUNTO
CERO TRES METROS, colindando antes con José León Sosa, hoy
con JOSE PASTOR SERPAS y MIGUEL ISAAC SERPAS, del mismo
domicilio donde se ubica el inmueble; cerco de alambre de púas propio
de la solicitante, calle de por medio. Así se llega al vértice Nor-Poniente,
que es donde se inició la descripción. El inmueble ha sido valuado en la
cantidad de SEIS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE
AMERICA.
LO QUE SE AVISA AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE
LEY.
LIBRADO EN EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA:
JUCUAPA, A LAS NUEVE HORAS DEL DIA VEINTICUATRO DE
AGOSTO DEL AÑO DOS MIL CINCO. Enmendado- setenta-un. Vale.
Enmendado-Oeste.Vale. Lic. OSCAR NEFTALI ESCOLERO, JUEZ
DE PRIMERA INSTANCIA. Lic. RODOLFO ANTONIO CASTRO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F016750-3
Licenciada Dinora del Carmen Andrade de Lazo, Juez de Primera Ins-
tancia del Distrito Judicial de Chinameca:
HACE SABER: Que con fecha quince de julio del corriente año,
se presentó a este Juzgado el Licenciado Luis Alberto Rivas, de treinta y
nueve años de edad, Abogado y Notario, del domicilio de la ciudad de San
Miguel, con carnet de abogado número siete mil ciento veintinueve; en su
concepto de Apoderado General Judicial de la señora María del Carmen
Batres Alvarado; solicitando se le extienda a favor de su poderdante Título
Supletorio de un inmueble de naturaleza rústica, situado en el Cantón
Palón, de la jurisdicción de Lolotique, de este distrito, departamento de
San Miguel, de la capacidad superfi cial de setecientos cuarenta y cinco
metros, cincuenta decímetros cuadrados, de las medidas y colindancias
siguientes: Al Oriente: mide veintitrés metros, linda con las pilas o la-
vaderos municipales del Cantón El Palón, dividido por cerco de piedra
propios del titulante, y quebrada de por medio; Al Norte: mide treinta
y dos metros, linda con propiedad de los señores Mauricio Díaz y Rosa
Cándida Ramos, dividido por cerco de piedras y alambre de por medio
de la titulante; Al Poniente: mide diecinueve metros, linda con propiedad
del señor Juan José Cruz, dividido por cerco de alambre de por medio de
la titulante; y Al Sur: consta de dos tramos, orientados ambos tramos de
oriente a poniente, el primer tramo mide veintisiete metros y el segun-
do de doce metros, colindando en ambos tramos con propiedad de los
señores Juan José Cruz hoy, antes de José Antonio Alvarado, divididos
por cerco de alambre de piedra de por medio de la titulante.- Existe en
el inmueble antes descrito construida una casa con paredes de adobe y
piso de tierra.- Inmueble que adquirió su poderdante por compra verbal
que le hiciera a la señora Virginia Alvarado, en el mes de febrero de mil
novecientos ochenta; el inmueble referido no es dominante ni sirviente,
no recae ningún derecho real a favor de otra persona; y lo valúa en la
cantidad de Dos mil dólares de los Estados Unidos de América.-
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos
Ley.-
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Chinameca, a las quince
horas del día dieciocho de julio de dos mil cinco. Licda. DINORA DEL
CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.
Br. ROSALIA DE JESUS PACHECO, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F016781-3
EL INFRASCRITO JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE
DISTRITO JUDICIAL. Al público para los efectos de ley,
HACE SABER: Que a este tribunal se ha presentado el Licen-
ciado MIGUEL ANGEL FERNANDEZ GRANILLO, quien actúa en
su carácter de Apoderado General Judicial del señor JOSE ROBERTO
HENRIQUEZ TOMASINO, quien es de cuarenta y nueve años de edad,
agricultor en pequeño, del domicilio de San José Guayabal, Departamento
de Cuscatlán, con citación del Síndico Municipal de aquella localidad
solicitando TITULO SUPLETORIO de un inmueble de naturaleza rural
situado en Cantón Palacios jurisdicción de San José Guayabal, de una
extensión superfi cial según informe catastral de UN MIL QUINIENTOS
CUARENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS, con medidas y
colindancias siguientes: AL NORTE, ochenta y ocho punto ochenta
metros, linda con propiedad de Refugio Adela Henríquez de Orellana,
Concepción Henríquez Rivera, María Henríquez Rivera, Carmen
Henríquez Rivera, Marta Henríquez de Muñoz y Rosa Henríquez Rive-
ra; AL ORIENTE, cinco punto sesenta metros linda con propiedad de
Isaac Cerón Cerón, María Ester Cerón Cerón e Isaura Cerón Cerón; AL
SUR, noventa y siete punto setenta metros, linda con propiedad de Oscar
de Jesús Cerón y Juan Tomasino, calle de por medio y AL PONIENTE,
treinta y cinco punto cincuenta metros, linda con propiedad de Refugio
Adela Henríquez Rivera, Carmen Henríquez Rivera, María Henríquez
Rivera, Concepción Henríquez Rivera, Marta Henríquez de Muñoz y Rosa
Henríquez Rivera, en dicho inmueble se encuentran construidas ocho
casitas de paredes de adobe y techo de tejas. Dicho inmueble lo valúa
en OCHO MIL DOLARES de los Estados Unidos de Norte América.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Suchitoto, a las doce
horas y cincuenta minutos del día veinticinco de agosto del dos mil
cinco. Lic. OSWALDO DAGOBERTO ARGUETA FUNES, JUEZ DE
PRIMERA INSTANCIA. Licda. JUANA DE JESUS FIGUEROA COCA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F016806-3
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134 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 368
RENOVACION DE MARCAS
No. de Expediente: 1993001070
No. de Presentación: 20050064277
CLASE: 30.
LA INFRASCRITA REGISTRADOR,
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado CLAUDIA JUDITH MACEDA CHICO, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADORE-ÑA, actuando como APODERADO ESPECIAL de KELLOGG DE CENTROAMERICA, SOCIEDAD ANONIMA, del domicilio de CIUDAD DE GUATEMALA, REPUBLICA DE GUATEMALA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00091 del Libro 00028 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en LA PALABRA “MELVIN”, ESCRITA EN LETRAS DE MOLDE MAYUSCULAS; que ampara productos com-prendidos en la(s) Clase 30 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, a los dieciocho días del mes de agosto del año dos mil cinco.
LIC. MARÍA DAFNE RUIZ,REGISTRADOR.
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,SECRETARIO.
3 v. alt. No. F016732-3
No. de Expediente: 1992001487
No. de Presentación: 20050066596
CLASE: 03.
LA INFRASCRITA REGISTRADOR,
HACE SABER Que a esta ofi cina se ha presentado CLAUDIA JUDITH MACEDA CHICO, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO GENERAL JUDICIAL Y ESPECIAL de HENKEL LA LUZ, S.A., del domicilio de CIUDAD DE GUATEMALA, REPUBLICA DE GUATEMALA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00081 del Libro 00028 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la expresión “VITREX”; que ampara productos comprendidos en la(s) Clase 03 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, a los dieciocho días del mes de agosto del año dos mil cinco.
LIC. MARÍA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
JOSÉ ÁNGEL RIVERA CAMPOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F016734-3
No. de Expediente: 1992001489
No. de Presentación: 20050066597
CLASE: 03
LA INFRASCRITA REGISTRADORA,
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado CLAUDIA JUDITH MACEDA CHICO, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO GENERAL JUDICIAL Y ESPECIAL de HENKEL LA LUZ, S.A, del domicilio de Ciudad de Guatemala, Re-pública de Guatemala, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00080 del Libro 00028 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la expresión NOVOX; que ampara productos comprendidos en la(s) Clase 03 de la clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los diecinueve días del mes de agosto del año dos mil cinco.
LIC. MARÍA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F016737-3
MARCAS DE FABRICA
No. de Expediente: 2005048758
No. de Presentación: 20050064083
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RONALD EDUARDO TOLEDO CHAVEZ, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de PLETHICO PHARMACEUTICALS LIMITED, de na-cionalidad HINDU, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Therasil
Consistente en: la palabra Therasil.
La solicitud fue presentada el día dieciocho de mayo del año dos mil cinco.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador. Veintitrés, de mayo del año dos mil cinco.
JOSE RAUL ROSALES PEREZ,
REGISTRADOR.
CARLOS ARTURO SOTO GARCIA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. R002824-3
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135DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Septiembre de 2005.
No. de Expediente: 2005048616
No. de Presentación: 20050063860
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RONALD EDUARDO TOLEDO CHAVEZ, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de PLETHICO PHARMACEUTICALS LIMITED, de na-cionalidad HINDU, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: la expresión COACH’S FORMULA y diseño, traducida al castellano como FORMULA DE ENTRENADOR.
La solicitud fue presentada el día once de mayo del año dos mil cinco.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, doce de mayo del año dos mil cinco.
JOSE RAUL ROSALES PEREZ,
REGISTRADOR.
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. R002825-3
No. de Expediente: 2005048615
No. de Presentación: 20050063859
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RONALD EDUARDO TOLEDO CHAVEZ, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de PLETHICO PHARMACEUTICALS LIMITED, de na-cionalidad HINDU, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: la palabra TRAVISIL y diseño.
La solicitud fue presentada el día once de mayo del año dos mil cinco.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, doce de mayo del año dos mil cinco.
LUIS ALONSO CÁCERES AMAYA,
REGISTRADOR.
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. R002826-3
No. de Expediente, 2005048617
No. de Presentación: 20050063861
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RONALD EDUARDO TOLEDO CHAVEZ, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de PLETHICO PHARMACEUTICALS LIMITED, de na-cionalidad HINDU, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: la expresión plethico PHARMACEUTICALS LTD. y diseño que se traduce al castellano como Plethico Farmaceutica Limitada.
La solicitud fue presentada el día once de mayo del año dos mil cinco.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, doce de mayo del año dos mil cinco.
JOSE RAUL ROSALES PEREZ,
REGISTRADOR.
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. R002827-3
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136 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 368
No. de Expediente: 2005048618
No. de Presentación: 20050063862
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RONALD EDUARDO TOLEDO CHAVEZ, en su calidad de APODERADO ESPE-CIAL de PLETHICO PHAMACEUTICALS LIMITED, de nacionalidad HINDU, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: las palabras Relievo Effertabs y diseño.
La solicitud fue presentada el día once de mayo del año dos mil cinco.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, doce de mayo del año dos mil cinco.
LUIS ALONSO CÁCERES AMAYA,
REGISTRADOR.
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. R002828-3
NOMBRE COMERCIAL
No. de Expediente: 2005049978
No. de Presentación: 20050065819
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RONALD EDUARDO TOLEDO CHAVEZ, en su calidad de APODERADO GE-NERAL JUDICIAL de LA PIRAMIDE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,
FARMACIA CITADINAS
Consistente en: las palabras FARMACIA CITADINAS, que servirá para: IDENTIFICAR: UN ESTABLECIMIENTO DEDICADO A LA VENTA DE PRODUCTOS FARMACEUTICOS, UBICADO EN PRI-MERA CALLE PONIENTE, NUMERO QUINIENTOS CINCUENTA, SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR.
La solicitud fue presentada el día veintisiete de junio del año dos mil cinco.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, ocho de agosto del año dos mil cinco.
LIC. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
JOSÉ FIDEL MELARA MORAN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. R002821-3
No. de Expediente: 2005050622
No. de Presensación: 20050066713
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RONALD EDUARDO TOLEDO CHAVEZ, en su calidad de APODERADO GE-NERAL, JUDICIAL de LA PIRAMIDE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,
Consistente en: las palabras DISTRIBUIDORA SUIZOS, que servirá para: IDENTIFICAR: UN ESTABLECIMIENTO DEDICADO A LA DISTRIBUCION DE PRODUCTOS FARMACEUTICOS Y COSMETICOS, UBICADO EN KILOMETRO DIEZ, CARRETERA A LA LIBERTAD, JURISDICCION DE ANTIGUO CUSCATLAN, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD.
La solicitud fue presentada el día veintidós de julio del año dos mil cinco.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintiséis de julio del año dos mil cinco.
LUIS ALONSO CÁCERES AMAYA,
REGISTRADOR.
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. R002823-3
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137DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Septiembre de 2005.
No. de Expediente: 2005045914
No. de Presentación: 20050059736
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ROBERTO AFANE GATTAS, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,
DOVER EQUIPMENT
Consistente en: las palabras DOVER EQUIPMENT. que servirá para: IDENTIFICAR EL ESTABLECIMIENTO COMERCIAL DEDI-CADO EXCLUSIVAMENTE A LA IMPORTACION, DISTRIBUCION Y VENTA DE TODA CLASE DE EQUIPO INDUSTRIAL Y AGRICO-LA Y SUS ACCESORIOS. UBICADO EN AVENIDA EL TANQUE Y CALLE SAN ANTONIO ABAD, NUMERO TRES MIL QUINIENTOS OCHO, SAN SALVADOR.
La solicitud fue presentada el día trece de enero del año dos mil cinco.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL. Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintinueve de abril del año dos mil cinco.
JOSE RAUL ROSALES PEREZ,
REGISTRADOR,
CARLOS ARTURO SOTO GARCIA.,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. R002837-3
No. de Expediente: 2005045814
No. de Presentación: 20050059562
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ROBERTO AFANE GATTAS, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,
REGIOAMERICA
Consistente en: la palabra REGIOAMERICA, que servirá para: IDENTIFICAR MI EMPRESA DEDICADA A LA EXPORTACION,
IMPORTACION Y DISTRIBUCION DE TODA CLASE DE MERCA-
DERIA UBICADO EN CALLE SAN ANTONIO ABAD, NÚMERO
TRES MIL QUINIENTOS OCHO, Y AVENIDA EL TANQUE, SAN
SALVADOR.
La solicitud fue presentada el día seis de enero del año dos mil
cinco.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, Veintinueve de abril del año dos mil cinco.
JOSE RAUL ROSALES PEREZ,
REGISTRADOR.
CARLOS ARTURO SOTO GARCIA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. R002838-3
MATRICULA DE COMERCIO
ASIENTO DE EMPRESA 2005054767
ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2005054767- 001
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-
GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS
DEL REGISTRO DE COMERCIO.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ALEJANDRO
ANTONIO POMA KASKOSKY, en su calidad de Representante legal de
la sociedad INVERSIONES MISTRAL, SOCIEDAD ANONIMA DE
CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse INVERSIONES MISTRAL,
S.A. DE C. V.; sociedad de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio
de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número
58 del libro 1212 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio,
con Número de Identifi cación Tributaria: 0614-030996-103-8; el cual
ha presentado solicitud a las trece horas y dieciséis minutos del día
veintiocho de julio de dos mil cinco, con la cual se otorgó el asiento de
Empresa No. 2005054767 inscripción 130 y el asiento de Establecimiento
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No. 2005054767-001, inscripción 131, ambos del Libro 88 de Asientos
de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa se denomina
INVERSIONES MISTRAL, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
VARIABLE, la cual se dedica a INVERSIONISTA, con dirección en
BOULEVARD CONSTITUCIÓN Y 1ª CALLE PONIENTE, No. 169,
COLONIA ESCALON, del domicilio de SAN SALVADOR, cuyo activo
asciende a SEISCIENTOS CATORCE MIL TRESCIENTOS VEINTI-
CUATRO DOLARES CON 94/100 $ 614,324.94 y que tiene el estable-
cimientos siguiente: 001-) denominado INVERSIONES MISTRAL, S.
A. DE C.V. ubicado en BOULEVARD CONSTITUCION Y 1ª CALLE
PONIENTE, No. 169, COLONIA ESCALON, SAN SALVADOR y que
se dedica a INVERSIONISTA.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de ley.
San Salvador, nueve de agosto de dos mil cinco.
Lic. MORENA GUADALUPE FLORES AGUIRRE,
REGISTRADOR.
3 v. alt. No. F016808-3
ASIENTO DE EMPRESA 2005054690
ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2005054690- 001
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-
GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS
DEL REGISTRO DE COMERCIO.
HACE SABER; Que a esta ofi cina se ha presentado HUNG HUNG
YANG, de nacionalidad TAIWANESA, del domicilio de CIUDAD ARCE,
LA LIBERTAD, con Número de Identifi cación Tributaria: 9426-110633-
101- 0, el cual ha presentado solicitud a las catorce horas y cuarenta y dos
minutos del día dieciocho de julio de dos mil cinco, con la cual se otorgó
el asiento de Empresa No 2005054690 inscripción 135 y el asiento de
Establecimiento No 2005054690- 001, inscripción 136, ambos del Libro
87 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento. La Empresa
dedica a PORQUERIZAS, con dirección en CALLE EL CERRITO,
HACIENDA ZAPOTITAN, COLONIA SAN FRANCISCO del domicilio
de CIUDAD ARCE, cuyo activo asciende a QUINCE MIL DOLARES
CON 00/100 $ 15,000.00 y que tiene el establecimiento siguiente: 001-)
denominado HUNG HUNG YANG ubicado en CALLE EL CERRITO,
HACIENDA ZAPOTITAN, COLONIA SAN FRANCISCO y que se
dedica a PORQUERIZAS.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.
San Salvador, veinte de julio de dos mil cinco.
Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,
REGISTRADORA.
3 v. alt. No. R002819-3
ASIENTO DE EMPRESA 2001027232
ESTABLECIMIENTO 2001027232 – 001
INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE REGIS-
TRO DE MATRICULAS EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS:
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MARIA KARI
PRESTEGARD D’ AMORE en su calidad de propietaria de la empresa
denominada ARQUIDEAS, de nacionalidad SALVADOREÑA, del do-
micilio de SAN SALVADOR, con Número de Identifi cación Tributaria:
9330 -070163-001- 5, ha presentado solicitud de MODIFICACION DE
ASIENTO POR CAMBIO DE DIRECCION DE LA EMPRESA Y ES-
TABLECIMIENTO, a las doce horas y minutos del día diecinueve de
julio de dos mil cinco. Con la cual se le otorga la inscripción No. 102
del libro 87 del folio 205 al 206; a favor de la Empresa denominada
ARQUIDEAS, la cual se dedica a la PRESTACION DE SERVICIOS
DE DISEÑO, con dirección actual en AVENIDA JOSE MATIAS
DELGADO, No. 345, COLONIA ESCALON, del domicilio de SAN
SALVADOR, y que tiene el establecimiento denominado ARQUIDEAS,
el cual se dedica a la PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE DISEÑO,
con dirección en AVENIDA JOSE MATÍAS DELGADO, No. 345,
COLONIA ESCALON, del domicilio de SAN SALVADOR,
Lo que se le hace saber al público para los efectos de ley.
San Salvador, diecinueve de julio de dos mil cinco.
Lic. JULIO RUBEN TRUJILLO VENTURA,
REGISTRADOR.
3 v. alt. No. R002820-3
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139DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Septiembre de 2005.
ASIENTO DE EMPRESA 2004052921
ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2004052921- 001
LA INFRASCRITA REGISTRADORA DEL DEPARTAMENTO DE
REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN-
TOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado TEOFILO
JOSE SIMAN DADA, en su calidad de Representante legal de la sociedad
INTRADECO EXPORT, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VA-
RIABLE que puede abreviarse INTRADECO EXPORT, S.A. DE C.V.;
de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR,
cuya escritura social está inscrita bajo el número 32 del libro 1836 del
Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Iden-
tifi cación Tributaria: 0614-210703-102-3; el cual ha presentado solicitud
a las dieciséis horas y doce minutos del día veintinueve de julio de dos
mil cuatro, con la cual se otorgó el asiento de Empresa No. 2004052921
inscripción 85 y el asiento de Establecimiento No. 2004052921-001
inscripción 86, ambos del libro 89 de Asientos de Matrícula de Empresa
y Establecimiento; la Empresa denominada INTRADECO EXPORT,
SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica
a, con dirección en KILOMETRO 30 ½ CARRETERA AEROPUER-
TO INTERNACIONAL, ZONA FRANCA MIRAMAR, del domicilio
de OLOCUILTA, cuyo activo asciende a DOS MILLONES CIENTO
CINCO MIL UNO DOLARES CON 28/100 ( $ 2,105,001.28) y que
tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado INTRADECO
EXPORT, S.A. DE C.V., ubicado en KILOMETRO 30 1/2 CARRETERA
AEROPUERTO INTERNACIONAL, ZONA FRANCA MIRAMAR,
OLOCUILTA, LA PAZ y que se dedica a VENTA DE OTROS PRO-
DUCTOS NO CLASIFICADOS PREVIAMENTE.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.
San Salvador, diecinueve de agosto de dos mil cinco.
LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDÓN,
REGISTRADORA.
3 v. alt. No. R002822-3
ASIENTO DE EMPRESA 2002033607
ESTABLECIMIENTO 2002033607-1
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE
REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-
MIENTOS:
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MARTA ELE-
NA MARTINEZ DE COREAS, en su calidad de Representante legal
de la sociedad CENTRO DE PISCINAS Y CISTERNAS, SOCIEDAD
ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede Abreviarse CENTRO
DE PISCINAS Y CISTERNAS, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVA-
DOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está
inscrita bajo el número 00045 del Libro 1461 del Registro de Sociedades
del Registro de Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria:
0614-140799-101-4, ha presentado solicitud a las ocho horas y cuarenta
minutos del día veintinueve de Enero del año dos mil dos. Con la cual
se otorgaron los asientos de matrícula de Empresa No. 2002033607 y
Establecimiento No. 2002033607- 1; a favor de la Empresa denominada
CENTRO DE PISCINAS Y CISTERNAS, S.A. DE C.V., la cual se
dedica a CONSTRUCCION, REMODELACION, MANTENIMIENTO
DE PISCINAS Y CISTERNAS Y OTRAS, con dirección en AVENI-
DA LOS ANDES, N° 2980, LOCAL “D”, COL. MIRAMONTE, SAN
SALVADOR cuyo activo es de CIENTO CUARENTA Y CINCO MIL
VEINTE Y NUEVE 56/100 COLONES (145,029.56); y que tiene un
Establecimiento Comercial denominado 1-) CENTRO DE PISCINAS
Y CISTERNAS, S.A. DE C.V., ubicado en AV. LOS ANDES No. 2980,
LOCAL “D”, COL. MIRAMONTE, SAN SALVADOR.
Lo que se hace saber al público para los efectos de Ley.
San Salvador, veintiuno de Febrero del año dos mil dos.
LIC. ANGEL FERNANDO GARCÍA GUARDADO,
REGISTRADOR.
3 v. alt. No. R002832-3
ASIENTO DE EMPRESA 2005053684
ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2005053684- 001
LA INFRASCRITA REGISTRADORA DEL DEPARTAMENTO DE
REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN-
TOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MIGUEL
ANGEL COREAS SANCHEZ, en su calidad de Representante legal
de la sociedad JMB AUDITORES Y CONSULTORES, SOCIEDAD
ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse J M B AU-
DITORES Y CONSULTORES, S.A. DE C.V.; sociedad de nacionalidad
SALVADOREÑA, del domicilio de SANTA TECLA, cuya escritura social
está inscrita bajo el número 24 del libro 1971, del Registro de Sociedades
del Registro de Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria:
0614-291004-101-1; el cual ha presentado solicitud a las catorce horas
y quince minutos del día veinticuatro de enero de dos mil cinco, con la
cual se otorgó el asiento de Empresa No. 2005053684 inscripción 176
y el asiento de Establecimiento No. 2005053684- 001, inscripción 177,
ambos del Libro 89 de Asientos de Matrícula de Empresa y Estableci-
miento; A favor de la Empresa que se denomina JMB AUDITORES Y
CONSULTORES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE,
la cual se dedica a ACTIVIDADES DE CONTABILIDAD, TENEDURIA
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140 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 368
DE LIBROS Y AUDITORIA, ASESORIA EN MATERIAS CONEXAS,
con dirección en URBANIZACION JARDINES DE MERLIOT, AVENI-
DA EL BALSAMAR, PASAJE No. 1, POLIGONO “U”, CASA N°. 29,
CIUDAD MERLIOT, del domicilio de SANTA TECLA, LA LIBERTAD,
cuyo activo asciende a ONCE MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO
DOLARES CON 57/100 $ 11, 428.57 y que tiene el establecimiento
siguiente: 001-) denominado J M B AUDITORES Y CONSULTORES,
S.A. DE C. V., ubicado en URBANIZACION JARDINES, DE MERLIOT,
AVENIDA EL BALSAMAR, PASAJE No. 1, POLIGONO “U”, CASA
N°. 29, CIUDAD MERLIOT del domicilio de SANTA TECLA, LA
LIBERTAD y que se dedica a ACTIVIDADES DE CONTABILIDAD,
TENEDURIA DE LIBROS Y AUDITORIA, ASESORIA EN MATERIAS
CONEXAS.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.
San Salvador, veinticinco de agosto de dos mil cinco.
LIC. MORENA GUADALUPE FLORES AGUIRRE,
REGISTRADORA.
3 v. alt. No. R002840-3
ASIENTO DE EMPRESA 2005053801
ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2005053801- 001
LA INFRASCRITA REGISTRADORA DEL DEPARTAMENTO DE
REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN-
TOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado VICTOR
SAMUEL PINEDA MEDRANO, en su calidad de representante legal
de la sociedad MULTI TALLERES, SOCIEDAD ANONIMA DE CA-
PITAL VARIABLE que puede abreviarse MULTI TALLERES, S. A. DE
C.V.; sociedad de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de LA
LIBERTAD, cuya escritura social está inscrita bajo el número 50 del
libro 1989 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con
Número de Identifi cación Tributaria: 0614- 171204-108-5; el cual ha
presentado solicitud a las dieciséis horas y doce minutos del día dieciocho
de febrero de dos mil cinco, con la cual se otorgó el asiento de Empresa
No. 2005053801 inscripción 198 y el asiento de Establecimiento No.
2005053801- 001, inscripción 199, ambos del Libro 78 de Asientos
de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa se denomina
MULTI TALLERES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIA-
BLE, la cual se dedica a TALLER AUTOMOTRIZ CON SERVICIO DE
ENDEREZADO, PINTURA Y MECANICA GENERAL, con dirección
en CALLE CIRCUNVALACION, No. 13-BIS, PLAN DE LA LAGU-
NA, del domicilio de ANTIGUO CUSCATLAN, departamento de LA
LIBERTAD, cuyo activo asciende a ONCE MIL CUATROCIENTOS
VEINTIOCHO DOLARES CON 57/100 $ 11,428.57 y que tiene el
establecimiento siguiente: 001-) denominado MULTI TALLERES, S.A.
DE C.V., ubicado en CALLE CIRCUNVALACION, No. 13-BIS, PLAN
DE LA LAGUNA, departamento de LA LIBERTAD y que se dedica
a TALLER AUTOMOTRIZ CON SERVICIO DE ENDEREZADO,
PINTURA Y MECANICA GENERAL.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.
San Salvador, veintiuno de febrero de dos mil cinco.
LIC. LEONOR JIMENEZ BARRIOS,
REGISTRADORA.
3 v. alt. No. R002841-3
ASIENTO DE EMPRESA 2005054535
ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2005054535-001,002
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-
GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS
DEL REGISTRO DE COMERCIO.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado CIRO PERAZA
MELGAR, en su calidad de Representante legal de la sociedad ESTILOS
EN ACCION, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que
puede abreviarse E en A, S.A. de C.V., sociedad de nacionalidad SAL-
VADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social
está inscrita bajo el número 23 del libro 2029 del Registro de Sociedades
del Registro de Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria:
0614-090505-101-4; el cual ha presentado solicitud a las quince horas
y cuarenta y cinco minutos del día veinticuatro de junio de dos mil
cinco, con la cual se otorgó el asiento de Empresa No. 2005054535
inscripción 29 y el asiento de Establecimiento No. 2005054535-001,002,
inscripción 30 y 31, ambos del Libro 90 de Asientos de Matrícula de
Empresa y Establecimiento; la Empresa se denomina ESTILOS EN
ACCION, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual
se dedica a VENTA DE CALZADO con dirección en COMPLEJO
HABITACIONAL AUSTRALIA, SENDA No. 1, No. 18 del domicilio
de Mejicanos, cuyo activo asciende a ONCE MIL CUATROCIENTOS
VEINTIOCHO DOLARES CON 57/100 $ 11,428.57 y que tiene los
establecimientos siguientes: 001-) denominado ESTILOS EN ACCION,
SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE ubicado en COM-
PLEJO HABITACIONAL AUSTRALIA, SENDA No. 1, No. 18 y que
se dedica a VENTA DE CALZADO, 002-) denominado ONLY ONE
ubicado en CENTRO COMERCIAL LA GRAN VIA, 2ª PLANTA
LOCAL No. 811 y que se dedica a VENTA DE CALZADO.
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141DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Septiembre de 2005.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de ley.
San Salvador, treinta de agosto de dos mil cinco.
Lic. JULIO RUBEN TRUJILLO VENTURA,
REGISTRADOR.
3 v. alt. No. R002847-3
SUBASTAS PÚBLICAS
EDUARDO JAIME ESCALANTE DIAZ, JUEZ CUARTO DE LO
MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO EN
GENERAL,
HACE SABER: Que en el Proceso Mercantil Ejecutivo promovido
por el BANCO SALVADOREÑO, SOCIEDAD ANONIMA a través
de su Apoderado General Judicial Licenciada MARIA DEL CARMEN
MENENDEZ, contra el señor JUAN ANTONIO FERREIRO RUSCONI,
se venderá en Pública Subasta en este Tribunal, un inmueble de naturaleza
urbana, que se encuentra dentro del Complejo Habitacional denominado
“CONDOMINIO PLAZUELA LAS HORTENSIAS”, URBANIZACION
PARQUE RESIDENCIAL MIRAFLORES, identifi cado como número
DOCE, Edifi cio UNO-DOCE, PISO DOS, jurisdicción de Nueva San
Salvador, Departamento de La Libertad, el cual se describe de la siguiente
manera: Tiene una elevación de novecientos seis punto veinte metros sobre
el nivel medio del mar, una extensión superfi cial de CIENTO TREINTA
Y DOS PUNTO CERO CERO METROS CUADRADOS equivalentes a
CIENTO OCHENTA Y OCHO PUNTO OCHENTA Y SIETE VARAS
CUADRADAS, un área construida de CIENTO VEINTICINCO PUNTO
SETENTA Y SEIS METROS CUADRADOS, distribuidos así: ciento
dieciocho punto cincuenta y seis metros cuadrados, en dos niveles, con
una altura de siete punto cero cero metros y siete punto veinte metros
cuadrados; en un nivel con una altura promedio de tres punto cero cero
metros, todo en un área superfi cial de terreno de sesenta y seis punto
cuarenta y ocho metros cuadrados: un área de cochera de treinta y seis
punto cero cero metros cuadrados y veintinueve punto cincuenta y dos
metros cuadrados, de patio y jardines y tendedero de uso privativo para
dicha vivienda.- La construcción tiene un volumen de cuatrocientos
treinta y seis punto cincuenta y seis metros cúbicos y el terreno tiene
la descripción especial siguiente: partiendo del punto de intersección
formada por los ejes de la carretera panamericana hacia Nueva San
Salvador, y la Diecinueve Avenida Norte de la misma ciudad, se mide
una distancia de cuatrocientos diez cincuenta y cuatro metros con rumbo
Norte, cero un grados veintitrés punto cuatro minutos Oeste, llegando
a un punto auxiliar desde el cual se mide una distancia de setenta y seis
punto cero cero metros con rumbo Norte, cero cuatro grados, cincuenta
y ocho punto dos minutos Este, llegando así a la intersección entre los
ejes de la Diecinueve Avenida Norte y la Senda Norte, y la Senda Norte
de la Plazuela Las Hortensias, en el que se mide sobre este último una
distancia de setenta y siete punto ochenta y ocho metros con rumbo
Norte, ochenta y cinco grados, cero uno punto ocho minutos Oeste, y
haciendo una defl exión derecha de noventa grados y distancia de cuatro
punto cincuenta metros se llega al esquinero Sureste del terreno, cuyas
medidas y linderos son: AL SUR: Línea recta de seis punto cero cero
metros con rumbo Norte, ochenta y cinco grados cero uno punto ocho
minutos Oeste, lindando con el lote número diecinueve de la Plazuela
Las Hortensias, veinte punto cincuenta metros de ancho de derecho de
vía de por medio.- AL PONIENTE: Línea recta de veintidós punto cero
cero metros con rumbo Norte, cuatro grados cincuenta y ocho punto dos
segundos Este, lindando con lote número trece de la Plazuela Las Horten-
sias.- AL NORTE: Línea recta de seis punto cero cero metros con rumbo
Sur, ochenta y cinco grados cero uno punto ocho minutos Este, lindando
con lote número cuatro de Calle El Carmen.- AL ORIENTE: Línea recta
de veintidós punto cero cero metros con rumbo Sur, cero cuatro grados
cincuenta y ocho punto dos minutos Oeste, lindando con lote número
once de la Plazuela Las Hortensias.- El inmueble linda por la parte baja
o piso con el bien raíz y por la parte alta con el espacio aéreo techo de
por medio.- El inmueble anteriormente descrito existen construcciones de
sistema mixto consistente en una vivienda; al cual comprenden un área
y descripción tal como se relaciona anteriormente.- Inscrito a favor del
señor JUAN ANTONIO FERREIRO RUSCONI, bajo el número TRES
CERO CERO CERO SIETE CERO UNO DOS-A-CERO CERO DOCE,
del Registro Social de Inmuebles del Departamento de La Libertad.
Lo que se avisa al Público para los efectos legales consiguien-
tes.
LIBRADO: En el Juzgado Cuarto de lo Mercantil: San Salvador, a las
nueve horas del día quince de Agosto de dos mil cinco. Lic. EDUARDO
JAIME ESCALANTE DIAZ, JUEZ CUARTO DE LO MERCANTIL.-
Licda. JACQUELINE JOHANNA ORTIZ DURAN, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F016736-3
DARÍO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL,
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL
HACE SABER: Que por resolución pronunciada en el Juicio
Civil Ejecutivo promovido por el Licenciado JOSE ANTONIO VIGIL
GUZMÁN, como Apoderado de los señores FLOR DE MARIA CLA-
ROS DE RIVERA y DOUGLAS ANTONIO RIVERA QUINTANILLA,
contra la señora ANITA ROMERO DE AYALA, reclamándole cantidad
de colones, se venderá en pública subasta en este Juzgado, el inmueble
siguiente: “Una porción de terreno de naturaleza rústica, situado en el
lugar llamado Sampa, jurisdicción de Aculhuaca, hoy Villa Delgado,
que mide y linda: AL NORTE: En tres tiros, el primero de once metros,
el segundo de seis metros setecientos milímetros, y el tercero de doce
metros exactos con terreno de Mariano García y Romilio Morán; AL
ORIENTE: dieciocho metros línea ondulada desfavorable al terreno que
se describe con resto del terreno de la señora Anastacia Vásquez; AL
SUR: setenta y cinco metros con terreno del Doctor Daniel Villatoro
Rugamas; AL PONIENTE: veintiún metros setecientos treinta y seis
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milímetros, Río Urbina de por medio, con terreno de Eduardo Ponce,
goza de servidumbre de tránsito que pesa sobre el inmueble de la señora
Anastasia Vásquez de donde se segregó el inmueble que se describe de
tres metros de ancho y el largo necesario para salir a la calle pública
que conduce al Río Urbina que está al oriente del inmueble general,
estableciéndose la servidumbre al rumbo sur del predio gravado. De una
extensión superfi cial de CUATROCIENTOS NOVENTA Y CUATRO
METROS CUADRADOS. En el inmueble descrito existe actualmente
una casa de sistema mixto de dos plantas.” Inscrito dicho inmueble a favor
de la señora ANITA ROMERO DE AYALA en el Sistema de Folio Real
Computarizado Matrícula Número SEIS CERO CERO CUATRO SIETE
TRES UNO TRES- CERO CERO CERO CERO CERO del Registro de
la Propiedad de este Departamento.
Librado en el Juzgado Cuarto de lo Civil: San Salvador, a las once
horas del día quince de agosto de dos mil cinco. Dr. DARIO VILLALTA
BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL.- Lic. VICTORINO
ALEXANDER PERAZA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F016749-3
JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Al público para efectos de ley, que por ejecución
promovida en este Juzgado por el Licenciado JOSE EDGARDO MO-
RALES PORTILLO, Apoderado de la FUNDACION SALVADOREÑA
PARA EL DESARROLLO ECONOMICO Y SOCIAL, FUSADES contra
la señora MARIA JACINTA PAZ se venderá en pública subasta en este
mismo Juzgado en el precio y en la fecha que oportunamente se indicará
el bien inmueble embargado siguiente: “un inmueble urbano identifi cado
como lote número SIETE DEL BLOCK G- DOS DE LA URBANIZA-
CION SANTA ALEGRIA, situado en Jurisdicción de Ciudad Delgado,
Departamento de San Salvador, que se localiza y describe así: partiendo
de la intersección de los ejes del pasaje número doce rumbo Sur veintisiete
grados veintitrés punto ocho minutos Este, se mide hacia el este sobre
el eje del pasaje número siete una distancia de cuarenta y ocho metros
para llegar a un punto donde con defl exión derecha de noventa grados
y una distancia de tres metros se llega al vértice noreste del lote que se
describe cuyas medidas y linderos son: AL NORESTE siete metros en
línea recta de rumbo norte sesenta y dos grados treinta y seis punto dos
minutos este, lindando con lote número diecinueve A del block G cuatro
pasaje número siete de la misma urbanización de propiedad de Inversiones
y Valores S.A. DE C.V. AL OESTE dieciséis metros en línea recta de
rumbo Sur veintisiete grados veintitrés punto ocho minutos, lindando
con lote número ocho del mismo block, de propiedad de Inversiones y
Valores S.A. de C.V. AL SURESTE siete metros en línea recta de rumbo
sur sesenta y dos grados treinta y seis punto ocho minutos oeste lindando
con lote número quince del mismo block de propiedad de Inversiones y
Valores S.A. de C.V., el lote así descrito tiene una superfi cie de CIENTO
DOCE METROS CUADRADOS equivalentes a CIENTO SESENTA
VARAS CUADRADAS VEINTICINCO CENTESIMAS DE VARA
CUADRADA y contiene una cada de habitación de sistema mixto.” El
inmueble anteriormente descrito está inscrita a favor del demandado
bajo la matrícula No. CERO UNO CERO OCHO DOS DOS UNO
CUATRO- CERO CERO CERO, PROPIEDAD DEL REGISTRO DE
LA PROPIEDAD RAIZ E HIPOTECA DE LA PRIMERA SECCION
DEL CENTRO.
Se admitirán posturas que se hagan siendo legales.
LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: San
Salvador, a las diez horas del día quince de agosto de dos mil cinco.
Lic. JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO
CIVIL.- Lic. TATIANA VILMA MERCEDES CACERES DE ALAS,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. R002850-3
REPOSICION DE CERTIFICADO
AVISO
COMPAÑÍA HOTELERA SALVADOREÑA. S.A.,
Comunica que a sus ofi cinas situadas en la Ochenta y Nueve Avenida
Norte y Once Calle Poniente, Colonia Escalón, San Salvador, se ha pre-
sentado la señora MARJORIE ELKEN DE BUSTAMANTE, accionista
de esta sociedad, propietaria de los certifi cados de acciones número
CUATROCIENTOS OCHENTA Y TRES que ampara SEISCIENTAS
SETENTA Y DOS acciones, CUATROCIENTOS OCHENTA Y CINCO
que ampara SEISCIENTAS SETENTA acciones y CUATROCIENTOS
OCHENTA Y SEIS que ampara SEISCIENTAS SETENTA acciones,
solicitando la reposición de los mismos por haberse extraviado.- Trans-
curridos treinta días después de la tercera publicación de este aviso, si
no hubiera ninguna oposición, se procederá a reponer los certifi cados
en referencia.-
Lo anterior se hace del conocimiento del público para los efectos
legales del caso.
San Salvador, seis de septiembre del año dos mil cinco. Enmendado:
seis.Vale.-
EDUARDO QUIÑONEZ CAMINOS,
PRESIDENTE.
3 v. alt. No. R002835-3
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143DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Septiembre de 2005.
SECCION DO CU MEN TOS OFICIALESDIRECCIÓN GENERAL DE LA RENTA DE ADUANAS
RESOLUCION No. DREG-693.
DIRECCION GENERAL DE LA RENTA DE ADUANAS; Ilopango, a las catorce horas del día doce de agosto de dos mil cinco.
Vista la solicitud número 8522, de fecha 11 de julio de 2005, presentada a esta Dirección General por la Señora Elsa Adela Rivas de Calderón,
quien actúa en calidad de Representante Legal de la Sociedad CALDERON INVERSIONES, S.A. DE C.V., con número de identifi cación Tributaria
(N.I.T.) 0614-060499-102-0; tendiente a que se le prorrogue a su representada la autorización por tres años más, para continuar operando como Tien-
da Libre, el establecimiento comercial ubicado en el Aeropuerto Internacional El Salvador, en el local DOS- OCHENTA Y DOS A, el cual consta de
una extensión superfi cial de TREINTA Y TRES PUNTO QUINCE METROS CUADRADOS; localizado en la Terminal de Pasajeros del referido
Aeropuerto. LEIDOS LOS AUTOS, Y CONSIDERANDO: I. Que por medio del Decreto Legislativo número 373, de fecha 23 de abril de 2001, pu-
blicado en el Diario Ofi cial número 81, Tomo 351 de fecha 2 de mayo de 2001, vigente a partir del 10 de mayo del mismo año, se creó la Ley del
Régimen Aduanero de Tiendas Libres, la cual en su Art. 3 determina que el Ministerio de Hacienda por medio de la Dirección General de la Renta de
Aduanas, autorizará a personas naturales o jurídicas para que operen en el Aeropuerto establecimientos comerciales, bajo el Régimen Aduanero de
Tiendas Libres. II. Que se ha comprobado la existencia legal de la empresa por medio de Testimonio de Escritura Pública de Modifi cación y Aumento
de Capital Mínimo de la Sociedad, número sesenta y dos de fecha quince de abril de dos mil cuatro, inscrita en el Registro de Comercio al número 12
del libro número 1915 del Registro de Sociedades, desde el folio 104 hasta el folio 127, con fecha veintisiete de abril de dos mil cuatro; y comproban-
AUMENTO DE CAPITAL
AVISO
EL INFRASCRITO SECRETARIO DE LA ASAMBLEA GENE-
RAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA SOCIEDAD
TOTAL EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
VARIABLE,
CERTIFICA: Que en Asamblea General Extraordinaria de Accio-
nistas de carácter extraordinario de Sociedad Total El Salvador, Sociedad
Anónima de Capital Variable, de acuerdo al Artículo número Doscientos
Treinta y Tres del Código de Comercio Vigente, celebrada a las nueve
horas treinta minutos del día diecisiete de agosto de dos mil cinco, se
encuentra el punto número DOS, se acordó aumentar por emisión de
Acciones el capital social en OCHOCIENTOS MIL SIETE DOLARES
CON SETENTA CENTAVOS DE DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS,
con lo que el capital social será de CINCO MILLONES SIETE DOLA-
RES CON SETENTA CENTAVOS DE DÓLAR DE LOS ESTADOS
UNIDOS DE AMERICA.
En la Ciudad de Quezaltepeque, a los veinticinco, del mes de agosto
de dos mil cinco.
ENRIQUE ALBERTO PORTILLO PEÑA,
Secretario Asamblea General Extraordinaria.
3 v. alt. No. R002848-3
REPOSICION DE POLIZA DE SEGURO
AVISO
ASESUIZA VIDA, S.A. Seguros de Personas,
Hace del conocimiento del público en general, que a esta Compañía
se ha presentado el señor CESAR ULISES FUNES, quien es de setenta
y seis años de edad, de este domicilio, expresando que ha extraviado la
Póliza de Seguro de Vida No. 1356/D-30, emitida con fecha 30-10-1975
por la suma de $ 3,429.00 y solicita su reposición.
La Compañía procederá a la cancelación del documento expresado
y a su reposición si dentro del plazo de 30 días a partir de la última
publicación de este aviso no se presentare oposición.
San Salvador, a los seis días del mes de septiembre dos mil cin-
co.
JOSE TRANSITO VELASQUEZ,
Gerente Suscripción Seguro de Personas.
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144 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 368
te de pago de renovación de Matrícula de empresa y establecimientos, número 6780290 de fecha 29 de marzo de 2005; asimismo, la calidad con que
actúa la Señora Elsa Adela Rivas de Calderón, según Credencial de elección de junta Directiva de fecha 17 de junio de 2005, presentada al Registro
de Comercio según constancia número 2005123947 de fecha 05 de julio de 2005. III. Que consta en autos que con fecha 23 de enero de 2002 esta
Dirección General emitió la Resolución número DREG-45, y modifi cación según resolución número DREG-633 de fecha 10 de octubre de 2002 por
medio de la cuales se autorizó a la sociedad peticionaria para operar bajo el Régimen Aduanero de Tiendas Libres y se modifi có el monto de la fi anza
autorizada, respectivamente; el plazo para el cual fue autorizada es de tres años contados a partir del día 18 de octubre de 2002 hasta el día 17 de
octubre de 2005, con base en la fecha en ambas resoluciones fuero publicadas en el Diario Ofi cial número 195, Tomo 357 de fecha 18 de octubre de
2002. IV. Que al hacer el análisis de los documentos presentados por la sociedad peticionaria, se ha comprobado que se han cumplido todos los requi-
sitos exigidos en el Art. 5 de la Ley de la materia. V. Que en cumplimiento a lo establecido en los Arts. 6 y 9 de la referida Ley, esta Dirección Gene-
ral practicó inspección en los locales donde funciona la Tienda Libre a efectos de constatar el cumplimiento de las obligaciones y deberes establecidos
en dicho cuerpo legal; los que, a consideración de esta ofi cina han cumplida con los requisitos establecidos por la Ley tanto en lo relativo al almace-
namiento de las mercancías en el local, como en los registros y controles con que cuentan para el manejo de sus importaciones, venta e inventarios.
VI. Que de acuerdo a lo establecido en el literal f) del Art. 7 de la Ley en materia, y con base en la proyección presentada por la sociedad benefi ciaria,
ésta tendrá derecho a introducir con exención total de los impuestos a que se refi ere el Inciso segundo del Art. 3 de la expresada Ley, un monto anual
de TREINTA MIL DOLARES ($30,000,00), quedando sujeta a la venta de dicha mercancía exclusivamente a viajeros que salgan o entren al país por
vía aérea conforme a los requisitos que a efecto establece la Ley de Equipajes de Viajeros Procedentes del Exterior. VII. La sociedad, para gozar de
los benefi cios concedidos, estará obligada a cumplir con todas las medidas específi cas de seguridad y control aduanero que la Dirección General de-
termine por medio de disposiciones administrativas que sean necesarias, a fi n de garantizar el ingreso, permanencia y salida de mercancías sujetas a
las disposiciones legales aplicables del presente régimen. VIII. Todas las ventas que realice la sociedad benefi ciaria deberán cumplir con los requisitos
señalados en el Art. 13 de la Ley en mención. IX. CALDERON INVERSIONES, S.A. DE C.V., queda obligada a informar a esta Dirección General
cualquier cambio que se realice en la titularidad de las acciones que posee dicha sociedad. X. De acuerdo a lo descrito en el Sistema Contable de la
empresa, ésta ha adoptado el método de Costo Promedio para valuar sus inventarios. XI. De conformidad con lo establecido en el Art. 8 de la Ley del
Régimen Aduanero de Tiendas Libres, la benefi ciaria deberá rendir una Garantía Global a favor del Fisco y Gobierno de la República de El Salvador
por el período de la autorización, la cual será fi jada por esta Dirección General con base en una cobertura del cien por ciento de los derechos e im-
puestos aplicables a las mercaderías que se estima se introducirán al amparo del régimen objeto de esta ley, más un veinte por ciento adicional a dicho
porcentaje para responder por los accesorios legales correspondientes. POR TANTO: Con fundamento en lo antes expuesto, disposiciones legales
citadas y facultades que la Ley le confi ere, esta Dirección General, RESUELVE: I. prorrógase la autorización concedida a la sociedad CALDERON
INVERSIONES, S.A. DE C.V., mediante resolución número DREG-45 emitida por esta Dirección General el 23 de enero de 2002, publicada en el
Diario Ofi cial número 195, Tomo 357 de fecha 18 de octubre de 2002; para que pueda operar bajo el Régimen Aduanero de Tiendas Libres, un Esta-
blecimiento Comercial ubicado en el Aeropuerto Internacional El Salvador, local DOS-OCHENTA Y DOS A, el cual consta de una extensión super-
fi cial de TREINTA Y TRES PUNTO QUINCE METROS CUADRADOS; localizado en la Terminal de Pasajeros del referido Aeropuerto. II. De
acuerdo a lo establecido en el Art. 9 de la Ley en materia, el plazo para el cual se autoriza la prórroga solicitada es de tres años, contados a partir del
día 18 de octubre de 2005 hasta el día 17 de octubre de 2008. III. El monto de la Garantía que la benefi ciaria deberá rendir es de DIEZ MIL SETE-
CIENTOS OCHENTA Y DOS 00/100 DOLARES ($10,782.00), la cual servirá para responder por el pago de los impuestos, derechos y demás cargas
fi scales que se adeuden o se originen por las operaciones que realice en el ejercicio de la autorización concedida. IV. Que el literal b) del Art. 7 de la
Ley en materia establece que no se podrá introducir al amparo del Régimen Aduanero de Tiendas Libres, mercancías declaradas como de importación
prohibida por leyes especiales o Convenios Internacionales, por lo que la Sociedad deberá darle cumplimiento. V. De conformidad a lo establecido en
el inciso segundo del Artículo 11 de la Ley del Régimen Aduanero de Tiendas Libres, queda estrictamente prohibido el traslado de mercancías impor-
tadas bajo el régimen de Tiendas Libres al territorio Aduanero Nacional sin el previo pago de los derechos e impuestos correspondientes. VI. Esta
Dirección General da por aceptado el Método de Costo Promedio, que la sociedad benefi ciaria ha adoptado para valuar sus inventarios. VII. Sin per-
juicio de la autorización concedida, esta Dirección General se reserva el derecho de revocar los benefi cios concedidos mediante la presente Resolución,
en caso de incumplimiento a lo dispuesto en la misma y a infracciones cometidas a las disposiciones legales aplicables a la materia. VIII. Esta Reso-
lución deberá ser publicada en el Diario Ofi cial para los efectos legales pertinentes. HAGASE SABER: f) Lic. Tavillatoro, Legible, Director General
de la Renta de Aduanas, Rubricada y Sellada.
(Registro No. F017572)
Imprenta Nacional - Tiraje 500 Ejemplares.
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