DIARIO Unidos Mexicanos OFICIAL - Suprema Corte de ... · Este incidente, que se considerará como...

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OrganodelGobierno Constitucional delosEstados UnidosMexicanos Negislrado comoarticulo de :a .claseenelaño 1$ 4 DIARIO OFICIAL Director :Lic .LuisdelaHidalga INDICE SECRETARIASDEESTADO RelacionesExteriores HaciendayCréditoPublico AVISO EN EL AREA METROPOLITANA PUEDE ADQUIRIRSEELDIARIOOFICIALENTODOS LOSPUESTOSDEVENTADEPERIODICOSY REVISTAS . México,D .F . Lunes16 deEnero de1984 TomoCccl .X\11 4 AgriculturayRecursosHidráulicos, 9 DesarrolloUrbanoyEcología 12 PoderJudicial 13 ConvocatoriasparaConcursosdeObras yAdquisiciones 24

Transcript of DIARIO Unidos Mexicanos OFICIAL - Suprema Corte de ... · Este incidente, que se considerará como...

Organo del Gobierno

Constitucional

de los Estados

Unidos Mexicanos

Negislrado como articulode :a . clase en el año 1$ 4

DIARIO

OFICIALDirector : Lic . Luis de la Hidalga

INDICE

SECRETARIAS DE ESTADORelaciones Exteriores

Hacienda y Crédito Publico

AVISO

EN EL AREA METROPOLITANA PUEDEADQUIRIRSE EL DIARIO OFICIAL EN TODOSLOS PUESTOS DE VENTA DE PERIODICOS Y

REVISTAS.

México, D . F .

Lunes 16

de Enero

de 1984

Tomo Cccl.X\11

4

Agricultura y Recursos Hidráulicos, 9

Desarrollo Urbano y Ecología 12

Poder Judicial 13

Convocatorias para Concursos de Obras

y Adquisiciones 24

Lunes 16 de enero de 1934 DIARIO OFICIAL

>lhncia de 593 .42 metros, llega al vértice No . 10 lo-calizado sobre el arroyo "El Encino", prosi-luiendo con rumbo S .E. en una distancia de429.77 metros para llegar al vértice No . 15, ubi-cado sobre El Arroyo "Santa Clara", prosiguecon rumbo S.W . en una distancia de 11 .5u o-tros, continuando paralelamente al arroyo, y enlinea quebrada en una distancia de 593 .44 metroshasta el vértice No . 28 localizado donde se iniciael vertedor, margen izquierda de la cortina, deeste punto, para llegar al cierre de la poligonalrecorre una distancia de 132.03 metros .

Para mayor precisión, la superficie mencio-nada está señalada en el plano oficial número B-139 de octubre de 1981, de la Secretaría de Agri-cultura y Recursos Hidráulicos, que se en-cuentra a disposición de los interesados, para suconsulta, en las oficinas de dicha Secretaría deEstado, en la ciudad de México, Distrito Fe-deral, y en la de Pachuca, en el Estado de Hi-dalgo .ARTICULO TERCERO .-La comisión de

Avalúos de Bienes Nacionales determinará elmonto de la indemnización que corresponda a losafectados que acrediten su derecho a la misma .

ARTICULO CUARTO .-Las indemnizacionesque correspondan serán cubiertas con cargo alpresupuesto de la Secretaría de Agricultura y

cursos Hidráulicos .

Al margen un sello con el Escudo Nacional,que dice : Estados Unidos Mexicanos .-Presi-dencia de la República .

MIGUEL DE LA MADRID HURTADO, Presi-dente Constitucional de los Estados UnidosMexicanos, a sus habitantes, sabed :

Que el H. Congreso de la Unión se ha servidodirigirme el siguiente

DECRETO :

"EI Congreso de los Estados Unidos Mexi-canos, decreta :

MODIFICA DIVERSAS DISPOSICIONES DELA LEY DE AMPARO, REGLAMENTARIA DE

LOS ARTICULOS 103 Y 107 DE LACONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS

UNIDOS MEXICANOS .

ARTICULO UNICO .-S~ reforman adicionano doro an los artículos 30 3o . bis 5o 13 1 21 a

1

1!,

44,45

4 a 1 a4 a,8 aB,88a91.95a97 9911 1

131 134 135 1391 ,1 7, 163 a 169, 172, 182 .

PODER JUDICIALDecreto que modifica diversas disposiciones de

la Ley de Amparo, reglamentaria de los Ar-tículos 103 y 107 de la Constitución Política delos Estados Unidos Mexicanos .

1 :1

ARTICULO QUINTO .-La Secretaría de De-sarrollo Urbano y Ecología procederá a la ocu-pación administrativa de los bienes de propiedadparticular con superficie de 9-19-13 Has., citadaen el Artículo Segundo de Esta Decreto y en elmismo acto los pondrá a disposición de la deAgricultura y Recursos Hidráulicos, para losfines a que se refiere el presente ordenamiento .

TRANSITORIOSPRIMERO.-El presente Decreto entrará en

vigor el día de su publicación en el Diario Oficialde la Federación .

SEGUNDO.-Para los efectos de la notifica-ción a que se refiere el artículo 40 . de la Ley deExpropiación, publíquese el presente Decretopor dos veces en el Diario Oficial de la Federa-ción .

Dado en el Residencia del Poder EjecutivoFederal en la ciudad de México, Distrito Fe-deral, a los dos días de mes de enero de mil nove-cientos ochenta y cuatro . Miguel de la MadridHurtado.-Rúbrica .-El Secretario de Agricul-tura y Recursos Hidráulicos, Horacio GarcíaAguilar.-Rúbrica .-El Secretario de DesarrolloUrbano y Ecología, Marcelo Javelly Girard .-Rúbrica.-El Secretario de Programación y Pre-supuesto, Carlos Salinas de Gortari .-Rúbrica .

bis 192 193 193 bis-19,4 bis 199 a 202, 204 a 209,211, 224 y 231, en a siguiente forma :

Art. 3o .

Las copias certificadas que se expidan para lasubstanciación del juicio de amparo, directo o in-directo, no causarán contribución alguna .

Art . 3o . bis . Las multas previstas en esta leyse impondrán a razón de días de salario . Paracalcular su importe se tendrá como base el sa-lario mínimo general vigente en el Distrito Fe-deral al momento de realizarse la conductasancionada .

El juzgador sólo aplicará las multas estable-cidas en esta Ley a los infractores que, a sujuicio, hubieren actuado de mala fe .

Cuando con el fin de fijar la competencia sealuda al salario mínimo, deberá entenderse elsalario mínimo general vigente en el Distrito Fe-deral al momento de presentarse la demanda deamparo o de interponerse el recurso .

Art. 5o. Son partes en el juicio de amparo :

1 .

II .

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

1 4

11 y III .

III. El tercero o terceros perjudicados, pu-

nado en su favor el acto contra el que se pide am-paro, cuando se trate de providencias dictadaspor autoridades distintas de la judicial o del tra-bajo; o que, sin haberlo gestionado, tenganinterés directo en la subsistencia del actoreclamado .

IV. El Ministerio Público Federal, quienpodrá intervenir en todos los juicios e interponerlos recursos que señala esta Ley, independiente-mente de las obligaciones que la misma le pre-cisa para procurar la pronta y expedita adminis-tración de justicia .

Art. 13. Cuando alguno de los interesadostenga reconocida su personalidad ante la auto-ridad responsable, tal personalidad será admi-tida en el juicio de amparo para todos los efectoslegales, siempre que compruebe tal circuns-tancia con las constancias respectivas .

Art . 16 .

Si apareciere que el promovente del juicio ca-rece del carácter con que se ostentó, la autoridadque conozca del amparo le impondrá una multade tres a treinta días de salario y ordenará la ra-tificación de la demanda . Si el agraviado no laratificare, se tendrá por no interpuesta y que-darán sin efecto las providencias dictadas en elexpediente principal y en el incidente de suspen-sión ; si la ratificare, se tramitará el juicio, en-tendiéndose las diligencias directamente conel agraviado mientras no constituya re-presentante .

Art. 21. El término para la interposición dela demanda de amparo será de quince días .Dicho término se contará desde el día siguienteal en que haya surtido efectos, conforme a la leydel acto, la notificación al quejoso de la resolu-ción o acuerdo que reclame ; al en que haya te-nido conocimiento de ellos o de su ejecución, o alen que se hubiese ostentado sabedor de losmismos .

Art. 22. Se exceptúan de lo dispuesto en elartículo anterior

1. Los casos en que a partir de la vigencia deuna ley, ésta sea reclamable en la vía de am-paro, pues entonces el término para la interposi-ción de la demanda será de treinta días .

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

DI AMO OFICIAL

Lunes 16 de enero de 1984

Art . 23. Son días hábiles para la promociónsubstanciación y resolución de los juicios de am-paro, todos los días del año, con exclusión de loósábados y domingos, el lo. de enero, 5 de febrerolo. y 5 de mayo, 14 y 16 de septiembre, 12 de o c ,tubre y 20 de noviembre .

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Para los efectos de esta disposición, los jefesy encargados de las oficinas de correos y te-légrafos estarán obligados a recibir y transmitir,sin costo alguno para los interesados ni para elgobierno, los mensajes en que se demande am-paro por alguno de los actos enunciados, asícomo los mensajes y oficios que expidan las au-toridades que conozcan de la suspensión, aunfuera de las horas del despacho y aun cuandoexistan disposiciones en contrario de las autori-dades administrativas . La infracción de lo pre-venido en este párrafo se castigará con la san-ción que el Código Penal aplicable en materia fe-deral señala para el delito de resistencia departiculares y desobediencia .

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Art . 27

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

tivo se entenderán con el Secretario de Estado oJefe de Departamento Administrativo que debarepresentarlo en el juicio de amparo, o, en sucaso, con el Procurador General de la República,de acuerdo con lo dispuesto en el párrafo últimodel articulo 19 de esta ley, de manera que una vezque se haya cumplimentado tal disposición lassubsecuentes notificaciones se harán directa-mente a los funcionarios designados, quienesigualmente intervendrán en las actuaciones pro-cesales procedentes . Las notificaciones al Pro-curador General de la República, le deberán serhechas por medio de oficio dirigido a su resi-dencia oficial .

Art. 28. Las notificaciones en los juicios deamparo de la competencia de los juzgados deDistrito, se harán :

I .II .

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

También deberán notificarse personalmentea los interesados los requerimientos o preven-ciones que se les formulen .

III . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Art. 30 . No obstante lo dispuesto en los ar-tículos anteriores, la autoridad que conozca dejuicio de amparo, del incidente de suspensión ode los recursos correspondientes, podrá ordenar

diendo intervenir con ese carácter :

a) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

b) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

c) . La persona o personas que hayan gestio-

I .

Lunes 16 de enero de 1984

que se haga personalmente determinada notifi-cación a cualquiera de las partes, cuando lo es-time conveniente ; y, en todo caso, el emplaza-miento al tercero perjudicado y la primera noti-ficación que deba hacerse a persona distinta delas partes en el juicio, se harán personalmente .

Las notificaciones personales se harán con-forme a las reglas siguientes :

III .

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

II . Cuando no conste en autos el domiciliodel quejoso, ni la designación de casa o despachopara oír notificaciones, la notificación se le harápor lista. En cambio, si no consta en autos el do-micilio del tercero perjudicado o de persona ex-traña al juicio, ni la designación de casa o des-pacho para oír notificaciones, el actuario lo asen-tará así, a fin de que se dé cuenta al Presidentede la Suprema Corte de Justicia, al de la Salarespectiva, al del Tribunal Colegiado de Circuitocorrespondiente, al juez o a la autoridad que co-nozca del asunto, para que dicten las medidasque estimen -pertinentes con el propósito de quese investigue su domicilio . Si a pesar de la inves-tigación se desconoce el domicilio, la primeranotificación se hará por edictos a costa delquejoso .

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Art . 32 . Las notificaciones que no fueren he-chas en la forma que establecen las disposi-ciones precedentes, serán nulas . Las partes per-judicadas podrán pedir la nulidad a que se re-fiere este articulo, antes de dictarse sentenciadefinitiva, en el expediente que haya motivado lanotificación cuya nulidad se pide, y que se re-ponga el procedimiento desde el punto en que seincurrió en la nulidad .

Este incidente, que se considerará como deespecial pronunciamiento, pero que no suspen-derá el procedimiento, se substanciará en unasola audiencia, en la que se recibirán las pruebasde las partes, se oirán sus alegatos, que no exce-derán de media hora para cada una y se dictarála resolución que fuere procedente . Si se decla-rare la nulidad de la notificación, se impondráuna multa de uno a diez días de salario al em-pleado responsable, quien será destituido de sucargo, en caso de reincidencia .

Las promociones de nulidad notoriamente in-fundadas se desecharán de plano y se impondráal promovente una multa de quince a cien días desalario .

Art . 36 . Cuando conforme a las prescrip-ciones de esta ley sean competentes los jueces deDistrito para conocer de un juicio de amparo, loserá aquél en cuya jurisdicción deba tener ejecu-ción, trate de ejecutarse, se ejecute o se hayaejecutado el acto reclamado .

MARIO OFICIAL 15

Si el acto ha comenzado a ejecutarse en unDistrito y sigue ejecutándose en otro, cualquierade los jueces de esas jurisdicciones, a preven-ción, será competente .

Es competente el juez de Distrito en cuya ju-risdicción resida la autoridad que hubiese dic-tado la resolución reclamada, cuando ésta no re-quiera ejecución material .

Art . 41 . En los casos a que se refieren los ar-tículos anteriores, si el promovente del amparono justificare que la autoridad ejecutora seña-lada en la demanda reside dentro de la jurisdic-ción del juez ante quien la haya presentado, eljuez de Distrito impondrá, sin perjuicio de lassanciones penales que procedan, al quejoso o asu apoderado, o a quien haya promovido en sunombre, o a su abogado, o a ambos, una multa detreinta hasta ciento ochenta días de salario,salvo que se trate de los actos mencionados en elartículo 17 . Esta multa se impondrá aun cuandose sobresea en el juicio por desistimiento del que-joso o por cualquier otro motivo legal .

Art . 44 . El amparo contra sentencias defini-tivas o laudos, sea que la violación se cometa du-rante el procedimiento o en la sentencia misma,se promoverá por conducto de la autoridadresponsable, la que procederá en los términos se-ñalados en los artículos 167, 168 y 169 de esta ley .

Art . 45 .

(Derogado) .

Art . 47 . Cuando se reciba en la SupremaCorte de Justicia un juicio de amparo del quedeba conocer un Tribunal Colegiado de Circuito,o se reciba en éste uno de que deba conoceraquélla, se declararán incompetentes de plano yremitirán la demanda con sus anexos, al Tri-bunal Colegiado de Circuito, en el primer caso, oa la Suprema Corte de Justicia, en el segundo . ElTribunal Colegiado de Circuito designado por laSuprema Corte de Justicia, conocerá del juiciosin que pueda objetarse su competencia ; y siésta resuelve que es competente, se avocará alconocimiento del negocio. En caso contrario, de-volverá el expediente al Tribunal Colegiado deCircuito, sin que pueda objetarse tampoco lacompetencia de éste .

Si se recibe en la Suprema Corte de Justicia oen un Tribunal Colegiado de Circuito un juicio deamparo del que no deban conocer en única ins-tancia, se declararán incompetentes de plano yremitirán la demanda, con sus anexos, al juez deDistrito a quien corresponda su conocimiento . Eljuez designado en este caso por la Corte o por elTribunal Colegiado de Circuito, si se trata de unjuzgado de Distrito de su jurisdicción, conocerádel juicio sin que pueda objetarse su compe-tencia, a no ser en el caso a que se refiere el ar-tículo 51 . Si el juzgado de Distrito no pertenece ala jurisdicción del Tribunal Colegiado de Cir-cuito, podrá plantear la competencia, por razóndel territorio, en los términos del artículo 52 .

16

Art. 49. Cuando se presente ante un juez deDistrito una demanda de amparo contra algunode los actos expresados en el artículo 44, se de-clarará incompetente de plano y mandará re-mitir dicha demanda al Presidente de la Su-prema Corte de Justicia o al Tribunal Colegiadode Circuito, según corresponda, sin resolversobre la suspensión del acto reclamado . El Pre-sidente de la Suprema Corte o del Tribunal Cole-giado de Circuito decidirán, según el caso, y sintrámite alguno si confirman o revocan la resolu-ción del inferior . En el primer caso impondrán alpromovente una multa de diez a ciento ochentadías de salario, mandarán tramitar el expe-diente y señalarán al quejoso y a la autoridadresponsable un término que no podrá exceder dequince días para la presentación de las copias ydel informe correspondiente ; y en el caso de re-vocación, mandarán devolver los autos al juz-gado de su origen, sin perjuicio de las cuestionesde competencia que pudieren suscitarse entrelos jueces de Distrito .

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Art. 50. Cuando se presente una demanda deamparo ante un juez de distrito especializado porrazón de materia, en la que el acto reclamadoemane de un asunto de ramo diverso del de su ju-risdicción, la remitirá de plano con todos susanexos, sin demora alguna, al juez de Distritoque corresponda, sin resolver sobre su admisiónni sobre la suspensión del acto, salvo el caso pre-visto en el segundo párrafo del articulo 54 .

Art. 51 .

Art. 54 .

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Si el juez de Distrito declarado competente, oel Tribunal Colegiado de Circuito, no encon-traren motivo fundado para haberse promovidodos juicios de amparo contra el mismo acto re-clamado, impondrán, sin perjuicio de las san-ciones penales que procedan, al quejoso o a suapoderado, o a su abogado, o a ambos, una multade treinta a ciento ochenta días de salario, salvoque se trate de los actos mencionados en elartículo 17 .

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

En los casos ae notoria incompetencia deljuez de Distrito ante quien se presente la de-man k., el juez se limitará a proveer sobre la sus-pensión provisional o de oficio cuando se trate deactos de los mencionados en el artículo 17, remi-tiendo, sin proveer sobre la admisión de la de-manda, los autos al juez de Distrito que consi-dere competente. Fuera de estos casos, recibida

MARIO OFICIAL Lunes 16 de enero de 1984

la demanda, el juez de Distrito, sin proveer sobresu admisión y sin substanciar incidente de sus-pensión, la remitirá con sus anexos al juez deDistrito que corresponda .

Art. 58 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Cualquier caso de duda o contienda sobre 19establecido en el párrafo anterior se decidirá porel Tribunal Colegiado de Circuito dentro de cuyajurisdicción resida el juez de Distrito queprevino .

Art. 61 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Si se estima que no procede la acumulación,se comunicará sin demora al juez requiriente, yambos remitirán los autos de sus respectivos jui-cios, al Tribunal Colegiado de Circuito, dentro decuya jurisdicción resida el juez de Distrito queprevino .

Recibidos los autos, con el pedimento del Mi-nisterio Público Federal y los alegatos escritosque puedan presentar las partes, resolverá elTribunal Colegiado de Circuito dentro del tér-mino de ocho días, si procede o no la acumula-ción y, demás, qué juez debe conocer de los am-paros acumulados .

Cuando la acumulación de juicios que se si-guen en diferentes juzgados haya sido promo-vida por alguna de las partes y resulte improccdente, se impondrá a ésta una multa de treinta aciento ochenta días de salario .

Art. 71. Cuando se deseche un impedimento,siempre que no se haya propuesto por el Minis-terio Público Federal, se impondrá, sin perjuiciode las sanciones penales que procedan, a la parteque lo haya hecho valer o a su abogado, o aambos, una multa de treinta a ciento ochentadías de salario . Si el ministro, magistrado o juezhubiere negado la causa del impedimento y éstase comprobase, quedará sujeto a la responsabi-lidad que corresponda conforme a la ley .

Art. 73. El juicio de amparo es improce-dente

I a IX

X. Contra actos emanados de un procedi-miento judicial, o de un procedimiento adminis-trativo seguido en forma de juicio, cuando porvirtud de cambio de situación jurídica en elmismo deban considerarse consumadas irrepa-rablemente las violaciones reclamadas en el procedimiento respectivo, por no poder decidirse ental procedimiento sin afectar la nueva situaciónjurídica .

XI a XII

XIII. Contra las resoluciones judiciales res-pecto de las cuales conceda la ley algún recurso

V

Lunes 16 de enero de 1984

o *asedio de defensa, dentro del procedimiento,,-)r .irtud del cual puedan ser modificadas, re-ovadas o rulificadas, aun cuando la parte agra-ida no lo hubiese hecho valer oportunamente,

aivc lo que la fracción VII del artículo 107 cons-..itucional dispone para los terceros extraños .

XIV a XVIII

Art. A. Procede el sobreseimiento :

I a III

It

Cuando hayan cesado los efectos del acto re-clamado o cuando hayan ocurrido causas noto-rias de sobreseimiento, la parte quejosa y la au-toridad o autoridades responsables están obli-gadas a manifestarlo así, y si no cumplen esaobligación, se les impondrá una multa de diez aciento ochenta. días de salario, según las circuns-tancias del caso .

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

En los amparos en materia de trabajo ope-rará el sobreseimiento por inactividad procesalo la caducidad de la instancia en los términosantes señalados, cuando el quejoso o recurrente,z_egún el caso, sea el patrón .

Celebrada la audiencia constitucional o lis-tado el asunto para audiencia no procederá el so-nreseimiento por inactividad procesal ni la cadu-cidad de la instancia .

Art. 76

Cuando el acto reclamado se funde en leyesdeclaradas inconstitucionales por la jurispru-dencia de la Suprema Corte, los funcionarios queconozcan del amparo deberán suplir la defi-ciencia de la queja, ajustándose a los plazos queseñalan los artículos 156 y 182 bis de esta ley .

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Art . ?8

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

` de amparo podrá recabar oficiosa-mente pruebas que, habiendo sido rendidas antela responsable, no obren en autos y estime nece-sarias para la resolución del asunto .

Art. 79 . En los juicios de amparo en que noproceda la suplencia de la queja, de acuerdo conlo dispuesto en el artículo 76 de esta ley, la Su-,.rsma Corte de Justicia, los Tribunales Cole-giados de Circuito y los jueces de Distrito podráncorregir los errores que adviertan en la cita de

DIARIO OFICIAL 17

los preceptos constitucionales y legales que seconsideren violados, y examinar en su conjuntolos agravios y conceptos de violación, así comolos demás razonamientos de las partes, a fin deresolver la cuestión efectivamente planteada,pero sin cambiar los hechos expuestos en la de-manda .

Art . 81 . Cuando en un juicio de amparo sedicte sobreseimiento o se niegue la protecciónconstitucional por haberse interpuesto la de-manda sin motivo, se impondrá al quejoso o asus representantes, en su caso, al abogado o aambos, una multa de diez a ciento ochenta díasde salario, tomando en cuenta las peculiaridadesdel caso .

Se procederá de igual manera cuando se so-bresea con base en las causales de improce-dencia establecidas en las fracciones III y IV delartículo 73 de este ordenamiento ; y, en general,cuando se advierta que la conducta procesal delas partes tuvo como propósito entorpecer la tra-mitación y solución dei asunto .

En los casos de reincidencia se podra im-poner una multa de hasta tres tantos la sumamáxima señalada, considerándose como respon-sable de ese comportamiento a] representante cautorizado en el asunto .

Art . 83 . Procede el recurso de revisión :

1

II

III

IV. Contra las sentencias dictadas en la audiencia constitucional por los jueces de Distrito,o por el superior del tribunal responsable . en loscasos a que se refiere el artículo 37 de esta ley . Alrecurrirse tales sentencias podrán impugnarselos acuerdos pronunciados en el curso de la ci-tada audiencia .

V

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Art. 84. Es competente la Suprema Corte deJusticia para conocer del recurso - de revisión .,en los casos siguientes :

I

a) Se impugne una ley o un tratado interna-cional por estimarlos inconstitucionales .

En los casos en que por existir jurisprudencialas revisiones pasen al conocimiento de lasSalas, en términos de lo establecido en la Ley Or-eánica del Poder Judicial de la Federación,

c)

cl Í

f)

18

éstas fundarán su resolución en dicha jurispru-dencia. No obstante, si las Salas estiman que enuna revisión en trámite hay razones graves paradejar de sustentar la jurisprudencia, las darán aconocer al Pleno para que éste resuelva el caso,ratificando o no esa jurisprudencia .

Cuando se impugne una ley de los Estados,emitida una tesis por tina de las Salas, conformela distribución de competencias prevista en la

Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federa-ción. se hará del conocimiento de las demás, lascuales, antes de resolver en concreto algúnasunto, en caso de sustentar criterio diverso, loharán del conocimiento del Pleno para que éstedetermine la tesis que deba prevalecer . La de-terminación del Pleno no afectará las situa-:•wnes jurídicas concretas derivadas de las sen-tencias que se hubieren dictado con anterio-ridad .

b) Se trate de los casos comprendidos en lasfracciones II y III del artículo 103 Constitucional .

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

e) La autoridad responsable en materia ad-iriinistrativa sea federal y no sea de las insti-tuidas conforme a la fracción VI, base primera,del artículo 73 de la Constitución, con las limita-c sones que en materia de competencia porcuantía establece la Ley Orgánica del Poder Ju-dicial de la Federación, o de asuntos que se con-sideren a juicio de la Sala de importancia tras-cendente para los intereses de la Nación, cual-quiera que sea su cuantía .

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

11

Art. 85 . Son competentes los Tribunales Co-legiados de Circuito, dentro de los límites seña-lados por la Ley Orgánica del Poder Judicial dela Federación, para conocer del recurso de revi-sión en los casos siguientes :

1

II

III. Contra las sentencias dictadas en am-paros promovidos contra actos de las autori-dades instituidas conforme a la fracción VI, baseprimera, del artículo 73 de la Constitución Fe-deral de la República .

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Art . 86 . El recurso de revisión se inter-pondrá por conducto del juez de Distrito, de laautoridad que conozca del juicio, o del TribunalColegiado de Circuito en los casos de amparo di-recto El término para la interposición del re-

DIARIO OFICIAL Lunes 16 de enero de 1984

curso será de diez días, contados desde el si-guiente al en que surta sus efectos la notificade la resolución recurrida .

La interposición del recurso, en forma di-recta, ante la Suprema Corte de Justicia de laNación o ante el Tribunal Colegiado de Circuito,según corresponda, no interrumpirá el trans-curso del término a que se refiere el párrafoanterior.

Art . 88

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Con el escrito de expresión de agravios, el re-currente deberá exhibir una copia de él para elexpediente y una para cada una de las otraspartes .

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

(Se derogan el quinto y sexto párrafos) .

Art . 89. Interpuesta la revisión y recibidasen tiempo las copias del escrito de expresión deagravios conforme al artículo 88, el juez de Dis-trito o el superior del tribunal que haya cometidola violación reclamada en los casos a que se re-fiere el artículo 37, remitirán el expediente eri-ginal a la Suprema Corte de Justicia o al Tri-bunal Colegiado de Circuito, según que el conoci-miento del asunto competa a aquélla o a éstedentro del término de veinticuatro horas, as,como el original del propio escrito de agravios yla copia que corresponda al Ministerio PúblicoFederal .

En los casos de la fracción II del artículo 83 deesta ley, el expediente original del incidente desuspensión deberá remitirse, con el original delescrito de expresión de agravios, dentro del tér-mino de veinticuatro horas al Tribunal Colegiadode Circuito .

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Cuando la revisión se interponga contra sen-tencia pronunciada en materia de amparo di-recto por un Tribunal Colegiado de Circuito, ésteremitirá el expediente original a la SupremaCorte de Justicia de la Nación, así como el oi i-ginal del escrito de agravios y la copia que co-rresponda al Ministerio Público dentro del tér-mino de veinticuatro horas, y si su . entencia nocontiene decisión sobre constitucic - . .,,;.!¡-dad deuna ley ni interpretación directa de un preceptode la Constitución Federal, lo hará así constarexpresamente en el auto relativo y en el oficio deremisión del expediente.

Art. 90

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Lunes l b de enero de 1984

Siempre que el Presidente de la Suprema~' te de Justicia o, en sus respectivos casos, el1 no, o !a Sala correspondiente, desechen el re-

soso de revisión interpuesto contra sentenciaspronunciadas por Tribunales Colegiados de Cir-cuito, por no contener dichas sentencias decisiónsobre la constitucionalidad de una ley o no esta-blecer la interpretación directa de un preceptode la Constitución Federal, impondrán, sin per-juicio de las sanciones penales que procedan, alrecurrente o a su apoderado, o a su abogado, o aambos, una multa de treinta a ciento ochentadías de salario .

r

tiva, en los casos de la fracción IV del artículo 83,encontraren que se violaron las reglas funda-mentales que norman el procedimiento en eljuicio de amparo, o que el juez de Distrito o la au-toridad que haya conocido del juicio en primerainstancia, incurrió en alguna omisión que hu-c ,;ere dejado sin defensa al recurrente o pudiere

,:Fluir en la sentencia que deba dictarse en defi-nitiva, revocarán la recurrida y mandarán re-poner el procedimiento, así como cuando apa-rezca también que indebidamente no ha sidooída alguna de las partes que tenga derecho a in-tervenir en el juicio conforme a la ley ; y

V . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Art . 95 . El recurso de queja es procedente :

I a VI .

VIII a IX .

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

VII. Contra las resoluciones definitivas quese dicten en el incidente de reclamación de dañosy perjuicios a que se refiere el artículo 129 deesta ley, siempre que el importe de aquéllas ex-ceda de treinta días de salario .

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

X. Contra las resoluciones que pronuncienlos jueces de Distrito en el caso previsto en laparte final del artículo 105 de este ordenamiento.

XI. Contra las resoluciones de un juez deDistrito o del superior del Tribunal responsable,en su caso, en que concedan o nieguen la suspen-sión provisional .

Art . 96 . Cuando se trate de exceso o defectoen la ejecución del auto de suspensión o de la sen-tencia en que se haya concedido el amparo al

DIARIO OFICIAL

19

quejoso, la queja podrá ser interpuesta por cua-lesquiera de las partes en el juicio o por cual-quiera persona que justifique legalmente que leagravia la ejecución o cumplimiento de dichasresoluciones. En los demás casos a que se refiereel artículo anterior, sólo podrá interponer laqueja cualesquiera de las partes ; salvo los ex-presados en la fracción VII del propio artículo,en los cuales únicamente podrán interponer elrecurso de queja las partes interesadas en el in-cidente de reclamación de daños y perjuicios, yla parte que haya propuesto la fianza o contra-fianza .

artículo 95, dentro de las veinticuatro horas si-guientes a la en que surta sus efectos la notifica-ción de la resolución recurrida .

Art . 99 . En los casos de las fracciones I, VI yX, del artículo 95 el recurso de queja se inter-pondrá por escrito directamente ante el TribunalColegiado de Circuito que corresponda, acompa-ñando una copia para cada una de las autori-dades contra quienes se promueva .

En los casos de las fracciones V, VII, VIII yIX del mismo artículo 95, el recurso de queja seinterpondrá por escrito, directamente ante la Su-prema Corte de Justicia o ante el Tribunal Cole-giado de Circuito, según que el conocimiento delamparo o de la revisión haya correspondido aéste o a aquélla, acompañando una copia paracada una de las autoridades contra quienes sepromueva y para cada una de las partes en eljuicio .

La tramitación y resolución de la queja en loscasos previstos en las fracciones 1 a X, se suje-tará a lo dispuesto en el párrafo segundo del ar-tículo anterior con la sola salvedad del términopara que la Sala respectiva o el Tribunal Cole-giado de Circuito dicten la resolución que corres-ponda que será de diez días .

En el caso de la fracción XI, la queja deberáinterponerse ante el juez de Distrito dentro deltérmino de veinticuatro horas contado a partirdel día siguiente a la fecha en que surta efectosla notificación de la resolución que conceda oniegue la suspensión provisional, acompañandolas copias que se señalan en el artículo anterior .Dentro de las veinticuatro horas siguientes elTribunal Colegiado de Circuito que correspondadeberá dictar la resolución que proceda. Los

Art . 91 . El Tribunal en Pleno, las Salas de laSuprema Corte de Justicia o los Tribunales Cole-giados de Circuito, al conocer de los asuntos enrevisión, observarán las siguientes reglas :

Art . 97 . Los términos para la interposicióndel recurso de queja serán los siguientes :

I . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

II . En los casos de las fracciones 1, V, VI,I VII, VIII y X del mismo articulo, dentro de los

cinco días siguientes al en que surta sus efectosla notificación de la resolución recurrida ;II

III.

IV .

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Si en la revisión de una sentencia defini-

III

IV. En el caso de la fracción XI del referido

?0

1)1Atl10 OFICIAL

jueces de Distrito remitirán de inmediato los es-critos en los que se formule la queja al Tribunalque deba conocer de la misma .

Art. 100 . La falta o deficiencia de los in-formes en los casos a que se refieren los dos ar-tículos anteriores, establece la presunción de serciertos los hechos respectivos, y hará incurrir alas autoridades omisas en una multa de tres atreinta días de salario, que impondrá de plano laautoridad que conozca de la queja en la mismaresolución que dicte sobre ella .

Art.102. Cuando la Suprema Corte de Jus-ticia o el Tribunal Colegiado de Circuito dese-chen el recurso de queja por notoriamente im-procedente, o lo declaren infundado por haberseinterpuesto sin motivo alguno, impondrán al re-currente o a su apoderado, o a su abogado, o aambos, una multa de diez a ciento veinte días desalario ; salvo que el juicio de amparo se hayapromovido contra alguno de los actos expresadosen el artículo 17 .

Art . 103. El recurso de reclamación es pro-cedente contra los acuerdos de trámite dictadospor el Presidente de la Suprema Corte de Jus-ticia, por el Presidente de cualesquiera de lasSalas, en materia de amparo, o por el Presidentede un Tribunal Colegiado de Circuito, conforme ala Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federa-ción, y se interpondrá, tramitará y resolverá enlos términos prevenidos por la misma Ley . Si seestima que el recurso fue interpuesto sin motivo,se impondrá al recurrente o a su apoderado, o asu abogado, o a ambos, una multa de diez aciento veinte días de salario .

Art. 105 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

El quejoso podrá solicitar que se dé por cum-plida la ejecutoria mediante el pago de los dañosy perjuicios que haya sufrido . El juez de Distrito,oyendo incidentalmente a las partes interesadas,resolverá lo conducente . En caso de que pro-ceda, determinará la forma y cuantía de la resti-tución .

Art. 106 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

(Se deroga el cuarto párrafo)

Art. 119. Transcurrido dicho término sin quese haya presentado la ratificación expresada, setendrá, por no interpuesta la demanda ; quedarán:sin efecto las providencias decretadas y se im-~ondrá una multa de tres a treinta días de sala rio al interesado. a su abogado o reo-esen-tante, o a ambos, con excepción de los casos pce-

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vistos en el artículo 17 de esta ley, en los cuP , ~:sse procederá conforme lo establece el artícu_de la misma .

Art. 120 (Se deroga el segundo párrafo)

Art. 131 . Promovida la suspensión conformeal artículo 124 de esta ley, el juez de Distrito pe-dirá informe previo a la autoridad responsable,quien deberá rendirlo dentro de veinticuatrohoras. Transcurrido dicho término, con informeo sin él, se celebrará la audiencia dentro de se-tenta y dos horas, excepto el caso previsto en elartículo 133,, en la fecha y hora que se hayan se-ñalado en el auto inicial, en la que el juez podrárecibir únicamente las pruebas documental o deinspección ocular que ofrezcan las partes, lasque se recibirán desde luego ; y oyendo los ale-gatos del quejoso, del tercero perjudicado, si lohubiera, y del Ministerio Público, el juez resol-verá en la misma audiencia, concediendo o ne-gando la suspensión o lo que fuere procedentecon arreglo al artículo 134 de esta ley .

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Art. 134. Cuando al celebrarse la audiencia aque se refieren los artículos 131 y 133 de esta ley,apareciere debidamente probado que ya se .ra-solvió sobre la suspensión definitiva en oti,,juicio de amparo promovido por el mismo qi .joso o por otra persona, en su nombre o represen-tación, ante otro juez de Distrito, contra elmismo acto reclamado y contra las propias auto-ridades, se declarará sin materia el incidente desuspensión, y se impondrá a dicho quejoso, a surepresentante o a ambos, una multa de treinta aciento ochenta días de salario .

Art. 135 Cuando el amparo se pida contra elcobro de impuestos, multas u otros pagos fis-cales, podrá concederse discrecionalmente lasuspensión del acto reclamado, la que surtiráefectos previo depósito de la cantidad que secobra en la Nacional Financiera, S . A., o en de.fecto de ésta en la sociedad nacional de créditoque el juez señale dentro de su jurisdicción, oante la autoridad exactora, salvo que de ante-mano se hubiese constituido ante esta última .

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Art. 139 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

El auto en que se niegue la suspensión defini-tiva deja expedita la jurisdicción de la autoridadresponsable para la ejecución del acto recla-mado, aun cuando se interponga el recurso de re-visión ; pero si el Tribunal Colegiado de Circuitoque conozca del recurso revocare la resolución yconcediere la suspensión, los efectos de ésta seretrotraerán a la fecha en que fue notificada lasuspensión provisional, o lo resuelto respecto ala definitiva, siempre que la naturaleza del actolo permita .

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:Art . 142. El expediente relativo al incidentesuspensión se llevará siempre por duplicado .

uando se interponga revisión contra la resolu-,!ibn dictada en el incidente, el juez de Distritoremitirá el expediente original al Tribunal Cole-giado de Circuito que deba conocer del recurso, yse dejará el duplicado en el juzgado .

. .Art . 146 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Si el promovente no llenare los requisitos omi-tidos, no hiciere las aclaraciones conducentes ono presentare las copias dentro del término seña-lado, el juez de Distrito tendrá por no interpuestala demanda, cuando el acto reclamado sóloafecte al patrimonio o derechos patrimonialesdel quejoso .

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Art. 149 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Cuando la autoridad responsable no rinda suinforme con justificación se presumirá cierto elacto reclamado, salvo prueba en contrario, que-dando a cargo del quejoso la prueba de los he-c?tos que determinen su inconstitucionalidadcuando dicho acto no sea violatorio de garantíasen sí mismo, sino que su constitucionalidad o in-constitucionalidad dependa de los motivos, datoso pruebas en que se haya fundado el propio acto .

Si la autoridad' responsable no rinde informecen justificación, o lo hace sin remitir, en sucaso, la copia certificada a que se refiere el pá-rrafo segundo de este artículo, el juez de Distritole impondrá, en la sentencia respectiva, unamulta de diez a ciento cincuenta días de salario .

Si el informe con justificación es rendidofuera del plazo que señala la ley para ello, serátomado en cuenta por el juez de Distrito siempreque las partes hayan tenido oportunidad de cono-cerlo y de preparar las pruebas que lo desvir-túen .

Art, i51 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Cuando las partes tengan que rendir pruebatestimonial o pericial para acreditar algúnhecho, deberán anunciarla cinco días hábilesantes del señalado para la celebración de la au-diencia constitucional, sin contar el del ofreci-miento ni el señalado para la propia audiencia,exhibiendo copia de los interrogatorios al tenorde los cuales deban ser examinados los testigos,, del cuestionario para los peritos . El juez orde-nará que se entregue una copia a cada una de laspartes, para que puedan formular por escrito ohacer verbalmente repreguntas, al verificarse laaudiencia. No se admitirán más de tres testigospor cada hecho . La prueba de inspección oculardeberá ofrecerse con igual oportunidad que latestimonial y la pericial .

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

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. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Art. 152 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Al interesado que informe al juez que se le hadenegado una copia o documento que no hubiesesolicitado, o que ya le hubiese sido expedido, sele impondrá una multa de diez a ciento ochentadías de salario .

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Art. 153 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

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Cuando el juez desechare la objecion presen-tada, podrá aplicar al promovente de la propusouna multa de diez a ciento ochenta días de sa-lario .

Art. 156. En los casos en que el quejoso im-pugne la aplicación por parte de la autoridad oautoridades responsables de leyes declaradas in-constitucionales por la jurisprudencia decretadapor la Suprema Corte de Justicia, o en aquellosotros a que se refiere el artículo 37, la substan-ciación del juicio de amparo se sujetará a las dis-posiciones precedentes, excepto en lo relativo altérmino para la rendición del informe con justif i-cación, el cual se reducirá a tres días improrro-gables, y a la celebración de la audiencia, la quese señalará dentro de diez días contados desde elsiguiente al de la admisión de la demanda .

Art. 157. Los jueces de Distrito cuidarán deque los juicios de amparo no queden paralizados,especialmente cuando se alegue por los quejososla aplicación por las autoridades de leyes decla-radas inconstitucionales por la jurisprudencia dela Suprema Corte de Justicia, proveyendo lo quecorresponda hasta dictar sentencia, salvo loscasos en que esta ley disponga expresamente locontrario .

El Ministerio Público cuidará del exacto cum-plimiento de esta disposición, principalmente enlos casos de aplicación de leyes declaradas jurisprudencialmente inconstitucionales, y cuando elacto reclamado importe peligro de privación dela vida, de la libertad, o entrañe deportación,destierro o alguno de los prohibidos por el ar-tículo 22 de la Constitución Federal .

Art. 163. La demanda de amparo contra sen-tencias definitivas, dictadas por tribunales judi-ciales o administrativos, o contra laudos de tri-bunales del trabajo, deberá presentarse por con-ducto de la autoridad responsable . Esta tendrála obligación de hacer constar al pie del escritode la misma la fecha en que fue notificada al que-joso la resolución reclamada, y la de presenta-ción del escrito .

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Art . 164 . Si no consta en autos la fecha de no-tificación a que se refiere el artículo anterior, laautoridad responsable dará cumplimiento a lodispuesto en el artículo 169 de esta ley, sin per-juicio de que dentro de las veinticuatro horas si-guientes a la en que obre en su poder la cons-tancia de notificación respectiva proporcione lainformación correspondiente al Tribunal al quehaya remitido la demanda .

La falta de la referida información, dentro deltérmino señalado, se sancionará con multa deveinte a ciento cincuenta días de salario .

Art . 165 . La presentación de la demanda, enforma directa, ante la Suprema Corte de Justiciade la Nación o ante el Tribunal Colegiado de Cir-cuito, según corresponda, no interrumpirá lostérminos a que se refieren los artículos 21 y 22 deesta ley .

Art . 166 . La demanda de amparo deberá for-mularse por escrito, en la que se expresarán :

I a III

IV. La sentencia definitiva o laudo reclama-dos ; y si se reclamaren violaciones a las leyesdel procedimiento, se precisará cuál es la partede éste en la que se cometió la violación y el mo-tivo por el cual se dejó sin defensa al agraviado .

Cuando se impugne la sentencia definitiva olaudo por estimarse inconstitucional la ley apli-cada, ello será materia únicamente del capítulode conceptos de violación de la demanda, sin se-ñalar como acto reclamado la ley, y la califica-ción de ésta por el Tribunal de amparo se hará enla parte considerativa de la sentencia .

V a VIII

Art. 167 . Con la demanda de amparo deberáexhibirse una copia de ella para el expediente yuna para cada una de las partes en el juicio cons-titucional ; copias que la autoridad responsablemandará entregar a éstas, emplazándolas,dentro de un término máximo de diez días, paraque comparezcan ante la Suprema Corte de Jus-ticia de la Nación o ante el Tribunal Colegiado deCircuito, según el caso, a defender sus derechos .

Art. 168 . Cuando no se presentaren las co-pias a que se refiere el artículo anterior, o no sepresentaren todas las necesarias en asuntos delorden civil, administrativo o del trabajo, la auto-ridad responsable se abstendrá de remitir la de-manda a la Suprema Corte dé Justicia o al Tri-bunal Colegiado de Circuito, según corresponda,y de proveer sobre la suspensión, y mandará pre-venir al promovente que presente las copias omi-tidas dentro del término de tres días . Transcu-rrido dicho término sin presentarlas, la auto-ridad responsable remitirá la demanda, con elinforme relativo sobre la omisión de las copias, ala misma Corte o a dicho Tribunal, quienes ten-drán por no interpuesta la demanda .

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En asuntos del orden penal, si el quejoso n,>exhibiere las copias a que se refiere el artíci' oanterior, sin perjuicio de que la autoridrresponsable provea sobre la suspensión en cas ;,aurgentes, le señalará un nuevo término que nopodrá exceder de diez días, para que exhiba di-chas copias, y si no lo hiciere se procederá conarreglo al párrafo anterior .

Art . 169 . Al dar cumplimiento la autoridadresponsable a lo dispuesto en el primer párrafodel artículo anterior, remitirá la demanda, lacopia que corresponde al Ministerio Público Fe-deral y los autos originales a la Suprema Cortede Justicia de la Nación o al Tribunal Colegiadode Circuito, según que el conocimiento del asuntocompeta a aquélla o a éste, dentro del término deveinticuatro horas. Al mismo tiempo, rendirá suinforme con justificación, exponiendo, de ma-nera clara y breve, las razones que funden elacto reclamado y dejará copia en su poder dedicho informe .

Al remitir los autos, la autoridad responsabledejará testimonio de las constancias indispensa-bles para la ejecución de la sentencia, a menosque exista inconveniente legal para su envío ;evento éste en el que lo hará saber al agraviado,en igual término, para que solicite copia certifi-cada de las constancias que considere necesa-rias, la que se adicionará con las que señale laparte contraria y dicha autoridad .

La autoridad responsable enviará la copiecertificada a que se refiere el párrafo anterior enun plazo máximo de tres días al en que las parteshagan el señalamiento ; si no lo hace, se le im-pondrá una multa de veinte a ciento cincuentadías de salario . Igual sanción se le impondrá sino da cumplimiento oportunamente a la obliga-ción que le impone el primer párrafo de estepropio precepto .

Art . 172 . Cuando la sentencia reclamada im-ponga la pena de privación de la libertad, la sus-pensión surtirá el efecto de que el quejoso quedea disposición de la Suprema Corte de Justicia odel Tribunal Colegiado de Circuito competente,por mediación de la autoridad que haya suspen-dido su ejecución .

Art . 182 bis . Cuando en amparo directo sealegue que las sentencias definitivas, en asuntospenales, civiles o administrativos, o los laudos delas Juntas o Tribunales de Conciliación y Arbi-traje, se fundan en ley declarada inconstitu-cional en jurisprudencia decretada por la Su-prema Corte de Justicia, el procedimiento se su-jetará a lo dispuesto en este Capítulo, excepciónhecha de los plazos a que se refieren los artículos180 a 182 precedentes, y el 185, los cuales deberánser reducidos a la mitad .

Art . 192 . La jurisprudencia que estab'ezcala Suprema Corte de justicia, funcionando enPleno o en Salas, es obligatoria para éstas, en

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DIARIO OFICIAL

tratándose de la que decrete el pleno, y ademáspora los Tribunales Unitarios y Colegiados deCircuito, los Juzgados de Distrito, los TribunalesMilitares y Judiciales del orden común de los Es-tados, Distrito Federal y Tribunales Administra-tWos y del Trabajo, locales o federales .

Las ejecutorias constituirán jurisprudencia,riempre que lo resuelto en ellas se sustente encinco sentencias no interrumpidas por otra enoontrario, y que hayan sido aprobadas por lomenos por catorce ministros, si se trata de juris-

dencia del Pleno, o por cuatro ministros encasos de jurisprudencia de las Salas .

También constituyen jurisprudencia las tesisque diluciden las contradicciones de sentenciasde salas .

Cuando se trate de ejecutorias sobre constitu-cionalidad o inconstitucionalidad de leyes de losatados, la jurisprudencia podrá formarse inde-pendientemente de que las sentencias provengande una o de varias Salas .

Art. 193. La jurisprudencia que establezcanlos Tribunales Colegiados de Circuito, en ma-teria de su competencia exclusiva, es obligatoriapera los juzgados de Distrito, para los Tribu-najes Judiciales del fuero común y para los Tri-buales Administrativos y del Trabajo que fun-4enen dentro de su jurisdicción territorial .

Las ejecutorias de los Tribunales Colegiados.te Circuito constituyen jurisprudencia siempreglsE lo resuelto en ellas se sustente en cinco sen-tencias, no interrumpidas por otra en contrario,y que hayan sido aprobadas por unanimidad devotos de los magistrados que los integran .

Art. 193 Bis . (Se deroga) .

Art . 194 Bis. En los casos previstos por losartículos 192 y 193, el Pleno, la Sala o el TribunalColegiado respectivo, aprobarán la tesis juris-prudencia] y ordenarán su publicación en el Se-manario Judicial de la Federación . Lo mismodeberá hacerse con las tesis que interrumpan omodifiquen dicha jurispudencia .

Art. 199. El juez &_ Distrito o la autoridadque . conozca de un juicio de amparo o del inci-dene respectivo, que no suspenda el acto recla-mado cuando se trate de peligro de privación dela vida, o alguno de los actos prohibidos por el ar-ticulo 22 de la Constitución Federal, si se llevarea efecto la ejecucion de aquél, será castigadocomo reo del delito de abuso de autoridad, con-forme a las disposiciones del Código Penal apli-cable en materia federal .

Si la ejecución no se llevare a efecto porcausas ajenas a la intervención de la Justicia Fe-deral, se le impondrá la sanción que señale el¡~o Código para los delitos cometidos contrala administración de justicia .

Art. 200 . Fuera de los casos a que se refiereW *rtfculo anterior, si la Procedencia de la sus-

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pensión fuere notoria y el juez de Distrito que co-nozca dei incidente no la concediere por negli-gencia o por motivos inmorales, y no por simpleerror de opinión, se impondrá la sanción que fijael Código Penal aplicable en materia federalpara los delitos cometidos contra la administra-ción de justicia .

Art. 201 . La sanción a que se refiere el pre-cepto precedente se aplicará igualmente al juezde Distrito o autoridad que conozca del juicio, encualquiera de los casos siguientes :

I a IV

Art. 202 . La falta de cumplimiento de lasejecutorias de amparo imputables a los juecesde Distrito, o a las autoridades judiciales que co-nozcan del juicio, se castigarán con arreglo a lasdisposiciones del Código Penal aplicable en ma-teria federal a los responsables del delito deabuso de autoridad .

Art . 204 . Las autoridadés responsables queen el juicio de amparo o en el incidente de sus-pensión rindan informes en los que afirmarenuna falsedad o negaren la verdad, en todo o enparte, serán sancionadas en los término cure se-ñala el Código Penal aplicable en materia fe-deral para las autoridades que lleven a cabo esasafirmaciones o negativas al enviar iniorrnaciona otra autoridad .

Art . 205 . La autoridad responsable que mali-ciosamente revocare el acto reclamado . con elpropósito de que se sobresea en el amparo sólopara insistir con posterioridad en dicho acto,será castigada con las sanciones previstas en elCódigo Penal aplicable en materia federal paralos responsables del delito de abuso de auto-ridad .

Art. 206 . La autoridad responsable que noobedezca un auto de suspensión debidamente no-tificado, será sancionada en los términos que se-ñala el Código Penal aplicable en materia fe-deral para el delito de abuso de autoridad, porcuanto a la desobediencia cometida ; indepen-dientemente de cualquier otro delito en que in-curra .

Art . 267 . La autoridad responsable que enlos casos de suspensión admita fianza o contra-fianza que resulte ilusoria o insuficiente, serásancionada en los términos previstos por el Có-digo Penal aplicable en materia federal para losdelitos cometidos contra la administración dejusticia .

Art . 208 . Si después de concediuc el amparo,la autoridad responsable insistiere en la repeti-ción del acto reclamado o tratare de eludir elcumplimiento de la sentencia de la autoridad fe-deral, inmediatamente será separada de sucargo y consignada al juez de Distrito que co-rresponda, para que la juzgue por la desobe-diencia cometida, la que será sancionada en los

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DIARIO OFICIALL

términos que el Código Penal aplicable en ma-teria federal señala para el delito de abuso de au-toridad .

Art . 209 . Fuera de los casos señalados en losartículos anteriores, cuando la autoridad respon-sable se resista a dar cumplimiento a los man-datos u órdenes dictados en materia de amparoserá sancionada en la forma precisada en el Có-digo Penal aplicable en materia federal para losdelitos cometidos contra la administración dejusticia, por los actos u omisiones ahí previstos .

Art . 211. Se impondrá sanción de seis mesesa tres años de prisión y multa de diez a noventadías de salario :

1 a III

Art. 224

La autoridad que no remita las copias certifi-cadas a que se refiere este artículo, será sancio-nada con multa de veinte a ciento veinte días desalario. En caso de que .~,ub~sista la omisión noobstante el requerimiento del juez, la multa seirá duplicando en cada nuevo requerimiento,hasta obtener el cumplimiento de esta obliga-ción .

Art . 231

1 a IIL

IV. No será causa de improcedencia deljuicio contra actos que afecten los derechos co-lectivos del núcleo, el consentimiento expreso delos propios actos, salvo que emane de la Asam-blea General .

TRANSITORIOS

ARTICULO PRIMERO.-EI--_ )resente De-creto en raráen vi o`r los sesenta días siguien al desupbicaer n_en e Diario íciaTdeI ederracñó

CONVOCATORIAEl Banco de Crédito Rural del Centro Sur, S .

A ., en cumplimiento de las disposiciones que es-tablece la Ley sobre Adquisiciones, Arrenda-mientos y Almacenes de la Administración Pú-

Lunes 16 de enero de 1984

CONVOCATORIAS PARA CONCURSOS DE OBRAS YADQUISICIONES

BANCO DE CREDITO RURAL DEL CENTRO-SUR, S . A .

Convocatoria a todos los Proveedores de la Administración Pública Federal que tengan in,terés en participar en el Concurso Nacional Mayor No . BCRCS-01!84, relativa a la adqui-sición de Papelería y Utiles de Escritorio .

ARTICULO SEGUNDO.-Los amparos dirrectos en revisión sobre inconstitucionalidad deleyes de los Estados que actuaimerite corres-ponden a la competencia del Tribunal Pleno, yque conforme a estas reformas pasarán al cono.cimiento de las salas permanentes, quedarán etipoder de los ministros ponentes, quienes presen-tarán el proyecto de resolución correspondienteen la sala de su adscripción . Los amparos denuevo ingreso se distribuirán entre las salas ..conforme al turno que lleve al efecto la Presi .dencia .

ARTICULO TERCERO.-En los amparos umateria e tra-Ejo, el térñiino a que se refiere elartículo 74, fracción V, de esta ley, para decretarel sobreseimiento por inactividad procesal o lacaducidad de la instancia empezará a transcu-rrir a partir del día siguiente al de la iniciaciónde la vigencia de las presentes reformas .

ARTICULO CUARTO-Los snicio.s de am-paro y los recursos que ala fecha de iniciación dela vigencia de este Decreto se encuentren en trá-mite, continuarán substanciándose conforme alas normas de procedimiento que establecen laspresentes reformas .

ARTICULO QUINTO.-Se faculta a la Su-prema CortedeJusticiade la Nación para dictarlas medidas necesarias tendientes a la efeafividad y cumplimiento de las presentes reformas

México, D . F ., a 29 de diciembre_ de 198 .3.--LLajous, D . P .-Raúl Salinas Lozano, S . P.-Etarique León Martínez. D . S.-Mvrna Es~Hoyos de Navarrete, S . S --Rúbricas" .

En cumplimiento de lo dispuesto por la frac-ción l del Artículo 89 de la Constitución Políticade los Estados Unidos Mexicanos y para su de-bida publicación y observancia, expido el pre-sente Decreto en la residencia del Poder Ejecu-tivo Federal, en la Ciudad de Méxic'j, DistritoFederal, a los treinta días del mes de diciembrede mil novecientos ochenta y tres . —Miguel de laMadrid hurtado-Rúbrica .--El Secretario deGobernación, Manuel Bartlett Díaz .- Rubrica .

blica Federal, y la Norma de Concursos para 'aAdquisición de Mercancías, Materias Primas ,Bienes Muebles, invita a todos los lproveedl;:ré~de la Administración Pública Federal, a pLír :i -cipar en el Concurso Nacional Mav~.rr BC#1G?