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La enseñanza y difusión del Derecho delos Conflictos Armados constituye una obliga-ción para el Estado, que tiene el deber deintroducirlo en sus programas de enseñanzamilitar y civil, y de respetarlo y hacerlo respe-tar en todas las circunstancias.

El presente Manual ha sido elaboradopor un grupo de trabajo creado en CruzRoja Española e integrado por Manuel GorrizMartínez, José Luis Doménech Omedas, LolaForte Gómez y Joaquín López Sánchez; yaque, para Cruz Roja, la enseñanza y difusiónde estas normas humanitarias constituye, asi-mismo, uno de sus objetivos fundamentales.

Diseño y Maquetación: Juan Pablo OcalIlustraciones: Juan Pablo Ocal© Cruz Roja EspañolaISBN: 84-7899-198-0Editado por: Depósito Legal:

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ÍNDICE

PRESENTACIÓN . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5

OBJETIVO DEL MANUAL. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 6

DESTINATARIOS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 6

CONTENIDO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 6

I. Conocimientos básicos

1.- Introducción al DICA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 7

2.- Elementos que concurren en la acción militar . . . . . . . 13

3.- Personas y bienes protegidos. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 23

4.- Localidades y zonas bajo protección especial . . . . . . . 30

II. Reglas de comportamiento . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 32

III. Responsabilidades en caso de violaciones del DICA . . . . . . . 35

IV. Aplicación del DICA en las Operaciones de Paz . . . . . . . . . . . 38

ANEXOS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 39

EL DERECHO DE LOS CONFLICTOS ARMADOSConocimientos Básicos y Reglas de Comportamiento

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PRESENTACIÓN

El presente manual surge con la pretensión de ofrecer, enun formato de bolsillo, un texto de síntesis, sencillo y asequi-ble, que facilite una buena comprensión del Derecho delos Conflictos Armados y un conocimiento básico de susprincipios y normas, a cuya difusión el Estado español se hacomprometido internacionalmente. Premeditadamente,se han omitido las referencias técnico-jurídicas y se haoptado por un lenguaje preciso, directo y concreto, enconsonancia con el que se acostumbra a usar en elambiente militar.

La importancia de la difusión de esta materia en el seno delas Fuerzas Armadas, en la que recae buena parte de laresponsabilidad que asume el Estado, reside en el hechode que muchas de las violaciones del DICA son debidas aldesconocimiento por parte de quien tiene que aplicarlo.

El manual está estructurado en dos partes: la primera, estáenfocada al conocimiento de las normas y principios bási-cos que deben influir en la conducta del militar, y la segun-da está dirigida a quien debe instruir al personal de tropa ymarinería profesional, mediante una serie de directrices yprincipios orientadores acerca de la metodología de laenseñanza aplicada a esta materia.

Se ha utilizado para su denominación el título de DICA porser ésta más comprensiva que el antiguo término Derechode la Guerra, aunque ambas expresiones siguen siendo

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válidas junto a la comúnmente utilizada de Derecho Inter-nacional Humanitario.

OBJETIVO DEL MANUAL

El objetivo es facilitar el conocimiento y la comprensión delos principios y normas del DICA para servir de código deconducta en el desarrollo de las actividades propias de lafunción militar.

Asimismo, también se persigue capacitar a los miembrosde las Fuerzas Armadas que participen en misiones de pazen el exterior en la aplicación del DICA.

DESTINATARIOS

Son principales destinatarios de este manual los suboficia-les y personal de tropa y marinería de las Fuerzas Armadas.

CONTENIDO

A) Conocimientos Básicos B) Reglas de ComportamientoC) Responsabilidades en caso de violaciones del DICAD) La aplicación del DICA en las Operaciones de Paz

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1. - INTRODUCCIÓN AL DICA

Frente a los conflictos armados la comunidad internacionalreacciona en dos direcciones: por un lado, prohibiendo laagresión y el uso de la fuerza –sólo en el ejercicio individualo colectivo de la legitima defensa se puede recurrir a lafuerza–, y por otro lado, una vez que se han roto las hostili-dades, aplicando el Derecho de los conflictos armados(DICA) o Derecho Internacional Humanitario (DIH) con igualobligatoriedad a todas las partes implicadas en el conflic-to, con independencia de qué parte fuera la responsablede haberlo iniciado.

En el DICA se refleja la intención de las naciones de esta-blecer unas normas mínimas de conducta para las partesen un conflicto armado, a fin de prevenir o, por lo menos,disminuir el sufrimiento de las víctimas. Esas normas han

El Derecho de los Conflictos Armados (DICA) compren-de el conjunto de normas internacionales e internasque tienen por objeto limitar los medios y métodos deguerra y proteger a las víctimas de los conflictos arma-dos. Debe ser considerado como código de conductay de comportamiento para las Fuerzas Armadas.

I CONOCIMIENTOS BÁSICOS

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sido establecidas en tratados internacionales y han sidoaceptadas por casi todos los Estados de la comunidadinternacional. Muchas normas también forman parte delderecho (no escrito) consuetudinario, por el que se hanconsolidado como obligatorios usos y costumbres de laguerra.

La acción armada se estructura en función de tres elemen-tos: El sujeto combatiente, los objetivos militares y losmedios y métodos (armas y procedimientos) utilizados. ElDICA basa su sistema de protección en la regulación jurídi-ca de los citados elementos, sobre la base de considerar alos combatientes y a los objetivos militares como únicossujetos activos y pasivos de los ataques armados, median-te la formulación del siguiente principio:

Los Estados están obligados a respetar esas normas entodas las circunstancias y han de velar para que seanrespetadas. Para cumplir sus obligaciones, el Estadodebe difundir el conocimiento del DICA, a fin de quetoda la población lo conozca, especialmente las fuer-zas armadas.

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Y, por otra parte, mediante la prohibición o restricción delempleo de determinadas armas y métodos de guerra. Elprincipio básico más importante del derecho humanitarioen relación con el empleo de los medios de hacer la gue-rra dice así:

De este precepto general dimanan varios principios.

1. Principio de Prohibición del empleo de armas, pro-yectiles o materias destinadas a causar malessuperfluos o sufrimientos innecesarios. En esta for-mulación, “superfluo” significa que la utilidad militarde un medio de guerra particular no justifica el sufri-miento causado, sea porque la utilidad es del todoinexistente, o en el mejor de los casos mínima, sea

— PRINCIPIO DE LIMITACIÓN —"En todo conflicto armado, el derecho de las Partes enconflicto a elegir los métodos o medios de hacer laguerra no es ilimitado".

— PRINCIPIO DE DISTINCIÓN —"A fin de garantizar el respeto y la protección de lapoblación civil y de los bienes de carácter civil, las Par-tes en conflicto harán distinción en todo momentoentre población civil y combatientes, y entre bienes decarácter civil y objetivos militares y, en consecuencia,dirigirán sus operaciones únicamente contra objetivosmilitares."

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porque, al contraponer tal utilidad y el sufrimiento,la balanza se inclina hacia este último lado y, porello, hacia la prohibición del medio de guerra encuestión.

2. Principio de proporcionalidad que parte de la basede la previsión de víctimas civiles y obliga a ponde-rar éstas en relación con la ventaja militar que seobtiene o se espera obtener del ataque armado. Enconsecuencia el DICA prohíbe:

"[...] los ataques, cuando sea de prever quecausarán incidentalmente muertos y heridosentre la población civil, o daños a bienes decarácter civil, o ambas cosas, que seríanexcesivos en relación con la ventaja militarconcreta y directa prevista."

Sin embargo, El DICA admite que pueda haber modifica-ciones o incluso derogaciones a las reglas de protecciónde personas y bienes en caso de que el cumplimiento dela misión las haga imprescindibles. Cualquier excepción alas reglas de comportamiento prescritas sólo es admisible siuna norma expresamente lo prevé. Quiere esto decir queno se puede apelar a consideraciones de necesidad mili-tar fuera del marco de las condiciones y requisitos previstospor el DICA.

El DICA impone las mismas limitaciones en la conducciónde las hostilidades a todas las partes beligerantes. En suámbito de aplicación, se dictan los mismos requisitos paralegitimar la acción armada de los combatientes, se esta-blecen las mismas restricciones en la elección de medios y10

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métodos, y se aplican los mismos criterios para atacar obje-tivos militares.

La población civil cada vez sufre en mayor medida losefectos de los conflictos armados hasta el punto de que elporcentaje de bajas civiles supera en mucho a las bajasproducidas en los combatientes. Numerosos factores hancontribuido a esta situación alarmante:

• Ha cambiado en gran medida el modelo de losconflictos. La proliferación de grupos armados, queobtienen sus armas con el tráfico ilegal de recursosde todo tipo produce una situación de privatizaciónde la lucha armada en la que no existe ni orden nidisciplina ni control por parte de las autoridades civi-les o militares. La población civil es presionada y for-zada desde todas y cada una de las faccionesarmadas. En tales circunstancias, la posesión dearmas por parte de la población puede ser una exi-gencia para lograr supervivir, por lo que esta privati-zación de la lucha armada ha entrañado a su vezuna privatización de la seguridad.

• Los conflictos actuales no se caracterizan por el usode armas químicas o nucleares, ni siquiera por elempleo de grandes sistemas de armas pesadas. Enla mayoría de los conflictos son las armas pequeñasy ligeras, las llamadas armas de destrucción enmasa, entre las que se encuentran las municionesabandonadas y sin explotar, las minas antipersonaly los fusiles de asalto, las que producen el mayorimpacto humanitario en la población civil.

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• La población civil sufre directamente los asesinatos,la tortura, los tratos degradantes, la detención arbi-traria, el traslado forzoso, las deportaciones, la tomade rehenes. Las mujeres suelen ser las primeras víc-timas de tales situaciones, como consecuencia delos incontables casos de violaciones con motivo delos conflictos armados. Los niños quedan marcadospor la guerra para toda su vida y con frecuencia sonreclutados, incitándolos a participar en la violencia;muchos sólo conocen la ley del fusil y su manejo yalgunos a los quince años son ya ex combatientes.

• Las principales causas de los recientes conflictosson la lucha por motivos religiosos, tribales, o étni-cos. Estos conflictos se libran generalmente no yacontra objetivos militares, sino contra las comunida-des locales. Cuando las partes aplican políticascomo "la limpieza étnica", el objetivo consiste enexpulsar de sus hogares a los civiles mediante elterror, el desplazamiento forzoso, el asesinato o todoesto combinado. Se estima en más de 23 millonesel número de refugiados, y en más de 29 millones elde las personas desplazadas.

• Las "guerras asimétricas" en las que el desequilibrioexistente entre las capacidades militares y tecnoló-gicas de los contendientes impulsa a menudo a laparte más débil a buscar en el fuerte su flanco másvulnerable en la población civil, y se produce deese modo una inversión grave del principio de dis-tinción, en cuanto que la población civil pasa a serel principal objetivo de la acción bélica.

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• El fenómeno del terrorismo contribuye de formamuy notable a la fractura actual del sistema de pro-tección de la población civil, no solamente porqueel terrorismo es intrínsecamente perverso al socavarlos fundamentos del DIH que prohíbe atacar delibe-radamente a la población, sino porque la reacciónde ciertos Estados que postulan la llamada "guerracontra el terrorismo", puede también aumentar elsufrimiento de la población civil y producir una mer-ma en sus derechos fundamentales.

2. - ELEMENTOS QUE CONCURREN EN LA ACCIÓN MILITAR

De acuerdo con lo indicado anteriormente, los tres elemen-tos que concurren en la acción bélica son los sujetos com-batientes, los objetivos militares y los medios y métodos deguerra. Pasaremos, a continuación, a definirlos y a caracte-rizarlos.

COMBATIENTESSe denominan combatientes legítimos a aquellos quecumplen con los requisitos individuales y colectivos estable-cidos en el DICA, que a continuación veremos. Son los úni-cos que tienen derecho a participar directamente en lashostilidades. Cualquier otra categoría personal que come-ta actos de violencia armada no tendrá derecho a la pro-tección especifica de prisionero de guerra en caso de sercapturada. Ello no quiere decir que queden sin protección.En todo caso tendrán una protección de mínimos humani-tarios.

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Los miembros de las fuerzas armadas (que no sean del per-sonal sanitario y religioso) son combatientes. Se distinguenpor el uniforme o por llevar un signo fijo reconocible o, porlo menos, sus armas a la vista. Los combatientes puedenparticipar directamente en las hostilidades y ser atacados.

Son también combatientes legítimos:

• Los miembros de otras milicias y otros cuerpos sujetosa disciplina militar como la Guardia Civil.

• Los movimientos de resistencia. El guerrillero para serconsiderado combatiente legítimo tendrá queactuar en territorio ocupado, llevar sus armas abierta-mente durante la acción y durante cualquier movi-miento desde o hacia el lugar en el que un ataqueva a ser lanzado.

SSEE PPRROOHHIIBBEE

HOMICIDIO, TORTURATRATO DEGRADANTETOMA DE REHENESPENAS COLECTIVAS

RREESSPPEETTOO

AL HONORLA PERSONA

LAS CONVICCIONESLAS PRACTICAS RELIGIOSAS

SSEE GGAARRAANNTTIIZZAANN

MEDIOS DE DEFENSAJUICIO JUSTO

—— MMIINNIIMMOOSS HHUUMMAANNIITTAARRIIOOSS ——

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Todas estas categorías para ser consideradas combatien-tes legítimos deben cumplir, además, con los siguientesrequisitos colectivos:

OBJETIVOS MILITARESEs comúnmente admitido por la doctrina militar que laselección de objetivos es una de las misiones más impor-tantes del jefe. Una cuestión primordial para los jefes y pla-nificadores militares es decidir lo que constituye un objetivolegítimo y cómo puede atacarse.

Un objetivo, desde el punto de vista militar, debe serinequívoco, claro, directo y alcanzable con las fuerzasdisponibles.

• Fuerza organizada • Mando responsable de la con-

ducta de sus subordinados• Disciplina interna• Cumplimiento del Derecho de los

Conflictos Armados

• La población de un territorio que se enfrenta espon-táneamente a un ejército invasor. Cuando cesa laespontaneidad cesa el derecho a combatir.

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Por su parte, el DICA sólo permite atacar directamente a losobjetivos militares, exige adoptar criterios o precaucionesen el ataque a esos objetivos previamente identificados eincluso, en determinados casos, restringe o prohíbe el ata-que a objetivos militares cuando pueden afectar a bienesciviles especialmente protegidos, como es el caso delmedio ambiente natural, los bienes indispensables para lasupervivencia de la población civil, los bienes culturales olas obras o instalaciones que contengan fuerzas peligrosas,fundamentalmente las presas, los diques y las centralesnucleares.

Por tanto y del mismo modo en que planteábamos lacorrecta aplicación del principio de distinción respecto acombatientes y persona civiles, delimitar exactamente elconcepto de objetivo militar tiene una trascendencia fun-damental en el sistema de protección de la población y losbienes civiles.

La definición de objetivo se asienta sobre dos criterios. El pri-mero es que el objeto contribuya eficazmente a la acciónmilitar: un bombardero, un carro de combate o una piezade artillería no ofrecen dudas en cuanto a su clasificaciónde objetivos militares por su naturaleza. Una determinadazona terrestre cuya consecución o conservación favorezcalas operaciones militares de una Parte o dificulte las de suenemigo, tampoco existe mayor problema en su concep-tuación como objetivo militar por su ubicación. Un hospitales un bien civil, pero si se ha convertido en un puesto demando o un centro de comunicaciones su utilización localifica de objetivo militar. Un puente fluvial es un bien civil,pero si se detecta el paso de tropas o material de guerrapara su envío al frente, el puente por su finalidad se consi-16

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deraría un objetivo militar. El segundo criterio se basa enque el resultado del ataque, bien sea la captura, la destruc-ción o la neutralización del objeto produzca al atacanteuna ventaja militar definida.

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MEDIOS Y MÉTODOS

• MEDIOSTradicionalmente, el DICA se ha centrado en limitaro prohibir la utilización de ciertas armas. En la confi-guración del principio de limitación de medios ymétodos, tal como ha evolucionado hasta laactualidad, han intervenido elementos no solamen-te humanitarios sino también procedentes de lasáreas de seguridad, defensa y desarme.

El DICA acepta que uno de los objetivos legítimosde la guerra sea poner fuera de combate al enemi-go (lo que en muchos casos significa acabar conél), pero prohíbe el empleo de armas que provo-quen un sufrimiento adicional inútil.

El principio de limitación respecto a las armas seconcreta del siguiente modo:

1. Prohibiciones genéricas. Afectan a todas lasarmas y sistemas de armas, tanto a las existentescomo a las que se puedan investigar, desarrollar,adquirir o adoptar en el futuro. Se pueden clasifi-car atendiendo a tres criterios.

a. Prohibición de causar "males superfluos" o"sufrimientos innecesarios".

b. Prohibición en cuanto a que produzca efec-tos indiscriminados, es decir que no puedadirigirse contra un objetivo militar concreto ocuyos efectos no sea posible limitar y que, enconsecuencia, en cualquiera de tales casos,

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pueden alcanzar indistintamente a objetivosmilitares y a personas civiles o a bienes decarácter civil.

c. Prohibición de causar daños extensos, gravesy duraderos al medio ambiente natural (crite-rio ecológico).

2. Prohibiciones específicas. Afectan a un determi-nado tipo de arma. Se identifican las armas quese consideran ilícitas de un modo absoluto y lasque se prohíben o restringen en razón de que nosatisfagan una serie de requisitos y condiciones.

Ejemplos de armas prohibidas absolutamente sonlas armas químicas y bacteriológicas, las armasláser cegadoras y las minas antipersonal. Comoejemplos de armas condicionadas están lasminas antivehículo, las armas incendiarias y lasminas submarinas de contacto. Se prohíben tam-bién de forma condicionada las armas trampaen cuanto a que se instalen en un objeto aparen-temente inofensivo, en un cadáver o en un ani-mal.

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• MÉTODOSSe entiende por método de combate la forma deobtener un determinado resultado mediante elempleo de armas o sistemas de armas. En primerlugar hay que diferenciar las estratagemas queestán permitidas, de la perfidia que está prohibida.La estratagema combina la astucia y el engaño

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LLAASS AARRMMAASS PPRROOHHIIBBIIDDAASS OO RREESSTTRRIINNGGIIDDAASSEENN EELL DDEERREECCHHOO DDEE LLOOSS CCOONNFFLLIICCTTOOSS AARRMMAADDOOSS

PPOORR SSUU UUTTIILLIIZZAA-CCIIÓÓNN PPÉÉRRFFIIDDAA

PPOORR SSUU AASSPPEECCTTOOIINNOOFFEENNSSIIVVOO

PPOORR FFAALLTTAADDEE PPRREECCIISSIIÓÓNN

PPOORR FFAALLTTAADDEE CCOONNTTRROOLL

PPRROOHHIIBBIICCIIOONNEESSCCOONNDDIICCIIOONNAADDAASS

PPRROOHHIIBBIICCIIOONNEESSAABBSSOOLLUUTTAASS

PPRROOHHIIBBIICCIIOONNEESS OORREESSTTRRIICCCCIIOONNEESS EESSPPEECCÍÍFFIICCAAS

LLAASS QQUUEE CCAAUUSSEENNDDAAÑÑOOSS EEXXTTEENNSSOOSS,,

DDUURRAADDEERROOSS YYGGRRAAVVEESS AALL MMEEDDIIOO

AAMMBBIIEENNTTEE

LLAASS QQUUEEPPRROODDUUZZCCAANN

EEFFEECCTTOOSSIINNDDIISSCCRRIIMMIINNAADDOOSS

LLAASS QQUUEE CCAAUUSSEENNMMAALLEESS SSUUPPEERRFFLLUUOOSS

OO SSUUFFRRIIMMIIEENNTTOOSSIINNNNEECCEESSAARRIIOOSS

PPRROOHHIIBBIICCIIOONNEESSGGEENNÉÉRRIICCAASS

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para inducir a error al enemigo haciéndole cometerimprudencias o decisiones equivocadas. La perfidiatrata de engañar al enemigo mediante actos que,apelando a la buena fe de un adversario con inten-ción de traicionarla, den a entender a éste que tie-ne derecho a protección, o que está obligado aconcederla.

Como ejemplos de perfidia se citan los actossiguientes:

a. Simular la intención de negociar bajo bande-ra de parlamento o de rendición;

b. Simular una incapacitación por heridas oenfermedad;

c. Simular el estatuto de persona civil, no com-batiente;

d. Simular que se posee un estatuto de protec-ción, mediante el uso de signos, emblemas ouniformes de las Naciones Unidas o de Esta-dos neutrales o de otros Estados que no seanPartes en el conflicto, y

e. Utilizar el emblema de la cruz roja para ponera cubierto un objetivo militar.

Los métodos prohibidos pueden sistematizarse delsiguiente modo:

a. Emblemas, banderas y uniformes: Hacer usoindebido del signo distintivo de la cruz roja, dela media luna roja o abusar deliberadamente,en un conflicto armado, de otros emblemasprotectores.

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b. Guerra sin cuartel: Amenazar u ordenar con nodejar supervivientes.

c. Hambre: Hacer pasar hambre a la poblacióncomo método de guerra.

d. Terror: Aterrorizar a la población civil medianteactos o amenazas de violencia.

e. Escudos humanos y materiales: Utilizar la pre-sencia de la población civil o sus movimientoso bienes civiles, para poner ciertos puntos ozonas a cubierto de operaciones militares.

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—— NNoo eexxiissttee uunn ppooddeerr iilliimmiittaaddoo eenn llaa eelleecccciióónn ddee mmééttooddooss ——

MMÉÉTTOODDOOSS PPRROOHHIIBBIIDDOOSSSSIINN EEXXCCEEPPCCIIOONNEESS

MMEEDDIIDDAASS DDEE DDEECCEEPPCCIIÓÓNN

HHAACCEERR PPAASSAARR HHAAMMBBRREE AALLAA PPOOBBLLAACCIIÓÓNN

AATTEERRRROORRIIZZAARR AA LLAAPPOOBBLLAACCIIÓÓNN

HHAACCEERR GGUUEERRRRAA SSIINNCCUUAARRTTEELL

PPEERRMMIITTIIDDAASS LLAASSEESSTTRRAATTAAGGEEMMAASS

PPRROOHHIIBBIIDDAALLAA PPEERRFFIIDDIIAA

PPaarraa::•• IInndduucciirr aa eerrrroorr

aall eenneemmiiggoo•• OObblliiggaarrllee aa

ccoommeetteerriimmpprruuddeenncciiaass

AAccttooss qquuee aappee-llaann aa llaa bbuueennaaffee ddeell aaddvveerrssaarriiooddáánnddoollee aaeenntteennddeerr qquuee sseeeessttáá pprrootteeggiiddoo

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3. PERSONAS Y BIENES PROTEGIDOS

• Heridos, enfermos y náufragos

Los heridos, enfermos y náufragos son una categoría depersonas protegidas por el DICA, en tanto en cuanto handejado de tomar parte en las hostilidades y se han conver-tido en víctimas del conflicto armado. Esta protección seextiende también a la organización sanitaria (personal,medios de transporte y establecimientos) y a toda personacivil que requiera asistencia médica.

El DICA prevé una interrupción temporal de las operacio-nes militares para facilitar la recogida, canje y transportede heridos abandonados en el campo de batalla asícomo para el paso de vehículos, personal y material sani-tario. En estas treguas debe de respetarse el cese o sus-pensión eventual del fuego que haya sido pactado.

• Prisioneros de guerra y detenidos

Los combatientes legítimos capturados por el enemigo sonprisioneros de guerra. Los prisioneros de guerra y el perso-nal militar sanitario y religioso capturados deben ser respe-tados y tratados humanamente. Los heridos y los náufragosserán atendidos como requiera su estado de salud.

Las personas que hayan sido capturadas por haber toma-do parte en las hostilidades serán también respetadas ytratadas humanamente. Se informará al escalón superiorde las circunstancias en las que se produjo dicha captura.No solamente los combatientes tienen el estatuto protec-tor de prisionero de guerra; hay toda una relación de per-

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sonas civiles vinculadas con las fuerzas armadas en cam-paña que, en caso de ser capturadas y llevar consigo lacorrespondiente acreditación tienen derecho al trato deprisionero.

• Personas civiles

Son personas civiles los que no son combatientes. Entrecombatientes y población civil no existen categorías inter-medias. Las personas civiles no pueden participar directa-mente en las hostilidades. La población civil no puede serobjeto directo e intencional de cualquier ataque en cuan-to que no tome parte directa en las hostilidades. Se prohí-be la toma de rehenes.

Protección general: Consiste en aplicar el principio de distinción, esdecir, diferenciar siempre entre población civil ycombatientes y no atacar a la población demodo intencionado.

Protección especial:Además de la protección general el DICA esta-blece un sistema de protección especial queafecta a determinadas categorías en funciónde los criterios siguientes:

Personas y bienes particularmente protegidospor su especial vulnerabilidad

El Derecho de los Conflictos Armados siente lanecesidad de proteger especialmente a lasvíctimas de la guerra expuestas a mayor peli-

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gro. Estas categorías de personas son las muje-res, los niños, los ancianos, los refugiados y losapátridas, los prisioneros e internados, los heri-dos enfermos y náufragos y los muertos y des-aparecidos.

- Mujeres. Las mujeres son objeto de unrespeto especial y se las protege, en particularcontra cualquier forma de atentado al pudor.Se establecen disposiciones particulares relati-vas a las condiciones de vida y alojamiento delas mujeres prisioneras o internadas. Se priorizael cuidado a las madres encinta y con hijos decorta edad que, aunque fueran condenadas amuerte no se ejecutaría la condena.

- Niños. Los niños son también objeto deun respeto especial y se les debe proteger con-tra cualquier forma de atentado al pudor.Deben tomarse las medidas posibles, dentro delas necesidades militares, para evitar el recluta-miento de niños menores de dieciocho años. Sifueran hechos prisioneros están protegidos pordisposiciones especiales.

- Ancianos. Se favorece la conclusiónde acuerdos que establezcan zonas al abrigode los combates para mujeres, niños, ancia-nos, heridos, enfermos e inválidos. También sefavorece el reagrupamiento de las familias dis-persas.

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- Refugiados y apátridas. Se protegeespecialmente a los refugiados y apátridas queal comienzo de las hostilidades ya tuvierandicho estatuto.

- Muertos y desaparecidos. Se estable-cen disposiciones especiales para prevenir, encuanto las necesidades militares lo permitan, larepatriación y entrega de los restos y sus perte-nencias a los familiares, contenidas en los cua-tro convenios de Ginebra.

Personas y bienes particularmente protegidospor la índole peligrosa de su misión

El DICA protege a los periodistas en misión peli-grosa. La protección otorgada a los periodistasno es absoluta; serán considerados poblacióncivil siempre que realicen misiones profesiona-les peligrosas y se abstengan de realizar actosque afecten a su estatuto como persona civil.

Personas y bienes particularmente protegidosporque su protección asegura indirectamentela protección de las víctimas de la guerra

El sistema de protección diseñado por el Dere-cho descansa en dos pilares fundamentales: elprimero consiste en lograr de forma directa laprotección mediante normas de conducta diri-gidas a todos los que intervienen en la búsque-da, recogida, transporte y tratamiento de losheridos, enfermos y náufragos; el segundo con-

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siste en asegurarles la protección de forma indi-recta, protegiendo a la Organización dedicadacon exclusividad a su atención y cuidado, esdecir, a la Organización Sanitaria.

La protección al personal sanitario y al religiosoo al personal destinado exclusivamente atareas de protección civil, no se les otorgadirectamente sino en tanto y en cuanto son ins-trumentos de protección de las víctimas de laguerra.

• Bienes civiles

De igual modo que con respecto a la población civil sedefinen los bienes de carácter civil por exclusión, comoaquellos que no pueden considerarse objetivos militares.Los bienes civiles no deben ser utilizados con finalidad mili-tar. Los bienes civiles no serán atacados, a no ser que cesesu protección por su uso hostil. Se prohíben las destruccio-nes que no exija la misión, así como el saqueo.

Protección general: Consiste igualmente en aplicar el principio dedistinción, es decir, diferenciar siempre entrebienes de carácter civil y objetivos militares. Nodeben ser atacados de modo intencionado.

Protección especial:Además de la protección general el DICA esta-blece un sistema de protección especial queafecta a determinadas categorías de bienes:

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Bienes culturales y de culto

Se consideran bienes culturales a aquellos mue-bles e inmuebles que tengan gran importanciapara el patrimonio cultural de los pueblos, asícomo los edificios cuyo destino principal y efec-tivo sea conservar y exponer los bienes cultura-les muebles. Los centros que comprenden unnúmero considerable de bienes culturales, lla-mados Centros Monumentales, son tambiénconsiderados bienes culturales.

Los bienes culturales no serán atacados salvoque se presente una necesidad militar que noofrezca otra alternativa y será en todo casoapreciada y decidida por el Mando.

Bienes indispensables para la supervivencia dela población civil

Queda prohibido, como método de guerra,hacer padecer hambre a las personas civiles.Son considerados bienes indispensables para lasupervivencia de la población civil los artículosalimenticios, zonas agrícolas, cosechas, gana-do, instalaciones y reservas de agua potable.Estos bienes no pueden ser atacados salvo quese utilicen exclusivamente como medio de sub-sistencia para los miembros de las fuerzasarmadas o en apoyo directo de una acciónmilitar.

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Medio ambiente natural

Existe actualmente una gran preocupación porproteger el medio ambiente natural que secorresponde en el Derecho de los ConflictosArmados con la prohibición específica deemplear medios o métodos de guerra que pro-duzcan daños extensos, graves y duraderos almedio ambiente natural.

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4. - LOCALIDADES Y ZONAS BAJO PROTECCIÓN ESPECIAL

Es de mutuo interés para los beligerantes crear zonas prote-gidas para sustraer de los efectos de la guerra a sectoresde la población especialmente necesitados de protec-ción. Además de las que específicamente aparecen regu-ladas en el DICA, y que enumeraremos seguidamente,pueden organizarse otras zonas mediante acuerdos espe-ciales.

Localidades no defendidas

Puede ser declarada localidad no defendida cualquierlugar habitado en la proximidad o en el interior de una zonade contacto de fuerzas armadas que esté abierta a la ocu-pación. La localidad no defendida, también conocida enocasiones como "ciudad abierta", se crea mediante unasimple declaración unilateral de la Parte a que pertenece yen la misma encuentran protección todos los miembros dela población civil.

Zonas desmilitarizadas

Son aquellas zonas en las que se retira todo elemento mili-tar o en las que nunca se han establecido elementos deesta índole, de modo que puedan servir de refugio a lapoblación civil y a los combatientes fuera de combate. Seexige siempre el acuerdo expreso entre las partes, quepuede concertarse verbalmente o por escrito, pudiendo serconcluido en tiempo de paz o una vez comenzadas lashostilidades.

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Zonas y localidades sanitarias

Se trata de zonas o localidades organizadas de modo quequeden al abrigo de los efectos de la guerra heridos yenfermos (incluso militares), inválidos, ancianos, niñosmenores de quince años, mujeres embarazadas y madresde niños menores de siete años.

Estas zonas pueden crearse unilateralmente, tanto duranteel conflicto armado como en tiempo de paz, pero nogozarán de protección plena en tanto no se consiga unacuerdo entre las partes. Se crean fuera de las regionesdonde tienen lugar los combates.

Zonas neutralizadas

Se establecen en regiones donde tengan lugar los comba-tes ciertas zonas destinadas a poner al abrigo de los mis-mos a los heridos y enfermos (combatientes o no) y a laspersonas civiles que no participen en las hostilidades y queno ejecuten ningún trabajo de carácter militar durante suestancia en dichas zonas.

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El presente apartado tiene por objeto exponer de formaresumida las pautas de comportamiento que todo comba-tiente tiene que observar en el desarrollo de una acción decombate y recordar las reglas que siempre ha de tener encuenta.

Es un código de conducta que resume en dieciséis normaslos principios de humanidad contenidos en el DICA:

REGLAS DE COMPORTAMIENTO

REGLAS DE COMBATE

1. Lucha solamente con-tra combatientes

2. Ataca únicamente aobjetivos militares

3. Respeta a las personasy bienes civiles

4. Limita las destruccio-nes a lo que requieratu misión

II

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1. Respétalas2. Trata con humanidad a todas

las personas civiles y a todoadversario en tu poder

3. Protégelas contra losmalos tratos y cualquierotra situación de riesgo;están prohibidas la ven-ganza y la toma de rehe-nes

4. Respeta sus propiedades; no las deteriores ni las robes

COBATIENTES ENEMIGOS QUE SE RINDEN

1. Respeta su vida2. Desármalos3. Trátalos humanamente 4. Entrégalos a tu superior

1. Recógelos2. Préstales asistencia 3. Ponlos en disposición de

ser evacuados4. Entrégalos al servicio

sanitario y al personal decustodia

COMBATIENTES ENEMIGOS HERIDOS

PERSONAS CIVILES

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SSIIGGNNOOSS PPRROOTTEECCTTOORREESS

Respeta a las personas y los bienesmarcados con estos signos

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Signo distintivo de los servicios y del personal sanitarioy religioso, así como de los organismos de la CruzRoja y de la Media Luna Roja.

Signo distintivo de los servicios del personal sanitarioy religioso, así como de los Organismos de la CruzRoja y de la Media Luna Roja.

Cristal Rojo. Signo distintivo de los servicios del perso-nal sanitario y religioso, así como de los Organismosde la Cruz Roja y de la Media Luna Roja.

Emblemas de zonas y localidades sanitarias y deseguridad.

Signo distintivo internacional de la Protección Civil.

Emblemas para la protección de los bienes cultu-rales.

Emblema para la protección eessppeecciiaall de los bienesculturales.

Signo especial internacional de protección de lasobras e instalaciones que contienen fuerzas peli-grosas.

Peligro. Minas antipersona.

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III

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El cumplimiento del DICA conlleva una serie de responsabi-lidades, unas de tipo colectivo, como las que afectan a losGobiernos y a las Fuerzas Armadas en su conjunto y otrasde carácter individual que conciernen a los jefes militares yen particular a todo militar.

Las violaciones graves de los principios y normas del DICAtienen consecuencias penales y disciplinarias que afectan,no solamente a los autores materiales de las mismas sinotambién pueden afectar, en su caso, a los mandos respon-sables de la conducta de sus subordinados.

El respeto del DICA no debe ser un obstáculo para laacción militar. Aunque pueda parecer que las operacionesmilitares conducidas violando el DICA tienen éxito a cortoplazo, a la larga no lo tienen. Todos los líderes militaresdeben ser conscientes de que los actos ilícitos puedenpotenciar la voluntad de resistencia del enemigo.

• Medidas a tomar por los gobiernos

El Derecho de los Conflictos Armados prevé que los gobier-nos tomen todas las medidas legislativas necesarias paradeterminar las sanciones penales y disciplinarias que hayande aplicarse a las personas que cometan o den la orden decometer infracciones contra las leyes y usos de la guerra.

RESPONSABILIDADES EN CASODE VIOLACIONES DEL DICA

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• Obligaciones del jefe militar y de todo miembro de lasfuerzas armadas

Cada jefe militar y todo miembro de las fuerzas armadastienen la obligación de respetar el DICA. El militar que no seatenga a las disposiciones de ese derecho infringe las nor-mas jurídicas que han sido aceptadas por las más altasautoridades de su país y que han sido incorporadas en elderecho del mismo.

En el DICA no se exige del jefe militar que aplique normasimposibles. Se exige que lleve a cabo su misión teniendo encuenta factores militares y de índole humanitaria. Por unaparte, está la decisión de ganar y la consiguiente tenden-cia a emplear todos los medios necesarios para asegurar lavictoria. Por otra parte, está el hecho de ser conscientes deque la vida tiene un valor, que la tortura es inhumana y quela guerra es una situación anormal contra la que se luchano para destruir una civilización, sino para lograr una pazmejor. Hay una firme manifestación de interés práctico ynatural cuando se observan las normas humanitarias.

• Medidas para prevenir e impedir las infracciones al DICA

Los mandos deben tomar las medidas oportunas para pre-venir e impedir las infracciones al DICA. Deben tener encuenta que las Reales Ordenanzas contienen una dobledisposición sobre este asunto. Por un lado prohíben a cual-quier mando impartir órdenes contrarias a las leyes y usosde la guerra y por otro lado prohíben a los subordinados elobedecer las órdenes que entrañen la ejecución de actosque manifiestamente sean contrarios a las leyes y usos dela guerra.36

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• En caso de que se produzca una infracción debe cercio-rarse de que:

- Cesa la infracción. - Se promueven las acciones penales o disciplinarias

contra los autores de las violaciones.

• Omisiones

Las violaciones del DICA cometidas por los subordinadosencubren frecuentemente una falta de liderazgo. La res-ponsabilidad penal o disciplinaria se extiende a los jefesque, sabiendo o teniendo información de una infracciónque cometiera o fuera a cometer un subordinado, notomara las medidas que tuviera a su alcance para impediro reprimir esa infracción.

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IV

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En todas las Operaciones de Paz que se lleven a cabo bajola cobertura del capítulo VII de la Carta de las NacionesUnidas que implique el uso de la fuerza armada, se debe-rán cumplir las normas y principios del DICA.

Naciones Unidas extiende dicha aplicación a todas aque-llas operaciones, bajo su mando y control, en que se pro-duzca un enfrentamiento armado.

APLICACIÓN DEL DICA EN LAS OPERACIONESDE PAZ

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PRINCIPALES TRATADOS, CONVENIOS Y NORMAS DEL DICA:

• Normas relativas a la conducción de las hostilidades:

• Reglamento de usos y costumbres de la guerra de1899.

• Convención sobre la prohibición de las armas bio-lógicas de 1972.

• Convención sobre la prohibición de las armas quí-micas de 1993.

• Convención sobre la prohibición de minas antiper-sona de 1997.

• Convención sobre las prohibiciones o restriccionesde ciertas armas convencionales de 1980:

- Protocolo I sobre fragmentos no localizablesen el organismo.

- Protocolo II sobre minas, armas trampa yotros artefactos.

- Protocolo III sobre armas incendiarias.- Protocolo IV sobre armas láser cegadoras.- Protocolo V sobre restos de explosivos de

guerra.

V ANEXOS

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• Normas relativas a la protección de las víctimas de losconflictos armados:

• I Convenio de Ginebra sobre heridos y enfermos encampaña. 1949.

• II Convenio de Ginebra sobre heridos, enfermos ynáufragos en el mar. 1949.

• III Convenio de Ginebra sobre prisioneros de guerra.1949.

• IV Convenio de Ginebra sobre población civil. 1949.• Protocolo I Adicional a los Convenios de Ginebra.

1977.• Protocolo II Adicional a los Convenios de Ginebra.

1977.• Convención de la Haya sobre bienes culturales.

1954 y Protocolos I (1954) y II (1999).

• Normas de derecho interno:

• Código Penal.• Código Penal Militar.• Régimen disciplinario de las Fuerzas Armadas.• Reales Ordenanzas para las Fuerzas Armadas.

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NOTAS:

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NOTAS:

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