DICCIONARIO

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5/18/2018 DICCIONARIO-slidepdf.com http://slidepdf.com/reader/full/diccionario-563a49f2a283f 1/4 DICCIONARIO JURÍDICO ELEMENTAL GUILLERMO CABANELLAS DE TORRES  A PRIORI: Loc. lat. referida a opiniones y juicios fundados en hipótesis o conjeturas, no en hechos ya producidos y, por tanto, tampoco probados. | Previamente, con antelación. (V. A PO!"#$O#$.%. BOALAJE:  !ributo &ue anti'uamente se pa'aba en "spaa a los municipios por  pacer los bueyes en prados del com)n o ajenos. BOALAR: *erecho a apacentar el 'anado en los terrenos comunales. La dehesa o tierra sujeta a este pastoreo. CANON: *el 'rie'o +anon, re'la, norma, modelo. Precepto. Lista, cat lo'o. La  pensión &ue se pa'a, en reconocimiento del dominio directo de al')n predio, por la  persona &ue tiene el dominio )til del mismo. (v. enso.% CAPELLANIA: La fundación hecha por al'una persona, con la car'a u obli'ación de celebrar anualmente cierto n)mero de misas en determinada i'lesia, capilla o altar, y con la condición de otras obras p-as. DATA: $ndicación de lu'ar y tiempo en &ue acontece al')n hecho, en &ue se escribe una carta o en el cual se otor'a otro documento. e coloca al principio o al final del escrito. DE OIDAS: Lo conocido por referencia o testimonio de otro, y no por haberlo visto o  presenciado. e aplica a una especie de testimonio, particularmente inse'ura. EXACCION:  #ecaudación imperiosa de impuestos o de multas. "i'encia de  prestaciones. #e&uerimiento apremiante para el pa'o de deudas. ontribución ile'al. obro injusto y violento. $L"/AL. "i'encia improcedente de contribuciones, derechos o d divas, por un funcionario p)blico &ue abusa de sus atribuciones. EXCARCELAR:  Poner a un preso en libertad, provisional o definitiva, por mandato  judicial, y con fian0a o sin ella FUNCIONARIO:  Aun&ue palabra muy dif-cil de concretar, por las diversas opiniones acerca de su amplitud, cabe establecer provisionalmente &ue funcionario es toda persona &ue desempea una función o servicio, por lo 'eneral p)blico. La Academia, se inclina resueltamente a la e&uiparación de funcionario con empleado  p)blico. GABELA: /en1ricamente, toda clase de tributo, contribución o impuesto &ue se pa'a al "stado. "n la 1poca feudal, prestaciones especiales &ue deb-an los vasallos a sus

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LEGISLACIÓN EDUCATIVA

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DICCIONARIO JURDICO ELEMENTALGUILLERMO CABANELLAS DE TORRES A PRIORI: Loc. lat. referida a opiniones y juicios fundados en hiptesis o conjeturas, no en hechos ya producidos y, por tanto, tampoco probados. | Previamente, con antelacin. (V. A POSTERIORI.).

BOALAJE: Tributo que antiguamente se pagaba en Espaa a los municipios por pacer los bueyes en prados del comn o ajenos.

BOALAR: Derecho a apacentar el ganado en los terrenos comunales. La dehesa o tierra sujeta a este pastoreo.

CANON: Del griego kanon, regla, norma, modelo. Precepto. Lista, cat logo. La pensin que se paga, en reconocimiento del dominio directo de algn predio, por la persona que tiene el dominio til del mismo. (v. Censo.)

CAPELLANIA: La fundacin hecha por alguna persona, con la carga u obligacin de celebrar anualmente cierto nmero de misas en determinada iglesia, capilla o altar, y con la condicin de otras obras pas.

DATA: Indicacin de lugar y tiempo en que acontece algn hecho, en que se escribe una carta o en el cual se otorga otro documento. Se coloca al principio o al final del escrito.

DE OIDAS: Lo conocido por referencia o testimonio de otro, y no por haberlo visto o presenciado. Se aplica a una especie de testimonio, particularmente insegura.

EXACCION: Recaudacin imperiosa de impuestos o de multas. Exigencia de prestaciones. Requerimiento apremiante para el pago de deudas. Contribucin ilegal. Cobro injusto y violento. ILEGAL. Exigencia improcedente de contribuciones, derechos o d divas, por un funcionario pblico que abusa de sus atribuciones.

EXCARCELAR: Poner a un preso en libertad, provisional o definitiva, por mandato judicial, y con fianza o sin ella

FUNCIONARIO: Aunque palabra muy difcil de concretar, por las diversas opiniones acerca de su amplitud, cabe establecer provisionalmente que funcionario es toda persona que desempea una funcin o servicio, por lo general pblico. La Academia, se inclina resueltamente a la equiparacin de funcionario con empleado pblico.

GABELA: Genricamente, toda clase de tributo, contribucin o impuesto que se paga al Estado. En la poca feudal, prestaciones especiales que deban los vasallos a sus seores; como entrega de ciertos frutos o pago de determinados derechos en algunas ocasiones. En acepcin figurada, servidumbre, gravamen, carga.

INDECLINABLE: De ejecucin inexcusable. De cumplimiento obligatorio. Indispensable. Se dice de la jurisdiccin que no cabe declinar, que ha de ejercerse sin otra alternativa que la pasividad punible; que ha de conocerse forzosamente del asunto.

LAPSO: Espacio de tiempo. (v. Prescripcin, Trmino.) Error, equivocacin. Falta o culpa. En Derecho Cannico, bautizado que retorna al paganismo.

MALENTRADA: Cierto derecho que era pagado por quien entraba preso en la crcel.

NUBIL. Se dice de toda persona, y ms especialmente de la mujer, que ha llegado a la edad en que es capaz para la procreacin, para casarse: a la pubertad, calculada de los 12 a los 14 aos.

ORTODOXIA: Ajuste o concordancia absoluta con un dogma. Disciplina y unidad doctrinal en los grupos o partidos polticos.

PESQUISA: Investigacin, indagacin para descubrir algo o cerciorarse de su realidad y circunstancia. En este sentido, son pesquisas tanto el sumario instruido por un juez como el atestado (v.) de algn funcionario con atribuciones para formarlo. ant. Testigo. En Amrica, polica no uniformado. Detective.

SEVICIA: Se dice en general por toda crueldad o dureza excesiva con una persona; y, en particular, de los malos tratos de que se hace vctima al sometido al poder o autoridad de quien as abusa.

YERRO: Delito o falta, cometido con malicia o por ignorancia, contra ley divina o humana, o en la ejecucin de una cosa. Equivocacin descuido, inadvertencia, sea culpable o no. Errata. Error (v.).

ZURUPETO: Corredor de bolsa que no est matriculado. El intruso en la profesin de notario.

AGIOTISTA. Quien se dedica al agiotaje (v.), a especular acaparando artculos escasos; para as obtener ganancias abusivas en jugadas poco limpias de bolsa.

AGRAVANTE. Lo que torna ms grave algn hecho o cosa. En Derecho Penal, cada una de las circunstancias agravantes.

BOICOT o BOICOTEO. Anulacin de toda relacin comercial o social impuesta a una persona, industria, comercio, etc., para obligarle a ceder o transigir.

BREVIARIO. Libro eclesi stico con el rezo de todo el ao. Eptome, resumen o compendio. Libro de apuntamiento.

CATASTRO. Censo descriptivo de las fincas rsticas y urbanas. Segn Roque Barcia es el Registro pblico que contiene la cantidad y el valor de los bienes inmuebles y los nombres de los propietarios; el cual sirve para determinar la contribucin imponible en proporcin a sus productos o sus rentas. Operacin tcnica (geodsica, topogr fica, agronmica y fiscal) que determina la extensin, calidad, cultivo, aplicacin y valor de un inmueble, y del conjunto de un territorio o nacin.

CAUDILLAJE. Sistema poltico que se caracteriza por basarse en el prestigio de un jefe. En Sudamrica tiene acepciones poco laudatorias, segn la Academia, que lo hace sinnimo de caciquismo y de tirana (v.).

DECISORIO. Denominacin del juramento que obliga a pasar por lo que se diga cuando una parte lo defiere a la otra. Se dice decisorio por cuanto decide el pleito al hacer prueba plena. (v. Juramento decisorio.)

DEFERIR. Adherirse al dictamen o parecer de otro, o aceptarlo por respeto, cortesa u otro impulso benvolo. Comunicar, transmitir parte del poder o de la jurisdiccin.

ESTELIONATO. En general, fraude en los contratos. Despojo injusto de la propiedad ajena o cualquier engao, sin otro nombre nombre determinado, en convenciones y actos jurdicos.

ESTILO. Manera, modo o forma especial de hablar o escribir. Carcter. Costumbre, uso, prctica, modo. Frmula de proceder en Derecho, orden y mtodo de actuar.

FUSILAMIENTO. Ejecucin regular, o no, por un pelotn, piquete o grupo que efecta una descarga de fusilera.

GALERA. Crcel de mujeres. Antigua embarcacin de vela y remo, donde servan forzados los delincuentes, los prisioneros y los esclavos. (. Galeras.)

LINCHAR. Forma popular de ejecutar la justicia, aplicando la pena capital, sin esperar al pronunciamiento del fallo condenatorio por el tribunal competente, producida como reaccin excesiva ante la comisin de un crimen.

IMPLICITO. Incluido en otra cosa, aun no manifestado expresamente.

MANFLA. Mujer con la cual se tiene trato carnal ilcito. Manceba, concubina. Burdel.

ORTODOXO. Estrictamente, quien profesa fielmente la doctrina catlica, y acepta en un todo la autoridad de la Iglesia. Por extensin, el conforme con la doctrina fundamental de cualquiera secta o sistema.

POLIZON. Propiamente, el vagabundo u ocioso que anda errante de un punto en otro. Quien viaja clandestinamente, y sin pagar pasaje por supuesto, en un buque o aeronave.

PREVARICATO. Prevaricacin (v.). Cualquier gnero de incumplimiento en una funcin o cargo pblico.

REGICIDA. El que mata al rey o a la reina; o al regente o a la regente. Quien atenta contra la vida del monarca, de su cnyuge o del que supla a aqul, aunque se frustre el propsito.

YUNTA. Par de animales que se usan en las lahores del campo y en los acarreos; sobre todo si se trata de bueyes, caballos y mulas. Yugada, o tierra que ara en un da un par de animales.