Dictamen Candidatos Proyecto Diputados 2015

166
Proyecto de Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que, en ejercicio de la facultad supletoria, se registran las candidaturas a Diputadas y Diputados al Congreso de la Unión por el principio de mayoría relativa, presentadas por los partidos políticos nacionales y coaliciones con registro vigente, así como las candidaturas a Diputadas y Diputados por el principio de representación proporcional, con el fin de participar en el proceso electoral federal 2014-2015. A N T E C E D E N T E S I. En sesión extraordinaria celebrada el día quince de octubre de dos mil catorce, fueron aprobados los Acuerdos del Consejo General del Instituto Nacional Electoral siguientes: (…) por el que se establece el período de precampañas, para el proceso electoral federal 2014-2015, así como diversos criterios y plazos de procedimientos relacionados con las mismas, identificado con el número INE/CG209/2014, y (…) el instructivo que deberán observar los partidos políticos nacionales que busquen formar coaliciones para la elección de diputados por el principio de mayoría relativa, en sus diversas modalidades, para el proceso electoral federal 2014-2015, identificado con el número INE/CG210/2014, publicados en el Diario Oficial de la Federación con fecha dieciséis de febrero de dos mil quince. II. Con fecha quince de octubre de dos mil catorce, el máximo órgano de dirección de este Instituto, aprobó en sesión extraordinaria el Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se indican los criterios aplicables para el registro de candidaturas a diputados por ambos principios que presenten los partidos políticos y, en su caso, las coaliciones ante los Consejos del Instituto, para el Proceso Electoral Federal 2014-2015, identificado con el número INE/CG211/2014 y publicado en el Diario Oficial de la Federación el dieciséis de febrero de dos mil quince. C O N S I D E R A N D O 1

description

Elección 2015.

Transcript of Dictamen Candidatos Proyecto Diputados 2015

PROYECTO DE ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL POR EL QUE SE REGISTRAN LAS CANDIDATURAS PARA PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, CON EL FIN DE PARTICIPAR EN EL PROCESO ELECTORAL FEDERAL DE AO 2000

Proyecto de Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que, en ejercicio de la facultad supletoria, se registran las candidaturas a Diputadas y Diputados al Congreso de la Unin por el principio de mayora relativa, presentadas por los partidos polticos nacionales y coaliciones con registro vigente, as como las candidaturas a Diputadas y Diputados por el principio de representacin proporcional, con el fin de participar en el proceso electoral federal 2014-2015.A N T E C E D E N T E S

I. En sesin extraordinaria celebrada el da quince de octubre de dos mil catorce, fueron aprobados los Acuerdos del Consejo General del Instituto Nacional Electoral siguientes: () por el que se establece el perodo de precampaas, para el proceso electoral federal 2014-2015, as como diversos criterios y plazos de procedimientos relacionados con las mismas, identificado con el nmero INE/CG209/2014, y () el instructivo que debern observar los partidos polticos nacionales que busquen formar coaliciones para la eleccin de diputados por el principio de mayora relativa, en sus diversas modalidades, para el proceso electoral federal 2014-2015, identificado con el nmero INE/CG210/2014, publicados en el Diario Oficial de la Federacin con fecha diecisis de febrero de dos mil quince.II. Con fecha quince de octubre de dos mil catorce, el mximo rgano de direccin de este Instituto, aprob en sesin extraordinaria el Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se indican los criterios aplicables para el registro de candidaturas a diputados por ambos principios que presenten los partidos polticos y, en su caso, las coaliciones ante los Consejos del Instituto, para el Proceso Electoral Federal 2014-2015, identificado con el nmero INE/CG211/2014 y publicado en el Diario Oficial de la Federacin el diecisis de febrero de dos mil quince.C O N S I D E R A N D O

1. Que el artculo 41, prrafo segundo, Base V, apartado A, de la Constitucin Poltica de los Estados Unidos Mexicanos, en relacin con el numeral 30, prrafo 2, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, establece que el Instituto Nacional Electoral en el ejercicio de su funcin, tiene como principios rectores la certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, mxima publicidad y objetividad.

2. Que conforme a lo establecido por el ya sealado artculo 41, prrafo segundo, base I de la Constitucin Poltica de los Estados Unidos Mexicanos; los artculos 23, prrafo 1, inciso e); y 85, prrafo 2 de la Ley General de Partidos Polticos; as como por el artculo 232, prrafo 1, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, es derecho de los partidos polticos nacionales y, para este Proceso Electoral Federal, de las Coaliciones formadas por ellos, registrar candidatos a cargos de eleccin popular, sin perjuicio de las candidaturas independientes que sean registradas ante este Instituto.

3. Que de conformidad con lo dispuesto por los artculos 9 y 41, prrafo segundo, base I de la Constitucin Poltica de los Estados Unidos Mexicanos, el sistema de partidos polticos en Mxico, actualmente se compone por diez organizaciones que cuentan con registro vigente ante este Instituto, a saber:

Partido Accin Nacional;

Partido Revolucionario Institucional;

Partido de la Revolucin Democrtica;

Partido del Trabajo;

Partido Verde Ecologista de Mxico;

Movimiento Ciudadano;Nueva Alianza;

Morena;

Partido Humanista; y

Encuentro Social.4. Que del dieciocho al veintiuno de noviembre de dos mil catorce, los partidos polticos informaron a este Instituto los mtodos para la seleccin de sus candidatos, en cumplimiento a lo dispuesto por el artculo 226, prrafo 2, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, en relacin con el punto segundo del Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, por el que se establece el perodo de precampaas para el proceso electoral federal 2014-2015, as como diversos criterios y plazos de procedimientos relacionados con las mismas.5. Que en sesin extraordinaria celebrada con fecha dieciocho de diciembre de dos mil catorce, el Consejo General de este Instituto, con fundamento en los artculos 23, prrafo 1, inciso f); 85, prrafo 2; y 87, de la Ley General de Partidos Polticos, otorg a los Partidos Revolucionario Institucional y Verde Ecologista de Mxico, el registro de una coalicin parcial para la postulacin de candidatas y candidatos a Diputadas y Diputados por el principio de mayora relativa.

6. Que con fecha veintiuno de enero de dos mil quince, el Director Ejecutivo de Prerrogativas y Partidos Polticos, present al Consejo General de este Instituto el informe relativo a las acciones efectuadas por los partidos polticos nacionales en cumplimiento al artculo 226, prrafo 2 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, as como a los puntos primero y segundo del Acuerdo referido en el considerando 4 del presente documento.7. Que en sesin extraordinaria celebrada con fecha veintinueve de enero de dos mil quince, el Consejo General de este Instituto, con fundamento en los artculos 23, prrafo 1, inciso f); 85, prrafo 2; y 87, de la Ley General de Partidos Polticos, otorg a los Partidos de la Revolucin Democrtica y del Trabajo, el registro de la coalicin flexible denominada Coalicin de Izquierda Progresista, para la postulacin de candidatos y candidatas a Diputados y Diputadas por el principio de mayora relativa.

8. Que con fecha veintinueve de enero y veinticinco de marzo de dos mil quince, fueron aprobadas las solicitudes de modificacin del convenio de coalicin parcial presentado por los Partidos Revolucionario Institucional y Verde Ecologista de Mxico.

9. Que los Partidos Accin Nacional, Revolucionario Institucional, de la Revolucin Democrtica, del Trabajo, Verde Ecologista de Mxico, Movimiento Ciudadano, Nueva Alianza, Morena, Partido Humanista y Encuentro Social, as como la Coalicin integrada por el Partido Revolucionario Institucional y el Partido Verde Ecologista de Mxico y la Coalicin de Izquierda Progresista, presentaron y obtuvieron el registro de su plataforma electoral para contender en las elecciones federales del ao dos mil quince, por resoluciones y acuerdos del Consejo General del Instituto Nacional Electoral de fechas veintiocho y veintinueve de enero de dos mil quince.

10. Que en cumplimiento al artculo 237, prrafo 3, Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, en relacin con el punto segundo del Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, por el que se indican los criterios aplicables para el registro de candidaturas a diputados por ambos principios que presenten los partidos polticos y, en su caso, las coaliciones ante los Consejos del Instituto, para el proceso electoral federal 2014-2015, este Instituto dio amplia difusin a la apertura del registro de las candidaturas y al plazo a que se refiere el prrafo 1, inciso b) del citado numeral, publicando el aviso correspondiente en el Diario Oficial de la Federacin, as como en la pgina electrnica del Instituto.

11. Que entre los das nueve de enero y veintiuno de febrero de dos mil quince, los partidos polticos nacionales informaron al Instituto las listas de los precandidatos cuyo registro result procedente, en cumplimiento a lo establecido por los puntos cuarto y quinto del Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, por el que se establece el perodo de precampaas para el proceso electoral federal 2014-2015, as como diversos criterios y plazos de procedimientos relacionados con las mismas.12. Que con fecha veintiocho de febrero de dos mil quince, venci el plazo para que, en cumplimiento al artculo 79, prrafo 1, inciso a), fraccin III de la Ley General de Partidos Polticos, los partidos polticos presentaran los informes de gastos de precampaa ante este Instituto.

13. Que en cumplimiento al punto octavo del Acuerdo del Consejo General por el que se establecen los criterios para el registro de las candidaturas, con fecha seis de marzo del ao en curso se gir oficio a cada uno de los representantes de los partidos polticos nacionales ante el Consejo General, a fin de requerirles que precisaran en un plazo de cinco das contado a partir de la notificacin del mismo: a) cul es la instancia facultada para suscribir las solicitudes de registro de sus candidatos; y b) cul es la instancia facultada para manifestar por escrito que los candidatos cuyos registros se soliciten fueron seleccionados de conformidad con las normas estatutarias del propio partido.

A este respecto, todos los partidos polticos nacionales dieron cumplimiento en tiempo y forma a la solicitud mencionada.14. Que asimismo, con fecha diecinueve de marzo del presente ao, se gir oficio circular a los Presidentes de los Consejos Distritales para comunicarles la informacin aportada por los partidos, respecto de la instancia facultada para suscribir las solicitudes de registro de candidatos y candidatas a Diputados y Diputadas por el principio de mayora relativa, as como para manifestar por escrito que las y los candidatos cuyo registro se solicite fueron seleccionados conforme a las normas estatutarias aplicables.15. Que con fecha veinticinco de marzo de dos mil quince, fue aprobada la solicitud de modificacin del convenio de coalicin flexible presentado por los Partidos de la Revolucin Democrtica y del Trabajo.16. Que asimismo, mediante oficios INE/UTF/DA-F/5675/15, INE/UTF/DA-F/6754/15 e INE/UTF/DA-F/6785/15, recibidos con fechas dieciocho de marzo y tres de abril del presente ao, la Unidad Tcnica de Fiscalizacin, inform a la Direccin Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Polticos los nombres de los precandidatos y precandidatas que no presentaron el informe de gastos de precampaa, de lo cual se desprende que ninguno de los y las candidatos y candidatas postulados por los partidos polticos nacionales y coaliciones se ubica en ese supuesto.17. Que el plazo para que los partidos polticos y las coaliciones presentaran las solicitudes de registro de candidaturas para Diputados y Diputadas por ambos principios, ante los Consejos General y Distritales del Instituto, corri del veintids al veintinueve de marzo del presente ao, en trminos de lo dispuesto por los artculos 44, prrafo 1, incisos s) y t); 79, prrafo 1, inciso e); y 237, prrafo 1, inciso b), en relacin con el inciso a), fracciones I y II de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, con la salvedad de que en el caso de los partidos polticos que optaron por registrar ante este Consejo General, de manera supletoria, a sus candidatos y candidatas a Diputados y Diputadas por el principio de mayora relativa, el plazo venci el da veintisis del mismo mes y ao, de conformidad con lo establecido en el prrafo 4 del mencionado artculo 237.

18. Que con fundamento en lo dispuesto por los artculos 88, prrafos 1, 5 y 6, de la Ley General de Partidos Polticos; 44 prrafo 1, incisos s) y t); y 237, prrafo 1, inciso b), en relacin con el inciso a), fracciones I y II, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, as como en el punto tercero del Acuerdo del Consejo General por el que se establecieron los criterios aplicables para el registro de candidaturas, los partidos polticos nacionales y coaliciones, a travs de sus representantes o dirigentes, debidamente acreditados ante este Instituto, presentaron ante el Consejo General, sus solicitudes de registro de las y los candidatos y candidatas que nos ocupan en las siguientes fechas:

PartidoMayora relativaRepresentacin Proporcional

Partido Accin Nacional26 de marzo de 201529 de marzo de 2015

Partido Revolucionario Institucional24 de marzo de 201529 de marzo de 2015

Partido de la Revolucin Democrtica26 de marzo de 201529 de marzo de 2015

Partido del Trabajo26 de marzo de 201529 de marzo de 2015

Partido Verde Ecologista de Mxico26 de marzo de 201527 de marzo de 2015

Movimiento Ciudadano26 de marzo de 201529 de marzo de 2015

Nueva AlianzaRegistr ante Consejos Distritales22 de marzo de 2015

Morena22 de marzo de 201529 de marzo de 2015

Partido Humanista26 de marzo de 201529 de marzo de 2015

Encuentro Social26de marzo de 201529 de marzo de 2015

Coalicin PRI-PVEM24 de marzo de 2015No aplica

Coalicin de Izquierda Progresista26 de marzo de 2015No aplica

En tal virtud, las citadas solicitudes de registro de candidatas y candidatos a Diputadas y Diputados por ambos principios, para las elecciones federales del ao dos mil quince, fueron presentadas dentro del plazo legal.19. Que, aunado a lo anterior, los partidos polticos y coaliciones, en ejercicio del derecho que les otorga el artculo 241, prrafo 1, incisos a) y b) de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, realizaron diversas sustituciones de las candidaturas presentadas tanto ante los Consejos Distritales, como ante el Consejo General, mismas que al contener los requisitos establecidos en el artculo 238, prrafos 1 al 3 del referido ordenamiento legal, se presentan para su registro ante este mximo rgano de direccin.20. Que las solicitudes de los partidos Accin Nacional, Revolucionario Institucional, de la Revolucin Democrtica, del Trabajo, Verde Ecologista de Mxico, Movimiento Ciudadano, Nueva Alianza, Morena, Humanista y Encuentro Social; de la coalicin conformada por los Partidos Revolucionario Institucional y Verde Ecologista de Mxico y de la Coalicin de Izquierda Progresista, se presentaron acompaadas de la informacin y documentacin a que se refiere el artculo 238, prrafos 1, 2 y 3, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales por lo que se dio cabal cumplimiento a dicho precepto legal, as como a lo sealado en el Acuerdo por el que se indican los criterios aplicables para el registro de candidaturas, con las siguientes salvedades:Partido Humanista

CircunscripcinPropietarioSuplenteInconsistencia

PrimeraOrtiz Pacheco RafaelPlata Paredes CarlosNo son originarios de alguna de las entidades que forman la circunscripcin, no acreditan una residencia mnima de seis meses.

SegundaArteaga Cervantes Diana LauraNo cumple con la edad mnima para el cargo.

Hernndez ElviraLa aceptacin de la candidatura se present sin firma y no se anex el reverso de la copia de la credencial para votar.

Rodrguez Moreno Gerardo FelipeRamrez Estrada Alejandro JavierLa frmula se repite en la misma circunscripcin, en otro nmero de lista

Cuartaguila Romero MagdalenaLa copia de la credencial para votar es ilegible.

Santos Martnez Mnica AnglicaLa copia de la credencial para votar es ilegible.

QuintaMarn Rodrguez Jean SaidNo es originario de alguna de las entidades que forman la circunscripcin, no acredita una residencia mnima de seis meses.

21. Que el artculo 238, prrafo 7, de la multicitada ley electoral, en relacin con el punto dcimo noveno del Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, por el que se indican los criterios aplicables para el registro de candidaturas a diputados por ambos principios que presenten los partidos polticos y, en su caso, las coaliciones ante los Consejos del Instituto, para el proceso electoral federal 2014-2015, seala que: En caso de existir convenio de coalicin de dos o ms partidos polticos, para solicitar el registro de candidatos a diputados por el principio de mayora relativa, el requisito de acreditar que se cumpli con lo dispuesto en la Ley general de Partidos Polticos y en la Ley general de Instituciones y Procedimientos Electorales, se tendr por cumplido si el convenio de coalicin correspondiente fue registrado por este Consejo General, quedando las solicitudes de registro respectivas, sujetas a la verificacin de la documentacin que se anexe y que debern presentar durante el plazo legal.22. Que el artculo 91, prrafo 1, inciso e), de la Ley General de Partidos Polticos indica como uno de los requisitos que deber contener el Convenio de Coalicin, el sealamiento, de ser el caso, del partido poltico al que pertenece originalmente cada uno de los candidatos registrados por la coalicin y el sealamiento del grupo parlamentario o partido poltico en el que quedaran comprendidos en el caso de resultar electos. Dicho requisito qued plasmado a su vez en el Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, por el que se aprueba el instructivo que debern observar los partidos polticos nacionales que busquen formar coaliciones para la eleccin de diputados por el principio de mayora relativa, en sus diversas modalidades, para el proceso electoral federal 2014-2015.

Al respecto, la Secretara del Consejo General a travs de la citada Direccin Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Polticos, constat que el convenio de coalicin registrado por los partidos Revolucionario Institucional y Verde Ecologista de Mxico indica en su clusula cuarta la distribucin de candidaturas entre los partidos polticos coaligados, al tenor de lo siguiente:Respecto de las 250 frmulas a Diputados Federales, por el principio de Mayora Relativa en los 250 distritos uninominales, materia del presente convenio la distribucin por la filiacin de origen de los candidatos, atender a lo siguiente:

NPEDOESTADODTOCABECERA DISTRITAL FEDERALPROPIETARIOSUPLENTE

12BAJA CALIFORNIA1MEXICALIPRIPRI

22BAJA CALIFORNIA2MEXICALIPVEMPVEM

32BAJA CALIFORNIA3ENSENADAPRIPRI

42BAJA CALIFORNIA4TIJUANAPRIPRI

52BAJA CALIFORNIA5TIJUANAPRIPRI

62BAJA CALIFORNIA6TIJUANAPVEMPVEM

72BAJA CALIFORNIA7MEXICALIPRIPRI

82BAJA CALIFORNIA8TIJUANAPRIPRI

93BAJA CALIFORNIA SUR1SANTA ROSALAPRIPRI

103BAJA CALIFORNIA SUR2PAZ, LAPRIPRI

114CAMPECHE1CAMPECHEPRIPRI

124CAMPECHE2CARMENPRIPRI

135COAHUILA1PIEDRAS NEGRASPRIPRI

145COAHUILA2SAN PEDROPRIPRI

155COAHUILA3MONCLOVAPRIPRI

165COAHUILA4SALTILLOPRIPRI

175COAHUILA5TORREONPRIPRI

185COAHUILA6TORREONPVEMPVEM

195COAHUILA7SALTILLOPRIPRI

206COLIMA1COLIMAPRIPRI

216COLIMA2MANZANILLOPRIPRI

227CHIAPAS1PALENQUEPVEMPVEM

237CHIAPAS2BOCHILPRIPRI

247CHIAPAS3OCOSINGOPVEMPVEM

257CHIAPAS4OCOZOCOAUTLA DE ESPINOSAPRIPRI

267CHIAPAS5SAN CRISTOBAL DE LAS CASASPRIPRI

277CHIAPAS6TUXTLA GUTIERREZPVEMPVEM

287CHIAPAS7TONALAPVEMPVEM

297CHIAPAS8COMITAN DE DOMINGUEZPVEMPVEM

307CHIAPAS9TUXTLA GUTIERREZPVEMPVEM

317CHIAPAS10VILLAFLORESPRIPRI

327CHIAPAS11HUIXTLAPVEMPVEM

337CHIAPAS12TAPACHULAPRIPRI

348CHIHUAHUA1JUAREZPRIPRI

358CHIHUAHUA2JUAREZPRIPRI

368CHIHUAHUA3JUAREZPVEMPVEM

378CHIHUAHUA4JUAREZPRIPRI

388CHIHUAHUA5DELICIASPVEMPVEM

398CHIHUAHUA6CHIHUAHUAPRIPRI

408CHIHUAHUA7CUAUHTEMOCPVEMPVEM

418CHIHUAHUA8CHIHUAHUAPRIPRI

428CHIHUAHUA9HIDALGO DEL PARRALPRIPRI

439DISTRITO FEDERAL1GUSTAVO A. MADEROPVEMPVEM

449DISTRITO FEDERAL2GUSTAVO A. MADEROPRIPRI

459DISTRITO FEDERAL3AZCAPOTZALCOPRIPRI

469DISTRITO FEDERAL5TLALPANPRIPRI

479DISTRITO FEDERAL6GUSTAVO A. MADEROPVEMPVEM

489DISTRITO FEDERAL7GUSTAVO A. MADEROPVEMPVEM

499DISTRITO FEDERAL8CUAUHTEMOCPRIPRI

509DISTRITO FEDERAL9VENUSTIANO CARRANZAPVEMPVEM

519DISTRITO FEDERAL10MIGUEL HIDALGOPRIPRI

529DISTRITO FEDERAL12CUAUHTEMOCPRIPRI

539DISTRITO FEDERAL13IZTACALCOPRIPRI

549DISTRITO FEDERAL17CUAJIMALPA DE MORELOSPVEMPVEM

559DISTRITO FEDERAL20IZTAPALAPAPVEMPVEM

569DISTRITO FEDERAL21MILPA ALTAPVEMPVEM

579DISTRITO FEDERAL26MAGDALENA CONTRERAS, LAPRIPRI

589DISTRITO FEDERAL27TLAHUACPVEMPVEM

5910DURANGO1DURANGOPRIPRI

6010DURANGO2GOMEZ PALACIOPRIPRI

6110DURANGO3GUADALUPE VICTORIAPRIPRI

6210DURANGO4DURANGOPRIPRI

6311GUANAJUATO1SAN LUIS DE LA PAZPRIPRI

6411GUANAJUATO2ALLENDEPVEMPVEM

6511GUANAJUATO3LEONPRIPRI

6611GUANAJUATO4GUANAJUATOPRIPRI

6711GUANAJUATO5LEONPVEMPVEM

6811GUANAJUATO6LEONPRIPRI

6911GUANAJUATO7SAN FRANCISCO DEL RINCONPRIPRI

7011GUANAJUATO8SALAMANCAPVEMPVEM

7111GUANAJUATO9IRAPUATOPRIPRI

7211GUANAJUATO10URIANGATOPRIPRI

7311GUANAJUATO11PENJAMOPRIPRI

7411GUANAJUATO12CELAYAPVEMPVEM

7511GUANAJUATO13VALLE DE SANTIAGOPRIPRI

7611GUANAJUATO14ACAMBAROPRIPRI

7712GUERRERO1CD. ALTAMIRANOPRIPRI

7812GUERRERO2IGUALA DE LA INDEPENDENCIAPRIPRI

7912GUERRERO3ZIHUATANEJOPRIPRI

8012GUERRERO4ACAPULCO DE JUAREZPRIPRI

8112GUERRERO5TLAPA DE COMONFORTPRIPRI

8212GUERRERO6CHILAPA DE ALVAREZPRIPRI

8312GUERRERO7CHILPANCINGO DE LOS BRAVOPRIPRI

8412GUERRERO8AYUTLA DE LOS LIBRESPVEMPVEM

8512GUERRERO9ACAPULCO DE JUAREZPRIPRI

8613HIDALGO1HUEJUTLA DE REYESPRIPRI

8713HIDALGO2IXMIQUILPANPRIPRI

8813HIDALGO3ACTOPANPRIPRI

8913HIDALGO4TULANCINGO DE BRAVOPVEMPVEM

9013HIDALGO5TULA DE ALLENDEPRIPRI

9113HIDALGO6PACHUCA DE SOTOPRIPRI

9213HIDALGO7TEPEAPULCOPRIPRI

9314JALISCO1TEQUILAPRIPRI

9414JALISCO2LAGOS DE MORENOPVEMPVEM

9514JALISCO3TEPATITLAN DE MORELOSPRIPRI

9614JALISCO4ZAPOPANPRIPRI

9714JALISCO5PUERTO VALLARTAPRIPRI

9814JALISCO6ZAPOPANPVEMPVEM

9914JALISCO7TONALAPRIPRI

10014JALISCO8GUADALAJARAPRIPRI

10114JALISCO9GUADALAJARAPRIPRI

10214JALISCO10ZAPOPANPVEMPVEM

10314JALISCO11GUADALAJARAPRIPRI

10414JALISCO12TLAJOMULCO DE ZUIGAPRIPRI

10514JALISCO13GUADALAJARAPRIPRI

10614JALISCO14GUADALAJARAPVEMPVEM

10714JALISCO15BARCA, LAPRIPRI

10814JALISCO16TLAQUEPAQUEPRIPRI

10914JALISCO17JOCOTEPECPRIPRI

11014JALISCO18AUTLAN DE NAVARROPRIPRI

11114JALISCO19CIUDAD GUZMNPRIPRI

11215ESTADO DE MEXICO1JILOTEPECPRIPRI

11315ESTADO DE MEXICO2TEOLOYUCANPRIPRI

11415ESTADO DE MEXICO3ATLACOMULCOPRIPRI

11515ESTADO DE MEXICO4NICOLAS ROMEROPRIPRI

11615ESTADO DE MEXICO5TEOTIHUACANPRIPRI

11715ESTADO DE MEXICO6COACALCO DE BERRIOZABALPRIPRI

11815ESTADO DE MEXICO7CUAUTITLAN IZCALLIPRIPRI

11915ESTADO DE MEXICO8TULTITLANPRIPRI

12015ESTADO DE MEXICO9IXTLAHUACAPRIPRI

12115ESTADO DE MEXICO10ECATEPEC DE MORELOSPRIPRI

12215ESTADO DE MEXICO11ECATEPEC DE MORELOSPRIPRI

12315ESTADO DE MEXICO12IXTAPALUCAPRIPRI

12415ESTADO DE MEXICO13ECATEPEC DE MORELOSPRIPRI

12515ESTADO DE MEXICO14CD. ADOLFO LPEZ MATEOSPRIPRI

12615ESTADO DE MEXICO15TLALNEPANTLA DE BAZPVEMPVEM

12715ESTADO DE MEXICO16ECATEPEC DE MORELOSPRIPRI

12815ESTADO DE MEXICO17ECATEPEC DE MORELOSPRIPRI

12915ESTADO DE MEXICO18HUIXQUILUCANPRIPRI

13015ESTADO DE MEXICO19TLALNEPANTLA DE BAZPRIPRI

13115ESTADO DE MEXICO20NEZAHUALCOYOTLPRIPRI

13215ESTADO DE MEXICO21NAUCALPAN DE JUAREZPRIPRI

13315ESTADO DE MEXICO22NAUCALPAN DE JUAREZPRIPRI

13415ESTADO DE MEXICO23VALLE DE BRAVOPRIPRI

13515ESTADO DE MEXICO24NAUCALPAN DE JUAREZPRIPRI

13615ESTADO DE MEXICO25CHIMALHUACANPRIPRI

13715ESTADO DE MEXICO26TOLUCAPRIPRI

13815ESTADO DE MEXICO27METEPECPRIPRI

13915ESTADO DE MEXICO28ZUMPANGOPRIPRI

14015ESTADO DE MEXICO29NEZAHUALCOYOTLPVEMPVEM

14115ESTADO DE MEXICO30NEZAHUALCOYOTLPVEMPVEM

14215ESTADO DE MEXICO31NEZAHUALCOYOTLPVEMPVEM

14315ESTADO DE MEXICO32VALLE DE CHALCO SOLIDARIDADPRIPRI

14415ESTADO DE MEXICO33CHALCOPRIPRI

14515ESTADO DE MEXICO34TOLUCAPRIPRI

14615ESTADO DE MEXICO35TENANCINGOPRIPRI

14715ESTADO DE MEXICO36TEJUPILCOPRIPRI

14815ESTADO DE MEXICO37CUAUTITLANPRIPRI

14915ESTADO DE MEXICO38TEXCOCOPRIPRI

15015ESTADO DE MEXICO39LOS REYES ACAQUILPANPRIPRI

15115ESTADO DE MEXICO40ZINACANTEPECPRIPRI

15216MICHOACAN DE OCAMPO1LAZARO CARDENASPRIPRI

15316MICHOACAN DE OCAMPO2PURUANDIROPRIPRI

15416MICHOACAN DE OCAMPO3ZITACUAROPRIPRI

15516MICHOACAN DE OCAMPO4JIQUILPANPRIPRI

15616MICHOACAN DE OCAMPO5ZAMORAPVEMPVEM

15716MICHOACAN DE OCAMPO6HIDALGOPRIPRI

15816MICHOACAN DE OCAMPO7ZACAPUPRIPRI

15916MICHOACAN DE OCAMPO8MORELIAPRIPRI

16016MICHOACAN DE OCAMPO9URUAPANPVEMPVEM

16116MICHOACAN DE OCAMPO10MORELIAPVEMPVEM

16216MICHOACAN DE OCAMPO11PATZCUAROPRIPRI

16316MICHOACAN DE OCAMPO12APATZINGANPVEMPVEM

16419NUEVO LEON1SANTA CATARINAPRIPRI

16519NUEVO LEON2APODACAPRIPRI

16619NUEVO LEON3GRAL. ESCOBEDOPRIPRI

16719NUEVO LEON4SAN NICOLAS DE LOS GARZAPVEMPVEM

16819NUEVO LEON5MONTERREYPRIPRI

16919NUEVO LEON6MONTERREYPRIPRI

17019NUEVO LEON7MONTERREYPRIPRI

17119NUEVO LEON8GUADALUPEPRIPRI

17219NUEVO LEON9LINARESPRIPRI

17319NUEVO LEON10MONTERREYPVEMPVEM

17419NUEVO LEON11GUADALUPEPRIPRI

17519NUEVO LEON12CADEREYTA JIMENEZPRIPRI

17621PUEBLA1HUAUCHINANGOPRIPRI

17721PUEBLA2ZACATLANPRIPRI

17821PUEBLA3TEZIUTLANPRIPRI

17921PUEBLA4ZACAPOAXTLAPRIPRI

18021PUEBLA5SAN MARTIN TEXMELUCANPRIPRI

18121PUEBLA6PUEBLAPRIPRI

18221PUEBLA7TEPEACAPRIPRI

18321PUEBLA8CIUDAD SERDNPRIPRI

18421PUEBLA9PUEBLAPVEMPVEM

18521PUEBLA10SAN PEDRO CHOLULAPRIPRI

18621PUEBLA11PUEBLAPVEMPVEM

18721PUEBLA12PUEBLAPVEMPVEM

18821PUEBLA13ATLIXCOPVEMPVEM

18921PUEBLA14IZUCAR DE MATAMOROSPRIPRI

19021PUEBLA15TEHUACANPVEMPVEM

19121PUEBLA16AJALPANPRIPRI

19222QUERETARO1CADEREYTA DE MONTESPRIPRI

19322QUERETARO2SAN JUAN DEL RIOPVEMPVEM

19422QUERETARO3QUERETAROPRIPRI

19522QUERETARO4QUERETAROPRIPRI

19623QUINTANA ROO1PLAYA DEL CARMENPRIPRI

19723QUINTANA ROO2CHETUMALPRIPRI

19823QUINTANA ROO3CANCNPVEMPVEM

19924SAN LUIS POTOSI1MATEHUALAPRIPRI

20024SAN LUIS POTOSI2SOLEDAD DE GRACIANO SANCHEZPRIPRI

20124SAN LUIS POTOSI3RIOVERDEPRIPRI

20224SAN LUIS POTOSI4CIUDAD VALLESPVEMPVEM

20324SAN LUIS POTOSI5SAN LUIS POTOSIPVEMPVEM

20424SAN LUIS POTOSI6SAN LUIS POTOSIPVEMPVEM

20524SAN LUIS POTOSI7TAMAZUNCHALEPRIPRI

20625SINALOA1FUERTE, ELPRIPRI

20725SINALOA2LOS MOCHISPRIPRI

20825SINALOA3GUAMUCHILPRIPRI

20925SINALOA4GUASAVEPRIPRI

21025SINALOA5CULIACANPRIPRI

21125SINALOA6CD.OBREGNPRIPRI

21225SINALOA7CULIACANPRIPRI

21325SINALOA8MAZATLANPVEMPVEM

21426SONORA1SAN LUIS RIO COLORADOPRIPRI

21526SONORA2NOGALESPRIPRI

21626SONORA3HERMOSILLOPVEMPVEM

21726SONORA4GUAYMASPRIPRI

21826SONORA5HERMOSILLOPRIPRI

21926SONORA6CAJEMEPRIPRI

22026SONORA7NAVOJOAPRIPRI

22130VERACRUZ1PANUCOPRIPRI

22230VERACRUZ2TANTOYUCAPRIPRI

22330VERACRUZ3TUXPANPRIPRI

22430VERACRUZ4VERACRUZPVEMPVEM

22530VERACRUZ5POZA RICA DE HIDALGOPRIPRI

22630VERACRUZ6PAPANTLAPRIPRI

22730VERACRUZ7MARTINEZ DE LA TORREPVEMPVEM

22830VERACRUZ8XALAPAPRIPRI

22930VERACRUZ9COATEPECPRIPRI

23030VERACRUZ10XALAPAPRIPRI

23130VERACRUZ11COATZACOALCOSPRIPRI

23230VERACRUZ12VERACRUZPRIPRI

23330VERACRUZ13HUATUSCOPVEMPVEM

23430VERACRUZ14MINATITLANPRIPRI

23530VERACRUZ15ORIZABAPRIPRI

23630VERACRUZ16CORDOBAPRIPRI

23730VERACRUZ17COSAMALOAPANPRIPRI

23830VERACRUZ18ZONGOLICAPRIPRI

23930VERACRUZ19SAN ANDRES TUXTLAPRIPRI

24030VERACRUZ20ACAYUCANPRIPRI

24130VERACRUZ21COSOLEACAQUEPVEMPVEM

24231YUCATN1VALLADOLIDPRIPRI

24331YUCATN2PROGRESOPRIPRI

24431YUCATN3MRIDAPRIPRI

24531YUCATN4MRIDAPVEMPVEM

24631YUCATN5TICULPRIPRI

24732ZACATECAS1FRESNILLOPRIPRI

24832ZACATECAS2JEREZPRIPRI

24932ZACATECAS3ZACATECASPRIPRI

25032ZACATECAS4GUADALUPEPRIPRI

Los candidatos a Diputados Federales postulados por la coalicin, de resultar electos pertenecern al grupo o fraccin parlamentaria que corresponda a su filiacin partidaria de origen, misma que ha quedado sealada en el cuadro que antecede, lo que se har oportunamente del conocimiento de las autoridades polticas y electorales competentes.Aunado a lo anterior, la Secretara del Consejo General de este Instituto, a travs de la Direccin Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Polticos, tambin constat que el convenio registrado por la Coalicin de Izquierda Progresista, en su clusula quinta seala:QUINTA.- Que de conformidad con lo que se establece en el artculo 91, numeral 1, inciso e) de la Ley General de Partidos Polticos, el sealamiento, del partido poltico al que pertenece originalmente cada uno de los candidatos a diputados federales de los 100 distritos electorales que sern postulados y registrados por la coalicin y el sealamiento del grupo parlamentario o partido poltico en el que quedaran comprendidos en el caso de resultar electos.

Lo cual quedar registrado en los siguientes trminos:

ENTIDAD FEDERATIVADTTOCABECERAPERTENENCIA A PARTIDO

BAJA CALIFORNIA SUR1MULEGEPRD

BAJA CALIFORNIA SUR2LA PAZ PT

DISTRITO FEDERAL1GUSTAVO A MADEROPRD

DISTRITO FEDERAL2GUSTAVO A MADEROPRD

DISTRITO FEDERAL3AZCAPOTZALCOPRD

DISTRITO FEDERAL4IZTAPALAPAPRD

DISTRITO FEDERAL5TLALPANPT

DISTRITO FEDERAL6GUSTAVO A MADEROPRD

DISTRITO FEDERAL7GUSTAVO A MADEROPT

DISTRITO FEDERAL8CUAUHTEMOCPRD

DISTRITO FEDERAL9VENUSTIANO CARRANZAPRD

DISTRITO FEDERAL10MIGUEL HIDALGOPRD

DISTRITO FEDERAL11VENUSTIANO CARRANZAPT

DISTRITO FEDERAL12CUAUHTEMOCPRD

DISTRITO FEDERAL13IZTACALCOPRD

DISTRITO FEDERAL14TLALPANPRD

DISTRITO FEDERAL15BENITO JUAREZPRD

DISTRITO FEDERAL16ALVARO OBREGNPRD

DISTRITO FEDERAL17CUAJIMALPAPRD

DISTRITO FEDERAL18IZTAPALAPAPRD

DISTRITO FEDERAL19IZTAPALAPAPRD

DISTRITO FEDERAL20IZTAPALAPAPT

DISTRITO FEDERAL21MILPA ALTAPT

DISTRITO FEDERAL22IZTAPALAPAPT

DISTRITO FEDERAL23COYOACANPRD

DISTRITO FEDERAL24COYOACANPRD

DISTRITO FEDERAL25IZTAPALAPAPRD

DISTRITO FEDERAL26MAGDALENA CONTRERASPT

DISTRITO FEDERAL27TLAHUACPRD

DURANGO2GOMEZ PALACIOPRD

DURANGO4DURANGOPT

GUERRERO1CIUDAD ALTAMIRANOPRD

GUERRERO2IGUALAPRD

GUERRERO3ZIHUATANEJOPRD

GUERRERO4ACAPULCOPRD

GUERRERO5TLAPAPT

GUERRERO6CHILAPAPRD

GUERRERO7CHILPANCINGOPRD

GUERRERO8AYUTLAPRD

GUERRERO9ACAPULCOPRD

MICHOACAN1LAZARO CARDENASPRD

MICHOACAN2PURUANDIROPT

MICHOACAN3ZITACUAROPRD

MICHOACAN4JIQUILPANPRD

MICHOACAN5ZAMORAPT

MICHOACAN6CIUDAD HIDALGOPRD

MICHOACAN7ZACAPUPT

MICHOACAN8MORELIAPT

MICHOACAN9URUAPANPRD

MICHOACAN10MORELIAPRD

MICHOACAN11PATZCUAROPRD

MICHOACAN12APATZINGANPRD

MORELOS1CUERNAVACAPRD

MORELOS2JIUTEPECPRD

MORELOS3CUAUTLAPRD

MORELOS4JOJUTLAPT

MORELOS5YAUTEPEC PRD

NAYARIT1SANTIAGO DE IXCUINTLAPRD

NAYARIT2TEPICPT

NAYARIT3COMPOSTELAPT

NUEVO LEON1SANTA CATARINAPRD

NUEVO LEON2APODACAPT

NUEVO LEON3GENERAL ESCOBEDOPT

NUEVO LEON4SAN NICOLAS DE LOS GARZAPT

NUEVO LEON5MONTERREYPT

NUEVO LEON6MONTERREYPRD

NUEVO LEON7MONTERREYPRD

NUEVO LEON8GUADALUPE VICTORIAPT

NUEVO LEON9LINARESPT

NUEVO LEON10MONTERREYPT

NUEVO LEON11GUADALUPEPT

NUEVO LEON12CADEREYTAPRD

OAXACA1TUXTEPECPRD

OAXACA2TEOTITLANPRD

OAXACA3HUAJUAPANPRD

OAXACA4TLACOLULAPT

OAXACA5TEHUANTEPECPT

OAXACA6TLAXIACOPRD

OAXACA7JUCHITANPT

OAXACA8OAXACAPRD

OAXACA9SANTA LUCIAPRD

OAXACA10MIAHUATLANPRD

OAXACA11PINOTEPA NACIONALPRD

SAN LUIS POTOSI1MATEHUALAPT

SAN LUIS POTOSI2SOLEDADPRD

SAN LUIS POTOSI3RIO VERDEPT

SAN LUIS POTOSI4CIUDAD VALLESPT

SAN LUIS POTOSI5SAN LUIS POTOSIPT

SAN LUIS POTOSI6SAN LUIS POTOSIPRD

SAN LUIS POTOSI7TAMAZUCHALEPRD

TABASCO1MACUSPANAPRD

TABASCO2CARDENASPRD

TABASCO3COMALCALCOPRD

TABASCO4VILLA HERMOSAPRD

TABASCO5PARAISOPRD

TABASCO6VILLA HERMOSAPT

VERACRUZ8JALAPAPT

VERACRUZ10JALAPAPT

ZACATECAS1FRESNILLOPT

ZACATECAS2JEREZPRD

De resultar electos, los candidatos a Diputados Federales postulados por la coalicin, pertenecern al grupo o fraccin parlamentaria que corresponda a su origen partidario en trminos del cuadro que antecede.23. Que el artculo 232, prrafo 1, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, dispone que las candidaturas a diputados a elegirse por el principio de mayora relativa y por el principio de representacin proporcional, se registrarn por frmulas de candidatos compuestas cada una por un propietario y un suplente del mismo gnero, y sern consideradas, frmulas y candidatos, separadamente, salvo para efectos de la votacin, motivo por el cual la Secretara del Consejo General, a travs de la Direccin Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Polticos, constat que todas las frmulas de candidatas y candidatos a diputadas y diputados por ambos principios se encontraran integradas por personas del mismo gnero.

24. Que el artculo 233, prrafo 1, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales establece que de la totalidad de solicitudes de registro, tanto de las candidaturas a Diputados y Diputadas que presenten los partidos polticos o las coaliciones ante el Instituto Nacional Electoral, debern integrarse salvaguardando la paridad entre los gneros mandatada en la Constitucin y en la referida Ley.25. Que los puntos dcimo cuarto y dcimo quinto del Acuerdo del Consejo General por el que se establecieron los criterios aplicables para el registro de candidaturas, a la letra sealan:

DECIMO CUARTO. Las frmulas de candidaturas para diputados, tanto de mayora relativa como de representacin proporcional, que presenten pasa su registro los partidos polticos y, en su caso coaliciones, debern integrarse por personas del mismo gnero.DECIMO QUINTO. La totalidad de solicitudes de registro de candidaturas a diputados tanto de mayora relativa como de representacin proporcional, que presenten los partidos polticos o, en su caso, las coaliciones ante el Instituto Nacional Electoral, debern integrarse salvaguardando la paridad entre los gneros.26. Que de conformidad con lo establecido por el artculo 232, prrafo 3, de la ley de la materia, la Secretara del Consejo General, a travs de la Direccin Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Polticos, constat que las coaliciones y los partidos polticos nacionales, adoptaron las medidas para promover y garantizar la paridad de gnero, en la postulacin de candidatos y candidatas a Diputados y Diputadas, tanto de mayora relativa como de representacin proporcional, para la integracin del Congreso de la Unin.27. Que del anlisis realizado a las solicitudes presentadas por los partidos polticos y coaliciones, se advirti el cumplimiento a las disposiciones referidas en los cuatro considerandos anteriores, conforme a lo siguiente:Porcentaje por gnero de las candidatas y los candidatos a Diputadas y Diputados por el principio de mayora relativa

PropietarioSuplenteTotal

PARTIDO ACCIN NACIONAL

GneroCantidadPorcentajeCantidadPorcentajeCantidadPorcentaje

Mujer15050.00%150 50.00%30050.00%

Hombre15050.00%150 50.00%30050.00%

Total300100.00%300 100.00%600100.00%

PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL

GneroCantidadPorcentajeCantidadPorcentajeCantidadPorcentaje

Mujer2550.00%25 50.00%5050.00%

Hombre2550.00%25 50.00%5050.00%

Total50100.00%50 100.00%100100.00%

PARTIDO DE LA REVOLUCIN DEMOCRTICA

GneroCantidadPorcentajeCantidadPorcentajeCantidadPorcentaje

Mujer10050.00%100 50.00%20050.00%

Hombre10050.00%100 50.00%20050.00%

Total200100.00%200 100.00%400100.00%

PARTIDO DEL TRABAJO

GneroCantidadPorcentajeCantidadPorcentajeCantidadPorcentaje

Mujer10050.00%100 50.00%20050.00%

Hombre10050.00%100 50.00%20050.00%

Total200100.00%200 100.00%400100.00%

PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MXICO

GneroCantidadPorcentajeCantidadPorcentajeCantidadPorcentaje

Mujer2550.00%25 50.00%5050.00%

Hombre2550.00%25 50.00%5050.00%

Total50100.00%50 100.00%100100.00%

MOVIMIENTO CIUDADANO

GneroCantidadPorcentajeCantidadPorcentajeCantidadPorcentaje

Mujer15050.00%150 50.00%30050.00%

Hombre15050.00%150 50.00%30050.00%

Total300100.00%300 100.00%600100.00%

NUEVA ALIANZA

GneroCantidadPorcentajeCantidadPorcentajeCantidadPorcentaje

Mujer15050.00%150 50.00%30050.00%

Hombre15050.00%150 50.00%30050.00%

Total300100.00%300 100.00%600100.00%

MORENA

GneroCantidadPorcentajeCantidadPorcentajeCantidadPorcentaje

Mujer15050.00%150 50.00%30050.00%

Hombre15050.00%150 50.00%30050.00%

Total300100.00%300 100.00%600100.00%

PARTIDO HUMANISTA

GneroCantidadPorcentajeCantidadPorcentajeCantidadPorcentaje

Mujer14750.00%147 50.00%29450.00%

Hombre14750.00%147 50.00%29450.00%

Total294100.00%294 100.00%588100.00%

ENCUENTRO SOCIAL

GneroCantidadPorcentajeCantidadPorcentajeCantidadPorcentaje

Mujer15050.00%150 50.00%30050.00%

Hombre15050.00%150 50.00%30050.00%

Total300100.00%300 100.00%600100.00%

COALICION PRI-PVEM

GneroCantidadPorcentajeCantidadPorcentajeCantidadPorcentaje

Mujer12550.00%125 50.00%25050.00%

Hombre12550.00%125 50.00%25050.00%

Total250100.00%250 100.00%500100.00%

COALICIN DE IZQUIERDA PROGRESISTA

GneroCantidadPorcentajeCantidadPorcentajeCantidadPorcentaje

Mujer5050.00%50 50.00%10050.00%

Hombre5050.00%50 50.00%10050.00%

Total100100.00%100 100.00%200100.00%

Porcentaje por gnero de las candidatas y los candidatos a Diputadas y Diputados por el principio de representacin proporcional

PropietarioSuplenteTotal

PARTIDO ACCIN NACIONAL

GneroCantidadPorcentajeCantidadPorcentajeCantidadPorcentaje

Mujer10050.00%100 50.00%20050.00%

Hombre10050.00%100 50.00%20050.00%

Total200100.00%200 100.00%400100.00%

PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL

GneroCantidadPorcentajeCantidadPorcentajeCantidadPorcentaje

Mujer10050.00%100 50.00%20050.00%

Hombre10050.00%100 50.00%20050.00%

Total200100.00%200 100.00%400100.00%

PARTIDO DE LA REVOLUCIN DEMOCRTICA

GneroCantidadPorcentajeCantidadPorcentajeCantidadPorcentaje

Mujer10050.00%100 50.00%20050.00%

Hombre10050.00%100 50.00%20050.00%

Total200100.00%200 100.00%400100.00%

PARTIDO DEL TRABAJO

GneroCantidadPorcentajeCantidadPorcentajeCantidadPorcentaje

Mujer10050.00%100 50.00%20050.00%

Hombre10050.00%100 50.00%20050.00%

Total200100.00%200 100.00%400100.00%

PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MXICO

GneroCantidadPorcentajeCantidadPorcentajeCantidadPorcentaje

Mujer10050.00%100 50.00%20050.00%

Hombre10050.00%100 50.00%20050.00%

Total200100.00%200 100.00%400100.00%

MOVIMIENTO CIUDADANO

GneroCantidadPorcentajeCantidadPorcentajeCantidadPorcentaje

Mujer10050.00%100 50.00%20050.00%

Hombre10050.00%100 50.00%20050.00%

Total200100.00%200 100.00%400100.00%

NUEVA ALIANZA

GneroCantidadPorcentajeCantidadPorcentajeCantidadPorcentaje

Mujer10050.00%100 50.00%20050.00%

Hombre10050.00%100 50.00%20050.00%

Total200100.00%200 100.00%400100.00%

MORENA

GneroCantidadPorcentajeCantidadPorcentajeCantidadPorcentaje

Mujer10050.00%100 50.00%20050.00%

Hombre10050.00%100 50.00%20050.00%

Total200100.00%200 100.00%400100.00%

PARTIDO HUMANISTA

GneroCantidadPorcentajeCantidadPorcentajeCantidadPorcentaje

Mujer6750.00%6750.00%13450.00%

Hombre6750.00%6750.00%13450.00%

Total134100.00%134100.00%268100.00%

ENCUENTRO SOCIAL

GneroCantidadPorcentajeCantidadPorcentajeCantidadPorcentaje

Mujer5950.00%5950.00%11850.00%

Hombre5950.00%5950.00%11850.00%

Total118100.00%118100.00%236100.00%

28. Que de conformidad con lo estipulado por el artculo 234, prrafo 1, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, las listas de representacin proporcional se integrarn por frmulas de candidatos compuestas cada una por un propietario y un suplente del mismos gnero, y se alternarn las frmulas de distinto gnero para garantizar el principio de paridad hasta agotar cada lista.29. Que el punto dcimo sexto del Acuerdo del Consejo General por el que se establecieron los criterios aplicables para el registro de candidaturas, a la letra seala:DCIMO SEXTO. En las listas de representacin proporcional se alternarn las frmulas de distinto gnero para garantizar el principio de paridad hasta agotar cada lista.30. Que en razn de lo anterior, el Secretario del Consejo, a travs de la Direccin Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Polticos, constat que las listas de candidaturas por el principio de representacin proporcional, se integraron conforme a lo sealado en el artculo 234, prrafo 1 de la ley mencionada.31. Que el artculo 3, numeral 4 de la Ley General de Partidos Polticos establece que cada partido poltico determinar y har pblicos los criterios para garantizar la paridad de gnero en las candidaturas a legisladores federales y locales, mismos que deben ser objetivos y asegurar condiciones de igualdad.

Asimismo, el numeral 5 del artculo 3 de la Ley General de Partidos Polticos dispone que, en ningn caso, se admitirn criterios que tengan como resultado que a alguno de los gneros le sean asignados exclusivamente aquellos distritos en los que el partido haya obtenido los porcentajes de votacin ms bajos en el proceso electoral anterior.As, esta autoridad verific que la distribucin realizada con base en los criterios antes expresados no nicamente cumpliera con criterios de cantidad o porcentaje, sino tambin de oportunidad respecto a las posibilidades reales de participacin. Cabe sealar que esta verificacin se realiz nicamente respecto de los partidos que participaron en el proceso electoral federal anterior.Por tanto, es preciso determinar con claridad la metodologa que esta autoridad emple para verificar que los partidos polticos observaran la obligacin de no destinar exclusivamente un solo gnero a aquellos distritos en los que tuvieran los porcentajes de votacin ms bajos.

Para ello, cabe sealar que esta autoridad considera que el concepto de exclusividad no debe ser entendido como la designacin de la totalidad de distritos de porcentaje de votacin ms bajo a un solo gnero, pues tal interpretacin posibilitara la inaplicacin de la disposicin aludida mediante la designacin de un solo candidato del gnero contrario a dichos principios, lo que violentara el principio que dicha norma tutela.

En este sentido, esta autoridad considera que la disposicin referida debe interpretarse en concordancia con la obligacin de garantizar la paridad de gnero, por lo que la no exclusividad se refiere a una proteccin ms amplia, que supone asegurar que, dentro del grupo de las candidaturas para distritos en los que se hubieran obtenido los porcentajes de votacin ms bajos, no exista un sesgo evidente en contra de un gnero.

Dicho esto, corresponde determinar qu se entiende, para efectos del anlisis del cumplimiento a lo dispuesto en el artculo 3, numeral 5, de la Ley mencionada, por distritos con porcentaje de votacin ms bajo. Al respecto, se considera adecuado el siguiente procedimiento:

a) Respecto de cada partido, se enlistaron todos los distritos en los que present una candidatura a diputacin federal, ordenados de mayor a menor conforme al porcentaje de votacin que en cada uno de ellos hubiere recibido en el proceso electoral anterior.

b) Una vez hecho lo anterior, se dividi la lista en tres bloques, correspondiente cada uno a un tercio de los distritos enlistados: el primer bloque, con los distritos en los que el partido obtuvo la votacin ms alta; el segundo, con los distritos en los que obtuvo una votacin media; y el tercero, con los distritos en los que obtuvo la votacin ms baja.

c) El tercer bloque, de distritos con votacin ms baja, se analiz de la siguiente manera:

En primer lugar, se revis la totalidad de los distritos de este bloque, para identificar, en su caso, si fuera apreciable un sesgo que favoreciera o perjudicara a un gnero en particular; es decir, si se encontraba una notoria disparidad en el nmero de personas de un gnero comparado con el de otro.

En segundo lugar, se revisaron nicamente los ltimos veinte distritos de este tercer bloque, es decir, los veinte distritos en los que el partido obtuvo la votacin ms baja en la eleccin anterior. Lo anterior, para identificar si en este grupo ms pequeo era, o no, apreciable un sesgo que favoreciera o perjudicara significativamente a un gnero en particular; es decir, si se encontraba una notoria disparidad en el nmero de personas de un gnero comparado con el de otro.

Con el anlisis anterior, fue posible establecer de manera objetiva un parmetro para determinar si resulta aplicable el concepto de exclusividad en cuanto a la afectacin de un gnero en favor de otro dentro de los distritos en los que cada partido obtuvo el menor porcentaje de votacin en la ltima eleccin federal. As, se verific que ninguno de los partidos polticos tuvo una distribucin notoriamente sesgada en contra de un gnero en el total de distritos con porcentajes de votacin ms baja.

1. PARTIDO ACCIN NACIONAL

MENORES PORCENTAJES PEF 2012HombresMujeres

Cien menores 4060

Veinte menores 911

INTERMEDIOSHombresMujeres

Cien intermedios4753

MAYORES PORCENTAJES PEF 2012HombresMujeres

Cien mayores 6337

Veinte mayores 911

2. PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL

MENORES PORCENTAJES PEF 2012HombresMujeres

Diecisiete menores 89

Veinte menores 911

INTERMEDIOSHombresMujeres

Diecisis intermedios610

MAYORES PORCENTAJES PEF 2012HombresMujeres

Diecisiete mayores 116

Veinte mayores 137

3. PARTIDO DE LA REVOLUCIN DEMOCRTICA

MENORES PORCENTAJES PEF 2012HombresMujeres

Sesenta y siete menores 2740

Veinte menores 614

INTERMEDIOSHombresMujeres

Sesenta y seis intermedios3432

MAYORES PORCENTAJES PEF 2012HombresMujeres

Sesenta y siete mayores 3928

Veinte mayores 137

4. PARTIDO DEL TRABAJO

MENORES PORCENTAJES PEF 2012HombresMujeres

Sesenta y siete menores 3235

Veinte menores 911

INTERMEDIOSHombresMujeres

Sesenta y seis intermedios3135

MAYORES PORCENTAJES PEF 2012HombresMujeres

Sesenta y siete mayores 3730

Veinte mayores 1010

5. PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MXICO

MENORES PORCENTAJES PEF 2012HombresMujeres

Diecisiete menores 89

Veinte menores 1010

INTERMEDIOSHombresMujeres

Diecisis intermedios88

MAYORES PORCENTAJES PEF 2012HombresMujeres

Diecisiete mayores 98

Veinte mayores 128

6. MOVIMIENTO CIUDADANO

MENORES PORCENTAJES PEF 2012HombresMujeres

Cien menores 4951

Veinte menores 119

INTERMEDIOSHombresMujeres

Cien 4753

MAYORES PORCENTAJES PEF 2012HombresMujeres

Cien mayores 5446

Veinte mayores 137

7. NUEVA ALIANZA

MENORES PORCENTAJES PEF 2012HombresMujeres

Cien menores 5248

Veinte menores 713

INTERMEDIOSHombresMujeres

Cien 5149

MAYORES PORCENTAJES PEF 2012HombresMujeres

Cien mayores 4753

Veinte mayores 119

PARTIDOS POLTICOS EN COALICIN

Nota: Dado que ninguna de las coaliciones registradas para el presente Proceso Electoral Federal fue total, es decir, por los 300 distritos, no es factible hacer el presente anlisis por segmentos de 100 distritos, por lo que la Direccin Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Polticos procedi a dividir los distritos en tercios, con los mismos criterios, esto es, porcentajes mayores, menores e intermedios.

8. PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL CON COALICIN

MENORES PORCENTAJES PEF 2012HombresMujeres

81 menores 3645

Veinte menores 614

INTERMEDIOSHombresMujeres

80 Intermedios4238

MAYORES PORCENTAJES PEF 2012HombresMujeres

81 mayores 4338

Veinte mayores 146

9. PARTIDO DE LA REVOLUCIN DEMOCRTICA CON COALICIN

MENORES PORCENTAJES PEF 2012HombresMujeres

88 menores 3850

Veinte menores 614

INTERMEDIOSHombresMujeres

88 Intermedios4444

MAYORES PORCENTAJES PEF 2012HombresMujeres

88 mayores 5038

Veinte mayores 128

10. PARTIDO DEL TRABAJO CON COALICIN

MENORES PORCENTAJES PEF 2012HombresMujeres

79 menores 3742

Veinte menores 911

INTERMEDIOSHombresMujeres

78 Intermedios3543

MAYORES PORCENTAJES PEF 2012HombresMujeres

79 mayores 4633

Veinte mayores 137

11. PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MXICO CON COALICIN

MENORES PORCENTAJES PEF 2012HombresMujeres

36 menores 1818

Veinte menores 119

INTERMEDIOSHombresMujeres

36 Intermedios1818

MAYORES PORCENTAJES PEF 2012HombresMujeres

36 mayores 1818

Veinte mayores 128

32. Que en el caso de que los partidos polticos y coaliciones ejerzan el derecho que el artculo 241, prrafo 1, incisos b) y c) de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales les otorga para realizar sustituciones, invariablemente debern ajustarse a lo establecido en los artculos 232, prrafo 2, 233, prrafo 1 y 234, prrafo 1 de la mencionada ley, en relacin con los puntos dcimo cuarto, dcimo quinto y dcimo sexto del Acuerdo del Consejo General por el que se establecieron los criterios aplicables para el registro de candidaturas.

33. Que atendiendo a la naturaleza del derecho a ser votado, como uno de los derechos fundamentales que garantizan la existencia de un estado democrtico, garantizar su ejercicio es una de las atribuciones del Instituto Nacional Electoral, as como uno de los objetivos primarios de los diversos ordenamientos electorales.

Por lo anterior, tanto la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales como la Ley General de Partidos Polticos establecen diversas disposiciones que garantizan el ejercicio del derecho a ser votado, regulando los procedimientos de designacin de candidatos al interior de un partido poltico, y los procedimientos de registro y sustitucin que deben llevarse ante el Instituto Nacional Electoral.

Esta autoridad considera que la proteccin al derecho de ser votado es un principio rector con base en el cual deben ser interpretadas las disposiciones electorales, por lo que, a efecto de dotar de aplicabilidad a lo dispuesto por el artculo 241 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, una vez otorgado el registro a una candidatura, la detentacin y el ejercicio del derecho a ser votado adquiere un carcter personalsimo que incumbe exclusivamente la esfera jurdica del candidato.

En este sentido, con objeto de garantizar y reconocer el derecho a ser votado que detenta todo candidato, y actuando de conformidad con la naturaleza personalsima del mismo, es procedente determinar que para llevar a cabo toda sustitucin bajo el supuesto de renuncia, sta deber ser presentada personalmente por la persona que, por su propio derecho, decidiera renunciar al cargo para el cual se le otorg el registro, sin que resulte procedente hacer llegar la misma por conducto de instituto poltico que lo postul.

Lo anterior reconoce y garantiza el ejercicio de los derechos polticos y la calidad de candidato que ha sido previamente reconocida por el Instituto Nacional Electoral al otorgar el registro, distinguiendo al sujeto que detenta el derecho, del instituto poltico que lo postula.

34. Que el artculo 238, prrafo 4, de la Ley de la materia seala que la solicitud de cada partido poltico para el registro de las listas completas de candidaturas a diputados por el principio de representacin proporcional para las cinco circunscripciones plurinominales, deber acompaarse, adems de los documentos referidos en los prrafos anteriores, de la constancia de registro de por lo menos 200 candidaturas para diputados por el principio de mayora relativa, las que se podrn acreditar con las registradas por el propio partido y las que correspondan a la coalicin parcial o flexible a la que, en su caso, pertenezca.

Al respecto, en el punto sptimo del Acuerdo del Consejo General por el que se establecieron los criterios para el registro de candidaturas, se determin que: Para el registro de candidatos por el principio de representacin proporcional, se tendr por cumplido el requisito a que se refieren el prrafo 4 del artculo 238 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, siempre y cuando los partidos polticos hayan presentado para su registro al menos 200 frmulas de candidatos a diputados de mayora relativa y dicho registro haya resultado procedente.Es el caso que todos los partidos polticos presentaron para su registro ms de 200 frmulas de candidaturas a Diputadas y Diputados por el principio de mayora relativa.35. Que el artculo 232, prrafo 5, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, establece que en el caso de que para un mismo cargo de eleccin popular sean registrados diferentes candidatos por un mismo partido poltico, el Secretario del Consejo una vez detectada esta situacin requerir al partido poltico a efecto de que informe al Consejo General, en un trmino de cuarenta y ocho horas qu candidato o frmula prevalece. En ese sentido, se detect que el Partido Humanista y la coalicin De Izquierda Progresista, registraron ms de una frmula de candidatos para un mismo distrito electoral, motivo por el cual, mediante oficios INE/SCG/0311/2015, INE/SCG/0316/2015, INE/SCG/0320/2015, INE/SCG/0321/2015 e INE/SCG/0328/2015, el Secretario del Consejo General, requiri a dichos partidos para tales efectos. Ambos entes polticos desahogaron en tiempo y forma los requerimientos formulados, en los que sealaron que las frmulas que prevalecen son las siguientes:PARTIDO HUMANISTAENTIDADDISTRITOCargo por el que se postulanFrmula presentada ante el Consejo General del Instituto Nacional Electoral el 26 de marzo de 2015Frmula presentada ante el Consejo Distrital respectivo

Baja California06Propietario-------------------------------------------------------C. Irma Erika Garrido Ortigosa

Suplente-------------------------------------------------------C. Sonia Raquel Palomino de la Paz

Distrito Federal01PropietarioC. Miguel Resndiz Resndiz-------------------------------------------------------

SuplenteC. Fausto Antonio Flores Olvera-------------------------------------------------------

Distrito Federal 03Propietario-------------------------------------------------------C. Maribel Herrera Garca

Suplente-------------------------------------------------------C. Yadira Anel Rodrguez Medina

Distrito Federal10PropietarioC. Juan Alberto Arvalo Manrquez-------------------------------------------------------

SuplenteC. Getsemaniel Isaac Lpez Ayala-------------------------------------------------------

Distrito Federal17Propietario-------------------------------------------------------C. Evidey Castro Laines

Suplente-------------------------------------------------------C. Jos lvaro Oropeza Reyna

Distrito Federal21Propietario-------------------------------------------------------C. Ana Lilia Arellano Luna

Suplente-------------------------------------------------------C. Mara de Lourdes Neri Ruiz

Distrito Federal22Propietario-------------------------------------------------------C. Erik Norberto Vicenteo Snchez

Suplente-------------------------------------------------------C. Heriberto Pea Nolasco

Distrito Federal24PropietarioC. Jos Manuel Garca Lorenzo-------------------------------------------------------

SuplenteC. Rafael Casteln Ruiz-------------------------------------------------------

ENTIDADDISTRITOFechaCargo por el que se postulanFrmula presentada ante el Consejo Distrital respectivo

Chiapas0729/03/2015PropietarioC. Mara Eugenia Pinto Flores

SuplenteC. Carmela Santos Vicente

Hidalgo0628/03/2015PropietarioC. Sixto Sal Gmez Cruz

SuplenteC. Carlos Domnguez Cortez

San Luis Potos0529/03/2015

PropietarioC. Jos Manuel Rubalcava Garca

SuplenteC. Antonio Sols Rosas

Tlaxcala0329/03/2015

PropietarioC. Mara de Lourdes Garca Popocatl

SuplenteC. Vianey Arrieta Recova

Distrito 04 del estado de HidalgoCargo por el que se postulanFrmula presentada ante el Consejo Distrital respectivo el 29 de marzo de 2015

PropietarioC. Mara Mirella Prez Gutirrez

SuplenteC. Celia Martnez Alonso

No obstante, respecto de Durango 04, el partido no dio respuesta al requerimiento formulado, por lo que con fundamento en lo dispuesto por el artculo 232, prrafo 5 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, prevalece la ltima frmula presentada, esto es:

EntidadDistritoCargoFrmula

Durango 04PropietarioC. Alejandra Anderson Daz

SuplenteC. Laura Daniela Gonzlez Revuelta

COALICIN DE IZQUIERDA PROGRESISTA

Distrito 04 del estado de San Luis PotosCargo por el que se postulanFrmula presentada ante el Consejo Distrital respectivo el 29 de marzo de 2015

PropietarioC. Alejandrina lvarez Monsivis

SuplenteC. Mara Isabel Mungua Zaragoza

Distrito 06 del estado de Nuevo LenCargo por el que se postulanFrmula presentada ante el Consejo Distrital respectivo el 29 de marzo de 2015

PropietarioC. Nadia Lorena Garza Rodrguez

SuplenteC. Carmen Janeth Hernndez Contreras

36. Que el artculo 387, prrafo 2, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, establece que los candidatos independientes que hayan sido registrados no podrn ser postulados como candidatos por un partido poltico o coalicin en el mismo proceso electoral.

En tal virtud, el Secretario del Consejo General, a travs de la Direccin Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Polticos, constat que ninguna de las solicitudes de registro de candidatos presentada por los partidos polticos, fuera coincidente con el registro de candidatos independientes.37. Que el artculo 11 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales seala en su prrafo 2 que los partidos polticos no podrn registrar simultneamente, en un mismo proceso electoral, ms de sesenta candidatos a diputados federales por mayora relativa y por representacin proporcional distribuidos en sus cinco listas regionales. Atento a lo anterior, la Secretara del Consejo General, a travs de la Direccin Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Polticos, verific en la base de datos respectiva, los registros de candidatos a Diputados por el principio de mayora relativa, a fin de identificar aquellos de los cuales se solicit simultneamente el registro como candidatos a Diputados por el principio de representacin proporcional. Como resultado de lo anterior, se identific que los partidos morena, humanista y encuentro social, excedieron el nmero de candidaturas simultneas permitido por la Ley, motivo por el cual, mediante oficios INS/SCG/0334/2015, INE/SCG/0335/2015 e INE/SCG/0336/2015, respectivamente, se requiri a dichos partidos para que en un trmino de cuarenta y ocho horas, contado a partir de la notificacin del oficio respectivo, informaran a esta autoridad electoral las candidaturas o las frmulas que deban excluirse de sus listas. Es el caso que todos los partidos mencionados desahogaron en tiempo el requerimiento formulado, con lo que se pudo constatar que ninguno de los partidos polticos rebasa el nmero de candidaturas simultneas.38. Que de conformidad con lo establecido en el artculo 87, prrafo 6, de la Ley General de Partidos Polticos, ningn partido poltico podr registrar un candidato de otro partido poltico; en razn de lo anterior, el Secretario del Consejo General, a travs de la Direccin Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Polticos, verific que ninguna de las candidaturas se ubicara en dicho supuesto.

39. Que la Jurisprudencia 10/2013, sostenida por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federacin, a la letra indica:

BOLETA ELECTORAL. EST PERMITIDO ADICIONAR EL SOBRENOMBRE DEL CANDIDATO PARA IDENTIFICARLO (LEGISLACIN FEDERAL Y SIMILARES).De la interpretacin sistemtica de los artculos 35, fracciones I y II, 41 de la Constitucin Poltica de los Estados Unidos Mexicanos y 252 del Cdigo Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, se advierte que la autoridad administrativa electoral aprobar el modelo de boleta que se utilizar en una eleccin, con las medidas de certeza que estime pertinentes y que las boletas electorales deben contener, entre otros, apellido paterno, materno y nombre completo del candidato o candidatos, para permitir su plena identificacin por parte del elector. No obstante, la legislacin no prohbe o restringe que en la boleta figuren elementos adicionales como el sobrenombre con el que se conoce pblicamente a los candidatos, razn por la cual est permitido adicionar ese tipo de datos, siempre y cuando se trate de expresiones razonables y pertinentes que no constituyan propaganda electoral, no conduzcan a confundir al electorado, ni vayan en contravencin o detrimento de los principios que rigen la materia electoral, dado que contribuyen a la plena identificacin de los candidatos, por parte del electorado.

Quinta poca:Recurso de apelacin.SUP-RAP-188/2012.Actor: Partido Nueva Alianza.Autoridad responsable: Consejo General del Instituto Federal Electoral.9 de mayo de 2012.Unanimidad de cinco votos.Ponente: Mara del Carmen Alanis Figueroa.Secretario: Carlos Vargas Baca.Recurso de apelacin.

SUP-RAP-232/2012.Actor: Nueva Alianza.Autoridad responsable: Consejo General del Instituto Federal Electoral.23 de mayo de 2012.Unanimidad de votos.Ponente: Pedro Esteban Penagos Lpez.Secretario: Vctor Manuel Rosas Leal.Juicio para la proteccin de los derechos poltico-electorales del ciudadano. SUP-JDC-911/2013.Actor: Francisco Arturo Vega de Lamadrid.Autoridad responsable: Consejo General del Instituto Electoral y de Participacin Ciudadana del Estado de Baja California.15 de mayo de 2013.Unanimidad de cinco votos.Ponente: Manuel Gonzlez Oropeza.Secretarios: Carmelo Maldonado Hernndez, Edson Alfonso Aguilar Curiel y Javier Aldana Gmez.

La Sala Superior en sesin pblica celebrada el treinta de julio de dos mil trece, aprob por unanimidad de cinco votos la jurisprudencia que antecede y la declar formalmente obligatoria. Gaceta de Jurisprudencia y Tesis en materia electoral, Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federacin, Ao 6, Nmero 13, 2013, pginas 13 y 14

Con base en lo anterior, los partidos Accin Nacional, Revolucionario Institucional , de la Revolucin Democrtica, Movimiento Ciudadano, y ambas coaliciones, solicitaron adicionar el sobrenombre de algunos de sus candidatos para que as se plasmara en la boleta electoral.

Al respecto, la H. Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federacin, al resolver el expediente identificado con el nmero SUP-RAP-188/2015, consider que la inclusin en la boleta electoral de la denominacin con la que se le conoce pblicamente a un candidato, no puede sustituir o eliminar el nombre y apellidos del ciudadano, por lo que el sobrenombre debe incluirse despus de dichos elementos.

En consecuencia, ser en ese sentido como sern incluidos los sobrenombres de los candidatos respectivos.40. Que segn lo establecido por el artculo 239, prrafo 5, de la Ley General electoral, en relacin con el punto decimo segundo del Acuerdo por el que se establecieron los criterios para el registro de candidatos, se instruy a los Consejos Distritales para que la sesin de registro de las candidaturas, se llevara a cabo el da cuatro de abril del presente ao. En virtud de que el Partido Accin Nacional, el Partido de la Revolucin Democrtica, el Partido del Trabajo, Nueva Alianza, el Partido Humanista, Encuentro Social, y la coalicin De Izquierda Progresista presentaron solicitudes de registro ante los Consejos Distritales, stos sesionaron para registrar candidatos a Diputados por el principio de mayora relativa, adems de las candidaturas independientes respectivas.41. Que el da de la fecha, se recibi oficio nmero INE/JLE/080/2015, mediante el cual el Lic. David Alejandro Delgado Arroyo, Consejero Presidente del Consejo Local y Vocal Ejecutivo de la Junta en el estado de Guerrero, inform lo siguiente:

Ante la situacin que se vive en el 05 Distrito Electoral Federal en el estado de Guerrero y en virtud de las acciones implementadas por el Movimiento Popular Guerrerense (MPG), es materialmente imposible realizar la Dcima Quinta Sesin Especial del 05 Consejo Distrital del Instituto Nacional Electoral en el Estado de Guerrero, programada a partir de las 08:00 horas del da 04 de abril del ao en curso, por esta razn me permito poner a su consideracin el proyecto de acuerdo y sus anexos para lo que haya lugar.

Es el caso que la sesin a que hace alusin el oficio mencionado, estaba destinada al registro de los candidatos presentados por los partidos polticos Nueva Alianza, Humanista y Encuentro Social, por lo que ante la imposibilidad de su celebracin, este Consejo General proceder a ejercer la facultad supletoria que le confiere el artculo 44, prrafo 1, inciso t) de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales a fin de registrar a las frmulas de los candidatos cuyas solicitudes fueron presentadas ante el 05 Consejo Distrital en el estado de Guerrero.42. Que de conformidad con lo establecido por el artculo 240, prrafo 1, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales este Consejo General solicitar la publicacin en el Diario Oficial de la Federacin de los nombres de los candidatos y las candidatas, as como de los partidos o coaliciones que los postulan. Asimismo, publicar y difundir, por el mismo medio, las sustituciones de candidatos y candidatas y/o cancelaciones de registro que, en su caso, sean presentadas.Que en razn de los considerandos expresados y con fundamento en lo dispuesto por los artculos 9, 35, fraccin II, y 41, prrafo segundo, bases I y V, apartado A, de la Constitucin Poltica de los Estados Unidos Mexicanos; 23, prrafo 1, incisos e) y f); 79, prrafo 1, inciso a), fraccin III; 85, prrafo 2; 87, prrafos 1, 3, 4, 5, 6 y 7; 88, prrafos 1, 5 y 6; 91, prrafo 1, inciso e); de la Ley General de Partidos Polticos; 11, prrafos 1 y 2; 30, prrafo 2; 79, prrafo 1, inciso e); 226, prrafo 2; 229, prrafo 3; 232, prrafos 1, 2 y 3; 233, prrafo 1; 234, prrafo 1; 237, prrafos 1, inciso b) en relacin con el inciso a), fracciones I y II, 3 y 4; 238, prrafos 1, 2, 3 y 7; 239, prrafos 3 y 5; 240, prrafo 1; y 241, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales; el Acuerdo por el que se indican los criterios aplicables para el registro de candidaturas a Diputados por ambos principios que presenten los partidos polticos y, en su caso, las Coaliciones ante los Consejos del Instituto, para el Proceso Electoral Federal 2014-2015, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral en ejercicio de las facultades que le confiere el artculo 44, prrafo 1, incisos s) y t); del citado ordenamiento legal, emite el siguiente:

A C U E R D O

PRIMERO.- Se registran supletoriamente las frmulas de candidatas y candidatos a Diputadas y Diputados por el principio de mayora relativa para las elecciones federales del ao dos mil quince, presentadas por los partidos Accin Nacional, Revolucionario Institucional, de la Revolucin Democrtica, del Trabajo, Verde Ecologista de Mxico, Movimiento Ciudadano, Morena, Humanista y Encuentro Social as como las presentadas por la coalicin integrada por los partidos Revolucionario Institucional y Verde Ecologista de Mxico y por la Coalicin de Izquierda Progresista ante este Consejo General del Instituto Nacional Electoral, las cuales, sumadas a las registradas por los partidos y la coalicin sealados en el considerando 39 del presente Acuerdo, son las que a continuacin se relacionan:RELACIN DE FRMULAS DE CANDIDATAS Y CANDIDATOS A DIPUTADAS Y DIPUTADOS AL CONGRESO DE LA UNIN

POR EL PRINCIPIO DE MAYORA RELATIVA

PARTIDO ACCIN NACIONAL

EntidadDistritoPropietarioSuplente

AGUASCALIENTES1SALAS DIAZ GERARDO FEDERICOZAPATA GUERRA J. ROBERTO

AGUASCALIENTES2MUOZ CERVANTES ARLETTE IVETTEZARAGOZA GALVAN CYNTHIA SUSANA

AGUASCALIENTES3LOPEZ MARTIN JORGECASTILLO AVILA VICTOR ODIN

BAJA CALIFORNIA1GONZALEZ CECEA EXALTACIONQUINTERO RUSSEL NICOLAS

BAJA CALIFORNIA2PANIAGUA FIGUEROA LUZ ARGELIAMERCADO MEDINA MARGARITA

BAJA CALIFORNIA3MARTINEZ SANTOS WENCESLAOTARIN PERISKY FRANCISCO

BAJA CALIFORNIA4RAMOS HERNANDEZ JORGECARRILLO FREGOSO CHRISTIAN ALEJANDRO

BAJA CALIFORNIA5GARCIA LOPEZ JOSE MAXIMOPAYAN GOMEZ PEDRO JAVIER

BAJA CALIFORNIA6SANCHEZ MEZA MARIA LUISALOPEZ PAEZ CORINA

BAJA CALIFORNIA7RODRIGUEZ RUBIO MARIA DEL ROSARIORODRIGUEZ MARTINEZ LUCINA

BAJA CALIFORNIA8NAVA MOUETT JACQUELINERINCON VARGAS MIRNA CECILIA

BAJA CALIFORNIA SUR1PAES MARTINEZ JISELACASTRO TERRAZAS MARIA ELENA

BAJA CALIFORNIA SUR2IBARRA MONTOYA VICTOR ERNESTOTOLEDO SOTO NICOLAS

CAMPECHE1LAVALLE PINZON JUAN CARLOSXIU DZUL DANIEL

CAMPECHE2MATESANZ SANTAMARIA ROCIOSANCHEZ ARJONA ELSA DEL SOCORRO

COAHUILA1MUZQUIZ RODRIGUEZ RICARDOMALTOS VILLAREAL JORGE ANTONIO

COAHUILA2SANCHEZ SOSA SUSANAIBARRA VILLANUEVA ROSA MARIA

COAHUILA3GARCIA ANDRADE EDUARDOMIRELES NAVARRO JORGE LUIS

COAHUILA4BERKOWITZ OLVERA ANGEL ALBERTOGONZALEZ SANCHEZ JOSE ARTURO

COAHUILA5EPPEN CANALES BLANCAMARIN DE LEON OLYMPIA

COAHUILA6ZERMEO INFANTE JORGERIMADA PEA BELARMINO FABIAN

COAHUILA7MARTINEZ VALERO DORA ALICIARODRIGUEZ MAGIRAS KALYOPE

COLIMA1MORENO GONZALEZ JOSE MANUELMARTINEZ LOPEZ JESUS ALBERTO

COLIMA2CHAVARRIAS BARAJAS ELOISAHERNANDEZ VIDRIO ARMIDA

CHIAPAS1PANIAGUA VARGAS JANET ITALARODRIGUEZ NORIEGA PATRICIA

CHIAPAS2LAGUNA TREJO DILSSIA NELLELIGOMEZ APARICIO GUADALUPE

CHIAPAS3CRUZ JIMENEZ FERNANDOFLORES AGUILAR MARIO

CHIAPAS4JONAPA RODAS IRIS KRISTALRAMOS CRUZ YESENIA DEL CARMEN

CHIAPAS5GONZALEZ JIMENEZ DOMINGORAFAEL TOLEDO JESUS

CHIAPAS6CARAVANTES ALMARAZ CATALINANUCAMENDI GUILLEN ALMENDRA GUADALUPE

CHIAPAS7MARTINEZ RINCON JOSE EDUARDOCHOY CABRERA JUAN MANUEL

CHIAPAS8NAVARRETE GONZALEZ ZINNIA ESTHERPORRAS ESCALANTE GUADALUPE DEL PILAR

CHIAPAS9RODRIGUEZ CAL Y MAYOR CESAR AUGUSTODUQUE DE ESTRADA SANCHEZ GUILLERMO

CHIAPAS10BRAVO OCAA BERTHA KARINARAMIREZ ARROYO ELSA MARIA

CHIAPAS11REYES RAMIREZ HECTORVALIENTE BAUTISTA MARIO

CHIAPAS12ESCOBAR GONZALEZ MONICA DEL CARMENARMENTO JUAN ZANDRA LUZ

CHIHUAHUA1MORALES ARREOLA ANDRESALDAPE RAMIREZ ROGELIO

CHIHUAHUA2JUAREZ LOPEZ MA. DOLORESALDERETE SOLANO BERTHA ALICIA

CHIHUAHUA3CONTRERAS HERRERA EDNA XOCHITLLERMA RONQUILLO ANA GABRIELA

CHIHUAHUA4GARCIA RUIZ RAULMORAN GARCIA MIGUEL ANGEL

CHIHUAHUA5MATA CARRASCO MARIOAGUILAR LOZOYA LUIS ALBERTO

CHIHUAHUA6BLANCO SALDIVAR JUAN ALBERTOOLIVAS GUTIERREZ DANIEL IGNACIO

CHIHUAHUA7TERRAZAS BACA PATRICIAARMENDARIZ ABDO ANA AURORA

CHIHUAHUA8BARAY TRUJILLO ROSA MARIAJAVALERA LINO ELIZABETH

CHIHUAHUA9CANO VILLEGAS CARMEN MARGARITABUSTILLOS ROMERO MARIA MARCELINA

DISTRITO FEDERAL1CERVANTES GONZALEZ ESPERANZADOMINGUEZ RAMIREZ SONIA

DISTRITO FEDERAL2CHAVEZ RIOS RICARDO DAVIDGUERRA CASTILLO MARCO ANTONIO

DISTRITO FEDERAL3CORTES LOPEZ JOSE DE JESUSSANCHEZ ALBA MAURICIO MARTIN

DISTRITO FEDERAL4OVIEDO GARZA LUIS ANTONIOGOMEZ GARCIA JUAN

DISTRITO FEDERAL5SANCHEZ MIRANDA ANDRESAGUERO ZUIGA OSCAR

DISTRITO FEDERAL6JIMENEZ AMADOR CLAUDIATORRES VELAZQUEZ VERONICA

DISTRITO FEDERAL7GARRIDO Y ZAYAS MARCO ANTONIOESPINOSA GARRIDO HUGO ADRIAN

DISTRITO FEDERAL8DELGADILLO SANCHEZ MARIO ALBERTOOROZCO GARCIA JOSE MANUEL

DISTRITO FEDERAL9LAGUNA VANEGAS BIBIANASILVA NOGUERON ANA LILIA

DISTRITO FEDERAL10TRIANA TENA JORGEHUERTA LING GUILLERMO OCTAVIO

DISTRITO FEDERAL11SEGURA ARIAS HEIDY FABIOLAAGUIRRE EVERARDO LAURA

DISTRITO FEDERAL12ARZATE LOPEZ JOSE ADRIANFUENTES ROCHA VICTOR MANUEL

DISTRITO FEDERAL13CHAVEZ SANCHEZ JACQUELINEHERNANDEZ JUAREZ GRACIELA

DISTRITO FEDERAL14HERNANDEZ QUEZADAS ANA CECILIA LUISASANCHEZ VARELA MARIA DEL REFUGIO

DISTRITO FEDERAL15DRING CASAR FEDERICOHERNANDEZ MORALES OSCAR DANIEL

DISTRITO FEDERAL16LUNA CORIA ANA LAURAESQUEDA ORTA MARIA GUADALUPE

DISTRITO FEDERAL17MONTAO FIGUEROA OMAR FABRICIOZERMEO CARLIN BENJAMIN

DISTRITO FEDERAL18RIVERA ORTEGA ILIANASALINAS MALDONADO CECILIA HAYDEE

DISTRITO FEDERAL19FIGUEROA REYES EVELYN VERONICAREYES SANCHEZ GLORIA

DISTRITO FEDERAL20ALVAREZ PATIO LILIABLAS SALAZAR SUGEY

DISTRITO FEDERAL21ELIZALDE GONZALEZ MIGUEL ANGELMEDINA PALACIOS ERNESTO

DISTRITO FEDERAL22MORALES VELAZQUEZ MARIA ISABELASTORGA MONTOYA YOLANDA

DISTRITO FEDERAL23ARRIAGA PEREZ MARIA DEL CARMENDIAZ ROMERO MIRIAM

DISTRITO FEDERAL24BARRERA MARMOLEJO HECTORRETIZ GUTIERREZ JOSE PABLO

DISTRITO FEDERAL25RAMIREZ JIMENEZ ANA LILIABONILLA FLORES MAYRA

DISTRITO FEDERAL26GOMEZ DEL CAMPO GURZA GABRIELDIAZ OLVERA DAGOBERTO

DISTRITO FEDERAL27RAMIREZ RIOJA CELIA DOLORESMARTINEZ MOLOTLA NIDIA

DURANGO1DELGADO MERAZ DANIELRODRIGUEZ LOPEZ JOSE

DURANGO2AVALOS URANGA MARIA DEL CARMENRODRIGUEZ MENDOZA MARIA DEL REFUGIO

DURANGO3VASQUEZ LUNA NANCI CAROLINAALVARADO MARTINEZ SARA DEL SOCORRO

DURANGO4GALINDO RAMIREZ LUIS FERNANDOSEGOVIA MIJARES CARLOS EPIFANIO

GUANAJUATO1LEYVA MERINO DIEGO ALBERTOGUERRERO CHAVEZ FELICIANO

GUANAJUATO2AGUNDIS ESTRADA MARIA VERONICAMENDIETA GONZALEZ ALFA TALIA

GUANAJUATO3SHEFFIELD PADILLA FRANCISCO RICARDOLEON AGUIRRE ALLAN MICHEL

GUANAJUATO4BARAJAS MONJARAS MARIA RAQUELREYNA LOPEZ MARIA ROSA

GUANAJUATO5REYNOSO SANCHEZ ALEJANDRA NOEMI ALE LA WERA REYNOSOOROZCO TEJADA HORTENSIA DE LA CONCEPCION

GUANAJUATO6GUTIERREZ CAMPOS ALEJANDRACARAZA ORTEGA PAOLA DAYANARA

GUANAJUATO7PADILLA JIMENEZ DAVIDGARCIA HERNANDEZ ROGELIO

GUANAJUATO8PADILLA AVILA KARINARUELAS SANCHEZ MONICA

GUANAJUATO9BADIA GANDARA ALEJANDROVELAZQUEZ HERNANDEZ EDGAR HUMBERTO

GUANAJUATO10CINTORA AGUILAR MARTHANUEZ DURAN JUANA

GUANAJUATO11ARREDONDO GARCIA FELIPEGALLARDO FUENTES JUAN DE DIOS

GUANAJUATO12ELIZARRARAZ SANDOVAL ADRIANARODRIGUEZ MELESIO MARTHA TAMARA

GUANAJUATO13CORONA RODRIGUEZ ARIEL ENRIQUEOJEDA GUERRERO JOSE EDUARDO

GUANAJUATO14LARRONDO DIAZ CESARPEREZ SANCHEZ JORGE

GUERRERO1VAZQUEZ BAUTISTA YOLANDAARIAS CASTILLO LORENA ANGELINA

GUERRERO2MARTINEZ MORALES BRENDASALINAS MORALES YESSICA GABRIELA

GUERRERO3MACIEL ANDRADE JOSE MANUELRAMIREZ SERRANO RAUL

GUERRERO4RODRIGUEZ OTERO JUAN JOSE FRANCISCOPIZA PEREZ HUMBERTO

GUERRERO5ESPINOZA ABUNDIO DELFINORAMON SANTOS LEONEL

GUERRERO6SILVA ABARCA OSCAR JOSERODRIGUEZ LEYVA MANUEL

GUERRERO7JIMENEZ REYES SUSAN PAULETTESOLANO CALDERON CINTHYA PALOMA

GUERRERO8JIMENEZ SALINAS MIJANEMILLAN FAJARDO AIDA ARACELI

GUERRERO9CABALLERO RODRIGUEZ LAURA PATRICIANAVA VALENZO OLGA

HIDALGO1RIVERA NUEZ MARTHA MARGERIRIVERA BARRAGAN LLUVIA

HIDALGO2LOZANO MORENO JOSE MARIARUIZ GONZALEZ CUAUHTEMOC

HIDALGO3ESCAMILLA CORTES VIRGINIAARTEAGA GARCIA JULISSA GEORGINA

HIDALGO4MUOZ SAUCEDO RUBEN AUGUSTOMARROQUIN MENENDEZ ANDRES

HIDALGO5CRUZ RUFINO ROSENDOALCANTARA PEREZ JOSE ANTONIO

HIDALGO6MONTEALEGRE SALVADOR ROXANADOMINGUEZ CASTELAN MARIBEL

HIDALGO7AGUILAR GARFIAS TERESA ALEJANDRAJAIMES RODRIGUEZ MARIA VIRIDIANA

JALISCO1ROMERO VELADOR BONIFACIOARELLANO GANDARA JORGE ALONSO

JALISCO2HURTADO TORRES JOSE DE JESUSMENDOZA DELGADO JUAN MANUEL

JALISCO3IIGUEZ MEJIA ELIAS OCTAVIOGARCIA RAMIREZ RICARDO

JALISCO4HERNANDEZ FLORES ANABELLFRANCO ROCHA NANCY FABIOLA

JALISCO5FLORES FLORES DULCE MARIAMUOZ VARGAS MYRNA

JALISCO6ARELLANO ARELLANO JOELKARAM THOMPSON ERIK

JALISCO7ACOSTA CERVANTES ROCIOLOPEZ CAMPECHANO MARIA SILVIA

JALISCO8GONZALEZ MARTINEZ DIANA ARACELIROBLEDO SALDAA NORMA CRISTINA

JALISCO9GONZALEZ MERCADO PAOLA CRUZCARRILLO AGUAYO MA. DE LA LUZ

JALISCO10HERNANDEZ JIMENEZ BENJAMINGOMEZ SALAZAR CARLOS JOSUE

JALISCO11HERNANDEZ VAZQUEZ LAURA MIREYAORTIZ ALVARADO CLAUDIA GABRIELA

JALISCO12VAZQUEZ CARRANZA EDUARDOSALAZAR GODINEZ HECTOR

JALISCO13TORRES VILLANUEVA LILIANAGALVAN SOTO CINTHIA BETSABETH

JALISCO14IIGUEZ GONZALEZ CESAR CUAUHTEMOCMURILLO MARIN ERNESTO

JALISCO15GARCIA OCHOA ABSALONORTEGA JIMENEZ JOSE LUIS

JALISCO16DE LOZA YIGUEZ ANTONIOSILVA NUEZ SERGIO ANTONIO

JALISCO17VALLEJO ROBLEDO FABIOLALOPEZ CUEVAS MA.GUADALUPE

JALISCO18DIAZ BRAMBILA JAIME ISMAELCOVARRUBIAS LOPEZ MARTIN RAMON

JALISCO19DEL TORO GAYTAN MARTHA RUTHRODRIGUEZ GARCIA GARDENIA NARAYET

MEXICO1VARGAS SANTOS DAVIDMIRANDA VAZQUEZ LUIS ALBERTO

MEXICO2MORALES DOMINGUEZ REYNAHERRERA ESQUIBEL MARIA DE LOS ANGELES

MEXICO3FLORES RUEDA EDGARMONDRAGON MARTINEZ ARMANDO

MEXICO4ZAMORA GONZALEZ MA. DE LOS ANGELESJIMENEZ MARQUEZ MARIA ASUNCION

MEXICO5QUEZADA LOZANO SUSANAISLAS RAMIREZ MARIA EUGENIA

MEXICO6GODINEZ MARTINEZ JAQUELINECASTILLO REYES MARIA EUGENIA

MEXICO7VAZQUEZ GONZALEZ CLAUDIAMARQUEZ URIBE WENDY

MEXICO8RAMIREZ MEJIA MARIA DE LA LUZLOPEZ BATA ELI SUGEY

MEXICO9SANTANDER JIMENEZ PAULAMARTINEZ SANTOS MARGARITA

MEXICO10FUENTES YUNES URIELVAZQUEZ HERNANDEZ ALFONSO ARTURO

MEXICO11ALCANTARA DE LA ROSA RICARDOALEXANDER ARAUZ JORGE

MEXICO12GONZALEZ HIGUERA MARIA ARELLYGUTIERREZ MARTINEZ VERONICA

MEXICO13LAGUNA BARRON ANA MARIASANTANA LUGO ANA LAURA

MEXICO14SCHEMELENSKY CASTRO INGRID KRASOPANIGONZALEZ MARTINEZ MARISOL

MEXICO15CORTES LUGO ROMAN FRANCISCOCUEVAS CORONA OSCAR

MEXICO16BARRAGAN GARCIA NAYELIVELASCO MARTINEZ CRISTINA

MEXICO17RIVERA POSADA TALIA TERESADEL VALLE MORALES ROCIO

MEXICO18CAMARA GUERRERO GRACIELA JOSEFINASANCHEZ MANZANO EDITH

MEXICO19URIBE SORIA RAULSANCHEZ DIONISIO JOSE ALBERTO

MEXICO20LULE BECERRA MARIA DEL ROCIORUVALCABA BRISEO JUANA

MEXICO21MARRON AGUSTIN LUIS GILBERTOROJAS SILVA JAIME MAURICIO

MEXICO22MOYA MARIN ANGELICAMILAN LARA ALBA MARIA

MEXICO23ORTIZ FIGUEROA MERCEDES DEL CARMENLOPEZ HERNANDEZ MARION

MEXICO24GARCIA MENDOZA ANTONIORUIZ MORELL MARIO GERARDO

MEXICO25BUENDIA HERNANDEZ CARLOS AXELCASTAEDA GONZALEZ OMAR

MEXICO26ZARZA ARIZMENDI EDUWIGESFUENTES ARMENDARIZ ANA ROSA

MEXICO27LANGUENDIK MUOZ MARIA VANESSAVAZQUEZ JURADO INGRID BRENDA ANDREA

MEXICO28SOTO BRINDIS ERIKGARCIA GARCIA JUAN CARLOS

MEXICO29PEREZ CUEVAS CARLOS ALBERTOANDRADE ROSAS RICARDO

MEXICO30ROJAS CRUZ ARNULFOMUOZ SOTOMAYOR SALVADOR

MEXICO31COYOTZI PEREZ NAYELI ROSANAGONZALEZ VILLANUEVA DAISY DOLORES

MEXICO32ROBLES PEREZ SERGIOGARCIA HERNANDEZ ENRIQUE

MEXICO33FLORES BERRIOS NORMA LETICIARIVAS RAMIREZ MARGARITA

MEXICO34GONZALEZ MORAN MARTIN OSCARDIAZ BECERRIL OCTAVIO

MEXICO35ORTIZ RODRIGUEZ FELICITAS MERARYGARCIA GONZALEZ ITZU IRAIS

MEXICO36FELIPE TORRES JOANNA ALEJANDRANAVA GARCIA SANDRA

MEXICO37LEON SALDIVAR CLAUDIA IVETTERODRIGEZ SANCHEZ MITCHELLE VANNELLY

MEXICO38MORALES BARRIOS YOLANDA PATRICIANAVARRO ROJAS LIDIA DEYANIRA

MEXICO39FARFAN ALEGRIA SERGIO RODRIGOMALDONADO ROBLES AARON

MEXICO40ARCE RODRIGUEZ MIGUEL ANGELVERA MACEDO JOSE ISRAEL

MICHOACAN1HUATO HUATO PIOQUINTOARRIAGA VAZQUEZ MARTIN

MICHOACAN2ALVARADO RANGEL FERNANDOLOPEZ ALEJO ALFONSO

MICHOACAN3HERNANDEZ SALAZAR LILIANAQUIROZ VACA MA. ISABEL

MICHOACAN4ANAYA GOMEZ JOSE EDUARDOTORRES SAMANO SALVADOR

MICHOACAN5MENDEZ DAVALOS MA. EUGENIAGUILLEN PEREZ RUIZ MA. CONCEPCION

MICHOACAN6FLORES TELLEZ JANETHRUIZ JUAREZ LUCILA

MICHOACAN7VALDEZ SANDOVAL MARTINMADRIGAL CARO RICARDO

MICHOACAN8RANGEL REYES RUBIOCAMPO ZIZUMBO ESTELA

MICHOACAN9SANCHEZ GARCIA RAMONAMARTINEZ RAMIREZ JAZMIN

MICHOACAN10DAVALOS PALAFOX JAVIER EDUARDOALCANTAR BEJAR CARLOS ALBERTO

MICHOACAN11RODRIGUEZ ALVAREZ ALEJANDRACRUZ BECERRIL NORMA BRENDA

MICHOACAN12TORRES MORA SALVADORMIRELES VALENCIA ALEX IVAN

MORELOS1BOLAOS AGUILAR EDMUNDO JAVIERORTEGA FLORES DANIEL

MORELOS2ALVA MERAZ FRANCISCOLOPEZ ALVARADO JOSE HECTOR

MORELOS3VALDESPIN PEREZ SERGIO RODRIGOSOLANO PEREZ CARLOS ALBERTO

MORELOS4VELASCO CASTREJON ALEJANDRA ISABELPARRA CASTREJON ARISTIDES

MORELOS5PEREZ CANO GABRIELATAPIA JAIME MARGARITA

NAYARIT1GONZALEZ NARANJO ROSA GARDENIAROJO ROJAS FLOR DEL CARMEN

NAYARIT2GALVAN ARAIZA HUGO ALEJANDROGONZALEZ IBARRA RUBEN

NAYARIT3CASTAEDA ULLOA HERIBERTOOCEGUEDA NAVARRO JOSE LUIS

NUEVO LEON1TAMARIZ GARCIA XIMENATREVIO TAMEZ CLEO PATRICIA

NUEVO LEON2MEAVE ARBIZO YULIHANARIVAS SANCHEZ MARIA DE LOS ANGELES

NUEVO LEON3REYNOSO GIL ALEJANDROGUERRA CASTRO MARIO ANTONIO

NUEVO LEON4DE LA FUENTE FLORES CARLOS ALBERTOCANTU GUTIERREZ MARIO ALBERTO

NUEVO LEON5ELIZONDO RODRIGUEZ AFRICA DONAJIDURON SANCHEZ ELIZABETH DEL CARMEN

NUEVO LEON6GONZALEZ NAVARRO JOSE ADRIANRAMOS ALVARADO JESUS REYNALDO

NUEVO LEON7MORIN FLORES JOVITAPAREDES SEPULVEDA SONIA ALEJANDRA

NUEVO LEON8BENAVIDES CASTILLO ARTUROMEZA GUEVARA ARCADIO

NUEVO LEON9MACIAS RIVERA YOLANDAGARCIA DAVILA GRACE GABRIELLE

NUEVO LEON10RUIZ GARCIA JUAN CARLOSSERNA VEGA RAFAEL ALEJANDRO

NUEVO LEON11GARZA TREVIO PEDROJASSO SILVA JOSE ARMANDO

NUEVO LEON12ALEJANDRO DE LA GARZA IMELDA GUADALUPEVELAZCO GARZA ROSA MARIA

OAXACA1RAMON BARRADAS YVETTEHERNANDEZ MORA TERESA

OAXACA2ISIDRO INOCENTE JOELCARRERA JUAREZ LUIS LORENZO

OAXACA3SUAREZ IBAEZ DORA EDITHGARCIA MENDEZ DIANA

OAXACA4LOPEZ CRUZ REMEDIOS ZONIAVASQUEZ CASTELLANOS NANCY

OAXACA5VADILLO BRAVO MARIUMA MUNIRASUAREZ REYNA IVETTE

OAXACA6CRUZ PEREZ NASHIELYBAUTISTA RIVEROS CARMEN ABIGAIL

OAXACA7RUEDA GOMEZ CONCEPCIONPINEDA DE LA CRUZ CRISTINA

OAXACA8BELLO GUERRA SERGIO ANDRESLOPEZ CHAVEZ FRANCISCO JAVIER

OAXACA9BARROSO SANCHEZ JAVIER CESARBARRITA ORTIZ JUAN ARTURO

OAXACA10GONZALEZ JUAREZ ANTONIOGONZALEZ JUAREZ ORLANDO

OAXACA11PEA PEA DIANA PERLAROSETTE CRUZ MARIA DE LOURDES

PUEBLA1ESQUITIN LASTIRI JOSE DOMINGO PEPE ESQUITINMARTINEZ AMADOR OMAR

PUEBLA2CRUZ GONZALEZ MARIO ALBERTOSORIA VILLEGAS ALEJANDRO

PUEBLA3PIA JUAN PABLOGARCILAZO ALCANTARA BLAS JORGE

PUEBLA4ALEJO DOMINGUEZ HUGOAPARICIO ISIDRO CONSTANTINO

PUEBLA5GARRIDO MUOZ RUBENLEON CASTAEDA JOSE GAUDENCIO VICTOR

PUEBLA6ALBIZURI MORETT XABIERSANCHEZ SANCHEZ HECTOR

PUEBLA7RINCON MARIOALONSO DE SILVA ISIDORO

PUEBLA8GARCIA ESCOBAR LILIA ARMINDAZACAULA MARTINEZ NORMA ANGELICA

PUEBLA9HUERTA VILLEGAS GENOVEVALEAL ISLAS IRMA PATRICIA

PUEBLA10HUEPA PEREZ MIGUEL ANGEL MIGUE HUEPAMORENO VALLE GERMAN SERGIO

PUEBLA11RAMIREZ ANGELICARODRIGUEZ DELLA VECCHIA MONICA

PUEBLA12TRAUWITZ ANGEL MACARI ALVARO JOSE CABALAN

PUEBLA13CAMACHO MATA JULIETARAMIREZ ROSAS JESICA

PUEBLA14HABANA MEDELLIN JORGINAVARA ESTRADA GISELA

PUEBLA15GOMEZ OLIVIER SERGIO EMILIOMEDINA MENDOZA FRANCISCO JAVIER

PUEBLA16JIMENEZ GUZMAN MARIA MARY JIMENEZCARRASCO MENDOZA JULIA

QUERETARO1HERNANDEZ QUINTANAR JULIANA ROSARIOSANCHEZ SANCHEZ KAREN LISBETH

QUERETARO2NAVA BOLAOS EDUARDO TOMASPALACIOS GILLILAND MIGUEL ANGEL

QUERETARO3CUANALO SANTOS GERARDO GABRIELSAINZ GUERRERO JOSE LUIS

QUERETARO4CASILLAS GUTIERREZ J. APOLINAR POLO CASILLASBOTELLO MONTES JOSE GUSTAVO

QUINTANA ROO1BALLESTEROS XICOTENCATL LUZ FABIOLA VERONICALUGO FLOTA SILVIA EMELINA

QUINTANA ROO2CHNAID NOVELO MAHMUD JOSEMAY POOT BRYAN EMANUEL

QUINTANA ROO3ESPINOZA MORENO JOELPONCE GOMEZ CUAUHTEMOC

SAN LUIS POTOSI1MARTINEZ MALDONADO ROBERTO EDUARDOTOPETE SOLORZANO GUILLERMO ALEJANDRO

SAN LUIS POTOSI2PAULIN ROJAS ADRIANASANCHEZ GONZALEZ ADRIANA

SAN LUIS POTOSI3DAHUD URESTI CARLOS ENRIQUEALFARO RODRIGUEZ CESAR GERARDO

SAN LUIS POTOSI4DIAZ DE LEON GUILLEN ALFONSOBERRONES PEREZ DANIEL

SAN LUIS POTOSI5RODRIGUEZ AGUIRRE MARIA DE LOS ANGELESZAVALA GARCIA ROCIO LETICIA

SAN LUIS POTOSI6GUAJARDO BARRERA RUBENPONTIGO VELAZQUEZ CESAR MANUEL

SAN LUIS POTOSI7ALVAREZ ESCOBEDO MARIA PATRICIAFELIU ZERON MONTSERRAT

SINALOA1SARMIENTO ARMENTA VICTOR MANUELGRAJEDA CORRALES MANUEL DE JESUS

SINALOA2XOCHIHUA ENCISO ZENEN AARONSOTO PEREZ JESUS RAUL

SINALOA3MENDOZA MONARREZ ALEXI YAMILETMENDIVIL TORRES ROCIO

SINALOA4LOPEZ RODRIGUEZ JESUS ANTONIODE ANDA MATA JUAN LUIS

SINALOA5MORACHIS PAPERINI GIOVANNACUETO SERRANO BEATRIZ JUDITH

SINALOA6VEGA OLIVAS NADIA HAYDEEIBARRA ROJAS ARACELI MARGARITA

SINALOA7CONDE DUARTE MARIA GUADALUPESOTO MADUEO ANA MARIA

SINALOA8PEREZ TORRES MARTINARELLANO HERNANDEZ ERICK ERNESTO

SONORA1LOPEZ CORDOVA JOSE EVERARDOMENDEZ CABALLERO HERNAN

SONORA2AMPARANO GAMEZ LETICIATRENTI LARA CORINA

SONORA3NEBLINA VEGA JAVIER ANTONIORAMIREZ NENNINGER ANDRES

SONORA4LAGUNA TORRES HECTOR MOISESRUIZ BUSTAMANTE SERGIO ALONSO

SONORA5NIEVES ROBINSON BOURS LUIS ERNESTO GERO NIEVESREAL BORQUEZ GILDARDO

SONORA6RASCON RUIZ NYDIA ELOISAROCHA CASAREZ MARIA AMADA

SONORA7BLEIZEFFER VEGA CESARAGUILERA URREA JULIAN

TABASCO1HERNANDEZ JIMENEZ ENCARNACIONMARTINEZ GARCIA RICARDO HERIBERTO

TABASCO2LEON BARRUETA ANAESPINOZA DE LA CRUZ MARTHA ELENA

TABASCO3LEON JIMENEZ PABLOMORALES JIMENEZ SEBASTIAN

TABASCO4RUIZ CARRERA VIRIDIANACASTRO CASTRO GABRIELA

TABASCO5DIONICIO PEREZ JUANBRAVATA LEYVA CARLOS CANDELARIO

TABASCO6VAZQUEZ YEE MARIA DEL ROSARIOCANTO PEREGRINO FLORENTINA

TAMAULIPAS1ZARATE QUEZADA LAURA TERESAGARZA BENITEZ IRASEMA

TAMAULIPAS2GARCIA CABEZA DE VACA ISMAELRAMIREZ MARTINEZ JUAN JOAQUIN

TAMAULIPAS3GARCIA VIVIAN RAULGARCIA GONZALEZ JESUS HECTOR

TAMAULIPAS4SALAZAR RODRIGUEZ RAMIRO JAVIERBIASI SERRANO ALFREDO

TAMAULIPAS5PATIO LOYA MARICELAROBLEDO ARIAS MARIA DE LOS ANGELES

TAMAULIPAS6VARGAS ARIZAVALO EDGARESCOBAR DOMINGUEZ RICARDO

TAMAULIPAS7CACHO TAMEZ SILVIA LETICIAALVAREZ ACEVEDO ELVIRA

TAMAULIPAS8FIGUEROA SMITH MARIA ELENADIAZ BARRIOS MA. DEL CARMEN

TLAXCALA1SANTACRUZ CARREO ORLANDOSOLIS MORALES JOSE FELIX

TLAXCALA2POLVO REA MIGUEL ANGELMENDOZA ORDOEZ DAMIAN

TLAXCALA3OLVERA CORONEL LILIA CARITINACORTES LOPEZ BEATRIZ

VERACRUZ1VILLEGAS AREVALO IVAN NOERIVERA ERIK ANDRES

VERACRUZ2MARIN DEL ANGEL VICTORFELIX HUERTA GREGORIO ROLANDO

VERACRUZ3CORTEZ HERNANDEZ ROBERTODIAZ RANGEL RAFAEL

VERACRUZ4GUTIERREZ DE VELASCO URTAZA FRANCISCO JOSEDE UNANUE ABASCAL JUAN MANUEL

VERACRUZ5BARAJAS ICHANTE CHANTAL PAOLACARRANZA LOPEZ YHEREIRI

VERACRUZ6SAIZ CALLEJA RAMON AGUSTINHERRERA AYALA ENRIQUE ALFREDO

VERACRUZ7MENDEZ HERRERA ALBA LEONILARAMIREZ MARTINEZ AURORA MARIA

VERACRUZ8VAZQUEZ MENDOZA ADRIANFLORES VIVEROS OSCAR

VERACRUZ9GONZALEZ LOPEZ ETHELRODRIGUEZ CANSECO LUCERO

VERACRUZ10CHAMA CONTRERAS ULISES RAMONCONTRERAS RAMOS HECTOR

VERACRUZ11SANTOS NAVARRO GLORIALARA GOMEZ ALICIA

VERACRUZ12RAMIREZ RAMOS GABRIELAVERA MARIA DEL ROSARIO

VERACRUZ13MONTIEL ESCOBAR PERLA PATRICIACRODA JAUREGUI ANGELA

VERACRUZ14AGUILAR MOLINA CLAUDIAMENDOZA FERNANDEZ GUADALUPE

VERACRUZ15ZAIRICK ABOUMRAD DANIELMARTINEZ MARTINEZ MIGUEL

VERACRUZ16PERDOMO ABELLA JUAN GERARDOMORENO MORALES OMAR IVAN

VERACRUZ17GRANDVALLET MUGICA LUIS EDUARDOALVAREZ MUOZ JUAN ANTONIO

VERACRUZ18GARCIA LOPEZ DULCE MARIAISIDRO LIMON ELIZABETH

VERACRUZ19CADENA BUSTAMANTE MARIA ELENACRUZ SENA ARIADNA JETZABEL

VERACRUZ20ACOSTA AGUILAR DANIA YTHZELCASTELAN ENRIQUEZ ESAU HEZETH

VERACRUZ21BAHENA CORVALA LILIATREJO SALAZAR MARLENE

YUCATAN1BOLIO PINELO KATHIA MARIASOLIS GOMEZ OBDULIA DEL CARMEN

YUCATAN2RAMIREZ MURILLO CONCEPCION DEL CARMENCRUZ POOL HILDA MARIANA

YUCATAN3BOJORQUEZ ZAPATA CESAR JOSELAVIADA MOLINA HUGO ANTONIO

YUCATAN4LOZANO POVEDA VICTOR HUGOKANTUN KANTUN JOSE CONCEPCION

YUCATAN5GONZALEZ HERRERA ROGER ANTONIONOVELO KU FRANCISCO JAVIER

ZACATECAS1RODRIGUEZ MEDINA GABRIELROMAN ORTEGA RODRIGO

ZACATECAS2VIRAMONTES RODARTE JOSE MANUEL DE JESUS PEPE PASTELESTISCAREO VALDIVIA RUBEN

ZACATECAS3LUNA AYALA NOEMI BERENICEMIJARES ALBA NORA

ZACATECAS4MEDINA DIAZ INGRIDHERNANDEZ CASTRO FATIMA DEL ROSARIO

PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONALEntidadDistritoPropietarioSuplente

AGUASCALIENTES1ZAMARRIPA DELGADO GREGORIO GOYO ZAMARRIPAGALINDO ROSALES JUAN PABLO

AGUASCALIENTES2AGUILERA RAMIREZ LA CHINA AGUILERA MARIA DE LOS ANGELESBARBA MACIAS CINDY KARINA

AGUASCALIENTES3RIOS ALBA DR. RIOS JOSE DE JESUSESPARZA LLAMAS LUIS GONZALO

DISTRITO FEDERAL4AYALA SARA ALIM LISETTRODRIGUEZ JACINTO EDITH FANY

DISTRITO FEDERAL11CERON GARCIA MONICACLAVELLINA MARTINEZ KARLA FERNANDA

DISTRITO FEDERAL14GUILLEN CAMPOS JESSICA KARINAVAZQUEZ PACHECO ALEYCEL

DISTRITO FEDERAL15RUIZ CARBALLIDO ESTEBANGALLEGOS GONZALEZ NARCISO

DISTRITO FEDERAL16PINEDO HERNANDEZ PAMELAMEZA NERI