Directiva ministerial sobre la jornada laboral de los Docentes

1
Ministerio de Educacion Nacional Republica de Colomtlia DlRECTIVA MINISTERIAL No 10 GOBERNADORES, ALCALDES Y SECRETARIOS DE EDUCACION DE ENTIDADES TERRITORIALES CERTIFICADAS EN EDUCACION MINISTRA DE EDUCACION NACIONAL Tiempo de permanencia de los docentes en 105 establecimientos educativos. 15 JUN. 200S Para el desarrollo integral del proceso educativo y con el fin de garantizar la adecuada atencion a 105 estudiantes, 105 rectores de las instituciones educativas del· Estado, previa concepto emitido por el consejo ... ~irectivo, deberan establecer al comienzo de cada ano lectivo la organizacion de (a jomada.:.escolar de 105 niveles de educaci6n basica secundaria y media, teniendo en cuenta las caracterfsticas propias de cada region, el uso adecuado de las instalaciones escolares y et cumplimiento de los siguientes parametros, definidos en la normas vigentes. La permanencia obligatoria de 105 docentes en la institucion educativa debe ser de 30 horas efectivas semanales, en las que se incluye un periodo de descanso por cada dia de la semana. Los docentes del nivel de basica secundaria y media mantendran su asignacion academica de 22 horas efectivas seman ales, de acuerdo con 10 establecido en el Decreto 1850 de 2002. La relacion del numero de docentes por grupo de estudiantes debasica secundaria y media academica se mantendra en 1.36, y en educaci6n media tecnica sera de 1.7., de acuerdo con 10 establecido en el Decreto 3020de 2002. CECILIA MARIA VELEZ WHITE Ministra de Educaci6n Nacional Calle 43 No. 07-14 Cenlro Adminislrativo Nacional, CAN, Bogota, D.C. PBX: (057) (1) 2222800 , ••••••• _: .•••,J ~....&-_ _

description

Directiva ministerial sobre la jornada laboral de los Docentes

Transcript of Directiva ministerial sobre la jornada laboral de los Docentes

Page 1: Directiva ministerial sobre la jornada laboral de los Docentes

Ministerio deEducacion NacionalRepublica de Colomtlia

DlRECTIVA MINISTERIAL No 10

GOBERNADORES, ALCALDES Y SECRETARIOS DE EDUCACION DEENTIDADES TERRITORIALES CERTIFICADAS EN EDUCACION

MINISTRA DE EDUCACION NACIONAL

Tiempo de permanencia de los docentes en 105 establecimientoseducativos.

1 5 JUN. 200S

Para el desarrollo integral del proceso educativo y con el fin de garantizar la adecuada atenciona 105 estudiantes, 105 recto res de las instituciones educativas del· Estado, previa conceptoemitido por el consejo ..•.~irectivo, deberan establecer al comienzo de cada ano lectivo laorganizacion de (a jomada.:.escolar de 105 niveles de educaci6n basica secundaria y media,teniendo en cuenta las caracterfsticas propias de cada region, el uso adecuado de lasinstalaciones escolares y et cumplimiento de los siguientes parametros, definidos en la normasvigentes.

La permanencia obligatoria de 105 docentes en la institucion educativa debe ser de 30 horasefectivas semanales, en las que se incluye un periodo de descanso por cada dia de la semana.

Los docentes del nivel de basica secundaria y media mantendran su asignacion academica de22 horas efectivas seman ales, de acuerdo con 10 establecido en el Decreto 1850 de 2002.

La relacion del numero de docentes por grupo de estudiantes debasica secundaria y mediaacademica se mantendra en 1.36, y en educaci6n media tecnica sera de 1.7., de acuerdo con 10establecido en el Decreto 3020 de 2002.

CECILIA MARIA VELEZ WHITEMinistra de Educaci6n Nacional

Calle 43 No. 07-14 Cenlro Adminislrativo Nacional, CAN, Bogota, D.C. PBX: (057) (1) 2222800, ••••••• _: •.•••••,J ••~....&-_ _