Directiva Sub 2016

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Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación1-34 “NORMAS Y PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS QUE GARANTICEN LA CORRECTA EJECUCIÓN DEL PROCESO DE ASCENSOS POR CONCURSO DE SUBOFICIALES DE LA POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ, DEL AÑO 2015 PROMOCIÓN 2016DIRECTIVA Nº 01-06-2015-DIRGEN/DIREJPER-PNP-B RD. N° 345-2015-DIRGEN/EMG-PNP Lima, 28 de abril de 2015. I. OBJETO Establecer normas y procedimientos administrativos que garanticen la correcta ejecución del Proceso de Ascensos por concurso de Suboficiales de la Policía Nacional del Perú, del año 2015 - Promoción 2016. II. FINALIDAD A. Proporcionar un instrumento técnico - normativo que oriente la organización, ejecución, control y evaluación del Proceso de Ascensos por concurso de Suboficiales de la Policía Nacional del Perú, del año 2015 - Promoción 2016, determinando las responsabilidades de las dependencias y personal de la Policía Nacional del Perú comprometidos en su ejecución. B. Difundir oportunamente las normas y procedimientos establecidos en la directiva, al personal de la Policía Nacional del Perú comprometido en su ejecución y a los postulantes. C. Garantizar la transparencia, eficiencia y eficacia del referido proceso. III. ALCANCE Las prescripciones de la presente directiva rigen para todos los órganos y personal de la Policía Nacional del Perú, comprometidos en el Proceso de Ascensos por concurso de Suboficiales de la Policía Nacional del Perú, del año 2015 - Promoción 2016. IV. BASE LEGAL A. Constitución Política del Perú. B. Ley N° 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General. C. Decreto Legislativo Nº 1148 - Ley de la Policía Nacional del Perú. D. Decreto Legislativo Nº 1149 Ley de la Carrera y Situación del Personal de la Policía Nacional del Perú. E. Decreto Legislativo Nº 1150 Ley del Régimen Disciplinario de la Policía Nacional del Perú. F. Decreto Supremo N° 016-2013-IN del 17 de noviembre de 2013, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1149 - Ley de la Carrera y Situación del Personal de la Policía Nacional del Perú y sus modificatorias. G. Decreto Supremo N° 011-2013-IN del 16 de julio de 2013, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1150 - Ley del Régimen Disciplinario de la Policía Nacional del Perú. V. DISPOSICIONES GENERALES A. El Proceso de Ascensos por concurso de Suboficiales de la Policía Nacional del Perú, del año 2015 Promoción 2016, está a cargo de juntas institucionales, nombradas por resolución de la Dirección General o de la

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  • Ao de la Diversificacin Productiva y del Fortalecimiento de la Educacin

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    NORMAS Y PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS QUE GARANTICEN LA CORRECTA EJECUCIN DEL PROCESO DE ASCENSOS POR CONCURSO DE

    SUBOFICIALES DE LA POLICA NACIONAL DEL PER, DEL AO 2015 PROMOCIN 2016

    DIRECTIVA N 01-06-2015-DIRGEN/DIREJPER-PNP-B

    RD. N 345-2015-DIRGEN/EMG-PNP Lima, 28 de abril de 2015.

    I. OBJETO Establecer normas y procedimientos administrativos que garanticen la correcta ejecucin del Proceso de Ascensos por concurso de Suboficiales de la Polica Nacional del Per, del ao 2015 - Promocin 2016.

    II. FINALIDAD

    A. Proporcionar un instrumento tcnico - normativo que oriente la organizacin, ejecucin, control y evaluacin del Proceso de Ascensos por concurso de Suboficiales de la Polica Nacional del Per, del ao 2015 - Promocin 2016, determinando las responsabilidades de las dependencias y personal de la Polica Nacional del Per comprometidos en su ejecucin.

    B. Difundir oportunamente las normas y procedimientos establecidos en la directiva, al personal de la Polica Nacional del Per comprometido en su ejecucin y a los postulantes.

    C. Garantizar la transparencia, eficiencia y eficacia del referido proceso. III. ALCANCE

    Las prescripciones de la presente directiva rigen para todos los rganos y personal de la Polica Nacional del Per, comprometidos en el Proceso de Ascensos por concurso de Suboficiales de la Polica Nacional del Per, del ao 2015 - Promocin 2016.

    IV. BASE LEGAL A. Constitucin Poltica del Per. B. Ley N 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General. C. Decreto Legislativo N 1148 - Ley de la Polica Nacional del Per. D. Decreto Legislativo N 1149 Ley de la Carrera y Situacin del Personal

    de la Polica Nacional del Per. E. Decreto Legislativo N 1150 Ley del Rgimen Disciplinario de la Polica

    Nacional del Per. F. Decreto Supremo N 016-2013-IN del 17 de noviembre de 2013, que

    aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N 1149 - Ley de la Carrera y Situacin del Personal de la Polica Nacional del Per y sus modificatorias.

    G. Decreto Supremo N 011-2013-IN del 16 de julio de 2013, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N 1150 - Ley del Rgimen Disciplinario de la Polica Nacional del Per.

    V. DISPOSICIONES GENERALES

    A. El Proceso de Ascensos por concurso de Suboficiales de la Polica Nacional del Per, del ao 2015 Promocin 2016, est a cargo de juntas institucionales, nombradas por resolucin de la Direccin General o de la

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    Direccin Ejecutiva de Personal, segn corresponda. No constituye concurso pblico.

    B. FASES De conformidad al cronograma que establece las fechas y plazos para el

    desarrollo de las fases del proceso (anexo 1).

    VI. DISPOSICIONES ESPECFICAS A. ASCENSOS POR CONCURSO

    El Proceso de Ascensos por concurso de Suboficiales de la Polica Nacional del Per, del ao 2015 Promocin 2016, se ejecuta hasta el ascenso a los grados de Suboficiales Superiores de Armas y de Servicios.

    B. REQUISITOS Son declarados aptos para postular al grado inmediato superior, los Suboficiales de Armas y de Servicios que renan los requisitos siguientes: 1. Tener el tiempo mnimo de servicios reales y efectivos en sus

    respectivos grados, considerados al 31 de diciembre de 2015, conforme a las escalas siguientes: - Suboficial de Tercera : 3 aos - Suboficial de Segunda : 3 aos - Suboficial de Primera : 3 aos - Suboficial Tcnico de Tercera : 3 aos - Suboficial Tcnico de Segunda : 3 aos - Suboficial Tcnico de Primera : 3 aos - Suboficial Brigadier : 3 aos Para los Suboficiales de Servicios que han obtenido la efectividad en el grado, el perodo de asimilacin de dos (2) aos, se acumula como tiempo de servicios para postular al grado inmediato superior.

    2. Tener un promedio no menor de sesenta y cinco (65) puntos en el factor rendimiento tcnico, correspondiente al grado que ostenta.

    3. Haber concluido el examen mdico anual (FEMA) en la Direccin Ejecutiva de Sanidad hasta el 31 de julio de 2015 y encontrarse fsicamente apto.

    4. Encontrarse en situacin de actividad en cuadros desde el 1 de enero de 2014 y durante el ao del proceso, incluyendo al postulante que retorna de la situacin de disponibilidad.

    5. Los postulantes que hayan retornado a la situacin de actividad por mandato judicial medida cautelar, debern contar con sentencia judicial consentida o ejecutoriada.

    6. No registrar en el ao 2015 sentencia judicial consentida o ejecutoriada, con condena de pena privativa de la libertad, efectiva o inhabilitacin para el cargo.

    7. No estar sometido a juicio con detencin en el ao 2015; en caso de levantarse la medida judicial antes de la ejecucin del examen de conocimientos, el postulante recobrar su aptitud y podr continuar en el proceso.

    El postulante que despus de haber sido declarado apto, estuviera comprendido en las prescripciones de los numerales 6 y 7, ser declarado inapto, siendo excluido del proceso de ascensos, aun cuando est considerado en el cuadro de mritos respectivo.

    C. FACTORES DE EVALUACIN Los factores rendimiento tcnico, formacin acadmica, experiencia para el

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    servicio policial, moral y disciplina, y antigedad, sern evaluados por las Juntas Selectoras, con la informacin que obra en la base de datos de la Direccin Ejecutiva de Personal, contrastando con la informacin que obra en el legajo personal, considerando los mritos acumulados hasta el 31 de julio de 2015. Las condecoraciones de la Orden al Mrito de la Polica Nacional del Per, son reconocidas en el ao 2015, hasta diez (10) das antes de la aprobacin de los cuadros de mritos, por resolucin de la Direccin Ejecutiva de Personal y su publicacin en la pgina web guila 6 de dicha Direccin, de conformidad al cronograma respectivo. Los demritos impuestos son descontados hasta el 31 de diciembre de 2015; a excepcin de los contemplados en la tabla de infracciones y sanciones leves del Decreto Legislativo N 1150 - Ley del Rgimen Disciplinario de la Polica Nacional del Per, que sern descontados hasta diez (10) das antes de la aprobacin de los cuadros de mritos, por resolucin de la Direccin Ejecutiva de Personal y su publicacin en la pgina web guila 6 de dicha Direccin, de conformidad al cronograma respectivo. 1. Factor rendimiento tcnico: Coeficiente dos (2)

    Alcanza cien (100) puntos. Se obtiene del promedio aritmtico centesimal de las notas anuales de rendimiento tcnico, correspondiente a los aos 2014, 2013 y 2012.

    A falta de una (1) o ms notas anuales de rendimiento tcnico, la Direccin Ejecutiva de Personal en coordinacin con la Junta de Aptitud, resolver administrativamente mediante resolucin directoral en el primer semestre del ao 2015, asignando a los postulantes las notas correspondientes.

    2. Factor formacin acadmica: Coeficiente dos (2) Alcanza cien (100) puntos, de acuerdo a la tabla siguiente: a. Grados acadmicos y ttulos universitarios e institucionales,

    reconocidos por la Superintendencia Nacional de Educacin Superior Universitaria, obtenidos despus de ser dado de alta como Suboficial de Tercera de Armas o despus de haber logrado la efectividad como Suboficial de Tercera de Servicios; son excluyentes entre s.

    Puntuacin para ascender a: Todos los grados

    Bachillerato. 5

    Ttulo. 10

    Maestra. 12

    Doctorado. 19

    SUBTOTAL 19

    b. Cursos de capacitacin y especializacin y primer quinto de egreso de escuelas de formacin. Por cada ao, solo se cuantifica un (1) curso institucional de capacitacin o un (1) curso institucional de especializacin. Esta excepcin no abarca a los cursos afines. La administracin y otorgamiento de puntaje por el concepto primer quinto, la efectuar la Direccin Ejecutiva de Personal en base a los respectivos cuadros de mritos formulados por la Direccin Ejecutiva de Educacin y Doctrina.

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    Puntuacin para ascender a: Todos los grados

    Curso de capacitacin institucional en el grado. Siete (7) puntos (mximo 3).

    21

    Curso de especializacin institucional en el grado. Diecisis (16) puntos (mximo 2).

    32

    Curso afn a la especialidad funcional o tcnica, en universidades o instituciones superiores con un mnimo de ochenta (80) horas lectivas en el grado. Cuatro (4) puntos (mximo 2).

    8

    Primer quinto en el cuadro de mritos de egreso de las Escuelas de Formacin. 20

    SUBTOTAL 81

    TOTAL 100

    3. Factor experiencia para el servicio policial: Coeficiente dos (2) Alcanza cien (100) puntos, de acuerdo a la tabla siguiente: a. Condecoracin de la Orden al Mrito de la Polica Nacional del

    Per.

    Puntuacin para ascender a: Todos los grados:

    Por la causal servicios meritorios en los grados de Caballero, Oficial y Comendador. Diez (10) puntos cada una.

    30

    Por la causal accin distinguida obtenida en el grado (mximo 1)

    10

    Por la causal esfuerzo intelectual obtenida en el grado (mximo 1)

    10

    SUBTOTAL 50

    b. Felicitaciones en el grado por hechos calificados que exceden el normal cumplimiento del deber, basado en un expediente administrativo.

    Puntuacin para ascender a: Todos los grados

    Por resolucin suprema. Seis (6) puntos (mximo 1)

    6

    Por resolucin del Ministerio del Interior. Cinco (5) puntos (mximo 1)

    5

    Por resolucin de la Direccin General de la Polica Nacional del Per. Dos (2) puntos (mximo 1)

    2

    Por resolucin del Jefe de Regin Policial, Frente Policial o Directores Ejecutivos. Un (1) punto (mximo 2)

    2

    SUBTOTAL 15

    c. Servicios prestados en el grado en unidades administrativas, unidades operativas y zonas de emergencia. Para obtener puntaje en unidad administrativa u operativa se requiere un mnimo de nueve (9) meses de tiempo de servicios ininterrumpidos.

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    Para obtener puntaje en zona de emergencia, se requiere un mnimo de nueve (9) meses de tiempo de servicios ininterrumpidos, con cargo asignado mediante resolucin de cambio de colocacin. Excepcionalmente, se otorgar puntaje al personal de la Direccin Ejecutiva de Fuerzas Especiales y Direccin de Inteligencia que por la naturaleza de su funcin se encuentra destacado o en comisin del servicio en zonas de emergencia y que haya acumulado en el grado dieciocho (18) meses de servicios. Se considera zona de emergencia, cuando es declarada mediante decreto supremo refrendado por el Ministro del Interior.

    Puntuacin para ascender a: Todos los grados

    Comisario. 4

    Comisaras o Divisiones Especializadas. 4

    Unidades administrativas. 3

    Unidades operativas. 4

    Zona de emergencia. 10

    SUBTOTAL 25

    Se otorga puntaje: - Al comisario y al personal que presta servicios en las

    comisaras de las Regiones y Frentes Policiales, que tengan un mnimo de nueve (9) meses de tiempo de servicios ininterrumpidos en el cargo (artculo 33 del Decreto Legislativo N 1148 - Ley de la Polica Nacional del Per).

    - Al personal de las Divisiones de Investigacin Criminal de la Direccin de Investigacin Criminal; y, a nivel nacional de los Departamentos de Investigacin Criminal de las Regiones y Frentes Policiales, que tengan un mnimo de nueve (9) meses de tiempo de servicios ininterrumpidos en el cargo.

    - A las unidades administrativas: * Direccin General. * Secretara General, Comisiones Consultivas, Consejos

    Consultivos y rgano de Control Institucional dependientes de la Direccin General de la Polica Nacional del Per.

    * Estado Mayor General. * Inspectora General. * Direccin Nacional de Gestin Institucional. * Direccin Ejecutiva de Educacin y Doctrina. * Direccin Ejecutiva de Apoyo al Polica. * Direccin de Comunicacin Estratgica e Imagen

    Institucional. * Entidades extra institucionales, a excepcin de la

    Direccin General de Inteligencia del Ministerio del Interior.

    - A las unidades operativas:

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    * Todas las dependencias de la Direccin Nacional de Operaciones Policiales.

    * Direccin de Asuntos Internacionales. * Direccin de Inteligencia. * Direccin General de Inteligencia del Ministerio del

    Interior. d. Desempeo de labor docente en las Escuelas de Formacin

    del Rgimen Educativo Policial.

    Puntuacin para ascender a: Todos los grados

    Doce (12) meses acumulables en el grado.

    6

    Doce (12) meses acumulables en otros grados.

    4

    SUBTOTAL 10

    TOTAL 100

    4. Factor moral y disciplina: Coeficiente tres (3) Se inicia con cien (100) puntos y se efecta el descuento del puntaje

    conforme a la tabla siguiente: Puntuacin de descuento para ascender a : Todos los grados

    Por cada da de sancin simple. 0.10

    Por cada da de sancin de rigor. 2

    Haber sido separado de cursos de escuelas o centros de estudios de la Polica Nacional del Per, Fuerzas Armadas y otros de nivel anlogo en el pas o en el extranjero, autorizados por la Direccin General de la Polica Nacional del Per, por deficiente rendimiento acadmico o medida disciplinaria.

    10

    Por sentencia judicial condenatoria condicional. 10

    Por sentencia judicial condenatoria efectiva. 30

    Pase a la situacin de disponibilidad, por medida disciplinaria o sentencia judicial condenatoria.

    30

    El postulante que obtenga menos de sesenta y cinco (65) puntos, ser eliminado del proceso de ascensos. El postulante que durante el proceso de ascensos se encuentre involucrado en una falta muy grave prevista en el Decreto Legislativo N 1150 - Ley del Rgimen Disciplinario de la Polica Nacional del Per, ser suspendido en su ascenso hasta que el rgano disciplinario correspondiente adopte una decisin en instancia final. El descuento de puntaje debe realizarse por los demritos de los aos 2015, 2014 y 2013.

    5. Factor antigedad: Coeficiente uno (1). El puntaje ser otorgado en funcin al nmero de veces que el Suboficial de Armas y de Servicios ha sido inscrito en el cuadro de mritos, sin haber ascendido por falta de vacantes y tendr la calificacin siguiente: - Primera vez : 00.00 puntos. - Segunda vez : 30.00 puntos. - Tercera vez : 60.00 puntos. - Cuarta vez : 80.00 puntos. - Quinta vez o ms : 100.00 puntos.

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    D. NOTA FINAL DE LOS FACTORES DE EVALUACIN Se obtiene de la suma de los puntajes de cada factor de evaluacin multiplicados por su coeficiente correspondiente y dividido entre diez (10).

    E. EXAMEN OBLIGATORIO DE CONOCIMIENTOS Para los Suboficiales de Armas y de Servicios declarados aptos, es obligatorio desde el grado de Suboficial de Tercera hasta el grado de Suboficial Brigadier. Consiste en: 1. Es de tipo objetiva con respuestas de seleccin mltiple. 2. Se formula en base a las materias determinadas en el anexo 2. 3. La nota aprobatoria es de sesenta y cinco (65) sobre cien (100)

    puntos. 4. El tiempo de duracin es de ciento ochenta (180) minutos. 5. Los resultados del examen de conocimientos son inimpugnables. 6. Ser ejecutado en forma descentralizada en las fechas indicadas a

    nivel nacional y en el extranjero, dndose inicio en horario simultneo.

    7. Por ningn motivo habr exmenes de rezagados. 8. Las sedes y los procedimientos para solicitar cambio de sede, se

    determinan en el anexo 4. F. NOTA FINAL DEL PROCESO DE ASCENSOS POR CONCURSO

    La puntuacin obtenida del promedio de los factores rendimiento tcnico, formacin acadmica, experiencia para el servicio policial, moral y disciplina, y antigedad, tiene coeficiente ocho (8), resultado que se suma a la nota del examen de conocimientos que tiene coeficiente dos (2). La nota final del Proceso de Ascensos por concurso de Suboficiales de la Polica Nacional del Per, del ao 2015 Promocin 2016, es obtenida de la sumatoria de los coeficientes sealados dividido entre diez (10).

    G. ASCENSO A LOS GRADOS DE SUBOFICIAL DE SEGUNDA DE ARMAS Y DE SERVICIOS Se evalan los factores rendimiento tcnico, y moral y disciplina. Es eliminado del presente proceso de ascensos, el Suboficial de Tercera de Armas y de Servicios que registre sancin de rigor o sanciones simples que acumuladas excedan ciento veinte (120) das, durante los aos 2013, 2014, hasta el 31 de diciembre de 2015. Al postulante que fue eliminado por esta causal, en el proceso de ascensos del ao 2014 promocin 2015, solo se le debe considerar en la evaluacin para el presente proceso de ascensos por concurso, las sanciones correspondientes al ao 2015.

    H. JUNTAS INSTITUCIONALES Son las siguientes: 1. Junta de Aptitud. 2. Junta de Formulacin del Examen de Conocimientos. 3. Juntas Examinadoras del Examen de Conocimientos. 4. Junta de Verificacin y Control de Calificacin del Examen de

    Conocimientos. 5. Juntas Selectoras. 6. Junta Revisora. Sus integrantes son propuestos por el Director Ejecutivo de Personal y nombrados mediante resolucin de la Direccin General. Su organizacin y funciones se determinan en el anexo 5.

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    I. DE LAS VACANTES 1. Se declaran y publican el ao 2015, de acuerdo al cronograma

    respectivo, mediante resolucin de la Direccin General. 2. Slo tienen validez para el Proceso de Ascensos por concurso de

    Suboficiales de la Polica Nacional del Per, del ao 2015 - Promocin 2016.

    3. Una vez declaradas y publicadas no podrn ser reducidas. J. CUADROS DE MRITOS

    1. Son los documentos en los cuales se inscribe a los postulantes, por categoras y grados, en orden decreciente desde el mximo al mnimo puntaje alcanzado en las notas finales del proceso de ascensos.

    2. Son inscritos en los respectivos cuadros de mritos, todos los postulantes que no han sido eliminados del proceso por concurso para el ascenso.

    3. Se publican en la pgina web guila 6, de la Direccin Ejecutiva de Personal, en la fecha establecida en el cronograma respectivo.

    4. Tendrn vigencia nicamente para el Proceso de Ascensos por concurso de Suboficiales de la Polica Nacional del Per, del ao 2015 Promocin 2016.

    VII. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

    A. Los Suboficiales de Armas y de Servicios comprometidos en el presente proceso de ascensos, observarn estrictas medidas de seguridad, garantizando el normal desarrollo de las actividades programadas en la directiva.

    B. Los rganos de la Polica Nacional del Per comprometidos en la ejecucin de la directiva, debern mantener una lnea de coordinacin permanente en cumplimiento a los plazos y trminos establecidos.

    C. La presente directiva entrar en vigencia a partir de su aprobacin.

    VIII. DISPOSICIONES FINALES A. ESTADO MAYOR GENERAL

    Supervisar la realizacin del examen de conocimientos en la sede Lima. B. INSPECTORA GENERAL

    1. Controlar el cumplimiento de las normas, procedimientos y responsabilidades establecidas en la directiva, as como la ejecucin del examen de conocimientos, dictando las disposiciones que sean pertinentes. En las sedes de provincias, en donde se ejecute dicho examen, ejercer sus funciones a travs del rgano de control respectivo.

    2. Controlar el cumplimiento del cronograma para el examen mdico, estableciendo la responsabilidad disciplinaria correspondiente, en aquellos postulantes que no cumplan con pasar el examen mdico anual hasta el 31 de julio de 2015, efectuando las coordinaciones del caso con las Direcciones Ejecutivas de Personal y de Sanidad.

    3. Recabar de las sedes a nivel nacional, las cintas de video sobre las filmaciones del examen de conocimientos, en el plazo de cuarenta y ocho (48) horas despus de su culminacin, dando cuenta de las novedades a la Direccin General.

    4. Nombrar como representantes a dos (2) Coroneles de Armas, para

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    que fiscalicen el proceso de calificacin del examen de conocimientos.

    5. Remitir a la Direccin General el informe correspondiente en el plazo de cinco (5) das de concluido el examen de conocimientos.

    C. DIRECCIN EJECUTIVA DE PERSONAL 1. Es el rgano responsable del Proceso de Ascensos por concurso de

    Suboficiales de la Polica Nacional del Per, del ao 2015 Promocin 2016, a travs de las juntas institucionales nombradas por la Direccin General para cada una de las fases establecidas en el cronograma respectivo.

    2. Formular y publicar la directiva del referido proceso, en la pgina web guila 6, para conocimiento de los interesados a nivel nacional y en el extranjero.

    3. Coordinar con la Direccin Ejecutiva de Tecnologa de la Comunicacin y Estadstica y con las Direcciones de Economa y Finanzas y de Logstica, la asignacin de apoyo tcnico profesional, toldos, carpetas, tiles de escritorio, material flmico, de impresin, de procesamiento automtico de datos (PAD), equipos de cmputo, reproduccin (fotocopiadoras), compaginado, grupos electrgenos, telfonos y cualquier otro tipo de requerimiento logstico y tcnico, para el funcionamiento en la sede Lima, de las juntas institucionales nombradas.

    4. Publicar en la pgina web guila 6, a travs de la Oficina de Tecnologa de Comunicaciones y Estadstica de dicha Direccin, la relacin nominal de postulantes aptos e inaptos, con indicacin de las causales de inaptitud, por categoras y grados, en estricto orden alfabtico, con el fin de facilitar su ubicacin; de conformidad al cronograma respectivo.

    5. Recibir las solicitudes de reclamo por inaptitud presentadas por los postulantes, remitindolas a la Junta de Aptitud en los plazos establecidos en el cronograma respectivo.

    6. Publicar en la pgina web "guila 6", las materias determinadas para la formulacin del examen de conocimientos.

    7. Nombrar una comisin de la Divisin de Procesos Administrativos, Promocin, Nombramiento y Beneficios, encargada de atender y resolver las solicitudes de reclamo presentadas por los postulantes, sobre los puntajes obtenidos en los factores de evaluacin, publicados en la pgina web guila 6.

    8. Expedir y publicar en la pgina web guila 6, las respectivas resoluciones directorales, con los resultados de dicha comisin.

    9. Designar como coordinador a un Oficial Superior de Armas, a fin de que cumpla la funcin de enlace con la Junta Examinadora de la sede Lima, cuando sta se instale.

    10. Impartir las recomendaciones e instrucciones de detalle a los presidentes de la comisin y juntas institucionales.

    11. Formular las relaciones nominales de los postulantes aptos e inaptos por sedes, categoras, jerarquas y grados, para su distribucin oportuna a las juntas correspondientes.

    12. Solicitar a la Direccin de Logstica el formato de las tarjetas de calificacin computarizada del examen de conocimientos y la contratacin de una entidad de prestigio para el servicio de lectura

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    por el sistema ptico, as como cualquier otra necesidad logstica que se presente durante el desarrollo de las fases del proceso.

    13. Solicitar las respuestas a la Junta de Formulacin del Examen de Conocimientos, luego de culminados los respectivos exmenes; a fin de publicarlas en la pgina web guila 6, de acuerdo al cronograma establecido.

    14. Solicitar a la Junta de Verificacin y Control de Calificacin del Examen de Conocimientos, para que luego de haber culminado sus funciones, remitan los resultados a fin de publicarlos en la pgina web guila 6, de acuerdo al cronograma establecido.

    15. Emitir la resolucin directoral eliminando del presente proceso de ascensos a los postulantes que hayan sido desaprobados en el examen de conocimientos y de aquellos que no se presenten a rendirlos; publicando en la pgina web guila 6, de acuerdo al cronograma establecido.

    16. Emitir la resolucin directoral disminuyendo el puntaje promedio final de los cuadros de mritos, que se produzca en los factores de rendimiento tcnico, formacin acadmica, experiencia para el servicio policial, moral y disciplina, y antigedad; as como la exclusin de dichos cuadros de los postulantes que se encuentren incursos en las diversas causales de inaptitud o por el factor moral y disciplina, de conformidad con las actas levantadas por las respectivas juntas selectoras; publicando en la pgina web guila 6.

    17. Emitir la resolucin directoral con los resultados de evaluacin de las diferentes juntas institucionales nombradas; publicando en la pgina web guila 6, de acuerdo al cronograma establecido.

    18. Evaluar y analizar los informes formulados por los presidentes de las juntas institucionales nombradas, a efectos de tomar en cuenta las recomendaciones pertinentes para futuros procesos de ascensos.

    19. Informar por escrito a la Direccin General en el plazo de quince (15) das sobre la ejecucin y el cumplimiento estricto de lo estipulado en la directiva.

    D. DIRECCIN DE LOGSTICA 1. Contratar los servicios siguientes: toldos, grupos electrgenos,

    impresin, reproduccin y compaginado, lectura y grabacin de las tarjetas de calificacin computarizada a cargo de una entidad de prestigio, previo establecimiento de costos, de conformidad a disposiciones de seguridad y legales vigentes.

    2. Resolver cualquier imprevisto, proporcionando cualquier tipo de apoyo logstico que soliciten los rganos comprometidos en la ejecucin del presente proceso de ascensos.

    3. Remitir un informe a la Direccin General al trmino del proceso de ascensos, detallando el apoyo logstico brindado.

    E. DIRECCIN DE ECONOMA Y FINANZAS 1. Atender los pagos relacionados a :

    a. tiles de escritorio, material flmico, material de impresin, procesamiento automtico de datos, grupos electrgenos.

    b. Impresin, reproduccin, compaginado, proceso de lectura y grabacin de las tarjetas de calificacin computarizada del examen de conocimientos a cargo de una entidad de prestigio.

    c. Indemnizacin de gastos de viaje, pasajes y bagajes por

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    comisin del servicio, para los integrantes de las juntas examinadoras representantes de la Direccin General que se trasladen a las sedes de provincias con los materiales del examen de conocimientos; formulando las liquidaciones respectivas.

    d. Gastos de instalacin y alimentacin de los integrantes de las juntas institucionales, en la sede Lima.

    2. Resolver todos los imprevistos econmicos que resulten como consecuencia de lo dispuesto en la directiva.

    3. Remitir el informe correspondiente a la Direccin General en el plazo de cinco (5) das despus de concluido el examen de conocimientos.

    F. DIRECCIN EJECUTIVA DE TECNOLOGA DE LA COMUNICACIN Y ESTADSTICA 1. Brindar el apoyo profesional y tcnico que requieran las juntas

    institucionales, para el cumplimiento de sus funciones, debiendo para el efecto designar como coordinadores a Oficiales de Armas o de Servicios.

    2. Solicitar y recibir de las sedes del examen de conocimientos, los nmeros de fax y/o telefnicos, a ms tardar el 30 de setiembre de 2015.

    3. Instalar y operar en la Escuela de Oficiales las centrales de cmputo y telefnica para la comunicacin simultnea, va fax, con las sedes del examen de conocimientos a nivel nacional y en el extranjero, debiendo comunicar los nmeros respectivos a la Direccin Ejecutiva de Personal el 5 de octubre de 2015.

    4. Remitir el informe correspondiente a la Direccin General en el plazo de cinco (5) das despus de concluido el examen de conocimientos.

    G. DIRECCIN EJECUTIVA DE EDUCACIN Y DOCTRINA 1. Dispondr que la Escuela de Oficiales sea la sede del examen de

    conocimientos en Lima, asumiendo las responsabilidades siguientes: a. Acondicionar y facilitar a la Junta de Formulacin del

    Examen de Conocimientos, Juntas Examinadoras y Junta de Verificacin y Control de Calificacin del Examen de Conocimientos, los ambientes necesarios para el desempeo de sus funciones.

    b. Adoptar las acciones necesarias de seguridad que permitan el normal desarrollo del examen de conocimientos.

    2. Remitir el informe respectivo a la Direccin General en el plazo de cinco (5) das despus de concluido el examen de conocimientos.

    H. DIRECCIN EJECUTIVA DE SANIDAD 1. Cumplir estrictamente con el cronograma aprobado por resolucin

    de la Direccin General en lo relacionado a la ejecucin hasta el 31 de julio de 2015, del examen mdico anual.

    2. Instruir al personal encargado, a fin de que el examen mdico anual 2015, se realice conforme a lo dispuesto en la Directiva DGPNP N 18-34-2004-DIRSAL-PNP del 9 de setiembre de 2004.

    3. Remitir un informe a la Direccin Ejecutiva de Personal a ms tardar el 17 de agosto de 2015, acompaando la relacin nominal de los postulantes que han pasado el examen mdico anual hasta el 31 de

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    julio de 2015, a nivel nacional, sealando la aptitud A, B o C o sometido a la Ley N 12633 segn corresponda; con indicacin de las categoras, grados, nombres, apellidos y nmero de carn de identidad personal, adjuntando dicha informacin en medios magnticos para su procesamiento por la Oficina de Tecnologa de la Comunicacin y Estadstica de dicha Direccin.

    4. Otorgar el informe mdico a los postulantes declarados con aptitud B o C, o sometidos a la Ley N 12633, indicando las causas, as como la enfermedad o lesin que padece.

    5. Brindar apoyo profesional en la sede Lima y a travs de sus respectivas dependencias a nivel nacional, en donde se desarrollar el examen de conocimientos; a fin de atender y prestar el auxilio mdico urgente e inmediato, ante cualquier problema de salud que se presente.

    6. Remitir el informe correspondiente a la Direccin General en el plazo de cinco (5) das despus de concluido el examen mdico anual 2015.

    I. REGIONES Y FRENTES POLICIALES, EXCEPTO LIMA Y CALLAO 1. Difundirn oportunamente el contenido de la directiva, para

    conocimiento de los postulantes. 2. Dispondrn que los postulantes no cumplan comisiones del servicio,

    se otorguen vacaciones o permisos en lugares fuera de su sede, en fechas prximas al examen de conocimientos, a fin de prever cualquier imprevisto que se pudiera presentar y que impida que rinda dicho examen.

    3. Remitirn a la Direccin Ejecutiva de Personal las solicitudes que por diversos motivos presenten los postulantes, a fin de que sean derivadas a las juntas institucionales que correspondan para su evaluacin y decisin, teniendo en consideracin las fechas lmites establecidas en el cronograma respectivo, bajo responsabilidad administrativa disciplinaria.

    4. Remitirn a la Direccin Ejecutiva de Personal hasta el 5 de octubre de 2015, la relacin nominal de Oficiales Superiores y Subalternos de Armas y de Servicios, en nmero suficiente para ejercer labor de supervisin y control, quienes sern nombrados por resolucin de la Direccin General como vocales y secretario de la Junta Examinadora de su sede. En caso de presentarse algn impedimento con alguno de los miembros, designarn su reemplazo y comunicarn oportunamente a la Direccin Ejecutiva de Personal para la regularizacin administrativa correspondiente.

    5. Gestionarn con la debida anticipacin ante las entidades correspondientes, el acondicionamiento de los locales donde se realizar el examen de conocimientos; as como el mobiliario, equipos informticos, equipos de impresin, equipos de compaginado, grupos electrgenos, servicios de INTERNET e INTRANET y cualquier otra necesidad logstica requerida para atender cualquier tipo de imprevisto que se presente.

    6. Coordinarn con las dependencias de la Direccin Ejecutiva de Sanidad y de ser factible del Ministerio de Salud, a fin de que brinden apoyo profesional en todas las sedes a nivel nacional, donde se desarrollar el examen de conocimientos; a fin de atender y prestar

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    el auxilio mdico urgente e inmediato, ante cualquier problema de salud que se presente.

    7. Proporcionarn facilidades a los postulantes para que tengan la oportunidad de prepararse adecuadamente.

    8. Dispondrn la utilizacin del servicio telefnico y de fax, debiendo comunicar los nmeros respectivos, a la Direccin Ejecutiva de Tecnologa de la Comunicacin y Estadstica, a ms tardar el 30 de setiembre de 2015.

    9. Dispondrn la adopcin de medidas de seguridad para el desplazamiento de los postulantes a la sede del examen de conocimientos, antes, durante y despus de su ejecucin.

    10. Proporcionarn a la Direccin de Inteligencia la informacin que corresponda, a travs de sus respectivas Unidades de Inteligencia.

    11. Pondrn a los postulantes a disposicin de las respectivas Juntas Examinadoras, veinticuatro (24) horas antes de las fechas establecidas para la ejecucin del examen de conocimientos, quienes deben ser relevados y exonerados de cualquier tipo de servicio policial, hasta la culminacin de dicho examen.

    12. Dispondrn la filmacin del examen de conocimientos, con personal de la Oficina Regional de Inteligencia, debiendo remitir a la Inspectora General las cintas de video inmediatamente despus de concluidos.

    13. Remitirn el informe correspondiente a la Direccin General en el plazo de tres (3) das despus de concluido el examen de conocimientos.

    J. DIRECCIONES Y REGIONES POLICIALES DE LIMA Y CALLAO 1. Difundirn oportunamente el contenido de la directiva, para

    conocimiento de los postulantes. 2. Dispondrn que los postulantes no cumplan comisiones del servicio,

    se otorguen vacaciones o permisos, en fechas prximas al examen de conocimientos, en lugares fuera de su sede, a fin de prever cualquier imprevisto que se pudiera presentar y que impida que rindan dicho examen.

    3. Remitirn a la Direccin Ejecutiva de Personal las solicitudes que por diversos motivos presenten los postulantes, a fin de que sean derivadas a las juntas institucionales que correspondan para su evaluacin y decisin, teniendo en consideracin las fechas lmites establecidas en el cronograma respectivo, bajo responsabilidad administrativa disciplinaria.

    4. Pondrn a los postulantes a disposicin de la Junta Examinadora con sede en Lima, veinticuatro (24) horas antes de las fechas establecidas para la ejecucin del examen de conocimientos, quienes deben ser relevados y exonerados de cualquier tipo de servicio policial, hasta la culminacin de dicho examen.

    5. Proporcionarn facilidades a los postulantes, a fin de que tengan la oportunidad de prepararse adecuadamente.

    K. DIRECCIN DE INTELIGENCIA 1. Formular el plan de seguridad, para el desplazamiento y

    concentracin del personal comprometido durante la ejecucin del examen de conocimientos en la sede Lima.

    2. Ejecutar acciones de proteccin, a fin de garantizar la seguridad del

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    personal e instalaciones durante la ejecucin del examen de conocimientos.

    3. Filmar la ejecucin del examen de conocimientos en la sede Lima, debiendo remitir a la Inspectora General las cintas de video correspondientes, inmediatamente despus de concluidos.

    4. Remitir el informe correspondiente a la Direccin General en el plazo de cinco (5) das despus de concluida la calificacin del examen de conocimientos.

    L. OFICIALES SUPERIORES DE ARMAS REPRESENTANTES DE LA DIRECCIN GENERAL, EN LAS SEDES DE PROVINCIAS 1. Sern nombrados por resolucin de la Direccin General conforme al

    cronograma establecido, como presidentes de las Juntas Examinadoras, desempendose como representantes del comando institucional en las sedes de provincias para controlar la ejecucin del examen de conocimientos.

    2. Recibirn de la Direccin Ejecutiva de Personal el material necesario para la ejecucin del examen de conocimientos: tiles de escritorio, tarjetas de calificacin computarizada, relaciones nominales de postulantes aptos e inaptos, con indicacin de sedes, categoras y grados a nivel nacional, as como otras necesidades logsticas que requieran.

    3. Viajarn con la debida anticipacin a las sedes donde hayan sido designados.

    4. Adoptarn las medidas pertinentes con el material encomendado, durante su desplazamiento a las diferentes sedes y al momento de retorno a Lima, asumiendo responsabilidad sobre la intangibilidad y seguridad del mismo.

    5. Remitirn el informe correspondiente a la Direccin Ejecutiva de Personal dentro de las veinticuatro (24) horas de su retorno a Lima.

    M. POSTULANTES 1. Tomarn conocimiento de las normas y procedimientos contenidos

    en la directiva. El desconocimiento de la presente disposicin, no exime de responsabilidad y menos an otorga derecho o beneficio alguno.

    2. Cumplirn con pasar el examen mdico anual hasta el 31 de julio de 2015.

    3. Presentarn directamente las solicitudes de reclamo en los plazos establecidos en el cronograma correspondiente, ante las diferentes juntas institucionales, a travs de la Direccin Ejecutiva de Personal.

    4. Presentarn directamente ante la Direccin Ejecutiva de Personal las solicitudes con la documentacin sustentatoria para la codificacin e insercin de mritos obtenidos hasta el 31 de julio de 2015, de conformidad al cronograma respectivo.

    5. Rendirn el examen de conocimientos, en la sede a la cual pertenece su unidad de origen, incluso los que se encuentren de vacaciones o permiso, a fin de no ser eliminados del proceso; excepto por causas debidamente justificadas y autorizadas por la Direccin Ejecutiva de Personal.

    6. Se ceirn a lo dispuesto en el captulo VIII Disposiciones Finales, acpite Direccin de Asuntos Internacionales, quienes se encuentran en el extranjero por motivos debidamente justificados.

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    7. Rendirn el examen de conocimientos, en forma condicional con cargo a regularizacin, quienes no figuren en la relacin nominal de aptitud, previa consulta y aprobacin de la Direccin Ejecutiva de Personal, en cuyo caso sern registrados al final de dicha relacin, suscribiendo el acta correspondiente.

    8. Cumplirn las disposiciones establecidas por las respectivas Juntas Examinadoras, para la ejecucin del examen de conocimientos; las cuales son las siguientes: a. Pasarn lista en el horario establecido; quienes no se

    presenten o se presenten con retraso, sern eliminados del proceso de ascensos, previa evaluacin y formulacin del acta correspondiente.

    b. Presentarn en forma obligatoria el documento nacional de identidad y carn de identidad personal actualizado, su incumplimiento motivar la consecuente responsabilidad administrativa disciplinaria y podra ser causal de eliminacin, previa evaluacin y formulacin del acta correspondiente.

    c. Concurrirn correctamente uniformados segn las instrucciones de detalle dispuestas.

    d. Llevarn consigo lpiz N 2, borrador y tajador. e. Marcarn correctamente los datos en la zona de identificacin,

    siguiendo las instrucciones de detalle impartidas; sern eliminados quienes omitan algn dato o marquen incorrectamente que impida su identificacin a travs de la calificacin computarizada, sin tener opcin a reclamo alguno, en razn de que los resultados son inimpugnables.

    f. Marcarn correctamente en la zona de respuestas, que permita una adecuada calificacin computarizada de las tarjetas correspondientes, siguiendo las instrucciones de detalle impartidas. Cualquier tipo de omisin a la presente disposicin, no ser objeto de reclamo alguno, teniendo en consideracin que los resultados obtenidos son inimpugnables.

    9. Tambin son eliminados del proceso de ascensos, previa formulacin de las actas respectivas, quienes: a. No alcancen la nota mnima de sesenta y cinco (65) puntos en

    el examen de conocimientos. b. Porten durante el desarrollo del examen de conocimientos,

    algn tipo de dispositivo electrnico y/o tecnolgico, sin perjuicio de la responsabilidad administrativa disciplinaria correspondiente.

    c. Incurran en la comisin de fraude durante el desarrollo del examen de conocimientos, sin perjuicio de la responsabilidad administrativa disciplinaria correspondiente.

    N. JUNTAS INSTITUCIONALES 1. Tendrn responsabilidad especfica en relacin directa a sus

    funciones establecidas en la presente directiva y a aquellas que mediante documentos complementarios se les delegue por los diversos canales de comando.

    2. Estarn obligadas a formular los documentos sustentatorios necesarios para dejar constancia de los procedimientos adoptados, cumplimiento de los plazos, novedades que se presenten, vacos

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    normativos, diligencias efectuadas para superar los obstculos y presentar recomendaciones; redactando un informe final que ser cursado por escrito y en duplicado a la Direccin Ejecutiva de Personal, as como en medio magntico (CD o memoria porttil); sin perjuicio de que sea tramitado a la Direccin General, si se establece en las funciones que obran en el anexo 5 de la presente directiva.

    . DIRECCIN DE ASUNTOS INTERNACIONALES Coordinar con la Cancillera y Agregaduras Policiales o Militares, para

    que los postulantes que por motivos debidamente justificados se encuentren en el extranjero, rindan el examen de conocimientos, que ser remitido a travs de correo electrnico, supervisando el desarrollo del mismo a travs de una cmara digital (WEBCAM) con un representante de la Junta Examinadora en Lima; al trmino de la cual, los resultados sern recibidos va INTERNET.

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    ANEXOS

    1. CRONOGRAMA. 2. MATERIAS PARA LA FORMULACIN DEL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS. 3. CAUSALES DE INAPTITUD Y PROCEDIMIENTOS PARA PRESENTAR

    SOLICITUDES DE RECLAMO POR INAPTITUD. 4. SEDES DEL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS Y PROCEDIMIENTOS PARA

    SOLICITAR CAMBIO DE SEDE. 5. ORGANIZACIN Y FUNCIONES DE LAS JUNTAS INSTITUCIONALES.

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    ANEXO 1 A LA DIRECTIVA N 01-06-2015-DIRGEN/DIREJPER-PNP-B

    CRONOGRAMA 1. Examen mdico concluido.

    Hasta el 31 de julio de 2015. 2. Aprobacin y publicacin de la directiva en la pgina web guila 6 de la

    Direccin Ejecutiva de Personal. Abril de 2015.

    3. Publicacin de las relaciones nominales de postulantes declarados aptos e inaptos, con indicacin de las diferentes causales de inaptitud; en la pgina web guila 6 de la Direccin Ejecutiva de Personal. El 20 de agosto de 2015.

    4. Nombramiento, instalacin y funcionamiento de la Junta de Aptitud. Del 21 de agosto al 6 de noviembre de 2015.

    5. Recepcin de solicitudes de reclamo por inaptitud, en la Oficina de Trmite Documentario de la Direccin Ejecutiva de Personal. Del 21 al 28 de agosto de 2015.

    6. Publicacin de las resoluciones de la Direccin Ejecutiva de Personal, con los resultados de evaluacin de las solicitudes de reclamo por inaptitud; en la pgina web guila 6 de dicha Direccin. Del 24 de agosto al 7 de setiembre de 2015.

    7. Recepcin de solicitudes para la codificacin e insercin de los mritos en la base de datos y en los legajos personales respectivamente, acumulados hasta el 31 de julio de 2015; en la Oficina de Trmite Documentario de la Direccin Ejecutiva de Personal. Hasta el 31 de julio de 2015 a las 20.00 horas.

    8. Publicacin de los puntajes obtenidos en los factores de evaluacin; en la pgina web guila 6, de la Direccin Ejecutiva de Personal. El 7 de setiembre de 2015.

    9. Recepcin de solicitudes de reclamo sobre los puntajes obtenidos en los factores de evaluacin; en la Oficina de Trmite Documentario de la Direccin Ejecutiva de Personal. Del 8 al 15 de setiembre de 2015, hasta las 20.00 horas.

    10. Nombramiento, instalacin y funcionamiento, de la comisin de la Direccin Ejecutiva de Personal, encargada de resolver los reclamos sobre los puntajes obtenidos en los factores de evaluacin. Del 8 al 30 de setiembre de 2015.

    11. Publicacin de la resolucin de la Direccin Ejecutiva de Personal, con los resultados de la comisin designada de dicha direccin, respecto a los reclamos sobre los puntajes obtenidos en los factores de evaluacin; en la pgina web guila 6. El 5 de octubre de 2015.

    12. Nombramiento, instalacin y funcionamiento de la Junta de Formulacin del Examen de Conocimientos. Del 18 de setiembre al 23 de octubre de 2015.

    13. Nombramiento, instalacin y funcionamiento de las Juntas Examinadoras del examen de conocimientos. Del 15 al 26 de octubre de 2015.

    14. Ejecucin a nivel nacional y en el extranjero del examen de conocimientos: a. Suboficiales de Primera, de Segunda y de Tercera de Armas.

    19 de octubre de 2015.

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    b. Suboficiales Tcnicos de Segunda y de Tercera de Armas. 20 de octubre de 2015.

    c. Suboficiales Tcnicos de Primera de Armas. 21 de octubre de 2015.

    d. Suboficiales Brigadieres de Armas. 22 de octubre de 2015.

    e. Suboficiales de Servicios en todos los grados. 23 de octubre de 2015.

    15. Publicacin de las respuestas del examen de conocimientos, en la pgina web guila 6 de la Direccin Ejecutiva de Personal. a. Suboficiales de Primera, de Segunda y de Tercera de Armas.

    19 de octubre de 2015. b. Suboficiales Tcnicos de Segunda y de Tercera de Armas.

    20 de octubre de 2015. c. Suboficiales Tcnicos de Primera de Armas.

    21 de octubre de 2015. d. Suboficiales Brigadieres de Armas.

    22 de octubre de 2015. e. Suboficiales de Servicios en todos los grados.

    23 de octubre de 2015. 16. Nombramiento, instalacin y funcionamiento de la Junta de Verificacin y Control

    de Calificacin del Examen de Conocimientos. Del 16 al 30 de octubre de 2015.

    17. Publicacin de los resultados del examen de conocimientos, en la pgina web guila 6 de la Direccin Ejecutiva de Personal. El 3 de noviembre de 2015.

    18. Publicacin de la resolucin de la Direccin Ejecutiva de Personal, eliminando del proceso de ascensos a los postulantes desaprobados y que no se presentaron a rendir el examen de conocimientos; en la pgina web guila 6 de dicha Direccin. El 5 de noviembre de 2015.

    19. Nombramiento, instalacin y funcionamiento de las Juntas Selectoras. Del 9 al 30 de noviembre de 2015.

    20. Publicacin de las relaciones nominales alfabticas por categoras y grados, con los puntajes obtenidos en los factores rendimiento tcnico, formacin acadmica, experiencia para el servicio policial, moral y disciplina, y antigedad, evaluados por las Juntas Selectoras; en la pgina web guila 6 de la Direccin Ejecutiva de Personal. El 3 de diciembre de 2015.

    21. Recepcin en la Oficina de Trmite Documentario de la Direccin Ejecutiva de Personal, de las solicitudes de reclamo sobre los puntajes obtenidos en los factores rendimiento tcnico, formacin acadmica, experiencia para el servicio policial, moral y disciplina, y antigedad, evaluados por las Juntas Selectoras; a ser resueltos por la Junta Revisora. Del 4 al 11 de diciembre de 2015, hasta las 20.00 horas.

    22. Nombramiento, instalacin y funcionamiento de la Junta Revisora, encargada de evaluar y resolver en instancia final y definitiva, los recursos administrativos interpuestos contra las resoluciones directorales motivadas por los resultados de evaluacin de las diferentes comisiones y juntas institucionales; as como las solicitudes de reclamo sobre los puntajes obtenidos en los factores rendimiento tcnico, formacin acadmica, experiencia para el servicio policial, moral y

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    disciplina, y antigedad, evaluados por las Juntas Selectoras. Del 22 de agosto al 18 de diciembre de 2015.

    23. Publicacin de las resoluciones de la Direccin Ejecutiva de Personal, con los resultados de la Junta Revisora; en la pgina web guila 6 de dicha Direccin. Del 23 de agosto al 21 de diciembre de 2015.

    24. Publicacin de la resolucin de la Direccin Ejecutiva de Personal, estableciendo los cuadros de mritos por categoras y grados; en la pgina web guila 6 de dicha Direccin. El 22 de diciembre de 2015.

    25. Publicacin de la resolucin de la Direccin General declarando el nmero de vacantes; en la pgina web guila 6 de la Direccin Ejecutiva de Personal. El 23 de diciembre de 2015.

    26. Publicacin de las respectivas resoluciones directorales otorgando ascensos por categoras y grados; en la pgina web guila 6 de la Direccin Ejecutiva de Personal. El 28 de diciembre de 2015.

    27. Cierre del proceso. El 31 de diciembre de 2015.

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    ANEXO 2 A LA DIRECTIVA N 01-06-2015-DIRGEN/DIREJPER-PNP-B

    MATERIAS PARA LA FORMULACIN DEL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS A. SUBOFICIALES DE ARMAS EN TODOS LOS GRADOS

    1. Constitucin Poltica del Per: artculos 1 al 3, 163 al 175 y 200 al 205.

    2. Ley de la Polica Nacional del Per Decreto Legislativo N 1148 del 11 de diciembre de 2012: artculos 1 al 57.

    3. Ley de la Carrera y Situacin del Personal de la Polica Nacional del Per Decreto Legislativo N 1149 del 11 de diciembre de 2012: artculos 1 al 96 (sin anexos).

    4. Ley del Rgimen Disciplinario de la Polica Nacional del Per - Decreto Legislativo N 1150 del 11 de diciembre de 2012: artculos 1 al 73 (sin anexos).

    5. Cdigo Penal: artculos 365 al 401 y 425 al 426.(exceptuando penalidades).

    6. Reglamento del Decreto Legislativo N 1149 Decreto Supremo N 016-2013-IN del 17 de noviembre de 2013: artculos 1 al 104.

    7. Reglamento del Decreto Legislativo N 1150 Decreto Supremo N 011-2013-IN del 16 de julio de 2013: artculos 1 al 70.

    8. Manual de Derechos Humanos aplicados a la Funcin Policial - Resolucin Ministerial N 1452-2006-IN del 31 de mayo de 2006: Segunda Parte: Captulo I - Instruccin Bsica, Captulo II - Uso de la Fuerza, Captulo III - Tcnicas de Intervencin Policial, Captulo IV - Mantenimiento del Orden Pblico.

    B. SUBOFICIALES DE SERVICIOS EN TODOS LOS GRADOS, CONSIDERANDO A LOS PROCEDENTES DE LA DIRECCIN DE SANIDAD QUE NO HAN SIDO RECATEGORIZADOS COMO SUBOFICIALES DE ARMAS 1. Constitucin Poltica del Per: artculos 1 al 3, 163 al 175 y 200 al

    205. 2. Ley de la Polica Nacional del Per Decreto Legislativo N 1148 del 11 de

    diciembre de 2012: artculos 1 al 57. 3. Ley de la Carrera y Situacin del Personal de la Polica Nacional del Per

    Decreto Legislativo N 1149 del 11 de diciembre de 2012: artculos 1 al 96 (sin anexos).

    4. Ley del Rgimen Disciplinario de la Polica Nacional del Per - Decreto Legislativo N 1150 del 11 de diciembre de 2012: artculos 1 al 73 (sin anexos).

    5. Reglamento del Decreto Legislativo N 1149 Decreto Supremo N 016-2013-IN del 17 de noviembre de 2013: artculos 1 al 104.

    6. Reglamento del Decreto Legislativo N 1150 Decreto Supremo N 011-2013-IN del 16 de julio de 2013: artculos 1 al 70.

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    ANEXO 3 A LA DIRECTIVA N 01-06-2015-DIRGEN/DIREJPER-PNP-B

    CAUSALES DE INAPTITUD Y PROCEDIMIENTOS PARA PRESENTAR SOLICITUD DE RECLAMO POR INAPTITUD

    A. CAUSALES DE INAPTITUD

    1. Causal 1 : Falta de tiempo mnimo de servicios reales y efectivos en el grado.

    2. Causal 2 : Haber desaprobado dos (2) veces consecutivas el examen de conocimientos, en los procesos del ao 2013 - promocin 2014 y del ao 2014 - promocin 2015.

    3. Causal 3 : No haber pasado el examen mdico anual hasta el 31 de julio de 2015, en la Direccin Ejecutiva de Sanidad.

    4. Causal 4 : No encontrarse fsicamente apto en el examen mdico anual 2015.

    5. Causal 5 : No encontrarse en situacin de actividad en cuadros desde el 1 de enero de 2014 y durante el ao del proceso, incluyendo al postulante que retorna de la situacin de disponibilidad.

    6. Causal 6 : No contar con sentencia judicial consentida o ejecutoriada, los postulantes que hayan retornado a la situacin de actividad por mandato judicial medida cautelar.

    7. Causal 7 : Registrar en el ao 2015 sentencia judicial consentida o ejecutoriada, con condena de pena privativa de la libertad, efectiva o inhabilitacin para el cargo.

    8. Causal 8 : Estar sometido a juicio con detencin en el ao 2015; en caso de levantarse la medida judicial antes de la ejecucin del examen de conocimientos, el postulante recobrar su aptitud y podr continuar en el proceso.

    9. Causal 9 : Tener un promedio menor de sesenta y cinco (65) puntos en el factor rendimiento tcnico, correspondiente al grado que ostenta.

    10. Causal 10: Tener un puntaje menor a sesenta y cinco (65) puntos en el factor moral y disciplina.

    11. Causal 11: Abandono de Cargo. 12. Causal 12: Desaparecido. 13. Causal 13: Fallecido. 14. Causal 14: Pasar a la situacin de disponibilidad hasta el 31 de diciembre

    de 2015. 15. Causal 15: Pasar a la situacin de retiro hasta el 31 de diciembre de 2015. 16. Causal 16: Registrar el Suboficial de Tercera de Armas o de Servicios,

    sancin de rigor o sanciones simples que acumuladas excedan ciento veinte (120) das, durante los aos 2013, 2014 hasta el 31 de diciembre de 2015. Al Suboficial de Tercera de Armas o de Servicios que fue eliminado por esta causal, en el proceso del ao 2014 promocin 2015, solo se le debe considerar las sanciones del ao 2015.

    17. Causal 17: Enfermo o lesionado por el perodo comprendido entre seis (6) meses a dos (2) aos.

    18. Causal 18: Prisionero o rehn. 19. Causal 19: Sometido a medida preventiva de cese temporal del empleo

    prevista en la Ley del Rgimen Disciplinario de la Polica Nacional del Per.

    Las causales de inaptitud son de aplicacin hasta el 31 de diciembre de

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    2015. B. PROCEDIMIENTOS PARA PRESENTAR SOLICITUD DE RECLAMO POR

    INAPTITUD 1. Presentar directamente solicitud a la Direccin Ejecutiva de Personal por

    va fax, correo electrnico u otro medio autorizado, con cargo a regularizar por escrito, a travs de la Oficina de Trmite Documentario o de la Divisin de Procesos Administrativos, Promocin, Nombramiento y Beneficios, de dicha Direccin.

    2. Adjuntar a la solicitud, toda la documentacin pertinente que coadyuve a sustentar los reclamos.

    3. Los plazos para presentar las solicitudes estn establecidos en el cronograma respectivo.

    4. En el caso de postulantes que presten servicios en provincias, el plazo ser el mismo, tomndose como referencia la fecha y hora de recibido en la mesa de partes de su unidad.

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    ANEXO 4 A LA DIRECTIVA N 01-06-2015-DIRGEN/DIREJPER-PNP-B

    SEDES DEL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS Y PROCEDIMIENTO PARA SOLICITAR CAMBIO DE SEDE

    A. SEDES

    SEDE I - PIURA SEDE II - CHICLAYO SEDE III - TRUJILLO SEDE IV - TARAPOTO SEDE V - IQUITOS SEDE VI - PUCALLPA SEDE VII - LIMA SEDE VIII - HUANCAYO SEDE IX - AYACUCHO SEDE X - CUZCO SEDE XI - AREQUIPA SEDE XII - PUNO SEDE XIII - HUARAZ SEDE XIV - CAJAMARCA SEDE XV - ICA SEDE XVI - ABANCAY SEDE XVII - PASCO SEDE XVIII - TUMBES SEDE XIX - HUANUCO SEDE XX - PICHARI SEDE XXI - FRENTE POLICIAL HUALLAGA (TINGO MARIA) SEDE XXII - TACNA SEDE XXIII - MADRE DE DIOS SEDE XXIV - CHACHAPOYAS SEDE XXV - CHIMBOTE SEDE XXVI - MOQUEGUA SEDE XXVII - BAGUA SEDE XXVIII - SULLANA SEDE XXIX - HUAMACHUCO SEDE XXX - CAMANA SEDE XXXI - JULIACA SEDE XXXII - ANDAHUAYLAS SEDE XXXIII - SATIPO SEDE XXXIV - QUILLABAMBA SEDE XXXV - KITENI SEDE XXXVI - YURIMAGUAS SEDE XXXVII - JAEN SEDE XXXVIII - BAMBAMARCA

    B. OBSERVACIN 1. Los postulantes que prestan servicios en Contamana rendirn el examen

    de conocimientos en la SEDE VI - PUCALLPA. 2. Los postulantes que prestan servicios en Chota y Cutervo rendirn el

    examen de conocimientos en la SEDE XXXVIII - BAMBAMARCA.

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    C. PROCEDIMIENTOS PARA SOLICITAR CAMBIO DE SEDE 1. Por viaje al extranjero

    a. Presentar directamente solicitud a la Direccin Ejecutiva de Personal indicando y justificando el motivo de su pedido.

    b. Adjuntar la documentacin que justifique el viaje. c. El plazo para presentar la solicitud de cambio de sede es hasta diez

    (10) das antes de la fecha de ejecucin del examen de conocimientos.

    d. En el caso de postulantes que presten servicios en provincias, el plazo ser el mismo, debiendo ser remitida va fax desde la Unidad donde presta servicios a la Direccin Ejecutiva de Personal, con cargo a regularizacin.

    e. Las solicitudes se tramitan por la Oficina de Trmite Documentario o por la Divisin de Procesos Administrativos, Promocin, Nombramiento y Beneficios, de la Direccin Ejecutiva de Personal.

    2. Por fallecimiento de padres, esposa o hijos, hasta cuarenta y ocho (48) horas antes de la ejecucin del examen de conocimientos Solicitar por escrito o a los telfonos N 3815437 Ayudanta de la Direccin Ejecutiva de Personal, RPM # 421345 de la Divisin de Procesos Administrativos, Promocin, Nombramiento y Beneficios, para la autorizacin correspondiente, con cargo a regularizacin.

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    ANEXO 5 A LA DIRECTIVA N 01-06-2015-DIRGEN/DIREJPER-PNP-B

    ORGANIZACIN Y FUNCIONES DE LAS JUNTAS INSTITUCIONALES Son nombradas por resolucin de la Direccin General, siendo las siguientes: A. JUNTA DE APTITUD

    1. Organizacin a. Es presidida por el Coronel Jefe del Estado Mayor de la Direccin

    Ejecutiva de Personal. b. Como vocales: Oficiales Superiores de Armas y de Servicios de las

    Divisiones de Administracin de Legajos y de Procesos Administrativos Disciplinarios, de la Oficina de Tecnologa de la Comunicacin y Estadstica, y de la Unidad de Asesora Jurdica de la Direccin Ejecutiva de Personal y de la Divisin de Reconocimiento Mdico de la Direccin Ejecutiva de Sanidad.

    c. Como secretario: un (1) Oficial Superior de la Divisin de Procesos Administrativos, Promocin, Nombramiento y Beneficios, de la Direccin Ejecutiva de Personal.

    2. Funciones a. Evaluar las relaciones nominales de aptitud e inaptitud de los

    postulantes, publicadas en la pgina web guila 6 por la Oficina de Tecnologa de la Comunicacin y Estadstica, de la Direccin Ejecutiva de Personal, de acuerdo a las causales que se indican en el anexo 3.

    b. Calificar a los postulantes que por cualquier motivo carezcan de una (1) o ms notas anuales de rendimiento tcnico, de conformidad con lo establecido en el captulo VI Disposiciones Especficas, acpite C Factores de Evaluacin, numeral 1 factor rendimiento tcnico, de la presente directiva; adoptando el procedimiento siguiente: (1) Al no registrar una (1) nota, se obtendr del promedio de las

    calificaciones de los otros dos (2) ltimos aos. (2) Al no registrar dos (2) notas, se reproducir la calificacin del

    ltimo ao. (3) En caso de no contar con nota en el grado se obtendr del

    promedio de todas las notas del anterior grado. (4) En caso de los Suboficiales de Tercera de Armas y de

    Servicios, que no registren nota en el grado, se les calificar con la nota mnima de sesenta y cinco (65).

    (5) No se tendrn en cuenta estas disposiciones cuando exista contradiccin con un mandato judicial que ordene lo contrario.

    (6) La calificacin de la Junta de Aptitud, deber ser formalizada mediante acta y posterior emisin de la resolucin de la Direccin Ejecutiva de Personal, que ser registrada en la Base de Datos de dicha Direccin, cuyo ejemplar autenticado ser archivado como antecedente.

    c. Recibir, evaluar y resolver las solicitudes de reclamo por inaptitud por diferentes causales; en el plazo determinado en el cronograma correspondiente.

    d. Tendr competencia en forma excepcional, para declarar la inaptitud del postulante por cualquier causal, hasta cuarenta y ocho (48) horas antes de que se renan las Juntas Selectoras, procediendo a su exclusin del proceso de ascensos, formulando el acta respectiva

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    para la posterior emisin de la resolucin de la Direccin Ejecutiva de Personal.

    e. Solicitar a la Divisin de Reconocimiento Mdico, del Hospital Nacional Lus N. Senz, de la Direccin Ejecutiva de Sanidad, el apoyo y la informacin necesaria en todo lo relacionado con los resultados del examen mdico anual 2015, as como de su remisin a la Direccin de Ejecutiva de Personal, para coadyuvar a resolver las solicitudes de reclamo por inaptitud por ficha de evaluacin mdica.

    f. Formular las actas con los resultados de las solicitudes de reclamo por inaptitud por diferentes causales, para la expedicin de las respectivas resoluciones de la Direccin Ejecutiva de Personal y su publicacin en la pgina web guila 6.

    B. JUNTA DE FORMULACIN DEL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS 1. Organizacin

    a. Es presidida por un Coronel de Armas y como secretario un Oficial Superior de Armas.

    b. Conformada para: (1) Suboficiales Brigadieres de Armas:

    Un (1) Coronel de Armas Presidente Cuatro (4) Comandantes de Armas Vocales Un (1) Mayor de Armas Secretario

    (2) Suboficiales de Armas en la jerarqua de Suboficiales Tcnicos: Un (1) Coronel de Armas Presidente Cuatro (4) Comandantes de Armas Vocales Un (1) Mayor de Armas Secretario

    (3) Suboficiales de Armas en la jerarqua de Suboficiales: Un (1) Coronel de Armas Presidente Cuatro (4) Comandantes de Armas Vocales Un (1) Mayor de Armas Secretario

    (4) Suboficial de Servicios en todos los grados: Un (1) Coronel de Armas Presidente Cuatro (4) Comandantes de Armas Vocales Un (1) Mayor de Armas Secretario

    (5) Apoyo Tcnico Un (1) Oficial de Armas. Tres (3) Suboficiales de Armas o de Servicios que no postulen en el presente proceso de ascensos.

    2. Funciones a. Elaborar el plan de formulacin del examen de conocimientos. b. Recibir de la Direccin de Logstica el material necesario a fin de

    cumplir las tareas encomendadas. c. Evaluar las materias determinadas para la formulacin del examen

    de conocimientos, de acuerdo a las categoras y jerarquas. d. Determinar el nmero de preguntas por materias, en relacin a la

    importancia de los contenidos temticos contemplados en la bibliografa.

    e. Gestionar la capacitacin de sus integrantes, solicitando asesoramiento de las unidades especializadas de la Polica Nacional del Per, para el mejor cumplimiento de sus funciones.

    f. Elaborar el banco de un mil (1000) preguntas, tipo objetiva con

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    cinco (5) alternativas de respuestas de seleccin mltiple, consignando la respuesta vlida, por categoras y jerarquas, conforme al detalle siguiente: (1) Para Suboficiales Brigadieres de Armas. (2) Para Suboficiales Tcnicos de Armas. (3) Para Suboficiales de Armas. (4) Para Suboficiales de Servicios en todos los grados.

    g. Formular el examen de conocimientos de acuerdo a las normas establecidas, adoptando el procedimiento que a continuacin se indica: (1) Se reunir en la Escuela de Oficiales a horas 6.00 de los das

    programados para la ejecucin del examen de conocimientos. (2) Realizar el sorteo aleatorio computarizado de las preguntas

    en presencia de cinco (5) postulantes, que harn las veces de delegados, a efectos de testificar la transparencia en el proceso de elaboracin de los exmenes. Para ello, la junta aleatoriamente formular tres (3) exmenes diferentes. Dicho acto deber tener una duracin mxima de treinta (30) minutos.

    CUADRO DEMOSTRATIVO DEL NMERO DE EXMENES A FORMULAR POR CATEGORAS Y GRADOS

    CATEGORIAS GRADOS NUMERO DE EXMENES A FORMULAR

    Suboficiales de Armas

    Brigadier 3

    Tcnico de 1ra. 3

    Tcnicos de 2da. y 3ra.

    3

    1ra., 2da. y 3ra. 3

    Suboficiales de Servicios

    Todos los grados 3

    TOTAL 15

    (3) Formular cada examen con cien (100) preguntas. (4) Formular cada pregunta con cinco (5) alternativas de

    respuestas, siendo slo una (1) la correcta. (5) Presentar las preguntas en forma correlativa con nmeros

    arbigos, para facilitar su ubicacin e identificacin. (6) Verificar la estructura, contenido y respuestas, al momento de

    la formulacin de las preguntas que se consideren en el examen (luego del sorteo aleatorio computarizado).

    (7) Entregar al presidente de la Junta Examinadora de la sede Lima, a horas 7.00 de los das previstos para la ejecucin, los master de los tres (3) exmenes formulados aleatoriamente.

    (8) Entregar al Director Ejecutivo de Personal los padrones de respuestas despus de finalizado cada examen a nivel nacional y en el extranjero, para su publicacin en la pgina web guila 6, de acuerdo al cronograma respectivo.

    h. Solicitar el reemplazo y nombramiento al Director Ejecutivo de Personal en caso de impedimento, ausencia o incremento de sus integrantes.

    i. Mantendrn contacto nicamente entre sus integrantes, desde el inicio de sus funciones y actividades hasta su culminacin, bajo

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    responsabilidad administrativa disciplinaria. j. Formular un informe de las actividades desarrolladas, el que ser

    remitido a la Direccin Ejecutiva de Personal transcurridos cinco (5) das despus de culminadas sus funciones.

    C. JUNTAS EXAMINADORAS 1. Organizacin

    a. Sede Lima (1) Es presidida por un (1) General de Armas. (2) Seis (6) Coroneles de Armas y un (1) Coronel de Servicios,

    como vocales. (3) Un (1) Oficial Superior de Armas, como secretario.

    b. Sede provincias (1) Es presidida por un (1) Coronel de Armas, representante de la

    Direccin General. (2) Oficiales Superiores y Subalternos de Armas y de Servicios de

    las Regiones y Frentes Policiales, como vocales y un (1) secretario.

    2. Funciones a. Formularn el plan de ejecucin del examen de conocimientos. b. Tomarn y controlarn en las diferentes sedes el examen de

    conocimientos, teniendo responsabilidad sobre cualquier irregularidad que se produzca durante su ejecucin.

    c. Adoptarn y verificarn las medidas de previsin y seguridad necesarias, para evitar cualquier incidente antes, durante y despus de la ejecucin del examen de conocimientos.

    d. Dispondrn la evaluacin condicional del postulante declarado apto que no figure en la relacin nominal formulada y procesada, ni en la relacin nominal de inaptos; previa consulta y autorizacin de la Direccin Ejecutiva de Personal, incluyndolo correlativamente al final de la relacin nominal de su categora y grado, consignando sus apellidos, nombres, carn de identidad personal y unidad a la que pertenece, formulndose el acta correspondiente.

    e. No permitirn que los postulantes rindan el examen de conocimientos en sede distinta a la que les corresponde, a excepcin de los casos autorizados por la Direccin Ejecutiva de Personal.

    f. Evaluarn y resolvern los reclamos que los postulantes presenten antes de la ejecucin del examen de conocimientos, formulando el acta e informe con indicacin de la decisin adoptada.

    g. Comunicarn por los medios ms rpidos a la Direccin Ejecutiva de Personal el inicio y trmino del examen de conocimientos, as como las novedades de importancia que se presenten.

    h. Procedern en caso de impedimento o ausencia de alguno de sus integrantes, de la manera siguiente: (1) En la sede Lima, solicitarn el reemplazo a la Direccin

    Ejecutiva de Personal. (2) En las sedes provincias, designarn el reemplazo previa

    autorizacin de la Direccin Ejecutiva de Personal, para la expedicin de la resolucin directoral correspondiente, regularizando el nombramiento.

    i. En la sede Lima contarn con el apoyo de Oficiales que se encuentren como participantes en la Escuela de Posgrado de la

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    Direccin Ejecutiva de Educacin y Doctrina, a fin de que ejerzan un eficiente y eficaz control del examen de conocimientos; en las otras sedes adoptarn las medidas pertinentes. En ambos casos, con la autorizacin de la Direccin General a travs de la Direccin Ejecutiva de Personal.

    j. Durante la ejecucin del examen de conocimientos, adoptarn el procedimiento siguiente: (1) Pasarn lista a la hora designada previamente, encerrando

    dentro de un crculo el nmero de orden de los presentes y rayando con tinta roja el rengln que ocupa el nmero de orden, apellidos y nombres de los postulantes ausentes.

    (2) Dispondrn que los postulantes concurran correctamente uniformados (de aula).

    (3) Verificarn que los postulantes lleven consigo su documento nacional de identidad y carn de identidad personal.

    (4) Distribuirn a los postulantes en orden alfabtico. k. En la sede Lima, a las 7.00 horas de los das programados para la

    ejecucin, recibirn de la Junta de Formulacin del Examen de Conocimientos, los tres (3) master de los exmenes y procedern al sorteo en presencia de los postulantes para elegir la que ser desarrollada.

    l. Requerirn los servicios de INTERNET, INTRANET, grupos electrgenos, reproduccin y compaginado para el examen de conocimientos, as como cualquier otro tipo de apoyo logstico que consideren necesario.

    m. En la sede Lima, procedern a la reproduccin, compaginacin y distribucin de los exmenes sorteados. Simultneamente, enviar a las otras sedes el archivo de la misma por INTERNET INTRANET a travs del correo electrnico encriptado.

    n. Dispondrn que un miembro de la junta supervise a los postulantes que rinden el examen de conocimientos en el extranjero, conforme se indica en el captulo VIII Disposiciones Finales, acpite Direccin de Asuntos Internacionales.

    . Dispondrn la entrega del examen de conocimientos con el cuadernillo de preguntas y la tarjeta de calificacin computarizada, que contiene dos partes: zona de identificacin (lado izquierdo), donde el postulante anotar sus datos personales y nmero de carn de identidad personal y zona de respuestas (lado derecho). Asimismo darn las indicaciones siguientes: (1) Verificacin del nmero de pginas y preguntas que contiene el

    cuadernillo. (2) El tiempo de duracin del examen de ciento ochenta (180)

    minutos, con indicacin de la hora de inicio y trmino. (3) Obligatoriedad del uso de lpiz N 2. (4) Prohibicin de efectuar cualquier consulta entre los

    postulantes, de cualquier tipo de bibliografa o de portar algn tipo de dispositivo electrnico y/o tecnolgico, durante el desarrollo del examen de conocimientos, que son causales de eliminacin del presente proceso de ascensos, previa formulacin del acta correspondiente; sin perjuicio de la responsabilidad administrativa disciplinaria.

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    (5) Instruirn a los postulantes para que marquen correctamente los datos en la zona de identificacin de las tarjetas, siguiendo las instrucciones de detalle impartidas; haciendo de conocimiento que sern eliminados quienes omitan algn dato o marquen incorrectamente que impida su identificacin a travs de la calificacin computarizada, sin tener opcin a reclamo alguno, en razn de que los resultados son inimpugnables.

    (6) Asimismo, que marquen correctamente en la zona de respuestas, que permita una adecuada calificacin computarizada de las tarjetas correspondientes, siguiendo las instrucciones de detalle impartidas; haciendo de conocimiento que cualquier tipo de omisin a la presente disposicin, no ser objeto de reclamo alguno, teniendo en consideracin que los resultados obtenidos son inimpugnables.

    o. Coordinarn con la Junta de Formulacin del Examen de Conocimientos, en la sede Lima, a fin de que absuelva los reclamos formulados por los postulantes durante el desarrollo del examen, sobre el contenido de las preguntas y respuestas, las que sern absueltas en ese mismo acto, formulndose el acta correspondiente.

    p. Los Oficiales designados para el control del examen, debern permanecer en la parte posterior de cada columna, quedando prohibido que conversen y se desplacen entre los postulantes, salvo para evitar que estos hablen o copien.

    q. Ordenarn ponerse de pie a los postulantes, a la hora fijada para la culminacin del examen; los Oficiales encargados del control procedern a: (1) Recoger los cuadernillos de preguntas. (2) Recoger las tarjetas de calificacin computarizada, verificando

    su conformidad con el nmero de postulantes que han rendido el examen.

    (3) Acondicionar las tarjetas de calificacin computarizada, en un sobre cerrado, lacrado y firmado por cinco (5) postulantes y los integrantes de la junta.

    r. Efectuarn la incineracin de los cuadernillos de preguntas, una vez culminado el examen, levantando el acta correspondiente.

    s. Al momento de culminacin de cada examen el Presidente de la Junta Examinadora sede Lima y del extranjero, entregar al Presidente de la Junta de Verificacin y Control de Calificacin del Examen de Conocimientos los sobres cerrados, lacrados y firmados por cinco (5) postulantes y los integrantes de la junta, conteniendo las tarjetas de calificacin computarizadas. Los presidentes de las Juntas Examinadoras de las otras sedes a nivel nacional, los entregarn personalmente al momento de su retorno a Lima y al trmino de la distancia.

    t. Formularn un informe a la Direccin Ejecutiva de Personal sobre el desarrollo del examen de conocimientos, adjuntando las relaciones nominales firmadas en cada hoja por los miembros de la junta, conteniendo adems: (1) Nmero de postulantes por grados que rindieron el examen de

    conocimientos. (2) Postulantes que se presentaron a rendir el examen de

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    conocimientos, de acuerdo a las relaciones nominales remitidas por la Direccin Ejecutiva de Personal.

    (3) Postulantes que han sido agregados a las relaciones nominales para rendir el examen de conocimientos.

    (4) Novedades presentadas durante el desarrollo del examen de conocimientos (reclamos y actas).

    (5) Recomendaciones para ejecutar futuros exmenes. D. JUNTA DE VERIFICACIN Y CONTROL DE CALIFICACIN DEL EXAMEN

    DE CONOCIMIENTOS 1. Organizacin

    a. Es presidida por un General de Armas. b. Diez (10) Coroneles de Armas y dos (2) Coroneles de Servicios,

    como vocales. c. Un (1) Comandante de Armas, como secretario.

    2. Funciones a. Recibir del presidente de la Junta Examinadora de la sede Lima y

    de los presidentes de las Juntas Examinadoras a nivel nacional, representantes de la Direccin General, los sobres que contienen las tarjetas de calificacin computarizadas, verificando que estn cerrados, lacrados y firmados por cinco (5) postulantes y los integrantes de las juntas correspondientes.

    b. Verificar y controlar la calificacin del examen de conocimientos mediante sistema computarizado, a travs de una entidad de prestigio, cuyos servicios profesionales han sido evaluados y contratados por la Direccin de Logstica.

    c. Determinar el lugar para el proceso de calificacin computarizada de las respectivas tarjetas, en coordinacin con la Direccin Ejecutiva de Personal y Direccin de Logstica.

    d. Proceder en el lugar determinado para la calificacin a : (1) La apertura de los sobres cerrados y lacrados que contienen

    las tarjetas de calificacin computarizada. (2) El acto de calificacin de las respectivas tarjetas, por el sistema

    computarizado. (3) Verificar la conformidad de las tarjetas de calificacin

    computarizada, de acuerdo a las actas e informes de los presidentes de las Juntas Examinadoras.

    (4) Calificar manualmente las tarjetas de respuestas del examen de conocimientos de los postulantes, que se encuentren en el extranjero, formulando el acta correspondiente para ser entregada a la Direccin Ejecutiva de Personal.

    e. En caso de impedimento o ausencia de alguno de sus integrantes, solicitar el reemplazo a la Direccin Ejecutiva de Personal.

    f. Proceder a la incineracin de las tarjetas de calificacin computarizadas, al finalizar la calificacin, formulando el acta correspondiente.

    g. No atender los reclamos presentados por los postulantes, sobre los resultados obtenidos en el examen de conocimientos; teniendo en consideracin que son inimpugnables.

    h. Remitir a la Direccin Ejecutiva de Personal el resultado de la calificacin computarizada del examen de conocimientos, con actas e informe, para su publicacin en la red informtica pgina web guila 6.

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    i. Formular un informe de las actividades desarrolladas, que ser remitido a la Direccin Ejecutiva de Personal transcurridos cinco (5) das despus de culminadas sus funciones.

    E. JUNTAS SELECTORAS 1. Organizacin

    a. Es presidida por un General de Armas y un Oficial Superior de Armas como secretario.

    b. Para el ascenso a los grados de Suboficiales Superiores de Armas y de Servicios: Un (1) Coronel de Armas como presidente, siete (7) Oficiales Superiores de Armas como vocales, un (1) Oficial Superior de Servicios como asesor legal y un (1) Oficial Superior de Armas como secretario.

    c. Para el ascenso a los grados de Suboficiales Brigadieres de Armas y de Servicios: Un (1) Coronel de Armas como presidente, siete (7) Oficiales Superiores de Armas como vocales, un (1) Oficial Superior de Servicios como asesor legal y un (1) Oficial Superior de Armas como secretario.

    d. Para el ascenso a los grados de Suboficiales Tcnicos de Primera y Tcnicos de Segunda de Armas y de Servicios: Un (1) Coronel de Armas como presidente, siete (7) Oficiales Superiores de Armas como vocales, un (1) Oficial Superior de Servicios como asesor legal y un (1) Oficial Superior de Armas como secretario.

    e. Para el ascenso a los grados de Suboficiales Tcnicos de Tercera, Suboficiales de Primera y de Segunda de Armas y de Servicios: Un (1) Coronel de Armas como presidente, siete (7) Oficiales Superiores de Armas como vocales, un (1) Oficial Superior de Servicios como asesor legal y un (1) Oficial Superior de Armas como secretario.

    2. Funciones a. Evaluarn los factores rendimiento tcnico, formacin acadmica,

    experiencia para el servicio policial, moral y disciplina, y antigedad, con la informacin que obra en la base de datos de la Direccin Ejecutiva de Personal, contrastando con la informacin que obra en el legajo personal y de conformidad a los lineamientos establecidos en el captulo VI Disposiciones Especficas, acpite C Factores de Evaluacin, de la presente directiva.

    b. Formularn las relaciones nominales alfabticas por categoras y grados, con indicacin de los puntajes obtenidos, luego de la evaluacin respectiva, en los factores rendimiento tcnico, formacin acadmica, experiencia para el servicio policial, moral y disciplina, y antigedad; para ser publicada en la pgina web guila 6 de la Direccin Ejecutiva de Personal.

    c. Elaborarn los respectivos cuadros de mritos por categoras y grados, de conformidad a los lineamientos establecidos en el captulo VI Disposiciones Especficas, acpites D Nota Final de los Factores de Evaluacin, F Nota Final del Proceso de Ascensos por Concurso y J Cuadros de Mritos, de la presente directiva.

    d. Tendrn presente que a igual puntaje obtenido por los postulantes en

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    el promedio final de los factores evaluados en el proceso de ascensos, prima la antigedad especificada en el escalafn respectivo.

    e. Culminarn sus funciones y facultades hasta el 31 de diciembre de 2015, para efectos de la formulacin de las actas respectivas y los cuadros de mritos, disminuyendo el puntaje promedio final, que se produzca en los factores rendimiento tcnico, formacin acadmica, experiencia para el servicio policial, moral y disciplina, y antigedad, por diversos motivos debidamente justificados; la exclusin de dichos cuadros de aquellos postulantes que se encuentren incursos en las diversas causales de inaptitud o por el factor moral y disciplina; adems de la suspensin en su ascenso del postulante que se encuentre involucrado en una falta muy grave prevista en la Ley del Rgimen Disciplinario.

    f. Formularn el informe correspondiente a la Direccin Ejecutiva de Personal adjuntando los cuadros de mritos establecidos, para su publicacin en la pgina web guila 6.

    F. JUNTA REVISORA 1. Organizacin

    a. Presidida por el Director Ejecutivo de Personal. b. Vocales: Jefe del Estado Mayor, Jefe de la Divisin de

    Administracin de Legajos, Jefe de la Divisin de Procesos Administrativos Disciplinarios, Jefe de la Oficina de Tecnologa de la Comunicacin y Estadstica, de la Direccin Ejecutiva de Personal.

    c. Asesor legal: Jefe de la Unidad de Asesora Jurdica de la Direccin Ejecutiva de Personal.

    e. Secretario: Oficial Superior de Armas de la Divisin de Procesos Administrativos, Promocin, Nombramiento y Beneficios, de la Direccin Ejecutiva de Personal.

    2. Funciones a. Evaluar y resolver en instancia final y definitiva del presente

    proceso de ascensos, los recursos administrativos interpuestos por los postulantes, contra las resoluciones motivadas por los resultados de evaluacin de las diferentes comisiones y juntas institucionales.

    b. Evaluar y resolver en instancia final y definitiva del presente proceso de ascensos, las solicitudes de reclamo de los postulantes sobre los puntajes obtenidos en los factores rendimiento tcnico, formacin acadmica, experiencia para el servicio policial, moral y disciplina, y antigedad, evaluados por las Juntas Selectoras.

    c. Formular las actas y un informe de las actividades desarrolladas, a fin de que obren en archivo de la Direccin Ejecutiva de Personal y sirvan para que se expidan las respectivas resoluciones directorales, en base a las decisiones tomadas sobre los recursos administrativos interpuestos y solicitudes de reclamo presentadas y evaluadas; publicndose en la pgina web guila 6 de dicha Direccin de acuerdo al cronograma respectivo.