Distribución territorial rfi

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Tercera y última parte de este ensayo que comencé hace ya unos cuantos meses, basado en la idea de la creación de la República Federal Ibérica. No creo estar capacitado para desarrollar este tema mas allá de lo que lo he hecho. Me interesaría en grado sumo conocer vuestras opiniones sobre este asunto, muy en especial la opinión de personas pertenecientes al Estado Portugués. Gracias por vuestra atención y un cordial saludo. J.J. Gómez Montes. 07/02/13

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REPÚBLICA FEDERAL IBÉRICA

Tercera parte

Organización Territorial

PROLOGO

La actual distribución territorial del Estado español, se basa principalmente en dos hechos

acaecidos en los 125 años transcurridos entre los siglos XIX y XX, a saber: La reforma llevada a cabo

por Javier de Burgos en 1833 y la declaración constitucional del Estado de las Autonomías de 1978.

En la primera, la cual se ha mantenido hasta la actualidad; divide el territorio español en 49

provincias a partir de un criterio racional, con un tamaño relativamente homogéneo y eliminando la

mayor parte de los exclaves y enclaves propios del Antiguo Régimen. Las islas Canarias no habían

sido divididas en dos provincias hasta esa fecha, siendo Santa Cruz de Tenerife su capital. En 1927,

con la aparición de la provincia de Las Palmas, se aumentó el número de provincias a 50. A esta

división hay que añadir Ceuta y Melilla, con lo cual el número de capitales de provincia asciendo a 52

en la actualidad.

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A su vez, agrupaba las provincias en regiones con un carácter meramente clasificatorio, sin

reservar para estas regiones ningún tipo de competencia u órgano administrativo o jurisdiccional

común a las provincias que agrupaban.

La organización territorial de España como Estado autonómico, está basada en lo que indica el

artículo 2 de la Constitución española de 1978, que declara que las personas están obligadas a la

unidad indisoluble de la nación española, garantizando el derecho de autonomía de las

nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre ellas. Este artículo está desarrollado

por el Título VIII «De la Organización Territorial del Estado» cuyo artículo 137 dice: El Estado se

organiza territorialmente en municipios, en provincias y en las Comunidades Autónomas que se

constituyan. Todas estas entidades gozan de autonomía para la gestión de sus respectivos intereses.

Ambas estructuraciones del Estado, se han demostrado fehacientemente ineficaces, primero

porque los criterios seguidos parecen estar constituidos principalmente por su desafección a la

Historia y por la sensación que deja de existir un afán de repartir territorios entre los afectos a los

regímenes habidos (todos sabemos de que pié han cojeado); y segundo porque es excesivamente

burocrático y tremendamente caro.

Otro tanto ocurre con Portugal que tiene una estructura administrativa y organización

territorial bastante complicada. Su base está compuesta por 308 municipios, que se subdividen en

más de 4.000 freguesías y que se agrupan en varias divisiones de nivel superior, algunas puramente

administrativas, ya sean globales, ya sean específicas de un ramo de actividad (ejemplos: las

comarcas judiciales, las regiones turísticas), otras de carácter más técnico, otras de nivel histórico y

cultural.

Hubo también varias tentativas de definir regiones naturales que raramente coinciden con las

divisiones administrativas. Aunque en la actualidad no tienen ningún significado administrativo, las

provincias (o regiones naturales), continúan aún hoy siendo la división del país, inmediatamente

después de los distritos, con las cuales se identifican la mayor parte de los portugueses. Creadas por

una reforma en 1936, fueron disueltas formalmente con la entrada en vigor de la Constitución de

1976. Luego están los NUTS (Unidades Territoriales Estadísticas de Portugal), son subregiones que

designan las estadísticas en que se divide el territorio portugués, de acuerdo con el Reglamento (CE)

n. º 1059/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de mayo de 2003. Las regiones sub-

estadística de Portugal son de tres niveles : NUTS I , II NUTS y NUTS III, a su vez divididas en otros

siete subniveles, en fin, una liada.

EL ESTADO FEDERAL (RFI)

La constitución del Estado ampararía la forma de este, que ha de ser Federal, Democrático,

Laico y Social, y todos sus órganos territoriales y administrativos, estarían cohesionados en el fin

común de servicio a un Estado solidario que salvaguarde los derechos y haga cumplir los deberes al

común de la Ciudadanía, creando leyes y ejecutando normas a favor del orden institucional, velando

contra cualquier circunstancia que amenace la libertad, bienestar y justicia del total del territorio

federal y de sus ciudadanos.

La elección de sus órganos de gobierno y de las personas encargadas de su gestión será

democrática, se ejercitará por Sufragio Universal de forma periódica por los ciudadanos que cumplan

los requisitos de edad, disponibilidad y derecho, y por medio de Listas Abiertas, de forma y manera

que aunque los partidos políticos sean la clave de la democracia parlamentaria, en ningún momento

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pueda existir la posibilidad de que un partido se haga con el poder omnímodo, ni a nivel federal ni a

nivel territorial.

Según la división territorial que he concebido, los niveles de administración serían cinco:

ESTADO FEDERAL. Aglutinaría las regiones autónomas y su capital estaría en Madrid,

por encontrarse en el centro de la península y contar con una infraestructura ya asentada. En

esta capital estaría ubicado el Consejo de Estado, integrado por los representantes elegidos

por los Gobiernos de las regiones, los cuales ejercerían su función parlamentaria en

asamblea en una única Cámara. El Jefe del Estado sería el

Presidente, elegido en votación periódica por sufragio

universal cada cuatro años, no pudiendo ocupar el puesto

durante mas de tres legislaturas y habiendo resultado el

mas votado, bien en lista de partido o candidatura

independiente. El Presidente de la República sería el

encargado de nombrar un primer ministro a propuesta de la

Cámara; a su vez el Primer Ministro formaría Gobierno entre

los representantes mas votados, priorizando aptitudes y

garantizando la honorabilidad de los elegidos,

responsabilizándose del correcto funcionamiento del Gabinete. Si dicho Gabinete con el

Primer Ministro a la cabeza, no cumpliera las expectativas por y para las que ha sido

nombrado, la Cámara tiene total potestad para destituirles y nombrar un nuevo Gabinete.

REGIONES AUTÓNOMAS. (No necesariamente tiene que ser esta la denominación,

quede así de momento). Serían nueve: Suevia, Vasconia, Aragón, Cathalonia, Hispalia,

Lusitania, Vetonia, Castiella y Atlántica Ibérica. Aunque dispondrían de derecho internacional

y carácter de estado autónomo, esto solo sería aplicable en las relaciones interiores del

Estado Federal, para asuntos internacionales, el Estado seria el único representante. En la

capital regional se ubicaría la Cámara de Representantes, de elección pública mediante voto,

y en cantidad proporcional al número de habitantes (que no

de votantes), en listas abiertas, recalco. La Cámara de

Representantes elegiría entre sus miembros a los encargados

de los distintos negociados: Salud, trabajo, infraestructuras,

etc. Así como cómo a los participes en el Consejo de Estado,

en ambos casos por votación y en función de su preparación y

valores demostrados, poniendo de inmediato su voluntad y

disponibilidad para el cargo en función del cometido

encomendado. Desaparece el título de presidente, presidente

no habrá mas que uno y este será el Presidente de la República, así que me permito

cambiarle por el mas clarificador de Gobernador.

PROVINCIAS. Observaréis que en muchos casos las provincias que señalo, coinciden

con las actuales autonomías, esto es así porque considero que la personalidad de algunas de

ellas es incuestionable, léase Cataluña, Galicia o Euzkady, en otras dicho carácter no esta tan

definido, por lo que en algunos casos las e integrado en regiones de mas identidad, es el caso

de Murcia o la Rioja. Obsérvese también que en Lusitania hay dos Diputaciones, esto

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obedece a dos razones: Primero la extensión de la propia región y segundo el carácter y

personalidad de Lisboa como capital del actual Estado de Portugal. Lisboa administraría la

parte portuguesa y Huelva la española, por lo menos hasta una integración manifiesta y el

afianzamiento del nuevo modelo territorial.

Las provincias son en realidad el territorio mas comprometido a la hora de su

integración y administración, en ellas se define y decide lo que es necesario para cada una.

En cada provincia existirá el Consejo Provincial, con sede en las Diputaciones (Una por cada

provincia), también de elección pública por sufragio universal. De dicho consejo saldrá por

elección de todos sus miembros el Primer Consejero y los consejeros diputados, los cuales

asumen los cargos y competencias de los entes provinciales y de sus funciones, sean de

orden civil, policial y militar. También será el Consejo Provincial el encargado de nombrar a

los diputados para ejercer como portavoces en la Cámara de Representantes regional.

MAYORAZGO. Los Mayorazgos vienen a ser lo que hoy en día son las provincias. A la

cabeza del Mayorazgo se encontraría el Alcalde Mayor, asistido y arropado por tres

secretarios para las distintas funciones de Gobierno: Civil, militar y policial. Estos cargos

serían de elección pública mediante votación ciudadana, y aunque los partidos podrían

presentar listas con sus candidatos, los ciudadanos podrían votar por candidatos de distintos

partidos, así como por candidatos independientes*

Para mayor efectividad de los secretarios, sería aconsejable y conveniente que estos

fueran extraídos de listas presentadas por los estamentos a los que van a representar, quiere

decirse, por poner un ejemplo, que para el cargo de secretario policial, serían los cuerpos de

policía los que propondrían una lista de candidatos*.

AYUNTAMIENTOS. En el mapa que he elaborado, no figuran los ayuntamientos

debido a que para su creación y nombramiento, primero sería preciso estipular las

localidades donde se ubicarían las casas consistoriales, ya que en estas se administrarían

núcleos rurales y/o urbanos que no podrían descender de 50.000 habitantes, por lo que no

habría mas remedio, en muchos casos, que recurrir a las mancomunidades; así mismo se

puede dar el caso, y de hecho se daría con mucha frecuencia, que en una misma localidad

nos encontráramos con la sede del Mayorazgo y el Ayuntamiento e incluso la Diputación.

Al frente de los Ayuntamientos estaría el Alcalde, elegido por sufragio universal en

listas abiertas, vuelvo a repetir. Desaparecería el cargo de Concejal, cuyo puesto sería

ocupado por la figura del Gerente al frente de las distintas gerencias: Gerencia de vivienda y

suelo, gerencia de cultura y deporte, etc… Estos cargos serían elegidos entre funcionarios de

probados conocimientos (bien por titulación o bien por experiencia), por el Consejo

Provincial mediante concurso, en el que se valorarían las aptitudes, rectitud y disponibilidad

personales y profesionales de los candidatos.

Se observa una notable reducción de cargos burocráticos, y no se puede ni se debe

aducir la necesidad de mas estamentos de orden político (sirva como ejemplo los consejos

comarcales), es innecesario y absurdo hoy en día crear ese tipo de organismos

argumentando sobre la proximidad de dichos estamentos a la ciudadanía. Si consideramos

que vivimos en un tiempo en el que las comunicaciones, tanto de orden físico: Mejores y

numerosas vías de comunicación por tierra mar y aire, vehículos de transporte mas rápidos y

seguros… como en las comunicaciones de tipo electrónico: Redes, telefonía, video

conferencia… (me atrevería a decir que esta ultima opción de comunicación diaria y

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continua, sería incluso mas efectiva, por ser mas protocolaría y reducir considerablemente el

amiguismo y el compadreo).

Por otra parte, la ciudadanía está en su derecho de crear y mantener asociaciones,

bien sean profesionales, culturales, de vecindad, de consumo, de protección de intereses

legítimos… que organizadas y legalizadas, son un estupendo medio de intermediación y

participación con los distintos estamentos del Estado, digo mas, al existir las listas abiertas,

estas asociaciones federándose, podrían mantener representantes en todos y cada uno de

los niveles de gobierno.

Las organizaciones sindicales, son probablemente las más importantes, es por eso que

opino que a pesar de su total independencia, precisarían de una central sindical que las

aglutine. Mismo caso con las asociaciones empresariales y gremiales (en el caso de

profesiones liberales). De ahí que considero necesario la creación de un gran Ministerio que

englobe todas las actividades productivas, porque… ¿quién mejor que los profesionales:

empresarios y trabajadores, para fijar cuotas de producción, políticas de mercado,

necesidades estructurales, etc. etc. etc? ¿para qué Ministerio de Industria, de pesca, de

agricultura… cuando los que al final marcan los ritmos, deben de tener la obligación de remar

en una misma dirección?, y esa dirección es el bienestar del Estado. Permítaseme incluir aquí

una antigua cita datada en 1933 que pertenece a Ramiro Ledesma (falangista y nacional-

sindicalista…¿bueno y que?, ¿Acaso no es razonable y está perfectamente formulado?, ¿no

es aplicable a día de hoy mas que nunca desde aquella lejana fecha?),: “Las masas populares

tienen derecho a reivindicaciones de linaje muy vario; pero nosotros destacamos y señalamos

dos de ellas de un modo primordial: Primera, garantía de que el capital industrial y

financiero no tendrá nunca en sus manos los propios destinos nacionales, lo que supone un

riguroso control de sus operaciones…. Segunda: derecho permanente al trabajo y al pan

(entiéndase necesidades básicas: alimentación, sanidad, vivienda…), es decir abolición

radical del paro forzoso” (léase despidos por ERES, etc).

EPÍLOGO

Quizás alguien mas preparado que yo para estos menesteres de índole socio-políticos,

considere que me estoy metiendo en camisas de once varas y que debo pedir disculpas por

haberme atrevido a embarcarme en este peliagudo asunto de la creación de una República

Federal Ibérica (no se preocupen, esta tercera es la última parte), pero es que así lo siento y

como ser pensante y ciudadano libre, me atrevo a manifestarlo y mantenerlo. Veo a diario

como otra vez mas vamos a la deriva en la gran Iberia, y digo Iberia porque los dos estados

que integran la península tenemos parecidos, por no decir iguales problemas. Hoy leía que

Portugal, con 10 millones de habitantes repartidos en un mare magnun de administraciones

territoriales, tiene la friolera de 750.000 funcionarios, claro, ellos que culpa tienen, solo

pretenden ganarse la vida lo mejor que pueden, pero ¿hay economía de estado que aguante

eso?.

También hace unos días leía una entrevista hecha al escritor Lorenzo Silva, en la que le

hacían una pregunta referente a la barrera imaginaria que existe entre Madrid y Barcelona y

al deseó inconsciente de levantar fronteras en España, tanto por parte de los

independentistas como por los contrarios, a los que no se como denominar. El escritor

respondía que eso es un anacronismo y una solución simplona, y de la necesidad de enfocar

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este anacrónico asunto de una forma constructiva; remataba diciendo: “Lo que deberíamos

de hacer es aprender a gestionar esa complejidad y hacerlo bien, que nunca se ha hecho.

España no ha encontrado su construcción como Nación…”, es exactamente lo que opino y de

ahí mi apuesta por la RFI.

La grandeza del Estado deviene del empuje solidario de toda la ciudadanía, porque en

el Estado lo mas importante son todos y cada uno de los ciudadanos, su bienestar; y el

bienestar es la libertad, la justicia, el orden, la salud, el hogar, la educación, la cultura, … en

fin, todo lo que hace que un pueblo se sienta orgulloso de pertenecer a un gran Estado, un

estado no oprimido, no esquilmado, no saqueado, y así poder utilizar sin vergüenza esa

palabra que define la honra de considerar que entre todos hemos construido y

pertenecemos a una gran Nación, esa palabra es Patria.

BANDERA DE LA REPÚBLICA FEDERAL IBÉRICA