El Derecho Corporativo (1)
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8/16/2019 El Derecho Corporativo (1)
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UNIVERSIDAD CATÓLICA LOS ÁNGELES
CHIMBOTE
FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES Y
ADMINISTRATIVAS
ESCUELA PROFESIONAL DE CONTABILIDAD
EL DERECHO CORPORATIVO Y LAS FUENTES DEL DERECHO
COMERCIAL
RURUSH ROSAS ALFONSO ROSSELL TINOC CORPUS ZINNIA MEDALIT
HUARAZ – PERÚ
2015
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UNIVERSIDAD CATÓLICA LOS ÁNGELES
CHIMBOTE
FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES Y
ADMINISTRATIVAS
ESCUELA PROFESIONAL DE CONTABILIDAD
DERECHO COMERCIAL I
EL DERECHO CORPORATIVO Y LAS FUENTES DEL DERECHOCOMERCIAL
TAREA GRUPAL I UNIDAD AUTORES:
- RURUSH ROSAS ALFONSO ROSSELL - TINOCO CORPUS ZINNIA MEDALIT (RESPONSABLE)
CICLO:
II CICLO
UNIDAD:
I UNIDAD
DOCENTE:
ROSALES LEÓN SERAPIO PETERSON
HUARAZ – PERÚ
2015
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ÍNDICE
CAPÍTULO I EL DERECHO CORPORATIVO .................................................... 6
1. ¿QUÉ ES EL DERECHO? ....................................................................... 6
2. ¿QUÉ ES UNA EMPRESA? ..................................................................... 6
3. LA EMPRESA Y EL DERECHO. .............................................................. 7
4. DERECHO CORPORATIVO. ...................................................................... 8
4.1. DERECHO ECONÓMICO. ................................................................. 9
4.2. DERECHO MERCANTIL. .................................................................. 9
4.3. DERECHO BANCARIO. .................................................................. 10
4.4. DERECHO FISCAL. ........................................................................ 10
4.5. DERECHO PENAL. ......................................................................... 10
4.6. DERECHO LABORAL...................................................................... 11
4.7. DERECHO ADMINISTRATIVO. ....................................................... 11
CAPÍTULO II FUENTES DEL DERECHO COMERCIAL .................................. 13
1. FUENTES FORMALES .......................................................................... 13
1.1. LEY MERCANTIL ................................................................................ 13
2. FUENTES HISTÓRICAS ........................................................................ 15
3. FUENTES MATERIALES ....................................................................... 15
BIBLIOGRAFÍA ............................................................................................... 17
ANEXOS .......................................................................................................... 18
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INTRODUCCIÓN
La globalización ha generado cambios rápidos y constantes, un cambio importante en este
contexto, es la eliminación de las barrearas comerciales, la interdependencia y la
celebración de tratados, esto implica que más personas intervengan en el intercambio
comercial de bienes y servicios, como consecuencia se ve la incursión de muchos
particulares en la actividad comercial. Debido a este fenómeno, en estos años se crea una
legislación al respecto, como el derecho corporativo y el derecho mercantil que regulan
estas actividades comerciales. El interés que se tiene en el tema obedece principalmente
a conocer generalidades acerca de estas ramas del derecho antes mencionadas, para dar
un marco general acerca de lo que trata cada uno de ellos y con ese conocimiento
posteriormente ahondar más en estos conocimientos.
Por lo anteriormente expresado el enunciado del problema de investigación es el
siguiente: ¿Qué es el derecho corporativo y cuáles son las fuentes del derecho comercial?
Para dar respuesta a este problema se plantea el siguiente objetivo general: Determinar
que es el derecho corporativo y las fuentes del derecho comercial.
Esta investigación se justifica porque permite tener un panorama general acerca de estas
dos grandes ramas del derecho, nos permite ampliar nuestro conocimiento legal, a través
del esclarecimiento de términos y conceptos que se tratarán a lo largo de la investigación.
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CAPÍTULO IEL DERECHO CORPORATIVO
(Derecho, empresa, la empresa y el derecho, derecho corporativo)
1. ¿QUÉ ES EL DERECHO?
La palabra derecho viene del vocablo latín directus, cuyo significado es no
apartarse del buen camino, seguir el sendero de la ley, lo que se dirige o es
bien dirigido. En general se entiende por derecho al conjunto de normas
jurídicas, que son creadas por el estado para regular la conducta externa del
hombre y en el caso de incumplimiento esté prevista una sanción judicial.1
“El derecho es el conjunto de normas que imponen deberes y normas que
confieren facultades, que establecen las bases de convivencia social y cuyo
fin es dotar a todos los miembros de la sociedad de los mínimos de seguridad,
certeza, igualdad, libertad y justicia"2
2. ¿QUÉ ES UNA EMPRESA?
El término empresa se deriva del italiano impresa, que indica: Acción ardua y
dificultosa que valerosamente se comienza; intento o designio de hacer
alguna cosa; casa o sociedad mercantil o industrial fundada para emprender
o llevar a cabo construcciones, negocios o proyectos de importancia. Obra o
designio llevado a efecto en especial cuando en él intervienen varias
personas; entidad integrada por el capital y el trabajo como factores de la
producción y dedicada a actividades industriales, mercantiles o de prestación
de servicios, generalmente con fines lucrativos y con la consiguiente
responsabilidad.3
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(González & Moreno, 1986)2 (Leonel & Ledesma, s.a)3 (Real Academia Española, 1992)
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De lo anterior se desprende que la actividad emprendedora, en el sentido
económico, implica una actitud estratégica en la que se combinan
conocimientos, habilidades y destrezas para hacer frente a los retos que se
presentan en el mundo económico.
3. LA EMPRESA Y EL DERECHO.
La diversidad de relaciones que surgen al intercambiar bienes y servicios,
que constituyen la parte fundamental de la actividad económica, implica la
necesidad de que se realicen en un marco de orden, igualdad y seguridad
jurídica.
El orden jurídico es el sometimiento de una actividad a un conjunto o sistema
de normas por los miembros del grupo social, incluidas las autoridades, con
el fin de alcanzar la paz y el bienestar social.
La igualdad jurídica significa que el sistema de normas otorgue sin exclusión
el mismo trato (deberes y derechos) a todas las personas a las que se dirige.
En cuanto a la seguridad jurídica, consiste en la certeza que tiene el individuo
de que el ordenamiento jurídico sea aplicado en cualquier situación prevista
en la norma.
Por lo que se requiere de las normas y disposiciones jurídicas que permitan
realizar la actividad empresarial bajo el principio de legalidad: “la autoridad
sólo puede hacer aquello que está facultado por la ley y legalmente
permitido”, y el particular “puede hacer todo lo que no está prohibido”.
Conviene tener presente que las disposiciones jurídicas aplicables a la
empresa no se localizan en un solo texto legal, el régimen jurídico de la
empresa se encuentra en multitud de leyes y ordenamientos de índole civil,
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mercantil, laboral, fiscal, administrativo, bancario, internacional, además de
que la jurisprudencia contiene tesis aplicables a la empresa y sus elementos.
Como se puede observar, el sustento jurídico de la actividad empresarial se
nutre de teorías, instituciones, principios, textos normativos de distintas
ramas del derecho, las cuales configuran al derecho corporativo. El esquema
de esta fuente es:
- Derecho público: constitucional, administrativo, fiscal, penal, procesal,
internacional público.
- Derecho privado: civil, mercantil, internacional privado.
- Derecho social: económico, laboral, agrario, seguridad social ambiental,
cultural
4. DERECHO CORPORATIVO.
El derecho corporativo estudia las normas relativas a la empresa y su
actividad empresarial, o dicho en términos jurídicos a la Sociedad y sus
actividades (intercambio de bienes), dentro de ella la más común e
importante: El Lucro.
Dicho de otro modo, podemos decir que dicha rama jurídica de Derecho
Privado, guarda estrecha vinculación con el derecho de las empresas, o como
reguladora de la economía organizada.4
La empresa como institución no ha sido definida unánimemente, y las normas
del derecho contemporáneo en sus definiciones tradicionales asimilan el
concepto al de sociedad mercantil.
La sociedad mercantil en su noción tradicional es sujeto de derecho, es
considerada una universalidad de derechos y cuenta con patrimonio
4 (Montoya, 2004)
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separado al de los socios, y generalmente reconocida por una ficción jurídica
como una entidad o persona moral.
El derecho corporativo no existe como una rama del derecho; no obstante,
las diversas actividades que se realizan en la empresa implican una
multiplicidad de ordenamientos jurídicos para su regulación, lo que hace
necesario establecer un contexto legal para el desempeño de las actividades
económicas.
Es importante mencionar que la plataforma de la actividad empresarial se
compone de elementos de las siguientes ramas del derecho:
4.1. DERECHO ECONÓMICO.
Es el conjunto de valores, principios, normas y procedimientos jurídicos
tendientes a requerir, posibilitar y controlar la intervención directa o
indirecta e interactiva del Estado en todos los aspectos macro y
microscópicos de la economía por medio de medidas y actividades
coactivas y persuasivas, estimulantes y disuasivas, a fin de proporcionar
y garantizar las condiciones y los objetivos de implantación,
estructuración, funcionamiento, reproducción, crecimiento y desarrollo de
dicha economía y, por lo tanto, la producción, distribución y uso o
consumo de bienes, servicios e ingresos.5
4.2. DERECHO MERCANTIL.
Es la rama del derecho privado que regula la actividad de los
comerciantes y los actos de comercio, así como las sociedades
mercantiles, que son las personas morales en que se apoya el
comerciante para realizar la actividad empresarial.
5 (Kaplan, 2002)
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Este derecho constituye un orden jurídico de carácter general que se
aplica a: a) los actos de comercio (relación mercantil); b) a las personas
que lo realizan (sujetos de la relación mercantil); c) a las cosas o bienes
materia de los actos de comercio (objeto de la relación mercantil); d) a
los procedimientos judiciales o administrativos (juicios mercantiles,
concursos mercantiles), etcétera.6
4.3. DERECHO BANCARIO.
La empresa, para funcionar desde el punto de vista económico, requiere
un patrimonio cuya administración, manejo e incremento tiene relación
con las instituciones de banca y crédito, por lo que el derecho bancario
es un factor importante para la realización de inversiones, obtención de
créditos, transferencias monetarias y todo tipo de intermediación
cambiaria.
4.4. DERECHO FISCAL.
Es la rama del derecho público que regula las relaciones entre los
contribuyentes y el Estado, contiene disposiciones cuyo conocimiento y
observancia son indispensables para que la empresa funcione en
términos de la ley correspondiente. Por materia fiscal debe entenderse lo
relativo a la determinación, liquidación, pago, devolución, exención,
prescripción o control de los créditos fiscales o lo referente a las
sanciones que se impongan por motivo de infringir las leyes tributarias.
4.5. DERECHO PENAL.
Es la rama del derecho público que define los delitos, sanciones y
medidas de seguridad; por lo que es necesario conocer las
6 (Adriano, s.a.)
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consecuencias de los hechos ilícitos en que puede incurrir un empresario
y sus subordinados, principalmente en los delitos patrimoniales, como
robo, fraude, abuso de confianza, lavado de dinero, entre otros; habida
cuenta de los delitos fiscales contemplados en la ley respectiva.
4.6. DERECHO LABORAL.
Estudia las normas que regulan las relaciones que directa e
indirectamente derivan de la prestación libre, subordinada y remunerada
de servicios personales, cuya función es producir el equilibrio de los
factores en juego, mediante la realización de la justicia social, que implica
la regulación de las relaciones entre obreros y patrones, por ejemplo: la
contratación individual y colectiva, las jornadas laborales y salarios,
accidentes de trabajo, vacaciones, prestaciones, capacitación y
seguridad social en lo que toca a pensiones, jubilaciones, invalidez y
vejez.7
4.7. DERECHO ADMINISTRATIVO.
Se compone del conjunto de normas jurídicas que regulan la actividad
administrativa de los órganos del Estado. Los principales tópicos de esta
disciplina que tienen relación con el funcionamiento de la empresa son
procedimientos administrativos para la obtención de licencias, permisos,
concesiones y autorizaciones, con el objeto de prestar servicios o
dedicarse a actividades productivas; regulación de la competencia
económica, legislación del comercio exterior e inversión extranjera,
régimen de propiedad del Estado y de los particulares, propiedad
intelectual y derecho de autor, además del juicio de nulidad en materia
7 (De Buen, 2005)
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administrativa, que persigue dejar sin efecto los actos de autoridad
administrativa que vulneren el principio de legalidad.
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CAPÍTULO IIFUENTES DEL DERECHO COMERCIAL
(Fuentes formales, Fuentes históricas, Fuentes materiales.)
1. FUENTES FORMALES
García (1977), sostiene que las fuentes formales son: “los procesos de
creación de las normas jurídicas que comprenden los procedimientos,
métodos o modos de carácter formal por medio de los cuales se producen
normas jurídicas”. Dentro de las fuentes formales podemos encontrar a:
1.1. LEY MERCANTIL
En los países en los cuales el Derecho es escrito, la legislación es la más
importante de las fuentes; es decir, la ley o conjuntos de leyes en vigor
que regulan en forma sistemática materias afines o ramas del Derecho.
La legislación mercantil está constituida tanto por leyes de contenido
mercantil, como por reglamentos administrativos, decretos e inclusive
tratados internacionales ratificados por las autoridades legislativas y
ejecutivas. Las fuentes formales son el conjunto de procesos de creación
de las normas jurídicas.
a. Costumbre y los usos mercantiles
La segunda fuente formal del Derecho Mercantil, es la costumbre y
los usos mercantiles. Históricamente, debemos entender que la
costumbre fue anterior a la obra del legislador; no obstante, cabe
mencionar que, en la mayoría de los estados modernos, la
formulación del Derecho es casi exclusivamente obra del legislador,
aunque existen casos como Inglaterra, en que predomina todavía el
uso de la costumbre. En términos generales, podemos definir la
costumbre como: “un uso existente en un grupo social, que expresa
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un sentimiento jurídico de los individuos que componen dicho grupo”.
Para el maestro García Máynez, el Derecho consuetudinario (es decir,
aquel basado en la costumbre) tiene dos características:
1. Está integrado por un conjunto de reglas sociales derivadas de un
uso más o menos largo.
2. Dichas reglas, cuando los individuos que las practican les
reconocen obligatoriedad, se trasforman en Derecho Positivo,
como si se tratase de ley.
Ahora bien, para la teoría romano-canónica, la costumbre tiene dos
elementos:
1. Subjetivo. El uso en cuestión es jurídicamente obligatorio y debe,
por tanto, aplicarse.
2. Objetivo. Es la práctica suficientemente prolongada de un
determinado proceder.
Con relación al Derecho Mercantil se ha dicho que “la costumbre es
un producto espontáneo de las necesidades del comercio”. Podemos
reafirmar, de acuerdo con lo antes dicho, que efectivamente la
costumbre desde sus inicios ha sido producto de las necesidades de
los comerciantes y el cambio en el tipo de negociaciones. El maestro
Barrera Graf señala que no se puede negar que la costumbre sea
fuente del Derecho debido a las siguientes razones:
1. El carácter consuetudinario del Derecho Mercantil.
2. La invocación legal de los usos mercantiles hace que existan y se
apliquen.
3. La invocación legal de los usos particulares (los encontramos en
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las disposiciones de Derecho marítimo y bursátil).
b. Jurisprudencia
La jurisprudencia no es otra cosa que la interpretación que de las
leyes Mercantiles hacen las cortes y juzgados, repetida en cinco
ocasiones en un mismo sentido. La Corte suprema, como integrante
del Poder Judicial de la Federación, es quien hace esta interpretación
de las leyes mercantiles.
2. FUENTES HISTÓRICAS
Podemos señalar como fuentes históricas todas aquellas legislaciones que
muestran la situación legal de pueblos y civilizaciones antiguas, así como la
evolución del Derecho y las figuras jurídicas que aún en nuestros días tienen
gran influencia, como, por ejemplo, el Código de Napoleón, el Digesto, etc.
3. FUENTES MATERIALES
Algunos autores denominan las fuentes materiales, fuentes reales. Podemos
establecer que las fuentes materiales del Derecho Mercantil son todos
aquellos factores y elementos que determinan el contenido de las normas
jurídicas. Podemos afirmar que las fuentes materiales o reales “comprenden
todas las condiciones de vida que vive una sociedad, como su problemática
económica, política y social; su religión, sus costumbres, sus tradiciones, su
moral, su cultura, su idioma, su idiosincrasia, su grado de desarrollo, su
historia, hasta su clima y su ubicación geográfica, entre muchas otras cosas”.
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CONCLUSIÓN
A partir del estudio realizado podemos concluir que el derecho corporativo es la
rama del derecho que se centra en las empresas y todo lo relacionado con ellas,
desde un punto de vista legal. Así también podemos concluir que las fuentes del
derecho comercial son los modos y las formas por medio de las cuales se
establecen las normas jurídicas que regulan la actividad comercial; y que dichas
las fuentes pueden ser clasificadas en: fuentes formales, fuentes históricas y
fuentes materiales.
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BIBLIOGRAFÍA
Adriano, E. (s.a.). Derecho Mercantil. México: UNAM .
De Buen, N. (2005). Diccionario Jurídico. Mexico: UNAM.
González, F., & Moreno, G. (1986). Nociones del derecho positivo. México:
Porrua.
Kaplan, M. (2002). Derecho económico. México: UNAM.
Leonel, P., & Ledesma, A. (s.a). Introducción al estudio del Derecho. México:
Harla.
Montoya, U. (2004). Derecho comercial. Lima: Grijley.
Real Academia Española. (1992). Diccionario de la lengua española. Madrid:
Real Academia Española.
Sanromán, R., & Cruz, A. (2008). Derecho corporativo y la empresa. Santa Fe:
Cengage.
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ANEXOS
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