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Cuerpo de Genera les de Carabineros de Chi le

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Actualidad

Reconocimiento a su permanente apoyo y respaldo 04

Un año más de vida del Cuerpo de Generales de Carabineros 05

Asamblea general ordinaria de la Corporación 08

Visita a la Academia de Ciencias Policiales de Carabineros 09

Distinción a los mejores alumnos de los planteles institucionales 10

Premio Cuerpo de Generales de Carabineros 11

Reunión con el Círculo de Oficiales Generales de La Policia de Investigaciones

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Cambio de coordinador con el Cuerpo de Generales 12

Profesionales

Amenazas a la seguridad ciudadana 13

Ministerio de orden público 17

Mantenimiento de la paz de Naciones Unidas 21

El Mundo Hoy

Una vida marcada por la impronta de las carabinas cruzadas 35

Obituario

Paz a los que paz dieron 48

REVISTA DEL CUERPO DE GENERALES DE CARABINEROS

CONSEJO EDITORIAL: General Inspector (r) : Dn. IVÁN GONZÁLEZ JORQUERA General (r) : Dn. JOSÉ HERNÁNDEZ VIVANCO General (r) : Dn. AUGUSTO CARMONA REIMANN General (r) : Dn. MAURICIO SOTO ULLOA Diseño y Producción : Equipo profesional de EVERPRINT LTDA.

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DIRECTOR Y REPRESENTANTE LEGAL:

General Inspector (r) Dn. Iván González Jorquera

Contenido

Edición 55 diciembre 2014

Las opiniones expresadas en esta revista son de exclusiva responsabilidad de sus autores.

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UN RESPALDO MÁS QUE NECESARIO

Al contrario de lo que ocurre en otros países del mundo y especialmente en la Región, Carabineros de Chile es la principal fortaleza que tiene el Estado para prevenir y combatir la delincuencia con el plus que goza de un singular, histórico y destacado grado de confianza dentro de la ciudadanía, no obstante, que por el importante rol que cumple, debe limitar los derechos individuales de los miembros que la integran, para hacer posible la convivencia y el bienestar de todos, lo que de una u otra forma debe entenderse como que aquella, claramente la sustrae o le asigna una participación marginal, en el ámbito de la responsabilidad en dicha problemática que le afecta con preocupación, desde que se iniciara como un rebrote galopante hace casi cinco lustros.

Lo señalado, sin lugar a dudas, no es producto del azar o de situaciones puntuales ajenas a la realidad como claramente se deduce de lo señalado editorialmente en un reconocido medio de comunicación escrito refiriéndose a ella: “casi por nueve décadas ha sido virtualmente, la primera y única manifestación concreta de la asistencia del Estado, a las personas en momentos difíciles de la más variada naturaleza y envergadura”.

No hay duda alguna que en nuestro país hoy, el “problema delincuencia” es de envergadura “per se” y por la natural proyección que pueda tener en el tiempo, transformando la convivencia de sus habitantes en momentos difíciles de sobrellevar, producto de la denominada “sensación de impunidad” que los afecta merced a lo que a diario observan, escuchan o experimentan, haciendo válida la interrogante si ello es en verdad una sensación o derechamente, una lamentable realidad.

Lo acontecido por años en la región de la Araucanía, la violencia en los estadios, los desmanes en la vía pública, las febles penas asignadas a determinadas faltas y simples delitos que hacen rentable su reiteración o la lenidad general en cuanto a las responsabilidades que emanan de la acción delictiva de menores haciéndolos instrumentos idóneos para alcanzar la impunidad, son algunas de las tantas pruebas para determinar que aquella percepción se asienta en bases sólidas y pragmáticas.

Han transcurrido más de cuatro años desde que la ciudadanía viera con espanto los efectos de un movimiento telúrico junto al desborde salvaje de saqueadores que habló de un Chile casi primitivo, sin que aún se le haya dado cuenta como corresponde, respecto de la sanción social que se les impuso por tan deleznable conducta, a todos aquellos que fueron detenidos por Carabineros en el acto o tras los ingentes esfuerzos investigativos llevados a cabo, para poner a los responsables a disposición de la justicia.

Si bien es cierto que la privación de la libertad no es la mejor solución para el problema

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planteado, no resulta aceptable que la ciudadanía perciba que los delincuentes pululan en las calles, a juzgar por los extensos currículos delictuales que exhiben cuando son aprehendidos una y otra vez por Carabineros. Sin embargo, aún no se ha podido implementar una medida alternativa jurídica eficaz, que permita en la práctica, sacarlos del “circuito delictual” en el que participan.

Pese a las ventajas comparativas que posee la Institución en la lucha contra el delito, la mencionada “sensación de impunidad” también la afecta puesto que claramente, existe un sector de la sociedad que por indiferencia, ignorancia en el tema o simplemente por intereses de la coyuntura, postulan que ella ha sido “sobrepasada por los hechos” para generar la posibilidad de introducir recetas mágicas que no existen.

En nuestro país la problemática señalada, al igual que otras tantas situaciones históricas o de la contingencia, habitualmente se enfrentan desde la perspectiva de las “consecuencias” por intereses ajenos al Bien Común determinando, por tanto, que las causas sobrevivan en el tiempo e impidan la solución del problema. Esta peculiar y arraigada forma de proceder sin dudas, es la antítesis de una “política país” con miras a una “política de Estado”.

El combate a la delincuencia debe llevarse a cabo al margen de las posturas partidistas y con la única herramienta válida para aquello, la Ley en su máxima expresión, elaborada de manera inteligente en un contexto global y de cara a la idiosincrasia del país y de sus habitantes. Los modelos foráneos, por muy buenos resultados que puedan haber alcanzado en su país de origen, en el mejor de los casos, deben ser adoptados, adecuándolos a la realidad e identidad que tiene el país y para ello, debe considerarse un factor vital para el éxito o el fracaso de la iniciativa que no es otro, que la “realidad de la calle”, vista como una certidumbre social multisectorial que la teoría por muy elaborada que sea, no la capta en su real dimensión.

El cambio del paradigma vigente que subalternizó el concepto jurídico de Orden Público al de la Seguridad Pública, sumó una variante negativa de peso en la lucha contra el delito, puesto que se desconoció su preexistencia en la convivencia armónica y pacífica de los ciudadanos bajo el amparo del Estado y el imperio del Derecho, única herramienta, capaz de generar la percepción en la ciudadanía, de “vivir en un país donde tales principios son efectivamente respetados” gracias al respaldo que la ley otorgue al principal instrumento que existe para conservar y hacer respetar tan importante concepto jurídico; esto es Carabineros de Chile.

Hay que dejarlo muy en claro, la sensación de impunidad que afecta a los chilenos cuando más, podría considerarse un factor tangencial en las responsabilidades que en este ámbito tiene la policía en general y Carabineros en particular. El potencial profesional de Carabineros de Chile radica en el actuar de sus hombres guiados por una Doctrina rectora que no admite renuncios y enmarcada bajo los cánones rígidos del Estado de Derecho en el que la Autoridad Política ejerce

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sus funciones reconociendo un ordenamiento jurídico que regula tanto las facultades de dicha autoridad política como los derechos y deberes de los gobernados, normando la actividad social.

Recientemente un connotado Ministro de la Corte de Apelaciones de Santiago por haber sido víctima de un delito violento, fue consultado sobre cuáles serían para él las tres medidas más relevantes a objeto de disminuir la delincuencia. Su respuesta fue clara y contundente al señalar como la primera de ellas: “fortalecer a las policías”, obviamente refiriéndose al fortalecimiento legal.

Curiosamente la mencionada postura respecto del tema, es absolutamente coincidente con lo que expresara hace siete lustros la destacada estadista Margaret Thatcher cuando asumió como Primer Ministro del Reino Unido: ..........“Nada nuevo hay bajo el sol, pero cuantas cosas viejas hay, que no conocen la luz del sol”.

No resulta entendible entonces, que no se haya podido consensuar hasta ahora una voluntad política para respaldar a Carabineros en su trascendente tarea de “guardadores del Orden y Seguridad Públicos”, bajo el pretexto de que existen normas generales que ya lo contemplan. Sin lugar a dudas, uno de los factores que con más fuerza genera la “percepción de impunidad” en las personas, es observar la total falta de respeto y la saña conque sin mayor costo, la delincuencia enfrenta o ataca a quienes algún día, tendrán que recurrir por auxilio protector.

Posturas reprimidas, suspicacias inadecuadas y resquemores improcedentes, no pueden desvalorizar la confianza de la ciudadanía que busca desarrollarse en paz al amparo de una Institución que, en opinión de un medio periodístico prestigiado: ..........“por su ascendiente nacional del que goza, puede asumir el liderazgo antidelictivo eficaz y perfectible, para romper el tradicional círculo de descargos de responsabilidades” que tiene hoy al país en un estancamiento injustificado frente a una temática demasiado importante para sus habitantes como para desoírla.

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HOMENAJE A MARÍA ANGÉLICA CRISTI MARFIL

RECONOCIMIENTO A SU PERMANENTE APOYO Y RESPALDO

La Casa de Campo La Reina fue el escenario elegido por el Directorio del Cuerpo de Generales para organizar una emotiva

ceremonia que tuvo como principal objetivo reconocer a la hija del fallecido General Óscar Cristi Gallo y ex parlamentaria, María Angélica Cristi Marfil, a través de un merecido homenaje a su destacada trayectoria pública y su permanente preocupación por apoyar de manera desinterasada y sin claudicaciones, los valores y principios que sustenta la Corporación, en relación a su Institución de origen y el apoyo a las mujeres y hombres que la integran.

El encargado de fundamentar el acto que se realizó el 12 de septiembre pasado fue el Director de Difusión, General (r) Augusto Carmona Reimann, quien recordó los hitos más importantes alcanzados a lo largo de su meritoria carrera profesional y subrayó el gran valor que conlleva el recibir la más alta presea que otorga la Corporación.

“La condecoración Gran Estrella Honor y Tradición del Cuerpo de Generales, máxima distinción que otorga la Corporación y que en algunos instantes le será impuesta, representa nuestros sentimientos más elevados de gratitud por los motivos sucintamente relatados. Un especial homenaje que organizamos para reconocer a una querida amiga y honorable integrante de la gran familia de Carabineros de Chile”, expresó el integrante del Directorio.

Un reconocimiento profundamente agradecido por María Angélica, quien a su vez obsequió las réplicas de las dos medallas de plata que su padre obtuvo durante los Juegos Olímpicos de Helsinki (Finlandia), en 1952, específicamente en la competencia de salto ecuestre.

Esta grata y amena actividad concluyó con una cena en honor de la homenajeada, quien concurrió a la ceremonia acompañada de su madre, Sra. María Marfil de Cristi, en la que se departieron momentos de gran amistad, recuerdos y camaradería.

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CONMEMORACIÓN DEL 57° ANIVERSARIO CORPORATIVO

UN AÑO MÁS DE VIDA DEL CUERPO DE GENERALES DE CARABINEROS

En el marco de la conmemoración del 57° aniversario del Cuerpo de Generales, la Directiva organizó una amplia variedad de

actividades culturales, deportivas y recreativas con el objetivo de que todos los consocios y sus cónyuges tuvieran la oportunidad de disfrutar de atractivos panoramas para fortalecer los lazos fraternales que unen a quienes formaron parte del Alto Mando de la Institución. Sin lugar a dudas, grandes instancias para seguir reforzando sus vínculos y consolidar la trascendental misión que desarrolla la Corporación.

Campeonato de tiro

El día 4 de octubre pasado un grupo de destacados consocios llegaron hasta el cuartel que alberga a la Prefectura de Operaciones Policiales Especiales (GOPE) con el fin de par ticipar activamente en el campeonato de tiro que cada año organiza el Cuerpo de Generales en el contexto de las actividades conmemorativas de su aniversario.

Campeonato de baby fútbol

El día 18 de octubre se desarrolló el campeonato de baby fútbol que en esta oportunidad tuvo lugar en la Escuela de Carabineros. Durante el torneo fueron varios los integrantes de la Corporación que tuvieron la oportunidad de demostrar sus destrezas y habilidades con el

balón dominado, haciendo gala de su entusiasmo y espíritu deportivo, lo que permitió vivir momentos de amistad y gratos recuerdos.

Torneo de Golf Copa Cuerpo de Generales

El campeonato de golf “Copa Cuerpo de Generales”, en tanto, se desarrolló en las canchas del Club Las Palmas del Oliveto, el día 11 de octubre pasado.

En el evento deportivo par ticiparon 17 miembros activos y en retiro de la Institución, per tenecientes a todos los escalafones y grados, registrando una destacada participación los Aspirantes a Oficiales de la Escuela de Carabineros.

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El primer lugar de la copa fue para el profesor del Alma Mater, Andrés Donoso, mientras que el segundo fue para el Sargento 2° Fredy Carrasco, de dotación de la VI Zona O’Higgins.

Paseo a la Región de Coquimbo

Los actos conmemorativos prosiguieron con el ya tradicional paseo recreativo que cada año organiza la Corporación. En esta oportunidad participó un grupo de socios y sus cónyuges, cuyo destino fue la Región de Coquimbo, específicamente el balneario de Tongoy, donde tuvieron la ocasión de disfrutar y recorrer diversas localidades típicas de dicha zona.

Esta actividad se desarrolló entre los días 9 y 12 de octubre pasado.

Gala de tango para los sociosEl Teatro Carabineros de Chile se vistió de

gala para acoger un espectáculo de primer nivel organizado de manera especial para los miembros del Cuerpo de Generales. El evento consistió en una gala artística denominada “Siglo de Tango”, destacada presentación que fusionó música y danza con la intención de cautivar a todos los asistentes.

Dicho evento se desarrolló el día 23 de noviembre pasado y fue encabezado por la Directiva de la Corporación, acompañada por un amplio número de consocios y sus cónyuges que llegaron hasta el recinto para congregarse en torno a un espectáculo que fue aplaudido efusivamente por todo el público que disfrutó cada pieza musical y la destreza que lucieron los bailarines y músicos.

Misa de acción de graciasEl día 24 de octubre pasado, en la capilla de la

Escuela de Carabineros, el Capellán del Plantel, Padre Eduardo Heredia Carrasco ofició una misa con motivo de un nuevo aniversario del Cuerpo de Generales. Un sentimiento de profundo

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agradecimiento y recogimiento congregó a los socios y sus esposas en torno a la fe, con el propósito de orar por el bienestar de la gran familia que conforma la Corporación y por quienes ya son parte del escuadrón celestial.

Entretenido almuerzo en Buin

El día 24 de octubre tuvo lugar un entretenido almuerzo-once campestre en la localidad de Buin, actividad en la que participó un amplio grupo de consocios y sus esposas, quienes disfrutaron en forma distendida de todas las bondades que ofrece un encuentro de este tipo.

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ORGANIZADA EN EL CLUB DE CARABINEROS

ASAMBLEA GENERAL O R D I N A R I A D E L A CORPORACIÓN

En el Club de Carabineros se desarrolló la Segunda Junta General Ordinaria del Cuerpo de Generales de Carabineros,

encuentro establecido en los Estatutos que rigen a la Corporación, acto que fue encabezado por el Presidente y su Directorio.

La asamblea, que se desarrolló el día 27 de noviembre pasado, se inició con la lectura del acta anterior por parte del Secretario, General (r) Óscar Olivares Monares, y prosiguió con la exposición del Asesor Jurídico, General (r) Reinaldo Ríos Cataldo. Posteriormente, se difundió el estado financiero de la Corporación, dado a conocer a los asistentes por el Tesorero

del Directorio, General (I) (r) Iván Whipple Mejías.

Finalmente se dirigió a los asistentes el Presidente de la Corporación, quien se refirió al balance de la gestión desarrollada durante el año por el Cuerpo de Generales y expresó su público agradecimiento a aquellos socios que sin ser miembros del Directorio, y muchas veces en forma anónima, siempre están dispuestos a colaborar en lo que se les solicite en cuanto a las actividades de la Corporación. Además, destacó la permanente preocupación y el apoyo brindado a los socios cuya salud está quebrantada, recordando a cada uno de ellos.

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INVITACIÓN EXTENDIDA POR EL DIRECTOR DEL PLANTEL

VISITA A LA ACADEMIA DE CIENCIAS POLICIALES DE CARABINEROS

El día 20 de noviembre pasado, en el marco de las actividades organizadas para conmemorar el aniversario de la

Corporación, una delegación del Cuerpo de Generales visitó la Academia de Ciencias Policiales atendiendo a una gentil invitación extendida por su Director, Coronel Marcelo Palavecino Lasarte, quien hizo una completa exposición referida a las actividades que desarrolla dicho plantel de estudios superiores, a través de la que detalló la estructura organizacional, marco normativo, sistema educacional, misión, visión y estructura, procesos educacionales y proyectos para el mediano y largo plazo, respondiendo

además a todas las preguntas que los integrantes de nuestra Corporación le formularon.

Tras finalizar la intervención del Coronel Palavecino, el Vicepresidente del Cuerpo de Generales agradeció tanto la completa exposición como la invitación efectuada para participar en el encuentro, que permitió recorrer y visitar la Academia, ya que todos los integrantes de la Corporación en algún momento de sus trayectorias institucionales pasaron por sus aulas.La actividad culminó con un distendido almuerzo de cuartel junto con los directivos del plantel, instancia en la que tuvieron la oportunidad de repasar sus recuerdos y anécdotas.

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RECONOCIMIENTO DEL CUERPO DE GENERALES DE CARABINEROS

DISTINCIÓN A LOS MEJORES ALUMNOS DE LOS PLANTELES INSTITUCIONALES

El Cuerpo de Generales distinguió a los alumnos que obtuvieron los primeros lugares en cada uno de los planteles

educacionales de la Institución. Fue así como la Mayor Mitza González Méndez (Academia de Ciencias Policiales), la Subteniente Fernanda Obando Monsalve (Escuela de Carabineros), el Cabo 1° Leonardo Soto Muñoz (Escuela de Suboficiales) y el Carabinero Marcos Egaña Saumann (Escuela de Formación) fueron condecorados por el Presidente de la Corporación en reconocimiento a su esfuerzo y destacado desempeño académico.

El encargado de fundamentar la ceremonia, que se llevó a cabo el 16 de diciembre pasado

en la Escuela de Carabineros, fue el General Inspector (r) Raúl Melo Casanova, quien destacó el significativo valor que reviste para el desarrollo de la carrera profesional un proceso de educación permanente.

“En representación del Cuerpo de Generales les reitero las congratulaciones más sinceras a nuestros condecorados, deseándole a cada uno de ellos el éxito personal y profesional que se merecen. Además, quiero aprovechar la ocasión para hacer sinceros votos por Carabineros y sus mandos para que continúen luchando, sin claudicar, por el mantenimiento de los grandes principios institucionales y la búsqueda de la paz social”, expresó el socio de la Corporación.

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OTORGADO AL CARABINERO ALUMNO BERNARDO RUBILAR MENDOZA

PREMIO CUERPO DEGENERALES DE CARABINEROS

Como ya se ha hecho una tradición la Vicepresidencia del Cuerpo de Generales establecida en la capital de la Región

del Biobío hizo entrega de un reconocimiento al Carabinero Alumno que obtuvo las más altas calificaciones en la cátedra de Historia y Doctrina Institucional cursada durante su proceso de instrucción en la Escuela de Formación de Carabineros, Grupo Concepción.

La ceremonia de premiación se efectuó en el Aula Magna del Teatro Concepción, el día 26 de diciembre pasado, y en la oportunidad el galardón otorgado por nuestra Corporación recayó en el Carabinero Alumno Bernardo Rubilar Mendoza, quien tras aprobar exitosamente su proceso académico se hizo acreedor de la mencionada distinción.

El responsable de entregar el reconocimiento fue el General (r) Jorge Constanzo Melgarejo, quien aprovechó la instancia para felicitar al joven e instarlo a seguir fortaleciendo su vocación de servicio público, compromiso y profesionalismo.

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GENERAL SUBDIRECTOR E INSPECTOR GENERAL DE CARABINEROS DE CHILE

CAMBIO DE COORDINADOR CON EL CUERPO DE GENERALES

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El día 11 de noviembre se llevó a efecto una reunión de miembros del Directorio con el saliente Coordinador de Carabineros de Chile con el Cuerpo de Generales, General Inspector Jorge Rojas Langer, y quien lo reemplazó en dicho cargo, General Subdirector e Inspector General,

General Inspector Carlos Carrasco Hellwig. En la oportunidad se agradeció por parte del Presidente de la Corporación la siempre buena predisposición del Alto Mando para con su persona y consocios, comprometiéndose por ambas partes la continuación de esta tradicional comunicación.

General InspectorJorge Rojas Langer

General InspectorCarlos Carrasco Hellwig

COMPARTIENDO IDEAS E INICIATIVAS COMUNES

REUNIÓN CON EL CÍRCULO DE OFICIALES GENERALES DE LA POLICIA DE INVESTIGACIONES

El día 3 de noviembre se llevó a efecto una reunión con miembros del Directorio del Círculo de Oficiales Generales en retiro de

la Policía de Investigaciones, instancia en la cual se compartieron ideas e iniciativas comunes a ambas Corporaciones, fortaleciéndose los tradicionales vínculos de amistad. La reunión culminó con un entretenido almuerzo.

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Reinaldo José Ríos CataldoGeneral (r) de CarabinerosAbogado y Magíster en Ciencia Política de la Universidad de ChilePostgraduate Criminal Justice and Sciencies, University of Leicester, UKDiplomado en Derecho Procesal Penal UNIACCProfesor de Derecho en la Escuela de CarabinerosMiembro de Número del Centro Nacional de Estudios de Orden Público, CENEOP

I. INTRODUCCIÓN

Pese a que en Chile la situación de seguridad ciudadana es la mejor de América Latina, incluso superior a la de los Estados Unidos

de América y análoga a la que prevalece en los países de Europa(1), las encuestas de opinión muestran que la población siente un temor progresivo ante la acción de la delincuencia, sobre todo porque sus actores son jóvenes que emplean la violencia.

Es indiscutible que la cuestión de la seguridad ciudadana se ha convertido en el tema substancial del debate público y la preocupación social. Tanto la formulación restringida del asunto como un problema de prevención y control de la delincuencia, como su comprensión más amplia de los derechos fundamentales que plantean en su conjunto, un complejo proceso de comprensión y gestión de los riesgos a los cuales se ven sometidos los individuos, en la procura de sus fines.

Las conductas delictuales, cualquiera que estas sean, independientemente de sus orígenes y causas, son comportamientos de riesgo tanto para las víctimas como para los victimarios. La gran paradoja de la modernidad es que a menores peligros evidentes de nuestra civilización, a mejor calidad de vida en lo cotidiano, mayores riesgos nos amenazan(2).

EFECTOS EN EL DESARROLLO INTEGRAL DEL PAÍS

AMENAZAS A LA SEGURIDAD CIUDADANA

II. El problema: seguridad ciudadana y delincuencia

El problema de la seguridad ciudadana en un barrio es planteado de manera paradojal por dos expertos españoles en la investigación social participativa, de la siguiente manera:

“Cuando un investigador se acerca… y pregunta por la violencia… puede que lo primero que le digan es que hacen falta más policías o más mano dura, etc. Pero si uno tiene la oportunidad y la paciencia de escuchar…, es posible que acaben por decirnos que la última vez que la policía se presentó en el barrio todo fue un desastre, que todos los vecinos, hombres, mujeres, niños y ancianos fueron apaleados”(3).

Pero no tan sólo los testimonios pueden ser paradojas en seguridad ciudadana, la aplicación del método científico para recoger la información también recoge las paradojas. Así tenemos que:

“Si en ese mismo barrio hubiésemos hecho una encuesta con respuestas cerradas, probablemente habríamos obtenido una mayoría de respuestas a favor del aumento de la dotación policial, pero si hubiésemos realizado entrevistas abiertas nos encontraríamos con una población que no se muestra tan partidaria del aumento de la policía”(4).

(1) De Rementería, I.: Delincuencia y Drogas en Chile, Revista Mensaje # 250, julio 2003, Santiago de Chile.(2) Peretti-Watel, P.: La Société du Risque. La decouverte, París, 2001. Coubert, J.: La Era del Riesgo. Documentos de debate: Seguridad Sostenible # 1. Barcelona, 2002.(3) Villasante, T.R., Montañez, M. y Martí, J.:La Investigación Social Participativa. Construyendo Ciudanía. El Viejo Topo, España, 2002, p. 19. (4) Op. cit. p. 20. 13

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Esa paradoja tiene una primera explicación en la natural actitud defensiva de los individuos de la comunidad barrial frente a la sociedad en su conjunto, ya que:

“Para empezar, es posible que las personas encuestadas al hablar con un extraño (el encuestador), encuentren, en dar una respuesta positiva al aumento de la policía, una forma de diferenciarse de los estereotipos que los medios de comunicación han podido construir sobre el barrio. Es el mecanismo utilizado para decirnos que ellos no pertenecen al sector marginal y delictivo del barrio, y que la mayoría de las familias que habitan en el mismo participan de los mismos valores de respeto y orden que articulan la convivencia en el conjunto de los municipios y barrios de España”(5).

Además, es necesario buscar el contenido real que está implícito en las paradojas de los discursos sobre la vida cotidiana, por lo tanto:

“Si analizáramos los discursos, nos daríamos cuenta que cuando se habla de aumentar la policía en realidad de lo que se habla –o lo que subyace tras esta afirmación– es de eliminar la droga del barrio; y que cuando se habla de la droga, no se habla de una sustancia cuya ingestión puede afectar más o menos la salud de quienes la consumen…, sino que se habla del deterioro económico y social que el barrio desde hace tiempo está padeciendo. Y lo que se reclama es un ordenamiento de la vida social capaz de garantizar una convivencia tranquila (en paz) y en armonía entre los habitantes de la zona, que no es posible hoy, porque el maltrecho tejido social del barrio (resultado de la crisis económica y social) no ofrece cauces solventes con los que articular la cohesión social”(6).

Sin embargo, el debate actual sobre la seguridad ciudadana se caracteriza por dos hechos centrales: primero, su reducción al

mayor o menor impacto real o virtual de la acción delictual en la vida cotidiana, y; segundo, hasta ahora los discursos sobre el control del delito se limitan a prevenir las circunstancias de su ejecución, cuando de lo que se trata es de prevenir las causas sociales de su origen, en el bien entendido de que no se pretende tampoco reducir la explicación de los hechos delictuales al carácter criminógeno de la pobreza.

III. Eficacia de Carabineros de Chile en el contexto nacional

La eficacia de las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública –en especial Carabineros de Chile– no está en juego o bajo un examen crítico y suspicaz de la clase política, más bien encontramos esta conducta en los grupos de interés y de algún partido político en específico, que intentan desprestigiar a la Institución para lograr fines maquiavélicamente diseñados como un plan terminal conducente a la erradicación de los usos, tradiciones y costumbres propias de una Institución jerarquizada, profesional, obediente, disciplinada y apolítica.

La creación de la Reforma Procesal Penal tuvo como objetivo político establecer un método de aplicación de justicia rápido, eficaz y confiable, relevando al antiguo sistema inquisitivo lento y pernicioso, para lo cual las policías por ser altamente profesionales en el ejercicio de la aplicación de la Ley, fueron incluidas como sujetos procesales no intervinientes al tenor de lo que establece el artículo 12º del nuevo Código Procesal Penal(7).

Las instituciones policiales chilenas encargadas de coadyuvar al Ministerio Público en su gestión de lograr un resultado eficiente y eficaz, a juicio de los politólogos, ocupan una posición en los sistemas comparados de justicia criminal, que las define como “verdaderas gestoras de la investigación”(8), destacando su “dominación fáctica(9)” de la fase preparatoria del proceso

(5) Op. cit. p. 20. (6) Op. Cit. P. 21. (7) Código Procesal Penal Chile: Art. 12. Intervinientes. Para los efectos regulados en este Código, se considerará intervinientes en el procedimiento al fiscal, al imputado, al defensor, a la víctima y al querellante, desde que realizaren cualquier actuación procesal o desde el momento en que la Ley les permitiere ejercer facultades determinadas. (8) Jung (H.), “Vers un nouveau modèle du procès pénal ? “, en Revue de Sciencie Criminelle et de Droit Pénal Comparé, 1991, p. 526. (9) Bottke (W.), “Polizeilische Ermittlungsarbeit und Legalitätsprinzip”, en Meyer Gedächnisschrift, 1990, p. 131

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(10) Ley Orgánica Constitucional del Ministerio Público Nº 19.640, del 15 de octubre 1999, Art. 4º:

penal y su amplia autonomía del Ministerio Público, a pesar que, en general, los textos legales la subordinan, ya sea orgánica y/o funcionalmente.

Si bien en el nuevo sistema procesal las FF.OO. pueden ser requeridas sin más trámite por los fiscales para estos cometidos como para asistir en las investigaciones criminales que se les encomienden(10), la sociedad espera que los encargados en dirigirlas en estos cometidos tengan la inteligencia acertada para hacerlo, lo cual hoy, en diversos casos, pareciera que no se cumple, prevaleciendo más bien una suerte de distanciamiento con los integrantes del Ministerio Público.

Pese a los esfuerzos de la Clase Política tanto gobernante como de oposición, para lograr solucionar este problema subyacente, se tiene claro que la comunicación entre las policías y el Ministerio Público, ha venido produciendo una serie de problemas en la correspondencia profesional existente entre los fiscales y las policías, intensificándose aún más esta con los integrantes de Carabineros de Chile, según la percepción de la politología.

El desarrol lo profesional ha traído cuestionamientos hacia las evidencias aportadas por las policías como también fallas de coordinación con el Ministerio Público, no sólo en la persecución penal, sino que en el control de vándalos durante incidentes de alteración del orden público. Estos hechos, además han tenido repercusión en la función que desempeñan los Jueces de Garantía, provocando libertades y no sometimiento a Juicio de avezados delincuentes, lo cual sin lugar a dudas, incide en la Seguridad Ciudadana, con la llamada Puerta Giratoria, lo que hace que nazca la interrogante del ciudadano común ¿Qué pasa con el sistema, si Carabineros está cumpliendo?

Entonces la respuesta más villana que puede

darse es, que las policías, en especial Carabineros de Chile, no se ajustan a los protocolos de la investigación y tienen falencias de fondo tanto en la metodología que emplean como en la confección de los partes con los cuales informan de hechos a los Tribunales de Justicia.

El ciudadano con sentido común normal, se ha dado cuenta claramente que la falla no es de Carabineros de Chile, que con sus efectivos otorga el mejor servicio de seguridad en resguardo de las personas y de la propiedad. Lo que está fracasando, a juicio de los politólogos, es el abuso de parte de las fiscalías por archivar los antecedentes sobre un ilícito, simple delito o falta, creando inseguridad en el ciudadano que ve que sus derechos no son defendidos por los representantes del Estado, llamados a hacerlo.

Carabineros de Chile, pese a las duras críticas que le hacen los encargados de la investigación, goza de la confianza de la ciudadanía que prevalece en esta Institución y así lo demuestra la Encuesta Nacional UDP 2014, que se tiene a la vista.

IV. Factores que inciden en la inseguridad ciudadana

Para nadie es desconocido que factores como el desempleo, la crisis económica, la inflación, la inestabilidad laboral y la aplicación jurídica excesivamente garantista son factores que influyen en el crecimiento de la inseguridad

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ciudadana. Así lo demuestran los datos de Carabineros de Chile sobre aprehendidos por grupo de delito de mayor frecuencia, total país 2013. Estos datos muestran los aprehendidos por grupo de delito de mayor frecuencia durante el año 2013, destacándose el grupo de delito contra la propiedad (26,6%) y contra leyes especiales (19,7%). (cfr. FUENTE: Carabineros de Chile)(11).

Los delitos contra la propiedad y otros cometidos por bandas organizadas de orden criminal, que han salido en libertad condicional o que actúan desde las cárceles con métodos renovados, propio de los Maras; del crimen organizado colombiano o asiático, hace que se acreciente la inseguridad ciudadana y, en consecuencia, se provoque una desconfianza en los órganos jurisdiccionales por considerarlos demasiado garantistas, lo cual se agravaría por la ineficiencia de algunos fiscales.

Según un informe del Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo “revela una alta percepción de inseguridad en Chile pese a los bajos niveles de criminalidad”. Según el PNUD, “supera en percepción de inseguridad a Honduras, el país más violento de la región”(12). En 25 años se triplicaron los robos en América Latina y la tasa de homicidios creció 11% en una década.

En este aspecto la política de Chile tampoco está ajena en la crítica incidencia en el perfil de inseguridad ciudadana. Así lo demuestra el viaje reciente de la Presidenta de la República, Michelle Bachelet Jeria, tanto a Alemania como a España y a la República de China, que tuvo como finalidad afianzar los lazos comerciales con las tres potencias. En el caso, específico del último país, se vio enturbiado por “el proyecto de acuerdo impulsado en los días previos en

la Cámara de Diputados por la DC, para que ella expresara la preocupación chilena a las autoridades chinas por la situación de DD. HH. en ese país, especialmente tras las duras protestas en Hong Kong”(13).

La clase gobernante tiene como objetivo estratégico evitar el deterioro de la economía chilena, como asimismo, las inversiones que se hacen por países extranjeros, consolidando ante la comunidad internacional a Chile como un país seguro y donde se puede confiar e invertir. Sólo China compra la mitad de la producción de cobre y Europa otro tanto.

Los países de los continentes europeo y asiático confían en la seguridad interior chilena, proveniente de las instituciones encargadas de ello (cfr. Art. 101. 2 CPR80) y miran a nuestro país como “el jaguar de América Latina” para comparar la fuerza de la pujante economía chilena con los llamados “tigres asiáticos” (Corea del Sur, Taiwán, Singapur y Hong Kong). Los indicadores no ofrecen dudas: en los últimos diez años Chile ha tenido unos resultados espectaculares. En disminución de niveles de pobreza y desempleo, en educación, salud... El crecimiento ha sido de 4% en promedio y además funciona el ahorro interno y el país goza de estabilidad”(14).

Esta economía y su crecimiento se han mantenido en el tiempo y depende muy fuer temente de la calidad de las policías, en especial, la que juega un Rol Preventivo –Carabineros de Chile– que demuestra al exterior una consolidada disciplina, tradición, transparencia y probidad en su ejercicio profesional. Elementos todos importantes en el momento de decidir una inversión extranjera en el país y que incide fundamentalmente en el desarrollo de la Nación.

(11) Instituto Nacional de Estadísticas de Chile, año 2014. (12) Fernando Fuentes: La Tercera on Line, Mundo, pág. 1, 13/11/2013.(13) La Segunda on Line, martes 11 de noviembre de 2014, pág. 1. Política. (14) Diario El País, 23 de marzo de 1998, pág. 1.

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Carlos Donoso PérezGeneral Inspector (r) de Carabineros Profesor de la Academia de Ciencias Policiales Profesor de la Escuela de Carabineros

INICIATIVA PLANTEADA POR DESTACADOS JURISTAS

MINISTERIO DE ORDEN PÚBLICO

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Hace pocos días hemos podido conocer a través de los medios de prensa escrita, específicamente del diario

El Mercurio, la opinión de dos destacados juristas: Luis Bates, ex Presidente del Consejo de Defensa del Estado y ex Ministro de Justicia; y Guillermo Piedrabuena, ex Fiscal Nacional del Ministerio Público, en el sentido de que es conveniente crear el Ministerio de Orden Público o Seguridad Pública y han expresado algunas razones generales que abonan esas opiniones.

Si ese propósito lograra concretarse, lo que constituiría un tremendo avance en el muy importante tema del Orden y la Seguridad Pública, el Ministerio del Interior perdería la tuición directa de las Fuerzas de Orden (Carabineros y Policía de Investigaciones ) las que dejarían de depender de ese Ministerio, por definición político, transfiriendo esta dependencia a un Ministerio de carácter técnico.

Cuando hace algunos años las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública dejaron de depender del Ministerio de Defensa, se plantearon como alternativas, volver al Ministerio del Interior, o bien, crear un Ministerio de Orden Público o de Seguridad Pública. Triunfó la tesis de volver al Ministerio del Interior, lo que ocurre hasta nuestros días.

La importante, permanente e insustituible

función que la Constitución Política de la República encomienda a las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública en el sentido de “garantizar el orden público y la seguridad pública interior”, implica preocuparse, además, del principal producto no deseado como lo es la delincuencia en todas sus formas, tanto la nacional como aquella sin fronteras, lo que, unido a la demanda por seguridad que exige la ciudadanía y que la convierte en principal preocupación de nuestra sociedad, permite concluir que es no sólo necesario sino indispensable para satisfacer esta necesidad social pública, crear un Ministerio técnico cuya preocupación central, sino única, sea dar cumplimiento al imperativo constitucional.

En este orden de ideas, es importante recordar que nuestra carta magna le asigna a las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública, además, la gran misión de dar eficacia al derecho, sin lo cual el Estado de Derecho es una ficción. Esta misión se logra cuando las FF.OO. hacen cumplir la ley de modo integral, cooperando eficazmente con los Tribunales de Justicia, que son los encargados de aplicar la ley.

¿Cómo concebimos el Orden Público y la Seguridad Pública?

Desde el punto de vista conceptual y sin entrar en la teorización acerca del alcance de

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estos dos fundamentales conceptos, desde nuestra particular visión, en términos simples, Orden Público es el género y Seguridad Pública es la especie.

En efecto, para atentar contra el Orden Público es requisito necesario transgredir la ley, por acción u omisión; en cambio, se afecta la Seguridad Pública cuando personas, habiendo transgredido o incumplido la ley, en manifestaciones públicas, aún en aquellas autorizadas por la autoridad competente, atentan contra la integridad física o sicológica de otras o contra bienes públicos o privados o se agrede a las Fuerzas de Orden, entre otras acciones punibles.

Por ello creemos que la expresión “Orden Público” para nominar al nuevo Ministerio, es más adecuado que “Seguridad Publica” y porque, además, carece del estigma que la expresión Seguridad tiene para determinado sector de la sociedad.

RAZONES QUE ABONAN ESTA PREFERENCIA1. El Ministerio del Interior es, por definición, político en el mejor sentido de la expresión y ello no es ni bueno ni malo, es así. No es el único Ministerio Político, pero sí el más importante si se considera su amplio campo de acción que lo coloca a la cabeza del Gabinete. Esa característica corresponde a las variadas funciones que le asigna la ley, dentro de las cuales la actividad política ocupa parte muy importante de la actividad del titular de la cartera.

2. El Ministro del Interior, como Jefe del Gabinete ministerial, es un virtual Primer Ministro, que asume como Vicepresidente de la República cada vez que el Presidente (a) se ausenta del país, lo que esta circunstancia en un mundo globalizado es cada vez más frecuente, lo que confirma

que el Ministro no tiene tiempo disponible suficiente dentro del cúmulo de obligaciones y deberes propios del cargo, para liderar el combate estratégico contra la delincuencia, en cualquiera de sus numerosas formas, problema que según las encuestas es prioritario para todos los habitantes del país, como de seguro lo es también para la autoridad superior del Estado, lo que afecta negativamente y de modo importante el Orden y la Seguridad Pública.

A mayor abundamiento, recordemos que un ex Ministro del Interior, don Enrique Krauss, al responder a determinado periodista respecto de la seguridad pública y del aumento de la delincuencia le expresó, con gran honestidad política, que él no era el “Sheriff del Condado”, señal inequívoca que las obligaciones propias de ese Ministerio no le dejaban tiempo para ocuparse, con el rigor requerido, de ese importante tema.

Por lo anterior, muchos de los deberes y responsabilidades del Ministro del Interior, en el área del Orden Público y de la Seguridad Pública, en el actual esquema debe asumirlas, con cierta frecuencia y de hecho, el Subsecretario, con el correspondiente debilitamiento de la autoridad de la que está investido el Ministro.

3. Importante es destacar que de crearse el nuevo Ministerio, tanto el Orden Público como la Seguridad Pública deben ser administrados por este nuevo integrante del gabinete ministerial. Separarlos, como algunos han propuesto, dejando en el nuevo Ministerio sólo la Seguridad Pública, creemos que es un grave error.

En efecto, sabemos que desde el punto de vista teórico-académico, es posible analizar por separado estas dos instituciones del Derecho Público, pero en la administración de las mismas esto no es posible. Repetiremos, para fijar bien

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el concepto, que la Seguridad Pública es parte del Orden Público. Hay, entre ellos, una virtual relación de género a especie siendo el Orden Público el género y la Seguridad Pública la especie. Así lo aprendimos en aulas y lo comprobamos luego en la dilatada práctica profesional.

4. Cuando surgen nuevas formas delictivas para combatirlas, desde la perspectiva del Derecho Público, es indispensable que la ley las contemple como tales, para lo cual deben ser tipificadas, asignándoles la sanción penal correspondiente.

Si se crea el nuevo Ministerio, para abordar en el futuro este cometido legislativo, que incide directamente tanto en el Orden Público como en la Seguridad Pública, la función colegisladora del Poder Ejecutivo debe canalizarse, en su origen, en este Ministerio de Orden Público, porque como valor agregado mostrará la experiencia que posee en la administración de estos dos grandes valores.

En suma, tanto el Orden Público como la Seguridad Pública deben ser de la competencia y responsabilidad de este Ministerio. Hasta su nombre, de Orden Público (género), avala este planteamiento.

5. Numerosos países del mundo desarrollado y algunos en vías de desarrollo muestran en la institucionalidad ministerial la figura del Ministerio de Orden Público, en algunos casos y de Seguridad Pública, en otros, como un ministerio más dentro del Gabinete y ello, entre otras razones, por la importancia que la sociedad asigna al Orden y a la Seguridad Pública, valores cada vez más agredidos por la delincuencia y que, debidamente protegidos y garantizados, permiten a sus miembros realizarse en lo personal y en los diferentes ámbitos del quehacer nacional, en busca del anhelado “Bien Común”.

Creemos que ese Ministerio técnico garantizará de modo más eficaz y eficiente, en el campo que le es propio, que ese alto propósito se alcance. No seremos los chilenos pioneros en esta materia, sino que replicaremos un esquema institucional en materia de Orden y Seguridad que ha demostrado ser exitoso en otros Estados.

6. La dinámica del delito, que en los últimos veinte años ha mostrado, a nivel global, impresionante crecimiento en cantidad y peligrosidad, destacándose entre otros el narcotráfico y el terrorismo, flagelos que afectan de modo notorio a nuestra sociedad, hacen imperioso una autoridad superior, ministro, con dedicación exclusiva para enfrentar este exigente desafío.

7. Otra tarea que puede abordar este Ministerio, a través de las Fuerzas de Orden, es colaborar con el Ministerio de Justicia para obtener éxito en la reinserción social y laboral del delincuente, tarea que se encuadra perfectamente en el concepto de “prevención del delito” que corresponde a aquellas, contribuyendo a que el delincuente se transforme en un activo para la sociedad.

Es del caso señalar que tradicionalmente a las FF.OO. se les ha asignado los siguientes roles principales para su desempeño profesional:

a) Preventivo.

b) Represivo o Investigativo.

c) Tutelar o de Protección.

d) Control de Fronteras.

e) Control de Multitudes Pacíficas o Violentas.

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Para ser eficaces y eficientes en esta gran tarea, las FF.OO deben agregar a su profesionalismo tradicional, y así lo exigen los roles planteados, una especialización acorde con el desarrollo de la ciencia y la tecnología. No hacerlo es entregarle la iniciativa estratégica al enemigo de la ley y de la sociedad: la peligrosa y desestabilizadora macro delincuencia.

CONCLUSIÓN

Estamos convencidos que el conjunto de responsabilidades que implica cumplir con eficacia y eficiencia con estos tan importantes roles profesionales y las razones invocadas del Nº 1 al 6, justifican con creces la existencia del ya señalado Ministerio de Orden Público.

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CARABINEROS DE CHILE EN LAS MISIONES DE PAZ DE LA ONU

MANTENIMIENTO DE LA PAZ DE NACIONES UNIDASAugusto Carmona ReimannGeneral (r) de CarabinerosMagister en Gestión de Recursos Humanos, Universidad Gabriela MistralCurso de Liderazgo Estratégico en Misiones de Paz de las Naciones UnidasDiplomado en Terrorismo Global en el Instituto Europeo para estudios de SeguridadDiplomado en Ciencia Política Aplicada y Orden Público en la Universidad de ChileCurso OMP Norte, Ejército Sur de los Estados UnidosMiembro de Número del Centro Nacional de Estudios de Orden Público, CENEOP

Las Misiones de Paz de Naciones Unidas se iniciaron con propósitos muy limitados en 1948 y en la actualidad se han convertido

en importantes herramientas de solución de conflictos internacionales y, también, en mecanismos que facilitan los procesos de paz internos. Estas misiones se han hecho cada vez más complejas y se han extendido a la ejecución de tareas de una comprensión muy vasta, que compromete a muchos países y que involucran a fuerzas multidisciplinarias de naturaleza militar, policial y civil.

Desde fines de los años noventa el Estado de Chile estableció expresamente su obligación con la paz y la seguridad internacionales y asumió que la participación del país en misiones de paz era un compromiso ineludible. A partir de entonces surgió la necesidad de dictar y adecuar normas que regularan el aporte nacional a estos esfuerzos y se generó la discusión sobre el impacto del derecho en el desempeño internacional de Naciones Unidas, el papel de los países contribuyentes y los alcances del comportamiento de los contingentes y de las personas que participan en esos escenarios extranjeros.

A mediados de 1945 se llevó a cabo la Conferencia de San Francisco que dio origen a la “Carta de las Naciones Unidas y el Estatuto de la Corte Internacional de Justicia”. La “Carta de las Naciones Unidas” entró en vigencia el 24 de octubre de 1945.

Los propósitos esenciales de esta organización están enunciados en el artículo 1º de la Carta, que en términos generales expresa que existe para mantener la paz y la seguridad internacionales y, con tal fin, tomar medidas colectivas eficaces para prevenir y eliminar amenazas potenciales y para suprimir actos de agresión u otros quebrantamientos de la paz, para lograr por medios pacíficos y de conformidad con los principios de la justicia y del derecho internacional, el ajuste o arreglo de controversias o situaciones internacionales susceptibles de conducir a quebrantamientos de la paz; fomentar entre las naciones relaciones de amistad basadas en el respeto a los principios de igualdad de derechos y de libre determinación de los pueblos, y tomar otras medidas adecuadas para fortalecer la paz universal; realizar la cooperación internacional en la solución de problemas de carácter económico, social,

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cultural o humanitario, y en el desarrollo y el estímulo del respeto a los derechos humanos y las libertades fundamentales de todos, sin hacer distinción por motivos de raza, sexo, idioma ni religión y; servir de centro que armonice los esfuerzos de las naciones por alcanzar estos propósitos comunes.

Los órganos principales del sistema de Naciones Unidas que tienen responsabilidades en el financiamiento, definición, despliegue y control de las misiones de paz son la Asamblea General, la Secretaría General y el Consejo de Seguridad.

El Departamento de Operaciones para el Mantenimiento de la Paz (DPKO), es el brazo ejecutivo de todas las operaciones de paz, responsable del planeamiento, gestión, dirección y ejecución de ellas. Negocia con los países contribuyentes y administra los fondos para financiarlas. El Jefe de este Departamento es el Secretario General Adjunto, que se encarga de dirigir las operaciones de mantenimiento de la paz en nombre del Secretario General, quien formula las políticas y directrices de esas operaciones.

Del Representante del Secretario General de las Naciones Unidas o Secretario General Adjunto, dependen la División Militar y la División de Policía, (UNPOL).

La División de Policía de Naciones Unidas tiene como función organizar y apoyar el trabajo de los contingentes policiales desplegados en todas las operaciones de paz. Hasta el mes de septiembre de 2005 se denominaba UNCIVPOL o “Policía Civil de Naciones Unidas”. El término Civil sólo hace referencia a la calidad de las prestaciones o servicios que se desarrollan en un despliegue. La idea fue establecer una diferencia entre el concepto de “Policía Militar”,

correspondiente a las fuerzas militares, con el de “Policía Civil”, como función de orden y seguridad pública.

El propósito de la Policía de las Naciones Unidas es ayudar a crear un entorno más seguro para la comunidad local, supervisar el cumplimiento de los acuerdos de paz y, fundamentalmente, monitorear el desempeño de la policía local.

Aprobado por el Consejo de Seguridad el diseño de una Operación de Paz, corresponde al Secretario General ponerla en marcha y dirigirla por medio de su Representante Especial, que se convierte en el Jefe de Misión y bajo cuyo mando se encuentran los componentes militares, policiales y civiles, como instrumentos para el cumplimiento de los objetivos políticos fijados en el respectivo Mandato o Resolución.

Las operaciones clásicas de Paz, están integradas sustancialmente por militares destinados a observar ceses de fuego, y en las que participaba solamente Naciones Unidas, en cambio, con el transcurrir del tiempo se empezaron a implementa operaciones más complejas, integradas por componentes de diversas disciplinas como militares, policías y civiles.

El nuevo concepto de mantenimiento de la paz multidisciplinario, que combinó quehaceres militares tradicionales con la supervisión de elecciones, derechos humanos, monitoreo político, supervisión policial y esfuerzos de ayuda humanitaria, fue implementado en América Central, particularmente en El Salvador entre 1991 y 1995 y Guatemala en 1997 en la “Misión de Verificación de las Naciones Unidas en Guatemala”, misión humanitaria establecida por el Consejo de Seguridad por un período de tres meses con el fin de verificar el acuerdo sobre cese definitivo del fuego entre el Gobierno de

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Guatemala y la Unidad Revolucionaria Nacional Guatemalteca, que se firmó en Oslo el 4 de diciembre de 1996.

El 21 de diciembre de 1995 el Consejo de Seguridad estableció la Fuerza Internacional de Policía de las Naciones Unidas (IPTF) y una Oficina Civil de las Naciones Unidas por un período de un año, de conformidad con el Acuerdo de Paz firmado por las autoridades de Bosnia y Herzegovina, Croacia y la República Federativa de Yugoslavia, el 14 de diciembre de 1995. La operación pasó a denominarse “Misión de Naciones Unidas en Bosnia y Herzegovina” (UNMIBH). A través de sucesivas Resoluciones, el Consejo de Seguridad fue regulando la cantidad de efectivos policiales autorizados de IPTF (Fuerza de Tarea Internacional de Policía), a fin de llevar a cabo nuevas tareas relativas a la aplicación del laudo arbitral en Brcko y funciones de supervisión de derechos humanos.

Chile contribuyó, a partir de junio de 1997, con personal de Carabineros de Chile, que integraron la Fuerza de Tarea Internacional de Policía en calidad de Monitores. Se puso término a dicha misión en diciembre de 2002, período en el cual participaron 57 Oficiales y 26 Suboficiales de la Institución.

El 4 de marzo de 2004, comenzaron a integrarse 330 militares chilenos del “Batallón Chile” a las tareas de la Fuerza Multinacional Provisional de Haití, liderada por Estados Unidos con el objeto de enfrentar la crisis humanitaria del país. Esta fuerza fue sustituida con fecha 30 de abril de 2004, oportunidad en la que el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas, aprobó otra Resolución que dispuso el establecimiento de la Misión de Estabilización de las Naciones Unidas en Haití (MINUSTAH) y el Gobierno de Chile dispuso, además, el despliegue de 36 Carabineros en calidad de expertos de misión o “Monitores Policiales”.

Todas las operaciones de paz de Naciones Unidas se estructuran sobre la base de la legitimidad jurídica que otorga el Mandato o Resolución del Consejo de Seguridad; el consentimiento y cooperación de las principales partes involucradas en la controversia, en aquellos casos en que debe darse eficacia al cumplimiento de un acuerdo; la imparcialidad y la neutralidad en el sentido que las fuerzas no pueden adoptar una posición favorable a ninguna facción en pugna y que el uso de las armas normalmente está limitado a su empleo en legítima defensa y en los casos de excepción en que sea necesario el uso de la fuerza coercitiva para el cumplimiento de la misión, éste debe ser el mínimo necesario.

Es el Mandato el que define las características de cada misión y fija los propósitos, el grado de consentimiento para la intervención y las características del posible uso de la fuerza, cuyos alcances y contenido pueden basarse en el Capítulo VI o VII de la Carta de las Naciones Unidas.

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En términos generales, si la operación de paz se funda en el Capítulo VI sobre “Arreglo Pacífico de Controversias”, el objetivo de la misión será poner en marcha y garantizar el cumplimiento de un acuerdo entre las partes beligerantes que, de propia iniciativa, solicitaron la participación neutral e imparcial de Naciones Unidas. En este caso, el mandato hará alusión al “Acuerdo” que hay que cumplir. Esta operación con la multiplicidad de propósitos que pueda tener, se denomina de Mantenimiento de la Paz y están normalmente destinadas a mantener una tregua negociada y ayudar a promover condiciones que apoyen las actividades diplomáticas, con el fin de establecer una paz duradera en las áreas de conflicto.

Si se opta por aplicar el Capítulo VII de la Carta, significa que no hay acuerdo de las partes, o bien, que no existen partes o facciones claramente identificables y con capacidad negociadora y que existe en la zona una situación de inseguridad generalizada, que requiere del uso de la fuerza coercitiva que faculta el Capítulo VII, establecido para la “Acción en caso de amenaza a la paz, quebrantamiento de la paz o actos de agresión”. Este tipo de operaciones, se denomina Peace Enforcement o de Imposición de la Paz.

En algunos casos, el Consejo de Seguridad ha recurrido a coaliciones de estados miembros para que adopten medidas militares para hacer frente a un conflicto, de acuerdo a las facultades establecidas en el Capítulo VIII de la Carta. Algunos ejemplos son la fuerza internacional para Timor Oriental, autorizada por el Consejo de Seguridad en 1999, la dirigió Australia y estaba compuesta de contingentes procedentes de 22 estados miembros. En el caso de Bosnia y Herzegovina, antes de la operación de mantenimiento de la paz de las Naciones Unidas de 1995, una fuerza multinacional dirigida

por la OTAN fue la encargada de desempeñar esta función.

Existen instrumentos internacionales específicos para cada una de las operaciones de paz, éstos se generan con el fin de regular cada misión en particular.

Dentro de este sistema de normas internacionales originadas en las Naciones Unidas, se encuentran, además del Mandato o Resolución, el Memorándum de Entendimiento; los Términos de Referencia; el Acuerdo del Estatuto Legal de las Fuerzas; las Reglas de Enfrentamiento y las Cartas de Asistencia.

Se denominan Términos de Referencia a las expresiones provenientes del documento emitido por el Secretario General de las Naciones Unidas y que está destinado al Jefe de la Misión. En él se puntualizan aspectos derivados de la situación en particular y los propósitos del Mandato o Resolución e indica criterios de operacionalización para los jefes de los componentes militares, policiales y civiles de la misión.

Las Reglas de Enfrentamiento (Rules of Engagement), son directivas que establecen las circunstancias bajo las cuales las fuerzas de paz militares y policiales, pueden hacer uso de la fuerzas, de qué manera, cuáles pueden emplearse, la oportunidad e intensidad con que pueden usarse, si las fuerzas disponen de facultades de detener, registrar y desarmar, y qué actitud debe adoptarse ante fenómenos de naturaleza policial como son los desórdenes públicos protagonizados por población civil no combatiente.

Los primeros criterios políticos para la participación de Chile con fuerzas de paz, fueron asentados en el Decreto Supremo N° 94 del 6 de noviembre de 1996, estableciendo que en

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su calidad de miembro de las Naciones Unidas, Chile proseguiría participando activamente en las instituciones y foros que promovieran la paz y fijó, la “Política Nacional para la Participación del Estado Chileno en Operaciones de Mantenimiento de la Paz”.

Dentro de las actividades que pueden ejecutarse en las misiones de paz y que se enunciaron entonces, se encuentran: la verificación del cese del fuego, colaboración en la separación de fuerzas, la supervigilancia de las líneas divisorias o de las zonas de exclusión, la escolta y conducción de ayuda humanitaria, supervisión de la desmovilización de combatientes, certificación del registro, entrega y destrucción de armamento, colaboración con programas de desminado, contribución al éxito de los programas de retorno y reubicación de refugiados de guerra, contribución a la reconstrucción de zonas afectadas por conflictos o desastres naturales y la observación de actos electorales.

Señalan estas directrices que el mantenimiento de la paz también puede comprender, pero sólo excepcionalmente, la cooperación en la mantención del orden público en el período siguiente al cese de las hostilidades y la colaboración en la supervisión del respeto y la investigación de contravenciones a los derechos humanos cometidas durante las hostilidades.

En 1999, esta política para participación en operaciones de paz se amplió mediante el Decreto Supremo N° 68 del 14 de octubre de 1999, que primeramente perfeccionó la definición de operación de paz, incluyó la participación nacional en Misiones de Imposición de la Paz o “Peace Enforcement” del Capítulo VII y, luego, incorporó expresamente en el texto la participación de las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública constituidas por Carabineros de Chile y la Policía de Investigaciones de Chile.

Participación de la Institución en misiones de paz

El 16 de enero de 1992, en una solemne ceremonia realizada en el palacio de Chapultepec (México) y que contó con la presencia de numerosos jefes de estado, como asimismo del entonces Secretario General de Naciones Unidas, se firmó el Acuerdo de Paz entre el Gobierno de El Salvador y el Frente Farabundo Martí para la Liberación Nacional, que puso fin a una cruenta guerra civil que duró doce años y que tuvo un costo aproximado de 75.000 víctimas entre la población salvadoreña. El acuerdo dispuso el cese del fuego y medidas conexas, la reforma y reducción de las fuerzas armadas, la creación de una nueva fuerza policial, la reforma de los sistemas judiciales y electorales, el régimen de la propiedad agrícola y otras cuestiones económicas y sociales.

La “Misión de Observadores de las Naciones Unidas en El Salvador” (ONUSAL) fue establecida entre julio de 1991 y abril de 1995, para verificar la aplicación del Acuerdo de Paz.

La composición multidisciplinaria de la ONUSAL se estructuró sobre la base de 380 observadores militares, ocho miembros de personal médico, 631 observadores de policía, 140 funcionarios civiles de contratación internacional y 180 de contratación local.

De conformidad con el Decreto Nº 123, de fecha 07 de marzo de 1995, del Ministerio de Defensa Nacional, Carabineros de Chile dispuso la comisión de servicio en la República de El Salvador, de cinco Oficiales por el lapso de un año, a contar del 15 de marzo de 1995, para desempeñar funciones como instructores, integrando la plantilla de profesores e instructores extranjeros en la Academia Nacional de Seguridad Pública. Dicha comisión se prorrogó

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por Decreto Supremo Nº 76, de fecha 13 de febrero de 1996, por un segundo año.

Esta misión vino a ser el relevo de la primera de Carabineros de Chile en la Academia Nacional de Seguridad Pública de El Salvador, que se extendió desde el 15 de agosto de 1992 al 15 de agosto de 1994.

En el área docente, los Oficiales de Carabineros desplegados en el Salvador tuvieron una participación destacada, impartiendo entre otras asignaturas tránsito vial, instrucción básica policial, información policial, administración general y administración básica policial, estadística básica, intervención policial y patrullaje, formación de monitores de instrucción, diseño de planes de estudios, elaborando además un texto guía de planificación policial, un manual de disciplina y un manual sobre conductas derivadas de valores.

Los Oficiales de Carabineros integraron además diversas comisiones de trabajo entre las que se puede señalar la comisión sobre relación académica interinstitucional, comisión sobre el proceso de especialización de agentes de la Policía Nacional Civil, comisión para elaborar documentos que impulsan y cultivan la vocación policial de los alumnos; comité de selección y formación de monitores de la Academia Nacional de Seguridad Publica, comité de retroalimentación a los monitores en el área de régimen interno, plan de estudios para la formación de monitores de la Academia Nacional de Seguridad Pública, elaboración de un instructivo sobre nociones de administración general, evaluación del sistema de aprendizaje del área de informática y computación, reestructuración del ceremonial y protocolo de la Academia Nacional de Seguridad Pública, curso especializado de protección a mujeres y niños conjuntamente con el Instituto Latinoamericano de Naciones Unidas para la Prevención del Delito

y Tratamiento Delincuencial, evaluación de la aptitud para el servicio de los alumnos del nivel superior y ejecutivo, comisión de investigación disciplinaria de la Academia Nacional Superior de Policía, asesoramiento y supervisión de prácticas policiales, elaboración de un texto guía de la aplicación de la creatividad en la optimización de los recursos institucionales para el Ministerio de Seguridad Pública, Policía Nacional Civil y Academia Nacional Superior de Policía, comité de análisis y evaluación de las propuestas de especialidades a implementar en el año 1997.

El primer mártir chileno en una operación de paz se registró en dicha misión. El 25 de octubre de 1992, el Cabo 2º de Carabineros Patricio Chávez Soto rescató de las aguas a una mujer salvadoreña que era arrastrada mar adentro en una playa de la Costa Azul, a 60 kilómetros de San Salvador. Después del salvataje y habiendo sido ya recibida con vida la mujer por un salvavidas local, el propio funcionario terminó ahogado al agotar por completo sus fuerzas. Su cuerpo inerte fue recuperado tres días más tarde. Por este acto heroico el Cabo Chávez recibió en forma póstuma los más altos homenajes, tanto de Naciones Unidas como de la República del Salvador y Chile.

En Bosnia y Herzegovina, en atención al acuerdo formulado en la Organización de las Naciones Unidas y el Gobierno de Chile, por medio del Decreto Nº 94, de fecha 6 de noviembre de 1996, se destinó en comisión de servicio al primer contingente de veintinueve integrantes de Carabineros de Chile, para que integraran la Misión de Paz de Naciones Unidas, destinada a supervisar, observar e inspeccionar las actividades de aplicación de la ley y asesoramiento de los encargados de aplicarla, evaluando toda amenaza a la población de dicho país.

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La misión fundamental de la Fuerza Internacional de Policía fue monitorear a la policía local, lo que consistió en mantener un permanente contacto y control sobre ellos, verificando que sus procedimientos se ajustaran a las normas internacionales sobre derechos humanos.

Una estación de policía de las Naciones Unidas en Bosnia, como en las misiones en general estaba constituida por un Jefe de Estación, designado por el Comandante Regional. Su misión es administrar los medios de personal y logísticos de la estación, debiendo relacionarse con la comunidad y las cabezas de las diversas organizaciones internacionales en su jurisdicción. Igualmente el Jefe de Estación de policía internacional se relaciona con los más altos representantes de la policía local, con alcaldes, jueces y otras autoridades.

El Oficial de Logística: está a cargo de todo el material logístico de la estación, como vehículos, computadores, inventario en general y lo correspondiente a la mantención de éstos, también es responsable del aprovisionamiento de insumos para el cuartel.

El Oficial de Derechos Humanos: está a cargo de las investigaciones originadas en reclamos de la ciudadanía por maltrato por parte de la policía local, discriminación en cuanto a un trato justo por el origen étnico o la religión, casos de corrupción y, en general, cualquier tipo de violaciones a los derechos humanos o de trato injusto. Dicho Oficial, además supervisa las labores investigativas de la policía local, haciendo seguimiento de casos y verificando en terreno si las medidas adoptadas son las adecuadas, pudiendo inclusive solicitar, a través del Jefe de Estación, la adopción de medidas administrativas en contra de determinado personal local por parte de su jefatura, hasta la destitución de personal policial local en caso de severo incumplimiento de sus deberes.

El Oficial de Derechos Humanos tiene como misión, además, concurrir a las cortes de justicia y verificar las medidas adoptadas en cada investigación relacionada con infracciones a los derechos humanos; coordinando además con un equipo de abogados internacionales existentes en cada región, para que las medidas adoptadas por los jueces sean acordes a la legislación vigente y evitar que los casos sean sobreseídos debido al tiempo transcurrido u otras razones.

Oficial Administrativo: tiene la responsabilidad de llevar toda la documentación administrativa de la estación, como por ejemplo el rol de servicios, el control de permisos, el estado de fuerza diaria y las cancelaciones de cuentas de consumos básicos, entre otros.

Las estaciones de policía internacionales funcionan en inmuebles arrendados por las Naciones Unidas y tienen una dotación que fluctúa entre los 15 a 35 monitores, más aproximadamente diez intérpretes locales.

Oficial de Servicio: en las estaciones existe un Oficial de Servicio las 24 horas del día. Este Oficial de Servicio o Duty Officer es responsable de las comunicaciones radiales, telefónicas, transmisión de información a través de equipos satelitales de comunicación, registro de hechos de importancia y recepción de reclamos de la ciudadanía.

Sistema Disciplinario: los jefes de estación deben informar a la Comandancia Regional respectiva cada vez que un monitor incurra en una falta a la disciplina, estipulada en la reglamentación interna de las Naciones Unidas contenidas en los SOP (Procedimientos Operacionales Estandarizados). De esta manera, ante faltas graves, un Equipo Especial de Investigación proveniente del Cuartel General, se constituye en la estación, investiga e informa de las diligencias

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y conclusiones arribadas, pudiendo el monitor ser amonestado con información a su país de origen e inclusive puede ser repatriado.

Para los Jefes de Estación este aspecto es complejo, ya que los monitores que tienen a cargo provienen de las más diversas culturas y su idiosincrasia es totalmente diferente. A modo de ejemplo, para nuestra cultura organizacional como Carabineros, resulta inaceptable utilizar tenidas de uniforme incompletas, mezcladas con ropa de civil, utilización de aros, barba y pelo largo, sin embargo, son situaciones con las que hay que convivir en la vida cotidiana.

En cuanto a la preparación interna, el entrenamiento que realizaron los Carabineros para la misión en Bosnia y Herzegovina y en general para todas las misiones de las Naciones Unidas, se estima adecuado. La preparación incluye normas básicas de derecho internacional, idioma inglés hablado y escrito, primeros auxilios, conducción táctica de vehículos, manejo del estrés y conocimiento de la historia del conflicto. En la preparación, reviste especial importancia el dominio del idioma y en el caso particular de Bosnia Herzegovina, la conducción de vehículos por la particular condición geográfica de dicho país; un lugar de caminos altamente peligrosos, por las curvas, cuestas, caminos de montaña, nieve y hielo en invierno, que son causal de numerosos accidentes de tránsito con participación de monitores de la Fuerza Internacional de Policía de las Naciones Unidas.

La preparación psicológica y el chequeo riguroso de los integrantes de esta misión fue fundamental por las precarias condiciones de vida, lo deprimente del entorno a causa de los horrores de la guerra y por la lejanía de la familia, especialmente a los inicios del despliegue.

Una vez finalizado el mandato de Naciones Unidas, una misión policial europea continuó

con el proceso de ajuste y supervisión hacia la policía de Bosnia y Herzegovina, habiendo participado en la Fuerza de Policía Internacional o IPTF aproximadamente 50.000 monitores de variados países.

Al término de la misión, hubo aproximadamente 18 mil policías bosnios completamente identificados, con una base de datos única a nivel nacional, con un sistema de registro de sanciones, debidamente capacitados en diversas materias propias de la función policial, fundamentalmente en lo que se refiere al respeto de la dignidad humana, estándares democráticos y además de estar todos certificados por IPTF con una credencial como policías idóneos para ejercer la labor policial.

Cabe señalar que del propio contingente de Bosnia Herzegovina, cinco representantes de Carabineros de Chile fueron desplegados hacia el cercano sector de Kosovo, donde participaron en la misión KFOR de Naciones Unidas, entre junio y septiembre del año 1999.

La Misión de Paz de Naciones Unidas en Timor Oriental se inició el 5 de junio del año 2002 y finalizó el 18 de diciembre del año 2003, contemplando un contingente de cuatro Oficiales de Carabineros.

Timor Oriental es una isla ubicada en el Asia Pacifico. La población en general es bastante amistosa y acogedora, dentro de sus limitaciones

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económicas. Particularmente el perfil de los habitantes de Timor Oriental es de sumisión y mucha humildad frente al medio que los rodea. Esporádicamente entre ellos se genera algún tipo de incidentes provocados por el excesivo consumo de alcohol.

Este país tiene una superficie de 154.000 kilómetros cuadrados, posee una población aproximada de 800.000 habitantes, el ingreso per cápita es de US $200 mensuales, la moneda oficial es el dólar americano y el idioma oficial es el portugués, declarado como tal con motivo de la independencia el 20 de mayo del año 2002. Paradojalmente, sólo un 2% de esta población habla dicha lengua y corresponde a las personas de mayor edad que vivieron durante la administración portuguesa 60 años atrás.

La representación de Carabineros estuvo constituida por tres Capitanes y un Teniente, habiendo participado además dos integrantes de la Policía de Investigaciones de Chile.

Los Oficiales de Carabineros ocuparon cargos directivos en la Unidad de Tráfico, donde semanalmente, el Capitán a cargo se reunía con el Ministro de Transportes y Telecomunicaciones de Timor y su staff, para la planificación de las actividades que se realizaban y las evaluaciones respectivas.

El objetivo de la Policía Comunitaria de la ciudad de Dili, capital de Timor Oriental, es crear, mantener y acrecentar los vínculos entre la policía y la comunidad local a través del desarrollo de actividades tales como campañas educativas, charlas de prevención de la violencia y del consumo de drogas en colegios, centros comunitarios, entidades deportivas y otras organizaciones comunitarias.

La Unidad de Investigación de Accidentes de Tránsito, que depende del Comandante del Distrito de Dili, tiene como objetivo concurrir

a todo sitio del suceso donde haya ocurrido un accidente de tránsito, con el fin de elaborar los informes pertinentes, los cuales son requeridos por los tribunales de justicia, donde serán incorporados a la respectiva investigación. No obstante lo anterior, además de ser un órgano asesor en materias de tránsito y de investigación de accidentes, el Oficial de Carabineros asignado cumplió también la importante función de crear y proponer la implementación de nuevas medidas tendientes a mejorar el sistema de tránsito vial en la ciudad de Dili, para lo cual también se relacionó con autoridades del plano civil local.

El Grupo Conjunto de Información es una integración de policías y militares seleccionados por el Jefe de la Unidad Nacional de Investigación a objeto de realizar actividades de análisis de inteligencia, tendientes a establecer focos que podrían desestabilizar al país en el ámbito del terrorismo, guerrillas y milicias. Un representante de Carabineros trabajaba en esa unidad estratégica y en directa relación con el Jefe de Inteligencia Militar y Comandante de la Fuerza de Naciones Unidas.

A fines del año 2003, se produjo un estallido de violencia que culminó con el ingreso de multitudes a la ciudad de Dili, provistas de armas y artefactos incendiarios procediendo a prenderle fuego a edificios y locales comerciales extranjeros como símbolo de su rechazo al capitalismo. Esta revuelta incluyó un apedreamiento del edificio principal de la policía, el cual se encontraba custodiado por funcionarios locales y de las Naciones Unidas, procediendo la policía local a hacer uso de sus armas, resultando tres personas muertas, situación que encendió más aún la agresividad de los manifestantes que comenzaron a incendiar nuevamente edificios y negocios. Luego de diez días de acuartelamiento, se recuperó la tranquilidad y

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la armonía, comprometiéndose las autoridades a efectuar las investigaciones de rigor para aclarar la forma en que perdieron la vida los tres ciudadanos que protestaban.

Con fecha 29 de febrero de 2004, en la República de Haití, se cernía una nueva era en la historia de Carabineros de Chile frente a su presencia en misiones de paz. En esta ocasión la comunidad internacional solicitó apoyar las labores de reconstrucción de esta hermosa isla situada en el centro del Caribe, y que durante los últimos años venía sufriendo reiteradas crisis políticas, sociales y económicas. Haití es un país socialmente muy complejo, que durante siglos ha sido objeto de distintos sistemas de gobierno que han contribuido sucesivamente al deterioro de la convivencia interna.

Esta decisión vino a reforzar las estrategias de Chile para con la CARICOM, al destinar desde marzo de ese mismo año una fuerza militar en apoyo a Haití, pasando a conformar la entonces denominada MIF, o Fuerza Militar Interina, iniciándose a continuación el despliegue del contingente de Carabineros de Chile.

Las particulares condiciones en las cuales se pone en ejecución este esfuerzo institucional, se inician en el mes de mayo del año 2004, con el envío de un Oficial Jefe de Carabineros a Haití, para formar parte del staff de avanzada, previo al despliegue de la totalidad de la fuerza. En ese mismo staff, se incorporaron un Oficial de la Policía de Portugal como Jefe de Estado Mayor ; Francia como Jefe de Operaciones; Jordania como Jefe de Unidades de Fuerzas Especiales, China como Oficial adjunto de las Unidades de Fuerzas Especiales, Turquía como Jefe de Programas Especiales, Chad como Jefe de Policía Judicial y Carabineros de Chile como Jefe de Entrenamiento, Planificación y Desarrollo y Logística.

Estos ocho Oficiales de Policía, provenientes de continentes diversos, constituyeron la primera presencia de la Policía de Naciones Unidas en Haití, antes de que la MINUSTAH se instalara formalmente en la isla; hecho acaecido en junio de 2004, momento en el cual la Fuerza Militar Interina cesó en sus funciones.

A este grupo le correspondió iniciar las funciones de la misión en Haití, debiendo enfrentar problemas estructurales severos, carencia de recursos y riesgos derivados de la inestabilidad política. En junio de 2004, la entonces naciente MINUSTAH carecía de cuartel, debiendo sus miembros desarrollar sus diferentes funciones muchas veces en dependencias de la Oficina del Programa para el Desarrollo de Naciones Unidas PNUD, en algunas embajadas acreditadas en Haití o simplemente en hoteles o en los respectivos departamentos arrendados por los miembros de la misión.

La Resolución original Nº 1542 planteó a la UNPOL algunos objetivos estratégicos como el fortalecimiento de la Policía Nacional de Haití (PNH), consistente en el refuerzo de las capacidades de administración, el refuerzo de las capacidades operacionales y el mejoramiento de los estándares profesionales de la Policía Nacional de Haití.

Del análisis de estos objetivos generales se desprenden entonces para la UNPOL, las siguientes líneas de acción:

En cuanto al desarrollo estratégico: se debió efectuar un diagnóstico, selección de estrategias, elaboración de un Plan de Desarrollo Estratégico, Formación de Mandos Intermedios. En cuanto a la Estructura de la PNH fue necesario adaptarla a los nuevos requerimientos, elaborar un nuevo estatuto con una nueva estructura organizacional.

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En cuanto al mejoramiento de las capacidades de gestión de recursos humanos y materiales de la PNH, fue necesario diseñar un plan de carrera, definir una tabla de efectivos o planta, definir una gestión de logística, elaborar directivas de administración, visualizar un mejoramiento de prácticas actuales y procesos de educación y capacitación.

Para potenciar las capacidades operacionales de la PNH fue necesario proyectar un aumento de 6.000 a 7.000 Oficiales de Policía, reclutamiento y formación de 3.000 Agentes y 300 Oficiales antes del proceso eleccionario que se llevó a efecto en dicho país y desplegar personal para renovar las unidades, siguiendo una relación aproximada de un policía por cada 700 habitantes.

En cuanto a la infraestructura funcional era necesario construir o restaurar la mayor parte de las Comisarías (200 en todo el territorio haitiano).

En lo referido al apoyo a la PNH en materiales de primera necesidad fue necesario hacer una identificación de necesidades de vehículos, armamento, elementos de comunicaciones, material de oficina y uniformes, entre otros.

Para la reactivación de la Policía Judicial se ejecutó un proceso de formación de personal, reforzamiento de las capacidades operativas de las Secciones Departamentales de Policía Judicial y actualización de las técnicas policiales. Estas unidades se encuentran inorgánicamente dispersas en los diez departamentos del país y cumplen la función de investigación de los delitos; sin embargo, el primer diagnóstico permitió visualizar una importante red de protección y corrupción, unida a la falta de medios técnicos de investigación.

En cuanto al mejoramiento de las Unidades Especializadas se estableció que en Haití

existían cuatro organismos “especializados” para procedimientos policiales fuera de lo normal, los que fueron sometidos a revisión y estudio. Estas Unidades Especializadas son las Compañías Departamentales de Mantenimiento del Orden, cuya base se encuentra situada en Puerto Príncipe, las Unidades departamentales de Mantenimiento del Orden, ubicadas en las ciudades asiento de Departamento, el Grupo de Intervención de la Policía Nacional de Haití y el Servicio de Neutralización y Desactivación de Explosivos.

Reinstalación de la Central de Informaciones Operacional: esta pequeña unidad operacional de informaciones, que aspira a constituirse en una Central de Comunicaciones, se encontraba situada en el Palacio de Gobierno, con el consiguiente detrimento a su independencia, objetividad y apoliticidad, en el ejercicio de sus funciones.

Mejoramiento de los controles fronterizos: en esta materia se proyectó reinstaurar el estado de derecho en los controles fronterizos, dada la gran cantidad de pasos no habilitados existentes en la isla, como asimismo reducir la presencia de ex militares que desarrollaban ilegalmente esta función en dichos lugares.

Para el mejoramiento de los estándares profesionales de la Policía Nacional de Haití fue necesario reforzar las capacidades de la Inspección General. Esta Alta Repartición dependiente de la Dirección General tiene por misión investigar los casos de corrupción, violencia policial y otras irregularidades detectadas por la propia Policía Nacional de Haití, o bien, denunciadas por particulares. Esta Repartición no tiene la visión de la Inspectoría General de Carabineros de Chile, sino más bien es una unidad de seguridad interna destinada a identificar los casos de corrupción policial.

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Formación básica: la PNH si bien posee una Academia de Policía, no funcionaba hasta entonces como tal, debido a las carencias evidentes de material, personal idóneo y planes y programas integrados con la función de personal que se orientasen a objetivos estratégicos definidos previamente. Sumado a lo anterior había carencia de instructores y una deficitaria formación de mandos medios.

La Dirección de las Escuelas y la Formación Permanente de la PNH, (Organismo similar a la Dirección de Educación de Carabineros), necesitaba una profunda reestructuración para dar cabida a la creación de planteles destinados a la formación de agentes y otro distinto para la formación de inspectores (Oficiales de la PNH), inexistentes a la fecha de la instalación de la MINUSTAH.

Mejoramiento de las condiciones de vida y de trabajo de la Policía Nacional de Haití: una de las misiones asignadas a un Oficial Jefe de Carabineros, fue poner en ejecución un Plan de Desarrollo Estratégico para la PNH, documento elaborado por una comisión internacional presidida por el Gobierno de Canadá, con participación de miembros de la OEA, PNH y la UNPOL.

Aumento de la calidad y número de Oficiales: la proporción de Oficiales e Inspectores no obedecía a ningún criterio formal. Los sistemas de reclutamiento por concurso interno podían verse postergados por dos o más años.

Carabineros de Chile puso a disposición de Naciones Unidas un Oficial Jefe para desempeñarse en la División de Formación y Planificación Estratégica, teniendo bajo su responsabilidad un sistema nacional de formación para la Policía Nacional de Haití, además de integrar las comisiones de estudio de una nueva Visión y Misión estratégica para la PNH.

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El trabajo del contingente de Carabineros de Chile tuvo injerencia en las Divisiones Nacionales de operaciones, logística y personal, los mandos regionales y la División de Programas Especiales, destinados a la puesta en ejecución de planes de detección de sida al interior de la PNH, programas de policía comunitaria y, especialmente, el programa de desarme al interior del país.

Carabineros también participó activamente en la Unidad Especial de Formadores, sentó las bases para la puesta en ejecución del programa de entrenamiento en terreno. En el primer trimestre de la misión este equipo se conformó y desarrolló sus labores de diagnóstico en Puerto Príncipe, especialmente en la identificación de falencias, requerimientos en materia de estructura organizacional, formación y desarrollo. Luego de ello, este dispositivo inició un proceso de formación en terreno considerando la totalidad de los departamentos de Haití.

En la segunda fase de esta misión el equipo logró destinar personal de la UNPOL a nivel departamental, para ir en apoyo de la PNH en materias de desarrollo y formación.

La Unidad de Selección y Cer tificación, también con amplia participación del contingente de Carabineros de Chile, desde el segundo semestre de 2004, puso en marcha un programa de Certificación de la PNH, a nivel nacional, con Policías de las Naciones Unidas desplegados en todo el territorio con la finalidad de cer tificar y validar técnicamente a los miembros de la PNH, tanto en su reclutamiento, probidad, conocimientos y ejercicio de un cargo determinado.

En el área de formación, capacitación y perfeccionamiento, a Carabineros de Chile, tal como sucedió en la misión de Bosnia y Herzegovina, le correspondió una importante

participación, como dirigir la coordinación inicial y actual de la educación en la PNH; crear y redactar a contar desde el 2006 los programas de estudio que se aplican en la formación inicial de los Agentes de Policía; los programas de capacitación en terreno, que han sido aplicados en grupos de policías ya contratados para optimizar sus capacidades; elaboración de los programas de especialización para el curso de Inspectores, curso de Instructores de la PNH y curso de Administración Estratégica, Operativa y de Planificación Táctica para la Policía Medioambiental.

En relación al objetivo estratégico para la UNPOL en MINUSTAH, de diseñar e implementar estrategias para el desarrollo de la Policía Nacional de Haití, la participación del contingente de Carabineros de Chile ha sido gravitante en actividades de orden educativo que se traducen en la presencia en la Academia de la Policía Nacional en las áreas de formación, estadística y control de gestión, Unidad de Logística Pedagógica y Planificación Curricular.

La gestión de Carabineros en la formación de Agentes de la Policía Nacional de Haití desde el inicio de la MINUSTAH se traduce en el egreso de cuatro promociones constituidas por 1.829 Agentes, 43 Inspectores y 3.680 actividades de consejería técnica en terreno.

En cuanto a actividades de apoyo a la labor social que coordina la Embajada de Chile en Haití, el contingente de Carabineros de Chile ha tenido participación en el apoyo a la escuela pública República de Chile de Puerto Príncipe, creación de la Brigada Escolar de Tránsito Nº 1 de Haití, con cursos de tránsito y constante educación a profesores, alumnos, padres y apoderados, apoyo al orfanato de Puerto Príncipe, apoyo a los ministerios de Haití y curso de administración estratégica para asesores ministeriales de alta jerarquía.

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Para concluir, puedo señalar que la presencia de Carabineros de Chile en misiones para el mantenimiento de la paz desde el año 1992 en adelante ha significado para la Institución un nuevo e importante desafío que ha resultado exitoso, fundamentalmente por el elevado nivel de profesionalismo y adoctrinamiento de nuestro personal, que en el extranjero no ha hecho otra cosa sino continuar prestando los servicios que diariamente desarrolla en nuestro país, con sólidos principios doctrinarios basados en un irrenunciable espíritu de servicio público, sin importar quién sea el destinatario de los servicios prestados.

La estructura y organización de Carabineros de Chile, como Institución policial jerarquizada,

disciplinada y de carácter militar, sin duda constituyen una fortaleza para el desempeño de la Institución en misiones para el mantenimiento de la paz.

Especial relevancia adquiere en las misiones de paz el concepto de disciplina consciente, en vir tud de la cual los contingentes de Carabineros de Chile desplegados en los más remotos países, muchas veces en forma solitaria en determinadas estaciones de policía de Naciones Unidas, tienen la capacidad de auto controlarse sin incurrir en faltas a la disciplina o a los principios éticos que llevan internalizados, entregándose por completo a la misión que les ha sido encomendada.

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UNA VIDA MARCADA POR LA IMPRONTA DE LAS CARABINAS CRUZADAS

GENERAL (J) (R) HUGO MUSANTE ROMERO

Dueño de una destacada y dilatada carrera que ha sobrepasado las fronteras institucionales, el General (J) (r) Hugo

Musante Romero recuerda los motivos que lo impulsaron a ingresar a Carabineros de Chile, repasa su experiencia como docente tanto del Alma Mater como de la Academia de Ciencias Policiales, subraya el valor que guarda el concepto de Orden, repasa los hitos que marcaron su trayectoria mientras vistió el verde uniforme y la importancia que a su juicio reviste el Código de Justicia Militar para quienes sirven a la patria con vocación de servicio público, compromiso, entrega y profesionalismo.

¿Qué lo incentivó a incorporarse a Carabineros de Chile?

Transcurrían las vacaciones del verano del año 1955; había concluido de cursar con éxito mi tercer año en la Escuela de Derecho de la Universidad de Concepción, donde simultáneamente estudiaba pedagogía en filosofía; las dos facultades eran colindantes dentro del barrio universitario, lo que facilitaba mis desplazamientos para la oportuna concurrencia a las aulas. Bajo estas circunstancias, mi hermano mayor Luis Musante, quien era Teniente de Orden y Seguridad de Carabineros, me invitó a la ciudad de Santiago para compartir y disfrutar de ese período de esparcimiento.

En esa época, mi hermano era de dotación de la 2a. Comisaría Santiago. Este precedente

significó que asiduamente yo concurría a dicha Unidad, acompañándole. Esta constante permanencia permitió que en su casino compartiera y alternara socialmente con el resto de la oficialidad y, a través de estos diálogos e intercambio de opiniones, fui percatando, aquilatando y sopesando la nobleza y generosidad de la misión de Carabineros, sobresaliendo su honestidad, desinterés, frugalidad, sobriedad, disciplina y conocimientos profesionales; virtudes de las cuales daban testimonio con su entrega y comportamiento el personal de Oficiales.

Esta admiración institucional hizo surgir en mí la vocación para ser partícipe de tan laudables propósitos e incorporarme a Carabineros de Chile.

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Así se motivó y gestó mi ingreso a Carabineros de Chile con fecha 1° de febrero de 1955. Mi incorporación institucional no la califico como un hecho fortuito, sino como una decisión premeditada y programada que con el transcurso del tiempo me permitió amalgamar la sumatoria de dos profesiones complementarias, la de abogado y la de Carabinero que siempre avanzan en la misma dirección: organizar la sociedad al servicio y en función del ser humano.

Usted ha dejado una huella indeleble en sus alumnos, tanto en la Escuela de Carabineros como en la Academia de Ciencias Policiales, lo que ha motivado la sincera admiración y cariño de sus alumnos; pero, además de lo que ya ha aportado a través de la docencia ¿Qué mensaje transmitiría a las nuevas generaciones de Oficiales de la Institución?

La pregunta que me formulan, incluye en la redacción de su encabezamiento una aseveración que, si la aceptara, tendría que autocalificarme de muy fatuo y vanidoso. Al contener el adjetivo “indeleble”, la verdad es que me he esforzado por dejar en mis alumnos la “impronta” de determinados valores contenidos en el arsenal de la doctrina institucional; pero la máxima aspiración, cuando impartía la docencia, era mentalizar a mis discípulos para transformarlos en “apóstoles” y “predicadores” de la doctrina del Orden Público, valor básico del cual deriva toda nuestra ideología. El Orden Público es la piedra angular y el cimiento sobre el cual se construye y diseña el edificio de Carabineros de Chile.

Aprovechando la coyuntura de esta entrevista; y en que se me compromete con enviar un mensaje a la Oficialidad de nuestra Institución; me permitiré darme una satisfacción personal y renovar la preocupación que siento por el deterioro y menoscabo en destacar y mencionar con la frecuencia, cuando corresponde, la

institución jurídica del Orden Público. Quiero argumentar que, cuando me refiero a este olvido y postergación, no lo hago como un “slogan”, ni de una manera gratuita e injustificada.

En efecto, la pregunta sin una respuesta idónea y satisfactoria que sacie nuestras inquietudes primarias y que aún se encuentran en suspenso, consiste en saber ¿qué es orden?, ¿cuál es su esencia conceptual?, ¿cómo desentrañar su contenido? Es un vocablo que empleamos con suma frecuencia en nuestros diálogos cotidianos, pero más bien lo intuimos que lo comprendemos en toda su extensión, porque se nos escurre cuando tratamos de precisarlo y capturarlo en pocas palabras para dar una definición puntual y acotada. Innumerables tratadistas de derecho, sociólogos, filósofos, pedagogos y académicos, entre otros, han hurgado para formalizar una definición unívoca del orden, pero la universalidad de su contenido; la diversidad de sus matices y la pluralidad de sus características, ha impedido lograr que tan ansiado resultado de obtener un concepto único, clásico y tradicional. Esta incertidumbre acontece a menudo con nuestros conceptos más básicos y trascendentes, que son vivencias y experimentaciones muy próximas y recurrentes, que se confunden con nosotros mismos. Así, por ejemplo ¿qué difícil es definir la vida?, ¿ubicar un concepto que nos revele la verdad? Son conocimientos tan extensos y abiertos que nos invaden y nos superan y sobrepasan la capacidad limitada de nuestra inteligencia y a menudo acontece que los conceptos antagónicos sirven para aclarar su precisión; por ejemplo, entiendo más la vida en la medida que pienso y contemplo la muerte; comprendo más la verdad cuando reparo en el error y la mentira y, sobre todo, lo que nos interesa: cuando irrumpe el desorden o se enseñorea el desconcierto, la desorganización y estas situaciones anómalas se agudizan hasta llegar al caos, en la sociedad se valoriza la

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ausencia del orden; y se aprecia en plenitud que es el único sistema que garantiza una habitual convivencia, que permite el desenvolvimiento y perfeccionamiento del ser humano.

En la docencia jurídica internacional existen aproximaciones que se encaminan para lograr un punto de encuentro y se ha llegado a la conclusión que, en vez de suministrar una definición que recoja la “esencia del Orden”, se ha entregado un concepto “descriptivo” o “narrativo” que contenga y enumere los elementos integradores del establecimiento del Orden. Así se ha llegado a afirmar que genéricamente el Orden coincide con el “Ordenamiento jurídico” de cada país, exigiendo con antelación que su régimen constitucional sea humanista y democrático; con esta “conditio sine qua non” quedan excluidos los gobiernos marxistas que aplastan y sofocan el ejercicio de los derechos y liber tades individuales (anti humanista) y no tienen policías como es tradicional en un estado de derecho; sino que “esbirros” incondicionales del Estado, porque por doctrina el marxismo incurre en la “estatolatría” en que toda la organización social está al servicio y en función de la autoridad estatal, creando una seuda religión y un nuevo ídolo: el Estado.

Aceptada la premisa que el Orden coincide con el ordenamiento jurídico de cada país; éste estaría constituido por la Constitución Política del Estado (o de la República); a la cual se anexaría toda la legislación nacional respectiva; o sea, involucraría: los poderes del Estado con su organización y estructura, a las autoridades administrativas, y frente a estos organismos, los derechos que corresponde ejercer a las personas con los resguardos legales para ser respetados y las obligaciones que se les imponen y que deben cumplir.

En la actualidad, al abordar el tema del Orden, no se puede rehuir o esquivar la estrecha relación que tiene con la Seguridad… Se ha abierto una brecha entre estas dos instituciones jurídicas que entre sí, por su naturaleza, debieran ser complementarias, integradas y de orden sucesivo; sin embargo, la manera de manejar y de centralizar un exceso de atención en la Seguridad, ha llevado a algunos autores a prescindir y silenciar el Orden, que es preexistente, viendo en la seguridad una autonomía exagerada, que es irreal e ilusoria, ya que el Orden genera la Seguridad, mediando entre ellos una relación de causalidad; es decir el Orden es la causa que produce el efecto de la Seguridad. En esta rivalidad, en esta disputa y en esta competencia, que es de carácter artificial, inconducente e inconsistente; en la actualidad se sobrepone la Seguridad, copando los medios de difusión con mayor publicidad, postergando y posponiendo el Orden, llegando a veces al extremo de silenciarlo, como si fuera prescindible e inexistente.

Cronológicamente, primero preexiste el Orden, por tratarse de una normativa que consagra los derechos que puede ejercer un ciudadano y, a su vez, los deberes u obligaciones que debe cumplir, pero si este Orden es vulnerado o entorpecido, o sea se impide a las personas ejercer sus derechos legales o cumplir con sus deberes; en una etapa posterior surgen las medidas de seguridad para restablecer el Orden alterado. Esta distinción conceptual y abstracta que parece tan sencilla en el mundo de las ideas es de difícil comprensión en la vida real y práctica; la razón estriba en que, entre el Orden y la Seguridad, los límites que los separan son muy sutiles; y más aún se complica esta tenue distinción académica, porque entre ellas son invasivas, se entrecruzan y tienen sectores colindantes y limítrofes en común.

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Hoy en día, está en boga la expresión “Seguridad” y nos hemos dejado encandilar por ella. Así se habla de “Barrio Seguro”, de “Comuna Segura”, de “Estadio Seguro”, de “Seguridad Ciudadana” y de “Seguridad Humana”, entre otros. Todo esto es una verdad y preocupación a medias, si se prescinde y se silencia, que lo que estamos asegurando es un Orden preexistente, donde se establecen los derechos y las obligaciones de las personas que habitan en determinados barrios o comunas, o que concurren al estadio, etc.

Debemos asimilar la sana doctrina cuando el Orden es quebrantado, sobrepasado, violado o transgredido, en tal caso, para protegerlo, blindarlo y, sobre todo, para restablecerlo o restituirlo incólume a su estado anterior, viene en su auxilio y apoyo la Seguridad.

En una sociedad perfecta, en que nunca se trastocara el Orden y fuera plena y permanentemente respetado; se prescindiría, sobraría y sería innecesaria la Seguridad; no habría que recurrir a ella, pero esta suposición es una utopía, porque la sociedad no está integrada por espíritus celestiales o etéreos que no mancillarían el Orden; sino por entes de naturaleza humana con debilidades y flaquezas, proclives o tentadas de burlar el Orden con transgresiones ilícitas. Estos quebrantamientos constantes causarían las medidas de Seguridad para amparar y restituir el Orden.

Mantener el Orden es de carácter preventivo; en cambio, la Seguridad que sir ve para restablecerlo es de carácter represivo. La Ley Orgánica Constitucional de Carabineros de Chile trasunta este rol emblemático al prescribir en su artículo 3°, cito textualmente “Es misión esencial de la Institución desarrollar actividades tendientes a fortalecer su rol de policía preventiva”. El Orden Público está

estrechamente vinculado con la función y rol policial, es una característica de su identidad, que le da una fisonomía privativa y exclusiva, que lo distingue y singulariza de otras instituciones estatales; en cambio, la Seguridad Pública que le entrega la ley a Carabineros, es compartida con otros organismos públicos.

Esto justifica que en el lenguaje empleado en nuestro ordenamiento jurídico institucional, cuando se encuentran los substantivos Orden y Seguridad, siempre se menciona primero el Orden y se pospone en segundo lugar la Seguridad; así, la Constitución Política de la República, se refiere en su ar ticulado a las “Fuerzas de Orden y Seguridad”. La Ley Orgánica y el Estatuto del Personal reafirman lo anterior cuando incluye: el escalafón de Orden y Seguridad”. Todos los Reglamentos administrativos y disciplinarios, que son Decretos Supremos, dictados por el Presidente de la República, en uso de su Potestad Reglamentaria, invariablemente reiteran e insisten en mantener este orden de precedencia.

En el Himno Institucional, que es emblemático y representa una proclama de principios doctrinarios, en una de sus estrofas se incluye el verso “Orden y Patria es nuestro lema”.

Por último, como corolario, el solemne juramento, que vincula al futuro Oficial durante el transcurso de toda su vida institucional con Carabineros de Chile, expresa en lo pertinente que rendiría su vida “si fuese necesario en defensa del Orden y de la Patria”.

Este silencio y postergación del Orden en nuestras intervenciones o declaraciones formales, sean orales o escritas; en la actualidad, se ha ido acentuando y va en declive. Tal vez la justificación de este proceder estriba en que todos presumimos entender lo que es el Orden por ser un valor básico de nuestra doctrina,

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pero al relegarlo, sea bajo cualquier pretexto, se produce la consecuencia del olvido; y hay que estar alerta con la advertencia que nos hace el sabio y premonitorio refrán popular: “Lo que por sabido se calla; por callado se olvida”. Presumimos saber sobre el Orden y lo vamos “callando”; pero esa ausencia de su mención puede producir paulatinamente su “olvido”, lo que sería letal para Carabineros con su ministerio esencial, que le da identidad y le otorga su sello auténtico, genuino y característico.

Debemos resurgir y vigorizar el empleo frecuente de la expresión “Orden”; es del silabario de nuestro lenguaje institucional.

Para mí constituye un compromiso formal anteponer, cuando la oportunidad se ofrece, el substantivo “Orden” antes de la expresión Seguridad. Así se contribuye a jerarquizar y actualizar la relación que existe entre ambos valores.

Una reflexión para las futuras generaciones de Oficiales de nuestra Institución.

La riqueza social del contenido de la expresión “Orden” es la apertura de un continente, que en sus variados matices, aún tiene zonas inexploradas, sin agotarse e imprevisibles. La sociedad es evolutiva y en su desarrollo, buscando el progreso, se van descubriendo nuevas áreas del quehacer humano; y sobre estas futuras actividades nada escapará para que una nueva normativa del Orden legisle para cubrir esas nuevas conductas o comportamientos de la modernidad, que surjan en el futuro. Ya existirá un Orden ecológico para proteger la distribución equitativa de las riquezas de la naturaleza, para impedir que se agoten prematuramente antes que se vuelvan escasas (v. gr. Aguas salinas, aguas dulces, aire, bosques, nieves, fauna y flora, entre otros). Ya se encuentra en cierne un Orden espacial e interplanetario. En estos ámbitos

venideros no se podrá estar ausente.

Carabineros de Chile debe tener una programación futurista del Orden y prever y anticiparse a la creación de nuevas eventualidades; y no que otras entidades lo madruguen en el Orden del mañana.

Las nuevas generaciones que comandarán a Carabineros deben ser creativas e imaginativas para elaborar una estrategia que permita enfrentar los nuevos desafíos que nos deparará el avance del progreso.

Es un compromiso ineludible ser los pioneros y expertos del Orden que se aproxima, que es obvio que se va a sumar al actual, ampliándolo.

A la Institución le corresponde por vocación y por su destino liderar una renovadora “Cultura del Orden”.

Su modo de relacionarse y alternar con las personas es atípico; su cercanía y espontaneidad infunden confianza en su interlocutor ¿Qué siente cuando sus alumnos le expresan su afecto y admiración, más aún cuando usted recuerda sus nombres completos hasta el día de hoy?

Como norma y método permanente de vida nunca he actuado como una persona “aislada” o segregada, siempre he presentido que me he incorporado a un “equipo”. Cuando me correspondió comandar la Dirección de Justicia, siempre sentí que presidía una “gran familia administrativa”. Este sentimiento de integración crea una vinculación que humaniza el trato de la función. Las personas que fueron mis subalternos me acompañaron y compartieron este “modus vivendi” para relacionarme con ellos, esto generó una convivencia amable, sin perder el respeto por los valores de la disciplina y los grados jerárquicos; así todos entregaban y sumaban sus esfuerzos para

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obtener el éxito en el rendimiento exigido como meta, basados en la comprensión y en la solidaridad. Estimulados por esta convivencia amigable, todos cumplieron sus labores sin necesidad de recibir requerimientos, opera la convicción, el compromiso y la satisfacción del deber cumplido por responsabilidad.

Estos aportes de las generaciones de la Dirección de Justicia, que fueron partícipes y contemporáneos de mi gestión, comprometieron mi gratitud por su benevolencia y generosidad.

Por otra parte, en el universo de la docencia he aplicado el mismo predicamento; la formación de un “equipo” entre el profesor y sus alumnos; este esquema produce la interacción entre dos protagonistas asociados en las aulas, que se encaminan en la misma dirección: la búsqueda de la verdad y del conocimiento. Así, la misión del profesor no es lucirse imponiendo la superioridad de sus conocimientos, sino que organizar y liderar las inquietudes cognoscitivas de sus discípulos. Esta actitud participativa lo pone en sintonía con el entusiasmo de los alumnos, despertando su curiosidad por poseer y enriquecerse con los conocimientos de una asignatura.

La inteligencia es una facultad superior que se sacia y se aquieta descubriendo con raciocinios y argumentos, verdades y conocimientos; así como en el orden físico, el sediento sacia su sed con el líquido o el hambriento ingiriendo alimentos; en el mundo inmaterial la inteligencia se nutre con verdades y conocimientos que le producen deleite y regocijo.

El auténtico pedagogo no impone sus conocimientos, sino que despierta la avidez por la sabiduría; así se produce la búsqueda en conjunto, en distintos niveles, de las verdades para la satisfacción de la inteligencia; en esta

búsqueda, la asociación con el alumno moviliza el interés por el aprendizaje, porque el alumno se transforma en protagonista. El profesor y el alumno en esta empresa didáctica compartida, finalmente integran un “equipo” para superar el desconocimiento y la ignorancia.

Dentro de este esquema el alumno no es un ente impersonal y abstracto, no es un número; es una persona pensante identificada, individualizada con sus nombres y apellidos, es un “ego” concreto, que emprende una tarea en común y simultánea con su profesor, que es su guía y conductor, pero ambos se encaminan para el encuentro con las verdades de una ciencia. De aquí la etimología de la expresión “pedagogo”, que deriva del idioma griego; y que significa el que guía o conduce a un niño; pero no a la distancia o lejanía; sino que tomándolo de la mano, lo que involucra que no media distancia entre el guía (profesor) y el guiado (alumno), sino que existe una proximidad y cercanía.

Con la aplicación de este sistema pedagógico en el desarrollo de mis clases, recuerdo a cada alumno personalizadamente; como decía el filósofo y ensayista Ortega y Gasset con su “Yo y sus circunstancias”.

EL orgullo es un mal consejero, porque deriva de la soberbia, que es un defecto moral detestable; sin embargo, esta imperfección se sanea o purifica, cuando el orgullo no se funda en uno mismo, sino que uno se atribuye el triunfo de los demás; yo me siento “orgulloso” del éxito institucional alcanzado por mis ex alumnos.

Haber tenido la oportunidad de compartir mis clases y constituir “equipo” con alumnos que con su inteligencia, seriedad y liderazgo me han proporcionado tremendas satisfacciones y prestigio.

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¿Hay algún hecho o circunstancia que le haya marcado en su trayectoria como Oficial de Justicia de Carabineros de Chile?

En mi trayectoria institucional se confabularon variadas circunstancias providenciales y coyunturales que me permitieron gozar de oportunidades, que yo califico subjetivamente, de privilegiadas. No por hacer alarde u ostentación entro escuetamente a detallarlas. Todos estos datos que proporcionaré constan en mi respectiva Hoja de Vida, archivada en la Dirección Nacional de Personal.

1° General de Justicia y Auditor General de Carabineros: permanecí en el cargo por un período de 14 años (1973 a 1987), duración en el grado y destinación que rompe los esquemas habituales.

2° Ministro de la Corte Marcial: por el mismo período anterior. Inherente al cargo de Auditor General surge el imperativo legal de integrarse a la Corte Marcial, por disponerlo el Art. 48 del Código de Justicia Militar.

3° Años de servicio: cuando fui ascendido a General de Justicia tenía 18 años de servicio (1955 a 1973). En la época de mi ascenso se alcanzaba el generalato con alrededor de 30 años de servicios.

4° General: fui a los 44 años de edad, cuando se ascendía a este grado con alrededor de 50 años. Me correspondió ser el General más joven de Carabineros y de las Fuerzas Armadas.

5° General de Justicia: fui el primero en desempeñar este cargo y vestir uniforme. Después de entrar en vigencia el Decreto Ley N° 69, que me correspondió redactar personalmente. Con anterioridad, los Abogados se incluían en el Personal Civil en el escalafón, su denominación era de “Servicio Jurídico”.

6° Comisiones en el extranjero: en dos oportunidades me correspondió integrar la Delegación Chilena, compuesta por los Generales (J) del país para concurrir a la “Conferencia Internacional Diplomática sobre el Derecho Humanitario de la Haya”, que se celebraron con sede en Ginebra (Suiza).

La primera reunión tuvo una duración de 1 mes y 6 días (1974); y la segunda se extendió por 2 meses y 21 días (1977). En las Asambleas Plenarias, el Gobierno Militar era vilipendiado permanentemente y con saña, para enrostrarnos los presuntos crímenes, asesinatos y torturas. Nosotros los Generales (J) delegados debíamos turnarnos para con vehemencia intervenir en defensa de la Patria. El lugar en que funcionaba la conferencia era un anfiteatro y en sus galerías se instalaban los chilenos exiliados, que concurrían de distintos países europeos para hacer ruidosas, ensordecedoras y ofensivas contramanifestaciones, que impidieran escuchar nuestras intervenciones y descargos. Este montaje lo dirigía Rusia, secundado por sus países satélites e incondicionales, ubicados tras la cortina de hierro.

7° Ministro de Justicia (1974 – 1975): por Decreto Supremo N° 1.166, del 11 de julio de 1974, fui designado Ministro de Justicia. Labor muy delicada y exigente, pues era el relacionador entre la Junta de Gobierno y el Poder Judicial, que presidía el Jurista don Enrique Urrutia Manzano. La obra más destacada que generé en mi desempeño fue la modernización y el profesionalismo del “Servicio de Prisiones”, dependiente de esa Secretaría de Estado, que pasó a denominarse “Gendarmería de Chile”. Para lograr este objetivo se elaboró y redactó el Decreto Ley N° 842.

8° Procesos fatídicos: me correspondió asesorar al Alto Mando en procesos trágicos,

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que comprometieron aparentemente la imagen y el prestigio de Carabineros; y que sólo los menciono por estar insertos en la historia judicial del país; pero sin hacer ningún comentario; en ellos, el aporte jurídico-procesal fue determinante y decisivo. Hasta aquí la historia ha confirmado que en cada oportunidad al parecer existió un buen manejo procesal. Estos procesos jurídicos son: 1) Los hornos de Lonquén, 2) Los degollados, 3) Los quemados y 4) Los psicópatas de Viña del Mar.

9° Laguna del Desierto. La inmolación del Héroe-Mártir, Teniente Hernán Merino Correa: si alguien me exigiera que entre todos los hitos institucionales que he descrito anteriormente, tuviera que privilegiar alguno de ellos, o aún más, restringirme a seleccionar uno solo en desmedro del resto por considerarlo más representativo y trascendente, optaría sin titubear por éste que comienzo a describir : Laguna del Desierto. Se trata de una gesta fugaz, pero impactante y sobrecogedora. Nunca he confesado que me cupo una participación directa en la investigación de estos sucesos que marcaron la historia de Chile; y me subyugaron en lo personal.

Por Decreto Supremo de 16 de noviembre de 1965, el Presidente de la República de aquella época, don Eduardo Frei Montalva, designó, de acuerdo con las facultades que le entregaban los Arts. 40 y 41 del Código de Justicia Militar, al Auditor General de Carabineros, don Héctor Videla López, para que procediera en calidad de Fiscal Militar Letrado a instruir el Sumario Judicial por los sucesos acaecidos en el lugar denominado “Laguna del Desierto”, donde una patrulla de Carabineros de Chile había sido ametrallada por fuerzas de la Gendarmería Nacional Argentina y en que resultó muerto el Teniente de Carabineros Hernán Merino Correa y lesionado gravemente el Sargento

2° Miguel Manríquez Contreras. A su vez, el V Juzgado Militar, con sede en Punta Arenas, por resolución judicial administrativa designaba en carácter de Secretario, para secundar al Fiscal Videla, al Abogado 2° de Carabineros Hugo Musante Romero, en conformidad a los Arts. 27 y 45 (actualmente derogado) del Código de Justicia Militar. Cumpliendo la labor procesal ordenada me correspondió interrogar a todo el contingente que se encontraba instalado en el Puesto de Avanzada al momento del sorpresivo e injustificado ataque de los gendarmes argentinos; a saber, las indagatorias: del Mayor Miguel Torres Fernández; Sargento 2° Miguel Manríquez Contreras; Cabo Víctor Menar Durán; Carabineros Washington Soto Vera y Luis Villagrán Garrido. Fuera de las declaraciones formales, que debían constar en el expediente; se producían diálogos fluidos y en tono coloquial, en que los declarantes rendían tributo de admiración por la proeza heroica del Teniente Merino. De esa información confidencial, que recibí, pude aquilatar que la gesta del Teniente Merino es mucho más heroica de la imagen que hemos proyectado de su valentía. La Fiscalía Militar Letrada, en homenaje al Teniente Merino, decidió instalarse en el Retén Lago O´Higgins, por estimar que era la localidad chilena más próxima a Laguna del Desierto que era, en el intertanto un territorio cuestionado, sin nacionalidad, esperando la sentencia de un tribunal internacional. Esta decisión se asumió a pesar de las peripecias y riesgos que significaba volar en los frágiles aviones de Carabineros, en un clima agresivo y adverso. El Mayor Torres prestó su declaración en dicho Retén.

En síntesis, el rol investigador que me correspondió en los sucesos acaecidos en Laguna del Desierto me marcó con un impacto sobrecogedor y emocional; en que fui un oidor

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privilegiado de la entrega de una vida joven inmolada por amor a la Patria; y el testigo de oídas del cumplimiento de un juramento solemne.

Es difícil que en Chile exista una persona que conozca y domine el tema de la Justicia Militar en el nivel y profundidad que usted tiene de ella. ¿Cuál es su percepción cuando el Código de Justicia Militar intenta ser cercenado y eliminado por nuestros legisladores? ¿El Código de Justicia Militar, que restringió su influencia jurisdiccional; al perder parte de su eficacia legal, ha quedado como algo decorativo?

Corresponde destacar que hubo dos leyes que restringieron la competencia de los Tribunales Militares y debilitaron el Art. 5° del Código de Justicia Militar.

La Ley N° 19.047 (14 de febrero de 1991), llamada “Ley Cumplido”, por ser su gestor principal el Ministro de Justicia de esa época, el abogado Francisco Cumplido Cereceda; y la Ley N° 20.477 (30 de diciembre de 2010), que prescribió que los Tribunales Militares sólo pueden juzgar a militares, así quedó restringida la competencia, ya que en los delitos militares nunca la justicia militar podrá procesar a civiles.

Pero a pesar de estos cercenamientos y mutilaciones, la existencia y la importancia del Código de Justicia Militar siguen subsistiendo.

La apología de la supervivencia del Código de Justicia Militar, precisa de una dilatada argumentación e itinerario que no puedo eludir exponer, aprovechando la oportunidad que me ofrece esta entrevista. Constituye mi mensaje docente para las actuales y futuras generaciones de Oficiales de Carabineros; a fin de que se impregnen de la presunta doctrina que respalda la justificación de la presencia

de la Justicia Militar en el mundo del derecho.

Doctrina: nos referiremos como el derecho no puede prescindir e ignorar la fuerza; y como la fuerza se institucionaliza, dando cabida a la formación de una organización, que surge para dar vida a Carabineros de Chile.

De una manera didáctica paso a relatar los traspasos del derecho a la fuerza y de ésta a Carabineros de Chile.

I. El derecho.

La definición más precaria y frágil del derecho incluirá siempre, entre otros elementos, el concepto de fuerza. No se concibe el derecho si no se concibe la “vis compulsiva” o coercibilidad, pues en el supuesto adverso, si se prescindiera de ella, el derecho se distorsionaría para confundirse y convertirse en la moral, donde sólo existe el reproche de la conciencia y donde nadie puede forzar a determinados cumplimientos, sino uno mismo, sometiéndose voluntariamente a sus propias creencias y convicciones.

Insinuemos una definición elemental con sus componentes más esenciales.

El derecho: a) Es un conjunto de normas jurídicas; b) que van a reglar las conductas de las personas que conviven dentro de una sociedad; c) normas que tienen el carácter de obligatoriedad, o sea, deben ser cumplidas y obedecidas por todos.

Si la definición se detuviera hasta aquí y no culminara, recurriendo a la fuerza; y algún miembro del grupo social desobedeciera la normativa o la incumpliera; quedaría impune y no podría ser forzado a su cumplimiento, pues, como ya se expresó, estaríamos en el ámbito de la moral; pero esto no acontece así, porque el derecho agrega una exigencia imprescindible

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y final: d) y en caso de desobediencia será “constreñido” a su cumplimiento. Cuando estamos empleando el verbo “constreñir”, estamos usando un eufemismo, pues la expresión exacta es “forzar” a su cumplimiento. El uso generalizado del vocablo “constreñir” se explica, porque la gran mayoría de los tratadistas del derecho desconfía y recela de la “fuerza”, como si ésta fuera antagónica al derecho, cuando en realidad es un elemento ineludible, que está en el interior del derecho, por lo menos de un modo latente o potencial. Naturalmente, que se prescindiría de la fuerza, cuando las personas incorporadas a una sociedad cumplieran por convicción con la ley prestándole su obediencia y sometimiento a la obligatoriedad exigida.

II. La fuerza.

El hombre es un ser social por imposición de su propia naturaleza. Así le corresponde convivir con sus semejantes en comunidades para satisfacer sus necesidades y lograr su desarrollo y perfeccionamiento en todos sus niveles. Esta cohabitación produce que se entremezclen y se topen sus intereses y derechos con los de otras personas de la misma sociedad; y como el ser humano es vulnerable, frágil y débil se tienta por imponer de un modo arbitrario sus ambiciones, atropellando los derechos legítimos de sus congéneres. Con estas conductas entra en conflicto y en pugna con la ley, al desobedecerla y desacatarla y al oponer resistencia al respeto por el derecho. Pero el mismo ordenamiento jurídico se encarga de imponerle exigencias mínimas y copulativas a la fuerza para que sea legítima y esté en condiciones de defender y proteger al derecho.

1) La fuerza debe ser pública, o sea, visualizarse, no puede ser clandestina, ni oculta, ni esotérica. Esta exigencia garantiza su transparencia y diafanidad.

2) Debe ser en función y al servicio del derecho, es un instrumento idóneo y operativo para imponer el derecho. En casos límites se llega al extremo que la fuerza queda sometida a una obediencia absoluta.

Así acontece por disponerlo el Art. 76 en sus incisos 3° y 4° de la Constitución Política de la República; que faculta a los Tribunales que integran el Poder Judicial para impartir órdenes directas a la Fuerza Pública; la autoridad requerida deberá cumplir sin más trámite el mandato judicial; no podrá calificar su fundamento ni oportunidad, ni la justicia o la legalidad de la Resolución Judicial que deba ejecutar.

3) Debe ser una fuerza racional; lo contrario de la fuerza bruta, que es irracional, que es la ley de la jungla, donde el animal más feroz y vigoroso abusa y da muerte al más débil e indefenso; o la ley del mar en que el pez de mayor volumen se engulle al más pequeño. Aristóteles sentenció que la fuerza bruta es el “derecho de las bestias”.

4) La fuerza debe ser proporcional, esto es, debe emplearse tanta fuerza legal como sea necesaria para doblegar, reducir y sobreponerse a la fuerza ilícita y antijurídica. Por consiguiente, se impide y prohíbe aplicar una fuerza con exceso de ejecución, porque si no, ella también incurriría en ilegitimidad.

Si pudiéramos cuantificar la fuerza podríamos decir algo burdo: que a la fuerza ilegítima que intentara de sobrepasar el derecho y le asignáramos un numeral “50”; por lo menos, a la fuerza jurídica, que debe sobreponerse para superar a la fuerza antijurídica, tendríamos que asignarle una cifra de “51” o una pequeña aproximación superior.

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III. Carabineros de Chile.

Pero esta Fuerza, a que nos hemos referido, que debe someterse a las imperativas exigencias que le impone la ley; jamás podrá desligarse del sometimiento a estos requisitos; y, consecuencialmente, se insertará dentro de un estado de derecho.

Así concebida la fuerza, no será una montonera ni un escuadrón de la muerte, ni sus integrantes serán unos insurrectos o sediciosos tangenciales o marginales al derecho. Por el contrario, la fuerza se “institucionaliza”; y para crearla y organizarla se establece una legislación específica, diversa al ordenamiento jurídico general que rige para el resto de los ciudadanos.

En nuestro país la “institucionalización” de la fuerza se llama “Carabineros de Chile”; y los pilares jurídicos más ostensibles de esta legislación específica son: su Ley Orgánica Constitucional (N° 18.961), su Estatuto del Personal (D.F.L. N° 2 de 1968) y el Código de Justicia Militar, que prácticamente es coincidente con el Derecho Militar.

Por centrarse esta entrevista en el Código de Justicia Militar, que actualmente se encuentra cuestionado; y por decirlo gráficamente, sentado en el banquillo de los acusados por algunos detractores que pretenden condenarlo a la pena de muerte para suscribir la sentencia de su exterminio; me haré cargo brevemente para justificar su vigencia y su actual supervivencia.

Al organizarse, estructurarse e institucionalizarse a la fuerza le surgen valores típicos y específicos por las funciones propias que se le asignan para su desempeño profesional, a saber : la obediencia, la disciplina, el mando, la jerarquía, la no deliberancia, el profesionalismo, la lealtad, el

honor militar y el patrimonio de las instituciones armadas, entre otros. Estos valores jurídicos son inherentes al régimen militar.

Así emerge una legislación exclusiva y especializada para amparar y tutelar estos valores militares de una manera orgánica, coherente y sistematizada y desde ese instante se justifica plenamente el Código de Justicia Militar.

Este Código, así concebido, no aparece como algo superfluo o una inventiva artificial del legislador o una elaboración de la cultura militar, sino que responde a una necesidad incontrastable que impone el derecho para que la fuerza institucionalizada garantice el orden y la seguridad al interior del estado de derecho.

Haciendo un símil, puede sostenerse que se presenta una situación semejante a lo que sucede con nuestro Código Penal, al cual le corresponde proteger los valores, bienes e intereses jurídicos que pertenecen a todas las personas y eso justifica que tengan la denominación de delitos comunes. Para que se respete el derecho a la vida, castiga la conducta antijurídica con el delito de homicidio; para proteger la libertad crea el delito de secuestro, para velar por la integridad corporal crea el delito de lesiones; para cautelar la honra crea los delitos de calumnia e injuria; para proteger el patrimonio crea los delitos de robo y de hurto, entre otros.

Existe una estrecha vinculación entre el Derecho Penal Común y el Derecho Militar Especial, pues ambos se encargan de proteger valores jurídicos de su respectiva competencia, que a veces se entrecruzan y son coincidentes. Por eso Napoleón tenía razón, cuando sentenció con su célebre y gráfica frase: “El Derecho

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Militar es el Derecho Penal común con gorro de cuartel”.

Lo congruente es el que el Código de Justicia Militar coexiste paralelamente; pero no independientemente con el ordenamiento jurídico general; no se enfrentan ni se repelen, sino que por el contrario, se concilian y se complementan; y, por consiguiente, este Código no es marginal al derecho general, sino que lo integra y pasa a ser parte de él, sometiéndose a la Constitución Política de la República y respetando el resto de la legislación nacional. La diferencia radica en que a las instituciones armadas, en el Código de Justicia Militar por sus roles, se le incluyen funciones más riesgosas y extremas que no corresponden imponerle a los civiles; como, cuando hay que defender valores jurídicos en que se arriesga la vida por la soberanía nacional, la integridad del territorio o garantizar el orden público. Este Código es un fiel expositor de los valores jurídico-militares; los recoge, los proyecta y los defiende estableciendo delitos que son un resguardo, que impiden transgredirlos y conculcarlos impunemente. El Código se constituye en un muro de contención que detiene y frena el atropello a los fundamentos y principios básicos del profesionalismo militar.

Todos los códigos transmiten un mensaje; obedecen a una idea doctrinaria central, que distribuyen y afloran a través de su articulado entre los cuales existe un ordenamiento lógico y secuencial.

El mensaje que nos entrega el Código de Justicia Militar consiste en resguardar legalmente; y, de una manera exclusiva, los valores legítimos y auténticos de las Instituciones Armadas. Este Código para cumplir a cabalidad con este compromiso legal se somete a una planificación

racional: comienza tratando la temática castrense por sus partes más generales o preliminares; continuando progresivamente por las etapas intermedias hasta terminar agotando el tema jurídico-militar ; para concluir con el epílogo de sus artículos finales. En esta progresión sistemática, procede de tal manera que no se le escapa el resguardo legal de ningún tema valórico militar.

Para constatar estas afirmaciones, detengámonos a observar una institución jurídica, en la cual poco reparamos: los “actos del servicio”. El Art. 421 del Código de Justicia Militar se encargó de definirlos; su presencia permanente invade el diario vivir del quehacer institucional. Los actos del servicio se encuentran al interior de todos los valores militares, constituyendo una ecuación recíproca: no existen valores militares si no se traducen en actos del servicio; y tampoco existen actos del servicio si no obedecen a transmitir un valor militar, o sea entre ellos se da una relación de causa a efecto y viceversa. La disciplina (valor militar), se exterioriza mediante actos del servicio; y, a su vez, todos los actos del servicio integran y deben someterse a su disciplina.

El funcionario cuando se desempeña cotidianamente en su quehacer profesional lo único que ejecuta son actos del servicio. El Carabinero desde que ingresa al comportamiento de sus funciones diarias profesionales hasta que concluye con sus actividades policiales ha realizado exclusivamente una concatenación sucesiva de actos del servicio. Esto para demostrar que los valores contenidos en el Código de Justicia Militar no constituyen una ficción etérea o volátil, sino que están insertos en la realidad mediata de nuestro profesionalismo policial.

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Rev is ta Trad ic ión• E l Mundo Hoy •

Una reflexión final: debemos comprometernos con la apología del Código de Justicia Militar, pues a pesar de haber sido restringido en su jurisdicción sigue enarbolando los valores más esenciales que conciernen al universo militar.

La consigna que debe marcar el compromiso de las Instituciones Armadas en la actualidad; es impedir que nuevas arremetidas amenacen con debilitar o suprimir el Código de Justicia Militar; por el contrario, debe emprenderse una campaña sostenida de vigorizarlo, revitalizarlo por constituir este ordenamiento jurídico específico el último baluarte y fortaleza, donde se refugian los máximos valores tradicionales e históricos del ideario filosófico militar.

POST SCRIPTUM

Permítaseme una licencia personal que siento el imperativo moral de exteriorizar.

Por temperamento y por la jerarquía de valores, porque me rijo subjetivamente, soy esquivo y reacio a aparecer en los medios de difusión, ya que en la cúspide de mis auto-compromisos está que nadie invada o se imponga de mi privacidad; sin embargo, hoy momentáneamente he pospuesto este retraimiento por una motivación muy potente y justificada, en consideración a la persona que fue el mediador para formalizar esta entrevista, el General de Carabineros (r) Augusto Carmona Reimann.

El General Carmona, que fue mi destacado ex-alumno tanto en la Escuela de Carabineros como en la Academia de Ciencias Policiales. En estas instancias docentes pude aquilatar su proverbial caballerosidad; su capacidad intelectual y su excelente manejo de las relaciones humanas. Su intervención cordial y gentil fue decisiva para moldear esta entrevista desarrollada dentro de mis limitaciones.

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OFICIALES GENERALES DE CARABINEROS FALLECIDOS

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Cuerpo de Genera les de Carabineros de Chi le

• Obi tuar io •

PAZ A LOS QUE PAZ DIERON

Verdaderos ejemplos de vocación de servicio público, compromiso, entrega, profesionalismo y dedicación, además

de dueños de una destacada trayectoria institucional que los llevó a ser investidos como Oficiales Generales de Carabineros de Chile en virtud de su meritoria labor. Así los recordarán indudablemente y para siempre tanto sus pares como también sus familias, quienes tuvieron la oportunidad de compartir y disfrutar su innegable calidad humana.

Destacados hombres que ya forman parte del escuadrón celestial de la Institución y que partieron dejando un gran vacío entre sus camaradas de armas y seres más queridos, pero que a la vez los despiden con orgullo, satisfacción y alegría, porque cumplieron su misión a cabalidad siempre en beneficio del país y la comunidad. Todos dejaron una huella imborrable que en estas páginas se materializan a través de este pequeño, aunque significativo homenaje.

Casanueva Ulloa, PedroGeneral Inspector de Carabineros

23/03/2014González Lagos, Gustavo General de Carabineros 20/04/2014

Urrutia León, César General Inspector de Carabineros

17/05/2014 Muñoz Sanhueza, Osvaldo General Inspector de Carabineros16/06/2014

Torres Rodríguez, Óscar General Subdirector de Carabineros

18/08/2014

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