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Instituto Militar de Estudios Superiores Tesis de Grado Generación 2006

El Personal Civil en el Ejército Nacional.

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INDICE

Página

CAPÍTULO PRIMERO I. IDENTIFICACIÓN DEL TEMA................................................................07 II. ANTECEDENTES Y SITUACIÓN ACTUAL..........................................07 A. ANTECEDENTES.........................................................................07

B. SITUACIÓN ACTUAL...................................................................08

1. NÓMINA DE CARGOS CIVILES.......................................14

2. EFECTIVOS CIVILES DE PERSONAL CIVIL. .................16

2. CUADRO DEMOSTRATIVO DEL ESCALAFÓN DEL

PERSONAL CIVIL EQUIPARADO. .............................................16

3. PERSONAL CIVIL EQUIPARADO A PERSONAL

SUPERIOR DISCRIMINADO POR ESCALAFÓN. .....................17

4. PERSONAL CIVIL EQUIPARADO A PERSONAL

SUBALTERNO DISCRIMINADO POR ESCALAFÓN..................17

5. PERSONAL MILITAR DEL ESCALAFÓN DE APOYO......18

III. ESQUEMA DE TRABAJO A. Visualización Gráfica....................................................................19

CAPITULO SEGUNDO IV. DEFINICIÓN DEL PROBLEMA..............................................................20 A. INTERROGANTES DE LA INVESTIGACIÓN..............................20

B. ENUNCIADO DEL PROBLEMA. .................................................20

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V. JUSTIFICACION DEL TEMA.................................................................21 A. Utilidad de la investigación. .........................................................21

B. Beneficios. ...................................................................................21

C. Beneficiarios. ...............................................................................21

D. Cambios que puede producir. .....................................................22

E. Riesgos y consecuencias.............................................................22

VI. OBJETIVOS............................................................................................22 A. Objetivo General de la investigación. ..........................................22

B. Objetivos Específicos de la investigación. ...................................22

CAPÍTULO TERCERO VII. MARCO TEÓRICO.................................................................................24 A. Constitución de la República. ......................................................26

B. Decreto Ley 14.157 de 21 de febrero de 1974 (Orgánico de las

Fuerzas Armadas) . ................................................................................26

C. Decreto Ley 1421 de 31 de Diciembre de 1878. (Orgánico

Notarial). .................................................................................................27

D. Ley No. 16.170 de 28 de diciembre de 1990...............................27

E. Ley de Presupuesto No. 17.296 del 21 de febrero de 2001.........27

F. Decreto-Ley No. 14.189 de 30 de abril de 1974 Art. 35...............28

G. Ley No. 16.127 de 07 de agosto de 1990.....................................28

H. Decreto Ley No. 15.192 de 15 de octubre de 1981 Art. 1º...........28

I. Ley 16.736 del 5 de enero de 1996. ............................................28

J. Ley No. 17.296 de 21 de febrero de 2001 Art. 113.....................29

K. Art. 6º. de la Ley No. 17.930 de 19 de diciembre de 2005...........29

VIII. ANALISIS DE DOCUMENTOS A. Personal Civil sin equiparación....................................................29

B. Personal Civil Equiparado. ..........................................................29

C. Las remuneraciones de un equiparado........................................30

D. El cese de la equiparación,...........................................................30

E. Los equiparados y su diferencia con los no equiparados.............30

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F. La coexistencia de profesionales/especialistas en diferentes

situaciones. ............................................................................................31

G. El Personal Militar como Funcionario Público..............................31

H. Criterios empleados para equiparar.............................................31

IX. ASPECTOS A DESTACAR DE LA INTERPRETACIÓN Y ANÁLISIS DOCUMENTAL. ...............................................................................................31 A. El Personal Civil y el Estado Militar..............................................31

B. Permanencia de los Escribanos como civiles...............................31

C. Los sistemas de ingreso y ascensos............................................31

D. La ocupación y supresión de cargos Civiles................................31

E. El Personal Civil y sus opciones de pasividad. ...........................31

F. La creación del Sub Escalafón Técnico Profesional.....................32

G. La creación de cargos civiles........................................................32

X. HIPÓTESIS. ...........................................................................................33

CAPÍTULO CUARTO XI. DISEÑO METODOLÓGICO....................................................................35 A. Los límites de la Investigación.....................................................35

B. La población Objeto de Estudio....................................................35

C. Las Unidades de Análisis. ...........................................................36

D. La elaboración del Marco Teórico................................................36

E. El estudio exploratorio.................................................................36

F. El estudio descriptivo. ..................................................................36

G. Las limitaciones de la investigación.............................................36

H. El procesamiento de los datos.. ...................................................37

I. Los resultados esperados.............................................................37

XII. DEFINICIONES CONCEPTUALES Y OPERACIONALES DE LAS VARIABLES. ....................................................................................................37 A. Definiciones conceptuales............................................................37

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1. Vacíos legales....................................................................37

2. Contradicciones legales.....................................................37

3. Razones legales.................................................................37

4. Razones de Especialización..............................................37

5. Inequidad Laboral..............................................................37

6. Mínima Cuantía..................................................................38

7. Disminución del Personal Civil...........................................38

B. Definiciones operacionales y su procedimiento............................38

1. Vacíos legales....................................................................38

2. Contradicciones legales.....................................................39

3. Razones legales.................................................................40

4. Razones de Especialización.............................. ...............40

5. Inequidad Laboral..............................................................41

6. Mínima Cuantía..................................................................43

7. Disminución de Personal Civil............................................44

XIII. PAUTAS GENERALES DE EJECUCIÓN.............................................45 A. Las entrevistas..............................................................................45

B. La forma de procesar los datos....................................................46

C. Los entrevistados expertos. ........................................................46

D. Los Formularios de la entrevista...................................................46

CAPITULO QUINTO XIV. CONCLUSIONES...................................................................................48 A. Conclusiones Iniciales. ................................................................48

B. Aportes Resultantes. ...................................................................49

CAPITULO SEXTO XV. CRONOGRAMA.....................................................................................50

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XVI. BIBLIOGRAFÍA......................................................................................51 A. TEXTOS.......................................................................................51

B. NORMAS......................................................................................51

C. DOCUMENTOS VARIOS.............................................................51

D. REPARTICIONES O ENTIDADES CONSULTADAS...................52

E. SITIOS WEB.................................................................................52

ANEXOS Anexo No 1 Resolución Señora Ministra de Defensa Nacional...........................53

Anexo No 2 Ejemplo de Retribuciones de un Personal Civil Equiparado............54

Anexo No 3 Formulario de entrevista para Profesionales o Especialistas.........55

Anexo No 4 Formulario de entrevista para Jefes/Expertos/ Personal Civil..........57

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TÍTULO

EL PERSONAL CIVIL EN EL EJÉRCITO NACIONAL. ANÁLISIS DE SU SITUACIÓN Y NORMATIVA QUE LOS RIGE DENTRO DE LA FUERZA.

CAPÍTULO PRIMERO

I. IDENTIFICACIÓN DEL TEMA

El tema central de la investigación se puede visualizar inicialmente, como un

análisis de la situación del Personal Civil en el Ejército, y la diversa normativa

que los rige, con el propósito de arribar a un diagnóstico de la realidad, que

permita detectar las presuntas inequidades, contradicciones o vacíos jurídicos

existentes. Asimismo podría aportar elementos que sean de utilidad, para la

formulación de una propuesta acorde a la situación actual, de posible

aplicación en beneficio del Ejército Nacional.

II. ANTECEDENTES Y SITUACIÓN ACTUAL

A. ANTECEDENTES

Como una primera aproximación al tema se podría establecer que la causa del

ingreso y permanencia del Personal Civil en la Fuerza, respondió y aún

responde en algunos casos, a la necesidad de contar con personas

capacitadas en una especialización determinada, (Profesionales, Técnicos y

otros) como lo establecieron las leyes que los regularon y sus modificativas

posteriores, las cuales mas adelante serán tratadas e interpretadas en

profundidad, para apreciar el efecto que produjeron y aproximarnos a la

situación generada.

Otro dato de la realidad es que en el año 1987 el Ejército Nacional

contaba con 259 cargos civiles, los cuales quizás por la aplicación de diversas

normas que implican entre otros aspectos la supresión de cargos, atraso en la

relación entre las normas que los rigen, las actuales necesidades del Servicio y

la ausencia de procedimientos flexibles, que acompañen la dinámica de la

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realidad que vive el Ejército Nacional, temas que se tratarán mas adelante, han

provocado que hoy en día se ocupen 99 cargos,1 lo que induce a apreciar en

primera instancia a una tendencia a la disminución.

Las tareas especializadas nombradas anteriormente lógicamente no podían ser

desempeñadas por el Personal Militar de los distintos Cuerpos y Escalafones,

hasta que en el año 1999 se crea el Escalafón de Apoyo, Sub Escalafón

Técnico Profesional, que dentro del Cuerpo de Servicios, prevé vacantes de

Abogados, Ingenieros, Arquitectos, Contadores, y otros.

Esta nueva situación sumada a otros aspectos que durante el desarrollo del

trabajo se verán, provocó obviamente que dentro de los Cuadros del Ejército

existan hasta el presente, personas con la misma profesión o especialidad

revistando en situaciones diferentes y cumpliendo en algunos casos las

mismas funciones.

B. SITUACIÓN ACTUAL

Para facilitar la comprensión del tema por su complejidad y aridez debido a la

cantidad de normas y conceptos poco utilizados, o muchas veces mal

empleados, es conveniente comenzar por la clarificación de algunos de los

conceptos que se manejarán a lo largo de la investigación.

Se considera Personal Civil en el Ejército Nacional a aquel que presta

servicios en el ámbito del Ejército, no tiene estado militar y por lo tanto se rige

por el Estatuto del Funcionario Público, encontrándose inicial y parcialmente

incluido por aspectos que se tratarán mas adelante, en las normas que rigen

para los Funcionarios de la Administración Central.

Se pueden arbitrariamente agrupar en forma general en dos grandes

categorías o situaciones, que son la de Personal Civil sin equiparación, al que

normalmente se le da el nombre de “Civil Puro” y la de Personal Civil

equiparado a una Jerarquía de Personal Superior o Subalterno.

1 Datos proporcionados por División Personal Civil del Departamento I del EME (Julio 2006).

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En otro orden las equiparaciones a lo largo de la carrera funcional se modifican

mediante reequiparaciones, lo que en la práctica se mal denominan

“ascensos”, por ejemplo, de equiparado a Teniente Primero se reequipara a

Capitán, siguiendo el orden lógico de grados, pero no regulado por ninguna

norma en lo que se refiere a méritos, tiempos mínimos de ascenso, requisitos

especiales u otros, lo que difiere del sistema de ascensos normatizado en el

Ejército. Para subsanar dicho vacío el Ministerio de Defensa Nacional, utiliza

como guía de hecho para uniformizar criterios, la permanencia mínima de dos

años en cada jerarquía lo cual también difiere de los demás sistemas de

ascenso2.

De los diferentes estudios y documentos confeccionados por parte del

Departamento I (Personal) del Estado Mayor del Ejército (E.M.E.), e inclusive

hasta algunas normas, que serán citadas en el marco teórico, todos ellos

responden a solucionar problemas coyunturales. A título de ejemplo y para

resaltar la importancia y pertinencia del tema, en octubre del año 2005, la

Señora Ministra de Defensa Nacional dispuso que no se tramitaran más

solicitudes de equiparaciones y reequiparaciones hasta tanto no exista un

procedimiento preestablecido que lo formalice adecuadamente3.

Esto motivó que la Fuerza comenzara a trabajar en la propuesta de un sistema

a tal fin, por parte del Estado Mayor del Ejército, (en lo que se refiere al área

acotada a investigar, que es el Ejército Nacional).

Desde el comienzo de la presente investigación, se recogieron opiniones de

personas expertas en el tema, pero debido a la dinámica del mismo, se

requiere una continua actualización y seguimiento, para corroborar o ampliar la

información disponible, por lo cual se transcriben las entrevistas más recientes

y que además confirman, las anteriormente realizadas.

El día 12 de setiembre del presente año se entrevistó nuevamente y con

respecto a la situación que se estudia, al Jefe de la División Personal Civil del

Departamento de Personal del Estado Mayor del Ejército, Señora Equiparada 2 Información de la División Personal Civil del Departamento I del E.M.E - Compendio de Normas Jurídicas que regulan la situación del Funcionario Civil equiparado del Ministerio de Defensa Nacional. S/D

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a Teniente Coronel doña Rossana Piazza quien respondió que “la situación

sigue sin cambiar y que la propuesta se mantiene en etapa de elaboración, lo

cual continúa provocando un estancamiento total y una situación de

incertidumbre en el Escalafón, afectando sus posibilidades de desarrollo

equitativo en sus carreras funcionales”

En otros Organismos dependientes del Ministerio de Defensa Nacional y bajo

situaciones similares se está tratando el tema, aunque con diferentes

perspectivas, ya que al entrevistar al Comandante de la Flota de la Armada

Nacional, Señor Contra Almirante don Hugo Viglietti el día 7 de setiembre del

presente, el mismo manifestó “que no es un tema preocupante, debido a que la

Armada no cuenta con más de una docena de personas en esa situación, y

poseen mecanismos de contratación diferentes a los del Ejército, los que le

permiten satisfacer dichas necesidades, ya sea tanto en lo que se refiere a

Profesionales o Especialistas”.

Al entrevistar al Señor Director de la Escuela de Comando y Estado Mayor

Aéreo, Coronel (Av.) don Alberto M. Zanelli, el día 14 de setiembre del año en

curso, en relación a la situación del tema en la Fuerza Aérea Uruguaya

expresó, “que la situación es muy compleja debido al gran número de personas

que se encuentran en esa situación, debido a la importante cantidad de

especialistas que requieren, por la propias y diversas características tan

específicas de la Fuerza, sumado esto a que tienen otros organismos

dependientes, Meteorología, Aviación Civil, etc., que actualmente son tema de

debate a nivel Nacional, por lo cual a su criterio, la figura del equiparado

requiere una profunda revisión por su complejidad, no pudiendo determinar al

presente cual sería el resultado final al respecto”.

Al consultar sobre la situación de este personal en la Sub Secretaría del

Ministerio de Defensa Nacional, a la Señora Doctora Escribana Josefina

Nogueira, el día 14 de agosto del corriente expresó, “Que las normas que los

rigen es tan compleja y con tantos vacíos y contradicciones, que permite la

discrecionalidad del Administrador, en cuanto al curso de la carrera funcional

de los Administrados, afectando sus garantías, por lo cual debe ser modificada 3 Anexo No. 1

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y probablemente desaparezca como tal, convirtiéndose los mismos en

funcionarios civiles”.

En la búsqueda de información a nivel regional orientada al estudio, se consulta

a la Capitán Abogada Doctora María Elena Rossi, del Ministerio de Defensa de

la República Argentina, encontrándose similitudes en cuanto a que existen

problemas, pero que no aportarían elementos a este trabajo, ya que las normas

de ese País son diferentes y por lo tanto no producen los mismos efectos sobre

el personal Civil. Durante la conversación mantenida en mayo del corriente

año la misma manifestó, “Que el Personal Civil se redujo notoriamente en la

planta de personal administrativo y de servicios generales. En el ámbito

conjunto, se llevó a cabo la elaboración de una estructura del sistema

remunerativo del personal civil y plan de recomposición salarial, para aplicar en

el mediano plazo según lo permitieran las posibilidades presupuestarias”. (No

coincide con nuestra organización y normativa vigente a nivel Nacional).

Situación similar se dio al consultar el día 29 de agosto de este año, a la

Doctora Abogada Carolina Moreira Paulsen, de la República Federativa de

Brasil, la cual manifestó “Que esa figura esta prevista en las Fuerzas Armadas

del Brasil, dependientes de la División Personal Civil, con una clara normativa

que los rige.”

Resulta más interesante la búsqueda a nivel mundial, ya que en el Reino de

España, el tema se ha investigado, encontrándose en una etapa posterior a la

nuestra, ya que existe un trabajo materializado en un libro4 (García Valverde

2000) cuyo índice temático del estudio se ubica en Internet5, no siendo así su

texto, que no se encuentra disponible en plaza y para obtenerlo requiere un

plazo de tres meses según información obtenida en el País.6

Esta información es más amplia y referida otro país, con otras normas

diferentes, pero que podría ser utilizada en estudios posteriores, para fijar

4 María Dolores García Valverde, Editorial Comares, PERSONAL CIVIL NO FUNCIONARIO AL SERVICIO DE ESTABLECIMIENTOS MILITARES, primera edición, año 2000. 5 http://www.agapea.com/PERSONAL-CIVIL-NO-FUNCIONARIO-AL-SERVICIO-DE-ESTABLECIMIENTOS-MILITARES--n28527i.htm, (1º de setiembre de 2006.) 6 Representante de Editorial Comares, Librería B de F, Calle Buenos Aires 671, Montevideo, Uruguay.

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políticas o proponer normas ya que no enfoca directamente la línea de

investigación que se pretende en el presente trabajo.

Por otra parte le da relevancia al tema por lo cual a continuación se transcribe

el propósito de la obra y los capítulos que contiene:

PROPÓSITO

“Esta obra constituye un análisis exhaustivo, desde el punto de vista

doctrinal y jurisprudencial, de la relación laboral del personal civil no

funcionario. El estudio de esta relación se extiende a las relaciones individuales

de trabajo, a las relaciones colectivas, a la actividad administrativa y

jurisdiccional y, además, a los aspectos más relevantes del régimen de

Seguridad Social de este personal.

La problemática que existe en lo que afecta a la libertad sindical y al resto de

los derechos colectivos, en los establecimientos militares, recibe un tratamiento

profundo y clarificador”.

CAPÍTULOS

• “Configuración jurídico-general de la relación laboral del personal civil no

funcionario al servicio de establecimientos militares.”

• “La relación laboral del personal civil no funcionario.”

• “Definición y delimitación positivas de la relación objeto de análisis: su

problemática aplicativa concreta.”

• “La relación jurídica de trabajo en los establecimientos militares.”

• “El poder de dirección del empresario en los establecimientos militares.”

• “Modalizaciones en el contenido de la relación contractual.”

• “Vicisitudes de la relación laboral.”

• “Estudio de las relaciones colectivas de trabajo del personal civil no

funcionario al servicio de establecimientos militares: régimen jurídico.”

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• “Libertad sindical.”

• “Derechos de representación colectiva y participación.”

• “Derecho de reunión.”

• “Autonomía colectiva negocial.”

• “Derecho de huelga y otras medidas de conflicto colectivo.”

• “La actividad administrativa y jurisdiccional en los establecimientos

militares.”

• “La jurisdicción competente prescripción y caducidad.”

• “Puntualización general y evolución del régimen jurídico aplicable”

• “Régimen jurídico vigente.”

De esta exploración en otros ámbitos a nivel nacional, regional y mundial, se

visualiza que si bien existe una similitud, se viven situaciones y necesidades

totalmente diferentes y por lo tanto distintos puntos de vista, en relación al área

en que se pretende investigar.

Si enfocamos el tema específicamente al Ejército Nacional, en nuestro país y

en la actualidad, se aprecia que se están efectuando trabajos y existen normas

y directivas que los regulan, pero fundamentalmente todos ellos se encuentran

orientados, a solucionar problemas coyunturales en respuestas a situaciones

de contradicción, inequidad o conveniencia del servicio; sin embargo, este

trabajo podría aportar datos desde otro punto de vista, y dicho en forma

grosera o poco académica, pero quizás mucho mas clara ¿Qué va a pasar con

el Personal Civil? y de esa manera proporcionar algunos elementos que sirvan

de base para una futura Política de Personal Civil.

Esta futura Política a elaborar indudablemente debería actuar a favor de los

Administrados y el Administrador, subsanando en forma práctica vacíos,

inequidades y ¿porque no decirlo? posibles demandas contra el Estado por las

causas ya nombradas que se derivarían en erogaciones de recursos, lo que

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reafirma y fortalece la viabilidad o factibilidad de llevar adelante este estudio en

lo que se refiere a costos.

Obteniendo información del Departamento I (PERSONAL) del Estado Mayor

del Ejército, División Personal Civil, resulta interesante observar el Personal

Civil, en forma conjunta con el Personal Militar del Sub Escalafón Técnico

Profesional en los siguientes cuadros:7

1. NÓMINA DE CARGOS CIVILES.

Cantidad Escalafón Grado Denominación Serie

1 A 13 Asesor Abogado

1 A 12 Asesor II Arquitecto

3 A 11 Asesor III Abogado

3 A 11 Asesor III Contador

1 A 11 Asesor III Ingeniero Agrónomo

1 A 11 Asesor III Ingeniero Químico

1 A 11 Sub. Jefe de Dpto. Contador

1 A 10 Asesor IV Escribano

1 A 10 Asesor IV Químico Farmacéutico

4 A 9 Asesor V Abogado

1 A 9 Asesor V Escribano

1 A 8 Asesor VI Veterinario

1 A 7 Asesor VII Ingeniero Agrónomo

2 A 6 Asesor VIII Licenciado en Ciencias

Históricas

1 A 5 Asesor IX Licenciado en Historia

1 B 14 Sub.Director de

División

Ingeniero de

Comunicaciones

1 B 14 Sub. Director de

División Ingeniero de Sistemas

1 B 13 Técnico Ingeniero de Sistemas

3 B 11 Técnico II Analista Programador

7 Cuadros proporcionados por Departamento I del EME, División Personal Civil, mayo 2006

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1 B 10 Técnico III Administración Pública

1 B 8 Técnico V Perito Agrónomo

1 B 7 Técnico VI Electrónica

3 B 7 Técnico VI Profesor de Educación Física

2 B 6 Técnico VII Procurador

1 B 6 Técnico VII Veterinario

1 B 5 Técnico VIII Fisioterapeuta

1 B 4 Técnico IX Arquitectura

1 B 4 Técnico IX Procurador

1 B 4 Técnico IX Profesor de Educación Física

3 B 4 Técnico IX Procurador

2 B 4 Técnico IX Analista Programador

6 B 4 Técnico IX Prof. Educación Física

1 C 12 Director de División Administrativo

1 C 10 Jefe de

Departamento Administrativo

1 C 9 Jefe de

Departamento Administrativo

1 C 6 Jefe de Sección Administrativo

1 D 9 Sub Jefe de

Departamento Programador

1 D 6 Jefe de Sección Presupuesto

1 E 10 Sub. Director de

División Impresión

2 E 9 Jefe de

Departamento Impresión

2 E 6 Jefe de Sección Mantenimiento

1 E 6 Jefe de Sección Mecánica General

4 E 6 Jefe de Sección Vestimenta y Alimentación

1 E 5 Sub. Jefe de

Sección Carpintero

1 E 5 Sub. Jefe de Vestimenta y Alimentación

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Sección

3 E 4 Jefe de Sector Vestimenta y Alimentación

1 E 3 Oficial I Vestimenta y Alimentación

1 E 2 Oficial II Vestimenta y Alimentación

1 E 1 Oficial III Vestimenta y Alimentación

1 F 4 Encargado Servicios

1 F 2 Encargado III Servicios

7 F 2 Auxiliar I Servicios

13 J Maestro Director

para Adultos

TOTAL : 99

2. EFECTIVOS CIVILES DE PERSONAL CIVIL.

ESPECIALIDAD CANTIDAD

Maestros 13

Vest. y Alim. 3

Administrativo 1

Servicios 1

Carpintero 1

Total 19

3. CUADRO DEMOSTRATIVO DEL ESCALAFÓN DEL PERSONAL

CIVIL EQUIPARADO Eq. P. Sup. Eq. P. Sub.

Escalafón Ocupado Vacante Escalafón Cantidad Escalafón Cantidad

A 21 2 A 21 A 0

B 17 13 B 17 B 0

C 4 0 C 3 C 0

D 2 0 D 2 D 0

E 18 0 E 2 E 12

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17

F 9 0 F 1 F 7

J 13 0 J 0 J 0

Tota l 84 15 Total 46 Total 19

4. PERSONAL CIVIL EQUIPARADO A PERSONAL SUPERIOR

DISCRIMINADO POR ESCALAFÓN

Escalafón Coronel Tte.Cnel. May. Cap. Tte.1º. Tte.2º. Alf. Total

A 2 8 5 4 1 1 0 21

B 0 2 5 4 2 4 0 17

C 0 0 0 1 0 2 0 3

D 0 0 0 0 2 0 0 2

E 0 0 1 0 0 1 0 2

F 0 0 0 0 1 0 0 1

Total 2 10 11 9 6 8 0 46

5. PERSONAL CIVIL EQUIPARADO A PERSONAL

SUBALTERNO DISCRIMINADO POR ESCALAFÓN

Escalafón S.O.M. Sgto.1 Sgto. Cbo.1a Cbo.2ª Sdo.1a Sdo.2a Total

A 0 0 0 0 0 0 0 0

B 0 0 0 0 0 0 0 0

C 0 0 0 0 0 0 0 0

D 0 0 0 0 0 0 0 0

E 4 2 5 1 0 0 0 12

F 4 1 2 0 0 0 0 7

Total 8 3 7 1 0 0 0 19

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6. PERSONAL MILITAR DEL ESCALAFÓN DE APOYO

Tte. Cnel. May. Cap.

Tte.1ro.

Tte. 2do. Alf.

Total Arma/Serv.

Sub-Esc.Adm. 1 7 9 20 24 16 77

Abogado 1 4 3 8

Ing.-Arq. 5 5 10

Inform. 1 1

Cont. 3 2 5

A Apoyo

Sub- Esc. Tec. Prof.

Educ.Fís. 3 4 7

Veterinarios e Ing. Agrónomos

1 3 4 9 9 6 32

Educación física 1 1

Bandas Militares 1 6 7 7 10 3 34

Total Cpo.Serv. 3 16 20 37 58 41 175

Observando detenidamente estos cuadros, se aprecia la existencia de personal

Civil y Militar con la misma profesión o especialización y una situación de

revista totalmente diferente, lo que generaría la percepción de una desigualdad

de oportunidades y superposición de cargos y funciones.

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III. ESQUEMA DE TRABAJO

A partir de este acercamiento a realidad que se investiga, se podría graficar un

primer esquema de trabajo8 el que se visualiza de la siguiente manera:

8 Esquema confeccionado por el autor del presente trabajo.

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CAPITULO SEGUNDO

IV. DEFINICIÓN DEL PROBLEMA

A. INTERROGANTES DE LA INVESTIGACIÓN

Como ya se ha expresado parcialmente la intención de la presente

investigación, no procura establecer el procedimiento de equiparaciones o

reequiparaciones, o la cantidad que debe haber o no, sino que pretende

profundizar respecto a respondernos en primer lugar ¿Será cada vez menor la

cantidad del Personal Civil?, ¿Permanecerán solamente en algunas áreas?,

¿Las causas de su permanencia mínima será por razones de especialización

y/o legales?, ¿Existe inequidad laboral dentro del propio escalafón y con

relación a otros de la Fuerza?

Continuando con este razonamiento, las preguntas iniciales nos conducirían a

otras tales como ¿Es necesaria la figura del Personal Civil en la Fuerza, ¿si lo

es?, ¿En que áreas y por qué?, ¿Cuáles son los vacíos legales y/o

contradicciones?,¿Es un escalafón que va a desaparecer con el tiempo si sigue

la actual situación o será sustituido por otro?, ¿Por qué se creó un nuevo

escalafón que incluía profesiones que ya existían dentro de la Fuerza en otra

situación?, ¿Por qué no fueron integrados? y de esta forma se debe asumir y

aceptar que dentro del desarrollo de la investigación9 (Hernández Sampieri

2004), pueden surgir nuevas interrogantes, que pueden conducir a objetivos

adicionales, que podrían ser incluidos en el presente trabajo, pero seguramente

serán el simiente de otro.

B. ENUNCIADO DEL PROBLEMA

Es entonces que se puede definir el problema como que en los Cuadros del

Ejército y por diferentes motivos,(legales y/o coyunturales) prestan servicios

Personal Militar y Personal Civil, en algunos casos con la misma Profesión,

funciones y exigencias; con una situación de revista totalmente diferente, que

está provocando la disminución de uno de ellos (Personal Civil), asociado a

9 Hernandez Sampieri, Metodología de la Investigación, Editorial Mc. Graw Hill, Año 2004, Tercera Edición, Preguntas de Investigación , Pag. 48.

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una situación de inequidad que los afecta en su conjunto de diferentes

maneras.

V. JUSTIFICACION DEL TEMA

Esta investigación pretende diagnosticar la situación actual del Objeto de

Estudio (Personal Civil), relacionándolo con el Personal Militar (Escalafón de

Apoyo), insertando a ambos en las normas que a ellos comprenden, ya que

en el inmediato plazo, como ya fue expuesto anteriormente y detectado por las

Instituciones responsables, requiere una solución aplicable.

A. Utilidad de la investigación.

Proporcionaría insumos para solucionar una situación real y actual, generando

nuevos aportes, que generalizarían la situación existente en la población que

se estudia. Brindaría sugerencias de aplicación en conjunto, para quienes se

encuentran insertos en un sistema complejo, aparentemente poco claro u

obsoleto.

B. Beneficios.

Al diagnosticar la situación actual, aportaría elementos que dejan al descubierto

la aplicación de los procedimientos utilizados, con sus debilidades y fortalezas,

situaciones legales no previstas y como se han solucionado. También recoge

probables percepciones o realidades de injusticia en la carrera funcional del

Personal Civil. Todos estos datos serían el fundamento, a la hora de dar

soluciones de fondo y duraderas a la problemática actual y no a la respuesta

puntual para cada caso que se presente.

C. Beneficiarios.

Como consecuencia de lo anterior, los que serán mayormente favorecidos al

establecer adecuados procedimientos, son el propio Personal Civil y el

Personal del Escalafón de Apoyo, Sub Escalafón Técnico Profesional, quienes

podrán contar a partir del momento que se fijen políticas al respecto, con reglas

claras para su desarrollo profesional. También facilitará la toma de decisiones

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El Personal Civil en el Ejército Nacional.

22

por parte de los responsables en la Fuerza, al responder a pautas prefijadas y

sujetas a derecho.

D. Cambios que puede producir.

Detectar su tendencia a la disminución y encontrar en las normas

contradicciones y/o vacíos legales, como consecuencia de soluciones

puntuales y no en respuesta a la intención primaria, de quien legisló al

respecto, puede producir cambios profundos en la figura de este tipo de

Personal. Podría llegar a modificar normas, que los pueden conducir tanto a su

fortalecimiento como a su desaparición, según sea la decisión adoptada a

futuro, la cual lógicamente, debe responder a un asesoramiento certero como

resultado de un estudio profundo y no emanado de una opinión cotidiana.

E. Riesgos y consecuencias

También es de orden asumir que esta investigación puede aportar datos que

dejen a la luz pública, situaciones que favorecen a unos y perjudican a otros, y

eventualmente generar consecuencias no deseadas por los actores objeto de

estudio, pero que a criterio del investigador serían favorables en bien de la

transparencia y el interés general de la Fuerza.

VI. OBJETIVOS

A. Objetivo General de la investigación

Diagnosticar, la realidad de la actual situación del Personal Civil en el Ejército

Nacional y su prospectiva de permanencia en la Fuerza.

B. Objetivos Específicos de la investigación

1. Detectar las contradicciones y vacíos en las normas en vigencia y

las soluciones dadas hasta el presente frente a ellos.

2. Establecer las áreas funcionales (no físicas) en las cuales existe

Personal Militar y Personal Civil con la misma profesión y

especialidad, desempeñando la misma tarea.

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23

3. Identificar inequidades laborales en la población objeto de

estudio.

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24

CAPÍTULO TERCERO

VII. MARCO TEÓRICO

Tal como se ha planteando el problema de investigación hasta el momento, en

esta etapa, ya se podría anticipar que la intención es la de construir una

perspectiva teórica a partir de las generalizaciones empíricas que se obtendrán

del análisis de documentos y normas, las cuales ya han sido nombradas en

términos generales y se profundizarán en este marco de referencia.

El trabajo de investigación estará acotado al Personal Civil del Ejército

Nacional y se apoyará en las normas10, los documentos confeccionados para

solucionar problemas coyunturales, la situación existente y conceptos vigentes

que han concluido en decisiones y que en muchos casos pueden inducir a

errores de interpretación.

Como reafirmación de lo anteriormente expresado, se transcribirán algunos de

los diálogos contenidos, en el Documento de la Relatoría de la Mesa Temática

de Debate No. 5, en el marco del Debate Nacional sobre Defensa, referido a

Justicia Militar, de fecha 1º de setiembre del año en curso.

Esta Mesa es presidida por el Señor Subsecretario de Defensa Nacional

Doctor José Bayardi y en el documento transcripto, del cual a continuación se

detallarán algunos fragmentos relacionados con el tema en estudio, se

reservan los nombres de los expertos expositores, por razones formales

preestablecidas en su funcionamiento.

• “Se planteó que, en base a la definición aportada en el documento de

trabajo, quedan dudas en referencia a quiénes serían sujetos activos del

delito militar. Claramente seguirían siendo catalogados como tales los

militares y los prisioneros de guerra. Pero no está claro qué pasaría con

los civiles equiparados.”

10 Se encuentran a disposición en el Registro Nacional de Leyes y Decretos por lo cual no se incluyen como Anexos.

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25

• “Se indicó que, en concordancia con lo señalado en la Ley Orgánica de

las FF.AA., en la actualidad los civiles equiparados no tienen estado

militar y por lo tanto no deben estar sometidos a la Justicia Militar,

aunque sí pueden cometer faltas y recibir por ello sanciones

disciplinarias.”

• “En base a estos argumentos, y a que se ha reconocido que el personal

equiparado es civil, se propone que queden sometidos a la jurisdicción

militar únicamente los militares en actividad, excluyendo a los

funcionarios equiparados, los retirados –aún los recientes– y los civiles

en cualquier caso.”

• “Se afirmó que los equiparados no deberían estar sujetos a la normativa

disciplinaria militar”

• “Se señaló la necesidad de eliminar la figura del funcionario equiparado.”

• “Se indicó que para definir la pertinencia de mantener esa figura hay que

preguntarse, desde el punto de vista de la eficacia de la organización, si

las funciones del equiparado las puede desarrollar cualquier

especialista.”

• “Al respecto se afirmó que los especialistas –salvo médicos y

odontólogos– pueden integrar como oficiales el Cuerpo de Servicios

Generales, Escalafón de Apoyo. Quedan así sujetos a responsabilidad

disciplinaria y penal militar.”

• “Se argumentó que actualmente las mismas funciones dentro del MDN

(Ministerio de Defensa Nacional) son cumplidas por funcionarios civiles,

equiparados, o especialistas del Cuerpo de Servicios. Se agregó que la

condición de equiparado ya no implica que los sueldos recibidos sean

iguales a los del personal combatiente, en tanto los ajustes salariales a

partir de 1985 se han realizado en su mayoría en forma de partidas

especiales. Se señaló que es necesario analizar detenidamente las

situaciones de distintos especialistas, porque convertirlos a todos en

funcionarios civiles generaría algunos problemas. Se debe tener en

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El Personal Civil en el Ejército Nacional.

26

cuenta también ciertos imperativos de orden y velocidad de las tareas a

ejecutar que son diferentes en el MDN respecto de otros Ministerios.”

• “En sentido similar, se sostuvo que es necesario tener en cuenta casos

específicos como el de los notarios, que no pueden pertenecer ni al clero

ni al Ejército de línea.”

Visto este entramado de opiniones, algunas de ellas contradictorias, pero

reales y actuales, se pretenderá que este bosquejo de fundamentos y pese a lo

tedioso que puede llegar a ser, para el lector que no esta familiarizado con el

tema, describir y resumir las normas11 en la forma mas simple posible, sin

transcribirlas textualmente en la mayoría de los casos, procurando visualizar

las consecuencias generadas en los hechos.

A. Constitución de la República

Articulo 59 Literal A, establece que los militares se regirán por

leyes Especiales y no por el Estatuto del Funcionario.

El Art. 27 de la Ley 17.556 prohíbe el ingreso a la función

pública hasta el año 2015, por lo que solamente se pueden

ocupar los cargos civiles con personal que ya sea funcionario

público.

Aquí se acepta que el personal Militar es un Funcionario Público,

ya que personal militar revistando en la Fuerza, a partir de ese

momento, ingresó como funcionario civil, proveniente de otros

cuerpos de la Fuerza.

B. Decreto Ley 14.157 de 21 de febrero de 1974 (Orgánico de las Fuerzas Armadas) Artículo 52.- “El Personal civil...no tiene Estado Militar y se rige

por las disposiciones del Estatuto del Funcionario ...” Artículo 75.- ”Los funcionarios civiles del Ministerio de Defensa

Nacional y sus dependencias apoyan a las Fuerzas Armadas,

para garantizar la Seguridad y la Defensa Nacional...”.

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27

Artículo 76.- ”Serán equiparados los funcionarios civiles que

determine el Poder Ejecutivo de acuerdo a las necesidades del

servicio, quedando sometidos a la jurisdicción militar disciplinaria,

mientras dure su equiparación (Grado)” , por lo cual la misma

guardará relación con el cargo y responsabilidad del funcionario,

compensando asignaciones presupuestales por mayores

exigencias

También en este Artículo se establece que no se les otorga

ninguno de los derechos que determina el Estado Militar.

En este articulado anterior vemos expresiones en forma genérica

“necesidades del Servicio”, “guardará relación” y “mayores

exigencias”, lo que lógicamente ha producido una variación en los

criterios según sea la situación y acentuada al crearse

posteriormente otro escalafón, que posee dentro de él en algunos

casos, las mismas profesiones o especialidades.

C. Decreto Ley 1421 de 31 de Diciembre de 1878. (Orgánica Notarial) “En general, se declara incompatible la profesión de Escribano

con la de miembro del Clero o del Ejército de línea”.

Esta incompatibilidad es considerada e interpretada en el

Reglamento Notarial, haciendo referencia a la Ley No. 14157

(Orgánica de las Fuerzas Armadas) y subsanada por la figura del

Personal Civil en la órbita del Ministerio Nacional, por lo cual

quienes ejercen dicha profesión deberían seguir siendo civiles.

D. Ley No. 16.170 de 28 de diciembre de 1990 en sus artículos 26 y 27 Establece los grados mínimos y máximos de los

diferentes escalafones, como así también la escala de sueldos

correspondientes.

Estos no coinciden con los de otros escalafones y con la misma

profesión o especialidad.

E. Ley de Presupuesto No. 17.296 del 21 de febrero de 2001

11 No se mantiene el orden cronológico, ni la pirámide de Kelsen (Jerarquía de las normas) para poder relacionarlas y facilitar su comprensión.

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28

Permite la designación de personal cuando exista un único cargo

en una especialidad determinada. Para el ingreso al cargo civil

(Alta) debe efectuarse el nombramiento al mismo mediante la

correspondiente Resolución del Poder Ejecutivo previo informe de

la Oficina Nacional del Servicio Civil y Contaduría General de la

Nación

Esta pauta generaría que en algún momento quede un solo

profesional o especialista por cargo Civil (equiparado o no),

numéricamente variable según las leyes que se pudieran

promulgar, pero que asegura una relativa y mínima permanencia

del Personal Civil en la Fuerza.

F. Decreto-Ley No. 14.189 de 30 de abril de 1974 Art. 35.

Establece la edad para el cese de funciones obligatorio en 70

años de edad.

G. Ley No. 16.127 de 07 de agosto de 1990. En cuanto a la baja o

cese en el cargo civil la misma opera por las causales

establecidas en el derecho positivo (renuncias, abandono del

cargo, fallecimiento, destitución, retiro o jubilación)

H. Decreto Ley No. 15.192 de 15 de octubre de 1981 Art. 1º. Proporciona al Personal Civil Equiparado del Ministerio de

Defensa Nacional tiene derecho a solicitar retiro militar.

En los literales anteriores (F.G.H.) se materializa la posibilidad de

optar por pasar a situación de pasividad como Militar siendo Civil,

pero con una edad diferente (o igual según opte), a las de retiro

obligatorio de los otros profesionales y demás integrantes de la

Fuerza.

I. Ley 16.736 del 5 de enero de 1996. Crea el Escalafón de Apoyo

el cual posteriormente mediante el Decreto 411/999 que la

reglamenta, incluye el Sub Escalafón Técnico Profesional, donde

se abren vacantes de profesionales (Abogados, Contadores y

otros), generando la dualidad de funciones en diferentes

escalafones.

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El Personal Civil en el Ejército Nacional.

29

J. Ley No. 17.296 de 21 de febrero de 2001 Art. 113. Permite que

el personal del Escalafón “K” Militar pueda ser designado en

cargos civiles con un mínimo de 3 años de antigüedad.

El Escalafón K (Militar) ha sido exceptuado en los procedimientos

de distribución de Funcionarios Públicos, de acuerdo a los

Instructivos emanados de la Oficina Nacional del Servicio Civil.12

K. Art. 6º. de la Ley No. 17.930 de 19 de diciembre de 2005, en

donde la creación de cargos civiles con equiparación es siempre

en detrimento de los cargos militares y solo se puede realizar por

Ley de Presupuesto o Ley específica con esa finalidad.

Esta norma ha provocado inicialmente que se puedan adoptar

dos opciones por parte de quien decide claramente deducibles:

• Disminución del Personal Civil Equiparado

• Disminución de efectivos del cuerpo de Combate o

especialistas para incrementar el Personal Civil.

VIII. ANALISIS DE DOCUMENTOS

Para llevar a cabo este análisis se relacionarán las normas interpretadas

anteriormente13, realizando un cruzamiento de las mismas para poder pautar

las diferentes consecuencias generadas.

A. Personal Civil sin equiparación Se puede decir que son aquellos que se regulan de acuerdo a todas las

disposiciones y normas vigentes para el funcionario de la Administración

Pública, desde su nombramiento hasta su jubilación, vertiendo sus

aportes al Banco de Previsión Social. (literales14 B y G de VII)

B. Personal Civil Equiparado Es aquel que ocupa un cargo civil, pero que se le equipara a un grado

de la jerarquía militar con la finalidad de ubicarlo jerárquicamente dentro

de las funciones que va a desempeñar. También lo hace desde el punto

de vista disciplinario y en lo que se refiere a tratamiento y honores con

algunas limitaciones que más adelante se enunciarán. Esta equiparación

12 Fuente ONSC. (Julio 2006) 13 Cuando se citan los literales durante el análisis, corresponden a los que se encuentran en VII del presente estudio. 14 Se citan los literales para facilitarle al lector el acceso a aquellos conceptos que no haya podido retener.

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30

también tiene por finalidad equilibrar sus remuneraciones, por su cargo

y responsabilidad y debido a que en los distintos Organismos de la

Administración Pública no existe un criterio de igualdad para los mismos

cargos, grados y escalafones.15 ( análisis del literal B de VII)

C. Las remuneraciones de un equiparado son el sueldo que corresponde a

su grado civil y la diferencia por equiparación, que se asocia al sueldo

base de la jerarquía militar y al cargo que ostenta.16 Para percibir la

remuneración correspondiente a una equiparación a la luz de lo

expresado en el literal B de VII, es imprescindible ocupar primero un

cargo civil y posteriormente si es considerada conveniente para el

Servicio, se lleva a cabo la propuesta, por parte del Señor Comandante

en Jefe del Ejército y es otorgada por el Poder Ejecutivo.

D. Utilizando el razonamiento anterior, de la misma forma el señor

Comandante en Jefe puede solicitar el cese de la equiparación, cuando

hayan caducado las razones por las cuales se otorgó, o sea que la

gestión para tramitar una equiparación es facultad del Señor

Comandante en Jefe y por lo tanto puede hacerlo cuando lo crea

conveniente por razones de Servicio, lo que le da discrecionalidad, falta

de garantías e inequidad en su carrera funcional al Personal Civil.

E. Los equiparados a diferencia del Personal Civil sin equiparación y como

se ha nombrado en reiteradas oportunidades, se rigen en términos

generales por todas las disposiciones que regulan a los funcionarios

Públicos pero con algunas excepciones entre las cuales cabe resaltar:

• Están sometidos a la Jurisdicción Penal y Disciplinaria Militar,

careciendo de facultades disciplinarias hacia sus subalternos por

no poseer inicialmente ningún derecho de los que determina el

Estado Militar (según lo ya expresado en el literal B de VII).

• Por su condición de equiparado tienen el derecho de solicitar el

retiro militar, vertiendo sus aportes al Servicio de Retiros y

Pensiones de las Fuerzas Armadas. (como se pauta en el literal H

de VII).

15 Fuente: Sueldos de la Administración Pública, O.P.P., Presidencia de la República, julio 2006. 16 Anexo No. 2

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31

Estas contradicciones que por una parte limitan los derechos y por otra

los otorgan son las que hacen más compleja la figura de este tipo de

Personal.

F. Como consecuencia de la realidad en que se vive, coexisten Personal

Militar y Personal Civil con la misma Profesión. Éstos profesionales o

especialistas llevan a cabo las mismas funciones con iguales exigencias

y muchas veces en el mismo lugar de trabajo, pero con una situación

de revista totalmente diferente, lo que a primera vista nos muestra una

situación de posible inequidad.

G. Se acepta que el personal Militar es un Funcionario Público. (Literales, A

y J de VII)

H. La aplicación del término en forma genérica “necesidades del Servicio”

“guardará relación” y “mayores exigencias”, ha variado según el criterio

empleado para cada situación.(literal B de VII)

IX. ASPECTOS A DESTACAR DE LA INTERPRETACIÓN Y ANÁLISIS

DOCUMENTAL.

A. El Personal Civil no tiene Estado Militar, pero posee derechos y

obligaciones inherentes al mismo, que fueron legalmente anexadas,

quizás como solución a problemas coyunturales.

B. Los escribanos deben seguir siendo civiles.

C. Los sistemas de ingreso y ascensos no coinciden con los de otros

escalafones que pueden poseer la misma profesión o especialidad.

D. La no ocupación y supresión de cargos, cuando se generan vacantes

finalizaría en que de no cambiar la situación, en algún momento

permanecería un solo profesional o especialista por cargo Civil

(equiparado o no).

E. El Personal Civil puede optar por pasar a situación de pasividad como

Militar siendo Civil, pero con una edad distinta, a las de retiro obligatorio

de los otros profesionales.

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32

F. La creación del Sub Escalafón Técnico Profesional (Abogados,

Contadores y otros), generaría que en diferentes escalafones, que se

rigen por diferentes normas, inequidad, desigualdad de oportunidades y

superposición de cargos y funciones.

G. Para crear cargos civiles con o sin equiparación es siempre en

detrimento de los cargos militares y solo se puede realizar por Ley.

Realizada esta revisión crítica se puede anticipar en esta etapa, el

modelo del enfoque a emplear en base al análisis de documentos y experiencia

propia, la cual deja apreciar que existe una generalización empírica y con

descubrimientos importantes e interesantes, que conducen a este trabajo hacia

un modelo de enfoque multimodal, ya que se tratará de cuantificar mediante la

recolección y análisis de datos, valores que nos permitan responder a las

preguntas planteadas. También mantiene su enfoque cualitativo, al observar

hechos de comportamiento de los objetos de estudio (Pases a retiro,

percepciones, permanencia en los grados y cargos) y de otros que puedan

surgir durante las entrevistas y el desarrollo del trabajo.

Acotándose al área que se investiga, surgen aquí algunos conceptos

abstractos de importancia que se pueden extraer para el estudio, como lo son

la inequidad, las contradicciones y vacíos legales, la especialización, la

creación de nuevos escalafones y las imposiciones de la Ley. Sería de utilidad

expresarlos, de manera que contribuyan a construir, la o las hipótesis,

cuantificando su proporcionalidad con relación a la percepción de tendencia

existente en cuanto a la disminución del Personal Civil.

Simplemente se tratará de ver si su incidencia (sin darle valor a X) influye

aumentando, manteniendo o disminuyendo la cantidad de Personal Civil y

luego ver su proporcionalidad mediante el siguiente cuadro y gráfico que la

representa:

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Concepto Aumenta Mantiene Disminuye

Contradicciones

legales

X X

Vacíos Legales X X

Especialización X X

Imposiciones legales X X

Inequidad X

Creación de nuevos

Escalafones

X

TOTAL 1X 4X 5X

Si bien ésta proporcionalidad no indicaría ninguna tendencia real, ya que aun

no se ha cuantificado el valor de “X”, identifica la existencia de elementos que

inciden en la cantidad de personal civil, que serán de utilidad al operacionalizar

las variables.

X. HIPÓTESIS

Una vez visualizados los objetivos, las preguntas de la investigación y el

análisis de documentos que proporciona como resultado una generalización

DISMINUYE50%

MANTIENE40%

AUMENTA10%

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El Personal Civil en el Ejército Nacional.

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empírica17 del tema, (Hernández Sampieri 2004) se está en condiciones de

tomar como proposición las siguientes Hipótesis:

A. Los vacíos y contradicciones legales provocan la disminución del

Personal Civil en el Ejército Nacional, permaneciendo solamente en

aquellas áreas específicas, en las cuales no puede desempeñarse el

Personal Militar de la Fuerza, por razones legales y/o de

especialización.

B. Cuanto más se incremente la inequidad laboral existente, dentro del

propio Personal civil y en relación con el personal del Sub Escalafón

Técnico Profesional, el primero de los nombrados se reducirá a su

mínima cuantía.

Si bien durante el desarrollo del estudio las preguntas y los objetivos pueden

modificarse, se aprecia manifiestamente que la misma se refiere a una

situación social real y que las variables incluidas se pueden identificar en forma

precisa, a la vez de ser medibles con referencia a la realidad y mediante

técnicas existentes y disponibles.

17 Hernandez Sampieri, Metodología de la Investigación, Editorial Mc. Graw Hill, Año 2004, Tercera Edición, ¿De donde surgen la Hipótesis?, Pag. 144.

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CAPÍTULO CUARTO

XI. DISEÑO METODOLÓGICO

Hasta aquí se ha procurado describir el fenómeno, sus componentes y el

contexto en que se encuentra actualmente, asociado a una explicación del

mismo por sus características complejas y en la cual la prueba empírica se

encuentra muy difusa y extendida en las normas, documentos y hechos, los

cuales a su vez interactúan entre si.

Es así que inicialmente para el presente estudio se podrían definir como

variables independientes las correspondientes a los aspectos legales (vacíos,

contradicciones y razones legales) y la inequidad18. Como variables

dependientes, la disminución de Personal Civil , las razones de especialización

y la mínima cuantía, ya que sobre estas últimas actúan las primeras de las

nombradas, que serían el fenómeno que condiciona y explica la situación que

se investiga.

A continuación se entiende conveniente, desarrollar “el como” se llevará a cabo

la investigación, o sea su estrategia y su alcance, y como se pretende diseñar,

asumiendo que eventualmente durante la investigación no podrá situarse en

un solo tipo de estudio19 sino que indudablemente contendrá elementos de

cada uno en mayor o menor grado. (Hernández Sampieri 2004)

A. Los límites de la presente investigación se acotan al universo del Ejército

Nacional.

B. La población objeto de estudio es el Personal Civil y aquel Personal

Militar que desarrolle las mismas tareas, acotado al Ejército Nacional de

nuestro País desde la creación del Escalafón de Apoyo, Sub Escalafón

Técnico Profesional.

18 Se optó por ubicarla como variable independiente en la presente investigación, aunque en algunos casos podría ser consecuencia de los aspectos legales (variables independientes) . 19Hernandez Sampieri, Metodología de la Investigación, Editorial Mc. Graw Hill, Año 2004, Tercera Edición, ¿Una investigación puede contener elementos de los diferentes tipos de estudio? Pag. 129.

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C. Las unidades de análisis a utilizar serían cada uno de los integrantes el

Personal Civil y el Personal Militar del Sub Escalafón Técnico

profesional, de las cuales se desprenderán las categorías, en base a su

profesión y/o especialidad, grado y/o equiparación.

D. En la primera etapa, se elaborará un marco teórico precisando

conceptos y definiciones que se extraerán de las normas específicas

(fuentes primarias) y documentos realizados sobre el tema (fuentes

secundarias y terciarias), para de esa bibliografía interpretar la

información y analizar su efecto.

E. Si bien en un principio el estudio será exploratorio ya que los objetivos

pretenden llevar a cabo un diagnóstico de la situación, no podemos

centrarnos exclusivamente en ello, debido a que a pesar de tratarse de

un tema poco estudiado y del cual existen dudas, desde la óptica que se

pretende incursionar, existen suficientes antecedentes relacionados

desde otros puntos de vista, que rigurosamente no la pueden enmarcar

en un tema nuevo o sin explorar.

F. Será descriptiva para determinar como se encuentra el Personal Civil del

Ejército Nacional en las dimensiones cuantitativas y en su ambiente

laboral.

G. La presente investigación tiene como limitación, que su diseño será “no

experimental”,20 por no poder actuar el investigador sobre una variable

independiente para ver como se comportan las dependientes, es decir

dicho de otra manera y a título de ejemplo, que para ello habría que

modificar la Ley de pasividades de los mismos y observar como incide

en su pase a situación de retiro. Otro punto a resaltar y también por el

cual se opta por este diseño es la disponibilidad de tiempo debido a que

es un problema real y actual.

20 Hernandez Sampieri, Metodología de la Investigación, Editorial Mc. Graw Hill, Año 2004, Tercera Edición , Diseños no experimentales, Pag. 269.

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37

H. Posteriormente, basándose en la información recabada, su análisis y

comparación, y el procesamiento de los datos obtenidos, se someterán a

prueba las Hipótesis para su comprobación.

I. En el caso de ser comprobadas o no las hipótesis, la presente

investigación arrojaría datos y conclusiones, que generalizarían una

situación real y actual; proporcionando herramientas de suma

importancia y utilidad, al momento de proponer normas o tomar

decisiones.

XII. DEFINICIONES CONCEPTUALES Y OPERACIONALES DE LAS VARIABLES

A. Definiciones conceptuales

1. Vacíos legales

Ausencia de normas que regulen procedimientos preestablecidos y

proporcionen garantías tanto a los Administrados como el Administrador

durante el desarrollo de su carrera.

2. Contradicciones legales

Aplicación alternada de diferentes normas según el momento de su

interpretación, que conduce a resultados diferentes de una misma situación.

3. Razones legales

Situaciones claras y manifiestas que no pueden ser modificadas si no se

realiza mediante una Ley.

4. Razones de Especialización

Situaciones en que la tarea o función no puede ser desempeñada de ninguna

manera, por alguien que no posea esa cualidad o conocimiento.

5. Inequidad Laboral

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38

Desigualdad provocada por el hecho que ante una misma función, obligación y

responsabilidad, se reciban diferentes haberes, tratamiento, igualdad de

oportunidades y derechos.

6. Mínima Cuantía

Es la menor cantidad posible de cargos que puede ocupar el Personal Civil de

acuerdo a las normas en vigencia, (uno por escalafón grado y cargo) sea

equiparado o no.

7. Disminución del Personal Civil

Reducción de la cantidad numérica del Personal Civil en el Ejército Nacional

motivado por su egreso a causa de Baja, Retiro o Fallecimiento.

B. Definiciones operacionales y su procedimiento.

1. Vacíos legales

Son aquellos en los que se detecta su variación mediante el análisis de las

normas relacionadas y utilizadas para subsanar dicho vacío (directivas, hechos

concretos) y que son susceptibles de medición a través de los procedimientos

de ingreso al escalafón, su tiempo de permanencia en el grado o cargo, sus

ascensos y reequiparación. Se extraerán estos datos de los registros de la

División Personal Civil, de los Formularios de Entrevista a los Jefes y expertos

y respondiendo interrogantes de la siguiente manera:

Pregunta Si No

¿Existen vacíos legales en las normas que rigen al Personal Civil?.

(Si su respuesta es afirmativa) ¿Cuáles son los vacíos que identifica?

¿Están claramente normatizadas las condiciones que se requieren

para la equiparación o reequiparación del personal civil, en lo que se

refiere a antigüedad, méritos, ascenso, cursos y calificaciones?.

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Si el Jefe inmediato del Personal Civil, no gestiona la equiparación o

reequiparación, ¿Se produce ésta por algún otro mecanismo?.

¿Existe alguna norma que obligue al Jefe a realizar la gestión

anteriormente nombrada.?

Si la respuesta mayoritaria es “no” se podría generalizar que existen vacíos

legales en algunas áreas. Asimismo se identificarían, ampliarían o verificarían

las ya detectadas, permitiendo darle un valor ponderado a la variable dentro de

la Hipótesis.

2. Contradicciones legales

Su medición surge en forma similar a la anterior pero utilizando otro aspecto

que es la comparación entre los sujetos de la muestra, en lo que se refiere a

cual norma fue interpretada para su ingreso o reequiparación, y así detectar y

cuantificar los procedimientos utilizados en las distintas situaciones.

Pregunta Si No

¿Existen contradicciones, diferencias o excepciones en las normas

que se utilizan para equiparar o reequiparar según sea cada caso?.

(Si su respuesta es afirmativa) ¿Cuáles son y por que causa?.

¿El Jefe inmediato puede gestionar una reequiparación de un

personal Civil y esta no ser tramitada por disposiciones del Superior?.

¿Puede ser dispuesta por el Superior por necesidades del servicio y

en cualquier grado?.

¿Puede el Personal Civil proceder del Escalafón Militar, de cualquier

otro escalafón o de cualquier ámbito de la sociedad?.

¿Han existido casos en que las reequiparaciones no han seguido el

orden lógico y progresivo de ascensos saltando jerarquías?.

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40

De esta forma obtendríamos la prueba empírica de las contradicciones, a la vez

de determinar cuales son y la cantidad aproximada de las mismas, para de esa

manera poder incluir su peso en la Hipótesis planteada. La mayor cantidad de

respuestas afirmativas orienta a la existencia real de contradicciones legales.

3. Razones legales

Esta variable se mide de acuerdo al número que cada Ley de Presupuesto o

Específica al respecto mantiene, incrementa o disminuye cargos, aunque la

misma también se ve limitada por otras normas de igual jerarquía, que la

obligan a mantener ciertos cargos civiles como lo es el de escribano público.

Pregunta Si No

¿Cuales son las normas actuales que inciden directamente en la

disminución o aumento de efectivos de Personal Civil?.

¿Se ha incrementado el número de cargos civiles en las Leyes de

presupuesto o Específicas al respecto en los últimos diez años?.

¿Disminuyeron las necesidades del Servicio en cuanto a

profesionales o especialistas?.

¿El Sub Escalafón de Apoyo Técnico Profesional sustituirá al

Personal Civil?.

Si la respuesta mayoritaria es “no” se podría aceptar que existen razones

legales que provocan la disminución y/o mínima permanencia del Personal

Civil. Asimismo verificaría o ampliaría las ya detectadas en el presente trabajo.y

su relación con la Hipótesis.

4. Razones de Especialización

Existen especialidades en la actualidad y más aún en el futuro, que requieren

de Profesionales o Técnicos que no pueden ser sustituidos por Personal Militar,

particularmente en lo que se refiere al área informática, de comunicaciones, de

finanzas y de investigación. Esta variable será susceptible de medición

mediante las entrevistas y la variación surgida en cuanto al requerimiento

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41

actual de recursos humanos específicos en esas áreas, mediante datos

aportados por el Departamento I del EME donde se determinará la tendencia

actual.

Pregunta Si No

¿Cuales son las Profesiones y/o Especialidades que no podrían

ser desempeñadas por Personal Militar, sustituyendo al

Personal Civil?

¿Piensa que todos los Profesionales/Especialistas de Personal

Civil pueden ser sustituidos por otro Escalafón (por supuesto

sin considerar a los Escribanos Públicos)?

¿Ha disminuido la cantidad de gestiones para equiparar o

reequiparar especialistas?.

En relación a la pregunta anterior ¿Han aumentado los pedidos

de Abogados, Arquitectos, Carpinteros, Técnicos en

Administración, Profesores de Educación Física, Licenciados

en Historia y disminuido los de Técnicos en Informática,

Contadores, Ingenieros en Comunicaciones e Ingenieros

Químicos?.

¿Cuales Profesiones y/o Especialidades han tenido el mayor

número de gestiones de equiparación en el último año?.

La mayoría de respuestas negativas, indicaría que existe la necesidad de

especialistas en áreas específicas, que no pueden ser sustituidos por Personal

Militar. También esta indagatoria daría una aproximación a cuales son las

Profesiones y/o Especialidades que deberían permanecer.

5. Inequidad Laboral

Se podrá medir su variación en base a sus sueldos, expectativa de carrera,

antigüedad, cargos y funciones que desempeñan y situación respecto a sus

colegas en lo que se refiere a derechos, atribuciones y tratamiento mediante

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42

entrevistas a Personal Militar y Civil que desempeñen la misma tarea o función

y que ostenten el mismo grado o equiparación.

Pregunta Respuesta

Específicamente en lo que se refiere a su profesión/especialidad.

¿Percibe la existencia de inequidad en relación a sus colegas o entre

ellos mismos?¿En que aspectos?.

Cuantos años de servicio tiene.

Cuanto tiempo tiene ejerciendo esta profesión/especialidad en la

Fuerza

Cual es su sueldo y que cantidad del mismo corresponde a su

antigüedad en la Fuerza sin ejercer la Profesión/especialidad si fuera

del caso.

Cuanto tiempo lleva en esta jerarquía/equiparación.

Procedimiento

Los datos se procesarán por separado según profesión/especialidad grado y/o

equiparación.

Se obtendrá un listado de sueldos “Tipo”21 en el Departamento de Finanzas del

EME, para verificar las consultas.

Se considerará inequidad:

Mismo tiempo ejerciendo la misma profesión/especialidad y notoria diferencia

de sueldo (Mas del 20%), considerando que el mismo puede variar por los años

de servicio anteriores, por lo cual se pregunta puntualmente ese aspecto. (Se

utiliza el 20% por ser aproximadamente la varianza, que se agrega al sueldo

cuando estando en condiciones de ascenso, el mismo no se produce,

basándose en normas análogas del escalafón combatiente y para compensar

21 Retribuciones y compensaciones de cada jerarquía según Instructivo de la Contaduría Central del MDN.

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43

pequeñas diferencias como ser Hogar Constituido, Asignación familiar y otros.

que no son iguales en todos los casos)

Permanencia en la Jerarquía, por el doble del tiempo mínimo para ascenso del

Cuerpo de Comando en cada grado, a los efectos de su cuantificación ya que

este último esta normatizado en todas las jerarquías militares y no existir otro

referente.

También se consideran aquellos aspectos en los cuales no es necesario

obtener información en las entrevistas, porque la inequidad ya está detectada

en las normas de donde se desprenden realidades tales como:

• Distinta edad de retiro con similares beneficios.

• Optar por distintos sistemas de previsión social.

• Sometimiento a la jurisdicción Militar con diferentes facultades

disciplinarias.

• Diferentes retribuciones con la misma función.

6. Mínima Cuantía

Su variación se produce de acuerdo a la relación entre los que existen hoy en

día y la cantidad mínima que prevé la Ley y es susceptible de medición a través

de las entrevistas (Expectativas de carrera y retiros).

Pregunta Respuesta

¿Estima que llegará un momento en que existirá un solo cargo

ocupado por profesión y/o especialidad?

¿Si piensa pasar a situación de retiro en los próximos 5 años

especifique dentro de cuantos?.

Procedimiento

Se consultará en el Departamento I (Personal) la cantidad existente de cargos

Civiles ocupados.

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44

Se calculará (en base a la peor posibilidad) la cantidad de cargos que

quedarían, si se ocupara uno solo por profesión/especialidad en base a los

previstos en la última Ley de Presupuesto y relacionadas.

La diferencia entre ambas cantidades nos proporcionará el número que falta

para alcanzar la menor cuantía.

De los Datos obtenidos en el Departamento I (Personal) del EME se extraerán

los retiros obligatorios que se producirán en los próximos cinco años. (Se

utilizan cinco años por ser el periodo presupuestal y de relativa permanencia

que normalmente rige los cargos)

De las entrevistas se obtendrá un estimativo de los retiros voluntarios en ese

periodo.

La diferencia, entre la cantidad que falta para alcanzar la menor cuantía y los

retiros (voluntarios y obligatorios), nos proporcionará la tendencia en el período

y su situación al final del mismo.

7. Disminución de Personal Civil

Se obtendrá de datos extraídos de la División Personal Civil de la siguiente

forma:

AÑOS BAJAS

V * O

RETIROS

V * O

FALLECIMIENTOS TOTAL CANTIDAD DE

VACANTES LLENADAS

CAUSA

1995

al

2000

2000

al

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45

2005

2005

al

2006

* V Voluntario O Obligatorio

Procedimiento

Se utilizan períodos de cinco años coincidentes con las Leyes de Presupuesto

Nacional, para observar el efecto de las mismas en el personal Civil y el último

año para apreciar la tendencia actual.

Al número inicial se le restarán los egresos y se le sumarán las vacantes que

se ocuparon, para determinar su afectación en el total correspondiente al

período y así verificar su disminución.

Se recogen datos de las causas de la ocupación o no, de las vacantes para

identificar y cuantificar las variables que incidieron.

Se separan los motivos del egreso de la fuerza, discriminando si fueron

voluntarios u obligatorios, (baja, retiro o fallecimiento) para determinar si los

mismos fueron consecuencia de las variables, o de otros aspectos ajenos a las

mismas.

XIII. PAUTAS GENERALES DE EJECUCIÓN

A. Se llevarán a cabo las entrevistas mediante formularios22 los cuales en

su contenido suman otras interrogantes, ampliando la investigación,

para obtener datos y opiniones relativas al tema. Estas entrevistas se

realizarán a todos los profesionales/especialistas insertos en la

población Objeto de Estudio situación (Civiles y Militares).

22 Formulario de entrevista para profesionales Anexo No. 3 y para Jefes o Expertos Anexo No. 4

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46

B. Los datos se procesarán por separado considerando los siguientes

aspectos:

• Poseer similar cargo o función.

• Igual grado y/o equiparación.

• Igual Profesión y/o Especialidad

C. Se entrevistarán al Jefe y responsables involucrados directamente en el

tema, de la División Personal Civil, del Departamento I del Estado Mayor

del Ejército utilizando otro tipo de formulario

D. Los Formularios de entrevista fueron diseñados de la siguiente forma:

• Contienen como mínimo las preguntas que operacionalizan las

variables.

• Se consultan las remuneraciones debido a que en el Personal

Civil y Personal Militar del Sub Escalafón Técnico Profesional, las

mismas varían según su procedencia, antigüedad e ingreso en el

cargo (Ejemplo: puede tener antigüedad militar con un sueldo

mayor y que el mismo legalmente no puede disminuirse)

• Se consulta sobre funciones, tareas, remuneración y antigüedad

para cuantificar la “inequidad laboral”.

• Se consulta a los Jefes y expertos sobre las causas de la

disminución en la cantidad y su opinión al respecto.

• Poseen preguntas cerradas (Si - No), selección multiple y también

abiertas, para en estas últimas también recoger otros aspectos,

eventualmente no considerados y que puedan aportar datos.

(percepciones, expectativas, conformidad, aspiraciones,

opiniones, etc.)

• Se tomará nota de cualquier otro aporte surja de la entrevista y

pueda ser utilizado en el proceso de investigación.

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47

• Los formularios de entrevista fueron diseñados por el

investigador, por lo cual quedan sujetos a ampliación y/o

modificación, ante la eventualidad de detectar cualquier otro

aporte de utilidad para el trabajo que se está realizando.

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48

CAPITULO QUINTO

XIV. CONCLUSIONES

A. Conclusiones Iniciales.

Si bien hasta el presente, no han sido efectuadas las entrevistas mediante

formularios, la investigación realizada hasta el momento, permite concluir

primariamente en los siguientes aspectos:

1. La figura del personal Civil como se encuentra inserta hasta el

presente en el Ejército Nacional, requiere una modificación y/o

actualización de orden legal como mínimo.

2. Se les han otorgado (al Personal Civil) Derechos inherentes al

Estado Militar cuando no lo poseen, como herramienta para incentivarlos

en su labor, lo que ha generado una situación de revista muy confusa y

única.

3. Son Civiles sin Estado Militar, pero que pueden ser sometidos a

Jurisdicción Militar.

4. La creación del Escalafón de Apoyo, Sub Escalafón Técnico

Profesional, incide en el Personal Civil Profesional y no se han dictado

normas, ni directivas al respecto que los relacionen laboralmente.

5. La cantidad de Personal Civil ha disminuido y continuará

disminuyendo, de mantenerse el contexto actual de hecho y de derecho

que los rige.

6. Dentro del Personal Civil y en su relación con el Personal del

Escalafón de Apoyo, Sub Escalafón Técnico Profesional, pueden existir

situaciones de inequidad.

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49

B. Aportes resultantes.

1. Se espera que la investigación aporte datos y recomendaciones,

que sirvan de base para la formulación de una Política respecto al

Personal Civil. Éstos deberán incluir como mínimo para orientar las

líneas a seguir, las siguientes sugerencias:

a. Legislar claramente respecto a quienes deben revistar como

civiles dentro del Ejército Nacional.

b. Pautar específicamente sus derechos y obligaciones.

c. Realizar una transformación progresiva, dentro de un marco

transitorio, de la situación actual que rige al Personal Civil para

no lesionar sus Derechos.

d. Instrumentar mecanismos precautorios, que eviten en el futuro,

se les otorguen o reduzcan derechos, por razones ajenas a su

función. (Estímulos presupuestales, de previsión social u otros).

La actual dinámica del mundo y de la cual el Ejército Nacional no es

ajeno, es incierta y hasta algunas veces impredecible. Ésta

indudablemente conduce y conducirá, a nuevas necesidades de

recursos humanos en diversas áreas, las cuales quizás sean

satisfechas con soluciones coyunturales similares a las que provocaron

la situación que se estudia.

Es por ello que se debe estar alerta y utilizar la experiencia que

documenta esta investigación, como un pequeño aporte al

conocimiento en todos aquellos campos relacionados, para así evitar, o

por lo menos minimizar, situaciones homónimas, que se puedan

presentar en el futuro.

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50

CAPITULO SEXTO

XV. CRONOGRAMA

El Cronograma a seguir se ajustará a lo establecido en la O.C.G.E. No.10356 y

sus posteriores modificativos en lo que se refiere a plazos.

En forma sintética las grandes actividades a llevadas a cabo hasta el

presente y a realizar en el futuro, son las siguientes:

A. ABRIL y MAYO

Obtención y actualización de la información debido a la dinámica del

Tema y selección de la Bibliografía.

B. JUNIO, JULIO y AGOSTO

1. Continuar recabando información por la dinámica del tema.

2. Entrevistas con especialistas en el aspecto legal y específico del

tema, para conceptualizar las normas detectando los eventuales

vacíos, contradicciones, desactualizaciones y superposiciones de

funciones, para arribar a un diagnóstico certero y cuantificable.

C. SETIEMBRE Y OCTUBRE

1. Planteamiento de las Hipótesis.

2. Estructuración de procedimientos para la obtención de datos.

3. Planteamiento de conclusiones iniciales.

D. OCTUBRE Y NOVIEMBRE

1. Entrevistas con la población objeto de estudio.

2. Procesamiento de datos y obtención de resultados.

3. Comprobación de Hipótesis y conclusiones finales.

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51

XVI. BIBLIOGRAFÍA

A. TEXTOS

• Hernandez Sampieri y otros, Metodología de la Investigación, Editorial

Mc Graw Hill, tercera edición, México, año 2004.

• Obiols, Guillermo A. Metodología de las Ciencias, Editorial Kapelusz,

Buenos Aires, año1997.

B. NORMAS

• Constitución de la República.

• Decreto Ley No. 1421 de 31 de diciembre de 1878 (Orgánico

Notarial)

• Decreto Ley No. 14.157 de 21 de febrero de 1974 (Orgánico de

las Fuerzas Armadas)

• Decreto Ley No. 15688 (Orgánico del Ejército).

• Decreto-Ley No. 14.189 de 30 de abril de 1974

• Decreto Ley No. 15.192 de 15 de octubre de 1981

• Ley Orgánica Notarial.

• Ley No. 16.127 de 07 de agosto de 1990.

• Ley No. 16.170 de 28 de diciembre de 1990.

• Ley No. 16.697 de 25 de abril de 1995

• Ley No. 16.736 de 5 de enero de 1996.

• Ley No. 17.296 de 21 de febrero de 2001

• Ley No. 17.930 de 19 de diciembre de 2005.

• Decreto 377/998 de reestructura Organizativa del Estado.

• Decreto 411/999 de 28 de diciembre de 1999.

C. DOCUMENTOS VARIOS

• Documentos realizados por la División Personal Civil del Departamento I

(Personal) del Estado Mayor del Ejército.

• Compendio de Normas Jurídicas que regulan la situación del

Funcionario Civil equiparado del Ministerio de Defensa Nacional.

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52

• Material compilado de apoyo para el Curso de Tesis del IMES y lecturas

de autores allí contenidas. IMES 2000.

• Documentos entregados durante el Curso de Tesis 2005.

• Esquemas de trabajo y selección de Textos de apoyo del Curso de

Investigación Aplicada, IMES 2006.

D. REPARTICIONES O ENTIDADES CONSULTADAS

• Ministerio de Defensa Nacional.

• Ministerio de Defensa Nacional de la República Argentina.

• Comando General del Ejército.

• Departamento Jurídico y Notarial del EME.

• Instituto de Derecho de la República Federativa de Brasil.

• Departamento I (Personal) del EME.

• División Personal Civil Departamento I (Personal del EME)

• Comando de la Flota de la Armada.

• Escuela de Comando y Estado Mayor Aéreo.

• Oficina Nacional del Servicio Civil.

E. SITIOS WEB

• Librería “On Line” http://www.agapea.com (setiembre 2006)

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54

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55

Anexo No 3 FORMULARIO DE ENTREVISTA PARA PROFESIONALES O ESPECIALISTAS CARGO Y GRADO DEL ENTREVISTADO…………………………..…….. …………………………………………………………………………………….

Militar

Civil Situación de revista

Civil equiparado

Contador

Abogado

Ingeniero

Arquitecto

Educación Física

Informática

Profesión o especialidad

Otro

Si ¿Trabaja con otro colega de diferente situación

de revista realizando las mismas tareas?. No

Específicamente en lo que se refiere a su profesión/especialidad.

¿Percibe la existencia de inequidad en relación a sus colegas o entre

ellos mismos?¿En que aspectos?.

¿Cuantos años de servicio tiene?.

¿Cuanto tiempo tiene en años ejerciendo esta profesión/especialidad

en la Fuerza?.

¿Cual es su sueldo y que cantidad del mismo corresponde a su

antigüedad en la Fuerza, sin ejercer la Profesión/especialidad si fuera

del caso?.

¿Cuanto tiempo lleva en esta jerarquía/equiparación?.

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El Personal Civil en el Ejército Nacional.

56

¿Estima que llegará un momento en que existirá un solo cargo

ocupado por profesión y/o especialidad?

Si piensa pasar a situación de retiro en los próximos 5 años,

¿Dentro de cuantos lo haría?.

¿Tendría algún otro aporte a realizar en relación a este tema?

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57

Anexo No 4 FORMULARIO DE ENTREVISTA PARA EL/LOS JEFE/S DE LA DIVISION PERSONAL CIVIL CARGO Y GRADO DEL ENTREVISTADO…………………………..…….. …………………………………………………………………………………….

Legal

Administrativa ¿Cual es la causa de la demora o detención de

las reequiparaciones? Intención del P.E. para

disminuir los cargos

civiles equiparados

Si

No

Abogados

Arquitectos

Contadores

Informática

¿En su opinión existe inequidad de

remuneraciones y funciones entre el Sub

escalafón Técnico Profesional y los civiles

equiparados?.

¿En cuales mayormente?

Otros

Hasta 4 años

Entre 4 y 8 años

Entre 8 y 12 años

Mas de 12 años

¿Cuanto ha sido el tiempo promedio de

permanencia en la equiparación del personal

Civil?.

Hasta el retiro

Si

No

Algunas profesiones y/o

Especialidades

Disminuirá

¿El personal Civil continuará en el Ejército como

hasta el presente?.

Aumentará

Si

No

Puede ser

¿Presume que se puedan unificar los

escalafones mediante una modificación legal?.

Es necesario

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58

Si No

¿Existen vacíos legales en las normas que rigen al Personal Civil?. (Si su respuesta es afirmativa) ¿Cuáles son los vacíos que identifica?

¿Están claramente normatizadas las condiciones que se requieren

para la equiparación o reequiparación del personal civil, en lo que se

refiere a antigüedad, méritos, ascenso, cursos y calificaciones?.

Si el Jefe inmediato del Personal Civil, no gestiona la equiparación o

reequiparación, ¿Se produce por otro mecanismo?.

¿Existe alguna norma que obligue al Jefe a realizar la gestión

anteriormente nombrada?.

¿Existen contradicciones, diferencias o excepciones en las normas que se utilizan para equiparar o reequiparar según sea cada caso?. (Si su respuesta es afirmativa) ¿Cuáles son y por que causa?.

¿El Jefe inmediato puede gestionar una reequiparación de un

personal Civil y ésta no ser tramitada por disposiciones del Superior?.

¿Puede ser dispuesta por el Superior por necesidades del servicio y

en cualquier grado?.

¿Puede el Personal Civil proceder del Escalafón Militar, de cualquier

otro escalafón o de cualquier ámbito de la sociedad?.

¿Han existido casos en que las requiparaciones no han seguido el

orden lógico de ascenso saltando jerarquías?.

¿Cuales son las normas actuales que inciden directamente en la

disminución o aumento de efectivos de Personal Civil?.

¿Se ha incrementado el número de cargos civiles en las Leyes de

presupuesto o Específicas al respecto en los últimos diez años?.

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¿Disminuyeron las necesidades del Servicio en lo que se refiere a

profesionales o especialistas?.

¿El Sub Escalafón de Apoyo Técnico Profesional sustituirá al

Personal Civil?.

¿Cuales son las Profesiones y/o Especialidades que no podrían ser

desempeñadas por Personal Militar, sustituyendo al Personal Civil?

¿Piensa que todos los Profesionales/Especialistas de Personal Civil

pueden ser sustituidos por otro Escalafón? (por supuesto sin

considerar a los Escribanos Públicos)

¿Ha disminuido la cantidad de gestiones para equiparar o reequiparar

especialistas?.

¿En relación a la pregunta anterior han aumentado los pedidos de

Abogados, Arquitectos, Carpinteros, Técnicos en Administración,

Profesores de Educación Física, Licenciados en Historia y disminuido

los de Técnicos en Informática, Contadores, Ingenieros en

Comunicaciones e Ingenieros Químicos?.

¿Tendría algún otro aporte a realizar en relación a este tema?