EL PRESUPUESTO Y LAS POLITICAS SOCIALES

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1 EL PRESUPUESTO Y LAS POLITICAS SOCIALES Actualización del análisis de la asignación y ejecución del gasto en las políticas de Infancia y Salud Mental de la Ciudad Autónoma. de Buenos Aires. Agosto 2011 Laura Cristina Musa Asesora General Tutelar 2011

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EL PRESUPUESTO Y LAS POLITICAS SOCIALES

Actualización del análisis de la asignación y ejecución del gasto en las políticas de Infancia

y Salud Mental de la Ciudad Autónoma. de Buenos Aires. Agosto 2011

Laura Cristina Musa

Asesora General Tutelar

2011

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Índice

I. INTRODUCCIÓN

II. ANÁLISIS DE LA ASIGNACIÓN Y EJECUCIÓN DEL GASTO DE POLÍTICAS

DIRIGIDAS A NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DURANTE EL PERÍODO 2006-

2011

1. El Sistema de Protección Integral de Derechos de la Infancia

1.1. Consejo de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes

1.2. Dirección General de Niñez y Adolescencia

III. ANÁLISIS DE LA ASIGNACIÓN Y EJECUCIÓN DEL GASTO DE POLÍTICAS

DIRIGIDAS A LOS DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES EN EL

ÁMBITO DE LOS MINISTERIOS DE GOBIERNO.

1. Derecho a la Vivienda

2. Derecho a la Alimentación

3. Derecho a la Educación

4. Derecho a la Salud

IV, ANÁLISIS DE LA ASIGNACIÓN Y EJECUCIÓN DEL GASTO DE POLÍTICAS DIRIGIDAS A LAS PERSONAS CON PADECIMIENTOS EN SU SALUD MENTAL

Anexo I. La matriz de análisis

Anexo II. El Índice de Precios Alternativo

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EL PRESUPUESTO Y LAS POLITICAS SOCIALES 1

I. INTRODUCCIÓN

Este documento busca actualizar el análisis realizado por la AGT2 sobre la forma

en que el Estado asigno y ejecutó fondos para las diversas políticas públicas que atienden

a niños, niñas y adolescentes y personas afectadas en su salud mental durante el período

2005 – 2010. Aquí se incluyen datos sobre la ejecución del gasto al finalizar el año 2010 y

el presupuesto aprobado 20113.

En particular se seleccionaron los programas correspondientes a la Dirección de

Niñez, al Consejo de los derechos del Niño, los programas alimentarios (Ciudadanía

Porteña y Ticket Social), los programas de vivienda (dentro del IVC, la Corporación Sur y

la UGIS), los hospitales infantiles y los hospitales de salud mental, el programa de

Infraestructura Escolar y la Dirección de Educación Privada.

La selección específica de los programas y Áreas de gobierno mencionadas

obedece al interés y obligación institucional de la AGT de evaluar la gestión de gobierno

desde una perspectiva de derechos. Es decir, establecer y evaluar el grado de avance

del estado en el cumplimiento de sus obligaciones en materia de derechos específicos.

Por esa razón, se seleccionaron los siguientes derechos fundamentales que se

vinculan con la protección de la vida de los niños y jóvenes y las personas afectadas en

1 El presente documento fue desarrollado por la Asesoría General Tutelar de la Ciudad de Buenos Aires, en el mes de mayo de 2011. Para su realización se contó con la colaboración de la Lic. Nuria Becú y el Centro Interdisciplinario para el Estudio de Políticas Públicas (CIEPP). 2 AGT, Las políticas públicas de infancia y salud mental. Un análisis en la Ciudad de Buenos Aires desde una perspectiva de derechos (2005-2010) - http://asesoria.jusbaires.gob.ar/content/3-las-pol-ticas-p-blicas-de-infancia-y-salud-mental-un-lisis-en-la-ciudad-de-buenos-aires-de) 3 La ley de Presupuesto 2011 fue sancionada meses después de haber comenzado el año. La imposibilidad de lograr consensos legislativos sobre el proyecto original enviado por el Ejecutivo en Octubre de 2010 llevó a que la ley sea votada finalmente en la Sesión Extraordinaria del jueves 3 de marzo de 2011, con 26 votos positivos, 15 negativos y 18 abstenciones. A la propuesta original del Ejecutivo, que preveía una suma del orden de los 25.400 millones de pesos, se le agregaron otros 2.400 millones para incrementos salariales y para algunas áreas de la administración. Por otra parte, la publicación en el Boletín Oficial del Decreto de Distribución de Créditos se realizó el 25 de abril de 2011, es decir casi dos meses después de haberse aprobado la Ley.

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su salud mental: el derecho a la educación, a la salud, a la vivienda, a la alimentación y

los órganos ejecutores de la política de infancia que fueron creados en la Ciudad.

En este sentido, una de las formas de comprobar si efectivamente los estados se

encuentran cumpliendo con las obligaciones previamente mencionadas es a través del

análisis de las asignaciones presupuestarias y de la ejecución del gasto de determinados

programas y políticas públicas. Por esa razón, el objetivo del trabajo que viene realizando

la AGT es identificar los vínculos que existen entre el análisis de gasto público y la

evaluación del cumplimiento de los derechos.

Al igual que en informes anteriores, el marco conceptual del trabajo se conforma

por los principios básicos emanados del derecho internacional que, junto con las normas

locales delimitan el marco de acción y los límites que tienen todos los gobiernos para

implementar sus políticas.

En particular se seleccionaron los siguientes tres principios4: a) Obligaciones de

respetar, proteger y cumplir. Los gobiernos no deben realizar acciones que interfieran

con ninguno de los derechos; deben prevenir las violaciones de los derechos humanos

por parte de actores “no estatales”, y deben cumplir estos derechos, por medio de la

asignación de los recursos públicos y estableciendo los mecanismos legales necesarios

para su cumplimiento; b) Obligación de cumplimiento progresivo. Los gobiernos no

pueden retroceder deliberadamente en el cumplimiento de los derechos, están obligados

a utilizar el máximo de recursos disponibles y a garantizar el contenido mínimo de los

derechos sociales; c) La obligación inmediata de No Discriminación y prot ección

prioritaria a ciertos grupos. Los gobiernos están obligados a otorgar un trato de

“igualdad material o estructural” a todas las personas y deben adoptar medidas para

garantizar la inclusión de sectores de la población tradicionalmente discriminados.

Por otro lado para establecer un vínculo robusto entre el presupuesto y los

derechos, resultó preciso establecer un índice de precios confiable que permita realizar el

análisis presupuestario en términos reales. Esto permite realizar una comparación

interanual que refleje la real evolución del gasto en relación a los precios vigentes de cada

año.

4 Para ver en profundidad el contenido de cada uno véase AGT, Las políticas públicas de infancia y salud mental.

Un análisis en la Ciudad de Buenos Aires desde una perspectiva de derechos (2005-2010)

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Debido a la falta de credibilidad de los datos estadísticos difundidos por el INDEC a

partir del 2007, se decidió aquí tomar estimaciones alternativas del valor de las líneas de

pobreza (LP) e indigencia (LI)5. En particular se tomó el valor de la LP del adulto

equivalente que calcula el Centro Interdisciplinario para el Estudio de las Políticas

públicas CIEPP6 y a partir de este dato se cruzaron todos los datos presupuestarios y se

confeccionaron los gráficos que aquí se presentan.

Finalmente es preciso señalar que, como ya ha sido mencionado en Informes

anteriores de la AGT7, que son diversos los obstáculos que existen para analizar

adecuadamente los presupuestos. El bajo nivel de desagregación presupuestaria, la falta

de información por zona geográfica y sobre metas físicas son tan sólo algunos de los

problemas que impiden la correcta evaluación de las políticas y deben ser atendidos.

5 Barbeito, A (2010): “Re-construcción de índices de precios al consumidor y su incidencia en la medición de algunas

variables monetarias reales”, Ciepp, Documento Análisis de Coyuntura Nº 24, julio,

http://www.ciepp.org.ar/coyuntura.htm 6 Véase ANEXO II.

7 AGT, “Dificultades para analizar los presupuestos públicos”, 2010.

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II. ANÁLISIS DE LA ASIGNACIÓN Y EJECUCIÓN DEL GASTO DE POLÍTICAS DIRIGIDAS A NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES D URANTE EL PERÍODO 2006-2010

A fin de evaluar cómo se adapta el Sistema de Protección Integral a los principios

básicos vinculados con los derechos de los niños, niñas y adolescentes, se han analizado

los siguientes programas dentro del Consejo de los Derechos de Niños, Niñas y

Adolescentes y de la Dirección General de Niñez y Adolescencia (CDNNyA).

Es responsabilidad del Consejo de DNNyA la adopción de medidas de protección

de derechos y la Dirección General de Niñez y Adolescencia es la que tiene a su cargo la

ejecución de los programas de desarrollo humano destinados a la infancia en situación de

vulnerabilidad socioeconómica.

1.1 Consejo de los Derechos de Niños, Niñas y Adole scentes

Como ya se ha mencionado, a partir de la sanción de la Ley 114, el Consejo de los

Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes se constituye en la Ciudad como el organismo

competente - con autonomía técnica y administrativa y autarquía financiera - en materia

de promoción y protección de los derechos de niños, niñas y adolescentes.

Cuadro 1: Créditos presupuestarios de los Programas del Consejo de Niños y Adolescentes. En pesos corrientes 2006-

2011

2006 2007 2008 2009 2010 2011

Programas Crédito Devengado

Crédito Devengado

Crédito Devengado

Crédito Devengado

Crédito Devengado

Crédito Original

Actividades Centrales 3,356,577 5,391,940 10,706,423 11,291,144 12,879,038 15,307,100 Unidad de

Intervenciones Servicios Especiales

1,536,717

Promoción y Protección de

Derechos de Niños Niñas y Adolescentes (defensorías zonales)

4,439,012 5,870,824 7,310,118 10,539,083 12,164,425 16,496,000

Fortalecimiento de Organizaciones

Locales / Registro y Monitoreo de ONG

258,094 776,770 1,615,808 1,740,800

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Seguimiento de Políticas de Infancia

588,656

Registro Único de Adoptantes / Atención de

Aspirantes a Adoptar

205,917 359,812 160,927 1,436,932 1,785,176

Capacitación en Derechos de Niños

Niñas y Adolescentes 513,290 450,871 525,838 683,683 1,012,304

Buenos Aires Ciudad Amiga de los niños

20,298 88,780 142,021 312,308 257,832 218,000

Atención De Situaciones De

Emergencias (línea 102 y guardia, centro atención transitoria)

2,696,157 2,971,406 5,667,971 7,310,353 10,507,400

Total 10,918,560 14,858,384 21,816,736 29,752,815 36,348,072 47,066,780

Como muestra el cuadro 1 se observa un crecimiento en términos nominales del

presupuesto del Consejo desde el 2006 al 2011 de un 331%. En el Gráfico 2 puede

observarse que también se comprueba un incremento del presupuesto en términos reales

de un 92% en el período analizado que pasa a ser de 11 millones en el 2006 a casi 21

millones en el 2011.

Grafico 1: Presupuesto devengado para el Consejo de los Derechos de Niños y Adolescentes, 2006-2011.

1.2. Dirección General de Niñez y Adolescencia

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A partir de la transferencia de las competencias de la Nación a la Ciudad, la

Dirección General de Niñez y Adolescencia creció progresivamente, constituyéndose en la

autoridad de ejecución de los programas sociales destinados a la infancia en situación de

vulnerabilidad socioeconómica. La Dirección General de Niñez y Adolescencia tiene tres

niveles de intervención: a) atención directa, b) albergue institucional y c) egreso y

desinstitucionalización.

• Dispositivos de atención directa . Están dirigidos a niños, niñas y

adolescentes en situación de calle y se ejecutan a través de operadores de

calle (Equipo Móvil) y de los Centros de Atención: Centro de Atención Integral

de Niños y Adolescentes (CAINA). Paradores y Hogares de Tránsito.

• Dispositivos de albergue institucional. Se dispone de una serie de

dispositivos de albergue en instituciones propias y en ONGs conveniadas con el

Estado local.

• Dispositivos orientados al egreso y la desinstituci onalización . Efectores

para garantizar el proceso de egreso y alternativas de desinstitucionalización

(adopción, regreso con las familias y/o referentes afectivos, acogimientos y

proyectos de autovalimiento, entre otros).8

[a] Programa de Atención a la Niñez y Adolescencia en Situación de Vulnerabilidad

social

El objetivo declarado del programa es el diseño, implementación y monitoreo de

circuitos y programas de atención directa tanto en calle como en dispositivos

institucionales propios y conveniados para toda niña, niño y adolescente a fin de

garantizar el ejercicio de sus derechos.9

Dentro de la Dirección, el Programa de Atención a la Niñez y Adolescencia en

Situación de Vulnerabilidad Social, es el programa con mayor nivel de asignación

8 Guía de Servicios Sociales de la CABA, Año 2008 (última versión disponible). 9 Dirección General de Niñez y Adolescencia de la Ciudad de Buenos Aires. Documento “Lineamientos institucionales”.

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presupuestaria. Para todos los años, el presupuesto asignado al programa representa

más del 38% del presupuesto total asignado a la Dir ección de Niñez.

Cuadro 2: Crédito Original y Devengado del Programa Atención a la Niñez y Adolescencia en Situación de Vulnerabilidad, 2009- 2011

2009 2010 2011

Crédito Original

Crédito Devengado

Crédito Original

Crédito Devengado

Crédito Original

UEJEC 476 - Dir.Gral.Niñez Y

Adolescencia 135,157,770 107,335,627 160,083,221 138,147,829

181,601,883

Programa Atención Niñez Y Adolescencia

En Situación De Vulnerabilidad

67,839,345 50,411,606 67,592,100 53,920,897 69,511,279

% Programa dentro de la Dirección de Niñez

50% 47% 42% 39% 38%

Actividad 0 -Atención Niñez Y Adolescencia

En Situación De Vulnerabilidad

3,120,350 2,017,500 ------- 1,638,004

Actividad 1 - Conducción 5,112,610 8,139,973 4,471,478 6,134,461 5,675,176

Actividad 3 - Centros De Atención (Caina,

paradores y hogares) 56,944,043 38,187,843 60,553,292 42,773,454 60,821,171

Actividad - 4Atención En Situaciones De Emergencia Social

Infantil -Equipo Móvil

2,662,342 2,066,290 2,567,330 3,374,978 3,014,932

Como se observa en el Cuadro 2, el presupuesto 2011 no introduce serias

modificaciones respecto del presupuesto original de año anterior. Sin embargo es preciso

remarcar que tanto en el año 2009 como en el 2010 se registra una persistente

subejecución presupuestaria que se explica específicamente por la menor ejecución

destinada a los Centros de Atención (El CAINA, los paradores y hogares). A modo de

ejemplo, en el 2010 de los 60 millones de pesos destinados al programa sólo se

ejecutaron 40 millones.

Por otro lado, como muestra en el Gráfico 2 el presupuesto asignado al Programa

Atención a la Niñez en Situación de y Adolescencia en situación de vulnerabilidad sufrió

una disminución en términos reales del 24% entre el 2009 y 2010.

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Grafico 2: Presupuesto devengado para el Programa de Atención a la Niñez y Adolescencia en Situación de

Vulnerabilidad, 2009-2011.

[b] Programa Fortalecimiento de vínculos – Estrate gias de Egreso.

El objetivo declarado de este Programa es: facilitar la reinserción de aquellas niñas,

niños y adolescentes que se encuentran en situación de vulnerabilidad dentro de los

ámbitos familiares, comunitarios e institucionales en la Ciudad de Buenos Aires, a través

de articulaciones de recursos con diversos ámbitos del gobierno local y con

organizaciones comunitarias. Se trabaja a partir de derivaciones del Consejo de Derechos

de Niños, Niñas y Adolescentes (Defensorías, guardia de abogados) y la Justicia Nacional

o Local (Juzgados, Asesorías Tutelares y Fiscalías).

Cuadro 3: Crédito Original y Devengado del Programa Fortalecimiento de Vínculos, 2009, 2010 y 2011

2009 2010 2011

Crédito Original

Crédito Devengado

Crédito Original

Crédito Devengado

Crédito Original

Programa Fortalecimiento De

Vínculos 7,610,050 5,466,464 9,627,838 9,679,954 17,893,714

% Programa dentro de la Dirección de Niñez

6% 5% 6% 7% 10%

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11 Acompañamiento Hospitalario Y Terapéutico

1,440,090 1,003,606 1,823,440 2,112,797 2,525,123

12 Estrategias De Egreso

3,851,470 3,000,207 4,253,420 4,532,113 10,178,683

13 Equipos Zonales De Fortalecimiento 1,363,170 1,254,009 1,850,200 1,363,676 3,263,650

14 Prevención Y Asistencia A Las

Victimas De Explotación Sexual Comercial

Infantil

955,320 208,641 1,700,778 1,671,368 1,926,258

Se observa que el presupuesto destinado al programa en términos nominales

aumenta sustancialmente respecto al 2010 (un 84%). La misma tendencia se comprueba

al analizar los datos en términos reales (Grafico 3), que muestran un incremento del

presupuesto original 2011 en relación con el ejecutado en el 2010 de un 70%.

El principal incremento presupuestario lo registra la actividad Estrategias de

Egreso que pasa a ser de 4 millones a 10 millones en un año. Sin embargo, el Programa

Fortalecimiento de Vínculos continúa representando tan sólo el 10% del presupuesto total

de la Dirección de Niñez.

Grafico 3: Presupuesto devengado para el Programa de Fortalecimiento de Vínculos, 2006-2011.

Conclusiones del Sistema de Protección Integral de Derechos de Niños,

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Niñas y Adolescentes

Se observa una sustancial modificación en la participación presupuestaria relativa dentro de la Dirección de Niñez del Programa Fortalecimiento de Vínculos desde el 2009 hasta la actualidad. Sin embargo, el programa continúa representando sólo el 10% del presupuesto total de la Dirección de Niñez. Por el contrario, el 38% del presupuesto de la DGNNyA se destina al Programa de Atención de Niñez y Adolescencia en Situación de Vulneración Social que consiste mayoritariamente en políticas de internación de niños en instituciones de albergue. Por otra parte, los Centros de Atención también registran una marcada subejecución presupuestaria en los años 2009 y 2010.

Finalmente, y de acuerdo a las investigaciones realizadas por la AGT, no se comprueba, tal como lo establece la legislación, la implementación de una política de carácter universal dirigida a esa población. Por el contrario, las acciones del circuito institucional de protección de derechos resultan inconexas y atomizadas, y responden de manera imprecisa, desarticulada y deficitaria, frente a problemas múltiples e interdependientes.

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III. ANÁLISIS DE LA ASIGNACIÓN Y EJECUCIÓN DEL GAST O DE POLÍTICAS DIRIGIDAS A LOS DERECHOS ECONÓMICOS, SOCI ALES Y CULTURALES EN EL ÁMBITO DE LOS MINISTERIOS DE GOBIE RNO

1. DERECHO A LA VIVIENDA

El derecho a la vivienda es un derecho humano que goza de un amplio

reconocimiento en el derecho internacional y en el ámbito nacional argentino. La

importancia que posee el derecho a la vivienda en la Constitución de la Nación puede

observarse en su artículo 14 bis que determina la obligación del Estado de garantizar “el

acceso a una vivienda digna”. Por su parte, la Constitución de la Ciudad consagra una

protección especial del derecho a la vivienda a través de su artículo 31 que establece que

la Ciudad: “1. Resuelve progresivamente el déficit habitacional, de infraestructura y

servicios, dando prioridad a las personas de los sectores de pobreza crítica y con

necesidades especiales de escasos recursos. 2. Auspicia la incorporación de los

inmuebles ociosos, promueve los planes autogestionados, la integración urbanística y

social de los pobladores marginados, la recuperación de las viviendas precarias y la

regularización dominial y catastral, con criterios de radicación definitiva. 3. Regula los

establecimientos que brindan alojamiento temporáneo, cuidando excluir los que encubran

locaciones (hoteles e inquilinatos)”

Actualmente la política habitacional de la Ciudad se implementa a través de cuatro

órganos ejecutores:

• Instituto de Vivienda de la Ciudad (IVC) : es el organismo encargado de diseñar

la política habitacional de la Ciudad. Ente autárquico, Ley N° 1251.

• Ministerio de Desarrollo Social 10: es el organismo encargado de atender las

situaciones de emergencia habitacional.

10 Es preciso remarcar que la Jurisdicción 45 fue cambiando de nombre a lo largo de los años: en el 2005 era la Secretaría de Desarrollo Social, en el 2006 pasó a ser el Ministerio de Derechos Humanos y Sociales, y en el 2008 cambió nuevamente y pasó a ser el Ministerio de Desarrollo Social.

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• Corporación Buenos Aires Sur : es una Sociedad del Estado que se encarga de

la planificación y construcción en las villas del sur de la ciudad. Ley 470.

• Unidad de Gestión e Intervención Social (UGIS) : unidad fuera de nivel del

Ministerio de Desarrollo Económico que atiende la emergencia social y de

infraestructura en las villas y asentamientos

Con el objetivo de evaluar la política habitacional, se decidió clasificar las

soluciones habitaciones que implementa a Ciudad en políticas habitacionales definitivas y

políticas habitacionales transitorias.

Políticas habitacionales transitorias Políticas habitacionales definitivas

Dispositivos de atención telefónica y en calle [a] Buenos Aires Presente (BAP) [b] Programa Línea de Emergencia Social 108

Instituto de la Vivienda de la Ciudad (IVC) [a] Programa de Créditos Individuales – Créditos Ley 341 [b] Vivienda Porteña [c] Mejor Vivir [d] Programa de Vivienda Colectiva con Ahorro Previo [e] Programa de Recuperación de Hábitat de la Boca [f] Programa de Radicación, Integración y Transformación de Villas

Dispositivos de albergue [a] Paradores Nocturnos [b] Hogares de Tránsito

Unidad de Gestión e Integración Social

Asignación de subsidios para la solución habitacional [a] Programa de Apoyo a Familias en Situación de Calle

Corporación del Sur

1.1 Políticas Públicas de Asistencia habitacional t ransitoria

Para dar solución transitoria a problemas habitacionales el Gobierno de la Ciudad

implementa actualmente una serie de programas focalizados: a) los que funcionan como

nexos entre las personas en situación de calle y los efectores de albergue, b) aquellos

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cuya prestación consiste propiamente en dispositivos de albergue y c) los de transferencia

monetaria direccionada.

Es preciso remarcar que a partir del año 2007 se modifica el diseño del

presupuesto para las políticas de Asistencia Social Inmediata, que pasan a ser

Actividades o Proyectos dentro de otros Programas. Esto impacta sustancialmente en la

posibilidad de efectuar un acabado análisis sobre el grado de avance de las políticas

habitacionales transitorias de la Ciudad, ya que no se presentan más las metas físicas

(sólo se encuentran disponibles para los Programas). En conclusión, resulta imposible

saber a cuántas personas y/o familias afectó cada uno de los programas luego del año

2006.

1.1.1 Dispositivos de atención telefónica y en call e

[a] Buenos Aires Presente (BAP) 11

El programa fue creado en 199912 y tiene entre sus funciones las de brindar

información sobre los recursos sociales disponibles, orientar, asesorar y derivar la

demanda hacia los servicios adecuados y prevenir y atender las situaciones de

emergencia social.13

[b] Programa Línea de Emergencia Social 108

El programa fue creado en el año 200514 y consiste en una línea telefónica que

atiende las 24 horas los 365 días del año. Brinda asesoramiento y orientación, deriva

personas en situación de vulnerabilidad y recepciona las solicitudes para derivación al

sistema de calle.

11 Fuente: http://www.buenosaires.gov.ar/areas/des_social/atencion_inmediata/bap.php?menu_id=23347

12 Mediante el Decreto 2018. 13 Anexo I, Decreto Nº 2.018. 14 Decreto 1945.

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Cuadro 4: Créditos presupuestarios Programa BAP y Línea 108. En pesos corrientes, 2006-2011

BAP y LINEA 108 Crédito Original Crédito Vigente Crédito Devengado

2006 Linea 108 321,500 375,495 343,794 Bap 2,100,148 1,377,825 1,374,101

2007 n/i n/i n/i n/i 2008 n/i n/i n/i n/i 2009 4,600,550 8,576,348 7,404,608 2010 9,330,827 9,314,474 9,215,659 2011 12,761,715

Se identifica que un incremento persiste del presupuesto ejecutado en términos

nominales de ambos programas para los años 2009 y 2010, a pesar de que no es posible

evaluar si se propone atender a más personas y cuál es el que recibirá mayor atención

presupuestaria de los dos (ya que se encuentran fusionados a partir del 2009). Para el

2011, el presupuesto original muestra un aumento del 37% respecto al correspondiente el

año anterior.

1.1.2 Dispositivos de albergue

[a] Paradores Nocturnos

Los Paradores Nocturnos brindan servicio de pernocte, comida, ducha y atención

profesional a hombres solos, mayores de edad y mujeres mayores de edad con o sin hijos

menores. En la actualidad existen 3 paradores nocturnos en toda la Ciudad de Buenos

Aires: Parador Retiro (para hombres solos de 21 a 60 años con 155 plazas, ubicado en

Gendarmería Nacional 522), Parador Bepo Ghezzi (para hombres solos de 21 a 60 años

con 74 plazas, sito en Masantonio 2970), Parador de Mujeres Azucena Villaflor (para

mujeres solas y madres con niños con 35 plazas, en Piedras 1583). 15

15..http://www.buenosaires.gov.ar/areas/des_social/atencion_inmediata/paradores_nocturnos.php?menu_id=23345.

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Cuadro 5: Créditos presupuestarios Programa Paradores Nocturnos. En pesos corrientes, 2006-2011

Paradores Nocturnos Crédito Original Crédito Vigente Crédito Devengado

% Ejecución sobre Crédito

original

% Ejecución sobre Crédito

Vigente 2006 3,344,516 2,721,649 2,672,344 80 98 2007 7,123,718 6,242,642 3,886,285 55 62 2008 1,621,748 1,491,977 1,332,259 82 89 2009 3,297,343 2,518,555 2,410,878 73 96 2010 6,722,425 5,157,278 5,122,089 76 99 2011 7,323,561

Como se observa en el cuadro 5, entre el 2008 y 2011 el crédito original destinado

al programa de Paradores Nocturnos registra un aumento del 351% en términos

nominales. En términos reales también se comprueba un incremento del presupuesto a

partir del 2008 de un 262% (Grafico 5).

Sin embargo en ninguno de los años se logra ejecutar más del 80% de los fondos

originales.

Grafico 5: Presupuesto Devengado (2006-2011) y Sanción (2011) para el Programa de Paradores Nocturnos

[b] Hogares de Tránsito

Page 18: EL PRESUPUESTO Y LAS POLITICAS SOCIALES

18

Creados en 1997, los hogares brindan alojamiento nocturno, cena, desayuno y

ducha. Son para personas mayores de edad, en efectiva situación de calle, hombres

solos, y mujeres solas o con hijos/as de hasta 18 años. Las personas pueden residir en

los hogares por un tiempo de tres meses, que puede ser prorrogable por dos períodos de

más de tres meses cada uno “a criterio del profesional justificado en el abordaje del caso

del beneficiario”16. La reincorporación a los Hogares puede darse una vez que haya

pasado un período de 1 año desde el egreso del programa. Las prestaciones del

programa se brindan a través de hogares propios del Gobierno de la Ciudad o a través de

instituciones conveniadas. La Ciudad cuenta con 2 Hogares propios con capacidad diaria

para 266 plazas y 3 hogares conveniados con 280 plazas. De las 280 plazas, 160

corresponden a la Red Cáritas (Hogar Año Santo, Hogar Effata, Hogar Dormí Nuestra

Señora de Luján, Hogar Belén, Hogar San Francisco, Hogar San José, y Hogar Nuestra

Señora del Pilar)17, sobre la cual el programa no tiene ingerencia en los procesos de

admisión, evaluación y seguimiento.

Cuadro 6: Créditos presupuestarios Programa Hogares de Tránsito. En pesos corrientes, 2006-2011

Hogares de Tránsito Crédito Original Crédito Vigente Crédito Devengado

% Ejecución sobre Crédito

original

% Ejecución sobre Crédito

Vigente 2006 1,318,468 1,374,870 1,362,505 103 99 2007 2,135,000 2,069,521 1,146,857 54 55 2008 1,604,769 2,411,544 2,184,344 136 91 2009 3,509,520 2,665,846 2,405,148 69 90 2010 4,957,827 4,681,658 4,614,260 93 99 2011 6,931,815

El programa de Hogares registra la misma tendencia que el de paradores para el

período 2008-2011. En términos nominales el presupuesto registra un incremento a partir

del 2008 de un 217% y en términos reales de un 108%.

16 Reglamento del Programa Integrador para Gente sin Techo: Art. 7º Decreto 607/97, Buenos Aires 27 de agosto de 2003.

17 La información respecto de los nombres de los hogares pertenecientes a la Red Cáritas ha sido extraída del informe de la Comisión de Vivienda de la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires.

Page 19: EL PRESUPUESTO Y LAS POLITICAS SOCIALES

19

Grafico 6: Presupuesto Devengado (2006-2011) y Sanción (2011) para el Programa Hogares de Transito

1.1.3 Asignación de subsidios para la solución habi tacional

[a] Programa de Apoyo a Familias en Situación de Ca lle

El programa asiste a las familias o personas solas que se encuentren en forma

transitoria sin vivienda o refugio por desalojo u otras causas. No se contempla como

beneficiarios a quienes por cualquier motivo se hallaren en riesgo de ser desalojados o

ante la inminencia de encontrarse en situación de calle. El programa otorga un subsidio

destinado a cubrir gastos de alojamiento para residentes en el ámbito de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires. El subsidio es de un monto de hasta $ 4.200, que puede ser

otorgado en seis cuotas iguales y consecutivas de hasta $700 cada una, pudiendo la

autoridad de aplicación ampliar el presente subsidio inclusive en una suma adicional de

$2.800. Se dispone también que cuando el grupo familiar exceda la cantidad de cuatro

miembros integrantes, se otorgará un plus de $50 mensuales por cada uno de ellos, hasta

llegar al monto máximo de $700 mensuales. En el caso de aquellos grupos familiares,

cuyo seno esté conformado por alguna persona con necesidades especiales, la autoridad

de aplicación podrá fijar el monto máximo a percibir mensualmente.

Page 20: EL PRESUPUESTO Y LAS POLITICAS SOCIALES

20

En el año 2008 se modificó la norma18 que regula el Programa de Apoyo a Familias

en Situación de Calle, que implicó un retroceso en el alcance y nivel de protección de

dicho derecho. Por tal razón, en septiembre de 2008 la AGT presentó una Acción

Declarativa de Inconstitucionalidad ante el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad y el

día 12 de mayo de 2009 el Tribunal declaró la inconstitucionalidad de un conjunto de

normas establecidas en el Decreto Nº 960/08 por el Gobierno de la Ciudad. Consideró

que mediante el mencionado decreto, el Gobierno decidía retroceder de manera

deliberada en su obligación de proteger y garantizar el derecho a la vivienda y la

asistencia habitacional de las personas en general, y en particular, los niños, niñas y

adolescentes que viven en situación de pobreza.

El fallo afecta directamente el número de personas que pueden ser beneficiarias

del subsidio, con lo cual debiera esperarse no solo un incremento de las metas físicas

sino su subsiguiente reflejo presupuestario, al menos para los años 2010 y 2011.

Cuadro 7: Créditos presupuestarios Programa de Apoyo a Familias en Situación de Calle. En pesos corrientes, 2006-2011

Subsidios habitacionales Crédito Original Crédito Vigente Crédito

Devengado

% Ejecución sobre Crédito

original

% Ejecución sobre Crédito

Vigente 2006 11,771,477 10,437,658 10,342,575 88 99 2007 12,237,500 24,863,475 24,826,717 203 100 2008 18,550,334 27,981,162 25,981,970 140 93 2009 20,528,094 34,044,071 34,039,058 166 100 2010 31,744,960 38,640,619 36,909,212 116 96 2011 44,074,720

El análisis del gasto muestra un incremento del crédito devengado en términos

nominales para todo el periodo. Desde el 2008 hasta 2010 el presupuesto devengado

aumenta en un 42%. Sin embargo, la falta de información sobre metas físicas hace que

resulte imposible saber si han aumentado la cantidad de personas beneficiarias del

programa y si efectivamente el fallo del Superior Tribunal de Justicia de la Ciudad tiene

efectivamente su reflejo presupuestario.

18 Se sancionó el Decreto 960/08 que introduce diversas modificaciones al Decreto 690/06.

Page 21: EL PRESUPUESTO Y LAS POLITICAS SOCIALES

21

Grafico 7: Presupuesto Devengado (2006-2011) y Sanción (2011) para el Programa Subsidios Habitacionales

Como se observa en el Grafico 7, la tendencia de aumento se relativiza en

términos reales. Desde el 2008 al 2010, el crédito devengado aumenta solo un 1,8%.

1.2 Políticas Públicas de Asistencia habitacional d efinitiva

1.2.1 Instituto de la Vivienda de la Ciudad (IVC)

El Instituto de la Vivienda de la Ciudad (IVC) se creó en el año 2003 a través de la

ley local 1.251 y tiene como misión planificar y ejecutar las políticas habitacionales para

dar respuesta definitiva a los problemas de vivienda de los sectores de menores recursos.

El IVC se financia con los fondos presupuestarios del Gobierno de la Ciudad de Buenos

Aires y con los aportes del Estado Nacional distribuidos a todas las jurisdicciones a través

del Fondo Nacional de la Vivienda (FONAVI) y de los planes Federal de Construcción de

Viviendas, Plurianual para la Construcción de Viviendas y Federal de Mejoramiento de

Viviendas.

Page 22: EL PRESUPUESTO Y LAS POLITICAS SOCIALES

22

Cuadro 8: Créditos presupuestarios IVC. En pesos corrientes, 2006-2011

IVC Crédito original Crédito Vigente Crédito Devengado

% Ejecución sobre Crédito

Vigente

% Ejecución sobre Crédito

original 2006 320,990,089 379,681,093 324,541,505 85,5 101 2007 333,254,385 303,165,956 288,871,453 95,3 87 2008 478,425,710 348,015,765 322,436,403 92,7 67 2009 519,635,601 394,090,975 238,575,458 44 46 2010 409,488,393 520,219,799 231,993,200 45 57

Proyecto Ley 2011 814,608,165 Crédito Original 2011 735,131,165

Al observar el cuadro, una de las cosas que se comprueba es la marcada

subejecución presupuestaria a partir del año 2008 en adelante respecto de los fondos

originalmente asignados al IVC19. En ninguno de los años mencionados la ejecución

alcanza el 70%, llegando a ejecutarse en el 2009 tan solo el 46% de lo originalmente

dispuesto (de 519 millones solo se ejecutan al finalizar el año 238 millones).

Grafico 8: Presupuesto Devengado (2006-2011) y Sanción (2011) para el IVC

19 Es preciso señalar que una de las razones de la subejecución presupuestaria se debe a que parte de los fondos previstos provenían del Estado Nacional y cuya transferencia no se concretara. .

Page 23: EL PRESUPUESTO Y LAS POLITICAS SOCIALES

23

En segundo lugar, y como se observa en el Cuadro 8 y en el Grafico 8, el crédito

devengado del IVC disminuye progresivamente desde el 2006 al 2010 en términos

nominales en un 28% y en términos reales en un 65%.

[b] Programa de Créditos Individuales – Créditos Le y 341

El programa consiste en el otorgamiento de créditos hipotecarios de hasta 120 mil

pesos como instrumento de acceso a la vivienda para uso exclusivo y permanente de las

familias en situación crítica habitacional y en especial, de las familias que se encuentren

en alguna de las siguientes circunstancias: pérdida de vivienda a causa de siniestro;

desalojo con sentencia judicial debidamente documentado; estado de salud de cada uno

de los integrantes del grupo familiar que requiera el cambio de las características de la

vivienda; situación de violencia familiar comprobada que pusiera en riesgo la integridad de

alguno de sus integrantes; personas que habiten inmuebles afectados a obra pública;

grupo familiar monoparental con hijos menores de edad; pareja joven unida por lazos

matrimoniales o consensuales con una edad promedio que no supere los 30 años; ex

soldados conscriptos que acrediten su condición de combatientes en el teatro de

operaciones de las Islas Malvinas y Atlántico Sur; integrantes del servicio activo de las

entidades de Bomberos Voluntarios o que hayan logrado el subsidio mensual y vitalicio

descrito en el Art. 14 de la Ley 1240.

Cuadro 9: Créditos presupuestarios Programa Créditos Ley 341. En pesos corrientes, 2006-2010

Créditos LEY 341 Crédito Original Crédito Vigente Crédito

Devengado

% Ejecución sobre crédito

original

% Ejecución sobre crédito

vigente 2006 46,600,000 52,794,021 52,794,020 113 100 2007 n/i n/i n/i 2008 35,853,829 81,037,688 57,956,310 162 72 2009 76,314,491 108,664,159 37,694,135 49 35 2010 68,190,000 108,621,342 63,761,791 94 59

Proyecto Ley 2011 279,570,000 Crédito Original 2011 210,170,000

El presupuesto para el 2011 constituye un incremento sustancial de los fondos en

términos nominales asignados al programa, en relación con el gasto de los años

anteriores de casi un 338%. Sin embargo debido a la falta de metas físicas no es posible

evaluar la razón específica de dicho aumento.

Page 24: EL PRESUPUESTO Y LAS POLITICAS SOCIALES

24

[c] Vivienda Porteña

El objetivo de este programa es la construcción de edificios y la venta financiada de

unidades de vivienda para sectores de ingresos medios ($1.800 - $4.500).

Cuadro 10: Créditos presupuestarios Programa Vivienda Porteña. En pesos corrientes, 2006-2011

Vivienda Porteña Crédito Original Crédito Vigente Crédito Devengado

% Ejecución sobre crédito

original

% Ejecución sobre crédito

vigente 2006 1,867,500 1,560,689 1,560,689 84 100 2007 186,750 296,750 288,983 155 97 2008 15,000,000 10,800,082 7,875,903 53 73 2009 23,000,300 27,313,878 10,637,442 46 39 2010 0 12,312,512

Proyecto Ley 2011 2,000,000 Crédito Original 2011 2,000,000

Un análisis sobre el crédito asignado y ejecutado del Programa Vivienda Porteña

permite observar que el programa registra una caída significativa de los fondos asignados

desde el 2009, pasando de 23 millones a 2 millones para el 2011. A su vez también se

comprueba un marcado problema de subejecución presupuestaria. En el 2009 se

ejecutaron tan sólo el 46% de los fondos originalmente destinados al programa.

[d] Programa "Mejor Vivir"

El programa esta orientado a mejorar las condiciones de habitabilidad de viviendas

que se hayan deteriorado por la falta de mantenimiento a lo largo del tiempo. Se financian

obras de mejoramiento por un monto máximo de $ 23.600 por vivienda, las cuales serán

realizadas por empresas constructoras elegidas por el beneficiario de un registro público

abierto a tales efectos. El propietario abonará el costo de las mejoras realizadas mediante

la suscripción de un crédito a sola firma pagadero en cuotas iguales, mensuales y

consecutivas, sin interés ni ajuste por inflación en un plazo máximo de 30 años.

La normativa que rige la operatoria está contenida fundamentalmente en el

Convenio Particular celebrado entre el IVC y la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y

Vivienda de la Nación.

Page 25: EL PRESUPUESTO Y LAS POLITICAS SOCIALES

25

Cuadro 11: Presupuesto Ejecutado y asignado al Programa Mejor Vivir, período 2006-2011

Mejor Vivir Crédito Original Crédito Vigente Crédito Devengado

% Ejecución sobre crédito

original

% Ejecución sobre crédito

vigente 2006 3,564,800 19,494,851 19,494,851 547 100 2007 1,627,396 4,793,396 4,745,727 292 99 2008 9,766,000 14,755,868 1,526,613 16 10 2009 6,050,000 15,110,065 10,461,522 173 69 2010 30,000,000 35,647,765 3,105,197 10 9 2011 9,850,000

Un análisis sobre el crédito asignado y ejecutado del Programa Mejor Vivir permite

observar que el año 2010 registro una ejecución de tan sólo el 10% de los fondos. En

segundo lugar, se identifica una disminución presupuestaria en términos nominales y

reales de los montos ejecutados para el 2010 respecto del 2009 y la asignación

presupuestaria para el 2011 respecto al año anterior. El presupuesto asignado al

programa para el 2011 en términos nominales cae un 67% respecto al 2010.

[e] Programa de Vivienda Colectiva con Ahorro Previ o

El objetivo del programa es facilitar el acceso a la vivienda de los sectores de

ingresos medios bajos (asalariados o trabajadores independientes que tengan ingresos

entre $ 800 a $1.800) con la participación de una organización social. Los beneficiarios

del programa tienen que organizarse en forma de cooperativa, asociación mutual,

sindicato o asociación civil sin fines de lucro. La institución social esta encargada de

organizar a los solicitantes, los cuales serán evaluados por el IVC para que cumplan con

los requisitos de la operatoria.

Cuadro 12: Créditos presupuestarios Programa Viviendas Colectivas con ahorro previo. En pesos corrientes, 2006-2011

Viviendas colectivas con ahorro previo Crédito Original Crédito Vigente Crédito

Devengado

% Ejecución sobre crédito

original

% Ejecución sobre crédito

vigente 2006 43,790,668 45,676,887 30,721,034 70 67 2007 61,792,608 46,985,985 46,730,814 76 100 2008 199,000,000 101,437,053 49,647,603 25 49 2009 158,886,059 50,926,122 29,243,375 18 57 2010 101,418,674 114,625,080 17,943,026 17.69 15.65 2011 74,707,400

Page 26: EL PRESUPUESTO Y LAS POLITICAS SOCIALES

26

El cuadro muestra un continuo problema de ejecución presupuestaria que se

incrementa a partir del 2008. De este año en adelante no llegan a ejecutarse más del 25%

de los fondos destinados originalmente al Programa. Por otra parte el crédito asignado

para el 2011 registra una caída en términos nominales del 26%.

[f] Programa de Recuperación del Hábitat de La Boca

El Programa de Recuperación del Hábitat de La Boca (PRHLB) es un programa del

Instituto de Vivienda de la Ciudad destinado especialmente a los habitantes del barrio de

La Boca, reconociendo que dicho barrio es un área que presenta problemas

habitacionales específicos e históricos que necesitan de una solución estructural

sostenida en el tiempo. Dichos problemas han sido reconocidos expresamente por la ley

local Nº 2240 que declara en emergencia urbanística y ambiental al barrio.

Este programa se originó con el fin de a) resolver la problemática habitacional y

ambiental que afectaba a los habitantes de dicho barrio y b) recuperar el patrimonio

urbano existente en sus aspectos físico, histórico y cultural, emprendiendo obras y

acciones integradas, ello a través del accionar conjunto de organismos municipales y de

la sociedad civil.

En sus orígenes, el programa preveía la construcción de ocho obras nuevas en

terrenos ocupados por conventillos que se irían demoliendo progresivamente para ser

reemplazados por nuevos edificios que respeten el modo de vida de sus habitantes.

Mientras tanto, las familias que ocupaban dichos conventillos deberían ser trasladadas a

hogares de tránsito por el tiempo que durara la obra, para luego retornar a sus lugares

originales y adquirir el dominio pleno de la vivienda que anteriormente ocupaban en

condiciones aptas de habitabilidad20.

La Oficina de Atención Descentralizada por los Derechos de la Infancia y la

Adolescencia Boca-Barracas (OAD) dependiente de la Asesoría General Tutelar, realizó

un intensivo relevamiento del programa PRHLB en el Barrio de La Boca desde agosto de

2009 a la actualidad donde observó que las obras previstas por el programa se

encuentran sin iniciar o iniciadas y posteriormente paralizadas y que los habitantes de los

20 Los inmuebles afectados a obra nueva fueron: Suárez 479 (12 viviendas), Martín Rodríguez 839 (10 viviendas), Alvarado 744 (14 viviendas); Rocha 1031/33 (10 viviendas), Coronel Salvadores 829 (8 viviendas); Suárez 951 (6 viviendas); Suárez 1061 (6 viviendas); Alvar Núñez 245 (8 viviendas)

Page 27: EL PRESUPUESTO Y LAS POLITICAS SOCIALES

27

conventillos y Hogares de Tránsito que forman parte del Programa actualmente residen

en condiciones muy precarias.

Cuadro 13: Créditos presupuestarios Programa de Recuperación del Hábitat de La Boca

Rehabilitacion La Boca Crédito Original Crédito Vigente Crédito Devengado

% Ejecución sobre crédito

original

% Ejecución sobre crédito

vigente 2007 1,391,977 1,532,037 1,532,037 110.06 100.00 2008 9,785,604 2,258,026 1,944,343 19.87 86.11 2009 62,223,873 8,679,113 500,747 0.80 5.77

2010 ** 41,779,684 40,856,561 2,123,951 5.08 5.20 2011 145,375,000

Al analizar el presupuesto asignado y ejecutado al programa se identifica que a

partir del 2008 la ejecución presupuestaria del programa no alcanza para ningún año el

20% de los fondos destinados para recuperación de conventillos. En el 2009 no se llega

incluso ni a gastar el 1% del crédito original. Lo mismo sucede en el 2010 donde la

ejecución apenas llega al 5%.

En el año 2010 el monto asignado se reduce significativamente respecto al año

anterior en casi 12 millones y a pesar de que la tendencia se revierte para el 2011, la

mayor parte de dicho aumento se explica por el Programa Casa Amarilla, una actividad

dentro del Programa que no se relaciona con la problemática mencionada de los

conventillos. Del presupuesto total para la Boca $145,375,000, $128,433,000

corresponden al Programa Casa Amarilla.

1.2.2 Política de Urbanización en villas de la Ciud ad

Hasta el año 2008, el IVC era el principal actor en lo que respecta la urbanización y

construcción de viviendas en villas. A través del “Programa de Radicación e Integración

de Villas” (PRIT), promovía las tareas de urbanización integral para la vivienda definitiva

de los habitantes de las villas de emergencia de la Ciudad. El programa prestaba servicios

públicos, implementaba obras de urbanización, liberaba tierras para la apertura de vía

pública, y reordenamiento físico del barrio. En el 2008 el GCBA modifica la composición y

competencias de sus organismos responsables de implementar la política de urbanización

de villas de la Ciudad. En líneas generales, el IVC fue reducido en sus facultades y

presupuesto, traspasándose ambos a otros dos entes: La Corporación Buenos Aires

Page 28: EL PRESUPUESTO Y LAS POLITICAS SOCIALES

28

Sur y la Unidad de Gestión e Intervención Social dependiente del Ministerio de Desarrollo

Económico.

Respecto a la ejecución presupuestaria, en concordancia con la modificación de las

competencias de los organismos intervinientes, a partir del año 2008 se introducen

trascendentes modificaciones respecto a los años anteriores.

Cuadro 14: Créditos presupuestarios PRIT. En pesos corrientes, 2006-2010

Programa de Radicación, Integración y

Transformación de villas Crédito original Crédito vigente Presupuesto

ejecutado

% de ejecución

sobre crédito vigente

% de ejecución

sobre crédito original

2006 103,308,103 133,904,096 109,360,876 81,7 106 2007 136,383,742 130,959,962 120,678,702 92,1 88 2008 99,232,369 59,226,743 56,673,389 95,7 57 2009 25,009,776 67,372,432 39,241,894 58.2 157 2010 35,256,878 38,681,749 213,019 0.6 1 2011 32,387,000

Al analizar el cuadro puede observarse en primer lugar, que la asignación y

ejecución presupuestaria para política de urbanización de las villas dependiente del IVC

(Programa de Radicación e Integración de Villas) ha caído abruptamente para los años

2008, 2009, 2010 y 2011. El crédito devengado del PRIT disminuye, pasando a ser de

120 millones de pesos en el 2007 a 5,7 millones para el año 2011. Por otro lado el nivel

de ejecución presupuestario durante los primeros seis meses del 2010 es

abrumadoramente bajo: no se ejecutó ni el 1% del crédito original, de los 35 millones de

pesos que se dispusieron al inicio del año sean destinados al Programa, solo se

ejecutaron $200.000.

Grafico 10: Presupuesto original y devengado para el Programa Radicación y Transformación de Villas, 2006-2011.

Page 29: EL PRESUPUESTO Y LAS POLITICAS SOCIALES

29

En segundo lugar, al incluir en el análisis a los otros dos Organismos encargados

de ejecutar políticas de urbanización de villas, se observa que el presupuesto total para

urbanización de villas decae en términos nominales y reales para el 2010 y 2011 respecto

de lo ejecutado en el 2009.

Cuadro 15: Asignación y Ejecución presupuestaria para urbanización de villas: Programa de Radicación e Integración de Villas, la Corporación del Sur y la Unidad de Gestión e Integración Social, 2006- 2011.

2006 2007 2008 2009 2010 2011 2011 CONCEPTO Crédito

Devengado Crédito

Devengado Crédito

Devengado Crédito

Devengado Crédito

Devengado Proyecto

Ley Crédito Original

Programa De Radicación

Integración Y Transformación

En Villas

109,360,876 120,678,702 56,673,389 39,241,894 213,020 5,787,000 32,387,000

Corporación del Sur

37,318,804 34,002,371 38,986,496 36,800,000 36,800,000

UGIS Intervención en

Villas 32,350,567 57,805,658 65,019,482 51,560,714 51,560,714

Crédito Total destinado a Villas de Emergencia

109,360,876 120,678,702 126,342,760 131,049,923 104,218,997 94,147,714 120,747,714

Grafico 11: Presupuesto Devengado (2006-2011) y Sanción (2011) para Obras de Urbanización de Villas de

Emergencia

Page 30: EL PRESUPUESTO Y LAS POLITICAS SOCIALES

30

Finalmente, la forma en que se presenta la información presupuestaria no permite

dar cuenta de las obras que van a realizarse dentro de cada unidad ejecutora, la

ubicación geográfica de cada una ni el monto asignado en forma desagregada. Sin esta

información resulta sumamente difícil evaluar el comportamiento del Estado en cada una

de los barrios a lo largo del tiempo.

Conclusiones derecho a una vivienda adecuada

A partir del año 2008 se observan tendencias de gasto distintas entre las políticas consideradas aquí como para resolver transitoriamente el déficit habitacional y aquellas destinadas a resolverlo definitivamente.

Mientras que los programas como paradores, hogares, asistencia en calle y subsidios habitacionales registran un relativo incremento presupuestario a partir del 2008, distintos programas del IVC y las políticas de urbanización de villas registran una marcada tendencia regresiva en materia de asignación y un problema estructural de subejecución.

La falta de ejecución llega a alcanzar niveles alarmantes como el registrado para el Programa de Radicación y Transformación de Villas que no llega ni al 1% del crédito originalmente asignado para el año 2010 o el programa de Recuperación de Conventillos que tampoco alcanza ni el 1% en el 2009 ni el 6% en el 2010. Esto viola directamente el principio de la utilización del máximo de los recursos disponibles.

Este comportamiento implica un desvío a los compromisos básicos asumidos en materia de derechos por la Ciudad, en particular respecto de las

Page 31: EL PRESUPUESTO Y LAS POLITICAS SOCIALES

31

obligaciones que tiene el estado respecto de garantizar el derecho a una vivienda adecuada para los sectores de menos recursos.

Page 32: EL PRESUPUESTO Y LAS POLITICAS SOCIALES

32

2. DERECHO A LA ALIMENTACIÓN

2.1 Contenido y el alcance del derecho a la aliment ación en la ciudad.

El derecho a una alimentación adecuada está inseparablemente vinculado a la

dignidad inherente de la persona humana y es indispensable para el disfrute de otros

derechos humanos y constituye uno de los compromisos constitucionales que el Gobierno

local debe asumir y respetar.

A través del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, la

Argentina reconoce el derecho fundamental de toda persona a estar protegida contra el

hambre y se compromete a adoptar y programas que se necesiten a tal fin.

La Constitución de la Ciudad de Buenos Aires proclama en su artículo 17 que ”la

Ciudad desarrolla políticas sociales coordinadas para superar las condiciones de pobreza

y exclusión mediante recursos presupuestarios, técnicos y humanos. Asiste a las

personas con necesidades básicas insatisfechas y promueve el acceso a los servicios

públicos para los que tienen menores posibilidades”. En el Capítulo Segundo -Salud-, el

mismo texto garantiza el derecho a la salud integral, que está directamente vinculado con

la satisfacción de necesidades de alimentación, vivienda, trabajo, educación, vestido,

cultura y ambiente y define el gasto público en salud como “una inversión social

prioritaria”.

El Gobierno de la Ciudad implementa una serie de programas focalizados para

garantizar el derecho a la alimentación: Programa de Apoyo a Grupos Comunitarios

(Comedores- Ordenanza 41579/86), Programa de Apoyo, Consolidación y Fortalecimiento

de Grupos Comunitarios (Comedores- Ley 2956/08), el Programa Ciudadanía Porteña

(subsidio mensual que se entrega a través de una tarjeta magnética precargada) y el

Programa Ticket Social (vales canjeables por alimentos y productos de higiene).

[a] Comedores comunitarios: Programa de Apoyo a Gru pos Comunitarios y

Programa de Apoyo, consolidación y Fortalecimiento de Grupos Comunitarios

Page 33: EL PRESUPUESTO Y LAS POLITICAS SOCIALES

33

El Programa de Apoyo a Grupos Comunitarios fue creado en 1986 a través de la

Ordenanza 41.579 con el objetivo de promover la formación de grupos comunitarios que

desarrollaran acciones que beneficiaran a la infancia y brinden a los niños apoyo

nutricional. En el año 2008 se derogó el Programa de Apoyo a Grupos Comunitarios y se

creó el Programa de apoyo, consolidación y fortalecimiento de grupos comunitarios. El

programa representa respecto de su predecesor una ampliación de los objetivos: mientras

que el primero buscaba fortalecer a los grupos comunitarios que trabajaban

específicamente con la infancia, éste fortalece a los grupos que trabajan con toda la

comunidad, incluida la comunidad infantil. La ley de creación del Programa establece que

cada grupo comunitario recibirá módulos nutricionales que cubran adecuadamente los

requerimientos proteicos, vitamínicos y calóricos indispensables de acuerdo con las

prestaciones que cada uno realice.21

Con respecto al Programa de Comedores Comunitarios, en el Cuadro 16 se observa

una reducción del gasto en el 2008 (del 12% respecto del 2007). Esta situación se revierte

en el 2009 y 2010 con un aumento en términos nominales. En el presupuesto 2011 se

identifica una caída respecto al año anterior en términos nominales de un 1,8% y reales

de un 9,8% .

Cuadro 16: Asignación y Ejecución presupuestaria para Comedores Comunitarios, 2006- 2011.

2007 2008 2009 2010 2011

Crédito Devengado Crédito Devengado

Crédito Devengado

Crédito Devengado

Crédito Original

Comedores Comunitarios 52,613,706 46,978,426 101,929,432 119,376,394 117,247,173

21 Ley 2.956, art. 8.

Page 34: EL PRESUPUESTO Y LAS POLITICAS SOCIALES

34

Grafico 12: Presupuesto Devengado (2006-2010) y Sanción (2011) para el Programa Comedores Comunitarios

Resulta importante remarcar que tal como se ha mencionado previamente, para

evaluar si el estado se encuentra respetando, por ejemplo el principio de no regresividad,

es imprescindible cruzar los datos presupuestarios con información sobre metas físicas. Si

se desconoce el número de personas o familias atendidas por el Programa Comedores

Comunitarios no es posible evaluar con exactitud el grado de avance respecto al derecho

a la alimentación.

[b] Ciudadanía Porteña

El Programa Ciudadanía Porteña fue creado a fines del 200522 con el fin de, por un

lado, superar la indigencia y disminuir significativamente la situación de pobreza de los

hogares23 y, por el otro, “promover… la educación y protección de la salud de los niños,

22 A través de la Ley 1.506. 23 Informe de la Dirección General de Ciudadanía Porteña, junio 2009, Remitido mediante C. R. Nº 2526-MDSGC-O9; s/ Oficio Judicial Nº 1397/09- Solicitud de Información referente al programa Ciudadanía Porteña.

Page 35: EL PRESUPUESTO Y LAS POLITICAS SOCIALES

35

niñas y adolescentes y su grupo familiar, la búsqueda de empleo y (la) reinserción en el

mercado laboral de los adultos”24.

El programa consiste en la efectivización de una transferencia de ingreso a los

integrantes de los hogares pobres e indigentes cuya situación es definida a través del

cruce de bases de datos nacionales y provinciales, y de la información que surge del

censo que realiza el RUB. La normativa establece también que los montos de las

prestaciones deben ser actualizados cada 6 meses en función de las oscilaciones del

valor de la Canasta calculada por el INDEC.25 El acceso y la permanencia al programa se

encuentra determinado por una serie de obligaciones: asistencia a educación formal,

cumplimiento con el plan de vacunación obligatoria y de controles de salud, asistencia a

talleres de capacitación, ser activo en la búsqueda de empleo. Actualmente, la única vía

de ingreso al programa Ciudadania Porteña es la migración desde el programa Ticket

Social .

[c] Programa Ticket Social

El Programa Ticket Social se crea en el año 200826 y reemplaza a nivel normativo

al Programa de Apoyo Alimentario Directo a Familias (Cajas de comida). Consiste en

tickets a ser canjeados por alimentos, elementos de limpieza y/o aseo por los

beneficiarios en comercios adheridos. El monto asignado mensualmente por familia es de

$100 y en el caso de familias con integrantes celíacos o desnutridos se realiza un

refuerzo de $ 50 pesos adicionales por miembro familiar que padezca dicha situación. La

entrega del ticket es mensual y el programa tiene una duración de seis meses con opción

a renovación siempre y cuando el beneficiario cumpla con los requisitos exigidos por el

Programa. Los beneficiarios son definidos por el programa como: familias residentes en la

Ciudad que se encuentren en situación de pobreza y vulnerabilidad alimentaria,

entendiéndose por dicha situación como aquella en que “se encuentran los hogares de la

Ciudad de Bs. As. cuyos ingresos resulten de hasta un 25% por encima de la línea de

pobreza establecida para dicho hogar”.27 También son susceptibles de ser considerados

24 Fuente: Artículo 2- objetivo del programa. Ley sancionada el primero de diciembre del 2005, por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. 25 Ley 2.408/07. 26 A través del Decreto 800/08

27 Conforme a respuesta de la Dirección de Ciudadanía Porteña: Informe Nº 786 DGCPOR-2009.

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36

beneficiarios las familias que hasta julio de 2008 recibían cajas de alimentos (Programa

de Apoyo Alimentario a Familias) que no se hayan reempadronado durante 2008.

Presupuesto asignado a los Programas de Subsidios A limentarios

Con respecto al presupuesto asignado a los programas de Subsidios Alimentarios

previamente descriptos, se observa que el gasto de la Ciudad de Buenos Aires ha ido

aumentando en términos nominales a lo largo de los años. Como muestro el Cuadro 17,

el Programa Ciudadanía Porteña registra desde el 2007 un incremento en términos

nominales del 63% y el Programa Ticket Social de un 50% desde el 2009.

Cuadro 17: Créditos presupuestarios Programas de Apoyo Alimentario. En pesos corrientes. 2007-2011

2007 2008 2009 2010 2011

Crédito Devengado Crédito Devengado

Crédito Devengado

Crédito Devengado

Crédito Original

Ciudadanía Porteña 233,305,920 264,569,774 292,992,218 306,175,260 381,058,676

Ticket Social - - 33,755,642 45,953,961 50,574,000

Sin embargo, esto se revierte al observar la evolución del gasto en términos reales,

que disminuye progresivamente a en todo el período para el Programa Ciudadanía

Porteña en un 16%.

Grafico 12: Presupuesto Devengado (2007-2010) y Sanción (2011) para el Programa Ciudadanía Porteña

Page 37: EL PRESUPUESTO Y LAS POLITICAS SOCIALES

37

Es preciso remarcar que no resulta posible identificar la cantidad de familias

atendidas por cada uno de los programas, lo que permitiría evaluar concretamente el

grado de avance en la satisfacción del derecho.

Conclusiones derecho a una alimentación adecuada

Para evaluar el grado de avance de la Ciudad en materia de derecho a la alimentación es preciso contar con información sobre metas físicas. La ausencia de datos que acompañen la información presupuestaria sobre cantidad de personas y familias atendidas por cada uno de los programas de transferencias de ingresos hace imposible el análisis sobre el cumplimiento del principio de progresividad.

El relativo incremento en términos nominales del presupuesto ejecutado para los programas de transferencia de ingresos no permite concluir que efectivamente el gobierno está cumpliendo con sus obligaciones asumidas en la materia.

Por otro lado, como se mencionó al principio del informe, la deficiencia en el cálculo de los índices de precios para determinar el grado de cobertura de los programas de las líneas de indigencia y pobreza hace que el valor real del beneficio se vea erosionado a lo largo de los años.

Page 38: EL PRESUPUESTO Y LAS POLITICAS SOCIALES

38

Page 39: EL PRESUPUESTO Y LAS POLITICAS SOCIALES

39

3. DERECHO A LA EDUCACIÓN

3.1 El Derecho a la Educación en la Ciudad

Los compromisos internacionales asumidos por el Estado Argentino especifican

que la educación en todas sus formas y en todos los niveles debe tener las siguientes

cuatro características interrelacionadas: la educación debe ser disponible, debe haber

instituciones y programas de enseñanza en cantidad suficiente; debe ser accesible

material y económicamente para todos, sin discriminación; debe ser aceptable en forma y

fondo para los estudiantes y para los padres y debe adaptarse a las necesidades de los

alumnos en contextos culturales y sociales variados.

En la Ciudad rigen los principios de la Constitución Nacional, la Ley Nacional de

Educación, la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley Nº 11428, y la

Ley Nº 89829, entre otras disposiciones relevantes en materia de educación. Así, existen

determinados niveles educativos que el Estado no puede dejar de garantizar, en particular

en el Art. 24 de su Constitución, la Ciudad de Buenos Aires se encuentra obligada a

asegurar y financiar la educación pública desde los 45 días de edad para todos los niños

y niñas.

También la Ciudad se encuentra fuertemente obligada tanto por la normativa

nacional como por la internacional a respetar el principio de igualdad y de no

discriminación en el acceso, permanencia, y egreso del sistema educativo . Es decir,

que al Gobierno local no le está permitido discriminar, y esta obligado a implementar

políticas sociales que aseguren la igualdad real de oportunidades y de trato hacia los

sectores más desfavorecidos.

Como se ha mencionado en informes anteriores30 diversos estudios han mostrado

que existe una marcada diferencia en las condiciones de estudio entre los distritos

escolares más pobres y los más ricos de la Ciudad. En los distritos más pobres la

capacidad de absorción de matrícula de las escuelas se encuentra completamente

28 Ley de Protección Integral de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes, sancionada el 3 de diciembre de 1998, promulgada de hecho el 4/1/99 y publicada en el BOCBA Nº 624 del 3/2/99. 29 Sancionada el 17/9/02, promulgada el 2/10/02 a través del decreto 1283, y publicada en el BOCBA Nº 1542 del 8/10/02. 30 AGT, “Las políticas de Infancia y de Salud Mental. Un análisis desde la perspectiva de derechos”, Eudeba 2010.

Page 40: EL PRESUPUESTO Y LAS POLITICAS SOCIALES

40

sobrepasada y faltan vacantes. Esta situación contrasta con la de otros distritos escolares,

en donde la matrícula disminuye y los docentes enseñan a muchos menos alumnos por

aula.

3.2 Análisis del presupuesto destinado a infraestru ctura escolar

Al analizar particularmente el gasto del Gobierno en materia de infraestructura

escolar durante el período 2006-2010, se observa un incremento en términos nominales

del crédito devengado del 95%.

Cuadro 16: Créditos presupuestarios Programa de Infraestructura Escolar. En pesos corrientes. 2006-2011

Infraestructura Escolar Crédito Original Crédito Vigente Crédito Devengado

% Ejecución sobre crédito

original

% Ejecución sobre crédito

vigente

2006 83,260,359 122,669,198 108,754,837 130.62 88.66

2007 159,108,357 149,247,185 137,704,990 86.55 92.27

2008 317,185,372 276,610,403 187,620,201 59.15 67.83

2009 243,489,616 185,468,395 156,105,175 64.11 84.17

2010 441,293,903 525,155,375 211,973,163 48.03 40.36

2011 513,208,563

Por otra parte, como se observa en el Grafico 16, se comprueba un problema de

subejecución presupuestaria a partir del año 2008 que no llega nunca a ser mas del 64%.

Grafico 13: % Ejecución sobre crédito original para Infraestructura Escolar, 2006-2011.

Page 41: EL PRESUPUESTO Y LAS POLITICAS SOCIALES

41

Al analizar el presupuesto en términos reales se comprueba que la tendencia de

aumento mencionada previamente se revierte para el período 2008-2010 donde

disminuye en un 19%.

Grafico 14: Presupuesto devengado para el Programa Infraestructura Escolar, 2006-2011.

3.3 Análisis del presupuesto destinado a Educación Privada

En forma paralela a la situación descripta se registra un incremento del

presupuesto ejecutado en términos nominales para todo el período del 185% y en

términos reales del 27%, destinado como transferencias a los establecimientos de

educación privada.

Cuadro 19: Presupuesto devengado Educación Privada, período 2006-2011

2006 2007 2008 2009 2010 2011

Crédito devengado

Crédito devengado

Crédito devengado

Crédito devengado

Crédito Devengado

Crédito original

Presupuesto Educación Privada 353,996,971 417,636,845 613,200,819 801,971,810 918,768,981

1,008,817,535

Page 42: EL PRESUPUESTO Y LAS POLITICAS SOCIALES

42

Grafico 15: Presupuesto Devengado (2006-2010) y Sanción (2011) para Educación Privada

En el periodo 2006-2010 el presupuesto destinado a educación privada aumento

un %185 pasando a ser en 2006 $353 millones (Devengado) a $1.008 millones (Sanción)

para el 2011. Por otro lado, la participación relativa del presupuesto ejecutado para

educación privada dentro del presupuesto general del Ministerio de Educación también ha

ido aumentando en el periodo analizado, pasando a representar del 15,8% en el 2006 a

17,8% en el 2010.

Cuadro 20: Créditos presupuestarios Ministerio Educación y Educación Privada. En pesos corrientes, 2006-2011

2006 2007 2008 2009 2010 2011

Crédito

devengado

Crédito

devengado

Crédito

devengado

Crédito

devengado

Crédito

devengado Sanción

Presupuesto Educación

Privada

353,996,971 417,636,845 613,200,819 709,982,829 918,768,981 1,008,817,535

Page 43: EL PRESUPUESTO Y LAS POLITICAS SOCIALES

43

Presupuesto

Total

Educación 2,235,107,759 2,761,058,342 3,581,344,818 4,116,093,212 5,167,534,772 6,466,289,103

Presupuesto

Total Ciudad

de Buenos Aires

9,170,108,998 11,028,290,358 13,103,591,570 16,845,232,468 20,878,130,509 26,939,656,970

Educación

Privada /

Educación

15.84% 15.13% 17.12% 17.25% 17.78% 15.60%

Educación /

Total Ciudad 24.37% 25.04% 27.33% 24.43% 24.75% 24.00%

Conclusiones respecto al derecho a la educación

Respecto al derecho a la educación se observan dos tendencias que se profundizan a partir del 2008 en materia de gasto. Por un lado, el gobierno continúa sin resolver el persistente problema de gestión en la ejecución de fondos destinados a obras de infraestructura escolar. Los porcentajes de subejecución son cada vez menor, a pesar de existir graves deficiencias y desigualdades educativas continuamente denunciadas.

Por otro lado se comprueba una tendencia de aumento del gasto destinado a la educación privada en términos reales hasta el 2009. A su vez la participación relativa del presupuesto ejecutado para educación privada dentro del presupuesto general del Ministerio de Educación también ha ido aumentando hasta el 2010.

Page 44: EL PRESUPUESTO Y LAS POLITICAS SOCIALES

44

4. DERECHO A LA SALUD

El derecho a la salud se encuentra consagrado en los diversos tratados

internacionales con jerarquía constitucional, en la Constitución Nacional y en la

Constitución de la Ciudad de Buenos Aires que está directamente vinculado con la

satisfacción de necesidades de alimentación, vivienda, trabajo, educación, vestido, cultura

y ambiente.

De acuerdo a la Convención de los Derechos del Niño (CDN) los niños deben

disfrutar del más alto nivel posible de salud, y tener acceso a servicios para la prevención

y el tratamiento de las enfermedades y la rehabilitación de la salud. La CDN enfatiza en

particular que los Estados Partes adopten las medidas apropiadas para reducir la

mortalidad infantil, y en la niñez asegurar a todos los niños la prestación de la asistencia

médica y la atención sanitaria que sean necesarias.

Asimismo, se asume el compromiso de combatir las enfermedades y la malnutrición

en el marco de la atención primaria de la salud mediante, entre otras cosas, la aplicación

de la tecnología disponible, el suministro de alimentos nutritivos adecuados y agua

potable salubre, teniendo en cuenta los peligros y riesgos de contaminación del

ambiente.

En particular, en su Art. 20 la Constitución de la Ciudad establece que “el gasto

público en salud es una inversión social prioritaria” y se establece que el sistema de salud

debe ser gratuito y accesible para todos.

a. Los Hospitales Infantiles

En la Ciudad de Buenos Aires, bajo la órbita del Ministerio de Salud, existen

hospitales públicos que atienden exclusivamente a niños y niñas. Como se observa en el

Cuadro 20 se registra una tendencia presupuestaria de incremento sostenido en términos

nominales a lo largo de los años.

Cuadro 21: Créditos presupuestarios Hospitales Infantiles. En pesos corrientes, 2006-2011

Page 45: EL PRESUPUESTO Y LAS POLITICAS SOCIALES

45

2006 2007 2008 2009 2010 2011 Crédito

devengado Crédito

devengado Crédito

devengado Crédito

devengado Crédito

Devengado Crédito Original

Patologías Especificas

Hospital Materno Infantil Ramón Sarda

36,905,842 44,404,148 55,123,950 76,984,794 90,136,538 97,258,576

Hospital de Niños Pedro

Elizalde

67,984,940 80,497,138 104,616,267 131,293,131 162,671,218 193,940,983

Hospital de Niños

Ricardo Gutiérrez

101,629,223 119,083,551 154,355,166 194,726,319 231,352,348 258,825,149

Atención Medica en

Hospitales de Niños

Hospital de Pediatría Juan P

Garrahan

82,218,867 137,212,557 171,555,090 216,133,962 249,757,200 260,933,631

Atención Odontológica en Hospitales

Especializados

Hospital de Odontología

Infantil Quinquela

Martín

5,122,716 7,348,105 9,296,725 10,588,077 11,473,099 13,890,126

Sin embargo, cuando analizamos los datos en términos reales la tendencia de

aumento se revierte. Desde el 2009 al 2011 se observa una caída del 3%.

Grafico 16: Presupuesto Devengado (2006-2010) y Sanción (2011) para el Hospitales Infantiles

Page 46: EL PRESUPUESTO Y LAS POLITICAS SOCIALES

46

b. Obras de Infraestructura del Ministerio de Salud

En el periodo analizado se comprueba una abrupta disminución del crédito

devengado en términos nominales del 78% y en términos reales del 89% de la Dirección

de Recursos Físicos del Ministerio de Salud.

Grafico 17: Presupuesto Devengado (2006-2010) y Sanción (2011) para Infraestructura y Equipamiento en Salud.

Al mismo tiempo se comprueba un marcado déficit en los índices de ejecución de

los recursos asignados al Ministerio de Salud para inversión en infraestructura, En efecto,

como señala el Cuadro 23 en el 2008 se ejecuta 44% del crédito sancionado,

disminuyendo aún más en 2009 y 2010: 37% y 31%, respectivamente.

Cuadro 23: Créditos presupuestarios para la Dirección de Recursos Físicos (Gasto Corriente y Gasto de Capital) 2006-2011.

Gasto de Capital

AÑO Crédito Original Crédito Vigente Crédito

devengado % Ejecución sobre original

% Ejecución sobre vigente

2006 107,995,956 158,523,913 127,532,837 118% 80%

2007 149,689,227 121,583,423 104,378,499 70% 86%

2008 242,215,000 106,073,129 105,660,815 44% 100%

2009 192,740,078 77,005,830 71,221,367 37% 92%

2010 146,810,000 75,858,089 44,989,654 31% 59%

Page 47: EL PRESUPUESTO Y LAS POLITICAS SOCIALES

47

Con el objetivo de evaluar si la disminución ocurrida en los últimos años del gasto

de capital ejecutado por la Dirección de Recursos Físicos pudiera originare en la

reasignación de partidas hacia otras áreas del Ministerio (por ejemplo, Hospitales) se

procedió a analizar el presupuesto de gasto de capital del Ministerio de Salud.

Cuadro 24: Créditos presupuestarios para el Ministerio de Salud. En pesos corrientes, 2006-2011

Crédito Original Crédito Vigente Crédito devengado

AÑO Gasto Corriente

Gasto de Capital

TOTAL Gasto Corriente

Gasto de Capital

TOTAL Gasto Corriente

Gasto de Capital

TOTAL

2006 1,421,097,775 164,319,788 1,585,417,563 1,752,966,021 259,084,343 2,012,050,364 1,735,553,774 218,785,903 1,954,339,677

2007 1,946,001,804 151,096,727 2,097,098,531 2,167,775,192 124,475,930 2,292,251,122 2,145,763,737 104,980,459 2,250,744,196

2008 2,285,614,067 258,423,549 2,544,037,616 2,784,140,463 163,288,644 2,947,429,107 2,725,962,829 158,584,525 2,884,547,354

2009 3,016,210,807 358,621,312 3,374,832,119 3,521,217,874 213,887,949 3,735,105,823 3,489,581,106 192,667,475 3,682,248,581

2010 3,703,952,815 208,930,890 3,912,883,705 4,224,474,211 253,306,554 4,477,780,765 4,167,113,757 211,177,130 4,378,290,887

Cuadro 25: Porcentaje de ejecución de Gasto de Capital del Ministerios de Salud. En pesos corrientes, 2006-2011

AÑO Original Vigente Devengado %

ejecucion/original %

ejecucion/vigente

2006 164,319,788 259,084,343 218,785,903 133.15% 84.45%

2007 151,096,727 124,475,930 104,980,459 69.48% 84.34%

2008 258,423,549 163,288,644 158,584,525 61.37% 97.12%

2009 358,621,312 213,887,949 192,667,475 53.72% 90.08%

2010 208,930,890 253,306,554 211,177,130 101.08% 83.37%

El gasto de capital movilizado a través de la Dirección de Recursos Físicos

representa, cada año, una proporción menor del gasto total de capital de el área de salud.

En el 2007 este porcentaje representa el 99%, en el 2008 el 66%, en el 2009 el 37% y en

el 2010 apenas 21%. Un cambio de esta naturaleza podría explicarse por modificaciones

institucionales en la responsabilidad de ejecución de las inversiones, como por ejemplo la

descentralización de funciones a las unidades hospitalarias..

Como se observa en el grafico 25, el gasto de capital del Ministerio de Salud, en

términos reales, se mantiene en los últimos años relativamente constante, pero en un

nivel aproximado a la mitad de la inversión real correspondiente al 2006. Esto indicaría

que la disminución de la inversión de los últimos años no sería tan pronunciada como la

indicada por los registros de la Dirección de Recursos Físicos pero, no obstante, hace

Page 48: EL PRESUPUESTO Y LAS POLITICAS SOCIALES

48

evidente que se trata de un importante ajuste en materia de infraestructura y

equipamiento.

Programa de Salud Sexual y Reproductiva

El Programa de Salud Sexual y Reproductiva tiene como principales objetivos:

garantizar el acceso de varones y mujeres a la información y a las prestaciones, métodos

y servicios necesarios para el ejercicio responsable de sus derechos sexuales y

reproductivos; garantizar a las mujeres la atención integral durante el embarazo, parto y

puerperio y disminuir la morbimortalidad materna e infantil.31

Parte de la normativa que regula el Programa de Salud Sexual y Reproductiva

(Ordenanza 47.731) establece el monto fijo que debe ser asignado anualmente al

Programa, que corresponde a una suma de un millón de pesos. Este criterio, en contextos

de crecimiento de precios como el que caracteriza la situación de la Ciudad de Buenos

Aires, resulta regresivo y viola los compromisos asumidos por la Ciudad en materia del

derecho a la salud.

Al analizar el presupuesto del programa se observa que a pesar de que los montos

asignados al programa en el 2010 y 2011 superan lo que establece la normativa, se

comprueba que, con excepción del 2009, en todo el período analizado el programa no

alcanza a ejecutar la totalidad de los fondos asignados. Como se observa en el Cuadro

24, los porcentajes de ejecución habitualmente no llegan al 70% e, incluso, en el bienio

2006/07 se ubica por debajo del 20% de utilización de los recursos disponibles.

Cuadro 26: Créditos presupuestarios para Programa de Salud Sexual y Reproductiva. En pesos corrientes, 2006-2011

Salud Reproductiva Crédito Original Crédito Vigente Crédito

devengado % Ejecución sobre original

% Ejecución sobre vigente

2006 1,607,800 282,032 282,031 17.54 100 2007 1,005,000 223,220 178,220 17.73 79.84 2008 1,018,800 998,809 683,240 67.06 68.41 2009 1,000,000 S/D 1.013.294 101,33 S/D 2010 1,557,500 954,219 865,872 55.59 90.74 2011 1,186,000

31 Ley 418 de Salud Sexual y Reproductiva. Artículo 3.

Page 49: EL PRESUPUESTO Y LAS POLITICAS SOCIALES

49

Programa Materno Infantil

El Programa Materno Infantil, se crea mediante la Ley Nº 147 30/12/1998, depende

de la Subsecretaria de Atención Integrada de Salud y se efectiviza a través de los

Hospitales, Centros de Salud y Centros Médicos Barriales. El Programa Materno Infantil

brinda servicios de control de embarazo y del niño sano, así como de promoción de la

lactancia materna. El servicio está destinado a mujeres embarazadas y a niños y niñas de

hasta 5 años. Se accede al programa acercándose al Centro de Salud o Centro Médico

Barrial. Según se informa, en el marco del programa en los Centros de Salud se

entregaría, a los receptores, leche, hierro y vitaminas como refuerzo nutricional.

Al analizar el presupuesto del Programa puede comprobarse que a partir del 2008

el crédito original ha ido aumentando en términos nominales en un 92%.

Cuadro 27: Créditos presupuestarios para Plan Materno Infantil. En pesos corrientes, 2006-2011

Plan Materno Infantil Crédito Original Crédito Vigente

Crédito devengado

% Ejecución sobre original

% Ejecución sobre vigente

2006 4,866,750 4,631,438 4,455,108 91.54 96.19 2007 4,735,830 3,103,520 3,096,018 65.37 99.76 2008 S/D S/D S/D 2009 4,377,568 S/D 4.795.200 109,54 S/D 2010 9,523,400 5,887,650 5,825,246 61.17 98.94 2011 8,400,000

Sin embargo, a pesar de que el presupuesto se duplica para el año 2010 también

se comprueba, al igual que sucede con otros programas, un problema de subejecución

presupuestaria. En ese ano no se ejecutan el 40% de los fondos originalmente asignados.

Page 50: EL PRESUPUESTO Y LAS POLITICAS SOCIALES

50

Conclusiones respecto al derecho a la salud

Respecto al derecho a la salud se comprueba un problema general de gestión de los recursos que se observa por la alta subejecución, acompañada de un incremento nominal pronunciado de los créditos originales.

Todos los programas analizados (de Salud Sexual, Programa Materno Infantil e Infraestructura del Ministerio de Salud) presentan muy bajos niveles de ejecución los cual es preocupante porque la mayoría de ellos depende de la compra de suministros para cumplir con su rol fundamental de garantía del derecho a la salud.

Este problema se profundiza en el período 2008-2010 y va en contra de la obligación que tiene el estado de utilizar el máximo de los recursos que estén a su disposición.

Page 51: EL PRESUPUESTO Y LAS POLITICAS SOCIALES

51

IV. ANÁLISIS DE LA ASIGNACIÓN Y EJECUCIÓN DEL GASTO DE

POLÍTICAS DIRIGIDAS A LAS PERSONAS CON PADECIMIENTO S EN SU

SALUD MENTAL

Sin embargo, a pesar de la normativa vigente, aún sigue faltando un plan integral

de políticas públicas en salud mental32 para garantizar el cumplimiento de lo principios y

derechos plasmados en las leyes y la Convención sobre los Derechos de las Personas

con Discapacidad.

La situación de la política de salud mental en la C iudad

La promulgación en el mes de diciembre de 2010 de la Ley Nacional de Salud

Mental Nº 26.657 implica un cambio de paradigma en tanto avanza hacia el

reconocimiento de las personas con discapacidad y con padecimiento en su salud mental

como sujetos de derechos y establece expresamente el respeto de su voluntad. Si bien en

la Ciudad de Buenos Aires rige desde el año 2000 la Ley 448 de Salud Mental, era la

ahora derogada Ley Nacional Nº 22.914, de neto corte tutelarista, la que

fundamentalmente regía en este distrito. Por ello y sin demoras, debe iniciarse un proceso

de adecuación tanto del rol del Poder Judicial en el control de internaciones, como de las

políticas públicas orientadas a la atención en salud mental, a cargo del poder

administrador.

Al analizar la asignación y la ejecución del gasto para los principales efectores de

salud mental de la Ciudad (Hospital de Emergencias Psiquiátricas Torcuato de Alvear;

Hospital de Salud Mental José T. Borda; Hospital de Salud Mental Braulio Moyano;

Talleres Protegidos de Rehabilitación Psiquiátrica; Hospital Infantil Juvenil Carolina Tobar

García; Centro de Salud Mental No 3 Arturo Ameghino; y Centro de Salud Mental No 1

Hugo Rosarios), se observa un crecimiento nominal del presupuesto a lo largo de todo el

período analizado. Esta tendencia se manifiesta también al interior de cada una de las

unidades hospitalarias analizadas que también registran un incremento presupuestario.

32 Para un informe crítico sobre el “Proyecto de Reformulación del Sistema de Atención de la Salud Mental, ver: Ministerio Público Tutelar de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, “Análisis del Plan sobre Salud Mental de GCBA”; En: Niñez, Adolescencia y salud Mental en la Ciudad de Buenos Aires. Experiencias, avances y desafíos. Informe de Gestión del Ministerio Público Tutelar. Periodo 2008-2009, p. 275.

Page 52: EL PRESUPUESTO Y LAS POLITICAS SOCIALES

52

Cuadro 28: Créditos presupuestarios Hospitales de Salud Mental. En pesos corrientes, 2006-2011

2006 2007 2008 2009 2010 2011 Crédito

Devengado Crédito

Devengado Crédito

Devengado Crédito

Devengado Crédito

Devengado Crédito Original

Hospital Torcuato Alvear 16.496.500 21.770.536 28,451,951 34,919,997 41,095,169 46,810,231 Hospital Borda 59.299.998 57.591.800 71,288,750 91,472,728 97,344,223 123,554,124

Hospital Braulio Moyano 48.380.819 55.247.594 69,070,335 87,307,759 118,845,942 117,823,421 Talleres protegidos de

rehabilitación psiquiátrica 6.055.792 8.813.680 11,187,969 13,198,316 15,032,190.75 17,769,872

Hospital Carolina Tobar García 14.523.807 17.872.670 23,588,134 30,088,700 37,289,350 44,877,225 Centro de Salud Ameghino 7.381.042 8.913.548 11,619,234 14,038,296 16,373,000 18,617,796

Centro De Salud Mental Nº 1 Hugo Rosario

5.865.734 552,427.22 1,006,000

TOTAL 152.137.957 170.209.828 215.206.376 240.707.985 326,532,303 369,452,669

Resulta importante remarcar que las metas físicas no están definidas ni por

programas ni por Hospital. Por tanto, no es posible evaluar acabadamente el nivel relativo

de atención presupuestaria que recibe cada uno sin comprender si aumentan o

disminuyen las personas atendidas.

A la vez, tampoco es posible conocer cómo se va a dar pretensión a lo establecido

en la descripción programática donde se establece33 “trabajar con los pacientes próximos

con alta médica a fin de generar el escenario y el mayor grado de autonomía posible para

su externación y su socialización...”. Es decir, no se explicita en qué consistirá la política

de externación, cuál va a ser la población afectada por las políticas que se implementen,

si se construirán nuevos centros, etc.

Conclusiones respecto al derecho a la salud mental

El análisis sobre el gasto destinado a los efectores de salud mental de la Ciudad muestra un incremento en términos reales para todo el período. Este panorama de atención creciente a la política de manicomialización indica una tendencia de comportamiento contrario a una perspectiva de

33 En concordancia con lo dispuesto por la Ley 448 y por el art. 21 de la Constitución de la Ciudad.

Page 53: EL PRESUPUESTO Y LAS POLITICAS SOCIALES

53

derechos. La internacion psiquiatrica no es la política de último recurso sino el eje central de la política de salud mental, que se profundiza con el correr de los años.

A diferencia de lo que la normativa marca acerca de la obligación de implementar un plan integral de políticas públicas en salud mental que tenga como eje central la desinstitucionalización, rehabilitación y la reinserción social de los pacientes, se comprueba que el actual sistema continúa siendo hospitalocéntrico y con graves falencias en su política de externación.

Page 54: EL PRESUPUESTO Y LAS POLITICAS SOCIALES

54

Anexo I

LA MATRIZ DE ANÁLISIS

Con el objeto de identificar específicamente cada uno de los programas analizados

en el presente informe, se presenta aquí la nomenclatura presupuestaria de cada uno de

dichos programas a lo largo de los años.

1. EL SISTEMA DE PROTECCIÓN INTEGRAL DE DERECHOS DE LA INFANCIA

1.a. Consejo de los Derechos de Niños, Niñas y Adol escentes

Consejo de los derechos de

niños, niñas y adolescentes 2006 2007 2008 2009 2010 2011

Actividades Centrales

Unidad Ejecutora 103 - Programa 5 Unidad Ejecutora 112 - Programa 7

Unidad Ejecutora 112- Programa 7

Unidad Ejecutora 112- Programa 7

Unidad de Intervenciones

Servicios Especiales

Unidad Ejecutora 103 - Programa

48

Formación y Protección de Derechos de Niños Niñas y Adolescentes

Unidad Ejecutora 103 - Programa

49 Unidad Ejecutora 112 - Programa 31

Unidad Ejecutora 112- Programa

72

Unidad Ejecutora 112- Programa

72 Fortalecimiento

de Organizaciones

Locales / Registro y Monitoreo de

ONG

Unidad Ejecutora 103 - Programa

50 Unidad Ejecutora 112 - Programa 34

Unidad Ejecutora 112- Programa

75

Unidad Ejecutora 112- Programa

75

Seguimiento de Políticas de

Infancia

Unidad Ejecutora 103 - Programa

51

Registro Único de Adoptantes / Atención de Aspirantes a

Adoptar

Unidad Ejecutora 103 - Programa

52 Unidad Ejecutora 112 - Programa 32

Unidad Ejecutora 112- Programa

73

Unidad Ejecutora 112- Programa

73

Capacitación en Derechos de Niños Niñas y Adolescentes

Unidad Ejecutora 103 - Programa

53 Unidad Ejecutora 112 - Programa 33

Unidad Ejecutora 112- Programa

74

Unidad Ejecutora 112- Programa

74

Buenos Aires Ciudad Amiga

Unidad Ejecutora 103 - Programa

125 Unidad Ejecutora 112 - Programa 90

Unidad Ejecutora 112- Programa

76

Unidad Ejecutora 112- Programa

76 Atención

Sistemas de Emergencia Unidad Ejecutora 112 - Programa 30

Unidad Ejecutora 112- Programa

71

Unidad Ejecutora 112- Programa

71

Page 55: EL PRESUPUESTO Y LAS POLITICAS SOCIALES

55

1.b. Dirección General de Niñez y Adolescencia (DGN yA)

Jurisdicción Unidad

Ejecutora Programa Actividad Nombre

45 476 31 Atención Niñez Y Adolescencia En Situación De

Vulnerabilidad

45 476 31 0 Atención Niñez Y Adolescencia En Situación De Vulnerabilidad

45 476 31 1 Conducción

45 476 31 3 Centros De Atención

45 476 31 4 Atención En Situaciones De Emergencia Social Infantil -Equipo

Móvil

45 476 32 Desarrollo Integral

45 476 32 0 Desarrollo Integral

45 476 32 5 Centros De Desarrollo Infantil - Cedis

45 476 32 6 Juegotecas

45 476 32 7 Puerto Pibes

45 476 32 8 Casas Del Niño Y Adolescente

45 476 32 9 Centros De Acción Familiar - Caf

45 476 32 10 Talleres Para Adolescentes

45 476 35 Fortalecimiento de Vínculos

45 476 35 11 Acompañamiento Hospitalario Y Terapéutico

2009

45 476 35 12 Estrategias De Egreso

Jurisdicción Unidad

Ejecutora Programa Actividad Nombre

45 476 66 Atención Niñez Y Adolescencia En Situación De

Vulnerabilidad

45 476 66 1 Conducción

45 476 66 3 Centros De Atención

45 476 66 4 Atención En Situación De Emergencias Social Infantil -

Equipo Móvil

45 476 67 Desarrollo Integral

45 476 67 5 Desarrollo Integral Infantil

45 476 67 6 La Ciudad Crece Con Los Chicos

45 476 67 7 Puerto Pibes

45 476 67 10 Talleres Para Adolescentes

45 476 68 Fortalecimiento de Vínculos

45 476 68 11 Acompañamiento Hospitalario Y Terapéutico

45 476 68 12 Reconstruyendo Lazos Coopa Y Bajo Flores

45 476 68 13 Equipo Zonales Fortalecimiento Familiar

2010 y 2011

45 476 68 14 Asistencia A La Victima De Esci

Page 56: EL PRESUPUESTO Y LAS POLITICAS SOCIALES

56

45 476 35 13 Equipos Zonales De Fortalecimiento

45 476 35 14 Prevención Y Asistencia A Las Victimas De Explotación Sexual

Comercial Infantil

2.A. EL DERECHO A LA VIVIENDA

2.A.1.i. Buenos Aires Presente y Línea 108.

2006 2007 2008 2009 2010 2011

Buenos Aires Presente

UE 478 Programa 19

Línea de emergencia y asistencia social

UE 478 Programa 66

UE 478 Prog 42 Act 4

UE 478- Prog 45 – Act 4

UE 478- Prog 45 – Act 4

2.A.1.ii. Paradores Nocturnos

Paradores Nocturnos

Jurisdicción Unidad

Ejecutora Programa Actividad

2006 478 58

2007 477

(Prog 32 Proy 1); (Prog 40 Proy 2);

(Prog 42 Proy 0 Act 18 y Proy 1 Act 0)

18

2008 470 42 7

2009 478 42 7

2010 478 44 7

2011 478 44 7

2.A.1.iii. Hogares de Transito

Page 57: EL PRESUPUESTO Y LAS POLITICAS SOCIALES

57

Hogares de Transito

Jurisdicción Unidad

Ejecutora Programa Actividad

2006 478 38

2007 477

(Prog 40 Proy 4); (Prog 42 Proy 0

Act 17); (Prog 43 Proy 0 Act 17)

2008 470 37 4

2009 478 37 4

2010 478 44 4

2011 478 44 4

2.A.1.iv. Subsidios Habitacionales

Subsidios Decreto 690/960

Jurisdicción Unidad

Ejecutora Programa Actividad

2006 473 39

2007 470 22 17

2008 470 22 4

2009 478 22 4

2010 478 43 3

2011 478 43 3

2.A.2. El Instituto de la Vivienda (IVC)

IVC Jurisdicción Unidad

Ejecutora

2006 20 375

2007 30 775

2008 20 290

2009 20 290

2010 20 290

2011 20 290

2.A.2.i. Créditos Ley 341

Page 58: EL PRESUPUESTO Y LAS POLITICAS SOCIALES

58

Créditos ley 341/964

Jurisdicción Unidad

Ejecutora Programa Nombre

2006 20 375 68 Créditos Ley

341/964

2007 n/i n/i n/i

2008 20 290 68 Créditos Ley

341/964

2009 20 290 68 Créditos Ley

341/964

2010 20 290 100 Créditos Ley

341/964

2011 20 290 100 Créditos Ley

341/964

2.A.2.ii. Vivienda Porteña

Vivienda Porteña

Jurisdicción Unidad

Ejecutora Programa Actividad Nombre

2006 20 375 69 Vivienda Porteña

2007 30 775 20 2 Vivienda Porteña

2008 20 290 69 Vivienda Porteña

2009 20 290 69 Vivienda Porteña

2010 20 290 101 Vivienda Porteña

2011 20 290 101 Vivienda Porteña

2.A.2.iii. Mejor Vivir

Mejor Vivir Jurisdicción Unidad

Ejecutora Programa Actividad Nombre

2006 20 375 82 Mejor Vivir

2007 30 775 20 5 Mejor Vivir

2008 20 290 82 Mejor Vivir

2009 20 290 82 Mejor Vivir

2010 20 290 108 Mejor Vivir

2011 20 290 108 Mejor Vivir

2.A.2.iv. Viviendas Colectivas con Ahorro Previo

Viviendas Colectivas con Ahorro

Previo

Jurisdicción Unidad

Ejecutora Programa Actividad Nombre

2006 20 375 87 Viviendas Colectivas Con

Ahorro Previo

Page 59: EL PRESUPUESTO Y LAS POLITICAS SOCIALES

59

2007 30 775 20,087 Viviendas Colectivas Con

Ahorro Previo

2008 20 290 87 Viviendas Colectivas Con

Ahorro Previo

2009 20 290 87 Viviendas Colectivas Con

Ahorro Previo

2010 20 290 109 Viviendas Colectivas Con

Ahorro Previo

2010 20 290 109 Viviendas Colectivas Con

Ahorro Previo

2.A.2.v. Política de Urbanización en villas de la Ciudad. UGIS, Corporación Sur y el Programa de Radicación e Integración de Villas.

CONCEPTO 2006 2007 2008 2009 2010 2011

Programa De Radicación Integración Y

Transformación En Villas

Jur-UE-Pro

20-775-20078

Jur-UE-Pro

20-775-20078

Jur-UE-Pro

20-290-78

Jur-UE-Pro

20-290-78

Jur-UE-Pro

20-290-104

Jur-UE-Pro

20-290-104

Corporación del Sur Jur-UE-Pro

65-108-26

Jur-UE-Pro

65-108-26

Jur-UE-Pro

65-108-14

Jur-UE-Pro

65-108-14

UGIS Intervención en Villas Jur-UE-Pro

65-9470-44

Jur-UE-Pro

65-9470-44

Jur-UE-Pro

65-9470-16

Jur-UE-Pro

65-9470-16

2.B. EL DERECHO A LA ALIMENTACION

APOYO ALIMENTARIO

2006 2007 2008 2009 2010 2011

Comedores Comunitarios

UE 472 Prog 41 -

Fortalecimiento De Grupos

Comunitarios

UE 470 Prog 26 Asistencia

Integral En Hogares De Residencia Permanente

UE 477 Prog 41 -

Fortalecimiento Grupos

Comunitarios

UE 484 Prog 41 Act 7 -

Apoyo Alimentario A

Grupos Comunitarios

UE 484 – Prog 64 –Act 7

UE 484 – Prog 64 –Act 7

Subsidios (1)

UE 472 Prog 42 - Vale Ciudad y

Ciudadanía Porteña

UE 470 Prog 21 - Con Todo

Derecho Ciudadanía

Porteña

UE 470 Prog 21 Act 3-

Ciudadanía Porteña

UE 481 Prog 21 Act 3-

Ciudadanía Porteña

UE 481- Prog 41- Act 3

UE 481- Prog 41- Act 3

Ticket Social 470-21-4 UE 481 Prog UE 481- Prog UE 481- Prog

Page 60: EL PRESUPUESTO Y LAS POLITICAS SOCIALES

60

Apoyo al Consumo

alimentario de familias

21 Act 4 - Ticket Social

41- Act 4 Plan de

Seguridad Alimentaria

41- Act 4 Plan de

Seguridad Alimentaria

2.C. DERECHO A LA EDUCACION

2.C.1. Infraestructura escolar

Infraestructura Escolar

Jurisdicción Unidad

Ejecutora Programa

2006 55 573 81

2007 55 573 20

2008 55 573 20

2009 55 573 20

2010 55 573 53

2011 55 573 53

2.C.2. Educacion Privada

Educacion Privada

Jurisdicción Unidad

Ejecutora

2005 55 570

2006 55 570

2007 55 570

2008 55 570

2009 55 570

2010 55 570

2.D. DERECHO A LA SALUD

2006 2007 2008 2009 2010 2011

Patologías Especificas

Hospital Materno Infantil Ramón Sarda

Jur – UE 40-435

Jur – UE 40-435

Jur – UE 40-435

Jur – UE 40-435

Jur – UE 40-435

Jur – UE 40-435

Hospital de Niños Pedro

Elizalde

Jur – UE 40-417

Jur – UE 40-417

Jur – UE 40-417

Jur – UE 40-417

Jur – UE 40-417

Jur – UE 40-417

Hospital de Niños Ricardo

Gutiérrez

Jur – UE 40-420

Jur – UE 40-420

Jur – UE 40-420

Jur – UE 40-420

Jur – UE 40-420

Jur – UE 40-420

Atención Medica en

Hospitales de Niños

Hospital de Pediatría Juan

P Garrahan

Jur – UE 40-442

Jur – UE - Pro -Act

40-551-52-42

Jur – UE – Pro - Act

40-551-52-42

Jur – UE – Pro - Subpro

40-551-55-51

Jur – UE – Pro - Subpro

40-551-55-51

Jur – UE – Pro - Subpro

40-551-55-51

Atención Odontológica en Hospitales

Especializados

Hospital de Odontología

Infantil Quinquela

Martín

Jur – UE 40-429

Jur – UE 40-429

Jur – UE 40-429

Jur – UE 40-429

Jur – UE 40-429

Jur – UE 40-429

Page 61: EL PRESUPUESTO Y LAS POLITICAS SOCIALES

61

Salud sexual y reproductiva

Jurisdicción Unidad

Ejecutora Programa Actividad

2006 40

408 18 21

2007 40

551 51 21

2008 40 551 51 21

2009 40 551 51 21

2010 40 551 51 21

2011 40 551 51 21

Plan Materno Infantil

Jurisdicción Unidad

Ejecutora Programa Actividad

2006 40 408 18 20

2007 40 551

18 20

2008

2009 40 551

51 41

2010 40 551

51 41

2011 40 551

51 41

Infraestructura Jurisdicción Unidad

Ejecutora

2006 40 404

2007 40 401

2008 40 404

2009 40 404

2010 40 404

2011 40 404

Jur 40

Unidad Ejecutora SALUD MENTAL

Page 62: EL PRESUPUESTO Y LAS POLITICAS SOCIALES

62

Hospital Torcuato Alvear

411 Programa 23

411 Programa 26

411 Programa 27

411 Programa 53

Subtotal

Hospital Borda

413 Programa 20

413 Programa 21

413 Programa 23

413 Programa 24

413 Programa 26

413 Programa 27

413 Programa 30

413 Programa 53

Subtotal

Hospital Braulio Moyano

422 Programa 23

422 Programa 26

422 Programa 27

422 Programa 53

Subtotal

Talleres protegidos de rehabilitación

psiquiátrica

436 Programa 23

436 Programa 26

436 Programa 27

436 Programa 53

Subtotal

Hospital Carolina Tobar García

437 Programa 19

437 Programa 23

437 Programa 24

437 Programa 26

437 Programa 27

437 Programa 53

Subtotal

Centro de Salud Ameghino

443 Programa 23

443 Programa 26

Page 63: EL PRESUPUESTO Y LAS POLITICAS SOCIALES

63

443 Programa 27

443 Programa 53

Anexo II

EL INDICE DE PRECIOS ALTERNATIVO

El Índice de Precios que se toma en este trabajo es el confeccionado por el Centro

Interdisciplinario para el Estudio de Políticas Públicas (CIEPP). Este índice está

construido como promedio simple de los Índice de Precios al Consumidor estimados por

cuatro direcciones provinciales de estadísticas: Santa Fe, San Luis, Chubut y Neuquén.

Como menciona el informe del CIEPP y como puede observarse en el Cuadro 1, el

comportamiento de las series construidas con los índices provinciales seleccionados es

muy similar a los datos difundidos por el INDEC hasta el momento de su intervención en

el año 2007.

A partir de allí, las tasas mensuales difundidas por este organismo oscilan entre un

Page 64: EL PRESUPUESTO Y LAS POLITICAS SOCIALES

64

tercio y la mitad de la tasa promedio de los índices estimados por las provincias

seleccionadas.

Al reconstruir las series tomando en cuenta el IPC 4P resulta que al mes de marzo

de 2010, mientras que el INDEC da cuenta de un incremento acumulado de precios de

40,6% respecto de enero de 2006; para el IPC 4P el nivel de inflación del período más

que duplica el dato anterior: 101,6%.

De la misma forma, mientras que para el INDEC la Línea de Pobreza de una

familia tipo sería de $1.228, –en mayo de 2010 mientras que alcanzaría a $1.855–, según

el IPC 4P.

La subestimación de los indicadores de pobreza del INDEC introduce serias

dificultades en diversos ámbitos públicos. La forma en que se calculan los índices de

pobreza e indigencia condiciona, entre otras cosas, el ingreso y permanencia de personas

en programas sociales, como por ejemplo de subsidios habitacionales o programas de

transferencias de ingresos. De la misma forma, la evaluación sobre el grado de avance en

la satisfacción de determinado derecho también estará condicionada por los

procedimientos de medición de los indicadores que determinan el universo de personas

afectadas y las condiciones de acceso a la cobertura.

Page 65: EL PRESUPUESTO Y LAS POLITICAS SOCIALES

65

Como se ha mencionado en Informes anteriores34, este ha sido el caso del

Programa Ciudadanía Porteña (PCP) donde la utilización de los indicadores oficiales de

indigencia y pobreza trajo como consecuencia que se redujera los alcances de la

cobertura y el valor real del beneficio. 35

Resulta claro que la construcción de canastas normativas de necesidades básicas

de la población no es un problema meramente técnico-instrumental puesto que implica

también juicios de valor y opciones políticas. Sin embargo, es preciso tomar en

consideración que esta determinación también afecta derechos sociales y por

consiguiente se encuentra intrínsecamente vinculada con las obligaciones estatales. Por

todo ello es preciso promover en la CABA espacios institucionales en los que se discutan

los criterios que permitan la implementación de un sistema de canastas básicas de

consumo de los hogares, referenciadas a las condiciones locales, en base al cual orientar

las políticas públicas de transferencias de ingresos.

34 AGT, “Las políticas de Infancia y de Salud Mental. Un análisis desde la perspectiva de derechos”, Eudeba

2010. 35

Como es sabido, la normativa del PCP fija el beneficio como un cierto porcentual de la LI del INDEC y una

periodicidad de ajuste semestral en base a este indicador.