elcomercio_2015-04-11_#07

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FINANZAS PERSONALES & MANAGEMENT EL COMERCIO / SÁBADO 11 de abril del 2015 /7 / PORTAFOLIO LA OPINIÓN CRISTIAN CARRASCO ESPECIALISTA DE TAX & LEGAL DE KPMG EN PERú (www.kpmg.com) C on las modificaciones introducidas a la Ley del Impuesto a la Renta, vigen- tes a partir del 2015, que incluyen la reducción en las tasas de dicho impuesto, se presentan nuevos escenarios de posible per- juicio fiscal, desde la perspectiva de precios de transferencia, para transacciones realiza- das entre empresas peruanas y compañías vinculadas domiciliadas en el extranjero. A partir de las recientes modificaciones a la Ley del Impuesto a la Renta , el gravamen para compañías perceptoras de rentas de ter- cera categoría será de 28% para los años 2015 y 2016, disminuyendo progresivamente hacia futuro, hasta alcanzar una tasa de 26%. Sin embargo, las tasas de impuesto a la renta de entidades no domiciliadas (que en la práctica generan retenciones a no domiciliados) se han mantenido invariables. Esto ha generado nuevos escenarios para los análisis de precios de transferen- cia, que deben ser evaluados con cautela, sobre todo cuando se trate de transacciones internacionales que generen impuesto a la renta de no domiciliados (retenciones), y cuyo resultado se encuentre fuera de valor de mercado. Pensemos en el caso de una empresa peruana que recibe un préstamo de una vinculada del exterior a una tasa de interés de 3%. Al realizarse el análisis de precios de transferencia, se determina que dicha tasa se encuentra debajo del rango de mercado, que se establece en 8%. Hasta el año pasado, a pesar de encon- trarse fuera de valor de mercado, podía no haber contingencia en dicha operación, pues resultaba posible que no se configurase un perjuicio al fisco peruano. Es decir, podía no generarse un menor pago de Impuesto a la Renta en el país, debido a una virtual compensación entre la tasa de Impuesto a la Renta para la empresa peruana (30%) y la Retención a la empresa no domiciliada (30%) . Sin embargo, al reducirse la tasa de Impuesto a la Renta para empresas peruanas a 28%, el escenario de compensación ya no tendría un efecto neto de cero. En nuestro ejemplo, correspondería aplicar una mayor retención a la empresa no domiciliada, a una tasa de 30%, mientras que a la empresa domiciliada en el Perú obtendría un virtual mayor gasto, que tiene un efecto a una tasa de impuestos de solo el 28%. Por lo tanto, al momento de evaluar el efecto neto, resultaría un perjuicio al fisco. De esta manera, se entiende que las em- presas peruanas pueden ser más propensas a un ajuste de precios de transferencia en las operaciones de préstamos o servicios recibidos del exterior, pues se han originado nuevos escenarios de perjuicio fiscal. Así, consideramos que hoy existen mayo- res razones para que las empresas peruanas tengan mayor cuidado al establecer o ac- tualizar sus políticas de precios de transfe- rencia a la luz de los cambios en las tasas del Impuesto a la Renta. El escenario de compensación ya no tendría un efecto neto de cero”. CAMBIAN ESCENARIOS CON EL NUEVO IMPUESTO A LA RENTA LA ENTREVISTA Gianfranco Iparraguirre (Abogado especialista en seguros de Lazo, De Romaña & Gagliuffi Abogados). La venta de seguros por Internet trae más de un beneficio al cliente, el principal es el ahorro de tiempo. “SE PUEDEN VENDER MáS SEGUROS POR INTERNET La venta de seguros por In- ternet aún no es masiva de- bido a dos factores: la falta de confianza que puede te- ner el público interesado y porque la normativa aún no es lo suficientemente flexible como para que este canal, que ofrece más de un beneficio, crezca. ¿Actualmente qué tipos de seguros se pueden com- prar por Internet en el país? La oferta online de pro- ductos de seguros en el mercado peruano aún es insuficiente y se centra principalmente en la venta del SOAT y de algunos se- guros vehiculares. Sin em- bargo, la tendencia mun- dial es que se incremente la venta de productos de seguros por el canal digital. ¿Es seguro comprar este tipo de productos por In- ternet? Si la compañía asegura- dora ofrece una platafor- ma web que cuente con un sistema de seguridad pa- ra realizar dicha compra, la adquisición va a ser tan similar como la de hacer transferencias a través del sistema financiero. ¿El Perú tiene la legislación adecuada para vender se- guros por esta vía? Si bien hemos avanzado en tener reglamentos que, por ejemplo, regulan la comer- cialización a distancia de productos de seguro o las pólizas electrónicas, toda- vía necesitamos una mayor flexibilidad en la aplica- ción de la normativa secto- rial de seguros para poder efectuar una venta masiva de estos productos en el ca- nal digital. ¿Qué beneficios implica comprar seguros bajo esta modalidad? En primer lugar, el consu- midor podrá informarse adecuadamente del segu- ro a adquirir y comparar la oferta. En segundo lugar, le permite a una persona ase- gurarse rápidamente con la cobertura deseada desde el momento que realiza la operación vía Internet. Por otra parte, se puede men- cionar el ahorro en el tiem- po para la adquisición. ¿Qué aspectos negativos podría tener la venta de se- guros por Internet? No encuentro aspectos negativos, siempre que la compañía asegurado- ra ponga a disposición del cliente toda la información relevante del producto de seguros que va a adquirir y, siempre que el cliente se haya informado correcta- mente de las condiciones de dicho producto. POTENCIAL. El canal de ventas digital para los seguros tiene mu- cha perspectiva de desarrollo, según Gianfranco Iparraguirre. La oferta de seguros en el mercado peruano aún es insuficiente y se centra en el SOAT”. Comprar un seguro por Internet permite al consumidor informarse bien”. Si la compañía aseguradora pone a disposición del cliente toda la información, no habrá aspectos negativos”. ESTUDIO LAZO, DE ROMAñA & GAGLIUFFI ALONSO CHERO/ ARCHIVO

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  • finanzas personales & managementel comercio / sbado 11 de abril del 2015 /7 / PORTAFOLIO

    la opinin cristian carrascoespecialista de tax & legal de kpmg en per(www.kpmg.com)

    con las modificaciones introducidas a la ley del impuesto a la renta, vigen-tes a partir del 2015, que incluyen la reduccin en las tasas de dicho impuesto, se presentan nuevos escenarios de posible per-juicio fiscal, desde la perspectiva de precios de transferencia, para transacciones realiza-das entre empresas peruanas y compaas vinculadas domiciliadas en el extranjero.

    a partir de las recientes modificaciones a la ley del impuesto a la renta , el gravamen para compaas perceptoras de rentas de ter-cera categora ser de 28% para los aos 2015 y 2016, disminuyendo progresivamente hacia futuro, hasta alcanzar una tasa de 26%. sin embargo, las tasas de impuesto a la renta de entidades no domiciliadas (que en la prctica generan retenciones a no domiciliados) se

    han mantenido invariables.esto ha generado nuevos escenarios

    para los anlisis de precios de transferen-cia, que deben ser evaluados con cautela, sobre todo cuando se trate de transacciones internacionales que generen impuesto a la renta de no domiciliados (retenciones), y cuyo resultado se encuentre fuera de valor de mercado.

    pensemos en el caso de una empresa peruana que recibe un prstamo de una vinculada del exterior a una tasa de inters de 3%. al realizarse el anlisis de precios de transferencia, se determina que dicha tasa se encuentra debajo del rango de mercado, que se establece en 8%.

    Hasta el ao pasado, a pesar de encon-trarse fuera de valor de mercado, poda no haber contingencia en dicha operacin, pues resultaba posible que no se configurase un perjuicio al fisco peruano. es decir, poda no generarse un menor pago de impuesto a la renta en el pas, debido a una virtual compensacin entre la tasa de impuesto a la renta para la empresa peruana (30%) y la

    retencin a la empresa no domiciliada (30%) .sin embargo, al reducirse la tasa de

    impuesto a la renta para empresas peruanas a 28%, el escenario de compensacin ya no tendra un efecto neto de cero.

    en nuestro ejemplo, correspondera aplicar una mayor retencin a la empresa no domiciliada, a una tasa de 30%, mientras que a la empresa domiciliada en el per obtendra un virtual mayor gasto, que tiene un efecto a una tasa de impuestos de solo el 28%. por lo tanto, al momento de evaluar el efecto neto, resultara un perjuicio al fisco.

    de esta manera, se entiende que las em-presas peruanas pueden ser ms propensas a un ajuste de precios de transferencia en las operaciones de prstamos o servicios recibidos del exterior, pues se han originado nuevos escenarios de perjuicio fiscal.

    as, consideramos que hoy existen mayo-res razones para que las empresas peruanas tengan mayor cuidado al establecer o ac-tualizar sus polticas de precios de transfe-rencia a la luz de los cambios en las tasas del impuesto a la renta.

    El escenario de compensacin ya no tendra un efecto neto de cero.

    cambian escenarios con el nuevo impuesto a la renta

    la entrevista

    gianfranco iparraguirre (abogado especialista en seguros de lazo, De romaa & Gagliuffi abogados). la venta de seguros por internet trae ms de un beneficio al cliente, el principal es el ahorro de tiempo.

    Se pueden vender mS SeguroS por InternetLa venta de seguros por In-ternet an no es masiva de-bido a dos factores: la falta de confianza que puede te-ner el pblico interesado y porque la normativa an no es lo suficientemente flexible como para que este canal, que ofrece ms de un beneficio, crezca.

    actualmente qu tipos de seguros se pueden com-prar por internet en el pas?La oferta online de pro-ductos de seguros en el mercado peruano an es insuficiente y se centra principalmente en la venta del SOAT y de algunos se-guros vehiculares. Sin em-bargo, la tendencia mun-dial es que se incremente la venta de productos de

    seguros por el canal digital.

    Es seguro comprar este tipo de productos por in-ternet?Si la compaa asegura-dora ofrece una platafor-ma web que cuente con un sistema de seguridad pa-ra realizar dicha compra, la adquisicin va a ser tan similar como la de hacer transferencias a travs del sistema financiero.

    El Per tiene la legislacin adecuada para vender se-guros por esta va?Si bien hemos avanzado en tener reglamentos que, por ejemplo, regulan la comer-cializacin a distancia de productos de seguro o las plizas electrnicas, toda-va necesitamos una mayor flexibilidad en la aplica-cin de la normativa secto-rial de seguros para poder efectuar una venta masiva de estos productos en el ca-nal digital.

    Qu beneficios implica comprar seguros bajo esta modalidad?En primer lugar, el consu-midor podr informarse adecuadamente del segu-ro a adquirir y comparar la oferta. En segundo lugar, le permite a una persona ase-gurarse rpidamente con la cobertura deseada desde el momento que realiza la operacin va Internet. Por otra parte, se puede men-cionar el ahorro en el tiem-po para la adquisicin.

    Qu aspectos negativos podra tener la venta de se-guros por internet?no encuentro aspectos negativos, siempre que la compaa asegurado-ra ponga a disposicin del cliente toda la informacin relevante del producto de seguros que va a adquirir y, siempre que el cliente se haya informado correcta-mente de las condiciones de dicho producto.

    potencial. el canal de ventas digital para los seguros tiene mu-cha perspectiva de desarrollo, segn gianfranco iparraguirre.

    La oferta de seguros en el mercado peruano an es insuficiente y se centra en el SoAt.

    Comprar un seguro por Internet permite al consumidor informarse bien.

    Si la compaa aseguradora pone a disposicin del cliente toda la informacin, no habr aspectos negativos.

    estudio lazo, de romaa & gagliuffi

    alonso cHero/ arcHivo