Ensayo #6 Propiedad Intelectual

download Ensayo #6 Propiedad Intelectual

of 3

description

Técnicas Legales

Transcript of Ensayo #6 Propiedad Intelectual

Ensayo #6 Propiedad Intelectual

Ley Reglamentaria del Artculo 28 Constitucional El Estado, sujetndose a las leyes, podr en casos de inters general, concesionar la prestacin de servicios pblicos o la explotacin, uso y aprovechamiento de bienes de dominio de la Federacin, salvo las excepciones que las mismas prevengan. Las leyes fijarn las modalidades y condiciones que aseguren la eficacia de la prestacin de los servicios y la utilizacin social de los bienes, y evitarn fenmenos de concentracin que contraren el inters pblico.

Derecho y Licencia del TraductorEn el caso de una obra traducible, es decir, que se distingue por la necesidad de ser traducida a otros idiomas antes de poder disfrutarse de forma universal, la tutela del autor se ve circunscrita por el derecho natural de las personas al idioma propio. La mejor proteccin de los derechos de autor es la que viene acompaada de condiciones lo suficientemente razonables para ser defendidas por los unos y respetadas por los dems.Como tal, la obra de un autor no puede ser objeto de transaccin, como tampoco lo son las ideas o la dignidad de la persona humana. En cambio, toda versin de la obra es un objeto registrado en un soporte de hecho (material) o de derecho (fecha de primera publicacin o nmero de registro).

Contratos de Edicin El autor cede al editor el derecho de reproducir su obra y de distribuirla a cambio de una compensacin econmica. Por su lado, el editor se compromete a realizar estas operaciones por su cuenta y riesgo.Contenido mnimo del contrato: El contrato de edicin debe formalizarse por escrito y expresar estos mnimos requisitos: Si la cesin del autor al editor tiene carcter exclusivo. Su mbito territorial. El nmero mximo y mnimo de ejemplares que alcanzar la edicin o cada una de las ediciones que se convengan. La forma de distribucin de los ejemplares y los que se reserven al autor, a la crtica y a la promocin de la obra. La remuneracin del autor. El plazo de la puesta en circulacin de los ejemplares de la nica o primera edicin, que no podr exceder de dos aos a partir de la entrega del manuscrito al editor. El plazo en que el autor deber entregar el original de su obra al editor.

Principios Fundamentales Personales: Individualidad y dignidad del hombre Autogobierno Carcter Mayordoma Libertad con responsabilidad Sembrar y cosechar Pacto y compromisoInstitucionales: La familia El estado La iglesia

En 1886 surgi el Convenio de Berna para la Proteccin de las Obras Literarias y Artsticas, que hasta la fecha ampara a nivel internacional el derecho de los autores, con el fin de que tengan el privilegio de controlar el uso sobre sus obras literarias, artsticas o cientficas, as como recibir una retribucin por su utilizacin.Con 163 pases incorporados, este convenio, conocido comnmente como Convenio de Berna, es el ms reconocido y firmado a nivel mundial.Para obtener la proteccin del Convenio de Berna, un autor debe ser originario de uno de los pases miembros de la Unin; haber publicado su creacin por primera vez en algn otro pas tambin de la Unin, o vivir all. Esta proteccin la concede el convenio a un autor durante toda su vida y por cincuenta aos despus de su muerte.

La Ley define a las Obras Audiovisuales, dentro de las cuales se incluye la obra cinematogrfica, de la siguiente forma: "Se entiende por obras audiovisuales las expresadas mediante una serie de imgenes asociadas, con o sin sonorizacin incorporada, que se hacen perceptibles, mediante dispositivos tcnicos, produciendo la sensacin de movimiento."La Ley considera a la obra audiovisual como obra original, es decir independiente del conjunto de las aportaciones de los diferentes autores de las obras incluidas en ella, sean originales o derivadas, por lo que se debe tomar en cuenta esta disposicin al momento de celebrar un contrato.Se considera al productor como el titular de los derechos patrimoniales de la obra audiovisual en su conjunto, salvo pacto en contrario.El productor de la obra audiovisual es la persona fsica o moral que tiene la iniciativa, la coordinacin y la responsabilidad en la realizacin de una obra, o bien quien la patrocina

Los editores de Libros, Peridicos y Revistas confan en la proteccin que confiere la legislacin del derecho de autor y, en cierta medida, la ley de marcas comerciales para salvaguardar su inversin. En trminos generales, los editores sern los titulares del derecho de autor de las ediciones que publiquen y muchas veces tambin del contenido. Asimismo, sern titulares de las marcas comerciales.