ESTUDIO SOBRE LA APLICACIÓN DEL REGLAMENTO 2016/1185 ... · Estudio sobre la aplicación del...
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Universidad Politécnica de Madrid
Departamento de Sistemas Aeroespaciales, Transporte Aéreo y
Aeropuertos
ESTUDIO SOBRE LA APLICACIÓN
DEL REGLAMENTO 2016/1185,
ARTÍCULO 14015, EN LOS
AEROPUERTOS ESPAÑOLES
Edición (Versión - Fecha): Versión 1.0. – Diciembre 2017
Redacción (Autor – Entidad): Rosa María Arnaldo Valdés
Víctor Fernando Gómez Comendador
Javier Iglesias Hernández
Base normativa del estudio: CE 2016/1185. SERA parte C, art. 14015
Estudio sobre la aplicación del Reglamento 2016/1185, artículo 14015, en los aeropuertos españoles
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RESUMEN EJECUTIVO
El estudio permite constatar que en España concurren factores relevantes que
desaconsejan una aplicación con el alcance que determina el uso exclusivo del
idioma inglés en los principales aeropuertos en las comunicaciones entre pilotos
y personal ATS. Las características del tráfico aéreo y la casuística de los
incidentes analizados recomiendan mantener el uso del español y el inglés según
la práctica general que contemplan los apartados a) y primera línea de b) recogida
en SERA.14015. No obstante se proponen medidas para la mejora de la Seguridad
Operacional al efecto de reducir riesgos de incursiones en pista activa y otros
riesgos en determinados escenarios operacionales, mediante el uso de un idioma
único en frecuencia de comunicación, que será el inglés cuando exista al menos
un piloto en la frecuencia que no sea hispanohablante.
El Reglamento de Ejecución (UE) 2016/1185 de la Comisión Europea de 20 de Julio
de 2016, establece en el apartado b) de su artículo 14015 que:
“(…) Salvo que la autoridad competente indique lo contrario (…), el inglés se
utilizará en las comunicaciones entre la dependencia de ATS y la aeronave
en aeródromos con más de 50.000 movimientos IFR internacionales al año.”
“(…) Los Estados miembros en los que (…) el inglés no sea el único idioma
utilizado en las comunicaciones entre la dependencia de ATS y la aeronave
en este tipo de aeródromos, podrán decidir no aplicar el requisito de utilizar
el inglés e informar oportunamente a la Comisión.”
En este caso, y antes del 31 de diciembre de 2017, el Estado debe:
“(…) realizar un estudio sobre la posibilidad de exigir el uso del inglés en las
comunicaciones entre la dependencia de ATS y las aeronaves en dichos
aeródromos por motivos de seguridad, a fin de evitar incursiones de
aeronaves en una pista ocupada u otros riesgos para la seguridad, al tiempo
que se tienen en cuenta las disposiciones aplicables de la Unión y la
legislación nacional sobre el uso de idiomas.”
Este estudio debe ser público, sus conclusiones deben ser comunicadas a la Agencia y
a la Comisión, y debe dar respuesta a lo dispuesto en el documento de Acceptable
Means of Compliance and Guidance Material to the rules of the air, AMC1 SERA. 14015.
Los aeródromos españoles objeto de análisis son Adolfo Suárez Madrid – Barajas
(LEMD), Barcelona – El Prat (LEBL), Palma de Mallorca (LEPA), Málaga – Costa del Sol
(LEMG), Alicante – Elche (LEAL), Gran Canaria (GCLP) y Tenerife Sur (GCTS).
España, donde a la fecha de entrada en vigor del citado Reglamento se utiliza tanto el
inglés como el español en las comunicaciones tierra/aire, comunicó el 3 de octubre de
2017 a la Comisión su decisión de no aplicar el requisito de utilizar el inglés como
idioma único en las comunicaciones ATS-aeronaves en los aeródromos considerados;
y encargó a la Universidad Politécnica de Madrid la elaboración del Estudio
referenciado en SERA.14015 b), para determinar la modalidad de aplicación de los
idiomas inglés y español en los escenarios más adecuados en cada caso.
Además, los trabajos y experiencia previos de la comunidad aeronáutica española en
relación al uso del idioma y la consciencia situacional han propiciado un régimen basado
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en el uso de un “idioma único en frecuencia, español o inglés” utilizándose el inglés
de forma exclusiva cuando se encontrase a la escucha un piloto de habla no hispana.
Esto se refleja en las recomendaciones de seguridad de las comisiones de investigación
de accidentes e incidentes; así como en un conjunto de buenas prácticas aplicadas con
carácter general por pilotos y controladores.
Los aspectos más relevantes derivados del estudio y que apoyan la aplicación
particularizada del idioma único en vez de la exclusividad del inglés son:
El Articulo 3.1 de la Constitución Española establece el “deber de conocer y el
derecho de hacer uso del español de los ciudadanos españoles”, el cual aplica
también a pilotos y controladores en sus comunicaciones.
El español es un idioma OACI con fraseología aeronáutica estándar reconocida
por dicha entidad que garantiza los máximos niveles de Seguridad Operacional.
El español es una lengua relevante en el mundo en general y en el transporte
aéreo en particular, pues es el idioma oficial y vehicular en 21 países del mundo,
siendo el tercer idioma más hablado y el segundo en cuanto a lengua materna con
casi 470 millones de personas. En este sentido España es un agente clave en las
relaciones UE-Latinoamérica, situación que se refleja en las cifras del transporte
aéreo, ya que en 2016 se registraron en los 7 aeropuertos afectados 26.514 vuelos
a otros países con el español como lengua oficial (25.528 a Latinoamérica).
Los vuelos nacionales tienen una gran relevancia en España, y constituyeron
en 2016 casi 921.000 operaciones (45% del total). El peso del tráfico nacional en
los aeropuertos considerados supone un 30% del total, siendo especialmente
relevante el predominio de operaciones nacionales en GCLP (55%).
Es elevado el porcentaje de compañías aéreas y pilotos de habla hispana que
operan en los aeropuertos afectados, y propicia que habitualmente se den
situaciones en las que todos los pilotos hablan español. En los 7 aeropuertos
considerados y en 2016, los vuelos de compañías basadas en España o en
Estados con el español como lengua oficial ascendieron a 550.218 (43% del
total). El peso de estas es destacable en LEMD, LEBL y GCLP (66%, 44% y 53%).
Aunque no son elevadas, existen en dichos aeródromos operaciones VFR a las
que no se les exige el uso de competencia lingüística nivel 4 en inglés. Estos,
junto con las operaciones especiales y pequeñas empresas de aviación general, se
verían expulsados de estos aeropuertos y sin otras opciones alternativas como es
el caso de los aeropuertos insulares.
El estudio ha realizado una encuesta que permite establecer que el porcentaje de
pilotos con nivel experto en inglés y en español es similar para los 7
aeropuertos considerados (un 40% en inglés frente a un 41% en español).
Además, un 3,3% de los encuestados no cuentan con anotación de inglés.
La consulta a los pilotos que operan en los aeropuertos concernidos ha puesto de
manifiesto que a nivel global no existe una marcada preferencia de idioma en las
comunicaciones ATS-piloto, con un 55% que prefiere el inglés frente a un 45%
que prefiere el español. En LEMD un 51% prefiere el español. El 45% de
respuestas que apoyan el uso del español aportan justificaciones que generalmente
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inciden en la mejora de la seguridad de utilizar este idioma cuando solo están
afectados en la operación pilotos cuya lengua materna es el español.
El estudio ha realizado un análisis detallado de 309 informes de incidencias
comprendidas en el periodo 2000-2017 que incluyen “cualquier evento referido al
uso del lenguaje, comunicación y comprensión entre tripulaciones y terceros y que
cubren cualquier fase de la operación. Finalmente, solo en 65 se daban las
condiciones de contar con el multilenguaje como evento presente y de
suceder en el Servicio de Control de Aeródromo. Analizando estas en detalle:
- En 37 se descartó el multilenguaje como factor contribuyente relevante.
Estas reflejan situaciones en las que se considera justificado mantener el
bilingüismo en las comunicaciones tierra/aire entre pilotos y controladores.
- Los 28 casos restantes han permitido identificar y confirmar 4 “escenarios
operacionales” que reflejan situaciones en las que, a juicio de los expertos y
a la luz del análisis de las incidencias, cabe mejorar la Seguridad Operacional
mediante el uso de un idioma único en la frecuencia de comunicación, ya sea
el español o el inglés, y que será este último cuando exista al menos un piloto
no hispanohablante en la frecuencia. Los escenarios operacionales son:
ES1) Operaciones con pistas cruzadas.
ES2) Operaciones de aterrizaje y despegue, cuando existan situaciones en
las que las aeronaves constituyan tráfico esencial. Incluye a) Autorizaciones
de aterrizaje con tráfico en el punto de espera; b) Autorizaciones de
despegue con tráfico en final y c) Autorizaciones para entrar y alinear desde
puntos de espera congestionados.
ES3) Operaciones en pista activa, diferentes al aterrizaje y despegue.
ES4) Operaciones con Procedimientos de Baja Visibilidad (LVP VIS 3).
La consulta a la autoridad de investigación de accidentes e incidentes concluye
que la utilización de un idioma único en la frecuencia del Servicio de Control de
Aeródromo (español o inglés) y la identificación de escenarios operacionales donde
esto sea obligatorio para la prevención de incursión en pista, constituyen una mejora
en la Seguridad Operacional.
Por lo tanto, a la luz de lo anterior, se concluyen las siguientes recomendaciones
que consideran la complejidad de la situación respecto al uso del idioma en las
comunicaciones radiotelefónicas ATS-pilotos en los aeropuertos de España:
No se recomienda aplicar el precepto de SERA.14015, b), en relación al uso
único y exclusivo del idioma inglés en las comunicaciones entre la
dependencia de ATS y la aeronave en los siete aeropuertos españoles con
más de 50.000 movimientos IFR internacionales al año.
Mantener la situación que determina el SERA letra a) y primera línea de la
letra b) que faculta para el uso de los dos idiomas, español o inglés.
Para reducir riesgos de incursiones en pista activa y otros riesgos, se
definen los 4 escenarios operacionales anteriores en los que se debe usar
un idioma único en frecuencia, español o inglés, y que será este último
cuando haya al menos un piloto no hispanohablante.
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ÍNDICE DE CONTENIDOS
RESUMEN EJECUTIVO ........................................................................................................... 2
1. INTRODUCCIÓN .............................................................................................................. 12
1.1. OBJETIVO ................................................................................................................. 12
1.2. METODOLOGÍA ....................................................................................................... 14
2. REFERENCIAS REGLAMENTARIAS ......................................................................... 20
2.1. REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2016/1185. SERA. 14015 .................. 20
2.2. AEROPUERTOS ESPAÑOLES AFECTADOS POR EL SERA. 14015 ......... 21
2.3. ANTECEDENTES .................................................................................................... 22
2.3.1. Resolución del Director General de Aviación Civil del 6 de octubre
de 2017 ............................................................................................................................. 22
2.3.2. Trabajos previos en el ámbito nacional sobre el uso del idioma
inglés ............................................................................................................................. 23
2.4. MEDIO ACEPTABLE DE CUMPLIMIENTO AMC1 SERA. 14015 .................. 24
2.5. MATERIALES GUÍA GM1 SERA. 14015 Y GM2 SERA. 14015 ...................... 25
3. REGULACIÓN Y ESTUDIOS RELATIVOS AL DOMINIO LINGÜÍSTICO ............. 26
3.1. NORMATIVA APLICABLE EN EL DOMINIO LINGÜÍSTICO .......................... 26
3.1.1. Normativa nacional relativa al dominio lingüístico ............................... 26
3.1.2. Normativa internacional relativa al dominio lingüístico ...................... 26
3.1.3. Normativa relativa al dominio lingüístico en la Unión Europea y sus
Estados miembros ......................................................................................................... 30
3.1.4. Posición de algunos Estados respecto al uso del idioma .................. 30
3.2. COMPETENCIAS LINGÜÍSTICAS DE LOS AGENTES IMPLICADOS ......... 33
3.2.1. Anexo 1 de OACI: Licencias del personal ............................................... 33
3.2.2. Competencias lingüísticas del personal ATS ......................................... 34
3.2.3. Competencias lingüísticas de los pilotos ................................................ 35
3.3. ESTUDIOS PREVIOS SOBRE EL LENGUAJE EN LAS COMUNICACIONES
RADIOTELEFÓNICAS ........................................................................................................ 35
4. CARACTERIZACIÓN DEL TRÁFICO AÉREO DE LOS AERÓDROMOS
AFECTADOS ............................................................................................................................ 36
4.1. VOLUMEN DE TRÁFICO AÉREO DE LOS AERÓDROMOS AFECTADOS 36
4.2. MEZCLA DE TRÁFICO DE LOS AERÓDROMOS AFECTADOS .................. 37
4.2.1. Mezcla según el tipo de tráfico ................................................................... 38
4.2.2. Mezcla según el país de origen/destino ................................................... 39
4.2.3. Mezcla según las reglas de vuelo .............................................................. 42
5. ANÁLISIS DE AEROLÍNEAS HISPANOHABLANTES ............................................ 43
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6. ANÁLISIS DE INCIDENCIAS Y SUCESOS DE SEGURIDAD E IDENTIFICACIÓN
DE ESCENARIOS .................................................................................................................... 46
6.1. FUENTES DE INFORMACIÓN .............................................................................. 46
6.1.1. Fuentes nacionales ........................................................................................ 46
6.1.2. Fuentes europeas ........................................................................................... 47
6.2. ANÁLISIS DE INCIDENCIAS DE SEGURIDAD: TRATAMIENTO DE LOS
DATOS ................................................................................................................................... 47
6.2.1. Recopilación de los datos ............................................................................ 47
6.2.2. Verificación y validación de los datos ...................................................... 53
6.2.3. Caracterización de los datos ....................................................................... 54
6.3. ANÁLISIS DE LAS INCIDENCIAS DE SEGURIDAD: RESULTADOS .......... 56
6.3.1. Distribución de sucesos por fase de vuelo u operación ..................... 56
6.3.2. Distribución de sucesos por escenarios operacionales ..................... 58
6.3.3. Resumen de los resultados ......................................................................... 59
6.4. DEFINICIÓN DE ESCENARIOS OPERACIONALES ........................................ 60
7. ENCUESTA A PILOTOS ................................................................................................ 62
7.1. OBJETIVO DE LA ENCUESTA ............................................................................ 62
7.2. PILOTOS A LOS QUE SE DESTINA LA ENCUESTA ...................................... 62
7.3. ORGANIZACIONES PROMOTORAS DE SU DIFUSIÓN ................................. 63
7.3.1. Organizaciones a nivel nacional ................................................................ 63
7.3.2. Organizaciones a nivel internacional ........................................................ 63
7.4. CONTENIDO DE LA ENCUESTA ......................................................................... 63
7.5. RESULTADOS DE LA ENCUESTA ..................................................................... 64
7.5.1. Cuestiones 1 a 5 ............................................................................................. 65
7.5.2. Cuestiones 6 a 8: Competencia lingüística ............................................. 70
7.5.3. Cuestión 9: Preferencias de idioma y comentarios .............................. 73
8. CONSULTA A CIAIAC .................................................................................................... 78
9. RESPUESTA AL AMC1 SERA. 14015 ........................................................................ 79
9.1. RESPUESTA AL APARTADO A) ......................................................................... 79
9.2. RESPUESTA A LOS APARTADOS B) Y C) ...................................................... 81
9.3. RESPUESTA AL APARTADO D) ......................................................................... 84
9.4. RESPUESTA AL APARTADO E) ......................................................................... 84
10. RESUMEN Y CONCLUSIONES DEL ESTUDIO .................................................... 85
10.1. REFERENCIAS REGLAMENTARIAS Y CONSIDERACIONES
RESPECTO AL USO AL IDIOMA ..................................................................................... 85
10.2. CONTENIDO DEL ESTUDIO ............................................................................. 87
10.3. RESPUESTAS AL AMC1 SERA. 14015 ......................................................... 88
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10.4. CONCLUSIÓN ...................................................................................................... 92
11. ANEXOS ........................................................................................................................ 93
11.1. ANEXO I: DOCUMENTOS BÁSICOS DE REFERENCIA DEL LENGUAJE
EN LAS COMUNICACIONES DE RADIOTELEFONÍA ................................................. 93
11.1.1. Posición de SEPLA sobre Dossier Informativo cumplimentación
AMC1 SERA.14015 A) (2017) ....................................................................................... 93
11.1.2. Uso de una lengua común en las comunicaciones de
radiotelefonía - SEPLA. 2017 ....................................................................................... 93
11.1.3. Estudio de impacto SERA. 14015 - Estado francés. 2017 ............... 94
11.1.4. European Action Plan for Air Ground Communications Safety .... 95
11.1.5. Air-ground communication safety study ............................................. 95
11.1.6. Aviation English Research Project: Data analysis findings and
best practice recommendations (An independent research report) – CAA
(2017) ......................................................................................................................... 98
11.1.7. The European Action Plan for the Prevention of Runway
Incursions (EAPPRI) ...................................................................................................... 99
11.1.8. IATA’s Phraseology Report ..................................................................... 99
11.1.9. IFALPA Annex 10, Volume II, Policy Statement ............................... 101
11.2. ANEXO II: FICHAS DE ESCENARIOS OPERACIONALES ...................... 102
11.2.1. Operaciones en pistas cruzadas .......................................................... 102
11.2.2. Operaciones de aterrizaje y despegue, cuando existan situaciones
en las que las aeronaves constituyan tráfico esencial ...................................... 103
11.2.3. Operaciones en pista activa, diferentes al aterrizaje y despegue105
11.2.4. Operaciones con Procedimientos de Baja Visibilidad (LVP)
activados y VIS 3 .......................................................................................................... 107
11.3. ANEXO III: CONTENIDO DE ENCUESTA A PILOTOS.............................. 109
11.4. ANEXO IV: DESCRIPCIÓN DETALLADA DE INCIDENCIAS/SUCESOS ....
............................................................................................................................... 112
11.4.1. Incidencias/sucesos con el multilenguaje como factor
contribuyente ................................................................................................................ 112
11.4.2. Incidencias/sucesos sin el multilenguaje como factor
contribuyente ................................................................................................................ 112
11.5. ANEXO V: NIVELES OACI DE COMPETENCIA LINGÜÍSTICA .............. 116
11.6. ANEXO VI: CATEGORÍAS ECCAIRS EMPLEADAS EN LA
CARACTERIZACIÓN DE LAS INCIDENCIAS DE SEGURIDAD.............................. 119
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ÍNDICE DE ILUSTRACIONES
Ilustración 1. Entradas del documento de Análisis de Impacto ....................................... 18
Ilustración 2. Proceso posterior a la publicación del documento de Análisis de Impacto
..................................................................................................................................................... 19
Ilustración 3. Volumen de tráfico aéreo anual de cada aeropuerto (miles de
movimientos) ............................................................................................................................. 36
Ilustración 4. Distribución del tráfico aéreo en los aeropuertos españoles en 2016 .... 37
Ilustración 5. Proporción de tráfico aéreo comercial en cada aeropuerto en 2016 ...... 38
Ilustración 6. Proporción de operaciones IFR internacionales en cada aeropuerto en
2016 ............................................................................................................................................ 40
Ilustración 7. Distribución de operaciones LEMD - Países hispanohablantes en 2016
..................................................................................................................................................... 41
Ilustración 8. Proporción de operaciones por clase en España en 2016 ...................... 41
Ilustración 9. Proporción de operaciones IFR en cada aeropuerto en 2016 ................. 42
Ilustración 10. Proporción de vuelos internacionales y domésticos de compañías no
hispanohablantes en 2016 ...................................................................................................... 45
Ilustración 11. Proporción de vuelos totales de compañías no hispanohablantes en
2016 ............................................................................................................................................ 45
Ilustración 12. Etapas del proceso de tratamiento de datos ............................................ 47
Ilustración 13. Datos de partida recolectados en el estudio ............................................ 49
Ilustración 14. Verificación y validación de los datos de partida ..................................... 54
Ilustración 15. Caracterización de los datos ...................................................................... 56
Ilustración 16. Incidencias de seguridad con problemas de comunicaciones por fase
de operación .............................................................................................................................. 57
Ilustración 17. Presencia del multilenguaje en las incidencias de seguridad con
problemas de comunicaciones en el Servicio de Control de Aeródromo ........................ 58
Ilustración 18. Número de veces que el multilenguaje aparece como factor
contribuyente en cada escenario operacional ..................................................................... 58
Ilustración 19. Resumen del resultado del análisis de las incidencias de seguridad .. 60
Ilustración 20. Número de respuestas recibidas diariamente al cuestionario ............... 64
Ilustración 21. Número de licencias válidas recogidas ..................................................... 64
Ilustración 22. Proporción de Estado emisor y de Estado del operador ........................ 65
Ilustración 23. Respuestas distribuidas en función de la frecuencia a cada aeropuerto
..................................................................................................................................................... 65
Ilustración 24. Proporción de respuestas recibidas para el conjunto de aeropuertos . 66
Ilustración 25. Proporción de respuestas al tipo de licencia en el conjunto de
aeropuertos ............................................................................................................................... 66
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Ilustración 26. Distribución de respuestas de tipo de licencia en cada aeropuerto ..... 67
Ilustración 27. Número de horas de vuelo distribuidas por intervalos............................ 67
Ilustración 28. Frecuencia absoluta en el número de horas de vuelo por intervalos ... 68
Ilustración 29. Proporción de respuestas por tipo de actividad en el conjunto de
aeropuertos ............................................................................................................................... 68
Ilustración 30. Proporción de respuestas por lengua materna en el conjunto de
aeropuertos ............................................................................................................................... 69
Ilustración 31. Proporción de respuestas por lengua materna en cada aeropuerto .... 69
Ilustración 32. Proporción de respuestas por competencia en inglés en el conjunto de
aeropuertos ............................................................................................................................... 70
Ilustración 33. Proporción de respuestas por competencia en inglés para cada
aeropuerto ................................................................................................................................. 70
Ilustración 34. Proporción de respuestas por competencia en español en el conjunto
de aeropuertos .......................................................................................................................... 71
Ilustración 35. Proporción de respuestas por competencia en español en cada
aeropuerto ................................................................................................................................. 71
Ilustración 36. Proporción de pilotos por autoevaluación de competencia en español
en el conjunto de aeropuertos ................................................................................................ 72
Ilustración 37. Proporción de respuestas por autoevaluación de competencia en
español en cada aeropuerto ................................................................................................... 72
Ilustración 38. Proporción de respuestas por preferencia de idioma en el conjunto de
aeropuertos ............................................................................................................................... 73
Ilustración 39. Proporción de respuestas por preferencia de idioma en cada
aeropuerto ................................................................................................................................. 73
ÍNDICE DE TABLAS
Tabla 1. Distribución de vuelos de compañías españolas ................................................ 44
Tabla 2. Distribución de vuelos de compañías extranjeras hispanohablantes .............. 44
Tabla 3. Distribución de vuelos de compañías extranjeras no hispanohablantes ......... 44
Tabla 4. Recomendaciones de la CIAIAC ............................................................................ 49
Tabla 5. Recomendaciones de la CEANITA ........................................................................ 52
Tabla 6. Listado de eventos asociados a las comunicaciones ......................................... 56
Tabla 7. Respuesta a los apartados b) y c) del AMC 1 ..................................................... 82
Tabla 8. Niveles de competencia en inglés y español en cada aeropuerto ................... 83
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GLOSARIO
A ADREP Accident/Incident Data Reporting
AENA SME Aena Sociedad Mercantil Estatal
AESA Agencia Estatal de Seguridad Aérea
AIP Publicación de Información Aeronáutica
AMC Medio Aceptable de Cumplimiento
ANSP Proveedor de Servicio de Navegación Aérea
APROCTA Asociación Profesional de Controladores de Tránsito Aéreo
ATC Control de Tráfico Aéreo
ATCO Controlador de Tráfico Aéreo
ATM Gestión de Tráfico Aéreo
ATPL Licencia de Piloto de Línea Aérea
ATS Servicios de Tránsito Aéreo
C CAA Autoridad de Aviación Civil
CAT Transporte Aéreo Comercial
CE Comisión Europea
CEANITA Comisión de Estudio y Análisis de Notificaciones de Incidentes de Tránsito Aéreo
CIAIAC Comisión de Investigación de Accidentes e Incidentes de Aviación Civil
CLD Clearance Delivery Service
COPAC Colegio Oficial de Pilotos de Aviación Comercial
CPL Licencia de Piloto Comercial
D DGAC Dirección General de Aviación Civil
E EANPG Grupo Europeo de Planificación de Navegación Aérea
EAPPRI Plan de Acción Europeo para la Prevención de Incursiones en Pista
EASA Agencia Europea de Seguridad Aérea
ECA Asociación Europea de Pilotos de cabina
ECCAIRS European Co-ordination Centre for Accident and incident
ECR Repositorio Central Europeo
ERA Asociación Europea de Aerolíneas Regionales
ETSIAE Escuela Técnica Superior de Ingeniería Aeronáutica y del Espacio
F FCL Licencia de Tripulación de Vuelo
FH Horas de vuelo
FSF Fundación para la Seguridad Operacional de los Vuelos
G GCLP Aeropuerto de Gran Canaria
GCTS Aeropuerto de Tenerife Sur / Reina Sofía
GM Material Guía
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GMC Ground Movement Control
I IFALPA Federación Internacional de Pilotos de Líneas Aéreas
IFATCA Federación Internacional de Controladores de Tráfico Aéreo
IFR Reglas de Vuelo Instrumentales
ILS Sistema de Aterrizaje por Instrumentos
IR Instrument Rating
J JAA Joint Aviation Authorities
JAR Joint Aviation Requirements
JAR FCL Joint Aviation Requirements Flight Crew License
L LEAL Aeropuerto de Alicante - Elche
LCL Local Control Service
LEBL Aeropuerto de Barcelona – El Prat
LEMD Aeropuerto de Adolfo Suárez Madrid - Barajas
LEMG Aeropuerto de Málaga – Costa del Sol
LEPA Aeropuerto de Palma de Mallorca (También LESJ)
LVP Procedimientos de Baja Visibilidad
O OACI Organización de Aviación Civil Internacional
OCT Otras Clases de Tráfico
ONU Organización de Naciones Unidas
P PPL Licencia de Piloto Privado
R RCA Reglamento de Circulación Aérea
RD Real Decreto
RTF Radiotelefonía
S SATAA Departamento de Sistemas Aeroespaciales, Transporte Aéreo y Aeropuertos (ETSIAE)
SDP Servicio de Dirección en Plataforma
SEPLA Sindicato Español de Pilotos de Líneas Aéreas
SERA Standardized European Rules of the Air
SID Carta de salida normalizada por instrumentos
SMR Radar de Movimiento en Superficie
SNS Sistema de Notificación de Sucesos
STAR Carta de llegada normalizada por instrumentos
T T/A Tierra/Aire
TCAS Sistema de Anti-colisión y de Alerta de Tráfico
U UE Unión Europea
UPM Universidad Politécnica de Madrid
USCA Unión Sindical de Controladores Aéreos
V VFR Reglas de Vuelo Visuales
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1. INTRODUCCIÓN
El presente estudio ha sido realizado por la Universidad Politécnica de Madrid por
encargo de la Dirección General de Aviación Civil, órgano de la Administración
General del Estado al que le corresponden entre otras, las competencias en materia de
dirección de la política aeronáutica civil según establece Real Decreto 362/2017, de 8
de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Fomento.
1.1. OBJETIVO
Atendiendo al Reglamento de Ejecución (UE) 2016/1185 de la Comisión Europea
desarrollado en el apartado 2.1 y a la posición de España recogida en el punto 2.3.1
respecto al uso exclusivo del idioma inglés en los 7 aeropuertos citados en el apartado
2.2, la Universidad Politécnica de Madrid, en concreto la Escuela Técnica Superior de
Ingeniería Aeronáutica y del Espacio mediante su Departamento de Sistemas
Aeroespaciales, Transporte Aéreo y Aeropuertos, procede a:
Realizar un Independent and Comprehensive Impact Assessment (en
adelante Análisis de Impacto) de la no utilización del inglés como
idioma único en las comunicaciones de radio T/A entre pilotos y
personal ATS en aeropuertos de más de 50.000 movimientos IFR
internacionales anuales.
Las comunicaciones aeronáuticas entre piloto y controlador, las cuales son motivo
central del estudio, juegan un papel clave en la seguridad de la aviación y constituyen
de por sí un aspecto complejo de analizar y mejorar.
Son muchos los factores que condicionan la efectividad del proceso de comunicaciones.
También son muchos los factores que han sido identificados como peligros o amenazas
en este proceso y que en mayor o menor medida pueden estar presentes en escenarios
operacionales concretos, pudiendo demandar, en cada caso particular, algún tipo de
actuación o acción de mejora de seguridad.
Estos factores abarcan, entre otros, aspectos como la no adherencia a la fraseología
estándar, la competencia lingüística, los problemas de colación, la saturación de
comunicaciones, la posible pérdida de conciencia situacional debida al uso simultáneo
de más de un idioma en la frecuencia (inglés y el idioma local); así como problemas
específicos relacionados con el uso del inglés en las comunicaciones aeronáuticas
(insuficiente dominio del inglés, acentos fuertes de hablantes no nativos, acentos
regionales en hablantes nativos, empleo de jergas y/o dialectos, construcción de
oraciones complejas o la no adherencia a la fraseología estándar por los hablantes
nativos, etc.).
Por otra parte, el español es un lenguaje aeronáutico reconocido por la OACI como
herramienta de comunicación entre pilotos y personal ATS para el cual se ha
desarrollado una fraseología y unos estándares que hacen que su empleo en las
comunicaciones aeronáuticas garantice los máximos niveles de Seguridad Operacional,
al mismo nivel que el empleo del inglés.
Deben de tenerse en cuenta también las compañías aéreas y pilotos de habla hispana
que operan en nuestros aeropuertos, y que favorecen situaciones operacionales en las
que todos los pilotos hablan ya de por sí la misma lengua que el personal ATS. Y no
Estudio sobre la aplicación del Reglamento 2016/1185, artículo 14015, en los aeropuertos españoles
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puede dejar de valorarse la idiosincrasia de los operadores aéreos que no realizan
operaciones de transporte aéreo comercial; o las situaciones de emergencia, cuando el
uso de un único idioma pudiera no garantizar la comunicación fluida entre la aeronave
o aeronaves implicadas en la emergencia y el servicio de control de tránsito aéreo.
La complejidad de la situación respecto al uso del idioma en las
comunicaciones radiotelefónicas entre personal ATS y pilotos en los
aeropuertos de España hace que no puedan generalizarse las
soluciones y que cada caso deba ser estudiado de forma particular,
atendiendo a las condiciones operativas y a datos objetivos sobre los
problemas de comunicaciones constatados y analizados en detalle.
Esta aproximación equilibrada y ponderada ha sido la línea de trabajo que se ha abierto
paso en los diversos grupos de trabajo establecidos al respecto, que han venido
analizando la cuestión del uso de un idioma único en los escenarios operativos en los
que coincidan en una misma frecuencia tráficos que constituyan entre sí tránsito
esencial; siendo este idioma único inglés siempre que exista un piloto en la frecuencia
de comunicación que no sea de habla castellana. Este criterio refleja adicionalmente
buenas prácticas de comunicaciones aplicadas en la actualidad en el sector.
Por ello el Análisis de Impacto ha sido desarrollado teniendo en cuenta las
siguientes premisas:
- El estudio ha de dar respuesta al apartado b) del requisito SERA.14015 que
establece que: “…a más tardar el 31 de diciembre de 2017, dichos Estados
miembros deberán realizar un estudio sobre la posibilidad de exigir el uso
del inglés en las comunicaciones entre la dependencia de ATS y las aeronaves
en dichos aeródromos por motivos de seguridad (…) a fin de evitar incursiones
de aeronaves en una pista ocupada u otros riesgos para la seguridad, al
tiempo que se tienen en cuenta las disposiciones aplicables de la Unión y la
legislación nacional sobre el uso de idiomas.”
- Igualmente, su contenido ha de dar respuesta a los apartados del a) al e) del
Medio Aceptable de Cumplimiento AMC1 SERA. 14015 de EASA.
- El estudio determinará, a partir del análisis de datos de incidencias de
seguridad, aquellos escenarios operacionales en los que la utilización de un
idioma único, particularmente el inglés si alguno de los pilotos en la frecuencia
de comunicaciones no es de habla castellana, pudiese suponer una mejora de
la Seguridad Operacional.
Estos escenarios operacionales se identificarán de forma genérica a partir del
análisis de incidentes de seguridad, en base a criterios operativos y de
seguridad, y sin particularizar, por el momento, en ninguno de los siete
aeropuertos nacionales involucrados.
Previo a la implantación y al cambio en los procedimientos, cada proveedor de
servicio afectado, en estrecha colaboración con el gestor aeroportuario
correspondiente, será el responsable de realizar, atendiendo a la regulación de
seguridad vigente, la evaluación de seguridad particularizada en dicho
aeropuerto donde se concreten estos escenarios teniendo en cuenta las
condiciones locales.
- Debe ser realizado antes del 31 de diciembre de 2017.
Estudio sobre la aplicación del Reglamento 2016/1185, artículo 14015, en los aeropuertos españoles
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- Debe hacerse público una vez completada su realización.
- Sus conclusiones han de ser comunicadas a la EASA y a la Comisión
Europea.
1.2. METODOLOGÍA
Tal y como se ha descrito, el estudio realizado ha de dar respuesta a los apartados del
a) al e) del Medio Aceptable de Cumplimiento AMC1 SERA. 14015 de EASA, y ha de
identificar, a partir del análisis de datos de incidencias de seguridad, aquellos escenarios
operacionales en los que la utilización del idioma único (siendo este inglés si alguno de
los pilotos en frecuencia no es de habla castellana) para las comunicaciones con todos
los tráficos, se considere una mejora en la Seguridad Operacional, en particular a fin de
evitar incursiones de aeronaves en una pista ocupada u otros riesgos equivalentes.
Por ello, el planteamiento general del proceso que lleva a la realización del estudio se
centra básicamente en tres puntos. El primero es definir una serie de aspectos
introductorios que encaucen el contenido principal del estudio y que faciliten su
comprensión; así como de otros contenidos que aporten valor añadido y que ayuden a
tomar la mejor decisión respecto a la elección del idioma a emplear en los aeródromos
bajo consideración. El segundo punto es desarrollar toda la información que ha permitido
dar respuesta a los apartados a) al e) del AMC1 SERA. 14015 (ver 2.1) mediante el
análisis de incidencias e identificación de escenarios operacionales, la encuesta a
pilotos y la consulta a la CIAIAC. Por último, se plantean las conclusiones y el resumen
del estudio que condensan sus contenidos más relevantes y que han de ser trasladadas
a la Comisión Europea y a la EASA según se especifica en el Reglamento de Ejecución
(UE) 2016/1185.
Para abarcar los tres puntos anteriores se ha desarrollado la siguiente metodología de
trabajo del documento de Análisis de Impacto:
1) Definición de aspectos introductorios, tales como:
1.1) El Marco de trabajo del estudio, que esencialmente es el Reglamento
de Ejecución (UE) 2016/1185 de la Comisión Europea de 20 de julio de
2016, Sección 14, apartado SERA.14015 (ver 2.1), así como la
identificación de los Aeródromos españoles afectados por dicho
Reglamento (ver 2.2).
1.2) Antecedentes del estudio, tales como la Resolución del Director
General de Aviación Civil del 6 de octubre de 2017 (ver 2.3.1) y los
trabajos previos realizados en el ámbito nacional en materia de uso de
idioma en las comunicaciones aeronáuticas voz T/A (ver 2.3.2).
1.3) Adicionalmente se definen las Referencias reglamentarias: a) Medio
Aceptable de Cumplimiento AMC1 SERA. 14015 (ver 2.4) y b) Materiales
Guía GM1 y GM2 SERA. 14015 (ver 2.5).
2) Análisis de incidencias/sucesos e identificación de escenarios
operacionales (ver 6):
Estudio sobre la aplicación del Reglamento 2016/1185, artículo 14015, en los aeropuertos españoles
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2.1) Análisis detallado de incidencias de seguridad (ver 6.2 y 6.3)
relacionadas con aspectos del multilingüismo en la provisión de los
servicios de control de aeródromo. Este análisis da cumplimento a la
exigencia del requisito a) del AMC1, que demanda que se analice
cualquier accidente o incidente, al menos a nivel europeo, donde el uso
del lenguaje haya sido identificado como un factor contribuyente. El
análisis de incidencias se ha basado en los datos recopilados de fuentes
nacionales (CIAIAC, CEANITA y SNS) e internacionales (Repositorio
Central Europeo ECR, tal y como exige el AMC1). Para este punto se
tiene también en cuenta una consulta a la CIAIAC realizada con
anterioridad.
2.2) Know-how de expertos operativos y de seguridad que han participado
en la definición preliminar de los escenarios operacionales y en su
consolidación a la luz de los resultados de los análisis de las incidencias
de seguridad. Esta participación se ha materializado a través de
reuniones de trabajo con los representantes cualificados de la
Administración aeronáutica, de los Proveedores de Servicios de
Navegación Aérea (ENAIRE y FerroNATS), de aeropuertos (AENA
Aeropuertos), del Sindicato Español de Pilotos de Líneas Aéreas
(SEPLA), del Colegio Oficial de Pilotos (COPAC), de la Unión Sindical de
Controladores Aéreos (USCA) y de la Asociación Profesional de
Controladores de Tránsito Aéreo (APROCTA). A estos efectos se han
mantenido las siguientes reuniones:
Trabajos previos del “Grupo de Trabajo sobre el uso del inglés
en las Comunicaciones Aeroterrestres Radiotelefónicas”, que
viene abordando este tema en profundidad desde el año 2014. En
estos trabajos se consolida la siguiente base de partida, razonable
tanto desde el ámbito de la Seguridad Operacional como respeto a
los contenidos constitucionales en relación al uso del idioma español:
“utilizar un idioma único simultáneamente en las comunicaciones
radiotelefónicas aeroterrestres entre controladores de tránsito aéreo
y tripulaciones de vuelo de aeronaves que realicen operaciones de
transporte aéreo comercial, siempre que coincidan en una misma
frecuencia tráficos que constituyan entre sí tránsito esencial” (ver
2.3.2).
Reunión del 25 de octubre de 2017, donde en base a la experiencia
operativa y de seguridad de los asistentes se realizó una definición
preliminar de escenarios operacionales en los que a priori, a falta
del análisis de incidencias y sucesos efectuado por la UPM que
contraste lo anterior, se identifica que el uso del idioma único puede
suponer una mejora de la seguridad de las operaciones en los siete
aeródromos afectados.
Reunión del 14 de noviembre de 2017, en la que se discutieron los
resultados del análisis detallado de los incidentes, se explicó su
filtrado en relación con el ámbito de SERA, y se identificaron los que
no aportaban los elementos esenciales para vincular una relación
con el uso del idioma. A la luz de los resultados de este proceso se
consolidaron los escenarios operacionales.
Estudio sobre la aplicación del Reglamento 2016/1185, artículo 14015, en los aeropuertos españoles
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Reunión del 30 de noviembre de 2017, en la que se presentan los
resultados de la encuesta realizada como parte del estudio y el
esquema lógico del borrador de estudio.
2.3) Definición de escenarios operacionales (ver 6.4) como aquellos en los
que la utilización de idioma único, que sería el inglés cuando existiese un
piloto de habla no hispana en la misma frecuencia, se considere una
mejora de Seguridad Operacional, en particular a fin de evitar incursiones
de aeronaves en una pista ocupada u otros riesgos equivalentes.
Para la identificación de estos escenarios operacionales se ha contado
con las dos herramientas fundamentales descritas en los párrafos 2.1) y
2.2) anteriores.
3) Cuantificación de la competencia lingüística de los pilotos en los idiomas
español e inglés (ver 7.5.2), para lo que se tendrá en cuenta los resultados de
la encuesta destinada a pilotos que frecuenten los siete aeropuertos afectados
(ver encuesta en 11.3) y la distribución de vuelos en función de los estados en
los que estén basadas las aerolíneas que operen en dichos aeropuertos (ver 5).
Este paso, el cual ofrece respuesta a los requisitos b) y c) del AMC 1, permite la
determinación del nivel de dominio del lenguaje reconocido para los pilotos que
frecuentan los aeródromos bajo consideración, y supone a posteriori un dato de
entrada fundamental que permita determinar cuál será la solución más adecuada
desde el punto de vista de la mejora de la Seguridad Operacional.
4) Determinación de las preferencias (ver 7.5.3) de los pilotos en relación al uso
del multilingüismo en los aeródromos afectados, mediante los comentarios que
realicen en la encuesta publicada.
Este paso, que da respuesta al requisito d) del AMC 1, persigue recoger
consideraciones subjetivas respecto al uso del idioma en las comunicaciones
radiotelefónicas T/A, siendo estas tan relevantes para el estudio como las
anotaciones de nivel de competencia lingüística de los pilotos.
5) Consulta a CIAIAC (ver 8), en la que se realizó una presentación de las
principales conclusiones del Estudio Independiente al Pleno de la Comisión de
Investigación de Accidentes e Incidentes de Aviación Civil (CIAIAC) que se
celebró el 20 de diciembre de 2017, concluyendo que la aproximación nacional
que se recoge en este estudio contribuía a una mejora en la Seguridad
Operacional, si bien animaban a las autoridades a extender la medida a otros
escenarios y ámbitos.
6) Otros contenidos que completan el estudio:
6.1) Las Referencias normativas nacionales (ver 3.1.1), europeas (ver
3.1.3) e internacionales (ver 3.1.2) que hacen alusión al uso del idioma.
6.2) Descripción de la posición de otros países hispanohablantes y
europeos en relación al uso del idioma (ver 3.1.4).
6.3) Análisis de los Requisitos de competencia lingüística de los agentes
implicados (ver 3.2), con el fin de determinar los niveles de dominio de
idioma reconocidos y cuáles de ellos son necesarios/adecuados.
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6.4) Síntesis de las conclusiones y datos de interés contenidos en Estudios
previos sobre aspectos de comunicaciones y multilingüismo (ver
3.3), de forma que se recojan la mayor cantidad de información y puntos
de vista posibles que puedan aportar valor añadido al estudio.
6.5) Caracterización del tráfico aéreo en los aeródromos afectados (ver
4). Los aspectos considerados han sido el volumen de tráfico durante los
últimos 5 años aeropuertos (ver 4.1), y la mezcla de tráfico aéreo en
cuanto a reglas de vuelo (IFR o VFR), clase/nacionalidad y tipo de tráfico
(transporte aéreo comercial u otras clases de tráfico) (ver 4.2).
7) Una vez completados los apartados previos, en el epígrafe Respuesta al AMC1
SERA. 14015 (ver 9), se condensan las conclusiones del informe que dan
respuesta a los apartados a), b), c), d) y e) del AMC1, que como bien indica el
SERA. 14015, han de ser comunicadas a la Agencia Europea de Seguridad
Aérea y a la Comisión Europea.
8) Por último, se establecen las Conclusiones del estudio (ver 10).
En base a los puntos anteriores, en la siguiente página se recogen de manera gráfica
los contenidos principales de los que consta el documento de Análisis de Impacto
(Estudio), todos ellos enfocados a la obtención de la mejor percepción posible del
entorno actual en el que se desenvuelven las comunicaciones personal ATS - piloto en
el Servicio de Control de Aeródromo, tanto en el ámbito internacional como en el
nacional, con vistas a evaluar el papel que juega el multilingüismo en materia de
Seguridad Operacional en España.
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Resumen gráfico con los contenidos del estudio:
Ilustración 1. Entradas del documento de Análisis de Impacto
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Una vez finalizado el documento de Análisis de Impacto, el proceso a seguir es el
recogido en la Ilustración 2, en el cual:
9) Por un lado, se ha de publicar el documento y notificar sus conclusiones a
la EASA y a la Comisión Europea.
10) Por otro lado, se ha de adoptar por el Gobierno el Real Decreto (RD) que vendrá
a recoger ciertos aspectos procedimentales del Reglamento SERA parte C,
además de otros aspectos de revisión del Reglamento de la Circulación Aérea
aún en vigor, y en particular el régimen del uso de idiomas en las comunicaciones
tierra/aire.
Por otra parte, para cada aeropuerto, el Proveedor de Servicios de Navegación
Aérea, en colaboración estrecha con el gestor aeroportuario correspondiente,
debe llevar a cabo un estudio de seguridad (Safety Assessment), que deberá
partir del cambio funcional que supone el nuevo régimen de uso de las
lenguas en relación a los escenarios operacionales identificados. En dichos
estudios de seguridad se realizarán los correspondientes procesos de análisis y
mitigación de riesgos conforme a la normativa de Seguridad Operacional vigente
y en colaboración con la Administración pública.
Ilustración 2. Proceso posterior a la publicación del documento de Análisis de Impacto
Estudio sobre la aplicación del Reglamento 2016/1185, artículo 14015, en los aeropuertos españoles
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2. REFERENCIAS REGLAMENTARIAS
2.1. REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2016/1185. SERA. 14015
Con fecha de 12 de octubre de 2017 entró en vigor en la Unión Europea el Reglamento
de Ejecución (UE) 2016/1185 de la Comisión Europea de 20 de julio de 2016, por el que
se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) nº 923/2012 relativo a la actualización y
finalización del reglamento del aire y disposiciones operativas comunes para los
servicios y procedimientos de navegación aérea (SERA-Parte C) y se deroga el
Reglamento (CE) nº 730/2006.
La sección 14. Procedimientos de comunicación oral, más concretamente en el apartado
SERA. 14015 Lenguaje que se utilizará en las comunicaciones aeroterrestres de dicho
Reglamento establece lo siguiente:
a) Las comunicaciones radiotelefónicas aeroterrestres se efectuarán en
inglés o en el idioma que utiliza normalmente la estación terrestre.
b) Se usará el inglés a petición de toda aeronave en todas las estaciones
terrestres que sirvan a aeródromos designados y a rutas usadas por los
servicios aéreos internacionales. Salvo que la autoridad competente
indique lo contrario para casos concretos, el inglés se utilizará en las
comunicaciones entre la dependencia de ATS y la aeronave en
aeródromos con más de 50.000 movimientos IFR internacionales al año.
Los Estados miembros en los que, en la fecha de entrada en vigor de
este Reglamento, el inglés no sea el único idioma utilizado en las
comunicaciones entre la dependencia de ATS y la aeronave en este tipo
de aeródromos, podrán decidir no aplicar el requisito de utilizar el inglés
e informar oportunamente a la Comisión. En ese caso, a más tardar el
31 de diciembre de 2017, dichos Estados miembros deberán realizar un
estudio sobre la posibilidad de exigir el uso del inglés en las
comunicaciones entre la dependencia de ATS y las aeronaves en dichos
aeródromos por motivos de seguridad, a fin de evitar incursiones de
aeronaves en una pista ocupada u otros riesgos para la seguridad, al
tiempo que se tienen en cuenta las disposiciones aplicables de la Unión
y la legislación nacional sobre el uso de idiomas. Aquellos harán público
el estudio y comunicarán sus conclusiones a la Agencia y a la Comisión.
c) Las lenguas disponibles en una estación terrestre concreta formarán
parte de las publicaciones de información aeronáutica y otra información
aeronáutica publicada relativa a dichas instalaciones.
El punto de partida del presente estudio deriva del anterior apartado b) del SERA. 14015,
del cual se obtienen tres extractos de especial relevancia:
1) Salvo que la autoridad competente indique lo contrario para casos concretos, el
inglés se utilizará en las comunicaciones entre la dependencia de ATS y la
aeronave en aeródromos con más de 50.000 movimientos IFR
internacionales al año.
2) Los Estados miembros en los que (…) el inglés no sea el único idioma
utilizado en las comunicaciones entre la dependencia de ATS y la aeronave en
Estudio sobre la aplicación del Reglamento 2016/1185, artículo 14015, en los aeropuertos españoles
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este tipo de aeródromos, podrán decidir no aplicar el requisito de utilizar el
inglés e informar oportunamente a la Comisión.
3) En ese caso, a más tardar el 31 de diciembre de 2017, dichos Estados
miembros deberán realizar un estudio sobre la posibilidad de exigir el uso
del inglés en las comunicaciones entre la dependencia de ATS y las aeronaves
en dichos aeródromos por motivos de seguridad (…).
El primer aspecto extraído del apartado b) del SERA.14015 implica el uso del idioma
inglés en las comunicaciones entre personal ATS de los aeródromos internacionales
con un tráfico superior a las 50.000 operaciones IFR internacionales y las aeronaves
que operen en dichos entornos.
Esta disposición, sin embargo, queda condicionada a lo redactado a continuación en el
mismo párrafo de la normativa, recogido en el extracto del punto 2). En él se concede la
posibilidad de no aplicar el requisito del uso del inglés a aquellos Estados miembros que
empleen más de un idioma en dichas comunicaciones, siempre y cuando se informe a
la Comisión.
Con todo ello, y antes de la entrada en vigor del Reglamento de Ejecución (UE)
2016/1185 de la Comisión en la fecha del 12 de octubre de 2017:
La Dirección General de Aviación Civil mediante comunicación el 6 de
octubre de 2017 notificó a la Comisión la decisión de no seguir la
disposición general sobre el uso del idioma inglés como único idioma
utilizado en las comunicaciones entre las dependencias ATS y las
aeronaves en estos aeródromos.
Esta decisión implica por tanto la aplicación de lo extraído en el punto 3), por el cual,
antes de que concluya 2017, y por motivos de seguridad, España ha de efectuar un
estudio sobre la posibilidad de exigir el uso del inglés en estas comunicaciones con el
objeto de evitar riesgos en las operaciones de aeródromo, principalmente los
conducentes a incursiones en pista.
2.2. AEROPUERTOS ESPAÑOLES AFECTADOS POR EL SERA.
14015
Atendiendo a lo indicado en el apartado 2.1 del presente documento, los aeropuertos
españoles afectados por el requisito SERA.14015, es decir, aquellos internacionales con
un tráfico IFR internacional superior a las 50.000 operaciones anuales, son los
siguientes:
- Adolfo Suárez Madrid – Barajas (LEMD).
- Barcelona – El Prat (LEBL).
- Palma de Mallorca (LEPA).
- Málaga – Costa del Sol (LEMG).
- Alicante – Elche (LEAL).
- Gran Canaria (GCLP).
- Tenerife Sur (GCTS).
Estudio sobre la aplicación del Reglamento 2016/1185, artículo 14015, en los aeropuertos españoles
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2.3. ANTECEDENTES
2.3.1. Resolución del Director General de Aviación Civil del 6 de octubre
de 2017
Tal y como se ha visto, esta regulación comunitaria permite a los Estados miembros la
excepción del uso exclusivo del idioma inglés en las comunicaciones aeroterrestres en
los aeropuertos contemplados en la citada norma, realizando para ello los estudios
indicados en la misma.
En el caso de España la concurrencia de varios factores relevantes aconseja examinar
en mayor detalle el impacto de una aplicación tan imperativa como sería el uso exclusivo
del idioma inglés en los principales aeropuertos. Estos factores incluyen, entre otros, los
siguientes:
El español es un idioma OACI con fraseología aeronáutica específicamente
reconocida por la citada Organización.
La relevancia de compañías aéreas y pilotos de habla hispana que operan en
nuestros aeropuertos, en los que se dan situaciones operacionales en las que
todos los pilotos hablan la misma lengua.
La experiencia y trabajos previos de la comunidad aeronáutica española que
desde 2014 ha venido trabajando en profundidad sobre el riesgo derivado para
la seguridad del uso simultáneo de inglés y español en comunicaciones
aeroterrestres radiotelefónicas, así como sobre las mejores alternativas para
minimizar estos riesgos.
Atendiendo a todo ello y considerando los argumentos planteados así como los aspectos constitucionales relevantes aplicables al uso del idioma español, la Dirección General dictó la correspondiente Resolución para informar, en cumplimiento de lo establecido en el Reglamento de Ejecución (UE) 2016/1185 de la Comisión, sobre la no aplicación en los aeropuertos incluidos en el ámbito de aplicación del SERA 14015, de la exigencia a partir del 12 de octubre del inglés como idioma único en estas comunicaciones y manteniéndose el régimen vigente hasta el momento en la normativa nacional hasta la elaboración del estudio exigido en dicho artículo 14015 y su traslación al nuevo real decreto en elaboración, para modificar el vigente Reglamento de Circulación Aérea y sus disposiciones sobre el particular. La mencionada resolución establece que:
Primero. - En aplicación de la opción contemplada en la disposición SERA.14015
"Lenguaje que se utilizará en las comunicaciones aeroterrestres", contenida en el
Reglamento de Ejecución (UE) 2016/1185 de la Comisión, de 20 de julio de 2016,
desde el 12 de octubre de 2017 no será de aplicación la utilización del inglés como
idioma único en las comunicaciones entre las dependencias ATS y las aeronaves.
Tal decisión ha sido trasladada, oportunamente, a la Comisión Europea.
Segundo. - En su lugar, seguirá siendo de aplicación en las comunicaciones
aeroterrestres lo previsto en el Reglamento de Circulación Aérea aprobado por el
Real Decreto 57/2002, de 18 de enero.
Tercero. - La presente Resolución perderá su vigencia tras la entrada en vigor del
Real Decreto de aplicación y desarrollo del Reglamento de Ejecución (UE) 2016/1185
de la Comisión.
Estudio sobre la aplicación del Reglamento 2016/1185, artículo 14015, en los aeropuertos españoles
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Por tanto, y en cumplimiento de lo determinado en el mencionado artículo del SERA y
en las AMC de EASA al respecto, antes del 31 de diciembre se debe realizar el estudio
correspondiente que considere, entre otros criterios, las incidencias donde el uso del
idioma ha sido un factor contribuyente.
2.3.2. Trabajos previos en el ámbito nacional sobre el uso del idioma
inglés
La complejidad del entorno en el que se desarrollan las comunicaciones aeronáuticas
entre piloto y controlador en España hace que no puedan generalizarse las soluciones
y que cada caso deba ser estudiado de forma particular. A estos efectos, las autoridades
aeronáuticas españolas han promovido el trabajo conjunto de los principales agentes
del sector, para analizar la problemática y riesgos asociados al uso simultáneo de inglés
y español en comunicaciones aeroterrestres radiotelefónicas.
Así, por ejemplo, el “Grupo de Trabajo sobre el uso del inglés en las Comunicaciones
Aeroterrestres Radiotelefónicas”, viene abordando este tema en profundidad desde el
año 2014, con la participación de representantes de la Administración aeronáutica,
proveedores de servicios de navegación aérea (ANSPs), representantes de compañías
aéreas, así como de las propias compañías de transporte aéreo comercial, pilotos y
controladores aéreos.
En estos trabajos iniciales se concluyó que el criterio de uso de un
idioma único en frecuencia era la base de partida más razonable, tanto
desde el ámbito de la Seguridad Operacional como respeto a los
contenidos constitucionales en relación al uso del idioma español.
Finalmente este Grupo de trabajo analizó las recomendaciones emitidas por la Comisión
de Investigación de Accidentes e Incidentes de Aviación Civil (CIAIAC) y por la Comisión
de Estudio y Análisis de Incidentes de Tránsito Aéreo (CEANITA), relativos al idioma
utilizado en las comunicaciones aeroterrestres en incidentes ocurridos en espacio aéreo
español y valoró como una contribución positiva el uso de “un idioma único
simultáneamente en las comunicaciones radiotelefónicas aeroterrestres entre
controladores de tránsito aéreo y tripulaciones de vuelo de aeronaves que realicen
operaciones de transporte aéreo comercial, siempre que coincidan en una misma
frecuencia tráficos que constituyan entre sí tránsito esencial.”
En línea con lo anterior este Grupo sugería la potenciación del uso obligatorio de un
único idioma de forma simultánea en:
Las comunicaciones radiotelefónicas aeroterrestres.
Entre controladores de tránsito aéreo y tripulaciones de vuelo de aeronaves que realicen operaciones de transporte aéreo comercial.
Siempre que coincidan en una misma frecuencia tráficos que deban ser considerados entre sí como tránsito esencial.
En los casos en los que, además de los puntos anteriores, uno o varios de los pilotos implicados puedan desconocer el idioma español, el idioma a utilizar será el inglés.
Quedando excluidos:
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Todos aquellos operadores aéreos que no realicen operaciones de transporte aéreo comercial, es decir, trabajos aéreos, aviación general o deportiva y operaciones de aeronaves de estado.
Situaciones de emergencia, cuando a juicio del comandante de la aeronave el uso de un único idioma no garantice la comunicación fluida entre la aeronave o aeronaves implicadas en la emergencia y el servicio de control de tránsito aéreo.
2.4. MEDIO ACEPTABLE DE CUMPLIMIENTO AMC1 SERA.
14015
Atendiendo a todo lo recogido en el anterior apartado, la realización del estudio ha
seguido las pautas establecidas en el Anexo a la Decisión 2016/023/R Acceptable
Means of Compliance and Guidance Material to the rules of the air, de la Agencia
Europea de Seguridad Aérea (EASA). En concreto se indican:
- Un Medio Aceptable de Cumplimiento (AMC1 SERA. 14015).
- Dos Materiales Guía (GM1 SERA.14015 y GM2 SERA. 14015).
En el apartado AMC1 SERA.14015 se establece lo siguiente:
AMC1 SERA.14015 Language to be used in air-ground communication
The competent authority should only prescribe other conditions for the use of English language at aerodromes with more than 50 000 international IFR movements per year for specific cases, based on an individual assessment of the local arrangements. In any case, deviation from the requirement should be limited to exceptional cases and should be accompanied with a safety assessment.
In States which decide not to apply the requirement to use the English language, the study referred to in SERA.14015 should include an independent and comprehensive assessment of the impact of not using English for air-ground radio communications. Such an assessment should in particular take into account:
a) Any available accident and incident investigation reports at least at EU level, where the use of language has been identified as a contributing factor. For this purpose, the central repository created in accordance with Commission Regulations (EC) Nos 1321/2007 and 996/2010 for such reports should also be consulted.
b) The proportion of pilots frequenting that airport, with English language proficiency endorsement.
c) The proportion of pilots frequenting that airport, lacking language proficiency endorsement in the alternative language to be used.
d) A consultation of flight crews operating at the airport in question, on their preferences and ability to use the languages in question.
e) A consultation of the safety investigation authority.
Estudio sobre la aplicación del Reglamento 2016/1185, artículo 14015, en los aeropuertos españoles
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Lo dispuesto en el AMC1 SERA. 14015 plantea la necesidad de realizar una evaluación
independiente acerca del impacto de no usar el inglés para las comunicaciones
aire/tierra en los aeropuertos internacionales con un volumen de tráfico superior a las
50.000 operaciones IFR internacionales.
Dicha evaluación es la que ha llevado a cabo, como organismo independiente, la
Universidad Politécnica de Madrid, en concreto la Escuela Técnica Superior de
Ingeniería Aeronáutica y del Espacio mediante su Departamento de Sistemas
Aeroespaciales, Transporte Aéreo y Aeropuertos.
El procedimiento a seguir para la realización del estudio se ha establecido en base a la
necesidad de satisfacer los cinco apartados, del a) al e), del AMC1 SERA. 14015. Su
consecución se explica con más detalle en el apartado 1.2 Metodología del presente
informe.
2.5. MATERIALES GUÍA GM1 SERA. 14015 Y GM2 SERA. 14015
Por otro lado, los Materiales Guía GM1 SERA. 14015 y GM2 SERA. 14015 indican:
GM1 SERA.14015 Language to be used in air-ground communication
In addition to the requirement in SERA.14015, positive consideration should be given by competent authorities to the benefits of situational awareness which could improve safety on airports and relevant surrounding airspace sectors by extending the use of the English language on some safety critical frequencies at aerodromes and relevant surrounding airspace sectors also with less than 50 000 commercial IFR movements per year, but with international traffic, and a large majority of qualified pilots with acceptable level of English. This consideration would in particular encompass:
a) use of a single frequency for all the safety-critical operations on a runway or a set of runways;
b) the need to and feasibility of applying the requirement for English-only communications also to communications with vehicles in order to enhance situational awareness.
where this consideration could lead to a change in current communication arrangements, it should be based on the outcome of a local safety assessment;
GM2 SERA.14015 Language to be used in air-ground communication
The competent authority should also consider extending the requirement for
the use of English language to aerodromes with less than 50 000
international IFR movements per year based on local needs, such as
seasonally high levels of international air traffic.
Ambos Materiales Guía, con recomendaciones para aeropuertos internacionales con un
tráfico inferior a las 50.000 operaciones IFR internacionales, han sido tenidos en
consideración a la hora de realizar los pasos de tratamiento de datos, manejo de la
información y extracción de conclusiones del presente estudio independiente.
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3. REGULACIÓN Y ESTUDIOS RELATIVOS AL
DOMINIO LINGÜÍSTICO
3.1. NORMATIVA APLICABLE EN EL DOMINIO LINGÜÍSTICO
3.1.1. Normativa nacional relativa al dominio lingüístico
Constitución Española de 1978:
Los aspectos constitucionales recogidos en el Artículo 3 indican que:
3.1. El castellano es la lengua española oficial del Estado. Todos los españoles tienen el deber de conocerla y el derecho a usarla.
3.2. Las demás lenguas españolas serán también oficiales en las respectivas Comunidades Autónomas de acuerdo con sus Estatutos.
3.3. La riqueza de las distintas modalidades lingüísticas de España es un patrimonio cultural que será objeto de especial respeto y protección.
Reglamento de Circulación Aérea:
El Reglamento de Circulación Aérea, en su capítulo 10.5. Servicio Móvil Aeronáutico, apartado 10.5.2. Procedimientos Radiotelefónicos, 10.5.2.1.1. Idioma que debe usarse, se establece:
10.5.2.1.1.1. Las comunicaciones aeroterrestres en radiotelefonía se efectuarán en el idioma que la estación terrestre usa normalmente o en inglés.
Nota. - El idioma normalmente usado por la estación en tierra no tiene que ser necesariamente el del Estado en que está emplazada. Podría convenirse regionalmente en un idioma común como requisito para las estaciones terrestres de la región en cuestión.
10.5.2.1.1.2. Se usará el inglés a petición de toda estación de aeronave en todas las estaciones terrestres que sirvan a aeropuertos designados y a rutas usadas por los servicios aéreos internacionales.
10.5.2.1.1.3. Los idiomas disponibles en una determinada estación en tierra, se indicarán en las publicaciones de información aeronáutica y demás información aeronáutica que se publique respecto a esas instalaciones.
La disposición del RCA coincide con lo recogido por la OACI en su Anexo 10 Telecomunicaciones aeronáuticas, Volumen II, capítulo 5, apartado 5.2.1.2.
3.1.2. Normativa internacional relativa al dominio lingüístico
El español se encuentra entre los seis idiomas oficiales utilizados por la Organización
de Naciones Unidas (ONU), organización dentro de la cual se encuentra la Organización
de Aviación Civil Internacional (OACI), junto con el inglés, el francés, el chino, el ruso y
el árabe.
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Anexo 10 - OACI:
Además, la OACI, en su Anexo 10 Telecomunicaciones aeronáuticas, Volumen II,
capítulo 5, apartado 5.2.1.2. Idioma que debe usarse, indica que:
5.2.1.2.1 Las comunicaciones aeroterrestres en radiotelefonía se efectuarán en el idioma que la estación terrestre usa normalmente o en inglés.
Nota 1. — El idioma normalmente usado por la estación en tierra no tiene que ser necesariamente el del Estado en que está emplazada. Podría convenirse regionalmente en un idioma común como requisito para las estaciones terrestres de la región en cuestión.
Nota 2. — En el Apéndice del Anexo 1 se especifica el nivel de competencia lingüística requerido para las comunicaciones aeronáuticas radiotelefónicas.
5.2.1.2.2 Se usará el inglés, a petición de toda estación de aeronave, en todas las estaciones terrestres que sirvan a aeropuertos designados y a rutas usadas por los servicios aéreos internacionales.
5.2.1.2.3 Los idiomas disponibles en una determinada estación en tierra, se indicarán en las publicaciones de información aeronáutica y demás información aeronáutica que se publique respecto a esas instalaciones.
En ese mismo capítulo, en el apartado 5.1.1.3 se establece la siguiente recomendación:
5.1.1.3 Recomendación. — En todas las comunicaciones deberían tomarse en consideración las consecuencias de la actuación humana que podrían afectar a la recepción y comprensión exactas de los mensajes.
Nota. — Los textos de orientación sobre actuación humana pueden encontrarse en el Manual de instrucción sobre factores humanos (Doc. 9683).
Además, la European Air Navigation Planning Group (EANPG), adjunta a la Oficina Europea y del Atlántico Norte (EUR/NAT) de OACI, adoptó la siguiente conclusión en su 53er encuentro:
That the ICAO Regional Director, Europe and North Atlantic on behalf of the EANPG:
a) invite States in the ICAO European Region to give due consideration to the use of only English language by air traffic control personnel and flight crews in conducting radiotelephony communications, with special focus on the aerodromes and volumes of airspace with a high percentage of international traffic, and
b) identify means to provide assistance and advice, as appropriate, to those States who experience difficulties in implementing the above single-language environment.
Doc. 4444 (PANS-ATM):
El documento 4444 de la OACI acerca de Procedimientos para los Servicios de
Navegación Aérea, en su párrafo 4 del preámbulo, establece lo siguiente:
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La implantación de los procedimientos incumbe a los Estados contratantes, y su aplicación a operaciones reales sólo se hace después de que los Estados los han puesto en vigor y en la medida en que lo hayan hecho. No obstante, para facilitar el proceso de implantación, los procedimientos se han redactado en unos términos que permiten la utilización directa por parte del personal de los servicios de tránsito aéreo, y demás personal relacionado con la facilitación de los servicios de tránsito aéreo que se prestan a la navegación aérea internacional.
Se destaca que la responsabilidad de la implantación final de los procedimientos recae
en los Estados contratantes.
Manual on the Implementation of ICAO Language Proficiency
Requirements (Doc. 9835):
El Doc. 9835 es resultado de investigaciones previas donde la ausencia del dominio del
inglés fue factor contribuyente directo o indirecto en incidentes y accidentes. Define tres
factores contribuyentes donde el lenguaje está involucrado:
There are three ways that can be a contributing factor language in accidents and incidents:
a) incorrect use of standardized phraseologies;
b) lack of plain language proficiency; and
c) the use of more than one language in the same airspace.
The use of two languages in the same airspace. This can have an impact on the situational awareness of flight crews who do not understand all the languages used for radiotelephony in that airspace and has been cited in several accident reports as a contributing factor.
ICAO Manual de Radiotelefonía (Doc. 9432):
El Manual de la Radiotelefonía reconoce la necesidad de usar un lenguaje simple
cuando la fraseología estándar puede no ser suficiente para transmitir un mensaje de
manera eficiente. Además, respecto a la amenaza potencial de confusión entre
personas no usando su lengua nativa se introduce el concepto de “fraseologías
subsidiarias apropiadas”, que:
Should not be used instead of ICAO phraseologies, but in addition to ICAO phraseologies when required, and users should keep in mind that many speakers/listeners will be using English as a second or foreign language.
ICAO Manual sobre la Prevención de Incursión en la Pista (Doc. 9870):
El Doc. 9870 establece una serie de pautas o recomendaciones para prevenir las
incursiones en pista, dirigidas a operadores de aeronaves, pilotos, ANSPs, ATCOs y
operadores de aeródromo y de handling, entre otros.
Relativo a las comunicaciones radiotelefónicas T/A, en el apéndice A se establecen unas
buenas prácticas a seguir:
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Appendix A: Communication Best Practices
1.4 At times, the volume, speed of delivery and complexity of radiotelephony (RTF) instructions can cause difficulty for controllers, vehicle drivers and/or pilots, especially when the language in use is not their native language. Transient crews not speaking in their native language are often susceptible to misunderstandings due to the use of colloquialisms. Therefore, the use of ICAO standard phraseology and phonetics is critical to enhancing the safety of operations.
1.5 The use of ICAO language requirements for air-ground radiotelephony communications (language normally used by the station on the ground or the English language) will facilitate the establishment and maintenance of situational awareness for all participants associated with runway operations.
En cuanto al lenguaje, en el apéndice B se establecen las siguientes buenas prácticas:
Appendix B: Best Practices on the Flight Deck
6.4 Language
6.4.1 While the language normally used by the station on the ground or the English language is allowed, the use of standard aviation English at international aerodromes will enhance the situational awareness of all those listening on the frequency.
6.4.2 Conducting and comprehending radiotelephony communications requires competence with standard phraseology as well as general proficiency in the language used for communications. Standard phraseology should be used at all times. Strict adherence to standard phraseology prevents miscommunications.
6.4.3 Speaking slowly is essential when operating in foreign regions. When the speech note is slowed, the response may be slower and clearer.
La recomendación 6.4.1 del apéndice B se repite en el punto 1.2 del apéndice C relativo
a las buenas prácticas de los controladores aéreos.
Adicionalmente se indica lo siguiente respecto a la conciencia situacional:
One aspect of situational awareness is pilots knowing where they are and where they want to go, as well as visualizing a picture of the airport traffic in the vicinity. Even during daylight and in good visibility, pilots can get lost. Even worse is the situation where pilots think they know their position, but find themselves elsewhere. In darkness or low visibility conditions, additional care must be taken to ensure that accuracy in navigation on the ground and the highest degree of situational awareness is maintained by all members of the flight crew.
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3.1.3. Normativa relativa al dominio lingüístico en la Unión Europea y
sus Estados miembros
En el Tratado de la Unión Europea, en concreto en el artículo 3, se destaca que:
La Unión respetará la riqueza de su diversidad cultural y lingüística y velará por la conservación y el desarrollo del patrimonio cultural europeo.
Por otro lado, en dicho tratado, en el artículo 4.2 se especifica:
La Unión respetará la igualdad de los Estados miembros ante los Tratados, así como su identidad nacional, inherente a las estructuras fundamentales políticas y constitucionales de éstos, también en lo referente a la autonomía local y regional. Respetará las funciones esenciales del Estado, especialmente las que tienen por objeto garantizar su integridad territorial, mantener el orden público y salvaguardar la seguridad nacional. En particular, la seguridad nacional seguirá siendo responsabilidad exclusiva de cada Estado miembro.
En cuanto a la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea, en sus artículos 21 y 22:
Art. 21. Se prohíbe toda discriminación, y en particular la ejercida por razón de (…) lengua, (…).
Art. 22. La Unión respeta la diversidad cultural, religiosa y lingüística.
En cuanto al Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, en su artículo 18 establece que:
En el ámbito de aplicación de los Tratados, y sin perjuicio de las disposiciones particulares previstas en los mismos, se prohibirá toda discriminación por razón de la nacionalidad.
3.1.4. Posición de algunos Estados respecto al uso del idioma
Se recogen la Publicación de Información Aeronáutica (AIP) de Canadá como caso representativo de la convivencia de dos idiomas en las comunicaciones en algunas de sus regiones, así como las Publicaciones de algunos países latinoamericanos y europeos que cuentan con un elevado número de operaciones en los siete aeropuertos españoles bajo consideración, con objeto de conocer cuál es la fraseología aeronáutica exigida en sus espacios aéreos.
AIP Canadá (GEN 3.4 Communication Services):
En la sección 3.4.3 Types of Service, apartado 3.4.3.6 Language, se establece que:
The use of English and French for aeronautical radio communications in Canada is detailed in the sections on Transport Canada’s CARs website that are listed in Table 3.4.3, “Language of Service.” The regulations specify that ATSs are to be provided in English and set out the locations where services are to be provided in French as well.
Acudiendo a la referencia mencionada, la consideración acerca del uso del idioma es:
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Division VIII — Radiocommunications
Language Used in Aeronautical Radiocommunications
602.133 English and French are the languages of aeronautical radiocommunication in Canada.
Locations Where Services Are Available in English and French
602.134 (1) Any person operating an aircraft who wishes to receive the
services referred to in this section in one of either English or French shall so indicate to the appropriate air traffic control unit or flight service station by means of an initial radiocommunication in English or French, as appropriate.
AIP Colombia (GEN 3.4 Servicio de Comunicaciones):
En la sección 3.4.3 Tipos de Servicios, se establece:
3.4.3.4 Idioma usado
Español.
AIP Argentina (GEN 3.4 Servicios de Telecomunicaciones y Radionavegación):
En la sección 3.4.4 Tipos de Servicios, se establece lo siguiente respecto al uso del idioma:
3.4.4.5 Idioma utilizado.
Español.
AIP Perú (GEN 3.4 Servicios de Comunicaciones):
En la sección 3.4.3 Tipos de Servicio, se establece lo siguiente respecto al uso del idioma:
3.4.3.4 Idioma utilizado
Español e inglés.
AIP República Dominicana (GEN 3.4 Servicios de Comunicaciones):
En la sección 3.4.3 Tipos de Servicios, se establece lo siguiente respecto al uso del idioma:
3.4.3.4 Idiomas usados:
Español-Inglés.
AIP Cuba (GEN 3.4 Servicios de Comunicaciones):
En la sección 3.4.3 Tipos de Servicios, se establece lo siguiente respecto al uso del idioma:
3.4.3.2 Servicio Móvil:
Las comunicaciones aeroterrestres en radiotelefonía deberán efectuarse en el idioma Español, o en Inglés.
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AIP Alemania (GEN 3.4 Communication Services):
3. Language
(1) Voice communication in the aeronautical mobile service shall be conducted in the English language.
The German language may only be used:
a) On VFR flights and for taxiing traffic on frequencies / channels designated for voice communication in the German language, or
b) If the receiving person is not familiar with the English language. (...)
(4) In cases of emergency, any language can be used which is adequately spoken as long as it can be expected that the person spoken to speaks it adequately.
AIP España (GEN 3.4 Servicio de Comunicaciones):
3.2 Servicio móvil
Los idiomas normalmente usados en las comunicaciones aire/tierra, en todos los centros de control y servicios de TWR/APP en aeródromos abiertos al tráfico internacional son español e inglés.
Francia (GEN 3.4 Communication Services):
Languages used:
Communications with ATS units can be held in French or English language unless the mention “French only” is specified on the relevant charts, in which case communications shall be held in French language.
Tras la exposición de los lenguajes empleados en las comunicaciones radiotelefónicas
de los anteriores Estados, que son algunos de los más representativos en cuanto a
conexiones aéreas con España, se considera que la situación del uso del idioma en
el espacio aéreo nacional ha de tratar de buscar una solución óptima que permita
obtener el mayor nivel posible de Seguridad Operacional.
De este modo, en un entorno operacional como el español, donde
vienen conviviendo dos lenguas aeronáuticas con fraseología estándar
y niveles equivalentes de seguridad, debe realizarse un análisis
equilibrado y ponderado entre:
Las situaciones en las que el uso del idioma local puede aumentar
la seguridad cuando no hay tráficos esenciales extranjeros
involucrados y/o en situaciones donde hay una necesidad de
tener una mayor fluidez en la comunicación; y
Las situaciones en las que la presencia de tráficos esenciales
extranjeros y la criticidad de la operación recomienda el uso del
inglés como idioma único en todas las comunicaciones como
método adicional de mejora de la seguridad y para incrementar la
conciencia situacional de estos tráficos.
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3.2. COMPETENCIAS LINGÜÍSTICAS DE LOS AGENTES
IMPLICADOS
3.2.1. Anexo 1 de OACI: Licencias del personal
En 1998, la Asamblea de la OACI, tomando nota de varios accidentes e incidentes en
los que la competencia lingüística de los pilotos y controladores de tráfico aéreo fueron
factores causales o contribuyentes (el accidente Tenerife, por ejemplo, cuando los
actores involucrados hablan inglés a un nivel insuficiente que imposibilita la comprensión
sin ambigüedades), adoptó una resolución por la que se solicitaba a la Comisión de
Navegación Aérea estudiar, con la máxima prioridad, el asunto de dominio del idioma
inglés.
Como consecuencia de esta resolución, la Organización de Aviación Civil Internacional
introdujo, mediante la aprobación de la enmienda 164 (de 5 de marzo de 2003) del
Anexo 1 (Licencias al personal) del Convenio sobre Aviación Civil Internacional de 7 de
diciembre de 1944, el requisito de competencia lingüística para pilotos de avión y
helicóptero y para los controladores de tránsito aéreo. Ello supone la exigencia de hablar
y comprender el inglés o el idioma utilizado por la estación terrestre con la que se
producen las comunicaciones radiotelefónicas. Esta enmienda introdujo una escala de
evaluación de las habilidades lingüísticas en seis niveles:
- 1 Pre-elemental.
- 2 Elemental.
- 3 Pre-operacional.
- 4 Operacional.
- 5 Avanzado.
- 6 Experto.
El Nivel 4 "Operacional" es requerido al menos para pilotos y controladores. Esta
normativa entró en vigor el 27 de noviembre del 2003, con una fase transitoria de
ejecución de 5 años, en este caso hasta el 5 de marzo de 2008. Dada la dificultad de la
aplicación de los requisitos de competencia lingüística en algunos países se aprobó una
dispensa por tres años, la cual terminaba el 5 de marzo del 2011.
Las Autoridades Aeronáuticas Conjuntas (JAA) trasladaron este requisito a las normas
JAR FCL que regulan de manera armonizada en el ámbito europeo los requisitos para
el ejercicio de las funciones de los pilotos de los aviones y helicópteros civiles
mediante la adopción de sendas enmiendas a las normas JAR FCL 1 (para pilotos de
avión) y 2 (para pilotos de helicóptero). La adaptación del derecho interno al requisito
de competencia lingüística para pilotos se efectuó en España mediante el Real Decreto
241/2009, así como en la Orden FOM/3376/2009, de 26 de noviembre, y en la Orden
FOM/3619/2009, de 26 de noviembre. Y posteriormente el 6 de abril mediante la Orden
FOM/896/2010, por la que se regula el requisito de competencia lingüística y su
evaluación.
Por otra parte, el requisito de competencia lingüística para los controladores de
tránsito aéreo se introdujo en la Unión Europea en la Directiva 2006/23/CE del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de abril de 2006, relativa a la licencia
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comunitaria de controlador de tránsito aéreo, adaptado en España mediante el Real
Decreto 1516/2009, de 2 de octubre; y posteriormente fue regulado en el
REGLAMENTO (UE) 2015/340 DE LA COMISIÓN de 20 de febrero de 2015 por el que
se establecen requisitos técnicos y procedimientos administrativos relativos a las
licencias y los certificados de los controladores de tránsito. Con carácter provisional y
transitorio hasta el 5 de marzo de 2011 la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA)
reconoció el requisito de competencia lingüística a los alumnos que dispongan de una
licencia de controlador y a los controladores de tránsito aéreo en activo, en coherencia
con lo previsto en la Resolución A36-11 de la Organización Internacional de Aviación
Civil (OACI) relativa al conocimiento del idioma inglés utilizado en las comunicaciones
radiofónicas.
El Anexo V (ver 11.5) incluye las definiciones de cado uno de los niveles de competencia
lingüística.
3.2.2. Competencias lingüísticas del personal ATS
En el caso de los servicios de Control de Tráfico Aéreo, los aspectos relacionados con la competencia lingüística están regulados en el Reglamento 2015/340 (Reglamento por el que se establecen requisitos técnicos y procedimientos administrativos relativos a las licencias y los certificados de los controladores de tránsito aéreo). Este Reglamento define la «anotación de competencia lingüística» como la declaración incorporada a una licencia, de la que forma parte, en la que se indica el nivel de competencia lingüística del titular. El artículo ATCO.B.030 del mencionado Reglamento establece que:
“Los controladores de tránsito aéreo y los alumnos controladores de tránsito
aéreo no podrán ejercer las atribuciones de sus licencias a menos que
tengan una anotación de competencia lingüística válida en inglés y, en su
caso, en los idiomas que exija el Estado miembro por motivos de seguridad
en la unidad de ATC según se haya publicado en las Publicaciones de
Información Aeronáutica. La anotación de competencia lingüística indicará
los idiomas, los niveles de competencia y las fechas de expiración.”
En el caso de España, el Real Decreto 1516/2009, de 2 de octubre, por el que se regula
la licencia comunitaria de controlador de tránsito aéreo, establece que el nivel de
competencia lingüística en España será, como mínimo, el nivel operacional (4) de
la escala de calificación de competencia lingüística, tanto para el idioma inglés como
para el español.
En cuanto a la validez de la anotación lingüística el Reglamento establece que será de:
- Tres años para el nivel operacional (nivel cuatro).
- Seis años para el nivel avanzado (nivel cinco).
- Nueve años para el nivel de experto (nivel seis) para el idioma inglés.
- Ilimitado para el nivel de experto (nivel seis) para cualquier otro idioma.
Estudio sobre la aplicación del Reglamento 2016/1185, artículo 14015, en los aeropuertos españoles
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3.2.3. Competencias lingüísticas de los pilotos
El requisito de competencia lingüística es aplicable a los pilotos de aviones, helicópteros
y aeronaves de despegue vertical que tengan que usar radiotelefonía a bordo de una
aeronave (además de los controladores de tránsito aéreo). Esta competencia debe
demostrarse en los idiomas empleados en las comunicaciones radiotelefónicas y que
pueden ser el idioma normalmente empleado por la estación terrestre o el inglés.
Esto significa que todos los pilotos para vuelan en España tienen que tener la
competencia lingüística en español o en inglés. Los pilotos españoles que salgan
del territorio nacional deben tener la competencia lingüística en inglés. La
normativa no hace ninguna distinción respecto a que los vuelos sean privados o
comerciales, en VFR o en IFR.
La Orden FOM/896/2010, de 6 de abril, por la que se regula el requisito de competencia
lingüística y su evaluación, establece que el Nivel 4 (Operacional) tiene un periodo de
eficacia de 3 años, el Nivel 5 (Avanzado) de 6 años, y el Nivel 6 (Experto) es
permanente.
3.3. ESTUDIOS PREVIOS SOBRE EL LENGUAJE EN LAS
COMUNICACIONES RADIOTELEFÓNICAS
Con el objetivo de conocer el contexto y situación actuales del multilingüismo, la
realización del actual estudio ha tenido en cuenta los siguientes documentos llevados a
cabo por otras entidades distintas a la Universidad Politécnica de Madrid:
- Posición de SEPLA sobre Dossier Informativo cumplimentación AMC1
SERA.14015 A) (2017).
- Uso de un idioma común en las comunicaciones de radiotelefonía – SEPLA
(2017).
- Estudio de impacto SERA. 14015 – Estado francés (2017).
- European Action Plan for Air Ground Communications Safety.
- Air-ground communication safety study: an analysis of pilot-controller
occurrences.
- Air-ground communication safety study: causes and recommendations
- Aviation English Research Project: Data analysis findings and best practice
recommendations (An independent research report) – CAA (2017).
- The European Action Plan for the Prevention of Runway Incursions (EAPPRI).
- IATA’s Phraseology Report.
- IFALPA Annex 10, Volume II, Policy Statement.
Las conclusiones más relevantes de dichos estudios están incluidas al final del
documento en el apartado 11.1, ANEXO I: DOCUMENTOS BÁSICOS DE REFERENCIA
DEL LENGUAJE EN LAS COMUNICACIONES DE RADIOTELEFONÍA.
Estudio sobre la aplicación del Reglamento 2016/1185, artículo 14015, en los aeropuertos españoles
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4. CARACTERIZACIÓN DEL TRÁFICO AÉREO DE LOS
AERÓDROMOS AFECTADOS
4.1. VOLUMEN DE TRÁFICO AÉREO DE LOS AERÓDROMOS
AFECTADOS
El tráfico aéreo, tanto a nivel nacional como a nivel mundial, se ha caracterizado por ser
un sector en crecimiento continuo con breves períodos de recesión coincidentes con
crisis económicas o sociales en el panorama internacional. En los últimos 15 años, los
46 aeropuertos y 2 helipuertos que integran la red nacional (de los cuales 34 se ubican
en la península ibérica, 12 en territorios insulares y 2 en la línea de costa mediterránea
africana) han experimentado dicho crecimiento de manera especialmente positiva,
ayudados especialmente por el alto interés turístico que despierta el país.
Tras la recesión económica iniciada a mediados de 2008 y cuyo efecto en el espacio
aéreo español se extendió hasta 2013 (si bien lo hizo en períodos discontinuos, siendo
2010 y 2011 años de crecimiento de tráfico), se han incrementado un 14,2% las
operaciones de tráfico aéreo en la red nacional de aeropuertos, desde los 1.790.948
movimientos de 2013 hasta los 2.045.034 movimientos de 2016.
En cuanto a la situación particular de cada aeropuerto incluido en el estudio, el
aeropuerto de Adolfo Suárez Madrid – Barajas (LEMD) se situó en 2016 como el primero
en cuanto al número de operaciones (con un total de 378.150), seguido de Barcelona –
El Prat (307.864), Palma de Mallorca (197.639), Málaga – Costa del Sol (123.700), Las
Palmas de Gran Canaria (111.996), Alicante - Elche (87.113) y Tenerife Sur (65.881).
La evolución del tráfico durante los últimos cinco años para cada uno de estos
aeropuertos queda recogida en la Ilustración 3 mostrada a continuación.
Ilustración 3. Volumen de tráfico aéreo anual de cada aeropuerto (miles de movimientos)
En todos los aeropuertos se ha producido un continuo crecimiento del tráfico aéreo entre
los años 2013 y 2016, si bien es cierto que el número de operaciones es muy dispar
entre ellos, posicionándose LEMD con casi el doble de movimientos que LEPA, más del
-
50
100
150
200
250
300
350
400
2012 2013 2014 2015 2016
Op
era
cio
nes (
miles)
Operaciones anuales - Conjunto de aeropuertos
LEMD
LEBL
LEPA
LEMG
GCLP
LEAL
GCTS
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triple de movimientos que LEMG y que GCLP, cuatro veces más LEAL y casi seis veces
más que GCTS.
Este hecho queda plasmado en la Ilustración 4, en la que se muestra el peso que tiene
el tráfico aéreo de cada aeropuerto analizado en comparación con el del total de
aeropuertos de la red nacional.
Ilustración 4. Distribución del tráfico aéreo en los aeropuertos españoles en 2016
Del total de 2.045.034 movimientos que tuvieron lugar en los aeropuertos españoles en
el año 2016, la cantidad de 1.272.343 se produjo en uno de los siete aeropuertos objeto
de estudio, lo que supone un 62,2% respecto al global de operaciones.
El aeropuerto de Adolfo Suárez Madrid – Barajas se atribuye un 18,5% de los
movimientos, mientras que en el resto de los casos se tiene la siguiente distribución:
LEBL un 15,1%, LEPA un 9,7%, LEMG un 6,0%, GCLP un 5,5%, LEAL un 4,3% y GCTS
un 3,2%; correspondiendo el 37,8% restante a los otros 41 aeropuertos.
4.2. MEZCLA DE TRÁFICO DE LOS AERÓDROMOS AFECTADOS
Como se ha visto en el anterior apartado 4.1 VOLUMEN DE TRÁFICO AÉREO DE LOS
AERÓDROMOS AFECTADOS, más de un 60% de las operaciones que tuvieron lugar
en la red de aeropuertos nacionales se produjo en uno de los 7 aeropuertos recogidos
en el presente estudio. Sin embargo, merece especial atención considerar cómo se
distribuyen los vuelos en estos aeródromos en función del tipo de tráfico (Transporte
aéreo comercial “CAT” y otras clases de tráfico “OCT”), del país de origen/destino
(nacionales o internacionales) y de las reglas de vuelo (instrumentales “IFR” y visuales
“VFR”).
LEMD19%
LEBL15%
LEPA10%
LEMG6%
GCLP5%
LEAL4%
GCTS3%
Otros38%
Operaciones en aeropuertos españoles
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4.2.1. Mezcla según el tipo de tráfico
La distribución del tráfico aéreo en estos aeródromos puede ser catalogada en función
de dos tipos:
- Tráfico aéreo comercial (CAT), ya sea:
Tráfico regular, el cual se realiza con un horario fijo independientemente del
número de pasajeros que vuelen.
Tráfico no regular (o chárter), realizado mediante remuneración en el que
la operación no se ha notificado como servicio regular.
- Otras clases de tráfico (OCT), en el que se incluyen:
Los tráficos de tipo comercial, que no se pueden considerar como
regulares ni chárter.
Los tránsitos no comerciales:
o Movimiento de aviones militares.
o Vuelos de Estado.
o Vuelos privados.
o Trabajos aéreos.
Atendiendo a esta distinción entre tráfico aéreo comercial (CAT) y otras clases de tráfico
(OCT), la Ilustración 5 recoge la proporción de operaciones en función del tipo de tráfico
tanto en España como en cada uno de los siete aeropuertos que son objeto del
documento.
Ilustración 5. Proporción de tráfico aéreo comercial en cada aeropuerto en 2016
Según muestra la anterior ilustración, la proporción de operaciones recogidas en el tipo
“otras clases de tráfico” es significativamente superior en la media nacional en
comparación con la presente en los casos particulares correspondientes a cada
aeropuerto considerado.
88%
100% 99% 99% 96% 95%99% 96%
0%
10%
20%
30%
40%
50%
60%
70%
80%
90%
100%
España LEMD LEBL LEPA LEMG GCLP LEAL GCTS
Op
s C
AT
/ O
ps
to
tale
s
Vuelos CAT / Total operaciones
Estudio sobre la aplicación del Reglamento 2016/1185, artículo 14015, en los aeropuertos españoles
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Mientras que en España el porcentaje de operaciones realizadas como transporte aéreo
comercial asciende al 87,8% de las operaciones totales, la relación CAT / (CAT + OCT)
en los aeropuertos considerados desprende unas proporciones significativamente
superiores:
LEMD 99,8% de CAT sobre el total
LEBL 99,0% de CAT sobre el total
LEPA 99,3% de CAT sobre el total
LEMG 96,1% de CAT sobre el total
GCLP 95,3% de CAT sobre el total
LEAL 99,5% de CAT sobre el total
GCTS 96,5% de CAT sobre el total
4.2.2. Mezcla según el país de origen/destino
La distribución del tráfico en los siete aeródromos ha sido clasificada también teniendo
en cuenta la procedencia o destino de los mismos, de modo que se distingue entre:
- Operaciones nacionales o domésticas: Aquellas cuyo origen y destino son
alguno de los 46 aeropuertos o 2 helipuertos de la red nacional. Dentro de ellas
se distingue entre:
Nacional no interinsular.
Interinsular balear.
Interinsular canario.
- Operaciones internacionales: Aquellas cuyo origen o destino se encuentra en
un aeropuerto o helipuerto no incluido en la red nacional. Dentro de ellas se hace
la siguiente distinción:
UE Schengen.
UE no Schengen.
Schengen no UE.
Europa no UE y no Schengen.
Internacional (otros).
Esta clasificación responde a las categorías consideradas por el operador aeroportuario
AENA en sus estadísticas públicas, utilizadas para este análisis. Se hace notar que la
clasificación nacional/internacional se refiere únicamente al origen destino del vuelo y
no implica nada respecto de la nacionalidad y/o lengua del operador. Sirva de ejemplo
el volumen de operaciones de RYNAIR en el sistema aeroportuario y en el espacio aéreo
español.
Atendiendo a este criterio, de los datos presentados en la Ilustración 6 que se adjunta a
continuación se destaca el predominio de operaciones nacionales en el aeropuerto de
Estudio sobre la aplicación del Reglamento 2016/1185, artículo 14015, en los aeropuertos españoles
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Gran Canaria frente a las internacionales, siendo las primeras un 55% del total de
movimientos.
Ilustración 6. Proporción de operaciones IFR internacionales en cada aeropuerto en 2016
Tal y como se muestra en la anterior gráfica, los aeropuertos altamente turísticos, a
excepción de GCLP, son los que cuentan con un mayor porcentaje de operaciones IFR
internacionales, situándose estas en valores superiores al 80% (LEMG: 79,6%, LEAL
82,7% y GCTS 86,7%). En cambio, el peso del tráfico nacional en los tres
aeropuertos más grandes en cuanto a pasajeros y operaciones de la red española
es más significativo que en los anteriores, siendo del entorno del 31% (LEMD
34,4%, LEBL 27,8% y LEPA 30,8%), propiciando que en ellos habitualmente se den
situaciones en las que todos los pilotos en escucha sean hispanohablantes.
Además, en 2016, y especialmente en los casos de LEMD y LEBL, el tráfico
internacional con origen o destino en un país de habla hispana no puede ser
despreciado, ya que en el conjunto de 7 aeropuertos hubo 26.514 operaciones a otros
países con el idioma español como lengua oficial (25.528 a Latinoamérica), de las que:
- En LEMD, hubo 25.117 operaciones a otros países con el idioma español
como lengua oficial, lo que supone un total del 6,6% de las operaciones en
dicho aeropuerto. Los países con más conexiones a LEMD fueron Colombia
(3.707 vuelos), México (3.189), Argentina (2.835), Perú (2.485), República
Dominicana (2.139), Cuba (1.943) y Chile (1.778).
- En LEBL, hubo 1.258 operaciones a otros países con el idioma español
como lengua oficial, destacando Colombia (739 vuelos) y Argentina (477).
La distribución de vuelos a/desde países de habla hispana a Madrid – Barajas queda
reflejada en la Ilustración 7, donde se hace notoria la importancia que tienen los vuelos
que despegan y aterrizan en países con el español como lengua oficial.
Merece especial mención la función que tiene LEMD como punto de unión Europa –
Latinoamérica, en el que las 24.142 operaciones que enlazaron ambas regiones exigen
prestar especial atención al idioma español como elemento presente y relevante en el
día a día de los vuelos que frecuentan dicho aeropuerto.
66%72%
69%
80%
45%
83%87%
70%
0%
10%
20%
30%
40%
50%
60%
70%
80%
90%
100%
LEMD LEBL LEPA LEMG GCLP LEAL GCTS CONJUNTO
Vuelos IFR Internacionales / Total Operaciones
Estudio sobre la aplicación del Reglamento 2016/1185, artículo 14015, en los aeropuertos españoles
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Ilustración 7. Distribución de operaciones LEMD - Países hispanohablantes en 2016
Por otro lado, la Ilustración 8 muestra la proporción de vuelos según las categorías
descritas al principio del presente apartado en la totalidad de la red nacional de
aeropuertos y helipuertos.
Ilustración 8. Proporción de operaciones por clase en España en 2016
Pese a que la proporción de vuelos internacionales en España es algo superior a los
domésticos, se destaca la alta importancia que tienen los segundos, pues suman casi
921.000 operaciones para un 45% del total. Las 2.045.034 operaciones en aeropuertos
españoles se distribuyen de la siguiente manera:
- 500 1.000 1.500 2.000 2.500 3.000 3.500 4.000
ARGENTINA
BOLIVIA
CHILE
COLOMBIA
COSTA RICA
CUBA
ECUADOR
EL SALVADOR
GUATEMALA
GUINEA ECUATORIAL
HONDURAS
MEXICO
NICARAGUA
PANAMA
PARAGUAY
PERU
PUERTO RICO
REPUBLICA DOMINICANA
URUGUAY
VENEZUELA
Operaciones LEMD - Países hispanohablantes
36%
2%
7%
30%
15%
4%
1%5%
Operaciones en EspañaNacional no interinsular
Interinsular Balear
Interinsular Canario
UE Schengen
UE no Schengen
Schengen no UE
Europa no UE no Schengen
Internacional (otros)
Estudio sobre la aplicación del Reglamento 2016/1185, artículo 14015, en los aeropuertos españoles
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- Nacional:
Nacional no interinsular: 734.888 operaciones.
Interinsular balear: 46.978 operaciones.
Interinsular canario: 138.891 operaciones.
- Internacional:
UE Schengen: 615.263 operaciones.
UE no Schengen: 307.007 operaciones.
Schengen no UE: 69.355 operaciones.
Europa no UE no Schengen: 28.307 operaciones.
Internacional (otros): 104.345 operaciones.
4.2.3. Mezcla según las reglas de vuelo
La distribución del tráfico aéreo en los aeródromos analizados ha sido también
catalogada en función de las reglas de vuelo visuales seguidas:
Ilustración 9. Proporción de operaciones IFR en cada aeropuerto en 2016
En todos los aeropuertos del estudio se supera el 96% de tráfico aéreo basado en reglas
de vuelo instrumentales, siendo superior al 99,99% en el caso del LEMD, LEBL y LEPA,
del 99,73% en LEAL, del 98,74% en LEMG, del 97,59% en GCTS, y del 96,54% en
GCLP. El valor del conjunto de los siete aeropuertos asciende al 99,43%, por lo
que se concluye que en estos aeropuertos los movimientos VFR, si bien son poco
representativos, pueden estar presentes y han de ser tenidos en consideración.
Se concluye por tanto que el tráfico aéreo que opera en el espacio
aéreo español, y en concreto en los siete aeródromos considerados,
cuenta con una relevancia notoria de conexiones para las cuales el
idioma español es un elemento central que facilita su desempeño y
contribuye a su seguridad.
100% 100% 100% 99% 97%100% 98% 99%
0%
10%
20%
30%
40%
50%
60%
70%
80%
90%
100%
LEMD LEBL LEPA LEMG GCLP LEAL GCTS CONJUNTO
Vuelos IFR / Total Operaciones
Estudio sobre la aplicación del Reglamento 2016/1185, artículo 14015, en los aeropuertos españoles
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5. ANÁLISIS DE AEROLÍNEAS HISPANOHABLANTES
En el estudio se ha considerado incluir un análisis de la presencia en los siete
aeropuertos afectados de vuelos operados por compañías en función del idioma del país
en el que están basadas.
Teniendo en cuenta que los siguientes Estados tienen el idioma español como lengua
oficial:
- Argentina
- Bolivia
- Chile
- Colombia
- Costa Rica
- Cuba
- Ecuador
- El Salvador
- España
- Guatemala
- Guinea Ecuatorial
- Honduras
- México
- Nicaragua
- Panamá
- Paraguay
- Perú
- Puerto Rico
- República Dominicana
- Uruguay
- Venezuela
Se ha hecho la siguiente distinción en los vuelos:
- Vuelos operados por compañías basadas en España (referidas en adelante
como “compañías españolas (CEsp)”).
- Vuelos operados por compañías basadas en Estados que tienen el español
como lengua oficial, excluyendo España (referidas en adelante como
“compañías extranjeras hispanohablantes (CEH)”).
- Vuelos operados por compañías basadas en Estados que no tienen el español
como lengua oficial (referidas en adelante como “compañías extranjeras no
hispanohablantes (CENH)”).
Así, en los siete aeropuertos bajo consideración, se obtiene la siguiente distribución de
vuelos IFR, que constituyen el 99,43% de las operaciones en dichos aeródromos (como
ya recogió el apartado 4.2.3):
Operaciones
Compañías españolas 540.764
Compañías extranjeras hispanohablantes 9.454
Compañías extranjeras no hispanohablantes 714.862
Total de vuelos IFR 1.265.080
Estos números, desglosados para cada aeropuerto y haciendo la distinción entre
operaciones IFR y VFR, son los indicados en las tres tablas incluidas a continuación.
La clasificación entre vuelos domésticos e internacionales responde a las categorías
consideradas por el operador aeroportuario AENA en sus estadísticas públicas,
utilizadas para este análisis, que ha sido explicada en detalle en el apartado anterior.
Estudio sobre la aplicación del Reglamento 2016/1185, artículo 14015, en los aeropuertos españoles
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Para los vuelos de compañías basadas en España:
Compañías españolas (CEsp)
Aeropuerto
Operaciones internacionales
Operaciones domésticas
% Int. IFR CEsp /
Total CEsp
% IFR CEsp /
Total Ops Vuelos IFR Vuelos
VFR Vuelos IFR
Vuelos VFR
LEMD 125.190 0 114.866 1 52% 63,5%
LEBL 64.290 0 69.070 3 48% 43,3%
LEPA 7.568 0 50.439 8 13% 29,3%
LEMG 7.854 1 19.976 1.280 27% 22,5%
GCLP 4.274 17 52.892 3.852 7% 51,0%
LEAL 5.369 0 13.439 168 28% 21,6%
GCTS 1.135 4 4.402 1.575 16% 8,4%
Conjunto 215.680 22 325.084 6.887 39% 42,5%
Tabla 1. Distribución de vuelos de compañías españolas
Para los vuelos operados por compañías basadas en Estados que tienen el español
como lengua oficial, excluyendo España:
Compañías extranjeras hispanohablantes (CEH)
Aeropuerto
Operaciones internacionales
Operaciones domésticas
% Int. IFR CEH /
Total CEH
% IFR CEH / Total Ops
Vuelos IFR Vuelos
VFR Vuelos IFR
Vuelos VFR
LEMD 8.177 0 0 0 100% 2,16%
LEBL 1.230 0 1 0 100% 0,40%
LEPA 0 0 2 0 0% 0,00%
LEMG 0 0 0 0 - 0,00%
GCLP 25 0 3 0 89% 0,03%
LEAL 0 0 0 0 - 0,00%
GCTS 16 0 0 0 100% 0,02%
Conjunto 9.448 0 6 0 100% 0,74%
Tabla 2. Distribución de vuelos de compañías extranjeras hispanohablantes
Para los vuelos operados por compañías basadas en Estados que no tienen el español
como lengua oficial:
Compañías extranjeras no hispanohablantes (CENH)
Aeropuerto
Operaciones internacionales
Operaciones domésticas
% Int. IFR CENH / Total CENH
% IFR CENH /
Total Ops Vuelos IFR Vuelos
VFR Vuelos IFR
Vuelos VFR
LEMD 114.546 0 15.370 0 88% 34,4%
LEBL 156.880 3 16.386 1 91% 56,3%
LEPA 129.106 0 10.516 0 92% 70,6%
LEMG 90.590 90 3.727 182 96% 76,2%
GCLP 45.740 6 5.184 3 90% 45,5%
LEAL 66.652 13 1.422 50 98% 78,1%
GCTS 55.944 2 2.799 4 95% 89,2%
Conjunto 659.458 114 55.404 240 92% 56,2%
Tabla 3. Distribución de vuelos de compañías extranjeras no hispanohablantes
Finalmente se identifica la proporción que suponen las operaciones de compañías
aéreas no hispanohablantes respecto al total de operaciones en la Ilustración 10 y en la
Estudio sobre la aplicación del Reglamento 2016/1185, artículo 14015, en los aeropuertos españoles
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Ilustración 11. De la Ilustración 10 se puede extraer la notable diferencia entre vuelos
internacionales y vuelos domésticos, justificada por la alta presencia de compañías
nacionales en los segundos.
Ilustración 10. Proporción de vuelos internacionales y domésticos de compañías no hispanohablantes en 2016
Ilustración 11. Proporción de vuelos totales de compañías no hispanohablantes en 2016
De la Ilustración 11 y de los datos anteriores reflejados en el presente apartado se
destaca que:
Las compañías hispanohablantes tienen un alto peso en aeropuertos
como LEMD, LEBL y GCLP (del 66%, 44% y 53% respectivamente).
Además, pese a que el número de operaciones de compañías
hispanohablantes en los 7 aeropuertos bajo consideración es de 9.454,
la relevancia del idioma español es aún mayor, puesto que España
ejerce como puente de enlace entre Europa y Latinoamérica con 25.528
operaciones (ver apartado 4.2.2).
46%
71%
94% 92% 91% 93%98%
75%
12%19% 17% 16% 9% 10%
39%
15%
0%
10%
20%
30%
40%
50%
60%
70%
80%
90%
100%
LEMD LEBL LEPA LEMG GCLP LEAL GCTS CONJUNTO
Vuelos Cías No Hispanohablantes / Total Operaciones
Vuelos Internacionales IFR Vuelos Domésticos IFR
34%
56%
71%77%
47%
78%
91%
57%
0%
10%
20%
30%
40%
50%
60%
70%
80%
90%
100%
LEMD LEBL LEPA LEMG GCLP LEAL GCTS CONJUNTO
Vuelos Cías No Hispanohablantes / Total Operaciones IFR
Estudio sobre la aplicación del Reglamento 2016/1185, artículo 14015, en los aeropuertos españoles
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6. ANÁLISIS DE INCIDENCIAS Y SUCESOS DE
SEGURIDAD E IDENTIFICACIÓN DE ESCENARIOS
En este capítulo se detalla en primer lugar el proceso llevado a cabo para el tratamiento
de los datos de las incidencias de seguridad analizadas, así como los resultados
obtenidos.
El requisito a) del AMC1 establece que el estudio de impacto debe considerar cualquier
informe de accidente o incidencia de seguridad, al menos a nivel europeo, donde el uso
del lenguaje haya sido un factor contribuyente. A estos efectos el estudio debe
considerar los datos aplicables disponibles en el Repositorio Central Europeo (ECR).
El análisis de los datos de incidencias de seguridad se ha estructurado en dos fases:
1) Una primera fase de tratamiento de los datos de las incidencias de seguridad
y que se estructura en tres grandes pasos: a) recolección de datos, b)
verificación y validación de los datos, y c) caracterización de los datos. Esta
primera fase de tratamiento de los datos se describe en detalle en el apartado
6.2.
2) La segunda fase implica el procesamiento de los datos validados y
caracterizados, y la obtención de resultados. Esta fase se describe en el
apartado 6.3.
Posteriormente se presentan los escenarios operacionales identificados. Estos
corresponden, tal y como se expuso en la metodología, a las situaciones
operaciones en las que la utilización del idioma único para las comunicaciones
con todos los tráficos, siendo este el inglés si hay pilotos no hispanohablantes,
se considera una mejora de la Seguridad Operacional; y han sido identificados a
partir del know-how de los expertos operativos y de seguridad que han
colaborado en el estudio y a partir del análisis de las incidencias de seguridad.
En el Anexo IV (ver 11.4) se encuentran detallados los informes de las incidencias
analizadas.
6.1. FUENTES DE INFORMACIÓN
Se ha realizado una consulta lo más extensa posible al objeto de capturar cualquier
incidencia de seguridad que pudiera ser relevante para este estudio.
6.1.1. Fuentes nacionales
Las fuentes de información de incidentes y/o accidentes nacionales que han estado a
disposición para la redacción del estudio son las siguientes:
- CIAIAC (Comisión de Investigación de Accidentes e Incidentes de Aviación
Civil).
- CEANITA (Comisión de Estudio y Análisis de Notificaciones de Incidentes de
Tránsito Aéreo).
- SNS (Sistema de Notificación de Sucesos).
Estudio sobre la aplicación del Reglamento 2016/1185, artículo 14015, en los aeropuertos españoles
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6.1.2. Fuentes europeas
Las fuentes de información de incidentes y/o accidentes europeos que han estado a
disposición para la redacción del estudio son las siguientes:
- ECR (Repositorio Central Europeo).
Además, fuera del ámbito nacional se ha considerado pertinente analizar 3 accidentes
adicionales que no se recogen en la base de datos del ECR, obtenidos de una consulta
a la Base de Datos de Accidentes de la OACI.
6.2. ANÁLISIS DE INCIDENCIAS DE SEGURIDAD:
TRATAMIENTO DE LOS DATOS
Previa a la obtención de resultados relevantes para el estudio ha sido necesario abordar
un proceso sistemático de tratamiento de los mismos, que ha conllevado las tres etapas
esenciales indicadas en la Ilustración 12.
Ilustración 12. Etapas del proceso de tratamiento de datos
6.2.1. Recopilación de los datos
El primer paso del estudio ha sido recopilar tantos casos relevantes como fuera posible
de accidentes o incidencias de seguridad donde el uso del lenguaje haya sido un factor
presente.
Para ello se han realizado consultas específicas a las fuentes enumeradas en el
apartado anterior, y los datos recibidos han sido tratados para eliminar del informe
aquellos duplicados.
Estas consultas han sido realizadas por AESA y los datos suministrados en el informe
documento “Dossier informativo implantación del inglés como idioma único en
comunicaciones T/A en determinados volúmenes de espacio aéreo, noviembre 2017”.
Los criterios de búsqueda empleados incluyen “cualquier evento referido al uso
del lenguaje, comunicación y comprensión entre tripulaciones y terceros”. Por
tanto, la muestra inicial de eventos es más amplia que lo solicitado por el AMC1 y cubre
muchas más circunstancias operativas y fases de la operación que habrá que
discriminar en análisis posteriores. En particular será necesario discriminar entre
sucesos que se refieran al uso de dos idiomas en las comunicaciones aeronáuticas y
los sucesos que se refieran a otras cuestiones relacionadas con las comunicaciones
como el conocimiento del lenguaje/acento. Igualmente será necesario discriminar de
todos esos casos los que hagan referencia a las comunicaciones en la provisión del
servicio de control de aeródromo.
Adicionalmente debe recalcarse la diferente naturaleza y madurez de los datos
recopilados. Los datos de accidentes, incidentes graves e incidentes de tránsito aéreo
TRATAMIENTO DE LOS DATOS
Recolección Verificación &
ValidaciónCaracterización
Estudio sobre la aplicación del Reglamento 2016/1185, artículo 14015, en los aeropuertos españoles
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están bien documentados y se dispone de informes de investigación de los mismos.
Este no es el caso sin embargo para los sucesos obtenidos del SNS y del ECR. A
menudo estos últimos presentan errores, textos incompletos y en ocasiones se refieren
a eventos en los que no ha habido una afectación a la seguridad, aunque se proponga
por parte del notificador dicha definición por la apreciación personal del mismo.
La Ilustración 13 muestra el resultado obtenido de este proceso de consulta. Los datos
obtenidos se han ordenado según la fuente y de mayor a menor detalle en la
información. Como puede observarse la muestra de análisis inicial contienen los
siguientes casos:
- 5 casos de accidentes y/o incidentes graves investigados por la CIAIAC.
De estos casos se dispone de una información muy detallada que incluye el
informe final público de la investigación. Los 5 casos incluyen recomendaciones
de seguridad referidas al uso del idioma inglés en las comunicaciones
aeronáuticas que se detallan en la Tabla 4. El periodo analizado comprende
desde 2002 a 2017 y todos ellos son casos acontecidos en España.
- 3 accidentes europeos. Estos casos han sido obtenidos de una consulta a la
base de datos de accidentes de la OACI para el periodo 2000-2017 y
corresponden a los siguientes casos:
Accidente el 14/12/2012 en ELLX (aeropuerto de Luxemburgo): Colisión
de un Boeing 747-400F matrícula LX-OCV operado por CARGOLUX en el
aeropuerto de Luxemburgo en condiciones de LVP.
Accidente el 25/05/2000 en LFPG (París CDG): Colisión entre un SD330
matricula G-SSWN operado por Streamline Aviation y un MD-83 (matrícula
F-GHED) operado por Air Liberté.
Accidente el 8/10/2001 en el aeropuerto de Milán Linate entre un MD-87
de Scandinavian Airlines y una Cessna Citation II. Este accidente ha sido
obtenido en el listado original pero descartado en el estudio por no
considerarse contribuyente el aspecto del multilenguaje.
Adicionalmente se ha tenido conocimiento de un incidente fuera de Europa, que
finalmente fue descartado:
Incidente el 15/03/1993 entre un Boeing 727 232 matricula operado por
Delta Airlines y una Cessna 206 matricula XAGOM en la aproximación al
aeropuerto de Guadalajara en Méjico.
- 40 casos adicionales de incidentes de tránsito aéreo investigados por la
CEANITA. Estos 40 casos son diferentes a los anteriores y corresponden al
periodo de 2006 a 2017. De todos ellos se dispone el informe realizado por la
CEANITA, que si bien es detallado no contiene tanta información como los de
los casos previos. Todos ellos corresponden a casos donde la CEANITA ha
emitido una recomendación de seguridad relativa al uso del idioma inglés en las
comunicaciones aeronáuticas que se detallan en la Tabla 5.
- 63 sucesos de seguridad adicionales reportados al Sistema de Notificación
de Sucesos. Estos sucesos son diferentes de los estudiados por la CIAIAC y la
CEANITA y han ocurrido en territorio español en el periodo 2012-2017. La
información disponible sobre los mismos es limitada, ya que únicamente se
Estudio sobre la aplicación del Reglamento 2016/1185, artículo 14015, en los aeropuertos españoles
49 de 121
dispone del texto de la notificación y no hay investigación posterior de ninguno
de ellos.
- 198 sucesos de seguridad adicionales obtenidos de la consulta al
Repositorio Central Europeo (ECR). Estos 198 casos son sucesos diferentes
a los reportados por la CIAIAC, la CEANITA y el SNS, y han tenido lugar en
territorio europeo durante el periodo 2012-2017. La información sobre ellos es
muy escasa y ocasionalmente difícil de tratar e interpretar.
En total la muestra de partida sobre la cual se han realizado los siguientes pasos del
análisis corresponde a un total de 309 accidentes o incidencias de seguridad
diferentes ocurridas a nivel nacional y europeo.
Ilustración 13. Datos de partida recolectados en el estudio
A continuación, se recogen las recomendaciones emitidas por CIAIAC y CEANITA
relativas al uso del idioma en frecuencia.
ID Rec INFORME TIPO DESCRIPCIÓN CIAIAC
REC 25/03
IN-060/2002 Incidente
Se recomienda a la DGAC que establezca un grupo de trabajo con la participación de AENA y representantes de los operadores, asociaciones profesionales de pilotos, y asociaciones profesionales de controladores, que estudie la posibilidad de regular el uso únicamente de idioma inglés en las comunicaciones ATC siempre que un piloto que no hable castellano se encuentre involucrado, y las condiciones de la correspondiente implementación de dicha regulación.
REC 11/10
A-053/2006 Accidente
Se recomienda a AENA que mejore los procedimientos en el caso de aeronaves con dificultades, anomalías o emergencias, en particular para garantizar en estos casos el intercambio de información y la coordinación entre controladores y con las tripulaciones, que se reduzcan en lo posible los cambios de frecuencia y se mantengan las comunicaciones en un idioma conocido por todas las partes, especialmente por todas las aeronaves en frecuencia.
REC 79/12
IN-007/2012 Incidente
Se recomienda a AENA que durante la formación de los controladores dentro de los contenidos teóricos del Plan de Capacitación de Unidad, se incida en el uso de la fraseología en inglés cuando confluyan tripulaciones que hablen idiomas distintos.
REC 08/14
IN-037/2012 Incidente
Se recomienda a AESA que promueva la realización de las acciones necesarias con el objeto de minimizar la problemática detectada por el uso del idioma español en presencia de tripulaciones que no lo dominen.
Tabla 4. Recomendaciones de la CIAIAC
Recolección
• Origen de los datos
TRATAMIENTO DE LOS DATOS
Detalle de la información
+++
• 5 accidentes/incidentes graves (CIAIAC)• 3 accidentes europeos• 40 incidentes (CEANITA) • 63 Sucesos (SNS) • 198 Sucesos (repositorio central europeo ECR)
TOTAL: 309- - -
2002 - 20172000 - 20122006 - 20172012 - 20172012 - 2017
Estudio sobre la aplicación del Reglamento 2016/1185, artículo 14015, en los aeropuertos españoles
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ID Rec Recomendación CEANITA Dirigido a
007/06_(01)
Se recomienda que en situaciones conflictivas que involucren a tripulaciones que presumiblemente no conozcan el castellano, las comunicaciones entre Control y el resto de las aeronaves se efectúen en idioma inglés, para que todas las tripulaciones sean conscientes de la situación.
ANSP
342/06/A_(01)
Con objeto de mejorar la percepción de una situación creada entre dos aeronaves que puedan ser conflictivas, o tráfico esencial, se recomienda que las aeronaves implicadas utilicen el mismo idioma. En el caso de estar involucradas únicamente tripulaciones de habla hispana, debería utilizarse el español.
Aeronave/ Compañía; Tripulación
050/07_(01)
Se recomienda a las dependencias de control de tránsito aéreo que en situaciones en las que se encuentre involucrada una aeronave cuya tripulación no conozca el castellano, las comunicaciones radio se efectúen en idioma inglés, con el fin de que todos los implicados tengan un conocimiento lo más preciso posible de la situación.
ANSP
100/07_(02)
Se recomienda que en situaciones conflictivas que involucren a tripulaciones que presumiblemente no conozcan el castellano, las comunicaciones entre Control y el resto de las aeronaves se efectúen en idioma inglés, para que todas las tripulaciones sean conscientes de la situación
ANSP
067/08_(01)
Se recomienda a las dependencias de control de tránsito aéreo que en situaciones en las que se encuentre involucrada una aeronave cuya tripulación no conozca el castellano, las comunicaciones radio se efectúen en idioma inglés, con el fin de que todos los implicados tengan un conocimiento lo más preciso posible de la situación.
ANSP
006/09_02
Se recomienda a las dependencias de control de tránsito aéreo que en situaciones conflictivas en las que se encuentre involucrada una aeronave cuya tripulación no conozca el castellano, las comunicaciones radio se efectúen en idioma inglés, con el fin de que todos los implicados tengan un conocimiento lo más preciso posible de la situación.
ATC – Civil
ANSP
032/09_01
Se recomienda a las dependencias de control de tránsito aéreo que en situaciones en las que se encuentre involucrada una aeronave cuya tripulación no conozca el castellano, las comunicaciones radio se efectúen en idioma inglés, con el fin de que todos los implicados tengan un conocimiento lo más preciso posible de la situación.
ATC – Civil
ANSP
248/09_01
A pesar de que el uso del español es reglamentario, se recomienda al EMA que emita una circular a los controladores de TWR LETO en la que se les inste a que, cuando en la secuencia estén involucradas aeronaves que desconozcan el español, se utilice exclusivamente el inglés en las comunicaciones radio.
Torres de control (militar) - EMA
734/09_01
Se recomienda a las dependencias de control de tránsito aéreo que en situaciones conflictivas en las que se encuentre involucrada una aeronave cuya tripulación no conozca el idioma español, las comunicaciones radio se efectúen en idioma inglés, con el fin de que todos los implicados tengan un conocimiento lo más preciso posible de la situación.
ATC - Civil; AENA (actual ENAIRE)
464/10_(01)
Se recomienda a Aena que emita circular dirigida a las dependencias de control de tránsito aéreo, recordando que en situaciones conflictivas en las que se encuentre involucrada una aeronave cuya tripulación no conozca el castellano, las comunicaciones radio se efectúen en idioma inglés, con el fin de que todos los implicados tengan un conocimiento lo más preciso posible de la situación.
AENA (actual ENAIRE)
054/11_01
Se recomienda a Aena que en los cursos de instrucción que se impartan a los controladores de la TWR LEMD se recuerde extremar la vigilancia de las colaciones (comparación de textos), especialmente cuando no se utilice el mismo idioma para todas las comunicaciones.
Torres de Control; AENA (actual ENAIRE)
067/11_01 Se recomienda a Aena que a través del departamento de instrucción de la dependencia implicada [TWR LEAL] recuerde la conveniencia de utilizar el
AENA (actual ENAIRE)
Estudio sobre la aplicación del Reglamento 2016/1185, artículo 14015, en los aeropuertos españoles
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idioma inglés cuando no haya seguridad de que todas las aeronaves comprendan el idioma español.
087/11_01
Se recomienda a Aena que recuerde a los controladores la conveniencia de utilizar el idioma inglés cuando no haya seguridad de que todas las aeronaves comprendan el idioma español, especialmente en espacios aéreos con alta densidad de tráfico
AENA (actual ENAIRE)
087/11_02
Se recomienda a AESA que en colaboración con los proveedores de navegación aérea se estudie la implantación del idioma inglés como idioma a utilizar en las comunicaciones en radio-frecuencia dentro del espacio aéreo español.
AESA
011/12_03
Se recomienda a Aena que envíe el resultado de este expediente al departamento de formación de la dependencia implicada [ACC Barcelona] que en situaciones conflictivas en las que se encuentre involucrada una aeronave cuya tripulación no conozca el castellano, las comunicaciones radio se efectúen en idioma inglés, con el fin de que todos los implicados tengan un conocimiento lo más preciso posible de la situación.
Torres de Control; AENA (actual ENAIRE)
018/12_02
Se recomienda a Aena que, a través del departamento de instrucción de la dependencia implicada [ACC Barcelona], recuerde la conveniencia de utilizar el idioma inglés cuando no haya seguridad de que todas las aeronaves comprendan idioma español.
AENA (actual ENAIRE)
049/12_02
Se recomienda a Aena que, a través del departamento de instrucción de la dependencia implicada [ACC Barcelona], recuerde la conveniencia de utilizar el idioma inglés cuando no haya seguridad de que todas las aeronaves comprendan idioma español.
AENA (actual ENAIRE)
103/12_04
Se recomienda a Aena que, a través del departamento de instrucción de la dependencia implicada [TACC Palma], recuerde la conveniencia de utilizar el idioma inglés cuando no haya seguridad de que todas las aeronaves comprendan el idioma español.
AENA (actual ENAIRE)
112/12_01
Se recomienda a la compañía de la aeronave 1 que envíe el presente expediente a su departamento de formación para que sugiera a sus tripulaciones que, cuando reciban una instrucción por parte de ATC en inglés, sería conveniente responder en el mismo idioma, para que otras aeronaves implicadas estén informadas de sus intenciones.
Aeronave/ Compañía; Tripulación
121/12_01
Se recomienda a Aena que, a través del departamento de instrucción de la dependencia implicada [TWR LEZL], recuerde la conveniencia de utilizar el idioma inglés cuando no haya seguridad de que todas las aeronaves comprendan idioma español.
Torres de Control; AENA (actual ENAIRE)
124/12_ Modificado_04
Se recomienda a Aena que, a través del departamento de instrucción de la dependencia implicada [ACC Madrid], recuerde la conveniencia de utilizar el idioma inglés cuando no haya seguridad de que todas las aeronaves comprendan idioma español.
AENA (actual ENAIRE)
130/12_04
Se recomienda a Aena que, a través del departamento de instrucción de la dependencia implicada [ACC Madrid], recuerde la conveniencia de utilizar el idioma inglés cuando no haya seguridad de que todas las aeronaves comprendan el idioma español.
AENA (actual ENAIRE)
140/12_01
Se recomienda a Aena que a través del departamento de instrucción de la dependencia implicada [ACC Barcelona] recuerde a sus controladores la conveniencia de utilizar el idioma inglés cuando no haya seguridad de que todas las aeronaves comprendan idioma español.
AENA (actual ENAIRE)
002/13_03
Se recomienda a Aena que, a través del departamento de instrucción de la dependencia implicada [ACC Madrid], recuerde la conveniencia de utilizar el idioma inglés cuando no haya seguridad de que todas las aeronaves comprendan idioma español.
AENA (actual ENAIRE)
034/13_01 Se recomienda a Aena que envíe el presente expediente al departamento de formación de la dependencia implicada [ACC Sevilla] recordando que en situaciones conflictivas en las que se encuentre involucrada una aeronave
AENA (actual ENAIRE)
Estudio sobre la aplicación del Reglamento 2016/1185, artículo 14015, en los aeropuertos españoles
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cuya tripulación no conozca el castellano, las comunicaciones radio se efectúen en idioma inglés, con el fin de que todos los implicados tengan un conocimiento lo más preciso posible de la situación.
070/13_01
Se recomienda a Aena que envíe el presente expediente a la dependencia implicada [ACC Madrid], para que recuerde a sus controladores que en situaciones conflictivas en las que se encuentre involucrada una aeronave cuya tripulación no conozca el castellano, las comunicaciones radio se efectúen en idioma inglés, con el fin de que todos los implicados tengan un conocimiento lo más preciso posible de la situación.
AENA (actual ENAIRE)
044/14_06
Se recomienda a ENAIRE que envíe el presente expediente [044/14] a la dependencia implicada [TACC Palma] para que recuerde a su personal ATC la conveniencia de utilizar el idioma inglés cuando no haya seguridad de que todas las aeronaves comprendan idioma español.
ENAIRE
042/15_03
Se recomienda a ENAIRE que envíe el resultado del presente expediente [042/15] a la dependencia implicada [ACC Barcelona] para que se recuerde al personal ATC la conveniencia de utilizar un único idioma en frecuencia, específicamente cuando haya aeronaves en conflicto potencial.
ENAIRE
048/15_04
Se recomienda a ENAIRE que envíe el resultado del presente expediente [048/15] a la dependencia implicada [ACC Sevilla] para que se recuerde al personal ATC la conveniencia de utilizar un único idioma en frecuencia, específicamente cuando haya aeronaves en conflicto potencial.
ENAIRE
100/15_02
Se recomienda a ENAIRE que envíe el resultado del presente expediente [100/15] a la dependencia implicada [TACC Palma] para que se recuerde al personal ATC la conveniencia de utilizar un único idioma en frecuencia, específicamente cuando haya aeronaves que se consideren y/o constituyan tránsito esencial.
ENAIRE
113/15_05
Se recomienda a ENAIRE que envíe el resultado del presente expediente [113/15] a la dependencia implicada [TWR LEGE] para que se recuerde al personal ATC la conveniencia de utilizar un único idioma en frecuencia, específicamente cuando haya aeronaves que se consideren y/o constituyan tránsito esencial.
Torres de Control; ENAIRE
096/16_02
Se recomienda a ENAIRE que envíe el resultado del presente expediente [091/16] a la dependencia implicada [TACC Palma] para que recomiende a su personal ATC que en situaciones conflictivas en las que se encuentre involucrada una aeronave cuya tripulación no conozca el español, las comunicaciones radio se efectúen en idioma inglés, con el fin de que todos los implicados tengan un conocimiento lo más preciso posible de la situación.
ENAIRE
121/16_02
Se recomienda a ENAIRE que envíe el presente expediente [121/16] a la dependencia implicada [ACC Barcelona] para que recuerde a su personal ATC la conveniencia de utilizar el idioma inglés cuando no haya seguridad de que todas las aeronaves implicadas en el conflicto potencial comprendan el idioma español, con el fin de que todos los implicados tengan un conocimiento lo más preciso posible de la situación.
ENAIRE
185/16_03 Se recomienda a FerroNATS que envíe el presente expediente [185/16] a la dependencia implicada [TWR LEIB] para que recuerde a su personal ATC la conveniencia de utilizar el mismo idioma en la misma frecuencia.
Torres de Control; FerroNATS
004/17_04
Se recomienda a ENAIRE que envíe el resultado del presente expediente [004/17] a la dependencia implicada [ACC Canarias] para que se recuerde al personal ATC la conveniencia de utilizar un único idioma en frecuencia, específicamente cuando haya aeronaves que se consideren y/o constituyan tránsito esencial.
ENAIRE
Tabla 5. Recomendaciones de la CEANITA
Del conjunto de recomendaciones de CEANITA mostradas en la Tabla 5, destaca el
cambio significativo en la redacción de las recomendaciones a partir del año 2015:
Estudio sobre la aplicación del Reglamento 2016/1185, artículo 14015, en los aeropuertos españoles
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- Las recomendaciones más habituales previas al año 2015 remarcan la
utilidad de emplear el idioma inglés:
1. (…) utilizar el idioma inglés cuando no haya seguridad de que todas las
aeronaves comprendan idioma español.
2. (…) aeronave cuya tripulación no conozca el castellano, las comunicaciones
radio se efectúen en idioma inglés (…)
- Mientras que la recomendación más habitual en 2015 y en los años
posteriores hace referencia al uso de un idioma único en frecuencia (no
necesariamente el idioma inglés):
(…) utilizar un único idioma en frecuencia, específicamente cuando haya
aeronaves que se consideren y/o constituyan tránsito esencial.
Este cambio en la exposición de las recomendaciones fue resultado del análisis previo
realizado por grupos de trabajo de expertos operativos y de seguridad, y es un aspecto
especialmente relevante pues matiza las conclusiones extraídas del análisis de las
incidencias, identificando finalmente el uso de un idioma único en frecuencia como
una práctica que mejora la Seguridad Operacional.
6.2.2. Verificación y validación de los datos
Una vez recopilados los datos de partida, ha sido necesario someter estos a un proceso
de verificación y validación para prepararlos para el análisis. Como se ha explicado
anteriormente el origen de los datos es variado, y la precisión, validación previa y
corrección de los mismos varía sustancialmente según la fuente. Los datos provenientes
de organizaciones de investigación como la CIAIAC y la CEANITA están previamente
validados y no han necesitado verificación ni correcciones adicionales. Los datos
provenientes del SNS y del ECR han requerido un proceso de verificación y validación
detallado que se resume en la Ilustración 14.
Eliminación de sucesos no válidos
Los datos sobre incidencias de seguridad son registrados en el ECR por diferentes
Estados, en ocasiones con criterios dispares y con diferentes niveles de verificación
previa. Algunos de los datos reportados carecían de texto descriptivo, o la calidad del
mismo era baja siendo imposible entender la descripción de las incidencias. En
ocasiones el texto se encontraba en idioma diferente del inglés y ha sido necesario
traducir del idioma local. Algunos sucesos a pesar de venir vinculados al uso del idioma
no contenían en su descripción ninguna mención a problemas de comunicaciones y
correspondían en realidad a otro tipo de eventos como fallos de motor. Por último,
algunos hacían mención de forma muy genérica a aspectos de comunicaciones sin
especificar donde tenía lugar o en qué consistía el problema de comunicaciones, no
siendo validados para su posterior estudio.
Como consecuencia de esta verificación se han descartado 31 casos sin información
o información no válida, quedando la muestra original de 309 casos en 278 casos
válidos que pasan a las siguientes fases de análisis.
Estudio sobre la aplicación del Reglamento 2016/1185, artículo 14015, en los aeropuertos españoles
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Corrección de dependencias
Uno de los datos relevantes asociados a cada suceso es la dependencia ATC implicada
en el suceso de seguridad. Este dato es de especial importancia para este estudio ya
que servirá para discriminar si la incidencia de seguridad ha tenido que ver con las
comunicaciones entre pilotos y controladores durante la provisión del Servicio de Control
de Aeródromo, siendo por lo tanto relevante para este estudio; o ha acontecido en
alguna otra fase de la operación, no siendo por tanto trascendente para el estudio.
Los datos del SNS y del ECR han sido suministrados en un formato de tabla que incluía
una columna con este dato en concreto. No obstante, en ambas fuentes se han
observado errores significativos en dicha información. En particular se han encontrado
numerosos casos de incidencias acontecidas en ruta o en aproximación que habían sido
erróneamente asignadas a un aeropuerto. Todos los casos erróneos referentes a
sucesos han sido corregidos antes de proseguir con el análisis.
Clasificación por fase de operación
Una vez asignada de forma correcta la dependencia ATC implicada en cada incidencia
se ha procedido a agruparlas por fase de operación, discriminado entre:
a) Sucesos acontecidos en espacio aéreo no controlado.
b) Sucesos acontecidos en la provisión de servicio de control de ruta o servicio de
control de aproximación.
c) Sucesos acontecidos en la provisión del servicio de control de aeródromo.
d) Sucesos acontecidos en la interacción de las tripulaciones con el personal de
tierra que presta servicio de ground handling.
Ilustración 14. Verificación y validación de los datos de partida
6.2.3. Caracterización de los datos
Una vez validada y verificada, la información ha sido caracterizada y codificada en una
base de datos para su tratamiento posterior. La caracterización de los datos ha supuesto
la identificación y consignación de los siguientes aspectos:
Fuente del suceso (CIAIAC, OACI, CEANITA, SNS o ECR).
Identificación/código del suceso.
TRATAMIENTO DE LOS DATOS
Verificación & Validación
• Eliminación de no válidos• 31 casos sin información o con información inválida• 278 casos válidos
• Corrección de dependencias
• Clasificación por fase de operación
Espacio Aéreo no
controlado
Ruta y Servicio de Control de
Aproximación
Servicio de Control de Aeródromo LCL/GMC/
CDL
Groundhandling
Estudio sobre la aplicación del Reglamento 2016/1185, artículo 14015, en los aeropuertos españoles
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Descripción textual del suceso.
Identificación/código de la recomendación de seguridad asociada si la hubiera.
Texto de la recomendación si la hubiera.
Estado en el que sucede la incidencia de seguridad.
Fase de la operación en la que se produce la incidencia de seguridad.
Severidad o clase de ocurrencia (si ha sido evaluada por la fuente).
Sistematización de los eventos y factores presentes de acuerdo a una taxonomía
estándar.
Indicación de presencia de multilenguaje como evento / factor significativo en la
incidencia de seguridad.
Indicación de presencia de otros problemas de comunicaciones como eventos /
factores significativos en la incidencia de seguridad.
Clasificación de acuerdo a los escenarios operacionales identificados por los
expertos operativos y de seguridad.
Especialmente relevante para el estudio es la caracterización indicada en la Ilustración
15. Cada incidencia de seguridad se ha codificado aplicando la taxonomía ADREP
incluida en la última versión de ECCAIRS 5. Esta es una taxonomía estándar de
clasificación y caracterización de sucesos que permite abstraer la descripción del texto
mediante el empleo de unas categorías comunes que facilitan el posterior análisis
estadístico de las bases de datos. Se ha elegido esta taxonomía por ser el estándar
empleado a nivel europeo y estar alineada con los factores casuales identificados por la
CEANITA. Se han utilizado más de 110 descriptores de eventos relacionados con
aspectos de Comunicaciones, autorizaciones, desviaciones, procedimientos, detección
y resolución de conflictos, factores humanos, entorno, handling, infraestructura, etc.
Hay que resaltar que en todo caso estos eventos indican presencia y no
necesariamente causalidad. La Tabla 6. Listado de eventos asociados a las
comunicaciones resume las categorías empleadas para describir los eventos de
comunicaciones. La lista completa de eventos usados en la caracterización de las
incidencias puede consultarse en el Anexo VI (ver 11.6).
Esta clasificación detallada de eventos presentes en cada incidencia permitirá un
análisis estadístico detallado hasta donde sea necesario y permite contabilizar de forma
sistemática el número de incidencias en los que el multilenguaje ha sido un evento
presente, así como el número de incidencias en las que han estado presentes otros
problemas de comunicaciones.
Estudio sobre la aplicación del Reglamento 2016/1185, artículo 14015, en los aeropuertos españoles
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Ilustración 15. Caracterización de los datos
LISTADO DE EVENTOS DE COMUNICACIONES (TAXONOMÍA ADREP DE ECCAIRS 5)
Cambio de frecuencia Indicativos similares/Confusión de indicativos
Colación Interferencias tierra-aire
Comunicaciones complejas Pérdida de comunicaciones ATC
Tráficos esenciales en diferente lengua Ruido en la frecuencia
Congestión en frecuencia Transmisión ambigua
Coordinación externa/Sector civil colateral Uso del idioma (Dominio del inglés/Velocidad
/Tono/Acento) Fraseología
Tabla 6. Listado de eventos asociados a las comunicaciones
6.3. ANÁLISIS DE LAS INCIDENCIAS DE SEGURIDAD:
RESULTADOS
En este apartado se resume el resultado del análisis de las incidencias de seguridad
una vez caracterizadas. El detalle de cada una de ellas puede consultarse en los anexos
de este documento (ver 11.4).
6.3.1. Distribución de sucesos por fase de vuelo u operación
Con objeto de focalizar el estudio en lo establecido en el RE 2016/1185 de la Comisión
Europea:
Salvo que la autoridad competente indique lo contrario para casos
concretos, el inglés se utilizará en las comunicaciones entre la
dependencia de ATS y la aeronave en aeródromos con más de 50.000
movimientos IFR internacionales al año.
El primer análisis discriminatorio realizado consiste en identificar de la muestra de
partida, que contiene 278 casos de incidencias de seguridad relacionadas con
problemas de comunicaciones y multilenguaje, cuántos de ellos se refieren a situaciones
TRATAMIENTO DE LOS DATOS
Caracterización
• Caracterización de factores presentes: ECCAIRS 5• Taxonomía estándar para la clasificación de incidentes• Alineada con los factores causales identificados por la CEANITA• Más de 110 descriptores de eventos utilizados:
Comunicaciones, autorizaciones , desviaciones,procedimientos, detección y resolución de conflictos, factores humanos, entorno, handling, infraestructura, etc,…
• Indican PRESENCIA NO CAUSA
• Multilenguaje vs otros problemas de comunicaciones• Correlación escenarios• Otras situaciones operacionales
Estudio sobre la aplicación del Reglamento 2016/1185, artículo 14015, en los aeropuertos españoles
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en las que se vean implicadas las comunicaciones entre piloto y controlador en relación
al Servicio de Control de Aeródromo.
Como puede verse en la Ilustración 16, de los 278 casos iniciales un total de 94 se
producen en las comunicaciones entre piloto y controlador en el Servicio de
Control de Aeródromo. Estos 94 casos recogen incidencias de multilenguaje pero
también de otros problemas de comunicaciones.
Los restantes casos afectan a otras fases de la operación y a otros servicios ATC, por
lo que no son relevantes para este estudio. Como puede observarse en la ilustración,
43 incidencias están asociadas a la operación de ruta, 81 al Servicio de Aproximación,
22 asociados a los servicios de handling, 5 que acontecen en espacio aéreo no
controlado y 33 a los que no es posible asignar una fase concreta de operación o que
hacen a referencia a cuestiones no relevantes para el estudio.
En la ilustración también puede observarse cómo se distribuyen, en atención a la fuente
de origen, las 94 incidencias relativas al Servicio de Control de Aeródromo en las que
estaban presenten eventos relacionados con las comunicaciones:
2 casos provenientes de la CIAIAC,
3 casos de otros accidentes acontecidos a nivel europeo,
8 casos provenientes de la CEANITA,
22 casos adicionales provenientes del SNS, y
59 casos diferentes recopilados en el ECR.
Ilustración 16. Incidencias de seguridad con problemas de comunicaciones por fase de operación
Puesto que, atendiendo al RE 2016/1185, las incidencias que son objeto de interés del
estudio son las asociadas al Servicio de Control de Aeródromo, en la Ilustración 17 se
analizan con más detalle las 94 incidencias debidas a problemas de comunicaciones de
dicha fase de operación, distinguiendo entre aquellas en las que el multilenguaje estaba
o no presente.
No obstante, en relación con lo anterior, el estudio de las incidencias asociadas a otras
fases de vuelo como las del Servicio de Control de Aproximación es igualmente
relevante para la búsqueda de la mejora de la Seguridad Operacional, y se tiene
constancia de la intención futura de avanzar y de extender el estudio de la influencia del
uso del idioma a estas fases de operación.
RESULTADOS
RECUENTO DE INCIDENTES/ACCIDENTES * POR OPERACIÓN
Servicio Control de Aeródromo
RUTAServicioControl
Aproximación
Ground handling
Espacio aéreo no
controlado
Ninguno / otros
TOTAL DE INCIDENTES VÁLIDOS
CIAIAC 2 - 3 - - - 5
OTROS 3 - - - - - 3
CEANITA 8 10 22 - - - 40
SNS 22 7 18 1 1 6 55
ECAIRS 59 26 38 21 4 27 175
TOTAL 94 43 81 22 5 33 278
* Solo incidentes donde estaban presentes eventos relacionados con las comunicaciones
Estudio sobre la aplicación del Reglamento 2016/1185, artículo 14015, en los aeropuertos españoles
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Puede observarse como en 65 de las incidencias debidas a comunicaciones el
multilenguaje estaba presente frente a otros 29 casos en los cuales no estaba
presente.
Ilustración 17. Presencia del multilenguaje en las incidencias de seguridad con problemas de comunicaciones en el Servicio de Control de Aeródromo
6.3.2. Distribución de sucesos por escenarios operacionales
Los 65 casos de incidentes relacionados con el Servicio de Control de Aeródromo en
los cuales estaba presente el multilenguaje se han analizado en detalle a partir de la
clasificación y taxonomía descritas en apartados anteriores.
De estos 65 casos, 28 reafirman los escenarios operacionales identificados en este
estudio, a partir del know-how de los expertos, como situaciones en las cuales el
uso del idioma único en la frecuencia, en particular el inglés ya que en estos casos
había pilotos no hispanohablantes implicados, puede suponer una mejora de
Seguridad Operacional adicional en la previsión de las incursiones en pista u
otros riesgos equivalentes. Estos escenarios operacionales se describen en detalle
en el apartado 6.4.
En la Ilustración 18 puede observarse que el multilenguaje se ha dado como factor
contribuyente en 21 ocasiones en situaciones de aterrizaje y despegue con
tráficos esenciales, ya sea en autorizaciones de aterrizaje con tráfico en el punto de
espera, autorizaciones de despegue con tráfico en final o bien autorizaciones para entrar
y alinear en la pista desde puntos de espera congestionados. Se observan también, en
menor número, casos asociados a los otros tres escenarios operacionales identificados
en el estudio.
Ilustración 18. Número de veces que el multilenguaje aparece como factor contribuyente en cada
escenario operacional
Nº INCIDENTES DONDE APARECE EL
MULTILENGUAJE
Nº INCIDENTES SIN PRESENCIA DE
MULTILENGUAJE
TOTAL INCIDENTES CON EVENTOS DE
COMUNICACIONESCIAIAC 1 1 2OTROS 2 1 3
CEANITA 8 0 8SNS 19 3 22
ECAIRS 35 24 59TOTAL 65 29 94
Nº DE VECES QUE APARECE EL MULTILENGUAJE COMO FACTOR CONTRIBUYENTE EN CADA ESCENARIO OPERACIONAL
ES 1 ES 2 ES 3 ES 4 TOTAL
CIAIAC - - - - -
OTROS - 1 1 2
CEANITA - 4 - - 4
SNS 1 6 1 - 8
ECAIRS - 10 2 2 14
TOTAL 1 21 3 3 28
ES1: Operaciones con pistas cruzadas (LEBL)ES2: Operaciones de aterrizaje y despegue, cuando existan situaciones en las que las aeronaves constituyan tráfico esencial
• Autorizaciones de aterrizaje con tráfico en el punto de espera. • Autorizaciones de despegue con tráfico en final. • Autorizaciones para entrar y alinear desde puntos de espera congestionados.
ES3: Operaciones en pista activa, diferentes al aterrizaje y despegueES4: Operaciones con Procedimientos de Baja Visibilidad (LVP) VIS 3
Estudio sobre la aplicación del Reglamento 2016/1185, artículo 14015, en los aeropuertos españoles
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De las restantes 37 incidencias, 25 corresponden a situaciones operacionales de
distinta naturaleza, donde si bien el multilenguaje está presente, este no ha sido
considerado un factor contribuyente o relevante:
6 casos corresponden a operaciones de aterrizaje o despegue consecutivos.
12 casos corresponden a incidencias en rodadura.
7 casos corresponden a operaciones de pushback y rodadura en plataforma.
Todos estos casos han sido estudiados en detalle y para cada uno de ellos se ha
descartado la relevancia del multilenguaje como factor contribuyente en la incidencia.
Adicionalmente se han encontrado 12 casos que corresponden a incidencias con
tráficos VFR en el circuito de aeródromo. Este último hecho ha sido reflejado en los
escenarios operacionales identificados como una exención. De esta forma, siempre que
las condiciones específicas determinadas en el análisis de seguridad lo posibiliten,
podrá utilizarse el español en las comunicaciones tierra – aire entre las dependencias
de control de tránsito aéreo de aeródromo y los vuelos que operan conforme a las reglas
de vuelo visual (VFR), siempre que los pilotos no dispongan de competencia lingüística
en inglés.
6.3.3. Resumen de los resultados
La Ilustración 19 resume de forma sintética los resultados del análisis de las incidencias
de seguridad llevadas a cabo.
El análisis ha partido de una base muestral de 309 casos que incluía accidentes e
incidentes con recomendaciones sobre el multilenguaje en la comunicación entre piloto
y controlador investigados por la CIAIAC, otras autoridades de investigación de
accidentes y la CEANITA; así como incidencias sobre problemas de comunicaciones
entre piloto y controlador reportados al SNS y al ECR.
Tras un proceso de verificación y validación se descartaron 31 casos sin información
o información no válida, quedando la muestra original de 309 casos en 278 casos
válidos.
Los 278 casos de incidencias de seguridad relacionadas con problemas de
comunicaciones en las comunicaciones piloto-controlador solo 94 se produjeron
durante la provisión del Servicio de Control de Aeródromo, y de estos en 65 el
multilenguaje era un factor presente.
Analizados en detalle los 65 casos con multilenguaje:
- En 37 se descartó este evento como factor contribuyente
relevante, pues reflejan situaciones operacionales en las que se
considera justificado mantener la situación de bilingüismo actual
respecto a las comunicaciones T/A entre pilotos y controladores.
- Los 28 casos restantes no descartados corresponden a
situaciones contempladas en los 4 escenarios operacionales en
los que se considera que el uso del inglés como idioma único
pudo mejorar la Seguridad Operacional, al encontrarse
implicados tráficos esenciales no hispanohablantes.
Estudio sobre la aplicación del Reglamento 2016/1185, artículo 14015, en los aeropuertos españoles
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Ilustración 19. Resumen del resultado del análisis de las incidencias de seguridad
6.4. DEFINICIÓN DE ESCENARIOS OPERACIONALES
En un entorno operacional como el español, donde vienen conviviendo tradicionalmente
dos lenguas aeronáuticas con fraseología estándar y niveles equivalentes de seguridad,
se considera justificado mantener la situación de “STATUS QUO” actual respecto a las
comunicaciones aeroterrestres entre pilotos y controladores de forma general, salvo en
ciertos “escenarios operacionales” donde se aconseja la utilización de un idioma
único, siendo este el inglés cuando haya implicados tráficos esenciales no
hispanohablantes, como una mejora de la Seguridad Operacional, para prevenir las
incursiones de aeronaves en pistas activas u otros riesgos equivalentes
Como se ha explicado en la descripción de la metodología estos escenarios se han
obtenido a partir de:
El análisis detallado de incidencias de seguridad relacionadas con aspectos
del multilingüismo en la provisión de los servicios de control de aeródromo.
El know-how de expertos operativos y de seguridad que han participado en
la definición preliminar de los escenarios operacionales y en su consolidación a
la luz de los resultados de los análisis de las incidencias de seguridad.
El proceso de análisis de incidencias ha concluido en la extracción de los resultados
recogidos en el apartado 6.3. Dichos resultados, junto con el know-how de expertos
operativos y de seguridad realizado en las reuniones del 25 de octubre y del 14 de
noviembre de 2017, han llevado a la definición de los siguientes escenarios
operacionales descritos en los siguientes apartados.
Escenarios operacionales:
Estos escenarios operacionales se definen a continuación de forma genérica, sin
particularizar, por el momento, en ninguno de los siete aeropuertos nacionales
involucrados:
• ES1: Operaciones con pistas cruzadas.
• ES2: Operaciones de aterrizaje y despegue, cuando existan
situaciones en las que las aeronaves constituyan tráfico esencial.
Incluye:
TOTAL DE INCIDENTES
309
TOTAL DE INCIDENTES
VÁLIDOS
278
ASOCIADOS A APTO CON
EVENTOS COMMS
94
MULTILEN-GUAJE
PRESENTE
65Multilenguaje factor NO
CONTRIBUYENTE
Otras situaciones operacionales
37
MULTILENGUAJE FACTOR CONTRIBUYENTE
CUBIERTOS POR LOS ESCENARIOS
OPERACIONALES
28
Estudio sobre la aplicación del Reglamento 2016/1185, artículo 14015, en los aeropuertos españoles
61 de 121
a) Autorizaciones de aterrizaje con tráfico en el punto de espera;
b) Autorizaciones de despegue con tráfico en final; y
c) Autorizaciones para entrar y alinear desde puntos de espera
congestionados.
• ES3: Operaciones en pista activa, diferentes al aterrizaje y despegue.
• ES4: Operaciones con Procedimientos de Baja Visibilidad (LVP) VIS 3.
Las fichas detalladas de cada uno de los escenarios operacionales están incluidas en
el apartado 11.2.
Previo a la implantación y al cambio en los procedimientos, cada proveedor de servicio
afectado, en colaboración estrecha con el gestor aeroportuario correspondiente, será el
responsable de realizar la evaluación de seguridad particularizada en el aeropuerto,
donde se concreten estos escenarios teniendo en cuenta las condiciones locales.
Excepciones dentro de los escenarios operacionales:
Adicionalmente se definen una serie de excepciones, atendiendo a la naturaleza de la
operación y a los requisitos de competencia lingüística aplicables, para las cuales el uso
exclusivo del idioma inglés no será mandatorio:
Operaciones de trabajos aéreos.
Aviación general y deportiva.
Operaciones especiales (definidas en el Reglamento de ejecución (UE)
923/2012 de 26 de septiembre de 2012):
o Misiones de policía y aduana.
o Misiones de vigilancia del tránsito y de persecución.
o Misiones de control medioambiental realizadas por autoridades públicas
o en su nombre.
o Búsqueda y salvamento.
o Vuelos médicos.
o Evacuaciones.
o Extinción de incendios.
o Exenciones necesarias para garantizar la seguridad de los vuelos de
jefes de estado, ministros y demás funcionarios comparables del Estado.
Situaciones de emergencia.
En estos casos y siempre que la situación operativa lo permita, es conveniente que el
controlador informe a las aeronaves no hispanohablantes que estén en la misma
frecuencia de la situación, eligiendo el controlador si lo hace con una llamada general
en idioma inglés o a cada aeronave implicada.
Estudio sobre la aplicación del Reglamento 2016/1185, artículo 14015, en los aeropuertos españoles
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7. ENCUESTA A PILOTOS
7.1. OBJETIVO DE LA ENCUESTA
El objetivo de la encuesta realizada a los pilotos es, desde el punto de vista normativo,
cumplir con lo indicado en el AMC1 SERA. 14015, en concreto en sus apartados b), c)
y d), que indican que el estudio independiente ha de incluir lo siguiente:
a) The proportion of pilots frequenting that airport, with English language proficiency endorsement.
b) The proportion of pilots frequenting that airport, lacking language proficiency endorsement in the alternative language to be used.
c) A consultation of flight crews operating at the airport in question, on their preferences and ability to use the languages in question.
Con el propósito de poder recoger el mayor número posible de respuestas válidas, la
encuesta se ha mantenido abierta durante un total de 20 días, entre las fechas 8 de
noviembre de 2017 y 28 de noviembre de 2017.
7.2. PILOTOS A LOS QUE SE DESTINA LA ENCUESTA
Los pilotos que son objeto de interés para la realización de la encuesta son aquellos que
cumplan las siguientes condiciones:
- Disponer de un número de licencia válido, ya sea de:
Licencia de piloto de transporte de línea aérea (ATPL).
Licencia de piloto comercial (CPL), con o sin habilitación de vuelo por
instrumentos (IR).
Licencia de piloto privado (PPL), con o sin habilitación de vuelo por
instrumentos (IR).
- Haber volado al menos una vez en los últimos 12 meses a uno de los siete
aeropuertos en cuestión: LEMD, LEBL, LEPA, LEMG, GCLP, LEAL y/o GCTS.
Pese a que lo más propicio a la hora de constatar la veracidad de la información extraída
del cuestionario es que los pilotos inserten el número de licencia, no se considera
necesario que se haya insertado el número de licencia a la hora de interpretar los
resultados, pues se respeta el derecho del encuestado a no facilitar dicha información.
Por otro lado, serán excluidos de la misma aquellos pilotos que no hayan volado en el
último año en alguno de los siete aeropuertos mencionados, puesto que, aunque su
opinión es igualmente respetable, no puede ser considerada como útil en el contexto en
el que se realiza la consulta.
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7.3. ORGANIZACIONES PROMOTORAS DE SU DIFUSIÓN
7.3.1. Organizaciones a nivel nacional
A petición de la Dirección General de Aviación Civil, las siguientes organizaciones
basadas en territorio nacional han colaborado en la promoción del cuestionario a los
pilotos:
- USCA (Unión Sindical de Controladores Aéreos).
- COPAC (Colegio Oficial de Pilotos de Aviación Comercial).
- SEPLA (Sindicato Español de Pilotos de Líneas Aéreas).
- APROCTA (Asociación Profesional de Controladores de Tránsito Aéreo).
- AENA SME (Aena Sociedad Mercantil Estatal).
- Asociaciones de compañías aéreas.
7.3.2. Organizaciones a nivel internacional
A petición de la Dirección General de Aviación Civil, las siguientes organizaciones
basadas fuera del territorio nacional han colaborado en la promoción del cuestionario a
los pilotos:
- IATA (Asociación Internacional de Transporte Aéreo).
- Comisión U.E.
- Asociaciones de compañías aéreas.
7.4. CONTENIDO DE LA ENCUESTA
La encuesta, que ha sido distribuida a unos colectivos de pilotos según las condiciones
marcadas en el apartado 7.2 y difundida a través de los organismos contenidos en el
punto 7.3, cuenta con un total de 11 cuestiones:
- Las cinco primeras cuestiones son útiles para la consecución de información
relevante para el estudio.
- Las preguntas 6, 7 y 8 se formulan con el fin de obtener respuesta para los
apartados b) y c) del AMC1 SERA. 14015.
- La novena cuestión se formula con el fin de obtener respuesta para el apartado
d) del AMC1 SERA. 14015.
- Una décima cuestión destinada a aspectos de verificación del encuestado.
- Una última cuestión en la que el encuestado acepta y envía el formulario y
declara que los datos introducidos son fieles a la realidad.
En el apartado 11.3 se adjunta el cuestionario tal y como estuvo dispuesto en la web del
Ministerio de Fomento de España.
Estudio sobre la aplicación del Reglamento 2016/1185, artículo 14015, en los aeropuertos españoles
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7.5. RESULTADOS DE LA ENCUESTA
En el periodo de 20 días en los que ha estado abierta la encuesta, se han recibido un
total de 2.659 respuestas de pilotos, de las cuales:
- El día en el que se recibieron más respuestas fue el 10 de noviembre de 2017,
con un total de 334 respuestas.
Ilustración 20. Número de respuestas recibidas diariamente al cuestionario
Como muestra la Ilustración 20, el día con un mayor número de respuestas de
pilotos con licencia emitida en España fue el 10 de noviembre de 2017 (310
respuestas), mientras que el homólogo para pilotos con licencia emitida fuera de
España fue el 22 de noviembre de 2017 (240 respuestas). Este desfase en el
momento de más afluencia de respuestas recibidas se debe a ciertas dificultades
que experimentó IATA a la hora de difundir el cuestionario.
- En un 41,5% de los casos (1.103 respuestas) el encuestado ha completado
adecuadamente el apartado donde se solicitaba su número de licencia. Se han
presentado un total de 1.540 casos en los que no se ha completado el apartado,
y otras 16 ocasiones en las que el número/texto insertado no ha sido considerado
como válido. Este apartado estaba indicado en la encuesta como opcional.
Ilustración 21. Número de licencias válidas recogidas
0
50
100
150
200
250
300
350
400
08/1
1/2
01
7
09/1
1/2
01
7
10/1
1/2
01
7
11/1
1/2
01
7
12/1
1/2
01
7
13/1
1/2
01
7
14/1
1/2
01
7
15/1
1/2
01
7
16/1
1/2
01
7
17/1
1/2
01
7
18/1
1/2
01
7
19/1
1/2
01
7
20/1
1/2
01
7
21/1
1/2
01
7
22/1
1/2
01
7
23/1
1/2
01
7
24/1
1/2
01
7
25/1
1/2
01
7
26/1
1/2
01
7
27/1
1/2
01
7
28/1
1/2
01
7
Nº
de r
esp
uesta
s
Total España Otros países
Completado y válido41,5%
No completado /
no válido58,5%
Licencias recogidas
Estudio sobre la aplicación del Reglamento 2016/1185, artículo 14015, en los aeropuertos españoles
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- En un 46,1% de los casos el Estado emisor de la licencia ha sido uno
hispanohablante (1.227 respuestas), frente al 18,7% de Reino Unido (496
respuestas) y el 8,3% de Suiza (222 respuestas), siendo estos tres grupos los
de mayor presencia en este apartado.
Ilustración 22. Proporción de Estado emisor y de Estado del operador
Por otro lado, siguiendo una distribución porcentual similar al caso del Estado
emisor, en un 45,7% de los casos el Estado del operador ha sido uno con el
español como lengua materna (1.216 respuestas), frente al 19,6% de Reino
Unido (449 respuestas) y el 8,5% de Suiza (226 respuestas), siendo estos tres
grupos los únicos que superan las 200 respuestas en este apartado.
7.5.1. Cuestiones 1 a 5
Cuestión 1: En relación a alguno o varios de los aeródromos bajo
consideración, señale su frecuencia de vuelo hacia / desde los mismos en
los últimos 12 meses:
Ilustración 23. Respuestas distribuidas en función de la frecuencia a cada aeropuerto
Hispanohablantes46,1%
Reino Unido18,7%
Suiza8,3%
Holanda7,6%
Alemania6,9%
Irlanda2,7%
Suecia1,6% Otros
8,0%
Estado emisor de la licencia
Hispanohablantes45,7%
Reino Unido16,9%
Suiza8,5%
Holanda7,1%
Alemania6,1%
Irlanda3,3%
Portugal1,5%
Otros10,9%
Estado operador
456
527
649
766
1.029
1.092
1.029
350
405
401
476
519
542
501
348
420
470
403
345
381
359
1.504
1.289
1.112
986
737
615
744
0% 20% 40% 60% 80% 100%
LEMD
LEBL
LEPA
LEMG
LEAL
GCTS
GCLP
Frecuencias a cada aeropuerto
Nunca f = 1 1 < f = 3 f > 3 Vacías
Estudio sobre la aplicación del Reglamento 2016/1185, artículo 14015, en los aeropuertos españoles
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Ilustración 24. Proporción de respuestas recibidas para el conjunto de aeropuertos
En base a los resultados recogidos en las dos ilustraciones anteriores, se puede concluir
lo siguiente acerca de los pilotos que han completado el cuestionario:
- El espectro de pilotos a los que se ha hecho llegar la encuesta se ajusta a lo
pretendido por el estudio, pues la respuesta más repetida es la de una
frecuencia superior a las 3 veces en los últimos 12 meses (un 37,5% de los
casos), seguida de nunca (29,8%), f = 1 (17,2%) y 1 < f ≤ 3 (14,6%).
- Refrendando el apartado anterior, se destaca que todos los pilotos han viajado
al menos una vez a alguno de los 7 aeropuertos afectados, puesto que no ha
habido ningún caso en el que el encuestado haya marcado la casilla “nunca”
para cada uno de los siete aeropuertos.
- El aeropuerto más frecuentado de los siete en cuestión es el de Madrid – Barajas
(LEMD), para el cual un 56,6% de los pilotos han acudido en el último año más
de 3 veces (1.504 respuestas). Le siguen LEBL (48,5%) y LEPA (41,8%).
- El aeropuerto menos frecuentado de los siete en cuestión es el de Tenerife Sur
(GCTS), para el cual un 41,1% de los pilotos no han acudido nunca (1.092
respuestas), seguido de LEAL y GCLP ambos con un 38,7%.
- Se concluye que los resultados extraídos de esta cuestión de la encuesta
son representativos de la realidad del tráfico aéreo nacional, pues siguen
una relación directa con el volumen de tráfico aéreo que caracteriza a los siete
aeropuertos bajo consideración.
Cuestión 2: ¿Qué tipo de licencia de piloto posee?:
Ilustración 25. Proporción de respuestas al tipo de licencia en el conjunto de aeropuertos
30%
17%
15%
37%
1%
Frecuencias al conjunto de aeropuertos
Nunca
f = 1
1 < f = 3
f > 3
Vacías
84,09%
14,63%
0,41%
0,30%
0,56%
Tipo de licencia en el conjunto de aeropuertos
ATPL
CPL con IR
CPL sin IR
PPL con IR
PPL sin IR
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Ilustración 26. Distribución de respuestas de tipo de licencia en cada aeropuerto
En base a los resultados recogidos en las dos ilustraciones anteriores, se puede concluir
lo siguiente acerca de los pilotos que han completado el cuestionario:
- La licencia ATPL (Piloto de Transporte de Línea Aérea) es la más repetida,
siendo su representación del 84,1% del total, muy por encima del 14,6% de la
licencia CPL con IR. Por otro lado, las licencias CPL sin IR y PPL están todas
por debajo del 0,6%. Los resultados se consideran acordes a la mezcla de tráfico
presentada en apartados anteriores del informe.
- Dentro del grupo de pilotos que frecuentan al menos una vez el aeropuerto dado,
los resultados muestra que los siete aeródromos siguen proporciones
similares a las presentadas para el conjunto. Los pilotos con licencia CPL con
habilitación para instrumentos IR tienen un peso algo mayor en los aeropuertos
canarios (14,6% del total en GCLP y 14,4% en GCTS) en comparación con el
que presentan en los aeropuertos peninsulares (en torno al 13,5% del total).
Cuestión 3: Número de horas de vuelo:
Ilustración 27. Número de horas de vuelo distribuidas por intervalos
0%
20%
40%
60%
80%
100%
120%
ATPL CPL con IR CPL sin IR PPL con IR PPL sin IR TOTAL
Tipo de licencia en cada aeropuerto
LEMD LEBL LEPA LEMG LEAL GCTS GCLP
0
50
100
150
200
250
0 <
FH
≤ 1
1 <
FH
≤ 2
2 <
FH
≤ 3
3 <
FH
≤ 4
4 <
FH
≤ 5
5 <
FH
≤ 6
6 <
FH
≤ 7
7 <
FH
≤ 8
8 <
FH
≤ 9
9 <
FH
≤ 1
0
10 <
FH
≤ 1
1
11 <
FH
≤ 1
2
12 <
FH
≤ 1
3
13 <
FH
≤ 1
4
14 <
FH
≤ 1
5
15 <
FH
≤ 1
6
16 <
FH
≤ 1
7
17 <
FH
≤ 1
8
18 <
FH
≤ 1
9
19 <
FH
≤ 2
0
FH
> 2
0
Nº
de R
esp
uesta
s
Número de horas de vuelo (FH en miles)
Estudio sobre la aplicación del Reglamento 2016/1185, artículo 14015, en los aeropuertos españoles
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Ilustración 28. Frecuencia absoluta en el número de horas de vuelo por intervalos
En base a los resultados recogidos en las dos ilustraciones anteriores, se puede concluir
lo siguiente acerca de los pilotos que han completado el cuestionario:
- Las respuestas más comunes son las comprendidas entre las 0 y las 6.000 horas
de vuelo, así como entre las 14.000 y las 15.000 horas del vuelo.
- Por lo general, a medida que el intervalo se aleja del origen (cero horas de vuelo)
el número de respuestas es menor, con un ligero repunte entre las 9.000 y las
12.000 horas de vuelo.
- En base a la Ilustración 28, más del 50% de los pilotos (en concreto el 51,4%)
cuentan con menos de 8.000 horas de vuelo.
Cuestión 4: Principal actividad aérea que realiza:
Ilustración 29. Proporción de respuestas por tipo de actividad en el conjunto de aeropuertos
En base a los resultados recogidos en la ilustración anterior, se puede concluir acerca
de los pilotos que han completado el cuestionario que:
- La actividad de transporte aéreo comercial (CAT) es la más repetida con un
96,7% del total (2.572 respuestas). Este tipo de actividad está muy por encima
del resto de actividades, puesto que los aeropuertos bajo consideración son los
más relevantes del ámbito nacional en este apartado.
0%10%20%30%40%50%60%70%80%90%
100%
FH
≤ 1
.000
FH
≤ 2
.000
FH
≤ 3
.000
FH
≤ 4
.000
FH
≤ 5
.000
FH
≤ 6
.000
FH
≤ 7
.000
FH
≤ 8
.000
FH
≤ 9
.000
FH
≤ 1
0.0
00
FH
≤ 1
1.0
00
FH
≤ 1
2.0
00
FH
≤ 1
3.0
00
FH
≤ 1
4.0
00
FH
≤ 1
5.0
00
FH
≤ 1
6.0
00
FH
≤ 1
7.0
00
FH
≤ 1
8.0
00
FH
≤ 1
9.0
00
FH
≤ 2
0.0
00N
º d
e R
esp
uesta
s
Número de horas de vuelo (FH)
CAT96,73%
Av. General1,65%
Trabajos aéreos0,86%
Lucha incendios0,26%Otras
0,49%
Tipo de actividad en el conjunto de aeropuertos
Estudio sobre la aplicación del Reglamento 2016/1185, artículo 14015, en los aeropuertos españoles
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- Para pilotos con f ≥ 1, los aeropuertos con menor porcentaje de operaciones CAT
son LEMG (97,3%) y LEAL (97,4%), estando el resto por encima del 97,9%.
Cuestión 5: ¿Cuál es su lengua materna?:
Ilustración 30. Proporción de respuestas por lengua materna en el conjunto de aeropuertos
Ilustración 31. Proporción de respuestas por lengua materna en cada aeropuerto
En base a los resultados recogidos en las ilustraciones anteriores, se puede concluir lo
siguiente acerca de los pilotos que han completado el cuestionario:
- En línea con el origen de la difusión de la encuesta, la lengua materna de los
pilotos más representada es el español con 1.272 respuestas, seguida de
otros casos (844 respuestas), inglés (426 respuestas), francés (112 respuestas),
ruso (3 respuestas) y árabe (2 respuestas).
- De aquellas respuestas con f ≥ 1, en el caso de LEMD es donde hay mayor
representación del español como lengua materna con un 54,3%.
- Pese a ser el español la lengua materna predominante en todos los aeropuertos,
el inglés es especialmente relevante en LEAL (22,7%), GCTS (22,7%) y LEMG
(20,5%), aeropuertos en los cuales la diferencia con el español es de entre 18 y
20 puntos porcentuales.
Árabe0,1%
Chino0,0%
Español47,8%
Francés4,2%
Inglés16,0%
Ruso0,1%
Otro31,7%
Lengua materna en el conjunto de aeropuertos
0%
10%
20%
30%
40%
50%
60%
Árabe Chino Español Francés Inglés Ruso Otro
Lengua materna en cada aeropuerto
LEMD LEBL LEPA LEMG LEAL GCTS GCLP
Estudio sobre la aplicación del Reglamento 2016/1185, artículo 14015, en los aeropuertos españoles
70 de 121
7.5.2. Cuestiones 6 a 8: Competencia lingüística
Cuestión 6: Indicar el nivel de competencia lingüística en inglés anotado
en su licencia:
Ilustración 32. Proporción de respuestas por competencia en inglés en el conjunto de aeropuertos
Ilustración 33. Proporción de respuestas por competencia en inglés para cada aeropuerto
En base a los resultados recogidos en las dos ilustraciones anteriores, se puede concluir
lo siguiente acerca de los pilotos que han completado el cuestionario:
- La mayoría de dichos pilotos cuentan con, al menos, un nivel medio-alto
de competencia lingüística en el idioma inglés; pues en el conjunto de niveles
4 (operacional), 5 (avanzado) y 6 (experto) se encuentran el 96,7% de los
encuestados (2.572 respuestas).
- El porcentaje de pilotos que no cuentan con anotación es poco representativo,
con solo un 3,3% (87 respuestas).
- En cuanto a la distribución de pilotos con f ≥ 1 en cada aeropuerto, los resultados
obtenidos indican que el aeropuerto donde más frecuentan pilotos con anotación
nivel 6 “experto” es GCTS (47,6%), seguido de LEAL (46,2%), GCLP (44,1%),
LEMG (43,4%), LEPA (43,2%), LEBL (39,0%) y LEMD (33,4%).
- Mientras tanto, aquellos con f ≥ 1 y sin anotación en el idioma inglés son menos
numerosos, destacando GCTS y LEAL con un 3,9% de los casos. En
contraposición a los anteriores se encuentran LEMD (1,9%) y LEBL (2,1%).
Nivel 423,3%
Nivel 533,8%
Nivel 639,6%
Sin anotación3,3%
Competencia lingüística en inglés en el conjunto de aeropuertos
0%
10%
20%
30%
40%
50%
Nivel 4 Nivel 5 Nivel 6 Sin anotación
Competencia lingüística en inglés en cada aeropuerto
LEMD LEBL LEPA LEMG LEAL GCTS GCLP
Estudio sobre la aplicación del Reglamento 2016/1185, artículo 14015, en los aeropuertos españoles
71 de 121
Cuestión 7: Indicar el nivel de competencia lingüística en español anotado
en su licencia:
Ilustración 34. Proporción de respuestas por competencia en español en el conjunto de aeropuertos
Ilustración 35. Proporción de respuestas por competencia en español en cada aeropuerto
En base a los resultados recogidos en las dos ilustraciones anteriores, se puede concluir
lo siguiente acerca de los pilotos que han completado el cuestionario:
- La proporción de pilotos en cuanto al nivel de competencia lingüística en
el idioma español es muy distinta a la presentada en el idioma inglés de la
Ilustración 32, pues en este caso los que disponen de anotación constituyen el
42,8% y 1.138 respuestas (acreditación de nivel 4, 5 o 6 en español), mientras
que los que no disponen de anotación en español suman el 57,2%, para un total
de 1.521 respuestas.
- Los niveles 4 y 5 son los menos frecuentes, con menos de un 1,2% en el primer
caso y apenas el 0,5% en el segundo (32 respuestas y 12 respuestas
respectivamente).
- En cuanto a la distribución de pilotos con f ≥ 1 en cada aeropuerto, los resultados
obtenidos indican que el aeropuerto donde más frecuentan pilotos sin anotación
en el idioma español es el de LEPA con un 61,9% de los casos, seguido de
LEMG (61,6%) y LEAL (59,5%). En contraposición al anterior se encuentra el
aeropuerto de LEMD (51,4%).
Nivel 41,20%
Nivel 50,45%
Nivel 641,14%
Sin anotación
57,20%
Competencia lingüística en español en el conjunto de aeropuertos
0%
20%
40%
60%
80%
Nivel 4 Nivel 5 Nivel 6 Sin anotación
Competencia lingüística en español en cada aeropuerto
LEMD LEBL LEPA LEMG LEAL GCTS GCLP
Estudio sobre la aplicación del Reglamento 2016/1185, artículo 14015, en los aeropuertos españoles
72 de 121
- Por otro lado, para f ≥ 1, las respuestas que indicaron nivel 6 “experto” de
competencia lingüística en el idioma español fueron relevantemente altas
en LEMD (46,8%) y GCLP (45,8%), contrastando con el 36,8% de LEPA y el
36,9% de LEMG.
Cuestión 8: En caso de no contar en su licencia con una anotación de
competencia lingüística en español, pero tener conocimientos de dicho
idioma, cómo se autoevaluaría de acuerdo a la escala de calificación de
competencia lingüística de la OACI que figura en el Adjunto A al Anexo I,
Licencias al Personal, de la OACI:
Ilustración 36. Proporción de pilotos por autoevaluación de competencia en español en el conjunto de aeropuertos
Ilustración 37. Proporción de respuestas por autoevaluación de competencia en español en cada aeropuerto
Los resultados mostrados en la Ilustración 36 y en la Ilustración 37 son los asociados a
aquellos pilotos que no disponen de competencia lingüística en español, por lo que la
muestra queda reducida a las 1.521 respuestas indicadas en la cuestión anterior.
Además, se hay que tener en cuenta que este apartado ha sido dejado en blanco por
algunos pilotos sin anotación, por lo que el número de contestaciones válidas se reduce
Nivel 136,33%
Nivel 28,50%
Nivel 31,96%
Nivel 41,62%
Nivel 51,35%
Nivel 65,60% Vacías o
no válidas44,64%
Autoevaluación competencia lingüística en español en el conjunto de aeropuertos
0%
10%
20%
30%
40%
50%
60%
Nivel 1 Nivel 2 Nivel 3 Nivel 4 Nivel 5 Nivel 6 Vacías ono válidas
Autoevaluación competencia lingüística en español en cada aeropuerto
LEMD LEBL LEPA LEMG LEAL GCTS GCLP
Estudio sobre la aplicación del Reglamento 2016/1185, artículo 14015, en los aeropuertos españoles
73 de 121
al 55,4% (1.472 respuestas). Tras esta aclaración, y en base a los resultados recogidos
en las dos ilustraciones anteriores, se puede concluir lo siguiente acerca de los pilotos
que han completado el cuestionario:
- La mayoría de los encuestados que no tienen anotación en español se
localizan en una autoevaluación de nivel 1 “pre elemental” en el idioma
español con el 36,3% de los casos (966 respuestas), muy por encima de las
asociadas a nivel 2 “elemental” (8,5% y 226 respuestas) y a nivel 6 “experto”
(5,6% y 149 respuestas).
- Los niveles 3, 4 y 5 son los menos frecuentes, con menos de un 2% en el primer
caso y apenas el 1,6% y 1,4% en el segundo y tercer caso (52, 43 y 36
respuestas respectivamente).
- En cuanto a la distribución de pilotos con f ≥ 1 en cada aeropuerto, los resultados
obtenidos indican que el aeropuerto donde más pilotos se autoevalúan con nivel
pre elemental en el idioma español es el de LEMG con un 43,5% de los casos,
seguido de cerca por LEPA (43,4%). En contraposición a los anteriores se
encuentra el aeropuerto de LEMD (31,0%).
7.5.3. Cuestión 9: Preferencias de idioma y comentarios
Cuestión 9: ¿Qué prefiere Usted, usar el idioma inglés o el idioma español
en los aeródromos bajo consideración?:
Ilustración 38. Proporción de respuestas por preferencia de idioma en el conjunto de aeropuertos
Ilustración 39. Proporción de respuestas por preferencia de idioma en cada aeropuerto
Español44,5%Inglés
55,5%
Preferencia de idioma
0%
10%
20%
30%
40%
50%
60%
70%
Español Inglés
Preferencia de idioma
LEMD LEBL LEPA LEMG LEAL GCTS GCLP
Estudio sobre la aplicación del Reglamento 2016/1185, artículo 14015, en los aeropuertos españoles
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En base a los resultados recogidos en las dos ilustraciones anteriores, se puede concluir
lo siguiente acerca de los pilotos que han completado el cuestionario:
- Continuando con la coherencia de los datos recogidos anteriormente, existe una
leve diferencia en la preferencia de idioma en las comunicaciones ATS-
piloto en los siete aeropuertos bajo consideración, siendo el inglés el idioma
más respaldado con un 55,5% (1.477 respuestas) frente al 44,5% del español
(1.182 respuestas).
- En concordancia con lo recogido en las respuestas de la cuestión 5, los
aeropuertos donde hay más presencia de pilotos con lengua materna no
española son los que prefieren en la cuestión 9 emplear el idioma inglés (un
64,6% en LEMG y un 64,5% en LEPA prefiere el inglés), mientras que LEMD se
sitúa como el único aeropuerto en el que el español se sitúa por delante,
en el 50,9% de los casos.
En relación con el apartado de comentarios, de las 2.659 respuestas que se han recibido
del cuestionario, en un total de 1.040 respuestas se han incluido comentarios, lo
que supone un 39,1% de los casos.
Diferenciando entre preferencias de idioma, de aquellos que indicaron preferencia del
idioma español, un 33,4% reflejaron su punto de vista en la casilla de “comentarios”,
frente al 53,1% que incluyeron comentarios en caso de preferencia del idioma inglés.
Por otro lado, se han tratado de recoger aquellos comentarios que permitan reflejar los
puntos de vista más representativos de la muestra global:
- Encuestados que respondieron “español” como idioma preferente:
Después de analizar las respuestas, y dentro de los que prefieren el uso del
idioma español, se clasifican los comentarios en base a aquellos en los que:
Se hace mención a la conveniencia de la utilización del inglés en
determinadas circunstancias o situaciones.
No se hace mención a dicha conveniencia, resaltando únicamente la utilidad
o derecho de emplear el español.
MUESTRA DE COMENTARIOS DE ENCUESTADOS QUE RESPONDIERON “ESPAÑOL” COMO IDIOMA PREFERENTE
Ejemplos de mensajes que hacen mención a la utilidad de usar el inglés en determinadas situaciones
Me proporciona mayor seguridad en situaciones con alta carga de trabajo y me permite reaccionar con mayor rapidez. Aunque cuando veo que afecta a otras aeronaves extranjeras, procuro comunicar en inglés.
Me parece correcto que si hay tráfico esencial en inglés, todos reviertan al inglés.
(…) Considero que la utilización del inglés como único idioma es crear barreras innecesarias a la comunicación ya que en el peor de los casos los actores implicados son nivel 4 inglés y 6 español idioma OACI. Por tanto, de acuerdo al modelo TEM de gestión de amenazas y errores es claramente una amenaza.
Estudio sobre la aplicación del Reglamento 2016/1185, artículo 14015, en los aeropuertos españoles
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Creo en la necesidad de insistir en el uso del inglés cuando nuestra operación sea o esté siendo afectada por un tráfico que no hable español, facilitando la comunicación y no saturando las frecuencias con repeticiones de mensajes en diferentes idiomas. (…)
Es completamente seguro usar el idioma español. Si es necesario se usa el inglés para determinadas situaciones.
Facilita el no cometer errores en la comunicación entre personas cuyo idioma materno es el español y que son más fácil cometer en inglés. Siempre teniendo en cuenta, que encontrándose en el entorno aeronaves con tripulaciones extranjeras, se pueden hacer en inglés comunicaciones que se consideren importantes entender para esas aeronaves.
Considero que se debería usar el idioma inglés solo cuando haya otro tráfico en frecuencia cuyo idioma no sea el español, y haya algún motivo (seguridad u operacional) por el cual ese tráfico debería entender ese mensaje, aunque no esté directamente involucrado.
Prefiero español salvo que las circunstancias operacionales hagan más seguro utilizar el inglés.
Ejemplos de mensajes que NO hacen mención a la utilidad de usar el inglés en determinadas situaciones
El español es idioma OACI deberíamos utilizarlo
Aporta mayor seguridad y eficiencia.
El ESPAÑOL es idioma OACI.
Las comunicaciones en español aumentan notablemente la seguridad operacional y la fluidez de las comunicaciones ATC.
Es la lengua materna tanto del controlador como la de la mayoría de los tránsitos que operamos dichos aeropuertos, en consecuencia hay menos malentendidos que afecten a la seguridad de todos.
Influye en la seguridad, mejorándola considerablemente al ser la lengua materna de los pilotos españoles.
Considero que es mucho más seguro al ser la lengua materna de piloto y controlador
Facilita la capacidad de entendimiento en situaciones de alta carga de trabajo. Es decir, que, aunque soy nivel 6 en inglés y debido a que en cabina estamos hablando en español me es más fácil no tener que cambiar de lengua al expresarme sin contar con la complicación que sería en una situación de emergencia estar contándole a un controlador español lo que me sucede en inglés.
Gracias por esta encuesta.
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- Encuestados que respondieron “inglés” como idioma preferente: Después
de analizar las respuestas, y dentro de los que prefieren el uso del idioma inglés,
se clasifican los comentarios en base a aquellos en los que:
Se hace mención a la conveniencia de emplear ambos idiomas.
No se hace mención a dicha conveniencia, resaltando únicamente la utilidad
o derecho de emplear el inglés.
MUESTRA DE COMENTARIOS DE ENCUESTADOS QUE RESPONDIERON “INGLÉS” COMO IDIOMA PREFERENTE
Ejemplos de mensajes que mencionan la conveniencia de emplear ambos idiomas en determinadas situaciones
Sin prohibir el español. Por norma general uso del inglés en el área terminal de esos AD.
Igual que en aeropuertos extranjeros agradezco tener consciencia situaciones de los tráficos que me rodean, quiero que en los aeropuertos considerados el resto de tráficos puedan tener esta ayuda en pos de una operación más segura. Dicho esto, considero que en situaciones concretas de emergencia o donde fuese más seguro transmitir el mensaje en la lengua materna del piloto, este debe tener libertad para usar el español en el caso de los aeropuertos bajo consideración.
El uso del idioma inglés permite que todos los pilotos en esa frecuencia comprendan lo que está pasando y no solo algunos. Hay que recordar que 100% de los pilotos CPL y ATPL tienen, como mínimo, un nivel 4 de inglés, lo que no sucede con el español. Se podrían estudiar excepciones en caso de emergencia.
Creo que en operación normal es mucho más seguro hablar en inglés para que los tráficos que no hablen español, estén en todo momento informados de lo que pasa a su alrededor. De la misma forma cuando volamos a Francia nos molesta que hablen en francés y no te enteras de lo que está pasando y es muy molesto e inseguro. En situación de emergencia estoy de acuerdo en que se hable español.
Ambos idiomas me resultan adecuados para las comunicaciones aeronáuticas. El español cuenta con una extensa fraseología aeronáutica, pero hay que tomar en cuenta la importancia de que todos los usuarios puedan entender dichas comunicaciones. Los aeropuertos mencionados tienen mucho tráfico internacional.
Ejemplos de mensajes que NO hacen mención a la utilidad de usar el español en determinadas situaciones
Es importantísimo que todas las aeronaves hablemos en un único idioma.
Hablar en dos idiomas distintos es una amenaza contra la seguridad de la operación.
Creo que es fundamental y que aumenta la seguridad el uso del idioma inglés debido a la alta concentración de operadores extranjeros en dichos aeropuertos.
It’s important that not only the conversation itself is made with a language understood by both communicating parties but also understood by everyone else on the frequency. This greatly enhances situational awareness.
Pilot's that use their own language (i.e Spanish) on bigger airports degrade other Pilot's situational awareness. I see this as a flight safety risk.
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Aumenta el “situation awareness” de todos los tráficos involucrados en la operación y redunda en mayor seguridad para todos.
I do not speak or understand Spanish
By not being able to understand SPANISH, a pilot has significantly reduced situational awareness towards other aircraft communicating in Spanish towards ATC.
For safety reasons English should be the only allowed language to be used on these big international airports.
Haven operated into South America, Asia and Europe having other flights using English is a huge help to the situational awareness. From expectation of slowing the aircraft down to turbulence or weather deviations. Knowing what other flights are doing helps build a picture that for the pilots. This picture helps the decision making process and the safety of flight.
Finalmente, las conclusiones obtenidas de la encuesta realizada a pilotos que
frecuentan los siete aeropuertos españoles bajo consideración son:
- Los datos anteriores estrictamente permiten establecer que con
carácter general el porcentaje de nivel 6 o experto en inglés y en
español son similares para el conjunto de los 7 aeropuertos (un 40%
en inglés frente a un 41% en español).
- Los datos también demuestran que cada aeropuerto presenta
situaciones matizadas sobre el alcance de la aplicación del criterio de
idioma único en frecuencia y la utilización del inglés.
- A nivel global no existe una marcada preferencia de idioma en las
comunicaciones ATS-piloto, con un 55% que prefiere el inglés frente
a un 45% que prefiere el español.
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8. CONSULTA A CIAIAC
El objetivo de la consulta a la Comisión de Investigación de Incidentes y Accidentes de
Aviación Civil es, desde el punto de vista normativo, cumplir con lo indicado en el AMC1
SERA. 14015, en concreto en su apartado e), que indica que el estudio independiente
ha de incluir lo siguiente:
e) A consultation of the safety investigation authority.
Se realizó una presentación de las principales conclusiones del Estudio Independiente
al Pleno de la Comisión de Investigación de Accidentes e Incidentes de Aviación Civil
(CIAIAC) que se celebró el 20 de diciembre de 2017, concluyendo que:
La aproximación nacional responde a las recomendaciones planteadas
por dicha Comisión.
Adicionalmente la orientación de las conclusiones que plantea este
estudio contribuye a una mejora en la Seguridad Operacional. Se anima
a las autoridades a examinar si es aconsejable la ampliación de la
medida a otros escenarios y ámbitos.
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9. RESPUESTA AL AMC1 SERA. 14015
En este apartado se integran los análisis presentados en los diversos apartados del
estudio para dar respuesta de forma concreta a los 5 requerimientos que el AMC1 exige
al estudio de impacto sobre la no utilización del inglés en las comunicaciones entre piloto
y controlador en aeropuertos de más de 50.000 movimientos IFR anuales. Una
exposición más breve de las respuestas al AMC1 se encuentra en el apartado 10.3.
9.1. RESPUESTA AL APARTADO A)
Las comunicaciones aeronáuticas entre piloto y controlador juegan un papel clave en la
seguridad de la aviación y constituyen de por sí un aspecto complejo de analizar y
mejorar. La complejidad de esta situación hace que no puedan generalizarse las
medidas para la mejora de la seguridad, y que cada caso deba ser estudiado teniendo
en cuenta las condiciones operativas y a partir de datos objetivos sobre problemas de
comunicaciones constatados y analizados en detalle.
En un entorno operacional como el español, donde conviven el español y el inglés, dos
lenguas aeronáuticas con fraseología estándar y niveles equivalentes de seguridad, la
respuesta al punto a) del AMC1 exige un estudio equilibrado y ponderado apoyado en
el análisis de incidencias de seguridad relevantes a nivel europeo.
Este análisis ha discriminado entre las situaciones en las que el uso del idioma local
puede aumentar la seguridad cuando no hay tráficos esenciales extranjeros
involucrados y/o en situaciones donde hay una necesidad de tener una mayor fluidez en
la comunicación; y las situaciones en las que la presencia de tráficos esenciales
extranjeros y la criticidad de la operación recomienda el uso del inglés en todas las
comunicaciones como método adicional de mejora de la seguridad y para incrementar
la conciencia situacional de estos tráficos. Por ello el resultado de este análisis ha sido
la identificación, a partir del análisis de datos de incidencias de seguridad, de aquellos
escenarios operacionales en los que la utilización de un idioma único, siendo este inglés
si hay tráficos no hispanohablantes, pudiese suponer una mejora de la Seguridad
Operacional.
Esta línea de trabajo está alineada con los estudios técnicos más recientes sobre los
problemas del multilenguaje y el uso del inglés en las comunicaciones aeronáuticas; así
como con los trabajos previos de las autoridades españolas que a través de distintos
grupos de trabajo y de la aplicación de buenas prácticas han potenciado la utilización
de un idioma único, español o inglés, en la misma frecuencia.
El punto a) del AMC1 requiere que se incluyan en el estudio los informes de la
investigación de cualquier accidente e incidente disponible donde el uso del lenguaje
haya sido identificado como factor contribuyente, y que a tales efectos se consulte el
Repositorio Central Europeo (ECR).
En este sentido el análisis realizado supera lo especificado en el punto a) del AMC1 ya
que no solo se han tenido en cuenta los informes de investigaciones de accidentes e
incidentes relevantes, sino que se han recopilado y analizado los reportes de sucesos e
incidencias de seguridad recopilados a nivel nacional y a nivel europeo. En la medida
que estos últimos no disponen de informe de investigación, se ha realizado un análisis
Estudio sobre la aplicación del Reglamento 2016/1185, artículo 14015, en los aeropuertos españoles
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de los mismos mediante la aplicación de la taxonomía ADREP incluida en ECCAIRS 5,
al efecto de discriminar los eventos presentes y el peso de los mismos en la ocurrencia.
El análisis ha recopilado como punto de partida, un total de 309 casos iniciales
correspondientes al periodo 2000-2017 que reflejan problemas de comunicaciones en
cualquier fase de operación, y que proceden de las siguientes fuentes:
Accidentes y/o incidentes graves relevantes investigados por la CIAIAC.
Incluye 5 casos donde se emitieron recomendaciones de seguridad referidas al
uso del idioma inglés en las comunicaciones aeronáuticas. El periodo analizado
comprende desde 2002 a 2017 y todos ellos son casos acontecidos en España.
- Accidentes y/o incidentes graves acontecidos en Europa. Incluye 3 casos
donde se emitieron recomendaciones de seguridad referidas al uso del idioma
inglés en las comunicaciones aeronáuticas, y que cubren también el periodo
2000-2017.
- 40 casos adicionales de incidentes de tránsito aéreo investigados por la
CEANITA, en el periodo de 2006 a 2017 y en los se emitieron recomendaciones
de seguridad relativas al uso del idioma inglés en las comunicaciones
aeronáuticas.
- 63 sucesos de seguridad adicionales reportados al Sistema de notificación
de Sucesos. Estos sucesos han ocurrido en territorio español en el periodo
2012-2017. La información disponible sobre los mismos es limitada, ya que
únicamente se dispone del texto de la notificación y no hay investigación
posterior de ninguno de ellos.
- 198 sucesos de seguridad adicionales obtenidos de la consulta al
Repositorio Central Europeo (ECR). Estos 198 casos son sucesos diferentes
a los reportados por la CIAIAC, la CEANITA y el SNS, y han tenido lugar en
territorio europeo durante el periodo 2012-2017. La información sobre ellos es
muy escasa y ocasionalmente difícil de tratar e interpretar.
Estos datos han sido sometidos a un proceso de verificación y validación. En particular,
ha sido necesario discriminar entre sucesos que se refieran al uso de dos idiomas en
las comunicaciones aeronáuticas y los sucesos que se refieran a otras cuestiones
relacionadas con las comunicaciones como el conocimiento del lenguaje/acento; así
como discriminar los casos que se refieren a las comunicaciones en la provisión del
servicio de control de aeródromo.
Adicionalmente debe recalcarse la diferente naturaleza y madurez de los datos
recopilados. Los datos de accidentes, incidentes graves e incidentes de tránsito aéreo
están bien documentados y se dispone de informes de investigación de los mismos.
Este no es el caso sin embargo de los sucesos obtenidos del SNS y del ECR. A menudo
estos últimos presentan errores, textos incompletos, y en ocasiones se refieren a
eventos en los que no ha habido una afectación a la seguridad, aunque se proponga por
parte del notificador dicha definición por la apreciación personal del notificador.
Tras este proceso de verificación y validación, se descartan 31 casos carentes de
información o con información no válida, quedando la muestra original de 309 casos en
278 casos válidos, que se refieren a incidencias de seguridad donde estaban presentes
problemas de comunicaciones. Cada uno de estos casos se ha codificado aplicando la
taxonomía ADREP incluida en la última versión de ECCAIRS 5, si bien hay que resaltar
Estudio sobre la aplicación del Reglamento 2016/1185, artículo 14015, en los aeropuertos españoles
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que en todo caso estos eventos indican presencia y no necesariamente causalidad.
En ninguno de los 278 casos los problemas de comunicaciones, ya fueran la convivencia
de varias lenguas u otros problemas de comunicaciones, han sido el principal factor
contribuyente del accidente o incidente.
De los 278 casos de incidencias de seguridad relacionadas con problemas de
comunicaciones en las comunicaciones piloto-controlador, solo 94 se produjeron
durante la provisión del Servicio de Control de Aeródromo, y de estos solo en 65 el
multilenguaje era un factor presente.
Analizados en detalle los 65 casos, en 37 se descartó el multilenguaje como factor
contribuyente relevante. Estos reflejan situaciones operacionales en las que se
considera justificado mantener la situación de bilingüismo actual respecto a las
comunicaciones aeroterrestres entre pilotos y controladores.
Los 28 casos restantes no descartados han permitido identificar y confirmar 4
“escenarios operacionales” que reflejan situaciones en las que, a juicio de los
expertos participantes en el estudio y a la luz del análisis de las incidencias, la presencia
de tráficos esenciales y la criticidad de la operación recomienda el uso de un idioma
único en la frecuencia de comunicación, ya sea el español o el inglés, como
medida de mejora de la Seguridad Operacional, y que será el inglés cuando exista al
menos un piloto no hispanohablante en la frecuencia, permitiendo incrementar la
conciencia situacional de estos tráficos y prevenir incursiones en pista y riesgos
equivalentes. Estos escenarios operacionales son:
- ES1: Operaciones con pistas cruzadas.
- ES2: Operaciones de aterrizaje y despegue, cuando existan situaciones en
las que las aeronaves constituyan tráfico esencial. Incluye a)
Autorizaciones de aterrizaje con tráfico en el punto de espera; b)
Autorizaciones de despegue con tráfico en final y c) Autorizaciones para
entrar y alinear desde puntos de espera congestionados.
- ES3: Operaciones en pista activa, diferentes al aterrizaje y despegue.
- ES4: Operaciones con Procedimientos de Baja Visibilidad (LVP) VIS 3.
Estos escenarios operacionales se han identificado de forma genérica, sin particularizar,
por el momento, en ninguno de los siete aeropuertos nacionales involucrados. En la
evaluación de seguridad que debe llevarse a cabo en cada aeropuerto previa a la
implantación, se concretará la implementación específica de cada escenario teniendo
en cuenta las condiciones locales.
La metodología detallada del estudio, así como los resultados del mismo se describen
en detalle en el apartado 6 de este estudio. Los 4 escenarios resultantes se describen
en mayor detalle en el apartado 6.4. Adicionalmente, el Anexo IV contiene el detalle de
los 65 casos relativos al servicio de control de aeródromo y donde el multilenguaje era
un factor presente.
9.2. RESPUESTA A LOS APARTADOS B) Y C)
El apartado b) de la AMC1 pide determinar la proporción de pilotos que frecuentan los
aeropuertos afectados y que cuentan con una anotación de nivel experto en inglés
Estudio sobre la aplicación del Reglamento 2016/1185, artículo 14015, en los aeropuertos españoles
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en su licencia. El apartado c) de la AMC1 pide determinar la proporción de pilotos que
frecuentan los aeropuertos afectados y que no cuentan con una anotación de nivel
experto en español en su licencia. Si bien el propósito de esta consulta no está
especificado en la regulación de SERA C, se ha realizado este análisis como parte del
estudio.
Para determinar estas proporciones se ha realizado una encuesta online cuyo
organización, estructura y resultados se describen en detalle en el apartado 7 de este
informe. La encuesta ha estado abierta durante 20 días y ha recibido 2.659
contestaciones válidas.
Los datos estrictamente solicitados en la AMC 1 se presentan en la siguiente ilustración.
% DE PILOTOS QUE DISPONEN DE ANOTACIÓN NIVEL 6 EN INGLÉS
% DE PILOTOS QUE NO DISPONEN DE ANOTACIÓN NIVEL 6 EN ESPAÑOL
LEMD 33,4% 53,2%
LEBL 39,0% 58,9%
LEPA 43,2% 63,2%
LEMG 43,4% 63,1%
LEAL 46,2% 61,0%
GCTS 47,6% 59,1%
GCLP 44,1% 54,2%
* De entre los pilotos que han visitado el aeropuerto al menos 1 vez en los últimos 12 meses.
Tabla 7. Respuesta a los apartados b) y c) del AMC 1
Los datos estrictamente solicitados en la AMC 1 reflejan lo siguiente:
Con carácter general solo un 40% de los encuestados disponen de una
anotación de competencia lingüística de nivel 6 (experto) en inglés. Un 3,3
de los encuestados no cuentan con anotación de inglés en su licencia.
El porcentaje de pilotos que disponen de anotación nivel experto en inglés varía
según el aeropuerto entre un 33% y un 47% (LEMD 33,4%, LEBL 39%, LEPA
43,2%, LEMG 43,4%, LEAL 46,2%, GCTS 47,6% y GCLP 44,1%).
Con carácter general un 41,1% de los encuestados disponen de una anotación
de competencia lingüística de nivel 6 (experto) en español, cifra ligeramente
superior a la equivalente para el idioma inglés. Un 57,2% de los encuestados
NO dispone de anotación de competencia lingüística en español en la licencia.
El porcentaje de pilotos que NO disponen de anotación Nivel 6 en español
varía entre el 53% y el 63% (LEMD 53,2%, LEBL 58,9%, LEPA 63,2%, LEMG
63,1%, LEAL 61,0%, GCTS 59,1% y GCLP 54,2%).
Si bien estos datos responden a lo solicitado por la AMC1 no son suficientes para aportar
una visión clara de la competencia lingüística de los pilotos que operan en cada uno de
los aeropuertos en estudio. A efectos de obtener una visión más clara del efecto del
requisito SERA. 14015 la siguiente ilustración muestra los diferentes niveles de
competencia en inglés y español de los encuestados según el aeropuerto.
Estudio sobre la aplicación del Reglamento 2016/1185, artículo 14015, en los aeropuertos españoles
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NIVEL DE COMPETENCIA LINGÜÍSTICA EN INGLÉS
No dispongo
de la anotación Nivel 4
(Operacional) Nivel 5
(Avanzado) Nivel 6
(experto)
LEMD 1,9% 26,2% 38,5% 33,4%
LEBL 2,1% 24,8% 34,1% 39,0%
LEPA 3,2% 23,9% 29,8% 43,2%
LEMG 3,4% 23,4% 29,8% 43,4%
LEAL 3,9% 18,9% 31,1% 46,2%
GCTS 3,9% 17,0% 31,5% 47,6%
GCLP 3,2% 18,0% 34,7% 44,1%
-------------------------------------------------------------------------------------------------------------
NIVEL DE COMPETENCIA LINGÜÍSTICA EN ESPAÑOL
No dispongo
de la anotación Nivel 4
(Operacional) Nivel 5
(Avanzado) Nivel 6
(experto)
LEMD 51,4% 1,3% 0,5% 46,8%
LEBL 57,2% 1,2% 0,5% 41,1%
LEPA 61,9% 0,9% 0,5% 36,8%
LEMG 61,6% 1,0% 0,5% 36,9%
LEAL 59,5% 1,0% 0,5% 39,0%
GCTS 57,7% 1,0% 0,4% 40,9%
GCLP 52,7% 1,1% 0,5% 45,8%
* Porcentaje de respuestas con f ≥ 1 para cada nivel de competencia lingüística y aeropuerto
(sobre el total de cada aeropuerto).
Tabla 8. Niveles de competencia en inglés y español en cada aeropuerto
Como puede observarse la situación en LEMD es significativamente diferente al resto
de los aeropuertos. En LEMD un 47% de pilotos tiene anotación de experto en
español frente a un 33% que tiene anotación de experto en inglés. La distancia se
mantiene en el caso de LEBL con un 41% experto en español frente a un 39% experto
en inglés. Las cifras se equiparán para el caso de GCLP donde ambos porcentajes son
similares, con un 44% experto en inglés y un 46% experto en español. Las proporciones
se invierten para LEPA, LEMG, LEAL y GCTS donde el porcentaje de expertos en inglés
supera al de expertos en español entre un 3% y un 6%.
Como complemento a la encuesta se ha realizado también un análisis de la presencia
en los siete aeropuertos afectados de vuelos operados por compañías en función del
idioma del país en el que están basadas, distinguiéndose entre “compañías
hispanohablantes” (compañías basadas en España o en Estados que tienen el español
como lengua oficial) y “compañías no hispanohablantes” (compañías basadas en
Estados que no tienen el español como lengua oficial). Este estudio se detalla en el
apartado 5. Los resultados obtenidos en este estudio son coherentes con los resultados
recogidos en la encuesta. En particular este análisis muestra el alto peso que tienen las
compañías hispanohablantes en aeropuertos como LEMD (66%), LEBL (46%) y GCLP
(53%), frente al bajo porcentaje que suponen en otros, especialmente en GCTS (9%),
LEAL (22%) y LEMG (23%) (ver Ilustración 11).
Estudio sobre la aplicación del Reglamento 2016/1185, artículo 14015, en los aeropuertos españoles
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9.3. RESPUESTA AL APARTADO D)
El apartado d) del AMC1 solicita una consulta a los usuarios de los aeródromos
afectados sobre sus preferencias en relación al uso del inglés o el idioma local en las
comunicaciones piloto-controlador. Si bien el propósito de esta consulta no está
especificado en la regulación de SERA C, esta ha sido realizada como parte del estudio.
Las preferencias sobre el idioma para las comunicaciones entre piloto y controlador
también han sido analizadas a través de la encuesta descrita en el apartado 7. La
encuesta ilustra que en el conjunto de los 7 aeropuertos considerados no existe una
marcada preferencia de idioma en las comunicaciones ATS-piloto, con un 55%
que prefiere el inglés frente a un 45% que prefiere el español.
A nivel local, en los aeropuertos donde hay más presencia de pilotos con lengua
materna no española hay una mayoría que prefieren emplear el idioma inglés (un
64,6% en LEMG y un 64,5% en LEPA prefiere el inglés), y viceversa (un 51% en LEMD
prefiere el español).
La cantidad de respuestas de los pilotos con preferencia por el idioma español (45%)
muestra la vinculación de un gran número de usuarios con su uso en las comunicaciones
aeronáuticas, incluso si no son la mayoría en las respuestas. Son especialmente
relevantes las justificaciones aportadas por los encuestados para sustentar esta
preferencia, entre ellas:
“El uso del español proporciona mayor seguridad en situaciones con alta carga
de trabajo y permite reaccionar con mayor rapidez.”
“La utilización del inglés como único idioma puede crear barreras innecesarias a
la comunicación ya que en el peor de los casos los actores implicados son nivel
4 inglés y 6 español idioma OACI; lo que, de acuerdo al modelo TEM de gestión
de amenazas y errores es una amenaza.”
“Es completamente seguro usar el idioma español.”
“El español es idioma OACI y debería utilizarse como tal.”
“Se debería usar el idioma inglés solo cuando haya otro tráfico en frecuencia
cuyo idioma no sea el español, y haya algún motivo (seguridad u operacional)
por el cual ese tráfico debería entender ese mensaje, aunque no esté
directamente involucrado.”
“Es la lengua materna tanto del controlador como la de la mayoría de los tránsitos
que operamos dichos aeropuertos, en consecuencia, hay menos malentendidos
que afecten a la seguridad de todos.”
Además, cabe resaltar que existe un acuerdo generalizado en el uso del idioma inglés
en las comunicaciones cuando hay tráficos esenciales de habla no hispana afectados.
9.4. RESPUESTA AL APARTADO E)
Se realizó una presentación de las principales conclusiones del Estudio Independiente
al Pleno de la Comisión de Investigación de Accidentes e Incidentes de Aviación Civil
(CIAIAC) que se celebró el 20 de diciembre de 2017, concluyendo que la aproximación
nacional contribuía a una mejora en la Seguridad Operacional, si bien animaban a las
autoridades a continuar con la ampliación de la medida a otros escenarios y ámbitos.
Estudio sobre la aplicación del Reglamento 2016/1185, artículo 14015, en los aeropuertos españoles
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10. RESUMEN Y CONCLUSIONES DEL ESTUDIO
10.1. REFERENCIAS REGLAMENTARIAS Y CONSIDERACIONES
RESPECTO AL USO AL IDIOMA
El Reglamento de Ejecución (UE) 2016/1185 de la Comisión Europea, con fecha de
entrada en vigor el 12 de octubre de 2017, establece en su artículo 14015 que:
“…Salvo que la autoridad competente indique lo contrario para casos
concretos, el inglés se utilizará en las comunicaciones entre la dependencia
de ATS y la aeronave en aeródromos con más de 50.000 movimientos IFR
internacionales al año.”
Si bien permite que:
“Los Estados miembros en los que, en la fecha de entrada en vigor de
este Reglamento, el inglés no sea el único idioma utilizado en las
comunicaciones entre la dependencia de ATS y la aeronave en este tipo de
aeródromos, podrán decidir no aplicar el requisito de utilizar el inglés e
informar oportunamente a la Comisión.”
En este caso, el Estado debe “realizar un estudio sobre la posibilidad de exigir el uso
del inglés en las comunicaciones entre la dependencia de ATS y las aeronaves en
dichos aeródromos por motivos de seguridad, a fin de evitar incursiones de aeronaves
en una pista ocupada u otros riesgos para la seguridad, al tiempo que se tienen en
cuenta las disposiciones aplicables de la Unión y la legislación nacional sobre el uso de
idiomas.” Este estudio debe ser público, sus conclusiones deben ser comunicadas a la
Agencia y a la Comisión, y debe dar respuesta a lo dispuesto en el documento de
Acceptable Means of Compliance and Guidance Material to the rules of the air, AMC 1
SERA 14015.
En el apartado AMC1 SERA.14015 se establece lo siguiente:
In States which decide not to apply the requirement to use the English language, the study referred to in SERA.14015 should include an independent and comprehensive assessment of the impact of not using English for air-ground radio communications. Such an assessment should in particular take into account:
a) Any available accident and incident investigation reports at least at EU level, where the use of language has been identified as a contributing factor. For this purpose, the central repository created in accordance with Commission Regulations (EC) Nos 1321/2007 and 996/2010 for such reports should also be consulted.
b) The proportion of pilots frequenting that airport, with English language proficiency endorsement.
c) The proportion of pilots frequenting that airport, lacking language proficiency endorsement in the alternative language to be used.
d) A consultation of flight crews operating at the airport in question, on their preferences and ability to use the languages in question.
e) A consultation of the safety investigation authority.
Estudio sobre la aplicación del Reglamento 2016/1185, artículo 14015, en los aeropuertos españoles
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En el caso de España concurren factores relevantes que aconsejan estudiar en mayor
detalle el impacto de una aplicación tan imperiosa como sería el uso exclusivo del idioma
inglés en los principales aeropuertos. Estos factores incluyen, entre otros, que el español
es un idioma OACI con fraseología aeronáutica específicamente reconocida por la
citada Organización; el porcentaje de compañías aéreas y pilotos de habla hispana que
operan en los aeropuertos afectados, en los que se dan situaciones operacionales en
las que todos los pilotos hablan la misma lengua; y la experiencia y trabajos previos de
la comunidad aeronáutica española que desde 2014 ha venido trabajando en
profundidad en la potenciación del uso obligatorio de un único idioma en las
comunicaciones radiotelefónicas aeroterrestres ATS-pilotos para aeronaves que
realicen operaciones de transporte aéreo comercial, siempre que coincidan en una
misma frecuencia tráficos que deban ser considerados entre sí como tránsito esencial.
En base a estas consideraciones, España, en aplicación de la opción contemplada en la disposición SERA, procedió a solicitar una evaluación independiente que permita evaluar el impacto de no utilizar exclusivamente el inglés en las comunicaciones aeroterrestres en la provisión del servicio de control de aeródromo en aeropuertos de más de 50.000 movimientos IFR internacionales; así como conseguir un avance en la mejora de la seguridad y la prevención de las incursiones en pista y otros riesgos equivalentes, mediante la identificación de escenarios operacionales que pueden beneficiarse del uso del idioma único (en particular el inglés cuando haya pilotos no hispanohablantes) para su posterior tratamiento en el Real Decreto de aplicación y desarrollo del Reglamento (UE) 2016/1185.
En el ínterin hasta la entrada en vigor del Real Decreto, la Resolución del Director General de Aviación Civil el 6 de octubre de 2017, establece que “desde el 12 de octubre de 2017 no será de aplicación la utilización del inglés como idioma único en las comunicaciones entre las dependencias ATS y las aeronaves. En su lugar, seguirá siendo de aplicación en las comunicaciones aeroterrestres lo previsto en el Reglamento de Circulación Aérea aprobado por el Real Decreto 57/2002, de 18 de enero.”
Esta evaluación independiente ha sido llevada a cabo por la Universidad Politécnica de
Madrid, en concreto la Escuela Técnica Superior de Ingeniería Aeronáutica y del
Espacio mediante su Departamento de Sistemas Aeroespaciales, Transporte Aéreo y
Aeropuertos, con el soporte de expertos operativos y de seguridad de los agentes
afectados.
Teniendo en cuenta la complejidad del entorno operacional español, donde conviven el
español y el inglés, dos lenguas aeronáuticas con fraseología estándar y niveles
equivalentes de seguridad, la respuesta al punto a) del AMC1 exige un estudio
equilibrado y ponderado apoyado en el análisis de incidencias de seguridad relevantes
a nivel europeo. No pueden por tanto generalizarse las medidas para la mejora de la
seguridad, debiendo cada caso ser estudiado teniendo en consideración las condiciones
operativas y a partir de datos objetivos sobre problemas de comunicaciones constatados
y analizados en detalle.
Por consiguiente, este análisis ha perseguido discriminar entre:
Las situaciones en las que el uso del idioma local puede aumentar la seguridad
cuando no hay tráficos esenciales extranjeros involucrados y/o en situaciones
donde hay una necesidad de tener una mayor fluidez en la comunicación; y
Las situaciones en las que la presencia de tráficos esenciales extranjeros y la
criticidad de la operación recomienda, como medida de mejora de la Seguridad
Operacional, el uso del inglés como idioma único en la frecuencia.
Estudio sobre la aplicación del Reglamento 2016/1185, artículo 14015, en los aeropuertos españoles
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Por ello, el resultado de este análisis ha sido la identificación, a partir
del análisis de datos de incidencias de seguridad, de aquellos
escenarios operacionales en los que la utilización de un idioma único
(siendo este el inglés si hay tráficos no hispanohablantes), pudiese
suponer una mejora de la Seguridad Operacional, en particular en la
prevención de la incursión de aeronaves en pistas activas.
Esta línea de trabajo está alineada con los estudios técnicos más recientes sobre los
problemas del multilenguaje y el uso del inglés en las comunicaciones aeronáuticas; así
como con los trabajos previos de las autoridades españolas que a través de distintos
grupos de trabajo y de la aplicación de buenas prácticas han potenciado la utilización
de un idioma único, español o inglés, en la misma frecuencia.
10.2. CONTENIDO DEL ESTUDIO
El estudio contempla los siguientes análisis detallados:
1. Definición de aspectos introductorios y otros contenidos relevantes para el estudio. Este incluye:
El marco normativo base, así como las normativas nacionales, europeas e internacionales que hacen alusión al uso del idioma.
Los requisitos de competencia lingüística de los agentes implicados.
La posición de otros países hispanohablantes y europeos en relación al uso del idioma.
Síntesis de las conclusiones y datos de interés contenidos en estudios previos sobre aspectos de comunicaciones y multilingüismo.
Caracterización del tráfico aéreo de los aeródromos afectados.
2. Análisis de incidencias/sucesos e identificación de escenarios:
Un análisis detallado de 309 incidencias de seguridad.
Know-how de expertos operativos y de seguridad.
Identificación de escenarios operacionales en los que, apoyándose en
las dos herramientas anteriores, se establezca que la utilización de un
idioma único para las comunicaciones con todos los tráficos (inglés si hay
tráficos extranjeros), suponga una mejora de la Seguridad Operacional.
3. Cuantificación de la competencia lingüística de los pilotos en los idiomas
español e inglés, realizada a través de una encuesta online destinada a pilotos
que frecuentan los siete aeropuertos afectados y el análisis de la distribución
de vuelos en función de los Estados en los que estén basadas las aerolíneas
que operen en dichos aeropuertos.
4. Determinación de las preferencias de los pilotos en relación al uso del
multilingüismo en los aeródromos afectados, a través de la encuesta online.
5. Consulta a la Autoridad de Investigación de Accidentes e Incidentes de
Aviación Civil.
Estudio sobre la aplicación del Reglamento 2016/1185, artículo 14015, en los aeropuertos españoles
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10.3. RESPUESTAS AL AMC1 SERA. 14015
Los análisis efectuados en los anteriores apartados sustentan la siguiente respuesta a
los requisitos del AMC1 SERA. 14015:
Punto a) del AMC1:
El punto a) de la AMC1 requiere que estudien los informes de la investigación de
cualquier accidente e incidente disponible donde el uso del lenguaje haya sido
identificado como factor contribuyente, y que a tales efectos se consulte el Repositorio
Central Europeo (ECR).
El análisis ha recopilado como punto de partida, un total de 309 casos iniciales
correspondientes al periodo 2000-2017 que reflejan problemas de comunicaciones en
cualquier fase de operación, y que proceden de las siguientes fuentes:
- 5 Accidentes y/o incidentes graves relevantes investigados por la CIAIAC.
- 3 Accidentes y/o incidentes graves acontecidos en Europa.
- 40 casos adicionales de incidentes de tránsito aéreo investigados por la
CEANITA.
- 63 sucesos de seguridad adicionales reportados al Sistema de notificación de
Sucesos.
- 198 sucesos de seguridad adicionales obtenidos de la consulta al Repositorio
Central Europeo (ECR).
Hay que resaltar que estos casos responden a criterios de búsqueda que incluyen
“cualquier evento referido al uso del lenguaje, comunicación y comprensión entre
tripulaciones y terceros”. Por tanto, la muestra inicial de eventos es más amplia que
lo solicitado por el AMC1 y cubre muchas más circunstancias operativas y fases de la
operación que habrá que discriminar en análisis posteriores.
Estos datos han sido sometidos a un proceso de verificación y validación, descartándose
31 casos sin información o información no válida, quedando la muestra original de 309
casos en 278 casos válidos, que se refieren a incidencias de seguridad donde estaban
presentes problemas de comunicaciones. Cada uno de estos casos se ha codificado
aplicando la taxonomía ADREP incluida en la última versión de ECCAIRS 5, si bien hay
que resaltar que en todo caso estos eventos indican presencia y no necesariamente
causalidad. En ninguno de los 278 casos los problemas de comunicaciones, ya fueran
la convivencia de varias lenguas u otros problemas de comunicaciones, han sido el
principal factor contribuyente del accidente o incidente.
De los 278 casos de incidencias de seguridad relacionadas con problemas de
comunicaciones en las comunicaciones piloto-controlador solo 94 se produjeron
durante la provisión del Servicio de Control de Aeródromo, y de estos solo en 65 el
multilenguaje era un factor presente.
Analizados en detalle los 65 casos, en 37 se descartó el multilenguaje como factor
contribuyente relevante. Estos reflejan situaciones operacionales en las que se
considera justificado mantener la situación de bilingüismo actual respecto a las
comunicaciones aeroterrestres entre pilotos y controladores.
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Los 28 casos restantes no descartados han permitido identificar y
confirmar 4 “escenarios operacionales” que reflejan situaciones en las
que, a juicio de los expertos participantes en el estudio y a la luz del
análisis de las incidencias, cabe mejorar la Seguridad Operacional
mediante el uso de un idioma único en la frecuencia de comunicación,
ya sea el español o el inglés, y que será este último cuando exista al
menos un piloto no hispanohablante en la frecuencia.
• ES1: Operaciones con pistas cruzadas.
• ES2: Operaciones de aterrizaje y despegue, cuando existan
situaciones en las que las aeronaves constituyan tráfico
esencial. Incluye a) Autorizaciones de aterrizaje con tráfico en
el punto de espera; b) Autorizaciones de despegue con tráfico
en final y c) Autorizaciones para entrar y alinear desde puntos
de espera congestionados.
• ES3: Operaciones en pista activa, diferentes al aterrizaje y
despegue.
• ES4: Operaciones con Procedimientos de Baja Visibilidad
(LVP) VIS 3.
Puntos b) y c) del AMC1:
El apartado b) de la AMC1 pide determinar la proporción de pilotos que frecuentan los
aeropuertos afectados y que cuentan con una anotación de nivel experto en inglés
en su licencia. El apartado c) de la AMC1 pide determinar la proporción de pilotos que
frecuentan los aeropuertos afectados y que no cuentan con una anotación de nivel
experto en español en su licencia.
Para determinar estas proporciones se ha realizado una encuesta online cuya
organización, estructura y resultados se describen en detalle en el apartado 6 de este
informe. La encuesta ha estado abierta durante 20 días, entre las fechas 8 de noviembre
de 2017 y 28 de noviembre de 2017, y ha recibido 2.659 respuestas de pilotos. Los
datos estrictamente solicitados en el AMC1 reflejan lo siguiente:
Con carácter general solo un 40% de los encuestados disponen de una
anotación de competencia lingüística de nivel 6 (experto) en inglés. Un
3,3% de los encuestados no cuentan con anotación de inglés en su licencia.
El porcentaje de pilotos que disponen de anotación nivel experto en inglés
varía según el aeropuerto entre un 33% y un 47% (LEMD 33,4%, LEBL
39%, LEPA 43,2%, LEMG 43,4%, LEAL 46,2%, GCTS 47,6% y GCLP
44,1%).
Con carácter general un 41,1% de los encuestados disponen de una
anotación de competencia lingüística de nivel 6 (experto) en español,
cifra ligeramente superior a la equivalente para el idioma inglés. Un
57,2% de los encuestados NO dispone de anotación de competencia
lingüística en español en la licencia.
Estudio sobre la aplicación del Reglamento 2016/1185, artículo 14015, en los aeropuertos españoles
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El porcentaje de pilotos que NO disponen de anotación Nivel 6 en
español varía entre el 53% y el 63% (LEMD 53,2%, LEBL 58,9%, LEPA
63,2%, LEMG 63,1%, LEAL 61,0%, GCTS 59,1% y GCLP 54,2%).
A efectos de obtener una visión más clara del efecto del requisito SERA. 14015 se han
determinado para cada aeropuerto las proporciones de pilotos con competencia
lingüística nivel operacional, avanzado y experto en inglés y en español. Se observa que
la situación en LEMD, LEBL y GCLP es significativamente diferente al resto de los
aeropuertos.
En LEMD un 47% de pilotos tiene anotación de experto (nivel 6) en español frente
a un 33% que tiene anotación de experto en inglés. Las distancias se mantienen en
el caso de LEBL con un 41% experto en español frente a un 39% experto en inglés. Las
cifras se equiparán para el caso de GCLP donde ambos porcentajes son similares, con
un 44% experto en inglés y un 46% experto en español. Las proporciones se invierten
para LEPA, LEMG, LEAL y GCTS donde el porcentaje de expertos en inglés supera al
de expertos en español entre un 3% y un 6%.
Como complemento a la encuesta se ha realizado también un análisis de la presencia
en los siete aeropuertos afectados de vuelos operados por compañías en función del
idioma del país en el que están basadas, distinguiéndose entre “compañías
hispanohablantes” (compañías basadas en España o en Estados que tienen el español
como lengua oficial) y “compañías no hispanohablantes” (compañías basadas en
Estados que NO tienen el español como lengua oficial). Este estudio se detalla en el
apartado 5. Los resultados obtenidos en este estudio son coherentes con los resultados
recogidos en la encuesta. En particular este análisis muestra el alto peso que tienen las
compañías hispanohablantes en aeropuertos como LEMD (66%), LEBL (46%) y GCLP
(53%); frente al bajo porcentaje que suponen en otros, especialmente en GCTS (9%),
LEAL (22%) y LEMG (23%) (ver Ilustración 11).
Los datos anteriores estrictamente permiten establecer que con
carácter general el porcentaje de nivel 6 o experto en inglés y en
español son similares para el conjunto de los 7 aeropuertos (un 40%
en inglés frente a un 41% en español).
Los datos también demuestran que cada aeropuerto presenta situaciones diferentes que
requieren un análisis particularizado sobre la conveniencia de la utilización del inglés
como idioma único:
En LEMD un 47% de pilotos tiene anotación de experto (nivel 6) en español
frente a un 33% que tiene anotación de experto en inglés.
En LEBL (41% experto en español frente a un 39% experto en inglés) y GCLP
(46% experto en español frente a un 44% experto en inglés) las proporciones
son similares si bien ligeramente superiores en español.
Las proporciones se invierten para LEPA, LEMG, LEAL y GCTS donde el
porcentaje de expertos en inglés supera al de expertos en español entre un 3 y
un 6%.
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Punto d) del AMC1:
El apartado d) del AMC1 solicita una consulta a los usuarios de los aeródromos
afectados sobre sus preferencias en relación al uso del inglés o el idioma local en las
comunicaciones piloto-controlador. Si bien el propósito de esta consulta no está
especificado en la regulación de SERA C, las preferencias sobre el idioma para las
comunicaciones entre piloto y controlador también han sido analizadas a través de la
encuesta online.
A nivel global no existe una marcada preferencia de idioma en las
comunicaciones ATS-piloto, con un 55% que prefiere el inglés frente a
un 45% que prefiere el español.
A nivel local, en los aeropuertos donde hay más presencia de pilotos con lengua
materna no española hay una mayoría que prefieren emplear el idioma inglés (un
64,6% en GCTS y un 64,5% en LEMG prefiere el inglés), y viceversa (un 50,9% en
LEMD prefiere el español).
La cantidad de respuestas de los pilotos con preferencia por el idioma español (45% de
las respuestas) muestra la vinculación de un gran número de usuarios con el uso del
español en las comunicaciones aeronáuticas, a pesar de con constituir la mayoría
de las respuestas.
Son especialmente relevantes las justificaciones aportadas por los encuestados para
sustentar esta preferencia que inciden en: “la seguridad del idioma español entre pilotos
y controladores nativos; su carácter de lengua OACI; la mayor seguridad que puede
proporcionar en situaciones con alta carga de trabajo y que permite reaccionar con
mayor rapidez; las barreras innecesarias que puede crear el uso obligatorio del inglés
en todos los caos; la mayor fluidez que aporta a las comunicaciones y que el uso del
español facilita el no cometer errores en la comunicación entre personas cuyo idioma
materno es el español y que son más fácil cometer en inglés”. Igualmente existe un
acuerdo generalizado en que se “debería usar el idioma inglés solo cuando haya otro
tráfico en frecuencia cuyo idioma no sea el español, y haya algún motivo (seguridad u
operacional) por el cual ese tráfico debería entender ese mensaje, aunque no esté
directamente involucrado.”
Punto e) del AMC1:
Se realizó una presentación de las principales conclusiones del Estudio Independiente
al Pleno de la Comisión de Investigación de Accidentes e Incidentes de Aviación Civil
(CIAIAC) que se celebró el 20 de diciembre de 2017, concluyendo que:
La aproximación nacional contribuye a una mejora en la Seguridad
Operacional, si bien se anima a las autoridades a continuar con la
ampliación de la medida a otros escenarios y ámbitos.
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10.4. CONCLUSIÓN
Los análisis realizados permiten constatar que la complejidad asociada a los problemas
de las comunicaciones aeronáuticas entre piloto y controlador en un Estado donde
conviven dos lenguas aeronáuticas con fraseología estándar y niveles equivalentes de
seguridad, es tal, que no puedan generalizarse las medidas para la mejora de la
seguridad; siendo necesario que cada caso deba ser estudiado teniendo en cuenta las
condiciones operativas y a partir de datos objetivos sobre problemas de comunicaciones
constatados y analizados en detalle.
Esta complejidad se refleja, por ejemplo, en el porcentaje de pilotos que tienen
reconocida una competencia nivel 6 (experto) en español y en inglés, ya que las
encuestas y estudios han constatado que estos niveles son equivalentes (un 40% en
inglés frente a un 41% en español) para el conjunto de los 7 aeropuertos, siendo las
diferencias locales tan relevantes que cada caso requiere una consideración particular.
También contribuye a la complejidad de la situación el hecho de que no exista, a nivel
global, una una marcada preferencia de idioma en las comunicaciones ATS-piloto, con
un 55% que prefiere el inglés frente a un 45% que prefiere el español.
Así, a la luz de todo lo anterior se concluye lo siguiente:
No se recomienda aplicar el precepto de SERA.14015 que requiere el uso
único y exclusivo del idioma inglés en las comunicaciones entre la
dependencia de ATS y la aeronave en los siete aeropuertos españoles con
más de 50.000 movimientos IFR internacionales al año, y
Se recomienda mantener la situación de uso de idiomas que determina el
SERA. 14015 letra a) y primera línea de la letra b) que faculta para el uso de
los dos idiomas español o inglés.
Para reducir riesgos de incursiones en pista activa y otros riesgos, se
definen los 4 escenarios operacionales siguientes en los que se debe usar
un idioma único en frecuencia, español o inglés, y que será este último el
utilizado cuando haya al menos un piloto no hispanohablante.
ES1: Operaciones con pistas cruzadas.
ES2: Operaciones de aterrizaje y despegue, cuando existan
situaciones en las que las aeronaves constituyan tráfico esencial.
Incluye: a) Autorizaciones de aterrizaje con tráfico en el punto de
espera; b) Autorizaciones de despegue con tráfico en final, y c)
Autorizaciones para entrar y alinear desde puntos de espera
congestionados.
ES3: Operaciones en pista activa, diferentes al aterrizaje y despegue.
ES4: Operaciones con Procedimientos de Baja Visibilidad (LVP VIS 3).
En la evaluación de seguridad previa a la implantación que debe llevar a cabo cada
proveedor de servicio en colaboración estrecha con el gestor aeroportuario
correspondiente, se concretará la implementación específica de cada escenario
teniendo en cuenta las condiciones locales.
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11. ANEXOS
11.1. ANEXO I: DOCUMENTOS BÁSICOS DE REFERENCIA DEL
LENGUAJE EN LAS COMUNICACIONES DE
RADIOTELEFONÍA
11.1.1. Posición de SEPLA sobre Dossier Informativo
cumplimentación AMC1 SERA.14015 A) (2017)
En este documento el Sindicato Español de Pilotos de Líneas Aéreas (SEPLA) realiza
un análisis crítico del dossier suministrado por AESA con los datos de Accidentes,
incidentes y sucesos que sirven de punto de partida para la realización de este estudio.
En él se realizan una serie de consideraciones sobre la calidad y relevancia de algunos
de los sucesos de partida que han sido tenidas en cuenta en la verificación y validación
de datos realizada en el estudio de la UPM. Adicionalmente deriva las siguientes
conclusiones y recomendaciones a partir del análisis de las incidencias más relevantes:
“a) Las informaciones respecto a condiciones meteorológicas cambiantes o potencialmente peligrosas deberían ser transmitidas en un idioma que sea entendido por todas las aeronaves potencialmente afectas por las mismas.
b) Información sobre tránsito esencial local entre aeronaves afectadas debería siempre ser transmitida en un idioma común.
c) Aunque no sea requisito que las aeronaves VFR tengan que acreditar un nivel mínimo de competencia lingüística en inglés (por ejemplo, tráfico militar, helicópteros o aviación general), siempre que este tráfico sea considerado como tránsito esencial local, se debería transmitir esta información a la aeronave extranjera para aumentar su conciencia situacional, sobre todo, al no estar estas operaciones sujetas a separación por parte de ATC más allá de la que se mantenga de forma visual entre ellas.
d) Aunque no sea requisito que el personal aeroportuario en las áreas de movimiento tenga que acreditar un nivel mínimo de competencia en inglés (personal de rampa, personal de extinción de incendios, control de fauna aviar, operarios, etc.) sí que se debería tener esta situación en cuenta a la hora de realizar evaluaciones en los comités locales de seguridad en pista y promover medidas mitigadoras.
e) De forma específica, cuando haya aeronaves extranjeras involucradas, instrucciones de despegue y aterrizaje deberían realizarse en un idioma común.
f) En condiciones de baja visibilidad, las aeronaves que se consideren como tráfico esencial local en la misma frecuencia deberían hablar en un idioma común.”
11.1.2. Uso de una lengua común en las comunicaciones de
radiotelefonía - SEPLA. 2017
En el apartado de conclusiones de este estudio realizado por el Sindicato Español de
Pilotos de Líneas Aéreas (SEPLA), se recogen las siguientes consideraciones:
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- El uso de fraseología no estándar y la ausencia o deficiencia en las
colaciones (…) han sido muchas veces referidas como los dos factores
primarios que pueden causar disrupción en las comunicaciones en la
aviación.
- La prioridad de cualquier comunicación es pasar el mensaje en la manera
más eficiente posible al destinatario. En la aviación, el aumento de la
conciencia situacional es siempre algo positivo, pero no debe nunca ir en
detrimento del primer principio básico.
- Los problemas de lenguaje en las comunicaciones en la aviación se
refieren mayoritariamente a la falta de dominio del inglés o de acentos
marcados de hablantes no nativos de inglés (…) y la tendencia a usas
fraseología no estándar para los hablantes nativos de inglés.
- El uso de más de una lengua en frecuencia tiene un impacto muy bajo en
la seguridad (…).
- Se reconoce también que los factores interculturales juegan un importante
papel en la forma en la que distintas poblaciones encuentran soluciones.
La aviación, siendo una de las industrias globales más importantes, debe
en un esfuerzo combinado encontrar las mejores opciones posibles que
puedan acoger a todas las diferentes sensibilidades en este tema
específico y en otros, posiblemente más críticos, que puedan venir
próximamente.
11.1.3. Estudio de impacto SERA. 14015 - Estado francés. 2017
El enfoque del estudio de impacto realizado por el Estado francés para la Comisión
Europea acerca de su actuación ante el apartado SERA. 14015 del Reglamento de
Ejecución (UE) 2016/1185, ha sido considerado por la UPM a la hora de estructurar el
presente documento de Análisis de Impacto.
Entre las conclusiones alcanzadas por el Estado francés están las siguientes:
- En Francia, las comunicaciones radiotelefónicas aire-tierra se realizan en francés o inglés.
- La Constitución de Francia y la ley de Toubon serían suficientes para que el Estado francés decidiera no aplicar la obligación de utilizar el idioma inglés. Esta conclusión se ve reforzada por la legislación de la Unión Europea, especialmente a través del artículo 4.2 de su Tratado de la Unión: “la Unión respeta la igualdad de los Estados ante los Tratados y su identidad nacional, inherente sus estructuras políticas y constitucionales fundamentales”.
- Este estudio (…), examinó la posibilidad de imponer el uso del inglés para las comunicaciones entre ATS y aeronaves en aeródromos que registran más de 50.000 movimientos IFR internacionales por año, por razones de seguridad, para evitar incursiones de aeronaves en una pista ocupada u otros riesgos de seguridad.
- (…), Francia notifica a la Comisión Europea la decisión de no aplicar el artículo 14015 del Reglamento SERA C.
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11.1.4. European Action Plan for Air Ground Communications Safety
EUROCONTROL, junto con la Asociación de Transporte Aéreo Internacional (IATA), la
Federación Internacional de Controladores de Tráfico Aéreo (IFATCA), la Fundación
para la Seguridad Operacional de los Vuelos (FSF), la Asociación Europea de Pilotos
de cabina (ECA) y la Asociación Europea de Aerolíneas Regionales (ERA), y con el
apoyo de la Comisión Europea, redactó el European Action Plan for Air Ground
Communications Safety.
Este documento realiza una serie de recomendaciones para mejorar las
comunicaciones ATC, algunas referidas específicamente al multilingüismo y al uso del
inglés en las comunicaciones piloto-ATC.
Of the many factors involved in the process of communication, phraseology is perhaps the most important, because it enables us to communicate quickly and effectively despite differences in language and reduces the opportunity for misunderstanding.
Standardised phraseology reduces the risk that a message will be misunderstood and aids the readback/hear-back process so that any error is quickly detected. Ambiguous or non-standard phraseology is a frequent causal or contributory factor in aircraft accidents and incidents.
Other factors such as the format and content of the message, language and the speed and timeliness of transmissions also make important contributions to the communications process.
Effective communications: Language and communication
6.6. People do not always pronance their own language in the same way as each other and this is equally true for second languages. Standard phraseology is intended to overcome these basic shortcomings.
6.9. The intonation, the speed of speaking and the placement and duration of pauses may affect the understanding of a communication.
En el documento no se hacen recomendaciones específicas referidas al uso de un
idioma único en las comunicaciones radiotelefónicas.
11.1.5. Air-ground communication safety study
An analysis of pilot-controller occurrences:
Basándose en el modelo SHELL, este estudio de EUROCONTROL, que analiza 444
incidentes relacionados con las comunicaciones T/A en Europa entre enero de 2002 y
agosto de 2003, incluye la siguiente consideración para la interfaz Liveware-Liveware
(L-L):
This interface is probably the most important one in air-ground communication as it concerns the interface between the controller and the pilot. Numerous interface problems were identified between controllers and pilots that were, not surprisingly, all related to oral communication issues. Important factors are misinterpretation (call sign confusion by a pilot, wrong frequency selected), radio (noise) interference, use of non-standard phraseology (mainly by controllers), incorrect readback, and inaccurate/incomplete message content. Less frequent reported, but still
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cited in a number of occurrences, are language barriers problems, controller/pilot accent and controller high speech rate.
Además, se establece una lista de problemas y unas estrategias de prevención, siendo la correspondiente a las barreras del lenguaje:
Finalmente, el documento formula las siguientes conclusiones en base a los resultados
de su estudio:
- Incidents involving air-ground communication problems between controllers and pilots are rare and encompass about 1% of all reported incidents and 23% of ATC related incidents.
- The majority of the analysed incidents took place during the cruise flight phase (38%), followed by the descent (19%) and climb phase (15%).
- Despite the low frequency of occurrence, air-ground communication problems can still be high-risk events due to the seriousness of the associated consequences.
- The top-six of most frequently cited factors in the analysed incidents involving air-ground communication problems are: similar call signs, sleeping VHF receivers, frequency change, incorrect readback, radio interference and use of non-standard phraseology by controllers.
- Many of the air-ground communication problems identified are not new and have been reported in older studies. However due to the present scale of aircraft operations these old problems (such as similar call signs) have become more evident than 20 years ago.
Causes and recommendations:
Este segundo informe realizado a petición de EUROCONTROL analiza 535 ocurrencias
recogidas por aerolíneas europeas y ANSPs.
It is observed in the literature study that most communication problems have causal factor associated with human performance limitations. Factors often mentioned in the various studies are controller workload, frequency congestion, non-standard phraseology, readback/hearback errors, similar call-signs, message complexity, speech rate, language proficiency and accent.
According to the pilots and controllers the major contributing factors to the different types of communication problems are related to human factors: controller accent, controller speech rate, controller workload, pilot distraction, pilot workload and pilot fatigue.
Top five contributing factors in the reported communication problems:
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(…) Language problems 1%
En los apartados 4.3 de Respuesta de pilotos y controladores sobre indicativos similares
y 4.5 Respuesta de pilotos y controladores sobre cambio de frecuencia, se incluye entre
otras la recomendación:
Use English language only.
En el apartado 4.7 de Respuesta de pilotos y controladores sobre bloqueo en la
transmisión, se incluye entre otras la recomendación:
Strict use of English language as otherwise other aircraft will be unable to determine when communication between the ATC facility and a specific aircraft is terminated.
Different languages on the same frequency are a common problem in blocked transmissions. The use of local languages leads to non-native pilots in particular not being able to judge when a transmission has ended, and therefore transmitting in an untimely manner. The recommendation to use only English as language in aviation radio communication is helpful in this respect. (Secondly, using English only can increase the situation awareness of pilots). However, the drawback is that a portion of the pilots operating in Europe is not fluent in English, which may increase communication problems.
Además, se incluyen una serie de ejemplos de pilotos y controladores:
Pilot 297: When using a native language, you never know when to transmit your message because you don't understand the conversation between controller and aircraft leading to a blocked transmission.
Pilot 15: Different languages on the same frequency are a common problem in blocked transmissions. The use of local languages leads to pilots in particular not being able to judge when a transmission has ended, and therefore transmitting in an untimely manner.
Por otro lado, se realizó una encuesta a pilotos dando la oportunidad a realizar comentarios adicionales acerca de la afección de los problemas de las comunicaciones en la seguridad. Respecto al uso del leguaje nativo, se incluye el siguiente resumen:
No use of native language besides English in communication: 35% of the remarks included a complaint about the use of native language in aviation communication, especially in the countries in Southern Europe. Pilots believe that the use of a single language will help to improve their situational awareness and avoid other communication problems like blocked transmissions.
De dicha encuesta se extrae como recomendación:
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Two recommendations put forward by a significant group of participants are to use a single language in aviation communication (i.e. English), and secondly, to improve radio communication technology by the introduction of data link and improved voice communication equipment.
11.1.6. Aviation English Research Project: Data analysis findings and
best practice recommendations (An independent research report)
– CAA (2017)
En el apartado Code-switching and bilingualism in radiotelephony – reduction of pilot
situational awareness due to multiple languages on the radio del informe de
investigación independiente encargado por la Civil Aviation Authority (CAA), se recogen
las siguientes consideraciones:
- Code-switching (alternating between two or more languages, dialects, or registers in a conversation, or utterance in a conversation, involving users having more than one language in common) and bilingual radiotelephony communications (more than a single language being used for radiotelephony communications) are routinely cited by safety bodies, academics, and practitioners as contributing to miscommunication and loss of pilot situational awareness.
- Data: 7% (18 reports) contained events whereby multiple languages in radiotelephony were cited as contributing to miscommunication or reducing situational awareness. Of this set of reports:
5% (12 reports) involved French;
2% (6 reports) involved Spanish;
All events occurred outside UK airspace.
- Analysis: The analysis shows that Spain and France, major aviation destinations for the UK travelling public, are the most frequently cited countries where multilingual radiotelephony reduces situational awareness. This is not surprising, given the proximity of France and Spain to the UK.
Equally, given that it is widely known that Spain and France are countries where language-related miscommunication is likely to occur, and where local languages are likely to be heard alongside English in radiotelephony communication, it could be the case that there is reporter bias: we are more sensitive to a situation, therefore we are more likely to notice it, and hence report it.
- Conclusion: Reduction of pilots’ situational awareness is a large threat to aviation safety. All possible and achievable actions should be taken to limit such threats.
While the practice of speaking local languages alongside English in international radiotelephony is in keeping with ICAO procedures, given this data and the countless anecdotal and other evidence experienced by many UK-based pilots, we must question whether the risk to safety is worth the convenience of the use of local languages along with English in international radiotelephony.
However, it must be recognised that a monolingual radiotelephony approach to the use of English that would also include non-commercial
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aviation (such as small club aircraft) may be unachievable, and have a detrimental impact on overall safety. Hence an approach that takes into account all factors needs to be devised.
- Recommendation: Work with ICAO Member States to assess whether the adoption of English as the sole language in commercial aviation, both in radiotelephony transmissions and at the ground level in airports, represents the best approach to optimal situational awareness, radiotelephony communication, and aviation safety.
11.1.7. The European Action Plan for the Prevention of Runway
Incursions (EAPPRI)
La EAPPRI es un estudio promovido por EUROCONTROL cuyos resultados fueron
aprobados públicamente por EASA, IATA, ECA, IFALPA, ACI Europe, IFACTA y UK
CAA, entre otros.
En él se concluye que la mayoría de los factores causales y/o contribuyentes están
relacionados con problemas de comunicaciones, errores de navegación en tierra
debidos a señalización inadecuada o ambigua y falta de información relevante para el
piloto. Entre los problemas de comunicaciones se cita el “inadequate aviation English”,
del que se especifica que:
Use of Aviation English is proven to be a significant factor in the establishment and maintenance of situational awareness for all participants associated with runway operations.
Además, se incluyen las siguientes recomendaciones:
The use of Aviation English in a busy and complicated environment should be encouraged, improving situational awareness.
Improve situational awareness, when practicable, by conducting all communications associated with runway operations using aviation English.
Esta última recomendación ha sido empleada por muchas asociaciones internacionales
de aviación en una carta abierta a todos los Estados miembro de la ECAC con la petición
de una implementación urgente del inglés de aviación exclusivo en todos los
aeropuertos internacionales europeos.
11.1.8. IATA’s Phraseology Report
La Asociación de Transporte Aéreo Internacional junto con IFALPA, en un esfuerzo para
identificar la terminología en la fraseología potencialmente conflictiva usada en
autorizaciones de SIDs y STARs, prepararon conjuntamente una encuesta para pilotos
que complementa a la Phraseology Survey ya realizada en 2011. En esa encuesta se
destaca la siguiente pregunta y los comentarios recogidos sobre ella:
Question 7 – ‘If I am based in a country where English is not the mother tongue, what language is used to communicate?’
In many parts of the world, language differences create an additional communication issue which can affect safety performance when controllers use English to communicate with international flights and their local language
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to communicate with flights by locally-based operators, leading to potential degradation of situational awareness in respect of other traffic.
This question addresses the use of native languages in aviation communication. Of the 921 responses, a good proportion of respondents 14.5% (134) responded that they used a language other than English to communicate at certain times. 26.0% (239) participants indicated that they used both Standard English and the language of the local country.
Mixed languages where international pilots speak English with ATCs and domestic pilots speak the country’s language with controllers were one of the mentioned concerns.
Table 7 illustrates the breakdown of the survey respondents regionally in terms of the use of Standard English and mixed languages.
Además, entre los 36 comentarios recogidos relacionados con el lenguaje, la
pronunciación, la fraseología y malentendidos y confusiones, se encuentran los 3
siguientes:
- Because the language is not the language native.
- Language barriers.
- Mixing languages on the radio.
Finalmente, en las conclusiones se recogen una serie de factores que se han identificado como contribuyentes a generar malentendidos en las comunicaciones:
- Phraseology used for SIDs/STARs clearances.
- Non-Standard phraseology.
- Rate of speech delivery and long string of instruction.
- Difficulty for some non-native speakers in pronouncing English.
- Ambiguity in general aviation language.
- Lack of Harmonization.
- Lack of Readback.
- Use of native Language.
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11.1.9. IFALPA Annex 10, Volume II, Policy Statement
La International Federation of Airline Pilots’ Associations, que es la organización que representa al mayor número de asociaciones de pilotos a nivel global, formula en uno de sus Policy Statements la siguiente consideración:
The deletion of para. 5.2.1.2.1 and its replacement by a Standard specifying that all air and ground traffic control messages by radiotelephony communication shall be conducted using ICAO standardised phraseology based on the English language at international airports and by ATC units handling international traffic.
The IFALPA view on this subject is that it is essential that pilots are at all times fully aware of the situation in the ATC environment and this is obviously impossible if communications are being conducted between other aircraft and the ground station or stations in an incomprehensible language.
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11.2. ANEXO II: FICHAS DE ESCENARIOS OPERACIONALES
11.2.1. Operaciones en pistas cruzadas
Escenario Operacional:
Id. 1 Operaciones con pistas cruzadas
Breve descripción:
Se utilizará un idioma único en todas las posiciones de local siempre que se esté operando con pistas cruzadas. Este idioma será inglés siempre que exista un piloto en la frecuencia que no tenga competencia lingüística en español.
Incidencias relacionadas:
Un total de 1 incidencia, detallada en el apartado 11.4.1:
Incidencia nº 25.
Posiciones (Especificar en rojo):
CLD
GMC
LCL
SDP
Condicionantes de aplicación:
- Si alguna de estas posiciones está integrada con otras posiciones de control de aeródromo, se aplicaría el uso exclusivo del idioma inglés a las integraciones.
- Uso exclusivo del inglés, independientemente de que haya o no tripulaciones no hispanohablantes en la frecuencia.
- Condiciones específicas a determinar durante el análisis de seguridad.
Mejoras de Seguridad:
Mejora de la conciencia situacional respecto a la pista activa en uso para cada operación y la ocupación del cruce de pistas.
Acción para la prevención de incursiones en pista (SERA C 14015).
Exenciones/Observaciones/Comentarios:
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Quedan exentas de lo determinado en este escenario operacional las
comunicaciones relativas a operaciones especiales (definidas en el
Reglamento de ejecución (UE) 923/2012 de 26 de septiembre de 2012):
Misiones de policía y aduana.
Misiones de vigilancia del tránsito y persecución.
Misiones de control medioambiental realizadas por autoridades
públicas o en su nombre.
Búsqueda y salvamento.
Vuelos médicos.
Evacuaciones.
Extinción de incendios.
Exenciones necesarias para garantizar la seguridad de los vuelos
de jefes de estado, ministros y demás funcionarios comparables
del estado.
El uso exclusivo del idioma inglés, en este escenario, se entenderá sin
perjuicio de lo establecido en SERA 2010 y de todas las situaciones de
emergencia en las que el controlador de tránsito aéreo estime oportuno la
utilización del español con alguna aeronave.
Siempre que las condiciones específicas determinadas en el análisis de
seguridad lo posibiliten, podrá utilizarse el español en las comunicaciones
tierra – aire entre las dependencias de control de tránsito aéreo de
aeródromo y los vuelos que operan conforme a las reglas de vuelo visual
(VFR), siempre que los pilotos no dispongan de competencia lingüística
en inglés.
11.2.2. Operaciones de aterrizaje y despegue, cuando existan
situaciones en las que las aeronaves constituyan tráfico esencial
Escenario Operacional:
Id. 2 Escenarios referenciados a operaciones de aterrizaje y despegue, cuando existan situaciones en las que las aeronaves constituyan tráfico esencial
Breve descripción:
Cuando se de alguna de las situaciones descritas a continuación, se utilizará un idioma único en las posiciones operativas de local de la dependencia, mientras prevalezcan estas circunstancias.
a) Autorizaciones de aterrizaje con tráfico en el punto de espera.
b) Autorizaciones de despegue con tráfico en final.
c) Autorizaciones para entrar y alinear desde puntos de espera congestionados.
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Este idioma será inglés siempre que exista un piloto en la frecuencia que no tenga competencia lingüística en español.
Incidencias relacionadas:
Un total de 21 incidencias, detalladas en el apartado 11.4.1:
Incidencias nos 1, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 11, 12, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 22, 23, 24, 26 y 27.
Posiciones (Especificar en rojo):
CLD
GMC
LCL
SDP
Condicionantes de aplicación:
- Si alguna de estas posiciones está integrada con otras posiciones de control de aeródromo, se aplicaría el uso exclusivo del idioma inglés a las integraciones.
- Uso exclusivo del inglés, independientemente de que haya o no tripulaciones no hispanohablantes en la frecuencia.
- Condiciones específicas a determinar durante el análisis de seguridad.
Mejoras de Seguridad:
Mejora de la conciencia situacional respecto a las instrucciones ATC que tienen los dos tráficos en operaciones de despegue y aterrizaje.
A través de esta mejora de la conciencia situacional, evitar maniobras de “go around”.
Evitar comunicaciones ATC innecesarias, al entender todas las tripulaciones las instrucciones dadas.
Acción para la prevención de incursiones en pista (SERA C 14015).
Exenciones/Observaciones/Comentarios:
Quedan exentas de lo determinado en este escenario operacional las comunicaciones relativas a operaciones especiales (definidas en el Reglamento de ejecución (UE) 923/2012 de 26 de septiembre de 2012):
Misiones de policía y aduana.
Misiones de vigilancia del tránsito y persecución.
Misiones de control medioambiental realizadas por autoridades públicas o en su nombre.
Búsqueda y salvamente.
Vuelos médicos.
Evacuaciones.
Extinción de incendios.
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Exenciones necesarias para garantizar la seguridad de los vuelos de jefes de estado, ministros y demás funcionarios comparables del estado.
El uso exclusivo del idioma inglés, en este escenario, se entenderá sin perjuicio de lo establecido en SERA 2010 y de todas las situaciones de emergencia en las que el controlador de tránsito aéreo estime oportuno la utilización del español con alguna aeronave.
Siempre que las condiciones específicas determinadas en el análisis de seguridad lo posibiliten, podrá utilizarse el español en las comunicaciones tierra – aire entre las dependencias de control de tránsito aéreo de aeródromo y los vuelos que operan conforme a las reglas de vuelo visual (VFR), siempre que los pilotos no dispongan de competencia lingüística en inglés.
11.2.3. Operaciones en pista activa, diferentes al aterrizaje y
despegue
Escenario Operacional:
Id. 3 Operaciones en pista activa, diferentes al aterrizaje y despegue
Breve descripción:
Se utilizará un idioma único en las posiciones de local de la dependencia en todos los casos en que haya aeronaves que transiten por la pista activa, pero que no vayan ni a aterrizar o a despegar. Típicamente estas operaciones son de:
a) Rodaje por la pista activa. b) Cruce de la pista activa. c) Backtrack en la misma.
Este idioma será inglés siempre que exista un piloto en la frecuencia que no tenga competencia lingüística en español.
Incidencias relacionadas:
Un total de 4 incidencias, detalladas en el apartado 11.4.1:
Incidencias nos 2, 10, 13 y 21.
Posiciones (Especificar en rojo):
CLD
GMC
LCL
SDP
Condicionantes de aplicación:
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- En los casos en los que este tipo de operaciones es ocasional se utilizará el idioma inglés mientras este tipo de operación se produce.
- En los casos en que este tipo de operación se repite de forma recurrente, podría ser el caso en que en un aeropuerto los procedimientos de rodaje indican que para algún encaminamiento siempre se cruza una pista activa en alguna configuración, se utilizará el idioma inglés en todo momento en las posiciones de local concernidas.
- Condiciones específicas a determinar durante el análisis de seguridad.
- Si alguna de estas posiciones de local está integrada con otras posiciones de control de aeródromo, se aplicaría el uso exclusivo del idioma inglés a las integraciones.
Mejoras de Seguridad:
A través de una mejora en la conciencia situacional de todas las aeronaves que están bajo la jurisdicción de esa posición de local, se garantice que este tipo de operaciones nunca se producen interfiriendo en las de aterrizaje o despegue.
Acción para la prevención de incursiones en pista (SERA C 14015).
Exenciones/Observaciones/Comentarios:
Quedan exentas de lo determinado en este escenario operacional las comunicaciones relativas a operaciones especiales (definidas en el Reglamento de ejecución (UE) 923/2012 de 26 de septiembre de 2012):
Misiones de policía y aduana.
Misiones de vigilancia del tránsito y persecución.
Misiones de control medioambiental realizadas por autoridades públicas o en su nombre.
Búsqueda y salvamente.
Vuelos médicos.
Evacuaciones.
Extinción de incendios.
Exenciones necesarias para garantizar la seguridad de los vuelos de jefes de estado, ministros y demás funcionarios comparables del estado.
El uso exclusivo del idioma inglés, en este escenario, se entenderá sin perjuicio de lo establecido en SERA 2010 y de todas las situaciones de emergencia en las que el controlador de tránsito aéreo estime oportuno la utilización del español con alguna aeronave.
Siempre que las condiciones específicas determinadas en el análisis de seguridad lo posibiliten, podrá utilizarse el español en las comunicaciones tierra – aire entre las dependencias de control de tránsito aéreo de aeródromo y los vuelos que operan conforme a las reglas de vuelo visual (VFR), siempre que los pilotos no dispongan de competencia lingüística en inglés.
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11.2.4. Operaciones con Procedimientos de Baja Visibilidad (LVP)
activados y VIS 3
Escenario Operacional:
Id. 4 Operaciones con Procedimientos de Baja Visibilidad (LVP) activados y VIS 3
Breve descripción:
Se utilizará un idioma único en todas las posiciones de control de aeródromo siempre que se esté en VIS 3.
Este idioma será inglés siempre que exista un piloto en la frecuencia que no tenga competencia lingüística en español.
Incidencias relacionadas:
Un total de 3 incidencias, detalladas en el apartado 11.4.1:
Incidencias nos 2, 9 y 28.
Posiciones (Especificar en rojo):
CLD
GMC
LCL
SDP
Condicionantes de aplicación:
- Si alguna de estas posiciones está integrada con otras posiciones de control de aeródromo, se aplicaría el uso exclusivo del idioma inglés a las integraciones.
- Uso exclusivo del inglés, independientemente de que haya o no tripulaciones no hispanohablantes en la frecuencia.
- Condiciones específicas a determinar durante el análisis de seguridad.
Mejoras de Seguridad:
Mejora de la conciencia situacional respecto a la pista activa en uso para cada operación y la ocupación de los diferentes bloques.
Acción para la prevención de incursiones en pista (SERA C 14015).
Exenciones/Observaciones/Comentarios:
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Quedan exentas de lo determinado en este escenario operacional las comunicaciones relativas a operaciones especiales (definidas en el Reglamento de ejecución (UE) 923/2012 de 26 de septiembre de 2012):
Misiones de policía y aduana.
Misiones de vigilancia del tránsito y persecución.
Misiones de control medioambiental realizadas por autoridades públicas o en su nombre.
Búsqueda y salvamente.
Vuelos médicos.
Evacuaciones.
Extinción de incendios.
Exenciones necesarias para garantizar la seguridad de los vuelos de jefes de estado, ministros y demás funcionarios comparables del estado.
El uso exclusivo del idioma inglés, en este escenario, se entenderá sin perjuicio de lo establecido en SERA 2010 y de todas las situaciones de emergencia en las que el controlador de tránsito aéreo estime oportuno la utilización del español con alguna aeronave.
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11.3. ANEXO III: CONTENIDO DE ENCUESTA A PILOTOS
ENCUESTA A PILOTOS
1) En relación a alguno o varios de los aeródromos bajo consideración, señale su
frecuencia de vuelo hacia / desde los mismos en los últimos 12 meses:
Aeropuerto Frecuencia de operación –f– (veces/mes)
Nunca f ≤ 1 1 < f ≤ 3 f >3
Adolfo Suárez Madrid – Barajas (LEMD)
Barcelona / El Prat (LEBL)
Palma de Mallorca (LEPA/LESJ)
Málaga / Costa del Sol (LEMG)
Alicante – Elche (LEAL)
Tenerife Sur / Reina Sofía (GCTS)
Gran Canaria (GCLP)
Nota: En caso de no haber volado a ninguno de los aeropuertos señalados al menos
una vez en los últimos 12 meses no procede seguir con la cumplimentación del
cuestionario.
2) ¿Qué tipo de licencia de piloto posee?:
a. Licencia de piloto de transporte de línea aérea (ATPL).
b. Licencia de piloto comercial (CPL):
i. Con habilitación de vuelo por instrumentos (IR).
ii. Sin habilitación de vuelo por instrumentos (IR).
c. Licencia de piloto privado (PPL):
i. Con habilitación de vuelo por instrumentos (IR).
ii. Sin habilitación de vuelo por instrumentos (IR).
3) Número de horas de vuelo:
4) Principal actividad aérea que realiza:
a. Transporte aéreo comercial (CAT).
b. Aviación general / Operaciones no comerciales.
c. Operaciones especializadas / trabajos aéreos.
d. Lucha contra incendios.
e. Otras.
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5) ¿Cuál es su lengua materna?:
Lengua materna:
6) Indicar el nivel de competencia lingüística en inglés anotado en su licencia:
a. No dispongo de anotación.
b. Nivel 4 (Operacional).
c. Nivel 5 (Avanzado).
d. Nivel 6 (Experto).
7) Indicar el nivel de competencia lingüística en español anotado en su licencia:
a. No dispongo de anotación.
b. Nivel 4 (Operacional).
c. Nivel 5 (Avanzado).
d. Nivel 6 (Experto).
8) En caso de no contar en su licencia con una anotación de competencia lingüística en
español, pero tener conocimientos de dicho idioma, cómo se autoevaluaría de acuerdo
a la escala de calificación de competencia lingüística de la OACI que figura en el Adjunto
A al Anexo I, Licencias al Personal, de la OACI.
a. Nivel 1 (Pre elemental).
b. Nivel 2 (Elemental).
c. Nivel 3 (Pre operacional).
d. Nivel 4 (Operacional).
e. Nivel 5 (Avanzado).
f. Nivel 6 (Experto).
▼
Árabe
Chino
Español
Francés
Inglés
Otro
Ruso
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9) ¿Qué prefiere Usted, usar el idioma inglés o el idioma español en los aeródromos
bajo consideración?:
a. Español
b. Inglés
Comentarios:
10) Inserte número de licencia y el Estado emisor de la misma (incluir el nombre del
Estado del operador en caso de ATPL/CPL):
a. Nº Licencia (opcional):
b. Estado emisor:
c. Estado del operador (solo para ATPL/CPL):
11) Al aceptar y enviar el formulario, declaro que los datos introducidos son acordes a
la realidad:
▼
▼
Aceptar y enviar
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11.4. ANEXO IV: DESCRIPCIÓN DETALLADA DE
INCIDENCIAS/SUCESOS
En virtud al artículo 16 del Reglamento (UE) No 376/2014 del Parlamento
Europeo y del Consejo de 3 de abril de 2014 relativo a la notificación
de sucesos en la aviación civil y del artículo 12 de la Ley 1/2011 de 4 de
marzo, las tablas con la información detallada de las incidencias y los
sucesos no están a disposición pública. Para obtener dicha
información es precisa una solicitud previa a la Dirección General de
Aviación Civil.
11.4.1. Incidencias/sucesos con el multilenguaje como factor
contribuyente
En todas las ocurrencias recogidas en este apartado:
- Se han producido comunicaciones en diferentes lenguas en presencia de tráficos
esenciales.
- El multilingüismo ha sido identificado como factor contribuyente en la evolución
del suceso, habiendo supuesto el uso exclusivo del inglés un beneficio para la
Seguridad Operacional.
11.4.2. Incidencias/sucesos sin el multilenguaje como factor
contribuyente
En todas las ocurrencias recogidas en este apartado:
- Se han producido comunicaciones en diferentes lenguas en presencia de tráficos
esenciales.
- NO se ha identificado al multilingüismo como factor contribuyente en la evolución
del suceso, por lo que se considera que el uso exclusivo del inglés no habría
supuesto un beneficio de la Seguridad Operacional
Razonamiento seguido para la no implantación del uso del inglés exclusivo
para las incidencias sin el multilenguaje como factor contribuyente:
Como ya se indicó en el apartado Objetivo (ver 1.1), en el entorno operacional español,
donde vienen conviviendo tradicionalmente dos lenguas aeronáuticas con fraseología
estándar y niveles equivalentes de seguridad (español e inglés), debe realizarse un
análisis equilibrado y ponderado entre las situaciones en las que:
- El uso del idioma local puede aumentar la seguridad cuando no hay tráficos
esenciales extranjeros involucrados y/o en situaciones donde hay una necesidad
de tener una mayor fluidez en la comunicación; y
- La presencia de tráficos esenciales y la criticidad de la operación recomienda el
uso del idioma único en todas las comunicaciones como método adicional de
mejora de la seguridad y para incrementar la conciencia situacional de estos
tráficos, y que será el inglés si está en escucha al menos un piloto no
hispanohablante;
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En el análisis detallado de las anteriores incidencias y en la argumentación por las que
estas no se han considerado casos relevantes, se han tenido en cuenta las aportaciones
y el análisis detallado de los casos realizados durante el trascurso del estudio por
SEPLA y por APROCTA.
Teniendo todo lo anterior en consideración, los principales motivos que se encuentran
para justificar este último apartado son los enumerados a continuación:
- Primero, se recuerda que el español es un lenguaje aeronáutico aprobado
y reconocido por la OACI como herramienta de comunicación entre pilotos
y controladores, para el cual se ha desarrollado una fraseología de
comunicaciones aeronáuticas y unos estándares que hacen que su empleo
en las comunicaciones aeronáuticas garantice los máximos niveles de
Seguridad Operacional, al mismo nivel que el empleo del inglés.
Por ello la implantación exclusiva del inglés en todas las situaciones operativas
que pueden darse en los aeródromos españoles no está justificada desde el
punto de vista de la Seguridad Operacional, siendo lo más lógico realizar un
análisis que permita discernir en cuáles el uso exclusivo de un idioma (inglés o
español) constituye un beneficio para la Seguridad Operacional y en qué otras
el idioma único no aporta dicha mejora.
- En casos concretos como las situaciones de rodadura o de pushback y
rodadura en plataforma, el uso exclusivo del inglés puede no ser la
solución más efectiva para evitar conflictos.
Para estos casos concretos, existen en los aeropuertos ciertos hot spots en los
cuales se concentran la mayoría de las incidencias para los cuales los
proveedores de servicio y/o aeropuertos responsables pueden tomar otras
medidas mucho más efectivas que la de la implantación del uso exclusivo del
inglés, tales como realizar cursos de formación o de refresco en su plantilla o
llevar a cabo campañas de concienciación.
Dicha justificación además se apoya en lo mencionado en el siguiente apartado,
debiendo primar la flexibilidad del controlador a la hora de emitir instrucciones o
autorizaciones ATC.
- En algunas situaciones concretas, la posibilidad de poder emplear más de
un único idioma en un entorno operativo como el de la red de aeropuertos
españoles podría mejorar la fluidez de las comunicaciones, llegando a ir en
beneficio de la seguridad de las operaciones.
El empleo del idioma español por parte de agentes (pilotos y controladores de
tráfico aéreo) que tengan a este como lengua materna supone ventajas tales
como la posibilidad para el controlador de transmitir la información de la forma
más detallada y apropiada posible o la menor carga de trabajo para pilotos con
competencia lingüística no experta en inglés, especialmente en situaciones
anormales o poco frecuentes en los que el piloto deba recibir dicha información
de manera efectiva.
- Para las situaciones en las que hay presentes aeronaves que operen bajo
reglas de vuelo visuales (VFR), estos pilotos pueden no disponer de una
adecuada competencia lingüística en inglés, por lo que el uso exclusivo del
inglés iría en perjuicio de la seguridad de las operaciones.
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Por ello, como ya se indicó anteriormente en las fichas de los escenarios
operacionales (ver 6.4), siempre que las condiciones específicas determinadas
en el análisis de seguridad lo posibiliten, podrá utilizarse el español en las
comunicaciones tierra – aire entre las dependencias de control de tránsito aéreo
de aeródromo y los vuelos que operan conforme a las reglas de vuelo visual
(VFR), siempre que los pilotos no dispongan de competencia lingüística en
inglés.
- Algunos de los eventos clasificados como incidentes no representaban
ninguna afectación a la seguridad, aunque el notificador aporte su
apreciación personal.
El notificador puede, además, tener la sensación de que el simple hecho de que
se transmita en un idioma diferente al inglés afecta a la seguridad por sí mismo,
sin plantearse que la utilización de dos idiomas pudiera beneficiar a la seguridad
de las operaciones.
- Para las situaciones descartadas existen otros problemas de
comunicaciones, distintos a la presencia de dos lenguas en la misma
frecuencia, que llevan a que dos aeronaves lleguen a ser consideradas
como tráficos esenciales en conflicto.
Por ello se considera que se debería prestar especial atención a minimizar
eventos relacionados con conflictos en la fraseología, con errores de colación
(hear-back/read-back), o con la confusión por indicativos similares, entre otros,
de forma que se reduzcan en la medida de lo posible las situaciones en las que
dichos eventos conduzcan a un conflicto y comprometan la seguridad de las
operaciones.
- Finalmente, algunos de los casos corresponden a situaciones que se
resuelven mediante la aplicación de buenas prácticas habituales en las
comunicaciones piloto controlador. En particular las siguientes han sido
aportadas en el análisis realizado sobre las incidencias de este estudio por el
SEPLA1:
a) Las informaciones respecto a condiciones meteorológicas cambiantes o
potencialmente peligrosas deberían ser transmitidas en un idioma que
sea entendido por todas las aeronaves potencialmente afectas por las
mismas
b) La información sobre tránsito esencial local entre aeronaves afectadas
debería siempre ser transmitida en un idioma común.
c) Aunque no sea requisito que las aeronaves VFR tengan que acreditar un
nivel mínimo de competencia lingüística en inglés (por ejemplo, tráfico
militar, helicópteros o aviación general), siempre que este tráfico sea
considerado como tránsito esencial local, se debería transmitir esta
información a la aeronave extranjera para aumentar su conciencia
situacional, sobre todo al no estar estas operaciones sujetas a separación
por parte de ATC más allá de la que se mantenga de forma visual entre
ellas.
1 Posición de SEPLA sobre Dossier Informativo cumplimentación AMC 1 SERA.14015 A)
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d) Aunque no sea requisito que el personal aeroportuario en las áreas de
movimiento tenga que acreditar un nivel mínimo de competencia en
inglés (personal de rampa, personal de extinción de incendios, control de
fauna aviar, operarios, etc.) sí que se debería tener esta situación en
cuenta a la hora de realizar evaluaciones en los comités locales de
seguridad en pista y promover medidas mitigadoras.
e) De forma específica, cuando haya aeronaves extranjeras involucradas,
las instrucciones de despegue y aterrizaje deberían realizarse en un
idioma común.
f) En condiciones de baja visibilidad, las aeronaves que se consideren
como tráfico esencial local en la misma frecuencia deberían hablar en un
idioma común.
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11.5. ANEXO V: NIVELES OACI DE COMPETENCIA LINGÜÍSTICA
NIVEL
PRONUNCIACIÓN Se expresa en un dialecto o acento inteligible para la comunidad aeronáutica.
ESTRUCTURA Las estructuras gramaticales pertinentes y las estructuras de las frases están determinadas por las funciones del lenguaje apropiadas a la tarea.
VOCABULARIO FLUIDEZ COMPRENSIÓN INTERACCIONES
Experto 6
La pronunciación, acentuación, ritmo y entonación, aunque posiblemente tengan la influencia de la lengua primaria o de la variante regional, casi nunca interfieren en la facilidad de comprensión.
Utiliza estructuras gramaticales básicas y complejas, y las estructuras de frases con buen dominio y coherencia.
La amplitud y precisión del vocabulario son general- mente adecuadas para comunicarse eficazmente sobre una amplia variedad de temas familiares y no familiares. Emplea una variedad de modismos, matices y tonos.
Capaz de expresarse con todo detalle y con fluidez natural y sin esfuerzo. Puede variar la fluidez del discurso para lograr efectos estilísticos, por ejemplo, para recalcar un punto. En su discurso emplea apropiada y espontáneamente acentuaciones y conjunciones
Comprende con exactitud y de forma coherente y en casi todos los contextos puede comprender las sutilezas lingüísticas y culturales.
Interactúa con facilidad en casi todas las situaciones. Puede captar indicios verbales y no verbales y responde a ellos apropiadamente.
Avanzado 5
La pronunciación, acentuación, ritmo y entonación, aunque tengan la influencia de la lengua primaria o de la variante regional, rara vez interfieren en la facilidad de comprensión.
Utiliza las estructuras gramaticales básicas y las estructuras de frases con buen dominio y coherencia. Intenta expresarse mediante estructuras complejas aunque con errores que alguna vez interfieren con el significado.
La amplitud y la precisión del vocabulario son suficientes para comunicarse eficazmente sobre temas comunes, concretos y relacionados con el trabajo. Puede parafrasear de forma coherente y satisfactoria. Algunas veces emplea modismos
Capaz de expresarse con todo detalle y con relativa facilidad sobre temas familiares pero no puede variar la fluidez del discurso como recurso estilístico. En su discurso emplea apropiadamente acentuaciones o conjunciones.
Comprende con exactitud temas comunes, concretos y relacionados con el trabajo y con bastante exactitud cuándo enfrenta complicaciones de carácter lingüístico o circunstancial o cambios imprevistos. Es capaz de comprender una gran diversidad de variantes lingüísticas
Las respuestas son inmediatas, apropiadas e informativas. Maneja la relación orador/receptor eficazmente.
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(dialectos y acentos) o tonos.
Operacional 4
La pronunciación, ritmo y entonación tienen la influencia de la lengua primaria o de la variante regional pero sólo en algunas ocasiones interfieren en la facilidad de comprensión
Utiliza las estructuras gramaticales básicas y las estructuras de frases creativamente y, por lo general, con buen dominio. Puede cometer errores, especialmente en circunstancias no ordinarias o imprevistas pero rara vez interfieren con el significado.
La amplitud y la precisión del vocabulario son por lo general suficientes para comunicarse eficazmente sobre temas comunes concretos y relacionados con el trabajo. Con frecuencia puede parafrasear satisfactoriamente aunque carece del vocabulario necesario para desenvolverse en circunstancias extraordinarias o imprevistas.
Capaz de expresarse con frases largas a un ritmo apropiado. Ocasionalmente puede perder fluidez durante la transición entre un discurso practicado y otro formulado en una interacción espontánea, pero sin impedir una comunicación eficaz. En su discurso emplea limitadamente acentuaciones o conjunciones. Las palabras superfluas no lo confunden.
Comprende con bastante exactitud temas comunes, concretos y relacionados con el trabajo, cuando el acento o las variantes utilizados son inteligibles para la comunidad internacional de usuarios. Cuando enfrenta complicaciones de carácter lingüístico o circunstancial o acontecimientos imprevistos, su comprensión es más lenta y requiere estrategias de aclaración.
Por lo general las respuestas son inmediatas, apropiadas e informativas. Inicia y sostiene intercambios verbales aun cuando trata sobre situaciones imprevistas. Ante posibles malentendidos, verifica, confirma o clarifica adecuadamente.
Pre- operacional 3
La pronunciación, acentuación, ritmo y entonación tienen la influencia de la lengua primaria o de la variante regional y con frecuencia interfieren en la facilidad de comprensión.
No siempre domina bien las estructuras gramaticales básicas y las estructuras de frases relacionadas con situaciones previsibles. Los errores interfieren frecuentemente con el significado.
La amplitud y la precisión del vocabulario son por lo general adecuadas para comunicarse sobre temas comunes, concretos o relacionados con el trabajo, pero la gama es limitada y la selección de términos por lo general es inapropiada. Con frecuencia no puede parafrasear satisfactoria- mente por falta de vocabulario.
Capaz de expresarse con frases largas, pero con pausas que, por lo general, son inapropiadas. Las dudas y la lentitud en el procesamiento de la lengua no le permiten comunicarse eficazmente. Los términos superfluos lo confunden algunas veces.
Comprende con relativa exactitud temas comunes, concretos y relacionados con el trabajo cuando el acento o las variantes utilizadas son lo suficientemente inteligibles para una comunidad internacional de usuarios. Puede no comprender alguna complicación lingüística o circunstancial o una situación imprevista
Algunas veces las respuestas son inmediatas, apropiadas e informativas. Puede iniciar y sostener intercambios verbales con cierta facilidad sobre temas familiares y situaciones previsibles. Generalmente, la respuesta es inadecuada cuando enfrenta situaciones imprevistas. Elemental
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Elemental 2
La pronunciación, acentuación, ritmo y entonación tienen una fuerte influencia de la lengua primaria o de la variante regional y generalmente interfieren en la facilidad de comprensión.
Demuestra un dominio limitado de unas pocas estructuras gramaticales y estructuras de frases sencillas, aprendidas de memoria.
Vocabulario limitado únicamente a palabras aisladas o frases memorizadas
Puede expresarse con frases cortas, aisladas y aprendidas de memoria, con pausas frecuentes y utilizando palabras superfluas que pueden prestarse a con- fusión mientras trata de hallar expresiones y articular términos menos familiares
La comprensión se limita a frases aisladas aprendidas de memoria, cuando son articuladas cuidadosa y lentamente.
Responde lentamente y a menudo lo hace de forma inapropiada. Su interacción se limita a intercambios de rutinas sencillos
Pre- elemental 1 Desempeño de nivel inferior al elemental
Desempeño de nivel inferior al elemental
Desempeño de nivel inferior al elemental
Desempeño de nivel inferior al elemental
Desempeño de nivel inferior al elemental
Desempeño de nivel inferior al elemental
Nota. — El nivel operacional (nivel 4) es el nivel de competencia lingüística mínimo requerido para las comunicaciones radiotelefónicas. Los niveles 1 a 3
describen los niveles pre-elemental, elemental y pre-operacional de competencia lingüística, respectivamente, y todos ellos describen un grado de competencia
inferior al establecido en los requisitos de competencia lingüística de la OACI. Los niveles 5 y 6 describen los niveles avanzado y de experto a un grado de
competencia superior al requisito mínimo. En general, la escala sirve de referencia para la capacitación y evaluación, y para la asistencia a los candidatos en
la obtención del nivel operacional (nivel 4).
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11.6. ANEXO VI: CATEGORÍAS ECCAIRS EMPLEADAS EN LA
CARACTERIZACIÓN DE LAS INCIDENCIAS DE SEGURIDAD
Listado de categorías ECCAIRS 5 empleados para categorizar los eventos presentes
en las incidencias de seguridad analizadas, basado en la taxonomía ADREP.
EVENTOS - FACTORES DESCRIPTIVOS DE ECAIRS
Alumno en instrucción/entrenamiento
Amerizaje por pérdida de potencia en ascenso inicial
Comunicaciones piloto/ATC - Colación (Erróneo/No hubo)
Comunicaciones piloto/ATC - Comunicaciones radio (No autorizado)
Comunicaciones piloto/ATC - Fraseología (Impreciso/Inadecuado/Tardío)
Comunicaciones/Coordinación - Cambio de frecuencia (Erróneo/Inadecuado)
Comunicaciones/Coordinación - Colación (Erróneo/No hubo)
Comunicaciones/Coordinación - Complejas
Comunicaciones/Coordinación - Comunicaciones con tráficos esenciales en diferente lengua
Comunicaciones/Coordinación - Congestión en frecuencia
Comunicaciones/Coordinación - Coordinación externa / Sector civil colateral (No hubo)
Comunicaciones/Coordinación - Fraseología (Conflictivo/Inadecuado/No estándar/Tardío)
Comunicaciones/Coordinación - Indicativos similares/confusión de indicativos
Comunicaciones/Coordinación - Interferencias tierra-aire
Comunicaciones/Coordinación - Pérdida de comunicaciones ATC
Comunicaciones/Coordinación - Ruido en la frecuencia
Comunicaciones/Coordinación - Transmisión ambigua
Comunicaciones/Coordinación - Uso de idioma (Conflictivo/Erróneo/Insuficiente dominio del inglés/Velocidad, tono o acento incorrecto)
Cuasi colisión con vehículo/equipo
Demora del vuelo
Desvío de autorización ATC - Autorización de alinear en pista (Incumplido)
Desvío de autorización ATC - Autorización de altitud/nivel de vuelo (Incumplido) LEVEL BUST
Desvío de autorización ATC - Autorización de aproximación (Incumplido)
Desvío de autorización ATC - Autorización de ascenso/descenso
Desvío de autorización ATC - Autorización de ascenso/descenso condicionado
Desvío de autorización ATC - Autorización de aterrizaje
Desvío de autorización ATC - Autorización de despegue
Desvío de autorización ATC - Autorización de entrada en espacio aéreo (No hubo)
Desvío de autorización ATC - Autorización de espera (Incumplido)
Desvío de autorización ATC - Autorización de retroceso/pushback
Desvío de autorización ATC - Autorización de rodaje/plataforma (Incumplido)
Desvío de autorización ATC - Autorización de rumbo/viraje (Incumplido/Tardío)
Desvío de autorización ATC - Autorización en ruta
Desvío de autorización ATC - Autorización límite
Desvío de autorización ATC - Autorización/Instrucción de rodaje/plataforma (Incumplido)
Desvío de procedimiento ATM - Notificación de activación TCAS (Tardía/No hubo)
Desvío de procedimiento ATM - Procedimiento VFR (Conflictivo)
Detección y resolución de conflictos - Detección de conflictos (No detectado)
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Detección y resolución de conflictos - Provisión de separación (Incorrecta)
Detección y resolución de conflictos - Resolución de conflictos (Inadecuado/Tardío)
Detección y resolución de conflictos - TCAS RA
Entorno - Encuentro con aves
Entorno - Estela turbulenta
Entorno - Evento de viento en cola
Entorno - Evento de visibilidad reducida
Entorno - Eventos meteorológicos y medioambientales
Entorno - Mezcla de tráfico (Complejo)
Entorno - Mezcla IFR/VFR
Experiencia en la ruta (Ninguna/escasa)
Fallo motor
FH - Alta carga de trabajo puntual
FH - Carga de trabajo elevada
FH - Conciencia situacional de la tripulación de vuelo durante el evento (Reducida)
FH - Conciencia situacional del ATCO durante el evento (Reducida)
FH - Confusión
FH - Distracción/Falta de atención del ATCO
FH - Entendimiento/ Comprensión (Erróneo/Incompleto)
FH - Fatiga/Estado de alerta deteriorado
FH - Gestión de automatismos
FH - Interpretación de la información en cabina (Erróneo)
FH - Interpretación en las comunicaciones orales (Erróneo)
FH - Monitorización de los parámetros básicos de vuelo (Ineficiente)
FH - Presión de tiempo
FH - Realización acción incompleta
FH - Realización acción incorrecta
FH - Realización acción tardía
FH - Selección de acción incorrecta
Fuego/humo
Ground handling - Pushback (Erróneo)
Ground handling - Carga
Ground handling - Carga combustible
Ground handling - Comunicaciones (Incorrecto uso o dominio del inglés/Fraseología/Uso de lengua local, etc…)
Ground handling - Deshielo
Ground handling - Manejo y carga de equipaje
Ground handling - Señalización (Erróneo)
Infraestructura - Fallo del ATIS/ATIS fuera de servicio
Infraestructura - Iluminación de pista mínima/deficiente
Infraestructura - Pista en malas condiciones
Interferencia con puntero láser
Operaciones de toma y despegue
Procedimientos - Aproximación desestabilizada
Procedimientos - Aproximación frustrada
Procedimientos - Control de velocidad - Velocidad Alta
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Procedimientos - Control de velocidad - Velocidad Baja
Procedimientos - Despegue abortado (<v1)
Procedimientos - Despegue abortado (>v1)
Procedimientos - Desvío del vuelo
Procedimientos - Frenazo/parada brusca
Procedimientos - Incursión en pista
Procedimientos - Incursión en rodadura
Procedimientos - Interceptación Localizador (Incorrecto/Overshoot)
Procedimientos - Monitorización de vehículo
Procedimientos - Procedimiento de aproximación (Conflictivo)
Procedimientos - Tiempo de ocupación de pista (Excesivo)
Provisión de información - Información de tráfico esencial (No hubo/Incorrecto/Tardío)
Provisión de información - Información meteorológica/operativa (No hubo/Incorrecto)
Provisión de información - Situación anormal (No hubo)
Relativo a autorizaciones - Autorización de alinear en pista (Erróneo)
Relativo a autorizaciones - Autorización de altitud/nivel de vuelo (Incompleto/Inadecuado)
Relativo a autorizaciones - Autorización de aproximación (Incompleto/Inadecuada/Erróneo)
Relativo a autorizaciones - Autorización de ascenso (Erróneo)
Relativo a autorizaciones - Autorización de aterrizaje (Erróneo)
Relativo a autorizaciones - Autorización de descenso (Erróneo/Tardío)
Relativo a autorizaciones - Autorización de despegue (Erróneo/Tardío)
Relativo a autorizaciones - Autorización de espera (No hubo)
Relativo a autorizaciones - Autorización de retroceso/pushback (Inadecuado/Tardío)
Relativo a autorizaciones - Autorización de rodaje/plataforma (Erróneo)
Relativo a autorizaciones - Autorización de rumbo/viraje (Inadecuado/Tardío)
Transferencia de control/comunicaciones (Incorrecto/Tardío)