Etapas de Los Procedimientos

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Etapas de los Procedimientos Las etapas de los procedimientos concursales ordinario y preventivo se encuentran reguladas en la Ley General del Sistema Concursal y sus modificatorias. Inicio del procedimiento. Evaluación y publicación. Reconocimiento de créditos. Convocatoria a instalación de Junta de Acreedores. Inicio del Procedimiento Procedimiento concursal ordinario A pedido del deudor: Cualquier deudor podrá solicitar el inicio del Procedimiento Concursal Ordinario siempre que acredite encontrarse en, cuando menos, alguno de los siguientes casos: - Que más de un tercio del total de sus obligaciones se encuentren vencidas e impagas por un período mayor a treinta (30) días calendario; -Que tenga pérdidas acumuladas, deducidas las reservas, cuyo importe sea mayor al tercio del capital social pagado. A pedido del acreedor: Uno o varios acreedores impagos cuyos créditos exigibles se encuentren vencidos, no hayan sido pagados dentro de los treinta (30) días calendario siguientes a su vencimiento y que, en conjunto, superen el equivalente a cincuenta (50) Unidades Impositivas Tributarias vigentes a la fecha de presentación, podrán solicitar el inicio del Procedimiento Concursal Ordinario de su deudor.

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Procedimiento

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Etapas de los Procedimientos

Las etapas de los procedimientos concursales ordinario y preventivo se encuentran reguladas en la Ley General del Sistema Concursal y sus modificatorias.

Inicio del procedimiento.

Evaluacin y publicacin.

Reconocimiento de crditos.

Convocatoria a instalacin de Junta de Acreedores.

Inicio del Procedimiento

Procedimiento concursal ordinario

A pedido del deudor:

Cualquier deudor podr solicitar el inicio del Procedimiento Concursal Ordinario siempre que acredite encontrarse en, cuando menos, alguno de los siguientes casos:

- Que ms de un tercio del total de sus obligaciones se encuentren vencidas e impagas por un perodo mayor a treinta (30) das calendario;

-Que tenga prdidas acumuladas, deducidas las reservas, cuyo importe sea mayor al tercio del capital social pagado.

A pedido del acreedor:

Uno o varios acreedores impagos cuyos crditos exigibles se encuentren vencidos, no hayan sido pagados dentro de los treinta (30) das calendario siguientes a su vencimiento y que, en conjunto, superen el equivalente a cincuenta (50) Unidades Impositivas Tributarias vigentes a la fecha de presentacin, podrn solicitar el inicio del Procedimiento Concursal Ordinario de su deudor.

Procedimiento concursal preventivo

Que la solicitud sea presentada por el deudor.

Que no ms de un tercio del total de sus obligaciones se encuentren vencidas e impagas por un perodo mayor a treinta (30) das calendario.

Que no tenga prdidas acumuladas, deducidas las reservas, cuyo importe sea mayor al tercio del capital social pagado.

Evaluacin y publicacin

Declarado el concurso del deudor, la Comisin procede a publicar dicha situacin en el diario oficial El Peruano.

Con dicha publicacin, se convoca a los acreedores a fin que se apersonen y soliciten el reconocimiento de los crditos. El aviso en mencin establece una fecha lmite para la presentacin oportuna de los acreedores.

Reconocimiento de crditos

Los acreedores podrn solicitar a la Comisin el reconocimiento de los crditos u obligaciones que el deudor mantiene frente a ellos, debiendo acreditar el origen, existencia, cuanta, legitimidad y titularidad de dichos crditos.

Tipos de Crditos

Laborales

Ejemplo:

- Trabajadores y/o ex trabajadores.

Previsionales

Ejemplo:

- Oficina de Normalizacin Previsional.

- Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones

- Caja de Beneficios y Seguridad Social del Pescador.

Comerciales (garantizados y no garantizados)

Ejemplo:

- Bancos.

- Entidades financieras.

- Proveedores.

- Otros.

Tributarios

Ejemplo:

- Superintendencia Nacional de Administracin Tributaria.

- Seguro Social de Salud.

- Municipalidades.

- Servicio Nacional de Adiestramiento en Trabajo Industrial.

Crditos alimentarios

Ejemplo:

- Hijos.

- Cnyuge.

Convocatoria a instalacin de Junta de Acreedores

Convocatoria a Junta de Acreedores

La Comisin dispondr la convocatoria a Junta de Acreedores poniendo a disposicin de la persona que solicit el inicio del procedimiento concursal un aviso que se publicar por una sola vez en el diario oficial El Peruano.

La citacin a Junta deber sealar el lugar, da y hora en que sta se llevar a cabo en primera y segunda convocatoria.

Atribuciones de la Junta de Acreedores

Son atribuciones de la Junta de Acreedores, entre otras, las siguientes:

- Decidir el destino del deudor, pudiendo optar entre cualquiera de las siguientes:

* La reestructuracin patrimonial.

* La disolucin y liquidacin.

- Aprobar el Plan de Reestructuracin, Convenio de Liquidacin o Acuerdo Global de Refinanciacin, segn el caso y sus modificatorias.

- Designar al administrador o liquidador, segn el caso, y solicitar la elaboracin de informes del proceso.

- Designar de entre sus miembros a un Comit en el cual podr delegar en todo o en parte las atribuciones (no es delegable la decisin del destino del deudor).