Ex Posicion

55
DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO

description

expo

Transcript of Ex Posicion

Sujetos del derecho internacional privado

DERECHO INTERNACIONAL PRIVADOEl derecho nace como respuesta a diversascircunstancias sociales, polticas, econmicas,histricas e incluso culturales, nace en virtud de una realidad de problemas a los que se pretende enfrentar con soluciones jurdicas diversas; as el derecho internacional privado, nace como necesidad de regular las relaciones jurdicas de individuos en las que se trasponen las fronteras.IntroduccinEl derecho internacional privado es la rama delderecho que se ocupa del estudio del llamadoderecho de gentes o derecho que regula lasituacin jurdica de las personas en el mbitointernacional.

6.1.-Concepto

NacionalesLeyJurisprudenciaCostumbreLa doctrina6.2.-Fuentes del derecho internacional privado

Fuentes internacionalesTratados internacionalesCostumbres internacionalesLa jurisprudencia internacionalLa doctrina

La ley: es la principal diferencia a las fuentes del derecho internacional pblico ya que esta es la que aplica a los sujetos del derecho internacional privado. La jurisprudencia: Es importante en la medida que permite a los jueces ampliar los supuestos de las normas jurdicas y con ello enriquecer criterios, puntos de vista y lo que es ms importante: darle certeza a las personas en cuanto al sentido y al alcance de las normas jurdicas.

fuentes nacionalesLa costumbre: Es la actividad reiterada y constante de un grupo social en cierta rea especfica de su vida. Cuando la costumbre es reconocida por el derecho se convierte en normatividad jurdica sin estar sobre la Ley. La doctrina: cumple una funcin doble primero, interpreta normas jurdicas o las decisiones de los tribunales y, con frecuencia, de esa interpretacin se originan las teoras; segundo, las teoras sirven al legislador o a los jueces para desarrollar su trabajo, para darle cada contenido. Los tratados: Se ha firmado que nicamente en virtud de un habito demasiado arraigado consideramos a los tratados como fuente formal internacional puesto que el tratado no es propiamente la fuente.La costumbre internacional: Es una manera de crear normas jurdicas internacionales que se caracteriza por cierta conducta del sujeto del Derecho Internacional.

fuentes internacionalesLa jurisprudencia internacional: para que haya jurisprudencia internacional como fuente formal de Derecho Internacional Privado es presupuesto indispensable la existencia de tribunales internacionales que tengan a su cargo la solucin de los conflictos que surgen con motivo de la vigencia espacial simultanea de normas jurdicas de ms de un Estado.La doctrina: Es el conjunto de opiniones vertidas por los estudiosos del derecho internacional privado, cumple una funcin importante, al sistematizar la interpretacin de las diversas fuentes del derecho, as como realizar estudios para el avance de la ciencia jurdica.

6.3 RELACIN DEL DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO CON OTRAS RAMAS DEL DRECHO

Derecho Aduanero

Derecho fiscal

Derecho civil

Derecho laboral

Derecho Mercantil

Derecho Administrativo

Derecho PenalDerecho Aduanero

La relacin que existe con este derecho es el tener el conocimiento de cmo se regula el mercado extranjero si se quiere tener una participacin activa en el mismo

Derecho Fiscal

La relacin recae en que a pesar de ser persona extranjera si radica en este pas o viceversa no se le exime del cumplimiento del deber fiscal como el pago de los impuestos sealados en las leyes correspondientes.Impuestos q pagan extranjerosISR IVA IETU

Art 31 fraccin IV

Derecho civil

El Derecho internacional Privado se encarga de las relaciones internacionales entre personas fsicas o morales como el regular estas mismas haciendo uso del Derecho civil que se enfoca en las relaciones individuales entre personas privadas

Derecho laboral

deben velar por los intereses de los trabajadores que tengan el deseo o la necesidad de trabajar en algn pas extranjero para as conocer los derechos y obligaciones a los que estn sujetos los trabajadores

Derecho Mercantil

El derecho Internacional tiene como unos de sus fines permitir el comercio internacional por lo cual es de suma importancia el derecho mercantil para lograr el fin deseado

Los actos de comercio legales

Derecho Administrativo

Es por lo general la solucin de conflictos de leyes que se efecten mediante actos de administracin publica

Derecho Penal

Es que cuando una persona fsica o moral toma la decisin de tener una residencia o negocios en un pas extranjero esta regulado por las leyes del pas en que se encuentra , y esta sujeto a cualquier pena o sancin que se le d por infligir cualquiera de las leyes sealadas

La regulacin de la relacin entre Estados y Organismos Internacionales, para el desarrollo de cada unoSujetos:Son todos aquellos individuos que formen parte de una nacin que realice actividades internacionales, y personas fsicas y/o morales.

6.4.-Objeto

Prez Verda (Abogado, Docente y letrada, Guadalajara, Jalisco. 1857-1915) el objeto de la ciencia del Derecho Internacional Privado es asegurar las leyes nacionales su aplicacin en las relaciones internacionales.

La condicin jurdica de los extranjeros seala que cada estado es dueo decidir si puede otorgar los derechos que desee a los extranjeros siempre y cuando respete las reglas del Derecho Internacional, este tema va ligado con el mnimo de derechos internacionalmente reconocidos, as como los sistemas de trato para los extranjeros; entre ellos: sistema de reciprocidad diplomtico.La condicin jurdica de los extranjeros involucra derechos y obligaciones imputados a un Estado, relacionados con las personas fsicas o morales que no son considerados nacionales.

la condicin jurdica de los extranjeros y los conflictos de leyes (art. 32 de la ley general de poblacin)

Calidades migratorias.

Los extranjeros podrn internarse legalmente en el pas de acuerdo con las siguientes calidades A) Migrantes.- El concepto de migrante engloba a cualquier tipo de motivacin para cambiar de residencia, ya sea en forma temporal o permanente. No obstante, las condiciones mundiales afectan de tal modo a la migracin contempornea, que sta se ha transformado en gran medida en econmica. Eso significa que la causa de la movilizacin es la bsqueda de oportunidades de sobrevivencia, es decir, se migra para buscar trabajo.B) No inmigrante.- Considerase no inmigrante a todo extranjero con domicilio en otro Estado que se interna legal y condicionalmente en el pas, sin nimo de radicarse y con los motivos referidos en cada categora migratoria.C) inmigrantes.- es el extranjero que se interna legal y condicionalmente en el pas con el propsito de radicar en el en tanto que adquiere la calidad de inmigrado, pueden permanecer en el pas con esa calidad por el trmino de cinco aos

polticas de inmigracin en Mxico

No inmigrantesTuristaTransmigrantevisitantesVisitantes provisionalesVisitantes localesVisitante distingidoEstudianteRefugiadoAsilo polticoConsejeroInmigrantesRentistainversionistaProfesionalCargos de confianzaCientficoTcnicoFamiliaresArtistas y deportistasTener una visa FM3 de largo plazo, significa contar con un documento migratorio que ampara su legal estancia en el pas por 1 ao.

Bajo esta calidad migratoria el tiempo mximo concedido por el Gobierno Mexicano es de 12 meses, sin embargo pueden renovarse hasta en cuatro ocasiones y al termino de su vigencia podr usted optar por un nuevo documento como No inmigrante (FM3) Ejemplo Estudiantes (FM3) Las visas de estudiantes se otorgan por periodos de un ao o por lo que dure el ao escolar. Los estudiantes no pueden salir del pas por ms de 120 das al ao y tienen que comprobar ante las autoridades un ingreso regular para satisfacer sus necesidades. El estatus obtenido cuando solicitas el permiso es de no inmigranteVisas no inmigrantesFM2. Los inmigrantes se aceptarn hasta por cinco aos y tienen obligacin de comprobar a satisfaccin de la Secretara de Gobernacin, que estn cumpliendo con las condiciones que les fueron sealadas al autorizar su internacin y con las dems disposiciones migratorias aplicables a fin de que sea refrendada anualmente, si procede, su documentacin migratoria. EjemploFamiliares (FM2 o FM3)Como no inmigrante o migrante, tus familiares pueden sacar un permiso para ingresar al pas como tus dependientes econmicos.En tal caso, vas a tener que presentar a las autoridades copia de tus documentos migratorios, as como comprobantes de ingresos.Los familiares pueden trabajar o llevar a cabo cualquier actividad honesta si les dan el permiso correspondiente. El estatus migratorio cambiara entonces a cualquiera de los permisos antes mencionados.

Visa de inmigrantesDiferencias entre la FM2 y FM3FM 3 (no inmigrantes)

Mltiples entradas y salidas.Opcin de ingresar un vehculo extranjero sin tener que pagar impuestos de importacin definitivaFM 2InmigranteEntradas y salidas sujetas a conteo (no podr permanecer fuera del pas por ms de 18 meses ya sea en forma continua o intermitente.Opcin de ingresar un vehculo extranjero sin tener que pagar impuestos de importacin definitiva. Solo aplica a inmigrantes rentistas.La mayor parte de las Instituciones de crdito mexicanas, solicitan este documento a fin de poder otorgar cualquier clase de crdito, prstamo o apertura de cuentas.Se requiere contar con FM2 a fin de proceder cualquier trmite de naturalizacin Mexicana.Es un peldao ms en su vida migratoria en Mxico debiendo aplicar por la Calidad Migratoria de Inmigrado al vencimiento de su cuarto refrendo anual, convirtiendo con ello su documento migratorio en una visa indefinida y con actividades liberadas.El conflicto de leyes es conocido como la convergencia de normas jurdicas, la controversia especfica donde existen puntos de conexin o contacto que, para regular un determinado aspecto de la situacin concreta, la vinculan con dos o ms normas jurdicas, sin importar si su contenido es acorde, anlogo, vara o est en evidente contradiccin.Una norma jurdica, recordemos, est vigente cuando el poder pblico de un Estado la declara obligatoria para la totalidad o parte de su territorio, en una poca y espacio determinados

Conflicto en leyesEl derecho internacional privado, en este sentido, adquiere una notable importancia, pues es a travs de las normas y principios que se establecen en el marco de su injerencia como rama del Derecho, para elegir el derecho o disposicin legal de fondo aplicable en cada caso de convergencia de normas jurdicas. El problema, sin embargo, es que cada Estado soberano aplica el criterio que considera ms conveniente para s o sus gobernados, por lo que la nica va de unificacin de criterios es la celebracin de tratados, acuerdos o convenciones internacionales en la materia.

LA NACIONALIDAD MEXICANA; FORMAS DE OBTENERLA.

Artculo 30 de la Constitucin Poltica de los Estados Unidos Mexicanos.Formas de obtener la nacionalidad mexicana:

A) Son mexicanos por nacimiento:I.- Los que nazcan en territorio nacional, sea cual fuere la nacionalidad de sus padres.

II.- Los que nazcan en el extranjero, hijo de padres mexicanos nacidos en territorio nacional.

III.- Los que nazcan en el extranjero, hijo de padres mexicanos, o uno de los padres, por naturalizacin.

III.- Que nazcan en embarcaciones o aeronaves mexicanas, sean de guerra o mercantes.

B) Son mexicanos por naturalizacin:I.- Los extranjeros que obtengan su carta de naturalizacin de la S.R.E.

II.- La mujer o el varn extranjero que contraiga matrimonio con varn o mujer mexicanos,

Que tengan o establezcan su domicilio dentro del territorio nacional y cumplan los dems requisitos que al efecto seale la ley.

ESTE ARTCULO SEALA DISPOSICIONES QUE RETOMAN ASPECTOS DEL DERECHO ROMANO, TALES COMO EL IUS SANGUINIS Y EL IUS SOLI; LOS CUALES SE BASAN EN LA NACIONALIDAD DE LOS PROGENITORES Y EN EL LUGAR DE NACIMIENTO PARA OTORGAR LA NACIONALIDAD.IUS SANGUINIS: DEL LATN QUE SIGNIFICA DERECHO DE SANGRE. EN ESTE CRITERIO, UNA PERSONA ADQUIERE LA NACIONALIDAD DE SUS ASCENDIENTES POR EL SIMPLE HECHO DE SU FILIACIN (BIOLGICA O ADOPTIVA) AUNQUE EL LUGAR DE NACIMIENTO SEA OTRO PAS.IUS SOLI: DEL LATN QUE SIGNIFICA DERECHO DE PISO (O DERECHO DE LUGAR) Y QUE ES UN CRITERIO QUE DETERMINA LA NACIONALIDAD DE UNA PERSONA FSICA.TIPOS DE NACIONALIDAD Y NATURALIZACIN EN MXICO

DECLARATORIA DE NACIONALIDAD MEXICANA POR NACIMIENTO.ESTE DOCUMENTO SE EXPIDE A MEXICANOS POR NACIMIENTO QUE HAYAN NACIDO EN TERRITORIO NACIONAL O NACIDOS EN EL EXTRANJERO DE PADRE, MADRE O AMBOS MEXICANOS, Y QUE SIENDO MAYORES DE 18 AOS, OBTUVIERON O HICIERON USO DE OTRA NACIONALIDAD ANTES DEL 20 DE MARZO DE 1998, Y QUE DESEEN ACOGERSE AL BENEFICIO DE LA NO PRIVACIN DE LA NACIONALIDAD MEXICANA.

CARTA DE NATURALIZACIN POR RESIDENCIAESTE DOCUMENTO SE EXPIDE A LOS EXTRANJEROS QUE ACREDITEN UNA RESIDENCIA EN TERRITORIO NACIONAL CON LA CALIDAD MIGRATORIA DE INMIGRANTE O INMIGRADO (FM2 TIPO LIBRETA FOTOCREDENCIAL), CUANDO MENOS DURANTE LOS LTIMOS CINCO AOS INMEDIATOS ANTERIORES A LA FECHA DE SU SOLICITUD.

CARTA DE NATURALIZACIN POR SER DESCENDIENTE EN LNEA RECTA DE UN MEXICANO. ESTE DOCUMENTO SE EXPIDE A LOS EXTRANJEROS QUE ACREDITEN SER DESCENDIENTES EN LNEA RECTA DE UN MEXICANO POR NACIMIENTO Y COMPRUEBEN UNA RESIDENCIA CON LA CALIDAD MIGRATORIA DE INMIGRANTE O INMIGRADO (FM2 TIPO LIBRETA FOTOCREDENCIAL), DE DOS AOS INMEDIATAMENTE ANTERIORES A LA FECHA DE LA SOLICITUD.

CARTA DE NATURALIZACIN POR TENER HIJOS MEXICANOS POR NACIMIENTOESTE DOCUMENTO SE EXPIDE A LOS EXTRANJEROS QUE ACREDITEN TENER HIJOS MEXICANOS POR NACIMIENTO Y COMPRUEBEN UNA RESIDENCIA CON LA CALIDAD MIGRATORIA DE INMIGRANTE O INMIGRADO (FM2 TIPO LIBRETA FOTOCREDENCIAL), DE DOS AOS INMEDIATAMENTE ANTERIORES A LA FECHA DE LA SOLICITUD.

CARTA DE NATURALIZACIN POR SER ORIGINARIO DE UN PAS LATINOAMERICANO O DE LA PENNSULA IBRICA. ESTE DOCUMENTO SE EXPIDE A LOS EXTRANJEROS QUE ACREDITEN SER ORIGINARIOS DE UN PAS LATINOAMERICANO O DE LA PENNSULA IBRICA Y COMPRUEBEN UNA RESIDENCIA CON LA CALIDAD MIGRATORIA DE INMIGRANTE O INMIGRADO (FM2 TIPO LIBRETA FOTOCREDENCIAL), DE DOS AOS INMEDIATAMENTE ANTERIORES A LA FECHA DE LA SOLICITUD.

CARTA DE NATURALIZACIN POR HABER CONTRADO MATRIMONIO CON VARN O MUJER MEXICANOS. ESTE DOCUMENTO SE EXPIDE CUANDO EL VARN O MUJER EXTRANJEROS CONTRAEN MATRIMONIO CON MUJER O VARN MEXICANOS Y COMPRUEBAN QUE HAN RESIDIDO CON LA CALIDAD MIGRATORIA DE INMIGRANTE O INMIGRADO (FM2 TIPO LIBRETA O FOTOCREDENCIAL) Y VIVIDO DE CONSUNO EN EL DOMICILIO CONYUGAL ESTABLECIDO EN TERRITORIO NACIONAL DURANTE LOS DOS AOS INMEDIATAMENTE ANTERIORES A LA FECHA DE LA SOLICITUD.

CARTA DE NATURALIZACIN POR ESTAR SUJETO A PATRIA POTESTAD O SER HIJO ADOPTIVO DE MEXICANOS

ESTE DOCUMENTO SE EXPIDE A LOS MENORES EXTRANJEROS QUE ACREDITAN SER HIJOS ADOPTIVOS O DESCENDIENTES HASTA SEGUNDO GRADO, SUJETOS A PATRIA POTESTAD DE MEXICANOS Y COMPRUEBEN UNA RESIDENCIA CON LA CALIDAD MIGRATORIA DE INMIGRANTE O INMIGRADO (FM2 TIPO LIBRETA FOTOCREDENCIAL), ININTERRUMPIDA EN TERRITORIO NACIONAL DE UN AO INMEDIATO ANTERIOR A LA PRESENTACIN DE LA SOLICITUD.

CARTA DE NATURALIZACIN POR HABER ESTADO SUJETO A PATRIA POTESTAD O HABER SIDO ADOPTADO POR MEXICANOS

ESTE DOCUMENTO SE EXPIDE A LOS EXTRANJEROS QUE ACREDITAN HABER SIDO HIJOS ADOPTIVOS O DESCENDIENTES HASTA SEGUNDO GRADO, HABER ESTADO SUJETOS A PATRIA POTESTAD DE MEXICANOS Y COMPRUEBEN UNA RESIDENCIA CON LA CALIDAD MIGRATORIA DE INMIGRANTE O INMIGRADO (FM2 TIPO LIBRETA FOTOCREDENCIAL), ININTERRUMPIDA EN TERRITORIO NACIONAL DE UN AO INMEDIATO ANTERIOR A LA PRESENTACIN DE LA SOLICITUD.

CARTA DE NATURALIZACIN POR HABER PRESTADO SERVICIOS O REALIZADO OBRAS DESTACADAS EN MATERIA CULTURAL, SOCIAL, CIENTFICA, TCNICA, ARTSTICA, DEPORTIVA O EMPRESARIAL

ESTE DOCUMENTO SE EXPIDE A LOS EXTRANJEROS QUE ACREDITEN HABER PRESTADO SERVICIOS O REALIZADO OBRAS DESTACADAS EN MATERIA CULTURAL, SOCIAL, CIENTFICA, TCNICA, ARTSTICA, DEPORTIVA O EMPRESARIAL QUE BENEFICIEN A LA NACIN Y ACREDITEN UNA RESIDENCIA CON LA CALIDAD MIGRATORIA DE INMIGRANTE O INMIGRADO (FM2 TIPO LIBRETA FOTOCREDENCIAL), DE DOS AOS INMEDIATAMENTE ANTERIORES A LA PRESENTACIN DE LA SOLICITUD.

LEY DE NACIONALIDAD Y NATURALIZACIN: ARTCULOS 33 Y 34

ARTCULO 33EN LA EXPEDICIN DE LOS DOCUMENTOS DE NACIONALIDAD MEXICANA POR NACIMIENTO O NATURALIZACIN, ANTES DE SER ENTREGADOS AL TITULAR, DEBERN SER REVISADOS POR ESTE. EN CASO DE DETECTARSE ERROR ORTOGRFICO, GRAMATICAL O DE OMISIN, SE PROCEDER A EFECTUAR LA CORRECIN CORRESPONDIENTE.LOS DOCUMENTOS DE NACIONALIDAD MEXICANA POR NACIMIENTO O NATURALIZACIN QUE ADVIERTAN ALTERACIONES, TACHADURAS O ENMENDADURAS CARECERN DE VALIDEZ.ARTCULO 34LA ACLARACIN DE LOS DOCUMENTOS DE NACIONALIDAD MEXICANA POR NACIMIENTO Y POR NATURALIZACIN, PROCEDER DIRECTAMENTE ANTE LA DIRECCIN GENERAL DE ASUNTOS JURDICOS DE LA SECRETARA CUANDO EN LA EXPEDICIN DEL DOCUMENTO CORRESPONDIENTE, NICAMENTE EXISTAN ERRORES MECANOGRFICOS, ORTOGRFICOS O DE OTRA NDOLE QUE NO AFECTEN LOS DATOS ESENCIALES.