EXPERIENCIA DE REPÚBLICA DOMINICANA EN … e… · 35 y 36, Ley No.358-05 y ley de Salud) ......
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EXPERIENCIA DE REPÚBLICA DOMINICANA
EN RETIRO DE PRODUCTOS
NATANAEL DE LOS SANTOS
Subdirector de Operaciones PROCONSUMIDOR
2) Producto y marca: Sillitas Healthy Care, Easy Clean y Close to Me.
Riesgo: Los niños pueden caer sobre o golpearse contra las clavijas de
las patas traseras de la silla alta y sufrir lesiones o laceraciones.
Las clavijas se usan para guardar la bandeja de la silla.
1)Productos: triciclos, juguetes y sillitas infantiles. Marca: Fisher-Price.
Causa: por motivos de seguridad.
Empresa: MATTEL LATIN EXPORT
Cantidad: 35,355 unidades retiradas del mercado dominicano.
Retiro voluntario por los importadores, la información fue recibida
del importador . En el país no se reportaron casos de lesiones.
Riesgo: Tienen una llave de contacto protuberante de plástico cerca del
asiento en que los niños pueden sentarse o golpear en ella y caerse, lo que a
su vez puede provocar heridas, incluso hemorragia genital.
Las instituciones participantes: Empresa importadora y
PROCONSUMIDOR
El marco normativo e institucional sobre el cual actuaron: Arts.:
35 y 36, Ley No.358-05
y ley de Salud)
El tipo y alcance de la intervención: Retiro voluntario.
La coordinación interinstitucional que existió:
Ninguna, la empresa importadora notificó el retiro a la
autoridad de PROCONSUMIDOR. El intercambio de información durante la intervención:
Se produjo entre la empresa y PROCONSUMIDOR (mas bien, desde la
empresa a PROCONSUMIDOR).
Medidas preventivas empleadas: Ningunas.
BASE LEGAL Y CONSTITUCIONAL
Art. 35.- Riesgos no previstos. Luego de introducido un producto
o servicio en el mercado, si se estableciera la existencia de riesgos
no previstos, defectos o alteraciones que lo conviertan en peligroso
para la salud o seguridad, el proveedor estará obligado a
informarlo, de forma inmediata y pública, a las autoridades
competentes y a la población en general, debiendo utilizar para
ello todos los medios adecuados, de manera que se asegure una
oportuna información sobre los riesgos del producto o servicio a
toda la población. El cumplimiento de esta obligación no exime al
proveedor de las responsabilidades que pudieran .establecerse en
cada caso.
Art. 36.- El proveedor estará obligado, asimismo, a la adopción
de medidas oportunas y al acatamiento de las medidas dispuestas
por las autoridades competentes para eliminar o reducir el
peligro, incluyendo el retiro o suspensión de los productos o
servicios afectados, así como su sustitución o reparación, según
sea el caso.
Constitución
Ley No. 166-12
Ley No. 42-01
Ley No. 358-05
CAMAS PARA NIÑOS 3) Producto: Camas para niños
De la marca: KRITTER Y SNIGLAR
Riesgos: roturas de barras metálicas. Una barra rota podría dejar al descubierto
los bordes metálico afilados presentando peligro de lesiones.
Caso reportados : 7
Tipo de intervención: Retiro voluntario.
OTROS CASOS: RETIRO FORZOSO DE PRODUCTOS
Importación de Cemento Carib, sin pruebas de calidad y resistencia.
2.4 MILLONES DE KILOGRAMOS
PRO CONSUMIDOR impidió su entrada al mercado local, hasta que se realizaran las pruebas de calidad y resistencia y se cumpliera con el protocolo de internación establecido en el reglamento técnico
Azúcar importada desde Brasil con “arena”(o ingrediente no soluble).
Alertas sobre medicamentos e implantes mamarios
Pastillas adelgazantes “chinas”. (El país ocupa el noveno lugar en Latinoamérica en venta de medicamentos
vencidos o falsificados, con un 12% del total de los comercializados en el mercado interno).
Se retiraron 18,040 cajas de pastillas, fabricadas en laboratorio ilegal. Actuación conjunta de
PROCONSUMIDOR, MSP y MP.
Soladek: Alta dosis de materia activa produce acumulación de grasa en el hígado . Fue retirada del mercado.
Empresas afectadas: Indo-farma, Sued, Ethical Pharmaceutica, Acromax y Union de Industrias farmacéutica
del Caribe.
Implantes (prótesis ) mamarios: 58,000 unidades importadas , el 27 % desde Francia, sin identificar
fabricantes, ni marcas.
ACCIONES INSTITUCIONALES
1. Sensibilización de otros actores.( PROVEEDORES, AUTORIDADES DE ADUANAS, INDOCAL como
autoridad en metrología y SALUD).
2. Creación de observatorio o Mesa de trabajo intersectorial.
3. Suma de voluntades (Firma de convenios con 6 hospitales para registro de casos lesiones o
muertes que involucren productos de consumo. (incluyendo hospitales infantiles y el Hospital
Nacional de Patología Forense.
4. Mesa de trabajo con sector ferretero/ caso productos eléctricos.
Realización de Workshop
4)Procedimos a capacitar actores.
DIGENOR/INDOCAL
•MINISTERIO DE INDUSTRIA Y
COMERCIO
•MINISTERIO DE SALUD PUBLICA
• LABORATORIO IIBI
•GRUPOS EMPRESARIALES
•ORGANIZACIONES DE
CONSUMIDORES •PUBLICACION DE UN MANUAL DE BUENAS PRACTICAS COMERCIALES.
• SISTEMA DE INFORMACION Y ESTADISTICAS CON HOSPITALES
•EL PRESTIGIO DE LA AUTORIDAD DE CONSUMO/ INDUCE AL CUMPLIMIENTO
Contactos: 809-567-8555 Servicio al Usuario
809-472-2731, Desde el interior sin cargos 1-809-200-8555
Charles Summer No.33, Los prados,
Santo Domingo, D. N., Rep. Dom.
ww.proconsumidor.gob.do