Exposición MAT. Sociología Rural

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Diapositivas sobre el ministerio de agricultura y tierras, sus bases legales y atribuciones.

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Diapositiva 1

Art. 305. Constitucin De La RepblicaEl Estado promover la agricultura sustentable como base estratgica del desarrollo rural integral a fin de garantizar la seguridad alimentaria de la poblacin; entendida como la disponibilidad suficiente y estable de alimentos en el mbito nacional y el acceso oportuno y permanente a stos por parte del pblico consumidor. La seguridad alimentaria se alcanzar desarrollando y privilegiando la produccin agropecuaria interna, entendindose como tal la proveniente de las actividades agrcola, pecuaria, pesquera y acucola. La produccin de alimentos es de inters nacional y fundamental para el desarrollo econmico y social de la Nacin. A tales fines, el Estado dictar las medidas de orden financiero, comercial, transferencia tecnolgica, tenencia de la tierra, infraestructura, capacitacin de mano de obra y otras que fueren necesarias para alcanzar niveles estratgicos de autoabastecimiento. Adems, promover las acciones en el marco de la economa nacional e internacional para compensar las desventajas propias de la actividad agrcola.Art. 307. Constitucin de La RepblicaEl rgimen latifundista es contrario al inters social. La ley dispondr lo conducente en materia tributaria para gravar las tierras ociosas y establecer las medidas necesarias para su transformacin en unidades econmicas productivas, rescatando igualmente las tierras de vocacin agrcola. Los campesinos o campesinas y dems productores agropecuarios y productoras agropecuarias tienen derecho a la propiedad de la tierra, en los casos y formas especificados en la ley respectiva. El Estado proteger y promover las formas asociativas y particulares de propiedad para garantizar la produccin agrcola. El Estado velar por la ordenacin sustentable de las tierras de vocacin agrcola para asegurar su potencial agroalimentario.

Art 7. Ley De Tierras Y Desarrollo Agrario.Se entiende por latifundio toda aquella extensin de tierras que supere el promedio de ocupacin de la regin o no alcance un rendimiento idneo del ochenta por ciento (80%). Asimismo, a los efectos de la presente Ley, se entiende por tercerizacin toda forma de aprovechamiento de la tierra con vocacin de uso agrcola mediante el otorgamiento a un tercero del derecho de usufructo sobre sta o el mandato de trabajarla, bien sea a travs de la constitucin de sociedades, arrendamientos, comodatos, cesin de derechos, medianera, aparcera, usufructo o, en general, cualquier forma o negocio jurdico, oneroso o no, con los cuales el que se atribuye la propiedad de la tierra efecta su aprovechamiento con la intermediacin de un tercero, o lo delega en l. No estn comprendidos dentro de la definicin establecida en el aparte anterior los contratos celebrados con el objeto de realizar obras de infraestructura, mecanizacin de suelos, nivelacin, riego, extraccin, fumigacin y cualquier otra actividad que slo pretenda incorporar, reparar o mejorar las condiciones de agrosoporte producto de las tierras. El latifundio, as como la tercerizacin, son mecanismos contrarios a los valores y principios del desarrollo agrario nacional y, por tanto, contrarios al espritu, propsito y razn de la presente Ley.Tenencia De La TierraTipos:Titulacin (Adjudicacin)Usufructo Artculo 583Cdigo CivilEl usufructo es el derecho real de usar y gozar temporalmente de las cosas cuya propiedadpertenece a otro, del mismo modo que lo hara el propietario.Propiedad Legitima (Titulo de Adjudicacin Permanente) Artculo 545Cdigo CivilLa propiedad es el derecho de usar, gozar y disponer de una cosa de manera exclusiva, conlas restricciones y obligaciones establecidas por la Ley.INTICertificacin de Finca Productiva

Certificacin de Finca Mejorable

Acta de Transferencia

Ministerio Del Poder Popular Para La Agricultura y Tierras Competencias Generales:Planificar, disear, coordinar y ejecutar polticas efectivas tendientes a la consolidacin de un sistema agroproductivo diverso, de alto rendimiento y a tono con los avances tecnolgicos en esta rea. Para ello se recurrir al uso intensivo de tecnologas de informacin, operadas por equipos humanos de alto rendimiento, proactivos, diligentes y con total orientacin hacia los resultados previstos en el sistema productivo de la economa real.Funciones explicitas en la Ley De Tierras y Desarrollo Agrario:Disear y llevar a cabo programas de incentivos a la produccin y aseguramiento de la distribucin e intercambio de productos agrcolas.Calcular y documentar ndices y promedios de produccin, costos, hectreas cultivadas, asentamientos, etc.Asumir el pago de las jubilaciones, pensiones y dems derechos del personal empleado y obrero del IAN.Interactuar, supervisar y cooperar con entes adscritos.

AtribucionesLa regulacin, formulacin y seguimiento de polticas, la planificacin y realizacin de las actividades del Ejecutivo Nacional en materia de fomento, desarrollo y proteccin de la produccin primaria y comercio agrcola, vegetal, pecuario, acucola, pesquero y forestal.

Definir las polticas de administracin y distribucin de tierras con vocacin agrcola, de acuerdo con los lineamientos de uso de la tierra que se establezcan en la ordenacin fsico- espacial de los suelos y en la legislacin vigente.

El catastro rural, en coordinacin con el Ministerio del Poder Popular para el Ambiente.

Definir, conjuntamente con los organismos competentes, las estrategias de promocin y captacin de inversiones para el desarrollo del sector agrcola y rural.

El control fitosanitario y zoosanitario.

Definir, conjuntamente con los organismos competentes, las polticas de desarrollo de Infraestructura rural y agrosoporte fsico, de acuerdo con los planes y estrategias nacionales de desarrollo.

La administracin de tierras baldas destinadas a la explotacin agrcola.

La participacin en las negociaciones internacionales sobre comercio agrcola, en coordinacin con los Ministerios del Poder Popular para Relaciones Exteriores y del Poder Popular para la Alimentacin.

AtribucionesLo relativo a la utilizacin de fertilizantes, medicamentos veterinarios, vacunas, productos qumicos, biolgicos y zooterpicos de uso agrcola.

La movilizacin de los vegetales, animales o sus partes, a los efectos del control sanitario.

Coordinar con los rganos y entes competentes las polticas relacionadas con los sistemas de riego, drenaje, soporte de infraestructura fsica del sector agropecuario y saneamiento de tierras.

Formular polticas, planes y programas que propendan al manejo racional de los suelos con vocacin agrcola, conjuntamente con el Ministerio del Poder Popular para el Ambiente.

Definir las polticas y estrategias de desarrollo del medio rural vinculado al sector agrcola, para estimular la organizacin y mejoramiento de la calidad de vida de la poblacin rural.

AtribucionesCoordinar con los organismos y entes competentes la formulacin, seguimiento y evaluacin de las polticas de sanidad agropecuaria, insumos agrcolas, maquinarias y equipos, para la produccin agrcola primaria.

La direccin, administracin y manejo de programas de compensaciones para el desarrollo competitivo del sector y dems mecanismos e instrumentos establecidos legalmente en beneficio de los productores agrcolas.

La autorizacin, inspeccin y control de los frigorficos y mataderos industriales, en coordinacin con los Ministerios del Poder Popular para la Salud y Proteccin Social, del Poder Popular para el Comercio y del Poder Popular para la Alimentacin.

La regulacin y control de la manipulacin gentica en materia de alimentos y produccin primaria, en coordinacin con los rganos y entes competentes.

Las dems que le atribuyan las leyes y otros actos normativos.

Empresas AdscritasCompaa de mecanizado agrcola y transporte Pedro Camejo S.A.Empresa Socialista Bravos de Apure (Antiguo Hato el Cedral, Mantecal Edo Apure)Empresa Socialista Ganadera Agroecologica Marisela C.A. (Hato el Fro, Edo Apure)Empresa Socialista Ganadera Santos Luzardo C.A. (Apure, Aragua, Barinas, Portuguesa, Tchira. 24 UPSA, 128330 Has.)Frente Bolivariano de Luchadores SocialesPlanta Procesadora de Platanos Argelia Laya (Barlovento, Edo Miranda)Productos Forestales de Oriente Proforca (Falcn, Barinas, Apure, Bolvar, Anzotegui, Monagas)

Entes Adscritos

PROYECTOS CON COOPERACIN INTERNACIONAL.

Cooperacin tcnica en rubros estratgicos y componentes transversales.Suministro de maquinaria agrcola a travs de la Cmara Argentina de Fabricantes de Maquinaria (Cafma).Ubicacin:Gurico, Cojedes, Barinas, Apure, Trujillo, Yaracuy, Portuguesa, Aragua, Anzotegui y Monagas.Proyecto de rehabilitacin de Fribarsa y Fricapeca y construccin de cuatro nuevos frigorficos. (Proyecto ejecutivo)Ubicacin:Zulia (Machiques), Barinas (Barinas, Socopo y Ciudad Bolivia), Anzotegui y Lara.Proyecto de Creacin de Ncleos Genticos Bovinos para el mejoramiento de la base gentica del rebao bovino en Venezuela.Ubicacin:Cojedes y Aragua.Proyecto de Creacin de Laboratorios de produccin de papa.Ubicacin:Mrida, Trujillo, Tchira y Lara.Proyecto de creacin de laboratorios de gentica animal (biotecnologa reproductiva ganadera)Ubicacin:Mrida, Trujillo, Tchira y Lara.Proyecto GirasolUbicacin PortuguesaProyecto Rehabilitacin de la Planta Frutcola Caripe.Ubicacin MonagasCursos de capacitacin que imparte el INTA.Ubicacin entre Venezuela y ArgentinaSuministro de plantas agroindustriales llave en mano, vehculos y equipos viales.Ubicacin:Monagas, Anzotegui, Lara, Portuguesa.Proyecto para el desarrollo Integral de la Produccin Lechera. Sector Beln. Estado Carabobo.Ubicacin:Carabobo.

Argentina

Desarrollo agroindustrial, Capacitacin y asistencia tcnica para la produccin de leche y cra de ganado lechero y para la produccin de alimentos (frutas, vegetales y hortalizas, usos de distintos tipos de harina).Innovacin para la produccin masiva de bovinos, bfalos, ovinos y caprinos con biotecnologas reproductivas para fortalecer la soberana y seguridad alimentaria en Venezuela.Ubicacin:Delta Amacuro y Anzotegui.Implementacin de un programa de mejoramiento gentico en especies forrajeras locales, para la alimentacin animal. Estados Bolvar y Anzotegui.Generacin, validacin y adopcin de tecnologas para consolidar la Agricultura Familiar indgena, campesina, urbana y periurbana en distintas comunidades del oriente venezolano.Ubicacin:Anzotegui, Monagas, Bolvar y Delta Amacuro.Implementacin de estrategias para el diagnstico y control de enfermedades que afectan la produccin y reproduccin de la ganadera. Estados Aragua, Monagas y Anzotegui.Produccin de semillas de maz amarillo, soya, algodn, sorgo y arroz en los estados Anzotegui, Monagas, Gurico, Bolvar y Delta Amacuro.Incremento de la produccin tecnificada de aves en unidades de produccin socialistas para fortalecer la seguridad y soberana alimentaria en el estado Anzotegui.Plan piloto para la produccin de soya en el estado Bolvar. Proyecto de capacitacin y transferencia tecnolgica con la Gobernacin del estado de Roraima.Ubicacin:BolvarInstituto Agroecolgico Latinoamericano "Paulo Freire" (IALA), estado Barinas.Produccin de semillas en cooperacin con el MST de Brasil, a travs de tcnicas agroecolgicas en diferentes comunidades del estado Barinas.Proyecto Estratgico de Agricultura Familiar Comunal PEAFC. Programa de Trabajo en materia de Cooperacin Tcnica en el rea de Agricultura Familiar entre la Repblica Federativa del Brasil y la Repblica Bolivariana de Venezuela.Ubicacin:Tchira, Apure, Lara, Trujillo, Barinas, MirandaProyecto de Desarrollo Integral Planicie de Maracaibo. Sistema de Riego Diluvio El Palmar. Estado Zulia.Proyecto Integral Socialista para el desarrollo del cultivo de Soya en el estado Anzotegui.Suministro de maquinaria agrcola y plantas agroindustriales con COTIA-IAT.Ubicacin:Portuguesa, Barinas, Lara y Gurico.

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