Exposición sobre derechos subjetivos, objetivos, y derecho y ley penal
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DERECHO: Y LEY PENAL, SUBJETIVO Y OBJETIVO
ASIGNATURA: DERECHO PENAL GENERAL PROFESOR: DR. MANUEL MOSQUERA GARCÉS
FACULTAD DE DERECHO CURSO 5C, ESTUDIANTES: ENRIQUE DE LA ROSA DE LA ROSA
FADEL ALÍ SUÁREZ Y MIGUEL ÁNGEL DE LA PAZ DENYER
Podríamos decir que el derecho como concepto tiende a estar caracterizado por un conjunto de reglamentaciones y reglas que buscan regir al
hombre cuando este vive en sociedad.
Ese mismo orden puede ser visto en diferentes ámbitos; por ejemplo si tomamos las
reglamentaciones para regir relaciones entre comerciantes veremos que este es el Derecho
Comercial.
Ese derecho comercial es el orden que rige las relaciones entre comerciantes, orden deseado por
ellos y también protegido por los órganos del estado que buscan que ese orden existente y deseado
impere.
DERECHO SUBJETIVOINTRODUCCIÓN
En sentido amplio, podemos decir que, Derecho Subjetivo es: "La facultad o poder de hacer valer sus propios derechos, limitar los ajenos, poseer o exigir algo conforme a la norma jurídica". Existen
dos elementos:
"Derecho subjetivo (en sentido estricto o restringido) es el poder exclusivo conferido a una
persona para actuar en su ventaja la tutela jurídica“
De igual forma se puede decir que el derecho subjetivo presupone de normas objetivas donde se encuentren establecidos los supuestos de hecho o hipótesis legales, que sustenten la acción que el
sujeto pretenda ejercer
DERECHO SUBJETIVOINTRODUCCIÓN
El derecho subjetivo son las facultades o potestades jurídicas inherentes al hombre por
razón de naturaleza, contrato u otra causa admisible en derecho.
Un poder reconocido por el Ordenamiento Jurídico a la persona para que, dentro de su ámbito de libertad actúe de la manera que
estima más conveniente a fin de satisfacer sus necesidades e intereses junto a una
correspondiente protección o tutela en su defensa, aunque siempre delimitado por el
interés general de la sociedad
DERECHO SUBJETIVO
Es la facultad reconocida a la persona por la ley que le permite efectuar determinados actos, un poder otorgado a las personas por las normas jurídicas para la satisfacción de intereses que
merecen la tutela del Derecho.
Un derecho subjetivo nace por una norma jurídica, que puede ser una ley o un contrato, a través de un acuerdo de voluntades para que
pueda hacerse efectivo este derecho sobre otra persona determinada.
DERECHO SUBJETIVOFACULTDES Y NORMA JURÍDICA
DERECHO SUBJETIVOES UNA OBLIGACIÓN
La cara contrapuesta de un derecho subjetivo es una obligación. Todo derecho supone para una o más
personas una obligación de respetarlo, ya sea de forma activa (obligación de
hacer) o pasiva (obligación de no hacer).
En cuanto corriente los autores que consideran a los derechos subjetivos
como la base del ordenamiento jurídico enfatizan la primacía del consenso entre
los individuos como fuente de legitimidad, en contraposición a las que
enfatizan que la validez de las instituciones no se sujeta al libre albedrío
de aquellos que nacen en su seno, también llamadas "del derecho objetivo".
DERECHO SUBJETIVOCOMO LA BASE DEL ORDENAMIENTO
JURÍDICO
El derecho subjetivo también designa la facultad de hacer o exigir algo que la norma reconoce a favor
de un sujeto.
DERECHO SUBJETIVOCOMO LA BASE DEL ORDENAMIENTO
JURÍDICO
DERECHO SUBJETIVOCLASIFICACIÓN
Atendiendo a la conducta debida, se distingue entre derechos subjetivos a la
conducta ajena o propia:A la Conducta Propia: Hacer / Omitir (no
hacer)
A la Conducta Ajena: Exigir una conducta positiva (que se haga algo) o
negativa (que no se haga algo)
Atendiendo a su efecto, se distingue entre derechos subjetivos relativos o
absolutos:Derecho Subjetivo Relativo: Se hacen valer ante otra persona o personas
concretamente identificadas.
Derecho Subjetivo Absoluto: Se hacen valer ante todas las personas que
integran la sociedad. Atendiendo a su régimen jurídico, se distingue entre
derechos subjetivos públicos y privados:
DERECHO SUBJETIVOCLASIFICACIÓN
Públicos: conjunto de facultades que se hacen valer frente al Estado y
representan una serie de limitaciones que el Estado se impone a sí mismo.
Privados: Facultades que se ejercen en las relaciones de los particulares entre sí o con el Estado, cuando éste
no actúa en su carácter de ente soberano.
DERECHO SUBJETIVOCLASIFICACIÓN
Toda persona ejercerá su derecho subjetivo, toda vez, que para esas
excepciones se cuenta con las llamadas "Fuentes Indirectas", (la
analogía, la jurisprudencia, la doctrina, la costumbre, los principios generales
del derecho), en fuerza de que el derecho viene obligado a solucionar
cualesquiera controversia que se presente dentro de su ámbito.
DERECHO SUBJETIVO EN EL EJERCICIO
Derecho objetivoEs conjunto de normas jurídicas que en un determinado
momento histórico rigen en una comunidad o espacio jurídico.
Derecho objetivo Es el conjunto de normas de un pueblo, es la maquinaria
jurídica que se compone de normas que confieren derechos e imponen obligaciones. Puede ser desde una sola norma hasta
un cuerpo normativo completo. Es el conjunto de reglas o disposiciones promulgadas por el Estado a través del poder
legislativo, sancionadas por el poder judicial.
DERECHO OBJETIVO
Es un conjunto organizado, las normas o principios deben verse como elementos que se relacionan y condicionan entre
si mediante relaciones de subordinación y coordinación.Coordinación en cuanto a que la creación de cada nueva norma modifica el resto del sistema y cada norma debe interpretarse en función de su relación con las demás.
Características
Se suele hablar de coherencia (relativa) del ordenamiento jurídico, pues no existen normas
contradictorias, aunque ocurran conflictos de normas, donde dos o mas normas con un mismo objeto prevén
soluciones incompatibles entre si.Y por último plenitud, ausencia de sectores carentes de
regulación jurídica.
Principios materiales: tienen por objeto procurar la paz, la justicia, la libertad, en las relaciones sociales.Principios formales: instrumentos para conseguir os principios materiales.
principio democrático: «la soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado». principio de seguridad jurídica: conseguir la seguridad en las relaciones con los poderes públicos y con el resto de los ciudadanos, requiere un criterio de seguridad en la organización del ordenamiento jurídico.Principio de legalidad: los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico.
PRINCIPIOS INTEGRADORES:
La norma jurídica:
Concepto: Regla de conducta con aspecto formal creada e impuesta por el Estado. Ese es el contenido de Derecho Objetivo. Es una disposición normativa (texto emanado de la autoridad competente que sirve de vehículo
a la regla de conducta, a la norma)
Estructura:Hipótesis o supuesto de hecho. Consiste en una situación formulada en forma de hipótesis o condición. Puede ser
un acto o comportamiento, o un acontecimiento natural.
Consecuencia jurídica. Es la respuesta del ordenamiento jurídico a un determinado supuesto de hecho. Puede
consistir en un tratamiento aflictivo o en la atribución de facultades o poderes jurídicos.
Caracteres:Abstracción y generalidad. La norma jurídica no esta
pensada para un caso en concreto, tiene que dar cabida para situaciones casi idénticas.
Coercibilidad. Las normas jurídica están obligadas a cumplirse
Clases:Normas imperativas: aquellas que tiene que cumplirse independientemente de la voluntad del ciudadano, no pueden ser evitadas Normas dispositivas: son aquellas cuya contenido puede ser sustituido por otra reglamentación.
Normas de Derecho común: normas que se aplican a todos los ciudadanos Normas de Derecho especial: se aplica a cada persona en función del grupo de ciudadanos al que pertenece. P. ejem. derecho mercantil ! destinatarios, los comerciantes.Normas de Derecho general: aquellas que se aplican en todo el territorio nacional Normas de Derecho particular: son las aplicables en un ámbito territorial más reducido (Comunidad Autónoma, municipio..)
Se entiende como fuente de Derecho el lugar de donde surge el derecho y se puede entender en sentido formal, modos en que se exteriorizan las normas jurídicas, o en sentido material, que hace
referencia a las instituciones que tienen reconocida la facultad de crear las normas
Las Fuentes del ordenamiento jurídicoLa LeyLa costumbreLos Principios Generales del Derecho
Las Fuentes del Derecho
Ordenamiento estatal y ordenamiento autonómico.LA LEYLey en sentido amplio (norma escrita), ley equivale a derecho objetivo.Ley en sentido estricto (normas dictada por el poder legislativo estatal o autonómico). Solo serían normas dictadas por los poderes públicos.
Las Leyes orgánicas. Sólo las dictan las Cortes, se reservan para otras materias Requieren mayoría absoluta del Congreso.- Las Leyes ordinarias, requieren solo mayoría simple del los votos emitidos en cada Cámara.
La legislación delegada y el decreto legislativo. Cuando eso ocurre, cuando la Constitución deja el poder legislativo al
Gobierno, recibe el nombre de decreto legislativo.
El Decreto-Ley. En caso extraordinario y de urgente necesidad, el Gobierno podrá dictar disposiciones legislativas provisionales que tomarán la forma de decretos-leyes y que
no podrán afectar al ordenamiento de las instituciones básicas del Estado.
La función legislativa del poder ejecutivo. La Constitución atribuye el poder legislativo a las Cortes, pero, bajo ciertas
circunstancias, el Gobierno puede dictar “actos con fuerza de ley”, que gozan de la misma fuerza y jerarquía que las normas
emanadas del poder legislativo, sobre materias que no se exija ley orgánica.
Normas dictadas por el poder ejecutivo estatal o autonómico
Decretos (especial referencia a los Reglamentos).Ordenes Ministeriales.
Otras disposiciones administrativas (Resoluciones, Circulares, Instrucciones)
LA COSTUMBRE. Es la norma creada por la propia comunidad median la reiteración de
comportamientos que se consideran socialmente de necesaria observancia.
LOS PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO. Se aplicaran en defecto de ley o costumbre, sin
perjuicio de su carácter informador del ordenamiento jurídico.
2.- Caracteres del Derecho objetivo:- generalidad: por encima de los casos particulares
- imperatividad: - el Derecho mandaCaracteres: - mandado por quien tiene autoridad
- alteridad: solo entre dos o más sujetos-coercibilidad: el Derecho se cumple - voluntario
- forzoso: por el Estado con sujeción a unas normas
I.- Concepto y caracteres del Derecho objetivo:1.- Concepto de Derecho objetivo:
Conjunto de principios y reglas que rigen las relaciones de convivencia.
EL DERECHO OBJETIVO Y EL DERECHO SUBJETIVO
2.- Los elementos del derecho subjetivo:- facultad: se ejerce entre sujetos. Sujeto activo.
Elementos: - obligación: recae sobre el sujeto pasivo.- norma: el derecho subjetivo se basa siempre en la
norma.
El concepto de derecho subjetivo: elementos, contenido y clases.
1.- El concepto de derecho subjetivo:
Es la facultad atribuida a un sujeto por la norma de poder exigir algo a alguien.
El contenido del derecho subjetivo:- pretensión: hacer valer un derecho. Es hacia fuera.
Estructura:- disfrute: satisfacción del titular. Es hacia dentro.
Clases de derechos subjetivos:- derechos. reales: erga omnes. Propiedad.
- clásica: - obligacionales/de crédito: individualizado.Dcho. de crédito.
Clasificación:- derechos. de libertad: semejantes a los reales
- moderna: - derechos. pretensión: semejantes a obligaciones
- derechos. modificación: nuevas situaciones
La persona como sujeto del derecho.El objeto del derecho subjetivo.
1.- Los sujetos del derecho:Sujeto del derecho subjetivo: el titular de la
facultad.Sujeto de derechos: - sujeto activo
- sujeto pasivoDerechos sin sujeto: (herencia yacente):hay titular pero temporal/ indeterminado
LOS SUJETOS DEL DERECHO
La persona como sujeto del derecho.Sujeto de derechos = persona
Persona: en la Antigüedad la máscara de los actores- físicas: 24 horas, desprendido del seno materno
Clases: - corporaciones: entes públicos- mercantiles
- jurídicas: - asociaciones: conjunto de personas -cultura, deportes.etc.
- fundaciones: conjunto de bienes
DERECHO PENAL
“
El objeto del derecho subjetivo.
Objeto: realidad sobre la que se proyecta el derecho.
- materiales- desde el disfrute: las cosas: -
inmaterialesPerspectiva:
- desde la pretensión: prestación ajena
Objetos excluidos: el hombre, las estrellas, las cosas sagradas, el
aire
Por eso los actos humanos, los productos de espíritu y las cosas del mundo exterior son
entidades que pueden ser objeto de derecho subjetivo. Los derechos subjetivos pueden ser
absolutos y relativos, transmisibles e intransmisibles, principales y accesorios,
patrimoniales y no patrimoniales.
CONCLUSIÓN
El Derecho Subjetivo es el derecho facultad, es el poder que me otorga el Derecho Objetivo para reclamar ante la
autoridad competente el cumplimiento de un deber jurídico contraído por otra persona.
Una cosa es todo objeto material susceptible de tener un valor, un bien es toda cosa y objeto
inmaterial susceptible de tener valor.
CONCLUSIÓN
Las cosas pueden ser corporales e incorporales, específicas y genéricas, consumibles y no
consumibles, fungibles y no fungibles, divisibles e indivisibles, simples y compuestas, principales y accesorias, partes integrantes y pertenencias,
muebles e inmuebles. Es notorio el recordar que una cosa debe ser útil, debe tener existencia
autónoma y apropiabilidad para ser llamada cosa en sentido jurídico