Extradicion

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LA EXTRADICIÓN La extradición es el procedimiento judicial (penal-administrativo) por el cual una persona acusada o condenada por un delito conforme a la ley de un Estado es detenida en otro Estado y devuelta al primero para ser enjuiciada o para que cumpla la pena ya impuesta.
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Page 1: Extradicion

LA EXTRADICIÓN La extradición es el procedimiento judicial (penal-

administrativo) por el cual una persona acusada o condenada

por un delito conforme a la ley de un Estado es detenida en

otro Estado y devuelta al primero para ser enjuiciada o para

que cumpla la pena ya impuesta.

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Diferencias con el Derecho de Asilo

Extradición Derecho de AsiloProcedimiento Judicial Derecho internacional de los derechos

humanos

La persona es acusada de un delito La persona es perseguida políticamente

La persona debe ser devuelta al país que lo solicita

Mientras se tramita una solicitud de asilo y se toma una decisión, la persona tiene derecho a no ser devuelto al país donde su vida, libertad o seguridad corran peligro.

La Persona es detenida. Derecho de salir de cualquier país, incluyendo del suyo propio.

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Fundamentación Legal

Constitución de la República Bolivariana de Venezuela: Art. 69 (Se prohíbe la extradición de Venezolanos y Venezolanas)Código Orgánico Procesal Penal (COPP): Titulo VI del Libro Tercero (Proceso de Extradición) del Art. 391 al 399.Código Penal Venezolano: Art. 6 (Condiciones para la extradición)Código Bustamante (Convención Internacional del D.I.P.): Titulo III. Del Art. 344 al 381.Convenios y tratados internacionales bilaterales y multilaterales.

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Condiciones

Que la solicitud sea en virtud a delitos comunes reconocidos en las

legislaciones de los Estados tratantes (activo y pasivo) esté

condenado o procesado como autores, cómplices o encubridores de

delitos.

Que sea de nacionalidad extranjera

Que no sea un nacional (venezolano)

Que el delito no esté tipificado como un “delito políticos” o

conexos a ella

Que la pena contemplada al delito en la legislación requirentes, sea

la pena de muerte o perpetua.

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Clases de Extradición

Activa: Acto de petición del país requirente al país donde se encuentra el individuo.Pasiva: Es la que recae en el Estado captor o poseedor de la persona requerida.

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Clases de Extradición

El artículo 383 de nuestra ley adjetiva, dedicado a la Extradición Activa, establece que Cuando el Ministerio Público tuviere noticias de que un imputado o imputada al cual le ha sido acordada medida cautelar de privación de libertad, se halla en país extranjero, solicitará al Juez o Jueza de Control inicie el procedimiento de la extradición activa. A tales fines se dirigirá al Tribunal Supremo de Justicia, el cual, dentro del lapso de treinta días contados a partir del recibo de la documentación pertinente y previa opinión del Ministerio Público, declarará si es procedente o no solicitar la extradición, y en caso afirmativo, remitirá copia de lo actuado al Ejecutivo Nacional. En caso de fuga del acusado sometido o la acusada sometida a juicio oral y público, el trámite ante el Tribunal Supremo de Justicia le corresponderá al Juez o Jueza de Juicio. Si el fugado o fugada fuere quien esté o está cumpliendo condena el trámite le corresponderá al Juez o Jueza de Ejecución.

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Clases de Extradición

Respecto a la Extradición Pasiva, el artículo 386 del C.O.P.P., establece quei un gobierno extranjero solicita la extradición de alguna persona que se encuentre en el territorio de la República Bolivariana de Venezuela, el Poder Ejecutivo remitirá la solicitud al Tribunal Supremo de Justicia con la documentación recibida.

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La Extradición de los Nacionales

La extradición, en la mayor parte de los tratados en vigor experimenta ciertas limitaciones, Una de ellas y tal vez la de mayor relevancia, es la de la nacionalidad de la persona requerida.Por regla general, la mayoría de los Estados niegan la extradición de sus propios nacionales, Solamente hay siete estados que se han mostrado dispuestos a acordar la extradición de sus propios nacionales, a saber: México, Reino Unido, Estados Unidos, Argentina, República Dominicana, Uruguay y Colombia. Los demás niegan la extradición de sus nacionales e incluso tienen disposiciones constitucionales por las que se prohíbe.

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La Extradición de los Nacionales

En cuanto al derecho internacional se establece la obligación de extraditar; pero cuando se trata de nacionales del Estado requerido la entrega se torna facultativa, queda a juicio del Estado, pero con la obligación subsidiaria, que en el caso que no se entregue, se enjuicie al nacional delincuente y comunicar el fallo al Estado requeriente.