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FICHA NORMATIVA D11conceptos
La Dorada un proyecto colectivo de territorio
NORMA URBANA: Son el conjunto de Lineamientos que orientan el desarrollo del Municipio.USOS DEL SUELO: Es la condición para desarrollar una actividad específica en un sitio.USO PRINCIPAL: Es el uso predominante, en una porción del Territorio.USO COMPATIBLE: Es el uso que se permite desarrollar con otros usos dentro de una porción del Territorio.ÁREA DE CESIÓN: Se define como la porción de suelo entregado de forma obligatoria al Municipio de la Dorada a titulo gratuito.
EDIFICABILIDAD: Comprende todas las características y condiciones aplicables al desarrollar
un uso.CONDICIONES: son todas las restricciones y anotaciones aplicadas a cada uno de los sectores normativos (articulados de la norma Municipal, Departamental y Nacional que Complementan la presente Ficha.SECTOR NORMATIVO: Son el conjunto de normas especificas para el desarrollo de una porción de la ciudad, está compuesto por usos principales y compatibles, además de las normas de construcción aplicables al sector.
SECTOR NORMATIVO D11 – ACUERDO ____ DE 2013.
PLAN BÁSICO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL 2013-2027
TRATAMIETO: DESARROLLO.
Usos del Suelo
Usos Principales Condiciones
SECTOR NORMATIVO D11
Usos Compatibles Condiciones
USO INDUSTRIALI. SE PERMITEN TODOS LOS GRUPOS DEL USO INDUSTRIAL EXCEPTO I.1. – 1.2. LOS USOS INDUSTRIALES QUE SE DESARROLLEN EN EL PRESENTE SECTOR NORMATIVO, DEBERÁN PRESENTAR PLAN DE IMPLANTACION.
SE PERMITEN TODOS LOS USOS DE ESTE GRUPO.COMERCIO URBANO ESPECIALIZADOC3.
SE PERMITEN TODOS LOS USOS DE ESTE GRUPO.COMERCIO METROPOLITANO ESPECIALIZADO
C4.
SE PERMITEN TODOS LOS USOS DE ESTE GRUPO.COMERCIO DE GRAN ESCALAC5.
SE PERMITEN TODOS LOS USOS DE ESTE GRUPO.COMERCIO DE GRAN ESCALAC6.
SE PERMITEN TODOS LOS USOS DE ESTE GRUPO.COMERCIO DE GRAN ESCALA TIPOLOGIA ESPECIAL
C7.
SERVICIOS DE REPARACIÓNS.7. SOLAMENTE SE PERMITEN S.7.C. – S.7.D.
SERVICIOS DE ALQUILER Y ARRENDAMIENTO
S.8. SE PERMITEN TODOS LOS USOS DE ESTE GRUPO.
SERVICIOS ESPECIALES AL VEHICULO.
S.9. SE PERMITEN TODOS LOS USOS DE ESTE GRUPO. EL USO S.9.1. PODRA LOCALIZARSE UNICAMENTE SOBRE EL EJE VIAL DE LA CALLE 10 CON UNA INTENSIDAD DE 2 EN TODO EL SECTOR NORMATIVO, DEBERÁN PRESENTAR PLAN DE IMPLANTACION.
OTROS SERVICIOS – ALMACENAMIENTO.
S.10. SE PERMITEN TODOS LOS USOS DE ESTE GRUPO.
PLAN BÁSICO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL 2013-2027
•Las cesiones para espacio publico y equipamientos podrán realizarse en dinero.•Además de esta ficha normativa deberá cumplirse con la normatividad general definida en el presente acuerdo.•En el momento de realizarse cualquier actuación urbanística sobre este sector deberá cumplirse con los requerimientos normativo del presente acuerdo.•Los usos con área de lote mayores a 500 m2 deberán presentar planes de implantación.•Todos los usos del presente sector normativo deberán contar con una zona de cargue y descargue dentro de su predio.•Los usos industriales permitidos en el presente sector normativo no podrán localizarse sobre el eje vial de la calle 10ª, sobre este eje estructurante solamente se podrán localizar los usos del suelo compatibles definidos en la presente ficha. •Si se quisiera desarrollar una normatividad diferente a la del presente sector, solo podrá ser dada a través del plan parcial y deberá cumplir con el procedimiento y exigencias que dispone la normatividad que regula la materia.•Los predios que pretendan desarrollar alguna actuación y tengan dentro de su proyecto predios con diferente clasificación del suelo, la figura para su desarrollo es el plan parcial y no se les exigirá plan de implantación siempre y cuando su proyecto sea desarrollado bajo una sola unidad de actuación urbanística sin embargo dentro de este instrumento deberán estar contenidos los criterios de implantación del mismo.•Si se desarrolla un plan parcial para acceder a una norma diferente para este sector, las cesiones deberán cumplir estrictamente con lo establecido en el plan de ordenamiento territorial, y para el caso de desarrollar vivienda las cesiones deberán ser entregadas en sitio y no podrán ser compensadas.•Los proyectos relacionados con las vías nacionales, deberán garantizar las conexiones peatonales necesarias para direccionar el flujo y las calzadas de desaceleración para el ingreso a los proyectos.
SECTOR NORMATIVO
Edificabilidad
CONDICIONES ESPECIALES
D11
TRATAMIETO: DESARROLLO.
INDICE DE OCUPACION: LIBRE HASTA 500M2, 80% EN ADELANTE, ESTO INCLUYE LOS RETIROS ASIGNADOS.
Retiros Cesiones
Alturas, Índices y VoladizosÁreas, Frentes ParqueaderosAREA MINIMA LOTE: 120 M2
FRENTE MINIMO: 8 M
PARQUEADEROS:OTROS USOS: 1X CADA 50 M2 CONSTRUIDOS.
ALTURA MÁXIMA: 3 PISOS
VOLADIZOS: 1.0 M A 3M DEL NIVEL DEL ANDEN.
RETIRO FRONTAL: SEGÚN SECCIONES VIALES.
RETIRO POSTERIOR: PATIO DE 3X4M.
EQUIPAMIENTOS: OTROS USOS: 8% DEL AREA CONSTRUIDA .
ESPACIO PUBLICO: OTROS USOS: 8% DEL AREA CONSTRUIDA .
PLAN BÁSICO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL 2013-2027
FICHA NORMATIVA D12conceptos
La Dorada un proyecto colectivo de territorio
NORMA URBANA: Son el conjunto de Lineamientos que orientan el desarrollo del Municipio.USOS DEL SUELO: Es la condición para desarrollar una actividad específica en un sitio.USO PRINCIPAL: Es el uso predominante, en una porción del Territorio.USO COMPATIBLE: Es el uso que se permite desarrollar con otros usos dentro de una porción del Territorio.ÁREA DE CESIÓN: Se define como la porción de suelo entregado de forma obligatoria al Municipio de la Dorada a titulo gratuito.
EDIFICABILIDAD: Comprende todas las características y condiciones aplicables al desarrollar
un uso.CONDICIONES: son todas las restricciones y anotaciones aplicadas a cada uno de los sectores normativos (articulados de la norma Municipal, Departamental y Nacional que Complementan la presente Ficha.SECTOR NORMATIVO: Son el conjunto de normas especificas para el desarrollo de una porción de la ciudad, está compuesto por usos principales y compatibles, además de las normas de construcción aplicables al sector.
SECTOR NORMATIVO D12 – ACUERDO ____ DE 2013.
PLAN BÁSICO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL 2013-2027
Usos del Suelo
Usos Principales Condiciones
SECTOR NORMATIVO D12
Usos Compatibles Condiciones
NO SE PERMITEN LOS USOS DEL SUBGRUPO C.3.B.COMERCIO URBANO ESPECIALIZADOC.3.
NO SE PERMITE C.4.E. COMERCIO METROPOLITANO ESPECIALIZADO
C.4.
SE PERMITEN TODOS LOS USOS DE ESTE GRUPO.COMERCIO DE GRAN ESCALAC.5.
NO SE PERMITEN C.6.A.3. – C.6.A.4. ESTOS USOS SOLO PUEDEN DARSE SOBRE LAS CARRERAS 2ª Y 3ª DEL PRESENTE SECTOR NORMATIVO.
COMERCIO DE GRAN ESCALAC.6.
DEBERÁ PRESENTAR UN PLAN DE IMPLANTACION ANTE LA SECRETARIA DE PLANEACIÓN COMO REQUISITO PARA OTORGAR LA LICENCIA DE CONSTRUCCION.
COMERCIO DE GRAN ESCALA – TIPOLOGIA ESPECIAL
CE-7.1.
SERVICIOS DE HOSPEDAJES.5. SOLO SE PERMITEN S.5.1. – S.5.4. S.5.5. – S.5.6. - S.5.7. - S.5.10.
SERVICIOS FUNERARIOSS.6. SOLO SE PERMITEN S.6.1. – S.6.5.
SERVICIOS RELIGIOSOSS.3. DEBERÁ PRESENTAR UN PLAN DE IMPLANTACIÓN ANTE LA SECRETARIA DE PLANEACIÓN COMO REQUISITO PARA OTORGAR LA LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN.
SERVICIOS DE DIVERSION Y ESPARCIMIENTO
S.4. SOLO SE PERMITEN S.4.A.1. – S.4.A.2. – S.4.A.7. – S.4.A.11. - S.4.A2. - S.4.C.11. - - S.4.C.19
SE PERMITEN TODOS LOS USOS DE ESTE GRUPO.COMERCIO DIARIO - BARRIOC.1.
NO SE PERMITEN C.2.K. – C.2.R. – C.2.S.COMERCIO HABITUAL - ZONALC.2.
SERVICIOS PERSONALESS.1. SE PERMITEN TODOS LOS USOS DE ESTE GRUPO.
SERVICIOS PROFESIONALESS.2. NO SE PERMITEN S.2.J. – S.2.L.
SERVICIOS ESPECIALES AL VEHICULOS.9. SOLO SE PERMITEN S.9.2. (No se permiten parqueaderos en Lote).
VIVIENDAV.1. SE PERMITEN V.1.C. – V.1.D.
APARTAESTUDIOV.3. DEBE GENERAR PLATAFORMA COMERCIAL Y DE SERVICIOS EN PRIMER PISO
SE PERMITEN TODOS LOS USOS DE ESTE GRUPO. DEBERÁ PRESENTAR UN PLAN DE IMPLANTACIÓN
EQUIPAMIENTOS DE SALUDEQ.S
TRATAMIETO: CONSOLIDACIÒN
PLAN BÁSICO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL 2013-2027
SECTOR NORMATIVO
Edificabilidad
CONDICIONES ESPECIALES
D12
Retiros
Cesiones
Alturas, Índices y VoladizosÁreas, Frentes ParqueaderosAREA MINIMA LOTE: 120 M2AREA MINIMA LOTE MULTIFAMILIAR: 320 M2RETIRO FRONTAL: SEGÚN SECCIONES VIALES.
FRENTE MINIMO: 6M MULTIFAMILIARES: 10 M
PARQUEADEROS:VIVIENDA MULTIFAMILIAR: 1X CADA 3 VIVIENDAS.OTROS USOS: 1X CADA 200 M2 CONSTRUIDOS.
ALTURA MÁXIMA: 5 PISOS AUA: HASTA 5 PISOS
VOLADIZOS: 1.0 M A 3M DEL NIVEL DEL ANDEN.
RETIRO POSTERIOR: VIVIENDA MULTIFAMILIAR PATIO 3X4. OTROS USOS PATIO 2X3M
EQUIPAMIENTOS: VIVIENDA (6 O MAS UNIDADES): 4M2 X HAB OTROS USOS: 8% DEL AREA CONSTRUIDA .
ESPACIO PUBLICO: VIVIENDA (6 O MAS UNIDADES): 4M2 X HAB OTROS USOS: 8% DEL AREA CONSTRUIDA .
INDICE DE OCUPACIÓN: LIBRE (DEBE RESPETAR LOS RETIROS VIALES Y POSTERIORES EXIGIDOS).
•La norma de parqueaderos para otros usos: a criterio del constructor.•Solo podrán presentar plan de regularización los usos permitidos localizados que estén generando algún impacto urbanístico.•Se deberán respetar las franjas de protección y operación que por razones de infraestructura de servicios públicos domiciliarios se requieran con el fin de proteger el abastecimiento de este sector. •Las cesiones para espacio publico y equipamientos podrán realizarse en dinero o ser compensadas en otro sitio.•Además de esta ficha normativa deberá cumplirse con la normatividad general definida en el presente acuerdo.•Las estaciones de servicio existentes en el presente sector normativo deberán presentar plan de regularización.
TRATAMIETO: CONSOLIDACIÒN
PLAN BÁSICO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL 2013-2027
FICHA NORMATIVA D13conceptosLa Dorada un proyecto colectivo de territorio
NORMA URBANA: Son el conjunto de Lineamientos que orientan el desarrollo del Municipio.USOS DEL SUELO: Es la condición para desarrollar una actividad específica en un sitio.USO PRINCIPAL: Es el uso predominante, en una porción del Territorio.USO COMPATIBLE: Es el uso que se permite desarrollar con otros usos dentro de una porción del Territorio.ÁREA DE CESIÓN: Se define como la porción de suelo entregado de forma obligatoria al Municipio de la Dorada a titulo gratuito.
EDIFICABILIDAD: Comprende todas las características y condiciones aplicables al desarrollar
un uso.CONDICIONES: son todas las restricciones y anotaciones aplicadas a cada uno de los sectores normativos (articulados de la norma Municipal, Departamental y Nacional que Complementan la presente Ficha.SECTOR NORMATIVO: Son el conjunto de normas especificas para el desarrollo de una porción de la ciudad, está compuesto por usos principales y compatibles, además de las normas de construcción aplicables al sector.
SECTOR NORMATIVO D13 – ACUERDO ____ DE 2013.
PLAN BÁSICO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL 2013-2027
TRATAMIETO: DESARROLLO.
Usos del Suelo
Usos Principales Condiciones
SECTOR NORMATIVO D13
Usos Compatibles Condiciones
SOLO SE PERMITEN C.1.3. – C.1.11 - C.1.12. – C.1.13.COMERCIO DIARIO - BARRIOC1.
SERVICIOS PPROFESIONALES S.2. SOLO SE PERMITEN S.2.A. S.2.B. – S.2.J.1. – S.2.J.4.
VIVIENDAV.1. SOLO SE PERMITEN V.1.A. - V.1.B. – V.1.C. – V.1.D. - V2
NO SE PERMITEN EQUIPAMIENTOS DE TRANSPORTE E.Q.T.4.EQUIPAMIENTOS DE TRANSPORTE.EQ.T
NO SE PERMITEN C.2.K. – C.2.R. – C.2.S. COMERCIO HABITUAL - ZONALC2.
SERVICIOS PERSONALESS.1. SE PERMITEN TODOS LOS USOS DE ESTE GRUPO.
SOLO SE PERMITEN E.Q.C.1. EQUIPAMIENTOS CULTURALESEQ.C
SOLO SE PERMITEN E.Q.S.1. EQUIPAMIENTOS DE SALUDEQ.S
SOLO SE PERMITEN E.Q.SG.1. EQUIPAMIENTOS DE SEGURIDADEQ.S
INDUSTRIA LIVIANAI2 SE PERMITEN TODOS LOS USOS DE ESTE GRUPO
SOLO SE PERMITEN C.2.C. – C.2.F. – C.2.M. – C.2.J.1. - C.2.J.2. - C.2.P. – C.2.O. DEL GRUPO C.2.H. NO SE PERMITEN LOS NUMERALES (1, 2, 3, 4, 6, 21).
COMERCIO HABITUAL - ZONALC1.
SERVICIOS PPROFESIONALES S.1. SOLO SE PERMITEN S.2.A. S.2.B. S.2.J.
CENTROS COMERCIALES, SUPERMERCADOS Y ALMACENES POR DEPARTAMENTTOS.
C.E.7 REQUIEREN PLAN DE IMPLANTACION PARA SU DESARROLLO
HOTELESS.5.1 DEBERA GRANTIZAR LOS PARQUEADEROS AL INTERIOR DE SU PREDIO
ESTACIONES DE SERVICIO- VENTA DE COMBUSTIBLE
S.9.1 DEBERA PRESENTAR PLAN DE IMPLANTACION
PLAN BÁSICO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL 2013-2027
SECTOR NORMATIVO
Edificabilidad
CONDICIONES ESPECIALES
D13
•No se permiten locales con áreas inferiores a 45 m2. frente mínimo de local 3.5 m•Las cesiones para espacio publico y equipamientos podrán realizarse en dinero.•Demás de esta ficha normativa deberá cumplirse con la normatividad general definida en el presente acuerdo.•En el momento de realizarse cualquier actuación urbanística sobre este sector deberá cumplirse con los requerimientos normativo del presente acuerdo.•Los usos diferentes al residencial existentes en el presente sector normativo con áreas mayores a 500 m2, deberán presentar plan de regularización en el momento de solicitar una licencia urbanística en especial el predio donde se encuentra ubicada la Móvil.•Los nuevos usos diferentes al residencial y con áreas mayores a 500 m2, deberán presentar plan de implantación.•Los predios afectados por el sector normativo relacionado con las fichas del suelo de protección, correspondientes a las franjas de protección de las rondas hídricas, solo podrán desarrollar la norma de esta ficha una vez se evalúe la delimitación de estas franjas protectoras según lo establecido por el estudio hidrológico avalado por la entidad componente .•Los proyectos relacionados con las vías nacionales, deberán garantizar las conexiones peatonales necesarias para direccionar el flujo y las calzadas de desaceleración para el ingreso a los proyectos.
TRATAMIETO: DESARROLLO.
Retiros Cesiones
Alturas, Índices y VoladizosÁreas, Frentes ParqueaderosAREA MINIMA LOTE: 120 M2AREA MINIMA LOTE MULTIFAMILIAR: 320 M2RETIRO FRONTAL: SEGÚN SECCIONES VIALES.
FRENTE MINIMO: 6M MULTIFAMILIARES: 10 M
PARQUEADEROS:VIVIENDA MULTIFAMILIAR: 1X CADA 3 VIVIENDAS.OTROS USOS: 1X CADA 200 M2 CONSTRUIDOS.
ALTURA MÁXIMA: 10 PISOS edificaciones mayores a 320 m2
VOLADIZOS: 1.0 M A 3M DEL NIVEL DEL ANDEN.
RETIRO POSTERIOR: VIVIENDA MULTIFAMILIAR PATIO 3X4. OTROS USOS PATIO 2X3M
EQUIPAMIENTOS: VIVIENDA (6 O MAS UNIDADES): 4M2 X HAB OTROS USOS: 8% DEL AREA CONSTRUIDA .
ESPACIO PUBLICO: VIVIENDA (6 O MAS UNIDADES): 4M2 X HAB OTROS USOS: 8% DEL AREA CONSTRUIDA .
INDICE DE OCUPACIÓN: LIBRE (DEBE RESPETAR LOS RETIROS VIALES Y POSTERIORES EXIGIDOS). Para todos los usos diferentes a la vivienda
PLAN BÁSICO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL 2013-2027
ALTURA MÁXIMA: 5 PISOS edificaciones menores a 320 m2
INDICE DE OCUPACIÓN PARA USOS RESIDENCIALES: 80%
FICHA NORMATIVA D14conceptosLa Dorada un proyecto colectivo de territorio
NORMA URBANA: Son el conjunto de Lineamientos que orientan el desarrollo del Municipio.USOS DEL SUELO: Es la condición para desarrollar una actividad específica en un sitio.USO PRINCIPAL: Es el uso predominante, en una porción del Territorio.USO COMPATIBLE: Es el uso que se permite desarrollar con otros usos dentro de una porción del Territorio.ÁREA DE CESIÓN: Se define como la porción de suelo entregado de forma obligatoria al Municipio de la Dorada a titulo gratuito.
EDIFICABILIDAD: Comprende todas las características y condiciones aplicables al desarrollar
un uso.CONDICIONES: son todas las restricciones y anotaciones aplicadas a cada uno de los sectores normativos (articulados de la norma Municipal, Departamental y Nacional que Complementan la presente Ficha.SECTOR NORMATIVO: Son el conjunto de normas especificas para el desarrollo de una porción de la ciudad, está compuesto por usos principales y compatibles, además de las normas de construcción aplicables al sector.
SECTOR NORMATIVO D14 – ACUERDO ____ DE 2013.
PLAN BÁSICO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL 2013-2027
TRATAMIETO: CONSOLIDACIÒN
Usos del Suelo
Usos Principales Condiciones
SECTOR NORMATIVO D14
Usos Compatibles Condiciones
SOLO SE PERMITEN C.1.3. – C.1.11 - C.1.12. – C.1.13.COMERCIO DIARIO - BARRIOC1.
SERVICIOS PPROFESIONALES S.2. SOLO SE PERMITEN S.2.A. S.2.B. S.2.J.
VIVIENDAV.1. SOLO SE PERMITEN V.1.A. - V.1.B.
NO SE PERMITEN C.2.K. – C.2.R. – C.2.S. COMERCIO HABITUAL - ZONALC2.
SERVICIOS PERSONALESS.1. SE PERMITEN TODOS LOS USOS DE ESTE GRUPO.
INDUSTRIA CASERAI1. SE PERMITEN TODOS LOS USOS DE ESTE GRUPO.
INDUSTRIA LIVIANAI2. SE PERMITEN TODOS LOS USOS DE ESTE GRUPO.
SERVICIOS RELIGIOSOSS.3. SE PERMITEN TODOS LOS USOS DE ESTE GRUPO.
SOLO SE PERMITEN C.6.B.5.COMERCIO DE GRAN ESCALAC6.
SERVICIOS DE DIVERSION Y ESPARCIMIENTO
S.4. SOLO SE PERMITEN S.4.A2.1. – S.4.A2.3. - S.4.A2.4. - S.4.A2.5.- S.4.C.11
SOLO SE PERMITEN E.Q.E.1. – E.Q.E.2. E.Q.E.3.2. - E.Q.E.3.3.EQUIPAMIENTOS EDUCATIVOSEQ.E
SE PERMITEN TODOS LOS USOS DE ESTE GRUPO.EQUIPAMIENTOS CULTURALESEQ.C
SE PERMITEN E.Q.R.1. – E.Q.R.2.EQUIPAMIENTOS RECREATIVOSEQ.R
SE PERMITEN TODOS LOS USOS DE ESTE GRUPO.EQUIPAMIENTOS DE SALUDEQ.S
PLAN BÁSICO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL 2013-2027
SECTOR NORMATIVO
Edificabilidad
CONDICIONES ESPECIALES
D14
TRATAMIETO: CONSOLIDACIÒN
Retiros
Alturas, Índices y VoladizosÁreas, Frentes ParqueaderosAREA MINIMA LOTE: 72 M2
FRENTE MINIMO: 6 M
PARQUEADEROS:EQUIPAMIENTOS: 1X CADA 100 M2 CONSTRUIDOS.OTROS USOS: 1X CADA 200 M2
ALTURA MÁXIMA: 2 PISOS Y ALTILLO
VOLADIZOS: 0.80 M A 3M DEL NIVEL DEL ANDEN.
RETIRO FRONTAL: SEGÚN SECCIONES VIALES.
RETIRO POSTERIOR: PATIO 3X2M. PARA VIVIENDA Y OTROS USOS.
CesionesEQUIPAMIENTOS: VIVIENDA (6 O MAS UNIDADES): 4M2 X HAB OTROS USOS: 8% DEL AREA CONSTRUIDA . ESPACIO PUBLICO: VIVIENDA (6 O MAS UNIDADES): 4M2 X HAB OTROS USOS: 8% DEL AREA CONSTRUIDA .
INDICE DE OCUPACIÓN: LIBRE (DEBE RESPETAR LOS RETIROS VIALES Y POSTERIORES EXIGIDOS).
•LAS CESIONES PARA ESPACIO PUBLICO Y EQUIPAMIENTOS PODRÁN REALIZARSE EN DINERO.•ADEMÁS DE ESTA FICHA NORMATIVA DEBERÁ CUMPLIRSE CON LA NORMATIVIDAD GENERAL DEFINIDA EN EL PRESENTE ACUERDO.•EN EL MOMENTO DE REALIZARSE CUALQUIER ACTUACIÓN URBANÍSTICA SOBRE ESTE SECTOR DEBERÁ CUMPLIRSE CON LOS REQUERIMIENTOS NORMATIVO DEL PRESENTE ACUERDO.•LAS ESTACIONES DE SERVICIO EXISTENTES EN EL PRESENTE SECTOR NORMATIVO DEBERÁN PRESENTAR PLAN DE REGULARIZACIÓN.•LOS USOS DEL SUELO S.3. Y E.Q.S. DEBERÁN PRESENTAR PLANES DE IMPLANTACIÓN PARA SOLICITAR LA LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN.•NO SE PERMITEN PARQUEADEROS EN LOTE.•UNA VEZ SE DETERMINE EL PLAN DE MANEJO PARA LOS HUMEDALES Y SE DELIMITEN SUS ZONAS DE PROTECCION, LOS PREDIOS UBICADOS SOBRE ESTAS NO PODRAN SER DESARROLLADOS CON LA NORMATIVIDAD EXPUESTA EN ESTE SECTOR NORMATIVO.•LOS PROYECTOS RELACIONADOS CON LAS VÍAS NACIONALES, DEBERÁN GARANTIZAR LAS CONEXIONES PEATONALES NECESARIAS PARA DIRECCIONAR EL FLUJO Y LAS CALZADAS DE DESACELERACIÓN PARA EL INGRESO A LOS PROYECTOS.
PLAN BÁSICO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL 2013-2027
FICHA NORMATIVA D15conceptosLa Dorada un proyecto colectivo de territorio
NORMA URBANA: Son el conjunto de Lineamientos que orientan el desarrollo del Municipio.USOS DEL SUELO: Es la condición para desarrollar una actividad específica en un sitio.USO PRINCIPAL: Es el uso predominante, en una porción del Territorio.USO COMPATIBLE: Es el uso que se permite desarrollar con otros usos dentro de una porción del Territorio.ÁREA DE CESIÓN: Se define como la porción de suelo entregado de forma obligatoria al Municipio de la Dorada a titulo gratuito.
EDIFICABILIDAD: Comprende todas las características y condiciones aplicables al desarrollar
un uso.CONDICIONES: son todas las restricciones y anotaciones aplicadas a cada uno de los sectores normativos (articulados de la norma Municipal, Departamental y Nacional que Complementan la presente Ficha.SECTOR NORMATIVO: Son el conjunto de normas especificas para el desarrollo de una porción de la ciudad, está compuesto por usos principales y compatibles, además de las normas de construcción aplicables al sector.
SECTOR NORMATIVO D15 – ACUERDO ____ DE 2013.
PLAN BÁSICO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL 2013-2027
TRATAMIETO: RENOVACIÒN
Usos del Suelo
Usos Principales Condiciones
SECTOR NORMATIVO D15
Usos Compatibles Condiciones
SOLO SE PERMITEN C.1.3. – C.1.11 - C.1.12. – C.1.13.COMERCIO DIARIO - BARRIOC1.
VIVIENDAV.1. NO SE PERMITEN V.1.D. - V.1.E.
SERVICIOS PERSONALESS.1. SE PERMITEN TODOS LOS USOS DE ESTE GRUPO.
SOLO SE PERMITEN E.Q.E.1. – E.Q.E.2. EQUIPAMIENTOS EDUCATIVOSEQ.E
SOLO SE PERMITEN E.Q.R.1. – E.Q.R.2.3. EQUIPAMIENTOS RECREATIVOSEQ.R
SOLO SE PERMITEN E.Q.C.1. EQUIPAMIENTOS CULTURALESEQ.C
SOLO SE PERMITEN E.Q.S.1. EQUIPAMIENTOS DE SALUDEQ.S
SOLO SE PERMITEN E.Q.SG.1. EQUIPAMIENTOS DE SEGURIDADEQ.S
INDUSTRIA LIVIANAI2 SE PERMITEN TODOS LOS USOS DE ESTE GRUPO
SOLO SE PERMITEN C.2.C. – C.2.F. – C.2.M. – C.2.J.1. - C.2.J.2. - C.2.P. – C.2.O. DEL GRUPO C.2.H. NO SE PERMITEN LOS NUMERALES (1, 2, 3, 4, 6, 21).
COMERCIO HABITUAL - ZONALC1.
SERVICIOS PROFESIONALESS.2. SOLO SE PERMITEN S.2.A. – S.2.B. – S.2.J.1. – S.2.J.4.
PLAN BÁSICO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL 2013-2027
TRATAMIETO: RENOVACIÒN
SECTOR NORMATIVO
Edificabilidad
CONDICIONES ESPECIALES
D15
Retiros
Alturas, Índices y VoladizosÁreas, Frentes ParqueaderosAREA MINIMA LOTE: 54 M2FRENTE MINIMO: 6 MPARQUEADEROS: EQUIPAMIENTOS: 1X CADA 100 M2 CONSTRUIDOS.OTROS USOS: 1X CADA 200 M2 CONSTRUIDOS
ALTURA MÁXIMA: 2 PISOS Y ALTILLO
VOLADIZOS: 0.80 M A 3M DEL NIVEL DEL ANDEN.
RETIRO FRONTAL: SEGÚN SECCIONES VIALES.
RETIRO POSTERIOR: PATIO 3X2M. PARA VIVIENDA Y OTROS USOS.
CesionesEQUIPAMIENTOS: VIVIENDA (6 O MAS UNIDADES): 4M2 X HAB OTROS USOS: 8% DEL AREA CONSTRUIDA .
ESPACIO PUBLICO: VIVIENDA (6 O MAS UNIDADES): 4M2 X HAB OTROS USOS: 8% DEL AREA CONSTRUIDA .
INDICE DE OCUPACIÓN: LIBRE (DEBE RESPETAR LOS RETIROS VIALES Y POSTERIORES EXIGIDOS).
•Las cesiones para espacio publico y equipamientos podrán realizarse en dinero.•Además de esta ficha normativa deberá cumplirse con la normatividad general definida en el presente acuerdo.•En el momento de realizarse cualquier actuación urbanística sobre este sector deberá cumplirse con los requerimientos normativo del presente acuerdo.•No se permiten parqueaderos en lote.•Las estaciones de servicio existentes en el presente sector normativo deberán presentar plan de regularización.•Las actividades diferentes a la residencial (usos acondicionados, inherentes a la vivienda) deberá desarrollarse en los primeros pisos de las edificaciones.•Los usos del suelo E.Q.S. Deberán presentar planes de implantación para solicitar la licencia de construcción.•Los predios que no se encuentren afectados por las zonas de protección , podrán aplicar la normatividad de esta ficha.•Si se quisiera desarrollar una normatividad diferente a la del presente sector, solo podrá ser dada a través del plan parcial y deberá cumplir con el procedimiento y exigencias que dispone la normatividad que regula la materia.•todos los estudios ambientales a desarrollar en el presente sector normativo, podrán ser realizados por terceros, siempre y cuando se tenga el soporte técnico respectivo y será la administración municipal quien considerara la pertinencia o no de los mismos, de igual forma Corpocaldas dará la asesoría técnica respectiva logrando así que los desarrollos no estén en contraposición de las políticas de la corporación como autoridad ambiental. •Por ser esta una zona de mejoramiento integral el municipio deberá definir y dar claridad a los procesos de mejoramiento que se requieren dar en esta zona, con el fin de mejorar las condiciones de habitabilidad y mitigar las problemáticas de riesgo que allí existen.•Los predios que igualen o supere los 10.000 metros cuadrados deberán desarrollarse a través de un plan parcial, en el caso que se requiera una actuación urbanística que requiera otra norma diferente a la planteada por el sector normativo, esta deberá darse bajo el mismo instrumento de planificación mencionado con anterioridad, previa autorización y delimitación de la Secretaria de Planeación Municipal. •Los proyectos relacionados con las vías nacionales, deberán garantizar las conexiones peatonales necesarias para direccionar el flujo y las calzadas de desaceleración para el ingreso a los proyectos.
PLAN BÁSICO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL 2013-2027