Falsificacion Estados Financieros

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universidad alas peruanas - filialtacnatica profesional

- Filial TacnaFACULTAD DE CIENCIAS EMPRESARIALESESCUELA ACADEMICO PROFESIONAL DE CIENCIAS CONTABLES Y FINANCIERASTRABAJO MONOGRAFICO:TEMA:La verdad y los estados financieros INTEGRANTES:lile Ins Jarro VillegasMarianela Quenaya MamaniAdelina cruz MaqueraJaime Quisbert LlanosAbel Quisbert Lupaca MATERIA:tica del contador publico DIVISION:6do ciclo de contabilidad PROFESOR: CPC AMALIA CHIRE CAHUANA

Introduccion

Es importante conocer la manera en que se han formulado explcitamente (en artculos y clusulas) una serie de "imperativos" morales sobre los estados financieros en las empresas. Nos interesa entonces observar como un cdigo de tica explcito compromete a la realizacin de los estados financieros, ya que su adecuado uso y presentacin sirve mejor a su comunidad o a su sociedadEl ltimo da del ao 2008 fue publicada en el Diario Oficial El Peruano la Ley N 29307 que modifica los artculos 198 y 245 del Cdigo Penal e incorpora el artculo 198-A al mismo texto legal. El artculo 198, circunscrito a los delitos de fraude en la administracin de personas jurdicas, regula la norma bsica de administracin fraudulenta. Por su parte, el artculo 247, ubicado dentro de los delitos financieros, tipifica el ocultamiento, omisin o falsedad de informacin. Finalmente, el artculo 198-A, ahora tambin en materia de delitos de fraude en la administracin de personas jurdicas, legisla los informes de auditora distorsionados. En concreto, tales cambios normativos apuntan a establecer la responsabilidad de los auditores y los alcances de la asuncin de prstamos para la persona jurdica. Sin embargo, para analizar la penalizacin de la administracin societaria a la luz de la citada Ley N 29307 es menester retroceder en el tiempo y detenernos en algunos acontecimientos mundiales de la escena empresarial.

Quinta unidad:La etica y moral en el mundo contable y financiero

La verdad y los estados financieros

La contabilidad creativa. Definiciones.

La contabilidad creativa consiste fundamentalmente en aprovechar los vacos de la normativa legal en cuanto a las diferentes posibilidades de eleccin con el propsito de transformar la informacin contable que se presentan en losestados financierosde las empresas.

Este trmino se utiliza para describir elprocesomediante el cual los contadores y asesores utilizan sus conocimientos sobre las normas contables para "maquillar" las cifras reflejadas en la contabilidad de laempresa, sin dejar de cumplir losprincipiosde contabilidad. De esta manera, segn se apliquen los criterios u otros aspectos de la contabilidad, los resultados pueden variar y ser ms favorables para las organizaciones.

Enron, Worldcom entre otros, son algunos casos de contabilidad creativa (eufemismo parafraudecon los nmeros) que han aparecido en los ltimos tiempos, han sido de gran impacto en laeconomanorteamericana, hasta el punto que losmercadoshan perdido la confianza en los "principios de contabilidad generalmente aceptados", en los auditores, asesores y hasta en los analistas deinversin; quienes recomiendan la compra de tal o cualaccin, ganan buenas comisiones y dejan en la estacada a miles de inversionistas.Maquillaje de Estados Financieros.El fraude en los estados financieros consiste en la publicacin intencionada de informacin falsa en cualquier parte de un estado financiero.Diferencias entre fraude y error segn las Normas Internacionales de Auditora:- Los errores no son intencionales.- El fraude es intencional.Unos estados financieros fraudulentos pueden hacer que una persona interesada en los estados financieros tome decisiones erradas. Ejemplo: Estados financieros en donde se muestran utilidades cuando en la realidad la compaa est generando prdidas significativas, puede hacer que un tercero decidainvertir enuna compaa o que un banco apruebe un crdito a una compaa.De acuerdo con el Manual de Fraude Corporativo publicado por la Asociacin de Examinadores Certificados de Fraude, existen cinco categoras de fraude en los estados financieros: Ingresos ficticios Diferencia en el tiempo de reconocimiento de los ingresos Estrategias para esconder obligaciones y gastos Revelacin insuficiente o impropia Valuacin de activos impropia.Normalmente los fraudes financieros buscan desorientar a inversionistas, acreedores, accionistas, al estado y a la sociedad en general, distorsionando los estados financieros generalmente en dos sentidos

1)Aparentar fortaleza financieraCuando existe presin de mostrar buenos resultados es probable que algunas compaas obtn por recurrir a manipular sus estados financieros (maquillar estados financieros)Normalmente las empresas que buscan aparentar fortaleza financiera lo hacen con el fin de mostrarse atractivas a terceras partes, inversionistas, bancos, proveedores, entre otrosPara aparentar fortaleza financiera las empresas fraudulentas tienden a:

Sobre ValorarSub - Valorar

ActivosPasivos

IngresosGastos

2)Aparentar Debilidad Financiera.Normalmente las empresas que buscan aparentar Debilidad Financiera, lo hacen con el fin de pagar menos impuestos.Para aparentar debilidad financiera las empresas fraudulentas tienden a:

Sobre ValorarSub Valorar

PasivosActivos

GastosIngresos

Algunas formas de maquillar los estados financierosA continuacin presentamos algunas de las formas ms comunes de maquillar estados financieros, para que sean tenidas en cuenta por los auditores dentro de su auditora de fin de ao. Esta lista no pretende abarcar todas las situaciones, nuestro objetivo es que ayude como una gua para detectar situaciones que pongan en riesgo el trabajo del auditor.Aparentar fortaleza financiera Falsificacin de documentacin soporte del disponible y/o las inversiones para mostrar su existencia (Extractos bancarios, ttulos, etc.) Mostrar saldos por cobrar que no son recuperables No retirar la totalidad del costo del producto de los inventarios al momento de la venta (el valor del inventario queda sobreestimado) Mostrar inventario daado, obsoleto o de lenta rotacin, como inventario disponible para la venta. Mostrar inventario de terceros como si fuera inventario de la compaa. Mostrar propiedad, planta y equipo que no existe o que no es de propiedad de la compaa. No revelar situaciones de importancia para la toma de decisiones en las notas a los estados financieros Mostrar propiedad, planta y equipo daado u obsoleto como si estuviera en buen estado. No aplicar depreciacin a la propiedad, planta y equipo o aplicarla por porcentajes menores. Capitalizar costos y gastos que no cumplen con caractersticas de diferidos. Esconder pasivos (prstamos bancarios, cuentas por pagar a proveedores, provisiones por demandas en contra, pasivos laborales, etc.) Ventas ficticias con compaas vinculadas u otras compaas reales o ficticias. Traer ingresos del periodo posterior Facturar y no entregar productos Estimados de ingresos por encima de la realidad. Esconder las devoluciones en ventas Registrar ventas antes de su finalizacin Trasladar gastos a periodos posteriores Clasificar activos de largo plazo como activos de corto plazo Clasificar pasivos de corto plazo como pasivos de largo plazo Entre otrasAparentar debilidad financiera No registrar la totalidad de las ventas No registrar la totalidad de los activos Registrar gastos y pasivos ficticios Registrar gastos de otros periodos en el periodo corriente Transacciones fraudulentas con compaas de papel o compaas vinculadas Entre otras

Falsificacin o alteracin de estados financieros es un delito penal

La falsificacin o alteracin de estados financieros es un delito penal y elcontador pblicoque se preste a ello puede incluso terminar en prisin en caso que sea denunciado por quienes resulten afectados.

Son muchos los usuarios de los estados financieros, usuarios que puede tomar decisiones basados en estados financieros, y si toman decisiones sobre un estado financiero falso alterado, puede tener serios perjuicios econmicos o de otro tipo, y ante esa situacin puede denunciar penalmente al contador pblico que los firm, sin perjuicio que tambin se le pueda denunciar por estafa y se le exija incluso la reparacin econmica por los posibles daos o detrimento econmico sufrido por el usuario al decidir sobre un estado financiero falso o alterado.

Al contador pblico que falsifique un estado financiero, le es aplicable lo dispuesto en el artculo 427 del Cdigo Penal, el cual contempla que:El que hace, en todo o en parte, un documento falso o adultera uno verdadero que pueda dar origen a derecho u obligacin o servir para probar un hecho, con el propsito de utilizar el documento, ser reprimido, si de su uso puede resultar algn perjuicio, con pena privativa de libertad no menor de dos ni mayor de diez aos (...) si se trata de undocumento pblico, registro pblico, ttulo autntico o cualquier otrotrasmisiblepor endoso o al portador y con pena privativa de libertad no menor de dos ni mayor de cuatro aos, (...) si se trata de un documento privado.

El que hace uso de un documento falso o falsificado, como si fuese legtimo, siempre que de su uso pueda resultar algn perjuicio, ser reprimido, en su caso, con las mismas penas.

Tal como se puede apreciar, el tipo penal en mencin seala dos conductas tpicas sancionadas penalmente. La primera hace referencia al acto de falsificacin de un documento, sea en todo o en parte, con el nico fin de que el mismo sustente un determinado hecho.

La segunda conducta (prevista en el segundo prrafo del citado artculo) alude ms bien a la utilizacin del documento adulterado como si fuese legtimo. Asimismo, resulta pertinente precisar que el ordenamiento penal sustantivo asigna distintas penalidades para dichas conductas dependiendo de si el instrumento fraguado es pblico o privado.

En efecto, falsificar o alterar un estado financiero se tipifica como falsedad en documento privado, el cual incluso puede aplicar incluso en aquellos casos en que tcnicamente podra considerarse que no hay falsificacin, caso en el cual operara lo que se conoce comofalsedad ideolgica en documento privado.

Y es precisamente la falsedad ideolgica en documento privado, el delito ms comn relacionado con la alteracin o falsificacin de estados financieros por parte de un contador pblico, ya que no existe falsificacin como tal toda vez que el estado financiero es elaborado originalmente por el mismo contador pblico, pero en ese caso parte de la informacin plasmada en el estado financiero original no corresponde a la verdad, es falsa o est tergiversada.

Sin duda, el contador pblico que falsifica o altera estados financieros, lo hace con la intencin de que los usuarios de dichos estados financieros vean en esos estados financieros una situacin diferente a la real, algo que sucede muy a menudo en los estados financieros que se presentan a los bancos u otras entidades de crdito, estados financieros que han sido alterados o maquillados para aparentar una solvencia econmica que realmente no existe.

La simple falsificacin o alteracin ya es un delito penal. Pero adems puede existir unaresponsabilidad civilsi de esa falsificacin se deriva una estafa o detrimento econmico a un tercero.Para quien guste profundizar ms sobre el tema, las salas civil y penal de la corte suprema ha emitido varias sentencias relativas al asunto que cualquiera puede consultar haciendo una bsqueda en Google o directamente el en portal de la Corte suprema de justicia.

Maquillar o falsear estados financieros es un delito penal

Maquillar o falsear estados financieros, una prctica muy arriesgada entre administradores, contadores y revisores fiscales, es un delito penal.Alterar los estados financieros para lograr un resultado deseado, como mejorar los ndices de liquidez para lograr la aprobacin de un crdito bancario, o para pagar menos impuestos o acceder a ciertos beneficios tributarios, se puede convertir en un delito penal que implicara pena de prisin.

As se puede desprender de la lectura del artculo 58 delcdigo de comercio:Sanciones por falsedades en los balances. Los administradores, contadores y revisores fiscales que ordenen, toleren, hagan o encubran falsedades cometidas en los balances, incurrirn en las sanciones previstas en el Cdigo Penal para el delito de falsedad en documentos privados y respondern solidariamente de los perjuicios causados.

Como se observa, la gama de posibilidades es muy amplia. Basta con tolerar la falsedad, algo que puede sucederle a uncontador pblicoorevisor fiscalque conociendo del asunto se hace el de la vista gorda, o peor an, firma los estados financieros.

De otra parte, la ley se refiere al trminofalsedades, de modo que cualquier informacin que no sea real, clasifica para tipificar un posible delito de falsedad en documento privado. Esto puede suceder con la omisin de ingresos, la inclusin de pasivos inexistentes, o de costos y gastos inexistentes, o de activos e ingresos inexistentes, e incluso la omisin de pasivos para mejorar el aspecto financiero de un balance.

Cualquier tercero que resulte afectado por prcticas de este tipo puede denunciar penalmente a quienes suscribieron, elaboraron o debieron auditar los estados financieros, algo que podra hacer un banco, una administracin tributaria, un proveedor particular, o hasta un socio, en fin, cualquier persona que crea haberse visto afectada por la informacin falsa de los estados financieros que le fueron presentados y sobre los cuales se tomaron decisiones que derivaron en el perjuicio que se alega.

El peligro de maquillar los estados financierosAlgunos empresarios ycomerciantescon la ayuda de sucontador pblico, acostumbran elaborar unos estados financieros especiales para presentarlos a determinados usuarios.Esta prctica se conoce como maquillaje de los estados financieros, puesto que se elaboran manipulando la informacin contable y financiera con el objetivo de presentar unos estados financieros con determinados indicadores, con determinados pasivos, activos o utilidad.

Los estados financieros se suelen maquillar para presentarlos a los acreedores o a los bancos, en los cuales se pretende presentar una mayor solvencia econmica, una mayor solidez financiera o liquidez, que se supone ayudar a conseguir crdito o financiacin.Esta prctica es tan generalizadaque algunos empelados bancarios se encargan de asesorar a sus clientes sobre cmo deben presentar un estado financiero para tener mayor posibilidad de que se le apruebe una solicitud de crdito. Es ms, algunos bancos tienen una especie de convenio con algunos contadores pblicos que conocen ciertas directrices de los bancos para elaborar estados financieros aptos para los bancos.Hacer esto implica desfigurar la realidad econmica, contable y financiera de la empresa, puesto que no se estn tomando fielmente los valores de los libros de contabilidadcomo lo ordena nuestros principios decontabilidadgeneralmente aceptados y otras normas.

Esta prctica supone un gran riesgo para quienes firman estos estados financieros, principalmente para el contador pblico que est envestido de la facultad de dar fe pblica sobre determinados hechos que a la postre resultan falsos o desfigurados.

Empresas que cotizan en bolsa estn obligadas a maquillar los estados financieros

De acuerdo a los recientes antecedentes, y al sentido comn, todo parece indicar que las empresas que cotizan en bolsa estn obligadas a maquillar sus estados financieros, pues de lo contrario sus acciones caern inevitablemente afectando el capital de los inversionistas.

En buena medida, elpreciode una accin depende de los resultados operativos y financieros de una empresa, de suerte que si estos no mejoran o se mantienen estables, el precio caer.

Los informes financieros se presentan por lo general trimestralmente, lo que significa que la empresa est obligada a que cada tres meses su situacin mejore, o que por lo menos eso digan sus informes financieros.Esta necesidad apremiante, hace que sea necesario recurrir a tcnicas y estrategias para conseguir que los estados financieros luzcan muy bonitos y atractivos, y para ello en muchos casos se viola la ley o se est muy cerca del lmite de la ilegalidad.La actual crisis financiera en gran parte se debe a que durante aos grandes empresas vendieron slo humo, y cuando todo estall esas empresas quedaron valiendo la mitad o menos, o incluso nada, lo que las oblig a cerrar.

Es que la presin de las bolsas es inmensa. Si una empresa no quiere desaparecer, debe convencer al mercado de que cada da marcha mejor. Si no lo hace, su valor en bolsa caer estruendosamente en cuestin de horas, y claro, eso hay que evitarlo a cmo de lugar, y una de las mejores formas de evitarlo es presentando unos bonitos estados financieros, algo en lo que ya hay muchos expertos, y si no, siempre est la opcin de sobornar a las entidades estatales de control, que en muchos casos estn controladas por personas con fuertes intereses en el medio, pues provienen de all.

Estados financieros fraudulentos

Elsistema contablepermanentemente se encuentra expuesto a ser manipulado por la administracin, empleados o terceras personas que mediante la realizacin de actos intencionales defraudan los recursos de las organizaciones empresariales y desfiguran los estados financieros para ocultar el delito.Las irregularidades se presentan en forma disimulada con la manipulacin de registros (omisin o alteracin de asientos, sumas y asientos falsos) y documentos (destruccin, preparacin y alteracin), como por ejemplo:1. Recibir pagos o depsitos de clientes y no contabilizarlos o contabilizarlos por una menor cuanta.2. Alterar el recibo de productos comomateria prima, mercancas no fabricadas por la empresa o propiedades planta y equipo, registrndolos por una menor cantidad o no reconocerlos contablemente.3. Aumentar los saldos de las cuentas por cobrar o disminuir los saldos de las cuentas por pagar, con el fin de favorecer a un tercero.4. Omitir o demorar la legalizacin de un anticipo.5. Incrementar en forma fraudulenta los gastos de viaje y representacin.6. Registrar activos y pasivos ficticios.7. Realizar pagos dobles a proveedores.8. Contabilizar compras inexistentes para su posterior pago.9. Adulterar los recibos de caja, consignaciones bancarias o dobles reembolsos de caja menor.10. Realizar prstamos dedinero, ventas de servicios o productos a clientes ficticios.11. Utilizar los activos (dinero, bienes y derechos) sin previa autorizacin o registro.12. Sustraer los activos en forma temporal o definitiva.La ocurrencia de una o varias de las irregularidades anteriormente enumeradas produce un quebrantamiento en el sistema contable y necesariamente como consecuencia se elaboran y presentan estados financieros fraudulentos que reflejan una situacin financiera engaoso, perjudicando a los usuarios internos y externos de la informacin.

Para minimizar el riesgo de manipulacin en el sistema contable es necesario que exista un trabajo mancomunado entre la auditora interna y larevisora fiscalcon el fin revisar y evaluar constantemente los controles, adems de avizorar otros riesgos que al materializarse podran impactar en forma negativa los estados financieros

RAZONES PARA LA UTILIZACIN DE CONTABILIDAD CREATIVA

Las discusiones sobre las razones que han llevado a algunas empresas a poner en prctica la Contabilidad Creativa, se han centrado fundamentalmente en el impacto que pueden tener sobre las decisiones de los inversionistas en la Bolsa de Valores ya que han utilizado "trucos contables" para engaar a los inversionistas.

Entre las razones que tienen los directivos de las empresas que cotizan sus acciones, para intentar manipular las cuentas a travs de la utilizacin de la Contabilidad Creativa destacan las siguientes:

a) Mejorar la imagen presentada

- Presin de la comunidad inversora sobre las empresas para que presenten resultados, rentabilidad, patrimonio y situacin financiera halageos.- Exigencia de que las empresas respondan a las expectativas del mercado generadas por pronsticos favorables- Existencia de sistemas de retribuciones ligadas a beneficios, precios de las acciones, evolucin de la empresa, etc.- Inters de la empresa en la obtencin de prstamos- Necesidad de librar batallas de absorcin- Inters en determinadas polticas de dividendos

b) Estabilizar la imagen a lo largo de los aos

- Existencia de una clara preferencia externa por comportamientos regulares- Efectos beneficiosos en polticas de dividendos- Repercusin positiva en el precio de las acciones- Efectos favorables sobre la presentacin de un perfil de riesgo reducido

c) Debilitar la situacin reflejada

- Posibilidad de atribuir xitos en aos posteriores- Existencia de planes de remuneraciones- Incentivos fiscales- Inters en determinadas polticas de dividendos- Riesgo de incurrir en costes polticos- Existencia de tarifas mximas prescritas por el estado que pueden verse reducidas por la obtencin consecutiva de elevados beneficios.

En ocasiones, las empresas deben realizar sus registros contables de forma objetiva, pero la legislacin contable tiene ciertos vacos o ambigedades que se presentan al momento de contabilizar determinados aspectos. Adems existen muchos puntos de la contabilidad entre los que se puede elegir u otros tantos que requieren hacer provisiones sobre el futuro, pudiendo ser optimistas o pesimistas. Esto por no hablar del deseo de muchas empresas por manipular los datos.

Por tanto, la contabilidad, tal y como est regulada actualmente, no refleja ni informa sobre la realidad, sino que "slo sigue las normas", dando lugar a unas cuentas anuales transformadas en las compaas. Esto se debe al predominio de una visin legalista a la hora de elaborar la contabilidad de las empresas, es decir, se prepara aplicando las normas, independientemente de cul sea la realidad.

En la actualidad, prcticamente todas las empresas "maquillan las cuentas" y rara es la empresa que no la ha empleado en los ltimos cinco aos. Lo motivos que existen para utilizar esta Contabilidad Creativa son variados y extensos. Existe la necesidad de presentar un incremento en los resultados, como por ejemplo en los Bancos, donde a pesar de las crisis econmicas, los beneficios siempre aumentan con respecto a los aos anteriores.

Escndalos contables

Los escndalos contables son aquellos sucesos que, a travs del uso o mal uso de la contabilidad, han supuesto grandes shocks en las economas o han tenido un fuerte impacto meditico. Entre ellos podemos encontrar el aumento irreal del valor en libros de una compaa, el ocultamiento de fondos haca las instituciones pblicas y fiscales o la disminucin de riesgos reflejados en las cuentas econmicas de las empresas para aumentar as su posicin en el mercado de cara a nuevos inversores o a no perder los existentes.

Grandes casos de escndalos contables

EnronLa compaa Enron Corporation, que daba empleo a ms de 20.000 personas, traslad alrededor de 600 millones de dlares en diferentes filiales para disimular la deuda que tena la compaa. Esta empresa estaba auditada por la compaa de revisin contable Arthur Andersen (una de las big five adems de KPMG, PricewaterhouseCoopers, Ernst&Young y Deloitte). Al reconocer la deuda (Octubre de 2001), la accin de Enron pas de valer 90 dlares a 42 centavos; Enron quebr. Pero no slo Enron sucumbi a su propia crisis sino que Arthur Andersen, al haber auditado las cuentas, era corresponsable de semejante estafa y perdi toda su credibilidad dejando de pertenecer a las big five.Tambin hubo escndalos polticos al demostrarse que el 75% de los senadores estadounidenses haban financiado su campaa gracias a Enron lo que favoreci que el agujero creado por la compaa no se desvelase hasta que fue imposible seguir ocultndolo.

WorldcomLa empresa Worldcom, lder del mercado de nuevas tecnologas, reconoci en 2002 que haba inflado sus resultados por un valor total de 11.000 millones de dlares. Este anuncio provoc perdidas por valor de 200.000 millones de dlares para sus inversores tras el desplome de sus acciones en los das siguientes. Este desplome acentu el llamado crash de las puntocom que en el caso espaol tuvo su exponente en Terra que cotiz a ms de 150 euros y que se desplom a valores por debajo de los 15 euros.En la actualidad, Worldcom subsiste reconvertida en MCI desde dnde paga la deuda acordada al 97% de sus acreedores.XeroxLa compaa Xerox, suministradora entre otras cosas de las impresoras que se utilizan en la Universidad de Granada, infl sus beneficios en 2002 siendo auditada por KPMG. Contra ello, el organismo estadounidense encargado de controlar las cotizaciones, el SEC, le impus una multa a Xerox (y un expediente a KPMG). Esta pag su multa y se comprometi a cambiar de auditora. As PricewaterhouseCoopers pas a revisar las cuentas auditadas por KPMG. La estafa haba sido an mayor que lo que encubri KPMG y detect el SEC, ms del doble. De 3.000 millones de dlares que fueron expedientados por el SEC se pas a 6.400 tras la auditora de PricewaterhouseCoopers. La deuda resultante de la estafa fue parcialmente cubierta por seis directivos de la compaa que se comprometieron a desembolsar 22 millones de dlares en total.MerkLa farmacetica Merk contabiliz como ingresos las cesiones que sus filiales le hacan, contabilizando as doblemente ingresos. El importe recibido a travs de copagos era tomado como ingreso en una de las filiales, Medco, y a la vez anotado por Merk, con lo que se duplicaron los ingresos. La estafa ronda los 14,100 millones de dlares. En la actualidad el caso est an en manos judiciales.ParmalatEl caso Parmalat fue un caso de connivencia entre diferentes instituciones, como en la mayora de los casos que hemos visto ms arriba. Parmalat, para refinanciar su deuda -oculta en libros- fue ayudada por diferentes bancos que iban colocando dicha deuda en pequeas porciones para disimularla y endosndosela a pequeos inversores. Cuando todo estall, los inversores comenzaron la larga lucha judicial que an est por resolverse. El volumen total de lo sucedido es de en torno a los 10,000 millones de euros. La gran parte de estos son pagos financieros a causa de la refinanciacin de la deuda.

(A propsito de la Ley N 29307 que modifica el Cdigo Penal)

La norma originaria.-Cuando el 8 de abril de 1991 se public en el Diario Oficial El Peruano el Decreto Legislativo N 635 que promulgaba un nuevo Cdigo Penal en el Per, ste contena los artculos 198 y 245 con los siguientes textos:Artculo 198. Administracin fraudulenta.-Ser reprimido con pena privativa de libertad no menor de uno ni mayor de cuatro aos el que, en su condicin de fundador, miembro del directorio o del consejo de administracin o del consejo de vigilancia, gerente, administrador o liquidador de una persona jurdica, realiza, en perjuicio de ella o de terceros, cualquiera de los actos siguientes:1. Ocultar a los accionistas, socios, asociados o terceros interesados, la verdadera situacin de la persona jurdica, falseando los balances, reflejando u omitiendo en los mismos beneficios o prdidas o usando cualquier artificio que suponga aumento o disminucin de las partidas contables.2. Proporcionar datos falsos relativos a la situacin de una persona jurdica.3. Promover, por cualquier medio fraudulento, falsas cotizaciones de acciones, ttulos o participaciones.4. Aceptar, estando prohibido hacerlo, acciones o ttulos de la misma persona jurdica como garanta de crdito.5. Fraguar balances para reflejar y distribuir utilidades inexistentes.6. Omitir comunicar al directorio, consejo de administracin, consejo directivo u otro rgano similar, acerca de la existencia de intereses propios que son incompatibles con los de la persona jurdica.7. Asumir prstamos para la persona jurdica.8. Usar, en provecho propio o de otro, el patrimonio de la persona.

Artculo 245. Ocultamiento, omisin o falsedad de informacin.-El director, gerente, administrador, representante legal o funcionario de una institucin bancaria, financiera u otra que opere con fondos del pblico, que con el propsito de ocultar situaciones de iliquidez o insolvencia de la institucin, omita o niegue proporcionar informacin o proporcione datos falsos a las autoridades de control y regulacin, ser reprimido con pena privativa de libertad no menor de dos ni mayor de seis aos y con ciento ochenta a trescientos sesenta y cinco das-multa.

El caso Enron.-El 2 de diciembre del 2001, es decir diez aos despus de haberse promulgado nuestro Cdigo Penal, el mundo corporativo se estremeca con la solicitud de sometimiento a la legislacin de proteccin por bancarrota de la hasta entonces monstruosa compaa estadounidense Enron, la misma que era resultado de la fusin protagonizada en 1985 entre Houston Natural Gas e InterNorth, empleaba a ms de 21 mil trabajadores, actuaba en cerca de 40 pases y posea unas envidiables credenciales corporativas en Estados Unidos de Amrica: la sptima empresa ms grande, uno de los 100 mejores empleadores y la empresa ms innovadora durante cinco aos consecutivos (1996-2000).Nadie se explicaba cmo una corporacin con tales caractersticas poda quebrar, lo que finalmente sucedi. En el posterior juicio seguido a los ejecutivos de la firma se determin el fraude financiero sustentado en ilegales prcticas contables, como el maquillaje de las prdidas y la exageracin de los beneficios. No se haban observado las prcticas de gobierno corporativo que aos atrs venan difundindose en Europa (como el Informe Olivencia, de Espaa), en cuanto a, por ejemplo, no aglutinar en las mismas manos la propiedad y la administracin de la empresa. El fallo judicial result histrico: el ex presidente ejecutivo de Enron,Jeffrey Skilling, una de las emblemticas figuras de Wall Street, fue condenado a 24 aos de prisin en el 2006. Es de precisar que Kenneth Lay, fundador de la firma, falleci tres meses antes de la sentencia; l arriesgaba una pena de hasta 45 aos de prisin.Pero el escndalo Enron no qued dentro de los muros de la compaa sino que se extendi fuera de ella y alcanz a la que por entonces era la mayor empresa de auditora del mundo: Arthur Andersen, una organizacin de servicios profesionales integrados, con cerca de 90 aos de historia y presencia en ms de 100 ciudades en el mundo, se haba encargado de auditar la informacin contable de Enron. El 16 de junio del 2002 fue condenada por los delitos de obstruccin a la justicia y de destruccin y alteracin de documentos relacionados con la quiebra de Enron y las irregularidades cometidas por dicha compaa, imponindosele el pago de una multa ascendente a medio milln de dlares y, lo ms trascendente, la prohibicin de seguir ejerciendo sus funciones de auditora y asesora a las empresas registradas enla Bolsa de Valoresde Estados Unidos de Amrica. Esto ltimo marc su final: Arthur Andersen se disolvi.El caso Enron fue una leccin de aprendizaje con sangre. Recin a partir de entonces se prest atencin a la teora delcorporate governance, a la supervisin estatal de las empresas cotizadas, a la funcin de los administradores, al rol de los auditores y a la importancia de la contabilidad. En Estados Unidos de Amrica se dict el 30 de julio del 2002 la Ley de Reforma de la Contabilidad Pblica de Empresas y de Proteccin al Inversionista, tambin conocida comoSarbanes-Oxley Act, la cual procura monitorear a las empresas que cotizan en el mercado burstil, evitando que sus acciones sean alteradas de modo dudoso, mientras que su valor sea menor, para as evitar fraudes y riesgos de bancarrota; resulta aplicable a todas las compaas que cotizan en laNew York Stock Exchange. En el Per, la Resolucin CONASEV de Gerencia General N 096-2003-EF/94.11 del 27 de noviembre del 2003 regul, respecto a las sociedades annimas emisoras de valores inscritos en el Registro Pblico del Mercado de Valores, la exigencia de presentar Informacin sobre el cumplimiento de los Principios de Buen Gobierno Corporativo para las Sociedades Peruanas y, en el mbito penal, se dict la Ley N 28755, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 6 de junio del 2006, mediante la cual se modificaron los artculos 198 y 245 del Cdigo Penal para incorporar a los auditores (internos y externos) como sujetos activos de los delitos de administracin fraudulenta y de ocultamiento, omisin o falsedad de informacin, respectivamente.La norma modificada.-Con la citada Ley N 28755, los artculos 198 y 245 del Cdigo Penal mostraron los siguientes nuevos textos:Artculo 198. Administracin fraudulenta.-Ser reprimido con pena privativa de libertad no menor de uno ni mayor de cuatro aos el que, en su condicin de fundador, miembro del directorio o del consejo de administracin o del consejo de vigilancia, gerente, administrador,auditor interno, auditor externoo liquidador de una persona jurdica, realiza, en perjuicio de ella o de terceros, cualquiera de los actos siguientes:1. Ocultar a los accionistas, socios, asociados,auditor interno, auditor externo, segn sea el casooaterceros interesados, la verdadera situacin de la persona jurdica, falseando los balances, reflejando u omitiendo en los mismos beneficios o prdidas o usando cualquier artificio que suponga aumento o disminucin de las partidas contables.2. Proporcionar datos falsos relativos a la situacin de una persona jurdica.3. Promover, por cualquier medio fraudulento, falsas cotizaciones de acciones, ttulos o participaciones.4. Aceptar, estando prohibido hacerlo, acciones o ttulos de la misma persona jurdica como garanta de crdito.5. Fraguar balances para reflejar y distribuir utilidades inexistentes.6. Omitir comunicar al directorio, consejo de administracin, consejo directivo u otro rgano similar,o al auditor interno o externo, acerca de la existencia de intereses propios que son incompatibles con los de la persona jurdica.7. Asumir prstamos para la persona jurdica.8. Usar, en provecho propio o de otro, el patrimonio de la personajurdica.9. Emitir informes o dictmenes que omitan revelar, o revelen en forma distorsionada, situaciones de falta de solvencia o insuficiencia patrimonial de la persona jurdica, o que no revelen actos u omisiones que violen alguna disposicin que la persona jurdica est obligada a cumplir y que est relacionada con alguna de las conductas tipificadas en el presente artculoArtculo 245. Ocultamiento, omisin o falsedad de informacin.-El director, gerente, administrador, representante legal,miembro del consejo de administracin, miembro del consejo de vigilancia, miembro del comit de crdito, auditor interno, auditor externo, liquidadoro funcionario de una institucin bancaria, financiera u otra que opere con fondos del pblico, que con el propsito de ocultar situaciones de iliquidez o insolvencia de la institucin, omita o niegue proporcionar informacin o proporcione datos falsos a las autoridades de control y regulacin, ser reprimido con pena privativa de libertad no menor decuatro ni mayor deochoaos y con ciento ochenta a trescientos sesenta y cinco das-multa.Respecto al artculo 198, los cambios se dieron en el primer prrafo al incorporar como sujetos activos del delito de administracin fraudulenta al auditor interno y al auditor externo; en el inciso 1 al establecer, como sujetos pasivos de la conducta tpica de ocultamiento de la verdadera situacin de la persona jurdica, tambin al auditor interno y al auditor externo; en el inciso 6 al estipular, como sujetos pasivos de la conducta tpica de omisin de comunicar la incompatibilidad de intereses, al auditor interno y al auditor externo; en el inciso 8 al precisar que se refiere al patrimonio de la persona jurdica; y aadiendo el inciso 9 que alude a la conducta tpica de emitir informes o dictmenes que no se ajustan a la verdad.En cuanto al artculo 245, los cambios se dieron, por un lado, al incorporar como sujetos activos del delito de ocultamiento, omisin o falsedad de informacin al miembro del consejo de administracin, al miembro del consejo de vigilancia, al miembro del comit de crdito, al auditor interno, al auditor externo y al liquidador; y, por otro lado, al elevar la pena privativa de libertad que antes oscilaba entre los dos y los seis aos, mientras que ahora lo es entre los cuatro y los ocho aos.Las reacciones contra la norma modificada.-Las reacciones contra la mencionada Ley N 28755 no se hicieron esperar. As, por ejemplo, el decano del Colegio de Contadores Pblicos de Lima, Pedro Ramrez Rossel, critic que la normasub-examineincorpore a los contadores en funcin de auditores internos y externos como si fuesen parte o empleados de la empresa que auditan, agregando que, en tal sentido, los auditores podran ser culpados por los malos estados financieros de las empresas que auditan, lo cual no tiene razn de ser Por su parte, el 20 de julio del 2006 el Colegio de Contadores Pblicos del Cusco emiti un pronunciamiento en el cual concluye solicitando la derogatoria de tal dispositivo jurdicoal considerarlo un atentado contra la profesin contable y los legtimos derechos de los profesionales contadores pblicos del Cusco que ejercen la auditoraLo anterior desemboc en el Proyecto de Ley N 01332/2006-CR, presentado ante el Congreso de la Repblica el 23 de mayo del 2007 y segn el cual se propone modificar el artculo 198 del Cdigo Penal para, por un lado, eliminar del primer prrafo,como sujetos activos del delito de administracin fraudulenta, al auditor interno y al auditor externo; y, por otro lado, eliminar el inciso 9 que contiene la conducta tpica de emitir informes o dictmenes que no se ajustan a la verdad. Asimismo, plantea modificar el artculo 245 del mismo texto legal para eliminar como sujetos activos del delito de ocultamiento, omisin o falsedad de informacin al auditor interno y al auditor externo.Posteriormente, el 18 de marzo del 2008 se present ante el Congreso de la Repblica el Proyecto de Ley N 02225/2007-CR para modificar el artculo 198 del Cdigo Penal en el sentido que la conducta tpica de asumir prstamos para la persona jurdica, contenida en el inciso 7, sea sin la debida autorizacin, o por sumas dinerarias superiores a las autorizadas, o contraviniendo la va establecida para ello.La nueva norma.-Los Proyectos de Ley N01332/2006-CR y N02225/2007-CR dieron lugar a la dacin de la Ley N 29307, publicada recientemente en el Diario Oficial El Peruano el 31 de diciembre del 2008, mediante la cual semodifican los artculos 198 y 245 del Cdigo Penal e incorpora el artculo 198-A al mismo texto legal, como siguen:Artculo 198. Administracin fraudulenta.-Ser reprimido con pena privativa de libertad no menor de uno ni mayor de cuatro aos el que,ejerciendo funciones de administracin o representacinde una persona jurdica, realiza, en perjuicio de ella o de terceros, cualquiera de los actos siguientes:1. Ocultar a los accionistas, socios, asociados, auditor interno, auditor externo, segn sea el caso o a terceros interesados, la verdadera situacin de la persona jurdica, falseando los balances, reflejando u omitiendo en los mismos beneficios o prdidas o usando cualquier artificio que suponga aumento o disminucin de las partidas contables.2. Proporcionar datos falsos relativos a la situacin de una persona jurdica.3. Promover, por cualquier medio fraudulento, falsas cotizaciones de acciones, ttulos o participaciones.4. Aceptar, estando prohibido hacerlo, acciones o ttulos de la misma persona jurdica como garanta de crdito.5. Fraguar balances para reflejar y distribuir utilidades inexistentes.6. Omitir comunicar al directorio, consejo de administracin, consejo directivo u otro rgano similar, o al auditor interno o externo, acerca de la existencia de intereses propios que son incompatibles con los de la persona jurdica.7. Asumirindebidamenteprstamos para la persona jurdica.8. Usar, en provecho propio o de otro, el patrimonio de la persona jurdicaArtculo 245. Ocultamiento, omisin o falsedad de informacin.-El que ejerce funciones de administracin o representacinde una institucin bancaria, financiera u otra que opere con fondos del pblico, que con el propsito de ocultar situaciones de iliquidez o insolvencia de la institucin, omita o niegue proporcionar informacin o proporcione datos falsos a las autoridades de control y regulacin, ser reprimido con pena privativa de libertad no menor de cuatro ni mayor de ocho aos y con ciento ochenta a trescientos sesenta y cinco das-multa. [El resaltado es nuestro y corresponde a las modificaciones al texto por entonces vigente]Artculo 198-A. Informes de auditora distorsionados.-Ser reprimido con la pena sealada en el artculo anterior el auditor interno o externo que, a sabiendas de la existencia de distorsiones o tergiversaciones significativas en la informacin contable-financiera de la persona jurdica, no las revele en su informe o dictamen.Respecto al artculo 198, los cambios se dieron en el primer prrafo al establecer un sujeto activo genrico del delito de administracin fraudulenta: aquel que ejerza funciones de administracin o representacin de una persona jurdica; en el inciso 7 al agregar la palabra indebidamente en cuanto a la conducta tpica de la asuncin de prstamos para la persona jurdica; y eliminando el inciso 9 que contemplaba la conducta tpica deemitir informes o dictmenes que no se ajustan a la verdad.En el artculo 245, el cambio se dio alestablecer, igual que en el caso anterior, un sujeto activo genrico, ahora para el delito de ocultamiento, omisin o falsedad de informacin: aquel que ejerza funciones de administracin o representacin de una institucin bancaria, financiera u otra que opere con fondos del pblico.Finalmente, el artculo 198-A legisla la responsabilidad penal de los auditores (interno y externo) por emitir informes o dictmenes distorsionados, siendo la conducta tpica de carcter omisivo (no revelar), de naturaleza dolosa (a sabiendas) y de grado gravoso (distorsiones o tergiversaciones significativas).Anlisis jurdico-societario-penal.-Sin lugar a dudas, el caso Enron signific un llamado de atencin para que, como afirmamos anteriormente, se preste debida atencin a lateora delcorporate governance, la supervisin estatal de las empresas cotizadas, la funcin de los administradores, el rol de los auditores y la importancia de la contabilidad. No obstante, la tcnica legislativa exige que la regulacin normativa no sea antojadiza y, menos an, en materia penal donde la presuncin de inocencia (toda persona es considerada inocente mientras no se haya declarado judicialmente su responsabilidad) subyace como axioma universal.En tal sentido, nos parece equivocado que la Ley N 28755 incorporase, al primer prrafo del artculo 198 del Cdigo Penal, como sujetos activos del delito de administracin fraudulenta al auditor interno y al auditor externo. Basta analizar cada una de las conductas tpicas reguladas en dicho artculo para apreciar su impertinencia respecto al auditor interno y al auditor externo. Veamos. Ni el auditor interno ni el auditor externo pueden falsear los balances (inciso 1), ya que ni siquiera los elaboran; ello le corresponde a los contadores. Ni el auditor interno ni el auditor externo pueden proporcionar datos falsos relativos a la situacin de una persona jurdica (inciso 2) porque no son competentes ni siquiera para proporcionar datos verdaderos; ello le corresponde al directorio y la gerencia. Ni el auditor interno ni el auditor externo pueden promover falsas cotizaciones de acciones, ttulos o participaciones (inciso 3) puesto que no estn posibilitados de promover cotizacin alguna; ello ser labor de una sociedad agente de bolsa.Asimismo, ni el auditor interno ni el auditor externo puede aceptar, estando prohibido hacerlo, acciones o ttulos de la misma persona jurdica como garanta de crdito (inciso 4), ya que en ningn caso ellos disponen cules son las garantas que respaldan el crdito otorgado por la persona jurdica; ello le corresponde al directorio. Ni el auditor interno ni el auditor externo puede fraguar balances (inciso 5) porque ni siquiera los elaboran; ello le corresponde a los contadores. Ni el auditor interno ni el auditor externo pueden asumir prstamos para la persona jurdica (inciso 7) puesto que no estn facultados; ello le corresponde al directorio y la gerencia. Ni el auditor interno ni el auditor externo pueden usar, en provecho propio o de otro, el patrimonio de la persona jurdica (inciso 8), ya que no estn facultados para ejercer la facultad jurdica de usar el patrimonio de la persona jurdica; ello podra recaer en un socio, un director o un gerente.Como puede apreciarse, los incisos 1, 2, 3, 4, 5, 7 y 8 del mencionado artculo 198 resultan inaplicables para el auditor interno y el auditor externo porque se trata de imposibles fcticos y jurdicos. Slo podran configurarse las conductas tpicas de omitir comunicar la existencia de intereses propios que con incompatibles con los de la persona jurdica (inciso 6) y de emitir informes o dictmenesque omitan revelar, o revelen en forma distorsionada, situaciones de falta de solvencia o insuficiencia patrimonial de la persona jurdica, o que no revelen actos u omisiones que violen alguna disposicin que la persona jurdica est obligada a cumplir (inciso 8). Sin embargo, lo primero es una cuestin tica (tan igual como sucedera con un abogado, cuyos intereses se muestren incompatibles con los de la persona jurdica que es su cliente), lo que no requiere ser penalizada; y para lo segundo son aplicables las normas del Cdigo Penal referentes a los delitos de falsificacin de documentos en general (artculos 427 y siguientes), debiendo ms bien establecerse que el informe y/o el dictamen de un auditor interno o auditor externo tiene la calidad de documento pblico (artculo 433).En cuanto a las modificaciones alartculo 245 del Cdigo Penal, realizadas a travs de la citada Ley N28755,nos parece acertado incorporar como sujetos activos del delito de ocultamiento, omisin o falsedad de informacin al miembro del consejo de administracin, al miembro del consejo de vigilancia, al miembro del comit de crdito, al auditor interno, al auditor externo y al liquidador. Si el auditor interno o el auditor externo de una institucin bancaria, financiera u otra que opere con fondos del pblico (como una administradora privada de fondos de pensiones) omiten o se niegan a proporcionar informacin o proporcionan datos falsos a las autoridades de control y regulacin s son penalmente responsables porque, al tratarse de entidades pblicas (en el sentido que operan masivamente no con fondos propios, sino con fondos de terceros) que estn sometidas a la regulacin del Estado (el cual vela tuitivamente por los participantes), demandan mayor rigurosidad en el tratamiento de la informacin.No obstante, debemos tener en cuenta que, para la imputacin de responsabilidad penal, es menester que el agente cuente con el dominio de la situacin o, dicho de otro modo, que actuando con la diligencia ordinaria hubiese podido evitarla. Si, por el contrario, a pesar de actuar con la mencionada diligencia ordinaria, resulte responsable por acciones u omisiones que estn fuera de su rea de dominio, entonces asistiramos a una incorrecta imputacin de responsabilidad penal.La Ley General de Sociedades, aprobada mediante Ley N 26887 y publicada en el Diario Oficial El Peruano el 9 de diciembre de 1997, establece que los estados financieros y los libros de contabilidad son responsabilidad del directorio y la gerencia, respectivamente, tal como puede apreciarse en los artculos 221 y 190 incisos 1 y 2.

Que es la tica?Hace ms de 3,000 aos el Rey David de Israel y Jud nos dej en el Salmo 15 una receta para la tica: Camina con integridad Haz lo que es correcto Habla la verdad de tu corazn Gurdate de la maledicencia de tu lengua No causes dao al prjimo No hables mal de tus semejantes Cumple tu palabra ... aunque te cueste Haz el bien sin esperar recompensa No aceptes sobornos Menosprecia a los hombres viles Honra a los que sirven a Dios

FEDERACION INTERNACIONAL DE CONTADORES IFAC Una marca distintiva de la profesin contable es su aceptacin de la responsabilidad de actuar a favor del inters pblico. Por lo tanto, la responsabilidadde un contador profesionalno es exclusivamente satisfacer las necesidades de un cliente o empleador individual. En su actuacin a favor del inters pblico, un contador debe observar y cumplir con los requerimientos ticos de ste Cdigo.

Conclusin: No hay ley, ni reglamento, ni parlamento, ni alcalde, ni polica, ni fiscal, ni auditor, ni juez, ni maestro, ni profesor, ni ejrcito, ni poder pblico capaz de imponer la tica. Se requiere la adopcin de acciones en forma individual. Estos son los pasos: 1. Fijar como objetivo personal el perseguir la honestidad y rechazar la tentacin, la vileza y el odio en tu propia vida. 2. Limpiar tu corazn de los pensamientos malos, los deseos egostas, la codicia, la envidia y la aceptacin de los actos corruptos pequeos y grandes. 3. Unirse con otros ciudadanos adoptando un enfoque sistemtico, prctico e integrado de lucha contra la corrupcin. 4. Declarar una guerra permanente contra la corrupcin utilizando todos los armamentos disponibles especialmente la tecnologa. 5. Ensear tica por tus propios actos, tu propia imagen ensala a tus hijos, a tus nietosensala desde los colegios primarios hasta las universidades asegurndote que no es enseanza terica sino aplicada e ilustrada en la vida diaria de los maestros en las instituciones de enseanza y de los padres en el hogar.

Bibliografa:

http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/codigo/codigo_comercio_pr001.htmlhttp://www.tc.gob.pe/jurisprudencia/2008/01924-2008-HC.htmlhttp://www.gerencie.com/empresas-que-cotizan-en-bolsa-estan-obligadas-a-maquillar-los-estados-financieros.htmlhttp://www.gerencie.com/maquillar-o-falsear-estados-financieros-es-un-delito-penal.htmlhttp://www.gerencie.com/estados-financieros-fraudulentos.htmlhttp://www.sbs.gob.pe/0/modulos/JER/JER_Interna.aspx?ARE=0&PFL=3&JER=1716http://www.interamericanusa.com/articulos/Auditoria/Manip-Frad-cont.htmhttp://www.todaviasomospocos.com/ponencias/balance-falso/

Anexos: (ejemplos)

LA VERDAD Y LOS ESTADOS FINANCIEROS4