Fondart Regional Fomento Creacion Artistica

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Bases Fondart Regional 2016 Fomento Creación Artistica

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  • CONVOCATORIA FONDOS 2016 FONDART REGIONAL Lnea de Fomento a la Creacin Artstica

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    I. ANTECEDENTES DE LA CONVOCATORIA

    1. Conceptos y DefinicionesPara efectos de las presentes Bases, se entender por:

    a. CNCA: Consejo Nacional de la Cultura y las Artes.b. Directorio: rgano colegiado a cargo de la Direccin Superior del CNCA.c. Fondo: Fondo Nacional de Desarrollo Cultural y las Artes (FONDART). d. Consejo Regional: rgano colegiado regional a travs del cual opera la desconcentracin

    territorial del CNCA.e. Personas naturales: Todos los individuos de la especie humana, cualquier sea su edad, sexo,

    condicin o estirpe.f. Personas jurdicas: Son personas ficticias, constituidas conforme a la legislacin vigente, capaces

    de adquirir derechos y contraer obligaciones, y de ser representadas judicial y extrajudicialmente.g. Representante legal: Quien acta en nombre de una persona jurdica y la representa de un

    modo reconocido legalmente. Para efectos de la postulacin en digital, el representante legal cumplir las funciones de administrador de la cuenta de la persona jurdica correspondiente.

    h. Sociedades de hecho: Aquellas sociedades que no han sido constituidas en forma legal, y por tanto carecen de personalidad jurdica.

    i. Parentesco por consanguinidad: Es el que se funda en la relacin de sangre que existe entre dos personas, cuando una desciende de la otra o ambas descienden de un tronco o antepasado comn. La adopcin tiene el mismo tratamiento que el parentesco por consanguinidad.

    j. Lnea de parentesco: Es aquel que existe entre dos personas que descienden una de la otra (lnea recta) o de un tronco o antepasado comn (lnea colateral, transversal u oblicua).

    k. Grado: Es la distancia que existe entre dos parientes. El parentesco en la lnea recta se cuenta por el nmero de generaciones: padre e hijo, primer grado; nieto y abuelo, segundo grado. En el parentesco colateral, para determinar el grado se sube hasta el tronco comn y despus se baja al pariente cuyo grado se desea conocer. As, por ejemplo, los hermanos se encuentran en segundo grado en la lnea colateral, porque en el primer grado se sube de uno de los hijos al padre y despus se baja del padre al otro hijo.

    l. Responsable del proyecto: Persona natural o jurdica que presenta un proyecto a esta convo-catoria, identificndose como responsable del proyecto en el FUP y que suscribir el convenio de ejecucin del proyecto en caso de ser seleccionado.

    m. Equipo de trabajo: Se refiere a aquellos participantes de un proyecto que cumplen una funcin esencial.

    n. FUP (Formulario nico de Postulacin): El FUP es el nico formato vlido para la formulacin de proyectos, el cual permite una disposicin ordenada y unificada de la informacin requerida al proveer al postulante de los campos necesarios para la exposicin de su proyecto. Es obligatorio completar todos los campos del FUP, salvo cuando ste los contemple como opcionales. El FUP se encuentra disponible en la pgina web institucional: www.fondosdecultura.gob.cl.

    o. FUE (Ficha nica de Evaluacin): La FUE es el documento en el cual consta la evaluacin del proyecto postulado. En dicha ficha se registrar adems si el proyecto es declarado inadmisible, fuera de concurso, no elegible, seleccionado o no seleccionado. La FUE se encuentra disponible en la pgina web institucional: www.fondosdecultura.gob.cl.

    p. Artes Visuales: Artes visuales, fotografa y nuevos medios

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    q. Artes Escnicas: Teatro, artes circenses, folclore y danza.

    2. IntroduccinLas presentes Bases tienen por objeto establecer las condiciones generales del llamado a Concurso de Proyectos, convocatoria 2016, en la Lnea de Fomento a la Creacin Artstica, mbito regional de financiamiento, del Fondo. El CNCA y el Directorio invitan a presentar proyectos para su financiamiento, segn los gastos y montos mximos financiables y la disponibilidad presupuestaria.El procedimiento para concursar consta de las siguientes etapas:

    Postulacin Admisibilidad Evaluacin Seleccin Firma del Convenio de Ejecucin

    3. Antecedentes de la lnea3.1 Objetivo de la lneaEsta Lnea de concurso tiene por objetivo financiar proyectos de creacin y/o produccin para iniciativas artsticas en distintos lenguajes y gneros artsticos emergentes que se destaquen por su propuesta disciplinaria favoreciendo tambin lo interdisciplinario. Los proyectos debern incluir la exhibicin pblica para las audiencias y pblicos regionales. Las reas comprendidas son: teatro, danza, artes circenses, folclor, artes visuales, fotografa y nuevos medios.No se considerarn proyectos correspondientes a materias, relativas al Fondo de Fomento Audiovisual; al Fondo Nacional de Fomento del Libro y la Lectura y al Fondo para el Fomento de la Msica Nacional.Asimismo, sern considerados fuera de concurso los proyectos que correspondan principalmente a otras disciplinas artsticas no cubiertas por este Fondo.

    3.2 ModalidadesEsta lnea de concurso cuenta con una modalidad nica.

    3.3 Quienes pueden postularPodrn postular a esta Lnea: Personas Naturales:De nacionalidad chilena o extranjeros con cdula de identidad otorgada por el Servicio de Registro Civil e Identificacin de Chile, que sean mayores de 18 aos.Personas Jurdicas:Chilenas de derecho pblico o privado, con o sin fines de lucro. Quedan expresamente excluidas las sociedades de hecho.

    3.4 IncompatibilidadesSon incompatibles para postular, las personas que se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:

    Autoridades y trabajadores(as) del CNCA, cualquiera sea su situacin contractual (planta, contrata, contratados(as) bajo el Cdigo del Trabajo o a honorarios);

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    Personas jurdicas con fines de lucro en que tengan participacin social (socio o accionista) autoridades y/o trabajadores(as) del CNCA, cualquiera que sea su situacin contractual (planta, contrata o estar contratados(as) por el CNCA bajo el Cdigo del Trabajo o a honorarios). Al momento de postular, debe individualizarse a los socios o accionistas de la persona jurdica que postula;

    Personas naturales y jurdicas, con o sin fines de lucro, siempre que en los proyectos presentados tengan como equipo de trabajo a autoridades y/o trabajadores(as) del CNCA, cualquiera sea su situacin contractual (planta, contrata, o contratados(as) por el CNCA bajo el Cdigo del Trabajo o a honorarios). Al momento de postular, deber individualizarse al equipo de trabajo del proyecto;

    Ser cnyuge o conviviente civil; o tener parentesco por consanguinidad hasta segundo grado en lnea recta y hasta segundo grado en lnea colateral, con cualquiera de los integrantes del Directorio o con funcionarios directivos del CNCA, hasta el nivel de Jefe de Departamento o su equivalente grado ocho (8) en la escala funcionaria;

    Los Ministerios, Intendencias, Gobernaciones, rganos y Servicios Pblicos (incluyendo la Contralora General de la Repblica, el Banco Central, las Fuerzas Armadas y las Fuerzas de Orden y Seguridad Pblica, los Gobiernos Regionales y las Empresas Pblicas creadas por Ley). Se exceptan de esta restriccin las Municipalidades y Establecimientos de Educacin Superior Estatales.

    Si durante el periodo de presentacin de postulaciones cesa la incompatibilidad que afecta a alguna persona, sta se considerar hbil para postular, pudiendo presentar su postulacin mientras se encuentre abierto el periodo de recepcin de postulaciones, siempre y cuando no haya postulado con antelacin al cese de la incompatibilidad.El CNCA revisar durante todo el proceso y hasta la firma del Convenio de Ejecucin inclusive, que los postulantes no estn afectos a ninguna de las causales de incompatibilidad sealadas. En caso de in-cumplimiento de lo anterior, es decir, que los postulantes estn afectos a alguna incompatibilidad, sus proyectos quedarn fuera de la Convocatoria.Lo anterior, sin perjuicio del deber de abstencin que les compete a las autoridades, funcionarios y trabajadores del CNCA que intervengan en el proceso, cuando se configure alguna de las causales es-tablecidas en el artculo 12 de la Ley N 19.880, respecto de alguno de los postulantes.

    3.5 Total de recursos y montos mximosEsta Lnea cuenta con el siguiente presupuesto estimado de recursos por regin, que corresponden al ao 2016, para el financiamiento total o parcial de proyectos seleccionados y respecto de los cuales se suscriba el correspondiente Convenio de Ejecucin. Los recursos aprobados para esta convocatoria se encuentran sujetos a disponibilidad presupuestaria:

    REGIN MONTOArica-Parinacota 58.192.651Tarapac 47.000.000Antofagasta 60.000.000Atacama 40.000.000Coquimbo 89.934.097Valparaso 147.256.025Libertador Bernardo OHiggins 117.000.000El Maule 68.773.133

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    Bo-Bo 171.403.808La Araucana 47.612.169Los Ros 53.000.000Los Lagos 79.353.615General Carlos Ibez del Campo 59.250.700Magallanes y la Antrtica Chilena 63.482.892Metropolitana de Santiago 443.171.910

    El monto mximo financiado por el CNCA para cada proyecto presentado a esta Lnea es de $18.000.000.- (dieciocho millones de pesos chilenos).

    3.6 CofinanciamientoCorresponde a la diferencia entre lo solicitado al Fondo y el monto total requerido para la ejecucin del proyecto (monto que incluye los aportes valorados y pecuniarios) y que pueden ser aportados por el postulante y/o por terceros.Este cofinanciamiento deber referirse a gastos o bienes y servicios valorados no contemplados en el presupuesto solicitado al CNCA dentro del formulario.En esta Lnea no se exige un cofinanciamiento.El postulante siempre podr incorporar cofinanciamiento voluntario, el cual puede consistir en aportes pecuniarios (expresado en pesos chilenos) o en aportes de bienes y/o servicios valorados.

    3.7 Duracin y ejecucin de los proyectosLos proyectos postulados a la lnea, no podrn superar los 12 meses de duracin para su ejecucin.La ejecucin de los proyectos deber realizarse en la cantidad de meses contemplada en el cronograma especfico de cada proyecto postulado, de acuerdo a lo establecido en el respectivo Convenio de Ejecucin. Asimismo los proyectos postulados debern tener principio de ejecucin a contar del 01 de marzo de 2016.

    VISTA GENERAL DE ANTECEDENTES DE LA CONVOCATORIA

    Modalidad Descripcin Monto mximo por proyectoCofinanciamiento obligatorio Duracin mxima

    Modalidad nica

    Financiar proyectos de creacin y/o produccin para iniciativas artsticas en distintos lenguajes y gneros artsticos emergentes que se destaquen por su propuesta disciplinaria favoreciendo tambin lo interdisciplinario. Los proyectos debern incluir la exhibicin pblica para las audiencias y pblicos regionales. Las reas comprendidas son: teatro, danza, artes circenses, folclor, artes visuales, fotografa y nuevos medios.

    $18.000.000.-(dieciocho millones de pesos chilenos). No se exige 12 meses

    4. Antecedentes generales del concurso4.1 Notificaciones del concurso

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    El responsable del proyecto deber indicar en el FUP el medio preferente de notificacin de las distintas etapas concursales, esto es, para la declaracin de inadmisibilidad, la seleccin o no seleccin, los recursos interpuestos y la declaracin de fuera de concurso. Para esto, podr sealar como forma de notificacin el envo del respectivo acto administrativo a travs de correo electrnico o mediante carta certificada. En caso que nada indique, se entender que optan por notificacin por carta certificada.Para efectos de asegurar la debida comunicacin de los resultados de la postulacin, si el responsable del proyecto opta por notificacin va correo electrnico deber indicar dos direcciones distintas, siendo su responsabilidad el mantener dichos correos en buen estado para su recepcin. Asimismo, si opta por notificacin va carta certificada, deber indicar su domicilio, siendo su responsabilidad el informar cualquier cambio del mismo.

    4.2 Orientacin e informacinEl CNCA, a travs de la Secretara del Fondo y de sus respectivos Directores Regionales, entregar orientacin e informacin a quienes lo requieran, a objeto de facilitarles su postulacin a la presente Convocatoria y propender a proveer a los(as) postulantes de medios electrnicos que les permitan su postulacin, as como para conocer el estado de avance y evaluacin final del proyecto. Asimismo, podrn realizar sus consultas a travs de los mecanismos que el CNCA informe oportunamente (correo electrnico, call center u otros).

    4.3 Constatacin del cumplimiento de basesLa constatacin del cumplimiento de los requisitos de postulacin ser realizada por el/la Directora(a) Regional, desde la recepcin de las postulaciones hasta la firma de Convenio de Ejecucin inclusive, es decir, operan durante todo el concurso.De constatarse algn incumplimiento con posterioridad a la etapa de admisibilidad, la postulacin quedar inmediatamente fuera de concurso. Dicha circunstancia operar a travs de:

    Si se comprueba antes de la seleccin del proyecto, se dejar constancia de esto en la FUE, lo que ser formalizado a travs del respectivo acto administrativo dictado por el/la Directora(a) Regional. Dicho acto administrativo se notificar a los interesados en conformidad a la ley.

    Si fuera con posterioridad a la seleccin, a travs de la dictacin de la respectiva resolucin administrativa por parte de el/la Directora(a) Regional, previa audiencia del interesado, de conformidad con el procedimiento establecido en el artculo 53 de la Ley N19.880.

    Si se constata alguna conducta de un postulante que a juicio del CNCA atenta contra el correcto fun-cionamiento de cualquiera de los concursos pblicos de los Fondos de Cultura administrados por el CNCA, los proyectos quedarn fuera de concurso de forma automtica a travs del mismo proceso arriba sealado. A modo ejemplar, si se constata la postulacin de proyectos que evidencien el mismo contenido (aun cuando existan diferencias formales en distintas lneas o Fondos, con el solo objeto de obtener financiamientos mltiples) quedarn fuera del proceso concursal.A los postulantes declarados fuera de concurso les asiste el derecho de interponer en contra del respectivo acto administrativo el recurso de reposicin y/o subsidiariamente el recurso jerrquico ante el rgano competente, dentro del plazo de cinco das hbiles administrativos, sin perjuicio de los dems recursos que establezca esta Ley (artculo 59 de la Ley 19.880 que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los rganos de la Administracin del Estado).

    4.4 Aceptacin de condiciones y deber de veracidadPor la sola presentacin de proyectos a esta convocatoria se entiende para todos los efectos legales que el postulante conoce y acepta el contenido ntegro de las presentes bases. Los postulantes debern dar estricto cumplimiento a la normativa legal y reglamentaria vigente en Chile, especficamente en lo aplicable a la presente convocatoria y a la ejecucin del proyecto.

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    Al momento de presentar el proyecto, el postulante declara bajo juramento que toda la informacin contenida en su proyecto es verdica y da fe de su autenticidad. El CNCA se reserva el derecho de verificar dicha informacin y en caso que constate que contiene elementos falsos, la postulacin ser declarada fuera de concurso. Sin perjuicio de lo anterior, en caso que un proyecto presentase informacin que pudiese revestir caracteres de delito, el CNCA remitir los antecedentes al Ministerio Pblico.

    4.5 Perodo de convocatoriaLos postulantes podrn presentar sus proyectos de conformidad con lo establecido en las presentes bases, desde el da 30 de junio de 2015, hasta la fecha de cierre de la Convocatoria. No se aceptarn postulaciones presentadas fuera de plazo.Las postulaciones digitales podrn ser enviadas hasta las 17:00:00 del da 24 de agosto de 2015.Las postulaciones en soporte material podrn ser entregadas hasta las 17:00:00 del da 24 de agosto de 2015. Esta misma regla aplica para los proyectos enviados por correo certificado, la cual se acreditar segn fecha de envo estampada en el sobre, por parte de la oficina de correos de origen.

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    II. POSTULACIN DE LOS PROYECTOSLos proyectos debern ser postulados en el concurso pblico de la respectiva regin del lugar en que estos se ejecutarn.

    1. FUP va digitalLos proyectos postulados a travs de este medio debern ser enviados a travs de la pgina web www.fondosdecultura.gob.cl.El postulante deber seguir los siguientes pasos:

    1. Registrarse como postulante;2. Seleccionar el fondo, lnea y rea correspondientes en cada caso;3. Completar el FUP segn requisitos y condiciones establecidas en l y en las presentes bases, lo

    que incluye adjuntar los Antecedentes Obligatorios de Evaluacin, Antecedentes, Antecedentes Condicionales de Evaluacin y Antecedentes Opcionales de Evaluacin; y

    4. Validar el envo del proyecto.Tras completar estos pasos el postulante podr enviar su proyecto a travs de la plataforma digital dispuesta en la pgina web. Antes del envo, el portal revisar que los campos obligatorios del FUP hayan sido completados, para luego exigir al postulante que valide y consienta el envo.Cada documento incluido en la postulacin va plataforma digital deber ser adjuntado en algunas de las siguientes extensiones de archivo:

    Mov Avi Mp3 Jpg Jpeg Png Pdf doc/docx xls/xlsx ppt/pptx

    El tamao individual de cada archivo adjuntado no podr exceder los 100 MB, y deber ser acompaado sin clave y sin comprimir en ficheros de archivos, como Zip, Rar, Tar, Dmg, 7z, etc.Los documentos en Pdf podrn contener ms de una pgina siempre y cuando todas sean parte de un mismo archivo.Si los archivos no cumplieran con los requisitos mencionados, se considerarn como no presentados. Ser responsabilidad del postulante verificar que stos cumplan con los requisitos exigidos, liberando de toda responsabilidad al CNCA.La postulacin se entender completada con su envo a travs de la plataforma digital. Para ello, el sistema emitir un certificado de recepcin, indicando la fecha, hora y nmero de Folio correspondien-te. Se deja constancia que este certificado de recepcin no constituye admisibilidad.

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    2. FUP va soporte papelAtendiendo a las distintas condiciones de acceso para los postulantes que por razones geogrficas tengan dificultades para postular va plataforma digital, el CNCA pone a disposicin un mecanismo de postulacin va soporte material.Los proyectos postulados va soporte material debern ser formulados en la versin descargable del FUP, que se encuentra disponible para descarga en www.fondosdecultura.gob.cl. Aquellas personas que no puedan acceder a Internet y descargar el FUP podrn retirarlo en la sede de la Direccin Regional del CNCA correspondiente.Los proyectos debern ser entregados cumpliendo las siguientes formalidades:

    1. Acompaar el FUP al comienzo del proyecto con sus campos completados de forma correcta, clara y legible. En caso que se haga en manuscrito se ruega hacerlo en letra imprenta.

    2. El proyecto impreso debe incorporar los antecedentes obligatorios de evaluacin, los antece-dentes condicionales de evaluacin exigidos y los antecedentes opcionales de evaluacin que se estimen convenientes.

    3. Las pginas deben estar numeradas.4. Se debe entregar 3 copias del proyecto anilladas por separado, con todos sus antecedentes.

    Los documentos en archivos de sonido o video u otros que por su naturaleza no sean impresos debern adjuntarse en CD, DVD o soporte con puerto USB. Estos medios de respaldo de informacin debern acompaarse en cada una de las copias anilladas. En el caso de CD o DVD deber indicarse el nombre del postulante y del proyecto en sus respectivas cartulas. El postulante deber preocuparse de que los soportes de informacin y las copias anilladas no se separen, utilizando mecanismos de resguardo que eviten su extravo, tales como fundas archivadoras para documentos y/o sobres tamao carta u oficio anillados.Los proyectos podrn ser entregados personalmente, por medio de terceros o mediante envo por correo certificado a la sede de la Direccin Regional del CNCA del lugar en que se ejecutar el proyecto. El costo de envo deber ser cubierto por el postulante, de manera que las postulaciones que hayan sido enviadas por pagar se considerarn como no presentadas. Se considerar como fecha de presentacin de la postulacin fsica la fecha de envo estampada en el sobre por la oficina de correos de origen.

    3. Antecedentes El postulante deber incorporar en el FUP distintos tipos de antecedentes que respaldarn su proyecto. A continuacin, la definicin de cada una de estas categoras y el listado de antecedentes exigidos en cada una de ellas.Los Antecedentes Obligatorios de Evaluacin y los Antecedentes Condicionales de Evaluacin son aquellos documentos indispensables para la postulacin de proyectos. La lista de documentos por rea tiene carcter taxativo: en caso de faltar cualquiera de ellos, la postulacin ser declarada inadmisible. Asimismo, los documentos que no se encuentren conforme a las formalidades exigidas, se considerarn como no presentados.

    a. Antecedentes Obligatorios de EvaluacinLos antecedentes obligatorios de evaluacin por rea, son los siguientes: rea de Artes Escnicas:

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    1. Propuesta de desarrollo creativo: Documento que permita vislumbrar la estructura, estilo y/o lenguaje escnico a representar. En el caso de proyectos presentados a slo produccin, debe adjuntarse la totalidad de la informacin de la iniciativa a realizar: textos o guiones dramatr-gicos, composicin coreogrfica y estructura de obra definitiva. Para iniciativas postuladas a creacin y produccin, que incorporen una investigacin que generar el texto dramatrgico, sta debe ser fundamentada mediante una propuesta metodolgica.

    Si no se cuenta con textos o guiones definitivos, se considerar lo siguiente: Danza: presentar una propuesta de composicin coreogrfica, que considere los siguientes

    elementos: presentacin de la temtica, visualizacin de escenas, uso del espacio, duracin, entre otros elementos relevantes para la puesta en escena.

    Teatro: Avance de texto dramatrgico, donde se puedan vislumbrar el universo dramtico a desarrollar, a travs del lenguaje y recursos lingsticos, construccin de los personajes, conflicto central, espacio y/o posible desenlace, segn los considere en la propuesta.

    Artes circenses: estructura del espectculo y descripcin general de la tcnica, constituyen-do un relato que permita visualizar la presentacin en su conjunto. Folclore: incorporar una propuesta de composicin coreogrfica que considere presentacin de la temtica y de la estructura musical, visualizacin de escenas, uso del espacio, duracin, entre otros elementos relevantes para la puesta en escena.

    Como complemento a este documento se podrn presentar referencias que colaboren a clarificar la propuesta creativa.

    2. Propuesta de direccin: Documento realizado por el Director que relate el punto de vista o la mirada acerca de la obra, y exponga tanto su metodologa de trabajo de ensayos como del resultado esperado, que permita visualizar la propuesta escnica resultante y su sello de autor.

    3. Propuesta de diseo integral: Documento de boceto grfico que exponga la propuesta visual de la puesta en escena, debe considerar elementos como: escenografa, iluminacin, vestuario y maquillaje. Para la propuesta sonora se pueden considerar bocetos y/o referencias sonoras que den cuenta del estilo que acompaar la propuesta de creacin.

    4. Compromisos de exhibicin y/o difusin: Documento firmado por el administrador, encargado, director o quien corresponda, de aquellos espacios, infraestructuras o medios de comunicacin (pginas web) sealados en la formulacin y que sean parte de la estrategia de difusin. Si los espacios incluyen un costo, podr adjuntarse una cotizacin.

    rea de Artes Visuales:1. Propuesta creativa: Documento grfico que describa la obra a realizar, puede contener dibujos,

    croquis, esquemas o bocetos con apuntes de detalles esenciales y generales de la propuesta. 2. Compromisos de exhibicin y/o difusin: Documento firmado por el administrador, encargado,

    director o quien corresponda, de aquellos espacios, infraestructuras o medios de comunicacin (pginas web) sealados en la formulacin y que sean parte de la estrategia de difusin. Si los espacios incluyen un costo, podr adjuntarse una cotizacin.

    b. Antecedentes Condicionales de EvaluacinLos antecedentes condicionales de evaluacin son los siguientes:1. Carta de compromiso del cofinanciamiento (si corresponde): Esta carta deber adjuntarse

    en los casos en que el postulante haya contemplado cofinanciamiento voluntario. Tanto para aportes propios como de terceros, deber acompaarse una carta firmada por quien compromete el aporte, donde se establezca el bien o servicio aportado con su valoracin y/o el monto del

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    aporte pecuniario, segn el tipo de cofinanciamiento que se est acreditando y el destino que se les dar a estos.

    2. Propiedad intelectual (si corresponde): Si el proyecto comprende la utilizacin de derechos de autor de terceras personas, protegidos por la Ley N 17.336 de Propiedad Intelectual, los postulantes debern adjuntar una autorizacin simple y expresa del autor o de la entidad que administra los respectivos derechos, conforme previenen los artculos 20 y siguientes de la Ley N 17.336.

    3. Nmina de socios o accionistas (si corresponde): En el caso de que el postulante sea una persona jurdica con fines de lucro, deber acompaar una nmina en que se individualice a los socios y accionistas, segn corresponda.

    c. Antecedentes Opcionales El postulante podr aportar la informacin adicional que estime conveniente, adjuntndo-

    los en forma de antecedentes opcionales, por ejemplo, Programa de actividades de versiones anteriores del proyecto; Diseo preliminar de afiches y papelera; etc. Estos antecedentes sern evaluados en el criterio que corresponda a su contenido y naturaleza.

    d. Idioma de los antecedentes Tanto en la postulacin digital como material, los antecedentes debern ser presentados en idioma

    espaol. Los documentos presentados en otro idioma, y que no se encuentren acompaados por traduccin, sern considerados como no presentados. Basta con una traduccin simple.

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    III. ADMISIBILIDAD

    1. Examen de admisibilidadRecibida la postulacin, ya sea digital o en soporte material, proceder a determinar si la postulacin cumple con los siguientes requisitos formales obligatorios:

    Que el concursante sea del tipo de persona que puede postular, de acuerdo a lo sealado en el punto 3.3 del captulo I Antecedentes de la Convocatoria;

    Que el postulante no se encuentra sujeto a ninguna de las incompatibilidades establecidas en el punto 3.4 del captulo I Antecedentes de la Convocatoria;

    Que el Fondo, Lnea y rea elegida sea pertinente con el proyecto postulado; Que el FUP se haya acompaado y llenado correctamente, cumpliendo con los requisitos y

    condiciones establecidos en las presentes Bases; Que se hayan adjuntado todos los Antecedentes Obligatorios de Evaluacin y los Anteceden-

    tes Condicionales de Evaluacin, establecidos en el punto 3 del captulo II Postulacin de los proyectos;

    Que el proyecto haya sido enviado o presentado dentro del plazo establecido; y Que el proyecto presentado en soporte material, cumpla con las formalidades indicadas en el

    numeral 2 del Captulo II Postulacin de los proyectos.

    2. Declaracin de inadmisibilidadLa inadmisibilidad del proyecto ser formalizada en una resolucin administrativa dictada por el/la Directora(a) Regional. Esta resolucin ser notificada a los interesados en conformidad a la ley.

    3. Recursos administrativosConforme al artculo 59 de la Ley 19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Administra-tivos que rigen los Actos de los rganos de la Administracin del Estado, a los postulantes declarados inadmisibles les asiste el derecho de interponer en contra del respectivo acto administrativo el recurso de reposicin y/o subsidiariamente el recurso jerrquico ante el rgano competente, dentro del plazo de cinco das hbiles administrativos, sin perjuicio de los dems recursos que establezca esta Ley.

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    IV. EVALUACIN Y SELECCIN

    1. Aspectos generalesLas postulaciones que cumplan con los requisitos y condiciones de convocatoria sern oportunamente puestas a disposicin de las instancias de evaluacin y seleccin por parte de la Direccin Regional. Esto no impide que el proyecto pueda posteriormente quedar fuera de bases durante las siguientes etapas del procedimiento concursal, en caso de detectarse o sobrevenir una causal de inadmisibilidad.Se deja constancia que aquellos proyectos que tras ser declarados inadmisibles hayan presentado recursos en contra de dicha resolucin posteriormente acogidos, sern incluidos dentro del proceso concursal por la Direccin Regional para ser evaluados junto con los dems proyectos admisibles del concurso, en forma simultnea.En las sesiones de evaluacin y seleccin se requerir un qurum de mayora absoluta de los miembros del Comit de Especialistas y del Jurado, segn corresponda, para sesionar y adoptar acuerdos. Sus decisiones debern contener los fundamentos de la evaluacin, seleccin o no seleccin y de la asignacin de recursos, segn la etapa que se trate. La evaluacin de cada proyecto ser certificada por el/la Directora(a) Regional. Al finalizar la etapa de seleccin se levantar un acta del Jurado que incluir la individualizacin de los proyectos seleccio-nados y la determinacin del monto asignado para su ejecucin. sta tendr validez con la sola firma de su presidente. En caso de empate resolver su presidente, quien ser elegido por votacin simple de los dems miembros al comienzo de la primera sesin. Las decisiones que adopte el Jurado sern inapelables y se expresarn en una resolucin que el el/la Directora(a) Regional dictar para tal efecto.

    2. EvaluacinUna vez finalizado el proceso de admisibilidad, el/la Directora(a) Regional deber remitir al o los Comits de Especialistas, los proyectos admisibles para iniciar la etapa de evaluacin.El proceso de evaluacin implica una valoracin tcnica y cualitativa del proyecto, el cual supone dos etapas:

    a) Primera etapa: evaluacin individual por parte de los integrantes del Comit de Especia-listas.

    Los integrantes del Comit de Especialistas realizan individualmente un anlisis preliminar y general de fortalezas y debilidades de los proyectos asignados, segn la disciplina y mbitos a los que corresponda la postulacin, para luego exponerlos a la instancia colectiva de evaluacin.

    b) Segunda etapa: evaluacin colectiva. Los integrantes del Comit de Especialistas se reunirn como instancia colectiva para llevar a

    cabo una revisin tcnica y cualitativa de todos los proyectos previamente analizados de manera individual, con el fin de consensuar y asignar el puntaje correspondiente a cada criterio de evaluacin para los distintos proyectos.

    El proceso de evaluacin ser llevado a cabo por un Comit de Especialistas, compuesto por al menos 3 (tres) miembros de destacada trayectoria, nombrados segn la normativa vigente del Fondo. El nmero definitivo de Comits y de personas que lo integrarn, ser determinado por la Direccin Regional, segn la cantidad de proyectos recibidos. En todo caso, se deja constancia que su nmero de integrantes siempre deber ser impar. Se podr designar a las mismas personas para distintos Comits, segn la especialidad requerida en cada uno de ellos y la cantidad de postulaciones recibidas, considerndose-les independientes entre s. La evaluacin se realizar en un plazo mximo de cuarenta y cinco (45) das hbiles, a contar de la fecha de cierre de concurso. Se deja constancia que el plazo anterior no incluye la etapa de seleccin.

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    Asimismo, en forma previa a la seleccin, el Jurado tambin realizar un proceso de evaluacin respecto de los proyectos elegibles.

    2.1 Proceso de evaluacinLa evaluacin ser realizada en funcin de una escala de puntajes, los criterios de evaluacin y su ponderacin, segn se expone continuacin:Cada criterio ser puntuado de acuerdo al siguiente rango de puntuacin:

    0 39 puntos: Deficiente. 40 74 puntos: Regular. 75 89 puntos: Bueno. 90 100 puntos: Muy Bueno.

    La ponderacin del puntaje obtenido en cada criterio se aplicar segn la tabla correspondiente:

    CRITERIOS PONDERACINCoherencia: Evala la correspondencia entre el proyecto y el objeto de la lnea de concurso. Asimismo, la conexin lgica entre los antecedentes presentados y la pertinencia de la informacin contenida en la postulacin, incluido el material adjunto.

    15%

    Currculo: Evala las competencias y experiencia demostrada por el postulante y el equipo de trabajo, cuando lo considere, en relacin a las actividades a desarrollar.

    25%

    Presupuesto: Evala la adecuacin y pertinencia de la solicitud financiera para la produccin de la obra a desarrollar. 15%

    Calidad: Evala los atributos de calidad de la propuesta, del proyecto y sus ante-cedentes de respaldo, el aporte para el campo disciplinario en que se inscribe y en relacin al sector artstico y la trayectoria del postulante.

    45%

    El puntaje de la etapa de evaluacin del Comit de Especialistas corresponder a la suma ponderada de las calificaciones obtenidas para cada criterio, y equivaldr al 25% del puntaje total. Sern elegibles todos aquellos proyectos que obtengan un puntaje igual o superior a 85 puntos. Estos pasarn a la etapa de seleccin, lo que no implica que estn en calidad de proyectos seleccionados. Las decisiones que se adopten estarn debidamente fundamentadas en la FUE, proporcionando a los postulantes argumentos justificados que faciliten la comprensin de stas.

    3. Seleccin Los proyectos elegibles pasarn a la etapa de seleccin a cargo del Jurado, quien realizar una evaluacin con el criterio de impacto (100%), la que equivaldr al 75% del puntaje total. El puntaje a asignar ser de 75 a 100 puntos.

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    CRITERIOS PONDERACINImpacto: Evala el impacto del proyecto para el fomento de la disciplina, los atributos de relevancia que la propuesta presenta en el contexto sectorial y territorial en relacin al sector artstico en el cual participa y la capacidad de articular redes que fortalezcan la estructura de los sectores promoviendo la sus-tentabilidad de las iniciativas.

    100%

    El puntaje final del proyecto ser la suma del puntaje obtenido en la evaluacin del Comit de Espe-cialistas, multiplicado por su ponderador y la del puntaje obtenido en la del Jurado, multiplicado por su ponderador.Luego de esta evaluacin, el proceso de seleccin consiste en la definicin de proyectos ganadores, a partir de la lista de proyectos elegibles en funcin de la disponibilidad presupuestaria y de los criterios de seleccin respectivos.En virtud de lo anterior, se elaborar una nmina de todos los proyectos con su respectivo puntaje, en orden de mayor a menor, y se proceder a realizar el proceso de seleccin, de acuerdo a los siguientes criterios, dejando constancia del fundamento de la decisin para cada proyecto en la FUE, basndose en una opinin fundada y consensuada:

    a. De mayor a menor puntaje obtenido en la evaluacin; b. Slo podrn ser seleccionados aquellos proyectos que hayan obtenido un puntaje final igual o

    superior a 85 puntos; yc. Ante proyectos de igual puntaje, se privilegiar el/los proyectos que hubiesen obtenido un mayor

    puntaje en la evaluacin del criterio de impacto, en orden decreciente.Previo a formalizar la seleccin, la Direccin Regional revisar que los proyectos cumplan con los requisitos y condiciones de postulacin y asignacin de recursos conforme a las presentes bases. De constatarse algn incumplimiento a estos requisitos, anterior o sobreviniente a la etapa de admisibilidad, la postulacin quedar inmediatamente fuera de concurso, dejndose constancia en la respectiva FUE.

    4. Ajustes al presupuesto solicitadoEn la instancia de seleccin de este concurso se determinar la asignacin de recursos a los proyectos seleccionados hasta agotar los recursos disponibles para la Lnea.Asimismo, al momento de seleccionar proyectos, se tendr la facultad de rebajar la asignacin de cada proyecto hasta en un 10% (diez por ciento) por debajo del total de recursos solicitados al Fondo, cuando ello resulte factible conforme al plan de financiamiento presentado en el proyecto respectivo. Los responsables de los proyectos seleccionados con rebajas al monto solicitado debern presentar una readecuacin presupuestaria que se ajuste al financiamiento adjudicado al momento de la firma del Convenio de Ejecucin.

    5. Lista de espera En caso que se hayan asignado todos los recursos disponibles para la lnea y existan proyectos elegibles, el Jurado podr elaborar una lista de espera con un mximo de 15 proyectos seleccionables, ordenados de acuerdo a los criterios de seleccin sealados en estas bases. De aprobarse un aumento en los recursos disponibles, stos sern asignados a los proyectos que se encuentran en dicha lista, en orden de prioridad.

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    En caso que operen las listas de esperas, slo se financiarn proyectos cuya formulacin permita dar cabal cumplimiento a las obligaciones que se establezcan en los convenios de ejecucin de proyectos, esto es, a modo ejemplar, cumplir con las fechas de ejecucin cuando stas deban ser en un periodo determinado segn la naturaleza del proyecto, dar crdito al CNCA en las respectivas actividades (uso de logo), cumplir con la rendicin de recursos, etc., lo que ser revisado caso a caso por el CNCA en conjunto con los postulantes.

    6. Recursos remanentesSe generarn recursos remanentes de una lnea, cuando no existan proyectos seleccionables o bien, cuando stos no sean suficientes para agotar los recursos disponibles, declarndose por la instancia de seleccin desierto todo o parte del concurso, sin que exista obligacin de indemnizar. La Direccin Regional podr reasignar estos recursos remanentes a listas de espera o a los fines que estime pertinentes, de conformidad con lo establecido en la respectiva normativa legal.

    7. Aumento de disponibilidad presupuestaria Se deja constancia que la Direccin Regional podr aumentar la disponibilidad presupuestaria del presente concurso con la finalidad de financiar una mayor cantidad de proyectos seleccionables o proyectos en lista de espera.

    8. Publicacin y notificacin de resultadosLa nmina de proyectos seleccionados se publicar en un medio escrito, impreso o digital, de circulacin regional y en la pgina web institucional www.fondosdecultura.gob.cl, indicando el nombre del proyecto, las personas u organizaciones responsables de los mismos y los montos asignados. Dicha publicacin se realizar en el plazo mximo de 10 (diez) das hbiles, contados desde la fecha de la tramitacin total del acto administrativo que selecciona los proyectos. Asimismo, el CNCA notificar los resultados del concurso dentro de los 5 (cinco) das hbiles siguientes a la dictacin de la resolucin respectiva, a los postulantes que hayan sido seleccionados y no seleccionados, de acuerdo a la forma seala en el punto 4.1 del captulo I de las presentes bases.

    9. Recursos AdministrativosUna vez publicados los resultados de la etapa de seleccin, a los postulantes les asiste el derecho de interponer en contra del respectivo acto administrativo, el recurso de reposicin y/o subsidiariamente el recurso jerrquico ante el rgano competente, dentro del plazo de cinco das hbiles administrativos, sin perjuicio de los dems recursos que establezca el artculo 59 de la Ley 19.880, que establece las bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los rganos de la administracin del Estado.

    10. Personas a cargo de la evaluacin y/o seleccinLas personas a cargo de la evaluacin y seleccin de los proyectos realizarn dicha labor con absoluta transparencia, independencia y prescindencia de factores externos que puedan restarle imparcia-lidad. Adems, estarn obligados a guardar la debida confidencialidad sobre los proyectos que les corresponda conocer.Estas personas, en relacin a aquellas postulaciones realizadas por personas hbiles y respecto al concurso en que les tocare intervenir, estarn sujetos(as) a las normas de probidad y abstencin establecidas en los artculos 52 y 53 de la Ley N 18.575 y en el artculo 12 de la Ley N 19.880, res-pectivamente. En este sentido, no podrn tomar parte en la discusin de asuntos en los que l/ella,

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    su cnyuge, conviviente civil, sus hijos(as), o sus parientes, hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad, estn interesados. Se entiende que existe dicho inters cuando su resolucin afecte moral o pecuniariamente a las personas referidas. En consecuencia, no podrn tener ninguno de los parentescos y grados ya mencionados con ninguno de los postulantes del presente concurso. Tampoco podrn haber participado, a ttulo remunerado o gratuito, en la elaboracin anterior a la postulacin a evaluar y seleccionar.Si se configura una incompatibilidad o se produce un hecho que afecte la imparcialidad producto de la concurrencia de algn inters directo o indirecto en el proyecto, el involucrado deber informarlo a la Direccin Regional y a los dems integrantes del rgano, abstenindose de conocer del asunto, de todo lo cual se deber dejar constancia en el acta respectiva.En caso que se constate la existencia de una postulacin que contravenga las normas de probidad establecidas en los prrafos precedentes, dicha postulacin ser eliminada de la Convocatoria, de conformidad con el procedimiento establecido en el prrafo relativo a la Constatacin del Cumpli-miento de Bases. Por ltimo, se prohbe expresamente a las personas a cargo de la evaluacin y/o seleccin de proyectos participar a ttulo remunerado o gratuito en la ejecucin de un proyecto selec-cionado en este concurso.

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    V. CONVENIO DE EJECUCIN

    1. Firma del convenioLos responsables de cada proyecto seleccionado debern suscribir dentro del plazo de 30 (treinta) das hbiles contados desde la fecha de publicacin de los resultados de la convocatoria, un Convenio de Ejecucin con el CNCA. En ste se estipularn los derechos y obligaciones de ambas partes y los trminos y condiciones para la ejecucin de proyectos seleccionados. El responsable deber acompaar la documentacin legal correspondiente y hacer entrega de la debida garanta, segn corresponda.En el convenio se acuerda la entrega de recursos al responsable del proyecto y se establecen los mecanismos de supervisin por parte del CNCA para asegurar la correcta ejecucin del proyecto. Mientras no se suscriba el convenio y se tramite totalmente la resolucin administrativa que lo apruebe, no se entregar recurso alguno al responsable.

    2. Restricciones para la firma de convenioPrevio a la firma del convenio, se deber revisar que los proyectos cumplan con los requisitos y condiciones sealados en estas Bases. En caso de que se constate alguna incompatibilidad para postular u otro incumplimiento de los requisitos de postulacin, el proyecto quedar fuera del concurso, a travs de la dictacin de la respectiva resolucin administrativa de la autoridad competente, previa audiencia del interesado. Esto en conformidad con el procedimiento establecido en el artculo 53 de la Ley N19.880.No podrn suscribir convenio aquellos responsables del proyecto que se encuentren en alguna de las siguientes situaciones respecto de recursos entregados previamente por el CNCA (ya sea por concepto de fondos concursables u otro tipo de programas o acciones de los que hayan sido beneficiarios con anterioridad a la presente convocatoria):

    a. Morosos en la rendicin de cuenta ntegra de recursos concedidos con anterioridad por el CNCA, segn antecedentes que maneje el Servicio.

    b. Rendiciones rechazadas con reintegro pendiente.c. Proyectos que no hayan corregido las respectivas observaciones en el plazo otorgado para ello.

    Si no se da solucin a lo anterior en el plazo establecido para la suscripcin de Convenio, se entiende que el postulante renuncia automticamente a la seleccin de su proyecto. Las restricciones mencionadas sern aplicadas a personas naturales seleccionadas que, a su vez, sean representantes legales de personas jurdicas que se encuentren en cualquiera de las situaciones sealadas. Asimismo, sern aplicadas a personas jurdicas seleccionadas, cuyos representantes legales se encuentren en alguna de las mismas situaciones.

    3. Contenido del ConvenioDentro del Convenio se deben consignar los derechos y obligaciones de las partes respecto a:

    1. Forma de entrega de los recursos;2. Destino de los recursos;3. Actividades;4. Plazos de duracin y ejecucin del proyecto;5. Deber de reconocimiento al CNCA;6. Informe(s) de avance (si corresponde) e informe final del proyecto;

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    7. Rendicin de recursos;8. Mecanismos de supervisin;9. Caucin;10. Sanciones por incumplimiento; y11. Certificado de ejecucin total.

    4. Documentacin obligatoria para la firma de ConvenioSi el responsable es persona natural, debe presentar:

    1. Copia de Cdula Nacional de Identidad vigente del postulante seleccionado, del aval de la garanta y del representante legal, cuando corresponda;

    2. Documentacin que acredite la representacin vigente, cuando corresponda con una antigedad no superior a un ao. En caso que el documento tenga una vigencia inferior al ao, se considerar el plazo de vigencia que conste en el referido documento;

    3. Documento que acredite el domicilio del responsable, con una antigedad no superior a 90 (noventa) das; y

    4. Instrumento de caucin o garanta, cuando corresponda.Si el responsable es persona jurdica, debe presentar:

    1. Copia del Rol nico Tributario;2. Copia de Cdula Nacional de Identidad vigente del representante legal;3. Documentacin que acredite dicha representacin vigente, con una antigedad no superior a un

    ao.; 4. Certificado de vigencia, con una antigedad no superior a 90 (noventa) das. En el caso de las

    personas jurdicas sin fines de lucro, dicho certificado deber contemplar la individualizacin de su Directorio;

    5. Comprobante de inscripcin en el Registro Central de Colaboradores del Estado y Municipalida-des (ley n 19862), con una antigedad no superior a 90 (noventa) das;

    6. Certificado de Inicio de Actividades u otro documento que acredite el domicilio, con una antigedad no superior a 90 (noventa) das; y

    7. Instrumento de caucin o garanta, cuando corresponda.Todo lo anterior es sin perjuicio de otros documentos que el propio convenio de ejecucin precise. De no presentarse dicha documentacin no podr suscribirse el convenio, quedando la seleccin sin efecto.

    5. Ejecucin y trmino del convenioLas actividades que se sealen en los proyectos debern iniciarse y efectuarse dentro del plazo estipulado en el convenio, de conformidad con lo expresado en las presentes bases.Se hace presente que, respecto de proyectos, luego de la suscripcin de convenio y durante la ejecucin del mismo, las autoridades y trabajadores(as) del CNCA, cualquiera sea su situacin contractual (planta, contrata, contratados(as) por el CNCA bajo el Cdigo del Trabajo o a honorarios), no podrn recibir ningn tipo de beneficio del proyecto, ni participar en forma posterior en l. De no dar cumplimiento a lo anterior, ser rechazada toda actividad y su consiguiente rendicin de recursos, en lo pertinente a dicha persona.

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    Asimismo, de no cumplir con lo sealado en las clusulas del convenio por causas o hechos imputables al responsable del proyecto, la autoridad encargada del seguimiento del proyecto podr poner trmino al convenio y/o suspender parcial o totalmente los aportes estipulados, junto con ejecutar las garantas comprometidas.No obstante lo anterior, el CNCA se reserva los derechos de accionar judicialmente para obtener la restitucin de los fondos adjudicados y entregados.Se deja constancia que los postulantes son expresamente responsables de la veracidad, integridad y legibilidad de la informacin acompaada a la respectiva postulacin y declarada en el FUP; y que el incumplimiento de las condiciones establecidas en las presentes Bases o la falta de veracidad en la postulacin, ser causal de trmino anticipado del respectivo Convenio de Ejecucin de Proyecto, sin perjuicio del ejercicio de las acciones legales que sean pertinentes por parte del CNCA.

    6. GarantasLos recursos que se otorguen al titular del proyecto debern ser caucionados por el/la responsable del mismo mediante una letra de cambio autorizada ante Notario, vale vista, boleta de garanta o pliza de seguro, por igual monto y extendida a favor del CNCA, debiendo entregarse al momento de la suscripcin del Convenio. Quedan exceptuadas de otorgar esta caucin las Municipalidades y Estable-cimientos de Educacin Superior Estatales.

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    VI. ANTECEDENTES COMPLEMENTARIOS DEL CONCURSO

    1. tem presupuestario y financieroa) Financiamiento: Los postulantes podrn solicitar financiamiento para la ejecucin del proyecto

    postulado, debiendo para tal efecto tener presente los gastos y montos mximos financiados por el CNCA para cada proyecto.

    b) Cofinanciamiento. Tipos. Rendicin: Corresponde a la diferencia entre lo solicitado al Fondo, y el monto total requerido para la ejecucin del proyecto (monto que incluye los aportes valorados y pecuniarios) y que pueden ser aportados por el postulante y/o por terceros.

    Distinguiendo si el cofinanciamiento es requisito para la postulacin, ste se clasifica en: Aportes obligatorios: Aquellos que necesariamente el postulante debe comprometer, acre-

    ditndolos como antecedente obligatorio y rindindolos durante la ejecucin del proyecto. Sin stos, el proyecto no es admisible.

    Aportes voluntarios: Aquellos que el postulante incorpora por iniciativa propia al proyecto. Al ser incorporados, deben ser acreditados como documentos obligatorios y rendidos durante la ejecucin del proyecto.

    Distinguiendo la naturaleza del aporte, estos pueden ser: Aportes pecuniarios: dinero expresado en pesos chilenos. Aportes valorados: bienes y/o servicios susceptibles de valoracin pecuniaria. Distinguiendo el origen del aporte, estos pueden ser: Aportes propios. Aportes de terceros.Los aportes, en cualquiera de sus formas, debern ser rendidos de la siguiente manera: Aportes propios: Se deber efectuar la rendicin de los aportes propios pecuniarios comprometidos entregando

    copia de toda la documentacin que acredite los gastos, segn la naturaleza de los mismos (boleta, factura, etc.).

    Los aportes propios valorados (bienes y servicios) se acreditarn mediante una declaracin del responsable del proyecto, firmada ante notario pblico, donde conste el aporte y el monto valorado.

    Aportes de terceros: En relacin a los aportes pecuniarios de terceros, de acuerdo a lo establecido en el Convenio, se

    deber realizar la rendicin de los gastos, de la siguiente manera: Aportes de terceros que constituyen donaciones con fines culturales de conformidad a la Ley

    18.985. En el caso de aportes derivados de donaciones con fines culturales acogidos a los beneficios tributarios establecidos en el artculo 8 de la Ley 18.985, se debern rendir acompaando copia simple del certificado que acredita donacin con fines culturales con beneficio tributario, de acuerdo a lo dispuesto en el artculo 3 de la Ley de Donaciones Culturales (artculo 8 Ley N 18.985) y su Reglamento y copia simple del estado de las fuentes y uso detallado de los recursos recibidos a que se refiere el artculo 5 contenido en el artculo 8 de la Ley antes mencionada; o en subsidio, copia de la rendicin de cuentas que acredite los gastos, segn la naturaleza de los mismos (boleta, factura, etc.).

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    Aportes de terceros efectuados por otras entidades pblicas: se efectuar entregando copia de la aprobacin de la rendicin de cuentas respectiva por parte de la entidad pblica que realiz el aporte o en subsidio, copia de la rendicin de cuentas entregada a la entidad pblica aportante.

    En todo caso, en ambos casos el responsable deber mantener en su poder copia de la respectiva documentacin de respaldo del gasto del aporte, la que podr ser solicitada por el CNCA para efectos de aprobacin del informe final.

    En el caso que por alguna causa debidamente justificada no pudiere rendirse los aportes de terceros que constituyen donaciones con fines culturales de conformidad a la Ley 18.985 y los aportes de terceros efectuados por otras entidades pblicas de la manera indicada precedente-mente, dichos aportes debern ser rendidos entregando copia de la documentacin que acredite los gastos, segn la naturaleza de los mismos (boleta, factura, etc.).

    Otros aportes de terceros: se debern rendir entregando copia de la documentacin que acredite los gastos, segn la naturaleza de los mismos (boleta, factura, etc.).

    Los aportes valorados de terceros se debern rendir con el respectivo contrato u otro instrumento que segn la naturaleza del aporte, sea suficiente para su acreditacin.

    El cofinanciamiento, en todas sus formas, deber ser ejecutado en su totalidad, ya que en la formulacin de los proyectos se contemplan como necesarios para la total ejecucin.

    En este sentido, respecto a aportes pecuniarios obligatorios o voluntarios, si no ha existido una modificacin aprobada y en la rendicin del proyecto se constata que el monto gastado fue menor, o si falta documentacin que acredite el gasto, deber restituirse al Consejo el pro-porcional de dicha rebaja, cumpliendo as la distribucin del presupuesto (pecuniario) entre el monto aportado por el Consejo y los montos contemplados como cofinanciamiento pecuniario. Esto aplica solo en los casos en que las actividades del proyecto se encuentran ejecutadas.

    Todo aporte deber ser debidamente identificado en el FUP.c. Tipos de gastos a solicitar al Fondo y su rendicin: Esta Lnea entregar recursos para

    financiar gastos de honorarios, operacin, inversin y difusin. Gastos de honorarios: Corresponden a todos los desembolsos a cambio de una contrapresta-

    cin de servicios que preste un tercero y que sean necesarios para la realizacin del proyecto. En este tem no corresponde la asignacin del responsable del proyecto, la que debe ser incluida en los gastos de operacin.

    Los gastos de honorarios deben justificarse con boletas de honorarios, sean electrnicas o debidamente timbradas por el Servicio de Impuestos Internos (SII). Adems debe acreditarse la recepcin conforme de los servicios prestados por las personas contratadas a honorarios.

    En el evento de haberse realizado retenciones, el responsable deber adjuntar copia del Formulario N 29 del SII en la que se acredite el pago de la retencin, debidamente timbrada.

    Para la rendicin del gasto derivado del pago de honorarios por la prestacin de servicios en el pas de personas naturales extranjeras, se deber adjuntar, junto con la respectiva boleta de honorarios, una copia legalizada de la visa de trabajo vigente o una copia legalizada del permiso de trabajo para turistas/artistas, segn corresponda.

    Gastos de operacin: Son aquellos necesarios para la produccin y realizacin del proyecto, que consisten generalmente en gastos por servicios o bienes que no subsisten despus de la ejecucin del proyecto (bienes consumibles). En este tem se contemplan los gastos de difusin ligados a la promocin del proyecto y sus resultados.

    Los gastos de operacin deben acreditarse con las respectivas boletas (cualquiera sea la naturaleza del gasto) y facturas, presentadas en original y a nombre del responsable del proyecto.

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    En este tem se debe incluir la contratacin de los trabajadores de artes y espectculos, en cumplimiento de las disposiciones contenidas en la Ley N 19.889, y cuyo gasto se rendir con el respectivo contrato de trabajo ms las liquidaciones de sueldo, boletas de honorarios por el valor bruto de la remuneracin percibida y gasto de las imposiciones legales, a travs del formulario de pago correspondiente.

    Asimismo, dentro de este tem se contempla la asignacin del responsable del proyecto, la que solo aplica para personas naturales y tiene como requisito que sta ejecute una labor en el proyecto.

    La asignacin del responsable del proyecto deber acreditarse mediante la presentacin del respectivo Formulario N 29 del SII.

    Tratndose de responsables de proyecto que sean personas jurdicas, stos no podrn recibir asignacin de recursos en calidad de responsable, por lo que en caso que se considere dentro del proyecto la participacin de una persona natural a cargo de la ejecucin, sta se debe contemplar como honorario o sueldo patronal, cumplindose con la normativa vigente.

    Gastos de inversin: Consisten en la adquisicin de bienes que resulten indispensables para desarrollar las actividades previstas en el proyecto y que subsisten despus de terminada su ejecucin. Respecto de este tem, se evaluar la pertinencia de imputar el 100% del gasto al proyecto, segn la adquisicin de que se trate, su justificacin y la naturaleza del respectivo proyecto.

    Los gastos de inversin deben justificarse con factura original copia cliente y a nombre del responsable del proyecto. Excepcionalmente, podr justificarse con boleta de compraventa que incluya detalle de la compra, a nombre del responsable del proyecto.

    El tem presupuestario y financiero del proyecto deber expresarse en pesos chilenos, incorpo-rando los impuestos asociados a cada gasto. En ningn caso se aceptar que a la cantidad total solicitada o a alguno de sus componentes se agregue la frase ms impuesto o ms IVA. La variacin de los costos contemplados ser de absoluta responsabilidad y cargo del postulante.

    De conformidad a lo establecido en el artculo 13 de la Resolucin N 30, de 2015, de la Contralora General de la Repblica, slo se aceptarn como parte de la rendicin de cuentas del proyecto, los desembolsos efectuados con posterioridad a la total tramitacin del acto ad-ministrativo que apruebe el convenio de ejecucin que se deber suscribir. En casos calificados por el CNCA podrn incluirse en la rendicin de cuentas gastos ejecutados con anterioridad a la total tramitacin del mencionado acto, y realizados en fecha posterior a aquel que formaliza la seleccin de los proyectos, siempre que existan razones de continuidad o buen servicio, las que debern constar en el instrumento que dispone la entrega de los recursos (Convenio de Ejecucin de Proyecto). Asimismo, tampoco se solventarn gastos posteriores a la ejecucin del proyecto seleccionado, ni gastos asociados a la preparacin de un proyecto para ser presentado a este concurso.

    2. Catlogo de programacin artstica del CNCALos ganadores de los proyectos cuyo contenido sea apto para la programacin artstica de un Centro Cultural (exposiciones, muestras, presentaciones e intervenciones) tendrn derecho a inscribirse en el Catlogo de Programacin Artstica alojado en la pgina web del programa REDCULTURA del CNCA, siempre que cumplan las especificaciones propias del catlogo. A su vez, los ganadores de proyectos que consistan en talleres y/o seminarios del rea de FONDART, podrn inscribirse en el Catlogo de Servicios Culturales del programa REDCULTURA del CNCA, una vez que este catlogo haya sido creado y posicionado en la pgina web de REDCULTURA y siempre que se cumplan las especificaciones propias definidas para ste.

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    3. Control y supervisin de los proyectosEl CNCA velar por el adecuado control y supervisin de la ejecucin de los proyectos selecciona-dos, verificando el estricto cumplimiento de las bases de concurso, convenios de ejecucin, leyes, reglamentos y las normas sobre rendicin de cuentas.

    4. Reconocimiento al CNCALas obras o actividades originadas por los proyectos seleccionados debern indicar de manera visible y clara que son financiadas con aporte del Fondo, en la forma que se regule en el respectivo Convenio de Ejecucin.

    5. Normativa legal y reglamentariaLa Ley se presume conocida por todos los habitantes del pas, aplicando especialmente para estos efectos las disposiciones relativas a Derecho de Autor y de Propiedad Intelectual, normas que regulan la Contratacin de Trabajadores de Artes y Espectculos, de Contratacin de Trabajadores Extranjeros, el Convenio N 169 sobre Pueblos Indgenas y Tribales de la OIT, y en general, toda la legislacin relativa a fondos de cultura.Para mayor informacin el postulante podr recurrir, entre otras, a las siguientes normativas:

    Ley 19.891, del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes. Ley 17.336, de Propiedad Intelectual (Derechos de Autor). Ley 19.889, que Regula las Condiciones de Trabajo y Contratacin de los Trabajadores de Artes y

    Espectculos. Ley 18.985, de Donaciones con fines culturales. Ley 20.285, Sobre Acceso a la informacin pblica. Ley 19.862, que Establece Registros de las Personas Jurdicas Receptoras de Fondos Pblicos. Ley 18.575, Orgnica Constitucional de Bases Generales de la Administracin del Estado. Ley 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de

    los rganos de la Administracin del Estado. Reglamento del Fondo. Reglamento de la Ley 19.862, que Establece Registros de la Personas Jurdicas Receptoras de

    Fondos Pblicos. Reglamento de la Ley 20.285, Sobre Acceso a la informacin Pblica. Convenio N 169 sobre Pueblos Indgenas y Tribales en Pases Independientes de la OIT.

    6. Publicidad de las postulacionesLa publicidad de las postulaciones, hayan sido o no seleccionadas, se regir de acuerdo a lo establecido en la Ley N 20.285, Sobre Acceso a la Informacin Pblica.

    7. Retiro de documentos materialesLos postulantes de los proyectos no seleccionados podrn retirar personalmente o a travs de un tercero especialmente autorizado para tal efecto, la documentacin fsica de su proyecto, durante los 30 das siguientes a la publicacin de resultados.

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    En caso de ser un tercero quien retire el proyecto, deber acompaar un poder simple junto a la fotocopia de la cdula de identidad del mandante y del mandatario. Para la devolucin, deber presentar en Direccin Regional una carta firmada por el postulante, que contenga la respectiva solicitud.Una vez publicado los resultados del concurso y transcurridos treinta (30) das hbiles de ello, el CNCA devolver la documentacin relativa a proyectos no seleccionados, inadmisibles o fuera de concurso, a los domicilios que los postulantes informen en su postulacin. En caso de que por alguna razn no sea posible realizar esta devolucin, se proceder al respectivo archivo de la documentacin.