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viernes, 16 de agosto de 2013 CONTRATACIÓN MÍNIMA CUANTÍA MCC 047-2013 Página 1 de 45 FONDO FINANCIERO DE PROYECTOS DE DESARROLLO FONADE Y ESCUELA SUPERIOR DE ADMINISTRACIÓN PUBLICA - ESAP CONVENIO INTERADMINISTRATIVO No. 212076 CONTRATACIÓN MÍNIMA CUANTÍA MCC 047-2013 INTERVENTORIA TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y DE CONTROL PRESUPUESTAL A LAS ADECUACIONES Y/O REPARACIONES LOCATIVAS DE LA SEDE DE LA ESAP EN LA CIUDAD DE CALI VALLE DEL CAUCA REGLAS DE PARTICIPACIÓN BOGOTÁ D.C., AGOSTO DE 2013

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CONTRATACIÓN MÍNIMA CUANTÍA MCC 047-2013 Página 1 de 45

FONDO FINANCIERO DE PROYECTOS DE DESARROLLO – FONADE

Y

ESCUELA SUPERIOR DE ADMINISTRACIÓN PUBLICA - ESAP

CONVENIO INTERADMINISTRATIVO No. 212076

CONTRATACIÓN MÍNIMA CUANTÍA MCC 047-2013

INTERVENTORIA TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y DE CONTROL PRESUPUESTAL A LAS ADECUACIONES Y/O REPARACIONES LOCATIVAS DE LA SEDE DE LA ESAP

EN LA CIUDAD DE CALI VALLE DEL CAUCA

REGLAS DE PARTICIPACIÓN

BOGOTÁ D.C., AGOSTO DE 2013

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CAPÍTULO PRIMERO

1. INFORMACIÓN GENERAL DEL PROCESO DE SELECCIÓN 1.1 INTRODUCCIÓN Con el fin de complementar el programa de mejoramiento de la infraestructura física de la ESAP en el año de 2012 se suscribió el contrato interadministrativo No. 212076 (046 ESAP) con el fin de adelantar entre otros proyectos, entre los que se encuentra realizar las adecuaciones y/o reparaciones locativas de la sede de la ESAP en la ciudad de Cali - Valle.

La sede ubicada en la Av. 2 bis No. 24 AN – 25 y 31 esquina, esta compuesta en la actualidad de cuatro casas adaptadas para brindar los servicios de la universidad, sin embargo al interior de la sede se observa un avanzado deterioro de pinturas y humedades, situación que requiere atención para recuperar algunos espacios de la casa, con las presentes adecuaciones la ESAP busca mejorar su proceso misional.

1.2 OBJETO DEL PROCESO DE SELECCIÓN El Fondo Financiero de Proyectos de Desarrollo FONADE, está interesado en contratar la

INTERVENTORIA TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y DE CONTROL PRESUPUESTAL A LAS ADECUACIONES Y/O REPARACIONES LOCATIVAS DE LA SEDE DE LA ESAP EN LA CIUDAD DE CALI – VALLE DEL CAUCA.

1.3 LOCALIZACIÓN Y DESCRIPCIÓN GENERAL DEL PROYECTO El lugar de ejecución de las obras es en la Av. 2 BIS No. 24 AN -25 y 31, en la ciudad de Cali – Valle.

La sede ubicada en la Av. 2 bis No. 24 AN – 25 y 31 esquina, presenta deterioro y se deben hacer diferentes actividades tales como reparación de cubierta, pañetes, limpieza de ladrillo, pintura de fachadas, pintura de muros interiores, divisiones de baños, griferías tipo push y suministro de lámparas fluorescentes.

INTERVENTORÍA A LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS

FONADE en desarrollo del convenio interadministrativo No.212076 publicó en la página web de la Entidad (www.fonade.gov.co) el pasado 14 de Agosto de 2013 el Aviso Para Convocatoria para la “MINIMA CUANTIA” No. MCO- 010-2013 del proyecto denominado

“LAS ADECUACIONES Y/O REPARACIONES LOCATIVAS DE LA SEDE DE LA ESAP EN LA CIUDAD DE CALI VALLE DEL CAUCA” , con el fin de seleccionar el contratista que ejecute el proyecto, para lo cual se requiere el acompañamiento de una Interventoría que ejerza el control y vigilancia de las acciones del contratista que

ejecutara dicho proyecto, con el fin de lograr el cumplimiento de las obligaciones adquiridas en el contrato de OBRA y sus elementos integrantes (reglas de participación y

el plan operativo), especialmente en relación con:

1. Las especificaciones técnicas del objeto contratado 2. Actividades administrativas a cargo del contratista 3. Actividades legales 4. Actividades financieras y presupuestales 5. Toda estipulación contractual y de los planes operativos 6. Proteger los intereses de las Entidades y salvaguardar su responsabilidad 1.4 PRESUPUESTO OFICIAL ESTIMADO Se ha estimado, para el cumplimiento del objeto del contrato derivado del presente proceso de selección, un Presupuesto Total Oficial Estimado de VEINTISEIS MILLONES NOVECIENTOS

VEINTE Y SIETE MIL SETECIENTOS DIEZ PESOS ($26.927.710,00).M/CTE., incluido el IVA y

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demás tributos que se causen por el hecho de su celebración, ejecución y liquidación, discriminado de la siguiente forma:

1.5 PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO El plazo previsto para la ejecución del contrato es de UN MES Y MEDIO (1.5) meses, contados a partir de la suscripción del acta de inicio.

1.6 FUENTES DE FINANCIACIÓN FONADE cuenta para el presente proceso de selección con el (los) certificado(s) de disponibilidad presupuestal a continuación señalado(s):

No. CDP Fecha CDP Código Presupuestal Centro de Costo

Descripción del Rubro Monto

10753 19-08-2013 2-1-7-1-01-07-00-01 041342 Honorarios consultoría– Vigencia actual

$27.200.000,00

Total $27.200.000,00

Expedido(s) por el responsable del Fondo de Ejecución de Proyectos

1.7 RÉGIMEN JURÍDICO Y FUNDAMENTOS DE LA MODALIDAD DE SELECCIÓN El proceso de selección se adelantará mediante la modalidad de selección de qué trata el numeral 6.5 (Contratación de Mínima Cuantía) del Manual de la actividad precontractual, contractual y postcontractual de Derecho Privado de FONADE, adoptado mediante Resolución No. 131 del 09 de noviembre de 2012, teniendo en cuenta que se trata de la contratación de una INTERVENTORIA cuya cuantía es inferior a 250 SMMLV. El procedimiento a seguir será el previsto en el numeral 6.5 (Procedimiento de Mínima Cuantía) del precitado manual. De acuerdo con el decreto 288 de 2004, FONADE es una Empresa Industrial y Comercial del Estado, de carácter financiero, dotada de personería jurídica, patrimonio propio, autonomía administrativa vinculada al Departamento Nacional de Planeación y vigilado por la Superintendencia Bancaria (hoy Superintendencia Financiera). El parágrafo primero del artículo 40 de la Ley 80 de 1.993 (modificado por la Ley 1150 de 2.007 artículo 15) establece que los Contratos que celebren las entidades financieras de carácter estatal, no estarán sujetos a las disposiciones del Estatuto General de Contratación de la Administración Pública y se regirán por las disposiciones legales y reglamentarias aplicables a dichas actividades. En consecuencia, el régimen aplicable a la contratación de FONADE es el del derecho privado. FONADE ha abierto el presente procedimiento de Mínima Cuantía, el cual NO constituye oferta de negocio jurídico de parte de FONADE, por lo cual, FONADE tendrá siempre derecho a seleccionar o no alguna(s) de las Ofertas, e incluso podrá suspender o cancelar en cualquier momento la presente convocatoria, por lo que la participación de un Oferente no le otorga derecho alguno al agotamiento y finiquito del procedimiento iniciado.

1.8 SECRETARÍA DE TRANSPARENCIA Toda persona que llegue a conocer casos de corrupción en las entidades del Estado debe reportar el hecho a la Secretaría de Transparencia, a través de los teléfonos (1) 5 62 93 00 ext 3633, a la línea gratuita nacional 01 8000 913 040, al sitio web de denuncias de la Secretaría www.anticorrupcion.gov.co, por correspondencia o personalmente en la Calle 7 a No. 6-54 de Bogotá D.C. También puede reportar el hecho a las páginas www.contratos.gov.co y/o www.fonade.gov.co y al Email: [email protected]

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1.9 DEFINICIONES GENERALES DE TÉRMINOS APLICABLES A LOS PROCESOS DE FONADE

1. Edificaciones: Se consideran edificaciones aquellas construcciones fijas de carácter permanente de uno o más pisos, públicas o privadas, cuyo uso es la ocupación por seres humanos, diferentes de bodegas de almacenaje, escenarios deportivos y parqueaderos a cielo abierto.

2. Área Construida de las Edificaciones: La parte edificada que corresponde a la suma de las superficies de los pisos, excluyendo azoteas y áreas sin cubrir o techar.

3. Ampliación: Todo incremento al área construida de una edificación existente entendiéndose por área construida la parte edificada que corresponde a la suma de las superficies de los pisos, excluyendo azoteas y áreas sin cubrir o techar.

4. Adecuación: Se entiende por Adecuación como las obras que se requieren para garantizar el correcto funcionamiento de una infraestructura para un determinado uso, sea éste el existente o complementario. Entre estas se encuentran los traslados, las protecciones, las reubicaciones y las renivelaciones.

5. El valor del Salario Mínimo Mensual Legal Vigente (SMMLV), a tener en cuenta para conversiones que se requieran en el desarrollo del presente proceso, será aquel vigente al año en que se presenta la oferta, al resultado de la operación matemática que se realice para hacer esta conversión, se debe aplicar el procedimiento de redondeo indicado en estas reglas de participación.

6. A la totalidad de los resultados de cada una de las operaciones aritméticas que se realicen en desarrollo de este proceso, se les aplicará la metodología de redondeo a continuación señalada.

7. Redondeo: Para el presente proceso, es el procedimiento mediante el cual se eliminan todos los decimales.

8. Reglas de redondeo: Se aplican a la unidad situada en la siguiente posición al número

entero al que se pretenda ajustar, es decir, a los dos primeros números decimales, así:

Si los dos primeros decimales son mayor o igual que 50, el número entero se incrementará en una unidad. Ejemplo 1: 12,546891 = 13. Ejemplo 2: 12,501091 = 13.

Si los dos primeros decimales son menores que 50, el número entero no se modifica. Ejemplo 1: 12,499891 = 12. Ejemplo 2: 12,407891 = 12.

9. En el evento en que la fecha de cierre del término para presentar oferta del presente

proceso sea prorrogada mediante adenda, los documentos que en estas reglas de participación se requieran en términos relacionados con la fecha de cierre, se contarán a partir de la fecha de cierre señalada en la adenda respectiva.

10. En el evento de que se presenten en las ofertas correspondientes a este proceso

discrepancias entre cantidades expresadas en letras y números, prevalecerán las expresadas en letras.

1.10 ACREDITACIÓN DE PERSONAL CON LIMITACIONES - LEY 361 DE 1997 (aplica

como criterio de desempate) El oferente que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley 361 de 1997 tenga vinculado laboralmente personal con limitaciones, como mínimo del 10% de su nómina, deberá acreditar tal circunstancia mediante certificación expedida por la oficina de trabajo. En el caso de Consorcios o Uniones Temporales, se tendrá en cuenta para cumplir este requisito que todos los integrantes, acrediten lo señalado en el párrafo anterior.

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La certificación deberá permitir verificar que el personal se encuentra contratado por lo menos con anterioridad a un año a la finalización del término para la entrega de ofertas y, en cualquier caso, el contratista debe tener presente que deberá mantener tal vinculación por un lapso igual al de la contratación, para lo cual deberá aportar carta de compromiso o certificación suscrita por el representante legal de la sociedad, que indique que mantendrá dicha circunstancia por el tiempo de ejecución, en el caso de consorcios o uniones temporales la certificación deberá ser aportada por cada uno de sus miembros. NOTA: La omisión de la información requerida en este numeral al momento de la presentación de la oferta, no será subsanable por ser criterio de desempate, en todo caso, la no presentación de la información requerida no restringe la participación del oferente, ni es causal de rechazo de la oferta.

1.11 CERTIFICACIÓN DE MIPYME - LEY 905 DE 2004 (aplica como criterio de

desempate) El oferente que conforme lo dispuesto en el artículo 2º de la Ley 905 del 2 de agosto de 2004, y demás normas vigentes y aplicables sobre la materia tenga la condición de MIPYMES deberá acreditar tal circunstancia mediante certificación expedida por un contador o revisor fiscal según corresponda.

Para efectos de la acreditación de esta circunstancia por parte de oferentes individuales o integrantes de oferentes plurales, que ostenten la condición de extranjeros sin sucursal en Colombia, se dará aplicación al principio de reciprocidad, , para tal efecto deberán aportar certificación, expedida dentro de los treinta (30) días anteriores al cierre del proceso, firmada por quien haga las veces de contador o revisor fiscal en el país de origen o en los demás casos por el representante legal o quien haga sus veces. En el caso de Consorcios o Uniones Temporales, se tendrá en cuenta para cumplir este requisito que todos los integrantes, acrediten lo señalado en el párrafo anterior. NOTA: La omisión de la información requerida en este numeral al momento de la presentación de la oferta, no será subsanable por ser criterio de desempate, en todo caso, la no presentación de la información requerida no restringe la participación del oferente, ni es causal de rechazo de la oferta.

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CAPÍTULO SEGUNDO

2. DEL TRÁMITE DEL PROCESO DE SELECCIÓN

2.1. CRONOGRAMA GENERAL

ACTIVIDAD TÉRMINO LUGAR

A Aviso de Invitación 14 de Agosto de 2013 FONADE - Página web

www.fonade.gov.co

B Publicación de las reglas de

participación 16 de Agosto de 2013

FONADE - Página web www.fonade.gov.co

C Inicio del término para

presentar ofertas Desde la publicación de las reglas

de participación

FONADE. Calle 26 No. 13-19 Sala de entrega de ofertas

Auditorio

D Finalización del término para

presentar ofertas 23 de Agosto de 2013

a las 09:00 a.m.

FONADE. Calle 26 No. 13-19 Sala de entrega de ofertas

Auditorio

E Audiencia de Cierre 23 de Agosto de 2013

a las 09:30 a.m.

FONADE. Calle 26 No. 13-19 Sala de entrega de ofertas

Auditorio

EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS

F

Evaluación y verificación de los requisitos mínimos y

Publicación del Informe de evaluación y recomendación

de aceptación de la oferta

Dentro de los tres (03) días hábiles siguientes a la fecha prevista para la

finalización del término para presentar ofertas.

FONADE - Página web www.fonade.gov.co

G Observaciones al Informe de evaluación y recomendación

de aceptación de la oferta

Un día hábil siguiente a la fecha de publicación del informe de Evaluación y

Recomendación de aceptación de la oferta.

FONADE - Página web www.fonade.gov.co

H

Informe de respuesta a observaciones al informe de Evaluación y recomendación de Aceptación de la Oferta

Al día hábil siguiente a la fecha vencimiento del plazo para la

presentación de observaciones al Informe de evaluación y

recomendación de aceptación de la oferta.

FONADE - Página web www.fonade.gov.co

I Aceptación de la oferta Fecha señalada a través de la pagina

web Fonade FONADE - Página web

www.fonade.gov.co

2.2 DOCUMENTOS DEL PROCESO DE SELECCIÓN

Hacen parte del presente proceso de selección: 1. El aviso de invitación. 2. El certificado de disponibilidad presupuestal. 3. Estas reglas de participación, junto con sus anexos y adendas, incluidos los Documentos de

Estudios Previos los cuales hacen parte integral de estas reglas de participación. 4. Especificaciones técnicas mínimas (cuando aplique). 5. Las respuestas de aclaración emitidas por FONADE en los medios dispuestos para ello. 6. El acta de finalización del término para presentar ofertas. 7. Las ofertas que sean presentadas. 8. Las actas de audiencia. 9. Las solicitudes de aclaración a las ofertas y sus respectivas respuestas. 10. El informe de evaluación de los requisitos económicos, jurídicos, técnicos y financieros, y las

observaciones presentadas en relación con él. 11. La carta de aceptación de la oferta 12. Los demás documentos que se expidan en desarrollo del proceso de selección

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2.3 COMUNICACIÓN CON LOS INTERESADOS Y OFERENTES

FONADE publicará en su página web (www.fonade.gov.co) la totalidad de los documentos pertinentes que se expidan en desarrollo del proceso de selección y a tal publicación se encontrará sujeta su obligatoriedad frente a los interesados y oferentes. Los documentos oficiales del proceso son los publicados en la mencionada página web. Por regla general, los interesados y oferentes podrán enviar comunicaciones a la dirección electrónica ([email protected]), o radicarlas en el Centro de Atención al Ciudadano de FONADE (en adelante CAC), con la indicación clara del número de proceso al cual se refiere.

2.4 PROCESO DE SELECCIÓN

El presente proceso de selección inicia formalmente a partir de la fecha de publicación de las reglas de participación en la página web de FONADE (www.fonade.gov.co). El proceso de selección se encuentra dividido en las siguientes fases: 2.4.1 Publicación de las reglas de participación

Estas serán publicadas en la página web de FONADE, en la fecha señalada en el numeral 2.1 de estas reglas.

2.4.2 Retiro de las reglas de participación

Las reglas de participación pueden ser obtenidas en el sitio web de FONADE donde se encuentran publicadas con todos sus anexos desde la fecha indicada en el numeral 2.1 de estas reglas. Para todos los efectos, las reglas de participación oficiales son las publicadas en la página web de FONADE.

2.4.3 Plazo del proceso de selección

El plazo del presente proceso de selección será aquel término que transcurrirá entre la fecha a partir de la cual se podrán presentar ofertas y la de su cierre.

2.4.3.1. Inicio y finalización del término para presentar ofertas Dentro de las fechas y horas con las fechas establecidas en el Cronograma General (numeral 2.1), en las casillas correspondientes a “inicio del término para presentar ofertas” y “finalización del término para presentar ofertas”, los interesados podrán presentar sus ofertas, de acuerdo con las siguientes reglas:

a. Las ofertas deberán ser radicadas y entregadas en las fechas indicadas en el numeral 2.1. de estas reglas, en FONADE, ubicado en la siguiente dirección: Calle 26 No. 13-19, Sala de recepción de ofertas, Bogotá D.C., República de Colombia, salvo lo dispuesto en el literal e) del presente numeral.

b. Para la recepción de ofertas se deberá, diligenciar el formato de registro diseñado por FONADE para tal fin. De todas formas, el oferente es el único y exclusivo responsable de la entrega de la oferta (sobres 1 y 2). El sobre contentivo de la oferta económica permanecerá en el sitio dispuesto para su reserva y custodia, y será abierto en la Audiencia de cierre de que trata el numeral 2.4.4.1.

c. Si el día y hora exactos previstos para la “finalización del término para presentar ofertas”, la oferta de que se trate se encuentra en el lugar indicado en el literal a) anterior, la misma se entenderá recibida en tiempo.

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d. Una vez vencido el término para presentar ofertas, se levantará un acta suscrita por los asistentes en la cual se consignará: el nombre o razón social del oferente, fecha y hora de la presentación de la oferta, si la carta de presentación está incluida y firmada, el número de folios, y las observaciones, si las hubiese.

e. Las ofertas enviadas por correo sólo serán aceptadas si tal envío se realiza utilizando servicios de mensajería especializada, de conformidad con lo establecido en la Ley 1369 de 2009 o las normas que lo modifiquen. La fecha y hora de entrega de las ofertas así remitidas será la de su radicación en el Centro de Atención al Ciudadano. Las ofertas se entenderán recibidas oportunamente siempre que la fecha y hora de recepción no sean anteriores a la fecha y hora establecidas para el “inicio del término para presentar ofertas”, ni posteriores a la fecha y hora previstas para el “finalización del término para presentar ofertas”, de acuerdo con el numeral 2.1 de esta reglas. Las ofertas recibidas a través de este medio serán registradas en el formato de registro diseñado por FONADE en presencia de los oferentes presentes al momento del cierre, luego de verificado el cumplimiento de su entrega en el Centro de Atención al Ciudadano antes de la fecha y hora previstas para el “finalización del término para presentar ofertas”.

Audiencias

2.4.4.1. Audiencia de Cierre El comité evaluador verificará el número total de ofertas recibidas al momento de la finalización del término para su presentación y revisará algunos documentos de la oferta técnica En el evento de que se presenten más de tres (03) oferentes, FONADE en primera instancia, al azar, utilizará como instrumento el sorteo por medio de balotas en el cual los participantes señalarán el mecanismo que deseen (balota con mayor número, con menor número, etc.), para la consolidación de la lista de oferentes de entre las ofertas recibidas, estableciendo su respectivo orden, del cual solo se procederá a evaluar los requisitos mínimos exigidos a los primeros tres (03) oferentes. De llegar a presentarse empate entre los oferentes una vez concluida la evaluación de los requisitos mínimos exigidos, se dará aplicación a lo establecido en el numeral 2.4.7. En caso que el oferente ubicado en el primer lugar del orden de establecido no cumpla con los requisitos jurídicos, técnicos y financieros exigidos, se aceptará la oferta de quien se encuentre segundo en el orden, en el evento que este tampoco cumpla, se aceptará la oferta de quien se encuentra en tercer lugar. En caso de que como resultado de la evaluación efectuada el tercer oferente tampoco de cumplimiento a los requisitos mínimos de carácter jurídico, técnico y financiero, FONADE evaluará la oferta del siguiente oferente en el orden establecido y así sucesivamente hasta obtener un oferente que de cumplimiento a tales requisitos.

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En el evento que se presenten tres (3) o menos oferentes se omitirá la consolidación de oferentes pero se definirá un orden entre los mismos, para lo cual se utilizará como instrumento el sorteo por medio de balotas en el cual los participantes señalarán el mecanismo que deseen (balota con mayor número, con menor número, etc.), de llegar a presentarse empate entre los oferentes una vez concluida la evaluación de los requisitos mínimos exigidos, Se dará aplicación a lo establecido en el numeral 2.4.7. A continuación, se procederá a la apertura del Sobre No.2 (Oferta Económica) de las ofertas establecidas para continuar en el proceso, de acuerdo con lo indicado en los párrafos anteriores con el objeto de determinar el cumplimiento de las siguientes condiciones:

a. Se verificará que el valor total de la oferta económica impresa o dicho valor resultante de la verificación aritmética no sea superior al 100% del Presupuesto Total Oficial Estimado POE, señalado en el numeral 1.4, so pena de dar aplicación al numeral 2.4.6.

b. En caso de no expresar un valor para el IVA, FONADE dará por entendido que el valor correspondiente, de acuerdo con las normas tributarias pertinentes, se encuentra incluido en el valor total de la oferta.

c. Se verificará que el valor total de la oferta económica impresa o dicho valor resultante de la verificación aritmética de la INTERVENTORIA TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y DE CONTROL PRESUPUESTAL A LAS ADECUACIONES Y/O REPARACIONES LOCATIVAS DE LA SEDE DE LA ESAP EN LA CIUDAD DE CALI – VALLE DEL CAUCA. no sea superior al 100% del presupuesto oficial estimado para esta etapa so pena de dar aplicación al numeral 2.4.6.

d. En el evento en que el valor del Subtotal de la Interventoría e IVA, no corresponda al valor consignado en la casilla “valor total”, se procederá a su corrección a través de una hoja electrónica de cálculo Excel y se redondeará el valor total ajustado de conformidad con la metodología presentada en el numeral 1.9.

e. Se verificará que el valor total de la oferta económica impresa formato 07 o dicho valor resultante de la verificación aritmética, no sea superior al 100% del presupuesto oficial estimado so pena de dar aplicación al numeral 2.4.6.

Concluido lo anterior se dará por terminada la audiencia de cierre.

2.4.4.2 Devolución de Documentos: A los oferentes que no hayan resultado en la lista de consolidación de oferentes y/o tengan una calificación de “no cumple” en las condiciones técnicas y/o hayan incurrido en una cualquiera de las causales de rechazo, les serán devueltos dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes a la audiencia de cierre o a la carta de aceptación, según el caso los sobres No 1 y No. 2, este último sin abrir cuando no se haya abierto en la audiencia de cierre, previa solicitud por escrito realizada por el oferente.

2.4.5 Evaluación de las ofertas: El comité evaluador designado por FONADE para el presente proceso será el órgano responsable de la evaluación de las ofertas y de la determinación del orden de las mismas, con sujeción a lo establecido en las presentes reglas de participación. El comité evaluador recomendará al funcionario competente aceptar la oferta de contrato objeto del presente proceso de selección, la cual se ajustará a los resultados contenidos en el informe de la evaluación de los requisitos mínimos. El procedimiento de evaluación de las ofertas se resume en el siguiente cuadro general:

REQUISITOS MÍNIMOS DE EVALUACIÓN CALIFICACIÓN

Requisitos de carácter jurídico, técnico y financiero (cuando aplique)

Cumple / No Cumple

Oferta económica Cumple / No Cumple

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2.4.5.1. Verificación de los requisitos mínimos El Comité Evaluador verificará el cumplimiento de las exigencias de carácter jurídico, técnico y económico para lo cual podrá solicitar, si resulta necesario, la aclaración a las mismas. FONADE se reserva el derecho de verificar integralmente la autenticidad, exactitud y coherencia de la información aportada por el oferente, pudiendo acudir para ello a las personas, empresas o entidades respectivas de donde provenga la información. FONADE se reserva el derecho de verificar y solicitar complementar, subsanar o aclarar la información presentada por el oferente para la acreditación de las exigencias establecidas en las presentes REGLAS DE PARTICIPACIÓN, en cualquier estado en que se encuentre el proceso de selección. La respuesta a la solicitud de aclaraciones deberá ser presentada por el oferente dentro del plazo que dadas las condiciones particulares del requerimiento, conceda el comité evaluador. A continuación se presentan los requisitos mínimos de carácter jurídico, técnico, y económico que deberán cumplir los oferentes. El contenido de cada uno de tales requisitos se desarrolla en el capítulo 3.

1. Requisitos de carácter jurídico: a. Formato No. 01 - Carta de presentación b. Acreditación de la existencia y representación legal - para personas jurídicas c. Certificado de Pagos al Sistema de Seguridad Social y Aportes Parafiscales. d. Documento de constitución del consorcio o unión temporal (Si aplica). e. Garantía de seriedad de la oferta. f. Otros Documentos (ver numeral 3.2.1.7)

2. Requisitos de carácter técnico a. Formato No. 03 – Experiencia del Oferente b. Acreditación de la Experiencia Específica del Oferente

3. Oferta económica. a. Formato No. 07 b. Formatos 7 A y 11

En los casos en que se solicite aclarar, subsanar o presentar documentación, por esta circunstancia, no será posible acreditar hechos ocurridos con posterioridad a la fecha establecida para la finalización del término para presentar ofertas. FONADE se reserva el derecho de aceptar respuestas a aclaraciones hasta antes de publicar el Informe de verificación de requisitos de carácter jurídico, técnico y financiero. Tratándose de los requisitos de carácter jurídico, financiero, técnico, la experiencia específica del oferente y los Requisitos de Experiencia específica del personal principal requerido, el Comité Evaluador podrá solicitar, si resulta necesario, la aclaración de la misma. La documentación solicitada o aquella que bajo los mismo términos aporte el oferente debe corresponder a los proyectos relacionados en la oferta, razón por la cual, no podrá solicitarse, ni aceptarse el aporte de documentos de proyectos diferentes a los allí aportados.

2.4.5.2. Publicación del informe de evaluación de las ofertas y recomendación de aceptación de la oferta – Observaciones a dicho informe

Una vez realizada la verificación de los requisitos mínimos de carácter económico, jurídico, técnico, de Experiencia específica del personal principal requerido y financiero, la Entidad procederá a la publicación del informe de evaluación y recomendación de aceptación de la oferta en su página web (www.fonade.gov.co), según lo establecido en el numeral 2.1 de las presentes reglas de participación. Dentro del término señalado en el numeral 2.1., podrán presentarse las observaciones correspondientes por los oferentes.

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Vencido el término para la presentación de observaciones el comité evaluador emitirá el documento de respuestas a las observaciones realizadas al informe de evaluación, el cual será publicado en la página web (www.fonade.gov.co), según lo señale el numeral 2.1 “Cronograma General”, de las presentes reglas de participación. 2.4.6 Causales de rechazo FONADE rechazará las ofertas, en los siguientes casos:

a. Cuando el oferente no cumpla alguno de requisitos mínimos de carácter técnico, jurídico, económico o financiero exigidos en las presentes reglas de participación.

b. Cuando el comité evaluador haya solicitado presentar algún documento o subsanar o aclarar alguna información necesaria para el cumplimiento de los requisitos mínimos, y el oferente no aporte, subsane o aclare lo pertinente, que sea determinante para la evaluación, en los plazos y condiciones señalados por el Comité Evaluador.

c. Cuando FONADE en cualquier estado del proceso de selección evidencie, que alguno(s) de los documentos que conforman la oferta contiene(n) información inconsistente o contradictoria.

d. Cuando FONADE, en cualquier estado del proceso de selección, evidencie una inexactitud en la información contenida en la oferta que, de haber sido advertida al momento de la verificación de dicha información, no le hubiera permitido al oferente cumplir con uno o varios de los requisitos mínimos.

e. Cuando la oferta sea presentada luego de la fecha y hora exactas señaladas para la finalización del término para presentar ofertas o en un lugar diferente a los establecidos en las presentes reglas de participación para tal fin (Sala de recepción de ofertas y Centro de Atención al Ciudadano).

f. Cuando la oferta sea alternativa o parcial, o cuando en ella se formulen condiciones contractuales y/o técnicas diferentes a las establecidas en las presentes reglas de participación, que las contradigan o que contengan salvedades, excepciones o condicionamientos a estas.

g. Cuando en la oferta económica impresa FORMATO 7, sea superior al 100% del valor total del presupuesto oficial estimado indicado en el numeral 1.4. de estas Reglas de Participación.

h. Cuando en la oferta económica impresa se presente algún valor en moneda extranjera. i. Cuando el representante legal de la sociedad tenga restricciones para contraer

obligaciones en nombre de la persona jurídica y no evidencie con el documento pertinente que contaba al vencimiento del término para presentar ofertas, con la autorización expresa del órgano competente

j. En cualquier evento en que la Oferta sea inválida, contenga salvedades, excepciones, condicionamientos o contradiga las Reglas de Participación.

k. Cuando el oferente o alguno de los integrantes del consorcio o unión temporal o alguno de sus representantes legales se encuentre incurso en alguna causal de inhabilidad o incompatibilidad previstas en las normas constitucionales y legales

l. Cuando presentada la oferta mediante consorcio, unión temporal, o cualquier otra modalidad de oferta conjunta, luego de la fecha señalada para la entrega de ofertas, se modifique el porcentaje de participación de uno o varios de sus integrantes, o uno o algunos de ellos desistan o sean excluidos de participar en el consorcio, unión temporal o la modalidad de asociación escogida o se modifique el representante del consorcio o unión temporal o la modalidad de asociación escogida.

m. Cuando el oferente o uno de los integrantes del consorcio o unión temporal no cuente con la capacidad jurídica suficiente para la presentación de la oferta o cuando el objeto social no le permita la ejecución del objeto del proceso de selección.

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n. Cuando en la evaluación económica impresa formato 07 o en la resultante de la verificación aritmética, el oferente presente en la oferta económica impresa o en la resultante de la verificación aritmética un valor total de la INTERVENTORIA TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y DE CONTROL PRESUPUESTAL A LAS ADECUACIONES Y/O REPARACIONES LOCATIVAS DE LA SEDE DE LA ESAP EN LA CIUDAD DE CALI – VALLE DEL CAUCA. superior al 100% del presupuesto oficial estimado para esta etapa de la Interventoría indicado en el numeral 1.4 de estas reglas de participación.

o. Cuando una persona natural o jurídica participe en más de una oferta, bien sea como oferente individual o como integrante de un consorcio o unión temporal. En este caso, se rechazarán todas las ofertas que incurran en la situación descrita.

p. Cuando el oferente persona natural o jurídica o uno de los integrantes del consorcio o unión temporal haya participado como contratista o subcontratista en la elaboración de los estudios, diseños y proyectos que tengan relación directa con el objeto del presente proceso de selección.

q. Cuando la OFERTA ECONÓMICA impresa (formato 07 y 07 A), no se encuentre firmada por la persona natural o el representante legal de la persona jurídica o consorcio o unión temporal.

r. Cuando el comité evaluador solicite al oferente que ocupe el primer lugar en el orden, la presentación del Formato 07 A y este no lo presente en el tiempo establecido.

s. Cuando el comité evaluador solicite al oferente que ocupe el primer lugar en el orden, la modificación y/o ajuste en el Formato 07 A y este no lo presente en el tiempo establecido

t. Cuando la oferta sea presentada en la modalidad de consorcio o unión temporal y no sé de cumplimiento a lo dispuesto en el literal e) del numeral 3.2.3.1.2

u. Cuando el oferente, persona natural o jurídica, o uno de los integrantes del consorcio o unión temporal, sus cónyuges, compañeros o compañeras permanentes, parientes hasta el segundo grado de consanguinidad, segundo de afinidad y/o primero civil, o sus socios en sociedades distintas de las anónimas abiertas, hayan celebrado un contrato estatal de obra pública, de concesión, suministro de medicamentos y de alimentos con FONADE que se encuentre dentro del plazo de ejecución o liquidación.

v. Cuando el oferente, alguno de los integrantes del consorcio o unión temporal o alguno de sus representantes legales se encuentre reportado en el Boletín de Responsables Fiscales de la Contraloría General de la República.

2.4.7 Desempate de Ofertas En caso de empate, FONADE aplicará los criterios de desempate de conformidad con las siguientes reglas sucesivas y excluyentes: 1. Experiencia específica del oferente: Si se presenta el empate entre dos o más ofertas se

aplicará el siguiente procedimiento: Se considerará como primero en el orden aquella que haya presentado en la sumatoria de contratos, el mayor valor de contratos expresados en SMMLV para el cumplimiento del requisito de que trata el numeral 3.2.3. No obstante en el evento en que dos o más oferentes para el cumplimiento del precitado requisito, acrediten contratos cuya sumatoria expresada en SMMLV supere 3.0 veces el POE, persistirá el empate entre estos y se aplicara la causal de desempate siguiente. NOTA: Para efectos de determinar el valor de los contratos aportados, en los casos en que el contrato o los contratos hayan sido celebrados en consorcio, unión temporal o bajo cualquier otra forma de participación conjunta, será tenida en cuenta el valor de acuerdo al porcentaje de participación del oferente en dicho consorcio o unión temporal.

2. De persistir el empate se preferirá la oferta de bienes y servicios nacionales frente a la oferta de bienes y servicios extranjeros. Para el presente proceso de selección, se tendrá como servicio de origen nacional aquellos prestados por empresas constituidas de acuerdo con la legislación nacional, por personas naturales colombianas o por residentes en Colombia. .O por aquellos oferentes a quienes se les deba dar trato de nacionales de conformidad con la normatividad vigente En caso de oferente plural, todos sus integrantes deberán cumplir con la condición de ser un servicio de origen nacional De persistir el empate, se preferirá al oferente que acredite la condición de Mipyme nacional, sea oferente singular, o consorcio, unión

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temporal conformada únicamente por Mipymes nacionales. 3. Si no se presenta la circunstancia antes enunciada y entre los empatados se encuentran

consorcios, uniones temporales o promesas de sociedad futura en los que tenga participación al menos una Mipyme nacional, éste se preferirá

4. Si persiste el empate se dará aplicación a lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley 361 de 1997, de acuerdo con lo previsto en el numeral 1.10 de las presentes reglas de participación. En caso de Consorcios o Uniones Temporales, dicho requisito deberá ser cumplido por todos los integrantes. En el evento en que 2 o más oferentes acrediten el cumplimiento de la precitada disposición, persistirá el empate entre estos y se aplicará la causal de desempate siguiente.

5. Si persistiera el empate después de la verificación de los criterios anteriores, se utilizará como instrumento de desempate el orden resultante del sorteo realizado en la Audiencia Pública de Cierre, es decir, aquel oferente que haya ocupado el primer lugar de dicho orden y haya dado cumplimiento a la totalidad de los requisitos exigidos será al cual se le acepte la oferta, de no ser así se continuará con el oferente ubicado en el segundo lugar, si este tampoco cumple se recomendará a aquel oferente que ocupe el tercer lugar siempre y cuando de cumplimiento a los requisitos mínimos exigidos.

2.4.8 Definición del proceso de selección. El presente procedimiento de Mínima Cuantía NO constituye oferta de negocio jurídico de parte de FONADE, por lo cual, FONADE tendrá siempre derecho a seleccionar o no alguna(s) de las ofertas, e incluso podrá suspender o cancelar en cualquier momento la presente convocatoria, por lo que la participación de un Oferente no le otorga derecho alguno al agotamiento y finiquito del procedimiento iniciado. 2.4.9 Cancelación y Declaratoria de Fallido Sin perjuicio de la facultad discrecional de FONADE para cancelar el proceso de selección, el proceso podrá ser declarado fallido, entre otras, por las siguientes circunstancias cuando: a. Existan motivos o causas que impidan la escogencia objetiva de una oferta. b. No se presente ninguna oferta. c. Habiéndose presentado únicamente una oferta, ésta incurra en alguna causal de rechazo. d. Habiéndose presentado más de una oferta,, ninguna de ellas se ajuste a los requerimientos

y condiciones consignados en estas reglas de participación. 2.4.10 Aceptación de la oferta de contrato La aceptación de la oferta y consecuente decisión de contratar por parte del ordenador de gasto, se podrá efectuar a través de un mensaje de datos, fax o cualquier otro procedimiento comercial aceptado.

2.5 SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO

El oferente seleccionado deberá aportar la documentación necesaria para la firma del contrato dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la publicación de la carta de aceptación de la oferta y deberá presentarse ante FONADE, con el fin de firmar el respectivo contrato, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes al aviso que, para el efecto, le dé la entidad.

El oferente deberá presentar la documentación requerida para la suscripción del contrato dentro de los tres (3) días siguientes a la comunicación de la aceptación de la oferta y deberá presentarse ante FONADE, con el fin de firmar el respectivo contrato, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes al aviso que, para el efecto, le dé la entidad.Si el oferente con quien se decide contratar no acepta dicha decisión y no suscribe el contrato, o si dentro del plazo comprendido entre la aceptación de la oferta y la suscripción del contrato sobreviene una inhabilidad o incompatibilidad o se evidencia que el oferente se encuentra incurso en alguna causal de rechazo prevista en las reglas de participación, o si el oferente dentro de dicho plazo, estando obligado a ello, no adelanta la renovación anual de la matricula de que trata el artículo 33 del Código de Comercio, FONADE desistirá de la aceptación de la oferta y podrá contratar, dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes, con el oferente calificado en el siguiente lugar del orden, siempre y cuando su oferta fuere favorable para FONADE, estuviere vigente a la fecha, caso en el cual se podrá contratar con

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el siguiente y así sucesivamente, siempre y cuando estos no se encuentren en ninguna de las situaciones descritas para el desistimiento. Si éste o alguno de estos, tampoco suscriben el contrato, dentro del plazo previsto en la comunicación respectiva, se aplicarán las mismas reglas con los siguientes oferentes en el orden, en tanto existan más oferentes favorables.

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CAPÍTULO TERCERO

3. DEL OFERENTE Y SU OFERTA

3.1 CONDICIONES GENERALES 3.1.1 Modalidades de participación. Podrán presentar oferta personas naturales, personas jurídicas, consorcios, uniones temporales o cualquier otra modalidad de asociación prevista en la ley.

3.1.2 Responsabilidad en la elaboración de la oferta Los oferentes deberán elaborar por su cuenta y riesgo la oferta, de acuerdo con lo solicitado en estas reglas de participación, las cuales harán parte integral del contrato. Se consideran como documentos oficiales del proceso de selección las reglas de participación y sus anexos, publicados en la página web de FONADE.

3.1.2.1 Ofertas alternativas o parciales No se aceptarán ofertas alternativas ni parciales. 3.1.2.2 Forma, identificación, estructura de la oferta y responsabilidad en la presentación de la misma La presentación de la oferta debe cumplir con los siguientes requisitos: a. La oferta debe ser presentada en idioma castellano, escrita por cualquier medio mecánico,

numeradas en la parte inferior todas las hojas que contiene, cada una de ellas conformará un folio. La oferta, todos los documentos que la integran y la totalidad de la correspondencia remitida dentro del presente proceso de selección deberán estar redactados en idioma castellano. Los documentos en idioma extranjero, por lo tanto, deberán venir acompañados de traducción simple al castellano, salvo en los casos en que la Ley exija traducción oficial o que se prevea en las presentes reglas de participación.

b. La oferta debe ser presentada en dos (2) sobres separados, cerrados y perfectamente identificados cada uno de ellos, como se establece en el literal e. del presente numeral.

c. La documentación del Sobre No. 1 y del Sobre No 2 debe estar debidamente legajada o argollada de tal forma que no exista posibilidad de pérdida de documentos.

d. Los dos (2) sobres deben tener el siguiente contenido:

SOBRE No. 1: REQUISITOS MÍNIMOS

SOBRE No. 2: OFERTA ECONÓMICA IMPRESA. e. Los sobres se deben identificar, cada uno de la siguiente manera:

FONDO FINANCIERO DE PROYECTOS DE DESARROLLO – FONADE

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OBJETO: INTERVENTORIA TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y DE CONTROL PRESUPUESTAL A LAS ADECUACIONES Y/O REPARACIONES LOCATIVAS DE LA SEDE DE LA ESAP EN LA

CIUDAD DE CALI – VALLE DEL CAUCA.” Sobre No: ___

Contenido: ______________________________ Oferente: ______________________________ Nit o C.C. del Oferente: _________________

Dirección, Ciudad, _____________ Teléfono: _____________

Fax: _____________

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3.1.3 Vigencia de la oferta. La oferta deberá permanecer vigente por un período mínimo de seis (6) meses, contados a partir de la fecha prevista para la finalización del término para presentar ofertas. FONADE podrá solicitar, si ello fuere necesario, la ampliación de la vigencia de la oferta por el término que se requiera. Durante el período de su vigencia, la oferta será irrevocable, de tal manera que el oferente no podrá retirarla, ni modificar los términos o condiciones de la misma.

3.2 REQUISITOS MÍNIMOS 3.2.1. Requisitos de carácter jurídico 3.2.1.1. Carta de presentación de la oferta De acuerdo con el modelo del Formato 01 suministrado, la carta de presentación de la oferta debe estar suscrita por la persona natural o por el representante legal de la persona jurídica o por el representante designado por los miembros del consorcio o de la unión temporal, y avalada por un Ingeniero civil. Se deberá anexar copia de la cédula de ciudadanía de quien suscribe la oferta y de quien la avala, al igual que copia de la matrícula o tarjeta profesional de este último. Cuando el oferente o su representante tengan la condición de Ingeniero civil, no será necesario el aval de otra persona con igual profesión. Quien suscriba la carta de presentación de la oferta deberá:

a. Persona jurídica: Tener la calidad de representante legal o apoderado del oferente, con facultad expresa de actuar en nombre y representación del mismo. En este último caso, la facultad de representación debe comprender la de presentar la oferta, celebrar el contrato (en caso de resultar aceptada su oferta) y liquidarlo. Si la presentación de la oferta implica la trasgresión del deber establecido en el numeral 7º del artículo 23 de la ley 222 de 1995, reglamentado parcialmente por el Decreto Nacional 1925 de 2009 o si el representante legal tiene limitaciones delegadas de los estatutos sociales, el oferente individual o el integrante de la oferta conjunta deberá, además, allegar autorización de la junta de socios o asamblea general de accionistas, según corresponda.

b. Consorcio o unión temporal: Tener la calidad de representante principal del consorcio o unión temporal, con facultad expresa de actuar en nombre y representación del mismo. Tal facultad de representación debe comprender las de presentar la oferta, celebrar el contrato (en caso de resultar adjudicatarios) y liquidarlo.

3.2.1.2. Acreditación de la existencia y la representación legal Los oferentes que tengan la calidad de personas jurídicas deberán presentar el certificado de existencia y representación legal, o sus documentos equivalentes en caso de personas jurídicas extranjeras, expedido dentro de los 30 días calendario anteriores a la fecha señalada para el finalización del término para presentar ofertas, donde evidencie que el objeto social permite ejecutar el contrato objeto del presente proceso de selección. Así mismo, en tal documento deberá constar que la duración de la sociedad no es inferior a la duración del contrato objeto del presente proceso de selección y un (1) año más. Deberá adjuntarse fotocopia del documento de identificación del representante legal de la persona jurídica. Si el representante legal de la sociedad tiene restricciones para contraer obligaciones en nombre de la misma, deberá contar con el documento de autorización expresa del órgano competente desde el momento mismo de la presentación de la oferta. En el evento en que no se presente este documento con la oferta, el Comité Evaluador podrá solicitarlo, pero en todo caso la fecha de éste no podrá ser posterior a la de cierre del proceso. Los oferentes que tengan la calidad de personas naturales deberán presentar fotocopia de su documento de identificación. Las ofertas presentadas por personas naturales de origen extranjero que se encuentren dentro del país, deberán estar acompañadas de la autorización correspondiente, expedida de conformidad con las normas de control migratorio vigentes.

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Los oferentes plurales (uniones temporales o consorcios) deberán presentar el certificado de existencia y representación legal de las personas jurídicas y/o la fotocopia de la cédula de ciudadanía de las personas naturales que los conforman. 3.2.1.3. Certificado de Pagos al Sistema de Seguridad Social y Aportes Parafiscales. Cuando el oferente sea persona natural deberá adjuntar una certificación expedida dentro de los 30 días calendario anteriores a la fecha señalada para la Finalización del término para presentar ofertas, que demuestre estar afiliado al sistema de seguridad social en salud y en pensiones ó fotocopia de las planillas de pago en donde conste que se encuentra al día por este concepto para la fecha de cierre del presente proceso, el valor cancelado, el periodo de cotización, la fecha de pago y la entidad Promotora de Salud y riesgos laborales a la que se encuentre afiliado cuando a ello haya lugar. En el caso de que tenga personal a su cargo, deberá acreditar la correspondiente declaración juramentada (Ley 789 de 2002). En el caso de personas jurídicas, deberán presentar una certificación, expedida por el Revisor Fiscal, cuando este exista de acuerdo con los requerimientos de la Ley, o por el Representante Legal cuando no se requiera Revisor Fiscal, donde se certifique el pago de los aportes a los sistemas de salud, riesgos laborales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje. Dicho documento debe certificar que, a la fecha de presentación de su oferta, ha realizado el pago de dichos aportes correspondientes a los últimos seis (6) meses, contados a partir de la citada fecha, en los cuales se haya causado la obligación de efectuar dichos pagos. Cuando se trate de una persona jurídica que no tenga más de seis (6) meses de constituida, deberá acreditar los mencionados pagos a sus empleados, a partir de la fecha de su constitución. En caso de presentar acuerdo de pago con las entidades recaudadoras respecto de alguna de las obligaciones mencionadas deberá manifestar que existe el acuerdo y que se encuentra al día en el cumplimiento del mismo. En este evento el oferente deberá anexar certificación expedida por la entidad con la cual existe el acuerdo de pago. Cuando se trate de Consorcios o Uniones Temporales, cada uno de sus miembros integrantes, deberá aportar el certificado aquí exigido. 3.2.1.4. Certificado de Inscripción, Clasificación y Calificación - RUP NO APLICA

3.2.1.5. Documentos de constitución del consorcio o unión temporal El oferente, con la oferta, deberá anexar un documento suscrito por todos los integrantes de la forma asociativa escogida, o por sus representantes debidamente facultados, en el que conste la constitución de la unión temporal o el consorcio, según corresponda, en el cual se exprese lo siguiente:

a. Identificación de cada uno de sus integrantes: Nombre o razón social, tipo y número del documento de identificación y domicilio.

b. Designación del representante legal y copia de la cedula.

c. Indicación de los términos y extensión de la participación en la oferta y en la ejecución del

contrato de cada uno de los integrantes de la forma asociativa, así como las reglas básicas que regularán sus relaciones.

d. Indicación de la participación porcentual de cada uno de los integrantes en la forma asociativa correspondiente. La sumatoria de los porcentajes de participación no podrá exceder, ni ser menor del 100%

e. Así mismo, en tal documento deberá constar que la duración de la figura asociativa no es inferior a la duración del contrato objeto del presente proceso de selección, su liquidación o liberación de saldos, según corresponda y un (1) año más.

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Con la suscripción del documento de constitución del consorcio o unión temporal, se entenderá para todos los efectos legales y contractuales que el representante del consorcio o unión temporal tiene las siguientes facultades referentes a la etapa precontractual, contractual y pos contractual:

Presentación de la oferta y representación del consorcio o unión temporal en todas las diligencias del proceso de selección.

Suscribir el contrato y sus modificaciones. Suscribir el acta de liquidación y notificarse del acta de liquidación unilateral.

Con la suscripción del documento de constitución del consorcio o unión temporal, se entenderá para todos los efectos legales y contractuales que la duración de la forma de asociación escogida, no será inferior al lapso comprendido entre la fecha de entrega de la oferta y la liquidación del contrato objeto del presente proceso de selección. Cualquier manifestación contraria a lo previsto en los incisos precedentes o que condicione tales preceptos, se entenderá por no escrita. El documento deberá ir acompañado de aquellos otros que acrediten que quienes lo suscriben tienen la representación y capacidad necesarias para dicha constitución y para adquirir las obligaciones solidarias derivadas de la oferta y del contrato resultante. Cualquier modificación al documento de constitución del consorcio o unión temporal deberá ser suscrita por la totalidad de integrantes del consorcio o unión temporal, y deberá tener la aprobación previa de FONADE. Sin perjuicio de lo anterior, el oferente deberá tener en cuenta que después de la presentación de la oferta, no podrá modificar los literales a, b y d, ni tampoco alguno de los integrantes podrá desistir o ser excluido en la participación, so pena de aplicar el numeral 2.4.6. 3.2.1.6. Garantía de seriedad de la oferta NO APLICA. 3.2.1.7. Otros Documentos: En el caso de personas naturales es necesario adjuntar los siguientes documentos:

Certificación Bancaria El oferente deberá anexar a la oferta la certificación de la cuenta bancaria reportada en la creación de terceros.

Registro Único Tributario – RUT. El oferente deberá anexar a la oferta fotocopia del Registro Único Tributario RUT.

En caso de persona jurídica, es necesario adjuntar los siguientes documentos:

Registro Único Tributario – RUT. El oferente deberá anexar a la oferta fotocopia del Registro Único Tributario RUT.

Certificación Bancaria

El oferente deberá anexar a la oferta la certificación de la cuenta bancaria reportada en la creación de terceros.

Formato de creación de terceros

Cuando se trate de Consorcios o Uniones Temporales, cada uno de sus miembros integrantes, deberán aportar cada uno de los documentos señalados en el presente numeral

3.2.2.1 Formato de Creación de Terceros. El formato de creación terceros deberá descargarse de la página Web de la entidad: http://www.fonade.gov.co, deberá seleccionar del Menú Principal la opción “Información a Contratistas”, luego seleccionar la opción “Requisitos para el pago” y en la lista: FORMATOS que aparece el link “Información General y Tributaria de Terceros” de acuerdo con

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lo siguiente:

Al seleccionar el link le muestra el siguiente cuadro con lo cual podrá almacenar el formato de creación de terceros, el cual deberá diligenciar y entregar.

NOTA: El Oferente deberá presentar con la oferta los documentos relacionados en este numeral, no obstante su NO presentación no será causal de rechazo. FORMATOS 07A. y 11 Dentro del día hábil siguiente a la publicación del INFORME DE RESPUESTA A LAS OBSERVACIONES AL INFORME DE EVALUACIÓN (si es necesario realizar alguna corrección), el oferente a quien se haya aceptado la oferta deberá presentar diligenciado el Formato 07A y el Formato 11. Para ello deberá dar cumplimiento a las condiciones señaladas en el numeral 3.3 de las presentes reglas de participación y la metodología del redondeo señalada en el numeral 1.9. El oferente deberá tener en cuenta que al aplicar este procedimiento bajo ninguna circunstancia se puede superar el valor total de su oferta ni el valor total por proyecto establecidos en el Formato 07 3.2.2.2 Requisitos de Carácter Financiero NO APLICA

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3.2.3 Requisitos de carácter técnico 3.2.3.1. Formato No. 03 – Experiencia del Oferente El oferente debe acreditar en su oferta, que cuenta con experiencia específica en INTERVENTORÍA A LA CONSTRUCCIÓN Y/Ó AMPLIACIÓN Y/O ADECUACIÓN DE EDIFICACIONES

La experiencia deberá ser acreditada con la ejecución de MÍNIMO UNO (01) Y MÁXIMO TRES (03) CONTRATOS terminados en los últimos DIEZ(10) años, contados a partir de la fecha establecida para presentar oferta.

Los contratos aportados deberán sumar, en su conjunto, un valor igual o superior a 2.5 veces el valor del POE, expresado en SMMLV.

MÍNIMO uno de los contratos aportados, debe ser de valor igual o superior al POE expresado en SMMLV.

MÍNIMO uno de los contratos aportados, debe acreditar la construcción de 250 m2 de ÁREA CONSTRUIDA.

Para que el contrato o contratos aportados sea(n) valido(s), y su valor sea contabilizado en su totalidad, los documentos que se adjunten para acreditarlos deben demostrar con total claridad que MÍNIMO se ejecutó con él/la INTERVENTORIA, del 25% del requerimiento del área construida / intervenida exigida en el párrafo anterior.

La experiencia específica podrá acreditarse con contratos de Interventoría a obras

ejecutadas en calidad de contratista y/o con Interventoría a obras propias ejecutadas por el oferente individual o por cualquiera de los integrantes del oferente plural. En todo caso, el número de contratos con que se pretenda acreditar la experiencia NO PODRÁ SER SUPERIOR al número de contratos señalado en el inciso primero del presente numeral.

Por el oferente individual o por cualquiera de los integrantes del oferente plural. En todo caso, el número de contratos con que se pretenda acreditar la experiencia NO PODRÁ SER SUPERIOR al número de contratos señalado en el inciso primero del presente numeral. Para demostrar la experiencia específica el oferente debe presentar con su oferta el Formato No. 03 debidamente diligenciado e indicando en él toda la información allí solicitada. Así mismo, debe anexar la documentación adecuada y pertinente, que acredite clara y verazmente la realización de los proyectos relacionados, cuyo número debe ser máximo el señalado en el inciso segundo del presente numeral. Los documentos del proyecto presentado y aportado con la oferta, que acrediten los relacionados en el Formato No. 03 deben permitir al Comité Evaluador realizar eficazmente la verificación y evaluación del factor técnico establecido en este numeral. La oferta deberá cumplir los requisitos mínimos antes señalados. 3.2.3.1.1. Acreditación de la Experiencia Específica del Oferente Para acreditar la experiencia específica requerida y las condiciones mínimas señaladas en el numeral 3.2.3.1., el oferente deberá presentar certificaciones, constancias o cualquier otro documento expedido por el contratante, su representante o por el supervisor del proyecto. La documentación que se presente para la acreditación de la experiencia deberá permitir en conjunto la verificación de la siguiente información:

a. Nombre del contratante. b. Nombre del contratista. c. Si el contrato se ejecutó en consorcio, unión temporal u otra forma conjunta, deberá indicar

el nombre de sus integrantes y el porcentaje de participación de cada uno de ellos. Cuando

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en la certificación no se indique el porcentaje de participación, deberá adjuntarse copia del documento de constitución del consorcio, la unión temporal o la forma conjunta respectiva, o copia del contrato celebrado cuando en este consten tales porcentajes de participación.

d. Objeto del proyecto. e. Valor total del proyecto que se pretende acreditar. f. Lugar de ejecución. g. Fecha de inicio del proyecto. h. Fecha de terminación del proyecto i. En caso que se presente(n) certificación(es) o constancia(s) que contenga(n) más de un

proyecto, el oferente debe señalar claramente en su oferta, cual o cuáles de ellos aporta al proceso, que desde luego en ningún caso podrá ser superior al número de proyectos establecido en el numeral 3.2.3.1.

j. Constancia de cumplimiento a satisfacción del contrato, o recibo del informe final o del acta de recibo final o de terminación del contrato.

No se permite presentar auto-certificaciones, entendidas como:

Cualquier certificación expedida por el oferente para acreditar su propia experiencia. Cualquier certificación expedida por Consorcios en los cuales el oferente o los integrantes

del Consorcio o Unión Temporal hayan hecho parte. 3.2.3.1.2. Verificación de la Experiencia Específica del oferente La valoración de la experiencia específica del oferente se sujetará a las siguientes reglas especiales:

a. La experiencia de los socios de una persona jurídica se podrá acumular a la de esta cuando no cuente con más de cinco (5) años de constituida y se hará en proporción a su participación en el capital social. La acreditación de esta experiencia se sujetará a las exigencias del numeral anterior

b. En caso de consorcios o uniones temporales, la experiencia será la sumatoria de las

experiencias específicas de los integrantes que la tengan. Si la totalidad de la experiencia específica es acreditada por uno solo de los integrantes del consorcio, unión temporal, este deberá tener una participación igual o superior al 60% en el consorcio, unión temporal, en el proyecto derivado del presente proceso y en su ejecución. Si la experiencia específica es acreditada por más de uno de los integrantes del consorcio, unión temporal, aquel que aporte el mayor valor en proyectos, respecto de los otros integrantes, deberá tener una participación igual o superior al 51% en el consorcio, unión temporal, en el proyecto derivado del presente proceso y en su ejecución. De igual manera los demás integrantes del oferente plural que aporten o no la experiencia específica, deben tener un porcentaje de participación en el consorcio o unión temporal mínimo del 20% cada uno en el proyecto derivado del presente proceso y en su ejecución

c. El valor total del o los proyectos ejecutados que se aporten para acreditar la experiencia específica será aquel que tuvieron a la fecha de recibo del informe final o la del acta de recibo final por el contratante o su representante o a la terminación del proyecto, y la conversión a salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV) se hará conforme al vigente en el año de recibo final o terminación. En caso de presentar el valor en moneda extranjera, se aplicará lo siguiente:

Cuando el valor del proyecto esté dado en dólares americanos (USD) se convertirá

a pesos colombianos utilizando para esa conversión la tasa representativa del mercado (TRM) vigente para la fecha de recibo final o terminación.

Cuando el valor del proyecto esté dado en moneda extranjera diferente al dólar americano, se realizará su conversión a dólares americanos de acuerdo con las tasas de cambio estadísticas publicadas por el Banco de la República, teniendo en cuenta la fecha de recibo final o de su terminación y, posteriormente, se procederá

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a su conversión a pesos colombianos de conformidad con la TRM vigente para la fecha de recibo final o de su terminación, según corresponda.

d. El proyecto deberá estar terminado en la fecha prevista para la finalización del término para presentar ofertas. Para el presente proceso selección, se tomará como fecha de terminación del proyecto la del recibo del informe final o del acta de recibo final, suscrita por el contratante o su representante, o la de terminación del proyecto.

e. En los casos en que el proyecto o los proyectos hayan sido celebrados en consorcio, unión temporal o bajo cualquier otra forma de participación conjunta, será tenida en cuenta la experiencia específica en su totalidad y el valor de acuerdo al porcentaje de participación.

f. No será considerada la experiencia que se pretenda acreditar con convenios interadministrativos para cuyo desarrollo se haya subcontratado la totalidad de la ejecución de la Interventoría.

g. No será considerada la experiencia adquirida en calidad de subcontratista. h. No será considerada la experiencia que se pretenda acreditar con INTERVENTORÍA A LA

CONSTRUCCIÓN Y/Ó AMPLIACIÓN Y/O ADECUACIÓN DE EDIFICACIONES cuyo proyecto sea de propiedad del oferente o de cualquier integrante del consorcio o unión temporal que quiera acreditarla.

3.2.3.2. Requisitos de Experiencia Específica del Personal principal requerido 3.1.1.2.1. Relación del personal principal requerido

3.2.1.2.2 Acreditación y Verificación de la experiencia específica del personal principal requerido

NO APLICA

3.3 OFERTA ECONÓMICA El oferente debe formular su oferta económica exclusivamente en el Formato 07, mediante una hoja de cálculo de formato Excel, el cual deberá presentar en medio físico impreso y magnético, de acuerdo con las siguientes reglas: INTERVENTORIA TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y DE CONTROL PRESUPUESTAL A LAS ADECUACIONES Y/O REPARACIONES LOCATIVAS DE LA SEDE DE LA ESAP EN LA CIUDAD DE CALI VALLE DEL CAUCA

Deberá discriminar claramente: a. Sub-Total INTERVENTORIA TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y DE CONTROL

PRESUPUESTAL A LAS ADECUACIONES Y/O REPARACIONES LOCATIVAS DE LA SEDE DE LA ESAP EN LA CIUDAD DE CALI VALLE DEL CAUCA

b. IVA. c. Valor total INTERVENTORIA TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y DE CONTROL

PRESUPUESTAL A LAS ADECUACIONES Y/O REPARACIONES LOCATIVAS DE LA SEDE DE LA ESAP EN LA CIUDAD DE CALI VALLE DEL CAUCA

Al momento de diligenciar el formato No 7 A, el oferente deberá considerar:

a. Personal profesional para la INTERVENTORIA. b. Personal técnico y auxiliar para la INTERVENTORIA. c. Otros costos directos. d. Factor multiplicador. e. IVA. VALOR TOTAL OFERTA INTERVENTORIA

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3.3.1 VALOR TOTAL DE LA OFERTA. 3.3.1.1 La totalidad del personal requerido para la ejecución del objeto contractual de conformidad con el numeral 4.8.1., de las presentes reglas de participación. 3.3.1.2 Elaborarse utilizando la metodología del factor multiplicador, para lo cual deberá utilizar la guía adjunta al presente documento, (Anexo 08 - Metodología del factor multiplicador). 3.3.1.3Un factor multiplicador para la INTERVENTORIA TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y DE CONTROL PRESUPUESTAL A LAS ADECUACIONES Y/O REPARACIONES LOCATIVAS DE LA SEDE DE LA ESAP EN LA CIUDAD DE CALI VALLE DEL CAUCA Que en ningún caso podrá ser inferior 199%.el cual solo deberá ser aplicado a los costos del personal requerido para la ejecución del contrato. 3.3.1.4 Expresar todos los valores en pesos colombianos. 3.3.1.5 Ajustar todos los valores al peso, es decir sin decimales. Para el efecto, se aplicará la metodología de redondeo indicada en las presentes reglas de participación. 3.3.1.6 El plazo de ejecución de la Interventoría señalado en el numeral 1.5. 3.3.1.7 La forma y el sistema de pago señalados en el capítulo cuarto de las presentes reglas de participación. 3.3.1.8. Las variables económicas que estime pertinentes, teniendo en cuenta la totalidad de las condiciones previstas en las presentes reglas de participación. Las variables deben tener en cuenta, así como las proyecciones que de ellas se realicen, para efectos de la formulación de la oferta económica, son de responsabilidad exclusiva del oferente y, por tanto, serán por su cuenta y riesgo las diferencias que puedan presentarse entre dichas proyecciones y el comportamiento real de las variables durante la ejecución del contrato. 3.3.1.9 Las condiciones y especificaciones técnicas del objeto de Interventoría, así como la información técnica, hidrológica, geológica, geomorfológica y sismológica, geotécnica, topográfica y cartográfica, estudios de impacto ambiental y las leyes y normas que rigen para la región y las propias del sitio donde se desarrollará el proyecto. De igual forma, todos los costos que se requieran para la correcta ejecución del objeto del contrato derivado del presente proceso de selección, entre ellos los generados por el transporte del personal, equipo, materiales, etc. Del mismo modo, deberá considerar las condiciones, climáticas, ambientales y de orden público. 3.3.1.10 La totalidad de los tributos, independientemente de la denominación que asuman o del nivel territorial del que provengan, que se causen o llegaren a causar por la celebración, ejecución y liquidación del contrato objeto del presente proceso de selección, serán de su cargo exclusivo. 3.3.1.11 Que el valor de la oferta económica NO puede ser superior al 100% del Presupuesto Total Oficial Estimado POE, señalado en el numeral 1.4. “Los siguiente numerales solo aplicaran una vez haya sido emitida la carta de aceptación” 3.3.1.12 El valor total de la oferta económica impresa formato 07A o dicho valor resultante de la verificación aritmética no puede ser superior al 100% del presupuesto oficial estimado. 3.3.1.13 El oferente deberá tener en cuenta que al aplicar este procedimiento bajo ninguna circunstancia se puede superar el valor total de su oferta ni el valor total por proyecto establecidos en el Formato 07”. 3.3.1.14 El factor multiplicador no puede ser inferior al estimado como mínimo en las presentes reglas de participación (numeral 3.3.1.2). 3.3.1.15 A la oferta presentada en el Formato No 07A no se le puede aplicar el factor multiplicador a componentes diferentes del personal ofertado. 3.3.1.16 El factor multiplicador aplicado no puede ser diferente al valor impreso del Formato 11; en caso de lo contrario, se procederá por parte del oferente, si es el caso, a realizar la corrección aritmética de la oferta económica utilizando el valor impreso del factor multiplicador del Formato 11. En el evento en que no se haya diligenciado dicho valor, éste se determinará sumando los valores correspondientes a las filas identificadas con las letras A, B, C, D, E y F del Formato 11 y redondeado con dicha metodología. 3.3.1.17 El Formato 07A presentado por el oferente, de debe cumplir con las siguientes reglas:

No puede omitir la cotización de alguna de las personas requeridas en el numeral 4.8.1.

No puede cotizar porcentajes de dedicación para el personal solicitado, inferiores a los requeridos en el numeral 4.8.1.

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En caso de no expresar un valor para el IVA, FONADE dará por entendido que el valor correspondiente, de acuerdo con las normas tributarias pertinentes, se encuentra incluido en el valor total de la oferta.

En el evento en que la sumatoria de los valores de personal profesional, personal técnico y auxiliar, otros e IVA, no corresponda al valor consignado en la casilla “valor total”, se procederá a su corrección a través de una hoja electrónica de cálculo Excel y se redondeará el valor total ajustado de conformidad con la metodología presentada en el numeral de Oferta Económica. El oferente deberá tener en cuenta que al aplicar este procedimiento bajo ninguna circunstancia se puede superar el valor total de su oferta ni el valor total por proyecto establecidos en el Formato 07”.

Hará parte de la oferta económica, igualmente, la estimación del factor multiplicador, para lo cual el oferente deberá diligenciar y presentar el Formato No. 11, en medio físico y magnético. La estimación que realice el oferente del factor multiplicador deberá considerar la información presentada en el Anexo 1 adjunto a las presentes reglas de participación.

3.4 RECIPROCIDAD En los términos señalados en el Artículo 51 del Decreto Ley 019 de 2012 en concordancia con el artículo 150 del Decreto 1510 de 2013, se otorgará tratamiento de bienes y servicios nacionales a: a) los oferentes, bienes y servicios provenientes de Estados con los cuales Colombia tenga Acuerdos Comerciales, en los términos establecidos en tales Acuerdos Comerciales; b) a los bienes y servicios provenientes de Estados con los cuales no exista un Acuerdo Comercial pero respecto de los cuales el Gobierno Nacional haya certificado que los oferentes de bienes y servicios nacionales gozan de trato nacional, con base en la revisión y comparación de la normativa en materia de compras y contratación pública de dicho estado; y c) a las servicios prestados por oferentes miembros de la Comunidad Andina de Naciones teniendo en cuenta la regulación andina aplicable a la materia. El Ministerio de Relaciones Exteriores deberá expedir el certificado por medio del cual se acredite la situación mencionada en el literal b) anterior en relación con un estado en particular. Tanto las certificaciones como la información sobre los acuerdos comerciales suscritos por Colombia están disponibles en la página del SECOP. El oferente deberá presentar las respectivas consultas del SECOP y en una carta indicará que su oferta cumple con los requisitos para que se le otorgue tratamiento de bienes y servicios nacionales pese a ser de origen extranjero, en virtud del principio de reciprocidad, y deberá realizar la consulta en el SECOP y aportar la información consultada, la entidad verificará dicha información. Para el presente proceso se atenderán las siguientes definiciones: Se entiende como bienes nacionales, aquellos bienes totalmente obtenidos, bienes elaborados con materiales nacionales o productos que sufran una transformación sustancial de conformidad con lo previsto en el Decreto 2680 de 2009. Son servicios de origen nacional aquellos prestados por empresas constituidas de acuerdo con la legislación nacional, por personas naturales colombianas o por residentes en Colombia. Para el caso de Bienes de Origen Nacional, el proponente deberá estar inscrito en el Registro de Productores de Bienes Nacionales. Por su parte, tratándose de servicios de origen nacional la forma de acreditarlo será certificado en la Cámara de Comercio o estatutos si se trata de empresas constituidas de acuerdo con la legislación nacional o siguiendo lo establecido en el presente numeral sobre la reciprocidad.

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CAPÍTULO CUARTO

4. CONDICIONES CONTRACTUALES GENERALES 4.1 OBJETO El objeto del contrato es adelantar la INTERVENTORIA TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y DE CONTROL PRESUPUESTAL A LAS ADECUACIONES Y/O REPARACIONES LOCATIVAS DE LA SEDE DE LA ESAP EN LA CIUDAD DE CALI VALLE DEL CAUCA de acuerdo con la descripción, especificaciones y demás condiciones establecidas en las presentes reglas de participación, los documentos e información técnica suministrada por FONADE y la oferta presentada por EL INTERVENTOR, así como también, las condiciones y especificaciones técnicas del contrato objeto de Interventoría todo lo cual hace parte integral del contrato. Las reglas de participación y adendas referidas en esta cláusula se entienden incorporadas al contrato aún cuando en este no se reproduzcan. En el evento en que se presente alguna contradicción entre, de una parte, las reglas de participación y este contrato, y de otra, la oferta presentada por EL INTERVENTOR, prevalecerá el contenido de aquellos documentos. En el evento en que la contradicción se presente entre las reglas de participación y el presente contrato, prevalecerá el contenido de aquellas. La descripción técnica detallada y completa del proyecto está contenida en el documento de estudios previos.

4.2 MODIFICACIÓN DEL CONTRATO El plazo, valor, condiciones, cambios, ajustes, aclaraciones, entre otras, establecidas en el contrato inicial, procederán a través de las modificaciones contractuales suscritas por las partes. Sin autorización escrita de FONADE, previo concepto de la Supervisión, el INTERVENTOR no podrá apartarse de las condiciones y especificaciones contractuales que le resultan exigibles en virtud del contrato. En el evento en que lo haga perderá el derecho a reclamar el reconocimiento y pago de cualquier suma que resulte de la modificación y será responsable de los daños que por esa acción le cause a FONADE y/o la ESCUELA SUPERIOR DE ADMINISTRACIÓN PUBLICA - ESAP, sin perjuicio de la obligación de ejecutar el contrato en las condiciones previstas. El contratista deberá manifestar expresamente y por escrito al momento de la suscripción de las modificaciones, adiciones, aclaraciones, prórrogas, suspensiones, otrosí, actas y demás documentos que se suscriban en la ejecución del contrato, si tales modificaciones, ajustes o correcciones generan mayor valor; en caso de que el contratista suscriba el documento sin la manifestación anterior se entenderá que cumplirá lo acordado sin que haya lugar a mayores valores o pago adicional alguno.

4.3 PLAZO EJECUCIÓN CONTRACTUAL El plazo previsto para la ejecución del contrato es el señalado en el numeral 1.5, contado a partir de la suscripción del acta de inicio.

4.4 CONDICIONES PREVIAS A LA SUSCRIPCIÓN DEL ACTA DE INICIO

a) Perfeccionamiento del contrato, el cual se da con la suscripción del contrato por las partes contratantes.

b) Registro presupuestal efectuado por FONADE. c) Aprobación de FONADE de la garantía entregada por EL INTERVENTOR La acreditación

por EL INTERVENTOR y el SUPERVISOR que todo el personal necesario para el inicio de la ejecución del contrato se encuentra afiliado a los sistemas de seguridad social en salud, pensiones y riesgos laborales, incluso los trabajadores independientes, y que los pagos de las cotizaciones respectivas se encuentran al día.

Cumplidos los anteriores requisitos, la negativa o retraso por parte de EL INTERVENTOR a la suscripción del acta de inicio dará lugar a la efectividad de las cláusulas contractuales a que haya lugar.

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4.5 CONDICIÓN RESOLUTORIA La ejecución del contrato se encuentra condicionada a la suscripción del acta de inicio correspondiente, al contrato objeto de la Interventoría. De esta circunstancia se dejará constancia en las actas de inicio que suscribirán las partes de conformidad con lo establecido en el numeral 4.4. En caso de que la condición no acaeciere dentro de los seis (6) meses siguientes a la suscripción del contrato de Interventoría se entenderá fallida y el mismo se dará por terminado anticipadamente, situación que no generará obligaciones ni pagos a favor de EL INTERVENTOR.

4.6 VALOR

El valor del contrato corresponderá a la suma por la cual sea aceptada la oferta, la cual incluye todos los gastos, costos, impuestos y tributos a que haya lugar para la celebración, legalización, ejecución y liquidación del contrato.

4.7 FORMA DE PAGO FONADE pagará mensualmente hasta completar el 90% del valor de la Interventoria Técnica, Administrativa Y De Control Presupuestal A la Ejecución de las obras, de acuerdo con el avance físico de obra registrado en las actas de corte de obra e informes aprobados por la Interventoría.

Lo anterior, de conformidad con la siguiente formulación:

VPMn= An*VC- 10% (An*VC)

VPMn = Valor a pagar en el mes n An = Avance de obra ejecutada en el mes n, expresado en porcentaje VC = Valor total del Contrato (para la interventoria a la etapa de construcción)

El último pago corresponderá al 10% del valor del contrato de Interventoría, se realizará una vez se cumplan los siguientes requisitos:

a). Aprobado por parte de la Subgerencia de Contratación de FONADE la póliza de calidad de los servicios. b) Liquidación del contrato de Obra y acta de liquidación del contrato de Interventoría.

Cada solicitud de pago deberá ir con la cuenta de cobro, informe del avance y porcentaje de obra ejecutado, informes de Interventoría, las demás obligaciones establecidas en el contrato y las requeridas por el Supervisor del Contrato. 4.7.1 Sistema de pago El sistema de pago del contrato es por PRECIO GLOBAL FIJO SIN FÓRMULA DE AJUSTE. En consecuencia, el precio previsto en el numeral 4, incluye todos los gastos, directos e indirectos, derivados de la celebración, ejecución y liquidación del contrato. Por tanto, en el valor pactado se entienden incluidos, entre otros, los gastos de administración, salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones del personal, incrementos salariales y prestacionales; desplazamientos, transporte, alojamiento y alimentación de la totalidad del equipo de trabajo del INTERVENTOR; desplazamiento, transporte y almacenamiento de materiales, herramientas y toda clase de equipos necesarios; honorarios y asesorías en actividades relacionadas con la ejecución del contrato; computadores, licencias de utilización de software; la totalidad de tributos originados por la celebración, ejecución y liquidación del contrato; las deducciones a que haya lugar; la remuneración para INTERVENTOR y, en general, todos los costos en los que deba incurrir el INTERVENTOR para el cabal cumplimiento de ejecución del contrato. FONADE no reconocerá, por consiguiente, ningún reajuste realizado por el INTERVENTOR en relación con los costos, gastos o

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actividades adicionales que aquel requería para la ejecución del contrato y que fueron previsibles al momento de la presentación de la oferta.

4.7.2 Requisitos de pago Los pagos y el desembolso de recursos relacionados con el contrato quedan sometidos, además de las condiciones anteriormente previstas, al cumplimiento de los siguientes requisitos: a. Deberán ser refrendados por el Supervisor en los formatos que FONADE suministre para el

efecto. b. La acreditación por parte de EL INTERVENTOR al Supervisor de que todo el personal

necesario para la ejecución del contrato se encuentra afiliado a los sistemas de seguridad social en salud, pensiones y riesgos profesionales, incluso los trabajadores independientes, y que los pagos de las cotizaciones respectivas se encuentran al día.

c. Se realizarán dentro de los diez (10) días calendario siguientes a las fechas de radicación de las facturas o cuentas, según sea el caso, o de la fecha en que el contratista subsane las glosas que se le formulen.

d. Deberá haberse producido el ingreso efectivo de los recursos del proyecto a la Tesorería de FONADE.

e. Toda vez que los impuestos y retenciones que surjan por la celebración, ejecución y liquidación del contrato corren por cuenta de EL INTERVENTOR, FONADE hará las retenciones del caso y cumplirá las obligaciones fiscales que ordene la ley.

f. Presentación de los informes y productos requeridos al INTERVENTOR debidamente aprobados por el Supervisor del contrato. Todos los documentos de pago deberán ser avalados por el supervisor designado por FONADE.

4.8 OBLIGACIONES DEL INTERVENTOR Sin perjuicio de las demás obligaciones que se desprendan de la Constitución Política de la República de Colombia, del Manual de la actividad precontractual, contractual y postcontractual de derecho privado de Fonade, del Estatuto Anticorrupción, de las normas que regulan el ejercicio de la ingeniería y sus profesiones afines y auxiliares, de las contenidas en las normas urbanísticas, técnicas y ambientales pertinentes, de las particulares que correspondan a la naturaleza del contrato a celebrar, y de aquellas contenidas en otros apartes de las presentes reglas de participación y de las consignadas específicamente en el contenido del contrato, y las siguientes: 4.8.1 Obligaciones relacionadas con el personal requerido para la ejecución del objeto contractual. Presentar al supervisor del contrato, con cinco (5) días de antelación al inicio de las actividades que le correspondan, los soportes correspondientes que acrediten las calidades y la experiencia general y específica del siguiente personal mínimo requerido para la ejecución del contrato. En caso de incumplimiento por parte de EL INTERVENTOR en la presentación de los soportes del personal antes indicado, en el plazo señalado, se procederá a la aplicación de las sanciones contractuales correspondientes. Los soportes para acreditar las condiciones mínimas exigidas deberán sujetarse a las siguientes condiciones: Se deberán presentar los soportes correspondientes que acrediten las calidades y la experiencia general y específica del siguiente personal mínimo requerido, para la ejecución del contrato, el cual se describe a continuación:

PERSONAL MINIMO REQUERDO PARA LA EJECUCION DEL CONTRATO

Cantidad Cargo a desempeñar

Formación Académica

EXPERIENCIA

GENERAL

Experiencia Específica % de dedicación

en la duración total del contrato

Como/En: Número

de proyectos

Requerimiento particular

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1 Director

residente de Interventoría

Arquitecto o Ingeniero civil 6 años

Director de

Interventoria a proyectos de

construcción y/o

Ampliación y/o adecuación de edificaciones

3 N.A.

100% durante la ejecución

del contrato

1 Especialista Hidráulico ó

Hidrosanitario

Ingeniero

Sanitario, o Ingeniero Civil

con estudios de

posgrado Hidráulica o Recursos

Hídricos

4 Años

Especialista en hidraulica para contratos de

interventoría en proyectos de

edificaciones o

Responsable de la elaboración de

los diseños

hidráulicos para edificaciones

3 N.A. 10%

1 Especialista

Eléctrico

Ingeniero Eléctrico ó Ingeniero

Electricista

4 Años

Especialista

eléctrico para contratos de

interventoría en

proyectos de edificaciones o

Responsable de

la elaboración de los diseños

eléctricos para

edificaciones

3 N.A. 10%

1 Profesional Costos y

Presupuesto

Ingeniero Civil o

Arquitecto con estudios en gerencia de obras o proyectos.

4 años

Profesional de costos y

presupuesto, para proyectos de construcción y/o Ampliación

y/o adecuación de edificaciones

2 N.A. 15%

1 Auxiliar de ingenieria

Estudiante de Arquitectura o

ingeniería civil

N.A.

Mínimo dos semestres cursados y aprobados

N.A. N.A. 10%

El personal anteriormente descrito, será de carácter obligatorio en el proyecto, por lo cual

los oferentes lo deberán tener en cuenta y considerar en su totalidad al momento de

elaborar su oferta económica.

a. Para los profesionales del equipo de trabajo, se deberá presentar la respectiva matrícula o tarjeta profesional. La experiencia profesional se computará a partir de la terminación y aprobación del pensum académico de educación superior.

b. Para el caso particular de los Ingenieros, la experiencia profesional sólo se computará a partir de la expedición de la Matrícula Profesional - autorización estatal del respectivo ejercicio.

c. Los postgrados se acreditarán mediante la copia de los diplomas respectivos o de las actas de grado. Igualmente, podrán ser acreditados mediante certificados en los que conste la obtención del título.

d. La experiencia general y específica se acreditarán mediante certificaciones o actas de liquidación o cualquier otro documento proveniente del contratante, el interventor o supervisor en el conste la ejecución del proyecto y que contenga como mínimo, la siguiente información:

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Nombre del contratante

Nombre del contratista

Objeto del proyecto

Valor del proyecto

Cargo desempeñado

Fechas de inicio y fecha de terminación del proyecto

1. Contar con los profesionales o técnicos que se requieran para cumplir cabalmente el contrato, además del personal mínimo exigido. En ningún caso podrá presentar equipo de trabajo que se encuentre comprometido hasta el 100% de tiempo de dedicación en contratos en ejecución con FONADE.

2. Garantizar que todos los profesionales a quienes se les asignen labores en desarrollo del contrato cuenten con matrícula o tarjeta profesional vigente.

3. Garantizar que el personal mínimo requerido será el utilizado para la ejecución del contrato. Si con posterioridad a la suscripción del contrato, el INTERVENTOR vincula un reemplazo de cualquiera de ellos por uno de menores calidades, o de menor experiencia general o específica a las soportadas en el proceso de selección que, sin embargo, cumpla con las exigencias mínimas establecidas en las reglas de participación, se impondrá un descuento a cargo del INTERVENTOR y a favor de FONADE, correspondiente al 0.1% del valor del contrato por cada día de permanencia del personal que no reúne las condiciones ofrecidas en la propuesta. En caso de presentarse la ausencia injustificada, durante la ejecución del contrato, de uno o algunas de las personas que conforman el equipo de trabajo principal, por cada día, procederá la aplicación de las multas previstas.

4. Suministrar y mantener, durante la ejecución del contrato y hasta la liquidación del mismo, el personal profesional ofrecido, exigido y necesario. En caso de que el INTERVENTOR requiera cambiar alguno de los profesionales y demás personal ofrecido y/o presentado, este deberá tener un perfil igual o superior al exigido en las reglas de participación, sin perjuicio de la regulación específica que sobre este aspecto se establece para el equipo de trabajo principal. En todo caso, el supervisor deberá aprobar, previamente, el reemplazo.

5. Dedicar el personal mínimo requerido en el sitio de obra y contar con la disponibilidad de trabajo de acuerdo con el cronograma de ejecución del proyecto y las necesidades del mismo. Igualmente se deberá tener disponibilidad de personal para atender emergencias, para esta actividad se informará al supervisor sobre el personal disponible, junto con los teléfonos y direcciones donde se puedan ubicar.

6. Asumir, por su cuenta y riesgo, el pago de los salarios, prestaciones sociales, indemnizaciones y honorarios de todo el personal que ocupe en la ejecución la Interventoría, quedando claro que no existe ningún tipo de vínculo laboral de tal personal con FONADE, ni responsabilidad en los riesgos que se deriven de esa contratación.

7. Responder por cualquier tipo de reclamación, judicial o extrajudicial, que instaure, impulse o en la que coadyuve su personal o sus subcontratistas contra FONADE, por causa o con ocasión del contrato.

8. Las obligaciones relacionadas con el personal requerido para la ejecución del objeto contractual será objeto de especial verificación por el supervisor del contrato y su incumplimiento, incluida la ausencia injustificada de una o varias de las personas que hacen parte del equipo de trabajo, acareará la imposición de las sanciones contractuales correspondientes.

4.8.2 Obligaciones previas a la suscripción del acta de inicio Dentro de los cinco (5) días siguientes a la suscripción del contrato, LA INTERVENTORIA deberá presentar, para aprobación del supervisor del contrato:

4.8.2.1 Organización de los trabajos a. El organigrama general del proyecto debe contener:

a. Frente de trabajo mínimo requerido. b. Las líneas de mando y coordinación. c. Los niveles de decisión.

El número de los profesionales y demás recurso humano ofrecido en la oferta y

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requerido para la ejecución de los trabajos.

Las funciones del personal que interactuará con FONADE y el INTERVENTOR durante la ejecución del contrato.

Descripción breve de las políticas de manejo de personal relacionadas con seguros de trabajo, seguridad social y seguridad industrial.

Al organigrama general deberá anexarse un documento en el que EL INTERVENTORIA manifieste, de manera expresa, que cuenta con la coordinación de una oficina central que, entre otros aspectos, le presta soporte de orden técnico, legal, administrativo, financiero y contable. b. Metodología para la ejecución de las actividades objeto del contrato.

Corresponde a un documento en el que se realice una descripción detallada de la metodología a seguir para la ejecución de la Interventoría, frentes de trabajo y actividades del proyecto.

La metodología para la ejecución de la Interventoría deberá ser presentada y ejecutada bajo el enfoque de Gerencia de Proyectos considerando los aspectos organizacionales, equipos, relación contractual, comunicaciones e interrelación con el INTERVENTOR, FONADE y su propio equipo, procesos, procedimientos, y controles técnicos y administrativos.

Este documento debe incluir la estructura de acuerdo al organigrama propuesto, el método con el cual desarrollará los trabajos, así como el plan de manejo de seguridad industrial y salud ocupacional. En el documento es necesario precisar:

Características sobresalientes de la metodología ofertada para desarrollar cada una de las actividades indicadas en el programa detallado de Interventoría.

Organización y control, exponiendo la forma como organizará todas las actividades para cumplir con el contrato. Se debe tratar sobre los alistamientos, establecimiento en terreno, frentes de trabajo, cuadrillas o grupos de trabajo, sistemas de comunicación, documentación técnica, cantidad y calidad del personal y los equipos a utilizar, transportes, localización de oficinas y campamentos y, en general, todo lo concerniente con la administración del contrato.

Mecanismos para analizar, evaluar e implementar los rendimientos propuestos para ejecutar la Interventoría en el plazo contractual, los registros e informes de la interventoría.

EL INTERVENTOR deberá utilizar un software ágil y compatible con el actual software para el seguimiento y control de la ejecución del proyecto, el cual deberá permitir el uso compartido con FONADE.

4.8.3 Obligaciones de carácter particular Corresponderá al INTERVENTOR controlar, exigir, y verificar la construcción del proyecto objeto de Interventoría velando por los intereses de FONADE, atendiendo criterios de menor costo, menor tiempo y mayor calidad. Para el manejo técnico, administrativo y de control presupuestal de los contratos de INTERVENTORIA aplicará la organización, procedimientos y metodología de FONADE referentes al manejo, trámite y cumplimiento de las actividades durante la ejecución y terminación de los contratos, de acuerdo con el manual de Interventoría. El INTERVENTOR constatará su legalización, verificará su amparo presupuestal, conocerá y accederá a los documentos inherentes a su realización y verificará la aprobación de las garantías que correspondan. Adicional a las obligaciones contenidas en el anexo 01, se deberán tener en cuenta las siguientes:

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4.8.3.1. Responder, en los términos previstos en la legislación tanto por el cumplimiento de las

obligaciones derivadas del contrato de INTERVENTORIA, como por los hechos u omisiones que les sean imputables y causen daño o perjuicio a ESCUELA SUPERIOR DE ADMINISTRACIÓN PUBLICA – ESAP derivados de la celebración y ejecución del contrato respecto del cual haya ejercido o ejerza las funciones de INTERVENTORIA.

4.8.3.2. Adelantar el seguimiento al ejercicio del cumplimiento obligacional por FONADE sobre las obligaciones a cargo del contratista.

4.8.3.3. Solicitar informes, aclaraciones y explicaciones sobre el desarrollo de la ejecución contractual.

4.8.3.4. EL INTERVENTOR, su cónyuge, compañero o compañera permanente, pariente hasta el segundo grado de consanguinidad, segundo de afinidad y/o primero civil o sus socios en sociedades distintas de las anónimas abiertas, deberá abstenerse de celebrar contratos de obra pública, de concesión, suministro de medicamentos y de alimentos con FONADE, durante el plazo de ejecución y hasta la liquidación del presente contrato.

4.8.3.5. EL INTERVENTOR deberá garantizar que el contratista de obra desarrolle y cumpla con las fases y actividades definidas en el alcance durante el desarrollo del contrato.

4.8.3.6. Verificar el alcance del componente de obra del contrato, revisar, verificar, validar y aprobar todos los estudios y diseños realizados por el contratista.

4.8.3.7. Verificar que sean adoptadas por el contratista de obra las medidas ambientales, sanitarias, forestales, ecológicas e industriales necesarias para no poner en peligro a las personas, a las cosas o al medio ambiente, y garantizar que así lo hagan, igualmente, sus subcontratistas y proveedores.

4.8.3.8. Mantener informado a FONADE de los hechos o circunstancias que puedan constituir actos de corrupción tipificados como conductas punibles, o que puedan poner o pongan en riesgo el cumplimiento del contrato. En el evento de que EL INTERVENTOR no informe oportunamente de un posible incumplimiento del contrato objeto de Interventoría, parcial o total, de alguna de las obligaciones a cargo del contratista de obra, será solidariamente responsable con éste de los perjuicios que se ocasionen con el incumplimiento por los daños que le sean imputables al interventor.

4.8.3.9. Acreditar, en las oportunidades que así se requiera, de conformidad con lo establecido en el inciso segundo del artículo 41 de Ley 80 de 1993 –adicionado mediante el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007–, que se encuentra al día en el pago de aportes parafiscales relativos al Sistema de Seguridad Social Integral, así como los propios del Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar – ICBF y las cajas de compensación familiar, cuando corresponda.

4.8.3.10. Indemnizar y/o asumir todo daño que se cause a terceros, a bienes propios o de terceros, o al personal contratado para la ejecución del contrato, por causa o con ocasión del desarrollo del mismo.

4.8.3.11. Responder por el pago de los tributos que se causen o llegaren a causarse por la celebración, ejecución y terminación del contrato.

4.8.3.12. Dar cumplimiento en un todo al Plan y cargas de trabajo, entregadas por FONADE junto con las reglas de participación. En caso de realizar ajuste a los mismos, deberá presentar la justificación que soporta dicha solicitud y la respectiva propuesta, siempre y cuando esta no sea de inferior calidad, requerimientos y obligaciones.

4.8.4 Obligaciones específicas de la Interventoría para el proyecto a. Las obligaciones relacionadas con el personal requerido para la ejecución del objeto

contractual será objeto de especial verificación por el supervisor del contrato y su incumplimiento, incluida la ausencia injustificada de una o varias de las personas que hacen parte del equipo de trabajo, acareará la imposición de las sanciones contractuales correspondientes.

b. Elaborar un cronograma que contendrá las actividades a desarrollar durante la ejecución del contrato de Interventoría.

c. El interventor deberá consolidar el seguimiento de ejecución de cada etapa que comprende el proyecto.

d. Realizar reuniones con el Ejecutor tanto al inicio del contrato como durante su ejecución, con una periodicidad de una (1) semana, que permita a las partes verificar como se está

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adelantando el contrato y levantar actas que reflejen claramente la situación de los contratos.

e. Realizar el proceso necesario, invirtiendo los recursos que se requieran, para la liquidación del contrato de obra, surtiendo y documentando ampliamente inicialmente el proceso de liquidación bilateral y de no llegarse a un acuerdo entre las partes proceder con el proceso de liquidación unilateral, garantizando resultados en los plazos establecidos.

f. Alimentar y reportar periódicamente los avances de obra en el sistema de seguimiento y control de proyectos de FONADE, denominado COBRA.

El interventor deberá cumplir con las obligaciones descritas anteriormente y con las contenidas en el Manual de Interventoría de FONADE.

4.8.5 Obligaciones de carácter técnico

LICENCIAS Y PERMISOS APLICABLES

El interventor deberá tener en cuenta que dentro de sus obligaciones se encuentra incluida la verificación de los requerimientos exigidos en cada una de las licencias o permisos dados por las entidades competentes para el desarrollo del contrato a supervisar.

4.8.6 Obligaciones de carácter administrativo Sin perjuicio de aquellas otras obligaciones establecidas en el manual de Interventoría de FONADE y en las presentes reglas de participación, serán obligaciones de carácter administrativo a cargo del INTERVENTOR, las siguientes: 4.8.6.1 Consultar con la subgerencia de contratación de FONADE las inquietudes de orden legal

que se presenten en relación con la ejecución del contrato. 4.8.6.2 Elaborar y suscribir el acta de inicio de ejecución del contrato de Interventoría, previo el

cumplimiento de los requisitos necesarios para ello. 4.8.6.3 Asistir a todas las reuniones que se celebren en el sitio de ejecución de las actividades o

en las instalaciones de FONADE relacionadas con los trabajos objeto de la Interventoría y elaborar y suscribir las actas correspondientes, garantizando que las mismas sean suscritas por todas las personas que hayan intervenido.

4.8.6.4 Elaborar y entregar los documentos en los plazos establecidos de acuerdo al numeral 2.1 de las presentes reglas de participación; adicionalmente presentar los informes que le sean requeridos por FONADE para mantener actualizada la información sobre el desarrollo del contrato.

Responder, en los términos previstos en la legislación colombiana por el cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato de Interventoría

4.9 OBLIGACIONES DE FONADE Son obligaciones de FONADE las siguientes:

1. Pagar el valor del contrato en la forma y bajo las condiciones previstas.

2. Ejercer la supervisión general del contrato.

3. Formular las sugerencias por escrito sobre los asuntos que estime convenientes en el desarrollo del contrato, sin perjuicio de la autonomía propia del contratista de Interventoría.

4.10 SUPERVISIÓN La supervisión del contrato será ejecutada por la Gerencia del convenio o la persona que designe FONADE, quien de manera permanente realizará el seguimiento técnico, administrativo, financiero, contable y jurídico del contrato verificando además la correcta ejecución del objeto contratado. En particular el supervisor ejercerá las siguientes funciones:

a) Aprobar la solicitud de desembolso que el CONTRATISTA le presente, previo cumplimiento de los requisitos establecidos en el presente contrato.

b) Verificar que el contratista se encuentre al día con los pagos a seguridad social y parafiscal.

c) Certificar la correcta ejecución del contrato y los resultados esperados.

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d) Informar oportunamente a FONADE sobre el desarrollo del contrato o bien sobre su cumplimiento.

e) Las demás que fueren necesarias para vigilar el cabal cumplimiento del objeto contractual.

PARÁGRAFO: El supervisor del contrato está facultado a solicitar informes, aclaraciones y explicaciones sobre el desarrollo de la ejecución contractual y será responsable por mantener informado a FONADE de los hechos o circunstancias que puedan constituir actos de corrupción tipificados como conductas punibles o que puedan poner o pongan en riesgo el cumplimiento del contrato, o cuando tal incumplimiento se presente.

En ningún caso el supervisor goza de la facultad de modificar el contenido y alcance del contrato suscrito entre EL CONTRATISTA y FONADE, ni de eximir, a ninguno de ellos, de sus obligaciones y responsabilidades.

4.11 CLÁUSULA PENAL DE APREMIO En caso de mora o retrasos por parte de EL INTERVENTOR en la ejecución de sus obligaciones contractuales o deficiencia o inconsistencia en la ejecución de las mismas, FONADE podrá hacer efectiva a EL INTERVENTOR por cada semana de retraso, la clausula penal de apremio, por un valor equivalente al 2.0% del valor total del contrato, sin exceder el 10% de su valor total. Para efectos de la aplicación de la cláusula penal de apremio, la Supervisión verificará semanalmente el cumplimiento del Cronograma de Trabajo y obligaciones a cargo de EL INTERVENTOR, de acuerdo con lo señalado en las reglas de participación, especificaciones técnicas, oferta presentada por EL INTERVENTOR y cláusulas del contrato.

Para efectos de que EL INTERVENTOR cancele los valores por concepto de cláusula penal de apremio no se requiere que FONADE lo constituya en mora, el simple retardo imputable a EL INTERVENTOR dará origen al pago o compensación de las sumas previstas en este numeral.

EL INTERVENTOR autoriza que FONADE descuente y compense de las sumas a su favor los valores correspondientes a la cláusula penal de apremio. De no existir tales saldos a favor de EL INTERVENTOR o de no resultar éstos suficientes para cubrir la totalidad del valor de la cláusula penal de apremio, FONADE podrá obtener el pago total o parcial de la cláusula penal mediante el ejercicio de las acciones legales a que haya lugar. 4.12 CLÁUSULA PENAL PECUNIARIA En caso de incumplimiento parcial o definitivo en la ejecución oportuna del contrato o de las obligaciones a cargo de EL INTERVENTOR después de terminado el plazo de ejecución, FONADE podrá hacer efectiva la cláusula penal pecuniaria, a título de pena, por un monto equivalente hasta por el TREINTA por ciento (30%) del valor total del contrato. El pago del valor acá señalado a título de cláusula penal pecuniaria se considera como indemnización parcial y no definitiva de los perjuicios causados por el incumplimiento del contratista, razón por la cual, FONADE tendrá derecho a obtener de EL INTERVENTOR el pago de la indemnización correspondiente a los demás perjuicios que con dicho incumplimiento se le hayan irrogado. EL INTERVENTOR autoriza a FONADE a descontar y compensar de los saldos presentes o futuros a su favor, los valores correspondientes a la pena pecuniaria aquí estipulada. De no existir tales deudas o de no resultar suficientes para cubrir la totalidad de su valor, FONADE podrá obtener el pago de la pena pecuniaria mediante el ejercicio de las acciones legales a que haya lugar. El valor de la pena pecuniaria pactada se calculará sobre el valor total del contrato, incluidas las modificaciones al valor del mismo.

4.13 PROCEDIMIENTO PARA EXIGIR EL PAGO DE LA CLÁUSULA PENAL PECUNIARIA Y/O DE LA CLAUSULA PENAL DE APREMIO:

a) Evidenciado un posible incumplimiento de las obligaciones a cargo de EL INTERVENTOR, FONADE lo citará a audiencia para debatir lo ocurrido. En la citación, se hará mención expresa y detallada de los hechos que la soportan, acompañando el informe de la supervisión en el que se sustente la actuación y enunciará las normas o cláusulas posiblemente violadas y las

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consecuencias que podrían derivarse para EL INTERVENTOR en desarrollo de la actuación. En la misma se establecerá el lugar, fecha y hora para la realización de la audiencia, la que podrá tener lugar a la mayor brevedad posible, atendida la naturaleza del contrato y la periodicidad establecida para el cumplimiento de las obligaciones contractuales. b) En desarrollo de la audiencia, el Subgerente de Contratación o su designado, presentará las circunstancias de hecho que motivan la actuación, enunciará las posibles normas o cláusulas posiblemente violadas y las consecuencias que podrían derivarse para EL INTERVENTOR en desarrollo de la actuación. Acto seguido se concederá el uso de la palabra al representante legal de EL INTERVENTOR o a quien lo represente, para que presenten sus descargos, en desarrollo de lo cual podrá rendir las explicaciones del caso, aportar pruebas y controvertir las presentadas por la entidad. c) Hecho lo precedente, mediante comunicación motivada en la que se consigne lo ocurrido en desarrollo de la audiencia, FONADE procederá a decidir sobre la imposición o no de la clausula penal de apremio y/o pecuniaria. Contra la decisión así proferida EL INTERVENTOR podrá presentar descargos dentro de los tres (3) días siguientes a su envío. La decisión sobre los descargos será comunicada por FONADE por escrito. d) En cualquier momento del desarrollo de la audiencia, El Subgerente de Contratación o su designado, podrá suspender la audiencia cuando de oficio o a petición de parte, ello resulte en su criterio necesario para allegar o practicar pruebas que estime conducentes y pertinentes, o cuando por cualquier otra razón debidamente sustentada, ello resulte necesario para el correcto desarrollo de la actuación administrativa. En todo caso, al adoptar la decisión, se señalará fecha y hora para reanudar la audiencia. FONADE podrá dar por terminado el procedimiento en cualquier momento, si por algún medio tiene conocimiento de la cesación de situación de incumplimiento.

4.14 COMPENSACIONES Para efectos de valores a favor de FONADE, referentes a cláusula penal de apremio, y cláusula penal pecuniaria procederá la compensación.

4.15 GARANTÍAS El INTERVENTOR deberá constituir a favor de FONADE una garantía que podrá consistir en una póliza de seguro expedida por una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, en formato para entidades particulares, que otorgue los siguientes amparos:

TIPIFICACIÓN DEL RIESGO

ESTIMACIÓN DEL RIESGO

VIGENCIA RESPONSABLE

Cumplimiento 30% del valor del

contrato

Vigente por el plazo de ejecución del contrato y ocho (8) meses

mas

Contratista

De Salarios, prestaciones sociales e

indemnizaciones laborales

5% del valor del contrato

Vigente por el plazo de ejecución del contrato y tres (3) años más.

Calidad del Servicio 30% del valor del

contrato

Vigente por tres (3) años contados a partir de la

suscripción del acta de recibo final.

4.15.1Término para su entrega

El INTERVENTOR entregará a FONADE, a más tardar dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la suscripción del contrato, las garantías a las que se refiere el presente numeral, junto con el recibo que acredite el pago de la misma, con excepción de la de calidad de los servicios, la cual se otorgará por EL INTERVENTOR a más tardar dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de recibo del informe final, previo recibo a satisfacción de la totalidad de la obra objeto de la INTERVENTORIA. Las garantías deben contener la manifestación por parte del asegurador que las mismas se encuentran cubiertas por un reasegurador inscrito en la Superintendencia Financiera de Colombia. FONADE se reserva el derecho de solicitar la certificación por parte del reasegurador que contenga dicha manifestación. En caso de que EL INTERVENTOR no entregue dentro del plazo antes señalado las respectivas garantías, la Entidad

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podrá hacer efectivas las sanciones contractuales a que haya lugar, dando aplicación al procedimiento determinado en el contrato para exiguir las mismas.

4.15.2 Requisitos generales

En las póliza deben figurar como afianzadas cada una de las personas que integran la parte contratista. Los amparos de prestaciones sociales e indemnizaciones laborales y calidad del servicio deben ser constituidos, en su oportunidad, a favor de FONADE La aprobación por parte de la Sugerencia de Contratación de FONADE de dichas pólizas es condición previa para realizar el último pago del contrato. El hecho de la constitución de las garantías previstas en la presente cláusula no exonera a EL INTERVENTOR de las responsabilidades contractuales y legales en relación con los riesgos asegurados.

4.15.3 Suficiencia de las garantías

EL INTERVENTOR debe mantener en todo momento de vigencia del contrato la suficiencia de las garantías otorgadas. En consecuencia, en el evento en que el plazo de ejecución del contrato y/o su valor se amplíe o aumente, respectivamente, EL INTERVENTOR deberá proceder a ampliar la vigencia de las garantías y/o el valor amparado de las mismas, según sea el caso, como condición previa y necesaria para el pago de las facturas pendientes de pago. De igual modo, EL INTERVENTOR deberá reponer las garantías cuando su valor se afecte por razón de los siniestros amparados. En el caso de los amparos cuya vigencia debe prolongarse con posterioridad al vencimiento del plazo de ejecución del contrato y/o de recibo a satisfacción de las obras objeto del mismo, el valor amparado también debe reponerse cuando el mismo se afecte por la ocurrencia de los riesgos asegurados con posterioridad a tales fechas. El pago de todas las primas y demás erogaciones de constitución, mantenimiento y restablecimiento inmediato de su monto, será de cargo exclusivo de EL INTERVENTOR.

4.16 CESIÓN DEL CONTRATO El presente contrato se celebra en consideración a las calidades de EL INTERVENTOR; en consecuencia, no podrá cederlo en todo ni en parte, a ningún título, sin el consentimiento expreso, previo y escrito de FONADE. Dicha cesión, de producirse, requerirá, para su eficacia, de la suscripción de un documento por parte del cedente, el cesionario y la aprobación expresa de FONADE, de acuerdo con el procedimiento interno de FONADE para tal efecto.

4.17 CESIÓN DE LOS DERECHOS ECONÓMICOS DEL CONTRATO Los derechos económicos del contrato, no podrán cederse en todo ni en parte, a ningún título, sin el consentimiento expreso, previo y escrito de FONADE. Dicha cesión, de producirse, requerirá, para su eficacia, de la suscripción de un documento por parte del cedente, el cesionario y la aprobación expresa de FONADE, de acuerdo con el procedimiento interno de FONADE para tal efecto.

4.18 SUBCONTRATOS En el evento en que EL INTERVENTOR subcontrate parcialmente la ejecución del contrato, podrá hacerlo con personas naturales o jurídicas que tengan la idoneidad y capacidad para desarrollar la actividad subcontratada. No obstante lo anterior, EL INTERVENTOR continuará siendo el único responsable ante FONADE por el cumplimiento de las obligaciones del contrato. En consecuencia no hay lugar a solidaridad entre FONADE y EL INTERVENTOR y/o terceros

4.19 CONOCIMIENTO DEL INTERVENTOR SOBRE LAS CONDICIONES PARA LA

EJECUCIÓN DEL CONTRATO Se entiende por las partes que EL INTERVENTOR ha hecho sus propias averiguaciones, estudios y proyecciones, y ha analizado las condiciones técnicas, sociales, de orden público, climatológicas, ambientales y las demás circunstancias relevantes bajo las cuales se adelantará la ejecución de la INTERVENTORIA. En consecuencia, se considera conocedor de todos los elementos necesarios

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para tomar la decisión de asumir totalmente, a su riesgo, las obligaciones derivadas del contrato, tal como efectivamente lo hace con la presentación de la oferta y, posteriormente, de resultar adjudicatario, con la suscripción del mismo.

4.20 OMISIONES Cualquier omisión, error o vicio en los documentos e información técnica de la Oferta, que al momento del estudio para la presentación de la misma debió advertir EL INTERVENTOR, o que advirtiéndolo no lo informó oportunamente a FONADE antes de la presentación de la Oferta, será de su responsabilidad exclusiva y, en tal virtud, los mayores costos, atrasos en el cronograma de ejecución, defectos o vicios de la ejecución serán asumidos íntegramente con su patrimonio y, por tanto, FONADE no realizará ningún reconocimiento por estos conceptos.

4.21 INDEMNIDAD EL INTERVENTOR mantendrá indemne y defenderá a su propio costo a FONADE de cualquier pleito, queja o demanda y responsabilidad de cualquier naturaleza, incluyendo obligaciones de carácter tributario, costos y gastos provenientes de actos y omisiones del INTERVENTOR en el desarrollo de este contrato. EL INTERVENTOR se obliga a evitar que sus empleados y/o los familiares de los mismos, sus acreedores, sus proveedores y/o terceros, presenten reclamaciones (judiciales o extrajudiciales) contra FONADE, con ocasión o por razón de acciones u omisiones suyas, relacionadas con la celebración, ejecución y terminación del presente contrato. Si ello no fuere posible y se presentaren reclamaciones o demandas contra FONADE, esta entidad podrá comunicar la situación por escrito a EL INTERVENTOR. En cualquiera de dichas situaciones, EL INTERVENTOR se obliga a acudir en defensa de los intereses de FONADE, para lo cual contratará profesionales idóneos que representen a la entidad y asumirá el costo de los honorarios de éstos, del proceso y de la condena, si la hubiere. Si FONADE estima que sus intereses no están siendo adecuadamente defendidos, lo manifestará por escrito a EL INTERVENTOR, caso en el cual acordará la mejor estrategia de defensa o, si FONADE lo estima necesario, asumirá directamente la misma. En este último caso, FONADE cobrará y descontará de los saldos a favor del INTERVENTOR todos los costos que implique esa defensa, más un diez por ciento (10%) del valor de los mismos, por concepto de gastos de administración. Si no hubiere saldos pendientes de pago a favor de EL INTERVENTOR, FONADE podrá proceder, para el cobro de los valores a que se refiere este numeral, por la vía ejecutiva, para lo cual este contrato, junto con los documentos en los que se consignen dichos valores, prestará mérito ejecutivo.

4.22 SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS Las partes podrán buscar solucionar en forma ágil y directa las diferencias y discrepancias surgidas de la actividad contractual, mediante la conciliación, transacción o los mecanismos que las partes acuerden, según los procedimientos establecidos por la ley.

4.23 PERFECCIONAMIENTO El contrato se perfecciona con la suscripción del mismo por las partes REQUISITOS DE EJECUCIÓN Perfeccionado el contrato, para su ejecución se requiere de la suscripción del acta de inicio de acuerdo con lo establecido en el plazo y condiciones del acta de inicio, previa verificación de:

1. Aprobación por parte de FONADE de las garantías entregadas por el INTERVENTOR. 2. Expedición del registro presupuestal efectuado por FONADE.

3. Suscripción del acta de inicio del contrato de INTERVENTORIA.

Para el cumplimiento del requisito referente a la entrega de las garantías, EL INTERVENTOR dispone de tres (03) días hábiles, contados a partir de la suscripción del contrato.

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4.24 TERMINACIÓN ANTICIPADA. Con la suscripción del contrato el INTERVENTOR autoriza expresamente a FONADE para terminar anticipadamente el mismo mediante oficio escrito que se comunicará al CONTRATISTA, en los siguientes eventos: a) Cuando las exigencias del servicio público lo requieran o la situación de orden público lo imponga; b) Por disolución de la persona jurídica del CONTRATISTA, o de una de las personas jurídicas que integran el respectivo consorcio o unión temporal; así como por la modificación de los miembros de éstos últimos, sin autorización de FONADE. c) Por cesación de pagos, concurso de acreedores o embargos judiciales del CONTRATISTA, que puedan afectar de manera grave el cumplimiento del contrato; d) Cuando el CONTRATISTA, sin aducir causa que lo justifique, se abstenga de entregar a FONADE los documentos requeridos para el cumplimiento de los requisitos legales de ejecución del contrato, dentro del plazo establecido para ello; e) Cuando el CONTRATISTA, con posterioridad a la suscripción del acta de inicio, no diere principio a la ejecución del contrato, sin perjuicio de las sanciones contractuales a las que haya lugar; f) Cuando del incumplimiento de las obligaciones del CONTRATISTA se deriven consecuencias que hagan imposible o dificulten gravemente la ejecución del contrato, sin perjuicio de las sanciones contractuales a las que haya lugar; g) Si suspendidas todas o algunas de las obligaciones emanadas del presente contrato, el CONTRATISTA no reanudase la ejecución de las mismas dentro del plazo acordado entre las Partes una vez terminadas las causas que obligaron a la suspensión, sin perjuicio de las sanciones contractuales a las que haya lugar; h) Cuando el CONTRATISTA abandone o suspenda los trabajos total o parcialmente, sin acuerdo o autorización previa y escrita de FONADE, sin perjuicio de las sanciones contractuales a las que haya lugar; i) Cuando el CONTRATISTA ceda el contrato sin previa autorización expresa y escrita de FONADE sin perjuicio de las sanciones contractuales a las que haya lugar; j) Cuando el CONTRATISTA incurra en las conductas prohibidas en el Capítulo 2 del Título II de la Ley 418 de 1997, prorrogada por las leyes 548 de 1999 y 782 de 2002, y el artículo 25 de la Ley 40 de 1993 (pago de sumas de dinero a extorsionistas u ocultar o colaborar, por parte de algún directivo o delegado del CONTRATISTA en el pago por la liberación de una persona secuestrada que sea funcionaria o empleada del CONTRATISTA o de alguna de sus filiales); k) Cuando se presente un retraso en el cumplimiento del programa de ejecución superior a 3 semanas.; l) Por mutuo acuerdo; m) Por orden legal judicial; n) Por las demás causas dispuestas en la ley. PARAGRAFO: Las partes acuerdan que el contrato se dará por terminado anticipadamente a partir de la fecha que señale la comunicación que se remita al CONTRATISTA por parte de FONADE; sin perjuicio de lo anterior, las partes suscribirán un acta de liquidación en la cual se dejará constancia de los hechos o circunstancias que motivaron la misma. Igualmente el CONTRATISTA tendrá derecho, previas las deducciones a que hubiere lugar de conformidad con el clausulado de este contrato, a que se le pague la parte de los trabajos recibidos a satisfacción por FONADE hasta la fecha de la terminación anticipada. Posteriormente el CONTRATISTA no podrá solicitar valores diferentes a los que resulten de lo allí consignado, razón por la cual renuncia a realizar cualquier reclamación o demanda por conceptos o valores distintos a los previstos en dicha acta.

4.25 ACTAS DE LIBERACIÓN DE SALDOS De conformidad con el Manual de la Actividad Precontractual, Contractual y Postcontractual de Derecho Privado de FONADE, debe formalizarse la terminación y cierre de la ejecución del contrato con la suscripción por parte del Gerente de Unidad, del Gerente de Convenio y/o supervisor del contrato, de una Acta de Cierre en la cual se consigne el cumplimiento del objeto contractual y de las condiciones contractuales. En caso de que se verifique el incumplimiento del contratista o la existencia de obligaciones pendientes derivadas del objeto contractual, deberá adelantarse el procedimiento de cierre y liquidación de los contratos derivados y de funcionamiento establecido en la Entidad, en el que se deje constancia de tales circunstancias y se consagren de manera clara, expresa y exigible las obligaciones y/o actividades pendientes a cargo del contratista.

4.26 PREVENCIÓN DE LAVADO DE ACTIVOS Y FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO EL INTERVENTOR manifiesta bajo la gravedad de juramento, que se entiende prestado con la suscripción del presente contrato, que los recursos que componen su patrimonio no provienen de

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lavado de activos, financiación del terrorismo, narcotráfico, captación ilegal de dineros y en general de cualquier actividad ilícita; de igual manera manifiesta que los recursos recibidos en desarrollo de éste contrato, no serán destinados a ninguna de las actividades antes descritas. Para efectos de lo anterior, EL INTERVENTOR autoriza expresamente a FONADE, para que consulte los listados, sistemas de información y bases de datos a los que haya lugar y, de encontrar algún reporte, FONADE procederá a adelantar las acciones contractuales y/o legales que correspondan. EL INTERVENTOR se obliga a realizar todas las actividades encaminadas a asegurar que todos sus socios, administradores, clientes, proveedores, empleados, etc., y los recursos de estos, no se encuentren relacionados o provengan, de actividades ilícitas, particularmente, de las anteriormente enunciadas”.

4.27 CONFIDENCIALIDAD E INFORMACIÓN PRIVILEGIADA EL INTERVENTOR adquiere las obligaciones que se describen a continuación, en relación con la información confidencial y/o privilegiada a la que tenga acceso en el desarrollo del presente contrato: a). Abstenerse en cualquier tiempo de divulgar, parcial o totalmente la Información Confidencial y/o privilegiada a cualquier persona natural o jurídica, entidades gubernamentales o privadas, excepto en los casos que se precisan a continuación: (i). Cuando la información sea solicitada por FONADE. (ii). En cumplimiento de una decisión judicial en firme, orden, requerimiento o una solicitud oficial expedida bien sea por un tribunal competente, una autoridad u órgano judicial o legislativo con competencia para ello, para lo cual deberá observarse el procedimiento establecido por FONADE para dar respuesta a tales decisiones, requerimientos o solicitudes, así como las competencias y delegaciones establecidas para la suscripción de las mismas. (iii). Cuando cualquier autoridad judicial, gubernamental o regulatoria la haya requerido legalmente, siempre y cuando la información confidencial y/o privilegiada se entregue a la mencionada autoridad cumpliendo con los mecanismos de cuidado, protección y manejo responsable de la información estipulados en esta cláusula, previa notificación a FONADE, con el fin de que puedan tomar las acciones administrativas y judiciales pertinentes y se observe el procedimiento establecido por FONADE para dar respuesta a tales requerimientos, así como las competencias y delegaciones establecidas para la suscripción de los mismos. b). Abstenerse en cualquier tiempo de utilizar, explotar, emplear, publicar o divulgar la Información Confidencial y/o privilegiada en una forma diferente a la autorizada en esta cláusula. c). Tomar todas las medidas necesarias para que la Información Confidencial y/o privilegiada que le sea suministrada en medio físico o electrónico, se transporte, manipule y mantenga en un lugar seguro y de acceso restringido. d). Instruir a todas aquellas personas que tengan acceso a la Información Confidencial y/o privilegiada sobre la forma de manipulación, utilización, manejo de medidas de seguridad y demás, para que la información subsista bien manejada y protegida. e) El uso de la Información Confidencial y/o privilegiada no otorga derecho ni constituye licencia a EL INTERVENTOR, para utilizarla sin observar los principios de la ética profesional, comercial y la competencia leal, ni otorgando, favoreciendo ni beneficiando a cualquier otra persona natural o jurídica. Para ello EL INTERVENTOR acuerda expresamente emplear todos los medios a su alcance para impedir esa utilización irregular de la Información Confidencial y/o privilegiada. PARÁGRAFO PRIMERO: Para todos los efectos, el término “información confidencial y/o privilegiada”, corresponde a la información que entrega FONADE para el desarrollo de las actividades propias del contrato, que debe ser cuidada, protegida y tratada de manera responsable por EL INTERVENTOR. PARÁGRAFO SEGUNDO: El incumplimiento de las obligaciones derivadas de la presente cláusula generará un incumplimiento del contrato. PARÁGRAFO TERCERO: FONADE adelantará las acciones judiciales pertinentes contra EL INTERVENTOR en el evento que éste, en cualquier tiempo, vulnere el compromiso adquirido en virtud de la presente cláusula.

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FORMATO 01 CARTA DE PRESENTACIÓN Señores: FONDO FINANCIERO DE PROYECTOS DE DESARROLLO - FONADE. Calle 26 No. 13-19 Bogotá D.C. El suscrito __________________________________ de conformidad con lo requerido en las Reglas de Participación de la CONTRATACIÓN MÍNIMA CUANTÍA MCC 047-2013, cuyo objeto es contratar la INTERVENTORIA TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y DE CONTROL PRESUPUESTAL A LAS ADECUACIONES Y/O REPARACIONES LOCATIVAS DE LA SEDE DE LA ESAP EN LA CIUDAD DE CALI VALLE DEL CAUCA. Presento oferta y solicito ser evaluado para la celebración del contrato objeto del presente proceso. En caso de resultar aceptada la oferta presentada me(nos) comprometo(emos) a suscribir el contrato correspondiente, a cumplir con las obligaciones derivadas de él, de la oferta que presento y de las reglas de Participación. Declaro(amos) así mismo: 1. Que ninguna otra persona o entidad, diferentes de las nombradas aquí, tiene participación en esta oferta o en el contrato que será el resultado de este proceso y que, por lo tanto, solamente los firmantes están vinculados a dicha oferta. 2. Que hemos estudiado las Reglas de Participación y demás documentos, así como las condiciones e informaciones necesarias para la presentación de la oferta, y aceptamos todos los requerimientos establecidos en dichos documentos. Así mismo, manifestamos que FONADE facilitó de manera adecuada y de acuerdo con nuestras necesidades la totalidad de la información técnica requerida para la elaboración de la oferta, garantizando siempre la reserva de la misma. 3. Que nuestra oferta cumple con todos y cada uno de los requerimientos y condiciones establecidos en los documentos del proceso. 4. Que declaro (amos) bajo la gravedad del juramento que se entiende prestado con la suscripción del presente documento, que no existe información engañosa, inexacta o que falte a la verdad en la documentación que conforma la oferta, y por ello acepto las consecuencias jurídicas y aquellas dispuestas en las Reglas de Participación que conlleven la contravención de mi (nuestra) parte a esta manifestación. 5. Que, en caso de resultar aceptada nuestra oferta, nos comprometemos a ejecutar la totalidad del objeto del contrato respectivo. 6. Que entendemos que el valor del contrato, conforme está definido en los documentos de las Reglas de Participación, incluye la totalidad de los impuestos, tasas o contribuciones de cualquier orden, directas o indirectas que se causen o llegaren a causar por la celebración, ejecución y liquidación del contrato, así como todos los costos directos e indirectos que se causen por labores de administración y las utilidades del contratista.

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7. Que realizamos bajo nuestra responsabilidad, las inspecciones necesarias al sitio donde se desarrollará el proyecto, y conocemos las condiciones técnicas del sitio especifico y sus alrededores, aspectos sociales, de orden público, climáticos, ambientales y los demás aspectos donde se desarrollará el proyecto. 8. Que el (los) abajo firmante(s), obrando en nombre y representación del oferente manifiesto (amos) que me (nos) obligo(amos) incondicionalmente a firmar y ejecutar el contrato, en los términos y condiciones previstos en las Reglas de Participación. 9. Que en caso de ser aceptada la oferta presentada para la celebración del contrato derivado del presente proceso, me comprometo a suscribir y perfeccionar el contrato en los plazos previstos en las Reglas de Participación del presente proceso. 10. Que de acuerdo con lo establecido en las Reglas de Participación, adjunto se anexa la documentación requerida en la forma en que la entidad la solicita en el numeral 3.1.4. Que, a solicitud del FONDO FINANCIERO DE PROYECTOS DE DESARROLLO – FONADE, me (nos) Obligo (amos) a suministrar cualquier información adicional necesaria para la correcta evaluación de la oferta. 12. Que conozco detalladamente y que he hecho todas las averiguaciones necesarias para asumir los riegos sociales, de orden público, normativos, climáticos, ambientales, técnicos que la ejecución del contrato me demande, y en consecuencia manifiesto que asumo los resultados económicos de los mismos. 13. Que nuestra oferta se encuentra DEBIDAMENTE LEGAJADA Y FOLIADA, y cuenta con un total de ____ folios y que la oferta económica (Formato 07), la presentamos en medio magnético en formato Excel, de acuerdo con lo requerido en el numeral 3.3.de las presentes reglas. 14. Que he (hemos) leído y por lo tanto conocemos el Anexo 11 (PACTO SOBRE ÉTICA PÚBLICA Y PRIVADA EN LA CONTRATACIÓN ESTATAL) cuyos preceptos compartimos y propiciaremos. 15. Que ni el oferente, ni las personas naturales o jurídicas, o uno de los integrantes del consorcio o unión temporal, que integran el oferente plural, ni sus cónyuges, compañeros o compañeras permanentes, parientes hasta el segundo grado de consanguinidad, segundo de afinidad y/o primero civil, o sus socios en sociedades distintas de las anónimas abiertas, han celebrado un contrato estatal de obra pública, de concesión, suministro de medicamentos y de alimentos con FONADE que se encuentre dentro del plazo de ejecución o liquidación Así mismo bajo la gravedad del juramento, que se entiende prestado al firmar esta carta declaro (amos),

a. Que no me (nos) encuentro (amos) ni personal ni corporativamente, ni el equipo de trabajo con que se ejecutara la INTERVENTORIA, incurso(s) en ninguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad previstas en las normas legales.

b. Que no me (nos) encuentro (amos) ni personal ni corporativamente, ni el equipo de trabajo

con que se ejecutara la INTERVENTORía, incurso(s) en conflicto de interés con causa o con ocasión de la presentación de esta oferta, ni por la celebración del contrato del que llegue(mos) a ser adjudicatario(s).

c. Que no me (nos) encuentro (amos) ni personal ni corporativamente, ni el equipo de trabajo

con que se ejecutara la Interventoría en el Boletín de Responsables Fiscales de la Contraloría General de la República.

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d. Que la información contenida en la oferta es verídica y que asumimos total responsabilidad frente a FONADE cuando los datos suministrados sean falsos o contrarios a la realidad, sin perjuicio de lo dispuesto en el Código Penal y demás normas concordantes.

Esta oferta es presenta por __________ con cedula de ciudadanía No. _______ y quien firma la carta de presentación y no tiene incompatibilidades o conflictos de interés con el FONDO FINANCIERO DE PROYECTOS DE DESARROLLO – FONADE. El (Los) abajo firmante(s) declaro(amos) que he(mos) recibido todos los documentos y anexos descritos en las Reglas de Participación, así como las adendas a las mismos. De ustedes atentamente,

NOMBRE DEL OFERENTE: _____________________________ CIUDAD: DIRECCIÓN:

TELÉFONOS: FAX: CORREO ELECTRÓNICO:

NIT: NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL O APODERADO: ______________________________

CEDULA DE CIUDADANÍA: __________________ TELÉFONO CELULAR: __________________ FIRMA: ______________________________

NOMBRE DEL PROFESIONAL QUE AVALA LA OFERTA:

______________________________ CIUDAD: DIRECCIÓN:

TELÉFONOS: FAX: CORREO ELECTRÓNICO:

CEDULA DE CIUDADANÍA: M.P. / T.P.: FIRMA: _____________________________

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FONDO FINANCIERO DE PROYECTOS DE DESARROLLO - FONADE FORMATO 03 EXPERIENCIA DEL OFERENTE

OBJETO: INTERVENTORIA TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y DE CONTROL PRESUPUESTAL A LAS ADECUACIONES Y/O REPARACIONES LOCATIVAS DE LA SEDE DE LA ESAP EN LA CIUDAD DE CALI VALLE DEL CAUCA

CONTRATACIÓN MÍNIMA CUANTÍA MCC 047-2013

No Contratista Porcentaje de Participación

Entidad contratante o Propietaria

Localización Objeto Área Construida (m2)

Valor del Contrato ejecutado a la terminación ($)

Valor del Contrato ejecutado a la terminación (SMMLV)

Fecha de Terminación dd/mm/aaaa

1

2

3

4 N/A

5 N/A

6 N.A.

7 N.A.

Notas:

1 El contenido del presente formato no podrá ser modificado o alterado y deberá ser diligenciado en su totalidad. 2 Deberá relacionar en conjunto máximo las certificaciones indicadas en el numeral 3.2.3.1.

3 Registre el objeto de la experiencia específica del oferente, tal como aparece en el respectivo soporte. No relacione experiencia ni actividades que no estén debidamente soportadas.

4 La experiencia relacionada en ese formato debe contar con la totalidad de los soportes solicitados en las reglas de participación.

5 Al resultado de la operación matemática que se realice para hacer la conversión del valor del contrato en pesos al Salario Mínimo Legal Vigente (SMMLV) se le aplicará el procedimiento de redondeo indicado en el numeral 1.9.

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FONDO FINANCIERO DE PROYECTOS DE DESARROLLO - FONADE

INTERVENTORIA TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y DE CONTROL PRESUPUESTAL A LAS ADECUACIONES Y/O REPARACIONES LOCATIVAS DE LA SEDE DE LA ESAP EN LA CIUDAD DE CALI VALLE DEL CAUCA

FORMATO 07 – OFERTA DE PRECIO GLOBAL INTERVENTORIA – MCC 047 – 2013

NOMBRE DEL OFERENTE:

REPRESENTANTE LEGAL:

DIRECCIÓN PARA CORRESPONDENCIA:

TELÉFONOS: FAX:

E-MAIL:

SUBTOTAL INTERVENTORIA $

IVA 16% $

VALOR TOTAL INTERVENTORIA $

Valor en letras:

Firma y nombre del Representante Legal de la firma Oferente o su delegado:

viernes, 16 de agosto de 2013

CONTRATACIÓN MÍNIMA CUANTÍA MCC 047-2013 Página 44 de 45

FORMATO 07A PROPUESTA ECONÓMICA MCC 047-2013

OBJETO: INTERVENTORIA TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y DE CONTROL PRESUPUESTAL A LAS ADECUACIONES Y/O REPARACIONES LOCATIVAS DE LA SEDE DE LA ESAP EN LA CIUDAD DE CALI VALLE DEL CAUCA

OFERTA ECONÓMICA

OFERENTE:

PERSONAL PROFESIONAL

CONCEPTO A B C D E F

Personal Profesional

CANTIDAD SUELDO MES BÁSICO

% DEDICACIÓN F.M. % VALOR MES (AxBxCxD)

No. DE MESES

TOTAL PARCIAL (ExF)

SUBTOTAL COSTO PERSONAL PROFESIONAL (1)

PERSONAL TECNICO

Personal Técnico

CANTIDAD SUELDO MES BÁSICO

% DEDICACIÓN F.M. %

VALOR

MES (AxBxCxD)

No. DE MESES

TOTAL

PARCIAL (ExF)

SUBTOTAL COSTO PERSONAL TÉCNICO (2)

OTROS COSTOS DIRECTOS

OTROS COSTOS DIRECTOS UND CANTIDAD VR. UNITARIO TOTAL

SUBTOTAL OTROS COSTOS DIRECTOS (3)

RESUMEN GENERAL

COSTO TOTAL (1+2+3)

IVA 16%

VALOR TOTAL

Nota: “Dentro del día hábil siguiente a la publicación de la carta de aceptación, el oferente a quien se haya aceptado la oferta deberá presentar diligenciado el Formato 07A y el Formato 11. Para ello deberá dar cumplimiento a las condiciones señaladas en el numeral 3.3 de las presentes reglas de participación y la metodología del redondeo señalada en el numeral 1.9. El oferente deberá tener en cuenta que al aplicar este procedimiento bajo ninguna circunstancia se puede superar el valor total de su oferta ni el valor total por proyecto establecidos en el Formato 07”

viernes, 16 de agosto de 2013

CONTRATACIÓN MÍNIMA CUANTÍA MCC 047-2013 Página 45 de 45

FORMATO 11 CALCULO DEL FACTOR MULTIPLICADOR MCC 047-2013 OBJETO: INTERVENTORIA TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y DE CONTROL PRESUPUESTAL A LAS ADECUACIONES Y/O REPARACIONES LOCATIVAS DE LA SEDE DE LA ESAP EN LA CIUDAD DE CALI VALLE DEL CAUCA

CALCULO DEL FACTOR MULTIPLICADOR

ÍTEM DESCRIPCIÓN %

A Salario Básico (Nómina Total Mensual)

B Prestaciones Sociales

-

-

C Sistema de Seguridad Social Integral

-

-

D Otros

-

Subtotal B+C

Subtotal A+B+C+D

ÍTEM DESCRIPCIÓN %

E Costos Indirectos

E1 Gastos Generales

-

-

E2 Impuestos, timbres, perfeccionamiento

-

Subtotal (E1+E2)

ÍTEM DESCRIPCIÓN %

F Honorarios (incluye Gastos contingentes)

FACTOR MULTIPLICADOR (A+B+C+D+E+F)

Nota: “Dentro del día hábil siguiente a la publicación de la carta de aceptación, el oferente a quien se haya aceptado la oferta deberá presentar diligenciado el Formato 07A y el Formato 11. Para ello deberá dar cumplimiento a las condiciones señaladas en el numeral 3.3 de las presentes reglas de participación y la metodología del redondeo señalada en el numeral 1.9. El oferente deberá tener en cuenta que al aplicar este procedimiento bajo ninguna circunstancia se puede superar el valor total de su oferta ni el valor total por proyecto establecidos en el Formato 07”