formalidades

5
Clase N°29 Las solemnidades Concepto. Las solemnidades son las formas externas de que puede estar rodeado un acto jurídico y constituyen requisitos de existencia solo en aquellos casos en que la ley los exige por la naturaleza del acto o contrato. Relación entre solemnidad y formalidad. La doctrina mayoritaria opina que entre ambas existe una relación de género a especie. El genero es la formalidad y la especie la solemnidad. Las formalidades equivalen a todo requisito externo del cual se encuentre revestido un acto jurídico. Solemnidad, en cambio, es una especie de formalidad pues se trata de aquellos requisitos externos que se exigen para el perfeccionamiento del acto jurídico. Clasificación. 1. Formalidades por vía de solemnidades o formalidades adsolemnitatem o solemnidades. 2. Formalidades por vía de prueba o solemindades adprobationem. 3. Formalidades por vía de habilitación o formalidades habilitantes o formalidad ad validitatem. 4. Formalidades por via de publicidad. a. Formalidades por vía de solemnidades o formalidades adsolemnitatem o solemnidades.

Transcript of formalidades

Page 1: formalidades

Clase N°29

Las solemnidades

Concepto. Las solemnidades son las formas externas de que puede estar rodeado un acto jurídico y constituyen requisitos de existencia solo en aquellos casos en que la ley los exige por la naturaleza del acto o contrato.

Relación entre solemnidad y formalidad.

La doctrina mayoritaria opina que entre ambas existe una relación de género a especie. El genero es la formalidad y la especie la solemnidad.

Las formalidades equivalen a todo requisito externo del cual se encuentre revestido un acto jurídico.

Solemnidad, en cambio, es una especie de formalidad pues se trata de aquellos requisitos externos que se exigen para el perfeccionamiento del acto jurídico.

Clasificación.

1. Formalidades por vía de solemnidades o formalidades adsolemnitatem o solemnidades.2. Formalidades por vía de prueba o solemindades adprobationem. 3. Formalidades por vía de habilitación o formalidades habilitantes o formalidad ad

validitatem.4. Formalidades por via de publicidad.

a. Formalidades por vía de solemnidades o formalidades adsolemnitatem o solemnidades.

Concepto. Las solemnidades son las formas externas de que puede estar rodeado un acto jurídico y constituyen requisitos de existencia solo en aquellos casos en que la ley los exige por la naturaleza del acto o contrato.

Ejemplo : la compraventa de un bien raíz debe constar por escritura publica

En que pueden consistir las solemnidades :

Page 2: formalidades

a. Escritura publica

Ej. Compraventa bien raíz . art. 1801 inc.2

b. Instrumento publico.Instrumento publico o autentico es el otorgado con las solemnidades legales por competente funcionario. Otorgado ante escribano e incorporado en un protocolo o registro público se llama escritura publica.

c. La escrituración.

Ej. Art. 1554 expresa que la promesa de celebrar un contrato no produce obligación alguna salvo que concurran las circunstancias siguientes : N°1 : Que la promesa conste por escrito….

d. Presencia de ciertos funcionarios y testigos.

Ejemplo : en el matrimonio cuya celebración requiere la presencia del oficial del registro civil y dos testigos. O también los testigos que deben estar presente al momento de otorgar testamento.

e. Según algunos autores, también constituyen solemnidades la inscripción del usufructo y del derecho real de hipoteca.

Sanción por la omisión de las solemnidades.

Razonamiento.

1. El art. 1443 señala que si la formalidad, que está establecida como exigencia de manifestación de voluntad para perfeccionar el acto o contrato, es decir en atención a su naturaleza, no se observa , el acto no produce efecto alguno.

2. El art. 1681 establece que es nulo el acto o contrato a que falta alguno de los requisitos que la ley prescribe para el valor del mismo acto o contrato según la su especie y calidad o estado de las partes. La nulidad puede ser absoluta o relativa.

3. El art. 1682 establece que la omisión de algún requisito o formalidad que las leyes prescriben para el valor de ciertos actos o contratos en consideración a la naturaleza de ellos y no a la calidad o estado de las personas que los ejecutan o acuerdo son nulidades absolutas, pues al faltar solemnidad falta voluntad.

Conclusión : nulidad absoluta.

Page 3: formalidades

b. Formalidades por vía de prueba o solemindades adprobationem.

Concepto. Son aquellas que tienen por objeto probar la existencia de un acto jurídico determinado.

Ejemplos :

Art. 1709 que señala que deben constar por escrito los actos que contengan la entrega o promesa de entrega de una cosa que valga mas de 2 UTM.

Contrato de arrendamiento de predios urbanos, regulado por la ley 18.101. Si el contrato no consta por escrito, el arrendamiento vale , pero va a ser creído el arrendatario en todo lo relativo a las clausulas del mismo. Lo mismo sucede con el contrato de trabajo.

Sanción por su omisión: Si no se cumple la solemnidad la sanción no es la nulidad ni absoluta ni relativa, la sanción radica simplemente en la imposibilidad de probar el acto por determinados medios probatorios.

c. Formalidades por vía de habilitación o formalidades habilitantes o formalidad ad validitatem.

Concepto. Aquellas que tienen por objeto la protección de incapaces supliendo o complementado su voluntad.

La formalidad habilitante no se encuentra establecida en atención a la naturaleza del acto o contrato, sino en relación al estado o capacidad de los contratantes.

Ejemplos :

Los incapaces relativos pueden actuar o representados o autorizados. La autorización es una formalidad habilitante, es decir una forma que requiere la ley para completar la capacidad del incapaz.

Son ejemplos de solemnidades ad validitatem:

1. La autorización : es el permiso que da el representante legal de un incapaz para que este celebre un determinado acto jurídico. La autorización en ciertos casos debe ser dada por el juez, no solo en ausencia de representante sino aun estando éstos presentes, ejemplo: la autorización judicial que requiere el incapaz en el art. 254 para enajenar o hipotecar bien raíz.

2. La asistencia: que es la concurrencia del representante legal al acto que celebra el incapaz. 3. La publica subasta.

Sanción por la omisión :

Page 4: formalidades

Será la nulidad relativa, pues esta formalidades habilitantes no se encuentran establecidas en atención a la naturaleza del acto o contrato sino en relación al estado o capacidad de los

contratantes.

d. Formalidades por via de publicidad.

Concepto. Son aquellos que tienen por objeto que terceros tomen conocimiento de la celebración del acto jurídico en el cual no hayan intervenidos.

Ejemeplo: con