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FRANCHISING CONTRATO DE CORRETAJE. Se define como aquel que en virtud del cual una de las partes (corredor) se compromete a indicar a otra (comitente) las oportunidades de celebrar un negocio jurídico, o a servirle de intermediario de este negocio a cambio de una comisión. Tiene como característica principal que es unilateral, ya que el corredor no se compromete. Se configura cuando una persona se obliga ante otra a mediar en la negociación y conclusión de uno o varios negocios, sin tener relación de dependencia o representación con ninguna de las partes. El corretaje tiene la naturaleza jurídica la de ser un contrato, y como contrato es un contrato atípico en el derecho peruano porque no se encuentra regulado por el derecho positivo de dicho estado, por lo tanto al Corretaje se le aplican las normas generales sobre contratos contenidas en el Código Civil. El artículo 1353 del Código Civil Peruano de 1984 establece que todos los contratos de derecho privado, inclusive los innominados, quedan sometidos a las reglas generales contenidas en la sección primera del libro titulado fuentes de las obligaciones del Código en mención, salvo en cuanto resulten incompatibles con las reglas particulares de cada contrato. CONTRATO DE FRANCHISING No existe un consenso sobre su conceptualización, siendo en aproximación un contrato por el cual, un comerciante (franquiciante), otorga a otro (franquiciado), la licencia, para que venda productos o servicios de su titularidad. Generalmente, se paga un canon por este privilegio, más una regalía (royalti) sobre grandes ventas. La doctrina más autorizada califica al FRANCHISING, como un contrato de colaboración empresaria, que implica básicamente, un modelo de colaboración entre distintas empresas independientes, a los fines de que por medio de la acción común de las mismas, se logre, el desarrollo de los negocios en forma más eficaz.

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FRANCHISINGCONTRATO DE CORRETAJE.Se define como aquel que en virtud del cual una de las partes (corredor) se compromete a indicar a otra (comitente) las oportunidades de celebrar un negocio jurdico, o a servirle de intermediario de este negocio a cambio de una comisin. Tiene como caracterstica principal que es unilateral, ya que el corredor no se compromete.Se configura cuando una persona se obliga ante otra a mediar en la negociacin y conclusin de uno o varios negocios, sin tener relacin de dependencia o representacin con ninguna de las partes.El corretaje tiene la naturaleza jurdica la de ser un contrato, y como contrato es un contrato atpico en el derecho peruano porque no se encuentra regulado por el derecho positivo de dicho estado, por lo tanto al Corretaje se le aplican las normas generales sobre contratos contenidas en el Cdigo Civil.El artculo 1353 del Cdigo Civil Peruano de 1984 establece que todos los contratos de derecho privado, inclusive los innominados, quedan sometidos a las reglas generales contenidas en la seccin primera del libro titulado fuentes de las obligaciones del Cdigo en mencin, salvo en cuanto resulten incompatibles con las reglas particulares de cada contrato.

CONTRATO DE FRANCHISINGNo existe un consenso sobre su conceptualizacin, siendo en aproximacin un contrato por el cual, un comerciante (franquiciante), otorga a otro (franquiciado), la licencia, para que venda productos o servicios de su titularidad. Generalmente, se paga un canon por este privilegio, ms una regala (royalti) sobre grandes ventas.La doctrina ms autorizada califica al FRANCHISING, como un contrato de colaboracin empresaria, que implica bsicamente, un modelo de colaboracin entre distintas empresas independientes, a los fines de que por medio de la accin comn de las mismas, se logre, el desarrollo de los negocios en forma ms eficaz. Desde el punto de vista del Cdigo Civil, se trata de un contrato atpico, innominado, conmutativo, no formal, bilateral, oneroso de ejecucin continuada, sindole de aplicacin, los principios generales de los contratos, la autonoma de la voluntad y los principios de orden pblico y buena fe en su celebracin y ejecucin.